Estructura, función y reclutamiento en SIGC

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011

ESPECIALISTA UNIVERSITARIO EN SERVICIOS DE INTELIGENCIA MÓDULO: METODOLOGÍA DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA

SIGC. Estructura, función y reclutamiento.

Enrique Ávila Gómez

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 Tabla de contenido 1.- RESUMEN. ............................................................................................................................ 3 1.- ABSTRACT. ............................................................................................................................ 3 2.- LA ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA EN ESPAÑA. .................................... 4 3.- EL SIGC. ESTRUCTURA Y COMPETENCIAS. ........................................................................... 6 La estructura del SIGC, tal y como viene expresada en la (BOC, 2004), queda reflejada en su artículo 3, tal y como se expresa a continuación: ............................................................ 6 Coronel Jefe del SIGC ............................................................................................................ 6 Unidades Centrales ............................................................................................................... 6 Unidades Periféricas.............................................................................................................. 7 4.- SISTEMA DE RECLUTAMIENTO DEL SIGC. ............................................................................ 9 5.- CONCLUSIONES. ................................................................................................................. 17 6.- RECOMENDACIONES. ......................................................................................................... 19 Bibliografía .................................................................................................................................. 20

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 1.- RESUMEN. Este trabajo expone la realidad jurídica y organizativa de uno de los componentes de la denominada Comunidad de Inteligencia del Reino de España. A partir de un descripción de su estructura orgánica y de sus atribuciones como unidad de Inteligencia de la Guardia Civil, describiremos los méritos y capacidades que se exigen a sus futuros componentes a través del análisis de las convocatorias internas que se realizan periódicamente en el ámbito del Cuerpo y, gracias al acceso a fuentes primarias de información, trataremos de exponer y analizar qué otras capacidades y méritos no formales se valoran a la hora de determinar si un miembro del Cuerpo dispone de las aptitudes necesarias para formar parte de esta Unidad de Inteligencia. Por último, ofreceremos una serie de conclusiones y nos atreveremos a realizar una serie de recomendaciones que, bajo nuestro punto de vista, deberían mejorar la eficacia en la acción de esta Unidad a la hora de enfrentarse a las amenazas que la competen.

1.- ABSTRACT. This paper describes the organizational and legal realities of the components of the intelligence community called the Kingdom of Spain. From a description of its organizational structure and its powers and intelligence unit of the Guardia Civil, describe the merits and capabilities required of future components through analysis of internal calls that are made periodically in the field of body, and through access to primary sources of information, we will try to present and analyze what other non-formal skills and merit are valued at determining whether a Board member has the skills to be part of the Intelligence Unit. Finally, we will offer a series of conclusions and we dare to make a series of recommendations that, in our view, should improve the efficiency of this unit action when faced with threats that competition.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 2.- LA ESTRUCTURA DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA EN ESPAÑA. Con el fin de poner en perspectiva el tema que va a ser objeto de nuestro estudio, hemos de comenzar exponiendo, a grandes rasgos, la estructura de los Servicios de Inteligencia del Estado Español. Podemos agrupar a los organismos que tienen competencia en Inteligencia de nuestro país en tres grandes bloques: a) El Centro Nacional de Inteligencia, cuyo un ámbito de actuación se encuentra, tanto del territorio nacional como fuera de nuestras fronteras. La estructura básica del CNI está definida en los (BOE, 2002), de 10 de mayo y (BOE, 2006), de 19 de mayo, y se ajusta al propósito de obtener una mejor eficacia en el cumplimiento de las misiones que le son encomendadas: Dirección, Secretaría General y Tres Direcciones Técnicas. b) La Inteligencia Interior: Con dependencia orgánica del Ministerio del Interior, se estructuran las siguientes unidades: a. La Comisaria General de Información y el Servicio de Información de la Guardia Civil. b. En materia de inteligencia criminal: la Unidad Central Operativa y la Unidad Central de Inteligencia Criminal c. El Ministerio de Interior acoge, de igual manera, el Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista y el Centro de Inteligencia Contra el Crimen Organizado. d. El Ministerio de Economía y Hacienda incorpora la Unidad de Inteligencia Financiera (SEPBLAC) y el Servicio de Vigilancia Aduanera (SVA). e. Dentro del ámbito de la inteligencia interior debemos mencionar también las Unidades de Información de las Policías Autonómicas (Mossos D´Esquadra, Ertzaintza y Policia Foral Navarra). c) La Inteligencia Militar entre cuyas unidades de inteligencia encontramos: a. Centro de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, (CIFAS) b. Las Secciones y Divisiones de Inteligencia del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea (inteligencia táctica, seguridad y contrainteligencia) c. Las Unidades de Inteligencia, encargadas de obtener la información sobre el terreno.

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1Esquema de la estructura de los Servicios de Inteligencia espaテアoles. Fuente: www.intelpage.info

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 3.- EL SIGC. ESTRUCTURA Y COMPETENCIAS. El Servicio de Información de la Guardia Civil (SIGC) se encuentra integrado bajo la Dirección Adjunta Operativa de la Guardia Civil y dentro de la Jefatura de Información a la que corresponde, según el artículo 1 de la Orden General nº 4 de 6 de Abril de 2004: "organizar, dirigir y gestionar la obtención, recepción, tratamiento, análisis y difusión de la información de interés para el orden y la seguridad pública en el ámbito de las funciones propias de la Guardia Civil y la utilización operativa de la información, especialmente en materia antiterrorista en el ámbito nacional e internacional". La estructura del SIGC, tal y como viene expresada en la (BOC, 2004), queda reflejada en su artículo 3, tal y como se expresa a continuación: Coronel Jefe del SIGC El artículo 3 de la normativa de referencia indica que el SIGC se encuentra comandado por un Coronel de la Guardia Civil que habrá de encontrarse en situación de servicio activo. o

Grupo Central de Apoyo Logístico. (GCAL)

Al mando de un Comandante de la Guardia Civil, en situación de servicio activo, auxilia al Jefe del SIGC en materia de: personal, material específico, apoyo informativo, doctrina del Servicio y la coordinación y control de la difusión. Unidades Centrales Cada una de ellas está al mando de un Teniente Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo. Aplicando las técnicas del ciclo de inteligencia, obtienen, analizan y elaboran la información relacionada con su respectiva área de responsabilidad informativa para su utilización operativa, bien mediante la instrucción de diligencias de carácter penal (por sí mismas o en coordinación con las unidades de policía judicial del Cuerpo) o a través de la difusión que corresponda. o

Unidad Central Especial número 1 (UCE-1).

Atiende el área de responsabilidad informativa de aquellas amenazas terroristas internas que afecten más gravemente a la seguridad interior del Estado, así como a su entorno. o

Unidad Central Especial número 2 (UCE-2).

Atiende el área de responsabilidad informativa concerniente al resto de las amenazas terroristas, tanto de nivel nacional como internacional, grupos delincuenciales organizados con potencial desestabilizador, organizaciones dedicadas a favorecer la inmigración ilegal y su incidencia en la sociedad española, el tráfico de seres humanos, así como materializa el enlace y la colaboración con otros servicios afines de información extranjeros e internacionales. o

Unidad Central Especial número 3 (UCE-3).

Atiende las áreas de responsabilidad informativa de Información General (que incluye la referente a sectas y movimientos racistas, xenófobos y antisistema), Defensa Nacional, Contrainteligencia y Seguridad del Cuerpo, Ciberterrorismo y tecnologías de la información, así 6 Enrique Ávila Gómez.


SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 como las actividades contrarias a la normativa vigente que puedan afectar por su extensión o especial relevancia para el cumplimiento de las misiones de la Guardia Civil. En Materia de Ciberterrorismo es responsable el denominado Grupo Técnico Informático (GTI). o

Grupo de Apoyo Operativo (GAO).

Al mando de un Teniente Coronel de la Guardia Civil en situación de servicio activo. Materializa los apoyos que precisen las distintas Unidades del Cuerpo, previa orden del Jefe del Servicio, y que exijan una mayor cualificación en la utilización de medios técnicos o procedimientos operativos. Es el encargado de las acciones operativas, seguimientos, vigilancias, etc... o

Centro de adiestramiento y reciclaje del SIGC (CAR).

Al mando de un Comandante de la Guardia Civil en situación de servicio activo. Atiende las necesidades de formación continua, adiestramiento y reciclaje del personal del Servicio de Información de la Guardia Civil, complementando la instrucción de carácter general recibida en la Escuela de Especialización en el proceso de selección y titulación, orientándola a la actividad concreta a desarrollar, así como a la relación con los centros de enseñanza del Cuerpo y de otros servicios similares. Unidades Periféricas o

Sección de Información de Zona (SIZ).

Al mando de un Teniente Coronel, Comandante o Capitán (según los casos) de la Guardia Civil en servicio activo, tendrá la entidad, organización y estructura que se determine en el correspondiente libro de organización de la Zona, y, en todo caso, contemplará: – Mando. – Grupo de Elaboración de Zona (GEZ). En las Zonas que se determine existirá un Grupo de Obtención de Zona (GOZ), directamente dependiente del Mando de la Sección de Información, que podrá constituirse por los Subgrupos que se estimen necesarios atendiendo a la conflictividad y diversidad de las diferentes amenazas. En las Zonas uniprovinciales no existirá Sección, asumiendo sus cometidos el Grupo de Información de Comandancia. o

Grupo de Información de Comandancia (GIC).

Integrado en la Jefatura de Policía Judicial e Información de la Comandancia, estará al mando de un Capitán o Teniente de la Guardia Civil en servicio activo. Su composición será la siguiente. – Mando. – Subgrupo de Elaboración (SEC). – Subgrupo de Obtención (SOC).

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 El Subgrupo de Obtención de Comandancia podrá constituirse por los equipos que se estimen necesarios atendiendo a la conflictividad y diversidad de las diferentes amenazas.

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Equipos Básicos de Información (EBI).

Con carácter excepcional, y cuando las necesidades del servicio así lo aconsejen, a propuesta de los mandos territoriales, se podrá autorizar la constitución de Equipos Básicos de Información en las Compañías y Puestos que se determinen. Su composición, mando, dependencias, funciones, ubicación y demarcación será las que se establezcan en la Orden de creación.

El siguiente diagrama traslada, de forma gráfica, la información expuesta con anterioridad.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 4.- SISTEMA DE RECLUTAMIENTO DEL SIGC. Ya se expresa, en el Preámbulo de la Orden General nº4, de 6 de abril de 2004, cuales son los objetivos que han de considerarse como prioritarios en la acción de los miembros del SIGC. Es la lucha antiterrorista el objetivo principal de su actuación, siempre desde la óptica de un cuerpo policial pero afrontando este problema desde un punto de vista pluridisciplinar, tal y como requiere una lucha de esta complejidad, en la que intervienen elementos no relacionados directamente con la propia acción terrorista y que, a menudo, se mezclan con otras actividades ilícitas que sirven como soporte al mismo. La complejidad antedicha, así como la inherente a las materias que un Servicio de Inteligencia ha de investigar y que, a menudo van dirigidas a la acción ilícita de grupos con acceso a fuentes importantes de recursos económicos, en general con actividad en varios países y que desarrollan parte de su actividad de manera legal, ha de estar orientada a la adquisición de habilidades que permitan detectar la actividad de estos grupos. La eclosión de las Tecnologías de la Información ha supuesto la necesidad de adquisición de nuevas y, cada vez, más complejas habilidades en este mundo tecnológico ya que, sin este conocimiento, gran parte de la actividad de estos grupos resultaría indetectable. Todas estas razones inducen la necesidad de contar con especialistas en un conjunto de materias complejas relacionadas con la actividad económica y financiera, el mundo de la tecnología, la actividad de grupos internacionales que determinan la formación en el conocimiento de lenguas, etc. El primer filtro de acceso al SIGC se encuentra determinado en el propio acceso al empleo de Guardia Civil. Desde el punto de vista del ciudadano, este acceso se realiza a través de la superación de un conjunto de pruebas que dan acceso al ingreso, como alumno, a un periodo de formación de dos años que, si es superado, permite adquirir la condición de guardia civil. El nivel de Oficial Superior se adquiere como resultado de la superación de 5 años de actividad académica en la Escuela de Oficiales del Ejército de Tierra y de la Escuela de Oficiales de la Guardia Civil, de donde saldrán los futuros miembros de la Escala de Oficiales Superiores de la Guardia Civil. Existe una Escala de Oficiales (no superiores) cuyo objeto es permitir la promoción interna del personal debido a las estrictas limitaciones de edad existentes para el acceso a la Escala Superior. Con el fin de cubrir las necesidades técnicas específicas para el acceso a determinados empleos, se crean las denominadas Escalas Facultativas. Éstas, a nivel superior y técnico, proveen de especialistas en determinadas materias al Instituto Armado.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 Un elemento adicional, que adquirirá importancia en el desarrollo de este trabajo, es el hecho de que la escala de Suboficiales se nutre, exclusivamente, a través de procedimientos de promoción interna desde la Escala de Guardias y Cabos, mediante concurso-oposición. Todos los ascensos y cambios de Escala, suponen la superación de un periodo de formación determinado por el grado al que da acceso, convalidándose la adquisición de este grado con los niveles de titulación correspondientes a los antiguos niveles educativos universitarios de carreras de grado medio y superior, respectivamente. De todo lo antedicho, podemos comprobar cómo, ya desde el acceso a la condición de alumno en cualquiera de las Escalas, se determina un Plan de Estudios, de carácter genérico que conforma las bases de la formación en materia policial de los futuros guardias civiles. El SIGC, tal y como hemos expresado con anterioridad, es un Servicio de Inteligencia, cuya necesidad de especialización en la adquisición de determinados conocimientos es muy alta. Tanto la complejidad de los asuntos que aborda como la necesidad de trabajar sobre el terreno, dibujan la necesidad de establecer diferentes perfiles entre los agentes que prestan servicio en sus filas. Así, mientras los denominados Grupos Operativos, se encuentran conformados por agentes de campo con conocimientos específicos en técnicas de infiltración y contrainteligencia, los grupos de apoyo habrán de estar integrados por personal con un perfil técnico que puedan acometer tareas de análisis y generación de informes de inteligencia, de ayuda al decisor. Estas aseveraciones quedan reflejadas en el procedimiento formal de reclutamiento de los futuros miembros del SIGC. La evaluación de este personal puede comenzar desde su acceso, como alumno, a la academia de la que saldrá investido de las potestades de agente de la autoridad. Los múltiples análisis psicológicos y de habilidades que se realizan en este periodo formativo y recogidos en informes de evaluación del desempeño personal, permiten evaluar una serie de habilidades específicas que, en su momento, podrán permitir el acceso de este personal a realizar labores dentro del SIGC, una vez adquirida la experiencia necesaria en trabajo de campo de índole policial. La vía oficial de reclutamiento del SIGC se realiza a través de convocatorias realizadas en el Boletín Oficial del Cuerpo, con carácter periódico. El SIGC queda configurado como una especialidad del Cuerpo por lo que requiere de un intenso programa de formación previa que, una vez superado permite, en los casos que así se determine, acceder a pertenecer al mismo. Esta especialidad, además, está sujeta a renovación temporal por lo que es preciso seguir un estricto programa de renovación de conocimientos y evaluación de competencias, una vez se pertenece a la misma, si no se quiere perder la especialidad.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 Se trata de un aspecto muy interesante de esta especialidad, que será comentado en el capítulo correspondiente dado que no todas las especialidades se encuentran sujetas a este proceso de renovación de la adscripción a la misma. Una vez aceptada la solicitud para cursar esta especialidad, por parte del agente, comienza una fase no presencial de formación cuyos contenidos actualizados son los siguientes: PERIODO DE ENSEÑANZA A DISTANCIA MÓDULO 1.- “MARCO LEGAL DE ACTUACIÓN DEL AGENTE DE INFORMACIÓN” a) UD 1.- Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, del Código Penal . Libro II.     

Unidad 1 Título I, Del homicidio y sus formas. Unidad 2 Título III, De las lesiones. Unidad 3 Título VI, Delitos contra la libertad. Unidad 4 Título VII, De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Unidad 5-7 Título XVII.- De los delitos contra la seguridad colectiva. Capítulo I de los delitos de riesgo catastrófico: o Delitos relativos a la energía nuclear y radiaciones ionizantes. o De los estragos. o De otros delitos de riesgo provocados por otros agentes. Unidad 8-11 Título XXI.- Delitos contra la Constitución. o Capítulo III, Sección 1ª.- Delitos contra las instituciones del Estado. o Capítulo IV, Sección 1ª.- De los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. o Capítulo V.- De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales. o Capítulo VI.- De los ultrajes a España. Unidad 12-14 Título XXII.- Delitos contra el orden público. o Capítulo II.- De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. o Capítulo III.- De los desórdenes públicos. o Capítulo V.- De la tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos y de los delitos de terrorismo.

b) UD 2.- Legislación procesal. 

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Unidades 1-8 Ley de Enjuiciamiento Criminal. Libro II. (Sólo las que seguidamente se especifican). Enrique Ávila Gómez.


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Unidad 1  Título III.- De la policía judicial. Unidad 2-5  Título V.- De la comprobación del delito y averiguación del delincuente.  Capítulo primero.- De la inspección ocular.  Capítulo segundo.- Del cuerpo del delito.  Capítulo tercero.- De la identidad del delincuente y de sus circunstancias personales.  Capítulo quinto.- De las declaraciones de los testigos. Unidad 6-7  Título VI.- De la citación de la detención y de la prisión provisional.  Capítulo segundo.- De la detención.  Capítulo cuarto.- Del ejercicio del derecho de defensa, de la asistencia de abogado y del tratamiento de los detenidos y presos. Unidad 8  Título VIII.- De la entrada y registro en lugar cerrado, de los libros y papeles y de la detención y apertura de correspondencia escrita y telegráfica. Unidad 9  Ley Orgánica 6/1984 de 24 de mayo, del Habeas Corpus (B.O.E. Número 126 de 26 de mayo). Unidad 10  Ley Orgánica 19/1994 de 23 de Diciembre, de protección a testigos y peritos en causas criminales (B.O.E. número 307 de 24 de diciembre).

c) UD 3.- Protección de documentación y datos de carácter personal.  

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Unidad 1 Art. 105.B de la Constitución Española. Unidad 2-4 o Ley Orgánica 10/1995 de 23 de Noviembre, del Código Penal (B.O.E. número 281 de 24 de Noviembre):  Libro II, Título X, Capítulo I.- Del descubrimiento y revelación de secretos.  Libro II, Título XIX, Capítulo IV.- De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos.  Libro II, Título XXIII, Capítulo III.- Del descubrimiento y revelación de secretos e informaciones relativas a la defensa nacional. Unidad 5 o Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre Secretos Oficiales. Unidad 6 o Decreto 242/1969, por el que se desarrollan las disposiciones de la Ley anterior. Unidad 7 Enrique Ávila Gómez.


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Acuerdo Consejo de Ministros de 28 de Noviembre de 1986, sobre clasificación de determinados asuntos y materias con arreglo a la Ley de Secretos Oficiales. Unidad 8 o Instrucción de la Dirección de Seguridad del Estado (14 de octubre de 1988) sobre Tratamiento de las materias clasificadas e instrucción 18/1991 ampliatoria de la anterior. Unidad 9 o Acuerdo del Consejo de Ministros de 16/02/1996 por la que se clasifican determinados asuntos y materias con arreglo a la ley de secretos oficiales. Unidad 10 o Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, sobre la protección de datos de carácter personal (B.O.E. número 298 de 14 de diciembre).

MÓDULO 2.- “MATERIAS ESPECÍFICAS ” a) UD 1.- Introducción a las amenazas y conceptos generales.         

Unidad 1 Aproximación al Islam y al Yihadismo. Unidad 2 Introducción a las bandas latinas y al movimiento antisistema. Unidad 3 Introducción al terrorismo (definición, antecedentes históricos, causas, justificaciones, asimetría, etc.) Unidad 4 Historia de ETA. Unidad 5 Historia de GRAPO. Unidad 6 Otros Riesgos y Amenazas. Unidad 7 Delincuencia organizada. Unidad 8 Inmigración irregular. Unidad 9 Introducción a la contraproliferación.

MÓDULO 3.- “DERECHOS HUMANOS” a) UD 1.- Derechos humanos.

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Unidad 1 Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de Diciembre de 1948. Proclamada y adaptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. Resolución 271 A (III). Unidad 2 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966). Unidad 3 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) Unidad 4 Convención de Salvaguardia de los Derechos del Hombre y de las libertades fundamentales – Roma, 4 de noviembre de 1950-. (B.O.E. 243/79). Unidad 5 Carta de los Derechos Fundamentales de la UE (2000)

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011     

Unidad 6 ONU. Resolución 34/169, de 17 de diciembre de 1979, sobre código de conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley. Unidad 7 Resolución 690 (1979) relativa a la declaración sobre la Policía, aprobada por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa el 8 de mayo de 1979 (5). Unidad 8 Principios básicos de actuación. Artículo quinto de la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Unidad 9 Circular nº 8, dada en Madrid el día 20 de Noviembre de 2000, sobre Protección de los Derechos Humanos. Unidad 10 Instrumento de Ratificación del protocolo facultativo a la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, hecho en Nueva York el 18 de diciembre de 2002. (B.O.E. núm. 148 de 22 de junio de 2006). Unidad 11 Protocolo facultativo a la Convención contra la Tortura-Inspección de los Centros de custodia de detenidos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, elaborado por la Inspección de Personal y Servicios de Seguridad de la Secretaría de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior.

MÓDULO 4.- “PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES ”     

Unidad 1 Real Decreto 179/2005, de 18 de febrero, sobre prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil. Unidad 2 INT/724/2006, de 10 de marzo, por la que se regulan los órganos de prevención de riesgos laborales en la Guardia Civil. Unidad 3 Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los Derechos y Deberes de los miembros de la Guardia Civil, Artículos 31 y 34. Unidad 4 Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil; Artículo 92. Unidad 5 Manual para la Prevención de Riesgos Laborales en la Dirección General de la Policía y Guardia Civil (Guardia Civil). Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. Definición y aprobación de la documentación del Sistema de Gestión. Declaración de Principios; Pág. 45 a 49.

Como podemos observar, se trata de un periodo de formación en el que se incide en un conjunto de normativa básica relacionada con la propia actividad policial y se señalan las líneas básicas de lo que serán las materias específicas que se desarrollarán dentro del período de formación presencial que, en caso de su aprovechamiento por parte del personal preseleccionado, dará paso a la obtención de la especialización correspondiente. Será en este periodo presencial donde se impartirán los conocimientos específicamente diseñados para que la actividad de los grupos operativos asignados al SIGC tengan la calidad necesaria, de tal manera que los riesgos objeto de su actividad sean reducidos, en la medida de lo posible.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 Antes de la incorporación al periodo presencial, se realiza un examen mediante el cual, se rechazan, aproximadamente, un 50% de los candidatos que han tenido acceso a la fase a distancia1. Tal y como podemos deducir de los contenidos de la formación a distancia, se está produciendo un cambio de paradigma en lo que va a ser la preparación requerida por los agentes de campo y analistas de este Servicio. De estar orientado, fundamentalmente, a la lucha contra la actividad de ETA, poco a poco va desplazando este objetivo hacia otro tipo de amenazas que requieren nuevas habilidades y conocimientos. Por ello, el periodo presencial y, sobre todo, la adscripción a los grupos operativos con carácter temporal, son una fuente de conocimiento de enorme valor para los nuevos agentes cuya futura experiencia servirá para añadir nuevo conocimiento, nueva inteligencia, a toda la organización. Hasta este punto, hemos tratado el tema del reclutamiento desde el punto de vista oficial. La siguiente información ha sido adquirida a partir de la realización de varias entrevistas a mandos2 con una dilatada experiencia en la dirección de equipos operativos3 y en la selección y evaluación de personal adscrito a estos grupos.4 Toda organización, en sus relaciones internas, genera una dinámica de comportamiento que, en base a la experiencia y a la costumbre, puede perfilar la interpretación de la normativa de aplicación. Utilizando un lenguaje jurídico, podríamos decir que, sin existir costumbres contra-legem, sí se aplican estas en ausencia de normativa específica o bien como una herramienta de mejora, ya sea ésta percepción real o no, de esta misma normativa. Fundamentalmente en los la acción de los grupos operativos de cualquier cuerpo policial, la confianza es un elemento clave a la hora de conformar los equipos. Por ello, además de los requerimientos en cuanto a mérito y capacidad, a la hora de acceder a un puesto de trabajo en el SIGC, se exige una relación de conocimiento personal del candidato con personal que ya se encuentre en su disciplina o bien, a lo largo de su vida profesional, un destacado comportamiento que haya quedado reflejado en los IPGUCI5 correspondiente. Este hecho, además, permite asegurar, en cierto modo, que el candidato conoce las actividades que se realizan en este Servicio y las servidumbres que ello conlleva, toda vez que 1

En la convocatoria publicada en el BOGC de 21 de junio de 2011, el número de plazas de acceso a la formación a distancia ha sido de 80. Para la fase presencial, únicamente se encuentran disponibles 41 plazas, para todas las categorías profesionales. 2 Por seguridad, solo se nombrarán los empleos y su relación con la actividad merecedora de atención en este trabajo. 3 Un Coronel y un Teniente Coronel, este último detentador de dos Cruces Rojas, con una dilatada experiencia en la dirección de grupos operativos en la lucha contra el terrorismo de ETA. 4 Un Coronel, Director de un centro de formación interno y dos capitanes psicólogos, evaluadores de los candidatos al SIGC. 5 Informes Personales de evaluación de desempeño de la Guardia Civil.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 el acceso a esta especialidad, de manera oficial, refleja una servidumbre de adscripción a la misma de un mínimo de 4 años. Se buscan una serie de perfiles muy determinados que aúnen conocimiento, creatividad, pocos lazos familiares, sociabilidad y amor por el servicio, en lo que a habilidades requeridas para los agentes de campo. Los analistas habrán de caracterizarse por su conocimiento del tema asignado, su racionalidad, su habilidad para relacionar acontecimientos y para transmitirlos de la forma más aséptica posible. Habilidades, por qué no decirlo, comunes para cualquier analista de inteligencia. La actividad de los agentes de campo, agentes infiltrados y agentes de contrainteligencia se caracteriza por su nivel de estrés. Por ello, el perfil psicológico de cualquiera de estos agentes, en todo caso, habrá de caracterizarse por su estabilidad y capacidad de innovación, su creatividad y, de forma continua, será reexaminado con el fin de evaluar su pérdida de capacidades. Cualquier error en este sentido puede determinar el fracaso de una acción por parte del Servicio, poniendo en riesgo a las personas y/o a los intereses generales y este es el motivo por el que, de forma ejecutiva, se permite el cese inmediato de funciones en este Servicio, cosa que no ocurre en otras especialidades del Cuerpo. Un elemento adicional que se nos ha puesto de manifiesto por parte de los mandos entrevistados es la progresiva necesidad de relacionarse con otros Servicios de Inteligencia con el fin de hacer frente a las acciones de toda forma de delincuencia internacional. Este hecho ha supuesto la necesidad de ofrecer y requerir una sólida formación en idiomas de trabajo habituales en las relaciones internacionales (inglés y francés, fundamentalmente), pero también en idiomas que, por motivos estratégicos, son de interés para la acción de nuestros Servicios. Fundamentalmente nos referimos al árabe, al chino y al ruso. La acción de este Servicio ha de verse completada por un nutrido grupo de agentes que puedan interaccionar con agentes de otros servicios en una situación geoestratégica en la que la colaboración entre Servicios “amigos” supone un objetivo irrenunciable en la lucha contra forma de delincuencia transnacional.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 5.- CONCLUSIONES. Este estudio ha tenido dos vías de obtención de información relevante a su confección: Por un lado se ha revisado la normativa interna relacionada con la selección de candidatos para su adscripción al Servicio de Información de la Guardia Civil. En segundo lugar se ha procedido a realizar un pequeño trabajo de campo mediante el cual se ha tratado de trasladar la experiencia de personal involucrado tanto en el proceso de selección de los agentes como en la conformación y dirección de los equipos de investigación y análisis. Ambos aspectos nos han permitido dibujar un entorno de trabajo mediante el cual podemos describir, a grandes rasgos, cuales son los procedimientos reglados mediante los cuales se procede a la primera selección de los agentes, las materias objeto de estudio en los cursos de formación y las habilidades intelectuales, psicológicas y operativas de los futuros miembros del Servicio de Información de la Guardia Civil. De igual forma, hemos podido constatar cómo la adscripción a los grupos operativos y de analistas se realiza con carácter provisional y con una servidumbre de un mínimo de 4 años al tratarse de un entorno de Inteligencia en el que la formación continua, la reevaluación del candidato, y la necesidad de relaciones de confianza para la pertenencia al Servicio son elementos clave a la hora de definir los perfiles de los puestos de trabajo asignados a este servicio. Otro elemento que hemos considerado como importante ha sido la necesidad de readaptación que ha precisado el Servicio y, por lo tanto de sus miembros, con el fin de enfrentarse a los nuevos riesgos que han aparecido en los últimos años, gracias a lo cual, se han ido diseñando nuevos planes de formación, nuevas especialidades y se han requerido nuevas habilidades de los candidatos al Servicio. Esto se ha manifestado en los contenidos de estudio reflejados en las convocatorias de acceso al curso de formación de la especialidad donde la lucha contra el terrorismo de ETA ha ido ocupando un lugar más secundario mientras se ha privilegiado la lucha contra el terrorismo internacional o contra los grupos organizados de delincuencia. El último elemento que, durante el trabajo de campo, se nos ha transmitido ha sido la relevancia que, para el SIGC tienen las relaciones internacionales. Ello conlleva, desde el punto de vista del reclutamiento, la necesidad de requerir de los candidatos una sólida formación en otros idiomas y ofrecer a los integrantes del Servicio, formación y reciclaje en esta área de conocimiento. De esta forma, a través de relaciones muchas veces de carácter no oficial, establecidas en periodos formativos, asistencias a seminarios internacionales y acciones policiales comunes, se establecen canales de comunicación informales que, en muchas ocasiones suponen la vía de acceso a la colaboración entre los Servicios de Inteligencia de varios países.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 Estas vías de comunicación informal, se constituyen, tal y como se nos ha transmitido en varias ocasiones a lo largo de las entrevistas realizadas, en una de las mejores herramientas para la acción conjunta de los Servicios y para el rápido intercambio de información sobre determinadas acciones delictivas por parte de grupos organizados que, por vía oficial, serían difícilmente detectables y perseguibles, en un mundo en el que la información se transmite con carácter inmediato de un punto a otro del globo.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 6.- RECOMENDACIONES. Una vez obtenida la información que ha quedado reflejada en este documento, creemos que, en un principio, podría ser criticable que, en demasiadas ocasiones, se opte por la vía del conocimiento personal para el acceso a las plazas ofrecidas por el SIGC. Este hecho que, sin duda, es mejorable, refleja la necesidad de la confianza a la hora de pertenecer a un grupo de estas características, lo cual no es necesariamente malo. Por otro lado, nos parece muy correcto que esta especialidad refleje la necesidad de una continua reevaluación de las habilidades de sus integrantes y la posibilidad de que éstos puedan perder la especialidad en caso de no superar las pruebas de reevaluación. No obstante, bajo nuestro punto de vista, el elemento más discutible en los procesos de selección y en la adscripción a este Servicio es la imposibilidad de integrar a personas cualificadas que no sean agentes de la autoridad. Desde luego, el trabajo de infiltrado, el trabajo de campo ha de ser realizado por agentes pero es discutible, al menos con los argumentos que se han expresado de manera recurrente por parte de los mandos entrevistados, que otro personal no policial no pudiese contribuir, con su conocimiento especializado, en la fase de análisis. El trabajo policial, como cualquier otro, puede ser entendido por personal no policial. Su concepto de la seguridad, de la custodia de la prueba, de la custodia de los documentos, puede trasladarse a otros ámbitos de conocimiento y es perfectamente asumible por consultores no policiales siempre que se establezcan relaciones de servicio suficientemente seguras desde el punto de vista jurídico, definiéndose perfectamente las áreas de responsabilidad y las consecuencias de cualquier acción dolosa o culposa por parte del personal involucrado. Por ello, nos permitimos introducir como recomendación principal, después de nuestra exposición, la necesidad de aportar experiencia en la fase de análisis por parte de personal especializado, no necesariamente de carácter policial. De esta manera se dispondrá de acceso a nuevos caudales de conocimiento y experiencia en otras actividades que, sin duda, generarán nuevos procedimientos y experiencia en el nivel de análisis del SIGC.

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SIGC. Estructura, función y reclutamiento 2010/2011 Bibliografía BOC. (6 de 04 de 2004). Orden General nº 4, de 6 de abril de 2004. Madrid. BOE. (2002). Real Decreto 436/2002. BOE. (2006). Real Decreto 612/2006. Boletín Oficial del Cuerpo. (30 de 04 de 2004). BOC nº 12 2004 de 30 de Abril. Bonilla, D. N. (2004). GESTIÓN DEL CONOCIMIENTO Y SERVICIOS DE INTELIGENCIA. Madrid: Boletin Oficial del Estado y Universidad Carlos III de Madrid. Jordán, J. (03 de 2011). Introducción al análisis de inteligencia. Recuperado el 04 de 2011, de GESYP: http://wdb.ugr.es/~gesyp/analisis-inteligencia SIGC. (05 de 03 de 2011). Fase a distancia enseñanza. Obtenido de http://www.intranet.gc. Vignettes, M. (2010). El Ciclo de Inteligencia. Naturaleza y alternativas. Inteligencia y Seguridad nº 8, 113-136.

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