Revista Académica del Centro de Altos Estudios de Justicia Militar
mercenario y éste hubiera ido, este oficial o soldado recibirá la muerte y su reemplazante tomará su casa.” Esta “Justicia Militar” draconiana, se hace también evidente entre los egipcios; por ejemplo, tras la batalla de Qadesh, en mayo de 1247 antes de Cristo, el faraón Ramsés II llevó a cabo el primer antecedente histórico del castigo que más tarde los romanos llamarían “decimatio”, con parte de sus tropas que habían demostrado cobardía. Contando de diez en diez a sus soldados, ejecutó a cada décimo hombre para escarmiento y ejemplo de los demás. El “Poema” que describe la escena dice: “Mi Majestad se puso ante ellos, los conté y los maté uno a uno, frente a mis caballos se derrumbaron y quedaron cada uno donde había caído, ahogándose en su propia sangre...” Entre los griegos y los romanos hay numerosos ejemplos de cómo se castigaba a los integrantes de la milicia. Convengamos entonces, que siendo la disciplina tan esencial para los ejércitos, que han existido desde muy antiguo, es correcto decir que en todo tiempo se han dado normas para su gobierno y por lo menos, desde los romanos, se designaron jueces para juzgar soldados; igualmente, la potestad de la disciplina pasó del prefecto del Pretorio al magister militum, que podemos reconocer con nombres diversos: patrón de soldados, mariscal de campo, generalísimo o capitán general. De esas disposiciones y su desarrollo posterior, surgirá el concepto básico de la corriente del disciplinarismo en la Justicia Militar: “Quién manda juzga” y su condición de “Fuero Privativo”.
II. LA JUSTICIA MILITAR EN LAS ORDENANZAS MILITARES ESPAÑOLAS
Durante la época feudal, fue la nobleza la que poseyó la fuerza militar y con ella un poder determinante. Si bien durante la guerra el rey mandaba el ejército como “Comandante en Jefe”, estas tropas, formadas comúnmente por vasallos, concurrían normalmente a la batalla al mando del señor feudal, quién los armaba, pertrechaba y mantenía su disciplina, con reglas que él mismo dictaba y se retiraban de la contienda cuando su señor lo ordenaba. El rey pagaba estos servicios concediéndoles tierras, hidalguías y nobleza, escudos de armas y blasones, que eran tenidos en gran estima.
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