C贸digo Procesal Penal de Neuqu茅n Estructura del Procedimiento letuchia@gmail.com
Aspectos novedosos • Finalidad de resolución del conflicto (Art. 17) • Incorporación y regulación específica de juicios con jurados populares (Art. 35) • Organización judicial horizontal (Art. 38) • División de funciones jurisdiccionales y administrativas (Art. 39) • Audiencia como regla de actuación (Art. 75) • Limitación a la tinterillada (Arts. 95 a 98. Actividad procesal defectuosa)
Sujetos
•Tribunal Superior de Justicia Tribunales en el Proceso(32) penal •Tribunales de impugnación (33) (24 a 47) •Tribunales de Juicio (34) •Tribunales de Jurados (35, 43 a 47) •Jueces de Garantías (36) •Jueces de Ejecución Penal (37)
•Imputado (48 a 54) •Defensa técnica (55 a 59)
Defensa (48 a 59)
•Víctima (55 a 62) •Querellante (63 a 68) •Ministerio Público Fiscal (69 a 73)
Acusación (55 a 73)
Momentos del proceso penal
Admisión del caso (99 a 109)
Etapa preparatoria (123 a 163)
Control de mérito de la acusación (164 a 173)
Juicio oral y público (174 a 226)
Control de las decisiones judiciales (227 a 258)
Ejecución (259 a 266)
Acciones Penales
• Pública • Dependientes de instancia privada • Privada
Admisión del caso
• Oportunidad (106, 107). Escasa relevancia, pena natural, conciliación, mediación • Suspensión del juicio a prueba (108). Pena de ejecución condicional Disponibilidad • Pueblos indígenas (109). Remisión a Convenio 169
Medidas Cautelares
• Excepcionalidad, proporcionalidad y temporalidad (110) • Supuesto material + Peligro de Fuga u Obstaculización (114) • Obligación de resolver en audiencia (116)
Etapa preparatoria Inicio
Valoración
Investigación
Conclusión
•Denuncia (126 a 128) •Averiguación preliminar. Máximo 60 días (129) •Investigación genérica (134)
•Dentro de 60 días. •Desestimación •Aplicación de Criterio de Oportunidad •Remisión a conciliación o mediación •Archivo •Apertura de investigación
•Inspecciones, requisas, informes de expertos, reconocimientos, exámenes corporales, registros, allanamientos, secuestros, interceptaciones telefónicas, clausuras, información digital. (135 a 154) •Posibilidades de adelanto probatorio (155, 156) •Máximo de duración: 4 meses (158)
•Acusación •Sobreseimiento •Suspensión del juicio a prueba
Control de mérito de la acusación
• Fiscal presenta acusación • Se comunica (fiscal) a víctima y querella (plazo 5 días para pronunciarse) Requerimiento • Se comunica (oficina judicial) a la defensa (plazo 5 días para comunicar prueba)
apertura a juicio
Control de la acusación
• Audiencia de control de la acusación • Presentación de acusación. Oposiciones de la defensa • Posibilidad de reparación/ conciliación • Discusiones probatorias. Legalidad, pertinencia, convenciones
• Resolución de cada punto planteado • Apertura a juicio: tribunal competente, acusación admitida, convenciones aceptadas, pruebas admitidas, pruebas rechazadas con fundamento. Decisión judicial
Tipos de juicio
Aspectos comunes
Aspectos distintivos
•Con jueces técnicos •Con jurados populares •Procedimiento especial en acción privada •Procedimiento abreviado. Acuerdo Pleno; Acuerdo Parcial; Juicio Directo •Asuntos complejos •Medidas de Seguridad
Juicio Oral y Público
•Juez técnico dirige la audiencia •Inmediación y continuidad. Suspensión como EXCEPCIÓN con plazo máximo de 10 días y no más de 2 veces. •Cesura: Fase 1, discusión de los hechos. Fase 2, discusión de la pena •Partes presentan sus casos y producen su prueba. Los jueces NO PRODUCEN prueba. •Partes hacen su alegato final valorando todo lo presentado.
•Jueces técnicos: deliberan y fundamentan sentencia •Juicio por jurados: audiencia previa de selección del jurado. Obligación de integración plural. 12 titulares, 4 suplentes. Deliberan de acuerdo a instrucciones que brinda el juez técnico, previamente acordadas con las partes. •Procedimientos por acción privada: conciliación previa a la audiencia de juicio
• Sólo puede impugnar quien está legitimado • Para impugnar, debe acreditarse agravio • Durante audiencia, sólo revocatoria con implicancia de reserva • Prohibición de modificación en perjuicio. • Las impugnaciones se resuelven en audiencia.
Control de las decisiones judiciales Reglas
Decisiones impugnables
• Las que involucren poner fin al proceso o resuelvan una medida cautelar (233) • Si el gravamen puede repararse en la sentencia definitiva, esa será la decisión impugnable (reserva de resolución allí). • Límites al control extraordinario
• Realiza cómputo de la pena fijando: • Fecha en que finaliza la condena • Mitad de la condena • Momento a partir del cual el condenado puede comenzar a variar su régimen de cumplimiento
Ejecución
Oficina judicial
Juez de ejecución
• Resuelve, en audiencia, todos los planteos que las partes hagan relativas a la ejecución y su cumplimiento. • Controla reglas de conducta en medidas no privativas de la libertad.