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Mtro. Ricardo Antonio Alfaro De Anda

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El servicio

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Abogado en Fiscal RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE CONFIANZA

El pasado 12 de noviembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que entre otras reformas se incorporan más obligacio‐nes para los contribuyentes y se otorgan mayores facultades a las autoridades; y se crea el Régimen Simplificado de Confianza; pudiendo optar las personas físicas con activi‐dades empresariales y profesionales, las de

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Régimen de Incorporación Fiscal, las de uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento) y las que se dediquen a las actividades Agrí‐colas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas; siempre que la totalidad de sus ingresos obte‐nidos en el ejercicio anual inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de 3.5 millones de pesos. Los pagos mensuales serán determinados considerando el total de los ingresos efec‐tivamente cobrados que perciban, sin incluir el impuesto al valor agregado, y sin aplicar deducción alguna, aplicando una tasa progre‐siva que va del 1% al 2.5% dependiendo los ingresos. Y el esquema de retención y acredi‐tamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA), sigue sin cambios para el RESICO.

Los beneficios de RESICO para personas fí‐sicas: Máxima simplificación de la declaración de impuestos y contabilidad; mayores facili‐dades administrativas sin procesos burocrá‐ticos; reducción de ISR; sector primario (AGA‐PES) exentas de pago de impuestos hasta 300 mil pesos anuales; todas sus facturas entrarán de manera automática en los sorteos determi‐nados por el SAT; no será necesario presentar declaraciones informativas o de contabilidad electrónica; se pueden combinar los ingresos del régimen de confianza con el régimen de sueldos y salarios y el de ingresos por intere‐ses, sin rebasar el tope; persona morales, de‐berán retenerles el 1.25%.

Este esquema es mejor para las actividades prestadoras de servicios intelectuales, como son contadores, abogados, diseñadores, etc; porque su actividad es esencialmente su inte‐lecto y tiene pocos gastos, y su prestación de servicios no se basa en insumos o materias que deban deducir.

Av. De los Insurgentes #697 int. 4 Altos Col. Camino Real, Colima, Col. C.P. 28040 312 134 9516 (y Telegram) ricardoalfaro5@hotmail.com Abogado Ricardo Antonio Alfaro De Anda ricardo.alfaro.deanda (perfil personal) @ricalfarodeanda

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