UNIVERSIDAD YACAMBÚ VICE-RECTORADO ACADÉMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
Alumna: Blanca Yeraldin Arrieche C.I.: V-17859669 Procedimiento Penal Ordinario
oralidad
publicidad Igualdad de partes Inmediación Contradicció n.
Debe ser oral y así permitirle a los interesados dar alegatos durante el debate, las resoluciones serán fundadas y dictadas por el tribunal La percepción y recepción de la prueba, su valoración y le intervención de los sujetos procesados, debe ser en presencia física de las partes y de todo el que tenga un interés especifico en el proceso Significa mantener el equilibrio entre el poder coercitivo de la victime publica y el derecho de la defensa del acusado, lo que debe reflejarse en concreto en el respecto del acceso del acusado y su defensor Es esencial en el proceso basado en la oralidad, los jueces deben escuchar los argumentos de las partes y presenciarla practica d la prueba Los actos procesales se realizan con la intervención de las partes acreditadas en el proceso, los cuales puede hacer alegatos o pedimentos en relación con las diligencias que trate los procedimientos de la contraparte
PREPARACIÓN DEL DEBATE DEBATE DESARROLLO DEL DEBATE DELIBERACIÓN SENTENCIA
PREPARACIÓN DEL DEBATE
EL DEBATE CENTRAL
La preparación del debate es la etapa previa a la realización del juicio en la que organiza el juicio, y es aquí donde se determina la fecha y hora de celebración del juicio. De esta forma, una vez de verificada la correcta notificación a las partes que deben intervenir obligatoriamente en el proceso, se procederá a instalar la audiencia.
Las actuaciones que se realizan son: El Juez instala el juicio, identificando la causa Las partes son llamadas a realizar sus alegatos de apertura Concluido los alegatos de entrada, el Juez instruye al acusado sobre los derechos que le asisten, indicándole que es libre de manifestarse sobre la acusación o no declarar sobre los hechos Una vez instruido el imputado acerca de sus derechos, el Juez le pregunta al imputado si admite ser autor o partícipe del delito materia de la acusación y si es responsable de la reparación civil (si el acusado responde afirmativa se dará la conclusión anticipada del juicio oral
DESARROLLO DEL DEBATE
El desarrollo del debate tiene como etapa central la etapa probatoria. Es así que se produce la contradicción entre las partes, donde se pondrá de manifiesto las técnicas de litigación oral, sobre todo para el examen y contra examen de los testigos, incluido dentro de estos conceptos a los peritos. En caso que el Juez durante la actividad probatoria en el juicio oral, observe la posibilidad de una calificación jurídica de los hechos objeto del debate que no ha sido considerada por el Ministerio Público, deberá advertir al imputado y al Fiscal sobre esa posibilidad. Las partes se pronunciarán expresamente sobre la tesis planteada por el Juez penal, y en su caso, propondrán la prueba necesaria que corresponda. Si algunas de las partes, señala que no está preparada para pronunciarse sobre ella, el Juez penal, en virtud del derecho de defensa suspenderá el juicio hasta por cinco días, para dar oportunidad que exponga lo conveniente. Una vez culminada la actividad probatoria, donde se pone en práctica las técnicas de litigación oral, esto es, el interrogatorio directo, el contra interrogatorio, las objeciones y las actuaciones de todos los medios de prueba admitidos; el desarrollo del juicio oral culmina con los alegatos finales de las partes, en la cual las partes deberán convencer al Juez de que a lo largo del desarrollo del juicio se ha acreditado y robustecido su teoría del caso expuesta en el alegato inicial.
DELIBERACIÓN
SENTENCIA
Una vez cerrado el juicio, los jueces en sesión secreta pasarán a deliberar la sentencia, teniendo en cuenta únicamente la valoración, las pruebas legítimamente incorporadas en el proceso, así como las reglas de la experiencia, el conocimiento científico y la sana crítica.
Concluida la deliberación, se emitirá sentencia atendiendo a la pretensión penal del Ministerio Público y emitiendo un juicio acera de la culpabilidad o inocencia del acusado. La sentencia deberá ser congruente con el contenido de la acusación, y deberá ser leída en audiencia. Con ello, se pone fin al proceso.