Dossier Tecnolológico Legalidad y Tecnología

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Sentando las bases legales de la nueva economía digital La innovación tecnológica cambia a un ritmo vertiginoso y en ese desarrollo encuentra nuevos conceptos y espacios donde muchas veces se desconocen las implicaciones legales a las que se está sujeto. Para ello, se va mejorando poco a poco la legislación y además existen despachos de abogados especializados en nuevas tecnologías. JU@N BENÍTEZ

En pleno debate de los 'por qués', que han llevado al Gobierno saliente a no aprobar la Ley de Economía Sostenible -también denominada Ley Sinde-, no es ajeno a ningún internauta o tecnófilo que seguramente, tendremos debate en el próximo año sobre la conveniencia de algunas regulaciones en materia de Internet. Y no es porque el terreno no esté previamente regulado, ya que desde hace varios años tenemos la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSICE), que actualmente se conoce como Ley de Internet Fácil. Esta legislación, forjada en 2002, define como servicios de la Sociedad de la Información (SI), la contratación de bienes o servicios por vía electrónica, la organización y gestión de subastas por medios electrónicos o de mercados y centros comerciales virtuales o la gestión de compras en la red por grupos de personas. Asimismo, son servicios de la SI el envío de comunica-

ciones comerciales, el suministro de información por vía telemática, el vídeo bajo demanda -si el usuario puede seleccionar en Internet el programa deseado, momento de su suministro y recepción-, y, por extensión toda aquella distribución de contenidos sujetos a petición individual previa. Es decir, la LSSI tiene como objetivo la protección de los intereses de los usuarios de servicios a través de las telecomunicaciones e Internet, y es un instrumento de garantías para la contratación. Por ello, impone a los prestadores de servicios la obligación de facilitar el acceso a sus datos de identificación a cuantos visiten su sitio en Internet, la de informar a los destinatarios sobre los precios que apliquen a sus servicios y la de permitir a éstos visualizar, imprimir y archivar las condiciones generales a que se someta, en su caso, el contrato. Cuando la contratación se efectúe con consumidores, el prestador de servicios deberá, además, guiarles durante el proceso de contratación, indicándoles los pasos que han de dar y la forma de corregir

Directora Victoria Cabrera García de Paredes (v.cabrera@cibersur.com) Coordinadora Alicia Bonaño Sánchez (a.bonano@cibersur.com) Redacción Juan B. Benítez Delgado (jbbenitez@cibersur.com), Ana V. Blanco, Isabel Moya (redacción@cibersur.com) Colaboradores Gonzalo Rodríguez, Vicente Moncholi

Diseño Agencia CPS Comunicación Maquetación Agencia CPS Comunicación Publicidad y Dpto. Comercial publicidad@cibersur.com Administración

Los avances tecnológicos deben traer consigo una novedosa base legal.

posibles errores en la introducción de datos, y confirmar la aceptación realizada una vez recibida. Ésto, que parece muy básico, ya era un avance importante en aquel momento, aunque en estos momentos, con las garantías que ofrece la comercialización electrónica, parece ser algo menos relevante que en los tiempos de la "desconfianza" en el comercio electrónico. Por otra parte, se contemplan sanciones de considerable cuantía, en función de la infracción cometida. Existen tres tramos, que van en primer lugar hasta los 30.000 euros, un segundo tramo que va desde 30.0001 hasta 150.000, y el final que está comprendido entre 150.001 y 600.000 euros. Este marco legal se encuentra a su vez influido por Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España y la Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.

Redacción, Administración y Publicidad

Oficina Central: Centralita: 954 56 29 65 E-mail: cibersur@cibersur.com

Esther Diez Fotografía Javier Plata

Pese a todo ello, se ve que la pelota sobre estos cambios va a quedar en el tejado del Gobierno entrante. Y es que tras una supuesta discusión en el penúltimo Consejo de Ministros de la era Zapatero, donde la presión social llevaba al presidente en funciones a desestimar la aprobación de la Ley Sinde, parece que en el último encuentro del Consejo de Gobierno no saldrá el texto adelante. Al respecto, salga adelante o no la Ley Sinde, el destacado jurista Carlos Sánchez Almeida, dibuja el panorama real del momento en que vivimos, ya que en su momento argumentó que "cuando la Ley Sinde entre en vigor, ya estarán preparadas las soluciones técnicas para dejarla obsoleta, aunque los legisladores seguirán trabajando para blindar los privilegios de los poderes financieros y mediáticos". Todo un apasionante debate que sigue abierto en torno a una realidad a voces como es la nueva economía digital.

Edita Comunicaciones y Producciones del Sur S.L.

Codigo QRC:

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Cloud computing E

s por todos sabido que el mercado de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) se mueve a un ritmo vertiginoso y es por ello que cada día nos sorprenden con alguna expresión informática nueva. En estos último tiempos no ha pasado desapercibido y es muy común oír hablar del famoso Cloud Computing o "Computación en la nube", por lo que intentaremos aclarar este término en la medida de lo posible. Podemos definir el Cloud Computing como el medio ofrecido para el almacenamiento de documentos y aplicaciones en un servidor permanente y la posibilidad de sincronización de la información en varios dispositivos a la vez, como por ejemplo ordenadores de sobremesa, portátiles, smartphones o tablets. La prestación de servicios a través del modelo de computación en la nube ha generado un nuevo modelo de negocio y de mayor rentabilidad para las empresas, que mediante la utilización de tecnologías de la información permite a sus clientes acceder a un catálogo de servicios estandarizados. Con este sistema, las empresas podrán ver reducidos sus gastos, ya que no precisarán de infraestructuras, lo que les supondrá un ahorro. Pero también existen determinados servicios de computación en la nube destinados especialmente a la ciudadanía, los cuales ofrecen la versión base de estos servicios gratuitamente. El acceso a los datos almacenados en la nube depende de una conectividad a Internet y de la disponibilidad del servidor, por lo que un fallo en cualquiera de estos dos sistemas imposibilitaría el acceso a los datos. La computación en la nube es un modelo de pago a la carta, ajustable al uso limitado y esporádico de los recursos informáticos por parte tanto de las empresas como de los usuarios. La problemática jurídica del Cloud Computing radica fundamentalmente en dónde se encuentra la información

almacenada y en el uso que se da a dicha información, pero desconocer la localización de la información no puede jamás implicar que no existan las medidas necesarias de seguridad y replicación para garantizar su recuperación en caso de desastre o pérdida de los mismos. En la actualidad existe una carencia en materia de regulación de estos servicios, tanto en el derecho español como en la legislación europea, aunque son varias las leyes a las cuales debemos hacer mención y que podrían ser aplicables en determinados casos. En primer lugar debemos hacer referencia a la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, en tanto en cuanto este modelo supone la prestación de un servicio a distancia de contratación electrónica al igual que el suministro y envío de información por vía electrónica. En segundo lugar debemos tener en cuanta la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la mencionada Ley, ya que en estos sistemas se manejan una gran cantidad de datos de carácter personal. Esta Ley, en su artículo 9, obliga a las empresas responsables de los ficheros a disponer procedimientos que garanticen la seguridad de los datos y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. A este respecto, debemos recordar también la Directiva 94/96 CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de datos. Asimismo, los proveedores de Cloud Computing deberán estar abiertos a cualquier tipo de auditoría externa y cumplir con las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad de sus clientes.

“La problemática jurídica del Cloud Computing radica fundamentalmente en dónde se encuentra la información almacenada y en el uso que se da a dicha información”

GONZALO RODRÍGUEZ DORADO, DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA ASOCIACIÓN GENERAL DE CONSUMIDORES, ASGECO CONFEDERACIÓN


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La protección de datos personales en la UE L

a La Protección de Datos Personales, actualmente regulada según la Directiva 95/46/CE, y en España por la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, y su Reglamento de Desarrollo el R.D. 1720/2007 de 21 de Diciembre, ya es una normativa conocida ampliamente aunque no suficientemente respetada en un porcentaje todavía bastante significativo. Las nuevas tecnologías, la globalización, Internet, la irrupción de las Redes Sociales: Facebook, Tuenti, Twitter, Linkedin, las tecnologías Cloud, los Smartphones, y otros, han creado un nuevo contexto operativo y de relaciones, que la normativa actual no contempla adecuadamente a estos nuevos escenarios, por lo que se introducen elementos de incertidumbre e inseguridad jurídica en el correcto cumplimiento por parte de las empresas, de las AAPP´s, y del resto de entidades con o sin ánimo de lucro a las que aplica. Por otro lado, las diferentes leyes nacionales que trasponen la Directiva han sido muy distintas en su contenido y alcance creando un contexto de dispersión que dificulta la protección de los derechos de los ciudadanos de una manera uniforme en la UE. La UE es consciente de este problema y desde hace un par de años viene desarrollando una serie de acciones para la revisión de la normativa, habiéndose decantado por un REGLAMENTO en lugar de una puesta al día de la Directiva 95/46/CE. Esta decisión es muy importante ya que el Reglamento es de aplicación directa en todo el territorio de la UE, por lo que los plazos de entrada en vigor se reducen considerablemente. El ultimo Borrador de Reglamento es del mes de Nov-11, denominado “Regulation of the European Parliament and of the Council on the protection of individuals with regard to the processing of personal data and on the free movement of such data (General Protection Regulation)”. Está previsto su aprobación en los primeros meses de 2012 y su puesto en vigor antes de final de 2012. Son plazos estimativos que pueden variar. Esta nueva normativa U.E. contiene varias interesantes novedades que vamos a resumir brevemente: - Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y los Jueces y Tribunales quedan fuera de este Reglamento. Para ellos se redacta una Directiva específica. - Es bastante probable que se elimine la obligación de notificar ficheros a un Registro Administrativo tal como existe hoy en España. Aunque, en conversaciones mantenidas con alguna persona con criterio en la Administración no queda claro si finalmente en España se aplicará por la aplicación del principio de transparencia, de acceso, y de facilitar el ejercicio de derechos por los ciudadanos. - Se aclaran y definen las formas de otorgar consentimiento. No se autorizan el tácito ni el presunto. - Se definen y amplían las categorías de datos. Se amplía la información necesaria a incluir en las cláusulas de información en la recogida de datos. - Se incluye un nuevo derecho: “Derecho al Olvido”. - Se regula la confección de perfiles-segmentación en base a comportamientos. Se prohíbe hacer perfiles a menores. Menor se define según la “UN Convention on the Rights of the Child” - Se introduce claramente el concepto de “responsabilidad”, ”debida diligencia” y la obligación de mantener carga de prueba de la correcta aplicación de la normativa. - Muy Importante: en caso de pérdida, robo, hacking, o cualquier otra circunstancia que permita que los datos sean accedidos o comunicados a personal no autorizado, se introduce la obligación de notificar el hecho a la Autoridad de cada país (es España a la Agencia Española de Protección de Datos) y a las personas afectadas en un plazo de 24 horas desde que se conoce. - Se regula el marketing directo y publicidad, y como se podrá realizar: consentimiento expreso. - Para determinados tratamientos (entre otros, para videovigilancia, menores, biométricos, genéticos,…) será necesario un Informe

de Impacto sobre la protección de datos personales. Los informes de Impacto deberán ser públicos. - Se introduce y se regula la figura del D.P.O.-Data Privacy Officer para empresas de 250 empleados o más. La figura del D.P.O. será obligatorio para TODAS las Administraciones Públicas. La figura del DPO deberá tener los conocimientos y experiencia suficientes en Protección de Datos. - Se regulan las relaciones entre Titular de Ficheros/Encargado(s) de Tratamiento, definiendo las responsabilidades. Se regula la responsabilidad por la elección del encargado de tratamiento, así como la diligencia en asegurarse del cumplimiento del Reglamento por parte del Encargado. - Se introducen ya directamente en el texto legal los conceptos de “PrivacyByDesign” y de “PrivacyByDefault”. En estos conceptos se insta a introducir la atención a la protección de datos personales desde el diseño inicial de las operaciones y tratamientos, y que se activarán por defectos todos los mecanismos de protección de la privacidad. - Los informes que por ley deban presentar las entidades, i.e.: Informe Anual de Auditoría de Cuentas u otros exigibles, deberán incluir un apartado específico sobre el cumplimiento de la normativa y los riesgos incurridos. - Se autoriza a Organizaciones, Asociaciones u otros tipos de entidades efectuar denuncias en nombre de los afectados. - SANCIONES: Se establecen tres niveles de sanciones, atendiendo a su efectividad, proporcionalidad y capacidad de disuasión: 1.100,00 euros a 300,00 euros, o hasta 1% de su facturación total mundial 2. 500,00 euros a 600.000,00 euros, o hasta 3% de su facturación total mundial 3. 100.000,00 euros a 1.000.000,00 euros, o hasta 5% de su facturación total mundial El REGLAMENTO es bastante más denso, pero en términos generales estas son las novedades más relevantes. De estos cambios se deducen que serán necesarias muchas acciones de adaptación en las entidades, por ejemplo: 1. Será necesario cambiar TODAS las cláusulas de información, en papel y on-line 2. Se deberán revisar y actualizar los consentimientos recibidos 3. Será necesario revisar y adaptar TODOS los contratos de tratamiento por terceros 4. Será necesario mantener con extrema diligencia toda la documentación exigible 5. Se deberá nombrar un D.P.O. interno o externo, en los casos requeridos, no obstante para menos de 250 empleados será una buena práctica para mostrar diligencia. 6. Se deberán notificar en 24 hrs a la AEPD y a los afectados los robos, pérdidas o hackeos de datos personales. 7. Se deberán establecer políticas, procedimientos y procesos específicos para el cumplimiento de esta normativa, y para evidenciar la diligencia en el cumplimiento. Y otros más que no caben en la dimensión de este artículo. La conclusión es que la UE se toma en serio la protección del derecho a la protección de datos personales y está decidida a que se cumpla de manera uniforme en toda la UE, por lo que todas las entidades afectadas harían bien en prepararse anticipadamente en el cumplimiento. La Consultoría externa deberá ser efectuada por empresas de reconocida solvencia, preparación y experiencia en protección de datos, para evitar los riesgos de una incompleta o incorrecta aplicación de la normativa. Para cualquier información adicional estamos a su disposición en www.legitec.com - 902 22 5673.

“Las NT la globalización, Internet, la irrupción de las Redes Sociales, los Smartphones... han creado un nuevo contexto operativo y de relaciones, que la normativa actual no contempla” “La UE se toma en serio la protección del derecho a la protección de datos personales y está decidida a que se cumpla de manera uniforme”

VICENTE MONCHOLÍ CEBRIAN, DIRECTOR DE MCA CONSULTORES-LLEGITEC


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Diciembre 2011 Columna

AMETIC

Solicitan al nuevo gobierno la reforma del canon digital por la inseguridad jurídica La Asociación Multisectorial de Empresas de la Electrónica, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, de las Telecomunicaciones y de los Contenidos Digitales (AMETIC) insta al nuevo Gobierno a que reforme con carácter urgente el ordenamiento jurídico relativo a la figura del "canon digital" procediendo a su abolición.

AMETIC está preocupada por la inseguridad jurídica ya crónica el el canón ocasiona al sector.

ISABEL MOY@

La asociación se muestra altamente preocupada por la inseguridad jurídica ya crónica que el canon digital ocasiona al sector TIC y por el consecuente perjuicio económico que esta situación está generando en el sector. Por este motivo, AMETIC confía que el nuevo Ejecutivo acelere su abolición de acuerdo a los compromisos electorales de los dos principales partidos políticos. Asimismo la asociación señala que conforme a la sentencia dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el 21 de octubre de 2010 (caso Padawan), autónomos y empresas no deberían estar sujetos al pago de la compensación por copia privada aunque la legislación española, después de un año, sigue sin respetar la normativa comunitaria. Además, la Ley de Economía Sostenible, vigente desde el 4 de marzo de 2011, establecía la necesidad de proceder a la reforma radical del canon digital antes del 15 de junio. Este aspecto

se vio fuertemente reforzado con la aprobación en el Congreso de los Diputados, en julio de este año, de una proposición no de ley que fue apoyada por prácticamente la totalidad de la Cámara. Esta medida instaba al Gobierno a la supresión del "canon digital" para ser sustituido por otras fórmulas menos arbitrarias e indiscriminadas, basadas en el uso efectivo de las obras y prestaciones. Por último, reseñar que el 22 de marzo de 2011, la Audiencia Nacional declaró nula la Orden Ministerial de 18 de junio de 2008 que regula la aplicación del canon. Más de 100 millones cada año Sin embargo, y a pesar de estos hitos, ninguna reforma se ha llevado a cabo. En este contexto, AMETIC recuerda que actualmente se

pagan más de 100 millones de euros cada año en concepto de canon por copia privada de forma indiscriminada por parte de todos los usuarios finales. En cuanto al perjuicio causado al consumidor, AMETIC recuerda que la aplicación del canon digital le está suponiendo un sobrecoste que en algunos dispositivos supera los 15 euros, lo que equivale al 20 por cien del Precio de Venta al Público (PVP), sin que en muchas ocasiones el consumidor sea consciente de estar pagando dicho sobreprecio. Cabe recordar que en España se aplica el canon a una lista muy extensa de productos, mientras que otros países han optado por un enfoque de mínimos gravando a un número mucho más reducido de dispositivos.

Tasa del 77 %

La piratería se instaura en los contenidos digitales ISABEL MOY@

La demora en la aplicación de una normativa eficaz que ataje la vulneración de los derechos de propiedad intelectual mantiene el crecimiento de la tasa de piratería, que hasta junio creció en un 0,4%. Sólo en el primer semestre de 2011 el volumen económico de los contenidos pirateados ascendió a 5.229,4 millones de euros,

casi cuatro veces más que el valor del consumo legal. Las descargas ilegales siguen creciendo en España, según los datos que se desprenden del Observatorio de Piratería y Hábitos de Consumo de Contenidos Digitales, elaborado por la consultora IDC Research a instancias de La Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, y cuyos datos han sido presentados hoy en las

instalaciones de ICADE. La tasa de piratería en media ponderada se situó en el 77,3% para el conjunto de los mercados analizados en el primer semestre de 2011, un 0,4% más que durante el mismo periodo del año anterior, alcanzando un valor de 5.229,4 millones de euros, lo que supone también un incremento del 0,3% respecto al mismo periodo del año anterior.

Aspectos legales del social mediamarketing CAMINO GARCÍA, AIDCON CONSULTING

Está claro que la red social ha dejado de ser un entorno puramente destinado a las relaciones entre particulares. Muy al contrario, las empresas están utilizando activamente los medios de comunicación social para construir y promover sus marcas, mejorar la comunicación y aumentar la participación de los consumidores. Y por qué no, para vender. Los planteamientos para mejorar nuestro reconocimiento de marca en las redes sociales son muchos, pero sea cual sea la estrategia por la que optemos, debemos acompañarla por un adecuado asesoramiento jurídico que garantice, por un lado, el cumplimiento de la legislación aplicable en el desarrollo de campañas de marketing on line, y por otro, una adecuada protección jurídica de los derechos de la empresa en este entorno. Y es que nos encontramos ante tópicos como "en esto de las redes sociales, hay una laguna legal". Y como la mayor parte de tópicos, es falso. Por lo tanto, antes de poner en marcha nuestra estrategia de marketing en la red, debemos afrontar y regular, como mínimo, los siguientes aspectos: - ¿Genera la Fan page de mi empresa formularios de recogida de datos de carácter personal? Si la respuesta es sí, tendremos que inscribir el fichero que se genere en el Registro General de Protección de Datos, informar a los interesados sobre la recogida y tratamiento de sus datos, y establecer unas medidas de seguridad en función del nivel de protección aplicable al fichero. - ¿Ha planificado la empresa el envío de emails publicitarios a sus contactos en redes sociales, recopilando direcciones de correo electrónico? En este caso debemos tener en cuenta, de un lado, la normativa de protección de datos, al manejar direcciones de correo electrónico de personas físicas, así como las previsiones de la Ley 34/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información, para evitar posibles sanciones por envío de correos electrónicos no deseados. - ¿Realiza la empresa concursos/sorteos en redes sociales? En este punto, la empresa deberá redactar las correspondientes bases legales del concurso o sorteo. Además, se deberán tener en cuenta las condiciones de uso de cada proveedor de red social, ya que en caso de incumplimiento de las condiciones establecidas por el proveedor, éste se reserva el derecho de cierre de nuestra cuenta. - Publicación de imágenes o vídeos en la red social: Deberemos prestar especial atención para evitar posibles vulneraciones del derecho al honor, intimidad y propia imagen, por subir fotos sin consentimiento de las personas que aparecen en las mismas. Asimismo, cuidado al incluir fotos sin atender a los derechos de propiedad. -Comercio electrónico a través de redes sociales: Esta nueva línea de comercio, conocida como social-commerce, está irrumpiendo con fuerza en redes como Facebook.


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Sentencia

Sentencia en Alemania

Microprocesadores

Samsung gana un asalto en la larga batalla legal con Apple

Oracle acusa a HP e Intel de conspirar para mantener vivo el Itanium

CIBERSUR.COM

CIBERSUR.COM

Samsung Electronics ha ganado un asalto en su lucha mundial de patentes contra Apple cuando un tribunal australiano levantó la prohibición para la venta de su tableta Galaxy a tiempo para la concurrida temporada de compras navideñas. Pero el triunfo de la firma surcoreana en un tribunal de Sídney fue enturbiado por un revés el día anterior en París, donde otro tribunal rechazó su intento de bloquear las ventas del iPhone 4S de Apple en Francia. Apple y Samsung se han visto envueltos desde abril en unos 30 casos legales en 10 países, mientras se disputan el primer puesto en el emergente mercado de smartphone y tabletas. El fallo del Tribunal Supremo australiano permite a Samsung ofrecer el dispositivo a los clientes australianos durante las últimas semanas de la temporada clave de compras navideñas y llega una semana después de que un tribunal estadounidense denegara una petición de Apple para prohibir los teléfonos y tabletas Galaxy en el país. Apple ha apelado la decisión de Estados Unidos, que priva al mercado de iPhone y iPad de un importante crecimiento. En Francia, fue rechazado el intento de Samsung de imponer una prohibición previa en las ventas de iPhone 4S. Denominando desproporcionada la petición, el tribunal también ordenó a Samsung pagar los 100.000 euros de honorarios legales de Apple, según la resolución.

Oracle acusó a Hewlett-Packard de acordar 'en secreto' con Intel mantener vivo el microprocesador Itanium de Intel, según un documento presentado por Oracle en su prolongada batalla legal con HP por la plataforma Itanium. Según el documento de Oracle, HP e Intel alcanzaron un 'compromiso contractual' para mantener el Itanium durante las próximas dos generaciones de microprocesadores, a pesar de las declaraciones previas de HP de que la decisión de seguir invirtiendo en el Itanium fue suya. 'HP tiene un contrato secreto con Intel para mantener la producción de los Itaniums y que así HP pueda mantener la apariencia de que el moribundo procesador sigue vivo', escribió Oracle. 'El asunto parece un 'remake' de 'Este muerto está muy vivo''. El portavoz de HP Michael Thacker calificó el documento de 'nada más que una desesperada táctica de dilatación diseñada para extender una incertidumbre paralizante en el mercado creada cuando Oracle anunció en marzo de 2011, en una clara vulneración del contrato, que no seguiría apoyando la plataforma Itanium de HP'. Esta es la última entrega en una amarga demanda y contrademanda entre ambas compañías. En marzo, Oracle decidió no seguir apoyando el Itanium, un microprocesador de alto rendimiento, aduciendo que Intel había dejado claro que el chip estaba cerca del final de su vida y que estaba pasando a centrarse en su microprocesador x86.

El Supremo alemán también exonera de responsabilidad a Google.

Los proveedores no son responsables de los blogs CIBERSUR.COM

El Tribunal Supremo de Alemania ha dictaminado que los proveedores de blogs y el buscador Google no son responsables de posibles contenidos insultantes en la red, pero deben examinarlos a solicitud de los afectados y eliminarlos si procede. La sentencia precisa que los proveedores están obligados a analizar en las bitácoras ofertadas los supuestos insultos y denuncias contra personas, -siempre y cuando la solicitud de los afectados esté suficientemente argumentada-, y a borrar el contenido en caso justificado. Al mismo tiempo, la resolución determina que los tribunales alemanes son competentes en esta materia también cuando el proveedor se encuentra en otro país. Google, como proveedor denunciado, reaccionó aliviado a la sentencia, que admite que la compa-

Cinco años de proceso

Foro ESADE

Turistas denuncian la reventa de software de segunda mano REDACCIÓN

Recientemente han proliferado empresas que, a través de portales de internet, ofrecen software de segunda mano a partir de contactos de compra-venta entre dos partes ajenas al portal. Esta práctica, defendida por quienes la practican y denunciada por los propietarios de los programas, ha sido cuestionada por juristas de ESADE, en el transcurso de la última sesión del FORO IP & IT de Propiedad Industrial y Tecnologías de la Información de la Facultad de Derecho de ESADE.

ñía no tiene que analizar de antemano la legalidad de todos los contenidos, indicó Arnd Haller, responsable del departamento jurídico de la empresa. "Tampoco existe la obligación para Google de eliminar afirmaciones de hechos prácticamente 'a requerimiento' de los que se siente ofendidos en sus derechos", agregó. Según Haller, el Tribunal Supremo ha roto así una lanza en favor de la libertad de opinión y de información en internet. La sentencia establece que el afectado debe exponer al proveedor que en una de sus bitácoras se ha violado la ley. Esa advertencia debe quedar "expresada de forma tan concreta" que "pueda ser confirmada sin un examen detallado y real", para que el proveedor la traslade al responsable del blog. Si este último no responde en un plazo razonable, el contenido motivo de la objeción debe ser eliminado.

"Teniendo en cuenta que los acuerdos de licencia de los que hablamos prohíben expresamente la cesión o sublicencia de la misma a terceros, y que estamos ante una mera prestación de servicios on-line (y no ante una venta propiamente), me inclino a pensar, con la Ley de Propiedad Intelectual en la mano y a la espera de lo que diga el Tribunal de Justicia, que la mal llamada "reventa" de software de segunda mano no encuentra, hoy por hoy, amparo legal", ha dicho Marta Baylina, profesora del Máster IP&IT de la Facultad de Derecho de ESADE (URL) y abogada.

La justicia se pronuncia sobre el dominio sex.eu REDACCIÓN

Tras un proceso judicial que ha durado cinco años, el registro .eu, EURid, informa que se ha puesto fin al caso que afecta al nombre de dominio sex.eu. Tras la sentencia del Tribunal de Apelación de Bruselas, el dominio sex.eu se activará el 12 de diciembre de 2011 y se concederá al primer solicitante de la lista del período Sunrise de .eu. EURid aceptó solicitudes para nombres de dominio .eu de forma limitada entre el 7 de diciembre de 2005 y el 6 de abril de 2006, lo que se conoce como el período Sunrise. Sólo los individuos y las organizaciones que ostentaban algún tipo

de protección legal para un nombre dentro de un estado miembro de la Unión Europea pudieron solicitar el registro de un nombre del tipo nombre de dominio .eu durante ese período. El dominio Sex.eu fue el que recibió más solicitudes el día de apertura de plazo del período Sunrise y, desde entonces, ha sido objeto de un contencioso jurídico. Aunque la resolución del caso sex.eu puede resultar llamativa por sus posibles vínculos con la pornografía, una investigación publicada por EURid concluye que la pornografía sólo supone una media del 0,4% de las webs, contradiciendo la opinión generalizada de que Internet alberga gran cantidad de webs pornográficas.


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Breves

Sistemas de geolocalización

El desarrollo aplicaciones como Google Street View avanza mucho más rápido que la legislación vigente.

Google StreetView,en un limbo legal respecto al derecho a la intimidad REDACCIÓN

El avance de las nuevas tecnologías evoluciona más rápido que la capacidad de los países para desarrollar un marco legal claro. Balms Abogados señala que "estamos ante un fenómeno relativamente reciente y que todavía no ha entrado a formar parte de la toma de decisiones de nuestros Órganos Jurisdiccionales. Son menos de 10 años los que nos separan desde la implantación de estas nuevas tecnologías, tiempo relativamente escaso para poder exigir de nuestros Tribunales pronunciamientos relativos a supuestos conflictos de intereses entre nuestros conciudadanos y las compañías informáticas". En España existen en la actualidad varios procesos abiertos contra este tipo de aplicaciones usadas en el sector de la informática y la telefonía.

El gobierno español ha iniciado un procedimiento sancionador contra Google, que podría suponer multas de hasta 600.000 euros si se comprobará que vulneró la citada Ley de Protección de datos, al captar sin autorización datos personales en las redes abiertas de Wifi de ciudadanos españoles a través de su servicio Street View, y en un juzgado de Madrid, se citó el año pasado al representante de Google en España, a raíz de una denuncia interpuesta por la Asociación para la Prevención y Estudio de Delitos, Abusos y Negligencias en Informática y Comunicaciones Avanzadas, por este mismo tema. En muchos países europeos se ha puesto en tela de juicio la legalidad de estas aplicaciones, abriendo en muchos casos procedimientos legales y sancionatorios contra Google y su herramienta Street View, una de las aplicaciones de geolocalización más populares.

Telefónica respetará la decisión de Perú en la renovación de licencias

Las nuevas normas de internet en EEUU superan la votación en el Senado

El presidente ejecutivo de la española Telefónica, César Alierta, ha afirmado que respetará la decisión del Estado peruano sobre la renovación de sus licencias de operación en el país latinoamericano. Alierta habló a periodistas tras reunirse cerca de dos horas con el presidente Ollanta Humala, cuyo Gobierno mantiene además una disputa legal con la firma Telefónica por una supuesta deuda tributaria de hasta 850 millones de dólares. La licencia de Telefónica para operar por 20 en la capital de venció en mayo, y la empresa negocia con el Estado la renovación del contrato de concesión.

Las nuevas normas sobre el tráfico de internet en Estados Unidos superaron un obstáculo, al sobrevivir al intento de bloqueo en el Senado de ese país para que no entren en vigor durante este mismo mes. Las nuevas normas sobre el tráfico de internet en Estados Unidos superaron un obstáculo, al sobrevivir al intento de bloqueo en el Senado de ese país para que no entren en vigor durante este mismo mes. Los demócratas del presidente Barack Obama bloquearon una resolución de los republicanos para rechazar las normas de la Comisión Federal de Comunicaciones sobre la "neutralidad de la red".

Iniciativa sin ánimo de lucro

La Asesoría Online sobre Videojuegos cumple dos años REDACCIÓN

La Asesoría Online sobre Videojuegos es un proyecto de People & VIDEOGAMES que nació el 15 de Noviembre de 2009. Su objetivo es dar soporte a la población en todas las dudas que pudieran surgirle sobre el uso, oportunidades y amenazas que los videojuegos puedan proporcionar. En este último año ha habido un incremento importante de su actividad respecto a las consultas directas por email y también en las redes sociales, en la actualidad está presente en 15 redes y medios sociales. También se han creado materiales propios, como guías de compra o investigaciones, y realizado

diversas actividades de difusión. Estas actividades la han convertido en un proyecto de referencia a nivel internacional, y no sólo en los países de lengua hispana, sino también en países como Egipto, Corea del Sur, Nueva Zelanda, El Salvador y hasta 43 países más de todos los continentes. Las características diferenciadoras de este proyecto es su gratuidad; su total independencia de empresas de videojuegos e instituciones públicas y privadas; su especificidad al centrarse en exclusiva en el impacto social del videojuego y que las consultas son contestadas por un especialista en el fenómeno de los videojuegos como transformador social.


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Diciembre 2011 La entrevist@

Pere Lluís Huguet, vicepresidente del CGAE

“Queda mucho camino por andar en la implantación de las TICs en el sistema judicial” LasTecnologías de la Información y la Comunicación se han convertido en una herramienta indiscutible de trabajo,aprendizaje y ocio,de tal forma que,cada vez más,se convive con ellas de una manera natural.Las TIC son elementos muy positivos en nuestra sociedad,pero no son inofensivas,y hoy es de gran importancia saber controlar los riesgos.En esta entrevista Pere Lluís Huguet,vicepresidente del CGAE y responsable de la InfraestructuraTecnológica del CGAE,destaca el impacto que lasTIC está teniendo en el sistema judicial español y su utilización para mejorar el funcionamiento del mismo. Pere Lluís Huguet, vicepresidente del CGAE y responsable de la Infraestructura Tecnológica del CGAE ISABEL MOY@

- En su opinión ¿qué impacto tienen las Nuevas Tecnologías en el sistema judicial de este país? ¿Estamos a nivel de socios europeos o aún nos queda mucho por andar? - Efectivamente queda mucho camino por andar en la implantación de las tecnologías en el sistema judicial español, aunque nuestras esperanzas están puestas en que definitivamente se modernice la justicia y especialmente se apliquen criterios de interoperabilidad de los diferentes sistemas judiciales que funcionan en cada comunidad autónoma. El desarrollo del esquema nacional de interoperabilidad creemos que es la herramienta esencial para aplicar esos criterios, interoperabilidad en la infraestructura tecnológica de la administración de justicia, el retraso que llevamos en la implantación de sistemas de gestión procesal interoperables, no sólo entre las diferentes comunidades autónomas sino también con los diferentes operadores jurídicos, entre ellos los abogados, hace que no podamos fracasar una vez más en la implantación del expediente judicial electrónico. - ¿Cómo pueden las tecnologías mejorar el funcionamiento de la justicia? - Bastan dos pequeños ejemplos para darnos cuenta de cómo se puede mejorar la justicia con la implantación de las tecnologías de la información: con una simple aplicación por la que los cuerpos y fuerzas de seguridad del

Estado, las policías locales, las policías autonómicas remitan los atestados de manera electrónica a los juzgados, el ahorro de tiempo y de medios materiales pagaría las inversiones de las nuevas tecnologías, recordemos que en la actualidad deben trasladarse los atestados por los propios policías al juzgado diariamente, mediante el correspondiente soporte papel, cuando dicho atestado estaba elaborado con un ordenador, y que deberán volverse a introducir los datos en el ordenador del juzgado. O téngase en cuenta, el ahorro que representaría la remisión de todos los exhortos por medios telemáticos entre todos los juzgados del Estado, y así podríamos continuar con una larga lista de mejoras en la gestión diaria de los juzgados con la implantación de las nuevas tecnologías. - ¿Qué opinión le merecen los distintos planes que han puesto en marcha las comunidades autónomas para impulsar la innovación y la tecnología al servicio del sistema judicial?, ¿Qué experiencias conoce y cuáles cree que han sido más interesantes? - Todos los planes desarrollados para impulsar la innovación y dinamización de la justicia merecen su elogio, pero debemos poner en estos momentos nuestro mayor esfuerzo no sólo en la innovación tecnológica sino en aplicar criterios de interoperabilidad, el ciudadano no puede entender que un juzgado de una comunidad autónoma no pueda acceder a los datos que posee otro juzgado

separado por pocos kilómetros pero de otra comunidad autónoma, o como entre los dos juzgados no puede remitirse ningún documento que no sean papel, por lo tanto todos los planes y experiencias que se desarrollen para modernizar la justicia son de interés, pero de mayor importancia en estos momentos es que se apliquen los criterios de interoperabilidad que se están desarrollando en la oficina EJIS - ¿Cree que los profesionales españoles del derecho están adaptados a la Sociedad de la Información? - Gracias a un extraordinario esfuerzo realizado por los colegios de abogados y el Consejo General de la abogacía, los profesionales del derecho en España no sólo están adaptados a la sociedad de la información sino que lideran la aplicación de las nuevas tecnologías en el ejercicio profesional, en este sentido la abogacía española ya lidera diferentes proyectos a nivel europeo de los que podemos destacar especialmente el proyecto PENALNET, que ha sido financiado por la propia Comisión Europea. Asimismo debemos destacar que los colegios de abogados desde hace años ya, han sustituido su carnet colegial por un carnet con firma electrónica que permiten a todos los colegiados no sólo

interactuar con administración sino también comunicarse de manera segura con su colegio de abogados. Por lo tanto la abogacía española está muy por encima de la media europea en aplicación de las nuevas tecnologías como así lo reconocen diferentes estudios. Y por último recordar como recientemente ha sido reconocida la abogacía española y en concreto el Consejo General de la Abogacía Española tanto por el Ministerio de Justicia como por el Consejo General el Poder Judicial al otorgar los premios de la calidad de la justicia al expediente electrónico de justicia gratuita diseñado y puesto en funcionamiento por el CGAE para los colegios de abogados. - Siguiendo esta línea ¿Cree que pueden ser de utilidad para los ciudadanos los ranking de abogados publicados en las redes sociales? Más que los ranking de abogados publicados en las redes sociales que algunas veces pueden estar influenciados o subvencionados por los propios despachos, lo importante para el ciudadano es que el censo del abogacía esté disponible on line y que pueda comprobar que con quién está interactuando electrónicamente o de manera física es un abogado colegiado y por lo tanto capacitado para defender sus intereses.


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“Debemos poner en estos momentos nuestro mayor esfuerzo no sólo en la innovación tecnológica sino en aplicar criterios de interoperabilidad” - Bajamos a la "arena" de las leyes ¿Cree que la actual ley de propiedad intelectual debe actualizarse? - No sólo la ley de propiedad intelectual debe actualizarse sino que también el modelo de negocio de las diferentes empresas que explotan los derechos de propiedad intelectual. Resulta curioso ver cómo el mercado está regulando la piratería en otros países mientras en España sigue existiendo un nivel muy alto de copias ilegales pero también, la industria no está aplicando los nuevos modelos de negocio que se aplican otros países, y si los aplican es años después de haberlos puesto en marcha en otros lugares, en este sentido tenemos experiencias muy interesantes en la red, que ponen de manifiesto la necesidad de un cambio en el modelo de negocio. - ¿Qué opinión le merece la Ley Sinde? - En primer lugar decir, que cualquier restricción de los derechos sin un proceso judicial resulta muy peligrosa habría que reforzar en la ley el control judicial del cierre de webs. El problema no nace de la ley sino de la configuración general que tenemos en nuestro país, la propia ley de propiedad intelectual antes mencionada, el famoso canon, diferentes aspectos que hacen que en su conjunto el sistema falle y prueba de ello es la existencia de un volumen

Futuro

“La nueva ley que introduce las TIC en la justicia va a cambiar radicalmente la forma de ejercer la abogacía” ¿Cree que la manera en la que actualmente se ejerce la abogacía cambiará por el uso de las nuevas tecnologías en general y de las redes sociales en particular? - Efectivamente, la nueva ley que introduce las tecnologías de la información en la administración de justicia va a cambiar radicalmente la forma de ejercer la abogacía, especialmente porque establecen que la manera ordinaria de relación de los profesionales del derecho con la administración de justicia sea de manera electrónica, no admitiéndose la presentación de documentos en papel a partir del momento en el que esté en funcionamiento en la sede judicial el expediente judicial electrónico, por lo

tanto, nuestra forma de relacionarnos con administración de justicia va a ser absolutamente diferente accediendo al expediente desde nuestro despacho, y presentando todos los documentos y escritos electrónicamente, y accediendo a los elaborados por el juzgado también electrónicamente. Por lo tanto nuestra forma de ejercer la profesión va a tener un cambio que pone en valor la inversión realizada por los colegios de abogados y el Consejo General de Abogacía para implementar las nuevas tecnologías entre nuestros compañeros y que hacen que la abogacía española esté perfectamente preparada para el cambio que se avecina.

muy importante de piratería por lo que merecería que se reformaran en su integridad el sistema y no una ley parcial encaminada únicamente a luchar contra la piratería sin tener en cuenta el fenómeno social. - ¿Considera que en España se terminará alguna vez con la piratería? Creo que en España se terminará con la piratería cuando se reforme profundamente no sólo la legislación que regula la propiedad intelectual, sino también cuando la industria asuma un cambio de modelo y por tanto la necesidad también de reformarse buscando otros modelos de negocio como ya está ocurriendo en otros países. - ¿Cree que la ley es justa en los delitos informáticos? Hablar de delitos informáticos es hablar de supuestos muy heterogéneos, que regula nuestro código penal no sólo tener con el delito informático propiamente dicho sino también de otros supuestos tradicionales como es la estafa cometida mediante medios electrónicos, la velocidad con la que se desarrolla la tecnología hace que la ley, en este caso el Código Penal, vaya por detrás, por lo que debemos estar siempre vigilantes de nuevos modelos de delincuencia para poder reaccionar y modificar los correspondientes delitos en el Código Penal


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ACD

www.andaluciacompromisodigital.org

“La labor de ACD se basa en una amplia red de apoyo y colaboración integrada por personas y entidades comprometidas con el desarrollo de la región andaluza”

Voluntariado digital al servicio de la Sociedad de la Información El 5 de diciembre se celebra el Día Internacional delVoluntariado,una buena oportunidad para reconocer la labor que los voluntarios y voluntarias deAndalucía Compromiso Digital realizan día a día para acercar las nuevas tecnologías a la sociedad andaluza,contribuyendo a la construcción de unaAndalucía más digital y más conectada. ISABEL MOY@

Desde que Andalucía Compromiso Digital comenzara su andadura hace ahora casi cuatro años, ya son más de 2.000 las personas que han decidido ofrecer parte de su tiempo de forma altruista para apoyar a otros en el acceso y uso de las nuevas tecnologías, haciéndose voluntarias de esta iniciativa social. Gracias a su implicación, cada vez son más los andaluces y andaluzas que disfrutan de las ventajas de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), y aprovechan las oportunidades que ofrecen para su desarrollo personal, social, económico y laboral. Andalucía Compromiso Digital promueve una estrategia viva de voluntariado que desea implicar a los andaluces y andaluzas en acciones destinadas a acercar, movilizar o capacitar a la ciudadanía en torno a la Sociedad de la Información. A través de acompañamientos digitales personalizados, acciones formativas o jornadas de sensibilización, los voluntarios y voluntarias digitales apoyan a todas las personas con inquietudes y necesidades de iniciarse o avanzar en el uso de las nuevas tecnologías, ofreciendo de forma desinteresada su tiempo y sus conocimientos para enseñarles a manejarse con las TIC y sacarles el máximo partido. La labor de los voluntarios y voluntarias digitales distingue a Andalucía Compromiso Digital de otras iniciativas. Ellos son la seña de identidad de este proyecto y quienes logran que las tecnologías y la propia Sociedad de la Información sean una realidad cada vez más cercana a la sociedad andaluza. El valor de las personas Un ejemplo de esta valiosa aportación lo encarna el voluntario número 2.000 de Andalucía Compromiso Digital. Gonzalo Fernández Regidor ya sabe qué significa ser voluntario digital, pues ha iniciado recientemente su actividad coincidiendo con el Día Internacional del Voluntariado. "Este año decidí que se habían acabado las excusas, era perti-

nente para mí aportar parte de mi tiempo libre en el apoyo a otras personas que pudieran necesitarlo", explica Gonzalo. El hecho de iniciar este acompañamiento tiene para él una especial relevancia: "la solidaridad es un valor tan importante que justifica el tirarte a la piscina sin planteártelo siquiera. Nadie te obliga, cada uno mantiene este compromiso por voluntad propia". En esta satisfacción coincide también Enrique García Dalias, quien lleva a cabo una interesante tarea con chicos con discapacidad de distinto tipo. "Es una experiencia muy bonita, pues se ilusionan mucho con el proyecto, y su respuesta es siempre muy alegre y participativa". Cualquier persona que lo desee puede colaborar de manera puntual, como en el caso de Manuel Fernández Japón, quien explica que empezó su trabajo en Andalucía Compromiso Digital "por curiosidad". Desde entonces no ha dejado de colaborar como voluntario. "La satisfacción que vi en mis compañeros me hizo decidirme. Cualquier persona puede ser voluntario, cualquiera", subraya Manuel. Esmeralda González Núñez es otra de las voluntarias que desde el principio vio con entusiasmo las posibilidades que tenía ante sí. "Este proyecto me encantó por lo innovador que es. Además, en el centro contamos con software y hardware que podemos utilizar con personas que tienen discapacidad. Gracias a estos dispositivos logramos que nadie se sienta excluido". Cada vez son más los andaluces y andaluzas que conocen las ventajas de sumarse a los servicios de Andalucía Compromiso Digital. Uno de estos muchos usuarios es Juan Rabaneda Lara, quien dice sentirse "muy satisfecho" de haber participado en esta experiencia. "¡Yo era analfabeto en la informática! Como son nuevas tecnologías y en mi juventud no había esto, si no me incorporo, ¡me quedo atrás!", explica Juan, quien hace especial hincapié en la importancia que para él tienen los voluntarios: "son personas extraordinarias, muy amables; hoy día es difícil encontrarlas".

La labor de los voluntarios de ACD es fundamental.

Una red integradora y comprometida La labor que desarrolla Andalucía Compromiso Digital se basa en una amplia red de apoyo y colaboración integrada por personas, empresas y entidades comprometidas con el desarrollo de la región andaluza, que aportan su tiempo, sus recursos y sus conocimientos para lograr los objetivos de esta iniciativa: mejorar las cotas de acceso a la Sociedad de la Información en Andalucía y generar en la ciudadanía actitudes y entornos de seguridad y confianza hacia Internet y las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC). Junto a los más de 2.000 voluntarios y voluntarias que participan en esta iniciativa social desde todas las provincias de Andalucía, hay 21 empresas mecenas y 175 entidades colaboradoras entre las que se encuentran las universidades andaluzas y varios Ayuntamientos de la Comunidad. Actualmente, las 21 empresas mecenas que aportan recursos humanos, económicos y materiales, indispensables para el desarrollo de la iniciativa son: Almerimatik, Avante, Cajamar, Cibersur,

Comalis, Cosentino, EMA RTV, Everis, Forman, Ingenia, Innopro Advanced, Intecna, Íttakus, MP Sistemas, Novasoft, Redyser, Ruano Informática, Ruano Formación, Sadiel, Soltel y Vodafone. Toda aquella persona que posea conocimientos en nuevas tecnologías (Internet, móviles y smartphones, televisión digital terrestre, GPS, etc.), y que desee dedicar parte de su tiempo a ayudar a quienes no saben cómo usar o para qué usar estas herramientas, puede hacerse voluntario de Andalucía Compromiso Digital. Además, para todas aquellas personas con una disponibilidad limitada pero que quieran colaborar con el proyecto de forma activa, se ha puesto en marcha recientemente la figura del colaborador, que participa de forma puntual en las actividades del proyecto. Toda la información sobre cómo hacerse voluntario o colaborador de Andalucía Compromiso Digital se encuentra en www.andaluciacompromisodigital.org y en el número de teléfono 902 12 12 30.


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Libros

Juegos

CES

Buenas prácticas TIC II Congreso Internacional de Uso y Buenas Prácticas con TIC 2011 14 al 16 de diciembre Universidad de Málaga Web:congresotic.uma.es

Feria CES 2012 Las Vegas 9 al 12 de enero Las Vegas Convention Center Web:www.cesweb.org

CYBERLAWS CYBERLAWS 2012 30 de enero al 4 de febrero Valencia Web:www.iaria.org

Tecnología y género Software Libre Trabajando en equipo...

Anno 2070

LIBRO Trabajando en equipo con Visual Studio ALM AUTORES Bruno Capuano EDITORIAL Krasis Press BREVE DESCRIPCIÓN Este no es el clásico libro técnico donde encuentras un repaso desde la A hasta la Z de todas las características de un producto. Esta obra se sale bastante del molde y en lugar de tratar sobre las características que posee Visual Studio ALM, el libro refiere en primera persona las experiencias del autor.

TITULO Anno 2070 PLATAFORMA PC BREVE DESCRIPCIÓN Con Anno 2070 tendremos la oportunidad de conocer como será nuestro Mundo en un futuro próximo de la mano de Ubisoft y Bluebyte. En este juego de estrategia y gestión en tiempo real, desarrollado en un entorno futurista, podremos unirnos a una de las dos facciones existentes para la reconstrucción del Mundo tras los efectos devastadores del cambio climático.

Conferencia Internacional de SL 2012 12 y 13 de enero Granada www.opensourceworldconference.com

www

IX Congreso Iberoamericano de Ciencia, Tecnología y Género 31 de enero al 3 de febrero Sevilla Web: www.amit-es.org

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Mundo judicial www.elderecho.com Elderecho.com es un portal que nace con el objetivo de poner al alcance del profesional del derecho, herramientas de información y documentación jurídica actualizables, sencillas y eficaces, a través de soportes digitales. Esta innovación supuso un antes y un después en el mundo editorial dirigido a profesionales.

CITAS TECNOLÓGICAS

Iniciador II Congreso de emprendedores Iniciador 1 de diciembre Universidad Rey Juan Carlos Web: iniciador.com


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