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OPINIÓN
LA ESCUELA ECONÓMICA
Esteban Delgado edelgadoq@gmail.com
¿Invierto en un negocio o en emisiones de renta fi ja?
En República Dominicana hay un sistema de seguridad social con grandes desperfectos, lo cual no asegura la posibilidad de que un trabajador, al cabo de 30 años de cotización al plan de pensiones pueda disfrutar de un ingreso digno para su retiro. Eso está muy lejos de ser una realidad.
Por esa razón, es recomendable, para quienes pueden, acumular un ahorro sufi cientemente alto como para poder vivir del rendimiento de ese capital en forma de pensión particular en los años de retiro, luego de décadas de esfuerzo. Pero no siempre el ahorro se utiliza como capital para vivir de la renta, pues hay personas con vocación de negocio, acostumbradas a emprender pequeñas empresas, que prefi eren tomar ese dinero y multiplicarlo con base en su inversión en las áreas que considere.
Siempre hay interrogantes de personas que se preguntan qué harían si, por ejemplo, acumularan un ahorro de 20 millones de pesos, o si se sacaran la lotería con un premio de un monto similar.
Personas de escasos recursos no tardan en responder que, con ese capital, lo invertirían en un negocio para vivir de eso y seguir creciendo. Pero cuando le preguntas en qué tipo de negocio lo invertirían, entonces comienzan a “gaguear” y a pensar en diversas posibilidades, con pocas probabilidades.
Es porque no todos tenemos vocación para emprender y hacer negocios que puedan garantizar el éxito y la rentabilidad sufi cientes con el paso del tiempo. Hay personas que saben multiplicar el dinero con su vocación de negocio, mientras que otros sólo sabemos producir dinero con base en ingresos fi jos y ahorrarlo para el futuro.
Puedo hablar por mi experiencia. Tengo un hermano que siempre ha tenido buen ojo para los negocios. Si usted le pone 20 millones de pesos en las manos, es posible que decida convertirlo en capital de negocios y sacarle ganancias con lo que él sabe hacer, mientras que para vivir decidirá rentar un buen apartamento y pagarlo con parte de la rentabilidad que obtendrá de su inversión. En cambio, yo no tengo vocación para hacer negocios, pero sí para ofrecer mis
capacidades profesionales y recibir la remuneración correspondiente. En mi caso, con 20 millones de pesos en las manos, seguro decidiré asegurarme de tener una vivienda propia, por lo que dedicaría una parte de ese capital para convertirlo en un patrimonio inmobiliario fi jo y el resto lo invertiría en instrumentos fi nancieros en el mercado de valores para vivir de la renta que me generen esas colocaciones de capital en forma de bonos o certifi cados.
Conozco casos de dominicanos que se echaron décadas trabajando en alguna ciudad de Estados Unidos, acumularon un capital de ahorro, vinieron al país, lo invirtieron en un negocio con la ilusión de obtener buena rentabilidad y al fi nal terminaron con la quiebra de la pequeña empresa y con el capital perdido.
Pero sé de otros casos de dominicanos en el extranjero con experiencia de negocios allá, que también tienen otros pequeños negocios aquí, como colmados, y les va muy bien en términos económicos.
La diferencia es que hay quienes tienen buena capacidad p a r a el ahorro y no cuentan con vocación para los negocios; mientras que otros con buen olfato para los negocios y dispuestos a dedicarse a eso, se empeñan en acumular capital para invertirlo y multiplicarlo, en lugar de ahorrarlo y congelarlo en algún bien patrimonial improductivo.
Para los primeros, entre los que me cuento, la recomendación es acumular un buen ahorro, tratar de adquirir una vivienda propia, no acumular deudas y juntar un buen capital para el retiro. Una vez obtenido ese capital, inviértalo en instrumentos fi nancieros y en el mercado de valores para vivir de la renta fi ja o variable con un buen asesor en la materia.
Para los segundos, seguro usarían su dinero para invertirlo en negocios, pero ojo, en negocios de áreas que conozcan, no en sectores desconocidos para usted, y así le sacará buena rentabilidad. En todo caso, trate de dedicar una parte de ese capital a un patrimonio fi jo como una vivienda propia, no por usted, sino por su familia en caso de que ocurriera alguna eventualidad. Jaime M. Senior Fernández jsenior@headrick.com.do ECONOLEGALES
Coronavirus y cláusula de fuerza mayor
Sin lugar a dudas, la crisis de salud pública que se ha desatado como consecuencia del coronavirus representa un gran reto para la humanidad. Pero además de los efectos sobre la salud y bienestar de los seres humanos, las medidas que se han adoptado para prevenir la continuada transmisión del virus han tenido efectos importantes sobre la economía mundial y, por ende, también en materia legal.
En primer término, las restricciones tomadas por China al inicio de la crisis han tenido como consecuencia la creación de un cuello de botella a nivel mundial en la manufactura de bienes. Luego, varios países han tomado medidas que han tenido como consecuencia la restricción de la actividad económica y el aparato productivo nacional. Esto además de la decisión de muchas personas de no emprender en viajes y dejar de realizar actividades cotidianas por la percepción del efecto del virus.
En el ámbito legal, este tipo de situación resalta la importancia de revisar y evaluar el impacto del mismo sobre las cláusulas de fuerza mayor en los contratos de los cuales cada empresa es parte. Una cláusula de fuerza mayor es, en síntesis, una disposición legal mediante la cual se excusa el incumplimiento de una o ambas partes ante la ocurrencia de un fenómeno que escapa el control de las partes.
La importancia de las cláusulas de fuerza mayor ante los efectos del coronavirus se debe a que, sin lugar a dudas, no será posible cumplir, en ciertas circunstancias, con los compromisos contractuales asumidos por las partes al contrato. Ante esta realidad, esta cláusula opera como una forma de dispensar a las partes y regular la situación sin que la misma se torne contenciosa. Es menester aclarar que cada cláusula en cada contrato es diferente, por lo que siempre primará el texto del contrato que se analiza. Sin embargo, generalmente se estaría evaluando consideraciones tales como las siguientes: ¿cómo se defi ne la “fuerza mayor”? ¿En qué plazo debe ser invocada la misma? ¿Qué tipo de notifi cación debe ser hecha para invocar la misma? ¿Conlleva la suspensión o la terminación de las obligaciones contractuales? ¿Cuáles son las consecuencias económicas previstas por el contrato ante esta situación?
En caso de que una empresa decida invocar una cláusula de fuerza mayor –o en caso de que sus contrapartes contractuales lo hagan– se deben tomar las medidas legales y económicas apropiadas para hacerle frente a la situación. En todo caso, la revisión del texto del contrato no deja de ser el primer paso que se debe realizar, y que de hecho, ya debe estar siendo hecho de manera profi láctica.
EL AUTOR ES ABOGADO.
OBSERVACIONES
Volvamos a las urnas L os dominicanos volvemos a estar convocados a acudir, de forma extraordinaria, a las urnas de votaciones para escoger a las autoridades que dirigirán los municipios durante los próximos cuatro años.
Son unas elecciones de vital importancia porque los munícipes conocen de cerca a los aspirantes a regidores y alcaldes de sus demarcaciones. Si un ciudadano no conoce bien a un candiato, entonces ese no es digno de recibir su voto.
Tenemos la oportunidad de salir de esos funcionarios que, desde nuestros puntos de vista, no han cumplido con nuestras expectativas ciudadanas. También, la de confi rmarlos en sus posiciones en caso contrario.
Podemos elegir a los mejores hombres y mujeres sin importar el partido político al que pertenezcan y escogerlos en libertad, sin atender que a última hora nos están ofreciendo dinero o cualquier otra motivación para “comprar” nuestra voluntad.
El voto es secreto. Es un derecho, pero también una responsabilidad ciudadana que debemos ejercer con toda conciencia. Pese al tropiezo del fallido proceso de votación del pasado 16 de febrero, la democracia de República Dominicana tiene la capacidad de fortalecerse. Ya estamos pagando un costo económico y político por el fracaso de esos comicios. Ahora, nuestro deber ciudadano es acudir en orden a las urnas. Respetando a todos los ciudadanos y su libertad de militar o simpatizar en un partido diferente al nuestro. Todos en orden y acatando las instrucciones ofi ciales de la Junta Central Electoral (JCE). También, observando las medidas de protección frente al coronavirus.