DESC 14 - Personas con discapacidad y derechos humanos

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Hablando de derechos | DESC+A Pensando en derechos humanos


El Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) fue creado por Ley NÂş 17.866 promulgada el 21 de marzo de 2005. Le compete, entre otros, coordinar las polĂ­ticas en materia de desarrollo social.


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Personas con discapacidad y derechos humanos / Heber Da Cunha

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Personas con discapacidad y derechos humanos ¿Qué es la discapacidad? Historia de la discapacidad Algunos datos sobre personas con discapacidad La perspectiva de las personas con discapacidad basada en Derechos Humanos Hacia un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos para las personas con discapacidad en Uruguay Diseñar políticas públicas hacia las personas con discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos Buenas prácticas hacia el trato de las personas con discapacidad

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Heber Da Cunha PRONADIS, DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA SOCIAL, MIDES Heber es Licenciado en Psicología. Maestrando de la Maestría de Trabajo Social, su temática de tesis es Políticas Publicas y Protección social de la discapacidad en Uruguay. Fue director técnico del centro Delfines que trabaja con jóvenes con diferentes discapacidades en la Ciudad de Sauce.

Montevideo, julio de 2012 © Ministerio de Desarrollo Social Avda. 18 de Julio 1453 Teléfono: (598) 2400 03 02 interno 1190 CP. 11200. Montevideo, Uruguay pgainza@mides.gub.uy www.mides.gub.uy Diseño y armado: Unidad de Información y Comunicación ISBN 978-9974-7781-1-5


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8. Población inmigrante y retornada y políticas públicas Patricia Gainza 9. Ciudadanía afrodescendiente Tania Ramírez 10. Parto y derechos humanos Natalia Magnone 11. Sexualidades y derechos humanos Mariana Viera Cherro 12. Derechos lingüisticos Hecsil Coello 13. ¿Por qué hablar de un sistema de cuidados? Patricia Cossani 14. Personas con discapacidad y derechos humanos Heber da Cunha

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Dignidad y derechos

Los programas sociales son instrumentos de avance hacia el horizonte ético-político que proponen los derechos humanos. Se trata de la igualdad y la libertad de las personas. Uruguay inició con la Reforma Social un proceso de transformación destinado a impulsar la perspectiva de derechos humanos, inclusión e integración social. Es central, entonces, que el Estado se oriente por el primero de los derechos: el de la igualdad y la no discriminación. Esto implica la voluntad expresa de revertir situaciones de desigualdades injustas -intolerables- por razones de género, orientación sexual, generación y etnia/raza, entre otras. No basta con buenos diseños de política pública. Debemos, como servidores públicos, sensibilizarnos en la temática. Por tal razón la Dirección Nacional de Política Social inició un ciclo de charlas de capacitación y formación cuyos contenidos compartimos en estas publicaciones. Les proponemos sumarse a su lectura y, a través de ella, a nuestro trabajo por hacer efectivo el artículo primero de la Declaración


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Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.” Andrés Scagliola Director Nacional de PolÌtica Social


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Presentación El Departamento de Perspectivas Transversales de la Dirección Nacional de Política Social, está abocado a la construcción de política social desde la perspectiva de Derechos Humanos. Para ello es necesario sensibilizarnos y educarnos en igualdad y no discriminación, esto exige de un gran esfuerzo de revisión de las prácticas y políticas estatales. La primera serie de este trabajo “Charlas de formación en Derechos Humanos” se compuso de la publicación de encuentros que se realizaron a la interna del MIDES para abordar diversos temas desde esta mirada. Las mismas llevaron a reflexionar sobre las prácticas estatales y en qué medida las mismas reproducen pautas sistémicas de discriminación. En esta segunda etapa denominada “Pensando en Derechos Humanos” invitamos a diversas personas a reflexionar y opinar sobre temas concretos como la migración, la afrodescendencia, el parto, las sexualidades, las lenguas, los cuidados y las vivencias de las discapacidades.

Cabe señalar que cada una de las publicaciones expresa exclusivamente la opinión de su autor/a.


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La intención es abordar diversos temas desde la óptica de Derechos Humanos. Permitiéndonos, en una lectura amigable, acercarnos y ampliar el espectro, con un tratamiento y abordaje integral que aporte a la construcción de un Uruguay incluyente. Las acciones del Estado en materia de política social deben orientarse a garantizar la igualdad de oportunidades para todas las personas en el ejercicio de sus derechos. Esto implica una voluntad expresa de revertir situaciones de discriminación y de desigualdades injustas. Los invitamos a reflexionar en esa dirección.

Equipo del Departamento de Perspectivas Tranversales Dirección Nacional de Política Social


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Presentación del Departamento de Perspectivas Transversales / DNPS

La División de Investigación y Perspectivas Transversales de la Dirección Nacional de Política Social fue creada en marzo de 2010 y tiene como objetivo mejorar la calidad de las políticas públicas sociales a través de la investigación y el conocimiento sobre la realidad en la que se pretende operar y las distintas técnicas posibles para ello. Incidir en el diseño de la política social desde una perspectiva de derechos humanos, en el sentido de incorporar crecientemente el conocimiento académico del objeto a los procesos de diseño e implementación. Asimismo, tiene como objetivo la transversalización en el diseño e implementación de la política social las perspectivas de derechos humanos, igualdad y no discriminación, género, generaciones y etnia/raza. El Departamento de Investigación y Propuestas tiene como objetivo específico apoyar la investigación y generación de propuestas para mejorar la calidad de las políticas sociales, promover nuevas líneas de investigación que den sustento académico al diseño de la política social, desarrollar protocolos de diseño de programas so-


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ciales del Mides y fortalecer el conocimiento de la oferta de programas sociales del Estado uruguayo. El Departamento de Perspectivas Transversales tiene como objetivo transversalizar la perspectiva de derechos humanos, igualdad y no discriminación, así como las dimensiones de género, generaciones y etnia/raza, en las políticas sociales, con énfasis en los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, apuntando a la generación de indicadores de progreso y promoviendo la participación de la sociedad civil en el diseño de políticas. Las líneas de acción desarrolladas por el Departamento de Perspectivas Transversales son las siguientes: • Coordinación general de las actividades enfocadas en derechos humanos y derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) de la Dirección Nacional de Política Social. • Producción de documentos y debates sobre la temática derechos humanos y Derechos económicos, sociales y culturales (DESC) aplicados a las políticas sociales. • Creación de lineamientos para la formación interna del personal del MIDES en temas de derechos humanos y DESC. • Elaboración de insumos sobre derechos humanos y DESC para el diseño de las políticas sociales. • Coordinación y articulación con otros organismos de gobierno en temas de derechos humanos y DESC.


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Coordinación y articulación con instancias de la sociedad civil para el desarrollo de estrategias particulares a grupos vulnerables como población trans, inmigrantes y retornados, afrodescendientes, mujeres rurales, personas viviendo con VIH. Asesoramiento y articulación con otras instancias del Ministerio en la elaboración de nuevos sistemas de diseño y evaluación de políticas sociales desde una perspectiva de derechos humanos.


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“El derecho a tener derechos” Hannah Arendt

¿Qué es la discapacidad?

La discapacidad es un concepto que evoluciona y resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras surgidas de la actitud y el entorno que evitan su participación plena. De lo anterior se desprenden tres conceptos clave: deficiencia, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación. La OMS crea la Clasificación Internacional del Funcionamiento y la Discapacidad (CIF) para dar una estructura a la definición de discapacidad y la interacción entre el estado de salud y el contexto medioambiental y diferenciando la distribución de las discapacidades en diferentes áreas. El término Funcionamiento se incluye como término neutro y término paraguas que abarca: Función Corporal, Actividad y Participación. El término Discapacidad aparece en el titulo abarcando: Deficiencias, Limitaciones en la Actividad y Restricciones en la Participación. La incorporación del término Salud se propone en el título dada la necesidad de enfatizar el hecho de que la CIF se concibe dentro de un marco conceptual que evalúa salud y estados de salud.1 1. Clasificación Internacional del funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, O.M.S., O.P.S. IMSERSO, España, 2001.


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Su objetivo es la inclusión social, haciendo énfasis en la rehabilitación integral y en un entorno accesible.2 La Convención sobre los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, las define como aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que al interactuar con diversas barreras puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. Existen millones de personas en todo el mundo con discapacidad, esta discapacidad puede ser congénita o adquirirla por un accidente o alguna enfermedad discapacitante en cualquier momento de la vida. La discapacidad está presente en todos los países no importando su nivel de desarrollo. En todos los casos, el común denominador es que las personas con discapacidad carecen a menudo de la posibilidad de ejercer plenamente sus derechos humanos y sufren de discriminación y exclusión social.

Historia de la discapacidad

La estigmatización de unos seres humanos hacia otros es un tema presente en toda la historia de la humanidad, lo que contribuyó a la reproducción de la desigualdad y la exclusión en todas sus formas. 2. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ONU, 2006, http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf


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En relación a la temática de la discapacidad y de las personas con discapacidad, ha sido un fenómeno multidimensional, cultural y complejo referido a los valores creencias y costumbres de cada sociedad. Desde el mundo antiguo que se caracterizaba por el uso de la fuerza física, una persona con limitaciones era considerada inservible, se prescindía de ellos y eran objetos de persecución y de muerte. Algunos ejemplos: el caso de Esparta que cuando nacía una persona con discapacidad se la tiraba desde el Monte Taigeto; o en Grecia, que era considerado contrario a lo bello por lo que se los expulsaba. Aristóteles (1947:135)3 en Política plantea: “En cuanto a la exposición o crianza de los hijos, debe ordenarse que no se críe a ninguno defectuoso” En la Edad Media que comienza en el año 476 y termina con la toma de Constantinopla por los turcos en 1453, las personas con discapacidad se ubicaron dentro del grupo de pobres y marginados y fueron objeto de un doble tratamiento: por un lado, del trato humanitario y misericordioso que inculcaba la caridad cristiana; y por otro, un tratamiento estigmatizador y marginador, consecuencia del miedo y el rechazo. Se consideraba a la discapacidad como un castigo de Dios, eran vistos como expresión del mal. Ambos caminos conducían a la exclusión. Durante El Renacimiento, en los siglos XV y XVI, comienza el intento de rehabilitar a las personas con discapacidad a través de la asistencia pública. Este 3. Aristóteles, (1947) Obras completas. Puestas en lengua castellana por D. Patricio de Azcárate, Buenos Aires, Argentina: Anaconda.


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¿Qué es la discapacidad? La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad reconoce que “la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás”. Incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo. (O.N.U., 2006). Por su parte la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) establece que la Discapacidad es un concepto baúl que se presenta como resultado de una interacción negativa entre la condición de salud de una persona y su entorno (O.M.S. - C.I.F., 2001) Ambas definiciones, aún con antecedentes diferentes, implican un cambio de paradigma en la comprensión de la discapacidad, dejando de ser un hecho que se instala en una persona, para posicionarlo como hecho social. Esto implica un cambio en la mirada de la temática, lo que tiene implicaciones prácticas en las acciones dirigidas al colectivo de personas con discapacidad. La perspectiva de Derechos en los Estados es la herramienta fundamental para definir las Políticas Públicas, de manera de evitar cualquier tipo de abuso y discriminación.


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precedente hace aportes para el posterior paradigma rehabilitador de la época moderna. Se crean los primeros hospitales. Doy el nombre de hospitales a aquellas instituciones donde los enfermos son mantenidos y curados, donde se sustenta un cierto número de necesitados, donde se educan a los niños y las niñas, donde se crían a los hijos de nadie, donde se encierran los locos y donde los ciegos pasan la vida. (Vives, 1997:82).4 Durante la primera mitad del siglo XX las personas con discapacidad, especialmente las intelectuales, eras vistas como un peligro para el desarrollo de la inteligencia de las futuras generaciones. A causa de ello, muchos fueron encerrados en instituciones, alegándose que era una medida idónea a los efectos de la asistencia y la rehabilitación, que debía ser adoptada por su propio bien y con el fin de que no continuaran siendo una carga para la sociedad. A decir verdad se puede ver emerger, con continuidad con Morel y su descubrimiento de la degeneración, la posibilidad de una estrategia preventiva diferente que culmina a comienzos del siglo XX en las políticas eugenésicas. El eugenismo comienza también a razonar en términos de riesgo que de peligro: el objetivo de una intervención regida por el principio de preservación de la raza consiste mucho menos en tratar a un individuo particular que en impedir

4. Vives, J. L. (1997) El socorro de los pobres, estudio preliminar, traducción y notas de Luis Frayle Delgado, Madrid, España: Tecnos.


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que se transmita a su descendencia la amenaza de la que es portador. (Castel Robert, 1986:225).5 El punto común a través de la historia es que se ha mantenido la concepción de sujeto dentro de los parámetros de normalidad y anormalidad. En cuanto al término normalidad, lo tomamos en su doble sentido: como cualidad para referirse a algo cuando está en su estado natural y como parámetro de una condición de norma o regla. En estos dos sentidos también se define su opuesto, la anormalidad y en el caso de la discapacidad se crea en base a un criterio de funcionalidad de utilidad y de capacidad de adaptación y resolución de problemas de la vida cotidiana. Lo normal se refiere a lo competente, lo útil, a un cuerpo sano que puede adaptarse eficientemente a los requerimientos de la vida productiva que impone la sociedad actual. El sujeto normal sería el prototipo de hombre según el que somos medidos, evaluados y clasificados.

5. Castel, R. (1986) De la peligrosidad al riesgo. En Materiales de Sociología Critica Madrid, España: De la Piqueta.


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Foucault en Vigilar y Castigar (1991)6 plantea que desde la modernidad se comenzó a pensar en la idea de lo normal y lo anormal como forma de demarcación de la sociedad. Lo normal formaba parte de lo esperado como válido para la sociedad de esos tiempos y lo anormal significaba aquello que salía de los parámetros de lo aceptable. Basado en estos parámetros muchas han sido las diferentes denominaciones con que se ha citado a las personas con discapacidad: impedido, subnormal, minusválido, discapacitado, incapaz, enfermo mental, trastornado, enajenado, todas denominaciones peyorativas y discriminativas. Como ha surgido de lo expuesto anteriormente las personas con discapacidad han sido excluidas y discriminadas de la sociedad desde la antigüedad. Esta situación aún no ha cambiado en la sociedad posmoderna, a pesar de los esfuerzos de muchas organizaciones para que los derechos humanos de las personas con discapacidad sean considerados. Esta situación de exclusión perdura hasta el día de hoy como consecuencia del capitalismo, la individualización, la lucha por el progreso de los logros individuales, el miedo a lo diferente, el temor al riesgo y la necesidad controlar este. La segregación generada a partir de la categoría anormalidad, en una sociedad que destina todo a lo bello, lo sano, lo exitoso, no ha permitido que las personas con discapacidad sean reconocidas por las otras y dejen de ser puestas en situación de desigualdad. 6. Foucault, M. (1991) Vigilar y Castigar. El nacimiento de la prisión. Buenos Aires, Argentina: Siglo XXI.


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Algunos datos sobre las personas con discapacidad

Según el informe mundial de discapacidad de O.M.S. 20117: • Más de mil millones de personas viven en todo el mundo con alguna forma de discapacidad; de ellas, casi 200 millones experimentan dificultades considerables en su funcionamiento. En los años futuros, la discapacidad será un

motivo de preocupación aún mayor, pues su prevalencia está aumentando. (…) En todo el mundo, las personas con discapacidad tienen peores resultados sanitarios, peores resultados académicos, una menor participación económica y unas tasas de pobreza más altas que las personas sin discapacidad. En parte, ello es consecuencia de los obstáculos que entorpecen el acceso de las personas con discapacidad a servicios que muchos de nosotros consideramos obvios, en particular la salud, la educación, el empleo, el transporte, o la información. Esas dificultades se exacerban en las comunidades menos favorecidas.(OMS, 2011:5)

• Según informes del Banco mundial sobre Pobreza y Desarrollo, entre un 15 y un 20% las personas pobres sufren algún tipo de discapacidad. Esto se debe a que tienen menores posibilidades de acceso a servicios, no acceden a la inmunización adecuada y a los controles necesarios durante el embazo, la alimentación es insuficiente, las viviendas precarias, tienen un menor acceso al agua potable y al saneamiento que las personas sin discapacidad. La pobreza se agudiza también debido a los costos adicionales que genera muchas veces la propia deficiencia, especialmente referidos a la atención médica, la medicación y la contratación de asistentes personales. 7. Informe Mundial sobre la Discapacidad: O.M.S, Banco Mundial. Suiza, 2011.


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• La Encuesta Mundial de Salud (O.M.S., 2001) indica que la prevalencia de la discapacidad es mayor en los países de ingresos bajos que en los países de ingresos más elevados. Las personas en el quintil más pobre, las mujeres y

las personas adultas mayores también presentan una mayor prevalencia de la discapacidad. Las personas con pocos ingresos, sin trabajo o con poca formación académica tienen mayor riesgo de discapacidad. Los datos de las encuestas a base de indicadores múltiples en países seleccionados ponen de manifiesto que los niños de las familias más pobres y los que pertenecen a grupos étnicos minoritarios presentan un riesgo significativamente mayor de discapacidad que los demás niños.

• Como mencionamos anteriormente (O.M.S. 2011) las personas con discapaci-

dades no acceden a servicios sanitarios adecuados, la mitad de las personas con discapacidades no pueden costear la atención de salud necesaria, frente a un tercio de las personas sin discapacidades. Las personas con discapaci-

dades son más de dos veces más proclives a que les resulten insatisfactorios los servicios de salud cuando acceden a ellos. Las probabilidades de que no tengan un trato adecuado o que se les niegue la atención en salud es cuatro veces mayor comparado con las personas sin discapacidad

• Los niños con discapacidades tienen menos probabilidad de acceder a la educación que los niños sin discapacidad. Si se comparan las tasas de finalización de los estudios para todos los grupos de edad y en todos los contextos, los contrastes son pronunciados; exacerbándose esta situación en los países más pobres. • Las investigaciones indican que la violencia contra los niños con discapacidades ocurre a tasas anuales por lo menos 1.7 veces mayores que en el caso de


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sus pares sin discapacidad. Asimismo, las mujeres y las niñas con discapa-

cidad históricamente han sido más vulnerables a ser víctimas de violencia y abuso, y han tenido menos probabilidades de obtener la protección jurídica o cuidados preventivos.

• Según UNICEF, el 30% de los jóvenes que se encuentran en situación de calle tienen algún tipo de discapacidad.

• En relación al empleo las personas con discapacidad tienen más probabilidades de no acceder al mismo que las personas sin discapacidades. Los datos mundiales indican que las tasas de empleo son más bajas para los hombres con discapacidad (53%) y las mujeres con discapacidad (20%) que para los hombres sin discapacidad (65%) y las mujeres sin discapacidad (30%). • Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) unos 386 millones de las personas en edad de trabajar son personas con discapacidad, pero el desempleo de las mismas alcanza hasta un 80% en algunos países. • Según informe del Departamento de Desarrollo Internacional del Reino Unido, la mortalidad correspondiente a los niños con discapacidad es hasta un 80% mayor, en los países en los que la mortalidad de menores de cinco años en su totalidad ha disminuido por debajo del 20%. • Por su parte según estudios del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) la tasa mundial de alfabetización de adultos con discapacidad llega solamente al 3%, y al 1% en el caso de las mujeres con discapacidad.

• En relación a los estudios terciarios los estudiantes con discapacidad siguen siendo minoría, pese a que su número va en aumento.


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La Perspectiva de las Personas con Discapacidad basada en los Derechos Humanos Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. (Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948) ¿Qué es una convención internacional sobre derechos? Los derechos enumerados en la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) tienen como objetivos proteger a todas las personas. A pesar de esto a algunos colectivos como las mujeres, los niños y niñas, las personas afrodescendientes, las personas con discapacidad, han visto vulnerados sus derechos teniendo menos oportunidades que el resto de la población. Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad El 13 de diciembre de 2006 se aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Esta Convención es el resultado de un largo proceso, en el que participaron varios actores: Estados miembros de la Organización de Naciones Unidas (ONU), observadores de la ONU, cuerpos y organizaciones de la ONU, el Relator Especial sobre discapacidad, instituciones de derechos humanos nacionales, y organizaciones no gubernamentales, entre


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Ciclo de invisibilidad Se reconoce el hecho histórico del “ciclo de invisibilidad”* al cual están sujetas las personas con discapacidad en casi todos los lugares del mundo, principalmente en las comunidades en situaciones económicamente pobres. Este ciclo acontece por la siguiente lógica: 1. personas con discapacidad no consiguen salir de casa, por tanto no son vistas por la comunidad; 2. por no ser vistas por la comunidad, dejan de ser reconocidas como parte de ella; 3. por no ser reconocidas como parte de ella, garantizar el acceso de las personas con discapacidad a bienes, derechos y servicios no es considerado un problema que la comunidad deba enfrentar y solucionar; 4. sin tener acceso a bienes y servicios, no hay como incluirlas dentro de la sociedad; 5. una vez excluidas de la sociedad, siguen invisibles, y sometidas a constante discriminación. *

Manual sobre Desarrollo Inclusivo para los Medios y Profesionales de la Comunicación. Escola de Gente. Banco Mundial (2005).


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las que tuvieron un papel destacado las organizaciones de personas con discapacidad y sus familias. Esta Convención supone importantes consecuencias para las personas con discapacidad, y entre las principales se destaca la “visibilidad” de este colectivo dentro del sistema de protección de derechos humanos de la ONU, que contribuye a asumir la situación de las personas con discapacidad como una cuestión de derechos humanos, y tener una herramienta jurídica de apoyo a la hora de hacer valer los derechos de estas personas. Cubre una serie de ámbitos fundamentales tales como la accesibilidad, la libertad de movimiento, la salud, la educación, el empleo, la habilitación y rehabilitación, la participación en la vida política, y la igualdad y la no discriminación. La convención marca un cambio en el concepto de discapacidad, pasando de una preocupación en materia de bienestar social a una cuestión de derechos humanos, que reconoce que las barreras y los prejuicios de la sociedad constituyen en sí mismos una discapacidad. La Convención reconoce que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que es el resultado de la interacción entre la deficiencia de una persona y los obstáculos tales como barreras físicas y actitudes imperantes que impiden su participación en la sociedad. Cuantos más obstáculos hay, la situación de discapacidad se ve exacerbada. Las discapacidades incluyen deficiencias físicas, mentales, intelectuales y senso-


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riales tales como ceguera, sordera, movilidad reducida y deficiencias en el desarrollo. Todas las personas, pueden llegar a tener alguna discapacidad en algún momento de su vida debido a lesiones físicas, enfermedades o envejecimiento. La perspectiva de las personas con discapacidad basada en los derechos humanos equivale a dejar de considerar a estas personas como problemas y considerarlas como sujetos de derechos. Lo más importante es que significa situar los problemas fuera de la persona con discapacidad, de ahí que el debate sobre los derechos humanos de las personas con discapacidad tenga que ver con el debate más amplio acerca del lugar que ocupa la diferencia en la sociedad, y al reconocimiento de la diversidad humana y de la dignidad inherente a todas las personas. El debate sobre los derechos de las personas con discapacidad no tiene que ver tanto con el disfrute de derechos específicos como con garantizar a las personas con discapacidad el disfrute efectivo y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos sin discriminación. Los tratados internacionales y los derechos humanos de las personas con discapacidad En la DUDH de 1948 no se cita específicamente a las personas con discapacidad. El contexto de dicha declaración es el final de la Segunda Guerra Mundial, el objetivo de la misma es garantizar los derechos de las personas e impera todavía el modelo médico, donde las personas con discapacidad eran entendidas como pacientes médicos, no como personas que asumen su vida con su disca-


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pacidad. La invisibilización de las personas con discapacidad perduro, siendo mencionadas únicamente en la Convención sobre los derechos del niño. La Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad, supone el logro de muchas de las reivindicaciones históricas de las personas con discapacidad; y fue posible desde el momento en que comenzaron a ser abordada como una cuestión de derechos humanos. Algunos de los antecedentes de esta Convención son: • La Declaración de los Derechos del Retrasado Mental de 1971, en la que se pide igualdad “hasta el máximo grado de viabilidad”. • La Declaración de los Derechos de los Impedidos de 1975. • La declaración del año 1981 como “Año Internacional de los Impedidos” bajo el lema “Participación e Igualdad plenas”. • En el año 1991, la Asamblea General de la ONU aprueba los “Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la Salud Mental”. • Más reciente la Declaración de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena de junio de 1993, donde se afirma por primera vez que los derechos humanos también se aplican a las personas con discapacidad, sin restricciones: “El lugar de las personas con discapacidad está en todas partes” y se insta a derribar todos los obstáculos para su plena participación social. • Esta es la primera declaración enfocada desde la nueva filosofía, igualdad total para lograr la participación plena y sin restricciones, pasando la res-


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Trato hacia las personas con discapacidad En relación a la terminología aceptada de conformidad con la Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad debemos nombrarlas como “personas con discapacidad” y tener claro que los derechos están dirigidos a las “personas con discapacidad” y no hacia la “discapacidad”. Si una persona con discapacidad prefiere el uso de cierta terminología, debemos respetar el deseo de esa persona salvo que pueda considerarse despectivo o peyorativo. Debemos hablar directamente a la persona con discapacidad, no a su acompañante. Si va a ofrecer ayuda a una persona con discapacidad no la dé hasta que ésta haya expresado su acuerdo.


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ponsabilidad a la sociedad, que debe facilitar la inclusión social mediante la supresión de las barreras y obstáculos ya sean físicos, económicos, sociales o psicológicos, que excluyan o restrinjan dicha participación. En ese mismo período se dictan las Normas Uniformes que pretenden que todos los Estados las incorporen a sus políticas sobre discapacidad, las cuales deberían ser diseñadas acorde al principio fundamental de igualdad de oportunidades. El artículo 34 de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad crea el Comité de los derechos de las personas con discapacidad que es el órgano de expertos independientes que supervisa la aplicación de la Convención. Los Estados Parte presentarán al Comité, por conducto del Secretario General de la ONU, un informe exhaustivo sobre las medidas que hayan adoptado para cumplir sus obligaciones conforme a la presente Convención y sobre los progresos realizados al respecto en el plazo de dos años contado a partir de la entrada en vigor de la Convención. El Protocolo Facultativo de esta Convención reconoce la competencia del Comité para recibir y considerar comunicaciones de individuos que se hallen bajo la jurisdicción de ese Estado y que aleguen ser víctimas de una violación, por ese Estado Parte, de cualquiera de los derechos enunciados en el Pacto. El Comité no recibirá ninguna comunicación que concierna a un Estado Parte a la Convención que no sea parte en el presente Protocolo.


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Hacia un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos para las personas con discapacidad en Uruguay Una de las tareas actuales del Programa Nacional de Discapacidad (PRONADIS) del Ministerio de Desarrollo Social, es la construcción de un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos de las Personas con Discapacidad. Se propone una estrategia de diseño con la participación activa de las organizaciones sociales, las asociaciones de personas con discapacidad y de familiares, con la Comisión Nacional Honoraria de la Discapacidad8 y las Comisiones Departamentales Honorarias como referentes interinstitucionales. Esta estrategia supondrá un debate sobre políticas y acciones a desarrollarse a nivel nacional en el corto, mediano y largo plazo. ¿Por qué un Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos para las personas con Discapacidad? Un Plan Nacional de equiparación de oportunidades y derechos es una política pública, con involucramiento del Estado y de la sociedad civil con una activa participación a nivel territorial, que requiere la voluntad y decisión política de las autoridades y la acción inter y multisectorial a nivel nacional y departamental. Una de las responsabilidades del Estado es el diseño, gestión y evaluación de las políticas públicas. Es fundamental en un gobierno democrático que los parti8. Comision Nacional Honoraria de la Discapacidad : www.cnhd.org


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dos, los colectivos sociales y las personas se interioricen en la construcción y el análisis de las políticas públicas, entendiendo estas como soluciones especificas a los asuntos públicos. ¿Qué significa equiparar oportunidades y derechos? Equiparación de oportunidades, es el proceso mediante el cual se establecen las condiciones propicias para garantizar a las personas con discapacidad iguales oportunidades que a las demás, sin restricciones para el acceso y disfrute de los beneficios del sistema social y jurídico, medio físico, vivienda, transporte, comunicaciones, servicios de salud y educación, oportunidades de trabajo, vida cultural, social, recreativa y deportiva, económica y política. ¿Cuál es el marco legal de este Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos? El 19 de marzo de 2010 entra en vigencia la Ley número 18.651 sobre Protección Integral de Personas con Discapacidad, cuyo artículo primero establece la necesidad de: • un sistema de protección integral a las personas con discapacidad, tendiente a asegurarles su atención médica, su educación, su rehabilitación física, psíquica, social, económica y profesional y su cobertura de seguridad social, así como otorgarles los beneficios, las prestaciones y estímulos que permitan neutralizar las desventajas que la discapacidad les provoca y les dé oportunidad, mediante su esfuerzo, de desempeñar en la comunidad un rol equivalente al que ejercen las demás personas.


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Accesibilidad En el contexto actual, gana importancia el concepto de Accesibilidad en todas sus dimensiones: Accesibilidad arquitectónica: sin barreras ambientales físicas, en las residencias, edificios, espacios urbanos, equipamientos urbanos, medios de transporte individual o colectivo. Accesibilidad comunicacional: sin barreras en la comunicación interpersonal (cara a cara, lengua de señas), escrita (periódico, revista, libro, etc., incluyendo textos en braille, uso de computadoras) y virtual (accesibilidad digital). Accesibilidad metodológica: sin barreras en los métodos y tecnologías de estudio, de trabajo, de acción comunitaria (social, cultural, artística), de educación de los hijos (familiar). Accesibilidad instrumental: sin barreras en los instrumentos, utensilios y herramientas de estudio, de trabajo, de salud, de placer y recreación (comunitaria, turística, deportiva) Accesibilidad programática: sin barreras invisibles incluidas en políticas públicas (leyes, decretos, anuncios oficiales gubernamentales), normas y reglamentos (institucionales, empresariales) Accesibilidad actitudinal: sin preconceptos, estigmas, estereotipos y discriminaciones, de las personas en general. La accesibilidad tecnológica no es una accesibilidad aparte, pero debe interpolar las otras accesibilidades, excepto la actitudinal.* Fuente: Artículo Concepto de accesibilidad. Romeu Kasumi Sassaki.


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• Anteriormente, en diciembre de 2006 se aprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. ¿Cuál es la misión del Plan Nacional de Equiparación de Derechos y Oportunidades para las personas con Discapacidad? La Misión del Plan es articular mecanismos para la creación de políticas públicas y sociales para la protección de los derechos de las personas con discapacidad en materia de derechos humanos, no discriminación, igualdad de oportunidades, plena ciudadanía y participación integral. Las políticas y estrategias serán conformadas con los aportes de los actores estatales y de la sociedad en general, en clave con la promoción de derechos para la construcción de una sociedad inclusiva. Proteger el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, en su condición de género, generacional, étnica, religiosa, o nivel socio-económico, cultural, en todo el territorio nacional y en todos los ámbitos de la vida económica, cultural, social y política. ¿Cuáles son los principios orientadores del Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos de las Personas con Discapacidad? • Equiparación de Oportunidades y Derechos en todo el territorio nacional. • Respeto a la diferencia y reconocimiento de la discapacidad como componente de la diversidad humana.


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• Valorización y dignificación de la identidad y la imagen de las personas con discapacidad. • Inclusión social. • Plena participación en la sociedad de todas las personas con discapacidad. • No discriminación. • Equidad de generaciones. • Equidad de género, igualdad entre hombres y mujeres. • Interculturalidad, etnias, sociedades, culturas o comunidades. • Igualdad. • Dignidad. • Autonomía. • Vida Independiente • Autodeterminación, libertad de tomar las elecciones propias ¿Cuáles son los Fundamentos del Plan Nacional de Equiparación de Oportunidades y Derechos de las Personas con Discapacidad? • Universalidad • Integralidad • Coordinación nacional y territorial • Responsabilidad estatal y social compartida • Participación activa • Multidisciplinariedad • Intersectorialidad


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Participación Ciudadana Las personas con discapacidad deben ser reconocidas y valoradas al igual que el resto de ciudadanía, tener el derecho de decidir sobre su propia vida, con autonomía personal, autodeterminación y la posibilidad de una propuesta de vida independiente. • Participación en la vida política y pública La participación de todos los ciudadanos sin distinciones en la vida política y pública es fundamental en el proceso democrático de cualquier país. Es necesario crear las condiciones que permitan a las personas con discapacidad participar y disfrutar de sus derechos políticos. • Participación en la vida cultural Las personas con discapacidad tienen derecho a participar en las actividades culturales, recreativas, deportivas y turísticas, que le permitirán potenciar la vida independiente y la relación con los demás miembros de la sociedad. Salud La población con discapacidad debe acceder al igual que el resto de la población a servicios de salud de calidad a tratamientos y tecnologías apropiadas para lograr el mejor estado de salud. Educación La educación como derecho esencial de integración y de independencia para todas las personas con discapacidad, en todos los ciclos de la vida. Se deberá promocionar que todas las personas con discapacidad independiente de la na-


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turaleza de la misma y de su ciclo de vida puedan tener acceso a la educación y al desarrollo del máximo de sus posibilidades y potencialidades. Vivienda Las viviendas de las personas con discapacidad deben contar con las condiciones mínimas de seguridad para llevar una vida segura, sin riesgos e independiente. Las viviendas deberán tener accesibilidad física y las adaptaciones funcionales requeridas para cada caso. Trabajo El trabajo y sus significados culturales, es un derecho fundamental de inclusión social y de independencia económica de todas las personas, genera ingresos, permite el acceso a bienes y servicios para la subsistencia personal y familiar y la gratificación de una vida digna. Fomenta el potencial humano, la autonomía y la autodeterminación. Rehabilitación Rehabilitación con el fin de prevenir la agravación de la discapacidad y mitigar sus consecuencias, contribuir a la vida independiente de las personas con discapacidad, y favorecer el desarrollo del potencial de las capacidades físicas, psíquicas y sociales. Accesibilidad integral Las condiciones de accesibilidad varían de acuerdo al tipo de discapacidad, diferenciándose los requerimientos según se trate de una accesibilidad física,


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auditiva o visual. El diseño universal es una estrategia encaminada a lograr que la concepción y la estructura de los diferentes entornos, productos, tecnologías y servicios de información y comunicación sean accesibles, comprensibles y fáciles de utilizar para todos, preferentemente sin recurrir a adaptaciones o soluciones especializadas. • Accesibilidad en el entorno físico La accesibilidad es una característica esencial del entorno físico construido que posibilita el desplazamiento y el uso social de los mismos, que va a permitir que las personas con discapacidad participar en las actividades sociales, culturales, económicas y políticas del país. • Accesibilidad en la comunicación Mediante la accesibilidad en la comunicación se procura eliminar las barreras de comunicación, facilitando el acceso a medios, técnicas y alternativas comunicativas. • Accesibilidad a la sociedad de la información Promover el acceso a la información y comunicación a través de las TICs y la aplicación de tecnologías asistidas para el mejoramiento de la calidad de vida de las personas con discapacidad, desarrollando todas las posibilidades para la educación, la salud, el empleo así como la plena inclusión en la sociedad Protección social La protección social engloba la seguridad social, la asistencia y los servicios sociales, que se determinan fundamentales para quienes dependen de los mismos, ya que tiene consecuencias directas en su calidad de vida.


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Protección jurídica Las personas con discapacidad tienen derecho al reconocimiento en cualquier lugar de su personería jurídica y cuando sea necesaria una asistencia para el ejercicio de su capacidad jurídica. Acceso a la justicia En una sociedad democrática el acceso al sistema jurídico es un derecho fundamental. El estado tenderá a asumir responsabilidades en la adecuación normativa y el acceso de las personas con discapacidad que permita el pleno ejercicio de sus derechos Protección contra la violencia y los abusos El número de víctimas de abusos y de violencia es proporcionalmente mucho más elevado entre las personas con discapacidad y entre ellos en las mujeres con discapacidad. Estos abusos pueden darse en el entorno familiar o en instituciones. Debe existir un sistema confiable en el que puedan comunicar el abuso y recibir apoyo individual. Investigación y Desarrollo La falta de información sobre discapacidad constituye uno de los mayores problemas para el diseño de políticas públicas en torno a la discapacidad. En general se carece de información precisa que permita tener una base cuantitativa y cualitativa rigurosa y confiable. Son necesarios trabajos de investigación profundos y de recolección de datos estadísticos para la elaboración de políticas.


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Sensibilización Promover la construcción de valores y prácticas para el trato igualitario y no discriminatorio, el respeto y el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Las personas con discapacidad deben hacer frente a actitudes inadmisibles basadas en prejuicios, temores, ignorancia y puesta en duda de sus capacidades. Las sociedades deben tomar conciencia de que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos que todas las personas pero que existen barreras que le impiden disfrutar de ellos.

Diseñar políticas públicas hacia las personas con discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos Generar políticas públicas desde una perspectiva de derechos humanos hacia la discapacidad implica una evolución, además de un compromiso político desde las acciones que toma el Estado y todos los sectores de la sociedad, lo cual redundará en que las personas con discapacidad dejen de ser consideradas receptores pasivos de servicios de beneficencia u asistencia u objeto de las decisiones de otros, y puedan generar autonomía, autodeterminación y una propuesta de vida independiente. La perspectiva de derechos humanos hacia las personas con discapacidad tiene como principio respetar y promover la diversidad humana mediante la creación de políticas que permitan la participación activa de todas las personas con discapacidad en la sociedad. Permite tomar medidas para cambiar actitudes de


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discriminación y comportamientos estigmatizantes y de marginación hacia esta población. Implica la adecuación de normas y leyes así como la implementación de programas para eliminar las barreras y obstáculos que impiden el acceso de las personas con discapacidad al ejercicio de los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales y tener los medios adecuados para reclamar por ellos.

Buenas prácticas hacia el trato de las personas con discapacidad En relación a la terminología aceptada de conformidad con la Convención de los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad debemos nombrarlas como “personas con discapacidad” y tener claro que los derechos están dirigidos a las “personas con discapacidad” y no hacia la “discapacidad”. Se exhorta a evitar expresiones tales como: • discapacitado; • disminuido; • víctima; • afectado por; • normal – anormal; • inválido; • paciente; • pobrecito;


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• minusválido; • impedido. Evitar el uso excesivo de términos tales como: • valiente; • valeroso; • héroe; • virtuoso; • capacidad diferente. Si una persona con discapacidad prefiere el uso de cierta terminología, debemos respetar el deseo de esa persona salvo que pueda considerarse despectivo o peyorativo. Debemos hablar directamente a la persona con discapacidad, no a su acompañante. Si va a ofrecer ayuda a una persona con discapacidad no la dé hasta que ésta haya expresado su acuerdo. Trato adecuado a personas con movilidad reducida • Si la persona camina despacio y vamos en su compañía ajustemos nuestro paso al de ella. • Evitemos posibles empujones. • Ayudémosle si tiene que cargar objetos.


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• Si la persona está en silla de ruedas para hablar con ella situémonos de frente y a la misma altura de ser posible. • Si no sabemos cómo manejar una silla de ruedas preguntémosle al usuario o al acompañante como hacerlo. • No debemos apoyarnos en la silla de ruedas de la persona, esta es parte de su espacio temporal. • Dirijámonos a la persona en silla de ruedas y no a su acompañante. • Si se va a reunir con una persona que utiliza silla de ruedas tenga en cuenta un lugar que tenga rampa de acceso y que el espacio sea adecuado, que exista estacionamiento reservado para personas con discapacidad, cuarto de baños accesibles, ascensor si la entrevista no es en planta baja. Trato adecuado a personas con dificultades en el habla • Tratemos de comprender previendo que el tiempo, el ritmo y la pronunciación son distintos. • Si no comprendemos lo que nos dice, debemos hacérselo saber para que lo repita o lo comunique de una forma alternativa. • Haga preguntas cortas, que requieran respuestas cortas. Trato adecuado a personas ciegas o con baja visión • Al dirigirnos a una persona ciega o con baja visión siempre nos identificamos primero. • Si le vamos a ofrecer algo informémosle de qué se trata y en qué lugar se encuentra.


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• Si precisa de nuestra ayuda, ofrezcámosle el brazo y caminemos por delante de la persona. • Informémosle de obstáculos que se puedan encontrar en el camino. • No la dejemos sola sin antes avisarle. • Si le vamos a proponer tomar asiento, coloque la mano de la persona en el respaldo o el brazo del asiento • Si vamos a reunirsnos con una persona con discapacidad prevea que las instalaciones y la información que le vaya a entregar tenga escritura en braille, o colores complementarios Trato adecuado a personas sordas o hipo acústica • Dirijámonos a la persona cuando está de frente a nosotros, evite hacerlo si está de espaldas. • Atraigamos la atención de la persona tocándole el hombro o haciéndole una seña. • Si vamos a reunirnos con una persona sorda en lo posible preveamos la presencia de un intérprete de lengua de señas. • Dirijámonos a la persona sorda y no al intérprete. • Si nos reunimos con una persona con pérdida auditiva parcial, pregúntele dónde sería mejor que usted se sentara. • Si la persona lee los labios mirémosla directamente y hablemos lento y claro. • Seamos expresivos al hablar ya que los movimientos faciales y de todo el cuerpo ayudarán a la persona a comprendernos. • Verifiquemos que ha comprendido lo que le queremos transmitir.


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• Si no entendemos pidamos que la persona repita lo que nos quiere transmitir. Trato adecuado a personas con discapacidad intelectual o mental o dificultades en la comprensión • Al dirigirnos a estas personas utilicemos un lenguaje sencillo y actuemos con naturalidad. • Manejemos que los tiempos necesarios pueden ser diferentes a los nuestros en lo que respecta a la comprensión. • Si nos parece que la persona no nos entendió,repitamos la pregunta. • Hagamos preguntas breves y precisas. • Si nos vamos a reunir, prevengamos que ante la necesidad de información, la misma debe estar en formatos sencillos con fotografías o dibujos y que la letra de los documentos debe ser grande y en doble espacio. • Tratémoslo de acuerdo a su edad y no a todos como si fueran niños. • Limitemos la ayuda a lo necesario, promoviendo la autonomía de la persona • Si la persona tiene dificultades en el relacionamiento personal, tengamos en cuenta eso y evitemos situaciones que puedan generar discusiones o violencia • Fomentemos el relacionamiento con las demás personas • Si nos reunimos con una persona con discapacidad intelectual o mental y va acompañado, dirijámonos a la persona y no a su acompañante. • Preguntémosle al entrevistado si puede hacerle una pregunta en el caso que sea necesario a su acompañante


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• Aclarémosle a la persona que acompaña que trate de no influir en la comunicación de la persona que estamos entrevistando Trato adecuado a otras situaciones que ameritan contemplaciones Hay algunas otras situaciones más difíciles de observar que pueden estar vinculadas con: • la alimentación; • reacciones alérgicas; • exposiciones al aire o al sol; • el contacto con algún material; En el caso de estas personas debemos preguntar qué modificaciones del entorno o de los insumos necesitan.


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