Ley general de educación

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Ley general de educaci贸n 驴Existe una verdadera fiscalizaci贸n?

Alumno(a): Gabriela Vargas R. Docente: Jorge Miranda O. 20 de enero de 2012


INTRODUCCIÓN En el siguiente ensayo daremos a conocer las principales características que presenta la LGE, entre los cuales destacaremos algunos principios relevantes que posee. Debemos destacar que el objetivo principal es analizar e investigar en sí la Ley general de educación para ver si presenta alguna problemática, y de esta manera explicarla y dar a conocer como se debiera enfrentar estas dificultades. O si alguno de los entes reguladores, presentan dificultades al momento de realizar las fiscalizaciones. Para llevar a cabo dicho ensayo, en primera instancia se investigo acerca de las principales cualidades de la LGE a través de la biblioteca del congreso nacional, luego se llevo a cabo un análisis sistémico de cada principio que posee, en donde se seleccionaron los aspectos relevantes y de esta forma identificar alguna problemática.

DESARROLLO Teniendo en consideración que La ley general de educación, N° 20.370, es la que regula los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa y también es aquella que fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de educación tanto parvulario, básica y media (BCN, 2009) Y destacando que sigue una serie de principios para poder llevar a cabo una educación de calidad, equitativa e igualitaria para todas las personas, sin importar si presenta o no discapacidad. Entre los principios más relevantes que se encuentran, esta la aceptación a la diversidad, en donde se debe promover y respetar esta, en todos los procesos y proyectos educativos institucionales. El principio de mayor relevancia es aquel que fomenta la Integración, en donde se propone la incorporación de alumnos de diversas condiciones sociales, religiosas, económicas y culturales, sin provocar la discriminación y así la exclusión de los estudiantes. Tomando en cuenta que la LGE promueve diferentes principios, surge la siguiente duda, a pesar que la nueva ley que rige la educación en chile, fomenta la Integración, ¿Por qué existen instituciones educativas, que al momento del ingreso realizan prácticas discriminatorias?, esto se puede evidenciar en la instancia de ingreso a un ente educativo en donde se realizan pruebas de selección, en donde el resultado de ellas, deriva a los alumnos a diversos cursos, tomando en cuenta que la letra A, están aquellos estudiantes que poseen un mejor rendimiento y en la letra C, los que presenta barreras para el aprendizaje. El realizar prácticas discriminatorias como la mencionada anteriormente, se puede evidenciar la integración a todos los individuos si importar sus condiciones sociales o educativas. ¿Podemos evidenciar discriminación en esta situación? Teniendo en consideración que Chile, tiene como objetivo lograr una educación inclusiva, la cual tiene por definición lo siguiente: “La inclusión tiene relación con un visión


en donde en el aula puedan convivir todos independiente de sus características y puedan desarrollar su propio yo” (Jurado, 2010), es importante destacar que la formación de los estudiantes, tiene como objetivo desarrollar y potenciar las habilidades de ellos, y a su vez más que se llenen de contenidos es que los puedan comprender, sin importar sus características, psicológicas, físicas o de otra índole. Tomando en consideración lo anteriormente expuesto, ¿debido a que surgen las prácticas discriminatorias?, ¿porque no se cumple la integración en totalidad?. Para responder a estas preguntas, debemos tomar en consideración, que la LGE, esta bien diseñada, por lo cual, es otro la causante de dichas problemáticas. Estas causantes son debido a la poca fiscalización que existe por parte de los entes reguladores hacia las instituciones educativas, que es donde se generan las prácticas discriminatorias. Debido a la poca fiscalización por parte de los entes reguladores, es que las instituciones, crean, diseñan y proponen diversas formas de ingreso a la formación académica, ya sea a través de evaluaciones, test psicológicos o actitudinales. Debemos destacar que dichas prácticas se realizan desde la educación parvularia, hasta la enseñanza superior, en donde se seleccionan a los estudiantes por sus logros académicos, sin considerar las características que poseen, y dejando de lado la diversidad. CONCLUSIÓN Para lograr una mayor integración en la educación chilena en primera instancia a las instituciones se les debiera dar una orientación acerca de las políticas inclusivas que debieran tener, tomando en cuenta, que al haber una diversidad de alumnado, no se debe presentar como una dificultad, sino que como una instancia para aprender de las demás personas, y a su vez se debe enfrentar como un reto, en donde los profesionales de las instituciones deberán diseñar y flexibilizar el curriculum de acuerdo a las características que presenten los alumnos. Y en segunda instancia se debiera generar una mayor fiscalización por parte de los entes reguladores, con el fin de que no se generen prácticas discriminatorias, y de esta forma tener consciencia de las actividades, evaluaciones, programas y proyectos educativos que presentan las instituciones educativas, con el fin de entregar orientaciones, charlas, foros, capacitaciones, a dichos establecimientos, en este caso al equipo de profesionales que en ellos trabajan, para de esta forma ir eliminando aquellas conductas de discriminación y poca integración al alumnado. Y en tercera instancia se debieran generar políticas de gobierno que controlaran si realmente se llevan a cabo las fiscalizaciones, para de esta manera no tener problemas de discriminación, y así poder llegar a la misión que tiene el país acerca de la educación que es asegurar que esta equitativa y de calidad, que contribuya a la formación integral y permanente de las personas, y a su vez ayude al desarrollo del país. (Mineduc, 2011) Teniendo siempre en cuenta que lo que queremos lograr a futuro es lograr una educación inclusiva, en donde no se genere la discriminación de ninguna persona, y se valoren por


sus capacidades, habilidades y diferentes caracterĂ­sticas, y no por sus roles, logros acadĂŠmicos, o estatus sociales. Considerando que a travĂŠs de la diversidad se genera una riqueza cultural y social.


BIBLIOGRAFÍA

Biblioteca del congreso nacional de Chile (BCN). Ley general de educación 20.340. Extraído el 8 de diciembre de 2011 de http://www.leychile.cl/Navegar?idLey=20370 Biblioteca del congreso nacional de Chile (BCN). Ley general de educación .Extraído el 8 de diciembre de 2011 de http://www.bcn.cl/guias/ley-general-educacion Jurado, P (2011) Seminario - Necesidades educativas. Atención a la diversidad Mineduc, (2011). Misión. Extraído el 14 de enero de 2011 http://www.mineduc.cl/index2.php?id_contenido=15154&id_seccion=204&id_portal=1

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