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bien público en Colombia � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � � �

El fortalecimiento del Estado para una igualdad de género como bien público en Colombia*

En el 2017, la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) calificó la igualdad de género como bien de la humanidad, dada la creciente evidencia por la cual se sostiene que,

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las sociedades con mayores niveles de igualdad entre mujeres y hombres tienen sistemas democráticos más incluyentes, efectivos, transparentes y con mayor rendición de cuentas, tienen economías más fuertes y mayor resistencia a las crisis económicas y financieras, y tienen mayores niveles de redistribución y de justicia social […] es parte central de lo bueno en el mundo. (Comisión interamericana de Mujeres [CIM], 2017)

Así, la igualdad de las mujeres se debe tratar como una prioridad de Estado enmarcada en una aspiración de la humanidad y de las sociedades que lo reconocen como un bien de carácter patrimonial, en el sentido de la relevancia de su preservación (González Vélez, 2019).

Los países de América Latina y el Caribe, entre ellos Colombia, cuentan con un amplio marco de estándares en materia de igualdad y derechos de las mujeres. Estos se constituyen, en particular para la región, por medio de la Agenda Regional de Género, que se refuerza y retroalimenta con las plataformas y los programas de acción de las conferencias de Naciones Unidas y los compromisos vinculantes asumidos por los Estados con la firma y ratificación de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, su Protocolo Facultativo y la Convención Interamericana

* Para la construcción de este acápite fueron especialmente valiosos los aportes producto del taller realizado con lideresas con las que trabaja CODHES.

para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), así como la Resolución 1325 de 2000 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible.

La Agenda Regional de Género está constituida por los marcos adoptados en las conferencias regionales desde hace cuarenta años, en particular los consensos acogidos trianualmente a partir de 1997 y hasta el 2020, en los que, en estrecha coordinación con el movimiento feminista, se expresa la voluntad política y el compromiso en la adopción de medidas hacia la igualdad de género, el fortalecimiento del enfoque en la institucionalidad y la necesidad de otorgar un financiamiento específico con la interpelación a otros actores gubernamentales y no gubernamentales para que se sumen a las políticas de igualdad y asuman la transversalización de la perspectiva de género (Cepal y Conferencia Regional sobre la mujer de América Latina y el Caribe, 2017). Los consensos recogen las doce áreas de la Plataforma de Acción de Beijing20 y las tres autonomías identificadas para la superación de las desigualdades de género.

En este sentido, en la XI Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe , la Comisión Económica para América Latina (Cepal) (Duque y Carrillo, 2019) estableció la relevancia de la interrelación de las autonomías

20 Estas son: la mujer y el medio ambiente; la mujer en el ejercicio del poder y la adopción de decisiones; la niña; la mujer y la economía; la mujer y la pobreza; la violencia contra la mujer; los derechos humanos de la mujer; educación y capacitación de la mujer; mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer; la mujer y la salud; la mujer y los medios de difusión y la mujer y los conflictos armados. Resultados de su vigésimo tercer periodo extraordinario de sesiones, titulado “La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y paz para el siglo XXI” (5 a 9 de junio del 2000) (ONU Mujeres, 2014).

económica, física y política de las mujeres, en la vida privada y pública, como eje central para la garantía de sus derechos y las transformaciones sociales. El hecho de que las mujeres sean autónomas significa que tienen condiciones concretas y la capacidad de tomar decisiones libres e informadas que afecten su vida. Así, la autonomía económica es la capacidad de las mujeres de generar ingresos y recursos propios desde el trabajo remunerado ejercido en igualdad de condiciones con respecto a los hombres; la autonomía física se enmarca en la garantía de los derechos reproductivos y a una vida libre de violencias de género; por su parte, la autonomía política involucra la presencia de mujeres en los diferentes niveles públicos de toma de decisiones y las medidas para promover su participación plena y en igualdad (Duque y Carrillo, 2019). Las tres autonomías se integran y de su garantía se desprende la realización de la capacidad de las mujeres como actoras del desarrollo sostenible y constructoras de paz.

En la Estrategia de Montevideo, construida para dar cuenta de los compromisos adquiridos por los Estados en relación con los derechos y la autonomía de las mujeres y la igualdad de género, recogidos en los ODS y en la Agenda Regional de Género, se reconoce la brecha que existe entre la igualdad normativa y material para las mujeres en las sociedades latinoamericanas y se resumen en cuatro “nudos” estructurales que reproducen la desigualdad de género: 1) la pobreza y desigualdad socioeconómica; 2) el patriarcado, la violencia y el predominio de la cultura del privilegio; 3) la división sexual del trabajo e injusta organización social del cuidado; y 4) la concentración de poder y las relaciones de jerarquía en el ámbito público (Duque y Carrillo, 2019).

En función de los “nudos” reconocidos, la Estrategia se estructura sobre diez ejes de implementación de políticas públicas dirigidos a garantizar la igualdad de género, las autonomías y los derechos de las mujeres: 1) marco normativo: igualdad y Estado de derecho; 2) institucionalidad: políticas multidimensionales e integrales de igualdad de género; 3) participación popular y ciudadana: democratización de la política y las sociedades; 4) construcción y fortalecimiento de capacidades estatales: gestión pública basada en la igualdad y la no discriminación; 5) financiamiento: movilización de recursos suficientes y sostenibles para la igualdad de género; 6) comunicación: acceso a la información y el cambio cultural; 7) tecnología: hacia el gobierno electrónico y las economías innovadoras e inclusivas,; 8) cooperación: hacia una gobernanza multilateral democrática; 9) sistemas de información: transformar datos en información, información en conocimiento y conocimiento en decisión política; y 10) monitoreo, evaluación y rendición de cuentas: garantía de derechos y transparencia.

En la XIV Conferencia Regional Sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, realizada en el 2020, los Estados miembros de la Cepal adoptaron el Compromiso de Santiago de cara a la crítica situación que se vive en la región como consecuencia de la pandemia generada por el coronavirus (COVID-19). Allí se abordan las causas estructurales de la desigualdad de género y se proponen políticas de respuesta a corto, mediano y largo plazo, de modo que se acuerdan políticas contracíclicas sensibles al género para mitigar los efectos en la vida de las mujeres (Cepal y ONU Mujeres, 2020).

A propósito de los recientes aniversarios de las conferencias regionales, de la Conferencia de Acción de Beijing, de la Resolución 1325 y de ONU Mujeres, la región cuenta con importantes balances de sus implementaciones realizados por Cepal para los dos primeros y por la Asamblea General de las Naciones Unidas para el tercero. Estas evaluaciones constituyen una guía dirigida a lograr el pleno cumplimiento de los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible, paz y desarrollo que no se alcanzarán si los Estados no adoptan la igualdad de género como brújula de sus acciones.

En la Plataforma de Beijing se estableció que,

el éxito de las políticas y de las medidas destinadas a respaldar o reforzar la promoción de la igualdad de género y la mejora de la condición de la mujer debe basarse en la integración de una perspectiva de género en las políticas generales relacionadas con todas las esferas de la sociedad, así como en la aplicación de medidas positivas con ayuda institucional y financiera adecuada en todos los niveles. (ONU, 1995)

La exigibilidad al Estado de las mujeres y las feministas por el cumplimiento del compromiso de Beijing sobre esta materia se ha traducido en la formulación de planes de igualdad de género o de igualdad de oportunidades y, más recientemente, por la transversalización del enfoque de género y de los derechos de las mujeres en los planes de desarrollo, de modo que pone cada vez más el foco de sus análisis en la brecha entre formulaciones formales e implementaciones frágiles, sobre todo para grupos específicos de mujeres, lo cual ha hecho posible la ampliación de la participación de voces diversas de mujeres. Estos planes constituyen “un compromiso con el futuro,

establecen un cierto nivel de acuerdo sobre las transformaciones sociales, económicas y culturales de un país, y, en esta medida, más que un proyecto gubernamental, los planes son un proyecto de país” (Cepal, 2019). Colombia debe adaptar a su realidad las múltiples lecciones aprendidas y los desafíos analizados por estos balances para avanzar en un nuevo estatuto que integre los propósitos de igualdad a los de mantenimiento de la paz, como estrategia que, en la medida en que se avanza en la adopción de la igualdad de género con las mujeres como un bien público nacional, contribuya a evitar la reproducción y continuidad del conflicto armado.

Esta propuesta está amparada por el pronunciamiento del Relator Especial sobre la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de No Repetición de las Naciones Unidas con respecto a la perspectiva de género en los procesos de justicia transicional, en el que indica como perentorio llevar a cabo,

una revisión exhaustiva de todas las disposiciones normativas (constitucionales, civiles y penales, administrativas, y de los sistemas normativos tradicionales) para identificar y modificar disposiciones discriminatorias hacia las mujeres y las personas lesbianas, gais, bisexuales y transgénero; garantizar el ejercicio efectivo de sus derechos; y revisar las formas en que están atendidos los temas de violencia sexual y de género. (ONU AG, 17 de julio de 2020, párr. 4)

Así, entonces, proponemos al Estado la creación de un marco estatutario sobre la igualdad de género con las mujeres que materialice en un sistema jurídico integrado las medidas afirmativas y positivas que debe adoptar el Estado para el

goce efectivo de sus derechos humanos comprehensivos de las autonomías para su igualdad. En el mismo sentido, se exhorte al Estado a realizar la formulación participativa del Plan Nacional para el cumplimiento de la Resolución 1325, por el cual se incremente la promoción de los derechos humanos de las mujeres, se fortalezca su participación en la construcción de una paz estable y duradera y en la prevención de nuevos conflictos, así como en su resolución.

Adicionalmente, en materia de la implementación de las medidas de género del Acuerdo de Paz, la adopción de un plan de aceleración concertado con la Instancia Especial de Mujeres21 y expresiones de las organizaciones de mujeres y feministas, sobre la implementación del enfoque de género del Acuerdo de Paz y con el concurso del Instituto Kroc, el componente internacional que hace seguimiento al cumplimiento de los compromisos de género, y la Secretaría Técnica del Componente Internacional de Verificación, Cinep/PPP-Cerac. Esto, con el fin de asegurar la adopción de la igualdad, mínimamente la paridad, de la participación de mujeres en las instancias y los mecanismos de implementación del Acuerdo de Paz; la priorización presupuestal y técnica de la reincorporación socioeconómica de las mujeres excombatientes; la contribución a la cualificación de la capacidad de las mujeres con miras al seguimiento en la implementación para el incremento de sus fortalezas en el campo de

21 La Instancia Especial de Mujeres es el organismo consultivo y asesor de la

Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del

Acuerdo (CSIVI) en materia del enfoque de mujer y género. Este organismo se encarga de garantizar la implementación del enfoque de género en el Acuerdo de Paz. Está integrada por ocho mujeres con sus respectivas suplentes, en representación de organizaciones de mujeres de todos los sectores sociales y territoriales. Para más información véase www.instanciagenero.org

la comprensión de las claves de la construcción del presupuesto público y de las herramientas institucionales para la adopción y el desarrollo de políticas públicas dirigidas a la paz; la adopción de medidas afirmativas y medidas diferenciales que permitan garantizar el cumplimiento de los compromisos de igualdad de género del Acuerdo y, por ende, la sostenibilidad de sus efectos; y la implementación de marcadores de género en el trazador presupuestal de paz y articulación con el trazador presupuestal para la equidad de la mujer. El plan de aceleración debe, de manera prioritaria, establecer las condiciones requeridas para el pronto cumplimiento de las recomendaciones realizadas por la Relatoría de las Naciones Unidas sobre defensores y defensoras, así como las medidas incluidas en el Acuerdo de Paz, con el propósito de garantizar el derecho de las defensoras y lideresas a defender derechos y a no morir por la defensa de la paz.

Participación paritaria de las mujeres en todos los escenarios de toma de decisión*

Si la guerra es feminizada, respondamos feminizando la política.

SEGATO (10 DE MARZO DE 2018)

El proceso de paz colombiano potenció la capacidad participativa y propositiva de las mujeres y las feministas, acumulada durante años de incidencia ante el Estado en favor de la protección de los derechos de las mujeres víctimas del

* Para la construcción de este acápite fueron especialmente valiosos los aportes producto del taller realizado con lideresas con las que trabaja la Red Nacional de Mujeres.

conflicto y de las defensoras de derechos humanos, así como del ejercicio de presión a los actores armados por una salida negociada del conflicto armado. Esa participación debe continuar fortaleciéndose en la implementación del Acuerdo de Paz, pero también debe extenderse a todos los escenarios, instancias, mecanismos de diálogo y a la toma de decisiones de la sociedad, los partidos y el Estado hasta alcanzar, por lo menos, la paridad. En otras palabras, “hacer de la participación y el liderazgo de las mujeres un aspecto central de las iniciativas de paz y seguridad, incluidas las respuestas a las amenazas nuevas y emergentes” (ONU Secretario General, 3 de agosto de 2015), porque,

el liderazgo de la mujer en la política, las instituciones públicas y el sector privado también es esencial para el mantenimiento de sociedades pacíficas y la plena consecución del desarrollo sostenible [...] y la respuesta que se le da, la seguridad, contra la propagación del extremismo violento. (ONU Secretario General, 3 de agosto de 2015)

El mayor desafío en Colombia, pese a los debates acerca de si con el Acuerdo de Paz se puso fin al conflicto armado o fue una paz incompleta, y, por ende, no fue paz, es aún la consolidación de la paz con miras a que no continúe la reproducción del conflicto. Esto es, para que se produzca un fortalecimiento dirigido a la construcción de una sociedad igualitaria y pacífica capaz de superar los riesgos de permanecer en conflicto y reproducirlo incesantemente.

En relación con esto, la forma en la que la perspectiva de género y la participación plena de las mujeres mejora las posibilidades de que se alcance una paz y una seguridad duradera es

materia de renovada atención nacional e internacional. Desde diversos escenarios se ha identificado que no se ha tenido en cuenta suficientemente a las mujeres y las niñas cuando se adoptan decisiones sobre la recuperación y la gobernanza después de los conflictos, pese a que se ha demostrado en los últimos años que su participación efectiva produce una paz más duradera, por lo cual es necesario tener en cuenta los obstáculos en su ejercicio (ONU Secretario General, 3 de agosto de 2015, p. 9).

Así pues, la participación de las mujeres y las niñas tanto en la prevención como en la solución y la recuperación de los conflictos debe garantizar que su voz, su experiencia y la defensa de sus derechos comprenda “no solo [la exposición y el abordaje] de la discriminación y los prejuicios de género en la planificación y la adopción de decisiones, sino también estableciendo elementos básicos sólidos para su participación inclusiva” (ONU Secretario General, 2020), que requiere la superación de obstáculos institucionales, legales y culturales que enfrentan como agentes de cambio, incluidos los del ámbito de la cultura, entendida como determinante en la forma en que las comunidades entienden el mundo actual, cómo conciben y conforman su futuro, para que se reconozca su papel como agentes de cambio, incluso en las situaciones posteriores a los conflictos.

De esta forma, las prioridades nacionales en relación con la posibilidad de nuevos conflictos o su continuidad deben tener en cuenta las causas de la desigualdad de género, así como la necesaria participación plena y efectiva de las mujeres en su prevención y las nuevas amenazas para la paz y la seguridad, de forma que aseguren la aplicación integral de la agenda sobre mujeres, paz y seguridad. De otra manera, no podrá ser posible ni la paz ni el desarrollo sostenible, ni tampoco la plena

garantía de los derechos humanos de las mujeres y de la sociedad en general.

Lo anterior también dirigido a domesticar la política a través de un proceso de feminización, en el que se busquen,

estrategias y estilo remontando el hilo de la memoria y los fragmentos de tecnologías de sociabilidad que están entre nosotros hasta recuperar el tiempo en que el espacio doméstico y sus formas de contacto interpersonal e inter-corporal no habían sido desplazados y clausurados por la emergencia de la esfera pública, de genealogía masculina, que impuso y universalizó su estilo burocrático y gestión distanciada con el advenimiento de la colonial-modernidad. Este formato de la política y su razón de estado es por naturaleza monopólico e impide el mundo en plural. Impone la coherencia del uno a la política y digiere todo otro mediante la grilla de un referente universal. Mientras tanto, la práctica política femenina no es utópica sino tópica y cotidiana, del proceso y no del producto. (Segato, 2016, p. 31)

Proponemos, entonces, al Estado y la sociedad, un Estatuto de la Participación de las Mujeres que la regule paritariamente (al menos el 50 %) en los mecanismos y escenarios de la participación ciudadana, política, institucional y de construcción de paz, lo que incluya la reforma a la cuota en la administración pública del 30 % para máximos cargos del nivel decisorio y otros niveles, de modo que se asegure el fortalecimiento de la capacidad de las mujeres en los procesos de participación con preeminencia de la cualificación de su capacidad de asociatividad.

// Agradecimientos y peticiones

A través de este trabajo se busca, también, extender un profundo agradecimiento y reconocimiento al Grupo de Trabajo de Género de la CEV y a la comisionada Alejandra Miller. Por medio de su gran labor se materializa la aspiración de las organizaciones de mujeres que propusieron en La Habana un mecanismo que garantizara el enfoque diferenciado y afirmativo en favor de las mujeres, con particular énfasis en las mujeres víctimas de violencia sexual y la transversalización del enfoque de género en el ejercicio de todo el mandato de la CEV. Así, evidenciar las formas diferenciales y desproporcionadas con las que el conflicto afectó a las mujeres en el Informe final, y asegurar que las garantías de no repetición se dirijan a sentar las bases de una sociedad igualitaria con reales capacidades de vivir en paz será por siempre la representación de uno de los logros mas grandes de las mujeres en el país.

Adicionalmente, desde el movimiento feminista, que concurrió junto con el movimiento de mujeres y el movimiento LGBT

a hacer posible la firma de un Acuerdo incluyente y garantista, se espera que 1) se refleje la inclusión del enfoque de género en todo el texto del Informe, no solo en el capítulo centrado en esta perspectiva, y 2) se asegure un asiento propio en la Comisión de Seguimiento de implementación del Informe final.

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//Sembrar la igualdad para las mujeres en toda su diversidad como cimiento de paz y garantía de no repetición: transformaciones para la desestructuración del patriarcado

Introducción

El texto ha abordado hasta este punto el impacto diferenciado que tuvo el conflicto en las mujeres, particularmente para las afrodescendientes, negras, palenqueras y raizales, indígenas, con orientación e identidad de género diversas, campesinas y rurales, en la medida en que en dicho contexto se exacerban y agudizan la discriminación y vulneraciones a sus derechos que sufren, incluso, en tiempos de “normalidad”. En el marco de este continuum de violencias del que son víctimas, se mostró cómo los distintos actores armados —predominantemente mediante la violencia sexual— usaron los cuerpos de las mujeres como medios para materializar su poder y así establecer y mantener su control sobre las comunidades y el territorio, en función de sus estrategias de guerra. Asimismo,

se advirtió que el desplazamiento forzado es otra de las principales violencias ejercidas contra las mujeres en el conflicto22 . Esto, pues si bien se dirigió hacia la población en general, tuvo efectos desproporcionados sobre ellas, como, por ejemplo, un mayor desarraigo y la necesidad de asumir, bajo condiciones de precariedad intensificadas, labores de cuidado y cargas económicas de las que el arreglo patriarcal las había excluido previamente.

Posteriormente, se desarrollaron los motivos por los cuales el patriarcado se encuentra en los orígenes del conflicto armado y, a su vez, profundiza las condiciones que determinaron su ocurrencia y contribuyeron a su persistencia. Es decir, sus dinámicas se despliegan en todos los ámbitos de la sociedad en favor de un orden de dominación masculina que se estructura alrededor de jerarquías dispares e injustas. Estas relaciones antagónicas son naturalizadas, alientan lógicas belicistas y profundizan otras formas de subordinación en la vida social. Así, el patriarcado subyace a la misma existencia de todas las construcciones de poder, de manera que convierte los cuerpos de las mujeres en las primeras colonias (Segato, 2016, p. 19), desde las cuales se tejieron los entramados de todas las desigualdades que atraviesan los vínculos humanos23 .

22 También se han mencionado en el documento la esclavización por parte de los actores armados para ejercer labores domésticas y actividades consideradas femeninas; la regulación minuciosa de las conductas, las vestimentas y la apariencia física en el escenario público e íntimo, así como los hostigamientos como consecuencia de un ejercicio de liderazgo político y comunitario, entre otras. 23 Una de sus manifestaciones es la forma en que las relaciones patriarcales son constitutivas del capitalismo y forman un “sistema unificado de explotación y dominación […] cuya dinámica de acumulación produce, reproduce, transforma, renueva y mantiene las relaciones jerárquicas entre los géneros. [Así como],

Lo anterior se explicó a través de tres dispositivos que fueron elegidos como categorías de análisis en la medida en que sostienen y hacen posible la existencia del patriarcado. En primer lugar, el mandato de masculinidad, entendido como la obligación de recurrir a la persuasión o a la violencia para alcanzar el estatus masculino y validar su posición. En segundo lugar, el “adueñamiento”24, que implica la posesión del otro, su cuerpo, sus recursos y territorios, así como la anulación de la alteridad, a fin de permitir la concentración de la autoridad económica, social y política en un ejercicio sin restricciones. En este aspecto, se sostuvo que el conflicto armado colombiano tiene entre sus causas principales la concentración y el despojo de la tierra, la debilidad de la democracia y la violencia generalizada contra la oposición política. Estos elementos se ocasionan y agravan por la discriminación de las mujeres en cuanto la expropiación de su poder y sus libertades es la primera forma de dueñidad. Finalmente, se refiere al militarismo como componente que acarrea una veneración al honor, el heroísmo y la fortaleza masculina en oposición a lo femenino visto como debilidad y derrota. Este, si bien se encuentra siempre presente en las estructuras sociales, incrementa en la guerra y permea las interacciones cotidianas, de forma que reproduce la cultura de obediencia de las mujeres y restringe aún más su capacidad de controlar sus propias vidas en los espacios públicos y privados.

En esencia, el documento se sustenta alrededor de una premisa conceptual básica: el patriarcado, como primer sistema

sostiene y reconfigura sus mecanismos de explotación sobre la base de un fuerte contenido racial y heteronormativo” (Frega, 2019, p. 25). 24 Rita Segato (2016) lo califica como la esencia política del patriarcado.

de dominación, se encuentra inserto en las raíces del conflicto, pues permite y perpetúa los factores que alimentan su existencia25. Por este motivo, en el propósito de la construcción de una paz integral y sostenible, la elaboración de medidas para la no repetición debe concentrarse en la cimentación de una sociedad igualitaria que revierta la posición de subalteridad en la que históricamente se ha puesto a las mujeres por el hecho de serlo, y contribuya a la desestructuración del patriarcado.

Con base en estas reflexiones, se presentaron recomendaciones alrededor de cuatro ejes: 1) una cultura de igualdad de las mujeres para edificar cultura de paz; 2) una representación de la seguridad humana incluyente de los derechos de las mujeres; 3) el fortalecimiento del Estado para una igualdad de género como bien público en Colombia; y 4) la participación paritaria de las mujeres en todos los escenarios de toma de decisión.

Este apartado es el resultado de una segunda fase de trabajo, en la cual se ideó una formulación que apuntara a la arquitectura de transformaciones que resultan imperiosas para superar el sistema patriarcal, junto con los otros sistemas de opresión y desigualdades con los que se entrecruza, todo esto como reparación y garantía de no repetición. Así las cosas, se llegó a dos estrategias articuladoras. De una parte, Reformas al Estado para alcanzar la igualdad para las mujeres como un bien nacional, y, de otra, Pactos por la igualdad para

25 A pesar de la centralidad de este planteamiento, tanto en el texto anterior como en este documento de profundización, se reconocen y mencionan otras circunstancias que contribuyeron a la existencia y prolongación del conflicto colombiano. Además de los ya mencionados en el cuerpo del texto, se destacan, por ejemplo, la pobreza, la combustión del tráfico de drogas de uso ilícito y la minería ilegal.

las mujeres y la desestructuración del patriarcado para cimentar la paz, en adelante Pactos por la igualdad para las mujeres. En esencia, se pretende que ambas tengan la potencialidad de ser implementadas y convertirse en una carta de navegación para tomadoras y tomadores de decisión, instituciones y actores responsables tanto del Estado como de la sociedad colombiana. A continuación, se explicará cada estrategia con sus contenidos y fundamentos. Además, se detallará su pertinencia, de cara a la no continuidad del conflicto, a fin de subvertir los tres dispositivos que sustentan el andamiaje de la dominación masculina.

Reformas al Estado dirigidas a alcanzar la igualdad para las mujeres como un bien nacional

En este primer apartado se construirá la línea argumentativa que lleve a comprender por qué la igualdad entre mujeres y hombres, además de ser un principio y un derecho fundamental, debe considerarse un bien nacional prioritario para el Estado en relación con su objetivo de consolidar de la paz. En particular, se indicará por qué las acciones afirmativas, desde un enfoque diferencial e interseccional, son la herramienta cardinal que hace posible transitar de la igualdad formal a una material, en la que las autonomías de las mujeres se vuelvan una realidad y permitan el pleno goce de sus derechos.

Una vez se culmine dicha exposición, se prosigue con la descripción de las reformas que se proponen, las cuales versan sobre seguridad y democracia paritaria. Asimismo, se enuncian las dos rutas mediante las cuales es posible tramitarlas: 1) la construcción de un Estatuto de la igualdad para las mujeres ligado al desarrollo y/o actualización de políticas públicas; o

2) la formulación independiente, por vías distintas, de cada uno de sus elementos.

Un Estado que antepone en su entramado la igualdad para las mujeres es un Estado que propicia condiciones para la paz

La idea de la igualdad para las mujeres como un bien nacional surge de los desarrollos de la Comisión Interamericana de Mujeres (CIM, 2017). Esta la consideró un bien de la humanidad por los efectos que tiene en la consolidación de sistemas democráticos más incluyentes y efectivos, economías más fuertes y mayores niveles de justicia social. A esto se suma la interpretación de Ana Cristina González Vélez, quien se refiere a su reconocimiento “como un bien de carácter patrimonial, en el sentido de algo que hay que preservar” (González, 2019).

En igual sentido, la Secretaría de la CIM, junto con connotadas feministas latinoamericanas, construyó en el 2021 el “Decálogo para un Estado en clave de derechos humanos y feminista” como un aporte al debate acerca del rol estatal y los lineamientos que deben guiar su respuesta a las necesidades de las mujeres. Este insumo es clave para orientar las reformas que aquí se incluirán, por lo que se resumen a continuación sus postulados.

Decálogo para un Estado en clave de derechos humanos y feminista 1. La cracia del demo: Las medidas de acción afirmativa y la paridad justa en cargos electivos y mandatos hacen frente a la subrepresentación de las mujeres en el Estado y la sociedad. (p. 5) […]

2. Las leyes, instituciones y políticas públicas: Solo si se incorporan las miradas, las necesidades específicas y los intereses estratégicos de las mujeres en el Estado, colocando a la igualdad y no discriminación como centrales y transversales en la formulación de leyes, instituciones y políticas públicas, es posible alcanzar la igualdad sustantiva entre todas las personas. (p. 6). […] 3. La triada de la institucionalidad. Estado-comunidadpersona: El feminismo rescata la importancia de fortalecer la institucionalidad que atienda las necesidades, derechos y obligaciones de todas las personas en su diversidad individual y como parte de comunidades y pueblos. (p. 7) […] 4. La gestión política para el buen gobierno: El feminismo da un nuevo sentido a la gestión del poder a través de otros modos de construcción de lo social y lo político que pasan por dotar de politicidad a lo doméstico, resignificando el trabajo y las habilidades de las mujeres, recuperando el valor de la empatía, del cuidado, la articulación, la armonización, y las capacidades de gestión en la negociación, fundamentales para el buen gobierno. (p. 7) […] 5. El cuidado en el centro de las agendas: El feminismo pone en el centro de las agendas de los Estados el cuidado de la vida en el ámbito de las personas, la tierra, sus territorios y sus bienes, reconociéndolo como un derecho, por lo que su protección y promoción son obligaciones del Estado. La falta de acciones de cuidado de parte del Estado, las empresas y la comunidad y la ausencia de corresponsabilidad entre hombres y mujeres, constituyen los principales obstáculos a la participación igualitaria de las mujeres en todas las esferas. (p. 8)

[…] 6. El buen vivir y la plenitud de la vida: El feminismo reconoce el buen vivir y considera que pasa por anteponer el interés general al particular, siempre que no implique violación a los derechos humanos de las mujeres o niñas. De este modo, ratifica al Estado como garante de la vigencia plena de los derechos de todas y todos. (p. 10) […] 7. Hacia la universalización de derechos: El logro de la igualdad de género comporta la universalización de los derechos. (p. 11) […] 8. Un modelo económico que produzca riqueza y la redistribuya: Un futuro inclusivo implica el empoderamiento económico de las mujeres, basado en un pacto social, político y de redistribución de la riqueza, mediante políticas laborales, fiscales presupuestarias y ambientales. (p. 12) […] 9. Erradicar las diversas formas de violencia contra las mujeres y las niñas: Para erradicar las diversas formas de violencia contra las mujeres y las niñas, se debe profundizar en la comprensión de su magnitud, transformar los patrones estereotipados de sexo a través de la educación y la comunicación. El Estado debe adoptar todas las medidas exigibles por su deber de debida diligencia. (p. 3) […] 10. Avanzar hacia una ciudadanía regional-global: El multilateralismo hace posible una mejor institucionalidad que desarrolle mecanismos de acción positiva y políticas de acción afirmativa para las mujeres y sus intersecciones de género, raza, edad, clase, etnia, territorialidad y discapacidad, entre otras, para que sea una realidad la igualdad de género como bien de la humanidad. (p. 14)

Las autonomías como requisitos para el goce efectivo de los derechos de las mujeres vs. los nudos estructurales de la desigualdad que enfrentan

Las mujeres están protegidas por un amplio conjunto de derechos que reconocen su humanidad y dignidad de manera integral. Sus alcances y los estándares para su respeto, protección y garantía los recoge la normativa internacional y nacional, cuyo recuento excede los objetivos de este texto. En esta ocasión, se busca resaltar la pugna alrededor del goce efectivo de sus derechos, la cual se da entre las autonomías y los nudos estructurales que las obstaculizan.

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) ha definido tres dimensiones de la autonomía que son claves para la superación de las desigualdades estructurales de género, así como con miras al ejercicio pleno de los derechos de las mujeres:

el control sobre su cuerpo —autonomía física—, la capacidad de generar ingresos y recursos propios —autonomía económica— y la plena participación en la toma de decisiones que afectan su vida y su colectividad —autonomía en la toma de decisiones—. (Cepal, 2013, p. 2)

A su vez, ha considerado que existen “nudos estructurales” que impiden a las mujeres alcanzar la igualdad en las sociedades contemporáneas, tres de los cuales son determinantes de la desigualdad que viven en cuanto constituyen barreras a sus derechos: 1) la división sexual del trabajo; 2) las prácticas patriarcales, discriminatorias o violentas; y 3) el control sobre los cuerpos. Estos son analizados por González Vélez (2018), quien deriva de cada uno consecuencias particulares sufridas

por las mujeres que impiden el logro de la igualdad al exacerbar efectos desproporcionados de factores discriminatorios prexistentes26 .

Tabla 1. Principales problemas que obstaculizan la igualdad para las mujeres

División sexual del trabajo:

1� La sobrecarga de trabajo no remunerado y su invisibilidad� 2� Menor autonomía económica (falta de ingresos propios, mayor informalidad, peor remuneración y falta de acceso a la tierra o los activos)� 3� La subvaloración del trabajo doméstico remunerado y de todo trabajo visto como “femenino”� 4� La pobreza de tiempo para desarrollar otras labores� 5� El estigma de la mujer como un “objeto” para la reproducción�

Prácticas patriarcales, discriminatorias o violentas:

1� Baja participación política y baja representación en todas las ramas del poder y en los ámbitos de toma de decisión� 2� Violencias, violencia sexual y feminicidios� 3� La brecha salarial en favor de los hombres si importar los niveles educativos de las mujeres� 4� La educación sexista� 5� Discriminación en todos los ámbitos: en el trabajo, en la calle, en la escuela, etc�

Control sobre los cuerpos:

1� El embarazo o su continuación forzada� El primero, resulta de una violación, el segundo, de la imposibilidad de interrumpirlo� 2� El embarazo no deseado; 3� Las barreras en el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva� 4� La falta de acceso continuo a métodos anticonceptivos� 5� La violencia sexual contra los cuerpos de las mujeres, exacerbada en la guerra� Fuente: elaboración propia con base en González Vélez (2018)�

26 Se destaca en este punto que los desarrollos teóricos de la autora ponen de presente las injusticias y desigualdades que las mujeres enfrentan en el sistema económico actual, así como la forma en que estas tienen una relación simbiótica y compleja con el patriarcado como primer sistema de opresión.

La acción afirmativa como mandato ineludible para alcanzar la igualdad material para las mujeres

La igualdad y no discriminación ha sido entendida como un derecho y un principio rector cuya transcendencia impacta todos los demás derechos consagrados en los ámbitos interno e internacional (Comisión Interamericana de Derechos Humanos [CIDH], 2019, p. 23). A su vez, la CIDH le ha reconocido el estatus de ius cogens27, lo cual implica que se trata de una norma de perentorio cumplimiento y un límite absoluto a la voluntad estatal.

En su faceta de derecho, en el Sistema Interamericano y en la jurisprudencia constitucional colombiana se le han atribuido tres dimensiones: la igualdad ante la ley, la igualdad ante la vida y la prohibición de discriminación. Al respecto, se destaca que uno de los pilares fundantes del Estado social de derecho es,

la superación de la igualdad formal con el fin de dar paso a la igualdad material, la cual permite dar tratos diferenciados para así remover los obstáculos y la desigualdad social mediante la formulación de políticas públicas que favorezcan a grupos discriminados o marginados. (Corte Constitucional, Sentencia C-410/94)

De igual modo, la CIDH (2007) reconoce que ciertos sectores requieren la adopción de medidas afirmativas de equiparación. La Corte Constitucional (2020) ha optado por el concepto de acción afirmativa28, el cual abarca una amplia gama de

27 Al respecto, véase CIDH (2021, párr. 359), y CIDH (2015, párr. 144). 28 En este sentido lo entiende como “políticas o medidas dirigidas a favorecer a determinadas personas o grupos, bien para eliminar o reducir las desigualdades de tipo social, cultural o económico que los afectan o para lograr que los

instrumentos, políticas y prácticas de índole ejecutiva, administrativa y/o reglamentaria cuya selección depende del contexto y de su objetivo. A continuación, se extraen cinco ideas principales de lo expuesto en esta sección.

Tabla 2. Cinco máximas de la igualdad-contenido, alcances y la centralidad de las acciones afirmativas

1� La igualdad es un derecho y un principio rector que impacta otros derechos� 2� La igualdad y no discriminación constituyen ius cogens vinculante para el

Estado� 3� El derecho a la igualdad tiene tres dimensiones: formal, material y la prohibición de discriminación� 4� La igualdad material, como fundamento del Estado social de derecho, obliga a la adopción de acciones afirmativas� 5� La acción afirmativa se puede concretar en diversas medidas que redunden en la equiparación de condiciones para poblaciones históricamente discriminadas�

Fuente: elaboración propia�

Hasta este punto se ha logrado establecer que el recurso a las medidas o acciones afirmativas es una obligación del Estado ante condiciones que afecten la igualdad material de un grupo poblacional. De este modo, deben ser la principal herramienta en el propósito enfrentar los nudos estructurales que minan la igualdad para las mujeres en cuanto menoscaban sus autonomías y derechos humanos. En materia de no repetición del conflicto armado, las medidas afirmativas dirigidas a alcanzar la igualdad para las mujeres se encaminan a la transformación de las relaciones patriarcales.

miembros de un grupo subrepresentado, que usualmente ha sufrido de una discriminación histórica, tengan mayor representación” (Corte Constitucional, 2020, p. 10).

Ahora bien, tal y como se mencionó en la parte introductoria de este documento, el conflicto también agudiza las discriminaciones preexistentes en contra de mujeres, cuyas realidades se ven atravesadas por su identidad étnico-racional, de género y orientación sexual, de capacidades diversas, etaria y situaciones relacionadas con el estrato socioeconómico, la zona geográfica o el entrecruce de algunas o varias de estas condiciones. Al respecto, en su Recomendación General 35, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Cedaw) enfatizó que, en tanto las mujeres experimentan múltiples formas de discriminación, interrelacionadas entre sí, que tienen un agravante efecto negativo, “la violencia por razón de género puede afectar a algunas mujeres en distinta medida, o en distintas formas, lo que significa que se requieren respuestas jurídicas y normativas adecuadas” (Cedaw, 2017).

Así, pues, es necesario que en el proceso de reforma y en la formulación de acciones afirmativas se privilegie un enfoque diferencial e interseccional que analice y busque comprender la manera en la que diferentes identidades y circunstancias afectan el acceso a las autonomías y derechos. Esto, con el objetivo de hacer propuestas cuya implementación sea sectorizada, eficiente y verdaderamente transformadora. En este orden de ideas, una vez clarificado este entramado jurídico y teórico, en los siguientes dos apartados se desarrollan las propuestas de reforma en los ejes de participación paritaria y seguridad.

Reformas a los mecanismos de participación para la democracia paritaria

Según la Estrategia de Montevideo29, la democracia paritaria establece como medidas impulsar el liderazgo de las mujeres en organizaciones sociales y políticas, así como crear “mecanismos que garanticen la inclusión paritaria de la diversidad de mujeres en los espacios de poder público de elección popular y designación en todas las funciones y niveles del Estado” (Cepal, 2017, p. 27). Sobre su concreción, es importante traer a colación un aprendizaje del reciente proceso constitucional chileno: la necesidad de contemplar la paridad como un piso o mínimo y no como un techo o potencial límite a la participación política de las mujeres (Carrillo y Zúñiga, 2021, p. 247).

En consecuencia, se recomiendan las vías normativas que se enumeran a continuación, con el fin de avanzar hacia una democracia paritaria en el país y hacía la desactivación de las dinámicas de expropiación de poder de las mujeres, insertas en las causas estructurales del conflicto. 1. Impulsar un proyecto de ley que adicione al Código Electoral

Colombiano los mecanismos de alternancia y universalidad para las mujeres30, y que, a su vez, reemplace la cuota del 30 % establecida en la Ley 581 de 2000 por la paridad en las

29 La Estrategia de Montevideo fue aprobada en la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, organizada por la Cepal y el Gobierno del

Uruguay, celebrada en Montevideo del 25 al 28 de octubre del 2016. Se trata de un compromiso político regional que tiene por objeto guiar la plena implementación de los acuerdos de la Conferencia Regional y asegurar que sean la hoja de ruta con miras a alcanzar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en el ámbito regional, desde la perspectiva de la igualdad de género, la autonomía y los derechos humanos de las mujeres. 30 En este punto es importante mencionar que la reforma electoral, que en este momento estudia la Corte Constitucional, introdujo la paridad en las listas

máximas instancias y otras instancias de decisión de las administraciones territoriales y del nivel nacional. 2. Promover un proyecto de ley estatutaria por medio del cual se dicten normas de garantías de la promoción de la participación ciudadana, en el marco del Acuerdo de Paz. Esto, con el objeto de desarrollar, proteger, garantizar y promover los derechos de la participación y la asociación establecidos en la Constitución Política, en particular lo consagrado en los artículos 37, 38, 40 y 103, a fin de que se regulen los espacios e instancias de participación ciudadana, entre otros asuntos, en términos de la paridad. 3. Incentivar la reforma de la Ley 152 de 1994, orgánica del

Plan de Desarrollo en materia planeación territorial y nacional en el marco del Acuerdo de Paz, con el objetivo de reglamentar la participación paritaria de las mujeres en los consejos de planeación. 4. Impulsar un Estatuto de la Participación de las Mujeres que favorezca el fortalecimiento de su capacidad en los procesos de participación, con preeminencia de la cualificación de su capacidad de asociatividad, lo cual agrupe las medidas necesarias para asegurar, mínimamente, la paridad en todas las instancias de toma de decisión.

Reformas al sector de la seguridad desde la perspectiva de los derechos y las autonomías de las mujeres

Se propone una modificación al artículo 3 del Código Penal Militar (Ley 1407 de 2010) que reconozca de manera expresa

electorales. Por esta razón, en caso de ser declarada exequible por el Alto Tribunal, la paridad sería una obligación en listas cerradas o abiertas.

que la violencia contra las mujeres y particularmente la violencia sexual no constituyen, bajo ningún supuesto, delitos relacionados con el servicio; por ende, se encuentran excluidos del fuero militar todos los miembros de la Fuerza Pública judicializados por este tipo de conductas.

Si bien no se enunciarán más propuestas específicas en este punto, se rescatan también las reflexiones sobre cómo la inclusión de una perspectiva de derechos de las mujeres en lo relativo a la seguridad requiere en principio una resignificación de este concepto que se aleje de las posiciones hegemónicas dominantes. Algunas académicas, como, por ejemplo, Cohn (2013), Robinson (2011) y Tronto (2013), han señalado que se puede repensar la seguridad desde conceptos que tradicionalmente no han sido asociados con ella, como, por ejemplo, la ética del cuidado. Elemento que permite encaminar las prácticas de seguridad, no a lograr autosuficiencia, sino a reconocer las necesidades y perspectivas de los otros y las otras con los que creamos dinámicas de responsabilidad y cuidado mutuo. Estas construcciones se relacionan estrechamente con la estrategia de los Pactos por la igualdad para las mujeres, la cual privilegia una visión de la seguridad desde la corresponsabilidad por vivir una vida libre de violencias. “Una de las bases teóricas de la seguridad en clave feminista es la premisa de que el fin de estas violencias estructurales, comunitarias, sociales e íntimas es indisociable de una vida segura y en paz” (Millares, 2022, p. 92).

Un estatuto de la igualdad para las mujeres

Las reformas al Estado dirigidas a alcanzar la igualdad para las mujeres como un bien nacional pueden ser tramitadas

a través de dos rutas. La primera, de manera independiente, por vías normativas diferenciadas, tal y como se propuso en los numerales 4 y 5 de este capítulo. La segunda, a través de un Estatuto de la igualdad para las mujeres que permita integrar en un único régimen jurídico “revestido de fuerza obligatoria, […] del conjunto de las disposiciones legales vigentes sobre [la] materia, a fin de crear un régimen legal sistemático y armónico que […] se traduzca en certeza y seguridad jurídicas, de modo que se asegure su observancia y aplicación” (Corte Constitucional, Sentencia C-439/16).

El Estatuto se fundamenta en el acatamiento de las obligaciones del Estado en materia de la garantía del derecho a la igualdad y no discriminación, en sus tres dimensiones. De este modo, debe dirigirse a cristalizar con respecto a las mujeres su obligación de adoptar los mecanismos institucionales pertinentes, en particular, las acciones afirmativas para el goce efectivo de sus derechos humanos comprehensivos de sus autonomías. Así las cosas, proponemos que el Estatuto contenga al menos los puntos que se enumeran a continuación. 1. Las reformas de ley requeridas producto de una revisión exhaustiva de todas las disposiciones normativas vigentes para identificar y modificar disposiciones discriminatorias hacia las mujeres en toda su diversidad (Relator Especial sobre la promoción de la Verdad, la Justicia, la Reparación y las Garantías de No Repetición de las Naciones Unidas,

ONU AG, 2020, párr. 4). Para la concreción de este primer paso, debe tenerse en cuenta que la discriminación indirecta también constituye discriminación. Así, el hecho de que una norma o política no emplee un factor sospechoso y parezca neutral en su formulación, no implica que no pueda

llegar a tener impactos discriminatorios. Motivo por el cual se hace necesario verificar el efecto de las normas, más allá de su literalidad, a fin de constatar si conllevan resultados desproporcionadamente perjudiciales sobre las mujeres (CIDH, 2019, pp. 37-38). 2. Las reformas que garanticen las transformaciones institucionales requeridas para la garantía de la seguridad y la vida libre de violencias para las mujeres. 3. La regulación normativa dirigida a alcanzar la paridad, entendida como un piso y no como techo, de los mecanismos y escenarios de la participación ciudadana, política, institucional y de construcción de paz, en conformidad con las reformas ya presentadas. 4. Las reformas en los campos de las recomendaciones de reparación y no repetición que formule la CEV en temas de igualdad para las mujeres, sus autonomías y derechos humanos que requieran regulación legal con miras a su eficaz implementación.

Sumado a lo anterior, es primordial que el Estatuto se construya a la par con procesos de formulación o actualización de políticas públicas con el fin de garantizar su regulación en caso de ser requerida. Para esto, deben ser observados los criterios de razonabilidad establecidos por la Corte Constitucional31, así

31 En el marco de su jurisprudencia sobre el desplazamiento forzado, la Corte estableció, en cuanto a la protección de los derechos fundamentales de las mujeres y la prevención del impacto de género producto del conflicto armado, quince elementos mínimos de racionalidad para la adopción de política pública. Véase el Auto 737/17- (Corte Constitucional, 2017, p. 29).

como los enfoques, las dimensiones y los ejes recogidos por la Cepal en las conferencias regionales de género32 .

Pactos por la igualdad para las mujeres y la desestructuración del patriarcado para cimentar la paz: la educación como eje transformador que atraviesa lo individual, comunitario e institucional

El patriarcado fundamenta y nutre otros sistemas de dominación en tanto constituye la primera pedagogía de poder y lección de jerarquía (Segato, 2018, p. 15). El paradigma masculino y los valores asociados al mismo son espacios de aprendizaje para la subordinación y la violencia, por lo cual, se requiere una transformación del imaginario colectivo y los cimientos culturales de la sociedad si se pretende dejar sin piso y sin cauce las lógicas machistas que someten a las mujeres a la violencia y propician los conflictos bélicos. Para ello, es necesario avanzar en “una educación integral laica de calidad, oportuna y libre de estereotipos, [que promueva] una cultura de igualdad entre mujeres y hombres para derribar los patrones culturales patriarcales, discriminatorios y violentos” (Cepal, 2020a, p. 4). En este orden de ideas, nuestra segunda estrategia se dirige a llevar a cabo en el país una gran movilización social e institucional que promueva la firma de Pactos por la igualdad, centrada en comunidades educativas. Se prevé que este ejercicio sea de carácter territorial, comunitario y doméstico, con un enfoque en el proceso, en la solución de problemas y en la preservación

32 Véase, por ejemplo, Cepal (2017).

de la vida33. Todo pacto es un convenio entre partes que se comprometen a hacer y/o no hacer algo. Así, pues, se ligan a voluntariedad y corresponsabilidad de quienes lo suscriben y tienen un gran potencial como innovación metodológica para generar conversación política —pública y doméstica—, así como acuerdos que progresivamente alteren la narrativa del mandato de masculinidad desde las instituciones educativas. El enfoque en este ámbito se justifica por el impacto que tiene la educación en la configuración de la cultura de una sociedad, el cual redunda en la posibilidad de generar cambios en dos niveles: en lo individual, con cada una de las niñas, niños, jóvenes y adultos cuyos pensamientos y valores se ven atravesados por la formación que reciben, y, en lo social, que va desde las familias a las comunidades en las que se ponen en práctica los valores y comportamientos aprendidos.

La pedagogía por el cuidado de la vida como antídoto de las prácticas patriarcales

Se proyecta que los pactos se firmen en torno a dos objetivos: la igualdad para las mujeres y la desestructuración del patriarcado, en la medida en que son dos caras de una misma moneda. Para esto, el concepto político articulador de la pedagogía que acompañará su proceso de creación y desarrollo es el cuidado de la vida, entendido como ética del cuidado de las personas y el cuidado de la tierra, en perspectiva feminista/s, étnico-racial, interseccional y territorial.

33 Segato, en Contra-pedagogías de la crueldad, destaca estas características como elementos definitorios de la experiencia histórica de las mujeres que pueden sentar ejemplo de una forma distinta de pensar y actuar colectivamente que conlleve una politicidad femenina distinta a la patriarcal.

La falta de políticas o acciones de cuidados por parte del Estado, las empresas y la comunidad, y la ausencia de corresponsabilidad entre hombres y mujeres, constituyen los principales obstáculos a la participación igualitaria de las mujeres en todas las esferas, particularmente en la economía, en el trabajo y en el avance hacia el logro de la igualdad de género, dentro de las familias y en la sociedad. Por lo que los cuidados de las personas deben ser un derecho y su protección y promoción una responsabilidad del Estado. (Comisión Interamamericana de Mujeres [CIM], 2021, p. 9)

Al orden patriarcal se opondrá una política feminista que transforme las relaciones de poder entre mujeres y hombres. Se propone pensar esta propuesta en una lógica de acción-reacción. Ante un sistema machista que pone en el centro una dominación impuesta, desigualdades estructurales, discriminación, violencia y destrucción, se contrapondrá el cuidado desde un proceso democrático que fomente la participación de todas y todos, y se encamine a definir las bases que garanticen en nuestro país la igualdad para las mujeres, así como la posibilidad de ser y vivir en libertad, con pleno goce de los derechos y respeto por las personas, la naturaleza y el entorno que nos rodea.

Así las cosas, en la elaboración de los pactos las partes identificarán prácticas patriarcales, en sus múltiples manifestaciones, que afecten la vida de las personas y los territorios. A partir de esto, se comprometerán con prácticas concretas de cuidado de la vida y se establecerá un mecanismo de seguimiento al cumplimiento de los acuerdos.

De la multiplicidad de pactos al Pacto Educativo Antipatriarcal como fundamento de una pedagogía feminista para la paz

La estrategia prevé que los pactos se promuevan desde el sistema educativo, pero suscritos por una gran diversidad de actores34 políticos, sociales, institucionales35, e involucren a “los niños, los jóvenes y los hombres como aliados estratégicos en el logro de la igualdad de género” (Cepal, 2020a, p. 6). Serán creados en diversos ámbitos territoriales, institucionales y sectoriales, en los ámbitos nacional, departamental, municipal, comunal, barrial, veredal, así como en resguardos, consejos comunitarios y otros, en su relación con instituciones educativas y espacios de formación. Además, se dispondrá que el Ministerio de Educación garantice la expedición de guías que sirvan de apoyo metodológico y se incentivará el compromiso de los medios de comunicación para adelantar su convocatoria y suscripción36. Igualmente, se abrirá

34 1) Entre niñas y niños; 2) entre jóvenes; 3) entre amigas y amigos; 4) en salones de clase; 5) en escuelas; 6) colegios; 7) facultades universitarias; 8) entre profesores y estudiantes; 9) en las asociaciones de padres de familias; 10) sindicatos de maestros y maestras; 11) otros sindicatos de instituciones educativas; 12) entre hombres y mujeres en el ámbito personal; 13) en espacios formativos de funcionarios.

35 Por su relevancia, se destaca el Ministerio de Educación, las secretarías departamentales, distritales y municipales de Educación, el SENA, el ICBF y las universidades.

36 “Más allá del diseño de políticas referentes a la atención, el acceso a la justicia y el establecimiento de sanciones, se requiere poner énfasis en el sistema educativo y los medios de comunicación en la necesidad de superar los patrones culturales que subyacen a la violencia de género, actuar sobre los mecanismos de transmisión de la violencia por razón de género y avanzar en la implementación de políticas públicas para su prevención. Para alcanzar una vida libre de violencia se requiere el involucramiento de la diversidad de actores sociales y

la posibilidad de que las partes firmantes suban sus pactos a plataformas virtuales o los depositen en instituciones dispuestas para ello.

La gran movilización se cerrará con la firma en el ámbito nacional de un Pacto Educativo Antipatriarcal, acto simbólico que ratifica la decisión política de la sociedad colombiana de cuidar la vida de las personas y los territorios, como una apuesta desde la educación para la igualdad de las mujeres. En este momento final, se sistematizarán las experiencias del proceso y se estructurará este pacto como una forma de comprometer al sistema educativo y su institucionalidad desde el nivel central hasta el regional con el proceso de transformación cultural y social que, para ese momento, ya se estaría gestando. En concreto, su responsabilidad se traduciría en una pedagogía feminista para la paz que deberá transversalizarse y difundirse en todas las instituciones educativas del país.

comunitarios y el sector privado, así como el compromiso de los hombres con la tolerancia cero a la violencia hacia las mujeres y las niñas” (Cepal, 2020b).

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// Perfil de las autoras

Claudia Mejía Duque

Ha trabajado por más de cuatro décadas por la promoción y la defensa de los derechos de las mujeres en Colombia� Cursó sus estudios de Derecho en la Universidad Externado de Colombia; es especialista en Derechos Humanos de la Escuela Superior de la Administración

Pública (ESAP); cuenta con un diploma de postítulo en Derechos Humanos y Mujeres: Teoría y Práctica, otorgado por la Universidad de

Chile, y realizó una maestría en Estudios para la Paz y el Desarrollo, en la Universidad San Jaume I de Castellón en España� Es integrante del movimiento Defendamos La Paz, espacio amplio y diverso que vela por el cumplimiento del Acuerdo Final de Paz en Colombia, del que hacen parte las personas firmantes del Acuerdo y representantes de sectores sociales y políticos de todo el país y del ámbito internacional� Igualmente, pertenece a la Red Nacional de Mujeres, iniciativa feminista que aporta a la exigibilidad del goce efectivo de los derechos de las mujeres y las niñas, así como a la construcción de la paz incluyente de la igualdad y su plena ciudadanía� Sylvia Cristina Prieto Dávila

Politóloga e investigadora�

Jenifer Paola Caicedo Artunduaga

Estudiante de derecho y asistente de investigación� Marta Lucía Tamayo Rincón

Abogada y activista feminista, exdefensora regional de Risaralda y exdelegada nacional para la Política Criminal y Penitenciaria de la Defensoría del Pueblo, consultora de organismos de cooperación internacional en temas relacionados con la promoción de los derechos humanos de las mujeres y el diseño de políticas públicas de género en el orden territorial� Marcia Rojas Moreno

Abogada feminista especialista en derechos humanos y derecho internacional humanitario� Actualmente trabaja en la Jurisdicción Especial para la Paz y como consultora en temas relacionados con violencia basada en género y justicia transicional� Tiene experiencia en la defensa y promoción de los derechos humanos de las mujeres y en el acompañamiento y representación judicial de víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto� Kelly Tatiana Paloma Culma

Defensora indígena feminista, profesional de género de la Consultoría para los Derechos Humanos y el Desplazamiento (CODHES)� Politóloga y maestranda en Políticas Públicas de la Universidad Nacional de

Colombia, con experiencia como docente universitaria, en trámites y proceso legislativo, e investigaciones sobre género, seguridad, defensa, partidos políticos y sistemas electorales�

GNR GNR GNRR// Patriarcado, mujeres y conflicto armado: arando caminos para la paz y la no repetición Este texto contiene recomendaciones para la no repetición, en clave de género, que fueron entregadas a la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición (CEV) en mayo del 2022. En el documento se plantean dos estrategias articuladoras dirigidas a enfrentar y superar el sistema patriarcal como presupuesto fundamental para la garantía de no repetición. La primera de ellas parte de la comprensión de la igualdad de las mujeres como un bien nacional que compele al Estado a adoptar acciones afirmativas que garanticen una igualdad material, en la que las autonomías de las mujeres se concreten en el pleno goce de sus derechos. En esta línea, se proponen reformas al Estado en temas de seguridad y democracia. La segunda estrategia apunta a los ámbitos de la cultura y la educación. A saber, se proyecta una gran movilización social e institucional que promueva en el país la firma de pactos por la igualdad con enfoque en las comunidades educativas. Ello, con el objetivo de desestructurar el paradigma masculino como un espacio de aprendizaje para la subordinación y la violencia.

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