Reglamento especial ccc

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CAPÍTULO I: LINEAMIENTOS GENERALES Artículo 1: El siguiente reglamento y sus artículos se encuentran aprobados por el Senior Staff de la IV edición del San José Model of United Nations, SAJSMUN 2016. Artículo 2: Este reglamento es un mero complemento al reglamento general de SAJSMUN 2016, el hecho de basarse en este reglamento no le quita jerarquía alguna a su reglamento general.

CAPÍTULO II: LENGUAJE OFICIAL Artículo 3: Durante el desarrollo de SAJSMUN se utilizará uno (1) de los cinco (5) idiomas oficiales de las Naciones Unidas. El español será el idioma oficial en la totalidad de sus comisiones. Aquellos delegados que deseen hacer uso de otros idiomas durante sus discursos para algunos tecnicismos deberán proveer una inmediata traducción. Esto incluye al comité actual, a pesar de la naturaleza de cada cámara se deberá seguir con este lineamiento.

CAPÍTULO III: AUTORIDADES DEL COMITÉ Artículo 4: El crisis staff será el encargado de supervisar el buen desarrollo de la crisis, estará integrado por 5 miembros, en conjunto del Secretario Académico del Modelo y las Mesas Directivas de la Crisis Artículo 4.1: Facultades y Deberes del Crisis Staff: 

El Crisis Staff podrá manejar la línea de tiempo del comité de acuerdo a las necesidades del mismo.

Podrán crear situaciones adversas los cuales podrían alterar el desarrollo del comité bien sea de forma positiva o negativa.

Académico.

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que se distingue dentro de cada Comité, Comisión, Consejo u Organización por debajo del Secretario

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Artículo 5: Director de la Mesa: El/la directora(a) de la Mesa es la máxima autoridad Académica


Artículo 5.1: Obligaciones del Director de Mesa: 

Conocer a fondo este Reglamento y velar por su plena ejecución con firmeza y cortesía.

Declarar la apertura y clausura de cada sesión de su respectivo Comité, Comisión, Consejo u Organización.

Enfrentar las situaciones imprevistas en caso de que ésta le impida consultarlo con algún miembro del Senior Staff.

Aprobar o negar mociones o puntos cuando lo considere necesario, explicando a los presentes sus razones y justificaciones siempre con base en este reglamento. Artículo 5.2: Facultades del Director de Mesa:

Proponer, para la consideración del Comité, Comisión, Consejo u Organización, modificar el tiempo de discurso bajo la recomendación de el/la Moderador(a).

Aprobar o negar los Derechos a Réplica.

Otorgar amonestaciones y sanciones a cualquier Delegación según lo contemplado en el artículo 16 del reglamento de SAJSMUN 2016.

Aprobar y firmar resoluciones y enmiendas según su criterio.

Sugerir al foro que se promueva alguna Moción.

Declarar un receso, a su discreción.

Invitar a cualquier miembro del Senior Staff a observar la(s) sesión(es) en caso de que surja alguna controversia que a su discreción lo amerite.

Llamar fuera de orden al orador si su discurso no está relacionado con el tema en discusión. Artículo 6: Moderador(a): El/la Moderador(a) es la instancia administrativa de la Mesa. Su

función será moderar de forma precisa los temas a discutir.

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Artículo 6.1: Obligaciones de el/la Moderador(a):


Velar por el correcto desempeño del debate dentro de su Comité, Comisión, Consejo u Organización.

Conocer a fondo este Reglamento y velar por su plena ejecución con firmeza y cortesía.

Velar por que se cumpla el protocolo diplomático dentro de su respectivo Comité, Comisión, Consejo u Organización.

Presidir los Caucus Moderados y explicar el tiempo y el propósito de los mismos, previo a su votación.

Pasar lista al comienzo de cada sesión y verificar que exista quórum.

Vigilar el orden de la Lista de Oradores.

Llevar ordenadamente el escrutinio oficial de las votaciones.

Facilitar la comunicación entre los delegados y la Mesa Directiva a través de notas parlamentarias.

Organizar el archivo referente a los Papeles de Posición Oficial, Propuestas de Resolución, Propuestas de Enmienda y Resoluciones Finales.

Mantener los registros originales de los asuntos de su Comité, Comisión, Consejo u Organización Artículo 6.2: Facultades del Moderador:

Aprobar o negar mociones o puntos cuando lo considere necesario, explicando a los presentes sus razones y justificaciones siempre con base en este reglamento.

Controlar el tiempo destinado para cada orador.

Presidir el Proceso de Votación de las Propuestas de Resolución y de las Propuestas de Enmienda.

Llamar la atención a cualquier persona que haya entrado a su respectivo Comité, Comisión, Consejo u Organización sin previa autorización de la mesa directiva.

del reglamento de SAJSMUN 2016.

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Presidir cualquier Proceso de Votación por Orden de Lista, según lo establecido en el Artículo 39

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Emitir los resultados de las Votaciones de Propuestas de Resolución y de Propuestas de Enmienda, y de cualquier otra Votación por Orden de lista según lo establecido en el Artículo 27 del reglamento de SAJSMUN 2016.

CAPÍTULO IV: DINÁMICA DEL COMITÉ Artículo 8: Siendo directores de los respectivos departamentos que conforman las organizaciones de inteligencia de sus respectivos países será permitido el uso del lenguaje en primera persona. El uso del lenguaje militar jerárquico será requerido y si la mesa lo considera se ejercerá como obligatorio. Artículo 9: Se establecerá la dinámica del comité bajo un Caucus moderado permanente, con el fin de agilizar el debate. Artículo 9.1: Durante las sesiones del comité los directores de cada cámara podrán salir de las mismas para hacer consultas e informar a la crisis staff acerca de los distintos movimientos que se lleven a cabo dentro de sus cámaras, dejando en su ausencia al secretario/director adjunto con las facultades que se le atribuyen a ambos cargos. Artículo 10: Estando en un Caucus Moderado permanente cabe destacar que la apertura de foro se mantendrá como uno de los principios del comité. Artículo 11: Ordenes: Tomando en cuenta que a cada delegado se le otorgara un cargo militar dentro de su respectiva agencia se le permitirá llevar a cabo una serie de órdenes de tipo personal y ejecutiva, las mismas deberán ser evaluadas y aprobadas por la mesa directiva y/o crisis staff para que sean aprobadas y entren en vigor, en caso contrario la mesa directiva y/o el crisis staff especificaran el por qué.

jurisdicción de cada delegado, se entregaran a la mesa directiva mediante el sistema de logística, las

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mismas no necesariamente deberán ser leídas, se tomara en consideración si el delegado que envió dicha

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Artículo 11.1: Ordenes Personales: Tienen como rango de acción única y exclusivamente la


orden solicita su lectura o por el contrario requiere de su confidencialidad el mismo deberá especificarlo mediante el sistema de logística en una nota parlamentaria, esto quedara a decisión de la mesa directiva y/o el crisis staff. Artículo 11.2: Ordenes Ejecutivas: Tienen como rango de acción única y exclusivamente la jurisdicción de múltiples delegados, se entregaran a la mesa directiva mediante el sistema de logística, las mismas no necesariamente deberán ser leídas siempre y cuando tengan las firmas de la mayoría de los delegados presentes y de todas a los que la misma orden haga referencia dentro de su jurisdicción para esto se tomara en consideración si el delegado que envió dicha orden solicita su lectura o por el contrario requiere de su confidencialidad el mismo deberá especificarlo mediante el sistema de logística en una nota parlamentaria, esto quedara a decisión de la mesa directiva y el crisis staff. Artículo 12: Confidencialidad: Toda información discutida durante el desarrollo de las sesiones será de tipo confidencial, la filtración de la misma sería una desventaja para la cámara a la que pertenezca, por lo tanto el contacto directo y la comunicación entre delegados de distintas cámaras posterior a la entrada de la primera sesión de debate será totalmente prohibida y la salida de los delegados de la sala será pertinente siempre y cuando los mismos sean acompañados por un personal de logística y/o personal designado por el crisis staff o la mesa directiva para evitar el filtrado de información. Artículo 12.1: Confidencialidad durante los recesos: Durante los recesos los delegados deberán quedarse dentro de las salas de sus cámaras hasta que el Crisis Staff lo considere pertinente, adentro de las mismas se les dará el servicio necesario, ya sea el de refrigerios o de almuerzo, en caso de que algún delegado requiera salir de la institución será acompañado por un miembro designado por el Crisis Staff (esto aplica en caso de que se disponga a almorzar en algún local cercano, si el delegado necesita retirarse a otro sitio ya sea su hogar o demás deberá expresárselo al Crisis Staff para que este lo tome

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excepción.

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en cuenta). El personal de logística comunicara toda falta realizada por parte de los delegados sin


Artículo 12.2: Incumplimiento: En caso de que se reporte el incumplimiento de las normativas de confidencialidad la mesa directiva podrá establecer una moción de imputación (léase artículo 15) en contra del delegado en cuestión y tomara las medidas pertinentes.

CAPÍTULO V: POTESTADES DE LOS MIEMBROS Artículo 13: Cada delegado que conforme el comité posee potestades específicas vitales para el buen desarrollo del mismo. Artículo 13.2: Las mismas potestades serán ejercidas única y exclusivamente por los delegados dentro de lo que su jurisdicción o mandato englobe mediante órdenes personales. (Léase artículo 11, subartículo 11.1) Artículo 13.3: En caso de que alguno de los delegados necesite realizar acciones dentro de la jurisdicción de otro delegado será necesario realizarlas mediante una orden ejecutiva. (Léase artículo 11, subartículo 11.2)

CAPÍTULO VI: PUNTOS Y MOCIONES Artículo 14: Los puntos y mociones a usar en los comités de Crisis sean planteados como todas aquellas mociones expresadas en el reglamento, a excepción de Caucus Moderado, y con la inclusión de mociones propias de este comité. Artículo 15: Moción de Imputación: Esta moción consistirá en que un miembro cualquiera de comité tendrá la protestad de acusar a otro delegado de la misma cámara de actos de traición con la finalidad de que el mismo reciba la pena pertinente por el alto crimen de traición a la patria. Si la mesa la considera valedera se le concederá un tiempo de un minuto y medio al acusante para exponer sus puntos, en los cuales podrá hacer muestra de pruebas o testimonios de otros delegados para corroborar

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los mismos, posterior a esto se le concederá el tiempo necesario al acusado para defender su postura.


Artículo 15.1: Las pruebas que necesite mostrar el acusante podrán entrar dentro de los siguientes tipos: audiovisual (fotos, grabaciones de audio y/o videos) y declaraciones por parte de otros delegados. (Para que un alegato sea tomado en cuenta será necesaria la concordancia entre dos o más delegados siendo el máximo de tres, los mismos alegatos se harán de manera individual fuera de la sala, y será un miembro de la mesa directiva o el crisis staff el que los tome) Artículo 15.2: El veredicto final será llevado a cabo por parte del director de la agencia en cuestión, el mismo no podrá ser cuestionado y será de tipo irreversible, la pena que este dicte será definitiva. Artículo 16: Moción de atentado: Esta moción consistirá en que un miembro cualquiera de comité tendrá la protestad de asignar la misión a un grupo armado de las fuerzas especiales de su agencia para intentar acabar con la vida de un delegado de cualquier cámara adversaria o la cámara a la cual pertenece. Si la mesa la considera valida se le dará un tiempo de un minuto o lo que el delegado necesite para establecer un plan de ataque al objetivo y la justificación del mismo atentado, esto en caso de ser dirigida a un delegado de una cámara adversaria (de no ser así léase el subarticulo 16.1) Artículo 16.1: La misma deberá ser establecida como cualquier otra moción, pero si así lo requiere podrá ser establecida de manera confidencial mediante una nota parlamentaria justificando la razón por la cual está siendo enviada de esta manera por escrito, el plan de ataque y por qué el delegado a designar debe ser eliminado ya sea de la misma cámara o no. Artículo 16.2: Esta moción podrá ser implementada el número de veces que lo estipule el Crisis Staff, bien resulte exitosa o no. Artículo 16.3: De ser realizado un atentado en contra de algún delegado, y este haber tenido éxito según lo que establezca el Crisis Staff, el mismo será llamado afuera de la sala donde se otorgara

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un nuevo cargo y no podrá entrar a sesión de debate por el tiempo que estipule el Crisis Staff.


Artículo 16.4: En caso de que no resulte exitosa una moción de atentado dentro de la misma cámara se revelara el delegado que envió a dicho grupo y será acusado de traición, teniendo como consecuencia la ejecución del mismo el mismo, será llamado afuera de la sala donde se otorgara un nuevo cargo y no podrá entrar a sesión de debate por el tiempo que estipule el Crisis Staff. Artículo 17: Disposiciones Finales: Todas aquellas decisiones que no estén explícitamente

descritas en este Reglamento quedan a discreción del Crisis Staff y Mesa Directiva, la misma

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decisión será apelable en cualquier por porte de cualquier Jefe de Delegación.


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