Presentación de la orden de Salud Laboral y Prevención de Riesgos

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Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 Por la que se regula el procedimiento para la elaboración, aprobación y registro del Plan de Autoprotección de los centros docentes públicos de Andalucía, a excepción de los universitarios, los centros de enseñanza de régimen especial y los servicios educativos, sostenidos con fondos públicos, así como las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, y se establece la composición y funciones de los órganos de coordinación y gestión de la prevención en dichos centros y servicios educativos.

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Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 • • •

Orden pionera e innovadora en España Finalidad transversal y curricular Pretende fomentar el desarrollo de aprendizajes basados en competencias para la vida y la supervivencia, propias de la cultura de la prevención de riesgos: valores, actitudes, prácticas, conocimientos y comportamientos, para actuar de manera eficaz ante una situación de emergencia y para desarrollar hábitos de vida saludables.

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Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 •Marco normativo propio: Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19/09/2006 -I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos (BOJA nº 196, de 9 de octubre 2006).

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Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 -Objetivo 2, Acción 5, I Plan Andaluz de Salud Laboral y PRL del Profesorado, determina: •“Se actualizará la normativa del año 1985, relativo a la elaboración del Plan de Autoprotección del Centro y el establecimiento de normas sobre evacuación en situaciones de emergencia, que será de obligado cumplimiento para los centros docentes públicos andaluces. A fin de facilitar su aplicación, se elaborarán y publicarán protocolos de actuación y guías para la realización de simulacros de evacuación”

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Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 •R/D 393/2007 (NBA) Norma Básica de Autoprotección de los centros •Antecedentes normativos a derogar: Orden de 13 de noviembre de 1984, sobre evacuación de centros docentes de educación general, básica, bachillerato y formación profesional. BOE número 276, de 17 de noviembre de 1984. Orden de 4 de noviembre de 1985, por la que se dan instrucciones para la elaboración por los centros docentes no universitarios de un plan de autoprotección y se establecen las normas para la realización de un ejercicio de evacuación de emergencia.

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Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 •Normativa vigente que debemos aplicar: • Ley 31/1995 Prevención de Riesgos Laborales • Ley 54/2003 actualización de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales • R/D 604/2006, Reglamento de los Servicios de Prevención • R/D 314/2006 (CTE) Código Técnico de la Edificación • Acuerdo de Gobierno de 13 de octubre de 1999, Plan Territorial de Emergencias de Andalucía. • Ley 2/2002, de Gestión de Emergencias de Andalucía • R/D 393/2007 Norma Básica de Autoprotección • Decreto 195/2007, regula la celebración de espectáculos públicos • Ley 17/2007 de Educación de Andalucía (artículo 24) DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 •Evolución y consenso de esta Orden: • ACUERDO DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN • CONSULTA A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES QUE INTEGRAN LA MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN DE EDUCACIÓN: MESAS TÉCNICA Y SECTORIAL. • CONSULTA A LA CONSEJERÍA DE GOBERNACIÓN • CONSULTA A LA CONSEJERÍA DE EMPLEO • CONSULTA A LA CONSEJERÍA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA • INFORME DE LA LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA • INFORME DEL SERVICIO JURÍDICO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA • INFORME DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 •

Articulado

14 Artículos

4 Disposiciones adicionales

1 Disposición transitoria única

1 Disposición derogatoria única

2 Disposiciones finales

3 Anexos

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Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 •Principales novedades de la Orden • Composición y funciones de los órganos de coordinación y gestión de la prevención en los centros y servicios educativos: Órgano de gestión: Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales de los centros y servicios educativos Estructura funcional: Coordinadores y –

Órgano de coordinación: Coordinador/a de centro del I Plan Andaluz de Salud Laboral y PRL. –

• Registro del Plan de Autoprotección de todos los centros docentes y Servicios educativos en la aplicación informática “Séneca”, con un mismo índice • Procedimiento para la notificación sobre los accidentes del alumnado, profesorado y PAS • Coordinación con los Planes de Emergencias locales, provinciales y regionales. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Orden 16 abril, BOJA 91 de 8 de mayo de 2008 •Principales novedades de la Orden • Es un documento de gestión del Centro: incluido en el Plan de Centro, en las memorias informativas y en el Plan de Formación plurianual del centro. • Afecta a todos los Servicios Educativos: Centros del Profesorado, EOEs, etc. • Afecta a los edificios de las Delegaciones Provinciales de Educación. • Se establece la obligación de elaborar un programa para el mantenimiento preventivo de las instalaciones. • Se establece la obligación de realizar simulacros de emergencia, anuales. • Se reconoce la labor de las personas que intervienen en el proceso. • Se establecen líneas prioritarias para la elaboración de materiales, recursos y actividades de formación e investigación. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección

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Plan de Autoprotección

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Plan de Autoprotección •Definición del Plan de Autoprotección: • •“Es el sistema de acciones y medidas, adoptadas por los titulares o responsables de las actividades educativas, públicas o privadas, con sus propios medios y recursos, dentro del ámbito de sus competencias, encaminadas a prevenir y controlar los riesgos sobre las personas y los bienes, a dar respuestas adecuadas a las posibles situaciones de emergencia y garantizar la integración de estas actuaciones en el sistema público de protección civil”. •Orden de 16 de abril de 2008

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Plan de Autoprotección •Objetivos del Plan de Autoprotección: • Proteger a personas, usuarios y bienes. • Facilitar una estructura, instrumentos y recursos. • Concienciar y sensibilizar. • Conocer el centro y su entorno. • Garantizar la fiabilidad de los medios de protección. • Realizar mantenimiento preventivo. • Posibilitar coordinación con los medios externos.

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Plan de Autoprotección •

PLAN DE CENTRO Y MEMORIA FINAL

Incluirá PLAN DE CENTRO

MEMORIA INFORMATIVA

- Plan de Autoprotección y sus modificaciones. - Autorización otorgada por el órgano competente para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas (Decreto 195/2007) Nombramiento del Coordinador o Coordinadora - Informe del simulacro de emergencia.

MEMORIA FINAL

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- Memoria de actividades realizadas por el coordinador/a del Plan (cuestionario en Séneca)


Plan de Autoprotección •Elaboración, aprobación, registro, notificación e información. El equipo directivo del centro o servicio coordina la elaboración del Plan con la participación del coordinador o coordinadora. Se

aprobará por mayoría absoluta en el Consejo Escolar o equivalente.

Se

enviará copia del Plan de Autoprotección al Servicio competente en materia de Protección Civil y Emergencias, del Ayuntamiento correspondiente, así como las modificaciones que cada año se produzcan en el mismo. Se

depositará una copia del Plan de Autoprotección a la entrada del edificio, en lugar visible y accesible, debidamente protegida.

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Plan de Autoprotección •Coordinación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del Profesorado. • El coordinador o coordinadora, designado por la dirección del centro o servicio educativo, será profesorado con destino definitivo en el centro. Cuando no sea posible, será un miembro del equipo directivo. Se nombrará suplente. • La designación se hará para un curso escolar, sin perjuicio de prorroga mediante declaración expresa. • En centros docentes o servicios educativos con inestabilidad en la ocupación de sus plantillas, la coordinación podrá ejercerla cualquier profesor o profesora del centro. En centros de nueva creación la coordinación podrá ejercerla el personal docente, aunque no tenga destino definitivo. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección -FUNCIONES DEL COORDINADOR O COORDINADORA: • Elaborar, coordinar, implantar, mantener y difundir el Plan. • Registrar y actualizar el Plan en Séneca. • Velar por el cumplimiento de la normativa vigente. • Coordinar y planificar líneas de actuación en PRL y salud laboral del profesorado. • Comunicar la presencia de factores, agentes, situaciones de riesgo. • Colaborar con el personal técnico en la evaluación de riesgos y hacer la aplicación el seguimiento de las medidas preventivas. • Colaborar con los Delegados/as de Prevención del Comité de Seguridad y Salud Laboral Docentes. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección -FUNCIONES DEL COORDINADOR O COORDINADORA: • Difundir actuaciones de los equipos de emergencia y programar el simulacro. • Participar en la difusión de la cultura de la prevención y los valores. • Coordinar actividades relativas a la seguridad y promoción de la salud. • Planificar la formación del profesorado de su centro en esas materias. • Cuantas funciones se deriven de la aplicación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación (2006-2010).

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Plan de Autoprotección •Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales. Composición: • Miembros del Consejo Escolar del centro: – 1 representante de los padres y madres – 1 representante del profesorado – 1 representante del PAS – 1 representante del alumnado (exceptuando Centros de Infantil y Primaria) • El coordinador o coordinadora de centro del Plan de Salud Laboral y PRL. (Con Voz pero sin voto) Presidida por el titular de la dirección del centro y haciendo funciones de secretaría se designará un profesor o profesora miembro del Consejo Escolar, con voz pero sin voto.

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Plan de Autoprotección •Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales. Composición: • Excepciones de la composición: – En los centros Específicos de Educación Especial (CEE) y en los centros que tengan unidades específicas de Educación Especial se añadirán (con voz pero sin voto): –Un representante del personal de atención educativa complementaria. –Un profesor o profesora de Necesidades Educativas Especiales (NEE). En los servicios Educativos: -El equipo directivo al completo. -El coordinador o coordinadora de centro del I Plan de Salud Laboral y PRL. -Un Representante del PAS. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección •Comisión de Salud y Prevención de Riesgos Laborales. Funciones: • Promover acciones para el desarrollo e implantación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y Prevención de Riesgos Laborales del personal docente de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación. • Supervisar la implantación del Plan de Autoprotección. • Hacer un diagnostico y proponer acciones formativas recogidas en el Plan de Formación del Centro. • Determinar los riesgos previsibles. • Catalogar los recursos. • Proponer medidas al Consejo Escolar. • Cuantas funciones se deriven de la aplicación del I Plan Andaluz de Salud Laboral y PRL del Profesorado. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección

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Plan de Autoprotección •Simulacros • Uno al año, por lo menos (preferentemente, en el primer trimestre). • Con medios propios y sin simulación de situación real. • Con simulación de situación real (uso de humo, bengalas, etc.) deberá contar con la autorización expresa de la Delegación Prov. Educación y asistencia Medios Externos. • Descripción del proceso informado. (Se completa en la Guía). • Informe en Séneca y Memoria Final. • Documentación que deberá guardar en la carpeta del Plan de Autoprotección.

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Plan de Autoprotección •Seguimiento y control de los accidentes e incidentes en el Centro. •En el caso de que ocurriese algún accidente que afecte al profesorado, se procederá a comunicarlo a la Delegación Provincial de Educación correspondiente, vía fax, en el plazo de 24 horas, si el accidente es grave, y en un plazo máximo de cinco días, cuando no fuese grave. A tal efecto se procederá a cumplimentar, por parte de la dirección del centro, los Anexos correspondientes de la Orden.

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Plan de Autoprotección PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

SE ENCUENTRA

SÉNECA

SE REALIZA

FICHAS DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección •ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •Disponible en SÉNECA: Fichas organizadas en 9 Capítulos y 4 Anexos. Manual de ayuda. Guías de simulacros y de recomendaciones, normativa, señalización y otros materiales. Materiales enviados a los Centros : Carpeta para guardar el Plan de Autoprotección con separadores y planos tipo. CD-ROM con todo el material de ayuda y CD-ROM de primeros auxilios. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección •ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •Pasos para elaboración: Descarga de la aplicación informática alojada en SÉNECA. Se vuelcan los datos del propio centro. Se cumplimenta las fichas off-line. Cumplimentadas las fichas, se genera e IMPRIME el Plan. Una vez aprobado por el Consejo Escolar: • Se envía y registra en SÉNECA. • Se guarda copia impresa en la carpeta, en lugar visible. • Se envía copia a los Servicios de Protección Civil. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección •ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •Aplicación informática alojada en SÉNECA Aplicación del explorador o navegador Web Constituida por fichas autorrellenables organizadas en 9 Capítulos y 4 Anexos. El objetivo de las fichas es facilitar la toma de datos para la elaboración del Plan de Autoprotección.

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Plan de Autoprotección •

FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

Sólo se cumplimentan los campos con la información solicitada que siempre estará en una celda en blanco.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 1. IDENTIFICACIÓN, TITULARIDAD Y EMPLAZAMIENTO DEL CENTRO: • Se recogen los datos de identificación del centro, así como el titular de la dirección. • Se definen y establecen los objetivos que determinan el Plan. • Las fichas tienen secciones que deben ser cumplimentadas y otras que estarán rellenas.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 2. DESCRIPCIÓN DEL CENTRO, ENTORNO, ACTIVIDADES, OCUPACIÓN Y CARACTERÍSTICAS: Se recogen datos relativos al centro: características y entorno, actividades y personas usuarias del mismo. En las fichas se solicitan datos concretos y los centros cumplimentan sólo determinados campos particulares. La mayor parte del trabajo está ya hecho y grabado en las fichas, cuando lo impriman sale el Plan completo.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO. 3 INVENTARIO, ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS: Se identifican y localizan los elementos, instalaciones, etc del centro y su entorno, que puedan dar origen a una situación de emergencia. En las fichas se enumeran los elementos y riesgos que conllevan.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 4. MEDIDAS Y MEDIOS DE AUTOPROTECCIÓN. HUMANOS Y MATERIALES: Inventario y descripción de los medios humanos y materiales que el centro dispone. Las fichas solicitan la relación y localización de los mismos.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 5. PROGRAMA INSTALACIONES:

DE

MANTENIMIENTO

PREVENTIVO

DE

Se anotarán las fechas de las revisiones e inspecciones, las operaciones de mantenimiento, según la normativa vigente. En las fichas se recogen las fechas y la operación.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 6. PLAN DE ACTUACIÓN ANTE EMERGENCIA: Se definen las acciones, el operativo ante una situación de emergencia. Las fichas incluyen las acciones básicas que aconseja Protección Civil. Se deja un apartado en blanco para que el centro las amplíe o adapte si lo considera necesario.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 7. INTEGRACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN EN OTROS DE ÁMBITO SUPERIOR: Se adjuntan los protocolos básicos para la notificación de una emergencia, la coordinación con la ayuda externa y la forma de colaboración.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 8. IMPLANTACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN: Se prepara el plan de formación en autoprotección y seguridad, que se adjunta al Plan de Formación del Centro, así como los mecanismos de información a los usuarios y visitantes.

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Plan de Autoprotección •FICHAS PARA LA ELABORACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN •CAPÍTULO 9. MANTENIMIENTO DE LA EFICACIA Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN: Se describirá el simulacro, las dificultades detectadas, como se va actualizar y revisar el Plan, se programaran la sustitución si es necesaria de medios y recursos. Se elaborará un Programa para el mantenimiento preventivo de las instalaciones del centro.

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Plan de Autoprotección -

ANEXOS:

-

Anexo I: Directorio de Comunicaciones

Figurarán los teléfonos del personal de emergencia del centro, los de ayuda exterior y otras formas de comunicarse (radio, fax, etc.)

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Plan de Autoprotección -ANEXOS: -Anexo II: Formularios y protocolos: Tras haber sido cumplimentados, siempre se guardará copia de ellos en la carpeta del Plan para que puedan servir de recordatorio de las actuaciones realizadas. Formulario para la notificación de emergencia Formulario de coordinación de la interfase Formulario para la recepción de amenaza de bomba.

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Plan de Autoprotección -ANEXOS: -Anexo III: Planos Los planos facilitan la labor de los equipos de ayuda externa. Son muy importantes, en caso de una emergencia real. Se incluirán unas ejemplificaciones de planos en el reverso de la portada de la carpeta, en formato A-3. Un plano puede recoger distinta información, como: • * Vías de evacuación. • * Medios de extinción y alumbrado de emergencia. • * Zona de riesgo. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección -ANEXOS: -Anexo IV. Informes: Informe de simulacro Comunicación de accidentes alumnado Notificación de accidente que afecte al profesorado/ o PAS Informe de Sucesos

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Plan de Autoprotección -

CARPETA DEL PLAN DE AUTOPROTECCIÓN

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Plan de Autoprotección -

GUIA PARA LA REALIZACIÓN DE SIMULACROS

Los simulacros tiene como objetivo fundamental el establecimiento de pautas de actuación ante una emergencia. La guía es un resumen de actuaciones, consejos y recomendaciones para la realización del simulacro.

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Plan de Autoprotección -

PRIMEROS AUXILIOS

Se adjunta un CDROM sobre emergencias sanitarias en centros docentes que aporta consejos y recomendaciones a tener en cuenta en caso de accidentes y lesiones, en el medio escolar, de fácil comprensión y muy interactivo. DIRECCIÓN GENERAL DE PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS


Plan de Autoprotección •

Normas y Recomendaciones para la realización del Plan de Autoprotección.

Es un documento que complementa las ayudas del Manual

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Formación en Prevención de Riesgos Laborales

• Formación de coordinadores y coordinadoras de centros; directores y directora, asesores y asesoras de CEPs. • Formación permanente y continua en Salud Laboral y PRL, de todo el profesorado. • Formación del profesorado en fase de prácticas. • Formación on line a través de la Plataforma. • Trabajo en red, Grupos de Trabajo. • Elaboración de materiales y manuales de buenas prácticas. • Trabajos de investigación en PRL y Salud Laboral del profesorado. • Formación de los Delegados y Delegadas de prevención, en PRL y Salud Laboral.

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