Despacho Judicial
Video Introductorio • https://www.youtube.com/watch?v=2Xx0VNi Q9X4&list=UUOVyaSnrsYBaUkauDmj9tFQ&ind ex=18
Procedimientos orales o escritos y gestión de los despachos • Procedimientos escritos: – Labor del tribunal concentrada en la construcción del “expediente”: – Número más o menos elevado de empleados judiciales, con algún tipo de formación jurídica;
Procedimientos orales o escritos y gestión de los despachos • Procedimientos orales: – Las decisiones son tomadas por los jueces en audiencias, que es el hito central (no el expediente); – Los recursos del tribunal estarán en función de la más eficiente organización de audiencias; – Los integrantes de la oficina judicial no necesariamente necesitan formación jurídica
Procedimientos orales o escritos y gestión de los despachos • Problemas por la falta de cambios en el paso del sistema escrito al oral: – Concepción formalista de diligencias clave para que la audiencia se concrete (notificaciones, por ejemplo); – Gestión encargada a funcionarios sin la capacitación necesaria para lograr efectiva realización de audiencias;
Organización tradicional de despachos • Juez, secretario y conjunto de empleados que cooperan en su trabajo, en un mismo espacio físico y ejerciendo funciones exclusivamente en un determinado radio territorial; • Cada tribunal genera su propia organización, replicándose en cada una de ellas todas las funciones requeridas para cumplir su cometido
Organización tradicional de despachos • Inconvenientes: – Organización poco eficiente, no aprovecha economías a escala (cada uno replica diversas funciones que sería más eficiente fueran asumidas en común); – Dificultades para establecer sistemas equitativos de distribución de carga de trabajo; – Poco poder relativo para la toma de decisiones sobre la gestión;
Alternativas de estructura institucional • Constitución de “servicios comunes” • Esquema de trabajo común. “Colegio de jueces” • Limitaciones a estas posibilidades: – Sistema escrito; – Necesidades de acceso a la justicia (no concentración); – Capacidades de administración limitadas;
Definición del modelo operativo de las oficinas judiciales • Construir un flujograma preciso con etapas y acciones que deben realizarse en el transcurso del proceso; – Agrupar funciones separando lo administrativo de lo jurisdiccional; – Dentro de lo administrativo, identificar lo que debería ser tarea de unidades diferenciadas
• Estimación de los tiempos de cada una de las etapas y acciones, incluyendo los tiempos muertos
C贸digo Procesal Penal de Neuqu茅n Estructura del Procedimiento
Aspectos novedosos • Finalidad de resolución del conflicto (Art. 17) • Incorporación y regulación específica de juicios con jurados populares (Art. 35) • Organización judicial horizontal (Art. 38) • División de funciones jurisdiccionales y administrativas (Art. 39) • Audiencia como regla de actuación (Art. 75) • Limitación a la tinterillada (Arts. 95 a 98. Actividad procesal defectuosa)
Sujetos en el Proceso penal Tribunales (24 a 47)
•Tribunal Superior de Justicia (32) •Tribunales de impugnación (33) •Tribunales de Juicio (34) •Tribunales de Jurados (35, 43 a 47) •Jueces de Garantías (36) •Jueces de Ejecución Penal (37)
•Imputado (48 a 54) •Defensa técnica (55 a 59)
Defensa (48 a 59)
•Víctima (55 a 62) •Querellante (63 a 68) •Ministerio Público Fiscal (69 a 73)
Acusación (55 a 73)
Dos posible diseños de relación entre la Oficina Judicial y la Judicatura
ETAPA PREPARATORIA, JUICIO
OFIJU IMPUGNACION
ETAPA PREPARATORIA, JUICIO
DEFENSA
ACUSACIÓN
IMPUGNACIÓN
OFIJU
OFIJU DEFENSA
ACUSACIÓN DEFENSA
ACUSACIÓN
Momentos del proceso penal Admisión del caso (99 a 109)
Etapa preparatoria (123 a 163)
Control de mérito de la acusación (164 a 173)
Juicio oral y público (174 a 226)
Control de las decisiones judiciales (227 a 258)
Ejecución (259 a 266)
MetodologĂa de Audiencias
Leticia Lorenzo
¿Por qué comenzar hablando de audiencias? • CPP. ART. 75. ORALIDAD. Todas las peticiones o planteos de las partes que deban ser debatidas se resolverán en audiencias orales y públicas, salvo las que sean de mero trámite, que serán resueltas por la oficina judicial. • Libro I (Principios Generales y Lineamientos) Título III (Actividad Procesal) Capítulo I (Actos Procesales) Sección Segunda (Audiencias). Arts. 82 a 86 Leticia Lorenzo
¿Qué es una audiencia? • Un sistema oral se caracteriza por la existencia de “audiencias” como metodología central para la toma de decisiones relevantes del proceso. Es decir, por un abandono de la metodología de expediente como forma de producción de información para la toma de decisiones judiciales y su reemplazo por una forma muy distinta para tomar estas decisiones. Leticia Lorenzo
¿Qué tipo de audiencias tenemos en el NCPP? • Etapa previa al juicio – Audiencias controversiales – Audiencias consensuales – Pedidos unilaterales
• Audiencia de Juicio – Controversial
• Audiencia de Control de Decisiones – Controversial
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PRODUCCIÓN DE AUDIENCIAS
Leticia Lorenzo
• El que exista un expediente con toda la información de la instrucción es la principal causa de la desvalorización del juicio en los procedimientos inquisitivos. Si efectivamente no se va a usar esa información para resolver, ¿para qué darse la molestia de juntarla?
Leticia Lorenzo
Proceso Núcleo de Sistema por Audiencias – Subprocesos Implicados
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Línea jurisdiccional
Línea administrativa
• Jueces • Fiscales • Defensores
• • • • • •
Atención al público Sala Administración de causas Servicios Testigos y peritos Asistencia jurídica
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Petición • ¿Cómo pedirla? – Escrito informal, correo electrónico, fax, telefónicamente. – CUIDADO: la petición no reemplaza la discusión en audiencia. Pedido simple y al punto, no discutir el fondo.
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Asignación y agendamiento • Asunto nuevo – Gestión general de ingreso (asignación de nro, registro informático, apertura de carpeta de antecedentes, etc.)
• Asunto ya iniciado – Se agenda directamente
• Agendamiento – – – – –
Disponibilidad de tiempo juez y demás actores. Disponibilidad de sala Duración probable de la audiencia Sistema integrado para todos los jueces y público. On line Evitar dilaciones
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Comunicación/ Notificación • No es un trámite formal: lograr que las personas efectivamente concurran a la audiencia. • Desde la legislación: Fin sobre forma. Art. 94 (claridad, precisión, suficiencia) • Desde la práctica general: acordar mecanismos simples de notificación (juez u oficina judicial) • Desde la necesidad puntual: confirmar la asistencia • Desde la estadística: producir información sobre audiencias producidas vs. no producidas. Identificar causas. Leticia Lorenzo
Preparación • Objetivos: – Asegurar que todos aquellos elementos materiales que se requieren para la realización de la audiencia se encuentren disponibles (sala, equipamiento, antecedentes para el juez). – Asegurar que todas las personas cuya asistencia es condición para la realización de la audiencia efectivamente asistan.
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Registro Qué registrar • Necesidades a cubrir: 1. 2. 3. 4.
Certeza Seguimiento Revisión Litigación
Cómo registrar • 1, 2 y 3: – Constancia breve de lo resuelto – Provisión a jueces de formularios preimpresos
• Litigación – Producción de prueba: – Rápida y permanentemente a disposición de las partes. Completos. Literales, fieles a lo dicho o resuelto – Su confección no puede significar alterar o interrumpir el desarrollo de la audiencia Leticia Lorenzo
Actividades posteriores • Organización de una nueva audiencia • Envío de un imputado a prisión • Importante: coordinación con agencias involucradas
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Temas adicionales • Infraestructura – Tamaño suficiente. Condiciones de seguridad (control de los acusados, separación del público). Sistemas de audio (o video) adecuados. Varias.
• Traslado de detenidos – Asignación clara de responsabilidades (quién debe trasladar) – Coordinación entre encargados y tribunal – Registro de lugares de detención. Formas de transporte Leticia Lorenzo
Precisiones de registro en un sistema de audiencias • Las solicitudes de las partes, cuando estas no se efectúen en una audiencia • Las notificaciones y citaciones practicadas • La agenda del tribunal • El contenido de las audiencias y de las resoluciones generadas en ellas • La sentencia recaída en la causa • Los recursos y sus resoluciones Leticia Lorenzo
AUDIENCIAS DEL CPP
Leticia Lorenzo
Audiencia de formulaciรณn de cargos (111, 112, 133) Salidas diversas al Juicio
Camino al juicio
Solicitud Medida cautelar (113)
Anticipo jurisdiccional de la prueba (155)
Sobreseimiento con prueba (161)
Audiencia control de la acusaciรณn (168)
Audiencia de Selecciรณn del jurado (198)
Audiencia de Juicio (181)
Audiencia de imposiciรณn de pena (179)
Leticia Lorenzo
Criterio de oportunidad (107)
Suspensiรณn del Juicio a Prueba (108)
Procedimiento Abreviado (acuerdo pleno 217 o parcial 221)
Juicio Directo (222)
Audiencia de formulaci贸n de cargos (111, 112, 133) Salidas diversas al Juicio Criterio de oportunidad (107)
Suspensi贸n del Juicio a Prueba (108)
Procedimiento Abreviado (acuerdo pleno 217 o parcial 221)
Impugnaci贸n denegatoria (233, 235)
Leticia Lorenzo
Juicio Directo (222)
Audiencia de formulación de cargos (111, 112, 133) Camino al juicio Solicitud Medida cautelar (113)
Control de la medida cautelar (118)
Anticipo jurisdiccional de la prueba (155)
Sobreseimiento con prueba (161)
Audiencia control de la acusación (168)
Impugnación del sobreseimiento (234)
Audiencia de Selección del jurado (198)
Audiencia de Juicio (181)
Impugnación de sentencia (236, 237, 238)
Leticia Lorenzo
Audiencia de imposición de pena (179)