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Leyes y Dictámenes que dejó el COVID-19
from Revista Nº163
by ASIVA
El poder Legislativo, al igual que todos los chilenos ha tenido que aprender a desempeñarse en medio de una pandemia, acomodando sus formas de trabajo, tal como todos nosotros, porque el país debe seguir funcionado. En este sentido, tanto el Senado como la Cámara de Diputados han enfocado sus esfuerzos en temas como el trabajo, las empresas, los chilenos más vulnerables e incluso, los temas judiciales, todo para adaptar al país a los meses por los que se extenderá la crisis. Sin duda, una de las leyes más importantes y que más polémica ha generado es la Ley 21.227 que dice “proteger a los trabajadores frente a un acto o declaración de la autoridad que establezca medidas sanitarias o de seguridad interior para el control del Covid 19”.
Apoyo a empresas
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Si bien las leyes relacionadas con el transporte apuntaron a las familias, lo cierto que la suspensión del pago de permiso de circulación y la extensión de la licencia de conducir apuntaron, también al abastecimiento del país, que se desarrolla casi por completo a través del sector camionero. Para ir en apoyo de las pymes y de las familias que dependen de ellas, considerando que son la responsables de más de 70 por ciento del empleo, se creó la Ley 21.225 que entre otras cosas “aumenta el capital del Fondo de Garantía para Pequeños y Medianos Empresarios (Fogape) y flexibiliza temporalmente sus requisitos”.
La intervención del tercer poder
En materia judicial, los representantes de tribunales también advirtieron sobre la necesidad de proteger a sus miembros y las personas que podrían conmutar la cárcel por presidio domiciliario. En este sentido, la Ley 21.226 fijó “un régimen jurídico especial para audiencias y actuaciones judiciales ante los tribunales de justicia, hasta el cese del estado de catástrofe”. Mientras que la Ley 21.228 “concede un indulto general conmutativo a causa del COVID-19”.
El teletrabajo
La modalidad del trabajo a distancia ya existía en Chile y avanzaba muy tímidamente en algunos sectores de la economía. Con la llegada de esta pandemia fue imprescindible regularla, tanto para la protección del funcionario como para el empleador, bajo la lógica siempre, del funcionamiento del país. Al respecto la Ley 21.220 “establece el derecho a la desconexión de las y los empleados por al menos 12 horas continuas en un plazo de 24 horas”, pero además permite al trabajador y al empleador mantener las mismas relaciones entre deberes y derechos que el trabajo presencial.
Transporte
En cuanto a unos de los sectores estratégicos de toda economía del mundo e incluso la global, era imprescindible legislar los temas de transportes. Así fueron publicadas “un conjunto de normas destinadas a abordar la problemática relacionadas con los vehículos. En este marco se encuentran la Ley 21.223, que prorroga los permisos de circulación; en la Ley 21.224 y la 21.222 que prorroga la vigencia de las licencias de conducir”.
Procesos Electorales
Este año y marcado por el estallido social de octubre de 2019, el Poder Legislativo debió debatir en torno a la modificación de los procesos electorales considerados para 2020.
Tanto la fecha del Plebiscito Constituyente como de las elecciones municipales, que además contemplaban, por primera vez en la historia de Chile la posibilidad de que los ciudadanos eligieran a sus gobernadores regionales. Así entonces la Ley 21.221 cambió el calendario del Servicio Electoral y la Ley 21.216 fijó la paridad de género y las reglas de los pactos electorales.
Otras Leyes Relacionadas Al Covid
Tal como era necesario para las relaciones privadas entre trabajadores y empleadores, el Parlamento debió aprobar una ley fundamental para su desempeño. Así la Norma 21.219 autorizó “al Congreso Nacional a sesionar por medios telemáticos”. En cuanto a leyes que nacieron en medio de Estado de Catástrofe y que no dicen relación con el Covid 19 están: la Ley Gabriela o 21.212; el ingreso mínimo garantizado amparado en la Ley 21.218 y aquella que perfeccionó el pago a las empresas corridos treinta días, derecho consagrado por la Ley 2.217.
Esteban Lavanderos, presidente de la comisión Laboral y Capital Humano de ASIVA, comenta que “todas las leyes y dictámenes han apuntado a sostener y amortiguar, los profundos efectos de una crisis sin precedentes. Las repercusiones de las modificaciones legales aún son una incógnita, no creo que haya fórmulas mágicas para afrontar una crisis como la que estamos viviendo. En este sentido, me parece que todas las medidas adoptadas deberán ser evaluadas en el tiempo para ver su real impacto y, de esta forma, poder eventualmente corregirlas y/o mejorarlas. Sin embargo, lo que claramente ha servido para proteger el empleo, fue la ley 21.227 (ley de protección del empleo), puesto que objetivamente, ha permitido mantener puestos de trabajo que, sin ella, seguramente se habrían perdido. El otro cambio legislativo que ha sido preponderante es la Ley de Trabajo a distancia y Teletrabajo, que nació como una respuesta inmediata a la crisis sanitaria, pero que sin embargo, de acuerdo a mi criterio y a un análisis de las productividades, los climas organizacionales, la salud preventiva y ocupacional, ha sido un acierto, ya que ha brindado la posibilidad de teletrabajar a muchas personas cuya naturaleza permite hacerlo, con la consecuente prevención de contagios. Creo que ésta última modalidad llegó para quedarse en algunos tipos de trabajo en forma parcial”.
No obstante, es enfático al destacar que “absolutamente nadie podría haber anticipado una pandemia y sus graves efectos en la vida y la salud de todos. Creo que aún no dimensionamos la totalidad de los efectos directos e indirectos de la crisis sanitaria que nos afecta. Los empleadores han recurrido a la ley de protección del empleo y esto ha permitido mantener puestos de trabajo. Sin embargo, en la dimensión más humana, las personas y sus familias han tenido que adaptarse y en algunos casos, sobrevivir al desempleo. La suspensión de contratos no es inocua. Las cifras de desempleo podrían ser mucho peores sin esta ley. El post natal de emergencia, resulta una medida justa frente a la imposibilidad de muchas trabajadoras de prestar servicios completa o parcialmente, debido a no poder llevar a sus hijos a un jardín infantil o sala cuna. Respecto a su aplicación en el tiempo, me parece que todas las medidas han sido pensadas mientras dure la pandemia, el problema está en que no sabemos el tiempo real durante el cual se mantendrá la crisis sanitaria”.