COMUNICADO DE PRENSA lunes, 7 de noviembre de 2016
LOS TRIBUNALES DEMUESTRAN EL IMPAGO DE LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO A LA PLANTILLA EN LA EMPRESA AYUDA A DOMICILIO Tras la demanda presentada por la Sección Sindical de CGT en Ayuda a Domicilio el Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, en sentencia de 19 de octubre, demuestra y pone de manifiesto el impago de los gastos de desplazamiento en la empresa. En la sentencia, dicho juzgado de lo social, reconoce tal y como viene recogido en Convenio Colectivo, los casos en los cuales la empresa Ayuda a Domicilio debe hacerse cargo de los gastos de desplazamiento de las trabajadoras y trabajadores que prestan sus servicios en mencionada empresa. Así, en el apartado TERCERO de los HECHOS PROBADOS de la sentencia, el Juzgado nº 6 de Murcia recoge cuándo se han de abonar los gastos de desplazamiento y cómo se hará dicho abono, es decir, ni más ni menos que lo que establece el artículo 41.h) del Convenio Colectivo aplicable. Concretamente: “la empresa se hará cargo de los gastos de desplazamiento del personal cuando a requerimiento de la empresa, dentro de la jornada laboral, la realización del servicio comporte la necesidad de utilizar medios de transporte.” Y también cuando “la propia naturaleza del servicio y organización del trabajo impliquen la necesidad de utilizar medios de transporte para su prestación.” Para cumplir este requisito la empresa tiene varias opciones, también recogidas en el Convenio Colectivo, a saber, pagando el transporte público, facilitando un vehículo de la empresa o abonando el kilometraje a 0,18 euros el kilómetro. Además la sentencia reconoce que Ayuda a Domicilio no está abonado los gastos de desplazamiento. El apartado SEXTO de los HECHOS PROBADOS no deja lugar a dudas:
CGT REGIÓN MURCIANA
COMUNICADO DE PRENSA
COMUNICADO DE PRENSA lunes, 7 de noviembre de 2016
No entendemos muy bien por qué el juzgado no ha considerado que estemos ante un conflicto colectivo, ya que lo denunciado por esta Sección Sindical de CGT en Ayuda a Domicilio afecta a toda la plantilla. De hecho en la propia sentencia, concretamente en el apartado PRIMERO de los HECHOS PROBADOS, dice textualmente que “el presente conflicto afecta a la totalidad del personal laboral de la empresa demandada Ayuda a domicilio S.A.L.”. Ésta es por tanto la parte menos positiva de la sentencia, ya que para que las compañeras y compañeros puedan recuperar su dinero habrá que denunciar de manera individual.
En cualquier caso no podemos dejar de mostrar nuestra alegría ante un hecho como éste, ya que queda demostrado que Ayuda a Domicilio está incumpliendo el Convenio Colectivo aplicable. Desde la CGT queremos decir a la plantilla que pueden ponerse en contacto con nosotras para realizar la correspondiente reclamación y recuperar el dinero que les corresponde. La lucha y la pelea constante es el único camino para hacer valer nuestros derechos. Por otra parte también queremos dirigirnos al Ayuntamiento de Murcia, queremos decirle que no compartimos la idea de hacer negocios con los Servicios Públicos y que debe remunicipalizar el servicio de Ayuda a domicilio. El cuidado de nuestras personas dependientes debe hacerse en condiciones óptimas y eso pasa, entre otras cosas, por pagar correctamente a las personas que se encargan de ese trabajo. Tampoco consideramos de recibo dilapidar el dinero público de esa manera, está demostrado que los servicios prestados directamente con personal público son más baratos y de mejor calidad.
Sección Sindical de CGT en Ayuda a Domicilio
CGT REGIÓN MURCIANA
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