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LO FEO

Desconocimiento de los efectos de la sentencia. Derivado del último punto y al no poner límites en esta norma sobre la competencia regulatoria, encontramos a otras entidades legislando infracciones. Es el caso del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo que en el proyecto de decreto sobre el plan de internacionalización modifica una infracción para los usuarios operadores de las zonas francas .

Ninguna de las sanciones aduaneras contenidas en otras disposiciones debería ser aplicable, pues la Sentencia C-441 de 2021 y demás jurisprudencia de la Corte Constitucional son claras al indicar que toda expresión punitiva del Estado tiene reserva de ley y solo puede ser desarrollada por el Congreso o vía facultades extraordinarias

Artículo 4. Modificación del numeral 8 del artículo 84 del Decreto 2147 de 2016. Modifíquese el numeral 8 del artículo 84 del Decreto 2147 de 2016, el cual quedará así: “8. No realizar estrategias y articulación con los ecosistemas científicos, tecnológicos, de formación e infraestructura que en el territorio favorecen tales actividades y no ejecutar acciones tendientes a la promoción de proyectos de inversión orientados a la internacionalización de los usuarios industriales que impliquen la venta de bienes y/o servicios a mercados externos.”

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