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¿Hay luz al final del camino?
Lic. Yanina S. LOJO
Mg. en Dirección de Finanzas y Control. Titular de Consultora Lojo @mg.yaninaslojo www.consultoralojo.com
La llegada de la nueva administración impuso una serie de cambios en el comercio exterior que parecieran querer llevarlo al siglo XXI. Sin embargo, algunas cuestiones persisten y generan preocupaciones.
Desde que asumió la nueva administración el 10 de diciembre, el nivel de cambios en materia económica ha sido sustancial pero más aún en lo que respecta al comercio exterior. Se ha derogado el Sistema de Importaciones de la República Argentina, se ha implementado un nuevo Sistema Estadístico (SEDI), ya no se requiere validación en la Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior, también se generó un nuevo régimen cambiario y se presentaron los BOPREAL para el pago de la deuda acumulada. No podemos olvidarnos de los cambios que se aplicaron a través del Decreto de Necesidad y Urgencia en el Código Aduanero y que generan mucho ruido. A todo eso se le suma el proyecto de Ley presentado en el Congreso para su tratamiento. ¿Llegaron las certezas? ¿Qué dudas perduran?
Chau SIRA, hola SEDI
Después de más de un año de luchar con el Sistema de Importaciones de la República Argentina nos hemos despedido para darle la bienvenida al SEDI o Sistema Estadístico de Importaciones.
Mediante la Resolución General Conjunta 5466/2023 se dio origen a este nuevo sistema que tiene como objetivo principal “el análisis y seguimiento de los datos estadísticos sobre importación de bienes, a fin de normalizar y facilitar el comercio exterior, así como contribuir al fortalecimiento de los Organismos del Estado a efectos de enfrentar los desafíos actuales” El SIRA también tenía en sus orígenes buenos objetivos, como garantizar la trazabilidad y la previsibilidad en el comercio exterior. Claramente ninguno de los dos se concretó.
El cambio es significativo. En general, todas las solicitudes de SEDI que se presentan se han aprobado en las primeras 24 horas. Demoran aquellas que mantienen intervenciones por Reglamentos Técnicos
Aunque como todo, necesitamos verlo funcionando en el tiempo para poder evaluarlo adecuadamente. En las primeras horas de su implementación se vieron mejores resultados. En particular, con la eliminación de las licencias de importación.
La realidad es que el nuevo sistema trae algunas cuestiones llamativas como, por ejemplo, su duración. La declaración efectuada a través del SEDI -declaración SEDI- tendrá un plazo de validez de TRESCIENTOS SESENTA (360) días corridos, contados a partir de la fecha que obtuviera el estado de SALIDA.
Esto es una novedad porque hasta ahora, con las prórrogas, el plazo
máximo de las declaraciones anticipadas con las que hemos trabajado era de 180 días. La otra sorpresa es tiempo para ser aprobada. Dado que una vez oficializada, podrán intervenir a través de la VUCEA aquellos Organismos que puedan considerarse partes interesadas. Pero estos deberán pronunciarse en un lapso no mayor a TREINTA (30) días corridos, si tienen observaciones contados desde el registro de la SEDI. En caso de no producirse la intervención en el plazo señalado, la declaración SEDI pasará, en forma automática, a estado de SALIDA.
¿Qué se queda?
Hay cuestiones que no cambian. Entre ellas la Capacidad Económica Financiera. Según se indica se establece que se fijarán nuevos lineamientos, teniendo como objetivo principal la claridad y la transparencia para los usuarios. Al igual que hasta ahora, al momento de oficializar una declaración SEDI se verificará la misma, y podemos observar casos de empresas que en estos días han querido avanzar con presentaciones, pero se encontraron con el mismo error F24 que en el sistema SIRA incluso casos con CEF $1. En algunos casos, siguen siendo exportadores que tienen ingresos pendientes de regularizar.
Recordemos: el mercado se puede haber flexibilizado en muchas cosas, pero las normas cambiarias siguen siendo bastante restrictivas. Esperemos que en poco tiempo tengamos novedades con relación al CEF porque si esta se queda será necesario transparentar el cálculo. No puede ser como hasta ahora, que el cálculo de la Capacidad Económica Financiera fuera un secreto mejor guardado que la fórmula de una de las bebidas gaseosas más importantes del mundo.
Por otro lado, tenemos los reglamentos técnicos. Muchos de estos se mantienen y debe cargarse el número de inicio del trámite en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) para poder oficializar la declaración SEDI. La misma permanecerá en “stand by” hasta que el certificado correspondiente sea aprobado. Era esperable que estos se mantuvieran más allá de la liberalización del comercio. ¿Por qué? Porque muchos tienen que ver con garantizar la seguridad de los consumidores. Otras no son tan necesarias o pueden mejorarse, y con el tiempo, vayan desapareciendo.
Las reservas, un problema que sigue afectado a los importadores y a los exportadores
Las reservas brutas del Banco Central han mostrado un crecimiento significativo desde la asunción del nuevo gobierno, pero esto se debe a tres cuestiones: a la reinstauración del Programa Incremento Exportador (PIE), al posible incremento de los derechos de exportación y a las normas para el pago al exterior. Veamos por parte cada tema.
En primer lugar, se estableció un nuevo PIE donde el exportador podrá liquidar hasta el 20% en el mercado financiero, y el 80% en el Mercado Único y Libre de Cambios. Esto alcanza a los anticipos, prefinanciaciones y postfinaciaciones de exportación tanto de bienes como de determinados servicios. De esta manera, los operadores que opten por este esquema podrían obtener un tipo de cambio más alto que el oficial. Aunque con la caída de la cotización de los mercados financieros la brecha se achica, y el resultado de la liquidación también.
A diferencia de otras versiones, este PIE no tiene fecha de vencimiento. ¿Qué significa esto? Que no es una ventana de tiempo corta, donde se busca fomentar las liquidaciones. Esta vez se puso en vigencia el sistema y no se estableció hasta cuándo estará disponible. Tampoco se puso plazo para la liquidación de los tributos vinculados con la operación. Esto ha motivado que los exportadores se muevan sin prisa, pero con apuro. Porque la decisión de extender este programa viene a darse en el marco del incremento en las retenciones. Según se explicó este Programa es “Una forma de compensar el impacto de esta suba” . La cuestión es que aún no se publicó la normativa que indique la suba de los derechos de exportación, ya que el proyecto de Ley se envió la última semana de diciembre al Congreso. Es por ello, que muchos operadores están liquidando antes de que se produzcan los cambios para obtener un mayor beneficio.
La buena noticia es que se decidió que algunos sectores, en particular economías regionales que quedaban en jaque con esta decisión, mantuvieran alícuota cero. En particular, el sector lácteo y los arroceros.
Y el tercer punto tiene que ver con los pagos al exterior. La primera semana de la nueva administración se tomaron dos decisiones: en primer lugar, se devaluó el tipo de cambio oficial y se decidió que se mantendría un esquema de micro devaluaciones; y en segundo lugar, se incrementó la alícuota del Impuesto País que se llevó del 7,5% al 17,5% para bienes y algunos servicios.
Con el anuncio de esta devaluación, muchos esperaban que el mercado de cambios se liberara. Sin embargo, esto no sucedió, por el contrario. El pago del stock de deuda está complicado, y las operaciones nuevas no tienen muchas facilidades.
Pero ¿Qué pasa con los pagos al exterior?
La realidad es que la situación ha dejado un sabor muy amargo para los importadores que esperaban que la liberación llegará al cepo. Aunque con reservas negativas en más de USD 11.000 millones era difícil de imaginar. Con la Comunicación A 7917 se establecieron las pautas para el pago de la deuda nueva. ¿Qué se considera deuda nueva? Toda operación con registro de ingreso aduanero desde el 13 de diciembre de 2023. Salvo que el importador logre obtener algún tipo de financiamiento, deberá pagar después del registro aduanero a un plazo que dependerá de la posición arancelaria en el caso de importaciones de bienes. Solo en tres casos, podrá acceder al mercado para el pago del valor FOB apenas realice este.
Si se trata de determinados productos farmacéuticos y/o insumos destinados a su elaboración o de alimentos para el consumo humano, como fertilizantes y productos fitosanitarios, el plazo se extiende para el pago del valor FOB a 30 días del registro de ingreso aduanero. En otros casos, este rango de tiempo se extiende a 180 días.
La mayoría de los productos van a pagar en lo que he dado por llamar Ahora 4, un 25% desde los 30 días corridos; un 25% adicional desde los 60 días corridos; un 25% adicional desde los 90 días corridos y un 25% adicional desde los 120 días corridos. Han desaparecido el beneficio de los USD 50.000 año calendario para pagar antes del plazo, lo mismo que el tratamiento diferenciado para los bienes de capital, así como también el uso de dólares propios en las condiciones pautadas con el proveedor. ¿Qué pasa con el ZFI y los Couirer? No tienen tratamiento diferenciado, es decir, deben pagar con el esquema de la posición. Por lo cual, un courier puede que se deba pagar en 4 cuotas
¿Y qué pasa con los servicios? Algunos han mejorado su situación dado que se han acortado plazos, ya no se tramitará SIRASE ni se requerira validación en la CCUCE. Sin embargo, hay cuestiones que quedan pendientes por resolver. Por ejemplo, los servicios por fletes de importación se podrán pagar a los 30 días de la prestación del servicio – aunque no hay claridad sobre el criterio que se adoptará -, mientras que para los fletes de exportación o gastos, pesa la vinculación. Haciendo que puedan pagarse entre los 30 o los 180 días. Si el servicio esta incluido en el INCOTERM en una operación de importación de bienes, se podrá pagar a la primera fecha de acceso al mercado. Por ejemplo, en el caso del Ahora 4 a los 30 días se podría pagar el 25% del valor FOB más el flete si la condición fuera CFR.
La mayor duda es: ¿cómo hacemos para pagar la deuda hasta el 12 de diciembre? No se puede pagar con dólares propios, no se puede acceder al mercado. Al mismo tiempo en que se presenta el SEDI, nace el “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”. Pero más preocupante es el nacimiento del BOPREAL o Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre Aquellos que posean deuda por importación de bienes y/o servicios se deberán regitrar en el padrón que en sus primeros días registra varios problemas en la carga, y luego podrán
acceder a suscribir estos bonos como única herramienta al día de hoy disponible para pagar. Se ha comenzado a licitar la serie 1 de esto bonos, que tendrá dos más.
BOPREAL SERIE 1 es el instrumento a mayor plazo. Se llevarán adelante licitaciones periódicas al menos dos veces por semana a partir del 26 de diciembre de 2023 y hasta finales de enero de 2024.
Devengará intereses del 5% anual, y al igual que las otras dos series son pagaderos, tanto capital como intereses, en dólares. Pagará dos cuotas iguales de amortización de capital en abril y octubre de 2027.
Asimsimo, desde el 01/03/24 se dividirá en 4 series independientes manteniendo idénticas condiciones al bono original y sumando beneficios adicionales en 3 de las 4 series (la SERIE 1-D no los incluye). Tanto la SERIE 1 como las independientes podrán transferirse y negociarse en mercados secundarios.
La pregunta de los importadores es: ¿cómo uso el bono para pagarle a mi proveedor? No hay muchas alternativas o espero cobrar amortizaciones de capital e intereses y luego se lo giro a mi proveedor; o le transfiero el titulo; o lo negocio en el mercado secundario – y sólo si puedo hacer una operación de contado con liquidación -, podría usar el producto para pagarle a mi proveedor. Aunque después de la licitación del 28 de diciembre, cuyo resultado fue por debajo de las expectativas, se establecieron más restricciones
Cambios al Código Aduanero
El Código Aduanero necesitaba una actualización, y esto ya había sido considerado por lo que se había presentado un proyecto de ley de reforma a principios del 2023 en el Congreso. Probablemente, los cambios en general introducidos por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) no eran ni necesarios ni urgentes en esta primera instancia y han generado mucho malestar en particular al desregular la actividad de los despachantes de aduana.
El análisis de las reformas merece un articulo aparte, pero en el caso del despachante de aduana, es necesario hacer mención que su función es clave, y debe respetarse, no solo su profesionalidad, sino también sus conocimientos. Habrá malos despachantes como malos importadores y malos exportadores. Pero tambien hay excelentes profesionales. El nivel de conocimiento que poseen, y la complejidad de una operación aduanera, requieren de su expertise y este debe valorarse. Podrá haber importadores oexportadores que apartir de la entrada en vigencia del DNU quieran arriesgarse y realizar los trámites por si solos, pero deben saber que el nivel de capacitación que se requiere para ellos lleva años para adquirise y que hay errores que se pueden cometer que pueden salir muy caros. Argentina tiene muy buena gente, y muy buenos profesionales, y eso alcanza a todas las profesiones.
¿Hay luz al final del camino?
Es la pregunta que nos hacemos todos. ¿Hay cosas que han mejorado? Si, mucho. ¿Hay cosas que deben mejorarse? Si, claramente hay cosas por corregir. Tanto viejas como de las propuesta nuevas. ¿Hay que dejar más soluciones para solucionar el problema de la deuda con los proveedores del exterior? Urgente. Lo presentado hasta ahora no alcanza. Es entendible el contexto, también es entendible que solo van pocos días de la nueva administración, pero la opción del Bono no es muy viable para muchas PYMES ya sea porque el proveedor no puede seguir esperando, porque no poseen cuenta en el exterior y porque aunque quisieran irse al contado con liquidación las restricciones aún se lo impiden. Hay empresas que ya no tienen tiempo. Pero esperamos que dentro de la historia del comercio exterior argentino estemos cerrando este capítulo nefasto y comenzando uno nuevo, que potencie el crecimiento de la economía argentina.