derecho
Separación de
control poderes entre y
mutuo
instituciones del Estado
La defensa de la institucionalidad democrática pasa por exigir a los funcionarios el cumplimiento de las responsabilidades que la constitución y las leyes les han encomendado en el ejercicio del cargo, en apego al principio de legalidad y respetando los derechos de los ciudadanos
Erika Beatriz Saldaña Rodríguez Abogada constitucionalista
ministros de gobierno o aprobar el Presupuesto General de la Nación que propone el Ejecutivo.
La separación de poderes es una cláusula fundamental en cualquier Estado de Derecho, que en la Constitución salvadoreña se encuentra prevista en el artículo 86. Esta implica que el poder soberano reside en la voluntad de todos los ciudadanos. El cual es dividido entre los diferentes órganos e instituciones con la finalidad de que sea ejercido por distintos funcionarios; para que existan controles recíprocos entre ellas y que se disuelva la posibilidad de cometer arbitrariedades. Los órganos fundamentales son tres: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial. El Órgano Legislativo es elegido directamente por la población de manera proporcional; es el encargado de emitir las leyes de la República y de ejecutar las demás facultades previstas en el artículo 131 ordinal 19 de la Constitución, como nombrar funcionarios de las principales instituciones del Estado, interpelar
Derecho y negocios / 8
El Órgano Ejecutivo también es elegido por el voto popular, bajo el sistema mayoritario, siendo algunas de sus funciones principales emitir políticas públicas que determinen las líneas estratégicas de los proyectos estatales. Establecer la manera en que se distribuirán los recursos con los que cuenta el Estado, reflejado a través de la propuesta de Ley de Presupuesto que se debe presentar a la Asamblea. Observar, vetar, sancionar y promulgar las leyes aprobadas por el Legislativo, entre otras. Y por otra parte, el Órgano Judicial es el que tiene a su cargo la potestad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en las diversas materias. Controlar las decisiones del poder público y la protección de los derechos fundamentales a través de la Sala de lo Constitucional; y ejercer las demás funciones judiciales en cumplimiento de la legalidad a través de las demás Salas, Cámaras, Tribunales y Juzgados del país.