FOJUPIN Av. República No. 500 y Diego de Almagro Edificio Pucará, 2do. Piso Teléfono: (593 2) 2554312 www.fojupin.com
FOJUPIN
Creditos:
FOJUPIN Ec. Byron Villagómez GERENTE GENERAL
Urbanizacion Luz Sur Oe2h #159 y calle S12 el Recreo Telefax: (593 2) 2641492 / 5105031 Movil: 095637656
Sr. Eduardo Flores C. GERENTE GENERAL Natalia Flores Z. Adrian Flores C. RELACIONES PÚBLICAS Y VENTAS
Diseño y diagramación Diego Mendoza
Telfs.: 2 647 532 / 087 249 327
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PERSONAL ADMINISTRATIVO
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PRESENTACIÓN
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INFORME DE GESTIÓN
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PLANES DE JUBILACIÓN
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CONOCIENDO LOS FONDOS
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PRESTAMOS
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DEPARTAMENTO JUBILACIONES
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SISTEMAS FOJUPIN
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ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
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22 PARA SONREIR O REIR INESTABLE: Mesa norteamericana de Inés ENVERGADURA: Lugar de la anatomía humana donde se colocan los condones ONDEANDO: Onde estoy CAMARÓN: Aparato enorme que saca fotos DECIMAL: Pronunciar equivocadamente BERMUDAS: Observar a las que no hablan TELEPATÍA: Aparato de TV para la hermana de mi mamá ANÓMALO: Hemorroides BARBARISMO: Colección exagerada de muñecas Barbie POLINESIA: Mujer policía zopenca e tonta CHINCHILLA: Auchenchia de un lugar para chentarche DIADEMAS: 29 de febrero MEOLLO: Me escucho CACAREO: Excremento del preso CACHIVACHE: Pequeño hoyo en el pavimento que echtá a punto de convertirche en vache ELECCIÓN: Lo que expelimenta un oriental al vel una peli polno SORPRENDIDA: Monja en llama SORPRESA: Monja encarcelada SORBETE: Monja puesta en libertad NITRATO: Ni lo intento ESGUINCE: Uno más catorce ESMALTE: Ni lune ni miélcole ENDOSCOPIO: Me preparo para todos los exámenes excepto para dos LAGRIMEAR: Orinar llorando NUEVAMENTE: Cerebro sin usar.
Bibliografía: Tomado de la publicación “Cuartel de Invierno”, correspondiente a la Gacetilla No. 68, de la Asociación de Generales y Almirantes Ecuatorianos.
PERSONAL ADMINISTRATIVO 2011
Ec. Byron Villagómez GERENTE
Lcdo. Miguel Veintimilla CONTADOR
Ing. Herminia Arandi SISTEMAS
Srta. Marcela Burbano PASANTE
Ing. Jeanneth Calvopiña
Sr. Eduardo Villavicencio
Sra. Janeth Páez
TESORERA
ASISTENTE CONTABLE
ASISTENTE CONTABLE
Srta. Julia Sandobalin
Sra. Adriana Cordero
Sra. Rosita Pérez
SECRETARIA QUITO
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
SECRETARIA ESMERALDAS
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El Fondo de Jubilación Patronal de Petroindustrial (FOJUPIN) fue constituido el 8 de julio de 1992 como una Organización de Derecho Privado, con Finalidad Social y sin Fines de Lucro, con Personería Jurídica, Patrimonio Propio y Administración Autónoma, aprobada por el Ministerio de Bienestar Social mediante Acuerdo No. 005675 del 14 de octubre de 1993 y regido por sus Estatutos, Leyes y Reglamentos que se han expedido. El Fin primordial del FOJUPIN es otorgar la Jubilación Patronal Vitalicia y otros Beneficios de Carácter Social a los socios del FONDO, mediante la administración eficiente de los recursos financieros encomendados. El FOJUPIN está cumpliendo 19 años desde su creación, consolidándose como uno de los Fondos de Jubilación Privados más sólidos del país, contando con un Patrimonio de 23 millones de dólares bajo un Sistema de Beneficio Definido con Solidaridad Intergeneracional y garantizando su permanencia en el mediano y largo plazo, a fin de que todos los socios puedan beneficiarse de una Jubilación Complementaria adicional a la obligatoria que ofrece el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social. Las pensiones que otorga el FOJUPIN son eminentemente sociales ya que permiten que aquellos ex. Servidores y ex. Trabajadores de CEPE, PETROINDUSTRIAL, hoy Gerencia de Refinación de la E. P. PETROECUADOR, puedan contar con una renta social permanente, luego de haber servido al país con sus mejores años de vida. En tal sentido, la Revista del FOJUPIN no solamente celebra un nuevo aniversario de su creación sino que pretende ser un instrumento de permanente consulta y educación sobre temas tan importantes como son los relacionados con la Jubilación, a la cual, todos llegaremos en algún momento. Es por eso, que nos sentimos con la responsabilidad de traer hasta ustedes esta edición, la cual esperamos sea de gran utilidad ya que incluimos temas que podrían ser de su interés y en la cual podamos ayudar a la concientización y la importancia que merece la jubilación y una pensión a perpetuidad y la necesidad de empoderarnos democrática y técnicamente de nuestro Fondo de Jubilación.
21 MENSAJE SECRETARIA - RECEPCIÓN El buen trato y la cortesía son dos herramientas que tenemos para brindar el mejor servicio a nuestros socios activos y jubilados de la Gerencia de Refinación de E.P. Petroecuador, distribuidos en las Refinerías de Esmeraldas, Shushufindi, La Libertad y Quito, así como a nuestros proveedores y público en general, incluidos a nuestros compañeros de labores. Consideramos que el servicio es algo que va más allá de la amabilidad y de la gentileza. El servicio es “un valor agregado para el cliente”, y por ello para nosotras es primordial que los socios activos y socios jubilados se sientan satisfechos con nuestra atención, ya sea de manera personal o vía telefónica. Para lograr un buen trabajo en equipo en esta área contamos con el apoyo de la Auxiliar Administrativo que conjuntamente con Secretaría se coordina el despacho de toda la documentación del FOJUPIN hacia diferentes instituciones y empresas. Adicionalmente, para brindar un mejor servicio en relación al otorgamiento de los préstamos se coordina con el Área de
Préstamos para realizar los depósitos en las cuentas bancarias de los socios en diferentes instituciones financieras. Finalmente, formar parte del grupo humano que trabaja en el Fondo de Jubilación de Petroindustrial representa un compromiso el seguir brindando lo mejor de nosotras tanto en lo personal como en lo profesional, de tal manera, que seamos un aporte productivo y positivo para la empresa Julia Sandobalín Adriana Cordero
20 Este último párrafo es importante tomar en cuenta, el FOJUPIN si se toma en cuenta que el organismo de control es la Superintendencia de Bancos y Seguros, por lo tanto su personal debe prepararse en la implementación de las NIIFS para PYMES.
3 .LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO El alcance de esta Ley comprende todas las personas naturales y jurídicas, consecuentemente el Fondo debe acatar todas las disposiciones constantes en la referida ley tributaria; entre las principales se puede citar: la de cumplir los deberes del contribuyente, para no perder la calidad de Sujeto exento del pago del Impuesto a la Renta, retener y pagar al día los tributos, entre otras.
4.LEY DE SEGURIDAD SOCIAL De acuerdo a los estatutos, la finalidad principal de la institución es la de brindar una pensión jubilar a todos sus miembros, al momento de iniciar su retiro de la vida laboral en el sistema de Petroecuador; la Ley de Seguridad Social regula y norma todo cuanto tiene que ver con la seguridad social en el Ecuador. Bajo estas consideraciones legales es que se registran las contablemente las operaciones, de acuerdo con el principio universal de la Partida Doble y otros conceptos fundamentales, orientados hacia la obtención de Estados Financieros, para mantener informados al universo de usuarios finales sobre la marcha y administración de los recursos económicos.
EL CICLO CONTABLE El ciclo contable que se ejecuta en el FOJUPIN tiene 5 fases, las cuales son descritas a continuación: a) La Acción - El suceso económico que ocurrió o se espera que ocurra. b) Documento – El hecho o suceso económico siempre es trasladado a un documento que respalda aquella actividad o transacción. c) Diario – Es el registro del documento dentro de un
proceso o formato contable denominado DIARIO GENERAL, que representa la “historia” de la vida financiera de la entidad. d) Mayor General – Es una “clasificación” de valores por cuentas contables e) Estados financieros – O síntesis de todas las operaciones agrupadas en una secuencia ordenada de cuentas según la liquidez o disponibilidad de efectivo. Miguel Veintimilla contador
5 INFORME DE GESTIÓN
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xisten dos cosas seguras en la vida: El pago de terreno de 5,3 hectáreas adquirido en el Recinto Tábule de la Parroquia Tachina del Cantón y Provincia Impuestos y la JUBILACIÓN” de Esmeraldas, comprado en junio de 2008 en USD. Hace ya casi 20 años un grupo de visionarios fun- 238.950,00 por la anterior administración. cionarios y trabajadores constituyeron el Fondo de Jubilación Patronal de Petroindustrial (FOJUPIN), to- La rentabilidad bruta promedio anual de todos estos mando como base los lineamientos establecidos por activos era del 8% ligeramente superior a la tasa míel Código de Trabajo para el otorgamiento de la ju- nima exigida por el Estudio Actuarial que es del 6%. bilación patronal, pero mejorada, con la contribución Luego de realizar un diagnóstico de la situación del económica también de los trabajadores. FOJUPIN a septiembre de 2008 y una evaluación soDe esta manera hasta diciembre de 2008 se contó bre las inversiones realizadas se pudo concluir lo sicon el Aporte Patronal. Sin embargo a partir de enero guiente: de 2009, se eliminó toda contribución estatal hacia Fondos de Jubilación Privados de entidades públicas. 1.- La Rentabilidad Promedio de las Acciones de Corporación La Favorita era de solamente el 5% inferior a Lo que aparentemente hubiera parecido como una la Tasa Actuarial y a la tasa de interés que el FOJUPIN amenaza para la sostenibilidad del FOJUPIN más cobra por los préstamos que otorga a sus socios. bien se constituyó en una oportunidad para seguir adelante y demostrar que a pesar de no contar con 2.- Las inversiones realizadas a través de los denomiuna fuente importante de recursos el FONDO podía nados Fideicomisos Inmobiliarios eran de alto riesgo y seguir sustentado en el importante patrimonio obte- de difícil recuperación. nido hasta la fecha y en una austera pero eficiente administración. 3.- La demanda de préstamos por parte de los socios era creciente y se tenían solicitudes represadas con La actual administración, contando con el apoyo de varios meses de atraso. su Directorio, inició labores en el mes de septiembre del año 2008, fecha en la cual, todavía se contaba 4.- El terreno adquirido en Tachina no había sido encon el Aporte Patronal del 8,37 % sobre el Sueldo de tregado físicamente y no existía la seguridad de que Aportación equivalente a USD. 61.120,00 mensua- tenga las 5,3 hectáreas efectivamente adquiridas. les, similar monto se recibía por concepto del Aporte Personal, puesto que igualmente éste se lo hacía en La Gerencia luego de presentar los informes respectivos al el 8,37% sobre el Sueldo de Aportación (equivalente Directorio tuvo la autorización para efectuar una “Reasigaproximadamente a una cuarta parte de la Remune- nación de Activos” (Asset Allocation) a fin de optimizar los rendimientos ajustados por riesgo y al mismo tiempo ofrecer ración Mensual Unificada (RMU)). Al anotado mes de septiembre de 2008 el Patrimonio del FOJUPIN (Activos – Pasivos) era de USD. 16.983.599,00 y se tenía un Saldo de Préstamos entregados a sus socios de USD. 10.499.527,00 que representaba el 61% del total de los Activos del FONDO, el restante 40% se hallaba conformada por 672.077 acciones de Corporación La Favorita equivalentes a USD. 3.534.072,00 aproximadamente y 6 Fideicomisos Inmobiliarios por alrededor de 2.950.000,00, un
una mayor seguridad y mejorar la atención a los socios activos y jubilados, razón de ser del FONDO.
De esta manera se vendieron alrededor de 466.203 acciones de Corporación La Favorita, a precios de mercado y bajo el respaldo de la Bolsa de Valores de Quito, garantizando la transparencia de las ventas a los mejores precios de mercado y canalizando la totalidad de los recursos obtenidos hacia préstamos a los socios del FOJUPIN, en donde la cartera vencida históricamente ha estado por debajo del 1%.
6 El manejo transparente y eficiente del efectivo a través del método del “Just in Time” ha permitido minimizar las tenencias de dinero en cuentas de ahorro y corriente del FOJUPIN y dirigirlas hacia activos rentables y de segura recuperación. Lo indicado ha permitido pasar de una rentabilidad bruta sobre los recursos invertidos del 8% en septiembre de 2008 a una del 11% en marzo de 2011. Estos 3% puntos adicionales de rentabilidad del FOJUPIN no solamente que han permitido asegurar el cumplimiento de las obligaciones del FONDO sino que ha posibilitado generar utilidades, las cuales han contribuido al aumento sostenido del Patrimonio, que en la actualidad es de casi USD. 23 millones, superior al de varias instituciones financieras medianas y pequeñas del país. El último Estudio Actuarial garantiza la sostenibilidad del FOJUPIN por al menos los próximos 25 años y arroja un Superávit Actuarial de más de USD. 600.000,00 y los dos últimos informes de auditoría externa realizado por la Empresa Auditora calificada por la Superintendencia de Compañías y escogida sobre la base del respectivo concurso por una Comisión creada por la Gerencia de Refinación de la E. P. PETROECUADOR garantiza la honestidad y transparencia en el manejo de los recursos encomendados al FONDO. Al momento tenemos 438 jubilados, un saldo de Préstamos de USD. 19.291.781,00 que equivalen al 90% de todos los activos, 205.874 acciones de Corporación La Favorita que equivalen aproximadamente a USD. 1.000.000 o el 5% de los activos y un saldo por cobrar de los Fideicomisos Inmobiliarios de USD. 1.075.528,00 que representan alrededor del 5% del total de activos.
PLANES Y PROYECTOS 2011 a) En relación al Ámbito Legal: Lograr el Registro ante la Superintendencia de Bancos y Seguros Elegir a un Consejo de Administración Transitorio formado exclusivamente por los socios del Fondo que se encargará de: • Aprobar el Nuevo Estatuto • Llamar a elecciones de Delegados a la Asamblea de Partícipes • Elegir al nuevo Consejo de Administración Definitivo
b) En relación con los Fideicomisos Inmobiliarios Recuperar todos los recursos invertidos hasta fines del año 2011 recurriendo para ello, a todos los instrumentos pre judicial y legal posibles. Venta de los bienes inmuebles recibidos en dación de pago, bajo las mejores condiciones de mercado. c) En relación con el Terreno adquirido en Esmeraldas: Lograr el fiel cumplimiento del contrato de compra del terreno que significa la compensación de tierras por la 1.6 hectáreas actualmente faltantes y construcción de un proyecto de lotización o de vivienda urbanizada o venta del terreno en mejores condiciones financieras a las compradas. Debo indicar que el avezado vendedor del terreno un tal Sr. Guillermo Arroyo ha puesto una demanda por daño moral al FOJUPIN, cuando las acciones que está emprendiendo el FONDO solamente buscan el cumplimiento estricto de las 5.3 hectáreas. Señores socios, no se preocupen, no nos dejaremos atemorizar, ni intimidar. Sabremos defendernos y seguiremos luchando hasta lograr el cabal cumplimiento y la compensación de las1.6 hectáreas del terreno comprada por el FOJUPIN, en una anterior administración d) En relación con los actuales y futuros jubilados: Mejoramiento de las pensiones y de los servicios ofrecidos a los socios jubilados, como la apertura de Consultorios Médicos en Quito y Guayaquil. Subir los topes máximos de pensión sobre la base del incremento de los ingresos del FOJUPIN que podría considerar un ligero aumento de los Aportes Personales o el establecimiento de su cálculo sobre la Remuneración Mensual Unificada (RMU) en lugar de lo que actualmente se hace sobre el Sueldo Básico, todo lo cual deberá estar sustentado en los respectivos Estudios Actuariales, y aprobado por la Asamblea de participes del FOJUPIN Atentamente, La Actual Administración.
19 LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA EN EL FOJUPIN Y EL MARCO LEGAL
E
l Fondo de Jubilación Patronal de Petroindustrial es una entidad que goza de persona jurídica. Su creación se remonta a enero de 1992, con la suscripción del Segundo Contrato Colectivo de Trabajo, que consagra en el artículo 51 el derecho a la jubilación especial patronal. Este sistema de jubilación es independiente de la establecida por el IESS; para su financiamiento contó con el valor de la reserva matemática calculada en aquel momento, según lo previsto en el Código de Trabajo vigente a esa fecha, los aportes extraordinarios de la empresa y los aportes ordinarios de la empresa y de los trabajadores. El cumplimiento de una de las formalidades previstas en el artículo 51 del Segundo Contrato Colectivo de Trabajo, cual es el de creación del Fondo de Jubilación, finalmente llegó a cristalizarse con el Acuerdo Ministerial No. 5675, acto administrativo público por el cual se aprueba el ESTATUTO DEL FONDO DE JUBILACIÓN PATRONAL ESPECIAL DE PETROINDUSTRIAL, domiciliado en la ciudad de Quito. El ejercicio de la actividad económica de las personas naturales e instituciones requiere obtener algunas credenciales que lo acrediten en el concierto social y económico, El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es una obligación fiscal para este propósito, “partida de nacimiento” que “decreta” la operatividad a partir de agosto de 1992. La acumulación de recursos para los fines previstos en los cuerpos legales antes nombrados, exige la aplicación de un mecanismo técnico de registro y administración de los ingresos y rendimientos generados por todas estas aportaciones legalmente establecidas, así como de aquellos costos y gastos que demandaba la operatividad del sistema. Es entonces imperiosa le necesidad de encargar esta función a un profesional en el conocimiento de administración de cuentas y el marco legal que regule el funcionamiento financiero del Fondo. Los principales instrumentos legales que regulan las operaciones del Fondo son las que seguidamente se describe: 1. Normas Ecuatorianas de Contabilidad (NEC/
SCS-Res. N0. 99-1-3-3-007) 2. NIIFS para PYMES 3. Ley orgánica de régimen tributario interno 4. Ley de seguridad social 5. Ley orgánica de la Contraloría
1.NORMAS ECUATORIANAS DE CONTABILIDAD. Son normas que proponen armonizar procedimientos contables universales para la preparación de los estados financieros de las empresas, estas normas fueron tomadas de la Federación Internacional de Contabilidad y entraron en vigencia a partir de julio 8 de 1999
2.NIIFS PARA PYMES Mediante resolución No. SC.Q.ICI.004 de 21 de agosto del 2006, publicada en el Registro Oficial No. 348 de 4 de septiembre del mismo año, la Superintendencia de Compañías dispuso que sus controladas adopten las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF”, a partir del 1 de enero del 2009. Con Resolución No. ADM.8199 de 3 de julio del 2008, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 378 de 10 de julio del 2008, la Superintendencia ratificó la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF”. En la resolución No. 08.G.DSC.010 del 20 de noviembre del 2008, publicada en el Registro Oficial No. 498 del 31 de diciembre del 2008, el Superintendente de Compañías estableció el cronograma de aplicación de las Normas Internacionales de Información Financiera “NIIF”. El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), en julio del 2009 emitió la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para las PYMES), cuya versión en español se editó en septiembre del mismo año.
18 Este portal está constituido por dos partes básicas:
Para el ingreso a esta sección se requiere una cuenta de usuario y una clave de acceso
La Pública, que está a la vista del todos, en la cual podemos leer las noticias, informarnos del manejo de nuestro fondo, mediante descargar documentos que están al alcance de los socios, tanto del ámbito Gerencial, como son los Informes Gerenciales Mensuales, como a nivel Financiero, con los Balances General y de Resultados, que se publican mensualmente, así también, se encuentran a su disposición, solicitudes, de préstamos, de afiliación de Jubilación entre otras.
En esta sección, podemos consultar lo elemental referente a nuestra cuenta individual, como es: Totales de aportes y rendimientos de nuestra cuenta, saldos de Préstamos, de cualquier tipo, imprimir nuevas solicitudes, Valores cobrados por concepto de Pensión Jubilar, entre otras.
Y la privada, que permite el ingreso individual a la cuenta de cada socio.
En conclusión podemos decir que el área de Sistemas está dispuesta a seguir colaborando, desarrollando e innovando para el bienestar del socio del Fondo de Jubilación de PetroIndustrial, buscando satisfacer sus necesidades de información oportuna y veraz. Ing. Herminia Arandi
7 LOS PLANES Y FONDOS DE JUBILACIÓN PATRONAL
P
uede decirse que las pensiones patronales, han quedado así definidas en la actualidad sólo por el entorno en el que se generan, y constituyen un esfuerzo personal del trabajador que sacrifica parte de sus ingresos durante su vida activa para destinarlos a la constitución de fondos de ahorro que le permitirán solventar parcialmente las calamidades de un futuro incierto cuando se reduzca su capacidad de ganancia, disminuyan sus ingresos y posiblemente se afecte la economía familiar. Ante esta realidad prever un ingreso futuro adicional a la pensión que se adquiere en el IESS, se justifica plenamente desde todo punto de vista. El beneficio de la jubilación a favor de los trabajadores tiene por objeto garantizar al trabajador que completa su tiempo de vida activa el acceso a una pensión que le permita sustituir por lo menos parcialmente la pérdida del ingreso cuando concluye su relación laboral. La jubilación patronal tiene su fundamento en la legislación de la Seguridad Social que recurre para su aplicación a los principios de solidaridad, universalidad y equidad entre los más importantes; no obstante en los últimos tiempos se han propuesto procedimientos de aseguramiento individual. Quizá la mayor diferencia entre la denominada jubilación ordinaria de vejez, a cargo del IESS, y la jubilación patronal es que en esta última el apoyo financiero del empleador fue preponderante para garantizar su solvencia y dejó de serlo a partir de año 2008.
ción solidaria de los demás partícipes del Fondo, y así, la constitución del fondo de jubilación se convierte en un esfuerzo financiero netamente personal; en este caso, la pensión patronal no se la puede definir con anticipación sino al final una vez que se determine el monto acumulado por el trabajador durante su vida activa, por capital e intereses en su cuenta individual, y, fundamentalmente la edad de retiro. Lo que se puede determinar anticipadamente son las condiciones de edad y tiempo de servicio para alcanzar derecho a la pensión de jubilación. Un análisis comparativo de los dos regímenes podría llevarnos a distinguir ventajas y desventajas de uno y otro; sin embargo, tal ejercicio no nos conduciría a demostrar cual es mejor, debido a que participan en tal cometido factores de índole social, técnica y financiera. Un régimen de capitalización colectiva puede magnificar excelencia en su planteamiento técnico y cobertura, pero corre el peligro, con el tiempo, de llegar a su debilitamiento financiero por causa de la merma progresiva de nuevas generaciones de cotizantes, por reajustes de personal y automatización de los procesos; en desmedro, en cambio, del incremento del número de pensionistas que obligaría a los socios activos a incrementar sus aportaciones hasta un nivel posible, superado el cual inevitablemente conllevaría la liquidación del fondo por falta de recursos. En este régimen, en condiciones normales de financiamiento, se garantiza que la pensión sea vitalicia.
El régimen de cuenta individual, con un adecuado manejo administrativo, garantizaría la solvencia financiera del fondo durante todo el período de capitalización, lo cual sería Con este breve antecedente se puede definir lo que es una ventaja; pero, al momento de determinar el valor de la una jubilación patronal en régimen de capitalización co- pensión, en función del ahorro acumulado, por capital e lectiva y en régimen de capitalización individual. intereses, y la edad del socio, podría suceder que el valor de la pensión no satisfaga sus aspiraciones económicas; En régimen de capitalización colectiva, la pensión de además, en este régimen no se garantiza que la pensión sea vitalicia sino que aquella se pagaría hasta el agotamienjubilación se la fija anticipadamente, lo cual hace se la to de la reserva; si el pensionista fallece antes, el saldo se califique como beneficio definido; a la vez, tal renta pre- entregaría a los herederos. definida, guardará armonía con las aspiraciones de los socios y las posibilidades de que ellos solidariamente se Por lo visto, el problema planteado es complejo, y la solucomprometan a la constitución del Fondo, ya que en la ción del mismo estaría rondando la propia intención y asmedida de la cuantía de la pensión y condiciones que se piraciones de los socios o partícipes; para coadyuvar en tal fijen para su otorgamiento se cuantificará actuarialmente propósito, existe una herramienta de análisis que son los el mismo para garantizar la suficiencia y vigencia del estudios técnicos, que, para el caso de los regímenes de beneficio por lo menos durante los siguientes cincuenta capitalización colectiva se fundamentan en el modelo de las años. En el régimen de capitalización individual desaparece el principio de solidaridad, y por consiguiente la participa-
8 Proyecciones Demográficas y Financieras diseñado por el actuario Peter Thullen, con el patrocinio de la OIT mismo que tuvo su mayor aplicación en los sistemas de seguridad social de varios países en la década 1970 -1980; quien escribe este artículo aplicó este modelo para la creación del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, ISSFA, y de la ISSPOL en el año 1992. Los resultados de los estudios técnicos se consolidan en al Balance Actuarial, que a diferencia de un Estado Financiero contable de Ingresos-Egresos, que refleja el movimiento económico cronológico de un ente , de atrás hasta el año de cierre, en cambio, el balance actuarial permite dimensionar en términos de valor actual o valor presente el resultado de las proyecciones de los ingresos, constituidos por los aportes e intereses, e igualmente, medir el valor presente de las erogaciones que se prevé por pago de las pensiones, gastos administrativos y devoluciones de aportes en el transcurso de los 25 próximos años por lo menos. Luego, se compara, el valor presente de los ingresos con el valor presente de los gastos y se califica “Superávit” si los ingresos superan los gastos y “Déficit” en caso contrario. Hay que considerar que en el caso de observarse superávit no habría problema, pero en el caso de déficit, habría que determinar en que año de los 25 proyectados, se produce; y, se recomendaría a la administración adoptar medidas con la suficiente anticipación que conduzcan a restablecer el equilibrio financiero de tal desfase; aquellas podrían ser: Elevar las aportaciones, mejorar el rendimiento de las inversiones -si fuere posible- el recorte de los beneficios; o, podría suceder, según la gravedad del déficit, que la medida sea la liquidación del fondo o que se lo reparta en cuentas individuales a favor de cada socio, en relación al volumen de aportaciones y tiempo de servicio. En todo caso se procederá con sujeción a las normas estatutarias, reglamentarias y resoluciones de la SBS, según el caso. Uno de los parámetros de solución que se han mencionado, en el régimen de capitalización colectiva que hemos analizado es la posibilidad de mejorar la tasa de interés de las inversiones del fondo; sin embargo, esta recomendación tiene un tope mínimo y es el hecho de que esta tasa no puede ser inferior técnicamente a la tasa de descuento que se aplica para traer a valor presente los volúmenes proyectados de ingresos y gastos; y un tope máximo que estaría condicionado, según sus características, por el Banco Central, en las operaciones de mercado; y, en los créditos internos por la capacidad de endeudamiento y costo de oportunidad. En todo caso, para el socio el costo del crédito debe ser coherente con el beneficio que obtenga.
Los fondos de jubilación en cuenta individual no requieren de estudios actuariales sino de análisis económico financieros y administrativos periódicos y sistemáticos que garanticen la solvencia en el proceso de capitalización. Finalmente, se ha de considerar que la posibilidad que tienen los trabajadores de acceder a pensiones de jubilación por vejez complementarias a las que se alcanzan en el IESS se encuentra contemplada en su legislación y en la Constitución por lo cual debe merecer el apoyo de empleadores y estado en procura de coadyuvar a la solución de un riesgo cierto e irreversible que afecta a todos los seres humanos,
ECO. ALFONSO RHON SALAZAR ACTUARIO - MACROMATH
17 del funcionamiento del fondo, como son las Renovaciones Automáticas, que consiste en cancelar el préstamo pendiente y volver a emitir un nuevo préstamo bajo las mismas condiciones que el anterior, pero acreditando al socio el valor cancelado por éste hasta el momento. Permite emitir descuentos mensuales, mismos que se envían a roles para el respectivo descuento a los socios, esto en caso de ser socio activo. Y en caso de los socios jubilados este mismo valor, se descuenta del rol del socio. Permite también proporcionar información al Socio, en forma oportuna, respecto a los valores a descontar para el mes en curso y de los valores cancelados, es decir su saldo a la fecha. Además tenemos el módulo Contable Financiero, que nos permite llevar el registro de los diarios y movimientos contables, el mismo que incluye conciliaciones bancarias, y anexos al SRI Contamos además con un pequeño módulo Gerencial, que permite emitir reportes para realizar controles a nivel de estadísticas. Otro de los avances que hemos logrado, es la implementación de un portal Web, disponible a todos los socios del Fondo, mediante este portal www.fojupin.com se difunde información muy importante logrando una comunicación oportuna con nuestros socios.
El módulo de Rol de Pagos, principalmente diseñado para pagos a los socios Jubilados, permite llevar un control de los valores que se acreditan y descuentan a cada socio jubilado, todo esto mensualmente y de forma histórica, de todos aquellos que son y han sido nuestros socios. Esto nos permite llevar un control muy detallado de cada socio en nuestro Fondo, ya que tenemos un detalle de todos los valores que corresponden a cada uno de forma histórica.
16 SISTEMAS DEL FOJUPIN
E
l área de Sistemas del FOJUPIN, siempre pensando en sus socios, ha implementado un Sistema que se adapta a las actividades propias del Fondo. Siendo para esto indispensable elaborar un sistema modular, que incluye:
Manejo de información de socios, datos personales, información básica respecto al distrito al que pertenece, entre otros. Manejo de información de Proveedores, datos necesarios para información Fiscal y Tributaria.
Un módulo de Aportes, Que permite llevar un control de las aportaciones de cada socio, sean éstas mensuales, que vienen en carga magnética por parte de descuento en rol, o cargas manuales, por aportaciones individuales, También permite alimentar información retroactiva, enviada por PetroIndustrial. Tenemos también un registro de las aportaciones de los socios fundadores, es decir su reserva matemática. Cuenta con procesos que permiten calcular rendimientos, de manera equilibrada, en función de los saldos y el tiempo de permanencia de los fondos en la cuenta individual. Todos estos datos se encuentran clasificados en cada cuenta individual, así como subdivididos en rubros de Patronal y Personal. Permite también realizar transferencias, liquidaciones y devoluciones de aportes por fallecimiento. Un módulo de Préstamos, que permite llevar un registro de todas las solicitudes presentadas en las oficinas del FOJUPIN, para tramitar y proceder a la aprobación del préstamo solicitado. Estas solicitudes, se realizan bajo estrictas normas contempladas en el reglamento de Préstamos, y previa aprobación del Comité de Crédito. Este módulo, permite realizar movimientos propios
9 CONOCIENDO A LOS FONDOS COMPLEMENTARIOS
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ucho se ha hablado de los fondos complementarios, pero se conoce en realidad que son?, sus características?, su estructura?, su regulación?. El presente artículo, esta orientado justamente a eso, a encontrar las respuestas a estas interrogantes. Empezaré indicando qué es un fondo complementario. De acuerdo con la definición legal que da la Ley de Seguridad Social, los fondos complementarios son ahorros voluntarios que con fines previsionales efectúan las personas naturales para mejorar la cuantía o las condiciones de las prestaciones correspondientes al Seguro General Obligatorio o a proteger contingencias de seguridad no cubiertas por éste. Las prestaciones que brinda el Seguro General son: Enfermedad; Maternidad; Riesgos del trabajo; Vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad; Jubilación y, Cesantía. Los fondos complementarios se caracterizan por tener un fin social y sin ánimo de lucro, su naturaleza jurídica es privada, su participación y organización es voluntaria, y son como su nombre
lo indica “complementarios” porque tiende a llenar los vacíos en cuanto a prestaciones que no ofrece la Seguridad Social o complementar las que se ofertan. Pueden afiliarse a un fondo complementario previsional cerrado legalmente constituido o registrado, aquellas personas que tengan relación de dependencia con una institución pública, privada o mixta; y, aquellas que pertenezcan al gremio profesional u ocupacional bajo el que se haya constituido el fondo complementario previsional. Quien los controla? Cabe señalar que por su finalidad, los fondos complementarios de acuerdo con la Ley, forman parte del Sistema Nacional de Seguridad Social, lo que quiere decir que el Estado, a través del órgano competente, supervisa, vigila y controla el manejo y la administración de los mismos, con la finalidad de precautelar los intereses de los partícipes o miembros de los fondos, tutelando sus derechos y cuidando que sus aportes sean dirigidos eficientemente para que cumplan con la finalidad para la cual fueron creados. En este caso, de acuerdo con la Constitución y la Ley de Seguridad Social el organismo controlador exclusivo de todos los fondos complementarios, independientemente de sí fueron
10 creados ante esta entidad u otro organismo estatal, es la Superintendencia de Bancos y Seguros. La Ley de Seguridad Social le atribuye a dicha entidad la facultad de dictar las normas necesarias para su aplicación; es así como, cumpliendo con este mandato legal, la Superintendencia emite la resolución No. SBS -2004-740 de 16 septiembre de 2004, publicada en el Registro Oficial 431 de Septiembre del 2004, en la cual se determinan las Normas para el Registro, Constitución, Organización, Funcionamiento y Liquidación de los Fondos Complementarios Previsionales; disposiciones que rigen tanto para los nuevos fondos que se creen como para los existentes antes de esta normativa, en cuyo caso se dejan salvo los derechos adquiridos por los ahorristas de los anteriormente denominados fondos de jubilación, hoy fondos complementarios.
Fondos Tipo I Y II • • • • • • •
Asamblea de partícipes, Consejo de administración, Un representante legal, Auditor externo, Un comité de riesgo, Un comité de inversiones Área de contabilidad y custodia de valores.
Fondos Tipo III y IV
• Asamblea de partícipes, • Consejo de administración, • Un representante legal, • Auditor externo, • Un comité de riesgo, • Un comité de inversiones En este punto, es imprescindible denotar que los • Área de contabilidad y custodia de valores. fondos preexistentes debieron haberse registrado en la Superintendencia de Bancos y Seguros hasta el 31 de octubre del 2005, y homologar (si fuera Conjuntamente con esta nueva estructura orgánica, aplicable) o reformar sus estatutos, en lo atinente a a fin de asegurar que el manejo y administración de su forma de gobierno, estructura orgánico funcional los fondos se lo haga de una manera profesional y y administración; observando para esto la clasifica- técnica, la Superintendencia, mediante resolución ción que la Superintendencia ha dado a los fondos No. SBS-2005-0263 de 24 de mayo del 2005, dicacorde con el porcentaje del total de activos que se ta las normas para la Calificación, Declaración de destina a operaciones de crédito, dicha clasificación Inhabilidad y Remoción de los Miembros del Consejo de Administración del Responsable del Área es la siguiente: de Prestaciones y del Representante Legal de los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados, FONDO TIPO I de USD 1 a USD 1.000.000 determinando los requisitos y prohibiciones para las FONDO TIPO II de USD 1.000.001 a USD personas aspirantes al Consejo de Administración, Responsables del Área de Prestaciones y Repre5.000.000 sentante Legal, mismas que son
FONDO TIPO III 10.000.000
de USD 5.000.000 a USD
Requisitos:
• Estar en pleno goce de los derechos políticos; • Ser mayor de edad; TIPO IV de USD 10.000.001 en adelante • Tener título profesional y académico de tercer nivel o cuarto nivel, según las definiciones de las letras b) o c) del Acorde con esta clasificación los fondos deben con- artículo 118 de la Ley Orgánica de Educación Superior; o, tar con una estructura orgánica básica, detallada a tener experiencia en organismos de dirección de fondos, asociaciones, cooperativas, mínimo de tres años. continuación
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E
DEPARTAMENTO DE JUBILACIONES
l Fondo de Jubilación de Petroindustrial, tiene por objetivo principal otorgar a sus socios los beneficios de jubilación por vejez, invalidez y el beneficio por fallecimiento, mediante la administración eficiente de los recursos financieros originados en los aportes personales de los funcionarios y trabajadores de la Gerencia de Refinación. En el año 1997 el FOJUPIN, empezó a otorgar las primeras pensiones jubilares a 15 socios que se acogieron a la jubilación, en la actualidad el Fondo cuenta con 438 pensionistas. Tendrán derecho al beneficio de la jubilación por
JUBILACIÓN Para acogerse al beneficio de la jubilación el socio debe contar con 20 años de servicio, 50 años de edad y 8 años de aportación al FOJUPIN. La pensión será igual al 75% del promedio de los últimos 12 meses del sueldo de aportación con 20 años de servicio. Por cada año de trabajo adicional a los 20, el porcentaje de la pensión inicial se incrementará en un 2% hasta llegar a un máximo de 95% con 30 años de servicio sin límite de edad. Los requisitos que debe presentar el socio para acogerse al beneficio de la jubilación son: • Certificación emitida por el FOJUPIN, indicando el cumplimiento de requisitos para acogerse a este beneficio (Calificación) • Copia de la Cédula de Identidad • Desahucio legalizado por la Inspectoría del Trabajo • Conocimiento del desahucio por parte del Departamento de Talento Humano de la Gerencia de Refinación. • Certificación del Departamento de Talento Humano de la Gerencia de Refinación, indicando de que fecha a que fecha laboró en la empresa
JUBILACIÓN POR INVALIDEZ Invalidez total y permanente, lo socios que han aportados por lo menos 5 años al FOJUPIN. Los requisitos que debe presentar el socio para acogerse al beneficio de la jubilación por invalidez son: • Copia de la Cédula de Identidad •Desahucio legalizado por la Inspectoría del Trabajo
• Conocimiento del desahucio por parte de la Unidad Administrativa de Petroindustrial • Certificación del Departamento de Talenton Humano de la gerencia de refinación, indicando de que fecha a que fecha laboró en la empresa • Liquidación por invalidez, otorgada por el IESS
BENEFICIO POR FALLECIMIENTO En el caso del fallecimiento de un socio o pensionista, se entregará el beneficio que corresponda a quien o quienes consten como beneficiarios designados por el socio o pensionista según los registros del Fondo. Este beneficio será calculado en base al 95% del promedio de los últimos 24 sueldos de aportación como servidos activo o el promedio de las 24 últimas pensiones jubilares como pensionista, según sea el caso. Para otorgar este beneficio se debe presentar los siguientes documentos: • Acta de defunción • Formulario de registro de beneficiarios • Copia de CI de las personas beneficiarias según formulario de beneficiarios • Partida de nacimiento de las personas beneficiarias • Partida de matrimonio en caso que el conyugue sea beneficiario • Acta de posesión efectiva de bienes. Sra. Janeth Páez JUBILACIONES
14 ¿Cuál es procedimiento de la concesión del crédito? 1) El socio deberá primero llenar la solicitud de crédito, conjuntamente con la autorización de debito tanto de deudor como de garante y el acta de conocimiento del préstamo, formularios que podrán ser solicitados en el FOJUPIN u oficinas de distrito o podrá imprimirla directamente de la página web del FOJUPIN ww.fojupin.com. Una vez que los formularios hayan sido llenados correctamente deberán adjuntarse a los formularios, los requisitos generales y los requisitos condicionales al tipo de crédito al cual se esté aplicando. 2) Posteriormente sólo en el caso de los préstamos hipotecarios se procederá a realizar el avalúo del bien la revisión legal para certificar idoneidad de la información. 3) La solicitud será atendida y procesada de acuerdo a estricto orden de presentación, en función de la liquidez siempre y cuando la documentación este en orden. 4) Se someterá la solicitud al respectivo análisis financiero y evaluación de capacidad de pago de acuerdo a lo establecido en el Reglamento.
del crédito hipotecario se procederá a realizar la suscripción del contrato de hipoteca abierta a favor del FOJUPIN. 7) Finalmente se realiza la contabilización, emisión del crédito y deposito en la cuenta del solicitante. ¿Sabía usted que está asegurado? FOJUPIN pensando en la seguridad de los fondos y tranquilidad de sus afiliados en situaciones que lastimosamente pueden suceder, es importante reducir el riesgo en operaciones a mediano, largo plazo con el fin de que el FOJUPIN mantenga una cartera sana, cumpliendo este propósito mitiga el riesgo contratando anualmente un seguro para todas sus líneas de crédito. Con el objeto de dar cobertura a los socios, en caso de fallecimiento por cualquier, es decir el seguro paga la totalidad del saldo pendiente de la deuda hipotecaria a la fecha del fallecimiento de la persona asegurada, incluyendo intereses del plazo de crédito, los de mora y se cubrirá hasta el valor asegurado máximo por persona y la cobertura funciona sea cual fuere la causa de la muerte. Adicionalmente la prima de Seguros establece como beneficios ambulancia terrestre por accidente, y para los socios jubilados que posean créditos el beneficio de servicios exequibles. ¿Qué tasa de interés utilizamos?
5) Si después del análisis el socio posee una capacidad de pago aceptable la solicitud pasará a Gerencia para la debida aprobación y autorización del crédito. 6) Una vez aprobado el crédito se procede a la legalización de las garantías, y adicionalmente en el caso
Cuando solicitamos un préstamo no sólo significa conseguir dinero rápido, sino que también incluye el hecho de tener que devolverlo con intereses. La tasa de interés del préstamo es aquella que determinará qué porcentaje del mismo tendremos que abonar como adicional por haber recibido ese dinero prestado. La tasa de interés que se cobra a los socios es preferente en relación con los que cobra el sistema financiero privado Sr. Eduardo Villavicencio Srta. Marcela Burbano
11 Prohibiciones • No encontrarse legalmente inhabilitado para ejer- • No encontrarse impedidos por otras disposiciones cer el comercio; legales. • No encontrarse en mora, directa o indirectamente, de sus obligaciones en cualesquiera de las instituciones financieras bajo el control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, o de sus respectivas off-shore; • No ser deudor moroso por obligaciones patronales o personales en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, del Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional, del Servicio de Cesantía de la Policía Nacional, o en el fondo complementario previsional cerrado al que pertenece; • No ser titular de cuentas corrientes cerradas por incumplimiento de disposiciones legales; • No registrar multas pendientes de pagos por cheques protestados; • No haber sido sentenciados por defraudación a entidades públicas o privadas; • No Haber sido sancionados durante los tres últimos años por responsabilidades administrativas o civiles, por los órganos de control previstos en la Constitución Política de la República; • No haber sido declarados inhábiles por causas supervenientes; • No haber sido sancionados por negligencia en el desempeño de sus funciones; • No haber sido removidos o destituidos por causas debidamente motivadas por los órganos competentes públicos o privados; • No haber recibido sentencia condenatoria por las infracciones tipificadas en la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas; y,
La documentación que justifique tanto los requisitos como las prohibiciones debe ser remitida a la Superintendencia de Bancos, la cual en el plazo de diez días contados desde la fecha de presentación de la documentación emitirá una resolución, de ser el caso, declarando la habilidad de los candidatos a miembros del consejo de administración, representante legal, responsable del área de riesgos, responsable del área de prestaciones y del área de inversiones de los respectivos fondos complementarios. El Superintendente de Bancos y Seguros se reserva la facultad de negar la calificación de un candidato, si éste no acredita la idoneidad y la probidad necesarias para su desempeño. Otro dato relevante respecto a los fondos complementarios es que éstos, en procura de su sostenibilidad financiera, deben realizar en forma periódica los respectivos estudios actuariales que definan instrumentos idóneos tanto en prestaciones como en financiamiento, dichos estudios actuariales deben ser actualizados cada tres años, como mínimo, y entregados a la Superintendencia de Bancos y Seguros, para su análisis y aprobación. Con esta breve reseña acerca de los fondos complementarios, espero haber contribuido a que el público en general conozca un poco más sobre este sistema de ahorro; y que esta información contribuya a mejorar en nuestra sociedad la cultura de previsión. Dra. Natalia Vivanco Falconi asesora legal externa fojupin
12 GESTIÓN DEL DEPARTAMENTO DE PRESTAMOS
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n una remembranza histórica, a los 20 días del mes de mayo del año 1998 la Comisión de Administración del FOJUPIN lleva a la junta directiva según Acta 002-98 la petición de sus afiliados, de implantar definitivamente el sistema de préstamos al personal de Petroindustrial, pues debido a la inestabilidad e incertidumbre económica y financiera de la época, se considera que los recursos del fondo estarían más seguros en manos de los trabajadores, que asumir el riesgo que representaba invertir los fondos, en el sistema financiero el cual atravesaba por una fuerte crisis de sostenibilidad. Para posteriores reuniones se trata el tema, sobre un reglamento que se adecue a las necesidades del fondo en cuanto a tipos de crédito, montos, plazos, garantías, tasas de interés y condiciones. Es así que según RESOLUCIÓN N°008-98 al 1 de Agosto de 1998 Acta, 006-98, La comisión de Administración resuelve la aprobación del reglamento de préstamos de FOJUPIN el cual entró en vigencia a partir de la fecha de aprobación, el reglamento a través de los años ha sido modificado con el fin de establecer los controles apropiados e ir ajustando a los requerimientos del fondo. El objetivo firme del FOJUPIN planteado desde entonces ha sido conseguir una rentabilidad razonable de acuerdo con los estudios actuariales, y llevar a cabo su función social de poner a disposición de sus afiliados, las líneas de crédito con tramitación ágil y oportuna, y no engorrosa como las instituciones financieras.
para el cual este fue creado se ha ido cumpliendo cabalmente por la administración actual. Siendo nuestros socios la razón der ser del Fondo, la estrategia administrativa ha logrado que ellos sean nuestra fuente de ingreso, y nuestro centro de inversión, de manera que los ingresos provenientes de las aportaciones voluntarias de los socios, recuperación de capital e intereses por préstamos, mes a mes son entregados a los socios en diferentes líneas de crédito creadas con el objetivo de ofrecer un servicio en beneficio de sus socios y jubilados y al mismo tiempo garantiza una rentabilidad aceptable para el fondo en sus inversiones las mismas que permiten garantizar a futuro las pensiones jubilares.
ABRIL 2011
Hoy al acercarnos a la conmemoración por los 20 años de creación del Fondo de Jubilación de Petroindustrial, (FOJUPIN) es grato ver, que el fin
En la actualidad el servicio de crédito que ofrece el fondo a sus afiliados está enfocada en cuatro líneas de crédito: préstamo emergente, préstamo hipotecario, préstamo quirografario y préstamo prendario además de renovaciones automáticas si es deseo del deudor. Sin embargo aunque el interés de la administración es satisfacer los requerimientos de cada uno de sus socios afiliados y jubilados de la manera más rápida, ágil y transparente en el estricto cumplimiento de la normativa interna y los procedimientos establecidos, la demanda de este servicio es bastante alta lo cual conlleva a mantener una lista de espera de acuerdo al orden de presentación de las solicitudes de crédito
13 LAS PREGUNTAS MAS FRECUENTES DE NUESTROS SOCIOS Y JUBILADOS Para acceder un socio afiliado o jubilado a un crédito principalmente debe cumplir con los requisitos básicos, en el caso los socios Activos, deberán acreditar un mínimo de veinticuatro aportaciones mensuales al fondo de Jubilación. Así también en el caso exclusivo de que hayan sido deudores morosos, por lo cual el FOJUPIN descontó valores del Rol de pagos al garante, el deudor no podrá realizar ninguna operación crediticia hasta que presente una certificación al FONDO otorgado por el garante, en el cual conste que fue pagado todos los valores descontados por el crédito en mora.
¿Qué requisito debe un socio afiliado o Jubilado cumplir para aplicar a un crédito en el FOJUPIN? En general para las cuatro líneas de crédito el reglamento de préstamos del FOJUPIN requiere los siguientes requisitos: •Solicitud del préstamo. •Papeletas originales o copias certificadas de ingresos netos correspondientes a los 3 últimos meses. •Fotocopia de la cédula de identidad del socio, y de su conyugue o conviviente si fuera el caso. •Acta de Conocimiento del préstamo. •Autorización de Debito del Socio. ¿Cuándo puede un socio afiliado o Jubilado aplicar para un crédito en el FOJUPIN?