Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD)
Manual de
Indicadores
del plan de acción Mesa Interinstitucional de logros para el sector de agua potable y saneamiento básico
2010
Con
te nido Introducci贸n..................................................................................................................................................... 00 1. Metodolog铆a..................................................................................................................................................... 00 2. Descripci贸n de los indicadores del plan de acci贸n................................................................... 00 anexo 1. Instrucciones de cargue de los indicadores en el aplicativo sui-inspector................... 00
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En los términos del artículo 311 de la Constitución Política de Colombia al municipio como entidad fundamental de la división político-administrativa del Estado, le corresponde prestar los servicios públicos que determine el ordenamiento jurídico. En tal sentido, la Ley 142 de 1994 establece claramente que es competencia de los municipios en relación con los servicios públicos domiciliarios específicamente, asegurar que se presten a sus habitantes de manera eficiente, los servicios de acueducto, alcantarillado, aseo energía eléctrica y gas domiciliario, a través de empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto, o directamente por la administración central del respectivo ente territorial. En lo que corresponde particularmente a la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, los municipios tienen entre otras, las siguientes obligaciones, además de aquellas que se encuentran señaladas a lo largo de la Ley 142 de 1994: La constitución y administración de los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos FSRI, el otorgamiento de subsidios a usuarios de menores ingresos, el diseño e implementación de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la recepción e inversión específica de los recursos provenientes del Sistema General de Participaciones para el sector del agua potable y el saneamiento básico, la estratificación de los inmuebles residenciales de acuerdo con las metodologías trazadas por el Gobierno Nacional y la garantía de brindar agua apta para consumo humano de todos sus habitantes. Así las cosas, la Mesa Interinstitucional de Logros creada en el año 2006 a iniciativa de la Procuraduría General de la Nación, diseñoó una serie de indicadores que dan cuenta del cumplimiento de la
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Ley 142 de 1994 y otras normas relacionadas con la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico por parte de los alcaldes municipales y distritales del país, e hizo un requerimiento a todos los mandatarios locales a través de la expedición de las Directivas 015 del 22 de diciembre de 2005 y 05 del 6 de marzo 2008, para que acreditaran el cumplimiento de estas obligaciones mediante el cargue de información en el Sistema Único de Información, SUI, que administra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD. Igualmente se diseñó por parte de la referida Mesa Interinstitucional de Logros el formato denominado “Plan de Acción” conformado por 23 indicadores que permiten demostrar la eficiente prestación de estos servicios públicos, el cual se debe acompañarse de 23 documentos que soportan efectivamente el cumplimiento de las obligaciones legales que también deben ser acreditados a través del cargue del aplicativo SUI-INSPECTOR que administra la SSPD A la Mesa Interinstitucional de Logros, conformada por diferentes entidades del Estado que tienen competencia en el sector de los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, le corresponde llevar a cabo la revisión de los indicadores remitidos por los municipios del país así como la determinación del grado de cumplimiento de los Planes de Acción. Dicha revisión se viene llevando a cabo desde el año 2008, fecha a partir de la cual se han realizado varias socializaciones a las alcaldías y los departamentos de los resultados de cumplimiento por parte de los entes territoriales locales. El seguimiento y control de las Actas de compromiso suscritas por los alcaldes que contienen la identificación de los indicadores pendientes por acreditar, es otra más de las obligaciones asumidas por la Mesa Interinstitucional de Logros. Estas Actas de compromiso se suscribieron por parte de los alcaldes del país durante las jornadas de socialización de la información que se presentaron por parte de la Mesa Interinstitucional de Logros durante el año 2008. Por tanto, es obligación de los municipios del país cumplir con los compromisos acordados en dichas Actas y por lo mismo, llevar a cabo todas las acciones y gestiones tendientes a acreditar las obligaciones legales que en materia de servicios públicos domiciliarios se tengan pendientes. A partir del trabajo de revisión y validación de indicadores presentados por los municipios del país a la Mesa Interinstitucional de Logros mediante el cargue en el SUI en los últimos años y teniendo en cuenta la identificación de los casos que evidencian los errores más frecuentes cometidos por las alcaldías al momento de hacer dicho cargue de información, se elabora este documento, el cual explica en detalle el alcance de cada uno de los indicadores del Plan de Acción y la forma de acreditar su cumplimiento. De igual manera en la parte final del documento se encuentra una guía técnica para la certificación de los documentos en el aplicativo SUI-INSPECTOR con el fin de ilustrar de manera suficiente el procedimiento para cumplir con este objetivo..
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Es importante señalar que el propósito principal de este documento es ilustrar y apoyar a los municipios del país que a la fecha no han logrado acreditar el cumplimiento de todas sus obligaciones en materia de la prestación de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo, para que puedan disponer de las herramientas e insumos suficientes para llevar a cabo los procedimientos correspondientes, y con ello cumplir con el requerimiento que les hace la Procuraduría General de la Nación a través de las Directivas expedidas y así contribuir con el mandato legal que les impone brindar más y mejores servicios a los habitantes del territorio nacional.
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dentes Los graves indicadores de cobertura y calidad de la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, así como el profundo desconocimiento del marco legal y la falta de transparencia en el manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) destinados a atender el sector por parte de los mandatarios locales, entre otras razones, provocó la inminente intervención de la Procuraduría General de la Nación en el requerimiento de información relacionado con el cumplimiento de obligaciones legales. Con fundamento en lo anterior, el Procurador General de la Nación expidió en primer término, la Directiva 015 del 22 de diciembre de 2005 a través de la cual solicitó a mandatarios locales y otras autoridades relacionadas con el sector, acreditar el cumplimiento una serie de obligaciones en materia de servicios públicos domiciliarios, por cuanto esta entidad en su condición de órgano de control le corresponde velar por el cumplimiento de la ley, sobre todo en lo que se refiere a disposiciones con alto impacto en poblaciones vulnerables como son niños y adultos mayores. La Directiva 015 de diciembre de 2005 así como la Circular 09 de la misma fecha expedida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, constituyen instrumentos diseñados para que los alcaldes de todo el país acrediten el cumplimiento de una serie de obligaciones estructurales, que de no ser acatadas, impiden la efectiva prestación de los servicios públicos. El acreditamiento de los requerimientos hechos por el Procurador General de la Nación a través de las Directivas se debe efectuar por parte del administrador local a partir del diligenciamiento de cargues diseñados especialmente para tal fin que se encuentran incluidos en el SUI..
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Los graves indicadores de cobertura y calidad de la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, así como el profundo desconocimiento del marco legal y la falta de transparencia en el manejo de los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) destinados a atender el sector por parte de los mandatarios locales, entre otras razones, provocó la inminente intervención de la Procuraduría General de la Nación en el requerimiento de información relacionado con el cumplimiento de obligaciones legales. Con fundamento en lo anterior, el Procurador General de la Nación expidió en primer término, la Directiva 015 del 22 de diciembre de 2005 a través de la cual solicitó a mandatarios locales y otras autoridades relacionadas con el sector, acreditar el cumplimiento una serie de obligaciones en materia de servicios públicos domiciliarios, por cuanto esta entidad en su condición de órgano de control le corresponde velar por el cumplimiento de la ley, sobre todo en lo que se refiere a disposiciones con alto impacto en poblaciones vulnerables como son niños y adultos mayores. La Directiva 015 de diciembre de 2005 así como la Circular 09 de la misma fecha expedida por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, constituyen instrumentos diseñados para que los alcaldes de todo el país acrediten el cumplimiento de una serie de obligaciones estructurales, que de no ser acatadas, impiden la efectiva prestación de los servicios públicos. El acreditamiento de los requerimientos hechos por el Procurador General de la Nación a través de las Directivas se debe efectuar por parte del administrador local a partir del diligenciamiento de cargues diseñados especialmente para tal fin que se encuentran incluidos en el SUI.. La Directiva 015 identifica cuatro ejes como las mayores debilidades que presenta el sector en lo que se refiere a: i. Las condiciones legales para operar los servicios públicos ii. El registro de información que deben reportar los municipios cuando actúan como prestadores directos de los servicios públicos ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios iii. El gasto público social en los planes y presupuestos de los Entes Territoriales iv. Las estrategias para mejorar la calidad y cobertura de agua potable y saneamiento básico La Directiva 015 de diciembre de 2005 fue complementada con la expedición de la Directiva 005 del 6 de marzo de 2008 por parte del Procurador General de la Nación, la cual identifica la responsabilidad que en materia de servicios públicos domiciliarios recae también sobre los Concejos Municipales, autoridades ambientales y departamentos, y específicamente a las Corporaciones Autónomas Regionales, estas últimas en lo que tiene que ver con sus competencias en la expedición de permisos y licencias ambientales en materia de servicios públicos.
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Creación de la Mesa Interinstitucional de Logros para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico A partir de los resultados obtenidos con el cargue de la información en el SUI y conscientes de las debilidades de los municipios, se decidió crear, por iniciativa de la Procuraduría General de la Nación, la mesa interinstitucional de logros para el sector de agua potable y saneamiento básico. Esta Mesa se instaló formalmente el 20 de abril de 2006, y está conformada actualmente por la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República, como ejes articuladores de las otras entidades del nivel nacional que también la integran y que a continuación se enuncian: »» »» »» »» »» »» »»
Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - MAVDT Ministerio de la Protección Social - MPS Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios - SSPD Departamento Nacional de Planeación - DNP Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico - CRA Servicio Nacional de aprendizaje - SENA Departamento Nacional de Estadística - DANE.
Adicionalmente cuenta con el apoyo y la cooperación de diferentes instituciones del orden público y privado, nacional o extranjero, interesados en contribuir con ella, entre los cuales ya se encuentran participando activamente el Fondo de las Naciones Unidas - UNICEF, la Asociación Colombiana de Ingeniería Sanitaria y Ambiental - ACODAL y la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos Domiciliarios y actividades complementarias e inherentes - ANDESCO. La Mesa tiene como objetivo principal trabajar conjunta y armónicamente en el establecimiento de las acciones tendientes a mejorar y fortalecer la prestación de los servicios públicos en Colombia, en los sectores de acueducto, alcantarillado y aseo, y apoyar las estrategias que emprendan los entes territoriales y las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios con el objeto de asegurar la prestación eficiente y continua de estos servicios a sus habitantes, dentro del marco legal para el sector. Asimismo, la Mesa Interinstitucional de Logros involucra en sus tareas de apoyo a otras entidades y actores que participan de una u otra forma en la prestación de los servicios públicos como son gobernaciones, concejos municipales, y autoridades ambientales como son las corporaciones autónomas regionales y las secretarías del medio ambiente.
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Para verificar el grado de cumplimiento de los ejes señalados en las Directivas, la Mesa Interinstitucional de Logros diseñó una metodología para ser aplicada por los municipios y departamentos del país, así como por las autoridades ambientales la cual inició con la entrega de un nombre de usuario y una clave a cada uno de los alcaldes del país para que cargaran la información requerida en estas Directivas en los formularios diseñados para tal fin y puestos a disposición de los mandatarios locales en el Sistema Único de Información, SUI, a partir de enero del año 2006. Durante el transcurso de los años 2006 y 2007 se dio inicio a un ciclo de videoconferencias y algunas reuniones presenciales en varios departamentos del país en las cuales se brindó apoyo y asistencia a los mandatarios locales y a sus equipos de gobierno por parte de la Mesa Interinstitucional, en lo que corresponde al marco de sus obligaciones legales en materia de servicios públicos, así como en lo relacionado con el cargue de información en el Sistema Único de Información SUI que administra la SSPD. Cada una de las entidades que hace parte de la Mesa apadrinó uno o varios departamentos del país a efectos de establecer comunicación permanente y directa con los municipios que los conforman. Asimismo, la Mesa Interinstitucional de Logros diseño un formato para ser diligenciado por parte de las alcaldías, denominado Formato de Autoevaluación y Plan de Acción -PA-. En dicho formato aparece una columna de “compromisos” donde se señalan las obligaciones que en materia legal, deben asumir todos los municipios en relación con la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo. Junto a esta columna se encuentra la descripción de los indicadores que dan cuenta del grado de cumplimiento para cada una de las obligaciones allí señaladas (columna “soporte”).
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En el mencionado formato existe además una columna donde se determinan los indicadores que el municipio tiene cumplidos o están pendientes por cumplir en materia de servicios públicos, los cuales quedan incorporados como obligaciones a cargo del municipio en el Formato de Autoevaluación y Plan de Acción -PA-, en los tiempos fijados previamente por la Mesa Interinstitucional de Logros. El diligenciamiento del Formato de Autoevaluación y Plan de Acción -PA- se trabajó en el transcurso de las capacitaciones presenciales y de las videoconferencias, durante los años 2006 y 2007, con el equipo de las administraciones locales y las entidades que conforman la Mesa Interinstitucional de Logros. Del mismo modo, en el mes de junio de 2006 se fijaron unos plazos para que cada municipio entregara su Formato de -PA- diligenciado a la gobernación respectiva. Hasta el mes de junio de 2007, se llevaron a cabo las siguientes actividades con los departamentos que a continuación se señalan: »» Bolívar: tres (3) videoconferencias con alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos. Celebración del Evento de Rendición de Logros el 28 de noviembre de 2006 en la ciudad de Cartagena. De 45 municipios que conforman el departamento se suscribieron 32 Planes de Acción municipales. Videoconferencia adicional con los alcaldes que quedaron por fuera de la formulación de los Planes de Acción, el día 22 de marzo de 2007. Padrino del departamento: Ministerio de la Protección Social. »» Magdalena: tres (3) reuniones presenciales con alcaldes y encargados del tema de los servicios públicos, entre los meses de mayo y agosto de 2006. Celebración del Evento de Rendición de Logros los días 7 y 8 de septiembre de 2006 en la ciudad de Santa Marta. De los 30 municipios que conforman el departamento, aproximadamente 20 suscribieron Planes de Acción Municipal. Padrinos del departamento: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Departamento Nacional de Planeación. »» Cesar: tres (3) videoconferencias con los alcaldes y encargados del tema de los servicios públicos los días 21 de noviembre de 2006, 17 de abril y 7 de mayo de 2007. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD y sobre estratificación con el DANE los días 14 y 28 de febrero de 2007 respectivamente. De los 25 municipios que conforman el departamento, 22 suscribieron Planes de Acción Municipal. Realización del evento de Rendición de Logros: 31 de agosto de 2007. Padrino del departamento: Departamento Nacional de Planeación. »» Córdoba: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 6 de diciembre de 2006 y 3 de mayo de 2007. Capacitación presencial sobre estratificación con el DANE y de cargue al SUI con la SSPD en los
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días 1° de marzo y 19 de junio de 2007, respectivamente. Entidad madrina del departamento: Contraloría General de la República. Total municipios del departamento: 28. »» Caldas: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 9 de noviembre de 2006 y 10 de abril de 2007. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD el día 30 de noviembre de 2006. Entidad madrina del departamento: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.Total municipios del departamento: 27. »» Cauca: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 27 de marzo y 31 de mayo de 2007. Capacitación presencial de cargue al SUI con la SSPD y sobre estratificación con el DANE el 3 de junio de 2007. Entidad madrina del departamento: UNICEF. Total municipios del departamento: 41. »» Chocó: capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD y sobre estratificación con el DANE los días 7 y 8 de junio de 2007. Entidad madrina del departamento: Procuraduría General de la Nación. Total municipios del departamento: 30. »» Cundinamarca: dos (2) reuniones presenciales con alcaldes y representantes encargados del tema de los servicios públicos domiciliarios los días 18 de mayo y 20 de junio de 2007. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD y sobre estratificación con el DANE el día 3 de julio de 2007. Entidad madrina del departamento: Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico -CRA-. Total municipios del departamento: 116. »» Huila: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 8 y 20 de marzo de 2007. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD el día 15 de junio de 2007. Padrino del departamento: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Total municipios del departamento: 37. »» Meta: tres (3) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 7 y 30 de noviembre de 2006 y 8 de febrero de 2007. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD y sobre estratificación con el DANE los días 23 y 24 de noviembre de 2006 respectivamente. De los 29 municipios que conforman el departamento todos suscribieron Planes de Acción Municipal. Realización del Evento de Rendición de Logros el día 6 de julio de 2007. Entidad madrina del departamento: Procuraduría General de la Nación. »» Santander: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios los días 12 de abril y 15 de mayo de 2007. Capacitación sobre estratificación con el DANE el
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día 3 de mayo de 2007. Padrinos del departamento: Departamento Nacional de Planeación y Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Total municipios del departamento: 87. »» Sucre: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 23 de noviembre de 2006 y 24 de mayo de 2007. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD y sobre estratificación con el DANE los días 16 de febrero y 22 de marzo de 2007 respectivamente. Entidad madrina del departamento: Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.Total municipios del departamento: 26. »» Tolima: una videoconferencia y una reunión presencial con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 24 de abril y 29 de mayo de 2007 respectivamente. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD los días 7 y 8 de mayo de 2007 y sobre estratificación con el DANE el día 22 de mayo de 2007. Padrino del departamento: Ministerio de la Protección Social. Total municipios del departamento: 47. »» Valle del Cauca: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 15 de febrero de 2007 y 24 de abril de 2007. Capacitación presencial para cargue al SUI con la SSPD y sobre estratificación con el DANE los días 16 de marzo de 2007 (77 personas representando 33 municipios) y 4 de mayo de 2007 (66 personas representando 30 municipios). Padrino del departamento: Departamento Nacional de Estadística DANE. Total municipios del departamento: 42. »» Boyacá: una reunión presencial con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos el día 8 de junio de 2007. Padrinos del departamento: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Procuraduría General de la Nación. Total municipios del departamento: 123. »» Nariño: dos (2) videoconferencias con los alcaldes y representantes de los municipios encargados del tema de los servicios públicos los días 12 de junio de 2007 y 24 de julio de 2007. Entidad madrina del departamento: Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.Total municipios del departamento: 64. El anterior resumen de reuniones lideradas por la Mesa Interinstitucional de Logros permite evidenciar las capacitaciones realizadas en temas coyunturales de los servicios públicos a las cuales asistieron aproximadamente 797 municipios de los 1098 que componían el país en el año 2007, acción que constituye uno de los resultados más contundentes de la gestión de la Mesa en lo que a asistencia técnica y acompañamiento a los entes territoriales se refiere.
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Una vez agotadas las capacitaciones, los alcaldes debían entregar durante el transcurso de los años 2008 y 2009 a cada gobernación, un formato de Plan de Acción -PA- diligenciado y los soportes físicos correspondientes a los indicadores con los cuales contaba en su momento el municipio para acreditar el cumplimiento de la ley. La información entregada a las gobernaciones fue remitida posteriormente a la Mesa Interinstitucional de Logros con el fin de que cada una de las entidades que hacen parte de ella revisara la información de cada municipio, la cargara en el programa INSPECTOR administrado por la SSPD y la validara estableciendo de manera exacta y específica, el número de indicadores que tenía acreditado cada municipio. Entregada la información correspondiente al Plan de Acción - PA - e indicadores por parte de las entidades territoriales, se llevaron a cabo durante el transcurso del año 2009 una serie de eventos denominados “Rendición de logros” en los cuales ante los alcaldes y los gobernadores de cada uno de los departamentos del país, se presentaron los resultados obtenidos por parte de la evaluación llevada a cabo por la Mesa Interinstitucional de Logros. En estas reuniones se indicó a los alcaldes que aquellos indicadores que estuvieran pendientes por acreditar deberían ser acreditados a partir de ese momento directamente por parte de los mandatarios locales en una fecha específica, a través del cargue de información en el programa INSPECTOR, y que no se admitiría la remisión de información en físico a la gobernaciones o a las entidades que conforman la Mesa Interinstitucional de Logros. El 30 de junio de 2010 venció el último plazo para que todos los alcaldes del país cargaran los indicadores pendientes en el programa INSPECTOR y a partir de esa fecha a la Mesa Interinstitucional de Logros le correspondió revisar y validar la información cargada por parte de los municipios que hubiesen cumplido con la entrega. A enero de 2011 se tiene revisada y validada el 100% de la información recibida en el INSPECTOR durante el año 2010 por parte de los alcaldes que han cumplido con el requerimiento hecho por la Procuraduría General de la Nación. Desde ese momento la Mesa Interinstitucional se ha encargado de informar de manera periódica a las alcaldías que han cargado al INSPECTOR, los indicadores que no fueron validados las razones por las cuales no se ajustan a lo exigido en la ley, para que de manera inmediata lo subsanen y carguen nuevamente la información en el Programa. De este modo, el alcalde acredita los requerimientos hechos por el Procurador General de la Nación en las Directivas 015 de 2005 y 05 de 2008 y se da cumplimiento con el marco legal vigente en materia de servicios públicos domiciliarios. De la misma forma como los alcaldes deben acreditar la información requerida por las Directivas, los mandatarios departamentales así como las autoridades ambientales, tales como Corporaciones Autónomas Regionales y Secretarías de Ambiente, deben reportar la información correspondiente
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en el SUI y en el programa INSPECTOR, en los plazos y en la forma diseñada para tal fin por parte de las Directivas expedidas por la Procuraduría General de la Nación. Es de señalar que a la fecha aún existen varios municipios del país que han hecho caso omiso a los requerimientos previstos en las Directivas 015 de 2005 y 05 de 2008, lo cual ha conllevado al inicio de investigaciones disciplinarias por parte de la Procuraduría General de la Nación por cuanto no se han acreditado obligaciones legales en materia de servicios públicos domiciliarios. Como resultado de dichas acciones, se han iniciado más de 300 investigaciones disciplinarias en contra de Alcaldes y Concejos Municipales de todo el país. La mayoría de los procesos se fundamentan en el incumplimiento de la Ley 142 de 1994 que exige entre otras cosas, la transformación de los prestadores de los servicios públicos domiciliarios según modalidades señaladas en dicha ley y los requisitos que deben cumplir los municipios en calidad de prestadores directos. Se adelantan además procesos en relación con el incumplimiento de las normas legales que establecen los porcentajes que deben apropiar y ejecutar los municipios de los dineros provenientes del Sistema General de Participaciones para atender infraestructura y subsidios del sector y en razón a la calidad de agua suministrada para consumo humano. Igualmente se han iniciado investigaciones disciplinarias contra los municipios que no han creado los Fondos de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, o no han girado los dineros de dicha cuenta a las empresas de servicios públicos que tiene como fin apalancar los subsidios a los usuarios de los estratos de menores ingresos. Los municipios que a enero de 2011 han desacatado completamente los requerimientos del Procurador General de la Nación en cuanto al acreditamiento de obligaciones legales en materia de servicios públicos, ya sea porque no cargaron la información solicitada en las Directivas en el Sistema Único de Información SUI o no presentaron los indicadores que deben reportarse en el Programa INSPECTOR, que administra la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, y que por lo tanto son sujetos de eventuales acciones disciplinarias por parte de este órgano de control son: 1. Por el no cargue de Información de los formularios y formatos en el SUI: »» »» »» »» »»
Antioquia: San Pedro de Urabá Chocó: Juradó y Rio Iró Santander: San José de Miranda Vichada: Cumaribo Bolívar: Norosí
2. Por el no cargue de Información de los indicadores del Plan de Acción de la Procuraduría General de la Nación en el aplicativo SUI-INSPECTOR: 20
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Antioquia: Amalfi, Andes, Anori, Barbosa, Carepa, Dabeiba, Envigado, Murindó Mutatá, Peñol, Puerto Nare, Santa Rosa de Osos, Sonsón, Turbo, Valparaíso. Atlántico: Barranquilla, Candelaria, Juan de acosta, Luruaco, Palmar de Varela, Piojó, Puerto Colombia, Sabanagrande, Santa Lucia. Bolívar: Cicuco, El Carmen de Bolívar, Montecristo, San Jacinto del Cauca, Turbaco. Boyacá: Chiscas, Floresta. Caquetá: Cartagena de Chaira, San Vicente del Caguán. Cauca: López de Micay, Timbiquí Córdoba: Buenavista, Los Córdobas, Montería, Purísima, San Antero, San Carlos. Cundinamarca: Cabrera, Topaipí, Vergara, Villagómez, Viotá La Guajira: Fonseca, Hatonuevo, Villanueva Huila: Colombia, Guadalupe, La Plata, Nátaga Magdalena: Sitionuevo Nariño: Providencia Norte de Santander: San Calixto Putumayo: Mocoa, Puerto Leguízamo, Villagarzón Quindío: Pijao Risaralda: Santa Rosa de Cabal Santander: San José Miranda Sucre: Corozal, El Roble, Guaranda, La Unión, Tolúviejo Tolima: Honda, Natagaima Valle del Cauca: Argelia, San Pedro, Yumbo Vaupés: Taraira
Aportes de la Mesa Interinstitucional de Logros en el proceso de gestión pública orientada a resultados concretos: »» Las actividades que la Mesa Interinstitucional de Logros desarrolla a través de las diferentes entidades que la conforman, materializan la aplicación de los principios de coordinación y colaboración armónica en aras a trabajar por un interés común: “el bienestar de los ciudadanos colombianos en lo que se refiere a la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios”. »» La creación y puesta en marcha de mecanismos de asistencia técnica territorial, el apoyo y asesoría permanente de los padrinos y/o madrinas a los municipios y departamentos, así como la consulta en la página web de la SSPD donde ha sido creado un vínculo especial de las acciones de la Mesa Interinstitucional de Logros, ha facilitado la comunicación directa y permanente entre los entes territoriales y las entidades del gobierno con injerencia en el sector de los servicios públicos.
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»» Por medio de la acreditación de las obligaciones legales contenidas en la Directiva 015 de 2005 mediante el lleno de los formularios contenidos en el SUI que administra la SSPD, así como a través de la autoevaluación que hacen los municipios y el cargue de información en el programa INSPECTOR en relación con la forma en que vienen prestando los servicios públicos dentro de sus territorios, ha permitido obtener diagnósticos del sector mucho más reales y efectivos al momento de diseñar políticas públicas del sector. »» La divulgación y capacitación de la normatividad vigente en el sector de los servicios públicos domiciliarios, ha permitido que los entes territoriales dispongan de más y mejores herramientas para asumir sus compromisos en relación con la prestación eficiente de dichos servicios. »» A partir de los compromisos que asumen los municipios en sus Planes de Acción -PA-, se diseñan estrategias en tiempos reales para atender las necesidades básicas del sector por parte de los diferentes entes territoriales. »» En razón a que las actividades de la Mesa se enmarcan dentro de los lineamientos de la política pública nacional para el sector, se ha garantizado la coordinación entre las acciones de las diferentes entidades del orden central que forman parte de la Mesa, así como la divulgación de la política sectorial. »» Se evidencia un claro aporte de la Mesa a la gestión pública basada en resultados concretos que promueven desarrollo en el sector de los servicios públicos domiciliarios. Es necesario señalar que las acciones emprendidas por la Mesa Interinstitucional de Logros para el sector de Agua Potable y Saneamiento Básico, no pueden considerarse, en ningún caso, una amnistía en el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de servicios públicos domiciliarios, sino un escenario en el cual los entes territoriales se comprometen a cumplir con la normatividad vigente mediante el cumplimiento y ejecución de acciones y actividades inherentes a los servicios públicos domiciliarios en unos plazos determinados a través del apoyo y asistencia técnica que les brinda la Mesa. Así las cosas y no obstante cumplir con la obligación de cargue de información correspondiente al cumplimiento de obligaciones legales en materia de servicios públicos por parte de los municipios, lo cual constituye el eje central de la metodología diseñada por la Mesa Interinstitucional de Logros, la Procuraduría General de la Nación se reserva la competencia de adelantar las investigaciones disciplinarias a que haya lugar y que tengan como fundamento el incumplimiento de los deberes y obligaciones legales a cargo de los mandatarios legales en esta materia.
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