0146
LA PROFUNDIZACIÓN DE LA CRISIS DE DERECHOS HUMANOS EN HONDURAS DERIVADA DE LA GESTIÓN DEL COVID 19
Recomendaciones A las instituciones estatales: Al Congreso Nacional • Realizar un control parlamentario sobre los decretos de emergencia para la suspensión de garantías constitucionales, los decretos de compras de emergencia y la contratación de préstamos por el Poder Ejecutivo que no reúnen los requisitos establecidos por la Constitución y las leyes hondureñas. • Hacer una revisión de todos los decretos que se han aprobado por el Congreso Nacional en el marco de la pandemia y todos aquellos que no se adecuen con la resolución 1-2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos deben ser derogados o modificados. • Ejercer el control político con base en información científica sobre las medidas que el Poder Ejecutivo está realizando en el manejo de la Pandemia. • Aprobar de manera urgente medidas sociales para garantizar un ingreso mínimo vital a todos los hondureños y hondureñas que no cuentan con recursos económicos para una vida digna. • Ejercer el control político de acuerdo con las facultades otorgadas constitucionalmente sobre los abusos de poder cometidos por funcionarios públicos de alto nivel en el manejo de la pandemia, así como por las omisiones institucionales por parte del Ministerio Público y Tribunal Superior de Cuentas frente a las graves denuncias de corrupción.
Al Poder Ejecutivo • Cumplir con la resolución 1-2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre las medidas epidemiológicas y sociales en la gestión del COVID-19. • Reorientar la gestión epidemiológica basada en información científica. • Desmilitarizar la gestión de la pandemia, sustituyendo el enfoque de orden y seguridad por un enfoque de derechos humanos en cumplimiento con los estándares internacionales en relación al contexto de emergencia. • El Poder Ejecutivo debe respetar el derecho de participación política de las ciudadanas y ciudadanos en todos los espacios y decisiones que se toman en el manejo de la pandemia. • Tomar urgentemente medidas económicas que garanticen el derecho a la salud, la alimentación, la vivienda e ingresos para un mínimo vital de la población hondureña.