Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo. -- no. 1 (jun. 1990)

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Alejandro Bustillo y la Rambla Bristol de Mar del Plata

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CPAU

Número 1 Año 1990

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·----- SUMARIO¡ CONSEJO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO Presidente Arq. Gerardo Schon Vicepresidente Arq . Alejandro Madero Secretario Arq . Alberto Ricur

Editorial

5

Reflexiones sobre la crisis.

Temas

6

Resoluciones del Consejo

9

Reportaje al subsecretario de Vivienda, arquitecto Rodolfo Morello. Res. N2 5/89 sobre Certificación de

Dictámenes del Consejo Informaciones

honorarios mínimos.

11

Ref. al Art. 3 2 del Arancel. Ref. al Art. 51 2 inc. 3. Ref. a Rescisión de encomienda.

12

Primera Bienal Argentina de Urbanismo.

10

Prosecretario Arq . Raúl R. Rivarola

Primer Congreso Iberoamericano de

Tesorero Arq. Josefa Santos

Arqu itectura Regional. Encuentro Andalucía-América. Exposición de Alvar Aalto. Premios nacionales.

Protesorero Arq. Gregario de Laferrere

13

Vocales Arq. María Teresa Egozcue Arq. Enrique C. Facio Arq. Jorge Lestard Arq. Juan Manuel Borthagaray Arq. Pablo Kocourek Sustituto del Presidente ante la Junta Central Arq . Alberto Ricur

14

Reunión de la Junta Central de Consejos Profesionales.

15 16

Concurso de afiches del Premio de

Informaciones del Consejo

17

Secretario Técnico Arq. Carlos H. Rivarola

Asesor Legal Dr. Eduardo Padilla Fax Auditor contable Cont. Fernando L. Tozzi

18

mejores promedios de la FADU. Curso de Introducción al Ejercicio

19

Profesional. Becas CPAU 1990.

20

Matriculados vitalicios.

Asesoría Legal

21

El Profesional de la Arqu itectura y su responsabilidad por personal de obra.

Secretaría

22

La hiperinflación y la Ley 21.165.

Asesoría Contable e Impositiva

23

Nuevas normas sobre el IVA.

Colaboración

26

Números

28

REVISTA Y PUBLICACIONES Director Raúl R. Rivarola Comité de dirección Arq . María Teresa Egozcue Arq . Enrique Facio Arq . Pablo Kocourek Editor Jorge A. Farizano A.P .E. Agencia Periodística Especializada Chile 537 4º 18 Tel. 361-9772/9769 Jefe de Redacción Arq. Carlos H. Rivarola Producción periodística Arq . Carlos L. Dibar Arq . Diego R. Armando Coordinación Luis Saavedra

Arte y Diagramación Jorge Adinolfi Armado Laura Dubois

Arquitectura. Premio Anual de Arquitectura 1990. Entrega de medallas CPAU a los tres

Técnica

Informe del Cont. Fernando L. Tozzi.

Indice 29 Costos de obra

30 31

Buenos Aires, ¿ciudad de segunda? Por el Arq. Carlos H. Rivarola. Precios al consumidor-lNDEC Costo de la Construcción-lNDEC Costo de Construcción-CAC Tasaciones estimativas 1er. semestre 1990. Vivienda unifamiliar. Edificios en torre, subsuelo para cochera, hipermercado y shoping center.

Jurisprudencia

32

Prescripción. Maestros de la arquitectura: Alejandro Bustillo y la Rambla Bristol de Mar del Plata. Por Martha Levisman de Clusellas.


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Dirección y redacción: Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo Uruguay 840 - Tel. 812-6573 y 42-9280 Edición y publicidad: Jorge Alejo Farizano - Agencia Periodística Especializada (APE) - Ch ile 537, 42 Of. 18, Tel. 361-9772/9769 y 3621536 Registro de la Propiedad Intelectual 150.524

Distribución Esta Revista se envía a profesionales matriculados en este Consejo, Organismos Públicos, Autoridades Judiciales Nacionales, Universidades, Facultades de Arquitectura, Consejos Profesionales de Capital y de Provincia, Asociaciones y entidades afines a nuestra profesión, asesores y, en general, a quienes periódicamente nos envían sus publicaciones. Precio del ejemplar: A 15.000.Se permite la reproducción del material impreso citando la fuente.

Número 1 Año 1990

Breves Horario de atención del Consejo • Para trámites de inscripción y visación de encomiendas profesionales, el Consejo atiende de 12 a 18.30 horas. • Las consultas personales a la Secretaría Técn ica, a cargo de la arquitecta Irene Kaln ins, son los miércoles y viernes de 14.30 a 16.30, previo pedido de citas en Secretaría Técnica. • Las consultas telefónicas son aclaradas únicamente en aquellos casos en que se refieren a conceptos muy elementales del Arancel de Honorarios o de ejercicio profesional, y están sujetas a las posibilidades de la Secretaría Técnica. • Las consulta sobre Códigos municipales se efectúan los días martes y viernes de 16.30 a 18.30, previo pedido de citas en la Secretaría Administrativa, atendida por el señor O. Baile. • Las consultas a la Biblioteca del Consejo se pueden realizar los días miércoles, jueves y viernes de 12 a 16, atendidas por la bibliotecaria, licenciada Julieta Soldano. • Las consultas sobre el ejercicio profesional en la provincia de Buenos Aires, Distrito V, se atienden los segundos lunes de cada mes, de 13 a 15.30 horas, atendidas por la arquitecta Claudia Badana.


Número 1 Año 1990 J

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EDITORIAL

Reflexiones sobre la crisis Creemos de suma importancia compartir algunas reflexiones con nuestros colegas acerca de la difícil situación por la que viene atravesando nuestra profesión desde hace ya largo tiempo. Estas reflexiones, que nos abarcan a todos, se dirigen muy especialmente a los jóvenes arquitectos, por quienes es pública y tradicionalmente conocida la preocupación que el CPAU tiene, y el apoyo y asesoramiento que, como institución, siente debe prestarles. - Es cierto que la crisis golpea duramente el accionar arquitectónico impidiendo el natural florecimiento de realizaciones, y que otros momentos de buena actividad profesional han producido parte del patrimonio arquitectónico argentino, que con desniveles como los de cualquier país del mundo, ha logrado sin embargo el reconocimiento internacional por su buena calidad y creatividad. - Es cierto también que la falta de metas al final del camino de formación genera desorientación, desgano y confusión, sobre todo cuando la actividad de estudiante termina y la de profesional no comienza. - Es por ello también hasta legítima la decisión de emigrar que muchos jóvenes egresados toman, aunque cueste aceptar el alto costo que ello implica, no sólo para quien los formó, o la familia que en parte se desintegra, sino para el propio emigrante, ya que la opción trabajo-desarraigo, por exitoso que pueda ser su desempeño, agrega en muchos casos conflictos personales no siempre superables. - También es cierto que los que se quedan y no logran despegar, se resienten, se deben subocupar (desarrollando tareas ajenas a la profesión), y generan cierta rebeldía contra esa herramienta adquirida con tantos años de esfuerzo y difícilmente utilizable. Pero justamente, porque creemos que quizás sea ésta una de las crisis más importantes en la historia de nuestra profesión en el país, es que consideramos una vez más que es nuestro deber insoslayable reiterar algunos conceptos vertidos en ocasiones anteriores, en cuanto a: - Que nuestra profesión, por ser justamente una profesión de servicio, una actividad que debe producir respuestas a necesidades que otros nos plantean, lleva implícito el COMPROMISO previo que asumimos al recibir nuestro título y matricularnos, y que la RESPONSABILIDAD que de ello deriva debe ser practicada como una virtud esencial de nuestro accionar, tanto en tiempos de bonanza como en las peores épocas de crisis. Esto significa que desde cualquier puesto de acción, sea en el campo de las instituciones públicas, en el sector privado o desde las aulas, debemos apuntar a enaltecer permanentemente el ejercicio de la misma, comprendiendo que cada uno de nosotros es un representante de un conjunto, y por ende mejora o empobrece al resto del mismo con sus aciertos o errores. - Que por otra parte, como profesionales adiestrados en el oficio de imaginar y proyectar, no podemos darnos el lujo de permanecer pasivos frente a la crisis, que no afecta sólo a nuestra profesión, sino al cuerpo de la Nación toda. - Que la única respuesta profunda a la crisis de una sociedad, descansa en la imaginación. Y para que ésta aparezca se necesitan libertad, conocimiento y estímulos. - Y que afortunadamente, la sociedad argentina, aún con dificultades, sin embargo parece estar encontrando el cauce que permita conducir sus esfuerzos hacia el destino común que sitio, raíces y habitantes merecen dentro del concierto de naciones del mundo. Y por todo ello, siendo la desesperanza mala consejera en cualquier circunstancia, la alternativa es la capacitación, el desarrollo de la RESPONSABILIDAD en toda la magnitud del término, la curiosidad sin límites, la pregunta a tiempo antes que la respuesta improvisada, la actitud inquieta antes que la pasividad empobrecedora. Cada uno podrá encontrar, según sus inclinaciones, qué ámbitos de mejoramiento profesional le convienen; pero lo que sí debe quedarles claro es que sea donde sea, la Facultad por sí sola no es suficiente, y la falta de ejercicio profesional requiere más que nunca la presencia de una educación permanente adquirida como hábito. A tal educación contribuye el CPAU con sus cursos anuales de Introducción al Ejercicio Profesional. Pero la acción el CPAU abarca también la acción directa para el profesional, a través del Manual del Ejercicio Profesional del Arqu itecto, la atención a la consulta del matriculado por la Secretaría Técnica y demás servicios que ayudan a un mejor desempeño en el rol que cabe al arquitecto frente a la sociedad.

CARTA DEL DIRECTOR Con este número comenzamos la publicación del órgano oficial del CPAU para el año 1990. Desde esta entrega hemos variado la denominación. Llamándola Revista del CPAU, esperamos conservar el nivel alcanzado el año pasado a fin de establecer la mejor comunicación posible con nuestra matrícula. Dada la situación por la que atravesamos, en principio planificamos la aparición de tres números para este año. Las futuras condiciones nos aconsejarán confirmar ésta o ampliar la publicación a 4 números. Las páginas centrales confirmarán la tra-

dición establecida en 1989 de dedicadas a "maestros de la arquitectura argentina". En esta entrega hacemos mención del arquitecto Alejandro Bustillo a través de material preparado por la arquitecta Marta L. de Clusellas con la colaboración de Carlos Dibar y Asee. Por intermedio de su Biblioteca el CPAU ha comenzado una política de intercambio de publicaciones con entidades similares del extranjero: España, Estados Unidos, Italia, Reino Unido entre otras. Ya se han recibido números de la Revista del Colegio de Arquitectos de Barcelona. Estamos a la espera que fructifique est8 intercambio.


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Número 1 Año 1990

TEMAS

La vivienda, aquí y ahora.

El Subsecretario de Vivienda y Ordenamiento Ambiental, arquitecto Rodolfo Morello.

El problema habitacional, entendiendo por ello a la vivienda de interés social, es una cuestión candente e íntimamente relacionada con la industria de la construcción. La recesión económica que actualmente sufre nuestro país, influye de manera negativa en la producción de este tipo de viviendas. Un signo de ello, es la marcada disminución de los ingresos al Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI), que el año pasado recibieron casi un 40% menos que en 1986. El subsecretario de Vivienda y Ordenamiento Ambiental de la Nación, arquitecto Rodolfo Santiago Morello, dio a conocer datos reveladores acerca de la situación habitacional en nuestro país, además de un amplio informe sobre la gestión que está llevando a cabo en esa subsecretaría. Las cifras que se manejan como déficit habitacional actual rondan los 2,5 a 3 millones de viviendas. Según este dato, y en un sentido cualitativo, se podría afirmar que existen más de tres millones de familias con carencias habitacionales de distinto tipo, ya sea hacinamiento, precariedad, insuficiencia de servicios de agua, etc.

Por otro lado, la crisis se ve reflejada en la disminución de los ingresos al FONAVI. Si se observa el cuadro N2 1, a valores constantes de marzo de 1990 (INDEC), el ingreso al FONAVI (Fondo Nacional de la Vivienda) en 1986 fue de casi 5,3 billones de australes, disminuyendo progresivamente hasta llegar a 3,2 billones en 1989. Mientras que en el primer trimestre del año, siempre tomando como base a marzo de 1990, el ingreso fue de 546 millones de australes. Esto determina que el promedio de viviendas terminadas en el decenio con recursos FONAVI sea de solo 32.000 unidades. Es por todo lo expuesto y como una manera de incrementar las respuestas del sector público, que se están adoptando una serie de medidas de ordenamiento administrativo-contable para mejorar la recaudación de los aportes y recuperas de los préstamos, como así también de disminuir los montos masivos financiables. Es con estos procedimientos, y con una proyección financiera prudente, que el arquitecto Morello considera que para fines de 1992 se podrá alcanzar el objetivo de 200.000 viviendas construidas. Para el cumplimiento de esta

Evolucion de los Ingresos al Fo.Na.Vi. desde 1986 hasta el 31 de Marzo de 1990. Cuadro 1

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1989

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1990

Los valores se expresan en millones de australes constantes de Marzo de 1990. Se obtuvieron actualizando las cifras por el Indice General del Costo de la Construcción del INDEC.


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Viviendas en Ejecución por Jurisdicción al 15 de Marzo de 1990

Cuadro 2

JURISDICCION

CANT. VIV.

Buenos Aires Catamarca Córdoba Corrientes Chaco Chubut Entre Ríos Formosa Jujuy La Pampa La Rioja Mendoza Misiones Neuquén Río Negro Salta San Juan San Luis Santa Cruz Santa Fe Santiago del Estero Tierra del Fuego Tucumán Capital Federal

11 .786 3.188 4.233 4.474 2.818 2.809 3.073 2.562 1.273 1.273 1.008 3.125 2.917 3.144 4.434 1.650 2 975 2.289 2.097 7.262 1.483 1.483 2.586 2.021 77.016

TOTAL

Viviendas terminadas y a terminarse Cuadro 3

PROMEDIO DECENIO 79/89

32.000

1989

1990

1991

1992

26.613

44.539

60.304

67.554

1989

1990

1991

1992

18.165

34.245

40.289

53.179

Viviendas iniciadas y a iniciarse PROMEDIO DECENIO 79/89

34.000

Refacciones 1990 -1992 = 53.340 préstamos

Viviendas actualmente en ejecución: ritmo de ejecución mensual 2%. Viviendas en ejecución al 31/12/92: ritmo de ejecución mensual 8%.


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Número 1 Año 1990

Programa global de desarrollo urbano Proyectos con crédito otorgado - Por sector SECTOR

PORCENTAJE DE LA INVERSIÓN

AGUA CLOACA DEF. INUNDAC. ELECTRICIDAD EQUIPAMIENTO GAS PAVIMENTO Y DESAG. PLUVIALES

29,90 19,68 9,07 3,70 25,94 7,31 4,40 TOTAL

300 MILLONES DE U$S.

Evolución costos por unidad de vivienda en dólares

PROMEDIO DECENIO 79/89

OBRAS EN EJECUCION PENDIENTES

PROMEDIO PRECIOS MAXIMOS. RESOLUCIONES VIGENTES DESDE JULIO DE 1989.

MUESTREO ULTIMAS LICITACIONES

VIVIENDAS EVOLUTIVAS DE EMERGENCIA.

20.587

12.870

6.500

5.500

3.500

meta, a las 26.513 viviendas terminadas durante 1989, habría que sumarles 44.538 a construirse en el presente año, 60.304 en 1991 y 67.554 en 1992. Respecto de los conjuntos de vivienda que se encuentran en construcción o próximos a su finalización, la Subsecretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental requirió una programación a cada provincia en donde se incluya las obras en ejecución y los nuevos programas hasta fines de 1992. El estudio realizado dio como resultado que desde julio de 1989 se han finalizado de edificar 22.000 unidades de viviendas y se encuentran en ejecución otras 77.000 en lo que va del año (ver cuadro 2) de las cuales un 15,3% corresponde a viviendas construidas en la provincia de Buenos Aires, 5,8% a la provincia de Corrientes, 5, 75 a Río Negro, 5,5% a Córdoba mientras que solo un 2,6% corresponde a la Capital Federal. En referencia al Banco Hipotecario Nacional, tradicional institución financiera de la construcción de viviendas, el arquitecto Morello explica que la causa principal de su colapso se debió al lanzamiento de programas de vivienda sin el financiamiento asegurado. Al margen de

ello -continúa- la existencia de un Banco de Ahorro y Vivienda puede ser un complemento importante al Sisterr.a Nacional de la Vivienda, integrado por la Subsecretaría de Vivienda, el Consejo Federal de la Vivienda y los Institutos Provinciales, que son los organismos de aplicación del FONA VI. "Lo importante es que la actividad de ese banco, más allá de la necesaria eficiencia financiera como captador de nuevos recursos, sea un instrumento complementario para el accionar público y privado en el campo de la vivienda, rigurosamente supeditado a la política habitacional que defina el Ministerio de Salud y Acción Social a través de la Subsecretaría de Vivienda y Ordenamiento Ambiental", concluye. Para finalizar, y haciendo clara referencia a la capacidad ociosa de los profesionales de la construcción , sobre todo los más jóvenes, Morello acotó que en el marco de la legislación vigente, la política de la Subsecretaría será la de multiplicar la construcción de viviendas en conjuntos de menor escala y ello demandará una presencia creciente de nuestros profesionales.


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[ Res~LUCIONES DEL

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ONSEJO

Resolución Nº 5/89 - 13-6-89 Certificación de Honorarios Mínimos R esponde al interés de algunos matriculados en obtener un certificado que acredite que los honorarios convenidos con su comitente para una determinada obra se encuadran en la Ley de Arancel Profesional, y no superan el mínimo allí establecido. Considera que la prestación de ese servicio a requerimiento de los matriculados y en base a la información que suministren es posible desde que mediante el Reg istro de Encomienda de Servicios Profesionales toma conocimiento de las tareas que se le encomiendan y, si bien este Consejo no tiene intervención alguna en la contratación o cobro de honorarios, el certificado se extendería en base a información

suministrada por el profesional, que tendría el carácter de declaración jurada. La parte resolutiva establece: 1º) Instituir el servicio de certificación de la concordancia de los honorarios convenidos entre el solicitante y su comitente con los mínimos establecidos en el Arancel de Honorarios aprobado por el Decreto-Ley Nº 7887/5 y disposiciones dictadas en su consecuencia; 2º) Aprobar los textos de los formularios que se individualizan como A, B y C y que integran la presente Resolución.

A continuación reproducimos el formulario B para ilustración de nuestros lectores.

Consejo profesional de arquit•~ctura y urbanismo DECLARACION JURADA FORMULARIO B . N2

1. Obra calle

. Localidad

2. Costo de obra total estimado 3. Tipo de obra motivo de la solicitud 3.1. Obra nueva 3.2. Refacción 3.3. Refección y ampliación 3.4. Decoración exterior e interior 4. Tipo de tarea a efectuar por el (los) profesional (es) 4.1. Proyecto completo 4.2. Dirección de obra 4.3. Dirección de obra con proyecto de otro profesional 4.4. Proyecto en conjunto con otro u otros profesionales independientes entre sí (adicional sobre 4.1.) 4.5. Proyecto y dirección idem 4.4. (adicional sobre 4.2.) 4.6. Adicional para tareas 4.2., 4.3. y 4.5 realizadas por administración 4.7 Adicional por Documentación para tramitaciones 4.8. Representación técnica 4.9 Gastos especiales s/detalle

Art. Arancel 50º 50°-54° 50°-54º 502 . 2a. Cat.

CJ CJ CJ D

502/51 2 id. 502/51 2 inc. 5

CJ CJ CJ

52 inc. b 52 inc. b

CJ CJ

522 inc. 3 582 932 y sig. 60 2

CJ CJ D CJ

5. Honorario total según tareas encomendadas 6. Observaciones:

7. Fecha iniciación obra: Firma

Fecha

_ _ _ _ _ _ _ _ _ _ . Matr. Nº ~ - - - - - - - - -

Aclaración de firma:

NOTAS: • Señalar el tipo de obra y las tareas encomendadas, con una X en los cuadros correspondientes. • Los datos consignados por el recurrente lo serán bajo su exclusiva responsabilidad. • Para cualquier duda sobre la aplicación del Arancel se consultará el Doc. C-02 y sus Anexos A-103 y A-104.

• Indicar en rubro (6) el porcentaje de superficie cubierta de refección con respecto a la superficie total cubierta de la obra. •• Indicar en rubro (6) el valor estimativo de las obras que se realizan por el sistema indicado en 4.6. ... Indicar en rubro (6) la cantidad total de profesionales independientes entre sí que intervienen en las tareas del ítem 4.4.


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D1cTAMENES DEL Co-NSEJO

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ARANCEL DE HONORARIOS PROFESIONALES Referido al Art. 32 del Arancel

A fines del pasado mes de noviembre de 1989, se recibió una consulta de un matriculado que decía: "se sirva indicar el monto de honorarios a percibirse mensualmente, en función del art. 16 y 17 Capítulo 111 de la Ordenanza MCBA 24.225 relativa a "Estadios" y que dice: Art. 16: Profesional responsable: A efectos de responder por el mantenimiento a que se refiere el artículo anterior y para extender todas aquellas certificaciones que le requiera la repartición competente del estado, condiciones, etc. del estadio para fútbol y si perjuicio de la responsabilidad que corresponde a las autoridades deberán designar un profesional en el arte de la construcción, matriculado en la categoría que le corresponda según lo dispuesto por el Código de la Ed ificación en su Capítulo 2.5. Art. 17: Incumplimiento de los profesionales : Las certificaciones que se le requieran a las entidades, de acuerdo con lo establecido en el art. 16, deberán ser presentadas ante la repartición competente , avaladas por la firma del profesional respectivo. El incumplimiento de éste último requisito, las inexactitudes o falsedades harán responsable a la institución, sin perjuicio de lo que pudiera corresponder profesionalmente al firmante, según lo determinado en el Capítulo 2.4 del Cód igo de la Edificación". A lo cual se respondió lo siguiente: "Dado que se entiende que la tarea que realiza el profesional es la certificación -desde el punto de vista técnico y conforme lo indican las normas que rigen el material- del correcto estado de conservación y funcionamiento de un estadio ya construido, es obvio que no existe monto de obra". "Pero teniendo en cuenta que la tarea insumirá horas de trabajo profesional tanto en el terreno como en su estudio, se entiende que para determinar el honorario por la tarea en cuestión, puede considerarse que, consecuentemente, los mismos resultarán de la aplicación el Art. 3º del Arancel de Honorarios aprobado por el Decreto-Ley 7887/55 que establece la remuneración del profesional en función del tiempo empleado, además de los gastos especiales que el profesional debe incurrir con motivo de su trabajo". Asimismo , es importante destacar que la especial responsabilidad que implica la tarea en análisis, podría generar un honorario adicional. En tal caso, su monto deberá ser convenido con el comitente". (Consulta nº 2151 /89).

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REFERIDO En un oficio judicial el Consejo debió efectuar el cálculo de honorarios de AL ART. 51 2 un Estudio de Arquitectura por tareas de "proyecto completo" y por "indemINC. 3 nización por dirección de obra encomendada y no ejecutada". , En el respectivo dictamen se dijo: ¿En qué fecha se devenga o nace el derecho al reclamo por honorarios al que se refiere el art. ·51 2 inc. 3 del arancel? Es obvio que tal derecho no puede considerarse nacido -y por ende, reclamado- en tanto el Estudio no tenga la convicción fehaciente de que la obra no se llevará a cabo. El art. 51 2 inc. 3 menciona la "interrupción" de la tarea encomendada. Aún cuando cabe pensar que no es feliz la elección de dicho vocablo (que en su sentido correcto puede dar una idea de una "suspensión" transitoria, a la cual podría seguir la "continuación" de la tarea, o discurso, o escrito, etc.), debe obser'varse que todas las disposiciones que luego aparecen en la norma que se comenta son coincidentes con el sentido mucho más concreto que muestra el art. 1638 del Código Civil, en donde la acción correcta que engendra la indemnización o lucro cesante, es el "desistimiento"; o sea, la anulación definitiva del vínculo entre partes . Toda la jurisprudencia pacífica reconoce a la norma del arancel que con un carácter de reglamentaria, para estos casos, del mencionado artículo del Código Civil. Así pues, la fecha más cierta en la cual nace el derecho al reclamo es la del 24/9/81, por el cual se deja sin efecto la licitación no adjudicada. Este desistimiento real se ve luego convalidado por los hechos posteriores que desembocan en la iniciación de esta litis. (Oficio Nº 2123/89).

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' DIRECCION DE Publicamos a continuación unos párrafos de la respuesta oportunamente OBRA NO dada a un oficio judicial en el cual se analizaba el caso de una encomienda REALIZADA por proyecto y dirección para una obra que sería financiada por un créd ito Referido al Art. 51 bancario. inc. 3 Publicamos a continuación unos párrafos de la respuest a oportunamente dada a un oficio judicial en el cual se analizaba el caso de una encomienda por proyecto y dirección para una obra que sería financiada por un crédito bancario.

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6 9) "El informe pericial que estamos comentando no ha considerado los honorarios ni ~I lucro cesante por la tarea no realizada de la dirección de obra. Si bien es un tema sobre el que cabe a V. S. resolver en definitiva, varios aspectos de este asunto conviene señalar:


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Aún cuando fue impugnada la validez de la cláusula primera contiene una obligación don efecto suspensivo, que es el encargo del Proyecto y Dirección de obra a los Arquitectos firmantes de dicho documento, tarea que queda sujeta al hecho de 'resultar aprobado definitivamehte y suscripto el convenio entre el Banco Hipotecario Nacional y la Entidad'. "A fs. 718119 obra en autos la respuesta del Banco Hipotecario Nacional al oficio librado el 31 de julio de 1984 (fs. 709). La citada respuesta aclara este punto en la contestación simple y breve que da a las preguntas 7 y 8 que se le formulan. 7) 'La solicitud de préstamo presentado por XX no fue acordada'. 8) 'El Banco Hipotecario nacional no suscribió contrato de mutuo hipotecario con XX'. "Entendemos que esta respuesta es categórica en cuanto a que, si la ejecución de la obra estaba supeditada a lo dispuesto en la cláusula 1ra. del Convenio firmado entre las partes, y dicha condición no fue cumplida por la institución crediticia, no cabe responsabilidad alguna a la demanda en tanto se refiere a la dirección de obra, no correspondiendo a nuestro juicio honorario ni indemnización alguna. (Oficio nP2100189).

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RESCISION DE ENCOMIENDA

En el mes de agosto del año pasado se recibió un oficio judicial en el cual una de sus preguntas era la siguiente : "Cuál es el trám ite a realizar para dar de alta a un profesional en una obra". A la que se respondió lo siguiente: "Para dar de alta a un profesional en una obra, su comitente le deberá dar aviso fehaciente de su decisión, y luego deberá real izar el correspondiente trámite de desvinculación del profesional en cuestión en la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro de la Munic ipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y en cualquier otro Organismo ante el cual el profesional hubiese asumido funciones y responsabilidades profesionales. Va de suyo que en estos casos el comitente debe convenir con el profesional el pago de los honorarios a lo$ que éste sea acreedor". (Oficio nº 2119/ 89).

REFERIDO A ENCOMIENDA PROFESIONAL

Se recibió en este Consejo , en el mes de octubre del año pasado, un oficio judicial que solicitaba lo siguiente: "Informe si es correcto y habitual que los arquitectos hagan firmar en blanco las encomiendas profesionales". A lo que se respondió: "No es correcto ni habitual que los arquitectos hagan firmar en blanco las encomiendas". (Oficio nº 2136/89).

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REFERIDO A ENCOMIENDA PROFESIONAL

En el mes de octubre ppdo. fue recibido un oficio judicial en el cual se planteaba: "Que los profesionales en el ramo de arquitectura e ingeniería civil deben presentar en .el Reg. de Encomienda de tareas profesionales de ese Organismo, la autorización del propietario del inmueble para actuar en proyecto, dirección y construcción de obras". A lo que se contestó lo siguiente: "El registro de encomienda es un trámite que realizan los arquitectos e ingenieros para presentar los planos ante las autoridades comunales. En el formulario que a tal efecto se utiliza, figuran el nombre del comitente, así como el nombre del profesional al que se encargan las tareas, además de la indicación de las mismas. Lo expuesto no impide que con anterioridad a dicho trámite, se hayan comenzado las tratativas con el profesional en cuestión, y que en forma verbal o mediante cualquier otro medio se le haya encargado la tarea que luego figura en el formulario de la encomienda, o algún trabajo previo como podrían ser los croquis preliminares o el anteproyecto". La siguiente pregunta fue de esta forma: "Si los honorarios a que tienen derecho a percibir los profesionales que actúen deben aplicarse a tareas que desarrollen a partir de la fecha de la presentación de encomienda de tarea profesional en ese Organismo". Respondiéndose así: "Los arquitectos tienen el derecho de percibir sus honorarios una vez que los mismos están devengados, es decir, que la tarea encomendada ha sido realizada aún cuando la misma se haya desarrollado con anterioridad a la presentación de la encomienda. Se adquiere ese derecho aunque las tareas motivo de la encomienda queden interrumpidas antes o después de la presentación de la misma. En este caso el derecho se tiene sobre los trabajos realizados hasta la interrupción más el lucro cesante que en ese momento surja, de las circunstancias". (Oficio nº 2145/89).

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En la ciudad de Luján, provincia de Buenos Aires, se celebrará del 8 al 1O de noviembre próximos la Primera Bienal Argentina de Urbanismo, organizada por el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires, a cargo del Centro Regional de Estudios de Pos Grado CAPBA Distrito Quinto, sobre el tema "La participación comunitario en las acciones urbanísticas". Los objetivos del encuentro son analizar e intercambiar ideas, informaciones y experiencias en un acciones dinámico y transd isciplinario, sobre un tema fundamental para lograr un Urbanismo actual y posible. Podrán participar arquitectos, urbanistas, planificadores , sociólogos, psicólogos y todos aquellos que realicen actividades relacionadas con el tema, procedentes de todo el mundo, y equipos de estudiantes de Escuelas y Facultades de Arquitectura (premios reservados para ellos).

Entre los auspiciantes del evento se cuentan el Consejo Iberoamericano de Asociaciones Nacionales de Arquitectos, la Federación Panamericana de Asociaciones de Arquitectos, la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos, la Secretaría de Vivienda y Ordenam iento Ambiental de la Nación, la Universidad Nacional de Luján, la Sociedad Central de Arquitectos y el Consejo Profesional de Arqu itectura y Urbanismo. El comité ejecut ivo está constituído por los arquitectos Edgardo Berjman, Raúl A. Otero, Miguel Brady y Humberto Caregnato, y entre los integrantes del com ité de evaluación de ponencias se halla el arqu itecto Heriberto Allende en representación del CPAU. La Bienal se realizará en el Museo de Bellas Artes y en el Teatro Municipal de la ciudad de Luján. Para informes e inscripciones, los interesados deben dirigirse a Calle 30 Nº 564, Mercedes (Bs. As.), Tel. 0324-20069, de lunes a viernes de 9 a 17 horas.

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[l~FORMACIONES

Primera Bienal Argenti na de Urbanismo - CAPBA

Primer Congreso Iberoamericano de Arquitectura Regional D el 21 al 25 de agosto próx imo se realizará en la provincia de Jujuy el Primer Congn;iso Iberoamericano de Arquitectura Regional, organizado por el Colegio de Arquitectos de Jujuy y la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos (FADEA). El programa temático abarca dos subtemas: Arquitectura y Región - Impacto y diseño arquitectónico en el medio circundante (urbano/rural). - Arquitectura, sociedad e identidad-Relación ámbitos/hábitos. Modelos impuestos y modelos locales. - Relación entre arq uitectura/región/turismo. - Preservación y regionalismo. - Relación comunidades/región-Programas de desarrollo reg ional. - Economía básica regional. Utilización de recursos. Respuesta arquitectónica. El hecho arquitectónico y el diseño regional - Vivienda y región.

- Programas institucionales. Cond icionam ientos y aportes regionales. - Tipologías arquitectónicas regionales. Tecnologías apropiadas y apropiables. - Clima y medio ambiente como condicionantes del diseño regional. - Investigaciones tecno lógicas en el diseño regional. Tipificación y Normalización. Entre los objetivos del congreso se destacan la promoción del intercambio y cooperación futu ra entre los participantes de expe riencias, programas, trabajos realizados, tareas de investigación, etc; y el logro de concientización de los colegas intervinientes respecto del rordel arquitecto en el marco de una región determinada, quien deberá interpretar las pautas culturales, para dar una respuesta arquitécnica válida para la misma. Para inscribirse y solicitar mayor información, los interesados pueden dirigirse a Necochea 565, San Salvador de Jujuy, Jujuy, República Argentina CP 4600, T.E. 0882-29496.

Encuentro Andalucía-América Durante el pasado mes de abril Buenos Aires fue sede de múltiples actividades relacionadas con el arte y la arquitectura a través del Encuentro Anda lucia-América. La iniciativa y organización corrió por cuenta de la Junta de Andalucía (España) a través de la Conserjería de Obras Públicas y Transporte y de la Conse jería de Cultu ra- juntamente con el grupo PRO/A (Propuestas americanas) que dirige el

arquitecto Ramón Gutiérrez. Conferencias, mesas redond as, seminarios y una impecable muestra de arquitectura fueron sólo una parte del intenso programa desarrollado. Cabe mencionar que en el encuentro de revistar latinoamericanas que tuvo lugar en la redacción de la revista Summa, fueron incorporadas varias nuevas publicaciones del Cono Sur, entre ellas la Revista del CPAU.


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Durante el mes de mayo se llevó a cabo en el Museo Nacional de Bellas Artes la exhibición "Alvear Aalto, arquitecto y diseñador finlandés", organizada por el Museo de Arquitectura de Finlandia y auspiciada por dicha institución y la Asociación Amigos del Museo Nacional de Bellas Artes. La muestra, cuidadosamente montada y presentada, constaba de paneles fotográficos, maquetas y objetos diseñados por Aalto a lo

largo de su vida, poniéndose especial énfasis en el proceso creador que originó dichas obras. Sobre esto el propio Aalto escribió: "Pinturas y esculturas son parte de mi método de trabajo ... Yo no veo la pintura y la escultura como algo perteneciente a otras profesiones. Es difícil explicarlo caso por caso: para mí esas obras son ramas de un mismo árbol cuyo tronco es la arquitectura". (Prólogo para el libro de Leonardo Mosso, 1957).

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Exposición de Alvar Aalto

Vistas generales de la exhibición del notable arquitecto finlandés.

Premios nacionales L a Subsecretaría de Cultura de la Nación hizo entrega de los pr~mios Consagración Naclonál,· NacionalE3s, 'Regionales e Iniciación, otorgados,por aplicación del Régimen de Premios· a-la.Producción Científica, Artística y Literaria, durante un acto realizado en el Teatro Nacional Cervantes. El arquitecto Ed uardo J. Sacrista fue galardonado con el Premio Consagración NacionalBellas Artes 1988. Por su parte, el arquitécto Patricio Rand le

recibió el Prem io Nacional de Arquitectura, Urbanismo y Diseño 1983-86 por su obra "La ciudad y el urbanismo". En este rubro fueron distinguidos con menciones especiales Jaime i'."Jisnovich, Gladys Adamson, Carlos María Martínez Bouquet, Jorge Alberto Sarquis, Jorge Horacio Re, Graciela Novoa, Adriana M. lrigoyen, Liliana Aslan, Celina· B. Noya, Alicia Santaló, Irene Joselevich, Marión R. Rosemberg, Diana Saiegh y César A. Vapnarsky.


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Reunión de la Junta Central de Consejos Profesionales El 6 de diciembre pasado se llevó a cabo en el Club del Progreso, la reunión que organizó la Junta Central de los Consejos Profesionales de Agrimensura, Agronom ía, Arquitectura e Ingeniería con motiva de la asunción de las nuevas autoridades. En nombre del CPAU , concurrieron , los arquitectos Gerardo Schon, Carlos Rivarola, Raúl Rivarola, Francisco Crespo y el doctor Eduardo Padilla. En la reunión -que contó con nutrida concurrencia-, hablaron el ingen iero Cadoppi, como presidente de la Junta y el doctor Mata en representación del Ministerio de Obras y Servicios Públicos. A continuación señalamos los aspectos más destacados del discurso del ingen iero Cadoppi. "El motivo fundamental de esta reunión, es el de ratificar un compromiso asumido por nuestras profesiones que tienen un común denominador, el cual solo puede realizarse en plenitud en un país con todas sus actividades productivas en pleno desenvolvimiento. "Como dirigentes de las entidades profesionales, tenemos la responsabilidad de generar condiciones para que los noveles egresados, puedan quedarse en su patria en lugar de buscar trabajo fuera de nuestras fronteras. "Para ello es necesario comprender que el diseño de la política económico-social debe centrar en el hombre su verdadero protagonista y destinatario final de todos sus esfuerzos. "Venimos de un proceso de inversión negativa, acentuado especialmente durante los últimos cinco años, cuando lo destino a inversión -pública y privada- quedó muy rezagado de lo que es necesario para aquello que es preciso dar de baja por obsolescencia o desgaste. "Para ello es preciso -a nuestro entender- modificar el sesgo de la producción y privilegiar la inversión productiva. La forma de hacerlo es asegurando rentabilidad superior a esta última, desalentando a la vez a la especulación . "Entonces veremos revertir la situación que antes señalamos y hacer una caudalosa demanda de profesionales para resolver los problemas que surgirán de la necesidad real de aumentar la productividad, requiriendo de ellos la generación de nuevos adelantos científico-tecnológicos y la incorporación de los mismos a los procesos productivos. "Otro aspecto del problema que nos proponemos abordar es el relacionado con la Universidad, que es el ámbito en el que nos formamos . "Hemos visto en estos años que la población multitudinaria de las universidades implica una apertura formal e inconsistente, pues no existen condiciones que fortalezcan la pertenencia y permanencia en el sistema. Ocurre una altísima deserción que significa por un lado dispendio social, y por el otro dolorosísimas frustraciones personales : porque esta Universidad, "funciona" sin restricciones de ingreso y gratuitamente." Lo que se requiere, en cambio, es una Universidad cuyos egresados estén en condiciones de dar respuesta a los desafíos tecnológicos del futuro, y los que se planteen en un proyecto nacional de desarrollo." Porque esto es lo impostergable que necesita el país." BIBLIOTECA

Material bibliográfico ingresado a biólioteca en el 1º trimestre del año 1990

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Publicaciones en venta A 1.500.- Ley 22.434 - Responsabilidad del Ejercicio Profesional A 3.800.- Teoría del valor constante y porcentaje medio A 2.600.A 400.- Ley 21 .165: Coeficiente 1er. Semestre 1190 A 3.800.- Boletines atrasados - Observaciones sobre medianería por el A 1.500.Arq. Carlos H. Rivarola - Formularios encomiendas •• • ~ t A 2.300.-. A 60.000.- Visados de encomiendas

1) CAi. Buenos Aires Necesidades insatisfechas sobre la infraestructura del país y soluciones propuestas. Cuaderno CEA 25. Buenos Aires, 1989. 2) CAi. Buenos Aires. La minería en la Argentina. Cuaderno CEA 24. Buenos Aires, 1989. 3) CAi. Buenos Aires. La inserción de la Argentina. Cuaderno CEA-23. Buenos ManlJa! d~I ;eJ~rclclq profesional Aires, 1989, . 4) CAi. Buenos Aires. del arquitecto .~ MEP.A - ' Li\.inlormatizaci6n del est_ado. Cuaderno C~ 22, Buenos, · · Aires, 1989. • - . C-01 5) Butlow, Darliel E. Agotado C-02 •· ' r .: ; .,, ':, ,·' ·. Aliiogados de arqurtectos. Buenos Aires: ADESA, 1989. A 22.700.. t- ... . '6) UIA. London. . C-03 ~·- , l,,· . · ,! >•• " ·' A 6.100.A 6.100.:Jr. . .. . UIA-JourQal of architecturcil \heory qnd criticisro: london: .· ..,_Q..05- '1 ·: . , , ,·t ~ 1 ' ; , r,·.*";, ::-:-. A 22.700., f ca,dem__y editic¡ms, 1988. v. l (1).. C-08 lr,:; .,~-1 f\r;·,, .1i A 2.300.!_I ,. A-105 ¡I ' ., ' 1 ) ~J


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Concurso del afiche del Premio de Arquitectura En la sede de la Sociedad Central de Arquitectos se realizó la entrega de premios del Concurso del afiche para el Premio Anual de Arquitectura 1990 sobre el tema Vivienda individual, organizado por esa entidad y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo. Resultaron d ist inguidos Horacio Poza y Valeria Siri

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Roldán con el Primer Premio; Horacio Bidegain con el Segundo Premio; Fabiana Duro, Verónica Logegaray y Natalia Arakaki, con el Tercer Prem io; Daría Kaplansk i, Primera Mención ; Elv io Ornar Sánchez y Luis Ojeda, Segunda Mención; Rafael Antonio Iglesia, Andrea Calderini y Paula Fierro, Tercera Mención; Osvaldo Alvarez Rojas, Cuarta Mención, y Fabián Sanguinetti, Quinta Mención. El Jurado, que debió discernir entre 234 trabajos presentados por 130 participantes, estuvo integrado por los arquitectos Josefina Santos y Enrique Facio, en representación del CPAU ; el arquitecto Alvaro Arrese, por la SCA; los diseñadores Angela Vassallo, Rubén Fontana y Marcelo Varela, por la Asociación de

Diseñadores Gráficos; el diseñador Alberto Carbonatto, como veedor, y el arquitecto Daniel Wolcowicz, asesor del Concurso. Hicieron entrega de los prem ios, los arquitectos Julio Keselman, presidente de la SCA; Gerardo Schon y Raúl R. Rivarola, presidente y prosecretario del CPAU , y Daniel Wolcowicz, asesor del certamen. El arquitecto Keselman destacó en nombre de los organizadores la elaboración gráfica intelectual y la preponderancia juvenil de los participantes. Agradeció la colaboración de la Asociación de Diseñadores Gráficos y ponderó la tarea cumplida por el asesor del Concurso, dejando inaugurada la exposición de los trabajos ante un nutrido auditorio.

Segundo Premio

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Tercer premio

Primera mención

Segunda mención

Tercern mención ·

Cuarta mención

Quinta mención

Numeroso público as,st,o a 1a muestra ce ,os traba¡os que participaron en el concurso, realizada en la Sociedad Central de Arou• tectos

Repr~séntantcs de ,la· Soc1eaad Central de Arqurtectos y del · CPAU hicieron entrega de los premios a los ganadores.


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Premio Anual de Arquitectura 1990 - SCA y CPAU La Sociedad Central de Arquitectos y el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo invitan a sus respectivos asociados y matriculados para optar a los premios instituidos para obras de arquitectura. La convocatoria queda abierta desde el 15 de mayo al 15 de agosto de 1990, hasta las 21 horas, fecha de entrega de los trabajos. En carácter de autores o coautores podrán participar exclusivamente arquitectos matriculados en el CPAU o socios de la SCA. Junto a los autores podrán figurar como colaboradores otros profesionales que no cumplan con lo establecido precedentemente, siempre y cuando su participación en ese carácter no colasione con la o las leyes o reglamentos del ejercicio de la respectiva profesión. En la presente ocasión podrán presentarse exclusivamente trabajos en las categorías siguientes, siempre referidas al tema VIVIENDA INDIVIDUAL UNIFAMILIAR, entendiéndose portales a los edificios donde se desarrolle la función de habitar en forma permanente, realizadas en el país y terminadas dentro del período que abarca los años 1985 a 1989 inclusive. Categorías Categoría 1: Obras de vivienda individual aislada, entendiéndose por tales a los edificios que alojen a una sola familia, autónomos de otros y en caso de ubicación urbana, integrados al sistema de circulación y servicios públicos propios de la ciudad contemporánea. Categoría 2: Obras de viviendas individuales agrupadas, entendiéndose por tales aquellas que, teniendo las mismas características de la Categoría 1, es decir con autonomía de funcionamiento de cada una de ellas, constituyan formalmente un agrupamiento de unidades, todas unifamiliares. Estos agrupamientos podrán contar con espacios abiertos de uso común, como único elemento colectivo. La agrupación de viviendas unifamiliares, si bien puede llegar a constituir un elemento formal, en caso de desaparición de una de ellas, aunque afecte aquella unidad formal, no impedirá el funcionamiento de las viviendas subsistentes. El agrupamiento mayor admisible para esta categoría será el de uno rodeado por la vía pública. Categoría 3: Obras de reciclaje. Se entenderá por reciclajes para la vivienda, cualquier transformación de un edificio a fin de obtener una vivienda individual dentro de la definición de vivienda dada para la categoría 1. Presentación Los organizadores han designado al arquitecto Raúl R. Rivarola ASESOR para la presente convocatoria. El asesor podrá recibir únicamente consultas por escrito que envíen los inscriptos en el Registro de Participantes, que se abrirá a tal efecto en la Sociedad Central de Arquitectos el 15 de mayo de 1990. Las consultas se entregarán escritas a máquina en la sede de la SCA, Montevideo 938, Capital Federal, donde se recibirán hasta el 15 de julio de 1990. Las respuestas serán enviadas a los inscriptos en el registro antes del 1° de agosto. Para la presentación de trabajos no es obligatorio haber efectuado la inscripción en el Registro de Participantes. Los trabajos deberán cumplir con las siguientes normas de presentación: Los trabajos se presentarán adheridos a un panel rígido, liviano, blanco, de 1m x 1 m, dejando libres dos bandas de O, 15 m, una en la parte inferior y otra en la parte superior, todo a lo largo del panel para uso de los ORGANIZADORES, quienes transcribirán los datos que se solicitan a los participantes, y que son: - designación y ubicación de la obra, - categoría (según estas Bases), - año de realización y nombre de los autores, número de socio SCA o matrícula CPAU. Estos datos serán llenados en el ANEXO 1 de estas Bases, por los autores y entregados conjuntamente con los trabajos. Cada trabajo no podrá ocupar más de dos paneles. Los ORGANIZADORES se reservan el derecho a reclasificar trabajos, si a su criterio se han presentado equivocadamente a una cierta categoría. Elementos que formarán parte de la presentación: a) Planos: plantas, cortes y vistas en cantidad y escalas a criterio de los autores. b) Fotos: de la obra terminada. Estas son obligatorias. c) Memoria descriptiva: En una carpeta tamaño carta, conjuntamente con el Anexo 1 debidamente completado, se presentará una Memoria Descriptiva. Se escribirá a máquina, en papel blanco tamaño carta, de una extensión que no supere las tres páginas. Los autores podrán incluir conceptos de esta Memoria en los paneles de presentación. En dicha Memoria deberán figurar: - las orientaciones del Programa con que fue desarrollado el Proyecto. - la descripción del Proyecto. Jurados Los ORGANIZADORES designarán un Jurado para cada categoría, siempre que el número de presentaciones así lo justifique, a criterio de los organizadores. El Jurado de cada categoría estará formado por un mínimo de tres miembros, debiendo ser siempre un número impar con representantes de ambas instituciones organizadoras y un tercero nombrado de común acuerdo. Los Presidentes de ambas instituciones son miembros natos de los Jurados. Los Jurados cumplirán las condiciones del Reglamento de este Concurso. No podrá formar parte del Jurado ninguna persona que tuviera, al cierre del Concurso, un lazo profesional con algún participante de la categoría que deba juzgar. El Jurado sólo está obligado a fundar el voto de los premiados, lo que constará en el Acta del fallo. También el Jurado deberá sugerir a los organizadores la exposición de trabajos no premiados que resultaren de interés, a su criterio. En todos los casos el fallo del Jurado es inapelable. Premios En cada categoría el Jurado podrá otorgar hasta tres premios, sin establecer orden de méritos, consistentes en medallas y diplomas. El Jurado o la reunión de los Jurados, si hubiera más de uno, otorgará por simple mayoría el PREMIO MAYOR ANUAL DE ARQUITECTURA, consistente en una placa y diploma a un trabajo de entre los premiados en las diferentes categorías. El Jurado podrá declarar desierto este Premio. El Jurado podrá declarar desierto uno o todos los premios instituidos en cada categoría. Los premios se otorgarán en el acto de apertura de la exposición. Exposición: Los trabajos quedarán expuestos por el tiempo que los organizadores decidan. Devolución: Los traba¡·os serán devueltos, salvo los que se expongan, hasta tres días de publicado el fallo. Vencido dicho plazo, los organizadores se des igan de toda responsabilidad, respecto de los trabajos no retirados, pudiendo proceder a su destrucción. Los Jurados, para la evaluación de los trabajos, entre otros aspectos tendrán en cuenta la relación de estos con el medio en que se insertan, en el sentido cultural más amplio de la acepción.


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La primera Rambla ciudad de Mar del Plata tuvo su primer paseo balneario en 1913, una obra netamente clasicista y construida en hierro, madera y mampostería, cuyos autores fueron los arquitectos argentinos Carlos Agote -egresado de la Ecole des Arts et Metiers de París-y Alberto de Gainza. Estos arquitectos habían realizado otros conocidos trabajos, como el edificio para el diario "La Prensa", en la Avenida de Mayo de Buenos Aires. . Esta rambla, posteriormente demolida, corisistía en un conjunto de tres masas insertas a los lados del eje principal del Parque General Paz. Los edificios, chatos, extendidos y con cúpulas sobresalientes, estaban totalmente rodeados por galerías perimetrales que articulan los tres sectores entre sí y proponían además una conexión constante con el parque vecino. Sobre la costa y siguiendo su perfil casi al borde del mar, se extendía un paseo de nueve metros de ancho y 300 metros de largo. Es evidente que la antigua Rambla de 1913 aún no contemplaba la posibilidad de una playa para uso masivo, multitudinaria, visitada cotidianamente por un público heterogéneo ; eran otras las necesidades. Periódicamente se rellenaba esta playa con arena que era trasladada desde otros lugares en camiones. En verano, cuando la ciudad cobraba vida, el atractivo de este sitio no era el de los bañistas sino el del paseo vespertino por la Rambla, en donde, como decía Bustillo, "la gente se había conocido y había iniciado su noviazgo". Bustillo observó que la estructura de hierro de aquel edificio se deterioraba por el choque de las olas contra el basamento, justamente expuesto a este embate. En Mar del Plata de la década del '20, la Rambla Bristol con su equipamiento de cargas se extendía en la franja mínima de la costa, situación que sería replanteada en el nuevo conjunto.

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Fotograf1a aérea de la antigua Rambla de los arquitectos Gainza y Agote. Montaje fotográfico en donde el cual puede apreciarse la implantación el Casino y el Hotel Provincial.

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Los primeros pasos de Bustillo en Mar del Plata " ... Un día entero para ver esto, sin interés ninguno, pensando qué hacer y cómo hacer dos edificios en mar del Plata, con la maravilla del mar y la Playa Bristol estaba anulada porque allí se había construído el Parque General Paz ... " "La Rambla había sido hecha sobre el mar, todo el edificio se mantuvo sobre columnas de cemento y la playa tuvo que ser reconstruida llevando constantemente camiones con arena ... además, con 45º de pendiente, no tenía lugar para carpas". "Pensé en hacer dos edificios, de ladrillo y piedra, que tuvieran poco color y no se convirtieran en una masa gris". "No había que gastar en el terreno, porque a cierta distancia de la playa la tierra era fiscal; así ahorrábamos 1O millones para la construcción el Hotel; el Casino costó 9 millones". Bustillo alude al modelo de la Place Vendome o la Place Louis Le Grand construida durante el reinado de los Lu ises (Siglo XVI 11); tiene como característica notable que las fachadas precedieron al

Alejandro Bustillo recorre el área imaginando su proyecto.

Más de 250 proyect Alejandro Bustillo nació en Buenos Aires el 18 de mayo de 1889. Durante los primeros años del siglo cursa sus estudios secundarios en el Colegio Industrial "Otto Krause". Ingresa en la Escuela de Arquitectura de la Universidad de Buenos Aires, aunque su inicio en las artes es a través de la pintura, a la cual se dedica por completo, interrumpiendo la carrera de arquitectura en el cuarto año. En 1912, sin haber realizado ninguna exposición, gana con su autorretrato el Primer Premio del Salón Nacional de Pintura del Museo de Bellas Artes. Ese mismo año reingresa a la Escuela de Arquitectura. Dos años más tarde, en 1914, recibe el título de arquitecto y por decisión propia realiza sus primeras experiencias profesionales trabajando durante cinco años en el campo, en proyectos de cascos de estancias. A esa época --1916corresponde la primer obra que aparece documentada: se trata de una casa de campo en el Estación Pila, provincia de Buenos Aires. En 1918 proyecta la estancia "La Primavera" para su familia y dos años después regresa a Buenos Aires. Luego de un viaje a París, Bustillo recibe el encargo de su primer trabajo de envergadura, el proyecto P,ara el Banco Tornquist, de 1923. A partir de allí comienza el a proyectar y construir edilicios de renta en Buenos Aires, y entre los años 1924 y 1927 en París y Bruselas.


La obra en marcha: el Casino crece sobre el Parque General Paz.

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)S Desde 1924 y hasta 1937 desarrolla una fecunda labor como arquitecto, concretando la mayor parte de su vasta obra, compuesta fundamentalmente por edificios comerciales, casas particulares y de renta, a excepción de las tres más importantes que serían realizadas casi en forma simultánea. Es en 1932 que por su iniciativa y la del pintor Jorge Soto; comienza las obras que transformarían al edificio de la exCasa de Bombas de OSN en la nueva sede del Museo Nacional de Bellas Artes. En 1935 trabaja para la Gobernación de Misiones, proyectando la Residencia del Gobernador, la Plaza San Martín, el Parque Municipal, los edificios de comisarías y el cercado de las Ruinas de San Ignacio. El año 1938 marca el comienzo de la construcción de sus obras más destacadas: participa enel concurso para un nuevo centro turístico en Bariloche, el actual Hotel Llao-Llao y resulta ganador. En 1939 inaugura el edificio para el Casino de Mar del Plata, como parte de las obras de urbanización de la Playa Bristol y el Hotel Llao-Llao. Este edificio, realizado casi totalmente en madera, fue destruido casi inmediatamente por un incendio. Al año siguiente, Bustillo realiza la reconstrucción "ad-honorem" del hotel en hormigón armado y piedra. Comienza también la obra del edificio del Banco de la Nación Argentina, luego de algunos años de estudios yanálisis del tema. Las dos terceras partes del edificio se inauguran en 1944.

En 1946, finaliza el edificio del Hotel Provincial y el resto de las obras de urbanización de la Playa Bristol de Mar del Plata. Quince años después el comienzo de las obras, en 1955, queda completado el edificio del Banco Nación. Apartir de la década del 50 su trabajo se reduce en forma considerable. Su estudio de la calle Posadas es demolido años más tarde por la apertura de la Avenida 9 de Julio. Entre los años '40 y '60, escribió varios libros y artículos sobre arquitectura, estética y filosofía, éstos últimos publicados en el diario "La Nación". La asociación mundial de escritores y ed~ores, el Pen Club Internacional, lo incorporó en 1967 como socio activo, siendo por ese entonces presidente de la entidad Arthur Miller. Sus últimas obras comienzan en 1977: una casa de campo proyectada en el estilo "veneciano" de Plátanos, para María Elisa Mitre de Larreta, en Cardales, provincia de Buenos Aires, y otra vivienda para la familia Cullen en Junín de los Andes. Alejandro Bustillo fallece en Buenos Aires el 3 de noviembre de 1982, a los 93 años de edad, luego de haber realizado más de 250 proyectos.

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Acuarela de principios de siglo en la cual puede apreciarse todo el desarrollo longitudinal de la vieja rambla.

25/11/1941: tríptico fotográfico con el Casino, ya terminado, y las bases del Hotel Provincial {al centro la silueta del Hermitage).

edificio y los solares delimitados de este modo se vendieron y construyeron a posteriori de la fachada. La continuidad de esa fachada era esencial para simbolizar la estructura interior y racional de la sociedad. "Pensé luego en hacer dos edificios idénticos, con bastante elasticidad en sus interiores. Esta obra debía durar muchísimos años y cuando llegara el camino hasta allí, sería una Meca para el visitante". "En el casino cabían 15.000 personas, aumenté a 30 metros su ancho, en lugar de los 9 metros de la Rambla vieja, pensando en el gran desarrollo que tendría". Y concluye: "Hay que ser un poco adivino para ser arquitecto ... "

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La respuesta a una nueva sociedad El edificio, monumental por decisión de su creador, está proyectado como un punto fijo para admirar el espectáculo del mar. Es un objeto no contextual, sistemático, con leyes propias y órdenes arqu itectónicos que definen espacios circundantes con una escenografía cerrada en sí misma, a modo de telón de fondo para la playa. Este nuevo espacio que se produce al retirar volúmenes del borde del mar, curvando su silueta, significa el rediseño del perfil de la costa y la reconexión del edificio con la traza de la ciudad y sus accesos. A la inversa de lo que ocurría con la rambla vieja, genera una expansión de la playa, con una nueva función que se adapta al uso multitudinario que efectivamente ha tenido desde 1939, momento de la inauguración del Casino. Aquí reside la mayor invención de Bustíllo, la acertada respuesta estratificada, que ya no se conforma con la mirada nostálgica hacia el mar sino que como burguesía cosmopolita y extrovertida exige respuestas a necesidades también estratificadas. El edificio del Casino en su encuentro con la rambla de Gainza y Agote.

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La vieja rambla en proceso de demolición.

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Los diferentes niveles de los dos edificios, se resuelven de acuerdo a los cánones establecidos: el comercio se ubica en el basamento con sus arcadas (precursoras de las galerías de negocios de Buenos Aires); los salones múltiples, en el "piano nobile"; los deportes, en los pisos superiores; los servicios, adecuándose a las distintas expectativas del turista marplatense; y, finalmente, los múltiples espacios de encuentro, enmarcados en dimensiones espectaculares. Existe una íntima conexión entre los interiores y la piel o forma del edificio, definida por este espacio-espectáculo reeditando de una manera respetuosa y conmemorativa de algunos éxitos de la vieja Rambla Bristol de Gainza y Agote. Estos son: la proporción y forma de las arcadas del basamento vistas en su conjunto como una repetición interminable y cumpliendo la misma función de la primera Rambla en la nueva escala adoptada. La otra es la relación de vacíos y llenos enmarcados en planos delimitados a la francesa, con proporciones y frecuencias similares a las del viejo edificio. Son estos los temas que resumen las características estéticas de versatilidad con que Bustillo conducía todo lo francés hacia la modernidad, penetrando el lenguaje estilístico de la primera Rambla, llegando a una atemporalidad de la moda. Apreciaciones sobre la obra

Este conjunto expresa poder y riqueza económica; como toda obra monumental para el usufructo de la burguesía, está diseñado para ser un arquetipo implantado en el e¡·e del Parque General Paz a modo de una masa sólida imbatib e, previendo de una manera sorprendentemente prematura el avance social que sufrirá Mar del Plata, impensado en 1939. Algunas de las críticas que se le hacen a la obra aluden a la obstrucción visual que implica esta masa frente al mar. Pero, ¿qué otra proporción debe asumir un conjunto de esta naturaleza, que actúa como cuña-vínculo entre la ciudad y el Atlántico?; ¿Acaso esa urbe seguirá siendo a partir de los '40, la alegre, pequeña y pintoresca ciudad de provincia frente al mar? Mas bien se podría decir que la Rambla Bristol contribuyó a esta escalada del desarrollo llamado progreso marplatense que arrasó con gran parte del pintoresquismo del 1900-1940. A partir de este monumento ordenador del espacio con esa multiplicidad de funciones, surgió un nuevo emergente estilístico para el Mardel de la segunda época, el cual generó normas y límites, se apropió firme y seguro del espacio para uso público (a la inversa de lo que ocurrió en las últimas décadas con la Costanera Norte del Río de la Plata). Aunque no figura hasta ahora en los libros de historia de la arquitectura argentina, y aunque se la trate como una pieza de hibridez estilística no ponderable, esta obra se inscribe en el paisaje y se dibuja en el reflejo de los atardeceres sobre la playa de Mar del Plata, tal como Bustillo la imaginó.

*

La arquitecta Martha Levlsman de Clusellas egresó en 1958 de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires. Se ha dedicado al ejercicio de la profesión desde 1970 hasta la actualidad, al frente de su estudio o en colaboración con otros profesionales. Entre sus obras se destacan la remodelaclón de dos antiguos edificios de Buenos Aires para la sede social de la Fundación Antorchas y el taller de restauración de pintura colonial de la Fundación Tarea. En el campo de la docencia, donde se ha desempenado activamente, es profesora tltular adscripta al decanato de la FAOU, UBA, desempeMndose corro asesora en eventos académicos. Participó en la organización de importantes exposiciones de arquitectura principalmente relacionadas a las obras de Le Corbusier y Alejandro Bustillo.

El Parque General Paz, cuña entre la rambla y la ciudad.

El Complejo de Playa Bristol

Su filosofía "En el hombre hay dos hombres, el que se ve y el que no se ve. El que no se ve es el que vale y hay que descubrirlo". A.

B. Conocí a Bustillo cuando tenía 90 años, sin entender el significado que asumiría ese encuentro en la historia de hoy, momento de develar las incógnitas sobre distintas dimensiones de una modernidad contemporánea con su Arquitectura. Recuerdo un hombre que decía haber nacido y comenzado como pintor "construyendo cosas pequeñas en la estancia cuando era chico; de esa forma me acostumbré a los materiales, formas y proporciones. Cuando tenía poco trabajo hacía escultura; sobre todo nunca hacía nada que no pudiera realizarse". Lo veo trabajando en su estudio, inclinado sobre su mesa con caballetes, sentado en un banco alto dibujando sus dos últimas casas y hablando de la estética griega y moderna: "la arquitectura griega es el máximo equilibrio, la moderna se hizo para explicar como comprender ese equilibrio". He reflexionado sobre sus pronósticos ... "habrá guerras, muchos morirán, habrá una selección, otros vivirán", ... "si los gobiernos militares rigen en todo el planeta, quizás haya disciplina y control, pero la creación artística decaerá como decayó


en la Argentina". Fue difícil comprenderlo desde mi formación anti historicista y crítica hacia el clasicismo, a este hombre tan ligado a la búsqueda de la Belleza clásica en su origen griego, que en su opinión es donde alcanza la perfección: "Para ser original hay que estar en el origen, el origen es Grecia". En arquitectura se mantiene un concepto ligado ala cultura griega "Hay un binomio que estaría formado por un orden funcional y un orden estético, que no significa que haya que hacer cosas que funcionen, sino darles un orden que tenga vida, para sentir la necesidad de ir modelando el modo de alcanzar la Belleza". "Este orden en la evolución de la idea lleva a alcanzar un ideal que es la perfección". Podríamos remitirnos a Platón, para quien el mundo de las sensaciones es el mundo sensible, ilusorio y cambiante que se opone al mundo de las ideas, formado por arquetipos inmutables que nos refiere a la afirmación de Bustillo: "Lo clásico es lo permanente, no admite intromisión de la personalidad; lo moderno se adecua a la personalidad. Lo clásico no se puede definir; es la vida que fluctúa, es la realidad vivida,P,erfecta obra de la Naturaleza, ... para llegar a la perfección hay que descartar

los conflictos, no hacer un estilo de los accidentes". Como arquitecto de la crisis del modelo liberal representó a una clase social hegemónica, con amplio poder en la Argentina y de ese modo, él mismo tuvo amplio poder, que lo autorizó a fabricar una Arquitectura oficial, seleccionado los elementos de la arquitectura clásica que mas respondían a esta demanda: la de expresar este poder. Combinó ydesarrolló los elementos de los órdenes clásicos con fluidez y riqueza para producir una arquitectura clásica transformada, basada en el modelo griego que admiraba profundamente, al que justifica como nuestra herencia a través de España. . En medio de esta cualidad cultural en la que se contradicen y enfrentan o asimilan las tradiciones propias y las europeas, el debate sobre la modernidad se abre paso. · Bustillo está inserto en las contr.adicciones propias "viciosas y caducas que jalonan una época de transición entre dos civilizaciones, maneras de verla realidad que se acentúan en el siglo XX'',

M. L. de C.


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Número 1 Año 1990

CPAU

Página 17

Entrega de medallas CPAU a los tres mejores premios de la FADU El arquitecto Schon, presidente del CPAU, dirigió un significativo mensaje a los graduados.

Uno de los graduados con mejor promedio recibe emocionado la medalla de nuestro Consejo.

El 27 de diciembre pasado se celebró en la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo la última colación de grados del año 1989. El Presidente del Consejo, arquitecto Gerardo S. Schon entregó las medallas correspondientes a los tres graduados que habían obtenido los mejores promedios en el total de su carrera, distinción que se repetirá anualmente. Los arquitectos así honrados fueron: Alejandro Labeur (8,60); Flavio Angel Salesi (8,53) y Leonardo Abel Mascaro (8,45). El arquitecto Schon dirigió sus palabras a todos los graduados, poniendo énfasis en los siguientes conceptos: "Hoy termina para ustedes una etapa de su formación como Arquitectos y se inicia la del ejercicio profesional; cambian de jurisdicción y com ienzan a ser responsables de sus actos ante la comunidad en su conjunto y ante cada comitente en particular. "La profesión de Arquitecto existe, no porque a algunas personas les guste ser arquitectos sino, como todas las profesiones y oficios, porque la comunidad los necesita. "Toda a ustedes ahora entrar en esa etapa en que las responsabilidades son mayores que las que afrontaron mientras forjaban su perfil profesional; y ellas llevan implícita la necesidad de completar y actualizar permanentemente esa formación . "Este cambio de etapa cambia también el organismo creador. La etapa de estudio a cargo de la Facultad, la del ejercicio profesional a . cargo del Consejo Profesional o de los Colegios de -Arquitectos. "El Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo no es un Organismo de ''vigilancia" sin_ó de servicio: porque cree en la libertad y en la respo(lsabilidad de sus matriculados en el ejercicio de su profesión. "Es por ello que estará cerca de ustedes para ayudatles a transitar el comienzo de esta nueva etapa, pues _es nuestro interés que el camino por el q_ue transiten sea firme y consistente; y que ese andar tenga un sentido ético en todas sus circunstancias. "Y ese sentido es el qÜe, por encima de todo, les dará Prestigio. Y la suma d~ vu_estros

prestigios será entonces el Prestigio de la Profesión. "Y para ello les digo: todos aquellos que hacemos arquitectura debemos vivir permanentemente enamorados y comprometidos con ella. "Y el tender con vuestro desempeño a la superación mediante el trabajo intenso y la búsqueda constante de la excelencia será vuestra obligación ineludible. "Les pido, entonces, que recuerden que las puertas de nuestra casa estarán siempre abiertas y allí les esperaremos con la mejor disposición para orientar sus vacilaciones y solucionar los problemas que se les presenten. "Nuestros Cursos de Introducción al Ejercicio Profesional son un servicio que el Consejo les brinda para ayudarles a enfrentarse con las realidades del futuro que les toca vivir. "Muy especialmente, quiero referirme al otro hecho que da lugar a mi presencia en este acto y que parte de otro concepto fundamental que guía nuestra acción en la búsqueda de lograr el mejor ejercicio de la profesión por los profesionales y, por consiguiente, el mejor servicio de éstos a su comunidad ; esto es, el reconocimiento del esfuerzo y de la excelencia. "Finalmente, quiero decirles que nos es particularmente grato recibir a ustedes en el "mundo de la Arquitectura", tanto como haber podido cumplir el deseo -aceptado por la FADU-de incorporar al Consejo en esta ceremonia en la que premiaremos a los tres mejores promedios de los egresados de cada año. Hoy es la primera vez que se cumple esta condición y me cabe el honor de entregar estas medallas en nombre del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo. "Felicitamos a todos los nuevos arquitectos de esta graduación, a quienes pedimos los esfuerzos que hemos señalado y a quienes deseamos que el éxito corone esos esfuerzos."

Estadística Enero/ Diciembre 1989 Consultas escritas (Secretaría Técnica)

94

Consultas orales (Secretaría Técnica)

384

Consultas orales (Códigos Municipales

283

Registro de Encomiendas (Sec. Administra!iva) '

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CPAU

Página 18

Número 1 Año 1990

Curso de Introducción al Ejercicio Profesional 1990 El 29 del corriente se iniciará el Curso de Introducción al Ejercicio Profesional - Año 1990 del CPAU, que viene dictándose ininterrumpi~am~n.te desde 1982. Los interesados pueden mscnb1rs~ en nuestra sede, sita en Uruguay 840, Capital Federal. El curso se desarrollará según el programa de disertantes y fechas que reproducimos. Como ha sido habitual desde 1982 el Consejo Profesional ha encarado la organ'¡zaci~n y.difusión _del Curso de Introducción al E¡erc1c10 Profesional con un claro sentido de aporta de conocimientos o "trasvasamientos de expe_riencias profesionales" que un grupo de arquitectos -con reconocido oficio- comunica a los noveles graduados para acercarlos a la reali~ad tangible en que les tocará actuar. Por med_10 de_hechos del quehacer diario, ejemplos de s1tuac1ones atravesadas, se va analizando el proceso creativo y la concreción directa en la obra para que las experiencias acumulada en años de dinámica profesión sean reales aportes ejeíl)plificantes y permitan extraer antecedentes ut1les en la futura labor a desarrollar, brin-

CALENDARIO MESES

Mar.

Miér.

'A" Arq. Martín Meyer

Mayo Junio Junio

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Junio Junio Julio

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27 4

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Julio Julio Julio

10 17 24

11 18 25

26

Julio/Ag. Agosto Agosto

31 7 14

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"E" Arqta. María Teresa Egozcue

Agosto Agosto Septiembre

21 28 4

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Septieml>re S-eptiembre Septiembre

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CICLOS

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DISERTANTES

Arq. José D'Angelo

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·o· Arq. Enrique Virasoro

Arq. Adolfo Zani

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Arqta. Margarita Ga[Gía. Mariño

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dando así el consejo y el apoyo que espera la nueva matrícula. Una acl?ración o una ~xperiencia, de aquél que a~nse¡a con bases ciertas, permite al que lo recibe complementar la formación académ ica de nuestras facultades. ~stas experiencias tra~smitidas al oyente contienen un trasfondo valioso obtenido a través de años del ejercicio profesional y esperamos que sean recibidas por los concurrentes captando toda la información de este selecto panel pro_ fesion~I en plena actividad laboral y con amplio cumculum de obras realizadas en todo el espectro arquitectónico. El Consejo efectúa un enorme esfuerzo perC? está preocupado y entiende que deb~ realizarlo para lograr la difusión del oficio de arquitecto, no desaprovechando el caudal de cono~imientos y antecedentes que han logrado los disertantes que al estar en directa comunicación con los "nuevos arquitectos" alertarán y guiarán a los mismos en el campo laboral arquitectónico. El Consejo efectúa un enorme esfuerzo perC? está preocupado y entiende que deb~ realizarlo para lograr la difusión del oficio de arquitecto, no desaprovechando el caudal de cono~imientos y antecedentes que han logrado los disertantes que al estar en directa comunicación con los "nuevos arquitectos" alertarán y guiarán a los mismos en el campo laboral arquitectónico. Se asemeja a una imagen multisecular del oficio; los antiguos "maestros" formaban su taller: en él emanaban y transmitían conocimi~ntos y experiencias a los "aprendices", quienes con el correr del tiempo se convertían en maestros que reciclaban el oficio logrando las obras que hoy todavía admiramos. Es en ese sentido de transmisión en que estamos inmersos y que consideramos valedero para no perder en el tiempo todo lo útil y práctico que los años nos han otorgado. PROGRAMA

Se ha desarrollado a través de 2 clases semanales de 2 horas cada una durante 3 semanas consecutivas, lo que da un total míni16 ~o de 12 horas. En este ciclo previsto, el disertante desarrollará dos temas básicos: el arquitecto como proyectista de obra y el arquitecto como director de obra. 6 Con estos dos títulos se irá explicitando la labor que el profesional irá efectuando a través de· su relación directa con el comitente, analizando paso a paso las obligaciones que asume 27 · y los derechos que le asisten en su labor . técriica, cómo deberá cumplimentar la entrega de material escrito o dibujado que responda a lás expectativas del_ cliente para poder concretar el hecho arq\Jitectónicó. 18 AfTa:lízár'á la-función1técnica a ejercer por el profésional,1 como asimismo las responsabilidades que le .q1be a e;ada ,una de las partes ~,:,tratantes, -~~-el aspect.o ~ivil, penal y econó8 . rJ'UGO a veces des.conocido o ignorado en sus si!Cance's Y. cpnsecuencias. Como contrapartir• .. , .:. da, se aclarará la retril;>ucíón que el arquitecto es merecedor pór' su 1qúehacer técnico, en las -29 .r '. dtstihtas elapas previstas por el Arancel vigen-

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CPAU

Número 1 Año 1990

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Becas CPAU 1990 Continuando con su plan de contribución y reconocimiento a los esfuerzos personales de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires, el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo procederá a otorgar dos becas para este año 1990. Las cláusulas de adjudicación son las siguientes: Primera: Podrán ser acreedores a estas Becas los alumno.s que cursen estudios en la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo de la Universidad de Buenos Aires y que cumplan los siguientes requisitos: a) Tener los dos primeros años de la carrera aprobados. b) Meritorios antecedentes de estudios. Promedio no inferior a 7,50. c) Insuficientes recursos económicos. d) Nacionalidad argentina o naturalizados. e) 25 años de edad máxima. Segunda: El monto mensual de las Becas será, a título indicativo, de A 205.367.- a febrero del corriente año y se abonará por adelantado, en la sede del CPAU, del 12 al 5 de cada mes. Tercera: Las Becas serán otorgadas por un plazo de 36 meses a partir del 12 de junio de 1990, o hasta la terminación de todos sus estudios -si ésta se opera antes de dicho plazo- según constancia que en tal caso los becarios se obligan a obtener del Departamento de Alumnos de la FADU. Cuarta: Los becarios elegirán un Consejero de Estudios entre los docentes de la materia "Arguitectura" de la Facultad con categoría de Profesor Titular, Asociado o Adjunto. Sus nombres seran comunicados al CPAU con la conformidad de los docentes elegidos. Serán funciones de los Consejeros de Estudios: a) Mantener reuniones periódicas con los alumnos durante la vigencia de las Becas. b) Aconsejarles en aquellos problemas que se relacionen con sus estudios. c) Informar al CPAU sobre el rendimiento en los estudios de los Becarios y el promedio anual obtenido, antes del 30 de abril de cada año, durante el lapso de duración de la Beca. Quinta: En base a los antecedentes que sobre el rendimiento y cumplimiento de los becarios le suministren los Consejeros de Estudios, el CPAU podrá cancelar el beneficio si considerase insuficiente el resultado de tales informes. Sexta: Las presentes Becas serán incompatibles con cualqu iera otra, sea otorgada por una entidad privada o estatal, y con cualquier trabajo rentado ajeno a la carrera. En el caso de ser el mismo relativo a la profesión e arquitecto, deberá ser únicamente "part-time". Séptima: Al finalizar su carrera cada becario se compromete a presentar un estudio o investigación sobre un tema propuesto por él y aprobado por el CPAU . Dicho trabajo será realizado con la guía de un Consejero de Estudios cuyo nombre indicará y su edición -en caso que el CPAU lo considere meritorio-será costeada por dicho Organismo. El plazo para presentar este trabajo será de un año a partir de la terminación de sus estudios. Para ampliar cualqu ier información sobre el tema, los interesados deben dirigirse a nuestra Secretaria Técnica (Tel. 42-9280 y 812-6573 de 12 a 19 horas).

Cam bio de domicilio Las revistas del Consejo significan un gran esfuerzo y un alto costo que paga toda la matrícula. Ellos contienen elementos de interés para el ejercicio de la profesión, razón por la cual recomendamos coleccionarlos. Por eso, si se ha mudado, actualice su domicilio, pues lo contrario significa cortar esta importante comunicación que tenemos con los inscriptos.

Certificados del. curso de introducción al ejercicio profesional años 1987/~8/89 Se recuerda a todos los profesionales que han asistido·a los oitado~:CurSQ$, que se encuentran a su disposición los correspondientes c~rtificados de asistencia, los cuales pueden ser_retirados en al sede de este Consejo en su horario habitual.

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Arq~a. And re~ Fabiana Tosi Árqto. Fl.avio lvo Galluzzi Becari.o s-n~ 6 ,y.7 del CPAU. · . '

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•Con diferencia de pocos días los ex-becarios n2 ' 6 y· 1· d~I· Consejo finalizaron su carrera de arquitectura, ya que.el 9 de marzo último fó hizo el arquitecto Flavio hioGalluzzi, y el 27 de ese mismo mes'la arquitecta Andreá FabianáTosi. · · · -: ., ' ·Cabe destacar que el arquitedo-Gallu~zí ha tenido un muy buen rendímienta académico obteniendo ... , -·~. · uríl promedío,final de 8i194 lo qae le' ha·valido:que1 hay.asído imtitadoa formar-parte como docente ! , : , , , ,·,.·, -1 ad-hmnorem ·en la FADU. , .. · ,,. ,.; _ ¿ > , ,:-·.!, , .,. ~ , · 1 . '.: La arquitecta Tasi también reunió ,1.m m1,1y b1:1ef.li pr:omeái9 tipa! ,de 7:,55 puntos. - ~., ,o ; , , E;s por todo Elllo, gue !=)Ste Cons~.jo. .des'la, pon~ste medi9;Jelititá5 a .a.p,bos .por el empeño y la > ~· · , ~l;., I rdedicacÍón qemostr~da a lo lárgo,.de toda la carre'ra, c;qmuo asillJism<;> ~se·arl~~ r:nucho éxito en su ,· 1, .e, ,· · :,i:_i, ªJ?~~~s_' 99rne~:z;a~9tvipa pro!'ªfi?ñ~).'; · "" : .¡ ~ :, ·.. ~ .-4,;· ' '. • ,-.:., -~ • ~u ' · ,<¡ ,J • •

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CPAU

Página 20

Número 1 Año 1990

Matriculados Vitalicios De acuerdo con la Resolución n2 13/16 del 30-9-86 referida a los "Matriculados Vitalicios", han sido incorporados a esta nueva categoría, a partir de enero del corriente año, los siguientes matriculados: N2

398 1150 1323 1398 1498 1528 1539 1550 1557 1563 1566 1575

N2

Apellido y Nombre Chamorro, Adolfo Rafael Fendrik, Osear Norberto Zas, Jankiel Sívori, José Enrique Márquez, Edgar Carlos Sterba, Raúl José Llapur, Walter José de Witte, Hugo Marino Pisni, Juan Roberto Daverio, Jorge Armando Zani, Adolfo Baltasar José Schnaider, Jacobo

N2

Apellido y Nombre

1577 1596 1603 1605 1609 1611 1613 1627 1634 1636 1641 1643

Bendinger, R. Felipe Stanislavsky, Leonardo Montes, Horacio Guiller. Pérez Escoda, A. José Sameh, Mauricio Caputo, Nicolás Alberto Reidel, Jorge Horacio Pérez, Jorge Abel Pinza, lsolina Nelly Sevi, Uriel Jacobo Gordon , Jacobo Mauro, Delia Martha

1644 1646 1647 1652 1657 1661 1662 1664 1673 1674 1682

Apellido y Nombre Tadeo, Jacobo Falco, Carmelo Hearne, Rodolfo Juan Caffarini, Luis Tito Gentile, Juan Carlos Rebullo, Héctor Atilio Corbacho, Héctor Mario Giglio, Enrique José M. Cornell, Lelia Matilde Armellini, O. Ramón Kocourek, Estanislao F.

Reunión de fin de año

Dos aspectos del amable encuentro durante el que se entregaron diplomas a los disertantes del Curso 1989 del CPAU.

Profesional que dicta anualmente el Consejo, sin interrupción desde 1982. Asimismo anunció que continuarán las becas a los tres mejores promedios que hayan cursado los dos primeros años en la FADU, y destacó que su otorgamiento data del año 1983. Precisó luego que a partir del año 1989 se comenzó a premiar con medallas a los tres alumnos con promedios más sobresalientes de terminación de la carrera en la FADU. También indicó que otre aporte del CPAU hacia sus matriculados es el Boletín, que a pesar del enorme esfuerzo que demanda su edición constituye un eficaz nexo informativo y de acercamiento con toda la matrícula. El arquitecto Schon subrayó posteriormente que es de máxima importancia la búsqueda de la excelencia de la profesión, por lo que el Consejo procurará todo lo que esté a su alcance para lograr ese propósito. Luego destacó como un hecho muy significativo para este Consejo, la creación de las Delegaciones de Río Grande y Ushuaia, en Tierra del Fuego, de acuerdo con las d isposiciones que le otorga el Decreto Ley 6070/58. Finalmente agradeció la colaboración prestada por los disertantes del Curso 1989, entregando los diplomas correspondien es a los arquitectos Martín Meyer, Enrique Virasoro, José D'Angelo, Mirta Zilli, María Teresa Egozcue, Jorge Valera y Margarita García Mariño.

Tal como es habitual desde hace varios años, el 14 de diciembre pasado se realizó en nuestra sede una reunión de fin de año, en la que estuvieron presentes _las autoridades de esta institución, así como ex consejeros e invitados especiales. En la oportunidad, el presidente de nuestro Consejo, arquitecto Gerardo Schon, dirigió un breve pero significativo mensaje sobre el quehacer de este organismo en cuanto a la atención que brinda a todos los matriculados, con especial dedicación a los que han terminado recientemente su carrera, y a quienes está d irigido el curso sobre Ejercicio

Nuevas delegaciones en Tierra del Fuego '

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La creación de las r'iuevas delegaciones de 'CPAU' én Ust,~aia"y Río Gran.de: en la provinc!a de Tierra del Fuego, a través de las Resoluciones N2 17. y N2 1'.9 de noviembre .d-e .-1989, de:este Consejo, se encuadra en las disposiciones del Decreto Ley 6070/58 que otorga al CPAU jurisdicción sobre todo e.I ámbito nacional, y se concretó considerando que la gran distancia física que separa a ambos lugares, hacía imprescindible procurar una solución que fuera beneficiosa para los profesionales que ejercen como arquitecto?, así como para la cqmunidad de esa zona tan austral de nuestro país. De esta manera, el presidente del Consejo, ~rquitecto G~rardo Schon, juntamente con el vicepresidente, arquitecto Alejandro Madero, y el asesor letrado, doctor Eduardo Padilla, se hicieron presentes en ambas localidades para asistir a las asambleas que designaron a los respectivos delegados y subdelegados. En Ushuaia fueron nombradas las arquitéctas Silvia Furlán y Margatita Canga Osario, y en Río Grande los ·arquitectos Jorge G. Casas y Daniel R. López ' Macías. Él CPAU, pór intermedro de esta p1,1blicacióo, feliqlta nuevélln:ientela los arquitectos Delegados y Suplentes elegidos, y hace votos por el éxito de su gestión, la que redundará, no lo dudamos, en beneficio de toda la matrícula.


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¡ ASESORÍA

LEGAL _-

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El Profesional de la Arqu itectura y su responsabilidad por personal de obra Por el Dr. Eduardo Padilla

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¡___C_A_R_T_A_S_- -

Los arquitectos que hacen ejercicio libre de su profesión y se vinculan con el comitente como locadores de obra intelectual, es decir, cuando la prestación que comprometen es el proyecto y la dirección de una obra, deben tener en cuenta que no solo no se vinculan contractualmente con el personal que trabaja efectivamente en la construcción de la obra, sino que deben extremar los cuidados para que no haya dudas al respecto por las que puedan ser llevados a juicio por reclamos laborales. En los casos en que la obra es construida por una empresa, el responsable de ella es quien deberá figurar como tal en la municipalidad y en los planos, el personal operario depen derá de tal empresa y estará incluido en el rég imen de la ley 22.250 de la Industria de la Construcción. En los supuestos en que el propietario del inmueble realice obras en su vivienda individual sin recurrir a la empresa constructora y no sea empleador de la industria de la construcción , el personal operario será dependiente de él pero estará excluido del régimen de la construcción

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y comprendido en las normas generales del R.C.T. En los supuestos en que la obra que encare el propietario no sea para su vivienda individual, pero lo haga con la modalidad expuesta en el párrafo precedente, éste deberá estar inscripto en el Registro de la Industria de la Construcción y le serán aplicables las normas de la ley 22.250. En éstos últimos dos supuestos el arquitecto a cargo del proyecto y dirección debe tener especial cuidado en que, al construir la obra por administración, no figure en la Municipalidad como empresa constructora y que el personal operario que trabaje en obra tenga cabal conocimiento de que su empleador es el comitente y propietario y no el arquitecto. El cuidado de los aspectos reseñados se torna de fundamental importancia ante la noticia recientemente difundida por las Compañías de Seguro en el sentido que a partir del 12 de abril cesan las pólizas de seguro por accidente de trabajo.

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De nuestros becados Buenos Aires, 30 de marzo de 1990

Buenos Aires, 3 de abril de 1990

Sr. Presidente del Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo

Sr. Presidente del CPAU Consejo Profesion al de Arquitectura y Urbanismo

El 9 de marzo me recibí de Arquitecto. La condición de flamante profesional abre para mí un espectro desconocido y al mismo tiempo pleno de expectativas. Es en éste momento cuando me siento con la necesidad de hacer lleg ar mi agradecimiento al Consejo por la importancia que tuvo en esta concreción, y también hacerle saber que desde que obtuvo la beca operó en mí un sentimiento siempre incentivado por la supe ración personal y al mismo tiempo como respuesta a una responsabilidad contraída. El sacrificio que implicó cada examen siempre se vio atemperado por la presencia a la vez protectora y estimulante del Consejo que actuó como otro compañero de estudios con quien fortalecerse para seguir adelante aún en momentos de flaqueza. Esta experiencia de sentirme acompañado e incentivado generó la necesidad de transmitir esto a quienes vienen detrás de mí, siendo el modo a mi alcance de ocupar un lugar en la docencia, desde donde espero poder transferir el apoyo recibido. Con la misma sensación de agradecimiento del primer día me despido de usted, en la certeza, que éste no será el último.

De mi consideración :

Flavio lvo Galluzzi

Por la presente me dirijo a Ud. con el fin de notificarle la finalización de mi carrera universitaria el día 27 de marzo del presente año. Rindiendo ese día la materia: "Dirección y legislación de obra" cátedra del Arq . Enrique Virasoro y aprobándola con la calificación de 8 (ocho) puntos, y reuniendo un promedio final de 7,55 puntos. En consecuencia me encuentro en condiciones de realizar el trabajo de investigación al que me he comprometido al ser adjudicataria de la beca CPAU N2 7 cuyo tema notificaré a este Consejo a la brevedad. Agradeciendo nuevamente la ayuda, que ha significado esta beca para la culminación de mis estudios y como humilde retribución a lo por Uds. brindado, quisiera ofrecerles mi entera colaboración sobre temas o cuestiones que sean de vuestra necesidad. En espera de una frecuente comunicación, saluda a Ud. atte. Arq. Andrea F. Tosí


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SECRETARIA TECNICA

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• La hiperinflación y la ley 21.165 Varias consultas de matriculados expresaron su preocupación por el deterioro patrimonial que les provocaba la apl icación rígida de una ley que la inflación había tornado obsoleta. Este Consejo es consciente de que debido a la especia situación económ ica que atraviesa el país, el coeficie nte de validez semestral de la ley 21. 165 -q ue está directamente relacionado con la evolución de los índices de precios al

consumidor que emite el INDEC- queda desactualizado en forma rápida y manifiesta. En consecuencia, y hasta tanto no sea modificada la ley 21 .165, este Consejo recomienda a sus matriculados observar el procedimiento que se muestra en el siguiente ejemplo de cálculos comparativos realizados al 1 O de abril último de 6.000 m 2 para viviendas en Capital Federal.

A} Cálculo de hono rario s po r proyecto y direcc ión seg ún art. 50º del Arancel y aplicación ley 21 .165 para un edificio de departam entos de 6.000 m2 en Cap. Fed. a) Fecha de cálculo : 10/4/1990. b) Coeficiente ley 21.165 - 1er. sem ./90 = 20.768 ,19 c) Costo unitario Rev. Vivienda 3/90 = 1.290.466 A/m2 d) Incremento por calidad : 1.290.466 x 1,55 = 2.000.222 A/m2 e) Costo total de obra : 6.000 X 2.000.222 = A 12.001.332.000 %(1) hasta 10.000 c = A 207.681 .900 18.691.371 9= de 10.000 ca 100.000 c = A 1.869.137.100 130.839.597 7= excedente de 100.000 c = A 9.924.513.000 496.225.650 5= f) Honorario total por proyecto y dirección 645.556.618 (2) g) Porcentaje medio (PM) =..@l_ x100 = 5,38 % (1)

B} Procedim iento sugerido con igual fecha de cálculo e igual costo de obra :

a) Se toma como básico el coeficiente de la le·y (c) correspondiente al semestre que interesa y luego se lo ajusta por relación de índices precios al consumidor (IPC) entre el del mes en que se efectúa el cálculo de los honorarios según art. 50º de l arancel y el del mes determinante del coeficiente (c). El resultado dará el coeficiente corregido c'. b) Corrección coeficiente c : relación IPC marzo 90 =r diciembre 89 c x r = c' ; 20.768, 19 x 51 .587, 1 - 117.577,57 = c' 9.112,3 %(1) c) Costo de obra: = A 12,001 .332.ooo hasta 10.000 c' = A 1. 175. 775.700 105.819.813 9= de 10.000 c' a 100.000 c' 740.738.691 = A 10.581.981.300 7= excedente de 100.000 c ' = A 243.575.000 5= 12,178.750 858.737.254 (2) d) Honorario total por proyecto y dirección e) Porcentaje medio (PM ) =filx 100 = 7,15 % . ( 1) El coeficiente co rregido (c') produce un aumento en el Porcentaje Medio (PM), de 32,9 %.

NOTA: El Consejo informará periódicamente los coeficiente c', correg idos mediante este procedimiento. Valor de c' para mayo 1990: 130.945,37.

MUNICIPALES

Modificaciones al Código de Planeamiento Urbano · L as modificaciones introducidas al Código de Planeamiento Urbano por Ordenanza Nº 44.095 permiten en la generalidad de los casos, y especialmente de los distritos residenciales , un incremento del F.O .T. y el aumento de las alturas de fachada para los proyectos que se presenten a estudio de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Se introducen en su texto conceptos . anteriores -troneras en la determinación de la línea de frente interno y nuevas variantes en su trazado- ahora a una cuarta parte de la distancia entre los puntos

medios de las L.M. opuestas de la manzana, así como la posibilidad de ejecutar ed ificios de perímetro semilibre, con sus parámetros perimetrales apoyados en una sola de las líneas divisorias laterales de la parcela. Además, se agrega la variante de ventilar un dormitorio a patio auxiliar en unidq.des de vivienda de tres o más dormitorios. Los cuadros de uso también han sido modificados, pero, su divulgación oficial no ha sido efectuada, al igual que los planos de zonificación en distritos.


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~SESORÍA CONTABLE E IMPOSITIVA -------

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Nuevas Normas sobre el I.V.A. Informe del Con!. Fernando L. Tozzi

La ley n2 23.765 publicada en el Boletín Oficial del día 9 de enero de 1990, introduce sustanciales modificaciones a la ley de impuesto a! yalor agregado vigente . Si bien su promulgac1on habla de su entrada en vigencia como ef~ctos a contar del 1/1 /90, se ha prorrogado la misma hasta el 1/2/90 .

ALCANCE AMPLIO EXENCIONES MUY REDUCIDAS La mencionada ley generalizada en la práctica, la vigencia del impuesto a tod~ actividad que represente una transferencia de dominio a título oneroso de toda cosa mueble. T_ambién amplía_la lista de locaciones y prestac1on~s de serv1c1os gravadas incorporando a la planilla anexa que las enuncia (anexa al artículo 32 ) un punto más: el número 20 cuya redacción cubre to_da la gama de locaciones y/o prestaciones posibles. Dada la ambigüedad de su redacción este punto queda en suspenso hasta que el Poder Ejecutivo envíe al Congreso un proyecto de ley que determine con precisión las actividades gravadas y las exentas. En lo referente a las transferencias de dominio de cosas muebles, las exenciones que hasta antes de la entrada en vigor de la ley 23.765, comprendían todo un amplio detalle que daba forma a la planilla anexa al artículo 62 donde se clasificaban las exenciones parciales o t~t.ales, siguiendo el nomenclador de cooperac1on aduanera, han quedado reducidas a seis incisos del mencionado artículo 62 que queda redactado así: "Estarán exentas del impuesto establecido por la presente ley las vengas, las locaciones sindicad~s en el inciso c) del artículo 31l ("la elaboración, construcción o fabricación de una cosa mueble aún cuando adquiera el carácter de inmueble por accesión, o por encargo de un tercero, con o ~in aporte de materias primas, ya sea que la misma suponga la obtención del producto final o simplemente constituya una etapa en su elaboración, construcción fabricación o puesta en condiciones de utiliz~ción. Lo dispuesto en este inciso no será de aplicación en los casos en que la obli9ación del locador sea la prestación de un seN1cio no gravado que se concreta a través de la entrega de la cosa mueble que simplemente constituya el soporte materia( d_e_ dicha prestación. ") y las importaciones defm1t1vas que tengan por objeto las cosas muebles que se indican a continuación: a) Libro_s, folletos e impresos similares, incluso en hojas_sueltas; d_iarios y_pub/icaciones periódicas, 1mprf!SOS, me/uso ,lustrados; b) Sellos de correos, timbres fiscales y análogos, sin obliterar, de curso legal o destinados a tener curso le_gal en el país de destino; papel timbrado, billetes de banco, títulos de acciones o de obligaciones y otros títulos similares incluídos lo_s talonarios de cheques y análogo;. La exención establecida en este inciso no alcanza a los tí~ul(!S de acciones o de obligaciones y otros s1m1/ares ((!~Cepto talonarios de cheques) que no sean val!dos y f,rmados; e) Sellos y pólizas (/e cotización o de capitalización, billetes para Juegos de sorteos o de apuestas (oficiales o

autorizados), sellos de organizaciones de bien público del tipo empleado para obtener fondos o hacer publicidad, billetes para viajar en transportes públicos (incl_ uso los de entrada a plataforma o andef:f!S), b,l/etes de acceso a espectáculos, expos,c,ones, conferencias o cualquier otra prestación exenta o no alcanzada por el g_ravam~n; pues_tos en circulación por la respect,va entidad emisora o prestadora del seNicio · d) Oro amonedado o en barras de "buena entre~ ga_" y oro acuñado y certificado por entidades of1c1ales; e) Monedas metálicas (incluídas las de materiales preciosos), que tengan curso legal en el país de emisión o cotización oficial· f) El ª9'!ª ordir:,aria natural y la venta a lo; consumidores finales de pan común, leche fluida o en polvo entera o descremada, sin aditivos y de especialidades medicina/es para uso humano; con las limitaciones que establezca el Poder Ejecutivo Nacional. Tratándose de las locaciones sindicadas en el inciso c) del artículo 3 º, la exención sólo alcanza aquellas en las que la obligación del locador sea la entrega de una cosa mueble comprendida en el párrafo anterior. La exención establecida en este artículo no será procedente cuando el sujeto responsable por la venta o la locación, la realice en forma conjunta y complementaria con locaciones de servicio gravadas. Asimismo estarán exentos df!f impuesto de e_sta ley los seNicios de provi~1on eje agua comente, c~oac~s y de desagües, mclu1dos el desagote y l!mp,eza de pozos ciegos".

LA ACTIVIDAD DE LOS PROFESIONALES QUE iNTERVIENEN EN LA CONSTRUCCIÓN Entramos a considerar las modificaciones en todo lo que afecta a los profesionales que intervienen en la construcción. El artículo 3 2 ) de la ley base, con las modificaciones establecidas por la comentada ley 23.349, queda redactado en la siguiente forma: . Art. 3º) Se encuentran alcanzadas por el impuesto df! esta ley las obras, las locaciones y las prestaciones de servicios que se indican a continuación: a) los trabajos realizados directamente o a tré}l_vés de terceros sóbre inmuE!ble ajeno, entend,endose como tales las construcciones de cualquier naturaleza, las instalaciones -civiles, comerciales e industriales- las reparaciones y los trabajos de mantenimiento y conservación. La ~nstalación de viviendas prefabricadas se eqU1para a trabajos de construcción; b) Las obras efectuadas directamente o a través de terceros, sobre inmueble propio; c) la elaboración, construcción o fabricación de una cosa mueble aún cuando adquiera el carácter de inmueble por accesión por encargo_de un tercero, con o sin aporte de materias p,:,_mas, ya sea quf: la mis_ma suponga la obtenc,on del producto fmal o simplemente constituya una etapa en su elaboración, construcción fabricación o puesta en condiciones de utiliza~ ción. Lo dispuesto en este inciso no será de aplicación en los casos en que la obligación del


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CPAU locador sea la prestación de un servIcI0 no gravado que se concreta a través de la entrega de una cosa mueble que simplemente constituya el soporte material de dicha prestación. El decreto reglamentario establecerá las condiciones para la procedencia de esta exclusión. d) la obtención de bienes de la naturaleza por encargo de un tercero; e) las locaciones y las prestaciones de servicios en la planilla anexa al presente artículo en cuanto no estuvieran inc/uídas en los incisos precedentes. A su vez la planilla anexa al artículo tercero menciona como locaciones y/o prestaciones de servicios gravadas en un total de veinte apartados, las siguientes: Apartado 9: De decoración de viviendas y de todo otro inmueble (comerciales, industria/es, de servicio, etc.). Apartado 1O: Destinados a preparar, coordinar o administrar los trabajos sobre inmueble ajeno contemplados en el inciso a) del artículo 3º, en tanto se vinculen a los mismos en la forma que establezca la reglamentación. Menciono a título ilustrativo lo enunciado en el apartado 20, inclu ído por la reciente reforma, cuyo poder abarcativo y lo ambiguo de su redacción hizo que, expresamente, quedara en suspenso, hasta que el Poder Ejecutivo remita al Congreso un proyecto de ley aclaratorio sobre servicios gravados y exentos. Apartado 20: "Toda otra prestación o locación a título oneroso que proporcione a la otra parte una ventaja o provecho que constituya la causa de la contraprestación, incluídas las cesiones temporales o definitivas de intangibles, las locaciones y prestaciones no comprendidas en los apartados anteriores o exceptuadas en ellos". De mantenerse este ítem así redactado, ninguna locación de obra ni de servicios estaría exento. Retomando lo específico atinente a los profesionales que intervienen en la construcción, al suprimirse como exención el inciso f) del artículo 12 , de la ley ("la aplicación de honorarios según arancel profesional") vuelve a estar gravado el ejercicio profesional en tanto se refieran a los apartados 9 y 1o mencionados de la planilla anexa al artículo 3 2 y transcriptos más arriba. El proyecto, antes de su sanción, llamaba a su título V: Pequeños Responsables. Al promulgarse la ley 23. 765 se cambió la denominación del título V por la de "Responsables no inscriptos". Veamos a quienes la ley considera como tales : en nuestro caso específico a los locadores de locaciones gravadas que en el año calendario inmediato anterior al período fiscal de que se trata hayan realizado operaciones gravadas, exentas y no gravas por un monto que no supere lasumade TREINTA MILLONES DE AUSTRALES . En este caso pueden "optar" por no inscribirse como responsables o, en su caso, sol icitar la cancelación de la inscripción , asumiendo la calidad de RESPONSABLES NO INSCRIPTOS. El monto de A 30.000.000,- al igual que el monto de las operaciones de cada uno de los meses del año calendario computable, se actualizarán, aplicando el índice de actualización de la D.G.I. , referido, respectivamente al mes de diciembre de 1989 y a cada uno de ellos, de acuerdo con lo que indique la tabla elaborada

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por la Dirección General Impositiva para el mes de diciembre de cada año. Ahora bien, los responsables inscriptos que efectúen ventas o locaciones comprendidos en el inciso c) del articulo 3 2) a responsables no inscriptos, además del impuesto originado por tales operaciones deberán liquidar el impuesto que corresponda al comprador o locatario, aplicando la alícuota del impuesto sobre el 20% del precio neto de la venta o la locación. (Alícuota establecida 13% - Adicional 2,60%). Como el profesional que interviene en la construcción adquiere el carácter de sujeto del impuesto por estar comprendido en el inciso del articulo 3 2) , no debe efectuar esa facturación adicional al Responsable no inscripto. NACIMIENTO DEL HECHO IMPONIBLE El artículo 5 2 de la ley del gravamen establece cuando se perfecciona el hecho imponible. En la actividad de nuestros profesionales, las menciones que se ajustan a dicho perfeccionamiento son las siguientes: A) inciso b) en el caso de prestaciones de servicios y de locaciones de obras y servicios, en el momento en que se termina la ejecución o prestación o en la percepción total o parcial del precio, el que fuera anterior excepto: - que las mismas se efectuaran sobre bienes, en cuyo caso el hecho imponible se perfeccionará en el momento de la entrega de tales bienes o acto equivalente, configurándose este último con la mera emisión de la factura. Se considerarán como actos equivalentes a la entrega del bien o emisión de la factura respectiva a las situaciones previstas en los apartados 1º), 3º), 4º) y 5º) del artículo 463 del Código de Comercio. A título informativo paso a enunciar qué dicen dichos incisos y cómo comienza el artículo: Art. 463: Se considera tradición simbólica, salvo la prueba contraria en los casos de error, fraude o dolo: inciso 12 ): La entrega de las llaves del almacén, tienda o caja en que se hallan la mercadería u objeto vendido. inciso 3º): La entrega o recibo de la factura sin oposición inmediata del comprador. inciso 4 2 ) : La cláusula: por cuenta puesta en el conocimiento o carta de porte, no siendo reclamada por el comprador dentro de 24 horas, o por el segundo correo. inciso 5º): La declaración o asiento en el libro o despacho de las oficinas públicas a favor del comprador, de acuerdo de ambas partes. Retomemos las demás situaciones en las cuales se perfecciona el hecho imponible: B) inciso c) en el caso de trabajos sobre inmuebles de terceros, en el momento de la aceptación del certificado de obra parcial o total, o en el de la percepción total o parcial del precio o en el de la facturación, el que fuere anterior. C) inciso e) en el caso de obras realizadas directamente o a través de terceros sobre inmuebles propio, en el momento de la transferencia a títu lo oneroso del inmueble, entendiéndose que ésta tiene lugar al extenderse la escritura traslativa de dominio o al entregarse la posesión, si este acto fuese anterior. Cuando


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se trate de ventas judiciales ~r subasta pública, la transferencia se considerará efectuada en el momento en que quede firme el acto de aprobación del remate . Cuando la realidad económ ica indique que las operaciones de locación de inmuebles con opcion a compra configuran desde el momento de su concertación la venta de las obras a que se refiere este inciso, el hecho imponible se considerará perfeccionado en el momento en que se otorgue la tenencia del inmueble, debiendo entenderse que el precio de la locación integra el de la transferencia del bien .

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EJEMPLOS SOBRE FORMALIDADES A CUMPLIR EN LA FACTURACIÓN a) Facturación de responsable inscripto a otro responsable inscripto

Factura 001 Lugar y fecha N 9 de inscripción ambas partes (Demás datos comunes en la confección de facturas) Por honorarios A 100.000,correspondientes a l. V.A. 13% 13.000,A Total: A 113.000,-

CONCLUSIONES Con la sanción y promulgación de la ley 23. 765 la actividad del profesional que interviene en la construcción vuelve a estar gravada en tanto y cuanto se vincule a los apartados 9 y 1O de la planilla anexa al artículo 3 2 , cualesquiera fuese el monto de los honorarios pactados : mínimo, según arancel profesional o superior. (Esta situación puede ser modificada por la redacción definitiva que se otorgue al apartado 20. Es decir puede estar gravado todo ejercicio profesional además del vinculado a los apartados 9 y 1Oo puede quedar totalmente exento el ejercicio profesional). Seguiremos comentando lo aplicable hoy: 22/1/1 990, a pocos días de tener vigencia el nuevo régimen del LV.A. Solamente quedarían exentos de las formalidades que impone el tributo, aquellos profesionales que adquieran el carácter de RESPONSABLES NO INSCRIPTOS. En este caso no pueden ni deben adicionar a los honorarios pactados ningún importe discriminado en concepto de impuesto al valor agregado . Para todos los demás se vuelve a la necesidad de cumplimentar los requisitos formales de registro de operaciones que se facturen con datos del locador, discriminación del l. V.A., etc. que confrontado con el l. V.A. que a su vez se les facture por el ejercicio de la actividad profesional determinará un saldo de débitos fiscales menos créditos fiscales. Cuando los primeros superen a los segundos hay que ingresar el saldo en forma mensual. Cuando la situación sea inversa queda un saldo a favor a computar para la declaración del mes siguiente. La adquisición de bienes de uso para el ejercicio profesional, en lo referente al impuesto que les hubieren facturado, se considera en el período en que se realizó la operación . Es decir no se separa en 2 ó 3 cuotas anuales como ocurría hasta hace poco .

ALICUOTA APLICABLE La reforma habla de una alícuota uniforme del 13%. La diferencial de la mitad de la alícuota que se aplicaba en la construcción no existe más.

b) Facturación de responsable inscripto a responsable no Inscripto Por aplicación del complemento agregado a la ley del gravamen por la ley 23.765 también debe discriminarse.

Factura 002 N 9 Inscripción del locador (Demás datos comunes a la confección de facturas) Por honorarios correspondientes a A100.000,l. V.A. 13% Total:

A A

13.000,113.000,-

c) Facturación de responsable Inscripto a consumidor fina/o a sujetos cuya actividad esté exenta.

Factura 003 ... etc. Por honorarios A correspondientes a Total: A (El l. V.A. va incluído en el precio)

113.000,113.000,-

d) Facturación de responsables no inscriptos Por una incorporación que efectúa la ley 23.765 a continuación del art. 38 se establece que: Los responsables no inscriptos no podrán discriminar el impuesto de esta ley en las facturas o documentos equivalentes que emitan. Además los responsables no inscriptos serán considerados consumidores finales en relación con los bienes de uso que destinen a su actividad gravada, entendiéndose por bienes de uso aquellos cuya vida útil, a efectos de la amortización prevista en el impuesto a las ganancias, sea superior a dos años . Esta comunicación será complementada en la medida que aparezcan leyes y/o reglamentaciones modificatorias, aclaratorias o ampliatorias e igualmente cuando se dicten otras normas sobre el particular.


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1COLAB~RACION

Buenos Aires, ¿ciudad de segunda?

Por el

Arq. Carlos H. Rivarola·

D esde hace ya varios años he venido observando un factor altamente perturbador en cuanto es deformante de nuestra profesión y atentatorio de la calidad de la ciudad. Como un mal que avanza dentro de la estructura en que se mueve la mayoría de los arquitectos -así como una metástasis- el elemento perturbador es el deterioro progresivo del antiguo principio "tripartito" del desarrollo de una obra privada, desde la mediana vivienda individual hasta los grandes edificios. Me refiero al dueño o comitente, al arquitecto y al constructor como las tres figuras clásicas intervinientes en todo edificio . Especialmente en el caso de éste último, no obstante subsistir las escuelas técnicas que les enseñan el oficio, muchos de ellos hacen mal lo que no saben ni deben hacer, en lugar de hacer lo que aprendieron a bien hacer. Ocurre entonces una inconveniente confusión de roles entre los unos y los otros que terminan por entrar en campos que no son precisamente los suyos, o que no deben ser los suyos. Los técnicos constructores y los maestros mayores de obra -designaciones correctas que no precisan aclaración- ocuparon el campo de los arquitectos y fueron autorizados para proyectar edificios con ciertas limitaciones decididamente extravagantes. En tanto los arquitectos, por su parte, colaboraban a esta confusión usando el nombre de constructores sin serlo realmente y , en la mayoría de los casos, firmando planos como tales sin el menor reparo en los principios éticos, y acometiendo de cualquier manera la tarea que les había sido encomendada de buena fe. Es verdad que por razones cuasi normales de la extinción de las especies - los ecólogos nunca se preocuparon de este tema- los primitivos constructores de Italia a principios de este siglo y afincados en esta tierra, habían ido mermando por la acción del tiempo, cuyo mayor entrenamiento es ir cambiando la cosas, y el sentido de las cosas, lenta pero persistentemente. Muchos de aquellos viejos constructores que aprendieron su oficio -en una especie de autodidactismo- fueron luego perfeccionados por los buenos arquitectos también importados de Francia y de Italia, a los que acompañaron y continuaron los antiguos arquitectos autóctonos, tal vez favorecidos o ayudados por la categoría social y económica de sus clientes. Tengo en la mente al decir esto muchos nombres ilustres que han dejado - en los edificios que les subsistieron- una impronta que la nueva Buenos Aires se obstina en desalojar de su seno para dar lugar a otros emprendimientos que ... digamos que es el "desarrollo urbano" benévolamente calificado. Así fue como a su lado se formaron los mejores capataces que con el tiempo serían también los mejores constructores. Pero ¿cuántos eran y cuántos quedaron? El tiempo impertérrito se los fue llevando, pero no sin que las nuevas generaciones que de ellos nacieron fueran impulsadas por el orgullo paterno

para hacer estudios que reemplazaran a los "trabajos prácticos" que los padres habían hecho. La población de la ciudad crecía y había que dotarla de nuevos constructores con títulos y diplomas habilitantes. Y entonces fueron esos nuevos institutos quede buena fe agregaron las "nociones" de arquitectura imprescindibles para saber entender los planos que proyectaban los verdaderos arquitectos. Y solamente eso. Entender los planos y proyectos y no hacerlos por su cuenta. A eso tendía su instrucción. Pero el diablo metió la cola haciendo lo suyo, insuflando en ellos -tal vez impelidos por sus propios arquitectos profesores- el irresistible deseo de ser también autores de "proyectos " que ofrecían la "ventaja" de hacer al mismo tiempo el papel de constructores para el que habían sido entrenados. Comenzaba el desbarajuste, el deterioro , la enfermedad que se propagaba rápidamente. Ellos, hijos o nietos de constructores, encontraron sus posibilidades en una franja de la población que subía en la escala económica sin necesitar otra instrucción que la de saber trabajar fabricando o comprando a dos pesos lo que luego venderían a cuatro. ¿Qué hacían mientras tanto los arquitectos? Miles de ellos provenían de esa misma franja de la sociedad que crecía en número y en poder adquisitivo. Obviamente que allí también estaba su mercado. Pero ese mercado era "territorio" de los técnicos y de sus perniciosos manejos de las cosas. Los arquitectos no tuvieron más remedio que entrar en ese mismo juego competitivo en el cual a veces salían perdedores porque los dueños del dinero entendían, o se le sabía hecho entender, que el gasto del honorario del arquitecto era un lujo innecesario. Por supuesto que su única defensa era decir a los nuevos dueños que ellos también podían ser constructores por el solo hecho de ser arquitectos. Así lo disponían los códigos municipales que fueron entonces los responsables del deterioro: si por un lado permitieron a los técnicos proyectar edificios, por el otro empujaron a los arquitectos a que firmasen como constructores sus propias obras. Y así apareció ese híbrido de arquitecto-constructor y de técnico-proyectista que ha hecho de Buenos Aires, en muchos de sus barrios, una ciudad "de segunda". Lamentable y pertinaz error que costará mucho desarraigar pues los "derechos adquiridos" aumentan con el correr del tiempo y en este país son sagrados, a pesar de tener esa peligrosa condición de ciertas plantas que crecen en tal forma que pueden ahogar al árbol al que se adhieren. Y la única culpable de ese error es la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. Ahora tenemos nuevos ediles y nuevas autoridades ejecutivas. ¿Serán capaces de encauzar las cosas de modo que no sigan "progresando" esos barrios de segunda y que cada cual haga bien su rol en esta importante y desordenada industria de la construcción? He dicho, y creo tener razón , que la Municipalidad es la responsable de la actual situación cuyo peligro -€n su ámbito- está a la vista del público. En efecto, desde tiempos muy lejanos el Gobierno Municipal es quien dicta los reglamentos y códigos de la edificación, y son sus normas - que exceden su poder de policía- , las que crean incumbencias y determinan quienes pueden hacer unas cosas y quienes otras. Este es un pecado original ya que avanzan sobre


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campos que pertenecen a estratos institucionales más elevados, como las universidades o el Ministerio de Educación o Instrucción Pública, o como se llame según la variedad de los gobiernos de turno. La construcción es una actividad eminentemente industrial, comercial y técnica. Y esta es la verdad a la que debemos atenernos. Los arquitectos, individualmente, pueden proyectar y dirigir solos o con el asesoramiento de otros profesionales especializados , cualquier clase y tamaño de edificios. Pero, sin una organización empresarial , aún pequeña, no pueden ser constructores. No interesa que el titulo de arquitectos les habilite para ello ni que la Municipalidad les otorgue un carnet de "constructor de 1ra . categoría" por el solo hecho de ser arquitectos, sin ninguna otra exigencia de carácter industrial, económica o técnica. Y esto va también para los ingenieros que, al igual que los arquitectos y en razón de esas disposiciones municipales firman como constructores sin serlo de verdad. Por nuestra parte, el CPAU , desde hace varios años no certifica encomiendas de proyecto y dirección cuando en ellas viene agregada la tarea de "construcción". Recuerdo que se comunicó entonces al Intendente Municipal que el Consejo no asumía la responsabilidad de avalar una actividad que, para ejercerla debidamente, requería condiciones de otro carácter, no necesariamente de las profesionales liberales . Por su parte, los maestros de obra y los técnicos constructores fueron enseñados expresamente para construir, y nada se les puede decir si a ello se dedican. Pero, tal como ocurre con arquitectos e ingenieros, no basta con dominar la técnica. También ellos necesitan la organización empresaria, el capital, el crédito, además de cumplir con todas las disposiciones y exigencias que requieren las autoridades pertinentes. Y ahora es el momento de explicar la culpa de la MCBA en su falta al poder de policía que debe ejercer sobre las construcciones en los aspectos indelegables que le adjudica su Ley Orgánica. Creo que, en este momento, necesito hacerme una pregunta clave: ¿por qué debe haber diferencias entre las obras públicas y las obras privadas? Para que la ciudad no muestre zonas de segunda es necesario reflexionar sobre las causas de las diferencias. En ambos casos deben los edificios atender a su seguridad, higiene y estética edilicia. También la calidad de las obras tiene un piso del cual no se puede bajar sin afectar la imagen de la ciudad. Y si pensamos que es mucho mayor el número de las obras privadas que el de las obras públicas, la imagen de la ciudad, el patrimonio de la ciudad, lo darán en mayor proporción las primeras que las segundas. Pensemos solamente en las fachadas. En ambos casos, cuando llegan a la línea municipal, o cuando son vistas desde la vía pública, pertenecen más a la ciudad que a sus propietarios. Dejemos en paz a los arquitectos y recordemos lo que antes dijimos con respecto a los "proyectos" que hacen los técnicos sin que esta labor sea de su correcta competencia. He aquí donde aparece el grave error municipal que marca una gran diferencia entre los constructores de las obras públicas y los constructores de las obras privadas. Es cierto que éstos no podrían vivir

CPAU únicamente de las obras públicas y que su actividad en las grandes obras privadas es apreciable y apreciada. Ellos son en verdad los auténticos constructores. Quiero referirme , en cambio, a los "registros" -si puede llamárselos así- de "constructores" de 1ra., 2da. y 3ra. categoría. He revisado el Registro que lleva la Secretaría de Obras Públicas para las obras públicas y he comprobado que al lado de éste, el de las obras privadas es una burla a la ciudad. He dicho ya que para los arquitectos e ingenieros basta con su título profesional. Para los otros-en cambio-ya sean maestros de obra, técnicos constructores, o sucedáneos, el Código de Edificación establece dos categorías (2da. y 3ra.) según sus títulos y los estudios que hayan cursado. Luego de esta breve ubicación, el art. 2.5.6.2. en sus incisos b) y c) distribuye "competencias" entre las que figu ran en primer término las de "proyectar"... edificios de distinto volumen para ambas categorías. En ninguna de ellas se menciona la función de "dirigir" obras; en la cual el art. 2.5.2. tampoco les reconoce atribuciones. El otro aspecto de la cuestión, quizás el más grave, aparece en las "disposiciones comunes" para la "Inscripción de Profesionales y Empresas". Aqu í se encuentra citado el "Registro municipal respectivo" y las condiciones exigidas para la inscripción "para ejercer las actividades que les permita este Código" (sic). Parece superfluo decir que el Código no tiene atribuciones para permitir lo que las incumbencias o alcances de títulos no permiten, salvo las que provienen de su ignorancia de las mismas. Es necesario señalar que aquí no se menciona al "constructor" de ninguna categoría sino al "profesional" o a la "Empresa". Y, sin embargo, este artículo 2.5.9.1. en su inciso b) daría por sentado que un "constructor" es una "Empresa", lo cual, sin querer expresarlo con la precisión que se requiere , coincidiría con nuestro pensamiento y con nuestra propuesta. Pero ... y aquí está clara la diferencia con el "Registro de Constructores de Obras Públicas" ya que sólo se le pide a estas Empresas de obras privadas "El nombre, característica comercial o sigla, adjuntando copia simple autenticada del contrato social vigente", además del nombre del Representante Técnico "agregando copia simple del respectivo contrato de locación de servicios". Y, por supuesto, el "domicilio legal en la Capital Federal". En resumen, el objeto que persigue este trabajo es el de que cada parte resigne aspectos de las tareas para los cuales no están naturalmente capacitados. En cuanto a los arquitectos e ingenieros que en realidad se dedican a la construcción o quieran hacerlo, les será fácil su inscripción en el nuevo Registro , pues lo que se quiere evitar es que cualquier arquitecto o ingeniero, con la sola presentación de su carn et o diploma pueda, en forma automática como es ahora, inscribirse como constructor solamente para llenar la formalidad de firmar un plano. Y el segundo objetivo, no menos importante, es el de fomentar entre los técnicos la posibilidad de llevar adelante una profesión para la cual se les reconoce el mérito de sus estudios. Todo ello será en beneficio de ambas partes y, finalmente, de toda la ciudad.

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• Es secretario técnico de este Consejo desde 1975, fecha en que se creó la Secretaría correspondiente. Hasta ese momento se desempeñó como asesor técnico, designado por concurso de antecedentes en mayo de 1969.


CPAU

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INuMEROS

INDICE

Número 1 Año 1990 1

Variación de Precios - INDEC Mes

Consumidor

Mayoristas nivel general

Base 100 =1988

variación

Base 100 =1981

variación

Enero 1989

147,35

8,9

2.862.595,9

6,9

Febrero

216,52

9,6

3.103.311,4

8,4

Marzo

253,34

17,0

3.689.952,0

18,9

Abril

337,88

33,4

5.829.773,2

58,0

Mayo

603,01

78,5

11 .91 9.608,6

104,5

Junio

1.293,30

114,5

27.829.679,6

133,5

Julio

3.836,3

196,6

86.023.640,1

209,1

Agosto

5.288 ,8

37,9

93.311 .297,9

8,5

Septiembre

5.783,6

9.4

95.646.495,8

2,5

Octubre

6 .107,2

5,6

97.106.578,5

1,5

Noviembre

6.505,4

6,5

98.845.768,7

1,8

Diciembre

9 .112,3

40,1

146.859.751 ,9

48,6

16.329,6

79,2

237.527.251 ,0

61 ,6

Enero 1990 Febrero

26.383,8

61 ,6

444.135.802, 1

87,0

Marzo

51 .587, 1

95,5

763.651.342,0

71 ,3

Costo de la construcción - INDEC Niveles (1980=100)

General

Mes

Variación %

Materiales

Variación%

Mano de obra

Variación % Gastos Generales Variación %

Ene. 89

4.690.382, 7

3,2

5.019.917,9

6,0

4.143.413,8

3,8

4.129.448,0

6,4

Feb.

5.142.540, 1

9 ,6

5 .560.402,3

10,8

4.435.834,6

7, 1

4.493.204,6

8 ,8

Mar.

5.925.550,5

15,2

6.527.276,0

17,4

4.886.401 ,9

10,2

5.094.925 ,8

13,4

Abr.

9.131 .138,4

54,1

10.681 .427,2

63,6

6.379.775,2

30,6

7.370.612,9

44,7

14.742.490,5

100,0

May.

19.205.711 ,6

110,3

23.385.350,5

118,9

11 .737.018,8

84,0

Jun .

44.963.630,7

134,1

52.096.544,6

122,8

32.972.725,5

180,9

34.424.717,2

133,5

Jul.

147.680.478,2

228,4

176.188.768,4

238,2

92.277.081 .4

179,7

132.837.251,7

285 ,9

Ago.

149.818.009,9

1,4

179.992.627,5

2,5

91 .614.308,8

-0,7

132.666.665,6

-0, 1

Sep.

150.681 .292,7

0,6

180.783.594,7

0,4

92.507.478,0

1,0

133.939.033,2

1,0

Oct.

157.363.885,4

4,4

178.750.319,8

-1, 1

117.668.860,0

27,2

138.692.479, 1

3,5

Nov.

165.525.487,9

5,2

182.063.508, 1

1,9

136.385. 152,2

9,6

144.715.144,3

4,3

Dic.

280.981 .902,7

69,8

305.280.737,0

67,7

235.985.603,5

22, 1

239.638.357,7

65,6

Ene. 90 393.044.034, 1

40,6

452.953.488,6

48,4

287.053.874 ,8

21 ,6

323.065.449,2

34 ,8

Feb.

762.719.346,7

94,1

891 .375.134,5

97,0

531 .193. 125,7

85,0

620.565.613,4

92,1

Mar.

1.188.759.764,4

55,9 1.442.033. 792,5

61 ,6

705.594.453,8

32,8 1.026.921 .171,7

65,5


CPAU

Número 1 Año 1990

Costo de la Construcción - CAC Mes

Página 29

[Niveles (1981= 100)]

Construcción

Variación%

Materiales

Variación%

Mano de obra

Variación%

Ene. 89 Feb. Mar. Abr. Mayo Jun. Jul. Ago. Sep . Oct. Nov. Dic.

3 .572.979,8 4.212.982,1 5.038.942,8 11.596.880,7 34.443.857 ,4 100.219.487,0 130.517.370,0 100.769.574,0 91 .902.417,0 100.597.1 59,0 114.837.451,0 249.711 .935,0

7 ,4 17,9 19,6 130,1 197,0 191,0 30,2 -22,2 -8,8 9 ,5 14,2 117,4

4.319 .140,0 5.234 .143,4 6.352.834,6 19.094.272,9 59.907 .068,3 189.447.597,0 212.279 .244,0 158.472.645,0 143.619.625,0 137.229.356,0 146.066.726,0 352.371.989,0

7,9 21,2 21,4 200,6 213,7 216,2 12,1 -25,3 -9,4 -4,4 6,4 141,2

3 .075.341,6 3.518.997,8 4.171.253,0 6 .369.693 ,2 18.182.129,8 45.337,949,0 80.360.499,0 62.795.614 ,0 56.794.725,0 75.569.354 ,0 93.731.507,0 182.025.638 ,o

6,8 14,4 18,5 52,7 185,4 149,4 77,2 -21,9 -9,6 33,1 24,0 94,2

Ene.90 Feb. Mar.

482.149.493,0 811.484.386,0 1.438.317.591 ,0

93,1 68,3 77,2

692.998.752,0 1.256.457.415 ,0 2.308.861 .305,0

96,7 8 1,3 83,8

346.998.752,0 507.762.464,0 872.507 .396 ,o

90,4 46,5 71,8

Precio Unitario de la Construcción A/m2 Mes Enero 1989 Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto

Revista Vivienda

Revista Propiedades

5 .037,00 5.531,72 6 .544 ,02 9 .824,86 19.890,91 46.428,55 142.062,1 0 247.436,20

6 .349,00 7.055,20 8.282,10 11 .649,60 25.279,50 50.1 90,40 175 .500,0 195.322,90

Mes

Revista Vivienda

Revista Propiedades

Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

238.469,9 238 .090,1 0 242.439,60 315 .535,00

196.300,00 208.564,60 240.057,80 344.297,90

Enero 1990 Febrero Marzo

514 .190,20 822.21 1,0 1.290.466 ,0

567.777,20 1.137.747,50 1 .649.650,00

Ley 21.165 - Coeficiente - 1er. Semestre 1990= 20.768,19 Ejemplo para la tabla corregida del art 77º. Tasaciones estimativas Estimativas

y ord1nanas (Expresada en Australes y ajustada de acuerdo con el 3er. párrafo del Art. 2; del Decreto 1096185) (La presente tabla se adapta a la del artículo 88º)

Honorario Parcial

%

Tipo de Tasación : Urbanas y Suburbanas Honorario Mlnimo

Ordinarias (utHizable para el articulo 88º) Honorario Acumulado

%

20.768, 19

10.384.095 Hasta 10.384.095 a De De 20.768.190 a 103.840.950 a De 207.681 .900 a De De 1.038.409.500 a De 2.076.819.000

20.768.190= 103.840.950= 207.681 .900= 1.038.409.500= 2.076.819.000=

10.384.095 83.072.760 103.840.950 830.727.600 1.038.409.500

0,40 0,30 0,25 0,20 0,15 0,10 0,05

41 536,38 31 152,28 207.681 ,90 207.681 ,90 1.246.091,40 1.038.409,50

Honorario Parcial

Honorario Acumulado

83.072,76 41.536,48 72.688,76 280.370,66 488.052,56 1,734.143,96 2.772.553,46

2 1,75 1,50 1,25 1 0,75 0,50

207.681 ,90 181 .721,66 1.246.091 ,40 1.298.011 ,87 8.307.726,00 7.788.071 ,25

207.681 ,90 389 403,56 1.635.494,96 2.933.506,83 11 .241 .232,83 19 029.304,08

Procedimiento: Ejm . Valor de Tasación : 200.000 .000 (Más de 103.840.950 y menos de 207.681 .900) Tipo estimativo

donde acumulado hasta excedente

103.840.950

Tipo ordinario

280.370,66

96159050

0 ,20%

192 318 10

200.000.000

Totales:

472.688 ,76

1.635.494,96 1,25%

l 201,988 12 2.837.483,08

Tabla de coeficientes para el cálculo de honorarios ("ARANCEL MEPA") Ley 21 .165

1er. Semestre

2do. Semestre

Ley 21.165

1er. Semestre

1975 1976 1977 1978 1979 1980 1981 1982

819,4 3 .668,1 9 .553,2 25.778,8 61 .801,1 115.959,6 268.185,7

302,7 2 .253,1 5.607,0 16.190,0 42.237,2 87.699,9 170.428,2 383.402,6

1983 1984 1985 1986 1987 1988 1989 1990

830.662,6 4.443.269,6 34.932.708 ,7 169.569.566,9 308.457 .975,6 84 ,76 413,40 20.768,19

2do.

Semestre 1.686 .682,3 11 .479.883,0 141 .080 .388,0 211 .763 .278,3 44,46 187,50 2 .947,61


CPAU

Página 30

Número 1 Año 1990

r cosTos DE oeRA En esta secc1on comenzamos a publicar la incidencia porcentual por rubro en cada tipo de edificio. Agradeceremos a aquellos profesionales que puedan aportar otros ejemplos, que nos los hagan llegar, a fin de organizar un banco de datos para información de la matrícula.

Vivienda privada Ubicación : área metropolitana Número de pisos: planta baja y alta Superficie cubierta: 400 m2. Precio: A 196.500.- por m2. a septiembre 1989

Porcentaje de incidencia de los rubros

%

1 - albañilería y anexos 2 - entrepiso, tabiques P.A. , techado 3 - instalaciones sanitarias 4 - instalaciones eléctricas 5 - instalaciones termodinámicas 6 - carpintería de aluminio 7 - carpintería de madera 8 - herrería 9 - vidrios y espejos 1O - pisos, revestimientos, artefactos 11 - mármoles 12 - pintura

29,02 19,44 5,69 4, 18

3,31 5,44 8,52 2,36 4,49

13,50 0,93 3,12

100,-

Edificios en torre, departamentos de más de 4 ambientes Ubicación: Capital Federal Tipo de edificio: perlmetro libre N2 de pisos: 25 Subsuelos: 3 Superficie cubierta: 21.300 m2 Costo: A 1.782.000/m2 a abril 1990

Porcentaje de incidencia de los rubros

1 - instalaciones obrador 2 - excavaciones 3 - submural 4 - estructura hormigón armado 5 - tanques de agua 6 - cerramiento exterior horm. arm. 7 - mampostería y conductos 8 - contrapisos 9 - carpetas 1O - a1slaciones hidrófugas 11 - aislación termo-hidrófuga azoteas 12 - revoques 13 - revestimientos 14 - mesadas granito para bachas 15 - cielorrasos 16 - pisos , zócalos, escaleras 17 - carpintería metálica 18 - carpintería de madera 19 - muebles de cocina bajo mesada y alacenas 20 - cortinas de enrollar 21 - vidrios y cristales 22 - pintura 23 - instalación sanitaria 24 - artefactos sanitarios 25 - instalación de gas p/anafe y quemadores 26 - instalación anti-incendio 27 - instalación calefacción p/losa radiante y generación agua caliente 28 - instalaciones eléctricas 29 - instalación ascensores 30 - ayuda de gremios

% 2,5

0,5 1,0 15,0

0,5 5,5 4,0 2,0

1,0 1,0

0,5 3,5 3,5 1,0 2,0 8 ,0

5,0 4,5

3,5 2,0 1,5

3,0 7,5

3,0 0,5

0,5 4,0 4,0 7,0 2,5 100.-


CPAU

Número 1 Año 1990

Edificio de departamentos medianos Ubicación: área metropolitana Tipo de edificio: entre medianeras N2 de pisos: 7 Superficie cubierta: 1.477 m2. Costo: A 189.950/m2. a julio de 1989 Porcentaje de Incidencia de los rubros 1 2 2 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31

Derecho de Construcción Ensayo de Suelo Excavación Agua de Construcción Fuerza Motriz Recálculo HA Estructura - Mat. - Mo. l. Eléctrica - Mal. - Mo. l. Calefacción - Mat.+ Mo. - Calderas l. Sanitaria - Mal. - Mo. l. Gas - Mat. - Mo. Albañilería - Mat. - Mo. Carpintería Metálica Herrería Yesería Cubiertas Carpintería Madera Cortinas de Enrollar Muebles de Cocina Ascensores Vidrios Herrajes Pintura Hornos/ Anafes/ Calef. Jardinería Fletes Artef. llum. / Matafuegos Mármoles / Mesadas Pisos y Revest. Esmalt. Parquet Seguros

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Edificios en torre, oficinas de buen nivel Ubicación: Cap ital Federal Tipo de edificio : perímetro l ibre N2 de pisos: 28 Subsuelos: 3 Superficie cubierta : 32.380 m 2 Costo : A 2.300.000/m 2 a abril 1990

% 0.10 0.40 0.25

0.30 0.50 8.25 8.10 2.00 1.40 3.20 2.40 7.50 4.10 0.80 0.85 7.00 7.00 4.70 1.00 3.90 0.40 1.90 2.00 2.70 3.50 0.90 0.40 3.90 0.80 0.20 0.20

Porcentaje de incidencia de los rubros 1 - instalaciones obrador 2 - excavaciones 3 - submural 4 - estructura hormigón armado 5 - tanques de agua 6 - cerramiento exterior horm. arm. 7 - mampostería y conductos 8 - contrapisos 9 - carpetas 10 - aislaciones hidrófugas 11 - aislación termo-hidrófuga azoteas 12 - revoques 13 - revestimientos 14 - mesadas granito para bachas 15 - cielorrasos 16 - pisos, zócalos, escaleras 17 - carpintería metálica 18 - carpintería de madera 19 - vidrios y cristales 20 - pintura 21 - instalación sanitaria 22 - artefactos sanitarios 23 - instalación de gas p/anafe y quemadores 24 - instalación anti-incendio 25 - instalación aire acondicionado 26 - instalaciones eléctricas 27 - artefactos de iluminación 28 - instalación ascensores 29 - ayuda de gremios

% 2,0 1,0 1,0 22,0 0,5 5,5 0,5 1,5 0,5 0,5 0,5 1,0 1,5 0,5 3,0 2,0 5,5 0,5 2,0 1,0 2,5 0,5 0,5 3,5 13,0 8,0 4,0 13,0 2,5 100.-

o.so

0 .45 1.00 1.85 0.40 100.00

Edificio en subsuelo destinado a cocheras Ubicación : Cap ital Federal N 'de subsuelos: 2 Superficie cubierta: 30.000 m2 Costo : A 812.000/m 2 a abrll 1990 Porcentaje de incidencia de los rubros

%

1 - instalaciones obrador 2,5 2 - excavaciones 8,0 3 - submural horm. arm. 7,0 4 - estructura horm. arm . 45,0 5 - aislación hidrófuga paramentos en contacto con suelo 1,5 6 - revoque paramentos 1,5 7 - solado, rampa , escalera 12,0 8 - portón de cierre 1,O 9 - pintura 1,5 1O - desagüe de piso 1,5 11 - instalación anti-incendio: a) bocas incendio 2,0 b) rociadores 5,0 1,5 12 - extracción de aire 13 - instalación eléctrica: iluminación, artefactos, fuerza motriz, semáforos rampas 7,0 14 - ayuda de gremios 3,0 100.-


CPAU

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Número 1 Año 1990

URISPRUDENCIA ---- - ---·-

Prescripción "La numeración que precede a cada extracto de fallo corresponde al capítulo "Prescripción" dela publicación de La Ley 'Actualización de Jurisprudencia' Tomo n2 5".

(95) La expresión "demanda" que contiene el artículo 3986 del Código Civil no tiene el sentido estricto con que se la emplea en el derecho procesal, sino que comprende todas aquellas peticiones judiciales que importen una clara manifestación de voluntad del acreedor de mantener vivo su derecho. (CNCiv., sala A. febrero 28-1974- Castro de Vial Monorina l., suc.) Rep. La Ley XXXIV, 1215, sum.41 . ( 11 O) La prescripción de las acciones personales comienza su curso desde que el crédito existe y puede ser exigido. (Disidencia del doctor Cichero). (CNCiv. sala E, agosto 11-1976- Compañía Asegu radora Argentina de Seguros Generales c.Vicino, José y/u otros) Rev. La Ley , 1976-0 , 475. ( 141 ) Aunque en la demanda se hable de filtraciones de agua, grietas, etc., debe entenderse que para el actor, a los fines del cómputo del plazo del art. 4041 del Código Civil, se pone de evidente manifestación, en cuanto a las proyecciones que pudieran asumir a su entender, para incidir sobre la estabilidad del edificio, luego de que por pedido de un propietario del mismo, intervienen en él agentes municipales que ponen de relieve fallas sin perjuicio de las causas efectivas que las producen. (CNCiv. , sala D, septiembre 15-1976- Tarino S.A. c. Torre Melián, Soc. en Com. por Accs.) Rev. La Ley, 1977-A, 301. ( 142) El curso de la prescripción de la acción redhibitoria comienza en principio, cuando los vicios se ponen de manifiesto o cuando el comprador tiene o puede tener conocimiento de ellos, por lo que en el caso particular el término debe computarse recién desde que los demandados tomaron conciencia de la gravedad de los vicios (en el caso se reconvino por vicios redhibitorios-agrietamiento paulatino provocado por haber cedido una columna- de una casa de departamentos, en la demanda por rescisión del boleto de compraventa, por falta de pago de uno de ellos). (CNCiv. sala C, agosto 26-1974-0'Higgins, Soc. en Com. por Acc,s. c. González, Nelson y otra) Rev. La Ley, 1975-A,518.

(223) La promoción del interdicto de obra nuevo no interrumpe la prescripción de la acc,ión por daños y per¡uicios pues se traba de dos acciones independientes, con distinta finalidad y sin que exista prejudicialidad de una respecto a la obra. (CNCiv., sala C, agosto 28-1974Dalessandro, Vicente c. Banco de la Provincia de Buenos Aires) Rep. La Ley XXXVI, 1060, sum. 65-DT. 976-600. (347) Está a cargo de la demandada que hace valer la defensa de prescripción la prueba de que el plazo de la misma se ha cumplido y de que no hubo interrupción de dicho plazo. (SC Buenos Aires febrero 5-1974-Boni de Rosetto, Clorinda, suc.c.Sarmasky, Manuel, suc. Ac.19.499) Rev. La Ley, 156.827 (31.747 S).

(349) Los efectos de la suspensión son: 12 ) paraliza el curso de la prescripción mientras dura (a causa que la motiva (en el caso un año), pero sin afectar para nada el tiempo ya corrido, que continúa siendo útil para la misma y 22 ) cuando la causa de la suspensión cesa, la prescripción se reanuda, el tiempo anterior se aprovecha y ella queda cumplida por el transcurso del tiempo necesario para completar el plazo de duración. (CNFed., sala II civil y com.diciembre 23-1974. Atlantic, Cía. de Seguros c.Elma) Rev. La Ley 1975-8,15. (527) La acción personal por deuda exigible se prescribe a los diez años. (CNEspecial Civil y Com., sala VI, septiembre 30-1974 Mutti, Aron c.Aldao, Carlos A.) Rev. La Ley, 1975-C, 517 (32. 727-S ).

(536) Prescribe a los 1Oaños, como acción personal, la acción de contribución que establece el art. 2126 del Cód. Civil, cuando se trata de cercos o muros de cerramiento forzoso levantados encaballados entre dos heredades, contados desde su construcción. (CNCiv., sala D, diciembre 16-1976-Romani, Julio J.c.Baun, Victoria M. y otros) Rep. La Ley, XXXVII, 1189, sum. 93. (539) En ninguno de los supuestos de los arts. 2725, 2726y2736del Código Civil quien ha construido un muro medianero ocupando terreno vecino, quiere por prescripción la propiedad de éste, aunque prescriba la acción del vecino para cobrarle el valor del terreno ocupado por la pared. (CNCiv. , sala F, mayo 29-1973. Santamaría del Vallo, Carmen C. y otro c. Promovil, S.A.) Rep. La Ley, XXXIV, 1223, sum. 115.



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Tarifa reducida

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Concesiรณn 4328 FRANQUEO PAGADO

Concesiรณn 6110

No encontrรกndose el destinatario se ruega

su devoluclรณn.

Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo Uruguay 840 1015 - Capital TE 812-6573/42-9280

Buenos Aires, junio de 1989 Editado por APE - Ch lle 537, 42 piso Of. 18 - Capital Tirada: 7.100 ejemplares


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