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CONSIDERANDO 1.
Que el artículo 183 de la Constitución Política y el artículo 2 de la Ley N° 7428, “Ley Orgánica de la Contraloría General de la República”, consagran la autonomía funcional y administrativa de la Contraloría General de la República.
2.
Que la Ley General de Control Interno, No. 8292 del 4 de setiembre de 2002, y las Normas de Control Interno para el Sector Público, emitidas mediante Resolución del Despacho Contralor Nº R-CO-9-2009 del 26 de enero 2009, consignan como un elemento primordial del Ambiente de Control en las organizaciones, lo relacionado con mantener y demostrar integridad y valores éticos en el ejercicio de los deberes y obligaciones, para lo cual son necesarios mecanismos formales e informales que permitan integrar la ética a los sistemas de gestión utilizando, entre otros medios, elementos como códigos de ética o similares. 4. Que las Políticas de Buen Gobierno Corporativo de la Contraloría General de la República emitidas mediante resolución No. R-DC-118-2009 del 15 de diciembre de 2009, en sus incisos 16, 17, 18 y 23 establecen que la Contraloría General contará con un Código de Conducta, alineado con los deberes de sus funcionarios en el ejercicio de las funciones que les han sido asignadas, en coherencia con los valores institucionales, el Marco Ético, las referidas Políticas y la normativa aplicable.
POR TANTO:
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íNDICE
Contenido INTRODUCCIÓN............................................................................................................... 4
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES ........................................................................ 6
Objetivo............................................................................................................................ 6 Alcance ............................................................................................................................ 6 Ideas rectoras institucionales .......................................................................................... 6 Compromisos básicos ..................................................................................................... 6 Divulgación y promoción del Código de Conducta .......................................................... 6 Ajuste ............................................................................................................................. 7 Vigencia y cumplimiento.................................................................................................. 7 CAPITULO II. CONDUCTAS INSTITUCIONALES .............................................................. 8
1.
RELACIONES ENTRE LOS MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN ............................ 8
2.
CONFLICTO DE INTERESES ................................................................................ 10
3.
RELACIONES CON LOS USUARIOS..................................................................... 12
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4.
USO DE RECURSOS ........................................................................................... 14
5.
MANEJO DE LA INFORMACIÓN......................................................................... 16
6.
SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE ......................................................... 18
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CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.Este código normara la conducta de los miembros de los órganos sociales y los trabajadores (as) del Centro de Estudios y Capacitación Cooperativa R.L. CENECOOP R.L., y sus relaciones con las cooperativas asociadas, los compañeros (as), proveedores y público en general. Artículo 2.Los miembros de los órganos sociales y los trabajadores (as) y de CENECOOP R. L. Deben cumplir con los valores y principios cooperativos. Su conducta dentro y fuera del país no deberá contravenir la moral, las buenas costumbres y la honradez. Igualmente los proveedores de servicios y bienes deberán conocer el Código Vigente y sus implicaciones. Artículo 3.La actuación de los miembros de los órganos sociales y los trabajadores (as) además estarán guiados por nuestras ideas rectoras. Objetivos institucionales a) Desarrollar programas de investigación, educación y capacitación, así como servicios de asesoría y asistencia técnica, orientados al mejoramiento de la gestión empresarial en el campo cooperativo, para asociados, dirigentes, personal administrativo y
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trabajadores del Movimiento Cooperativo nacional e internacional, y personas que tengan relación con el mismo. b) Impulsar relaciones de cooperación y coordinación con las diferentes entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, con el fin de aprovechar al máximo las oportunidades de investigación, educación, capacitación, asesoría y asistencia técnica para el Movimiento Cooperativo.
c) Canalizar los recursos económicos y técnicos, tanto de fuentes internas como externas, hacia el campo de la investigación, educación y capacitación cooperativa, asesoría y asistencia técnica, para la consecución de sus fines y propósitos. d) Proporcionar los servicios de documentación e información para las cooperativas y sus asociados. e) Promover la integración de los programas de investigación, educación y capacitación del Movimiento Cooperativo. Misión: Capacitar, educar e investigar para el desarrollo del sector cooperativo de manera sostenible de acuerdo con los valores y principios cooperativos.
Visión: Ser la organización referente en Latino América en la formación del sector cooperativo. Valores institucionales
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Innovación Calidad Mejora Continua Aprendizaje Equidad Transparencia
Artículo 4.Los miembros de los órganos sociales y los trabajadores (as) deben cumplir con las normas constitucionales vigentes en el país así como lo establecido en la Ley de Asociaciones Cooperativas y sus reglamentos, la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y sus disposiciones, la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento en lo que corresponda (uso de fondos públicos), Código de Trabajo, Estatuto Social, los reglamentos del CENECOOP R.L. y cualesquiera otras que se relacionen con la naturaleza y forma de operación de éste organismo cooperativo. Artículo 5.Los miembros de los órganos sociales y los trabajadores (as) además de respetar los principios de honestidad, transparencia, responsabilidad social y preocupación por lo demás; deberán estar en disposición de prestar sus servicios cuando el CENECOOP R.L. así lo requiera. Artículo 6.CENECOOP R.L. adoptará las disposiciones y medidas necesarias con el fin de evitar que en la realización de sus operaciones pueda ser utilizado como instrumentos para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento de dinero u otros bienes provenientes de actividades ilícitas, o para legalizar actividades o transacciones
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vinculadas con la legitimación de capitales.
Artículo 7.Con el propósito de proteger los intereses de la organización, CENECOOP R.L. mantendrá la seguridad e integridad de sus herramientas tecnológicas. Artículo 8.El CENECOOP R.L. fomentará el respeto y cumplimiento de la Ley contra el hostigamiento sexual en el empleo y la docencia (Ley #7476) CAPITULO II. CONDUCTAS INSTITUCIONALES Artículo 9.- . Y VALORES)
RELACIONES ENTRE LOS MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN (PRINCIPIOS
El CENECOOP R.L, Para el adecuado desarrollo del trabajo y la convivencia apropiada deberá brindar un ambiente de trabajo armonioso, sano y respetuoso, que facilite el desarrollo laboral, con un trato digno, honesto, equitativo e igualitario entre miembros de los órganos sociales y trabajadores (as). Los valores humanos se consideran de suma importancia en el desarrollo de la esencia personal, son base fundamental del accionar, y son Lealtad, Honestidad, Respeto y Tolerancia, y se fomentan con la aplicación de buenas conductas. Al respecto, se destacan las siguientes conductas:
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9.1.
Mantenemos con los compañeros y compañeras una relación amable, cordial, solidaria y respetuosa, evitando acciones u omisiones que lesionen su prestigio o su salud física y emocional.
9.2.
Rechazamos y no incurrimos en acoso sexual o laboral o cualquier otro tipo de conducta que menoscabe la integridad de las personas.
9.3.
Mostramos tolerancia hacia las ideas de los demás, disintiendo en todo caso con respeto.
9.4.
Nos mantenemos al margen de la vida privada de los demás, siempre y cuando su ámbito no afecte negativamente al trabajo y a la credibilidad en la institución.
9.5.
Respetamos el ámbito de compañeros y compañeras
9.6.
Mantenemos una presentación personal acorde con las exigencias y características del puesto que desempeñamos y de la institución que representamos.
9.7.
Trabajamos en equipo mostrando lealtad hacia sus integrantes.
9.8.
Aplicamos una propositiva).
9.9.
Compartimos la información y el conocimiento en beneficio del trabajo y del crecimiento de los demás miembros de la organización.
9.10.
Demostramos una
comunicación
actitud
acción
asertiva
proactiva
y
responsabilidad
(directa,
para
de
nuestros
respetuosa,
identificar
madura,
problemas,
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necesidades, riesgos en nuestro diario quehacer y buscar soluciones.
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Artículo 10.- . PROHIBICIONES
10.1.
Durante la jornada laboral y en el cumplimiento de su deber, los trabajadores (as), colaboradores (as) y miembros de los órganos sociales no deberán consumir ni trasegar drogas de uso no autorizado.
10.2.
Los colaboradores (as) y miembros de los órganos sociales no deberán utilizar las instalaciones y activos de la institución para realizar actividades políticos electorales o religiosas para fines personales.
10.3.
Utilizar los activos de la institución fuera de sus instalaciones o en actividades ajenas a su desempeño, excepto que cuente con la autorización respectiva.
10.4.
Permitir que la institución pueda ser utilizada para ocultar, invertir, asegurar o atesorar recursos provenientes de actividades ilícitas.
10.5.
Que los trabajadores (as) y miembros de los órganos sociales, realicen operaciones en la institución, utilizando información privilegiada.
10.6.
Recibir regalos o dádivas de los asociados y usuarios que posean más que un valor simbólico y que pueda interpretarse como tráfico de influencia.
10.7.
Participar en actividades contrarias a los intereses de la institución, o que puedan perjudicar la completa dedicación o el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades.
10.8.
Hacer uso de los símbolos de CENECOOP R.L. en actos o hechos irrespetuosos, burlescos o indignos.
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10.9.
Que los trabajadores (as) o miembros de los órganos sociales comprometan a la institución, sin tener las facultades o autorización necesaria para hacerlo.
10.10.
Falsificar, alterar cualquier documento o título valor que pudiese afectar el patrimonio o no de la institución.
10.11.
Sustraer cualquier activo de la institución.
Artículo 11.- . CONFLICTO DE INTERESES En el ejercicio de las labores estamos ante un conflicto de intereses cuando nuestra imparcial y correcta toma de decisiones podría verse o considerarse influenciada, debido a que los asuntos a resolver tienen relación directa o indirecta con nuestro interés personal, o cuando los interesados son parientes directos o cercanos e, inclusive, personas allegadas con una cercanía tal a nosotros, que terceros podrían poner en duda la independencia y objetividad con las que la institución está resolviendo o atendiendo algún asunto. Al respecto, se destacan las siguientes conductas: 11.1. En el ejercicio de las funciones que nos han sido asignadas prevalecen los intereses institucionales ante los intereses personales. 11.2. Respetamos el ordenamiento jurídico en todo momento. 11.3. Protegemos nuestra independencia y evitamos cualquier posible conflicto de intereses, rechazando invitaciones, regalos y gratificaciones que pueden interpretarse como intentos para influir sobre la independencia e integridad del funcionario o funcionaria.
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11.4. Evitamos aquellas relaciones con el personal de las instituciones sujetas a fiscalización y terceros, que puedan influir, comprometer o amenazar nuestra capacidad para actuar con independencia y objetividad, excepto las relaciones profesionales o de trabajo. 11.5. Utilizamos nuestro cargo con propósitos acordes con nuestra labor, no incurriendo en relaciones y situaciones que impliquen un riesgo de corrupción o que puedan suscitar dudas acerca de nuestra objetividad e independencia. 11.6. Utilizamos la información recibida en el desempeño de nuestras labores únicamente para el buen ejercicio de nuestras funciones, sin divulgar información que no corresponde a otras personas u organizaciones. 11.7. Actuamos de forma neutral, objetiva e independiente en el desarrollo de nuestras labores. 11.8. Cuando nos damos cuenta de situaciones relevantes que podrían influenciar nuestra objetividad en el cumplimiento de nuestras funciones, informamos de inmediato de tales situaciones a nuestro superior. 11.9. Evitamos favorecer o favorecernos indebidamente de personas con las que interactuamos en relación de nuestras funciones. 11.10. Cuando identifiquemos eventuales conflictos de intereses que afecten al personal de la institución comunicaremos de esto al superior jerárquico inmediatamente 11.11. En el ejercicio de nuestras funciones, no adelantamos criterio o información sobre asuntos que se encuentren en trámite, si esto contraviene el debido proceso o vulnera el derecho a la confidencialidad.
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11.12. El Cenecoop actúa con neutralidad política, como garantía de independencia frente a las influencias políticas que pudieran afectar el desempeño imparcial y objetivo de nuestras responsabilidades.
Artículo 12.- USO DE RECURSOS Los recursos públicos y privados puestos a nuestra disposición para desarrollar el trabajo, deben ser protegidos y conservados contra cualquier pérdida, despilfarro, uso indebido, irregularidad o acto ilegal, y deben ser aprovechados de la mejor manera posible para obtener productos y dar servicios de alta calidad1. Al respecto, se destacan las siguientes conductas: 12.1. Usamos el tiempo laboral responsablemente en procura del logro de los objetivos del trabajo. De esta forma, respetamos los tiempos asignados institucionalmente para el cumplimiento de nuestra jornada laboral y para la alimentación y descanso durante ésta. 12.2. Aprovechamos al máximo nuestras competencias (conocimientos, habilidades, aptitudes), en beneficio del logro de los objetivos institucionales. 12.3. En lo que nos corresponde y según las directrices institucionales, planificamos con esmero el trabajo por realizar y usamos esa planificación para fijar prioridades, usar los recursos con vista en éstas y atenderlas en los plazos previstos. 12.4. Contrastamos los plazos, tiempo y metas planificados con lo realmente dedicado y con las metas logradas en el trabajo, para aprender y mejorar en lo posible las siguientes planificaciones. 12.5. Utilizamos y velamos porque los recursos institucionales que estén bajo nuestra
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responsabilidad o tutela se utilicen en beneficio de la comunidad al cual se debe la organización. 12.6. Preservamos los equipos y el software institucionales, implementando las medidas técnicas para el uso y control de esos activos que ha emitido la institución, teniendo el debido cuidado de evitar todas aquellas acciones u omisiones que los pongan en riesgo. 12.7. Contribuimos en la medida de nuestras responsabilidades y posibilidades a mantener limpios, protegidos y ordenados el lugar y los instrumentos de trabajo y otras áreas físicas relacionadas (servicios sanitarios, soda-comedor, áreas verdes, parqueo, entre otros). 12.8. Protegemos los recursos institucionales y buscamos una opción social y ambientalmente responsable para su desecho. 12.9. La contratación, uso y disposición de recursos materiales y tecnológicos se hará con un enfoque de sostenibilidad y protección del ambiente. 12.10. Potenciaremos los medios de comunicación electrónicos para el cumplimiento de los fines laborales evitando excesos en su uso para asuntos de índole personal.
1 Algunos ejemplos de recursos públicos son, el mobiliario de oficina, los equipos y programas de cómputo, los vehículos, la infraestructura, las herramientas y utensilios de trabajo, la propiedad intelectual, el dinero, los títulos valores, el agua, la electricidad, los materiales, los suministros de oficina, los repuestos, los libros, los
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uniformes, las áreas verdes.
Artículo 13.- MANEJO DE LA INFORMACION La información es un recurso sensible que debe ser gestionado con diligencia y apego al principio de legalidad, para beneficio de la toma de decisiones por parte de los asociados y los usuarios y en promoción de la transparencia. Por su relevancia para el desarrollo del trabajo, en su manejo deben observarse tanto las conductas sobre uso de recursos en general, como éstas en particular. Al respecto, se destacan las siguientes conductas: 13.1.
Manejamos y respetamos con la debida confidencialidad toda aquella información que así lo requiera en atención a la normativa aplicable.
13.2.
Manejamos la información con honradez, sin sacar provecho personal del acceso que tengamos a ella.
13.3. Consultamos y aplicamos las directrices que establezca la institución sobre la comunicación de la información interna y externa en nuestra labor diaria. 13.4. Mantenemos ordenada, actualizada y archivada en los medios electrónicos institucionales, la información que sea de nuestra responsabilidad directa. 13.5. Velamos por la pertinencia, suficiencia, veracidad y exactitud de la información en los sistemas y productos institucionales propios de nuestro ámbito de responsabilidades. 13.6. Utilizamos la información con la debida objetividad y transparencia.
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13.7.
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Velamos por que la información de nuestra responsabilidad directa esté correcta y oportunamente clasificada, así como por su custodia.
13.8. Durante la jornada y al final de cada día, dejamos debidamente resguardados los documentos con información sensible2, por los medios que para este efecto ponga a disposición la institución.
2 Se entiende por información sensible aquella referida a personas físicas o jurídicas, que no debe ser conocida por personas no autorizadas, sea para resguardar el debido proceso, para evitar el adelanto de criterio o la filtración de información que así vaya a ser percibida en perjuicio de la credibilidad institucional o para resguardar información de carácter privado o personal en atención a la normativa que así lo exige.
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Artículo 14.- SEGURIDAD, SALUD Y MEDIO AMBIENTE El cuidado de la salud, la seguridad y del medio ambiente en el funcionamiento institucional, son temas relevantes para el bienestar de funcionarios y funcionarias. Al respecto, destacan las siguientes conductas: SEGURIDAD 14.1. Portamos visible el carnet de identificación nuestras funciones dentro y fuera de la institución.
durante el ejercicio de
14.2. Estamos atentos y coadyuvamos al cuidado y vigilancia de los bienes institucionales. 14.3. Colaboramos con los horarios establecidos para no dejar desatendidas las estaciones de trabajo y las áreas de acceso público, evitando situaciones que pongan en riesgo su seguridad. 14.4. Respetamos los protocolos de seguridad institucional establecidos ante emergencia de sismo, incendio, o similares. 14.5. Conocemos y aplicamos las medidas formales e informales que se dan para preservar la seguridad en las oficinas y en la institución en general. 14.6. Mantenemos libres las áreas de paso y zonas de seguridad en todo lugar dentro de la Institución (zonas de emergencia). 14.7. Cuando detectamos actuaciones sospechosas de personas externas a la
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institución informamos al personal competente. SALUD 14.8. Nos abstenemos de fumar dentro de las instalaciones de la institución por respecto a la salud de los demás y a la normativa aplicable, observando además las regulaciones internas. 14.9. Respetamos la integridad física y emocional de nuestros compañeros y compañeras evitando cualquier acto que los afecte en este sentido. 14.10. Respetamos las políticas de salud ocupacional durante el uso de los espacios físicos y de los recursos institucionales necesarios para nuestro desempeño laboral. 14.11. Cumplimos con los protocolos que establecen las entidades competentes para la prevención de la propagación de enfermedades infectocontagiosas en el entorno laboral. 14.12. Colaboramos en la prevención de accidentes laborales en la institución. 14.13. Nos esforzamos por controlar la contaminación sónica durante la jornada laboral. 14.14. Colaboramos en la vigilancia del aseo, el cumplimiento de adecuados hábitos de higiene en los servicios sanitarios, en nuestras áreas de trabajo y lugares de uso común. 14.15. Somos solidarios en el uso de bienes y servicios que son de uso común, para que los demás también puedan aprovecharlos oportunamente, el área de sodacomedor, las áreas verdes, entre otros.
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MEDIO AMBIENTE 14.16. Participamos activamente en la implementación de las acciones institucionales tendientes al desarrollo sostenible, tales como el manejo de desechos, campañas de reciclaje, y los lineamientos para oficinas para disminuir el uso del papel. 14.17. Hacemos un uso racional del agua, electricidad y demás recursos institucionales aplicando en todo momento las políticas institucionales que se hayan emitido para estos fines. 14.18. Nuestros procesos sustantivos y de apoyo, según sus diversos alcances, tendrán un enfoque de desarrollo sostenible que valore las dimensiones económicas, sociales y ambientales.
CAPITULO III. DE LAS FALTAS Y SANCIONES Artículo 15.Las violaciones al código pueden constituir faltas de tres tipos: leves, de alguna gravedad y graves. Artículo 16.Las sanciones, según la gravedad de violación al código, pueden ser: amonestación verbal o escrita, suspensión para trabajadores o expulsión como proveedor o llamado de atención como director.
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Artículo 17.El Comité de Ética, integrado por un miembro del Consejo de Administración, un miembro del Comité de Vigilancia y un representante de la Administración designado por la Gerencia, es el órgano encargado de instruir o investigar los hechos violatorios, ya sea por denuncia o de oficio, Para ello, debe seguir el debido proceso. Igualmente el Consejo podrá delegar esta función en el comité Ejecutivo. Artículo 18.El Consejo de Administración tendrá la facultad para sancionar con amonestación, suspensión, o destitución, al Gerente y Auditor Interno. Y el Gerente a su personal administrativo. Asimismo podrá recomendar a la Asamblea General, la expulsión de una asociada, cuando la violación al código sea grave. En cualquiera de los casos, deberá respetarse el debido proceso. Artículo 19.La Asamblea General podrá expulsar a una asociada, cuando la expulsión haya sido recomendada por el Consejo de Administración o Comité de Vigilancia y habiendo cumplido con el debido proceso. Artículo 20.Las violaciones al Código de Ética, por parte de un trabajador (a), generarán las sanciones contempladas en el Código de Trabajo y la aplicación de dichas sanciones, corresponde a la Administración de la Institución. Artículo 21.Se consideran faltas leves, el irrespeto a las disposiciones estatutarias y reglamentarias,
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que se comente por error involuntario o por carencia de la información necesaria y oportuna. Artículo 22.Se consideran faltas graves, las infracciones deliberadas a las leyes, Estatuto, reglamentos y Código de Ética de la institución. Artículo 23.Cuando se incumpla las leyes, al trabajador (a) o miembro de los órganos sociales, le pondrán ser aplicadas las penas que se deriven de la ejecución de la Ley 8204 y demás normas que rigen a la sociedad costarricense.
CAPITULO IV. DISPOSICIONES FINALES Artículo 24.Para garantizar el cumplimiento del Código de Ética, CENECOOP R.L. deberá hacerlo del conocimiento de sus trabajadores (as) y miembros de los órganos sociales, de los proveedores y asociadas, por los medios que considere más convenientes. Artículo 25.Este Código se debe aplicar con sentido común y cumplir plenamente tanto la letra como el espíritu de las normas que incluye.
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Artículo 26.Las reformas parciales o totales al presente Código, corresponderán al Consejo de Administración y deberán ser aprobadas por mayoría calificada de cinco votos.
Artículo 27.Este Código entrará en vigencia a partir de su aprobación en firme por pate del Consejo de Administración.
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GLOSARIO
1.
Soborno: Acción de corromper a las personas con dádivas con el objeto de conseguir, al margen de la ley, un trato favorable por parte de quien lo recibe.
2.
Trabajador (a): Persona que desempeña un cargo o que realizar un trabajo en CENECOOP R.L.
3.
Información privilegiada: Información relacionada con la celebración y ejecución de las operaciones propias dela institución, que se encuentre sujeta a reserva y que o hay sido dada a conocer.
4.
Conflicto de intereses: Situación en virtud de la cual una persona en razón de su actividad se enfrenta a distintas alternativas de conducta con relación a sus obligaciones laborales, morales, legales o contractuales.
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