2015
Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar.
2016
Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales
2017
Ley Orgánica para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.
2017
solo pueda ser reconocida cuando se establece entre un hombre y una mujer; tiene los mismos derechos y obligaciones que el matrimonio Reconoce que las personas que realizan de manera exclusiva las tareas del cuidado del hogar sin recibir remuneración o compensación económica tienen derecho a la seguridad social, así como a recibir la pensión por jubilación, invalidez y muerte Integra el enfoque de equidad social, de género y/o generacional y se dispone la prioridad en la redistribución de la tierra a las mujeres y madres que han asumido la manutención del hogar. (Art. 15, b). Reconoce la labor central y generadora de valor de las mujeres en relación con la tierra, la biodiversidad, el manejo de semillas y la soberanía alimentaria Define todos los tipos de violencia contra la mujer en todos los ámbitos; establece derechos para las víctimas y obligaciones del estado; crea el Sistema Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia de género contra las Mujeres que incluye medidas administrativas emergentes de protección; y el Registro Único de Violencia contra las Mujeres. Medidas de protección del derecho al trabajo de mujeres embarazadas o en periodo de lactancia (Art. 1). Se reconoce el derecho a la seguridad social de las personas que realizan el trabajo no remunerado en el hogar.
Ley Orgánica Reformatoria a la Ley del Servicio Público. 2017 Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar. Elaboración propia Fuente: Ref. (Secretaría Técnica Planifica Ecuador, 2019, pág. 11).
Desarrollo normativo que obliga a los GADs en la inclusión de los enfoques de igualdad Normativa que vincula a los Gobiernos Autónomos Descentralizados con los enfoques de igualdad
Ley Orgánica de las Personas Adultas Mayores
Contenido Corresponde al Gobierno Autónomo Descentralizado prever el financiamiento del Consejo Cantonal de Protección de Derechos, velando por su idoneidad técnica y el fortalecimiento de capacidades para el adecuado cumplimiento de sus funciones y de las encomendadas a las juntas cantonales de protección de derechos. Corresponde al GAD Municipal, a través del CCPD, el seguimiento a las unidades desconcentradas del Ministerio de Trabajo para la gestión técnica del registro de adolescentes trabajadores y la protección de sus derechos; como el registro de los organismos de atención presentes en el territorio; y, la conformación del consejo consultivo. Adicionalmente, la creación de las juntas cantonales de protección integral de derechos de niñas, niños y adolescentes. Los municipios garantizan el funcionamiento de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de políticas y servicios especializados a favor de las personas adultas mayores; dotan a los consejos cantonales de protección de derechos y a las juntas cantonales de protección de derechos los recursos y la infraestructura necesaria para asegurar los servicios especializados a favor de personas adultas mayores; y, a través de las juntas de protección de derechos conocen, de oficio o a petición de parte, los casos de amenaza o vulneración de los derechos de las personas adultas mayores dentro de la jurisdicción del respectivo cantón; y disponen medidas administrativas de protección que sean necesarias para amparar el derecho amenazado o vulnerado.
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Norma Código de la Niñez y la Adolescencia
autónomos
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Tabla 16. Normativa que vincula obligaciones de los gobiernos descentralizados para con la igualdad entre mujeres y hombres y de género