Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo. -- no. 4 (dic. 1984)

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Ar,q. FRA _ CISCO

PR - , D

., CR SPO 1

VICEPRE ·10 N

Arq. JO E A. URGEL Arq. ANT0 NIO AN O · INI Arq. JU,A . A. BA LE TER Arq RODO,LFO . G,A,SSO A q. RAU P. Rl,VAR0 A

SECR . TARIO

1

PROS CAE ARIO . SORERO

P'RO

ORERO

1

1

VO,CAL _S

Arq. ENRIQU · VIRASO,RO

Arq. CARLOS,, ,. RA Arq. LIDIA . · JAS,

TE

-os MEJIA

Arq. EST BA - INSAUSTI Arq,. JOS -FA SA, OS, Arq . JUAN M,. BORTHAGARÁY

su

Arq. RODOL O P. GASSO

TITUT 0S, D L PRE DEN E A E , JU, TA CEN RAL

Arq. RA,UL R. RIVAR0 A

SECRETARIO DE DIFUSION

rq. JOS' A. U 'RG E L

1

1

1

1

Arq. CAR OS H. RIVARO A

o,,. EDUARDO PADI

l ,A FOX AUDITOR CONTABLE

Director : A,rq . Raul R. RJvarola Direcc16n y r,e dacción · C,ons,eJo Prof.esional de Arqui,t,e ctura y Urban1sm,o Uruguay 840 .. Tel . 44-6573 y 4,2,.. '9 280

Jefe de reda,cc16n : Ar'q . Carlos H . R ivarola Registro de la prop,iedad intelectual: 258 39,

Los, artículos f 1rmados no representan necesariamente la opini,6 n oficial ,d el ,c ,onsejo.

1 ----- -

n--~.--.---

1 ....

Arnultactura y Urb ni m,o -

'. o ,. 4/ '

1


Con mo ivo de as próximas fe tividades de Navidad y Año Nuevo el Consejo P'rofesional de Arquitectura

y Urbanismo se complace en hacer

llegar sus mejores deseos a todos sus matriculados, a los miembro,s de su Comisión Co,nsultiva Permanente, 1

a los Asesores y colaboradores, y a los Consejos, Organismos y representantes de la prensa que nos -.,,,

acompanan permanentemente en nue tr,a misión, a las autoridades de todo el país.

Distribución Este Boletín se envía a profesionales matriculados en este Consejo,, Organismos Públicos. Au-

I

toridad1es Judicial es Nacionales, Universidades, Facultades de Arquitectura, Consejos Profesio1

nales de Capital y de Provinci,as, Asociaciones y entidades afines a nuestra profesión, Asesores. y, en general, a quie nes, periódicamente nos envían sus publicaci ones. 1

1

2

Con tia Pro s an I d

1

r.qult ctura y Urban ma -

Rn 1 41• •


Editori,al

- o uc·one, del Con ejo

,5

Hoy y mañana.

7

Nº 6/84: Comu,nicac'i ón de sa,nciones de Etica ,a los Consejos y Colegios Pro,fesionales de todo el p,a fs.

7

Nº 7 /84: Designació'n de representantes ante la Comisión Org,a ni,zadora de las Jornadas I nterprof,esionales de Peritos Judiciales.

8,

º 8/84· lntegra,c ión de 1,a ''Comisión de Peritos Judiciales''.

o·ctámenes d,el Con _-ej,o

1O 1O 10 11 12 12

De Secretaría Técnica

1,

Referido a los arts. '1º v 48° del Arancel. Referido ,al art. 3º del Arance,1 1

Referido a los arts., 5° d) y 6º del Ara,ncet. Referido a lo,s art. 44°, 45°, 46º y 47° del Arancel. Referido a los ,arts . 48° y 5,2º del Arancel . Referido ,a la d,epreciación de muros divisorios. Alg,unas defi niciones en uso en este Consejo con r,es,p ecto a las funciones t,écnicas que ,se desemp,e ñan durante la, ej ecución de una obra. 1

1

1

Municipa,les

16

Poder de policía de los Con,sejos Profesionales.

1nformacione,s

18 19 19

R,eferente a Concursos ,de Obras P,ú blicas .

'F.,A.S.A.

CAPAC

Co,m ité Asesor Permanente de Arquitectos Conseier,o,s. 21 a. reuni6n1.

20 21 '21

FACUL TAO DE ARQUITECTURA NISMO Visita de las ,au toridade'S,.

Y URBA ..

Consejo, Profesional de ln,g eniería Civil. Recepci ón del Arq. Mario 'R oberto Alvarez en la Academia N,acional de Bellas Artes. 1

1

1nformaciones d,el Cons,ejo

25

Cambio de base en los fnd,~ces de preci,os mayoristas nivel ,general.

26 26 26

Renovación de autoridades ,d el Con,s ejo Comis,ión ,Co nsultiva Permanente . 1

Distinción al Sr. Audi or Fernando L . Tozzi .

Contable. Contador

27

Beca del CPAU para la Facultad de Arquite,c tura de B,uenos Aires,.

27

Charlas sobr,e Introducción al Ejercicio Profe,s ional.

2'8 28

Aclaración sobre, Arancel y Ley 21.165 .

1

Reunión de f,n de año.

Cons ja Praf ,l a , 1 , e Arqu1t ctur y Urbani mo - Bol. 4/ 4

3


Jurisprudenc·a

30

Derecho a percibir h ono,rarios por arquitectos. e in -

Cola · oración

31

Las Incumbencias de los profesion,al es . ,A rq . Adolf R. Chamorro.

ublicaciones en ven a

35

P'recio s.

úmero- índice

36

INDEC C.,A.C. Mod,elo 1 (Revis·ta Viv ienda),

1

1

1

1

Ley 21 .165

I

4

Cons -jo P ofesion I de Arqu1tectur

Urbanismo - Bol .

/8


Como puede comprobarse por este medi,o de c,omun1cac1ón con la matrícula - v ~ in·t icinco años d e publicación ininterrumpida- el Cons jo h,a tratado de mantener una continuida,d en cuanto a ,u proyección en ta comunidad 111 la . que esta inserto. Hoy, sigu.i · ndo la ley y la trad,ición, el Co,nsejo ha cumplido c,on la r,enovaci1ón parcial de sus, miembro . Este, nuevo equipo s el ,que ha recibido la mi · s1ón ,de con ervar y entrega·r en su momenrto, enriquecido con otras exp ríen . cias, ese pen1sam1,en o qu e es como un símbolo y como un d ber. Ese pensamiento que ha estado enfo,cado, s,obre todo en la úlitima década- fundam n al· men,te hac'1a las nuevas generacione,s de a.rquitecto . Porque a ellos no de,bemos en p,r imer término. Porque on el'lo quien] más n1ecesitan1de los consejo,s de ,su Consejio,. Nos obligamos entonces a dar unos poco , para que de sus s -mi 'll,as broten idea y e . periencias en las mentes que los r ciban Han nacido, a la vida profesional en una é·poca dif ícif Pero hubo e,n eI pasado otras épocas tam 'bién difícifes. Imaginemos que la de hoy, algú ,n dia se 1

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,;

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1

rá pasado. o negaremo.s que esa.s épo,cas fu ron, como ést,a, épocas de lucha. Pero debe,mos pen ar que toda lucha es siem ,pre vida. Y vi,d'a fértil. C,o mo er fuego te mpla el acero, la luch,a endurece al hombr,e. Lo adapta al mundo que tendr,á que vivir S,in ella, corre el riesgo d · p, rder el futuro, 'U n 1

futuro que marcar,á un cambio extraordinario en la vida de lo . h,om1 bre . La juventud debe mirar hacia él com,o un acontecer que producirá in defectiblemente. No es ,entonces acon,sejable la miopía d .· vivir solam nte en el pequeño mom en o ,diario. 1

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Tanto es,a miopía tomo la resignaci,ón, la desidia, la derrota ,anticipada, con t1t uyen un1pernici,oso principio d,e ablanda,miento o de parlálisis. El ,ablan damiento y la. parálisis de muchos ,de sus c1udada,nos, lleva a un paí a los último,s puestos en I ranking mun,dial. Es obligación del arquitecto mantener viva la arquitectu .ra P'ara ello debe hacer arqu1tectu,ra ,en t odo tiempo, buen,o o malo, y en t ,o do lugar. Tenemos un p,afs políticamente d:eform,e: macrocéfal,o. Sus d,otore,s de Ca'b,eza, como lo estamos viend,o, pueden ser insoportables. Pero ,es nuestro pafs. Y es un país ton zona desérticas que espera a los a,rquitectos del futuro 1

1

1

Los q,ue son la juventud de hoy. Los q ue ,deben empezar por levantar ciudades con sus propias man,o,s. Con l'luvia,s y soles . Con frío,s y acrificios. 1

1

En todos los tiempos el hombre aprendió a contar de,sde el número uno. E , un buen con,sejo comenzar igual Y se,g uir con el dos, con el tre , c,on el cu .. tro ... r- ..... c.ain D•nfac.1nn2I d , Araui

ectur y Urban ·s mo -

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1

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.- . •.

Y r,e, ordar siempre el proverbro ,de l,a estrella· desp,acio, pero sin deteners,e. Y recordar que hubo cometa que taparon fug,azmente a la estrella. Pero muy fugazmente. Tienen por delante ,do ter,c1os del tiempo, de vida qu,e les fue dado. Es un capital que todo,s rec1 ,bieron por igua,I., A e da uno corresponde acrecentarlo o dilapidarlo Solament el e pejo I pedirá al,gún día una. rendición de cuentas El esp JO e justo, p,ero ,e implacab(,e. Vayan, pues p,or e os caminos qu se abren como abanic,o, ha.cia. todos los · onf1nes de la República. Vayan con, el valor, y con la fuerza y la energía d . u año . Y con fe. S,in vo,lver a mirarlo , d,ejen ,atrás a lo, monstruos de vidrio, y cemento. Atravie en los bosqu,es de, 1 ,5 negras chimeneas y sus mira,das po,drán extender e libremen t por los camp,os leven en su m,och '1la su tít,ulo de arqu,itecto. (D,el griego: maestro y obrero). Y lleven algunos, de los ed,1to,r1ales que hemos es,cri o pen ando en ustedes. Imaginen que son cartas de un amigo. Contéstennos

6

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provinciales de tal, modo que les p rmita tomar las medidas que en su caso consideren perti-

solución 2 /8/84 Comun·cac1ó n d,e ,sa -c,ories ética a lo C0n - e,jos Colegios rofesiona e . e todo el país

nentes. Art 2º) Comuníquese a lo Consejo,s y Colegio - Profesionales del interior del país y a la Junta Coordinadora de Consejos P'rofesionate de Agrime nsura, Arquitectura e l,ngeniería. Art,. 3º) Regístrese, publ íqu ese en el Bol tín del ConseJo y arch íve e.

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ISTO ,.

La ponencia Nº 23 presentada en las Quintas Jornadas de Consejo s Pr,ofesionales realizadas en la ciudad de Salta del 17 al 21 de septiembre de 19,68. 1

esolución N9' 7 /8 4 1

28/8/84 •

De ignació,n d Representante · ante la Comisión Organi zad ora e las Jo nad as ln ternlacional e d,e Peritos Judicia I, .s 1

CONSIDER.A NDO:

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1

Que en la misma se p,uso d e' relieve la imp or,tanc'ia que debe mostrar el poder de, policía que los C,onsejos tienen po,r delegación de la.s respectivas leyes nacion,ales, y provincial,es. Que siendo fr,ecuente ,la s'ituación de arqui tectos matric.ula,dos en diversa,s Jurisdicciones, puede ,darse el caso de qu e ,sea.n sancionados en un Consejo Profesional sin que en los de.más se

1

1

1

VISTO:

La invitación formul _da por el Consejo Profesional de l 'ngelniería Civil con el obJe o d participar en las reuniones de coordinación y organizació,n d,e las Jorn1ada Interprofesional s de

1

Peritos Judiciales.

tenga conocimiento de esta circunstanci,a. Por ello, y a,t ento la recomendación aproba1

da en las mencionadas Jornadas del ,año 1968, CONSIDERANDO·

EL CONSEJO PR.OF'ESIONAL DE ARQUITECTURA

Y URBANISMO,

Q,ue si bien la 'primera reunión de la Comisión! preparatoria fue realizada ant e'S que este Consejo pudiese des,,ignar for .malmente a su r 1

RESUE LVE: 1

presentante, el Arq. Héctor Mo,rixe - presente

Art. 1º) La , sancione,s de ética que sean aplic,ada,s a un arquitecto ins,c,r ipto en la m,atrícul,a

de este Cons,ejo en vi,rtud de lo d1spue.sto en el, Decreto Ley 607 0/58 y Decreto Nº 1Q,9 9/1984, serán comu,nicadas a los Con ,ejos o Colegio Profesionales de las diferentes jurisdicciones, 1

1

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.

_. -

-

en la reunión realizada el 27 de agosto, pasadoaceptó el pedido de los a istentes de asumir la repr sentación del Consejo, ad referendum de la decisión! que ,se tomaría en la reunión de la fecha y en su carácter de Miembro de l,a C,omisión

Consultiva Permanente.

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,/ .R

7


I

Que

in

rq

or·i x _ informa al Con ejo,, por

eso ució

rm dio de 1 la Secretaría Técn'1ca, de deseo,

2 9/ 0 / 84,

de I Comi ión de contar con dos

mtembros, d .

1

1

1

. ada Organismo. Qu

ar

1

l,a i mportancia de

el C ,n, ej,o comprend

1

1

poyo

, ivi,d d

lo,s p rita arqu1t, ctos qu _ r al izan ante la usticia, y es con c1 ent d, · 1

s1st,ema act u I que ord n I m t ia como . . . . . í ambién entiende que re, constituy una fuente de trabajo qu no tá otalment vinculada e n la situa alla

1

que mu stra

r

''

1

conÓm 'tCa gen -ra pero que ado lece d einco v ni, n e q:u es nec ar·o t atar d

1

'C . 1 Peri o· J d c·,a r

VI ISTO·

1

r,o

Que ,con1 posterioridad a la R solución · º '7/

84 d 1 28 de agosto pa ·ado, se reuni ron e, 1 Consejo Profesional de Ingeniería Civil to _o los rep~sentante . de los Consejos qu e in1t gran la Junta Centra.1 (D,ecreto Le,y 6070/'58), co1nc,1 1

1

PO , ODO ELLO,

,d iend 0 1

n fraccionar la Comis ión cuyo obj to 1

inicial fu la Org,an i.zación de Jornadas I nter,pro-

L CO S JO PRO S,10 · L DE ARQUIT C URA Y URBA IS O

f ion ·les de P'eritos Judiciales,. en tres . ub omisione ,que tratarían lo s1guien t., s temias: 1) Dignificación de la f nción pericial. 2) Arlanceles 3) De 1 la inscripción de los perit os y su d e 1 1

1

-

RE UELVE.

1

Ar 1º) Ad h r, r a Ia i n i eiati va d' 1 C0 n ejo Pro e ,o,nal d I ng n ier í C 'il y hacérse o, ab r m di n e 1envfo d copiad e a R oluc1ón. rt. º) De 1g,n a lo Señores Mi mbr os d 1

1

1

. ,, nac1on,

1

1

1ón Con ultiva Perm nente, Arqto 'e or C. r1x y Alcibíad . Chico Lappa, en r~ct r d , p~ ntan s de ste Co,nejo nt l Com1 ión de P ritos Ju dici ,1 encargada 1

Comi

1

1

1 Coordºn ci,ón y 0 rga.nizac1ón de las ''Jornad lnt rprofesional s de P'erito . Jud"ciales' ' rt ,º) E, com,éndase a l,a Secre aría Técnica d I Consejo b,rindar a o mencionados arqu, . t cto el apoyo nec sario a su labor e informar a la es . Di ectiva obre todo ro concerniente a la m1 m · rt. º) R gfstre e, comun íqu ese a los ar quit - to designado en el art. 2º d,e e ta Resoluión ,l publ íquese en el Boletín del Consejo y arch ve e. 1

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1

I

o

1

Que este nuevo emp eramento tornaba ac,on:sejable la designación de otros la rqu·tecto,s par cubrir todas a subcomisiones, espl cialmen e 1

porqu,e los dos primeros designado,s por la cita-

da Res . 7/84 se encontraban rabajando - n la que ac ualmen·te es la Su b-Comisión iº 3. Que en virtud de ello, por co,n ducto d la cretaría Técnica del Consejo e requi.riól la c,olaboración d,e los arquite·cto s, Ventura · ariscott y Ernesto Jorge Fox, de reconoci1da y prol ong da exp eriencia en el temaw 1

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-

OR ELLO

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'

EL CONS JO PROFES ,I ONAL ARQUITEC LJIRA Y URBANISMO

SUELVE:

,

Art. 1º) Ratificar la ,designación de los Arqui.cto,s Hécto,r C. Morixe y A'lcib íades Chico La-

, pas co,m,o representantes de e te Co,n,sejo ant , r . Sub-Comis1ó,n Nº 3 ,d la Comisión de Peritos Judiciale que funciona en el Consejo Pr 0,fesional de Ingeniería Civil rt. 2º) D,esigna'r al Ar,q to Ventura Marisco-

ya está

en1su

nue,vo domicilio:

1

tt1 para concurrir a la Sub-Com1isión Nº 2 en re-

presentación de este Consejo y al Arqto Ernesto Jorge Fox para asistir ,a la Sub-Comisión N'º 1 n igual carácter. Art. 3º) Regístrese, comuníquese a l,a Se cretarfa Técnica y a los arquitectos des.ignados,; publ íquese lo resuelto ,en el Boletín1del Consejo y arch ívese. 1

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Arañas, · pot,s, farolas y far oles en todos los est1lo s 1

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Ventas por mayor y menor

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a o , art . 9' y 48 . e , ra ce e

v' _o que las cifras de pe,sos por d fa, cor · _ pond·,entes al '' iempo empleado'', pu _ ser aplicadas como bases mínimas de'l ho _ rio cuand,o

El recurrent, so 1c1ta opinión del Consejo e rea de un neo, · nda proy cto y d r cc1ón de un ob,r común que _1Comitente por ,razon. · fina c1 · ra5,- de,s a realizar en un plazo mucho mayor q,u,e el cons1derad'o normal y razonable , A lo cual s - contestó: ,,, El criterio ado,ptar para la determinación ,die los honora,ri,o pr,ofes· onale,s de proyecto y ,di'recc,ón e:n el caso d scr1pto en la consul .. ta pr sentada, resulta d ,_ la aplicación del Art. 1° del C p ítulo 1º del Arancel de Honorarios prob,ado por el Decr _to Ley Nº 7887 /55 1 cuyo contenido , eñala que los honorarios que di-

cho docum nto fija son los mí'nimo que d be p rc1b·1r un arquitec·t o por tarea de ejecución normal y que pa., a aquélla qu ofrezca dificu :l t d , o condicion s e peciale, corresponde-

rán honorari,o,s conven . ional1es que se de erminarán por acuerdo entre prof,es1onal y c,o mi-

o

x·st_ n ,n ,el cue,rpo no

a

pautas específica'S q e perm ,itan adecuars,e _ tareas e . mplidas o a cumplir sí lo ,xpl1c el r curre te y el C.o,n ejo - · ,n o ro el me ·~ de Juicio- debe co formar dich,o · r1t

(0-1655/84 S,.T.).

,erid

59 )

a lo a s 69 · el ran

A raíz de ,una r _ pue,sta dada po Con jo, a la Gerencia técnica de una En · a del Est do, recibimos el igui nte pedido d acl r,a,c1ón CO'n re, p cto a.:

''El temperamento jurídico en conno a c1ón a lo ley, de fo,ndo que fija normas taxativa sobr,e la percepción de honorarios, todo vez que en el Manual del E1ercicio Profesional del Arquitecto en su art. 5º inc. d) explici,ta una normativa más amplia q,ue la articulada en,la Ley''. 1

tente

Dicha consulta mereció el siguiente die C,o nform

con lo expu sto p,or el re -u-

rrent e Con,s jo · ntiende qu . el caso en ,cuestión pr sentaría una condición spec1aJ qu Justi ic¡:ría que lo hon,orarios e fijaran d,e cuerdo con los artículos del Arance,1 cor es .. pondi ntes la la tareas encom ndad ,s y adi- · c1onando un porcentaje ,a onveni·r entre las part -s, según lo expresa,do al comienzo de la pr ne''. (C-16, 7/84 S.T ),.

El artícu ,lo 3º del Arancel de Honorarios probad 0 por e Decreto -ey 78,8 7 /55 ha p,re1

tamen ·'Los, ConseJos Profes,iona es, en sus re p c·tivas specialidade , han _· 1,do m nido por la Ley d e la facult .d de reglamentar o_ ar celes pr,ofesional,e . Es , n uso de tales, atri ciones que, mediante resoluciones de alcanc gene,ral, regulan 'SU aplicación para que ella se correcta en casos no prev1'stos, dada la comple jidad de l,as obras a -r i'n a años de la ·sanc1ó, del Decre o Ley 7887/55. Las, facultades de acl rar dudas y dicta 1n,ar y fija.r honorarios en casos esp . ciales o ,o pre isto,s (art. 6º del De,c reto Ley 7,887/55 art. 16º inc. 8 del Decreto L y 6070/58) no 1

1


s~no facultad ,e reglamentarias que la Ley h . oncedido a los

1

1

Consejo ·, y tas res,o lucion

rác·ter general dictadas en t.al sentido, en el alcance jurídico de reglamentación de orma bá,sica. No se trata en realidad de agre . 1

o íncor porados al texto original del Arancel Honorarios sino de re ,o luciones reglamenta de los ,d istinto artículo S del mismo ,que, 1

i orno tales,, los complementan y' e n algunos - .. , adecuan·'., (C-1657 /,84 A.L ). 1

1

eferido a lo art ·. .. · °., 4· 6º. y 47·' 44. . , 45 1

Las, tareas más comunes que una firma de rquitectos puede desempeñ,ar con relación a u a obra son las q ue a continuacion 'Se enuncian . on brev . explicación acerca de su significado: a) Estudio d,e fac ibil id~d: es el trabaJo preliminar ,que el arquitecto efectúa para estalecer las cond 1cionan tes del terreno que se le propone con respecto ,al e,dificio q,Lle se desea levantar en él, o, en s,u cas,o, la a,decua.c,ión de un edificio exis:tente al u,sa que del mismo quie.. re hacerse. Ambos supu,es,tos p,arten del análisis de las restricciones impuestas por los Códig,os de Edificación y d,e Planeamiento y de .las consultas a realizar en tas oficinas municipales, o nacion,ales correspondientes. En cier·tos casos el estudio d,e factibilidad se extie,nde a lo aspe,ctos financieros y económ ·icos del negocio propuesto por el comitente, plan de inversioes, ,análisi'S de rentabilidad o beneficios, etc. b) Proyecto y dirección ,de la ob'r,a: com prende en primer término los ,croqu ,is preliminares que v,an en busca de la i,d,ea generatriz que luego se plasma en el anteproyecto. Ambas tareas, resumen el aspecto creativo del proyecto, del que constituyen la semi,lla. Este último comprende el d,esarr,ollo de ,es,a idea matriz que necesita, para llev.arla a la realidad,, el estudio com ,p leto, ,de toda la doc,u men·t ación técnica, 1

1

1

Cons . J,o Profesion I d

,desde aqu,é lla que contempla la situación de resistencia del suelo, y de la , structura h1,asta la qu, s dedica a los última,s detalles, de funcionalidad, estética, decoraci ón y confort. Tam bién es fr cuente que s a a su cargo la preparación de los elemento exigido,s por la . autori dades municipales o nacionales que c,orresponda y la presentación d . l,os mismos 'hasta obtener los r,espectivos permisos. Con la documentación , é,cnica compl ta del proyecto . s po ible una corr,ecta d1recc1ón de la obra que se je,c uta . s,ta ta ea con,siste en controlar q'ue la materialización de esta última se 11,eve a c,abo según las indicaciones de la documentación técnica, ya sea en cuanto a la ca'lidad de los, materi,ales es1

pecifi,cad,os como e'n cua'n to al correcto emple,o

de los mismos s gún el fin para el que se destinan. El arquitecto qu,e ejerce la d,irección de la obra es la máx'ima autoridad del proc _so de u

construcc'ión, por lo cual es responsabl,e ante, su comitente y ante las autoridades ,corresp,ondientes. Obv'iamente, su res,pon abil1 dad de dire,cción será compartida cuando sea necesaria la prese nc,ia de ase-ore . o especial 1, stas de de erminada,s instalacio'ne y estructuras, todo ,e llo sin disminuir las que puedan cor esponder, se~ gún las circunstancias al o a los contrati tas i'ntervinientes. Sea que se decida ef ·ctuar la co,nstrucció,n c,o n un contratista general o que la eJecución de la. obra se rea.lice con vario _ contratistas de distinto,s gremios, el arqu·tecto director debe inte,rvenir en las licitaciones o pedidos de p,recios, estud ar las propuestas y aconsejar a su ,comitente con ,relaci,ón a la conveniencia de las adjudicaciones, como así' ta,mbié,n acer,ca de los contrat,os respectivos.. Tendrá, as,imismo, que verificar y exigir la exi,stencia de seguros obrer,os y del cumplimiento de las leyes so,cia. . le,s, t,o do ello en protección d,e los intereses de su comitente. Durante la ejecución de la obra, el arquitecto d'1re ctor debe conformar todas las liquidacione de tr,a:bajos que pres,enten los con . 1

1

Arquit e ura y Urb, n" mo -

1

Bol. 4/14

1l


trat1sta para e cob o e · la forma que lo, esta b z an los respectivos co,ntratos. e) P oyec o, Dir -cc1ón y con trucción.: st un aspecto total .mente diferente de los t r1orment e pi cado , que r,espondí n a las ormas clá icas de a activid, d p ofes1onal. . 1 _ien ésta ha estado desde argo, tiempo ligada a la faz económi,ca y financi a de los prop1e ___ri os o comitentes, fue recién a partir del .... _v n1m · nto d á pro 1edad horizontal uan o comenzó a predominar el aspe,cto ' n go io,' 1 gando ha ta el punto q:ue tanto lg.unos autores como cierta jur1 pr den,cia specíf1ca ubican su or,no ju ídico más e la compraventa que en la locación · st,e punto llevaría una ext nsión ins,óli-impuesta por la misma redacción de la prenta- que ente demos exced ría los Iímites e I competenci.a del ConseJo, fijados estr1ctament n el Decreto Le,y 607'0/58, art. 16º_. ·ne. 8). Trataremos enton,ces de concre ar e ámbito d esta respu _sta. La pal.abra construcción, ubicada junto con proyecto 'Y dirección, barca los a pee os t,, cn1co y comerci I del proceso ya que, no cab duda,, la ,constr,ucción e . una act1v·idad d , tipo 1ndustr~al y comercial req i r u técnica p ro que d·sta ,de ser 'pro es1ona ,, en I s ·nt1do que I tít lo de arquit cto lo ex ge. or s c,onocim·entos y · s 1ncumb ncia , el arqui ecto está capac tado 1

1

1

,

1

para con tru'ir una obra, tan o como para pro,yec arla y d rigirla. La activ· dad emp.res.ari.a e re re enta la cons,t rucción puede o no estar v nculada al proyect,o y dirección. Estamos re 1r1 ' ndonos ahora al ca ·o afirm,ativo en el cual

t.ambién s dan dos ,alternativas: la empresa on truye para sí m1 ma -por lo ge eral par,a la v nta del produc o terminado-

o ,construye

para terceros. en ste supuesto se trata de un contrato d,e ocación de ob a qu . pu d e llevar· s cabo con diversas fo mas de pago, sea por 1

12

aJuste alzado, por unidad de · ed"da o por . te y co tas,. En cualquie a , e los e sos ci_.... _.. hasta aqu ", la ~ c1ón d direc ión se ,ere bre los pr,o,p·os gremio y sob e los pr, 10 obrero,s además d la qu, .· ccirrespon e .obr , subcontratis as. (,0-13 '7 /81 S.T.).

-felr -o a o 48 y 52. d·el Por oficio judicial s,e cons l.ta acerca

''Si es el prop etario, o no, qui n t·ene el p fi,nal de decisió n resp, cto de la calidad de m teriales a in.cor·porar a su ,edific.io con resp . 1

1

to al si .tem,a por el cual va a c,ontinuar su pr -

pia ,o bra''. Dic,ha pregunta mereció el tamen:

1gu1en,te d

''Hab,iendo, el profesionial actuante ase do al comiten ·e sob,re el t·po y cal dad de lo materiales que req,uiere la obra en ,cuestión, d,eci ión final de este último la el,ección de 1 .' mismos, siempre entre aquellos q · ean 1 - Óneos al. fi:n p r ,eguido Asim,ismo, se inform.a qu,e también erá e 1

propie ario quien en d,efin1tiva optará por

sistema de contratación por ,el ,cual se leva á a cabo la obra, uego de hab,e,r sido puesto e , - _nacimiento p0 e,I a quitecto de la ventaJa . , di,ficultades técnicas y económicas que of·rec · las diversas · odalid,ades posibles''. ,(0-1 ·6 32/84 1

s. .) .

,

Referido ,a la ep ec·ac n de m ro d -o 10 ste Consejo no es partidario de reco .

dar la apl1ca,ción -en abstracto- de n·.ngún m'

,


r

todo de cálculo de la depreciación de un muro divisorio. No solamente entiende que son objetables las bases de tales métodos sino que no puede haber ninguno que supere la apreciación de visu del perito experto en la materia en atención a las numerosas variables que puede ofrecer el estado de una pared debido a las circunstancias particulares que han ocurrido en el transcurso de su vida. A título de ejemplo, para mejor comprensión de V.S., baste decir que existen paredes de carga o portantes y paredes de simple cerramiento; paredes que desde su origen han estado adosadas al edificio lindero y otras que han estado expuestas a la intemperie. Pueden tener todas la misma edad pero no existe tabla que pueda aplicarse ciegamente para compararlas. El análisis correcto y fundamentado del experto dará la pauta en cada caso particular. (0-1657 /84 S.T .). '

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Conselo Profesional de Arquitectura y Urbanismo - Bol. 4/84

13


d n1c10 e • es e on,s o co a a f nc10 .e, 1éC ic e de m ñan dur,. e qu a obra la · e c·ón d 1

1 d" ecto,r de obra es el profesional (autor no del proy cto), cuya princip,al responsabili ad' consiste en v r,ificar el fiel cumpl1m1 nto de las normas técnicas qu ,e permitan la ejecución de •

lo

trabajos, con a reglo a los elemen os q _e

const.ituyen el proyecto compl to (pi nos de construcci,ó n y d detalle, de str e ras . 1nstalac1on s, esp cificaciones, etc) y con tatar mediante las ert1f,1,cacio :nes de rigor, 1 cumpf imiento d,e I s obligaciones que e tán a cargo del empre-

s r10 y, por . onsigui.ente, 1 le i im1dad' del c,o bro del precio convenido, cualq u1era · a la forma de pago cord .a da . ''

Por otra par e el Consejo ha in 1·st1do en, nu

e

0

sas ocas·ones en la necesidad -apoyada en , iw...n..S ét"cas- de la existencia "ndep,endiente ,d el di e, de obra y del construc or, 1·g,ados ambos co 1 comitente por contratos diferentes,,: d loca _i"

de obra inte ect _al el primero y de locación ob·ra m.a t ria el segund . 2.. El R.epr sentante T ,é cnico del constructo ,o ,e mp sa constructora ,es un profes1,onal de c,ate r' acorde con la obra. Es un personaje cu·y ,a e ·,

tencia es n ce aria como 1nterlocu ar t,écn1co -en los aspectos propios de est,e término- que el empresar o desconoce ya que su tarea partic1 · a

d,e las características comerciales e 1ndustr1 _1 de su negocio

51 bien, e representant,e técnico tiene sus funcion ·s y respons bilidades claramente defi ,nidas en Arance ,I de Honorarios nacional, es obvio, q u c,omite t -de la part,e de quien actúa- es l constructor o la empresa y no el propietar1 . o quien encargó I • ob a.. · unca puede, entonce , pre,tenderse que este profesional h,aga as ve·ce 1

1

(Boletín CPAU ·

0

3/66, página 7)

' 1 no

del direc or de la obra, por aqu,ello de qu

se pu'ede servir a dos señores'', amén ,de los mot la función descri :p ta podríamos llamarla ''di:-

r cción co.m I ta,, pues ella écn1ca como la adm1ni trat1va.

barca anto la faz n este pu to ,el . .

irnos que., al unir ambas activi,dade·_ 1 el director

está cumpliendo los dos papeles q'ue en resurr,en .- ,rían: el có .o, se está haciendo la obra -que es la faz t cnica-· y el cuánto está e1ecutando en · ada certificado -que es la faz admin s ratia. Esta dualidad su .1ere una diferenciación que en -iertos casos es efec iva, y , que e isten entes oficiales, empresas del E t,ad y aun grandes m re,f

s

vos é -ico , razonablemente obv·ios.

pri ·. das, ("nd striales, banco , etc.) que, pose-

3.. El Conducto,r de Obra es tam,bién un profesion ,I o u,n técnico de menor categoría, que tanto puede

~e neralmente ,en re .lac ón de depe dencia- como e1m pleado del c,o nstru,c t,o r o como emplead'o de la d1recci.ón de obra .. Las, funcione son s1 mi lares en, cuanto está f í ic.amente reem pi trabajar

1

zando, en un caso al representante técnico y en el otro al dir ctor de la obr,a, cumpliendo un ho·rario de permanencia ,que no es obl1gació , d aqué'I os cumplir,

yen o of1c1nas, técnico-contables, prefieren adoptar

u.n variante de este sistema. Ello perm·te separar e la d1recció,n de obra las tareas del ''cuá 10 1 ' sin 1nterf rir para nada en las del -'cómo'', Obviamente., en esto,s supuestos es corr·e cta a d1sm1 ución d I honorario del director, pues los, trabajos d med1c.1ón d,e obra para las liqu, daciones periódicas, los ajus es por mayores costos, el control de las obligaciones la.borales del contratista, etc.,. son tarea de engorrosa pero relat va imp,ortancia, que l1b,e ran al director de preocu pac1ones que,

en realidad, no tienen efecto sobre el resul ado

de su locación.

14

4. Como cuarto personaJe figura el S,obr stan · Resulta este personaJe dep ndiente del comiten, e en el .aspecto adm n1strat· o, a" n cuando sus co,n cimientos téc·n icos le autoricen cierta auton om en s s func10 ,nes de vigilancia sobre el, o los con · r · .. ·t 1stas de la o,b a.. Es obvio también que,, s1 ·n do en cierto modo sus oblig:aci,ones convergentes, 1

res,u lte n colaborador del profesional d1rect,o r de obra y ,de la conducción ,de la misma: pues,

se da por senta,d o que la continuidad ,de su pe manencia en ella l,e permita suplir,, en la funci' de cont.rol solamente, la ausencia event al d e 1

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aquél. Especialmente en obras de regular tamaño, puede suceder que debe vigilarse la recepción de un material o la ejecución de una tarea en un sector de ella, en momentos en que el director se encuentra realizando otras tareas en otro sector alejado de aquél. 5. Finalmente puede existir el Inspector de Obra en ciertos casos claramente definidos. En primer lugar su empleador o su locatario - según se convenga la forma de su retribución- es totalmente ajeno a los aspectos técnicos de la obra. Dicho empleador es una persona jurídica distinta del propietario, del director y del constructor. Su papel en el desarrollo de la obra es el de financista: vale decir, quien presta el dinero necesario, parcial o totalmente, para realizarla, estableciendo con el propietario una garantía real o contrato de mutuo. El control del inspector, en estos casos, se limita al ''cuánto'\ pues el prestamista o entidad crediticia -que con frecuencia maneja fondos prove, nientes de terceros- debe a éS-tos una seguridad dependiente de que el capital invertido progresivamente en la obra responda a la realidad de las tareas ejecutadas. Los honorarios que percibe el inspector- están en relación con la importancia y responsabilidad de su trabajo, el cual se limita generalmente a una inspec·c ión periódica que da fe que las. cantidades y volúmenes de obra ejecutada coinciden con la liquidación practicada por el constructor y certificada por la dirección. Obviamente sus emolumentos por obra no pesan mayormente en el costo de la misma y son solventados por la entidad crediticia con cargo al prestamista, directo o indirecto. Dichos honorarios no están espec(ficarnente tarifados, pero pueden encontrarse, por analogía, normas utilizadas del arancel legal. Esta función de inspección no va, ni debe ir, más allá de lo explicado. Es indiscutible que el inspector no puede estar investido de la obligación -casi diaria- de controlar el "cómo" se ejecuta la obra. La fidelidad con los planos y demás documentos, la calidad de los materiales y de su ejecución, etc., son atribuciones del director de obra. Es por tal motivo que los entes crediticios exigen de sus prestatarios, no sólo documentaciones estrictas, sino también la presencia y la firma de quienes, en una forma u otra, tienen relación

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con la dirección de la obra a fin de que ésta responda a la garantía real que pesa sobre ella. Otro tipo de inspección es el que se ejerce en la obra pública, y por cierto muy poco delimitado en sus atribuciones y funciones. En primer lugar debe estarse a la definición de obra pública dada en el Art. 1° de la ley 13064, definición que fue objeto de numerosas variantes y críticas formuladas por los principales tratadistas del tema, tanto argentinos como extranjeros. Pero destacamos, con respecto al caso analizado precedentemente, que si la figura del inspector y su misión son claras en dicho supuesto, su imprecisión en la ley de obras públicas es notable. Ello nos lleva a advertir que la mayor diferencia entre este tipo de inspector y el que antes describirnos, radica en la persona - de existencia real o jurídica- para quien trabaja y que es la que retribuye sus servicios. Es por ello que, sólo cuando su comitente es el propietario de la obra, su carácter de inspector puede insertarse o diluirse en el de director: especialmente entendiendo que la figura imprescindible es unicamente la de este último. Es de rigor en las obras públicas que, cualquiera sea el sistema de vinculación con el Estado o sus reparticiones descentralizadas o empresas mixtas, etc., exista siempre un director de obra profesional de primera categoría, responsable ante el comitente por el resultado de la tarea encomendada.

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15


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se ,or: ''La p rofe. ión _ rquit cto o, 1-geniero ,c·vil está some·t·,d 1

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1Jo ell

e-or

,p oder de pol·cí'a del

e as Un Dice el Decr,e t,o Ley 6070/58 (Ley 14.467) 1 en u art. 1º que ' el ·ejer,cicio de la Agrimensura, la Agrono,mí.a, la Arquitec ura y a. lng niería, en j ris,dicción nacional o ante autoridade o tribunal,es nac'ionales, qu1eda ujeto a las determinacio es de la pr s n,te ley, sus dis,posic·ones complementa.ria - y I s nar.. 1 mas de ét·ca pr,ofesiona:1 '.

Por su part el, art. 16º, ,inc. 1º de la m,is,ma ley menciona, como primera. facultad -y obligación- d . lo Consejos Profesiona es, la ,de, 'Velar por el cumplimiento de e ta 1 y y demás dispos,iciones dictadas. en su consecuenc·a, · ati entes, al eje'r icio profe1

sional.

, Ent e las funcione,s que la le,y e n,sidera ejer1 cic'io profesio'n 1 (art. 2º, inc. b) figura ' . . . . . as soramientos . . er1cias .... a.náli,s:s . certi,ficacion .s . con ección de informes ,, t cn1cos . . . -

. -

Por su par e, el Código d,e Etica aprobado por 1 , ecreto 1099/84 1 P.E. e tablee . que las faltas de é i a ••·q edan equipa adas a faltas d iscipl'1 na.r·ias ,. . .. en virtud de las d isposic ·one . del art. 2,8, Decr,eto Ley 6070/58, ( ey 14.467) y sus conco,rdantes' . 1

Tran ,cr1bimos a Continuac1,ón párra ,os extra tado ,del i forme del Sr. Di rec or Ge,neral de la As soría , egal de la Municipa'lidad Dr. Pedro 1

1

,

Aberastury., en se,t1emb e 13 de 1'944, en e e · pediente 103.654-1-1944 del 1nis, erío del 'I nter,ior. El c·tado ·nforme fue corroborado por dich,o Ministe,ri,o .

. er 1da . .

·

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1

sta o ejercido por m -_ . ..,

ac10 a ,es, que 1mp,a -. .

.

.

-

.

-

ex,clu i · idad los ·. "tu os profesional --' . ''las regulaciones, municipal s que ale zan a este g., · ero d ·. act·vidad es no pu : · .. · con

1

sanc~onadas co o regu :acio- ,es de las profe .~ ne , si o como un incide te del · ,o der de p -, , e í ._ de s construcc.1one ., por ue e te y · aquél es, el poder de po icía delegado a l,a n·cipal·dad. a e·xistenc·a d,e estos dos órde, de reg,ulac·ones de poli'cía determinan e.l o,bj ··· y limitac·ón de cua quier d. posici,ón del Có .:i go ·_ e la Edificación obre ac ividade ·. profe i,o · nales ati gentes con la edific,ación . e, a , ordenanzas munici,pale , · on vál idas cuan,do, pe siguen fine mun·ci'p,ales, decl rados ta,les por las leyes, que han creado I . s, mu~ ic palidades o, Je han delegado facult d ,egislac·' n; deben co- formarse a las leye · na cional - y ar·m o i'zar con el s· tema guber, ·1

. , ' que integran .

. enta

.

.

'Si el Código, d la Ed1'ificación distingu la dirección de una ob,r,a de l,a real·zación de 1• • misma, s rictu sensu, por con tructor,e 1nscr1 tos, adm·te e la erección de un edi'fic~o una activ 'dad pro,fe ional. la d .· i geniero o ,arq ·1 e o,, sometid en e e ·d,o actual de la le,g"sl,aci ~, a u a formac· 'n y co tra or uni'versitar1,o. o de o -ra mane ,a puede exp . carse la pre.sencia d Director de Obra, que ac ' ,e pa .ale amente a o con tructores, aunq e e alg nos c,aso,s - · ,con1

'

1

fundan en una per ona ambas, ca11.d· ad e '' ,,. a M n·cipali'dad pu _e exigir para to

d s o a gu os dific·:o,s la presenc·a de un dir ctor de bra s·: entiende que el leno conoc·m·ento d,e las regul,ac'iones de policía de la co,n trucción se condiciona

a la intervenc óa , •

estos, direct.ores p,rofes,ion _I· s; e o es mat r1 · de discreciona, dad legislati a. · 0 e d1scut · e • • 11 este momento la l,egalidad e ta es ex1genc,1 '5, .. 1

1


Municipales ''Pero si las ordenanzas municipales exigen la intervención de Directores de Obra, como estas profesiones están sometidas al poder de policía del Estado Nacional, la exigencia municipal debe conformarse al sistema legal y administrativo existente o sea que la calificación profesional no puede ser dada por una ordenanza municipal sino por los reglamentos nacionales que organizan el estatal de la profesión de Ingeniero o Arquitecto''. ''Las ordenanzas municipales deben perseguir fines municipales, según los hayan definido las leyes que les han dado facultades legislativas y en un conflicto entre una ley y una ordenanza es aquélla la que debe primar''.

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11r~ni~mo -

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e re .e a e Ob a P 'blicas

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.

e

so

Co,n tinuanda las informaciones dadas a la matricula en los Boletines prec,ede

es, transcribimos la nota dirigida al · r. Secreta·.rio de Vivienda y Ordenamien Ambie,n al, Arq . Jo é Luis Bacigalupa,. con fecha 13 de sep iembre pasad .

D ,e

nu -stra mayor consideración:

men _o de la

Cúmplen.o d1r1girnos a Ud. con relación a 1 Resoluc1 'n Nº 68 del 21 de mayo d, 984

d1 ada por la Secretaría a su c,argo. Por medio d l,a resolución referida se re -tringe I derecho a participar en los concursos qu financia el FONAVI, liimitando - í 'la

posib.lidad d trabajo a profesional s habilitado ; r p cto los arqui ctos, s I s exige que ,ean a ociados en algu,na entidad· adherida a la F A.S. y, en cuant,o a lo no arquitectos, se le requiere asociación a alguna entidad de '' l 1bre agr m iac1ón, . Los funda n os de sta Res,olución ind" can que ella obedec al sólo propósito de adecuar na anterior di po ición d la S,ec1 retaría

al

gl men o de Concursos de la F A ..S.A... ,

.que será qui n patrocinará lo concursos obra · ue financi e

la

O , AVI

t o nuest a di repanc1a con la m . ida adoptada así como con a nor . a n que se la ha dispuesto, no queremos dejar d señalar nuestro punto e vista con la e peranza q e lo, comparta y corrija la ransgresión ,a normas f ndam.entale en que se ha incurrido,.

En primer lugar, i el Secretario de V1vie

no exija, como, hubiese sido más raz,ona qu la .AeS. . adecúe u r glamento a las i gencia de la Secretaría de Vivi nda y Ord mi,e nto Ambiental. M,áx m · cuando, como en caso, no e trataba de una modificación d la Re olu,ción · º 55 carente de rascendencia, 1y

1

no que signi 1caba un cambio total d

al exigir

a

fil o ' profesionales a asociación compul i-

va a en .idades gremiale·s. BaJo poco conv'"ncen es fundamento ha impuesto la a,grem1ación obligatoria a tod prof ional. que qu ~ r,a par cipar en un concu -

so financiado por el FO AV 'I. Cab señalar que, n I su uesto ue Señor Secreta io h _ya tenido como obJe ivo, · I modificar la Re olución · º 55 como lo ha · cho, oblig r a 10 - arquitecto,s e ingenieros q . eJer , s profesion ~s libremente a. asoci. r,--·~ a na nt1dad gr mial, h,ubiera ido de d · e . que lo h b1e e d1 ho con cliaridad, p s a r I

oluc,ión dictada no - sino un acto jurídico por 'I cu,a uno, de los ó,rganos qu·e integran e, G .. bi _rno· e la ación ,ex.p e a su voluntad, -o

cabe sino espera de ello que us intencio ·. . . . .,. sea.n claramente e pu sia·s, que o consid -

Ordenamiento Ambiental, con el va do y J- -10 criterio, entendió que los concursos de o ras a financiar con, 1 FO A deben s r abierto a '''todos lo profesiona,es univers1tar·o hab.litados, para hace proyecto y dirección de ''obra de arqu·tectura'' (Resolución

denc1a de lo ,e xpue to. obliga a ellos, a aso, ·

Nº 55), no e concibe que

se a ''alguna entidad d

'1n

a

. . S.A - conti · ne una norma q se opone a ,el o mo,d ifique n s,ana d1s o· 1c·i "n

I

1

olo por ue I Regla- -

. .

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,d os r

qu

j n el alcance de lo qu di pon 11 í s · p en sus fund ,amentos.

La autoco, , trad1c,c1ón en que 1ncurr Resolución ·. º 68 a refer1 ,e a os prof 10n • 1,es o arq 1tectos debe s,er -ñala,da om · 1·b e agremiación '.


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Si se trata de una entidad de libre agremiación es porque su afiliación no es necesaria para ejercer la profesión, por tanto no es exigencia para estar habilitados para trabajar; en consecuencia no se alcanza a comprender cuál es el motivo de esta afiliación compulsiva que pretende la Secretaría. Más aún, cuando ello no guarda relación alguna con los considerandos, pues el reglamento de la F.A.S.A. no comprende a otros profesionales que no sean arquitectos. Es decir, sin dar fundamento alguno - ya que el expresado no se compadece con lo que se resuelve- obliga a los profesionales no arquitectos a agremiarse y, contradictoriamente, indica que deben hacerlo en alguna entidad donde se respete la Iibertad de asociación , sin advertir que, al constreñir a los profesionales por medios compulsivos a asociarse, viola el derecho constitucional de no asociarse a ninguna entidad gremial, de lo que resulta la inexistencia de ''entidades de libre agremiación'' para quienes deseen participar en los concursos que financie el FONAVI . Por último, cabe señalar que, a estarse a la Resolución Nº 68, no se exigiría a los profesionales no arquitectos estar matriculados ni habi1itados, bastando a su criterio estar asociados, de lo que resultaría una violación a las normas que regulan el ejercicio profesional. La habilitación para el ejercicio profesional la otorga la matriculación en el respectivo Consejo y no la asociación a cualquier entidad de libre agremiación. La exigencia de asociación significa una discriminación en perjuicio de profesionales habilitados para ejercer su profesión por la sola razón de ejercer un derec_ho constitucionaf como es el de resistir la afiliación compulsiva. Sin otro particular, le saludamos muy atte. Arq. Antonio Antonini

Arq. Gregorio de Laferrere

Secretario

Presidente ,.. __ , ___ 0 ...-~oc.innsl rlA

Federación Argentina de Sociedades de Arquitectos Poco después de la entrevista a la cual nos referimos en la información precedente, nos comunicaron que la F.A.S.A. hab{a resuelto modificar el temperamento cuestionado en cuanto a las condiciones exigidas para participar en concursos de obras públicas. La Asamblea realizada en la ciudad de Paraná el 23 de septiembre pasado adoptó la siguiente resolución : a) La Comisión Directiva de la Federación Argentina de Sociedades de A rqu itectos queda facultada para flexibilizar la ap licación del articulo 19 del actual Reglamento de Concur sos, ante impedimentos insoslayables p lanteados por el comitente, en el caso de la Obra Pública. b) Requerirá para su apr obación de l os 2 /3 de los votos de las Sociedades miembros p r esentes.

CAPAC Comité Asesor Permanente de Arquitectos Consejeros 21~ reunión El Comité Asesor de Arquitectos Consejeros (CAPAC) que nuclea los Arquitectos de los Consejos Profesionales de todo el país, real izó los días 14 y 15 de Septiembre su 21 a. Reunión en la Sede del Consejo Profesional de la l ngeniería y Arquitectura de la Provincia de Santiago del Estero. En esta ocasión se continuó el estudio de trascendentes temas que hacen al ejercicio profesional de los Arquitectos en el país, dentro de los cuales merecen señalarse la derogación del IV A en las tareas intelectuales de los profesionales de la Arquitectura, tal como lo peticionara reiteradamente este Comité; el análisis de los Contratos tipo para encomienda de tareas y de las Ordenes de Trabajo vigentes, Escalas Arancelarias, Vivienda de interés social, etc.

Arouitectu ra y Urba nism o -

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Es importante destacar que e Com1,t'

a

Ase ,o r ha formulado numero os docum,e ntos de

e

e

u

tr bajo, los que han sid 0 pu:es,tos oport namen-

,O

·te en conocimi,ento de to d,o los Cons,e'·o- d 1 País, entre los que m,erecen señalar e el d '' esponsab1lidad profesional d,e los Arquitectos'', como así también ''Definición de los role,s profe,s·onale en fa Dirección y 'E je cución de

El 27 de septiemb e pasado

1

1

1

currió a la sede de nuestro Con ejo e:1 s,r. Decano Normalizador de la F U

1

ob'ras•:,. T,ambi,én ha to,mado, a.ct1va p,ar·t1c1p.a 10n en numero as gestiones que hacen al ejercic,io •

1• 1

de la p of,esión de los Arqu 'i ectos, como así ha l,levado a cabo gestiones a,nte lo diver os Organ1, mos Poi íticos a fin de explicitar sus obj ·. ti vos. CAPAC ha manifestado en fo,rma permane'n,te una. real, vocación de trabajo y aporte a las, activ'idade.s de l,a profesión de lo.s Arquitec'tos en , l ámbito d · todo I, país,, cuya conclu .. ion ha posibilitado un sensible ,avance en el intercambio de exp ri ncias qu,e hacen a un mejor d s mpeño profesional de cada Jurisdicción. E. d destacar que la M sa Ejecutiva acional de CAPAC es á integrada po l,o Arqui1

1

1

tectos A.lej,a ndro B.

Arqto. Be --ardo Dujovne acompañad,o, po

'ARBO · A . (como Coordi-

'nador), Edgardo 'PE 'R AL TA Osear CO BINA, (Secretarios) repre entante del C?n~ejo Pro, eional de a Arqu1 ectura e ngen1e a de Co,rdob,a y el Arqu,1tecto Rodolfo P GASSO (Secretario Su,p1en e) del Con,s jo de A uitectura y Urbanismo d l_ a Capital Federal. Se r,esolv1ó finalmente ef'ec uar la próxima r·eun1ón ,en la ·.· de de este Con ejo lo días 6,, 7 y 8 de ,diciembre.

el Sr. Secretario A,cadémico, Arqto. Ja ier Sán.chez Góm,ez, siendo rec'ib. d,os por 10 ConseJeros Arquitectos, Gregario de afe·rrere, Antonio ntonini y Esteban lnsau t1 ,e ·i nvitó asimismo al Arqto. - ancisco L. Cres,po y estuvo presente el ' Secretario Técnico del Consejo Arqto. 1

Cario , 'H Rivarola.

.

fue po 'it1va y cordi 1, co,m o continuación de l,as habidas, entr las comisiones de enl,ace FAU-CPAU de 1ne del año ante io,r,. e ·. rató ,en I íneas generales obre el p an de estudio que la F,a cultad tiene en an,áli. i , y e 'P cialmente ,ace,rc,a del proyecto, d · incumb,encias de los arqu·tectos y d,e los plan ticad,ores urbanos, y regionales que fue aprobada por ta U B,A y se encuentra en, es·tos mom nto a estudio, del in , terio de Educación y Justicia. .. . . El Arqto. D,uJovn _ prom . 10 · tere arse por el seguim~ento d,e icho a reun·ón

1

1

1

~

p,royecto


Recepción del Arquitecto Mario Roberto Alvarez en la Academia Nacional de Bellas Artes.

consejo Profesional de Ingeniería

Civil

En nuestro Boletín 1 /84 dimos ta noticia de la designación del Arqto. Alvarez como miembro de número de la Academia Nacional de Bellas Artes, ocurrida a fines del año anterior, motivo por el cual la ceremonia tradicional se postergaba para el año en curso. El 16 de agosto pasado se realizó dicho acto en Sesión Plenaria Especial para recibir a los nuevos académicos, el Arqto. Alvarez y los pintores Alfredo Hlito y Miguel Ocampo. Tocó al académico de número Ing. Basilio M. Uribe pronunciar el discurso de recepción , del cual extraemos los párrafos en los que más señala la imagen y trayectoria de nuestro colega.

Hemos recibido la información correspondiente a la renovación de autoridades del citado Consejo, cuya nueva conformación transcribimos, deseándole éxito en . ,, su futura gest1on:

Presidente: 1ngeniero civil Tomás G. J. O' Reilly Secretario: 1ngeniero civil Aarón Warszawski Tesorero: 1ngeniero civil Humberto V. Balzi Consejeros titulares: Ingeniero civil Silvio Agostinelli 1ngeniero civil Hugo C. D' Angelo Ingeniero civil Luis E. Grinner Ingeniero civil María l. Moglia de Chaves 1ngeniero civil Angel C.A. Rabuffetti 1ngeniero civil Carlos A. Vidal 1ngeniero civil Hugo B. Yentel

''La Arquitectura de Alvarez que todos tenemos a diario a la vista, la del Teatro San Martín, para citar su ejemplo más conocido, lo demuestra al no experimentar el deterioro de tantos y tantos edificios vencedores de concursos, que suelen ser presas de la vejez no bien han salido de tales competiciones, como los personajes de Shangri Lá al salir a la tierra de todos. Continúa serenamente, sin alardes estentóreos, aunque no sin innovaciones claras y oportunas. Los suyos son los planteos de la inteligencia ponderativa, de la cordura sin alborotos, de la nitidez y la seguridad''.

Dijo luego el lng. Uribe:

Consejeros suplentes: Ingeniero civil Héctor R. Rodríguez Ingeniero civil Mario E. Tabakman

. _ _ __ ,._: ___ , .a-

''Por eso estoy convencido de que la prueba cabal de la maestría de los tres académicos que hoy son recibidos oficialmente, el factor común dentro de sus características

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l lrh!lnic~ft -

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4/A4

21


tan individuales, re ide ,en ese dominio de sus ofic,ios que los llevo a e , itor todo lo qu,e no sea imprescindible O' Ja, co'mun,cación de su obra Dicho en otras palabra .· todo lo que no la encarne, todo lo qu,e no sea la formo cabal ,de la obra ,misma. Excelencia

>' me uro

tensa en su

s,erenida,d, so,n los atributos extern,os de su

maestr,ía '' ,· rt . ción d ,I Arqui eco r10 abe to Alvar, z

No soy muy partidario de los discursos, y menos aún si so.n ,largos; hoy ante lo honrosa designación de que he sido o,bJeto, designación

que valoro y ogradezco,pronuncioré e,J mío con la casi seguridad de que no .será tal v,e z muy · " . ocadem,co ..

Continuó más adelante el orador .

,,,, .. me doy ahora cuenta de la importan cia y responsabilidad que significa ser aca,d émi co. Hoy e :o respon abilidad se ha ocrece,ntado porque ocuparé lo vacante ,dejada p,o r mi amigo

y colega, el Arqto. Ricardo Btaun Me,néndez,, Con 1él comp,,art,. algunas horas U'niversitar1as; supe, de ·u amor a la profesión, y entre sus muchos condiciones, admiré el valor y la capac,ldod poco común de e tudior orqui,tec,t u,,ro desp,ué . de hab,erse recibido en 1930 de ingeniero.

Fue investigador, crítico de arte, estudioso y p rofesor de distintas co,tédras. En nuestro 1

Facultad, como profeso,, adju,n to, do,naba, , u

sueldo ,a/ Instituto H'ispono Americano, de Hi torio, hoy Instituto ·de Historia de Buschiozzo,

además de importantes donaciones. DeJÓ en-

il

-

El Pre idente de la Ac,ademía, Arqto. Alfredo Ca eres saluda al Arqto . Alvarez


tre otros, trabajos sobre la arquitectura de Buenos Aires del siglo XIX, conventos en Córdoba y estancias argentinas. Participó en muchos congresos internacionales, en Lima, México, Moscú, Londres y Nueva York. Ocupó diversos cargos en la Sociedad Central de Arquitectos. Siempre fue, en toda circunstancia, un hombre bueno, intachable y honorable. Buen esposo, padre y amigo. Un hombre excepcional, lleno de condiciones no comunes. Lo recuerdo permanentemente, y hoy, al ocupar su sitial, procuraré ser digno de su me• mor,a. En lo personal confieso haber trabajado con decisión, aspirando a ser un buen arquitecto antes que llamativo, procurando que nuestras obras perduren antes que nada. No he hecho arquitectura ecléctica -historicista o neoclásica-, para complacer a terceros. Creo en la síntesis, la flexibilidad, las posibilidades del cambio, la permanencia por los materiales, la claridad, la sencillez en las soluciones obtenidas a través de la búsqueda incesante, y sin pereza, y no creo en las modas arquitectónicas, ni en los estilos pasados, ni en lo moderno o posmoderno, porque la Arquitectura avanza por el camino de la verdad y la evolución. No he caído en la frivolidad de gustar a todos. Creo con Voltaire, que decía: ''No conozco el secreto del éxito; pero puedo indicar el del fracaso: trate usted de complacer a todos''. Considero que lo que perdura es lo lógico, constructivo y simple. Las soluciones caprichosas y fantasiosas nacen muertas. La verdad, como en lo vida, a la larga es lo que triunfa y perduro. Es el tiempo y no los contemporáneos quien esto confirma. Además, para sentirse libre, hay que practicar la verdad. Puedo resumir mi actuación: l

''Un poco de suerte, mucho trabajo, optinisrno y la voluntad de realizar un sueño: ser bul~n profesional'', sobre la base de una honestidacl fundamental. No olvido que Dios nos puso en el mundo para dejar una huella pequeña, humilde, pero buena. He tenido, además, la suerte de recibir, como ésta de hoy, impensadas satis1Facciones ''. Creo que he practicado con obstinación la integración de las Artes con la Arquitectura. Inspirado en lo ley francesa que exige destir,1ar un porcentaje del monto de las construcci<Jnes, para incorporar obras de arte en las mismas, he procurado y obtenido éxito al hacerlo en muchas obras oficiales y particulares. En los centros sanitarios del interior, en muros exteriores e interiores, he colocado cerámicas basadas en motivos chaco-santiagueños, tc>mados del Museo de Santiago del Estero. Luego, en otras obras: San José 1121, un mural que aún existe, y que encargué a Battlle Planas, sobre los mismos motivos. El propietari10 no lo entendió, y me prohibió repetirla en la obra gemela. En el teatro Municipal General San Mart,rn y el Centro de Conferencias, inaugurados e,n 1960 y 1970, proyectados en 7954 y 1960, pude incluir, sin intervención, presión ni reC1omendación alguna (a pesar del distinto y c,ambiante color político de las autoridades), o,bras de quienes consideré indiscutidos en ese nr,omento: esculturas de lommi, Curatella Ma!'i1es, Badii y Fioravanti; cerámica de Ballester J>eña y Battlle Planas, pinturas de Seoane, ()campo, Fernández Muro, Sara Grillo ... Hoy, al recibir esta distinción, y conven(;ido de é¡ue nadie llega solo, deseo hacer públi<;a mi deuda de reconocimiento a todos los r:¡ue de una u otra manera me ayudaron para Jooder ser lo que soy. 1

conselo Profesional de Arquitectura y Urbanismo - Bol. 4/84

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lo habían hecho Chile ni Inglaterra luego

A mis .Podres y a mi mu1er, en p·r imer .lugar ,Durante mi infancia y adolescencia~ no só-

1 __

e

ta renuncia del Presidente de' ta A.F.A. o que acompañé en mi carácter de presidente de' li Comisión de Estadios y Subsedes, quien'e me suce,diero n hicieron todo lo contrar,~o, en /u .r de hacer hoteles, como habla propuesto: e/e..

progenitores me inculcaron sanos ,p rincipios1. sino, ,que con su ejemplo consolidaron esos enseñanz,as, y me ,a/entaro,n siempre, en miedio de ,una dura lucha por vivir'' lo mis

1

1

men,tos básicos poro ,de a·rrollar eso indu. trio sin chime·neas que es el turismo. Por haber so,~ tenido es,ta posición, no nos fue encom,endado '-:A los maestros que m,e enseñaron a es-

tudiar paro saber y no para pasar, y o Miguel 1

Cané, cuyas palabras leía en uno de los corredores del Colegio,, recordándonos más o me.n o- : ''que los éxitos todos de la tierra arrancan o· se basan en los conocimientos adquiri-

dos en los años primeros''. A m,is socios, habilitados, colabora·dores de hoy y de ayer, de to,dos estos cuarenta y sie·t e años de orquitec.to, sin los cu,ales mucho de lo hecho, tampoco· hubiera podido rea-

lizar. A todos los que de una u otro formo m,e ayudaron; o mi clientes, que confiaron en nosotro--, porqu.e, un arquitecto, o diferencia de'

u.n' pin,tor, esculto,r o músico, para· poder expresarse n'ecesito qu,e alguie·n le posib,ilite hacerlo e,n,argándole una obro - iqu,é diflcil fue ha1 cer las primeras!-, y por ,último,. y no por ella

men·a . i,mportante o los colegas académ'icos que me han p.ropuesto paro esta ,distinción, donde ,on sólo cuatro los, sitiales en nue tro discipli. ' . na~ y o mis amigos, que s1,empre me apoyaron. Estimo no haber hecho mal deliberada-

ninguna obra para el Mundial.

Por sostener públicamente mi op inión adver. o o los autopistas dentro de,la ciudad,. C1r> mo lo hicieron o.tros, y ya pr,ohib,idas en Fran Cia por ley, dentro de las ciudades, lo lntenden 1

1

cia me colocó por años en lista n,egra. Tampoco n'OS encargó la Mun1cipa/1'dod ninguna de las

muchas obras que hizo: escuelas, plazos, hospitales, etcétera. Creo en el principio hindú de que para ser feliz n.o hoy, que desear má .de' lo que se puede obtener, y sí trabajar en lo que n·os gusta. No volver nunca a,trás· la historio no concibe e o

y porque nuestro tiempo vital es limitado, necesitamos triunfar de· la distancia y la tardanza. Para quienes ,renuncian a luchar, les remarcha;

cuerdo que el cultivo del pesim.ismo por parte de algunos no es de hoy, y a pe,ar de ello, los que luchan y trabajan, sean hombres .a países) con opti'rnismo,a lo largo p,rogre an.

inconve.nientes.

Ya 150 años después de Cristo· la impres·ión de venir o men.os, de decaer, ya crecía en el Imperio, Romano, y Horacio, cantando (Odas, libre /JI, a), decía.·, ''Nuestros padres peo,res que nuestros abuelos,, nos e:ngendraron a noso tros aun más depravados, y nosattio .da-

Sostuve públicam,e nte en 1972 en la Asociación del Fútbo·l Argentino. y obtuve la aprobación de lo F.I.F.A.,. de n.o hacer nuevos esta-

remos una· progenie todavía más incapaz'·'. Tampoco Manrique era optimista, ya en su épJ c,o, cuando decía qu.e todo tiempo pasado fue

dios poro el Mundial, por ,estimar que nuestro

mejor. Hoy también los hay, y con ellos no h·oy posibilidad de progreso.

.

men,t e a nadie y haber sido .s1, empre fiel a m,is convi'ccione , ./o que varias vec.es me h'O creado 1

país no estaba en· condic1·ones1 como tamp~o 1

1

1


Los fracasos de los países, así como los de las personas, son transitorios. Lo que vale es el conjunto; el promedio de avance es el resultado del esfuerzo sostenido y continuo con objetivos claros. No todos los hombres ni países crecemos al mismo tiempo. Algunos hemos cometido errores; pero ello no es motivo para no recuperarnos, y retomar el camino. Conservemos la calma, y la fe en nuestras fuerzas. No nos detengamos ante las dificultades, tampoco por temor. No olvidemos a Publio Siro, que dijo: ''Nadie llega a la cumbre teniendo al miedo por compañero''. Avancemos unidos todos los días de todas las semanas de todos los años con valor, con optimista visión de grandeza. Sólo así seremos lo que venimos postergando desde hace ya tiempo: ser un gran país''. '

las publicaciones especial izadas desde el mes de septiembre último, habiéndose reemplazado los índices anteriores en los años 1981, 1982, 1983 y 1984.

Obviamente, la relación entre índices de bases diferentes no puede hacerse sin factor de empalme cuya magnitud no hemos visto pu1blicada, pero que se deduce conociendo los índices correspondientes a enero de 1981 y relacionando los guarismos que muestran annbas bases. De dicha relación surge el factor correcto1r que permitirá, conociendo los nuevos ín1dices que aparecen ahora con base 1981 == 1()0, expresar en guarismos de base 1960. El cálculo debe efectuarse con la siguiente ., o¡perac1on: í1ndice del mes M base 1960 == 100 ==

1

í1ndice conocido del mes M

Cambio de base en los índices de precios mayoristas nivel general Tenemos conocimiento que muchos matriculados - especialmente los que trabajan en asuntos judiciales- utilizan para sus cálculos de actualización los índices de precios mayoristas nivel general que publica el INDEC, tal como dicha pauta está fijada para la actualización de los honorarios mínimos de los abogados de acuerdo con el art. 60 de la ley

0,00004031464

Así, por ejemplo, para el mes de octubre die 1984 tendríamos el siguiente resultado: 117 .233,6 (provisorio) - · - - - - - - == 427.477.462,2 0,00004031464

21.839.

En tal sentido, y con el propósito de colaborar con la matrícula, informamos que en el mes de agosto pasado la citada repartición oficial resolvió la modificación de la anterior base 1960 == 100 por la nueva base 1981 == 100, correctión que viene apareciendo en

Consejo Profesional de Arquitectu1ra y Urbanismo -

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. " Re "ovac1on a toridades . el Consejo

Vocales Arq , ,Enr·que Vir,asoro,

Tal como lo ,a nunciáramo en el núm ero 1

aniterior, el 24 de septiembre pa ado s rea izó

(

-

1

1

Arq. Carlos . Ramo Mejía Arqta. Lidia Seja · Arq. steban ln·sau ti Ar ta. efa San tos

( -191 (X-19 _) (Xwl 9 (x .. 9 ,

Ar . Juan M B,o rthagaray

(X 19

1

1

1

el acto eleccionario d

Sus itutos del Pr - 1den e ante Junta Cent l. Arq,. José . Urg 11 Arq. Rodolfo P. Gas ó Secretario d Difusión::

renova,c ión de autori-

dades según lo establecido en e11 art. 17 del Decreto L y 6070/58 y ,en lo artículos 33 al 46 del Reglamento Interno de[ ConseJo. A la convocatoria dispuesta por Resol u·c1,ón 4/84 e presentó una ola 1·sta Tal 1

~

Arq. Raúl R R1varola Secretario Técnico .A rq . Carlos H R1varo -a A e or Legal: r. Eduardo Padilla o Auditor Contable

como lo informam,os en s,u oportunidad.

1 día de la elección se· recibieron 932 votos (839 por correo y 93 personal ,mente) y l,uego del escrutini 0, e.n el cual s,e anular,o n 1

por diversas, causas, 178 voto 1 quedaron válidos 754~ . Poster'iormente, en l.a reunión e ·pecial del 16 de octubre de 19'.84 (Acta Nº 1, 160)

Cont. Fe,r nan,d o L. ·ozzi

o i·ón Consul t'iV P·ermanen e

se proc dió a adjudicar los cargos,, d acu,erd,o

con el R. I., entre sus miembros titutare , que . . da:n do el Cuerpo con1st1tuido de la siguiente forma. lndi,camos entre paréntesi,s la fecha de term.1naci:ón de lo,s 'respectivos m,a ndatos

En cumplimien o ,del ar . 28° 1nc. a) del: Reglamento, In.terno, los ,C on eJ ro salien-

te

que h b ,..an formado parte del Cons jo

por primera vez pasan a integrar la Comi ión

Consul iv P rma·n nte creada ·p or Acta Nº 984 del 19 de Junio de 197'5. En ca secuencia, han adquirido l carácter de, miembros de la misma los, Arquitectos J an E. M. Duprat, AleJandro Madero y A b rto I

Presiden e· Arq. Fr -nc1s co L. Cresipo Vic pres idente:

(X-1988)

1

V Ricur.

1

Arq. Jos; A. Urgell

(X-1986)

Secr,etario: (X-1986)

Arq. Antoni,o Antonini

Pro secretari,o . 1

Arq. Jua.n, Antonio Bal,lester

(X-1986)

Tesorero . Arq. Rodolfo P. Gassó Protes,orero

(X-1986) (X-1986)

Arq .Raúl P .Rivarola ..,,,-

,Di . i ,ción al Sr. ditor Contable,! Contador Fernando . Tozzi.

-

-

-

..,...

Por acta Nº 1159 de la. reunión ordinar a. del 16 d octubre de 1984 el Consejo resolvió

_ _ '!'a _ _ .._ _ _ _ _ _

.........

•• ·- L.--~-·- -

.. _.

••A..illil


agradecer al Auditor Contable, Contador Fernando L. Tozzi la destacada y continua labor realizada durante veinte años, desde su incorporación al Organismo en el mes de septiembre de 1964. El Arq. Laferrere tuvo palabras de elogio para el Sr. Tozzi y propuso otorgarle una medalla conmemorativa, la cual le sería entregada en la fiesta de fin de año, propuesta que recibió la aprobación unánime de los Consejeros. El Contador Tozzi, presente en esa reunión agradeció al Consejo la distinción de la que era objeto.

Beca del ~PAU p~ra La Facultad de Arq.uitectura y Urbanismo de Bs. As. Se recuerda que está abierta la inscripción para la beca Nº 3 que otorga el C.P.A.U. al alumno que mejores calificaciones haya obtenido en los tres primeros años de la carrera, con tercer año aprobado y con insuficientes recursos económicos. Se requiere ser argentino nativo o nacionalizado con 5 años de residencia en el país y no más de 25 años de edad. La beca consiste en una suma de dinero que se abonará al becario en el Consejo mensualmente, a partir del 1º de abril de 1985. El 15 de noviembre se abrió la inscripción que durará hasta el día 15 de marzo de 1985. Esta beca lleva el nombre de ''Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo'' y será renovable para los dos años subsiguientes, siempre que a juicio del Consejo no hayan variado las condiciones impues~s en cuanto a calificaciones y recursos económicos.

Charlas sobre Introducción al Ejercicio Profesional

Ha finalizado en estos días el 8º ciclo de los programados este año para arquitectos que han obtenido su matriculación en el Consejo a partir del 1º de enero de 1983. Esperamos continuar el año próximo con el ánimo de prestar a los nuevos colegas un servicio que consideramos primordial en cuanto trata de colocarlos frente a la realidad de la vida profesional en aquel los aspectos que la Facultad no alcanzó a cubrir. Cuatro fueron los temas principales dados en cada ciclo a cargo de cuatro disertantes diferentes: 1º) De los primeros contactos con el posible comitente hasta la formalización concreta de las prestaciones profesionales. 2º) Del Arancel de Honorarios y de las cuestiones administrativas, municipales, económicas y laborales. 3º) De la dirección de obra y de las responsabilidades del arquitecto. 4º) De las tasaciones, pericias y otras tareas especiales. Cada disertante tuvo a su cargo la repetición de su clase en el ciclo siguiente, con lo cual fueron 16 profesionales que colaboraron en esta desinteresada tarea, a quienes debemos nuestro sincero agradecimiento: Fueron ellos los arquitectos Eduardo Vainstein, Nilda Ceruso, Jorge O. Valera, Ventura Mariscotti, Francisco L. Crespo, Néstor Grimozzi, Jaime José W. Sequeira, Juan A.- de Veyga, Alejandro López Barbero, Enrique Virasoro, Fernando Sánchez Zinny, Juan C. Toufeksian, Adolfo Zani, Alcibíades Chico Lappas, Alberto Aznar y, especialmente invitado, el lng. Alfredo R. Picozzi. •

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Dr,--facinn:al de Arauitectura y Urbanismo -

Bol. 4/84

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ec ura y Urbani mo; a lo, r id nt · 10 on JO Prof io d lu-· dicción Nac,10 1 y d tra n id d -

3/8 ·

1

'' t nto o v río edid de clarac ón que hemo,_ r b do en 1 'lt:m -ñ trans. 'Urr do re ord ·mo -. a la ma rícula u lla, ú imas mpr,esio,ne del ,ara,ncel ,e tapa amarill . 1 t co m 0 la ed1c1ón d I ocume1n to C- 2, n -1 0,3 d -1 - _P ( 0 n v n en1 a r1'I d 19 3), , i n indicada od s s cant1d . s d n r r a en peso le8. '8, or lo tanto, in - -sario e ectu , r la d1vi ión d ic a ,cant1da p r 1O,000 a te d . t1p _icarl s por el coeficiente 1 ' d. la ley 2 6 ." 1

1

co Io 1 u 1 - h mo ido r n . co,,nta to, . 1m sm ,, 1nv1 ara d1 , rtantes d, · los Curs , so:bre In _roduc ón 1 ·rcic10 Profe sional y a co aborador d · div r . Com -. 1one 1

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A te , I detallad - anali i o yun _u al y lt expec ativas pa,ra año I . 85, el 0 nse10 ha fec uado un prudente _resupue o del cálc,u lo d - gasto v ,recur. 0 an el ,o bjeto de es ablecer el manto d I deiecho anual y el del derecho d inscr1pc1ón q e,prescribe el ,a rticulo 4 el Decre o Ley 60~0/58. Ha e ,tcJb e ido pari ella una e ata an al e 9 000 , a lo pago_, -.,ue e ,a bonen duran e el mes de abr:11, ,e n cu 0 término -e op,erará _ e imienta, · e di u d1sminu1r d1ch - antid'ad en la sigu ·ente forma . 5.00D pa~- . uiene abonen, la cuot n,u al 1U ~ n e el me 1d en ro: 6.00 , " e ab na en febrero y a 150'0 , e abona en marzo Tamb 1én se facilitó, U' pago a partir del t · de diciembre de 1984 En la reunión o~d,n ria del Consejo, de, fe _- · 27 de noviembre ,P s •do s aprobó dicho , emperament, y e re olvió que -n -e d I 10 de ,a bril s fijarán los imparte orre _,'fJ 0ndiente a 10 - mese ub 1guientes, teniendo en cuenta la ·-ili un tan · ·a - del momen o 1

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-- -

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- --- --



Derecho a percibir honorarios por arquitectos e lng.enieros Si los trabajos fueron contratados con un estudio de arquitectura, la circunstancia de que en la Municipalidad se hubiese inscripto como director uno solo de los socios , no le quita al otro el derecho de reclamar ' juntamente con su socio, los honorarios que correspondan al estudio por un trabajo confiado al mismo {CNCom., sala A, mayo 9-197 4). ED, 58-263. Tratándose de la locación de servicios por un ingeniero, la firma de los planos por la propietaria supone su conformidad impl ícita y su obligación de remunerarlos, aunque no medie contrato escrito, si los utilizó en su provecho (C~JCiv., sala F, setiembre 26-1963). ED, 6-692. La confección de los planos con fecha anterior al convenio celebrado entre el arquitecto y el propietario de la obra no impide que sean remunerados, habiéndoselos recibido sin observación en oportunidad de la firma de dicho convenio a fin de presentarlos a una institución de crédito, lo que implicaba su conformidad con ellos (CNCiv., sala D, marzo 20-1954). ED, 8-253. No resulta óbice para la rec~amación del precio del trabajo que el demandado no haya hecho uso de los planos, pues lo que se reclama corresponde al trabajo efectivamente realizado, cuyos honorarios están determinados en su arancel de orden público {CNCiv., sala E, mayo 22-1970). ED, 36-139.

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No basta que el arquitecto haya ejecutado el plano, para que pueda exigir el pago de honorarios: ello sólo sería admisible jurídicamente si es que la relación establecida entre las partes así se lo aseguraba (CNCiv., sala A, julio 31-1979). ED, 87-316. Si en el expediente municipal la arquitecta aparece refrendando toda la documentación en el doble carácter de directora de obra y constructora, con la tácita conformidad del propietario que también la firma, y lo mismo consta en el formulario del Registro de Encomienda del Consejo Profesional de Arquitectura, ello pone de relieve que desde el punto de vista estrictamente legal, la única responsable era dicha arquitecta, · circunstancia esta que por sí sola le hace acreedora a obtener la correspondiente retribución (CNCiv., sala D. febrero 7-1980). ED, 87-223. No es óbice para la remuneración al profesional que confeccionó los planos, el no haberse llevado a cabo la obra proyectada (CNCiv., sala O, marzo 20-1964). ED, 8-253.


Las incumbencias de los profesionales Arq. Adolfo R. Chamorro

Las incumbencias responden a la necesidad de determinar responsabilidades y garantías en el ejercicio de las profesiones, en beneficio de intereses de orden público y de la propia profesión. En el caso particular de las que tienen relación con la construcción de obras, estos intereses comprenden aspectos que hacen a la seguridad y salubridad públicas (estabilidad de las construcciones y condiciones favorabl~s para una vida higiénica). Por otra parte impiden, o deberían impedir, la actuación de aquellos que representen un riesgo para la sociedad por carecer de idoneidad. La creación de las primeras carreras universitarias en el siglo pasado, no ofreció dudas sobre sus incumbencias porque se trataba de carreras tradicionales que prácticamente ya las tenían y eran muy pocas. Por otra parte, el campo virgen aseguraba que no se produjeran conflictos laborales. Pero ya en este siglo se crearon nuevas.cuyas incumbencias no podían ser exclusivas y tenían superposiciones con otras similares, de las que eran desprendimientos. Lo cierto es que en la actualidad, la carencia de una legislación clara respecto de las funciones de cada título provoca ásperas disputas, agravadas porque los que saben del tema tienen intereses creados que los llevan a deformarlo y los que deberían resolverlo no lo conocen suficientemente. La no existencia de las incumbencias provocaría condiciones muy rigurosas de competencia para los profesionales, que se verían impulsados por intereses comerciales y no habría garantías para nadie. La ética tiene como punto de referencia la incumbencia que cada título se obliga a respetar, tal como establece el Código de Faltas a la Etica. El orden comienza con la determinación de las disciplinas y los planes de estudio oficiales, conforme a lo que establece el art. 67, inciso 16 del Capítulo IV de la Constitución Nacional, referente a las atribuciones del Congreso de la Nación ('' ... proveer al progreso de la educación dictando planes de instrucción general y Universitaria). Esta facultad es delegada a la Universidad a través de la Ley Universitaria y en base a ésta, aquella determina los planes para cada carrera, organizando los estudios tendientes a brindar una capacitación, en condiciones que aseguren una eficiencia para determinadas tareas. La Universidad certifica la idoneidad (sólo ella puede hacerlo) a través de u.n Diploma que está ligado a la determinación de las ''incumbencias'' respectivas, llamadas también ''alcance de los títulos'' o ''funciones para las que habilita el título''; diferentes denominaciones de una misma cosa que no nos debe confundir. Posteriormente, el Poder Ejecutivo, a través de los Consejos Profesionales, las reglamentará y a partir de entonces el profesional entra en funciones. Esta reglamentación sólo se refiere a las condiciones que regirán para el ejercicio de las profesiones, como por ejemplo: inscripción en un Registro especial, pago de un derecho de matrícula, sometimiento al Código de Faltas a la Etica, etc. •

31


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Los título

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una capacitación g,l obal fun,c1onal, dada por el conjun1to de la, ma

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,con en idas ,en I plan de e tudio,s, en el qu,e ninguna puede ser consider,ada ais ,adamente sino r (ación con · 1 todo y ''con os ,o bjetivos que or1 n aron el plan,',. Es por esto que ' una mate · a no da capacitación speci"f ca. E así qu,e, 1endo nece, a.r'1,o, varias p,rofes·ones t1en nen sus progr m imilar,es sin que st,o p rm·ta supon r iguales incum.bencias., mat r1 Esta repet1cion s, en r alida,d no son tal s,, porque se dan con d1·ferentes ·1ntens1 dade,· o modo 1

de de arrollo De esta cons1derac1ón s,u,rge que cada p,rofes1onal es el producto de una fo,rmac1ón m,ucho más que la 'mera re,sul,tante de la aprobac·ión de las mat,eria de un pl,an de tudios orma,ción tiene también :m ucho que ver con 1· convivenc,1a en el claustro estudiantil. La tar a n _,omún pon, e·n d,e ,c ubierto la exi ·tencia d - un clima p,a rticular de marcada i fluencia. :n la forma ó 1

1

profesional,. Los ámbitos part'iculares d cada Facultad implica,n un e tilo d vida y d termin n las carac t rí tic _ d cad,a profesión y aún más, de ca a Un .iversidad~ Como s,e ve, exis e un lógico encadenamient.o entre plan -,s, capac1,tac"ones e incumbencia muy coherente y j, sto. D,ebemos reconocer, sin embargo, que el ítulo no ,acor·ta las orejas y que e ,as capac1tac1 nes de ,qu hablamos repre entan aptitude gen -rales y básicas qu deberán ser desarrolladas e in,cremen .. · ada · en la 'práctica profesion1al, proc,eso éste qu,e tendría. que apoy,ars en l,a Univer,sidad a travé d,el po,sgrado, para evitar las deforma,c1ones produci,da por i·nsuf1cientes oportunidad s de tra:bajo o fallas de ori,· ntación (1aprendiza1e salvaj,e) Veremo . más ade ante los aspectos d las incu,mbenc1a.s re acionados con el cam ,po l,abora,I, don,d - las 'Situacion,es alcanzan un dram,at1smo y una gravedad alarmantes d bid'as a una defici _nt legi, 1,ación, aspecto éste que será motivo de un próximo anális,is Otro propó ita de la incumbencia, no m no, i,mportante, responde, a la convenie,nc1a de e ta-11 blecer ''campo s la.bor,ales , con miras a favorec ,r e desarroll,o de las profesion,es y hacer p,o :¡bles 1

1,a s, bsistencia de cada una de ellas, en cuanto repre enten un interés para la sociedad. Cua,ndo los profe 1,onales vel afectado su campo lab,oral, ,em1'gran o aband,onan su activ1d'ad, d,ejando un vacío que será llenado por lo,s d grado inferior.1 con los inc,o nv,e nientes q,,ue par.a. la sociedad ,esto sign ',. fica , La construcción de las obras, cuando de ellas s,e trate,, re uiere un proce o que com1e,nza c,o n la

e,labo,,ra,c1ón del proyecto, sigu,e con 'la preparaci·Ónr de la documentación técnico-legal nece aria para

Contra ación de l,a obra y termina con la ,c,o nstrucción m1s ma, a car,go de un Constructor o mpresa ,así m ncionados en el Código Civil, con responsabili,dades bien definidas, d1f,erentes de las de un1 mero contratista. El proy eta y la dirección de obra, antaño r,eservado a profesionale un1vers.itar10,s ex,clusivamente, comp,rende, entre otras, cue,stiones que se refieren a las formas de vida, a a salubridad y a la · guridad públicas, al pais,aJe urbano y a im portant es cuestiones, econ,óm1cas a as que no s1em,pre s , les pre,sta la ,atención debida. a bondad ,de los. edificio y la bel'lez,a ar·quitectónica cons,tituyenr ·un patrimonio del pueblo, qu deberá ser cuidado y no ,destruí o. El art,e es ,un alimento del es,píritu esde s empre. El cuidad 0 de esto aspectos cultur.ale no, puede po,nerse e - man,o ,de poi í 1cos o funcionarios de tu,rno Lo m,is,mo p 0 dría decirse de los a p ctos técnico y écnico-económicos, fundamentales para los intere es nacionale.rs. Nuestras LJ ,niversidades se preocupan por el de arrollo la

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de la arquitectura y la tecnología y el Estado debe favorecerlas en forma franca y decidida. Sin em. , bargo, no siempre es as1 como veremos. Por caminos que no pasan por la Universidad, se han creado profesiones menores destinadas a competir con las de grado superior, que han dado lustre y prestigio al país. Estas ''conquistas sociales'' o ''conquistas gremiales'' son trofeos de una guerra que tiene un seguro perdedor: la sociedad. Es así que en 1974 se dicta el Decreto 484 que otorga a los Técnicos Industriales - nivel secundario-, incumbencias antes reservadas a Profesionales Universitarios. Este Decreto, emanado del Poder Ejecutivo, se hizo sin consultar a la Universidad Nacional como lo establecía la Ley, por lo que debe considerárselo ''inconstitucional''. Su efecto fue, como puede fácilmente advertirse, en detrimento de la situación laboral de los Profesionales, agravada por el ritmo de crecimiento de la matrícula de los Técnicos a partir de entonces. Estos desviaron su destino natural, la construcción, para dedicarse a tareas de gabinete para las que no fueron específicamente preparados. La industria de la construcción, tal como se da en nuestro país, representa una aventura llena de sobresaltos y riesgos. Tal empresa sólo es posible con la colaboración de un equipo de técnicos, sobre los que se apoya el Director de Obra, verdadero responsable legal. El equipo está integrado por el Constructor en primer término y sus colaboradores, además de los asesores del Director de Obra. todos ellos requieren, a su vez, la presencia permanente en obra de un humilde personaje sin el cual, todo se hace dudoso: el capataz. Suprimir a este hombre es como suprimir al sargento del ejército. Y bien, la destrucción de este. plantel, al que debemos las grandes obras de nuestras ciudades, fue consecuencia de Leyes y Decretos dictados sin responsabilidad plena. En la Provincia de Buenos Aires, la Ley 6075/59 habilitó a Técnicos Constructores - nivel primario- , para hacer proyectos y direcciones de obra. Una consecuencia inmediata de esta Ley fue la difusión de la prestación de firma, que consiste en la prestación de la firma sin la prestación del servicio. Un prestafirma puede llegar a tener en sus manos más de 200 obras, reemplazando así a 50 Arquitectos, con el agravante de la pérdida de calidad del servicio prestado. Es muy elocuente y significativo lo que las estadísticas han mostrado en la provincia de Buenos Aires. El 94% de las obras fueron firmadas por Técnicos Constructores, y sólo el 6% por Profesionales Universitarios, en épocas de ocupación laboral normal. Es preciso aclarar que para esta Ley, la Universidad tampoco fue consultada, tal como lo establece el artículo 32 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. El marco legal de las profesiones de la Ingeniería, en la provincia comprende también al Consejo Profesional, creado por Ley 5.140/47. Este organismo controla la matrícula y ejerce el poder de policía de la profesión, así como la Municipalidad lo hace con la construcción. Tiene, entre sus atribuciones proponer al Poder Ejecutivo decretos, previa consulta a la Universidad Nacional de La Plata, referentes a incumbencias, pero no está facultado para hacerlo por sí, lo que lamentablemente ha hecho más de una vez. La Ley Nacional Universitaria, 22.207/80, en su artículo 6º establece que corresponde a ésta 1 ''otorgar grados académicos y títulos habilitantes•'. Los Consejos Profesionales y cualquier otro organismo de la Administración Pública Nacional o Provincial, incluyendo a los Ministerios, deben acata1

miento a esta Ley. Sin embargo, el Ministerio de Educación de la Nación ha pretendido hacer valer la Resolución 1.560/80, de redacción confusa, para modificar las incumbencias de los Títulos Universitarios, a pun-

Conseio Profesional de Arauitectura y Urbanismo -

Bol. 4/84

33


ta' que la Municipalidad de la Ciudad de Bu nos Aires la ha tomado como fundamento pa,ra madi . .

to

ficar el ar ículo 2.5.0 del Código de d . ficac1ón, referente a las incumbencia.s (Ordenanzas 16.734/82 y 6,.951 /83). Debe quedar mu·y en c,taro que la. citada Resolución debe canalizar e a través ,de la U i v,ersidad, conform . con lo, que establece la Ley 22.20'7, pues aunque éste e un p,aís de cosas, inc · ' b,l1e's, todavía no se dio e'I ca o d que una ,esol,ució1n Min1ster1al modifique una Ley .acional . La esolu,ción 1.,5 60/80 citada, carece de efecto, como el mismo Minist r,io lo ha declar,ado ante una consulta del 1

ribunal de Ta ciones de .la Nac,,ón. Para terminar de acl,arar e t a p cto de la . incumbenci,a.s, ev,itando caer en la tr,am,pa de las pa1

labras., podríamo s dec·ir que para que una incumbencia enga vigencia, debe existir un d·ctamen de 1 Unive,rsidad y ad,e.más un Decreto Reglamentario del Poder Ejecutivo (no una simple Res,o,lució Min1steri,al1). E-te Decreto s proyectado por ,el Con ·ejo Profe,sion,al respectivo (ve,r Decreto-Le 1

1

,ación, capítulo IV arttculo 20 inc1 o 11) y elevado al P,o,der Ejecutivo para su dictado. Ni la Univer, ,idad ni el Ministerio pu eden resolver por sí e independientemente a cu · tión. Todo indica que deben actuar ,en armonía, en su orden y nivel.

6.070/58 - Ley 14.46'7 de, la

1

Como consecuencia del desorden, actual, p,arecer ..a que pueden ta ar un campo destinado a explotacil,ó n a.gropecuari.a: un ingeniero civil, Un ingeni ero en construcciones,, un a,g rimensor, un arqu1tecto y un 1ngen1ero agronomo. 1

1

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Pie,n,so que la solución endrá cuando la,s profesiones involucradas se 1enten en1un,a m:esa de trabaJo,, con actitudes construct·va y :la más elevada conciencia profesional Deberán entr,ar en juego.J equilibrada y armoniosamente, los intere,s.es d~ cada sector y los social,e ', tan impo,rtantes como aquéllos. o d,eberá fa'lt,ar, por supuesto,1,a p,resencia tutelar de la Univer,sidad, la que deberá salir de s,u aislamiento demostrando 'interé s por el tema, lo que has a a'hora no ha h,echo. Se1rá bueno rec,ordar, cuando esto suceda, que lo derechos adquiridos tendrán que erre petados, naturalmente los adquiridos que no signifiquen transgresió,n ,a leyes vigentes. Creemos que esta a.,dvertencia puede aliviar tensiones que dificulten solucio,n s. 1

1

1

Veremos próximamente la situac1ó,n la,boral y leg,al ,de la Ciudad de Buenos ,Aires.

E arquitecto Chamo1 r ro es ctuialmente miembro del Tribunal de Tasaciones de la N.ació,n en re,presentación d,e ,la F .A.S.A. No s,olamente e un docente nato sino que ha dedicado muchos años, de su vida profesionaI a la promoc'"ón de los arquit,ectos en ,diferentes ámbitos so cietar10,s. 1

1


EY 22 434. Reforma del Código Pro esa,I Civil y ,c ome,:rcial de la Nación .

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LA RESPO'N SABILIDAD DEL EJERCICIO PR ,QFES,IONAL - ,Separata de la t ,e,rce,ra

reunión latinoamericana de Col 1eg1ios y ConseJos Profesionales de Ingeniería, Arquitecura, Agrimensur,a, Agro,nom (a y profesi,anes afin,es - Mar del Plata, 19,74 . . . . . . TEORIA, DEL VALOR CONSTAN E Y PORCENTAJE MEDIO ..

-

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.

LEY 21.165: COEFICIENTE 2º SEMESTRE 1984 - EJEM,PLO ,P ARA LA TABLA CORR,EGIDA DEL ARTICULO 77º. TASACIONES EST -' MATIVAS Y ORDINARIAS (se adapta a la del art. 8,8) • • • • • • • • • •

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BOLET'INES NUMEROS ATRASADOS .

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REQUERIMIENTOS DE DISEÑO PARA PERS,ONAS FISICAMEN E INCAPACITADAS .. •

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ALGUNAS OBSERVACIONES 'SOBRE MEDIANERIA. Arq. Carlos H. R1varola ,

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Tarifa reducida

Concesión 4328

FRANQUEO PAGADO


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