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Recomendaciones

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Hallazgos

Hallazgos

A partir de los hallazgos previamente enunciados, se estructuran las recomendaciones que se exponen a continuación:

• Diseñar e implementar por parte del Gobierno nacional una estrategia de articulación entre 1) los PDET a que refiere el Punto 1 del AF, 2) el enfoque de género y diferencial de los Planes de Reparación Colectiva (PRC) de que trata la Ley 1448 de 2011, 3) los decretos leyes 4633 y 4635 de 2011 y 4) los trabajos, obras y actividades con contenido reparador (TOARS) de que trata el Punto 5 del AF (Congreso de Colombia, 2021).

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• Avanzar por parte de la UARIV en el desarrollo del enfoque de género y diversidad, de manera que disponga toda su capacidad institucional para la debida implementación de la Resolución 150 del 5 de marzo de 2021, y que se ajuste a los requerimientos de las víctimas, sin perder de vista las necesidades de la población en situación de desplazamiento forzado en términos de enfoque de género y diversidad.

• Evitar que la Subdirección General pierda los aprendizajes y las buenas prácticas implementadas por el extinto Grupo de Enfoque Diferencial y de Género al interior de la UARIV, con la finalidad de que la aplicación de la Resolución 150 de 2021 garantice un mayor impacto en la inclusión del enfoque de género en la política pública de reparación integral a víctimas, en general, y en la política pública de desplazamiento forzado, en particular.

• Establecer por parte de la UARIV un presupuesto específico que garantice la ejecución autónoma de acciones para la efectiva transversalización del enfoque diferencial de género y diversidad dentro de la entidad, así como en la misma política de reparación integral. De igual manera, es necesario implementar

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indicadores de seguimiento para garantizar la correcta destinación y ejecución de recursos en pro de la implementación del enfoque diferencial de género y diversidad.

• Implementar el enfoque de género y de diversidad como un criterio de priorización para agilizar la indemnización administrativa y garantizar la priorización a la población vulnerable, lo cual incluye a aquella en situación de desplazamiento forzado.

• Ajustar la guía para el diagnóstico del daño en los planes de reparación colectiva, de tal forma que las preguntas allí incluidas permitan de manera efectiva identificar afectaciones derivadas de hechos victimizantes perpetrados contra miembros del sujeto colectivo en razón de su género.

• Redactar los PIRC y sus respectivas acciones en una lógica que permita atender las afectaciones en razón de su género, a los miembros de la población que componen el SRC.

• Replantear del modelo de ejecución de PIRC a través de operadores logísticos.

• Cumplir la meta propuesta en el CONPES 4031 por la URT en el sentido de garantizar la transversalización del enfoque de género, promoviendo que el 78 % de las solicitudes anuales inscritas en el RTDAF estén en cabeza de mujeres.

• Adelantar por parte de la UARIV, como entidad coordinadora del SNARIV, la transversalización del enfoque étnico con las demás entidades que tienen responsabilidad en la materialización de la política pública de reparación integral a víctimas, especialmente en lo referente al desplazamiento forzado, ya que el 84 % del total de la población étnica registrada en el RUV es víctima de este hecho victimizante.

• Acelerar la implementación de los PIRC étnicos, ya que son los que se encuentran más rezagados en su ejecución.

• Articular los PIRC implementados por la UARIV y los PDET estipulados por el AF, y fomentar la participación de las víctimas para preservar el enfoque reparador de la política pública de reparación integral.

• Definir el contenido y alcance del enfoque reparador de los PDET, así como el de los Planes y Programas de Reforma Rural, a través de un decreto reglamentario (CODHES, 2017, p. 37; Congreso de Colombia, 2021).

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• Propugnar por una articulación efectiva entre la ANT, la URT y la UARIV para garantizar la aplicación del enfoque de género en materia de restitución de tierras a población étnica.

• Agilizar las acciones de la ANT para contribuir en la acreditación y constitución de territorios étnicos o consejos comunitarios, con el fin de facilitar el proceso administrativo y judicial para la restitución de tierras.

• Continuar profundizando por parte de la JEP, la CEV y la UBPD las acciones en materia de transversalización de los enfoques de género y diversidad, así como del enfoque étnico.

• Recomendar a las entidades del SIJVRNR trabajar de manera coordinada en la transversalización de los enfoques diferenciales, de manera que no se adelanten acciones aisladas y haya duplicidad de esfuerzos que disminuyan el impacto positivo para el beneficio de las víctimas en general, así como de las víctimas de desplazamiento forzado en particular.

• Coordinar y articular el SNARIV y el SIVJRNR en materia de género y diversidad, así como en el enfoque étnico en el campo de la reparación integral, teniendo en cuenta las particularidades de cada sistema, cada una de sus entidades y sus respectivas competencias.

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