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LEGALIZAR !A LEGALIZAR EL NEGOCIO FERRETERO!
El Gobierno Nacional, la Dian y la Cámara de Comercio, han dispuesto mecanismos para que los empresarios del país, incluyendo a los ferreteros, se pongan al día con la formalización empresarial.
primero lo primero y le generan al empresario disminución en los costos de constitución y los trámites de formalización de empresa.
Para quienes quieren crear una empresa del sector, lo principal es definir el tipo de negocio y el capital a invertir. Ahora, en Colombia con la Ley 1258 se simplificaron los trámites y se establecieron pautas para crear un nuevo tipo de sociedad denominado Sociedad por Acciones Simplificadas (S.A.S.), se le llama así porque los trámites son más sencillos en el momento de crear una sociedad si ya opera inFormalmente permisos y oBligaCiones aCompañamiento de expertos: CCB
Según Olga Lucía Peña, Contadora Pública egresada de la Universidad Externado de Colombia y asesora contable independiente para Pymes, antes: “En una sociedad Limitada, por ejemplo, necesariamente tocaba ir a una notaría y hacer una escritura de constitución. Ahora, con estas S.A.S. puedo tener un objeto social particular como el de comercializar pinturas principalmente, pero adicionalmente puedo incluir dentro del objeto que puedo realizar cualquier otra actividad lícita dentro o fuera del país, sin necesidad de cerrar esta sociedad”.
“Las sociedades S.A.S. son las que se están recomendando hacer porque puede ser un solo socio o indeterminados. Es mejor trabajar bajo la figura de S.A.S. porque una persona natural -también sin tener sociedadpuede operar como comerciante independiente, pero entonces, si lo decide así, también tiene que inscribirse a la Cámara de Comercio como comerciante independiente y crear un establecimiento de comercio”, añade.
Cuando se es informal se expone a los cruces de información de la Dian, las multas o sellamiento del negocio por incumplimiento de normas y evasión de impuestos. “Hay muchas personas que fracasan, muchos negocios que se financian con el IVA. Los empresarios tienen que legalizar su actividad máximo a los dos meses siguientes de su iniciación sino se exponen a una sanción”, explica Olga Lucía.
“En la Ley de formalización de empresas y generación de empleo, las empresas nuevas o que se formalicen tienen hasta el 2014 una extensión para que no paguen impuesto de renta los primeros 5 años. La Dian tiene una fiscalización que igual exige que tengan su contabilidad al día, la documentación legal, compras con factura; la entidad va a controlar que los empleados tengan pagos sus aportes de seguridad y estén vinculados con un contrato laboral”, advierte.
Por otro lado, la Cámara de Comercio de Bogotá resume en cuatro pasos la formalización empresarial: obtenga la matrícula mercantil, lleve la contabilidad de la empresa, pague los impuestos, y realice los aportes de sus trabajadores. Con la expedición del registro mercantil los empresarios pueden ejercer su actividad comercial y acreditar públicamente su calidad de comerciante; antes del 31 de marzo de cada año, los empresarios tienen la obligación de renovar su matrícula y la de sus establecimientos.
Para quienes realizan transporte o servicios de carga, es clave conocer cómo funciona su municipio porque cada uno maneja su propia reglamentación en la parte de movilización y solo así se identificarán los permisos necesarios para operar. Las restricciones de horarios, tipo de carga, rango de peso, clase de mercancía, son determinadas por la reglamentación de cada municipio del país.
Cuando inicia el negocio hay que realizar el registro en la secretaría de impuestos de cada distrito porque el pago del impuesto de industria y comercio es local, cada municipio debe tener conocimiento de las actividades que se operan para que proceda al cobro. En Bogotá, por ejemplo, el impuesto se paga de forma bimestral sobre el total del ingreso bruto.
Por otro lado, al momento de comercializar productos de ferretería es clave contar con una resolución de autorización de la Dian y un talonario de facturación que cuente con un número que identifique sus facturas para que se reconozcan como legales.
“La parte tributaria y de impuestos se realiza ante la Dian y la secretaría distrital de impuestos de cada municipio. Luego de obtener el documento de la Cámara de Comercio se expide el Rut en la Dian y ahí se solicita una resolución de facturación para comenzar a vender. Esa resolución (número de autorización) se debe tener pre impresa en las facturas y tiene una vigencia de dos años, sin eso la factura no es legal y los pedidos tampoco”, comenta Peña. Estos trámites en la Dian no tienen costo y se deben realizar personalmente.
Señor ferretero, si está interesado en formalizar su empresa, la Cámara de Comercio de Bogotá inició en el 2010 un programa de Formalización Empresarial que cuenta con dos modalidades: b Formalización Directa: se trata de un proceso de acompañamiento a los empresarios informales a través de visitas realizadas por funcionarios de la Cámara a los establecimientos, donde se le orienta sobre los trámites a las entidades oficiales, diligenciamiento de formularios y trámite para el registro mercantil. b Formalización por grupos: por medio de alianzas con entidades públicas o privadas se realizan jornadas de promoción y asesorías personalizadas a poblaciones objetivo de los aliados donde se detectó la necesidad de procesos de formalización de empresa.