UNIVERSIDAD YACAMBÚ VICERECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
LA CRIMINALIDAD EN LA ADOLESCENCIA VENEZOLANA: FACTORES CRIMINÓGENOS https://youtu.be/X66HXoPofZI https://youtu.be/4KOz9_Q5YR8 https://youtu.be/BFkSnbwuTOA https://youtu.be/N-RV8xChKn8 https://youtu.be/I-joCatPBmM
Autora: Solangel Sánchez Tutor:
Cabudare, Julio de 2017 UNIVERSIDAD YACAMBÚ VICERECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
LA CRIMINALIDAD EN LA ADOLESCENCIA VENEZOLANA: FACTORES CRIMINÓGENOS Trabajo de Grado presentado como requisito parcial para optar al Título de Abogado
Autora: Solangel Sánchez Tutor:
Cabudare, Julio de 2017 CAPÍTULO I SITUACIÓN OBJETO DE ESTUDIO Descripción Detallada de la Situación Objeto de Estudio
La base fundamental de la sociedad es la familia incluso, se considera que ella es el núcleo de ésta, su eje, la que marca la pauta, así que de sus valores y formación dependerá el desarrollo de las sociedades, es decir que en ella radican los derechos más nobles y las virtudes que hacen grande a una nación. De este modo Sánchez (2008), la define como: Una institución ética, natural, fundada en la relación conyugal de los sexos, cuyos individuos se hallan ligados por lazos de amor, respeto, autoridad y obediencia; institución necesaria para la conservación, propagación y desarrollo en todas las esferas de la vida, de la especie humana. Algunas escuelas sociológicas han supuesto que hubo una primera fase de horda o promiscuidad absoluta, y la familia propiamente dicha no existía. Hombres y mujeres serían como un rebaño. Vino luego una segunda fase caracterizada por un régimen de matriarcado, en la que el padre era desconocido y los hijos pertenecían a la madre. La última fase de evolución sería la familia monógama, tal como es la cristiana actual. En Roma la familia estaba asentada y organizada en forma patriarcal. El pater familiae poseía una autoridad omnímoda y exclusiva, despótica a veces. El cristianismo infundió en la familia un elevado sentido ético, al elevar el matrimonio a la dignidad de sacramento indisoluble y al proclamar el principio de la igualdad de los esposos. Aunque hoy se dan fuertes corrientes políticas y filosóficas encaminadas a disgregar a la familia, ésta sigue siendo la célula fundamental de la sociedad. (Sánchez, 2008, Pág. 72). Por ser ésta el base de la sociedad, el Estado ha creado un conjunto de normas jurídicas que brindan protección a sus integrantes con especial atención a los niños, niñas y adolescentes, sobre este particular se debe mencionar la Ley Tutelar del Menor (1980), cuyo objeto establecido en su artículo 1 era tutelar el interés del menor y establecer el derecho que éste tiene de vivir en condiciones que le permitan llegar a su normal desarrollo biológico, psíquico, moral y social. (Ley Tutelar del Menor 1980) La norma precitada consagraba a los menores, como objeto de protección y tutela, es decir, a éstos se les consideraba como objetos de derecho, de protección, de custodia y vigilancia, más no se les tomaba como sujetos de derechos y obligaciones, estando fuera del alcance jurídico en cuanto a sus
derechos y responsabilidades, básicamente esta fue la naturaleza de la ley hasta la entrada en vigencia del nuevo instrumento en materia de niños, niñas y adolescentes en el año 1997, luego en el año 2011, en donde también han existido modificaciones de la nomenclatura de la misma, la cual actualmente es Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Retomando la idea inicial, es necesario destacar que la redefinición de la naturaleza de la ley, sienta sus bases en la ratificación por Venezuela, en 1990, de la Convención sobre los Derechos del Niño, en la cual se parte de la consideración del niño como sujeto pleno de derechos y se consagra ahora el interés superior del niño como principio orientador de la actividad pública o privada concerniente al mismo. Sobre esta base, el Estado tiene la ineludible e inquebrantable obligación de brindar protección a los niños, niñas y adolescentes, la cual se basa no solo en cuido, manutención y cobijo sino también de protegerlos física y psicológicamente, por ello el Estado establece no solo los instrumentos jurídicos que avalen tal protección sino también debe implementar políticas públicas de atención integral del niño, niña y adolescente, la cual debe ser extendida a la familia y la sociedad. Ahora bien, se afirma que las políticas deben ser extendidas a la familia y la sociedad porque las normas jurídicas no son suficientes sino existe cultura de protección dentro del hogar y la sociedad, ello se afirma en función que la criminalidad de los adolescentes cada vez está siendo más alta, pues según el Informe Anual del Ministerio Público (2016) en cuanto al Sistema Penal de Responsabilidad de los y las Adolescentes, los fiscales de las 41 fiscalías especializadas en la materia imputaron a 22 mil 066 adolescentes y acusaron a 10 mil 713. (Ministerio Público, 2016). De la misma forma, realizaron 111 mil 460 actuaciones ante los tribunales a diferencia del año 2015 en el que, según el Informe Anual de ese año se imputaron 14.454 adolescentes lo que indica que la criminalidad de los adolescentes aumentó considerablemente. (Ministerio Público, 2015).
Se evidencia el incremento de la criminalidad, lo cual es un indicador de la necesidad de perfeccionamiento de la política criminal, siendo definida esta por Povis (s/f): Se puede decir entonces, que la Política Criminal es un sistema de decisiones estadales tomadas por todos los poderes, que a través de ellos se encuentra la solución o respuestas a las problemáticas criminales, siendo la prevención del delito su principal aporte. (Povis, s/f. Pág. 2) Ciertamente, para lograr una efectiva política criminal que prevea la delincuencia juvenil deben determinarse los factores criminógenos que dan origen o coadyuvan al incremento de este tipo de actuaciones, lo cual según las consideraciones de Morea (2012) para evitar o neutralizar en lo posible los estímulos criminógenos que pudieran emerger de sectores de la realidad social, tan importantes factores como el alcoholismo, toxicomanía, deterioro familiar (como el divorcio o la separación de cuerpos) que ha producido una niñez abandonada que tanto afecta a la sociedad, la delincuencia juvenil que surge por el odio social, este como un señalamiento entre múltiples factores sociales, para ello el Estado debe encarar y perfilar con políticas ajustadas a una realidad y no caer en un simbolismo y en la puesta de paños calientes a una situación tan crítica como la actual. (Morea, 2012) De la cita qure antecede se observa que la autora hace alusión a determinados y específicos factores criminógenos como el alcoholismo, la toxicomanía, el deterioro familiar que conduce a la niñez abandonada, de donde se evidencia que debe ser un trabajo articulado entre la sociedad, la familia y el Estado, en consecuencia es preciso la determinación exacta de cada uno de estos factores criminógenos a los fines que se puedan abordar y por ende, contrarrestar la criminalidad en la adolescencia venezolana. En atención a lo anterior, resulta relevante para quien aquí investiga indagar sobre la criminalidad en la adolescencia, específicamente los factores criminógenos que conducen a esta situación en Venezuela, en consecuencia se plantean las siguientes interrogantes: ¿Qué abarca la noción de adolescencia en Venezuela?; ¿Cuáles son los aspectos de la
criminalidad de los adolescentes en Venezuela? Y, ¿Cuáles son los factores criminógenos externos e internos que influyen en la criminalidad de los adolescentes en Venezuela?. Para dar respuesta a estas interrogantes, surgen los objetivos de la investigación:
Determinar
los
Objetivos de la Investigación Objetivo General factores criminógenos de la criminalidad
de
la
adolescencia en Venezuela. Objetivos Específicos 1. Definir la noción de adolescencia. 2. Estudiar los aspectos de la criminalidad de los adolescentes en Venezuela. 3. Examinar los factores criminógenos externos e internos que influyen en la criminalidad de los adolescentes en Venezuela. Justificación de la Investigación Los niños, niñas y adolescentes constituyen el grupo más amplio y de más rápido crecimiento mundial y nacional, lo cual impulsó a un llamado urgente de ser incluidos dentro ámbito de protección de los derechos humanos, los cuales abarcan una protección integral física y psicológica de ellos. Asimismo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), consagra en su articulado, que el Estado velará por la familia como asociación natural de la sociedad y como el espacio fundamental para el desarrollo integral de las personas, por tanto, resulta ineludible el compromiso constitucional de amparo adquirido en la adopción de mecanismos, proyectos y normas encaminadas a brindar protección económica, social, cultural, moral, legal para esta célula fundamental en forma de agrupación familiar. Sobre esta base y analizando las alarmantes cifras, derivadas del Ministerio Público, respecto a la delincuencia juvenil se justifica el presente estudio dirigido a analizar los factores criminógenos que inciden directamente
en la criminalidad de adolescentes en Venezuela, toda vez que constituye un aspecto de suma importancia en el desarrollo del país. Es en tanto, que universalmente se adelantan estudios, textos, revistas y opiniones, producto de una exigente y constante dinámica criminal que impera en las sociedades del mundo, a tal modo de entramar así conceptos que permitan esclarecer las causas que llevan a los adolescentes a delinquir para atacar el problema de raíz. Dadas las consideraciones que anteceden se indica que la relevancia social del presente estudio yace en que la delincuencia juvenil genera un impacto negativo en la sociedad venezolana, que lejos de ayudar a combatir este fenómeno subsume cada día más a quienes deban ser el futuro del país, de allí que el conocimiento de los factores que originan el problema será de gran ayuda para el establecimiento de soluciones y políticas dirigidas a resolver el problema. En cuanto a la relevancia jurídica, el aporte que el presente estudio otorgue en sus conclusiones servirá de fundamento para el diseño e implementación de políticas públicas dirigidas a los distintos sectores intervinientes, entiéndase sociedad, familia y Estado, quienes en definitiva constituyen una trilogía funcional para la solución del problema. Por último, el presente estudio posee una relevancia académica toda vez que servirá de fundamento para futuros estudios relacionados con la delincuencia juvenil y los factores que originan este gran problema que asedia a la sociedad y a las familias venezolanas.
PARTE II SOPORTE CONCEPTUAL Antecedentes de la Investigación Los antecedentes o estudios previos le otorgan a la investigación una especie de pauta para dirigir las variables del estudio sobre conceptos ya establecidos por otros investigadores, de modo que pueda establecerse un conocimiento previo sobre el tema a tratar. En este sentido, se cita inicialmente la investigación que, a nivel internacional, realizó Pasquel (2014) en la Universidad de Guayaquil, Ecuador, la cual llevó por nombre: “Criminalidad de la infantoadolescencia: Factores criminógenos externos”, a través de una revista judicial, en el que señala
que
los
factores
criminógenos
externos
que
influyen
considerablemente son los factores socioeconómicos, el medio ambiente, las diversiones y los medios de comunicación (prensa, radio y televisión). (Pasquel, 2014) Si bien es cierto que los factores expresados por el autor son determinantes en la influencia de la conducta criminógena de los adolescentes, no debe dejarse de lado las redes sociales, las cuales han adquirido un gran auge, debido a la falta de control por parte de los padres
en el otorgamiento de celulares y tabletas con acceso a las redes sociales e internet. Por otra parte, en el ámbito nacional se cita el estudio realizado por Morea (2012), denominado: “Factores criminógenos que inciden en la responsabilidad penal de los adolescentes infractores”, para lo cual la investigadora se planteó como objetivo general analizar las estrategias que implementan las autoridades para evitar o neutralizar los estímulos criminógenos en el Estado Carabobo, en cuyo caso empleó un tipo de investigación de campo de tipo descriptivo, lo que le permitió concluir que es necesario la elaboración de estrategias centradas en una política criminal desarrollada para el control óptimo de la criminalidad, con la realidad que vive el Estado. (Morea, 2012). La cita que antecede ha sido tomada como referencia por cuanto la autora enfatiza en la necesidad de aplicar políticas criminales que se encuentren en concordancia con la realidad social, para lo cual es estrictamente necesario conocer en el sitio los problemas y los factores que los originan, ya que al conocer el causa puede lograrse la solución. Por último, a nivel regional se cita la investigación documental realizada por
Leal
(2017)
en
la
Universidad
Yacambú,
la
cual
denominó:
“Responsabilidad penal derivada de la participación de adolescentes en Asociación para Delinquir frente al Uso de Adolescentes para Delinquir en Venezuela”, para lo cual se planteó dentro de sus objetivos determinar el criterio de la responsabilidad penal en los delitos de Asociación para Delinquir y Uso de Adolescentes para Delinquir en Venezuela, concluyendo que es de suma importancia la correcta calificación jurídica y aplicación de la ley, ya que si bien es cierto que los niños, niñas y adolescentes, como sujetos de derecho, gozan de una protección especial, no es menos cierto que éstos deben responder por los actos que cometen, ello atendiendo al comportamiento del adolescente que se encuentre en conflicto con la ley, pues la determinación de responsabilidad penal y consecuentemente sus
sanciones coadyuvarán con el deber del Estado de su resocialización y reeducación de éstos. (Leal, 2017). Se observa que dentro de las políticas criminales para atacar los factores criminógenos no solo debn contextualizarse las causas externas derivadas de la sociedad y la familia, sino también las causas derivadas de la no aplicación de la ley, es decir al adolescente se le debe aplicar la ley penal en cuanto le sea posible, no solo para resocializarlo y reinsertarlo en la sociedad sino también como medida preventiva para la reincidencia. REFERENCIAS Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2009). Gaceta Oficial Nº 5.908 Extraordinaria. Febrero 19, 2009. Leal, W. (2017). Asociación para delinquir frente al uso de adolescentes para delinquir en Venezuela. Cabudare: Universidad Yacambú. Ley Tutelar del Menor (1980). (27 de Noviembre de 1980). (2.710. ). Caracas, Distrito Federal, Venezuela: Gaceta Oficial. Ministerio Público. (2015). Informe Anual . Caracas. Ministerio Público. (2016). Informe Anual 2016. Caracas. Morea, T. (2012). Factores criminógenos que inciden en la responsabilidad penal de los adolescentes infractores. Valencia: Universidad de Carabobo. Pasquel, A. Z. (2014). Criminalidad de la infantoadolescencia: Factores criminógenos externos. Derechoecuador.com. Recuperado el 30 de Junio de 2017, de http://www.derechoecuador.com/articulos/detalle/archive/doctrinas/derech openal/2014/01/10/criminalidad-de-la-infantoadolescencia------factorescriminogenos-externos Povis, E. (s/f). El Derecho Penal del Enemigo ¿Realización de una opción Política Criminal o de una Criminal Política de Estado? España: Universidad Pompeu. Sánchez, R. (2008). El Derecho de Familia. Caracas: Livrosca.