APIBA 2001
El Campo Académico y Laboral del Profesor de Inglés 5 de mayo de 2001 ENS LV JFK – Juncal 3251 – 1425 Buenos Aires Preguntas y Respuestas
Ejercicio de la Docencia en Instituciones Dependientes del GCBA (Gobierno De La Ciudad De Buenos Aires) y de la Provincia de Buenos Aires ¿Existe una edad mínima para comenzar a cursar cualquier profesorado de Inglés? Prof. Seveso: No, no hay una edad mínima, salvo tener completos los estudios secundarios. ¿Existe una edad mínima para comenzar a ejercer la docencia tanto en la Ciudad de Bs. As. y en la Pcia. de Bs. As.? Prof. Seveso: Por ahora, no se puede ingresar a la carrera docente después de los 40 años.1 ¿Qué hace falta para inscribirse en concurso anual dentro de Capital Federal? Prof. Seveso: Es necesario presentar: Fotocopia de partida de nacimiento o de DNI Fotocopia legalizada deel certificado de secundario Si está cursando el profesorado, constancia extendida por la institución donde lo curso, que diga que es alumna regular y el porcentaje de materias aprobadas de la carrera que cursa ¿Dan trabajo a egresadas de Culturales? ¿De cuáles? ¿A personas que tengan un “First”? Prof. Seveso: Todos pueden inscribirse. Los que tienen título básico ingresan sin más trámite, ya sea como interinos y suplentes o como titulares. Los que no poseen título básico deben rendir una prueba de idoneidad. Si la aprueban pueden ejercer sólo como interinos o suplentes. Para trabajar en los centros Educativos de Capital, ¿existe restricción respecto de la edad, para ingresar al sistema? Prof. Seveso: Por ahora, no se puede ingresar a la carrera docente después de los 40 años. Actualización: A partir de 2001 se eliminó este límite de edad. ¿Un extranjero, legalmente radicado, de un país del Mercosur, puede ingresar a esos Centros? Prof. Seveso: La reglamentación dice que para poder ejercer la docencia en el GCBA tiene que ser argentino nativo o naturalizado.
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¿Existe enseñanza de Inglés en Escuelas para Adultos? ¿Qué tipo de título se exige para ello? Prof. Seveso: No sé cómo se manejan para los títulos. Averiguar en la Dirección de Educación del Adulto y el Adolescente. ¿Cuál es el tiempo estipulado que se debe aguardar para el cobro del primer sueldo? Prof. Seveso: Un mes y medio o dos meses Cuando uno está cursando una carrera y tiene por ejemplo 50% de materias aprobadas, y al año siguiente tiene más materias aprobadas ¿hay que presentar algún comprobante para que le suban el puntaje? Prof. Seveso: Cuando se tiene más del 50% de las materias de la carrera se les otorgan 3 puntos, el valor del título supletorio. Todos los años debe presentarse constancia que indique que se continúa estudiando, caso contrario pierde los 3 puntos.- Actualización: se está estudiando la modificación de esta reglamentación (Nov. 2002). Si tengo mas del 50% de materias aprobadas del Titulo intermedio de la UTN, tengo que dar examen de Idoneidad? Prof. Seveso: No, pero recuerde que la inscripción es en abril y es allí donde se presenta la constancia y de acuerdo con esa constancia se otorga el puntaje. Sólo se puede modificar la cantidad de materias aprobadas en la siguiente inscripción (abril del año siguiente) ¿Se valora lo mismo el 50% del profesorado de 2 años que el 50% del prof. de 4 años? Prof. Seveso: Para la educación primaria, sí ¿Qué diferencia existe entre las escuelas de Reformulación de jornada completa y escuelas con enseñanza extendida de lenguas extranjeras en cuanto a la carga horaria semanal de inglés? Prof. Seveso: Las escuelas de reformulación tienen 3 hs. cátedra semanales de 1° a 5°, y 4 en 6° y 7°. Las otras por ahora sólo tienen idiomas en Primer Grado, con una carga horaria de ocho horas reloj de clase distribuidas en cuatro días a la semana ¿El título secundario contribuye al puntaje? Prof. Seveso: Hasta ahora se otorgaba un punto por título secundario, pero el estatuto está en revisión, es posible que se modifique. ¿Nos podemos inscribir en 2 o mas zonas? Prof. Seveso: En Primaria, la inscripción sólo se puede hacer por un Distrito Escolar. ¿Cuáles son las secretarias de Inscripción provinciales mas cercanas a Cap. Fed.? Prof. Mariani: ¿Existen títulos de 6to año de institutos de inglés que habilitan para enseñar en la Provincia? Aparentemente aun existe un nomenclador por el que algunos de estos reciben mas puntaje que otros. Prof. Mariani:
Temas Éticos y Legales ¿Puede existir un contrato sin que se firme el mismo? Dra. Viñas Urquiza: Sí. Un contrato de hecho Si existe esta forma de contratación ¿cómo se puede invocar relación de dependencia? Dra. Viñas Urquiza: Cuando existen contratos sucesivos ¿Puede un docente emplear a sus alumnos para trabajar en un instituto privado? ¿Es el mismo caso de dar clases particulares? ¿Peor tal vez? Dra. Viñas Urquiza: No lo especifica la ley. Es una cuestión ética. Las clases particulares, en cambio, están específicamente mencionadas en la Ordenanza Municipal Se puede dar clases a alumnos del instituto en el que uno enseña aunque no sea alumno suyo? Dra. Viñas Urquiza: No ¿Es legal emplear “profesores” nativos? Dra. Viñas Urquiza: No, a menos que vengan como profesores invitados por un período determinado. Tenemos derechos los que cobramos más de la mitad del sueldo en negro a cobrar aguinaldo, vacaciones, etc.? Dra. Viñas Urquiza: Sí, pero sólo por la parte en blanco Me gustaría saber las posibilidades y los pasos a seguir si fuera posible ejercer la profesión en otras provincias y en otros países. Dr. Viñas Urquiza: Depende de cada provincia y cada país Seguro obligatorio de OSPLAD - ¿No puede brindar más detalles de cómo se debe gestionar o averiguar? Dra. Viñas Urquiza: En OSPLAD. Paraguay entre Junín y Ayacucho ¿La bonificación por antigüedad es distinta para los institutos privados? Si es así ¿cuál es? ¿Es obligación del empleador pagar antigüedad? Dra. Viñas Urquiza: Es la misma para la parte curricular del primario y secundario. Pero para lo extracurricular o para la educación superior, cada instituto puede tener sus propias reglas. ¿Existe una edad mínima para ingresar a un instituto o a una escuela? Dra. Viñas Urquiza: No. Sólo hay que tener el secundario aprobado.
Trabajo en Escuelas de Gestión Privada Todo lo mencionado para instituciones educativas privadas en el Gobierno de la CBA, ¿es igual para las instituciones educativas privadas de PBA? Prof. Luppi: En la práctica no hay grandes diferencias entre las instituciones, habría que comparar los estatutos respectivos. ¿Se pierde el presentismo si uno falta por enfermedad? Prof. Luppi: El presentismo se pierde por enfermedad. Las únicas causas que permiten retener el presentismo son: fallecimiento de familiar directo, citación judicial y catástrofes naturales. ¿La asistencia a reuniones es obligatoria si el día del encuentro no coincide con el día en el cual el docente trabaja en ese instituto? Prof. Luppi: Las prioridades de asistencia son: Examen - clase - reunión. Es decir que si tengo una mesa de examen en una escuela, debo concurrir aunque me coincida con la clase en otra escuela. Si tengo clase, ésta tiene prioridad sobre una reunión de área o departamento. Si la pregunta se refiere a las jornadas institucionales, se opta en general por la escuela donde uno tiene la mayor carga horaria, en el caso de que las dos escuelas donde trabajo coincidan en la fecha de la jornada. Si no, la clase es prioritaria. ¿Cuál es el sueldo hora en una institución privada? ¿La hora se calcula de 40 minutos o se calcula por hora reloj? ¿Sueldo hora por día o por semana? Prof. Luppi: El sueldo se calcula por valor de la hora cátedra (40') semanal mensual multiplicado por el número de horas. Se abona mensualmente. Está conformado por el básico que marca la ley (= al básico municipal), más bonificación por antigüedad, más plus o presentismo o premio que es a criterio y voluntad de la escuela. ¿Hay diferencia entre el valor de la hora curricular y la hora extracurricular? Prof. Luppi: En lo que se percibe de bolsillo, sí, porque la hora extracurricular no sufre el descuento para la Caja Complementaria. Por lo tanto, es un poco más. Es importante recordar también que la hora extracurricular no genera antigüedad docente. Sí se tiene en cuenta la antigüedad en la institución, pero no es reconocida al cambiar de escuela.
Educación No Formal ¿Puede algún instituto “bajo su concepto” realizar el pago de sueldo sin los beneficios? Si es así, ¿es legal? ¿dónde se lo denuncia? ¿La relación laboral es de dependencia, o por contratación a elección del instituto o del profesor que va a trabajar allí? En el caso de que el profesor facture al instituto ¿esta es una opción del instituto o del docente? Y en ese caso, ¿qué pasa con el pago de vacaciones y aguinaldo? Sra. Romero: Las relaciones establecidas entre profesores, profesionales e instituciones educativas privadas se rigen por las leyes comunes. Será laboral toda relación que posea los requisitos exigidos por las normas y, frente a su configuración, las partes quedan obligadas, dado que nos hallamos frente a leyes de orden público. Si la relación es de dependencia -con fijación de horarios, contenidos, dirección en la realización de tareas, con una carga horaria importante- es de suponer que hay relación laboral, aún cuando las partes hayan pactado una facturación u otro tipo de relación. Si, en cambio, el instituto contrata a un profesional que se desenvuelve autónomamente -dando clase en diversos ámbitos, formulando la propuesta del curso, respondiendo a necesidades específicas y, de alguna manera, prestando servicios bajo su responsabilidad- ello es una contratación de servicios, y, como tal, no sujeta a las normas del derecho laboral, sino del civil. En este caso la obligación de responder a las cargas previsionales y cobertura de salud, pago de aguinaldo, vacaciones, licencias, etc.... NO CORRESPONDE. Naturalmente sabemos de la existencia de situaciones ‘grises’, que pueden responder a interpretaciones interesadas. Frente a un reclamo, será la justicia laboral la que determine si existió o no contrato de empleo. Este tema da para mucho, y es difícil volcarlo en una sintética pregunta. De hecho nuestra asociación está trabajando sobre ello a fin de clarificar y asesorar adecuadamente a los institutos, a fin de que no incurran en errores. ¿Se puede ejercer la docencia en Institutos de enseñanza de Inglés habiendo aprobado exámenes internacionales como el First Cert. CAE o Proficiency? Sra. Romero: Se puede ejercer la docencia en los institutos contando con acreditaciones tales como First Certificate, CAE o Proficiency. No hay legislación que reglamente la oferta de trabajo. Sin embargo, la tendencia se orienta a la contratación de profesores de nivel terciario o alumnos que hallan cursados las materias pedagógicas o el 75% de la carrera. Reitero, queda a discreción de los directivos del instituto ofrecer un cargo a aquellos que cuenten con las acreditaciones mencionadas u otras que se ofrecen en el mercado.
Estudios de Posgrado ¿Tienen las maestrías en el exterior la misma validez que las locales? Prof. Moyano: cede la palabra a la Dra. Banfi Dra. Banfi: Existe reconocimiento de las titulaciones extranjeras a nivel académico, pero no a nivel oficial. Por ejemplo, un abogado o un médico recibido en el extranjero tiene que rendir exámenes de equivalencia para poder ejercer en el país, pero un Doctor en cualquier disciplina probablemente sea reconocido por las universidades locales. Sin embargo, esto dependerá de cada universidad y sus reglamentaciones y criterios propios. ¿Puede dar algunos detalles sobre estas maestrías en el exterior? Dra. Banfi: En mi experiencia, en concursos por cátedras en universidades argentinas, se reconocen los cursos de grado y posgrado realizados en el extranjero como antecedente académico (a esto me refería en la respuesta anterior). Lo que estas certificaciones no otorgan son la habilitación necesaria para el ejercicio de una profesión. Así es que, mientras un título de grado y/o posgrado puede ser reconocido al concursar por una cátedra universitaria, no lo será para la asignación de horas cátedra en los niveles primario o secundario. Una vez finalizada la carrera de Profesorado de Inglés de tres (3) años, ¿es necesario iniciar desde el comienzo la carrera de cuatro (4) años o existen equivalencias que posibiliten continuar con la carrera docente? Prof. Moyano: No, las instituciones otorgan equivalencias una vez que analizan los programas de estudio de las asignaturas cursadas. ¿En qué consiste la “adscripción”? ¿Hay que tener un tiempo de experiencia en la docencia para realizarla? ¿En dónde puede realizarse? Prof. Moyano: La adscripción es una especialización de dos años de duración, que los graduados pueden realizar en una determinada asignatura y cátedra del Profesorado en los IFD. Cada institución tiene una reglamentación al respecto. Por lo general, se exige un puntaje de 7 o más de promedio en la asignatura y una clase de admisión. ¿Puede agregar algo sobre la Maestría en Ciencias del Lenguaje ofrecida por el ISP “J. V. González? Prof. Moyano: La Maestría se encuentra vigente y acredita conocimientos a nivel de especialización pero no tiene status universitario porque es otorgada por un Instituto de Nivel Superior.
A todo el Panel Participante: Queremos agradecerles por su predisposición y buena onda para explicarnos las cosas que nadie te dice!!!