AUTOEVALUACIÓN IVA V. DEVENGO · CUESTIÓN 1: A, empresario que vende ordenadores, contrata con B la venta de 10 ordenadores a cambio de 30.000€. Las condiciones del contrato son las siguientes: la entrega a B se efectuará el 2 de febrero; el pago del precio se realizará en tres plazos iguales el 3 de febrero, el 3 de agosto y el 3 de octubre; no se acuerda la reserva de dominio. ¿Cuándo se produce el devengo? Justifique la respuesta. El 2 de febrero Según el art. 75.1.1 LIVA el devengo en las entregas de bienes se produce cuando se pongan a disposición del adquirente o, en su caso, cuando se efectúen conforme a la legislación que les sea aplicable. Es indiferente el hecho de que el cobro se produzca con posterioridad. Por tanto, en las ventas a plazos se devenga el impuesto en su totalidad cuando los bienes entregados se pongan a disposición del adquirente, aunque los plazos se satisfagan posteriormente. · CUESTIÓN 2: Una sociedad propietaria de una nave industrial y de terrenos colindantes a ésta debe transmitirlos a un Consorcio Urbanístico como consecuencia de una expropiación. El justiprecio de la expropiación es de 900.000€, acordándose el pago del 50% el 17 de octubre y el resto cuando desaloje los bienes y se ocupen administrativamente, lo que previsiblemente sucederá el 13 de febrero del año próximo. ¿Cuándo se produce el devengo? Justifique la respuesta. 17 de octubre y 13 de febrero El art. 75.2 determina que cuando existen pagos anticipados anteriores a la realización de la operación, el impuesto se devenga en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos. · CUESTIÓN 3: La editorial de un periódico vende a un Kiosco de la UAL 100 ejemplares por valor estimado de 0,60€. El día 30 de octubre ha vendido sólo 50 ejemplares a 1€. ¿Cuándo se produce el devengo? Justifique la respuesta. Con adquisición de ejemplares Según el art. 75.1.3 en caso de entregas de bienes efectuadas en virtud de contratos por los que una de las partes entrega a la otra bienes muebles, cuyo valor se estima en una cantidad cierta, obligándose quien la recibe a procurar su venta dentro de un plazo y a devolver el valor estimado de los bienes vendidos y el resto de los no vendidos, el devengo de las entregas de los bienes vendidos se producirá cuando quien los recibe los ponga a disposición del adquirente.