INGRESANTES. Respuestas válidas examen oral

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RESPUESTAS CORRECTAS Definir las funciones Definir la organizació n Definir el funcionami ento del Poder Judicial de Neuquén

FUNCIÓN DEL PODER JUDICIAL 1. División de Poderes: El Poder Judicial es uno de los tres poderes y funciones primordiales del Estado (junto con el poder legislativo y el poder ejecutivo), mediante la aplicación de las normas y principios jurídicos en la resolución de conflictos. Por «poder», en el sentido de poder público, se entiende a la organización, institución o conjunto de órganos del Estado, que en el caso del Poder Judicial son los órganos judiciales o jurisdiccionales: juzgados y tribunales, que ejercen la potestad jurisdiccional, que suele gozar de imparcialidad, autonomía y poder absoluto dentro de la ley. 2. Función de Control para garantizar el estado de derecho Según la teoría clásica de Montesquieu de la separación de poderes, que distingue entre poder legislativo, ejecutivo y judicial, la división garantiza la libertad del ciudadano. Quien interpretó que un poder judicial independiente puede ser un freno eficaz del poder ejecutivo. Bajo esta separación de poderes, nace el llamado estado de derecho, en el cual los poderes públicos están igualmente sometidos al imperio de la ley. El poder judicial debe ser independiente para poder someter y controlar a los restantes poderes, en especial el ejecutivo, cuando estos contravengan el ordenamiento jurídico y convertirse en el encargado de hacer efectivo la idea del Derecho como elemento regulador de la vida social. 3. Función de Administración de justicia El Poder Judicial, es el encargado de administrar justicia, es decir, de velar por la correcta aplicación de las leyes en los casos particulares en los que no se cumplen o se generan conflictos para garantizar el derecho de las personas y devolver la paz social. La aplicación de la Ley se concreta a través de la figura del Juez imparcial tutelando el proceso democrático. Constitución Nacional: 4. Capítulo II. Atribuciones del Poder Judicial. Artículo 116 Corresponde a la Corte Suprema y a los tribunales inferiores de la Nación, el conocimiento y decisión de todas las causas que versen sobre puntos regidos por la Constitución, y por las leyes de la Nación, con algunas reservas ….. 5. Constitución Provincial. Competencia. Artículo 226 Corresponde al Poder Judicial el conocimiento y decisión de las causas que versen sobre puntos regidos por esta Constitución, por los tratados que celebre la Provincia y por las leyes de la Legislatura; de las causas que se susciten contra Página 1 de 21

1. Division de Poderes: 2. Función de Control 3. Función de Administración de justicia 4. CN. Atribuciones del Poder Judicial. 5. CP. Competencia y exclusividad 6. CP. Conformación y Ley orgánica: Órganos jurisdiccionales. 7. MPF y MPD 8. Circunscripciones 9. Fueros. 10. Órganos auxiliares


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