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Cabe recordar que la Institución Penitenciaria, tiene como principales ámbitos de acción la seguridad pública y la reinserción social. En la encuesta las tres primeras preguntas son los datos del que responde la encuesta (género, edad, región).

En tanto, la última pregunta es sobre qué tema debiese incluir la cuenta pública. Aquí las opciones son: Infraestructura carcelaria, reducción de riesgo de desastres, acceso a la educación, reinserción laboral, promoción y derechos humanas de personas privadas de libertad, arte y cultura al interior de los recintos penales, rendición presupuesto institucional, prevención crimen organizado, seguridad penitenciaria, género y sistema penitenciario, participación ciudadana, eliminación de antecedentes penales, y monitoreo telemático para casos de violencia intrafamiliar.

La encuesta también se puede contestar de forma presencial, en las oficinas de atención ciudadana de las diferentes Unidades de Gendarmería, que funcionan en cada provincia.

Con este tipo de iniciativas de participación ciudadana, se busca acercar la importante labor que cumple Gendarmería de Chile, en el circuito de la seguridad pública del país y de la región.

La Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y ratificó la sentencia que condenó a Bryan Contreras Cabrera a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado en febrero de 2021, en la comuna de Curicó.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada integrada por los ministros Blanca Rojas Arancibia, Gerardo Bernales

Rojas y el abogado (i)

Alexis Mondaca Miranda, confirmó la resolución impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó.

“Que, en cuanto a las causales invocadas señala la recurrente: 1) Como causal ° principal, invoca la del artículo 374, letra e) del Código Procesal Penal en relación con el artículo 342, letra c) del mismo cuerpo legal.

2°) Alega como causal subsidiaria que la sentencia recurrida, ha incurrido en la causal de nulidad prevista en el artículo 373 letra b), del Código Procesal Penal, esto es, que ha hecho una errónea aplicación del derecho que influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo”, plantea el fallo.

“Que, conforme a lo razonado precedentemente, necesario y forzoso resulta concluir que no cabe sino desestimar las causales de nulidad invocadas por la recurrente y, consecuencialmente, el recurso que en ellas se funda”, concluye el fallo.

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