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Sonambulismo homicida
DIEGO A. ROMERO
Estudiante de la especialidad de Victimología Xalapa, Ver
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La violencia
La organización mundial de la Salud define ¨violencia¨ como el uso intencional de la fuerza o el poder físico, de hecho o como amenaza, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones¨, siendo México uno de los países destacados en cuanto a violencia, puesto a que conserva algunas de las ciudades más peligrosas del mundo, como lo son Tijuana, Ciudad Juárez, Uruapan, Irapuato y Obregón. No es raro que dentro de los tópicos más comunes en las conversaciones de los mexicanos resaltan se mencionen secuestros, asesinatos, abusos sexuales, entre otros. La categorización de la violencia depende de aquél que lleve a cabo los actos, es por eso que se puede decir que existen diversas manifestaciones, por ejemplo: • Autoinfligida: Víctima y victimario son la misma persona, sus manifestaciones son mediante las conductas suicidas como el intento y/o acto, y las autolesiones.
• Interpersonal: Persona o grupo pequeño que la inflige hacia otra persona, la cual puede estar presente dentro del hogar familiar o en las personas cercanas cuyas relaciones son de carácter íntimo. • Colectiva: Se manifiestan m e d i a n t e c o n d u c t a s sociales como los actos de discriminación, por ejemplo, también en la política mediante el abuso del poder o la manipulación del sistema en búsqueda de un beneficio propio, y, por último, su manifestación económica cuyos casos son la representación de un d e s c u i d o y l i m i t a c i ó n monetaria y/o de recursos ya sea laborales, domésticos, patrimoniales, etc. Sanmartín dice que la violencia es cualquier conduta intencional que cause o puede causar un daño, se debe entender que existen diferentes tipos de actos violentos y, según sea el acto, se determinará el tipo de daño obtenido por la víctima ya sea físico, p s i cológico, económico o sexual. Hasta el día de hoy se conocen los siguientes: I. Violencia física: Acciones y tratos aplicados con la intención de ocasionar dolor f í s i c o a u n a v í c t i m a mediante castigos, tortura, trato cruel inhumano o degradante, entre otras técnicas. II. Violencia psicológica: Es definida por el artículo de la Ley contra la Violencia intrafamiliar como ¨cualquier acción u propósito sea controlar o degradar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas, por medio d e i n t i m i d a c i ó n , manipulación, amenaza directa o cualquier otra conducta u omisión que produzcan un perjuicio en la s a l u d p s i c o l ó g i c a , l a autodeterminación, el desarrollo integral y las posibilidades personales. ¨ III. Violencia económica o patrimonial: Acto u omisión que puedan causar tanto una afectación como un deterioro, desgaste o destrucción parcial o total de los bienes que alguien posee. IV. Violencia contra la mujer: “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o sicológico para la m u j e r, a s í c o m o l a s amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada” (ONU,1993, art 1). V. Violencia contra los niños y las niñas: “toda acción u omisión que provoque o pueda provocar dolor, sufrimiento o daño a la i n t e g r i d a d f í s i c a , psicológica, moral o sexual d e u n a n i ñ a , n i ñ o o adolescente, por parte de cualquier persona, incluidos sus padres, madres u otros parientes, educadores y personas a cargo de su cuido, cualesquiera que sean los medios utilizados. Se considera asimismo como maltrato el descuido en el cumplimiento de las obligaciones relativas a la prestación de alimentación nutritiva y balanceada, atención médica, educación o cuidados diarios y la utilización de las niñas, niños y adolescentes en la mendicidad” (LEPINA, 2009). VI. Violencia contra adultos mayores: “realizar un acto único o reiterado o dejar de t o m a r d e t e r m i n a d a s medidas necesarias, en el contexto de cualquier relación en la que existen expectativas de confianza, y que prov oc an daño o angustia a una persona mayor¨ (OPS-OMS, 2003) VII. Violencia contra las personas por su orientación sexual o identidad de género: Clasificada también como violencia de género fomentada por prejuicios caracterizada por castigar c o m p o r t a m i e n t o s q u e difieren de los roles de género tradicionales, los c u a l e s p u e d e n e s t a r presentes en el ámbito laboral, educativo, la familia y en el resto de la sociedad. VIII. Violencia contra las personas discapacitadas: Actos u omisiones por parte de instituciones públicas y p r i v a d a s , a d e m á s d e h u m i l l a c i ó n , m i e d o o rechazo al contacto físico, menosprecio y devaluación expresada hacia los niños, jóvenes, adultos y adultos mayores que presenten alguna discapacidad física o mental. IX. Bullying: Se conoce también com o ¨ acoso escolar ¨ y se manifiesta cuando dentro de una institución educativa uno o más alumnos expresan odio m e d i a n t e a c t o s d e humillación que violentan física y/o psicológicamente a o t r o a l u m n o . C a b e mencionar que estos actos de hostigamiento pueden trascender a manifestarse en una o más de las distintas redes sociales, lo que se c o n o c e m e j o r c o m o ¨cyberbullying¨ X. Violencia a través de medios de comunicación: ¨Mensajes, valores, iconos o signos que transmiten y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se e s t a b l e c e n e n t r e l a s personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad. ¨ (LEIV, 2011).