Colegio de Relacionadores Industriales del Perú INFORMATIVO ELECTRONICO No. 007-12-02 Diciembre 2002 Junta Directiva Nacional Decano: Daniel Valera Loza, Vice Decano: Guillermo León Arias, Director Secretario: Miguel Ramos Carrillo, Director de Relaciones Publicas: Jaime Hermosilla Utrilla Director de Actividades Profesionales y Culturales Rene Danziger Artieda, Directora de Bienestar Social: Nancy VizurragaTorrejón, Director Tesorero: Donalde Arévalo Guzmán, Director de Biblioteca: Christian Niquen Espejo Responsable del Informativo Electrónico Miguel Ramos Carrillo
“RECUERDA QUE EL PRESENTE INFORMATIVO NO TIENE COSTO PARA EL COLEGIO Y SU DISTRIBUCION ES GRATUITA PARA LOS MIEMBROS DE LA ORDEN Y AMIGOS DEL COLEGIO”
PRESENTACION Estimado colega: Hagamos uso de este instrumento que nos brinda la modernidad (el correo electrónico), para desarrollar mejor la comunicación entre junta directiva y miembros de la orden o sencillamente entre nosotros (colegas que compartimos la misma profesión). El presente boletín no debe ser solo un informativo en el cual el asociado lo reciba y lo deseche; sino debemos aprovechar la facilidad de este medio (internet) para que exista retorno o “feedback”, que nos permita estar mucho mas cerca y conocer sobre vuestras inquietudes y lo que deseamos de nuestro colegio y/o nuestra profesión. Es decir que el presente informativo no solo sea eso, sino una herramienta locución y dialogo entre sus asociados.
Los miembros de la orden pueden emitir sus opiniones, consejos, criticas (serán bienvenidas), que nos hagan sentir su presencia, propiciando de este modo actos de retorno por parte de la directiva que signifiquen realización de actividades o actos solicitado por sus agremiados. No esperemos una asamblea para comunicarnos, si podemos hacerlo mediante esta maravilla que significa el internet. Para eso fue creado para estar más juntos, para dialogar y avanzar. No queremos que este instrumento solo sea de información, sino repetimos –de dialogo entre R I s. Solo tienes que redactar tu comunicación a este correo y clickear enviar. A manera de ensayo instauramos en el presente correo un tema de debate, el cual puedes participar emitiendo una opinión, si es posible fundamentado. El mismo será
publicado en una edición especial del presente informativo. El tema de debate es “¿CONSIDERAS
QUE NUESTRA PROFESION PODRIA DERIVAR EN UN CAMBIO DE NOMBRE COMO EL DE RECURSOS HUMANOS? Nos gustaría escuchar opiniones en pro y en contra. Puedes darnos tu opinión a éste correo promser@chavin.rcp.net.pe Esperamos el retorno
CENA DE NAVIDAD... Con éxito por la gran presencia de “R I s” (Léase Relacionadores Industriales), se llevó a cabo la gran cena por aniversario de creación del colegio y por navidad. Fue muy buena la oportunidad para departir y confraternizar. El evento se realizó en el HOTEL CASINO BRUCE el día viernes 6 de los corrientes En el próximo informativo presentaremos las fotos de este importante acontecimiento. AYUDANOS A LLEGAR A MAS R I s Si conoces de colegas a quienes no les llegue el presente informativo, te agradeceremos nos envíes su dirección electrónica al presente correo promser@chavin.rcp.net.pe , no interesa que no sea colegiado, solo que sea R.I. COLABORA POR FAVOR....
SITUACION ECONOMICA DEL COLEGIO...(transparencia ante todo) En próximos números del presente informativo, haremos una publicación de la situación económica de nuestro Colegio.
EN PROXIMOS NUMEROS BRINDAREMOS SERVICIOS DE CONSULTA LABORAL... Para aquellos colegas que se encuentren al día en sus cotizaciones, les brindaremos la posibilidad de hacer consultas laborales particulares (a través de correo electrónico). Para tal efecto solicitaremos el concurso de los especialistas en Derecho Laboral de nuestro Colegio.
MODIFICAN REGLAMENTO SOBRE GRATIFICACIONES LEGALES Reproducimos literalmente el informe emitido por el estudio Pinkas Flint, referente al tema.
DESCUENTO PROPORCIONAL DE LOS DÍAS DE INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS PARA EL CÁLCULO DE LAS GRATIFICACIONES LEGALES Ayer se publicó en El Peruano el Decreto Supremo N° 017-2002-TR, que modifica el numeral 3.4. del artículo 3° del Decreto Supremo N° 005-2002-TR, Reglamento de la Ley de Gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad (vigente desde el 4 de julio del presente año). El texto original del artículo 3°, numeral 3.4., del Decreto Supremo N° 005-2002-TR (vigente hasta el día de ayer), era el siguiente: “3.4. El tiempo de servicios para efectos del cálculo se determina por cada mes calendario completo efectivamente laborado en el período correspondiente.”
A partir del viernes 6 de diciembre de 2002, dicho artículo se encuentra redactado de la siguiente forma: “3.4. El tiempo de servicios para efectos del cálculo se determina por cada mes calendario completo laborado en el período correspondiente. Los días que no se consideren tiempo efectivamente laborado se deducirán a razón de un treintavo de la fracción correspondiente.” Además, como dato importante, en el artículo 2° del Decreto Supremo N° 0172002-TR, se precisa que la modificación resulta aplicable para la gratificación que corresponda abonar en diciembre de 2002. En principio, debemos señalar que se mantiene el cálculo de la gratificación por meses completos, lo cual no ha sido modificado por la norma publicada el día de ayer. Sin embargo, se ha establecido un criterio razonable para los casos de ausencias injustificadas. Por ejemplo, si un trabajador falta injustificadamente al centro de labores el día lunes 9 de diciembre, sólo se le descontará un treintavo del sexto correspondiente al mes de diciembre, al momento de realizar el cálculo de la Gratificación de Navidad que se le deberá abonar hasta el día 15 del mes en curso. De ningún modo se le podrá descontar todo el sexto generado en el mes de diciembre, como sucedía al amparo del texto original de la norma.
momento de efectuar el cómputo de la gratificación respectiva. Para no incurrir en supuestos de infracción de las normas vigentes en materia de Gratificaciones Legales, se deberán adoptar las siguientes medidas preventivas:
El efecto inmediato de esta modificación reglamentaria en las empresas, es que a partir de ahora las faltas injustificadas de los trabajadores al centro de labores se les deberán descontar a razón de un treintavo del sexto correspondiente al mes en que se produjo la falta, al
Se determina que el convenio colectivo continúa vigente mientras no sea modificado por un convenio posterior, sin perjuicio de aquellas cláusulas que hubieren sido pactadas con carácter permanente
Efectuar el cálculo del monto de las Gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad, a razón de sextos por cada mes dentro del semestre respectivo. Descontar los días de inasistencias injustificadas, a razón de treintavos de sextos por cada día de no asistencia al centro de trabajo. Sumar los días resultantes a los sextos de los demás meses, para obtener el monto total de las gratificaciones. Fuente: Estudio Pinkas Flint
ULTIMO MINUTO... CONGRESO APRUEBA PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LA LEY DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO El 10 de los corrientes, se aprobó en el Congreso, y por unanimidad, el proyecto de Ley que modifica el DL 25593; entre otras temas se reconoce la posibilidad de sindicalizarse cuando el trabajador se encuentra en periodo de prueba, número de trabajadores para afiliarse a un sindicato continúa en 20 y si es de empresas (sindicato de actividad, gremio u oficio) se reduce de 100 a 50.
Ampliaremos en próximos informativos y si lo promulga el ejecutivo. Fuente: Redacción propia del Colegio ESTABILIDAD LABORAL ABSOLUTA EN DEBATE Tal como lo referimos en informativos anteriores, respecto al contenido de los temas laborales en la nueva Constitución, la Cámara de Comercio de Lima, abrió el debate emitiendo un pronunciamiento que por razones de espacio lo abreviamos: “El retiro o no del art 37 A, no soluciona el problema de fondo de la estabilidad laboral aprobada en el Congreso, aprobado en el proyecto de la nueva Constitución. El tema de fondo en el debate constitucional del régimen laboral es la permanencia del art. 27º aprobado en la nueva carta magna, que abre las puertas para restablecer la estabilidad absoluta en el país. Según este artículo en caso de despido arbitrario, el trabajador tiene el derecho a la indemnización que determina la ley o a la readmisión en el empleo. Es decir con este art. se estaría regresando a la estabilidad laboral que imperó en la década de los 80, con nefastas consecuencias para el país” Para que nuestros colegas tengan una idea clara de lo delicado del tema, reproducimos el mencionado art. 27 de la nueva Carta Magna (art. aprobado por el Congreso) "Artículo 27°.- El trabajo es un derecho y un deber, base del bienestar social y medio de realización de la persona. El trabajo en sus diversas modalidades es objeto de protección por el Estado, en especial el de la madre y del menor de edad.
El Estado erradica toda forma de trabajo prohibido por la ley. El despido requiere de causa justificada señalada en la ley. En caso de despido injustificado del trabajador, tiene derecho a una indemnización o a la readmisión en el empleo o a cualquier otra prestación en la forma prevista por la ley. Es nulo el despido que agravia derechos fundamentales reconocidos por esta Constitución.”
Fuente: Redacción propia del Colegio; El Peruano 10/12/02 CONTINUA EL DEBATE... "CARTA AL DR. CARLOS FERRERO COSTA, PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, (remitida por CONFIEP) Pero no solo han logrado dejar el camino abierto para la estabilidad laboral absoluta, sino también están contribuyendo a una inestabilidad jurídica, desalentando la inversión privada, pues para el sector empresarial, el tema laboral en la constitución, estemos de acuerdo o no, constituía "un capitulo cerrado", lo que permitía, en cierto modo, conocer las reglas del juego y tener expectativas en el crecimiento del país. Es la primera vez que en un tema tan importante, como lo es la reforma de nuestra Constitución, las partes involucradas han llegado a un acuerdo unánime, consensuando criterios opuestos, lo cual no ha sido valorado al momento del debate en el Pleno por algunos Congresistas, creando desaliento en los gremios, de participar en este tipo de políticas concertadoras, para la generación de normas coherentes y técnicas, que conduzcan al desarrollo de la economía nacional.
LOCAL PARA EL COLEGIO Sugerimos, consecuentemente, se plantee nuevamente al Pleno del Congreso la reconsideración del artículo 37-A del texto aprobado, pues como lo indicamos anteriormente, atenta contra la flexibilización en las normas laborales, por consiguiente, incrementaría la tasa de empleo informal, provocando el descenso en el empleo formal. Atentamente, Ing. Julio Favre Carranza Presidente Fuente: Informativo CONFIEP SEÑALES JURÍDICA
DE
INESTABILIDAD
Frente a la aprobación, por parte del Congreso de la República, del capítulo sobre Derecho al Trabajo de la Constitución, el mismo que prácticamente restablece la estabilidad laboral absoluta, el máximo representante de COMEXPERÚ, Juan Mulder, manifestó, su extrañeza, puesto que resulta increíble que luego de que varios representantes del sector privado y de organismos internacionales, advirtieran sobre el impacto negativo del régimen laboral en la inversión y en el empleo puedan prosperar iniciativas como la mencionada. "Además del sobrecosto que significa, se está dando una vez más señales de inestabilidad jurídica a los inversionistas, tanto nacionales como extranjeros, al retroceder unos veinte años en materia laboral y hacer cada vez más inflexible el régimen aplicado", precisó Mulder. Considerando que estas medidas de rigidez laboral sólo benefician a aquellos que se encuentran actualmente empleados y dejan de lado al 85% de la PEA que se encuentra desempleada o subempleada, COMEXPERÚ, plantea la siguiente interrogante: ¿Se está legislando a favor de trabajador o del puesto de trabajo?
Fuente: Informativo CONFIEP
Reiteramos a nuestros colegas nos informen respecto a la venta de una casona o local ubicado en los distritos de San isidro, Lince, Jesús María San Isidro o Miraflores, cuyo precio bordee los $ 50 mil. El informe lo podemos recibir vía e mail a éste correo.
SEMINARIOS, CONGRESOS, FORUM BECAS Informamos a nuestros colegas sobre realización de actividades y becas en temas de Recursos Humanos y Actualización Laboral (...si deseas se publique algún curso relativo a Recursos Humanos o de Actualización Laboral, escríbenos a éste correo. El servicio es gratuito)
No hemos recibido información por el momento
NUESTROS COLEGAS ESCRIBEN...
NOS
“Estimados colegas y miembros de la orden: Para felicitarlos por este gran avance del Colegio. Es la comunicación mas directa que podemos tener, tanto en lo relacionado a las actividades, así como mantenernos actualizados laboralmente y establecer diversas consultas. Acabo de abrir un archivo para ordenar sus comunicaciones. Gracias y Saludos a todos. Lic. Maria Teresa Fiestas A de Campos Encargada de Capacitación Departamento Recursos Humanos Petróleos del Peru PETROPERU S.A.”
GRACIAS POR TUS PALABRAS MARIA TERESA...
BOLSA DE TRABAJO Este servicio es gratuito, y no representa ninguna responsabilidad para el Colegio.
Si deseas efectuar un anuncio ofertando alguna vacante en RRHH, escríbenos al promser@chavin.rcp.net.pe con copia al crriip@hotmail.com.pe * AUXILIAR EN CAPACITACIÓN. • Conocimientos de Administración y
gestión de la capacitación.
• Capacidad para desarrollar mejoras
y otros.
• Dominio de Word, Excel y Power
Point. La remuneración ofrecida es de S/. 900.00 (mensual).
Las personas interesadas, sírvanse remitir su curriculum vitae adjuntando con fotografía reciente a la Av. Industrial 491 Lima (altura de la cuadra 26 de la Av. Argentina - Lima) Atención Sr. Ricardo Condori Fernández Teléfonos: 336-5428 Anexo 286 o al Teléfono. Celular Nro. 9655737. WIESE AETNÍA CIA DE SEGUROS REQUIERE ASISTENTE DE PERSONAL CONDICION EGRESADO DE RR.II SEXO HOMBRE O MUJER EDAD DE 23 A 26 AÑOS EXPERIENCIA MINIMA EN EL AREA CONOCIMIENTOS PLANILLAS, CONTRATOS, ASISTENCIAS MEDICAS, PROCESO DE SELECCIÓN INTERESADOS ENVIAR CV A sarces@vida.wieseaetna.com ATENCIÓN SR. SANTIAGO ARCE SCARPATI 05.12.02 TOPY TOP S. A. REQUIERE DOS PRACTICANTES CONDICION DE IV A VII CICLO SEXO MASCULINO EDAD DE 21 A 26 AÑOS
EXPERIENCIA MINIMA 3 MESES SUBVENCION S/ 410.oo MAS REFRIGERIO TELEFONO 459-0126 Y 459-0086 anexo 264 ATENCIÓN SRTA. CLAUDIA DOLORIER o ERIKA CHAFLOQUE DESDE EL 05 AL 09 DE DICIEMBRE DE 3 pm: A 5 pm: DIRECCIÓN AV. SANTUARIO 1323 ZARATE – SAN JUAN DE LURIGANCHO ALTURA CDRA. 12 DE AV. GRAN CHIMU E-MAIL cdolorier@topytop.com.pe EMPRESA TEXTIL (Población laboral 1,600) REQUIERE JEFE DE PERSONAL EDAD NO MAYOR DE 35 AÑOS CONOCIMIENTOS PLANILLAS , LEGISLACIÓN LABORAL, CONTRATOS Y ASPECTOS PROPIOS DEL AREA RANGO SALARIAL S/ 1,500.oo ATENCION LIC. JORGE ENCALADA TELEFONO 451-6202 anexo 222 05.12.02 ---------------------------------------------. En esta oportunidad solicito lo siguiente: Cargo : ASISTENTE DE PERSONAL Experiencia : mínimo 03 años Conocimiento : manejo de Planilla, PDT, Impuestos ,legislación laboral actual, office 2000 y sistemas. Acercarse con C.V. el Lunes 09/12/2002 de 08:00 a 11:00 am a Jr. Rio Tumbes 228-SAN LUIS (CDRA. 8 AV. SAN JUAN) Lic. Luis Ventura Loyola
LIMA, 06 De NOVIEMBRE DEL 2002. ----------------------------------------Es grato dirigirme a ustedes, a fin de comunicarles que nuestra empresa dedicada al rubro de confección de prendas de vestir, está requiriendo (02) PRACTICANTE de RELACIONES INDUSTRIALES, el que deberá contar con el siguiente perfil: -
Estudiante de los últimos ciclos de la facultad. Capacidad para desempeñarse en situaciones de tensión y presión por cumplimiento. Alto sentido de responsabilidad y alta resolución de problemas.
Agradeceré a usted, tenga a bien difundir en la bolsa de Trabajo de la Facultad nuestro requerimiento. Los interesados podrán remitir sus Curriculum Vitae a la Av. Santuario 1323,
Zarate, San Juan de Lurigancho, o enviarlo vía correo electrónico a cdolorier@topytop.com.pe Cualquier consulta al respecto, comunicarse al teléfono 459-0126 anexo 264 Atentamente, CLAUDIA DOLORIER GALLEGOS ADMINISTRACION & GESTION HUMANA Corporación Topy Top S.A *Fuente: Bolsa de Trabajo de la Facultad de Administración y Relaciones Industriales de USMP .