Estatuto del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial y Sistemas

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CONTENIDO TÍTULO 1.- DISPOSICIONES FUNDAMENTALES ...................................................... 4 CAPÍTULO 1: GENERALIDADES ................................................................................. 4 CAPÍTULO 2: PROPÓSITOS, PRINCIPIOS Y FINES .............................................. 4 TÍTULO 2.- DE LOS ESTUDIANTES CEIIS ................................................................... 6 CAPITULO 1: DEFINICIÓN, DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES 6 TÍTULO 3.- ORGANIZACIÓN DEL CEIIS ...................................................................... 7 CAPÍTULO 1: ASAMBLEA ESTUDIANTIL CEIIS ........................................................ 7 CAPITULO 2: JUNTA DE REPRESENTANTES CEIIS ............................................. 9 CAPITULO 3: JUNTA DIRECTIVA CEIIS .................................................................. 10 CAPÍTULO 4: REQUISITOS PARA SER JUNTA DIRECTIVA DEL CEIIS .......... 19 TITULO 4: CÓDIGOS CEIIS ........................................................................................ 20 CAPITULO 1: DEL CÓDIGO ........................................................................................ 20 CAPITULO 2: ORGANIZACIÓN DEL CÓDIGO ........................................................ 20 CAPITULO 5: TERCIO DE FACULTAD ..................................................................... 22 TÍTULO 4.- ORGANIZACIÓN ACADÉMICA ................................................................ 23 CAPITULO ÚNICO ........................................................................................................ 23 CAPITULO 1: COMITÉ ELECTORAL ........................................................................ 24 CAPITULO 5: DE LOS CENTROS CULTURALES .................................................. 25 TÍTULO 5.- RÉGIMEN ECONÓMICO ............................................................................ 26 CAPITULO 1: RECURSOS PROPIOS ....................................................................... 26 CAPITULO 2: RECURSOS EXTERNOS ................................................................... 26 CAPITULO 3: FISCALIZACIÓN ................................................................................... 26 TÍTULO 6.- BIENESTAR Y PROYECCIÓN SOCIAL .................................................. 27 CAPITULO 1: SERVICIOS ........................................................................................... 27 CAPITULO 2: ACTIVIDADES ...................................................................................... 27 TÍTULO 7.- COORDINACIÓN ENTRE CENTROS ...................................................... 27 CAPITULO 1: ASOCIACIÓN DE CENTROS DE LA UNI (ACUNI)........................ 27


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TÍTULO 8.- IMAGEN INSTITUCIONAL ......................................................................... 29 CAPITULO 1: BOLETÍN INFORMATIVO ................................................................... 29 CAPITULO 2: WEB INFORMATIVA ........................................................................... 29 CAPITULO 3: MURALES.............................................................................................. 30 TÍTULO 9.- FALTAS Y SANCIONES ............................................................................ 30 CAPITULO 1: FALTAS DE LOS ESTUDIANTES Y SUS REPRESENTANTES . 30 CAPITULO 2: SANCIONES A LOS ESTUDIANTES Y SUS REPRESENTANTES ..................................................................................................... 31 TÍTULO 10.- DISPOSICIONES FINALES ..................................................................... 32 CAPITULO 1: MODIFICACIONES .............................................................................. 32 CAPITULO 2: VIGENCIA .............................................................................................. 32 CAPITULO 3: CONSIDERACIONES .......................................................................... 32


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PRESENTACIÓN

ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA INDUSTRIAL Y DE SISTEMAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA APROBADO MEDIANTE REFERÉNDUM ESTUDIANTIL FIIS DEL DÍA XX DE XX DE 2014

TÍTULO 1.- DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

CAPÍTULO 1: GENERALIDADES Art.1).- El Centro de Estudiantes identificado por las siglas CEIIS, es agrupa, integra, representa, organiza la Facultad de Ingeniería Industrial y Ingeniería.

de Ingeniería Industrial y de Sistemas, una asociación civil sin fines de lucro que y se conforma por todos los estudiantes de de Sistemas de la Universidad Nacional de

Art. 2).- El CEIIS se rige y se ampara por el presente Estatuto. Art. 3).- El CEIIS es el máximo órgano representativo de todos los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas, cuyos dirigentes son elegidos democráticamente mediante elección universal, secreta y obligatoria, de acuerdo al presente Estatuto. A estos dirigentes se les denomina en adelante Junta Directiva CEIIS. Art. 4).- Son miembros del Centro de Estudiantes, los estudiantes que hayan cumplido los requisitos para ser admitidos en la FIIS. Art. 5).- La sede del CEIIS se sitúa en el campus de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas, frente al patio de la FIIS-UNI, en el ambiente S4-107.

CAPÍTULO 2: PROPÓSITOS, PRINCIPIOS Y FINES Art. 6).- El propósito permanente del CEIIS se manifiesta en:


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a) Hacer respetar los derechos de los estudiantes. b) Generar, incentivar y crear las condiciones y el espacio para el diálogo y debate sobre temas de interés de la Facultad, la Universidad y la Sociedad. c) Identificar y dar a conocer la importancia de la participación de los estudiantes en la vida universitaria. d) Impulsar, promover y colaborar con la ejecución, revisión y mejora continua de todas las actividades que contribuyan a que se cumpla la razón de ser de la FIIS en el corto, mediano y largo plazo. e) Denunciar el incumplimiento de los deberes de todos los miembros de la comunidad FIIS (estudiantes, docentes y trabajadores). f) Contribuir al cumplimiento de la Misión de la FIIS. g) Velar por el cumplimiento del presente estatuto. Art. 7).- Son principios de la vida en la comunidad estudiantil FIIS: a) La autonomía ante los órganos de la Facultad, Universidad, y otros Centros de Estudiantes, de acuerdo al Art.256 del Estatuto de la UNI. b) El autogobierno, la representación y la participación de los integrantes de la comunidad estudiantil de la FIIS en todos sus niveles de decisión. c) La organización, la planificación y la renovación de la Junta Directiva. d) La libertad de pensamiento, de crítica, de expresión, de asociación y el respeto al pluralismo ideológico y a las minorías. e) La exigencia del cumplimiento de los derechos estudiantiles como son la calidad educativa, defensa de la gratuidad de la enseñanza, etc. f) La dignidad, la tolerancia, el respeto, la igualdad fundamental entre sus integrantes, la responsabilidad, la solidaridad, el compromiso, el servicio, la justicia y la búsqueda del bien común. g) Correspondencia ética entre los medios y los fines. Art. 8).- Son fines de la comunidad estudiantil FIIS: a) Promover el pensamiento crítico, el diálogo y los debates sobre la realidad de la Facultad, de la Universidad, del país y del mundo para brindar un aporte en la formación integral como ciudadanos y profesionales. b) Interactuar con las comunidades estudiantiles de otras facultades y/o universidades para el cumplimiento de sus fines, y tener juicio crítico acerca de la problemática nacional e internacional.


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c) Velar por la defensa de los intereses de la comunidad estudiantil y el mejoramiento de la Facultad-Universidad. d) Impulsar la mejora de la Comunidad FIIS (estudiantes, egresados, docentes y trabajadores), fortaleciendo las interrelaciones y el potencial de desarrollo, que nos permita forjar una mejor sociedad.

TÍTULO 2.- DE LOS ESTUDIANTES CEIIS

CAPITULO 1: DEFINICIÓN, DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Art. 9).- Un estudiante de la FIIS, miembro del centro de estudiantes, es toda aquella persona que ha sido admitido mediante algunos de los procesos de admisión y se encuentra cursando estudios de pregrado en la FIIS. Art. 10).- Un estudiante puede pertenecer a un “código”. (Art. 82). Art. 11).- Son deberes de los estudiantes: a) Participar mediante una posición dinámica y crítica en aquellas actividades que suponen la búsqueda constante del cumplimiento de los fines de la Comunidad Estudiantil y la salvaguarda de los principios en que se funda. b) Conocer, cumplir y hacer cumplir el presente Estatuto, y los Reglamentos que deriven de éste. c) Integrar sus propios órganos de representación, tales como el Centro de Estudiantes de la Facultad y la Asociación de Centros de la Universidad Nacional de Ingeniería (ACUNI). d) Asistir obligatoriamente a las Asambleas Estudiantiles convocadas por el CEIIS. e) Tomar parte en los procesos electorales para la elección de sus representantes en los diferentes órganos de gobierno de la universidad, con carácter de obligatoriedad. f) Contribuir al incremento y conservación del patrimonio cultural de la FIIS – UNI.


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Art. 12).- Son derechos de los estudiantes: a) Recibir una formación académica y profesional de alto nivel y a participar activa y críticamente en el proceso de enseñanza-aprendizaje, investigación y proyección social. b) Elegir y ser elegidos representantes libremente conforme a las normas establecidas; c) Participar en todos los órganos de gobierno de la universidad, en la proporción de un tercio. Asimismo, en los diferentes órganos de coordinación, fomento y promoción de la investigación, extensión y proyección social y de coordinación académica a todo nivel en la universidad; d) Participar libremente en las actividades culturales, artísticas y deportivas; e) Expresar libremente sus ideas y a no ser sancionado ni restringido en sus derechos por razón de sus ideas, de su actividad política, o de su actividad crítica en el quehacer universitario; f) Solicitar y recibir información sobre la marcha del organismo. g) Gozar de la gratuidad de la enseñanza; h) Utilizar los servicios de bienestar universitario, como, becas, comedores, residencias, asistencia médica, transporte e igualmente a la utilización plena de los locales e instalaciones; i) Utilizar los bienes y servicios del CEIIS de acuerdo a su reglamentación interna. j) Pedir o solicitar mejores condiciones para el cumplimiento de los fines de la comunidad estudiantil y universidad.

TÍTULO 3.- ORGANIZACIÓN DEL CEIIS CAPÍTULO 1: ASAMBLEA ESTUDIANTIL CEIIS Art. 13).- La Asamblea Estudiantil es la expresión máxima de la voluntad de la Comunidad Estudiantil FIIS, y es la instancia máxima del CEIIS. Art. 14).- La Asamblea Estudiantil está integrada por todos los miembros del CEIIS. Art. 15).- La Asamblea Estudiantil será convocada en las siguientes situaciones:


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a) Por el Presidente del Centro de Estudiantes o por acuerdo de la Junta de Representantes, por lo menos 4 veces en un ciclo académico regular y por lo menos 1 vez en un ciclo de verano. b) Cuando exista irregularidades en el ciclo académico y el Presidente lo crea conveniente o un miembro de la Junta Directiva que desempeñe su rol en caso de ausencia. c) Ante el pedido de más del 5% del total de alumnos matriculados de la FIIS, avalado por firmas. Art. 16).- La dirección de la Asamblea Estudiantil es ejercida por el Presidente del CEIIS. En caso de ausencia del Presidente, ejerce sus funciones el Vicepresidente, en ausencia de éste lo hará cualquier miembro de la Junta Directiva del CEIIS; y en ausencia de éstos, la dirigirá el estudiante designado según el artículo 40 del presente estatuto. Art. 17).- En caso que los miembros de la Junta Directiva se nieguen a dirigir la Asamblea Estudiantil FIIS, la Junta de Representantes elegirá quién la presida. Art. 18).- La Asamblea Estudiantil será programada con un mínimo de dos (2) días de anticipación, o el mismo día, en caso de urgencia, según criterio del Presidente o de la Junta de Representantes, contemplando un horario que sea accesible a la mayoría de estudiantes. Art. 19).- Las decisiones en la Asamblea Estudiantil se realizan a través de votación por mano alzada, o a través de votación secreta por decisión de la Asamblea a propuesta de los estudiantes. En cada Asamblea se deberá elaborar un acta con los acuerdos tomados y un registro de asistencia firmada por los estudiantes presentes; la cual será publicada en un período no mayor a dos (2) días luego de realizada la Asamblea. Art. 20).- Las decisiones adoptadas en una Asamblea Estudiantil solo podrán ser revocadas en otra Asamblea Estudiantil, siempre y cuando cuente un universo de votos mayor al anterior. Art. 21).- Son atribuciones de la Asamblea Estudiantil: a) Solicitar y proponer la reforma del presente Estatuto, la cual solo podrá ser efectuada mediante un referéndum, con mayor número de votantes. b) Definir una postura estudiantil ante los órganos de gobierno de la FIIS, UNI y sociedad en general. c) Decidir como última instancia los lineamientos tratados en la Junta de Representantes.


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d) Respaldar o rechazar la posición que plantee la Junta Directiva. e) Validar los miembros del CECEIIS. f) Pronunciarse sobre las memorias de gestión del CEIIS y TEFIIS.

CAPITULO 2: JUNTA DE REPRESENTANTES CEIIS Art. 22).- La Junta de Representantes es el espacio para el debate político de los temas de intereses estudiantiles y propuestos por la Junta directiva del CEIIS y el Tercio de Facultad. Art. 23).- Los acuerdos tomados en la Asamblea Estudiantil, rigen el actuar político de la Junta de Representantes. Art. 24).- La Junta de Representantes sesiona por lo menos 1 vez cada mes en el horario que ellos decidan. Dichas sesiones son abiertas. Art. 25).- Los miembros serán: a) Miembros numerarios: i. 10 representantes de los diferentes códigos (Art. 82) con derecho a voto. ii. 2 Miembros de la Junta Directiva. iii. 2 Miembros del Tercio de Facultad. b) Miembros supernumerarios iv. 1 miembro de cada centro cultural, con derecho a voz v. 1 miembro representante del código “RESTO” (Art. 83) con derecho a voz Art. 26).- El CEIIS, hará una presentación a los representantes de la Junta de Representantes en una asamblea estudiantil. Art. 27).- Los miembros de los Centros Culturales sólo tienen derecho a voz, mas no a voto excepto si es un tema concerniente directamente a ellos en la Junta de Representantes. Art. 28).- Los acuerdos tomados en la Junta de Representantes, serán refrendados en una Asamblea Estudiantil.


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Art. 29).- El quórum necesario para realizar una Junta de Representantes es del 50% +1 de los miembros votantes. Art. 30).- Para la aprobación de un acuerdo en la Junta de Representantes se requiere la mayoría simple de los presentes, en caso de empate el voto dirimente será de la Junta Directiva. Art. 31).- Son atribuciones de la Junta de Representantes: a)

Formular los lineamientos de política de desarrollo de la representatividad estudiantil para el corto, mediano y largo plazo. b) Ratificar u observar el plan de desarrollo y el Plan anual de funcionamiento de la facultad, elevado a su consideración por el Tercio de Facultad y la Junta Directiva del CEIIS. c) Criticar y proponer mejoras en el Plan de Trabajo del CEIIS y el TEFIIS, así como apoyar a dichos organismos en el logro de sus objetivos, siempre que estos sean para el bienestar de la Comunidad FIIS. d) Organizar el referéndum que definirá el voto del Tercio de Estudiantes ante un Consejo de Facultad cuya agenda es Elección de Decano. e) Organizar consultas estudiantiles para la toma de decisiones en temas trascendentales que involucran a los estudiantes como referéndums, encuestas u otro tipo. f) La junta de representantes se rige por su propio reglamento pero debe regirse y estar alineado con el presente estatuto.

CAPITULO 3: JUNTA DIRECTIVA CEIIS Art. 32).- La Junta Directiva del CEIIS es elegida democráticamente por los estudiantes de su facultad para dirigir el Centro de Estudiantes. Art. 33).- La Junta Directiva acredita ante los organismos de la Facultad, a sus representantes hasta el término de su periodo, pudiendo revocarlos conforme al presente Estatuto. Art. 34).- La Junta Directiva del Centro de Estudiantes goza de total autonomía respecto a los órganos universitarios.


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Art. 35).- Los miembros en ejercicio de la Junta Directiva del CEIIS sólo podrán volver a postular a dicha Junta en otro cargo. Art. 36).- El mandato de la Junta Directiva elegida dura 1 año calendario. Éste se inicia en el momento de la Juramentación y Cambio de Mando, y finaliza con la Juramentación y Cambio de Mando de la nueva lista declarada ganadora democráticamente. En caso de que al culminar el año calendario, no se pueda realizar elecciones de Junta Directiva del CEIIS, o no haya una lista ganadora, la Junta de Representantes otorgará su voto de confianza a la Junta Directiva. Ésta tendrá la denominación de Junta Transitoria hasta el término de su mandato, y tendrá las mismas funciones que una Junta Directiva electa. Art. 37).- La Junta Directiva es presidida por el Presidente del CEIIS, y está integrada por: 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9)

Presidente Vicepresidente Coordinador Académico de Ingeniería Industrial Coordinador Académico de Ingeniería de Sistemas Coordinador de Prensa y Propaganda Coordinador de Economía y Desarrollo Coordinador de Relaciones Públicas Coordinador de Deportes Coordinador de Eventos Culturales

Art. 38).- Son causas de vacancia de la presidencia a) Renuncia aceptada por la Junta Directiva. La renuncia será presentada al vicepresidente, en ausencia de éste, a cualquier otro miembro de la Junta Directiva, quien convocará a una Asamblea Estudiantil dentro de los 5 días siguientes a la presentación de la Renuncia. La Junta de Representantes se reúne 5 días después para pronunciarse sobre la renuncia. b) Impedimento físico o mental permanente que lo incapacite para el desempeño del cargo. c) El abandono del cargo por más de 20 días, según afirmación de la Junta Directiva. d) Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones, según informe de la Junta de Representantes y aprobado en una Asamblea Estudiantil.


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Art. 39).- Las licencias del Presidente por razones no inherentes al cargo serán concedidas por la junta de Representantes, por un periodo máximo de 6 semanas acumuladas durante su mandato. Art. 40).- En caso de ausencia del Presidente ejercerá sus funciones el Vicepresidente, en ausencia de éste otro miembro de la junta directiva previo acuerdo de ésta. El ejercicio del cargo de presidente por algún otro miembro de la Junta Directiva, le otorga las mismas atribuciones y obligaciones que son propias al cargo primeramente mencionado Art. 41).- Declarada la vacancia del cargo de Presidente, asume el cargo el vicepresidente, en ausencia de éste otro miembro de la junta directiva previo acuerdo de ésta. Hasta la culminación del periodo de la Junta Directiva. El nuevo Presidente procederá en un plazo no mayor a 10 días a elegir a el(los) reemplazante(s) de el(los) cargo(s) que deja, debiendo presentarlo(s) ante la Junta de Representantes. Art. 42).- Si la vacancia del Presidente se produjera estando igualmente vacante todos los cargos de la Junta Directiva, asumirá un miembro de la Junta de Representantes elegido por ellos mismos, que cumpla con los requerimientos que establece el cargo de Presidente del CEIIS estipulado en el Reglamento de Elecciones del CEIIS. La función principal será la de apoyar al Comité Electoral para convocar a elecciones de la Junta Directiva. Si en un plazo máximo de 30 días calendario no se elige una Junta Directiva, la Junta de Representantes elegirá un nuevo representante para la conducción del CEIIS, repitiéndose este ciclo hasta la proclamación de una nueva Junta Directiva por parte del CECEIIS.

DEL PRESIDENTE Art. 43).- El Presidente del CEIIS es el máximo representante estudiantil de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas ante las autoridades de la Facultad y la Universidad, convoca y preside las reuniones de la Junta Directiva del CEIIS y las Asambleas Estudiantiles. Art. 44).- Para ser elegido Presidente del CEIIS se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 45).- El Presidente del CEIIS no puede ser reelegido para el periodo inmediato siguiente.


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Art. 46).- El cargo de Presidente del CEIIS exige dedicación y es incompatible con otro cargo similar fuera de la Universidad. Art. 47).- Son atribuciones y obligaciones del Presidente del CEIIS: a) Velar por los acuerdos de la Junta Directiva del CEIIS, la Junta de Representantes y las Asambleas Estudiantiles. b) Velar por el cumplimiento de la Ley, del Estatuto de la UNI, del presente Estatuto, de los Reglamentos de la representatividad estudiantil, de los planes de estudio, de trabajo y en general las disposiciones y acuerdos que normen la estructura y funcionamiento del CEIIS, de la Facultad y de la Universidad. c) Pronunciarse sobre los problemas que atañen a la Facultad y la Universidad, de acuerdo a los fines y principios señalados en el presente Estatuto. d) Debe asegurar, coordinadamente con el Tercio Estudiantil, la participación estudiantil en los órganos de gobierno de la FIIS. e) Dirigir las actividades del CEIIS y su gestión administrativa, económica y financiera, de acuerdo a lo establecido en el presente estatuto. f) Presentar a la Junta de Representante la memoria de su gestión al finalizar su periodo. g) Presentar su Plan de Trabajo y a la Junta Directiva del CEIIS ante la Junta de Representantes. h) Refrendar conjuntamente con los Vicepresidentes las credenciales que otorgue el CEIIS. i) En los órganos que preside, en los casos de empate, tiene el voto dirimente. j) Velar por la difusión de las actividades de la FIIS. k) Asegurar que la Conformación de la Junta de Representantes esté completa o en su defecto cubrir las vacancias. l) Buscar y dar soluciones a los problemas que cada secretaría de la estructura organizacional del CEIIS no pueda resolver. m) Delegar su representación para casos concretos; cuando lo juzgue conveniente y necesario, sin que ello signifique desligarse de la consiguiente responsabilidad mancomunada. n) El presidente del CEIIS, ante los órganos de la UNI, goza de inmunidad en cumplimiento de su cargo, sin transgredir los derechos de los demás miembros de la universidad, según lo establecido en el artículo 276 del Estatuto UNI.


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o) Las demás que le otorgue la Ley Universitaria, Estatuto de la UNI y el presente Estatuto. DEL VICEPRESIDENTE Art. 48).- El Vicepresidente quien haciendo uso de la necesaria habilidad legal, ejerce la defensa de los derechos de los estudiantes y fiscaliza el deber de los estudiantes, docentes y autoridades; en lo que les compete en función a los compromisos asumidos. Art. 49).- Para ser elegido Vicepresidente se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 50).- Son atribuciones y obligaciones del Vicepresidente: a) Reemplazar al Presidente en caso de ausencia declarada o vacancia. b) Procurar el cumplimiento de todos los reglamentos y normativa tanto internos al CEIIS, al de la Facultad y al de la universidad. c) Coordinar con los diferentes representantes estudiantiles para el acopio de información, así como solicitará información a las instancias respectivas. d) Iniciar investigaciones sobre temas basados en indicios que indiquen el incumplimiento de alguna norma o reglamento y de compromisos adquiridos, que la Junta Directiva apruebe. e) Realizar diagnósticos y/o estudios sobre temas o aspectos que la Junta Directiva apruebe. f) Organizar equipos de trabajo para realizar las investigaciones, diagnósticos o estudios. g) Elevar informes a la Junta Directiva de los resultados de la investigación, diagnósticos o estudios.

DE LOS COORDINADORES ACADÉMICOS DE LAS ESPECIALIDADES

Art. 51).- Habrán tantos coordinadores académicos como especialidades existen en la FIIS. Art. 52).- El coordinador académico de la respectiva especialidad, quien haciendo uso de su capacidad organizativa y fiscalizadora, promueve la investigación y


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desarrollo de proyectos multidisciplinarios y de especialidad; y el desarrollo de la formación académica. Art. 53).- Para ser elegido coordinador académico se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 54).- Son atribuciones y obligaciones del coordinador de asuntos académico: a) Velar por el cumplimiento cabal de los syllabus de curso y el programa curricular de las especialidades en la Facultad. b) Coordinar con los delegados de curso-sección el espacio necesario para recoger de éstos sus informes y opiniones respecto al desarrollo del curso y el desenvolvimiento del docente. c) Generar una base de datos de los de los exámenes de los diferentes cursos (rincón virtual FIIS). d) Promover la lectura y difusión de material y/o libros relevantes en la bibliografía de los diferentes cursos. e) Gestionar las soluciones a los diferentes problemas de índole académico que se le pudiera presentar a cualquier estudiante (cobros indebidos, excesos de trabajos, falta didáctica). f) Coordinar con los gerentes o responsables respectivos de cada centro cultural de la FIIS para la promoción, difusión y planificación de los proyectos de los estudiantes en competencias estudiantiles. g) Coordinar con los centros Culturales o grupos de estudiantes la realización de eventos académicos (conferencias, congresos, charlas, tertulias, etc.) que correspondan a sus especialidades. DEL SECRETARIO DE PRENSA Y PROPAGANDA Art. 55).- El Secretario de Prensa y Propaganda, es quien haciendo uso de técnicas de comunicación escrita, oral y visual proyecta el trabajo que viene realizando todos los actores estudiantiles y docentes dentro de la vida universitaria de la Facultad. Art. 56).- Para ser elegido Secretario de Prensa y Propaganda se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 57).- Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Prensa y Propaganda:


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a) Centralizar la información a tiempo para la toma de decisiones de la Junta Directiva, para con el Tercio de Facultad y la Junta de Representantes. b) Administrar y gestionar la Información generada de la participación estudiantil en la vida universitaria, según la Junta Directiva del CEIIS. c) Realizar las respectivas coordinaciones con las demás secretarias de la organización del CEIIS, Tercio de Facultad y representantes en las comisiones u otros organismos de la FIIS y la UNI, para el desarrollo del material a publicitar a nombre de la Institución Estudiantil. d) Propiciar el debate y desarrollo de una actitud crítica y propositiva, con un respeto irrestricto al pluralismo. e) Generar una base de datos de material Audiovisual, de índole académico y cultural. f) Recopilar información de temas de trascendencia tecnológica a nivel nacional y mundial, temas de la política nacional e internacional, para su difusión adecuada. g) Administrar los medios de difusión que el CEIIS tiene a su cargo. h) Establecer normas en el uso y reglamento del mural de avisos CEIIS. i) Informar sobre las oportunidades de becas y otros beneficios (SistemasUNI, ICPNA, Alianza Francesa, etc.) j) Encargarse de la prensa y propaganda de los reglamentos, estatutos de la UNI y CEIIS, acuerdos y disposiciones del CEIIS, asambleas estudiantiles, convocatoria a elecciones del CEIIS, Tercio estudiantil, elección de delegados, cronograma del ciclo y otros.

DEL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y DESARROLLO Art. 58).- El Secretario de Economía y Desarrollo haciendo uso de sus habilidades financieras administra y gestiona la economía y finanzas del CEIIS. Art. 59).- Para ser elegido Secretario de Economía y Desarrollo se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 60).- Son atribuciones y obligaciones del Secretario de Economía y Desarrollo: a) Ser miembro o mantenerse informado de las sesiones de la Comisión de Economía FIIS, con el fin de informar y proponer formas de distribución de recursos que apoyen los fines de la FIIS, priorizando los académicos. b) Planificar y controlar los recursos económicos de CEIIS.


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c) Promover la generación de recursos económicos del CEIIS. d) Encargado de la elaboración del presupuesto anual del CEIIS. e) Es el encargado de elaborar y presentar el Balance Económico del CEIIS a la Junta Directiva entrante. f) Promover el Desarrollo de las unidades de negocio e institutos enmarcado en los fines de la universidad (investigación, formación y extensión universitaria). g) Realizar las respectivas coordinaciones con las demás secretarías de la organización del CEIIS, Tercio de facultad y representantes en las comisiones u otros organismos de la FIIS y la UNI, para el logro de los objetivos. h) Supervisar la labor de cada secretaria en cuanto al aspecto económico, así como exigirle la entrega de los recibos si tuvieran algún gasto en el desarrollo de sus actividades diarias del CEIIS, además como el balance de caja chica. DEL COORDINADOR DE RELACIONES PÚBLICAS Art. 61).- El Secretario de relaciones públicas, haciendo uso de su capacidad organizativa, promueve actividades culturales, deportivas y de capacitación, dentro de un marco de promoción de valores. Art. 62).- Para ser elegido Secretario de Relaciones Públicas se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 63).- Son atribuciones y obligaciones del Secretario de relaciones públicas: a) Coordinar de manera continua y constante las becas que se otorgan a los alumnos de la FIIS. b) Mantener la comunicación del CEIIS con las autoridades estudiantiles de la UNI, Tercio estudiantil, para coadyuvar a la realización de los objetivos y propuestas del CEIIS c) Promover las tutorías dentro de la formación profesional. d) Generar la representación de la Facultad en diversos eventos culturales, interna y externamente. e) Mantener relación con diferentes empresas que puedan ayudar o aportar en el desarrollo profesional del estudiante FIIS además con aportar en la solución de alguna necesidad del CEIIS. f) Redactar el Acta de las Sesiones de la Asamblea General, Asamblea de Representantes y de la Junta Directiva.


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DEL COORDINADOR DE DEPORTES Art. 64).- El coordinador de deportes, haciendo uso de su capacidad organizativa, promueve actividades culturales, deportivas y de capacitación, dentro de un marco de promoción de valores. Art. 65).- Para ser elegido coordinador de deportes se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 66).- Son atribuciones y obligaciones del coordinador de deportes: a) Coordinar con los delegados de cada deporte para un mejor desarrollo de sus actividades. b) Velar por el cuidado del material deportivo del CEIIS (balones, inflador, bombo, platillos, etc.) c) Buscar el financiamiento o generación de recursos para la implementación y mantenimiento de materiales deportivos. d) Gestionar el pedido del permiso para utilizar la cancha de gras en la secretaria del decano. e) Aceptar permisos para la separación de las lozas FIIS. f) Coordinar con los estudiantes FIIS para la participación representando a la FIIS en los campeonatos y/o olimpiadas organizadas a nivel UNI o de facultad.

DEL COORDINADOR DE EVENTOS CULTURALES Art. 67).- El coordinador de eventos culturales, haciendo uso de su capacidad organizativa, promueve actividades culturales, deportivas y de capacitación, dentro de un marco de promoción de valores, haciendo uso de su capacidad organizativa, promueve actividades culturales, deportivas y de capacitación, dentro de un marco de promoción de valores. Art. 68).- Para ser elegido coordinador de eventos culturales se requiere cumplir con los requisitos que establece el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 69).- Son atribuciones y obligaciones del coordinador de eventos culturales: a) Coordinar y Organizar actividades que contribuyan a elevar el nivel académico y cultural de los estudiantes.


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b)

Organizar los eventos principales a nivel FIIS (Día del Ingeniero Industrial y Día del ingeniero de sistemas). c) Conjuntamente con los coordinadores académicos de las especialidades realizaran charlas o ponencias que ayuden y motiven al estudiante FIIS en su complementación profesional.

CAPÍTULO 4: REQUISITOS PARA SER JUNTA DIRECTIVA DEL CEIIS DEL PRESIDENTE Art. 70).- Son requisitos para postular al cargo del Presidente del CEIIS: a) Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. b) Estudiantes que hayan aprobado 60 créditos como mínimo y en caso de haber aprobado más de 145 créditos, está obligado a firmar una carta donde se compromete a terminar el cargo, dirigida al comité electoral y ésta debe ser pública. c) Estudiantes que no hayan ocupado los cargos de presidente o vicepresidente en la última Junta Directiva del CEIIS. d) Estudiantes regular de la FIIS. e) Estudiantes que no pertenezcan al TEFIIS. f) Estudiantes que no pertenezcan al CECEIIS. g) Estudiantes que no tengan medidas disciplinarias dentro de la Universidad. h) Estudiantes que no tengan antecedentes penales o policiales. i) Estudiantes que no sean miembros de Institutos Militares o Policía Nacional. Art. 71).- Los requisitos de los candidatos a Junta Directiva del CEIIS son: a) Los estudiantes que no hayan ocupado los cargos de presidente y vicepresidente en la última Junta Directiva del CEIIS. b) Estudiantes que hayan aprobado mínimo 40 créditos y en caso de haber aprobado más de 145 créditos, están obligados a firmar una carta donde se comprometan a terminar el cargo, dirigida al comité electoral y ésta debe ser pública. c) Estudiantes que no sean miembros del CECEIIS. d) Estudiantes que no sean miembros del TEFIIS. e) Estudiantes regular de la FIIS: f) Estudiantes que no tengan antecedentes penales o policiales.


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g) Estudiantes que no sean miembros de Institutos Militares o Policía Nacional.

TITULO 4: CÓDIGOS CEIIS CAPITULO 1: DEL CÓDIGO

Art. 72).- Código, es definido como un conjunto de estudiantes de diferentes ciclos relativos y que se conforma por: a) Estudiantes del mismo ciclo de ingreso y desean pertenecer a este código. b) Estudiantes de diferentes ciclos de ingreso que deseen pertenecer a un código y que sean aceptados en este. Art. 73).- Existen 2 tipos de código: a) Código estándar formado por aquellos códigos cuyos estudiantes tienen tiempo de ingreso dentro de los 10 últimos semestres contado desde el inicio de un ciclo. b) Código especial formado por el código cuyos estudiantes exceden 10 semestres matriculados y deseen estar en esta categoría.

CAPITULO 2: ORGANIZACIÓN DEL CÓDIGO DEL DELEGADO OFICIAL Art. 74).- Los Delegados de Código son los estudiantes que asumen el liderazgo del código, y son los voceros oficiales de las opiniones y/o decisiones de su código. A su vez, son el medio de difusión directa hacia los estudiantes que representa. Art. 75).- Los Delegados de Código son escogidos por los estudiantes del mismo código y por los estudiantes de trasladado interno o externo que se acoplen a dicho código. Necesitan al menos el 50% + 1 de las firmas de los estudiantes de su código para que puedan ser oficializados ante el CEIIS. Art. 76).- Son funciones del Delegado de Código:


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a) Fomentar la integración de los miembros de su código de acuerdo al espíritu de este reglamento. b) Convocar a sus códigos respectivos para tratar temas de relevancia interna y/o cuando la Junta Directiva del CEIIS lo solicite. c) Promover e incentivar la participación de los miembros de su código en las actividades que se realicen con el propósito de contribuir a su formación integral. d) Informar a su código sobre los temas a tratar en las reuniones con la Junta de Representantes y los acuerdos tomados en las mismas e) Asistir obligatoriamente a las reuniones programadas por la Junta de Representantes, llevando y respetando la postura de su código sobre los temas a tratar. En caso de ausencia, solo podrá ser suplido por uno de los delegados de especialidad. En última instancia, el delegado podrá enviar a un integrante de su código a través de una carta poder. f) Colaborar con la Junta Directiva del CEIIS y el Tercio Estudiantil FIIS para el cumplimiento de sus labores y actividades. Art. 77).- Los Delegados de Código de los 10 ciclos en ejercicio más el delegado de los representantes de los demás códigos (Especial) conforman la Junta de Delegados y ésta será convocada por el Presidente del CEIIS. Art. 78).- El CEIIS, otorga una credencial a los Delegados de Código para que participen en la Junta de Delegados y en la Junta de Representantes. Art. 79).- El periodo para ejercer el cargo de Delegados de Código es de 2 ciclos académicos. El ciclo de verano no se toma en cuenta como ciclo académico para este fin. Art. 80).- El Delegado de Código sólo puede ser reelegido por un periodo inmediato siguiente. Art. 81).- En caso que un código no cuente con su delegado, dicho código asumirá la responsabilidad de no contar con su voto en la Junta de Representantes. Además deberá respetar los acuerdos tomados por la mayoría. DEL DELEGADO DE CÓDIGO DE ESPECIALIDAD Art. 82).- El Delegado de Ingeniería Industrial/Sistemas tiene a su cargo las siguientes responsabilidades y funciones:


CEIIS 22 ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES a) Asegurar y promover la participación de los estudiantes miembros de

su código en las Comisiones de Trabajo (Mallas, Consejo directivo de Industrial/Sistemas, Planeamiento Estratégico y Acreditación) de la Facultad y otras que sean prioritarias en su contexto. b) El delegado es el responsable de la toma de decisiones y acciones que se tomen como delegación ante las entidades correspondientes. c) Ser el responsable de promover, garantizar y velar la participación de estudiantes de su código en los Congresos, ya sea mediante delegaciones, presentación de trabajos de investigación o concursos. d) Participar en las asambleas de delegados de la Asociación Peruana de Estudiantes de Ingeniería Industrial/Sistemas (APEII, APEISC), que reúne a todas las universidades del Perú que cuentan con la especialidad de Ingeniería Industrial/Sistemas; en las cual se discuten temas referidos a: informes de congresos, nuevas universidades incorporadas, sanciones, planes de mejora de la asociación. El delegado tiene voz y voto en los debates y decisiones.

CAPITULO 5: TERCIO DE FACULTAD Art. 83).- Los representantes de los Estudiantes ante los órganos de gobierno de la Facultad son el Tercio de Facultad, quienes deben dar cuenta y ser responsables ante la Junta Directiva del CEIIS, la Junta de Representantes y la Asamblea Estudiantil. Art. 84).- El Tercio de Facultad es elegido de acuerdo a las normas del Estatuto de la UNI y el Reglamento de Elecciones a los órganos de gobierno de la UNI. Art. 85).- El Tercio de Facultad nos representa en el órgano máximo de gobierno de la Facultad, el Consejo de Facultad, en un número de 6 miembros con derecho a voz y voto. Art. 86).- Son atribuciones y obligaciones de los representantes del Tercio de Facultad: a) Expresar la voluntad de la comunidad estudiantil FIIS en las sesiones de Consejo de Facultad. b) En caso de elección de Decano, deberán respetar el resultado del referéndum organizado por la Junta de Representantes según el Art. 31.


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c) Defender las decisiones adoptadas por la Asamblea de Estudiantes. d) Respetar la voluntad de la comunidad FIIS, expresada a través de la Junta de Representantes. e) Coordinar sus acciones y propuestas con los diferentes órganos de representación estudiantil. f) Apoyar en la gestión de la FIIS - UNI, respetando los lineamientos del Planeamiento Estratégico de la Facultad.

TÍTULO 4.- ORGANIZACIÓN ACADÉMICA CAPITULO ÚNICO Art. 87).- Siendo un propósito permanente de la Universidad, formar profesionales, científicos y humanistas, la Junta Directiva del CEIIS contribuye para dar las facilidades en cuanto a la formación e investigación de los estudiantes. Art. 88).- La Junta Directiva establece convenios para poder brindar cursos que complementen la carrera profesional de los estudiantes de la facultad. Art. 89).- A los estudiantes FIIS les corresponde contribuir con el propósito de la Universidad: a) Ser delegado de curso - sección y reunirse con los representantes estudiantiles con la finalidad de hacer llegar su apreciación del avance del curso. b) Participando en Congresos, Concursos, Proyectos sean nacionales e internacionales. c) Organizando y siendo parte de eventos académicos (charlas, conferencias, tertulias, etc.). d) Exigiendo el cumplimiento cabal de los syllabus de cursos y el programa curricular de las especialidades en la Facultad. e) Identificar los avances de otras universidades nacionales y extranjeras. f) Accediendo a la bibliotecas de la FIIS, del CEIIS y de los Centros Culturales promoviendo la lectura y difusión de material y/o libros relevantes en la bibliografía de los diferentes cursos. g) Identificar los diferentes problemas de índole académico que se le pudiera presentar a cualquier estudiante. h) Reclamar al docente el cumplimiento de sus responsabilidades. i) Ser parte el Instituto de Investigación.


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TÍTULO 5.- COMITÉ ELECTORAL DEL CEIIS CAPITULO 1: COMITÉ ELECTORAL Art. 90).- El Comité Electoral del CEIIS, identificado por las siglas CECEIIS, es el Órgano Oficial de la Comunidad Estudiantil FIIS para llevar a cabo las consultas de interés estudiantil, como son la elección de la Junta Directiva del CEIIS y los referéndums. Art. 91).- Para efectos de elección del CECEIIS, la Junta Directiva del CEIIS realizará una Asamblea Estudiantil, donde será elegido el nuevo CECEIIS. Esta convocatoria se realizará 3 meses antes del fin del período del mandato de la presente Junta Directiva del CEIIS. Art. 92).- La aprobación de los reglamentos propuestos por el CECEIIS requiere de la mayoría simple de la Asamblea Estudiantil y toda reforma debe contar con la aprobación de la Junta de Representantes, para su posterior presentación y promulgación ante la Asamblea Estudiantil convocada para tal fin, esta reforma debe constituirse a partir de la fecha de realización de dicha Asamblea. Art. 93).- El CECEIIS está conformado por tres (3) estudiantes y los requisitos para ser miembro son: a) Estudiantes regular de la FIIS. b) Estudiantes que hayan aprobado más de 45 créditos y menos de 165 créditos. c) Estudiantes que no pertenezcan a la actual Junta Directiva del CEIIS. d) Estudiantes que no pertenezcan al actual TEFIIS: e) Estudiantes que no hayan sido CECEIIS. Art. 94).- Son atribuciones del CECEIIS: a) Ejecutar y velar por el cumplimiento de los Reglamentos. b) Elaborar y ejecutar el cronograma del Proceso Electoral. c) Registrar las listas candidatas para la Junta Directiva del CEIIS. d) Realizar la depuración de las listas inscritas para el proceso electoral de acuerdo a los requisitos estipulados en el Reglamento de Elecciones de la Junta Directiva del CEIIS. e) Promover la participación del electorado y el conocimiento de las listas y sus planes de trabajo respectivos.


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f) Elegir mediante sorteo público entre los alumnos regulares de la FIIS a los miembros de mesa de votación titulares, y designar a los miembros de mesa de votación suplementes por voto de confianza. g) Identificar a aquellas personas miembros de mesa que no vengan a cumplir con su deber e informar a la Junta Directiva del Centro de Estudiantes en ejercicio, para que tome las medidas disciplinarias que considere pertinentes. h) Recibir y resolver los recursos de tacha interpuestos contra los candidatos. i) Realizar el cómputo general de la votación en compañía con la junta de representantes. j) Proclamar a la lista que resulte ganadora o invalidar el proceso electoral. k) Realizar la juramentación a la nueva Junta Directiva del CEIIS. l) Resolver cualquier situación irregular que se pudiera presentar durante el acto electoral. m) Elaborar y aprobar su reglamento interno. Art. 95).- El CECEIIS es autónomo en sus funciones y decisiones siendo sus fallos inapelables. Art. 96).- La Junta Directiva del CEIIS proporciona apoyo humano y logístico al CECEIIS para el ejercicio de sus actividades.

CAPITULO 5: DE LOS CENTROS CULTURALES Art. 97).- Los Centros Culturales son organizaciones de carácter universitario, sin fines de lucro, ajeno a toda actividad política y/o religiosa con administración propia y duración indefinida. Contribuyen a la formación integral de sus miembros y los de la Facultad, promoviendo la creación y el intercambio de conocimientos. Art. 98).- Para ser miembro de un Centro Cultural debe conocer, aceptar y respetar sus propios estatutos. Art. 99).- La Junta Directiva de cada Centro Cultural designa a un representante y suplente perteneciente a su Organización para que lleve su voz a la Junta de Representantes.


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TÍTULO 5.- RÉGIMEN ECONÓMICO

CAPITULO 1: RECURSOS PROPIOS Art. 100).- La Junta Directiva del CEIIS administra los recursos proporcionados por los servicios que brinda. Art. 101).- Alternativamente busca permanentemente nuevos servicios orientado al bienestar estudiantil. Art. 102).- Realiza actividades de apoyo para destinar los recursos a actividades específicas de interés estudiantil.

CAPITULO 2: RECURSOS EXTERNOS Art. 103).- El CEIIS solicita a la Facultad apoyo material, técnico y económico para el ejercicio de sus actividades y funciones. Art. 104).- El CEIIS puede recibir donaciones de personas naturales e instituciones nacionales e internacionales.

CAPITULO 3: FISCALIZACIÓN Art. 105).- El flujo de dinero producto de la administración de los recursos se sustentará ante la próxima Junta Directiva o cuando la Junta de Representantes, el TEFIIS o cualquier alumno lo solicite, presentando para ello un Balance General, Flujo de Caja y Estado de Ganancias y Pérdidas.


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TÍTULO 6.- BIENESTAR Y PROYECCIÓN SOCIAL

CAPITULO 1: SERVICIOS Art. 106).- El CEIIS provee con bienes y servicios necesarios que contribuyan al bienestar de la Comunidad Estudiantil de acuerdo a sus posibilidades. Art. 107).- El uso de los bienes y servicios del CEIIS se brinda de acuerdo a los Reglamentos que establezca la Junta Directiva en ejercicio.

CAPITULO 2: ACTIVIDADES Art. 108).- La Junta Directiva realiza actividades en fechas festivas para promover la integración de su comunidad. Art. 109).- Las actividades que realiza podrán ser dentro y fuera del campus y se dirige a estudiantes de la facultad y/o la sociedad en general que amerite el beneficio.

TÍTULO 7.- COORDINACIÓN ENTRE CENTROS

CAPITULO 1: ASOCIACIÓN DE CENTROS DE LA UNI (ACUNI) Art. 110).- La ACUNI, es el máximo centro federativo de los estudiantes de la Universidad Nacional de Ingeniería fundado el 16 de mayo de 1913. Art. 111).- Los principios del estudiante de la FIIS y sus representantes en la ACUNI son: a) La libertad y el respeto de las ideas y pensamientos. b) La autonomía estudiantil. c) La igualdad de oportunidades.


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d) La innovación permanente del sistema universitario. e) La inclusión y la autodeterminación social. Art. 112).- El Presidente del CEIIS es un miembro con voz y voto en la Junta de Presidentes de Estudiantes la UNI el cual está obligado a asistir a la ACUNI integralmente en todas sus actividades de primer orden de prioridad: reuniones, juntas, referéndum, elecciones, actos de masas, eventos políticos y culturales. Art. 113).- En caso de ausencia del Presidente del CEIIS en las reuniones de ACUNI, su responsabilidad recaerá en la línea organizativa de la Junta Directiva, y en la posible ausencia de ésta, el representante será el que se designe según el Art.37 del presente estatuto. Art. 114).- Es deber de los estudiantes de la FIIS y en especial de los representantes del CEIIS, asistir a la ACUNI con la finalidad de: a) Participar en las reuniones ordinarias y extraordinarias, con un representante elegido democráticamente o con iniciativa propia. Redactando un informe obligatoriamente para el CEIIS y la comunidad estudiantil. b) Participar en la canalización de información, debates, toma de decisiones, y soluciones de los problemas que atañen a la mesa directiva electa, junta directiva, junta transitoria, comisión de apoyo y/o comité electoral de la ACUNI. c) Solicitar informes periódicamente a la mesa directiva de la ACUNI para garantizar su legitimidad representativa y social. d) Activar la ACUNI con miembros colaboradores en caso de retrocesos organizativos y/o depresiones políticas que retrasen las labores de participación estudiantil en defensa de los derechos. e) Elegir, ser electos, exigir elecciones y participar en las elecciones de la mesa directiva electa, junta directiva, junta transitoria, comisión de apoyo y/o comité electoral de la ACUNI. f) Forjar una cultura política democrática, participativa y protagónica en la toma de decisiones de la ACUNI para impedir el caudillismo, burocratismo y sectorización, por medio de referéndum periódicos, con voto libre y secreto, de todos los estudiantes en todas las facultades. g) Participar en la organización y la administración de la ACUNI con metodologías sistémicas, holísticas, tolerantes e inclusivas de todos los sectores estudiantiles.


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TÍTULO 8.- IMAGEN INSTITUCIONAL CAPITULO 1: BOLETÍN INFORMATIVO Art. 115).- El Boletín Informativo “BOLETÍN CEIIS”, es una publicación oficial del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 116).- El Boletín Informativo tiene la finalidad de: a) Ser un medio libre de expresión estudiantil y defensa de los derechos estudiantiles. b) Dar a conocer todo tipo de información y conocimiento que se genera y desarrolla en la facultad a través de la vida universitaria. c) Ser un medio que registre la vida universitaria, para el futuro como un elemento de aprendizaje (registrar nuestra historia como comunidad FIIS) d) Dar a conocer la perspectiva estudiantil respecto a los diversos temas universitarios y sociales. e) Promover la excelencia académica, científica y social de la universidad. f) Promover una cultura de participación democrática. Art. 117).- El Boletín Informativo publicará el Plan de Trabajo de la Junta Directiva del CEIIS entrante, así como un resumen de su gestión al finalizar su mandato.

CAPITULO 2: WEB INFORMATIVA Art. 118).- La Web Informativa: https://www.facebook.com/ceiis.fiis es una publicación oficial del Centro de Estudiantes de la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas. Art. 119).- La Web Informativa, complementando el Boletín Informativo, tiene las siguientes finalidades: a) Presentarse ante la sociedad, publicando todo el potencial y los logros obtenidos por los estudiantes de la facultad. b) Publicar el perfil de los estudiantes de la FIIS. c) Identificar y difundir información, oportunidades y beneficios de los diferentes eventos internos y externos en tiempo real. d) Publicar el régimen de estudios de los estudiantes de la FIIS.


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e) Recopilar oportunidades en coordinación con instituciones de la universidad e instituciones externas. f) Difundir el respeto por la prioridad de la excelencia académica.

CAPITULO 3: MURALES Art. 120).- Los murales del CEIIS son los medios de difusión de mayor llegada a los estudiantes. Para alguna publicación se deberá contar con el permiso de algún integrante de la Junta Directiva del CEIIS.

TÍTULO 9.- FALTAS Y SANCIONES

CAPITULO 1: FALTAS DE LOS ESTUDIANTES Y SUS REPRESENTANTES Art. 121).- Son faltas graves de los representantes estudiantiles: a) El uso y/o aprobación indebida de los fondos, bienes y servicios del CEIIS. b) Las difamaciones o calumnias contra un alumno de la FIIS. c) Violar la Ley Universitaria, el Estatuto UNI, el presente estatuto y los reglamentos que deriven de éstos. Art. 122).- Son faltas leves de los representantes estudiantiles: a) Inasistencia a las Asambleas y/o reuniones con demás representantes estudiantiles. b) Agresión a un alumno FIIS dentro del Campus Universitario. c) No cumplir con alguna tarea específica encomendada Art. 123).- Son faltas de los estudiantes FIIS: a) No participar en las Asambleas Estudiantiles. b) No votar en las elecciones y referéndums convocados por el Comité Electorales. c) No votar en las elecciones de representantes estudiantiles ante los órganos de gobierno. d) No participar en las reuniones para elección de Delegado de Código. e) Plagiar en prácticas y/o exámenes.


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f) Las difamaciones, calumnias o agresiones contra algún estudiante. g) Violar la Ley Universitaria, el Estatuto UNI, el presente estatuto y los reglamentos que deriven de éstos. h) Agresión a un alumno FIIS dentro del Campus Universitario. i) Usar los ambientes de la Facultad para practicar juegos que no van alineadas a los fines de la universidad como póker, dados, etc. j) Usar los ambientes de la Facultad para libar licor. k) Fumar en los ambientes cerrados de la Facultad como el local del CEIIS, TEFIIS, salones u otros. CAPITULO 2: SANCIONES A LOS ESTUDIANTES Y SUS REPRESENTANTES Art. 124).- Las Sanciones aplicables a los representantes estudiantiles son: a) En caso de falta grave comprobada por la Junta Directiva CEIIS, esta debe informar a la Junta de Representantes y deberá suspender al miembro infractor, ventilar y resolver la vacancia en Asamblea Estudiantil pudiendo denunciarse el hecho ante las autoridades competentes internas o externas a la UNI si fuera necesario en lo referente a los incisos del artículo 132 del presente Estatuto. b) En caso de la falta leve comprobada por la Junta Directiva o la Junta de representantes, la Junta Directiva aplicará las siguientes sanciones: - Amonestación - Suspensión temporal - Remoción del cargo Art. 125).- Las sanciones a los representantes estudiantiles se aplican dependiendo de la gravedad del caso. La Junta de representantes sugerirá la sanción respectiva a la Junta Directiva, siendo ésta quien la acepte o proponga una nueva alternativa. Para la aplicación de la sanción es necesaria la aprobación de los dos tercios o más de los miembros totales de la Junta Representantes. Art. 126).- El órgano en primera instancia que puede solicitar la vacancia de algún órgano de representación o de un estudiante en particular, será la Junta de representantes, quién tendrá que sustentar los motivos ante una asamblea estudiantil para su debate y solución. Art. 127).- Las sanciones a los estudiantes FIIS serán decididos por la Junta de Representantes y aplicados por la Junta Directiva del CEIIS tomando en cuenta el


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grado y la frecuencia de la falta. Dichas sanciones podrán ser de la siguiente forma: a) Llamado de atención. b) La privación del uso de servicios del CEIIS por un periodo determinado. c) La presentación al Consejo Directivo de la falta. d) La presentación a la Comisión de Ética de la falta. e) La sanción moral ante la Comunidad FIIS.

TÍTULO 10.- DISPOSICIONES FINALES

CAPITULO 1: MODIFICACIONES Art. 128).- Cualquier modificación total o parcial del presente Estatuto se realizará previo a un estudio realizado por una comisión designada por la Junta Directiva del CEIIS. Deberá contar con la aprobación de la mayoría simple de votos en el referéndum. Art. 129).- La propuesta de modificación al presente Estatuto se debe publicar por todos los medios de difusión del CEIIS a los estudiantes de la comunidad con un mes de anticipación.

CAPITULO 2: VIGENCIA Art. 130).- El presente Estatuto entra en vigencia inmediatamente después de su aprobación por el Referéndum Estudiantil FIIS por tiempo indefinido hasta que la Junta Directiva crea conveniente su modificación.

CAPITULO 3: CONSIDERACIONES Art. 131).- En caso de duda sobre el correcto sentido de algún(os) artículo(s) de este Estatuto, la Junta Directiva del CEIIS, por mayoría de sus miembros en ejercicio, interpretará dicho artículo. Además resolverá los casos y situaciones no previstas.


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Art. 132).- Los Reglamentos estudiantiles aprobados anteriormente a este Estatuto deberán adecuarse al presente. Art. 133).- El presente Estatuto del CEIIS fue aprobado en Referéndum Estudiantil FIIS el día XX de XX de XX, y puesto en conocimiento del Consejo de Facultad el día XX de XX de XX como lo establece el Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería.


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