¡ÁNIMO SALVADOREÑOS!
SUPERAREMOS LA CRISIS JUNTOS.
¡USA LA MASCARILLA! ¡CUÍDATE!
MARTES 2 DE MARZO DE 2021
$0.25 • AÑO LIV Nº 15,427 • SAN SALVADOR, EL SALVADOR, C.A.
según resultados preliminares
ASÍ QUEDARÁ LA NUEVA ASAMBLEA Nuevas Ideas y GANA tendrán mayoría calificada. ARENA y FMLN con los peores resultados de su historia.
> ACTUALIDAD • PÁG. 2
56
14
4
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1
> ACTUALIDAD • PÁG. 3
Ponce, Parker, Díaz, Hándal, Vargas, etc., pierden reelección BANCOS REINICIARÁN CONTEO DE DÍAS DE MORA DE CRÉDITOS AFECTADOS POR CRISIS > ECONOMÍA • PÁG. 13
En febrero murieron 229 personas a causa del covid en el país > ACTUALIDAD • PÁG. 9
2 ACTUALIDAD
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Así quedaría conformada la Asamblea 2021-2024
PARTIDO CON MÁS DIPUTADOS EN LA ASAMBLEA
56. NUEVA IDEAS
Ernesto Castro (s.s.) Suecy Callejas (s.s.) Dania González (s.s.) Dennis Salinas (s.s.) Alexia Rivas (s.s.) Elisa Rosales (s.s.) Ana Figueroa (s.s.) Carlos Bruch (s.s.) José Urbina (s.s.) Rodrigo Ayala (s.s.) Aronnette Mencía (s.s.) Christian Guevara (s.s.) Ivonne Hernández (s.s.) Rubén Flores (s.s.)
Angel Lobos (usulután) Maricela de Guardado (u) Héctor Sales (Sons.) Mauricio Ortiz (Sons.) Raúl Chamagua (Sons.) Samuel Martínez (Sons.) Edwin Serpas (La Unión) William Soriano (la u.) Marcela Pineda (La Paz) Walter Corto (La Paz) Herbert Rodas (La Paz) Alexander Guardado-ch. Saúl Mancía (chalaten.) Jonathan Hernández (c)
Francisco Villatoro (s.s.) Leonel Uceda (s.s.) Edgardo Mulato (s.s.) Rebeca Santos (L.L.) Ricardo Rivas (l.l.) Salvador Chacón (l.l.) Sandra Martínez (l.l.) Norma Lobo (l.l.) Walter Alemán (l.l.) Erick García (l.l.) Francisco Amaya (S. m.) Caleb Navarro (S. m.) Suni Cedillos (S. m.) Raúl Castillo (usulután)
Janneth Molina (cusc.) Estuardo Rodríguez (Ah) Luis Figueroa (ahuachap.) Bladimir Barahona (mor.) Juan Rodríguez (moraz.) Felipe Interiano (s. ana) Jorge Castro (s. ana) Giovanny Zaldaña (s. a.) Lorena Fuentes (s. ana) Evelyn Merlos (s. ana) Edgar Fuentes (s. vic.) Gerardo Aguilar (s.vic.) José García (cabañas) Elder Monge (cabañas)
De acuerdo a datos preliminares, Nuevas Ideas tendrá los votos desde aprobar préstamos hasta restringir derechos constitucionales. YOLANDA MAGAÑA ymagana@elmundo.sv
E EN CORTO
LA ASAMBLEA PUEDE SUSPENDER GARANTÍAS CONSTITUCIONALES CON MAYORÍA.
l partido Nuevas Ideas, del gobernante Nay ib Bukele, tendrá mayoría de 56 votos en la legislatura que iniciará el 1 de mayo de 2021 y concluirá el 30 de abril de 2024. Así lo muestran los datos preliminares divulgados por el Tribunal Supremo Electoral, con un 90 % de actas procesadas y contabilizadas. De acuerdo a estos datos preliminares, el partido Alianza Republicana Nacionalista (Arena) cae de ser una fuerza de 37 a 14 diputados. Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana) cae de tener 10 a 5 diputados. El Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) cae de 23 a 4 escaños legislativos. De la misma manera, el Partido de Concertación Nacional (PCN) solo logra 2 curules (Reynaldo López Cardoza y Serafín Orantes), pese a tener 9 actualmente; y el Partido Demócrata Cristiano pasa de 3 a 1 curul, que lo ganó en San Miguel el diputado Reinaldo Carballo, quien es afín al Gobierno. Los partidos nuevos Nuestro Tiempo y Vamos ganaron un escaño cada uno. Los datos preliminares son obtenidos del 90.36 % del escrutinio publicado por el Tribunal Supremo Electoral.
San Salvador.
Los diputados de San Salvador son, en su mayoría, de Nuevas Ideas. Quien obtuvo
más marcas fue Ernesto Castro, exsecretario privado del presidente Bukele. Castro obtuvo 57,733 marcas, le sigue Suecy Callejas, con 37,475 marcas y Dania González, con 36,741 marcas. Este partido tendrá 17 diputados en San Salvador, según datos preliminares. En el departamento entró Anabel Belloso, del FMLN, Guillermo Gallegos, de Gana; Margarita Escobar, René Portillo Cuadra y Marcela Villatoro, de Arena. Además, estarían John Wright Sol, de Nuestro Tiempo, y Claudia Ortiz, de Vamos. El arrase de Nuevas Ideas en La Libertad dejó solo 2 curules para Arena, que serían ocupados por Rodrigo Ávila y Francisco Lira, y uno de Gana, por Romeo Aüerbach. Los escaños son calculados con base en el cociente, que es el valor en votos de una diputación en cada departamento. El cociente ayuda a distribuir los escaños y, si los partidos tienen sobrantes, se van distribuyendo a los residuos mayores.
10 DIPUTADOS de NI fueron obtenidos en coalición con Gana, que aportó mínimos votos.
PARTIDO CON MENOS DE 20 DIPUTADOS
14.
63 POR CIENTO fue la disminución de la fracción de Arena respecto a la legislatura actual.
ARENA Margarita Escobar (s.s.) René Portillo Cuadra (s.s.) Marcela Villatoro (s.s.) Rodrigo Ávila (la libertad)
Francisco Lira (la libertad) Mauricio Linares (usulután) Silvia Ostorga (sonsonate) Jorge Rosales (La Unión) Rosa Romero (la paz)
Alberto Romero (la paz) Ricardo Godoy (ahuachapán) Donato Vaqueran0 (san vicente) Carlos Reyes (cabañas) Javier Palomo (santa ana)
PARTIDOS CON MENOS DE 10 DIPUTADOS
4.
FMLN Anabel Belloso (san salvador) Marleni Funes (usulután) Jaime Guevara (Morazán) Dina argueta (San miguel)
5.
GANA Guillermo Gallegos (san salvador) Romeo Aüerbach (la libertad) Numan Salgado (san miguel) Adelmo Rivas (gana) Juan Carlos Mendoza (santa ana)
De mayorías.
El partido Nuevas Ideas podrá aprobar préstamos, elegir Corte Suprema de Justicia, fiscal general de la República, procuradores, suspender las garantías constitucionales, decretar guerra o calamidad pública.El partido Nuevas Ideas sumará 61 votos con su partido aliado Gana, solo dos para tener los 63 votos necesarios para lograr mayoría calificada especial. La Constitución indica que con esta correlación puede posponer una elección presidencial por fuerza mayor.
PARTIDOS CON UN O DOS DIPUTADO
1. 1. 1.
VAMOS Claudia Ortiz (san salvador)
NUESTRO TIEMPO Johnny Wright Sol (san salvador)
PDC Reinaldo Alcides Carballo (san miguel)
2.
PCN Reynaldo López Cardoza (chalatenango) Serafín Orantes (ahuachapán)
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Reconocidos diputados perdieron la reelección Desde el actual presidente de la Asamblea, Mario Ponce, hasta dirigentes políticos como Rodolfo Parker, Nidia Díaz o Mauricio Vargas, no fueron reelectos el domingo. ÁLVARO CRUZ ROJAS
mario ponce
rodolfo parker
Nidia díaz
Jorge Schafick handal
fmln
diputado del PDC
L
Según proyecciones preliminares, Arena pasará de ser la primera fuerza legislativa, con 37 diputados, a ser la segunda muy distante con apenas 14 representantes.
a elección legislativa del domingo ha dejado -preliminarmente- por fuera a prominentes diputados que fueron los grandes protagonistas de la legislatura saliente, empezando por el propio presidente actual de la Asamblea Legislativa, Mario Ponce, legislador del Partido de Concertación Nacional por Cuscatlán y que según los resultados , habría perdido su curul. Rodolfo Parker, del Partido Demócrata Cristiano y uno de los más férreos críticos de la gestión de Nayib Bukele, tampoco habría ganado una diputación en la nueva legislatura.Varios prominentes líderes del FMLN, Nidia Díaz, Yanci Urbina y Jorge Schafick Hándal tampoco fueron reelectos el 28 de febrero, al igual que Carlos “El Diablito” García Ruiz, Damián Alegría y Karina Sosa. Los areneros Mauricio “Chato” Vargas, Martha Evelin Batres, Emilio Corea, José Andrés Hernández, Ricardo Velásquez Parker, Mayteé Iraheta, Julio Fabián, Lucía Ayala y Karla Hernández, entre otros, tampoco habrían resultado electos. Norman Quijano se presentó a la elección del Parlamento Centroamericano (Parlacen) y todo parece indicar que habría ganado una curul. Otro diputado arenero, David Reyes, también buscaba una curul del Parlacen pero aún no se confirmaba si había sido electo.
CD sin curules.
El diputado oficialista Juan José Martel, único representante del partido Cambio Democrático (CD), no buscó su reelección. Los resultados preliminares no dan ninguna curul a dicho partido. Por Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana), parecen haber quedado fuera Mario Tenorio, en La Paz, y
F
damián alegría
FMLN, conocido como “El diablito”
mauricio vargas
martha evelin batres
leonardo bonilla
ARENA
ARENA
diputado independiente
maytee iraheta
kARLa hernández
JUAN JOSÉ MARTELL
arena
arena
único diputado del CD
RicardO velásquez parker
yAnci urbina FMLN
FMLN
JULIO FABián ARENA
CARLOS garcía Ruiz
fmln
redaccion@elmundo.sv
Rigoberto Soto, en Usulután. El diputado independiente, Leonardo Bonilla, quedó excluido de la próxima legislatura también. Por el Partido de Concertación Nacional (PCN), además de Ponce, no habrían logrado la reelección Raúl Beltrán, Roberto Angulo, Eileen Romero y el coronel Antonio Almendáriz.
arena
No buscaron reelección.
Entre los diputados que no se presentaron a la reelección figuran Mariano Blanco, Patricia Valdivieso y Alejandrina Castro, todos de Arena. No buscaron la reelección los diputados areneros disidentes: Milena Mayorga -embajadora en Washington- Arturo Magaña, Gustavo Escalante y Felissa Cristales.
3
Un día como miembro de JRV
LOS DIPUTADOS QUE SE VAN
(PCN) presidente de la asamblea
ACTUALIDAD
Debo reconocer que la voluntad del pueblo fue esa y por ende debe respetarse. Dios bendiga el país”. emilio corea diputado de arena
La nueva Asamblea Legislativa sufrirá una amplia renovación de rostros.
EN CORTO
EL FMLN OBTUVO LOS PEORES RESULTADOS DESDE SU LEGALIZACIÓN EN 1994.
jaime ulises marinero periodista
ue una experiencia con varias sensaciones. Por una parte el malestar por lo engorroso del proceso, pero por otra parte la satisfacción de haber cumplido con el deber cívico. El domingo 28 de febrero fui parte de una Junta Receptora de Votos (JRV) porque siendo un ciudadano sin partido político resulté sorteado de manera “aleatoria” por el Tribunal Supremo Electoral. En mi cuenta de Facebook, para generar ambiente coloquial, publiqué que había sido sorteado y recibí comentarios de felicitación y aliento hasta quienes se burlaban y sentían pena ajena por mí, lo cual me causó mucha gracia. Hubo un amigo cercano a un magistrado al TSE que se ofreció a hablar con él para desligarme de esa responsabilidad, pero desde luego no iba a renunciar a vivir de primera mano unas elecciones, aunque después me arrepintiera. Los días 7 y 14 de febrero estuve en capacitación en un centro escolar, en donde al final nos dijeron que el 26 y 27 recibiríamos las credenciales en el INFRAMEN. Ambos días fui y los agentes de seguridad muy apenados me dijeron que cientos de personas habían acudido engañadas, pues ahí no habían mandado nada. Intenté llamar al TSE, pero era imposible. Nunca contestaron, como tampoco lo hicieron antes cuando necesitaba saber la logística. Los teléfonos del TSE o no existen o son un fracaso. Los capacitadores nos mintieron y el TSE falló. Nada se cumplió con los tiempos establecidos. Era mentira que los no partidarios íbamos a ejercer los cargos de presidente y secretario, pues los partidos se los repartieron con el aval de los representantes del TSE en cada centro de votación. Nos habían dicho que apenas se cerrará el escrutinio comenzaría el conteo de votos con los equipos informáticos y nos dijeron que a las 11.00 de la noche habríamos terminado todo. Ingenuamente creí. El domingo a las 4:30 de la mañana me hice presente al Centro Escolar José Simeón Cañas en el barrio San Jacinto de San Salvador en donde tenía asignada la JRV. Cuando llegué, había unas 200 personas haciendo fila para poder ingresar y a mí nadie me daba respuesta por mi acreditación. A punto de regresar a mi casa, un empleado del TSE me dijo que ya me tenían la credencial, pero que ya no iba a ser el presidente de la JRV sino el tercer vocal. Luego me ascendieron a segundo vocal porque no se hizo presente. Era el encargado de marcar el dedo de los votantes. Entramos a las 5:30 a.m., los paquetes electorales los entregaron a las 6:00 y cerca de las 7:00 comenzamos a votar los integrantes de la JRE y los vigilantes partidarios. Uno de los vigilantes se acercó para preguntarme si no había problemas porque él iba a votar por el partido del presidente, aunque fuera vigilante asignado por un partido opositor. Me dio risa y le dije que el voto era secreto y voluntario, que él podía votar por quien quisiera. Otro vigilante escuchó y me dijo que él también votaría por el partido del mandatario, pero que seguía siendo de izquierda. Cuando se abrió el centro de votación se nos acabó la tertulia entre los miembros de aquella JRV. No hubo más de un minuto sin que hubiera votante. Mis compañeros de mesa y los vigilantes desayunamos cerca de las 11:00 a.m. El almuerzo se hizo casi a las 4.00 p.m.. Los partidos les llevaban comida, refrigerio y cualquier bocadillo. Yo era el único sin partido y escogido por el TSE, institución que no se preocupó por abastecer al personal que ellos habían “sorteado”. Las filas de votantes nunca desaparecieron, hasta las 5:00 p.m., todavía había colas para entrar. En total en mi JRV hubo 385 electores, de las cuales unos 220 fueron mujeres y cerca de 165 hombres. Entre los votantes asistieron tres personas en silla de ruedas, una persona con retraso mental y una mujer no vidente. Por cada JRV podían asistir 700 votantes. En la mía aparecían al menos tres fallecidos por covid. El recuento, la elaboración de actas y el envío electrónico lo iniciamos a las 7:00 de la noche del domingo y lo terminamos a las 6:15 a.m. del lunes. Nos fuimos cansadísimos y ahí quedaron otras cinco JRV atrasadas. Cumplí con mi deber, mientras algunos celebraron con cohetes su victoria y otros lloraron su derrota. Acertada o no, es la decisión popular y se respeta. Es la democracia.
4 ACTUALIDAD
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Nuevas Ideas gana alcaldías de Arena y FMLN Solo una alcaldía del departamento de San Salvador quedó bajo el gobierno de Arena: Ayutuxtepeque.
El TSE iniciará hoy el proceso de escrutinio final de los resultados de las elecciones legislativas y municipales.
SUSANA PEÑATE spenate@elmundo.sv
E EN CORTO
EN CADA CIRCUNSCRIPCIÓN SE TIENE UN CÁLCULO PARA ASIGNAR ESCAÑOS.
l Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN) perdió todos sus bastiones del departamento de San Salvador, incluso el municipio de Mejicanos, en donde el FMLN tuvo 22,195 votos, frente a los 29,843 votos de la coalición Nuevas Ideas y Cambio Democrático (CD). La alcadía era gobernada por el FMLN, con Simón Paz como alcalde. El partido de izquierda también perdió las alcaldías de Nejapa, San Marcos, Panchimalco, Rosario de Mora y El Paisnal, este último históricamente ha sido gobernado por dicho partido. El FMLN perdió seis municipios respecto a los que ganó en las elecciones de 2018.
Solo Ayutuxtepeque.
Similar situación también enfrenta el partido Alianza Republicana Nacionalista (Arena), que se queda únicamente con el municipio de Ayutuxtepeque en el departamento de San Salvador, con el edil Rafael Alejandro Nochez. El partido tricolor perdió 10 alcaldías en las elecciones de 2021, cuatro de ellas se las ganó al FMLN en las elecciones de 2018. La más significativa es la capital, San Salvador. Resalta en el mapa del departamento el municipio de Guazapa, que se mantiene bajo la bandera del Partido de Concertación Nacional (PCN), con José Armando Barrera Rivera como candidato a alcalde. Mientras que 14 municipios serían gobernados por Nuevas Ideas y dos por la coalición Nuevas Ideas y la Gran Alianza por la Unidad Nacional (Gana). Hoy el Tribunal Supremo Electoral (TSE) inicia con el escrutinio final, para el que instalará 49 mesas donde se van a revisar las 8,451 actas de Juntas Receptoras de Votos. Se contará con la presencia de los partidos políticos y Fiscalía General y aprobarán una por una para computar los escaños y concejos plurales.
EL DATO El partido ganador obtiene los cargos de alcalde y síndico y el número de regidores propietarios se asignará de acuerdo a la cantidad de votos por el cociente electoral municipal.
2,206 ACTAS
FMLN
SOLO CINCO MUJERES ALCALDESAS De los 19 municipios de San Salvador, solo cinco contarán con una mujer liderando los concejos municipales: Soyapango, San Marcos, Apopa, Santiago Texacuangos y El Paisnal, el resto serán dirigidos por hombres el periodo 2021-2024.
74%
26%
Hombres
Mujeres
DE TODOS LOS MUNICIPIOS DEL DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR.
1,956
ACTAS PROCESADAS POR EL SISTEMA TECNOLÓGICO HASTA LAS 4:26 DE LA TARDE DEL LUNES 1 DE MARZO.
La mayoría de alcaldías en el departamento de San Salvador las ganó Nuevas Ideas.
ARENA
PCN
GANA
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Reyna Chávez
Alejandro Nochez
Alirio Sosa
Fernando Rivera
3,057
7,499
17,373
22,047
El Paisnal Nuevas Ideas 1er PERÍODO
Votos obtenidos con el 90% de las actas procesadas. El municipio tiene 20 actas.
Ayutuxtepeque Arena 3er PERÍODO
Votos obtenidos con el 91.11% de las actas procesadas por el sistema del TSE.
Tonacatepeque Nuevas ideas 1er PERÍODO
Votos obtenidos con 76 actas procesadas, que equivalen al 81.72% del total de actas.
Cuscatancingo Nuevas Ideas 1er PERÍODO
Cantidad de votos obtenidos con el 94.6% de las actas procesadas hasta ayer.
Wilfredo Peña
Nercy Montano
3,427
66,278
Aguilares Nuevas Ideas 4o PERÍODO
Soyapango Nuevas Ideas 1er PERÍODO
Votos obtenidos con el 100% de actas procesadas. Fuye alcalde con el FMLN de 2006 a 2015.
Mauricio Arias
San Martín N-Gana 1er periodo
ARMANDO Barrera Guazapa PCN 4o PERÍODO
17,394
Marcas a favor de la coalición Nuevas Ideas y Gana. Nuevas Ideas obtuvo 7,006.
3,626
Votos obtenidos con el 96.7% de las actas procesadas hasta las 4:26 de la tarde de ayer.
Cantidad de votos obtenidos con 281 actas, el 82.65%, de un total de 340.
José Chicas
Ilopango Nuevas Ideas 1er PERÍODO
23,767
Cantidad de votos obtenidos con el 80% de las actas procesadas. Faltaban 28 actas
Jorge Escamilla
Patricia de ramos
8,401
5,268
Jennifer Juárez
Eduardo Ayala
35,556
6,701
Mario Vásquez
Jorge Mejía
Nejapa NUevas Ideas 1erPERÍODO
Santiago Texacuangos Nuevas Ideas
Total de votos obtenidos con el 100% de las actas procesadas en el escrutinio preliminar.
Votos obtenidos con el 88.46% de las actas procesadas hasta la tarde de ayer.
Apopa Nuevas Ideas 1er PERÍODO
Santo Tomás Nuevas Ideas 1er PERÍODO
Votos obtenidos con el 87.13% de las actas procesadas. Pendientes 22 actas.
Votos obtenidos con el 100% de las actas procesadas. El municipio tiene 38 actas.
Ciudad Delgado Nuevas Ideas
Panchimalco Nuevas Ideas
24,964
8,191
Votos obtenidos con 121 actas procesadas de un total de 139, que equivalen al 87.05%
Votos obtenidos por el partido con el 80% de las actas procesadas hasta ayer en la tarde.
saúl meléndez
Mario Durán
Cindy Andrade
Juan Barrera
29,843
61,224
14,952
2,874
Mejicanos n-cd 1er periodo
Votos obtenidos con el 90.10% de las actas procesadas. Ayer en la tarde faltaban 20.
San Salvador N-GANA 1er PERÍODO
Marcas a favor de la coalición Nuevas Ideas-Gana y 29,330 marcas para Nuevas Ideas.
San Marcos Nuevas Ideas 1er PERÍODO
Votos obtenidos por el partido Nuevas Ideas con 88 de las 89 actas procesadas.
ACTUALIDAD
Rosario de Mora Nuevas Ideas
Votos obtenidos con el 88.24% de las actas procesadas por el sistema del TSE.
Que la tecnología nos iba a dar elecciones claras, transparentes, seguras, confiables y rápidas, se está dando Guilermo Wellman
U
Magistrado TSE
no de los magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) que ha insistido que incorporar el sistema tecnológico para la transmisión y procesamiento de resultados es Guillermo Wellman, quien ayer defendió la efectividad de la tecnología para transmitir las actas de las Juntas Receptoras de Votos (JRV). “Los resultados son evidentes, la observación electoral está bastante satisfecha y nos ha felicitado por ser un sistema específicamente creado por el TSE, no ha necesitado contratar empresas millonarias ni cosa que se parezca”, dijo Wellman. El magistrado destacó el apoyo del Centro de Criptología de España en la detección de vulnerabilidades del sistema. “Desde antes se estaba pretendiendo vulnerar el sistema. Muy porbable, no puedo dar fe de eso que se haya intentado vulnerar antes del inicio de la transmisión, en la transmisión; pero la realidad que estábamos bien seguros que teníamos los instrumentos necesarios y las instituciones necesarias para evitar esa vulneración”, afirmó. Eduardo Lozano, técnico de la comisión de informática del TSE, expuso que los retrasos en la transmisión de actas se debió al factor humano y no al sistema tecnológico, ya que llegaron personas sin capacitación a integrar JRV y trataban de manipular el sistema.
Ataques al sistema.
Mientras que el magistrado Julio Olivo expresó nuevamente que el sistema tuvo ataques que buscaban evitar que funcionara, incluso el día de la elección. “Tuvimos ataques cibernéticos que se lograron combatir, la gente logró repeler esos ataques de hacker, no lograron penetrar nuestros escudos de seguridad y eso se dio toda la noche”, dijo Olivo. Al preguntarle si esos ataques serían externos o internos, dijo que habría que “caracterizarlos”, porque pudieron ocurrir desde servidores en el extranjero o de casas aledañas. Agregó que, debido a la complejidad del sistema electoral del país, la única manera de poder empezar a divulgar en la misma noche de la elección era usando tecnología, la cual calificó como “todo un éxito” al tener 85% de actas recibidas ayer.
Primer acta de San Alejo
Lozano dijo que la primer acta que se registró era de San Alejo, en La Unión, la cual contenía 36 votos. “Nos sorprendimos que empezaran a llegar antes”, dijo sobre la agilidad del sistema. Añadió que habían previsto falta de señal en la zonas fronterizas, por lo que se llevaron a las sedes habilitadas para transmitir.
5
6 ACTUALIDAD
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Muyshondt promete una transición ordenada a Durán El alcalde se quejó de la que calificó como peor campaña y señaló al Gobierno de acoso.
SUSPENSIÓN
En junio de 2020, las alcaldías no recibieron la cuota de $41 mil del Fodes, que por ley debe Hacienda transferirles a las comunas.
2 FALTA DE FONDOS
Uno de los argumentos del ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, fue la insuficiencia de fondos para pagar el Fodes.
GLENDA VÁSQUEZ redaccion@elmundo.sv
Mushondt aseguró que que han luchado contra funcionarios criminales en esta campaña electoral. “De rodillas solo ante Dios”, dijo al final.
El alcalde de San Salvador le expresó ayer al Gobierno que “ahora ya no va a tener a quién echarle la culpa de sus fracasos, de seguro que el 1 de mayo le van a pagar el Fodes a todas las alcaldías”.
1
Sin asegurar que formará parte del concejo, aseguró que seguirá trabajando por los capitalinos.
E
rnesto Muyshondt, alcalde San Salvador por el partido Arena, reconoció su derrota electoral señalando el proceso electoral como el más viciado en la historia electoral democrática en el país, debido a que no se enfrentó con un contrincante sino a una campaña con recursos del Estado. “Nos llevamos la mayor parte de la tajada del bloqueo y del acoso gubernamental y de los recursos gubernamentales en esta campaña de estado que buscaba destruirnos”, aseveró Muyshondt. Sin embargo, aceptó su derrota y se comprometió en hacer una transición transparente y ordenada de la alcaldía de San Salvador. También expresó que, pese al gane del partido Nuevas Ideas, él se sentía ganador y así seguirá ante todos los que le brindaron su apoyo.
ALCALDÍA SIN RECIBIR EL FODES
Llamado.
34 MIL es la ventaja en votos que tuvo Mario Durán sobre Ernesto Muyshondt en la elección.
El edil hizo un llamado al presidente de la República, Nayib Bukele, diciéndole que ya no le quedan excusas, que ya no va a tener una Asamblea Legislativa a quien culpar de sus fracasos y que ahora ya no va a tener alcaldías opositoras a quien bloquear o atacar, a quien no pagarles el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de las Municipalidades (Fodes). Pese a su derrota, él está dispuesto a colaborar en todo lo que sea para beneficio de los salvadoreños y del país, pero indicó que también estará ahí para señalar los errores, los desaciertos, la falta de transparencia, la corrupción, los abusos, las ilegalidades, los retrocesos democráticos e institucionales que sufra el país. Muyshondt no detalló si
“Formalmente ellos ganaron la alcaldía de san salvador, pero verdaderamente yo si me siento ganador y así seguiré ante todos ustedes”. ernesto muyshondt alcalde de sal salvador
conformará el concejo plural de Mario Durán, quien lo sucederá en el cargo de alcalde. Invitó además a los países amigos de la comunidad internacional a las democracias a mantener nos vigilantes para hacer perseverar la convivencia democrática y que esta no sea destruida en
91,120
VOTOS A NI-GANA
ESTA CANTIDAD DE VOTOS RECIBIÓ MARIO DURÁN, PARTICIPÓ EN COALICIÓN.
57,061
3 ESTRATEGIA
Sin embargo, Zelaya aseguró en un mitil que pagaría “quizás” el Fodes a las alcaldías hasta después de la campaña electoral.
4
VOTOS A ARENA
ESTA CANTIDAD DE VOTOS RECIBIÓ ERNESTO MUYSHONDT, PARTICIPÓ CON ARENA. el desequilibrio ahora que el poder y el control esté concentrado en una persona o un pequeño grupo de personas. Con un 89.8 % de actas escrutadas, Arena registra 57,061 votos a su favor, frente a los 91,120 votos de Nuevas Ideas y Gana, partidos que participaron en coalición.
EL ARGUMENTO
El Gobierno argumentó que las alcaldías querían el Fodes para hacer campaña electoral. El Fodes sirve para obras y gastos administrativos.
FMLN buscará una “profunda reforma” JAQUELINE VILLEDA jvilleda@elmundo.sv
Óscar Ortiz, secretario general del FMLN, informó ayer que como partido político se buscará una reforma con cambios no solo en la parte política, sino también en el ámbito organizativo y funcional. “Como FMLN hoy cerramos un ciclo importantísimo después de 29 años de plataforma democrática, y hoy mismo comenzamos sin duda alguna la más profunda reforma política
de la izquierda y de nuestro partido”, explicó el dirigente del FMLN. Esta reingeniería, como lo llamó Ortiz, comenzó hace un par de meses pero, debido a la elecciones, se detuvo; sin embargo, se retomarán reformas en sus estatutos y entablará un diálogo con miembros del partido a nivel municipal, departamental y nacional, teniendo como primer paso contribuir con el escrutinio final de los comicios. Sobre su permanencia en el
cargo, la prensa preguntó a Ortiz si se presentarán renuncias de los dirigentes, si las reformas que se realizarán afectarían la dirigencia del partido y si estaba considerando dejar la jefatura del FMLN, ante lo cual el secretario general no emitió pronunciamiento. El FMLN destacó que la tendencia para diputaciones de la Asamblea Legislativa estará “arriba de seis diputados”, sin embargo indicó que no pueden afirmarlo porque están revisando información.
Lo más seguro es en los últimos años que no hemos estado a la altura de la exigencia que los ciudadanos nos han venido planteando como izquierda y como FMLN, y toca reconocerlo”. Óscar Ortiz Secretario General FMLN
6 DIPUTADOS Sin confirmar datos Ortiz estima que el FMLN poseerá seis diputados en la Asamblea Legislativa.
Óscar Ortiz destacó que la tendencia decreciente en apoyo al partido se ha dado desde el 2015. / JAQUELINE VILLEDA
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
ACTUALIDAD
ELECCIONES
A NIVEL NACIONAL
OBSERVADORES DESTACAN CIVISMO
EN EL 15.3 % DE CENTROS DE VOTACIÓN HUBO PROPAGANDA ELECTORAL
Guillermo Reyes, presidente del Consejo de Expertos Electorales de Colombia, destacó de las elecciones del pasado domingo 28 de febrero, el civismo y respeto al proceso electoral. Señaló que estuvieron observando desde las 6:00 a.m. de ese día y aseguró que los salvadoreños “demostraron al mundo que estaban encima de cualquier cosa, con respeto y cumplimiento de normas sanitarias, queremos destacar el respeto al interior y parte exterior durante el momento de elección”.
La Misión de Observación y Auditoría Electoral (MOAE) registró que en 15.3 % de los centros de votación hubo propaganda electoral dentro del centro de votación. También reportaron propaganda electoral en los alrededores de varios centros, irrespetando la distancia de 100 metros establecida en la ley electoral. Algunos de los centros de orientación al voto fueron “stands” de propaganda.
Diputados electos de Nuevas Ideas buscarán trabajar en “un solo rumbo” junto a Bukele Nuevas Ideas respetará los resultados electorales aseguró su representante, Wilber Romero. SARAÍ ALAS salas@elmundo.sv
E
l consejero departamental de Nuevas Ideas en San Salvador, Wilber Romero, aseguró que la principal apuesta de los diputados de su partido será seguir la tendencia de reducción de homicidios en el país y colaborar desde la Asamblea Legislativa con el presidente de la República, Nayib Bukele. Romero explicó que los diputados electos por Nuevas Ideas buscarán trabajar para que el país continú un plan de trabajo en “un solo rumbo”. “A partir del primero de mayo vamos a tener una Asamblea totalmente trabajando con el Órgano Ejecutivo, vamos a trabajar para que nuestro país salga hacia adelante. Bajar más el nivel de la violencia, que haya más trabajo, con la Asamblea Legislativa y el Ejecutivo, vamos a tratar que todos los buenos proyectos sean apoyados. Tenemos que trabajar por los nuevos funcionarios que van a llegar a la Asamblea Legislativa”, aseveró Romero.
EN CORTO
NUEVAS IDEAS PROMETE GENERAR EMPLEOS Y MEJORAR EL TRANSPORTE.
Celebración por resultados
El representante del partido que logró Nuevas Ideas en el Órgano Legislativo y, en consejos municipales, hizo el llamado a los otros nueve partidos políticos que participaron en la contienda elecresultados y la voluntad de los salvadoreños. “Los gobiernos locales van a trabajar en un solo rumbo: sacar al país hacia adelante. Nosotros como Nuevas Ideas nos sentimos muy contentos, muy alegres por este triunfo. Vamos a respetar los resultados, la voluntad del pueblo salvadoreño se tiene que respetar”, acotó Romero.
Promesas en campaña
Entre las promesas de Nuevas Ideas para trabajar en la próxima legislatura, están realizar una auditoría en el Órgano Legislativo, reestructurar el recinto, además de combatir la evasión y la tas fueron promovidas por Ernesto Castro, el candidato más votado del partido cyan en el país. Otras promesas son generar empleos, combatir la violencia contra la mujer, fortalecer el sistema de salud pública, impulsar un sistema de salud veterinaria y mejorar el ser-
7
Wilber Romero, consejero del partido Nuevas Ideas. /S. ALAS
90 %
DE ESCRUTINIO
LLEVABA PROCESADO HASTA AYER EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL.
EL DATO Este 28 de febrero, los salvadoreños otorgaron la mayoría de escaños legislativos al partido Nuevas Ideas. Entre ese partido y Gana podrían obtener 60 curules.
vicio de transporte colectivo. Estas promesas de campaña fueron promovidas por Ivonne Hernández.
Plan Cuscatlán.
Suecy Callejas también señaló que todos los miembros de Nuevas Ideas en la Asamblea Legislativa trabajarán utilizando como guía el “Plan Cuscatlán”, la plataforma de campaña de Bukele, y para dar educación de calidad. Miembros del partido Nuevas Ideas hicieron estas promesas de campaña sin explicar cuál es el proyecto o su plataforma legislativa de dicho partido político para El Salvador. Hasta ayer, el partido Nuevas Ideas dominaba con amplia ventaja la elección de alcaldes y consejos municipales en El Salvador. El partido cyan espera obtener 56 curules en la Asamblea Legislativa. de votos, informó el TSE.
Vamos a tener una Asamblea totalmente trabajando con el Órgano Ejecutivo, vamos a trabajar para que nuestro país salga hacia adelante”. La fracción legislativa de Nuevas Ideas asumirá el 1 de mayo de 2021.
+INFO TAMBIÉN PIDIERON A LOS DEMÁS MIEMBROS DE LOS PARTIDOS POLITICOS RESPETAR LOS RESULTADOS Y LA VOLUNTAD DE LOS SALVADOREÑOS.
wilber romero consejero en nuevas ideas
8 ACTUALIDAD
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Fiscalía registró 8 capturas durante las elecciones del 28F Hasta ayer, la Fiscalía había abierto 8 expedientes por capturas durante las elecciones; la policía tiene otro listado desde el sábado.
Fueron capturadas tres personas por conductores peligrosos que iban en estado de ebriedad y eso fue en diferentes controles vehiculares”. mauricio arriaza director de la pnc
El Código Electoral establece un listado de acciones que están prohibidas el día de las elecciones, un día antes entra en vigencia la ley seca.
ILIANA CORNEJO icornejo@elmundo.sv
L
La PNC informó de la captura de un vigilante por haber votado sin aparecer en el padrón electoral. / CORTESÍA.
a Fiscalía General de la República registró ocho capturas, durante el 28 de febrero, día de las elecciones legislativas y municipales de este 2021, según un último informe. De estos, cinco capturas fueron por delitos electorales, cuatro ocurrieron en la zona oriental y una en la zona central. Mientras que en San Salvador, en el occidente y oriente también ocurrieron tres delitos consignados en el Código Penal.
Los capturados.
En La Unión, fue capturado Ricardo Josué Gómez Turcios por el delito de fraude electoral, quien emitió sufragio por estar acreditaron en una Junta Receptora de Votos, pero no podía porque no fue excluido del padrón electoral, por una condena penal. Arnulfo Iraheta fue capturado por el delito de fraude electoral, en Usulután, luego de votar dos veces, haciéndose pasar por su hermano fallecido. Erick Filiberto Argueto Vigil y Wilber Rolando Martínez fueron capturados por el delito de fraude Electoral, en Meanguera; el primero fue capturado por romper papeletas y el segundo, por introducirlas a las cajas. Karen Beatriz Hernández López, capturada por fraude electoral, luego de romper una papeleta en San Miguel Tepezontes. Según la fiscalía, la señalada era secretaria de una Junta Receptora de Votos y rompió la papeleta luego de corroborar que un ciudadano que emitió su voto no le correspondía hacerlo en esa urna.
Otros delitos.
Franklin Guillermo Segura Valenzuela, en el municipio de Chalchuapa, Santa Ana, por el delito de tenencia, portación o conducción ilegal o irresponsable de arma de fuego; él ingresó armado al centro escolar cantón El Arado. Ricardo Samuel Castellón Bermúdez fue capturado por el delito de violencia intrafa-
HECHOS Y DETENCIONES RELEVANTES DURANTE LAS ELECCIONES 2021 La pandemia ha impactado de gran manera en las deportaciones de Estados Unidos y de México, prinicipalmente, pero no han parado.
1 DISPAROS
2 USULUTÁN
3 LA UNIÓN
Al menos ocho disparos fueron hechos en el centro educativo, República del Perú, en Mejicanos, pero no hay detenidos.
Arnulfo Iraheta fue capturado luego de haber votado por segunda vez; en la segunda ocasión se quiso hacer pasar por su hermano muerto.
Ricardo Gómez Turcios fue detenido por votar, cuando no aparecía en el padrón, esto por estar condenado penalmente.
miliar y daños, en la ciudad de Usulután. Según la Fiscalía, era vigilante de Nuevas Ideas y cometió el delito en perjuicio de otro vigilante del mismo partido en el complejo educativo Alberto Masferrer, de esa ciudad. Carlos Alberto Bonilla Soriano fue capturado por el delito de lesiones en Mejicanos, luego de agredir a un miembro de la Junta Receptora de Votos, en el complejo educativo, República del Perú.
do de ebriedad y eso fue en diferentes controles vehiculares en el territorio nacional y estuvimos verificando la toxicología de las personas que iban conduciendo vehículo, más los 15, serían 18 personas privadas de libertad para que puedan responder ante la justicia”, dijo ayer Arriaza. Según el director de la corporación policial, nueve personas fueron detenidos por lesiones, hurtos y amenazas y seis por delitos electorales vinculados a romper la papeleta, inutilizar instrumentos del paquete electoral y suplantar identidades. La fiscalía también tiene en su repertorio de hechos, un incidente donde se hicieron ocho disparos frente al complejo educativo República de Perú, en Mejicanos, por el cual no hay capturas.
2
Las cuentas de PNC.
Ayer, el director de la Policía Nacional Civil, Mauricio Arriaza, dijo que desde el sábado reportaban 18 capturas, tres de ellas, por trasgredir la ley seca. “Fueron capturadas tres personas por conductores peligrosos que iban en esta-
CASOS
CON TRES CAPTURADOS FUERON POR ROMPER LAS PAPELETAS.
5 CAPTURAS
POR DELITOS ELECTORALES REGISTRÓ LA FISCALÍA GENERAL.
9 DETENCIONES
POR DELITOS ELECTORALES, REGISTRABA LA PNC AYER.
4 MEANGUERA
Dos personas fueron capturadas luego que una rompiera las papeletas y el segundo las introdujera en las cajas.
EN CORTO
LA FISCALÍA PONDRÁ A LA ORDEN DE TRIBUNALES, LOS DETENIDOS POR DELITOS ELECTORALES.
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
ACTUALIDAD
En febrero murieron 229 personas a causa del covid-19 Se prevé un repunte de contagios en los próximos 15 días, tras los comicios del 28 de febrero.
Unos 1,861 salvadoreños han muerto desde que inició la pandemia en el país. Un 84.04 % corresponde a personas mayores de 60 años. JAQUELINE VILLEDA jvilleda@elmundo.sv
F
ebrero se convierte en el cuarto mes que más muertes registró por covid-19, 229 personas fallecieron a causa del virus y estos datos solo se superan por agosto, julio, y el reciente mes de enero. “Se ha observado que la situación de la estadística de la vel de todo el mundo y cada país, cada región puede estar experimentando disminuciones y puede estar experimentando incremento de casos”, destacó Francisco Alabí, ministro de Salud, durante una entrevista matutina. Estas muertes se suscitan a pesar de que se ha generado un descenso de casos en un mes de hasta el 46.18 %, ya que en enero se registraron 8,680 casos y en febrero bajó a 4,671, esto cuando las muertes apenas presentan una reducción del 20.76 % comparado con los 289 decesos de enero, es decir que la cantidad de casos disminuyó
+INFO A FINALES DE FEBRERO SE HAN PRESENTADO AGLOMERACIONES ANTE CIERRE DE CAMPAÑAS ELECTORALES Y VOTACIONES.
en mayor cantidad que la de muertes, que representan 60 personas menos en el mes de febrero. De esta manera, durante el año se reportan 518 muertes a causa del virus, cantidad similar a la registrada entre agosto y julio del 2020 cuando entre ambos meses se registraron 542 decesos. El ministro de Salud manifestó durante una entrevista la semana pasada que, en el país no se han registrado la cantidad de casos similares a los presentados en julio y agosto del año pasado, sin embargo las muertes ya fueron superadas por el mes de enero con 289 cuando rebasó por 12 fallecidos a julio que registró 277.
EN CORTO
UN PROMEDIO DE 8.17 PERSONAS MURIERON CADA DÍA DE FEBRERO POR COVID-19.
Mayores de 50 años.
Los fallecidos se vuelven más notables cuando se dividen
PROCURADORES
PREVÉN REPUNTE DE CASOS DE COVID-19 POR POCA DISTANCIA En un balance preliminar, la delegación de procuradores de Derechos Humanos internacionales que acompañaron ayer, al defensor salvadoreño, Apolonio Tobar, señalaron su preocupación por un probable repunte de casos de covid-19, debido a la falta de votación. Asimismo, el defensor del pueblo en Río Cuarto, provincia de Córdoba, Argentina, Ismael Rins, también sugirió mejorar la manip-
ulación del dui “eso creo que es mejorable, la manipulación no es recomendable. Recomendable una bandeja de seguridad para estos casos y la otra que además de la distancia social vinculada a las personas que participaron de la elección, la distancia social también se tiene que replicar en las mesas de votación”, dijo en la conferencia.
por grupos etarios, ya que del total de fallecidos en febrero, 215, un 93.88 % son mayores de 50 años, y sólo 13 tienen entre 30 y 50 años, un 5.67 %. Sin embargo, a nivel general un 84.04 % de los decesos corresponden a personas mayores de 50 años, unas 1,564 personas, un leve incremento comparado con los datos que se tenían hasta enero cuando las muertes en este grupo etario alcanzaron el 83.65 %. Además, los hombres continúan siendo los que más fallecen a causa del virus, desde marzo que se registró la primera muerte, 1,127 hombres murieron a causa del virus, un 60.55 %, y en el caso de las mujeres la cantidad se reduce a 724, correspondiente
a 38.90 %. Desde el 26 de febrero del 2021 los casos de covid-19 no se han actualizado en el país, y desde el 18 de enero los casos han estado a la baja hasta llegar a los 154 casos el 25 de febrero del 2021.
9
20 % DISMINUYERON
LAS MUERTES POR COVID-19 EN FEBRERO, EN COMPARACIÓN DE ENERO 2021.
10 ACTUALIDAD
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Cámara ordenó esperar peritaje antes de embargar a italiana Astaldi Los bienes de Astaldi en El Salvador fueron embargados desde el inicio del proceso judicial, para asegurar una posible condena civil. JAIME LÓPEZ
L
jlopez@elmundo.sv
En su resolución los magistrados advirtieron a los abogados de Cel que sí querían avanzar en el proceso, ellos debían brindar cuantías de montos.
a jueza novena de instrucción, Nora Montoya, explicó que es necesario el peritaje financiero contable de los bienes de la empresa italiana, Astaldi, para ordenar el embargo a estos, según el criterio de la Cámara Tercera de lo Penal de San Salvador. “Como los bienes están en Italia, no tenemos forma de ubicar los inmuebles, los vehículos o como si fuera en El Salvador que a través del Registro Público Automotor o Centro Nacional de Registros se puede hacer. Por eso, la Cámara me dice que esperemos el peritaje para saber los montos para tener garantía que esos bienes existen”, explicó ayer la jueza. El 26 de febrero, el presidente de la Comisión Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), Daniel Álvarez, denunció que la Cámara Tercera de lo Penal, de San Salvador, había
DEJAN LIBRE A SUJETO ACUSADO DE ROBAR $2,500 ALTAVISTA. El Tribunal Tercero de Sentencia de San Salvador absolvió a Álvaro Emilio Rosales, de 32 años, acusado de participar en un robo a una pareja, que recién salía de una agencia bancaria en Altavista, Tonacatepeque en marzo de 2020. Fiscalía afirmó que Rosales junto a otros tres hombres le
rechazado la petición de los abogados de la autónoma, de ordenar la ejecución de un embargo de $228 millones en los bienes de Astaldi. El juzgado Noveno de Instrucción, de San Salvador, negó que la Cámara Tercera de lo Penal rechazara el embargo de la empresa italiana, cuyos representantes están acusados de lavado de dinero y activos en la construcción de la presa hidroeléctrica El Chaparral, durante el gobierno de Mauricio Funes. Además del expresidente Funes en este caso son procesados, el expresidente de CEL José Leopoldo Samour, al italiano Mario Federico Pierasgostine, el empresario José Miguel Menéndez, Ada Michael Guzmán Sigüenza y José Efraín Quinteros. A ellos se les acusa de peculado, lavado de dinero, agrupaciones ilícitas y cohecho propio (soborno).
El peritaje.
El Juzgado Noveno de Instrucción decretó embargo a
atravesaron el vehículo a la pareja en Altavista y con armas de fuego los obligaron a entregar el dinero que recién habían sacado del banco. La jueza fundamentó su fallo en que los testigos o víctimas no pudieron identificar al imputado en rueda de personas que se hizo en el penal de Santa Ana como parte del grupo que los asaltó y los despojó de sus bienes. Ante la duda que creó la falta de reconocimiento por parte de las víctimas, la jueza absolvió al imputado de todo cargo. Álvaro Emilio, de 32 años fue capturado varios meses después, en septiembre del año pasado.
La presa El Chaparral está ubicada en San Luis La Reina, al norte de San Miguel.
EN CORTO
CUATRO AUDITORÍAS FIINANCIERAS CONTABLES SE HACEN SOBRE ESTE CASO.
los bienes de Astaldi, el 28 de septiembre del 2020 a petición de la querella conformada por los abogados de CEL, como medida preventiva, pero la defensa apeló ante la Cámara Tercera de lo Penal y esta le dio la razón, tras alegar que no se tenía el resultado del peritaje “para valorar si procede la medida”. Son cuatro peritajes que iniciaron en diferentes fechas desde septiembre de 2019, que buscan determinar el contenido patrimonial de cada imputado y las sociedades, además que explicarían cómo salió el dinero, cómo se distribuyó y a qué personas fue entregado. “El proceso está repartido en varios juzgados y todos estamos haciendo lo mismo. Nos han puesto a trabajar a más de un juez con lo mismo”,
explicó la jueza. El proceso es voluminoso son mil, a eso se suma que los plazos de instrucción están excedidos. Los peritos llevan más seis meses y la jueza Nora Montoya les autorizó cuatro meses más para completar la pericia financiera contable a los bienes de Astaldí, de modo que, para cumplir con lo dictado por la Cámara, “todavía no se ha llegado el tiempo, sino hasta el 19 de mayo”, explicó la jueza Nora Montoya. Montoya explicó que uno de los inconvenientes que se ha tenido en el desarrollo de la pericia es la pandemia, ya que algunos peritos se enfermaron de covid-19. Ante ese retraso, los querellantes presentaron un escrito a la Cámara en el que se quejaron de que han pasado
Como los bienes están en Italia, no tenemos forma de ubicar los inmuebles, los vehículos, como si fuera en El Salvador”. nora montoya
jueza novena de instrucción
varios meses y que la jueza Noveno de Instrucción no ha resuelto. “L a Cámara Tercera de lo Penal me dice que si se cumplen los parámetros o si se tiene el peritaje, que vuelva emitir (el embargo) pero si no se tiene, que no lo haga porque volvería a ser anulado”, sostiene la jueza.
CONDENAN A EXTESORERO DE ALCALDÍA DE SALITRILLO
SANTA ANA. El Tribunal Segundo de Sentencia, en Santa Ana, condenó a cuatro años de prisión al extesorero de la alcaldía municipal de San Sebastián Salitrillo, Joaquín Ernesto Álvarez Mendoza, de 31 años de edad, como cómplice necesario del delito de apropiación o retención de cuotas laborales en perjuicio de cuatro víctimas. Por esa cantidad de años, Álvarez también perdió sus derechos ciudadanos. También debe pagar $2,177.12 en concepto de cuotas no depositadas a cuatro personas.
3 El imputado continuará en libertad mientras no esté en firme la sentencia, los jueces consideraron que llegó al juicio, a pesar que se procesaba por un delito grave.
EXALCALDE DE SANTA ANA A JUICIO POR VIOLACIÓN OCCIDENTE. El Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres de Santa Ana ordenó que José Orlando Mena Delgado, exedil de esa ciudad,vaya a juicio, a quien Fiscalía acusa de los delitos de violación en menor o incapaz en su modalidad continuada; otras agresiones sexuales; y expresiones de violencia contra las mujeres, en perjuicio de quien al momento de los hechos era menor de edad. Los hechos habrían ocurrido en 2007.
DELITOS Le imputan al exalcalde de Santa Ana. La Jueza consideró que habían suficientes pruebas presentadas por Fiscalía para que el exalcalde vaya a juicio.
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
¿Y ahora qué?
Una victoria contundente, ahora a construir país.
E
l pueblo salvadoreño ha hablado y con contundencia. Le ha dado una amplia mayoría al presidente Nayib Bukele en la Asamblea Legislativa y en los concejos municipales para consolidar su proyecto político, en un espaldarazo histórico en nuestra vida democrática. Es un enorme compromiso y una enorme responsabilidad tener tanto poder. Los pueblos no dan cheques en blanco, dan su buena fe a una opción política que esperan que les cumpla lo prometido y mejore las condiciones de un país tan afectado por la crisis económica, la corrupción, el subdesarrollo, la falta de oportunidades que obliga a la migración, la confrontación política estéril y muchísimos males más. El gobierno no tendrá ya excusas del bloqueo opositor y deberá crear las condiciones para un país que desarrolle el clima de negocios para poder invertir, generar prosperidad, empleos y el tan ansiado desarrollo que necesitamos. Es también el fin del ciclo de dos partidos que cumplieron un rol en El Salvador de postguerra pero que ahora han sido contundentemente derrotados en las urnas. ARENA y el FMLN han fracasado como oposición política y han tenido los peores resultados de su historia. Su liderazgo ha fracasado y su resistencia a la renovación en rostros y enfoques los han llevado a ser intrascendentes en la próxima legislatura. Sin embargo, es de esperar que el gobierno respete a esa minoría que no le dio el voto y que también debe ser escuchada.
ALFREDO ATANACIO CÁDER
Empresario @aatanacio
S
é que para muchos los resultados de ayer son poco alentadores y así como yo, esperaban que no se le entregara el poder a una sola persona. La democracia funciona así, es imperfecta y no siempre los resultados nos gustan. Incluso, pueda que en nuestra opinión, los resultados sean una amenaza para la manera en cómo queremos vivir. Una lección importante que deberíamos aprender todos los que nos hemos considerado oposición, ya sea desde la política o la sociedad civil, es que debemos dejar ese sentimiento de superioridad por no apoyar al Presidente y sus funcionarios. Ridiculizar a sus seguidores y hablarles desde un pedestal no va a cambiar la realidad que estamos viviendo. Quienes apoyaron la consolidación del poder en una persona tienen sus razones para hacerlo… Dediquemos un tiempo para entenderlas y razonarlas. No todos son troles, no todos son “comprados, no todos tienen un “hueso” y no todos son “resentidos”. Son personas que tienen (o deberían) tener las mismas oportunidades que el resto de Salvadoreños. Muchos de ellos son personas cuyas necesidades básicas nunca han sido cubiertas y el proyecto asistencialista del gobierno los ha llevado a cubrirlas. A muchos les tiene sin cuidado (y muchas veces con razón) la democracia, la institucionalidad y la separación de poderes. Empezar a entender sus razones y darles su lugar es un buen primer paso para poder competir democráticamente en este nuevo escenario
que se nos presenta. A quienes ayer votaron por consolidar un cambio: Sean exigentes, no sean tolerantes con la incapacidad o falta de transparencia…mucho menos con la corrupción. Ahora el gobierno y el proyecto del Presidente tienen todo lo que necesitan para cumplir con sus promesas. Si detectan transgresiones en sus funcionarios no los justifiquen diciendo que “los demás lo hicieron y entonces se quedaron callados”… Aprecien a los medios de comunicación y los periodistas independientes… Los escándalos más grandes de corrupción, esos mismos que a ustedes los llevaron a votar por este “cambio”, fueron en gran medida descubiertos por investigaciones periodísticas. Ni el Noticiero El Salvador ni el periódico del gobierno van a hacer esa tarea… Ustedes deberían ser mucho más exigentes que la oposición, pues ustedes les confiaron su voto. Por último, quiero dar un agradecimiento a todos esos excelentes perfiles que decidieron salir de su zona de confort y correr en esta elección. Nos dieron a muchos una lección… y me reconforta saber que hay algunos que lograran representarnos muy bien en la Asamblea Legislativa. Ahora a todos los salvadoreños nos tocan esencialmente dos cosas: Estar vigilantes y exigirle a nuestros gobiernos que tomen decisiones que tengan el bien del país como objetivo y trabajar desde cada una de nuestras áreas de influencia, enfocándonos en lo que nosotros podemos controlar, para cambiar la realidad que tenemos frente a nosotros.
La empresa privada y la oposición política deben construir puentes, terminar el capítulo de confrontación. Igualmente, el gobierno debe disipar temores, construir puentes y establecer un legado que permita edificar El Salvador que todos deseamos, en paz, en democracia, en prosperidad y libertad.
Presidente: Lic. Juan José Borja Papini Vicepresidente: Lic. Ernesto Borja Papini Director Ejecutivo: Lic. Onno Wuelfers Editor Jefe: Álvaro Cruz Rojas Gerente General: Lic. Arturo Argüello Oertel
DR. JUAN JOSÉ BORJA NATHAN • FUNDADOR 1967 Email: redacción@elmundo.sv Tel. Redacción: 2234 8000 Ventas Directas: 2234 8014 Ventas por Agencia: 2234 8050 Suscripciones: 2234 8100
Miembro de la SIP • Premio UNICEF 1994 Dirección: 15A. Calle Poniente 7A. Avenida Norte #521 Tel: 2234 800 / Fax: 2234 8195
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- DEBATE -
EDITORIAL
EL PAÍS VOTÓ POR UN CAMBIO PROFUNDO Y ESPERA QUE LE CORRESPONDAN Y CUMPLAN SUS EXPECTATIVAS. QUEDA CONSTRUIR Y VER HACIA ADELANTE.
OPINIÓN
- ASÍ LO DIJO -
“ESTOS RESULTADOS SON EL FRUTO DE ARDUOS MESES DE TRABAJO Y DEDICACIÓN DE FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS QUE NO ESTUVIMOS EXENTOS DE CONTAGIARNOS DE COVID-19”. DORA ESMERALDA MARTÍNEZ
PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL
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OPINIÓN
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
- BENDITA SOBRIEDAD -
- ANÁLISIS -
El poder político y mediático de Nayib Bukele (II)
66 años de AA en El Salvador
FIDEL LÓPEZ EGUIZABAL
Docente investigador Universidad F. Gavidia @FidelEguizabal
E
n la primera parte de este análisis sobre “El poder político y mediático de Nayib Bukele” se analizó sobre su forma de comunicar, su personalidad, su populismo y los cambios que ha realizado. El 28 de febrero del 2021 habló el pueblo a través del voto. El partido político Nuevas Ideas eliminó el bipartidismo, no hay duda que el pueblo confía en la forma de gobernar de Nayib Bukele. Es inédito lo que marcó esa fecha. Lo que suscitó el 28 de febrero es histórico, Nayib Bukele es una marca personal, el territorio salvadoreño se volvió a pintar de cian. En este contexto, logró que muchas cabeceras departamentales las obtuviese Nuevas Ideas; además, tendrá mayoría en la Asamblea Legislativa. El Salvador quiere que lo vean diferente, ya no quiere que los partidos ARENA y FMLN vuelvan a tener el poder. El votante tiene poder. Se recuerda la frase que decía el líder de ARENA Roberto d’Aubuisson “El arma más poderosa de los hombres libres es el voto”. El 28F quedó claro, el votante, no importando clase social, posición económica, entre otros, logró decir que quiere un nuevo país. Las decisiones en la democracia se deben respetar. El Poder político de Bukele queda bien sellado en la historia política de El Salvador. El salvadoreño se aburrió de las corrupciones. Desde el 1 de mayo del 2021 tendremos un panorama diferente en muchos aspectos, Bukele tendrá el poder del primer órgano del Estado, la Asamblea Legislativa, y buscará también hacer cambios en la Corte Suprema de Justicia. La empresa privada, las iglesias, la sociedad civil, la academia y otras entidades son parte del Estado. Nadie puede negar que Nayib Bukele tiene el poder, ahora esperemos ver las elecciones de los funcionarios de segundo grado. Para que un país marche bien, debe de ponerse el dedo en la llaga, debe de perseguirse la corrupción, se debe tener fiscales, jueces y un órgano judicial transparente. Esa y otras causas son las respuestas el por qué el pueblo quiso los cambios. El pueblo se hartó de emigrar, de ver a un Pulgarcito que no arranca, de ver a un país con casi 40% de pobres, se cansó de ver a los mismos políticos. Ahora, nos toca ver un panorama diferente. Los partidos políticos no son eternos, tampoco los líderes, ya fue el tiempo del PCN, PDC,
JAIME ULISES MARINERO
Periodista @ulisesmarinero
EL SALVADOR QUIERE QUE LO VEAN DIFERENTE, YA NO QUIERE QUE LOS PARTIDOS ARENA Y FMLN VUELVAN A TENER EL PODER. EL VOTANTE TIENE PODER. ARENA y FMLN. L a victoria contundente del 28F marca un antes y después. El poder mediático de Bukele caló, la campaña propagandística de Nuevas Ideas y el trabajo que realiza, desde el 1 de junio del 2019, ha sido la punta de lanza para conquistar a los votantes. Recordemos que la fama de Bukele inició cuando fue candidato para la alcaldía de Nuevo Cuscatlán por el FMLNen el 2011; ganó y la marca “N” de Nayib fue efectiva. Las cartas ya estaban echadas, tal como lo mencionó en una entrevista televisiva el Dr. Joao Picardo, ya se sabía que Nuevas Ideas tendría un aproximado de 60 diputados, al cual se le suma los diputados de GANA. “Todo cambia” como dice la canción de Mercedes Sosa. El país no se detiene, El Salvador ha sufrido mucho y se merece cambios. Mi análisis es que vienen muchos cambios, no se puede estar desconfigurando a un presidente. Hubo ausentismo de muchos votantes, quizá la pandemia fue otro motivo para no ejercer el sufragio. Los bastiones de ARENA quedaron en el pasado. Quizá, solo Milagro Navas seguirá siendo una de las marcas del partido de derecha. Con respecto al FMLN, sin palabras. Esperemos que se llegue a un consenso entre las diferentes fuerzas de El Salvador. Se deberá respetar el Estado de Derecho. El pueblo le dio un apoyo total a Nayib Bukele. Todos esperamos que este país salga adelante. Si algo marcha mal; ya que, no hay gobernante ni Estado perfecto, se deberá mover nuevamente las piezas del ajedrez. El pueblo lo que anhela es tener paz, trabajo, salud, educación y todo lo que conlleve a un bienestar total. El poder político y mediático del joven político seguirá dando de qué hablar, no solo en El Salvador, sino a nivel mundial.
M
ientras el domingo pasado en El Salvador se realizaba la fiesta cívica de la elección de candidatos a alcaldes y diputados de la Asamblea y el Parlacen, hubo un hecho que casi pasa inadvertido, pero que es de suma trascendencia para el país y toda Centro América: El 66 aniversario de Alcohólicos Anónimos (AA). Fue en 1955, cuando el estadounidense Edward Thimothy Fitzgerald, conocido cariñosamente como Mr. Eddie por todos los alcohólicos anónimos de Centro América, junto a su esposa salvadoreña y una hija de cuatro años arribaron a El Salvador procedentes de San Francisco California, con el mensaje de AA en busca de rescatar vidas y con ello contribuir a la sociedad. En el país el primer grupo se formó en la casa de don Atilio, un acaudalado hombre que tenía problemas de alcoholismo. Desde entonces el movimiento fue creciendo y ganando adeptos por todo el istmo centroamericano. Actualmente en El Salvador existen unos mil 500 grupos distribuidos en todo el país y a los que asisten, motivados por la fuerza de voluntad y la fe ciega en el poder de Dios, más de 20 mil personas, entre hombres y mujeres, deseosos de superar ese vicio que es un cáncer que hace metástasis en todas las esferas de la convivencia del alcohólico. Alcohólicos Anónimos nace en 1935 en Akron, Nueva York y debe su comienzo al hombre de negocios, el estadounidense Bill B. y a su compatriota, el médico Bob S. Actualmente cuenta con más de 115 mil grupos a nivel mundial, que buscan a través de la motivación, el mensaje, el ejemplo, la voluntad y la convivencia hacer que las personas dejen de embriagarse, para mejorar su calidad de vida y la de los suyos. El movimiento se “rige” bajo 12 pasos y 12 tradiciones. Los 12 pasos inician con el hecho de admitir la impotencia ante el alcohol que vuelve la vida ingobernable, pasa por ponerse en manos de Dios y llega hasta aceptar que se recibe el despertar espiritual como resultado de seguir los doce pasos y llevar el mensaje a alcohólicos a efecto de ayudarles a superar el problema. Las tradiciones de AA incitan a la unidad, al amor hacia Dios, a la autosostenibilidad, a la transmisión del mensaje, a ayudar a quienes todavía sufren las consecuencias del alcoholismo, a la apoliticidad, al anonimato y a otros valores que llenan la conciencia de sus miembros y que los impulsa a mantenerse sobrios día a día. Los miembros de AA conviven bajo 36 principios que se resumen en “amor y servicio” y que contemplan las doce tradiciones, los doce pasos y los doce conceptos. Estos últimos, en síntesis, definen la estructura del movimiento y promueven la igualdad entre sus miembros. Y es que para ser alcohólico anónimo no se necesita más requisito que dejar de beber, aceptando que se es impotente ante el vicio. En lo personal pienso que cuando el hombre o la mujer dejan la bebida los principales beneficiados son ellos mismos, pero consecuentemente sus hijos, sus parejas y todas aquellas personas que permanente o circunstancialmente conviven con ellos. Por la naturaleza de mi trabajo a diario me toca conocer casos de personas procesadas y condenadas por haber cometido graves delitos bajo el efecto del alcohol. Recuerdo que el primer procesado por el delito de feminicidio en el país, era un gerente de una empresa distribuidora de vehículos, que en estado de ebriedad mató a su esposa, frente a sus hijos menores. Otro tipo mató a su mujer y a su hijo de tres años. Ambos recibieron severas condenas en medio del llanto y el arrepentimiento. He visto casos de violadores de sus hijos (as) que tratan de justificar la comisión del delito porque se encontraban ebrios. Hombres y mujeres que al volante y en estado de ebriedad, han matado a otras personas o han pasado la vergüenza de ser arrestados por conducción peligrosa. Conozco cientos de casos de familias destruidas por el alcohol. Grandes profesionales que cayeron en la desgracia por culpa del vicio. Personas que, como decía el maestro Alberto Masferrer, trabajaron de la puesta al ocaso del sol arduamente todos los días de la semana, para destruir su escaso salario junto a una cantina. Destruyen su salario, su vida y la de sus seres amados. La vida en sobriedad es linda y en AA con la tolerancia, la fe y el mensaje se puede alcanzar esa bendita sobriedad. Todo es cuestión de voluntad. ¡Feliz aniversario AA!
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Bancos reiniciarán conteo de mora en créditos afectados por covid-19
El BCR extendió algunas medidas aprobadas en 2020 para que los usuarios de crédito no se ven tan afectados por la pandemia.
La demanda de créditos se desacelera. Es más fuerte en los hogares que en el sector productivo. 10.0%
Crisis covid-19: impacto demanda y oferta
9.5% 8.5%
8.0%
60 MESES Se otorgarán para el saneamiento de la cartera de créditos de vivienda, dijo el BCR.
4.0%
3.2%
4.0%
1.5%
2.0%
0.0%
HOGARES
PRODUCTIVO
0.0%
TOTAL
dic
oct
nov
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ago
jul
may
abr
mar
feb
dic
2020
nov
oct
set
ago
jul
jun
-2.0% may
El BCR indicó que los sujetos obligados a cumplir esta norma son los bancos de capital nacional o extranjeros, sociedades de ahorro y crédito, y bancos cooperativos.
6.0%
abr
E
l Comité de Normas del Banco Central de Reserva (BCR) aprobó que las instituciones financieras inicien un conteo de los días mora para el saneamiento gradual de la cartera afectada por la pandemia y se evite así el cierre abrupto de las fuentes de financiamiento. Esta norma técnica se aprobó el 25 de febrero pasado para que las instituciones financieras apliquen una gradualidad en la constitución de reservas de saneamiento de créditos afectados por covid-19 por sector económico. La resolución publicada por el BCR indica que el conteo de los días mora para los créditos afectados por la pandemia se reanudará el 14 de marzo de 2021 para los préstamos con destino diferente a vivienda, mientras que los de vivienda comenzarán a contar hasta el 1 de enero de 2022. La gradualidad para la gran empresa (sin contar turismo) tendrá un plazo de 24 meses, mientras que las compañías de turismo tendrán 36 meses. Autoempleo, micro, pequeña y mediana empresa podrán extenderse hasta 48 meses y vivienda en 60 meses. Asimismo, el Comité aprobó mantener la norma que permite que las instituciones financieras que aumenten el saldo de créditos tengan un incentivo de reducir su requerimiento de reserva de liquidez hasta el
EL DATO
mar
ualeman@elmundo.sv
feb
UVELI ALEMÁN
2019
Para establecer los incrementos se tomarán en cuenta los saldos reportados por las instituciones a la Superintendencia del Sistema Financiero.
jun
El conteo de días mora para créditos con destino a vivienda se reanudará a partir de enero de 2022, mientras que el resto desde el 14 de marzo.
13
ECONOMÍA
FUENTE: BANCO CENTRAL DE RESERVA
22 de junio de 2021. Durante la vigencia de la norma las instituciones financieras que incrementen el saldo vigente de su cartera de créditos productivos o adquisición de vivienda tendrán un “incentivo” de un 25 % de descuento para calcular su requerimiento de reserva de liquidez. Según la norma, los créditos deben estar destinados a los sectores de agropecuario, minería y canteras, industria manufacturera, construcción, además de electricidad, comercio, transporte, servicios y adquisición de viviendas.
Demanda de crédito se desacelera.
La demanda de créditos productivos a los bancos, bancos cooperativos y sociedades de ahorro y crédito (SAC) fue de $14,842.4 millones a diciembre de 2020, con una variación de 3.2%. Este dinamismo, sin embargo, es menor al registrado en los últimos tres trimestres pues en marzo del mismo año
3
25 %
PARA REDUCIR RESERVAS DE BANCOS QUE DEN MÁS CRÉDITOS.
DE DESCUENTO EN EL CÁLCULO PARA EL REQUERIMIENTO DE RESERVAS DE LIQUIDEZ.
había crecido 6.4% a pesar que fue el mes en que se declaró la cuarentena domiciliar. El mayor impacto se observó en la demanda de crédito en los hogares que no mostró ninguna variación al alcanzar un saldo de $7,774.2 millones. Esto no había ocurrido desde 2011, cuando El Salvador se encontraba saliendo de la crisis financiera internacional de 2008-2009, pero cuyos efectos se sintieron hasta 2010. “El shock (impacto) de oferta y de demanda por la pérdida de poder de compra de hogares golpeó en promedio a la mayoría de las actividades de la economía”, advirtió la Fundación Salvadoreña para
el Desarrollo Económico y Social (Fusades) en su informe de coyuntura económica publicado la semana pasada. El tanque de pensamiento recomendó al Banco Central ampliar las normas temporales que vencen en marzo relativas a los servicios financieros debido a que todavía persisten los efectos negativos del covid-19. El Comité de Normas del BCR aprobó disposiciones temporales en marzo de 2020 para enfrentar los embates de la pandemia que recién iniciaba en el país y algunas fueron ampliadas en septiembre para que finalizaran hasta marzo de 2021.
MESES
+INFO FUSADES RECOMENDÓ AMPLIAR LAS NORMAS REFERIDAS AL APOYO TEMPORAL A DEUDORES CON PROBLEMAS DE PAGO POR LA PANDEMIA.
CÁLCULO
1
AÑO
ALGUNAS DE ESTAS NORMAS SE APROBARON HACE UN AÑO POR EL COMITÉ DEL BCR.
Se aprueban normas técnicas para que las entidades financieras reinicien el conteo de días mora sin que esto implique el cierre abrupto”. BCR COMUNICACIONES
14 ECONOMÍA
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Avianca suspende cinco vuelos en El Salvador temporalmente La medida es aplicada por la todavía baja demanda por la pandemia. Algunos de los destinos serán reactivados en abril. El ajuste incluye a otros países.
La suspensión de algunas de las operaciones es temporal. Vuelos de El Salvador a Houston, Toronto y Ciudad de México se reactivarán en abril.
EL SALVADOR. El
JOSÉ A. BARRERA jbarrera@elmundo.sv
También anunció que en varios países el precio del boleto incluye descuentos para la toma de pruebas de covid-19 requeridas por autoridades migratorias.
A
vianca Holdings anunció que desde este mes suspende 24 rutas internacionales. La medida es de carácter temporal y obedece a una baja demanda provocada por los controles sanitarios y migratorios en vigor para contener la pandemia del covid-19. En El Salvador se verán afectados cinco vuelos directos hacia las ciudades estadounidenses de Houston, Dallas y Miami, la canadiense de Toronto y la capital mexicana. De estos destinos, Houston, Toronto y Ciudad de México serían reactivados en abril. “Debido a los efectos de la pandemia y las constantes restricciones en distintos países en cuanto a limitación de entrada de turistas, reducciones operacionales, así como de movilidad al interior de las ciudades, y la alta incertidumbre que aún tienen los pasajeros, Avianca ajusta su red de rutas a la realidad operacional actual”, dijo el grupo aéreo con sede en Colombia en un comunicado. Añadió que el ajuste en marcha incluye la apertura de nuevas rutas, la adaptación de capacidad en algunos destinos y suspensiones temporales en otros casos. El grupo aéreo tiene en el Aeropuerto Internacional El Salvador San Óscar Romero su segundo centro de co-
EL PRECIO DEL TAMBO DE GAS PROPANO SERÁ MÁS CARO EN MARZO 2021
+INFO RECONFIRMÓ QUE OPERARÁ LA RUTA SAN SALVADOR-ONTARIO (CALIFORNIA) DESDE JULIO, CON TRES FRECUENCIAS SEMANALES EN AVIONES AIRBUS A319.
24
5
2,880
INTERNACIONALES FUERON SUSPENDIDAS EN SU OPERACIÓN EN CENTRO Y SURAMÉRICA.
SON AFECTADAS SOLO DESDE EL SALVADOR, TRES SE REACTIVARÁN EN ABRIL.
OFRECERÁN AL MES, DESDE JULIO, EN LA NUEVA RUTA EL SALVADOR - ONTARIO.
nexiones donde convergen vuelos desde las capitales de Centroamérica que se enlazan con operaciones desde y hacia Norte y Suramérica.
San José y Bogotá; mientras que desde San Pedro Sula, Honduras, se afecta al vuelo hacia Miami. La aerolínea también dijo que implementa diferentes herramientas de autogestión para mitigar el alto volumen de contactos que recibe en sus canales de atención. Entre las medidas adoptadas está la ampliación de la vigencia de su política “Compra
tranquilo”, la que beneficiará a quienes adquieran boletos entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2021. Avianca dijo que al amparo de esta iniciativa los viajeros podrán cambiar “hasta tres veces” la fecha de su viaje para volar máximo hasta el 31 de diciembre de 2021 sin que esto represente algún cobro de penalidad por cambio de itinerario.
RUTAS
Otros destinos.
En la región, la compañía suspenderá en marzo las rutas desde Ciudad de Guatemala a Tegucigalpa, Bogotá y Los Ángeles; desde Tocumen, Panamá, las frecuencias a
RUTAS
SILLAS
COMERCIO
COREA DEL SUR ACTIVA EL TLC CON LOS PAÍSES DE CENTROAMÉRICA SEÚL. El tratado de libre comercio (TLC) de Corea del Sur con El Salvador, Nicaragua, Costa Rica, Honduras y Panamá entró en vigencia plena desde ayer. El acuerdo permite eliminar los aranceles sobre el 95 % de los productos fabricados por cada parte en los próximos diez años y brinda
a las empresas coreanas, como KOGAS y POSCO, oportunidades para cooperar con los gobiernos centroamericanos en proyectos de energía e infraestructura. Corea del Sur es la cuarta economía más grande de Asia y pretende diversificar su cartera de exportaciones. Con el TLC, los consumi-
dores coreanos obtendrán acceso a productos agrícolas y bienes de consumo mientras que la región lo hará a repuestos automotrices, medicamentos y componentes industriales de alta tecnología. Se espera que el TLC brinde a las empresas surcoreanas una ventaja competitiva en Centroamérica.
valor del gas licuado de petróleo (GLP) tiene nuevos incrementos desde el 1 de marzo. La Dirección de Hidrocarburos y Minas (DHM) confirmó nuevos incrementos para las diferentes presentaciones de los tambos de GLP que se venden en el mercado local para el consumo doméstico. El cilindro de 35 libras sube $0.33, el de 25 en $0.24, el de 20 en $0.19 y el de 10 libras costará $0.09 más que en los precios fijados para febrero. Con los ajustes el costo al consumidor final -sin subsidio- del tambo de gas de 35 libras escala hasta los $17.27, mientras que el de 25 libras, el de más consumo en el mercado, llega a los $12.63. Las presentaciones de 20 y 10 libras tienen un valor de $10.18 y $5.22. El precio del GLP se mantiene en alza desde 2020 y obligó al Ejecutivo a subir el subsidio desde los $5.00 hasta los $8.04 desde el mes pasado. Las personas beneficiarias de dicho programa pagarán $9.56 por el tambo de 35 libras, $4.59 por el de 25 libras, $2.14 por el de 20 libras y $5.22 por el de 10. La DHM agregó que las alzas son reflejo directo del impacto de un frente frío que desequilibró al estado de Texas en febrero, el estado es el mayor productor de gas y destilados de calefacción en EE.UU. Según el reporte de mercado, elaborado por la dependencia del Ministerio de Economía, comparado con el período anterior los precios de butano y propano subieron entre 7.08 % y 4.02 %.
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Fallece Mario Antonio Romero, fundador de Pollo Campestre JOSÉ A. BARRERA
En junio de 2018, la ASI entregó a Mario Antonio Romero el Premio al Emprendedor por su trayectoria empresarial.
jbarrera@elmundo.sv
E 9 EMPRESAS Fundó el empresario Mario Antonio Romero Salgado. Falleció a los 72 años.
ECONOMÍA
l empresario salvadoreño, Mario Antonio Romero Salgado, presidente y fundador de Grupo Campestre, falleció el fin de semana, según confirmó la compañía Grupo Campestre en un comunicado. Romero fue junto a su esposa, Gloria de Romero, el creador de nueve empresas que se germinaron en el oriente del país y que ahora tienen impacto nacional: Grupo Campestre (corporativo), Pollo Campestre, Avícola Campestre, Panadería Sinaí, Agrocampestre, Agropecuaria La Laguna, Recursos Humanos Excelentes de El Salvador, Hotelería y Turismo, y Alimentos para llevar. Gracias a su trayectoria, en 2018, la Asociación Salvadoreña de Industriales (ASI) le otorgó el “Premio al Emprendedor”, uno de los tres principales que entrega la gremial en reconocimiento al esfuerzo y tenacidad de Romero y su familia quienes son originarios de Jucuarán y que comenzaron a empujar sus ideas de negocio en la ciudad de San Miguel en la década de 1980.
La marca Campestre es 100 % salvadoreña. La primera sucursal de la cadena se abrió en San Miguel por el esfuerzo de los esposos Romero.
En 2018, por su trayectoria recibió el “Premio al Emprendedor”, uno de los tres principales galardones que entrega la ASI.
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DATOS QUE DEBES DE CONOCER
1 EMPRESA FAMILIAR
La primera empresa que fundó la Mario Antonio Romero y su esposa Gloria fue Pan Sinaí, en la década de 1980 en la ciudad de San Miguel.
2 RECONOCIMIENTOS
Recibió galardones por su trayectoria por entidades como la Cámara de Comercio e Industria y la Asociación Salvadoreña de Industriales.
Una historia de esfuerzos.
La familia Romero fundó primero Agropecuaria La Laguna, pero -por la guerra civil de la década de 1980- se vieron obligados a emigrar a San Miguel donde en 1984 crearon a la que describieron como “una sencilla panadería”, que bautizaron como “Sinaí”. En esta ciudad, decía Romero, conocieron a la “niña Chabelita”, quien les enseñó “el arte de la panadería”. Con estos conocimientos y un capital de 150 colones (que equivaldrían a $17.14) nació la marca Sinaí. Durante cinco años la panadería fue la fuente principal de ingresos de la familia, pero en 1987, con el impulso de amigos, se iniciaron en el negocio del pollo frito y nació su siguiente empresa: Pollo Campestre. “Esto sentó bases para ser lo que somos ahora: un grupo corporativo que incluye la primera cadena salvadoreña de comida rápida”, reseña la compañía en su biografía donde se destaca que el siguiente paso fue el desarrollo de la Avícola Campestre que en la actualidad se consolida como una de las tres empresas más grandes y tecnificadas de su rubro en el país. Avícola Campestre produce cerca de 20,000 pollos por día y cuatro millones al año. Cerca del 20 % de la producción se destina a los restaurantes del Grupo, mientras que el 80 % restante es vendido a terceros. Con el tiempo este potencial dio paso a una nueva marca: “Rico Pollo”, la que se divide en dos operaciones, una que vende carne de pollo fresco a terceros y una cadena alternativa de pollo frito con un precio más cómodo. El grupo siguió diversificándose bajo la guía de los esposos Romero y sus hijos con quienes han entrado en otros rubros como la energía renovable y el turismo. Sin embargo, su marca insignia es Pollo Campestre. “Don Mario Antonio Romero, fundador de Pollo Campestre, cumplió el sueño de darle a todos los salvadoreños una franquicia de comida de la que pudieran sentirse orgullosos”, dijo la empresa tras su fallecimiento.
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3 DIVERSIFICACIÓN
Actualmente, además de agricultura y alimentos, la empresa produce energía sostenible y tiene intereses en áreas como el turismo.
Don Mario cumplió el sueño de darle a todos los salvadoreños una franquicia de comida de la que pudieran sentirse orgullosos”.
1987 NACIÓ
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LA MARCA POLLO CAMPESTRE EN LA CIUDAD DE SAN MIGUEL.
RESTAURANTES
ADMINISTRA ACTUALMENTE LA COMPAÑÍA BAJO LA MARCA POLLO CAMPESTRE.
EN CORTO
Comunicado de Pollo Campestre
AGROCAMPESTRE ES LA UNIDAD DE NEGOCIOS QUE FABRICA EL ALIMENTO PARA LAS AVES.
EL DATO La famila Romero inició su trayectoria empresarial enfocada en la producción agrícola, pero entró con éxito a la producción de alimentos y ahora se consolida como grupo empresarial.
Mario Antonio Romero Salgado nació en 1949, era originario de Jucuarán, Usulután.
16 CLASIFICADOS
EDICTOS Y CONVOCATORIAS SV2799
No. de Exp.: 2021192342 No. de Pres.: 20210314251 CLASE: 43. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SANDRA EVELYN MARTÍNEZ PANAMEÑO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, s o l i c i t a n d o e l re g i s t r o d e l a M A RC A D E S E RV I C I O S , consistente en: las palabras El Sopón y diseño, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (ALIMENTACIÓN). Clase: 43. La solicitud fue presentada el día veintiuno de enero del año dos mil veintiuno. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento d e Si g n o s Di s t i n t i vo s. Sa n Salvador, veintisiete de enero del año dos mil veintiuno.
Nancy Katya Navarrete Quintanilla REGISTRADORA 2a. Pub. 26-2-4 37412
FREDDY SCOT T AGUIL AR, Notario, de este domicilio, con oficina ubicada en diecinueve calle Poniente y quinta avenida Nor te, número trescientos veinticinco, Edificio Mossi Portillo, nivel tres, local dos, San Salvador, con números de teléfonos veintidós dieciséis setenta y cuatro cero dos, al público para los efectos de ley. HACE SABER: Que en las diligencias de Jurisdicción Voluntaria seguidas ante mis oficios notariales por la señora DINA GUADALUPE RIVERA MENA DE LEIVA, aceptando l a He re n c i a Te s t a m e n t a r i a que a su defunción dejara la señora BLANCA LIDIA MENA DE RIVERA, a esta fecha es conocida por LIDIA DE RIVERA, LIDIA MENA DE RIVERA, BLANCA LIDIA M. DE RIVERA, BLANCA LIDIA MENA CORTEZ DE RIVERA Y BLANCA LIDIA RIVERA CORTEZ MENA, quien falleció a las trece horas y doce minutos, del día dos de agosto de dos mil dieciocho, en el Hospital General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social, de esta ciudad, siendo su último domicilio el municipio de Mejicanos, del departamento de San Salvador, se proveyó resolución en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a ocho horas del día cinco de octubre de dos mil diecinueve, teniéndose por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, de parte de la señora DINA GUADALUPE RIVERA MENA DE LEIVA la Herencia Testamentaria que a su defunción dejara la señora BLANCA LIDIA MENA DE RIVERA, a esta fecha es conocida por LIDIA DE RIVERA, LIDIA MENA DE RIVERA, BLANCA LIDIA M. DE RIVERA, BLANCA L I D I A M E N A C O RT E Z D E RIVERA Y BLANCA LIDIA RIVERA CORTEZ MENA; nombrándose administradora y representante interina de la mortual expresada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, citándose a los que se crean con derecho a la misma, para que se presenten dentro del término de quince día contados a partir de la última publicación de este edicto a la oficina del suscrito Notario. LIBRADO en la ciudad de San Salvador a los quince días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. FREDDY SCOTT AGUILAR NOTARIO 2a. Pub. 1-2-3 37457
CL AUDIA MARÍA DINARTE E S C O L E R O, N o t a r i a , c o n oficina situada en Final Paseo General Escalón número cinco mil seiscientos ochenta y dos, Co l o n i a E s c a l ó n , c i u d a d y departamento de San Salvador, AVISA AL PÚBLICO: Que por resolución proveída por la suscrita Notaria a las nueve horas del día uno de febrero de dos mil veintiuno se ha tenido por aceptada con beneficio de inventario, de parte del señor OSCAR ARMANDO TORRES, e n s u c a l i d a d d e h e re d e ro definitivo con beneficio de inventario de la señora María C o n s u e l o To r r e s d e L i n o, conocida por Consuelo Torres, heredera única testamentaria del causante que abajo se expresa, la herencia testamentaria que a su defunción, acaecida en la ciudad
de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, a las siete horas con quince minutos del día siete de octubre de dos mil diecisiete, dejó el señor MIGUEL ÁNGEL AVELAR, conocido por MIGUEL ÁNGEL LINO AVELAR, quien a la fecha de su fallecimiento era de noventa y un años de edad, Carpintero, originario de La Unión, departamento de La Unión, de nacionalidad salvadoreña, siendo su último domicilio la ciudad de Cuscatancingo, departamento de San Salvador. Se ha conferido al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de la herencia yacente. Se cita a los que se crean con derecho en la herencia para que se presenten a deducirlo en el plazo de quince días después de la tercera publicación d este edicto. San Salvador, uno de febrero de dos mil veintiuno. CLAUDIA MARÍA DINARTE ESCOLERO NOTARIA 2a. Pub. 1-2-3 37466
EDICTO ANA VILMA AYALA, Notario, de este domicilio, con oficina situada en Condominio Los Héroes, Local Uno-”D”, Primera Planta, San Salvador. AL PUBLICO, HACE SABER: Que por resolución ante mis oficios Notariales emitida a las diez horas con quince minutos del día dieciocho de marzo del año dos mil diecinueve; en las DILIGENCIAS DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA respectivas se ha tenido por ACEPTADA CON BENEFICIO DE INVENTARIO, de parte de los señores ADA MARGARITA BURGOS ALAS, MADELINE YANIRA BURGOS DE LÓPEZ, MIGUEL ÁNGEL BURGOS ALAS, MARLEN XIOMARA BURGOS DE IBAÑEZ; conocida por MARLENE XIOMARA BURGOS ALAS; y por MARLENE XIOMARA BURGOS DE IBAÑEZ, y ÁNGELA MARITZA BURGOS DE SÁNCHEZ, en su calidad de hijos sobrevivientes de la causante, de la herencia intestada, que a su defunción dejó la causante MARÍA ÁNGELA ALAS GUARDADO, quien fue divorciada, de nacionalidad Salvadoreña, o r i g i n a r i a d e C h a l a t e n a n g o, Departamento de Chalatenango, hija de Estebana Guardado y Máximo Alas; siendo su ultimo domicilio: Centro Urbanización San Antonio, veintinueve avenida Norte, pasaje trece, número uno, Mejicanos, del Departamento de San Salvador, falleció a la edad de ochenta años, a las quince horas con treinta minutos del día tres de abril del año dos mil dieciséis, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social, a consecuencia de Peritonitis Bacteriana Espontanea, Cirrosis Hepática, Linfoma, con asistencia Médica, sin haber formulado testamento alguno, Confiriéndoseles a los aceptantes la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN INTERINA DE LA SUCESIÓN, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia yacente.- Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten en el término de quince días después de la tercera publicación de este aviso.- Librado en la oficina de la suscrito Notario, San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.ANA VILMA AYALA NOTARIO 2a. Pub. 1-2-3
37486
EDICTO OSCAR ANTONIO HELENA CAÑAS, Notar io, con oficina notarial en Séptima Calle Poniente, casa número dieciocho, Barrio El Calvario de la ciudad y departamento de San Vicente; al público para los efectos de ley, HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el Suscr ito Notario, a las ocho horas del día veinticuatro de febrero de dos mil veintiuno, se ha tenido por a c e p t a d a e x p re s a m e n t e c o n beneficio de inventario, de parte de las señoras Benilda Azucena Ramírez Quezada, Josefa Santos Ramírez Quezada y Soila Esperanza Ramírez de Rodríguez, y Carolina A z u c e n a G a rc í a R a m í re z , l a herencia intestada dejada a su defunción por la causante señora E S T E R D E J E S Ú S QU E Z A D A conocida por MARÍA ESTER QUEZADA, quien fue de sesenta y nueve años de edad, viuda, de oficios domésticos, originaria de Estanzuelas, departamento de Usulután, quien falleció a las dieciocho horas con treinta minutos del día primero de enero de mil novecientos ochenta y nueve, en el Barrio Concepción, de la ciudad de la Villa de Mercedes Umaña, departamento de Usulután, siendo su último domicilio el municipio de San Ildefonso, departamento de San Vicente, las tres primeras en calidad de hijas sobreviviente de la causante, y la cuarta, en concepto de cesionaria de los derechos hereditarios que en la sucesión de la causante les correspondía a las señoras Roselia Ramírez Quezada y Mirian del Carmen Ramírez Quezada, en calidad de hijas sobrevivientes de la causante en comento. Y se ha nombrado a
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
las aceptantes, administradoras y representantes interinas de la sucesión. En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derechos en la referida herencia; para que se presenten a la mencionada oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación. San Vicente, a los veinticuatro días de febrero de dos mil veintiuno. LIC. OSCAR ANTONIO HELENA CAÑAS NOTARIO 2a. Pub. 1-2-3 37487
REPOSICIÓN DE CERTIFICADO. Ser vicios Financieros Enlace Sociedad Anónima de Capital Variable. Comunica que a sus oficinas ubicadas en Segunda calle oriente número 4-7 Santa Tecla La Libertad. Se ha recibido solicitud de parte del propietario de los Certificados de Acción número 142,185,230,239,248,251 y 262, solicitando reposición de dichos certificados. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento al público en general para los efectos Legales del caso, que transcurridos treinta días después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna oposición se procederá a reponer el certificado en referencia. Santa Tecla, 18 de febrero de 2021. Luis Roberto González Amaya Representante Legal. Servicios Financieros Enlace S.A de C.V. 2a. Pub. 26-2-4 37490
MM3567
No. de Exp.: 2021192061 No. de Pres.: 20210313671 CLASE: 16. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MARISABELLA NOVOA HENRÍQUEZ, en su calidad de APODERADO de PRODUCTOS TORRE S.A., de nacionalidad CHILENA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: la palabra torre y diseño, que servirá para: AMPARAR: PAPEL Y ARTÍCULOS DE PAPEL, C A RT Ó N Y A RT Í C U LO S D E CARTÓN, IMPRESOS, DIARIOS Y PERIÓDICOS, LIBROS, ARTÍCULOS DE ENCUADERNACIÓN, F OTO G R A F Í A S , PA P E L E R Í A , MATERIAS ADHESIVAS (PARA PA P E L E R Í A ) , M AT E R I A L E S PA R A A RT I S TA S , P I N C E L E S , MÁQUINAS DE ESCRIBIR Y DE OFICINA (EXCEPTO MUEBLES), MATERIAL DE INSTRUCCIÓN O DE ENSEÑANZA (EXCEPTO APARATOS), CARACTERES DE IMPRENTA, CLISES. Clase: 16. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil veintiuno. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, doce de enero del año dos mil veintiuno.
Nancy Katya Navarrete Quintanilla REGISTRADORA 2a. Pub. 1-2-3 37507
INMUEBLES EN ESTADO DE PROINDIVISION.DOCTOR LUIS REYES SANTOS, No t a r i o, d e l d o m i c i l i o d e l a ciudad de Santa Rosa de Lima y del de la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, con oficina en Primera Avenida Sur, Barrio La Esperanza, contiguo a la explanta de hielo de la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, con el siguiente medio de comunicación: FAX: 2641-2082 y Email: ofireyesantos06@gmail.com; HACE SABER: Que a esta oficina se han presentado los señores los señores JOSE AGUSTIN RAMIREZ BONILLA, de cincuenta y un años de edad, agricultor, del domicilio de la ciudad de Pasaquina, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número: cero dos siete seis siete uno siete cero guion nueve y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno dos guion cero dos cero tres seis nueve guion uno cero tres guion uno, JOSE NICOLAS RAMIREZ BONILLA, de sesenta años de edad, Ministro Evangélico, del domicilio de la ciudad de Pasaquina, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número: cero cero ocho tres ocho dos nueve cero guion uno y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno dos guion cero uno cero tres seis cero guion uno cero uno guion nueve, BLANCA UBY RAMIREZ DE ESCOBAR, de cuarenta y siete años de edad, ama de casa, del domicilio de la ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número cero cero cero uno cuatro
dos tres siete guion tres y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno dos guion tres cero uno uno siete dos guion uno cero uno guion siete; BERTHA ARISTELA RAMIREZ BONILLA, de sesenta y un años de edad, de oficios domésticos, del domicilio de la ciudad de Pasaquina, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número: cero dos cuatro cuatro nueve cinco uno uno guion dos y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno dos guion cero uno uno uno cinco ocho guion uno cero uno guion nueve, RO G E R D O N A D I N R A M I R E Z ROMERO, de treinta y tres años de edad, agricultor en pequeño, del domicilio de la ciudad de Pasaquina, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número: cero tres nueve dos cuatro seis cero cuatro guion nueve y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro cero uno guion dos uno cero tres ocho siete guion uno cero dos guion siete, en su calidad de heredero declarado de los bienes que a su defunción dejo el señor JOSE AQUILEO RAMIREZ BONILLA, según Declarator ia de Herederos presentada en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente del Departamento de La Unión, bajo el número de presentación: DOS CERO UNO NUEVE UNO CUATRO C E RO U N O C E RO D O S D O S CINCO, y Numero de Traspaso de Derecho de Herencia bajo la presentación: DOS CERO UNO NUEVE UNO CUATRO CERO UNO CERO DOS DOS SIETE, el cual fue obser vado por ser derecho proindiviso y ser su derecho parte del inmueble que más adelante relacionare, para poder inscribir el Traspaso por Herencia a favor del compareciente y MARIO ALBERTO ESCOBAR RIOS, de cincuenta años de edad, sastre, del domicilio de la ciudad de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, con Documento Único de Identidad número: cero uno cinco seis cinco nueve cuatro siete guion cuatro y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno seis guion uno cinco cero ocho siete cero guion uno cero uno guion nueve, actuando en su calidad de Apoderado General Judicial con Clausulas Especiales de los señores JOSE ANTONIO RAMIREZ BONILLA, de cincuenta y cinco años de edad, empleado, del domicilio de la ciudad de Pasaquina, Departamento de La Unión, y actualmente del domicilio de la ciudad de Houston, Estado de Texas, Estados Unidos de América, c o n Pa s a p o r t e S a l v a d o r e ñ o número: A siete cero tres ocho cero nueve tres tres y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno dos guion uno ocho cero uno seis cinco guion uno cero tres g u i o n d o s ; M A R I A A M I N TA RAMIREZ BONILLA, de cuarenta y cinco años de edad, empleado, del domicilio de la ciudad de Pasaquina, Departamento de La Unión, y actualmente del domicilio de la ciudad de Houston, Estado de Texas, Estados Unidos de América, c o n Pa s a p o r t e S a l v a d o r e ñ o número: A siete cero tres dos cuatro tres tres cuatro y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno dos guion cero dos cero uno siete cinco guion uno cero uno guion cero, y FERMIN RAMIREZ BONILLA, de cuarenta y siete años de edad, empleada, del domicilio d e l a c i u d a d d e Pa s a q u i n a , Departamento de La Unión y actualmente del domicilio de la ciudad de Houston, Estado de Texas, Estados Unidos de América, c o n Pa s a p o r t e S a l v a d o r e ñ o número: A siete cero tres ocho cero nueve tres dos y Número de Identificación Tributaria: uno cuatro uno dos guion uno cinco cero siete siete tres guion uno cero cuatro guion cuatro y este último también en su calidad de heredero declarado de los bienes que a su defunción dejo la señora MARIA DIGNA BONILLA VIUDA DE RAMIREZ, según Certificación de Declaratoria de Herederos otorgada por el Juzgado de lo Civil de la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión de cuya personería DOY FE de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista los Testimonios de Escrituras Públicas de Poder General Judicial con Clausula Especial en sus orden: el primero Poder General Judicial con Clausula Especial otorgado en la ciudad de Houston, Estados de Texas, Estados Unidos de América, a las diez horas del día siete de febrero del año dos mil diecinueve, ante los Oficios Notariales del Licenciado Mario Alexander Perla Ortiz, por el señor JOSE ANTONIO RAMIREZ BONILLA, a favor del señor MARIO ALBERTO ESCOBAR RIOS, en el cual le faculta para realizar actos como el presente; el Segundo Poder General Judicial con Clausula Especial, otorgado a las catorce horas del día veinticuatro de enero del año dos mil diecinueve, ante los Oficios Notariales del Licenciado Mario Alexander Perla Ortiz, por la señora MARIA AMINTA RAMIREZ BONILLA, a favor del señor MARIO ALBERTO ESCOBAR RIOS, en el cual le faculta para realizar actos como el presente y el
tercero: otorgado en la ciudad de Houston, Estado de Texas, Estados Unidos de América, a las once horas del día siete de febrero del año dos mil diecinueve, ante los Oficios Notariales del Licenciado Mario Alexander Perla Ortiz, por el señor FERMIN RAMÍREZ BONILLA, a favor del señor MARIO ALBERTO ESCOBAR RIOS, en el cual le faculta p a r a re a l i z a r a c t o s c o m o e l presente; solicitando DILIGENCIAS DE DELIMITACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD EN INMUEBLES EN ESTADO DE PROINDIVISIÓN, y se les reconozca como exclusivos titulares del mismo, del siguiente inmueble: Que según Documento de inscrito de Declaratoria de Herederos y Traspaso por Herencia, bajo los números VEINTINUEVE y TREINTA del Tomo OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO de Propiedad del Departamento de La Unión, los comparecientes señores JOSE AGUSTIN RAMIREZ BONILLA, JOSE NICOLAS RAMIREZ BONILLA, BLANCA UBY RAMIREZ DE ESCOBAR, BERTHA ARISTELA RAMIREZ BONILLA, actuando por sí y el compareciente MARIO ALBERTO ESCOBAR RIOS, en su calidad de Apoderado de los señores JOSE ANTONIO RAMIREZ B O N I L L A y M A R I A A M I N TA RAMIREZ BONILLA y FERMIN RAMÍREZ BONILLA, asimismo este último también con heredero declarado de los bienes que a su defunción dejo la señora MARIA DIGNA BONILLA VIUDA DE RAMIREZ, según Declaratoria de He r e d e r o d e f e c h a d o c e d e diciembre del año dos mil diecinueve, la cual no se ha presentado al Registro de la Propiedad respectivo por existir o t r o t ra s p a s o c o n p r i o r i d a d registral, y el compareciente señor RO G E R D O N A D I N R A M I R E Z BONILLA, en su calidad de heredero del causante señor JOSE AQUILEO RAMIREZ BONILLA, según Declaratoria de herederos presentado en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente, bajo el número de presentación: dos cero uno nueve uno cuatro cero uno cero dos dos cinco, y Traspaso de Derecho por herencia, presentado en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas bajo el número de presentación dos cero uno nueve uno cuatro cero uno cero dos dos siete, de propiedad del Departamento de La Unión, los cuales se encuentran observado porque proviene de un derecho proindiviso, por lo que se remite a la unidad de estudios el mismo para determinar así su inscripción; los comparecientes en sus calidades ya expresadas son dueños y actuales poseedores de forma quieta, pacifica e ininterrumpida y exclusiva por más de DIEZ AÑOS del derecho en el resto de un derecho proindiviso de la Hacienda San José, equivalente a la octava parte en la quinta parte del derecho proindiviso de la Hacienda San José, de la Jurisdicción de Pasaquina, Distrito de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, la cual linda: Por el Oriente: con Santa Clara, por el Poniente: con el Cerro Pelón; por el Sur: con San Andrés y Rosario; y por el Norte: con tierras de El Sauce y Papalambre. Inscrito en la matricula antes mencionada, propiedad del Departamento de La Unión. Que el derecho antes mencionado tiene un ACOTAMIENTO ESPECIAL: El derecho objeto de interés de los compareciente y poderdante, se encuentra ubicado en La Hacienda San José, jurisdicción de Pasaquina, distrito de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, de naturaleza rústica, inculta, siendo lo acotado de la capacidad superficial de CINCO MANZANAS o sean TRESCIENTAS CINCUENTA AREAS, equivalente a TREINTA Y CINCO MIL METROS CUADRADOS. Con los Linderos siguientes: AL ORIENTE: terreno de Tomas Soto; AL NORTE: terreno de Prospero Soto; AL PONIENTE: terreno de Francisco Ramírez y Delfín Ramírez y AL SUR: terreno de Fidel y Silvano los dos de apellido Hernández, el terreno está cercado por todos sus rumbos con alambre y en partes con piedra y contiene una casa de tejas, paredes de bahareque; derecho que se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Tercera Sección de Oriente bajo el número TREINTA del libro O C H O C I E N TO S N OV E N TA Y C I N C O, c o r r e s p o n d i e n t e a l departamento de La Unión, el cual se delimita por el rumbo Oriente, los colindantes mencionados pueden ser citados en el Caserío San José, jurisdicción de Pasaquina, d e p a r t a m e n t o d e L a Un i ó n . Inmueble que se encuentra libre de gravámenes; que la solicitante pide: a) Ser declarados separados y excluidos de la proindivisión antes mencionada; b) Se delimite su inmueble anteriormente descrito conforme al procedimiento establecido en la Ley Especial Transitoria para la Delimitación de Derechos de Propiedad en Inmuebles en Estado de Proindivisión; y c) Que sean reconocidos como exclusivos titulares del mismo inmueble. Que dicha porción a acotar la han poseído de forma quieta, pacifica, ininterrumpida, exclusiva y sin que
hayan poseído en nombre de otro proindivisario por más de diez años. Librado en la ciudad de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión, a las once horas del nueve de octubre del año dos mil veinte. DOCTOR LUIS REYES SANTOS.Notario Única Pub. 2 37458
CO2444
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil veinte.
ALVEARE
LG0518
No. de Exp.: 2020190366 No. de Pres.: 20200310572
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado CARLOS ERNESTO MELGAR PADILLA, en su calidad d e R E P R E S E N TA N T E L E G A L de LABORATORIOS COMBISA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE C A P I TA L VA R I A B L E q u e s e abrevia: COMBISA, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: la palabra Kita y diseño, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS. Clase: 05. La solicitud fue presentada el día veinticinco de enero del año dos mil veintiuno. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintiocho de enero del año dos mil veintiuno.
LG0518 ALVEARE EVENTOS
Hazel Violeta Arévalo Carrillo REGISTRADOR 1a. Pub. 2-4-8 37495
ALVEARE
No. de Exp.: 2021192412 No. de Pres.: 20210314410 CLASE: 05.
Hazel Violeta Arévalo Carrillo REGISTRADOR 1a. Pub. 2-4-8 37498
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE C A P I TA L VA R I A B L E q u e s e abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, consistente en: la palabra ALVEARE que significa COLMENA, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A SERVICIOS DE OFICINAS Y DE EVENTOS. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil veinte.
No. de Exp.: 2020190369 No. de Pres.: 20200310575 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE C A P I TA L VA R I A B L E q u e s e abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, c o n s i s t e n t e e n : l a s p a l a b ra s ALVEARE EVENTOS, la palabra ALVEARE significa COLMENA, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A SERVICIOS DE EVENTOS. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil veinte.
ALVEARE EVENTOS Georgina Viana Canizález REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8
ALVEARE Georgina Viana Canizález REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8
37496
ALVEARE OFFICES Hazel Violeta Arévalo Carrillo REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8 37483
LG0518 ALVEARE COWORKING No. de Exp.: 2020190370 No. de Pres.: 20200310576 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE C A P I TA L VA R I A B L E q u e s e abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, c o n s i s t e n t e e n : l a s p a l a b ra s ALVEARE COWORKING, la palabra ALVEARE significa COLMENA y la palabra COWORKING que se traduce al castellano como TRABAJO COLABORATIVO, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL QUE BRINDA SERVICIOS DE OFICINAS. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil veinte.
ALVEARE COWORKING Georgina Viana Canizález REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8
37494
LG0518 ALVEARE No. de Exp.: 2020191235 No. de Pres.: 20200312130 CLASE: 36. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE JESÚS ARTIGA ARTIGA en su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: la palabra ALVEARE, que se traduce al castellano como COLMENA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS INMOBILIARIOS, A D M I N I S T R A C I Ó N , A R R E N D A M I E N TO Y V E N TA DE BIENES INMUEBLES; ALQUILER Y VENTA DE LOCALES COMERCIALES. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil veinte.
No. de Exp.: 2020190367 No. de Pres.: 20200310573 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, consistente en: las palabras ALVEARE OFFICES, que significa COLMENA y la palabra OFFICES que se traduce al castellano como OFICINAS, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A SERVICIOS DE OFICINAS. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil veinte.
ALVEARE OFFICES Georgina Viana Canizález REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8
37497
ALVEARE OFFICES No. de Exp.: 2020191239 No. de Pres.: 20200312134 CLASE: 36. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: las palabras ALVEARE OFFICES, que se traduce al castellano l a p a l a b r a A LV E A R E c o m o COLMENA y la palabra OFFICES como OFICINAS, que ser virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS INMOBILIARIOS, A D M I N I S T R A C I Ó N , A R R E N D A M I E N TO Y V E N TA DE BIENES INMUEBLES; ALQUILER Y VENTA DE LOCALES COMERCIALES. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil veinte.
ALVEARE OFFICES
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO de INVERSIONES SIMCO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES S I M C O , S . A . D E C . V. , d e nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: la palabra AEROBAR, que se traduce al castellano AERO se traduce como AIRE y BAR como BARRA, que servirá para: A M PA R A R : S E R V I C I O S D E NEGOCIOS INMOBILIARIOS, A D M I N I S T R AC I Ó N , ARRENDAMIENTO Y VENTA DE BIENES INMUEBLES; A L QU I L E R Y V E N TA D E LOCALES COMERCIALES. Clase: 36. Para: AMPARAR: SERVICIOS DE CAFETERÍAS, CATERING, RESTAURANTES Y BARES. Clase: 43. La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, ocho de diciembre del año dos mil veinte.
37499
AEROBAR Hazel Violeta Arévalo Carrillo REGISTRADOR 1a. Pub. 2-4-8 37502
No. de Exp.: 2020191234 No. de Pres.: 20200312129 CLASE: 36.
LG0518 ALVEARE OFFICES +
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: las palabras ALVEARE EVENTOS, traducida al castellano la palabra Alveare como COLMENA, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS INMOBILIARIOS, A D M I N I S T R A C I Ó N , A R R E N D A M I E N TO Y V E N TA DE BIENES INMUEBLES; ALQUILER Y VENTA DE LOCALES COMERCIALES. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil veinte.
ALVEARE EVENTOS Hazel Violeta Arévalo Carrillo REGISTRADOR 1a. Pub. 2-4-8 37500
LG0518
LG0518
No. de Exp.: 2020191233 No. de Pres.: 20200312128 CLASE: 36, 43.
LG0518 ALVEARE EVENTOS
LG0518
LG0518 AEROBAR
ALVEARE OFFICES +
No. de Exp.: 2020190368 No. de Pres.: 20200310574 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE C A P I TA L VA R I A B L E q u e s e abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, consistente en: las palabras ALVEARE OFFICES + , la palabra ALVEARE que significa COLMENA, la palabra OFFICES que se traduce al castellano como OFICINAS, y el signo+ que se traduce como MÁS, que servirá para: IDENTIFICAR: UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL DEDICADO A SERVICIOS DE OFICINAS. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil veinte.
ALVEARE OFFICES + Georgina Viana Canizález REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8
No. de Exp.: 2020191238 No. de Pres.: 20200312133 CLASE: 36. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO d e I N V E R S I O N E S S I M C O, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES SIMCO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: las palabras ALVEARE OFFICES +, que se traduce al castellano como, COLMENA OFICINAS, que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE NEGOCIOS INMOBILIARIOS, A D M I N I S T R A C I Ó N , A R R E N D A M I E N TO Y V E N TA DE BIENES INMUEBLES; ALQUILER Y VENTA DE LOCALES COMERCIALES. Clase: 36. La solicitud fue presentada el día dos de diciembre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de diciembre del año dos mil veinte.
ALVEARE OFFICES + Hazel Violeta Arévalo Carrillo REGISTRADOR 1a. Pub. 2-4-8 37501
37503
LG0518 ADVENTURIX No. de Exp.: 2020190371 No. de Pres.: 20200310577 EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado MANUEL DE J E S Ú S A RT I G A A RT I G A , e n su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO de INVERSIONES SIMCO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: INVERSIONES S I M C O , S . A . D E C . V. , d e nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL, consistente en: la palabra ADVENTURIX, que ser virá para: IDENTIFICAR: U N E S TA B L E C I M I E N T O C O M E RC I A L D E D I C A D O A SERVICIOS DE EXPERIENCIAS DE ENTRETENIMIENTO. La solicitud fue presentada el día treinta de octubre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, cinco de noviembre del año dos mil veinte.
ADVENTURIX Georgina Viana Canizález REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8
37504
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
EDICTOS JUDICIALES No. Único: 502/EHV Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 22 febrero - 02-10 marzo 2021 Br. ELBA LUZ LEMUS DE C H Á V E Z , S E C R E TA R I A DEL JUZGADO TERCERO DE FAMILIA DE SANTA ANA, CERTIFICA: Que de fs. 3 fte., a 4 fte., del proceso de Violencia Intrafamiliar, clasificado bajo el NUI SA-F3-253 (LCVI) 20, se encuentra el auto de las medidas de protección, q u e l i t e ra l m e n t e d i c e. “”””””””””””””””” MEDIDAS DE PROTECCIÓN NUI: SA-F3-253 (L.C.V.I.) 202005JJ JUZGADO TERCERO DE FAMILIA, SANTA ANA, a las catorce horas del día veintiocho de agosto del año dos mil veinte. Vista la declaración anterior re n d i d a p o r l a s e ñ o r a GLADYS NOEMI CUELLAR, y en atención a que dicha señora ha sido víctima de maltrato, psicológico y físico por parte de compañero de vida, al respecto el Suscrito Juez considera que en aras de garantizar la Protección a la Familia, en especial la integridad física, emocional y psicológica de la señora GLADYS NOEMI CUELLAR, y siendo que la violencia c o met i d a p or o con tra alguno de los miembros de la familia, forman una agresión constante al Derecho a la vida libre de temor, a la integridad física, psíquica y moral de la persona humana, de su dignidad y seguridad. Aunado a ello, que este es un fenómeno social complejo que ha permanecido oculto, lo que ha posibilitado la impunidad del infractor y la desprotección de la víctima; por lo que el suscrito Juez, considerando que las Medidas de Protección son una especie de medidas cautelares, las cuales se caracterizan por su instrumentalidad, temporalidad, mutabilidad, discrecionalidad; y ya que su fin es la protección inmediata de los miembros del grupo familiar, y tienden a evitar daños irreparables o de difícil reparación, s o b re t o d o s i s e t o m a en cuenta que lo que se pretende proteger, es a los miembros más débiles y/o vulnerables, ante aquellos que se encuentran en una situación de mayor poder en el grupo familiar y en virtud que los presupuestos procesales para conferir o decretar dichas medidas son la apariencia del buen derecho, y el peligro en la demora, doctr inar ia y jurisprudencialmente se ha sustentado, que la configuración de dichos presupuestos no requiere prueba robusta o acabada, basta con acreditar elementos mínimos para su procedencia, en donde en la misma refiere que existe un despliegue de conductas hostiles de parte de su esposo, señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA, así como actitudes que tienden a desestabilizarla y dañarla física, emocional y psicológicamente. Configurándose de esa manera indicios de violencia intrafamiliar en esas modalidades; cuyo relato me parece verosímil; por lo que de conformidad
a lo regulado en los artículos 32 de la Constitución de la República: 1, 2, 3, 4, 5, 7 literales a), c), d), j), m), 9, 10, 11, 26, 27 de la Ley contra la Violencia Intrafamiliar; 1, 2, 5, 6, 7 y 9 de la Ley Especial p a ra u n a V i d a L i b re d e Violencia para las Mujeres; 1, 2, 3, 4, 6 y 7 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, Convención de BELEM DO PARA; RESUELVE: DECRÉTENSE las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la señora GLADYS NOEMI CUELLAR: a) Ordénese al señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA, que se abstenga de hostigar, perseguir, intimidar, amenazar o realizar otras formas de maltrato en contra de la señora GLADYS NOEMI CUELLAR. b) Prohíbase al señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA, amenazar a la s e ñ o ra G L A DY S N O E M I CUELLAR, tanto en el ámbito privado como en el público. c) Se le prohíbe al señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA, el acceso al domicilio de la señora GLADYS NOEMI CUELLAR y a su lugar de trabajo. Asimismo, se le prohíbe acercarse a la humanidad de la señora GLADYS NOEMI CUELLAR, a menos de diez metros de distancia. d) Se le prohíbe al señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA, ingerir bebidas alcohólicas, estupefacientes, alucinógenos o sustancias que generen dependencia física. d) Líbrese oficio a la Policía Nacional Civil de esta ciudad, a efecto de hacer del conocimiento de dicha Institución, las medidas de protección dictadas en la presente resolución, así como para que la señora pueda acudir a esa Autoridad de Seguridad Pública, de su vecindario o el más cercano, en caso de amenaza de agresión, por parte del señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA. e) Emítase orden judicial de protección y auxilio policial, dirigida a la Policía Nacional Civil de esta ciudad, debiendo entregarse a la señora GLADYS NOEMI CUELLAR, copia de dicha orden judicial, para que acuda al puesto policial más cercano en caso de amenaza de agresión psicológica y física por parte del señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA. Las presentes medidas de protección estarán vigentes durante el plazo DE TRES MESES, si no se solicita su prórroga este juzgado lo hará del conocimiento sobre el cese de las mismas. En virtud de manifestar la s e ñ o ra G L A DY S N O E M I CUELLAR, que ha sido víctima de violencia física, líbrese oficio al Instituto de Medicina Legal, a efecto de que se le practique examen de reconocimiento de lesiones. Se hace del conocimiento que no se señalará audiencia en virtud que l a d e n u n c i a n t e e x p re s a que únicamente solicita medidas de protección y que no cuenta con dirección del señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA, para poder notificarlo, sin embargo proporcionó número t e l e f ó n i c o, p a r a p o d e r localizar al mismo, en caso de que no se pueda notificar en cuanto a las presentes medidas deberá de notificarse por medio de tablero judicial. Hágasele saber al señor ROBERTO CARLOS ACOSTA TEJADA, que, en caso de incumplimiento de estas Medidas, se hará acreedor a la sanción Penal establecida en el artículo 338-A del Código Penal.NOTIFÍQUESE. ES CONFORME CON SU ORIGINAL CON EL CUAL HA SIDO DEBIDAMENTE
C O N F R O N TA D O E N E L JUZGADO TERCERO DE FAMILIA. Santa Ana, a los doce días del mes de febrero de dos mil veintiuno. BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHÁVEZ SECRETARIA 2a. PUBLICACIÓN 37263
EDICTOS JUDICIALES
No. Único: 628/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 La infrascrita Notificadora Judicial del Juzgado Primero de Instrucción de Santa Ana, El Salvador, HACE SABER: A los imputados ausentes señores: 1) JORGE ALEXANDER HERNÁNDEZ I R U N G A R AY, a l i a s E L PANZA, de oficio ignorado, de diecinueve años de edad, nació el 27 de abril de 1994, hijo de Silvia de los Santos Irungaray y de Jorge Antonio Hernández Robles, con Documento Único de Identidad número 049988897, residente según DUI en barrio San Francisco, final calle Villeda número ocho, El Congo; 2) LUIS FERNANDO P E Ñ A C A S T I L L O, a l i a s F E R N A N D O O N A C H O, de veintidós años de edad, nació el 25 de septiembre de 1998, de oficio ignorado, hijo de Sandra Jeaneth Castillo Zepeda y de Hugo Antonio Pena Salazar, con Documento Único de Identidad 057673244 , re s i d e n t e s e g ú n D U I en colonia Las Brisas, La Periquera, polígono 16, casa número veintitrés, El Congo; 3 ) M A R Í A G UA D A LU PE VÁSQUEZ HERNÁNDEZ, mencionada como LA MARI MUJER DEL DRIMEN, de veinte años de edad, nació el 23 de junio de 1998, hija de Guadalupe Hernández Antillon y del señor Cruz Vásquez, mujer de Erick Leonel Monroy Chicas, alias El Dremer, de la Mara MS, clica WLS, con Documento Único de Identidad 1 057258272, residente en colonia Las Brisas, calle Las Palmeras, polígono número cuatro, casa de esquina, municipio El Congo, Santa Ana; 4) BERNARDO BALMORE JOVEL PÉREZ, mencionado como BALMORE, miembro activo de la mara MS, clica WLS, de diecinueve años de edad, nació el 18 de febrero 2000, de oficio ignorado, hijo de Vilma Nohemí Pérez d e Jov e l y d e B e r n a rd o B a r t o l o Jov e l C e n t e n o, con Documento Único de Identidad número 06035958, residente en barr io San Francisco, colonia Las Brisas, calle Las Palmeras, polígono seis, lote tres, municipio El Congo, Santa Ana; 5) JORGE ALBERTO MUNOZ MÉNDEZ, alias TACHUELA, quien es de treinta y tres años de edad, nació el 22 de abril de 1987, empleado, hijo de Raymunda del Carmen Méndez y de Eduardo Antonio Muñoz, con Documento Único de Identidad número 037258278, residente según DUI en Lotificación La Periquera, calle Los Lirios, polígono diez, lote veintitrés, municipio El Congo, Santa Ana; 6) CRISTIAN DANIEL MONROY CHICAS, mencionado como EL CRISTIAN O CABRA, de veinticuatro años de edad, nació el 6 de julio de 1996, de oficio ignorado, hijo de Marina Chicas y de Luis Alonso Monroy Arias, con Documento Único de
Identidad número 054146507, residente según DUI en colonia La Periquera Uno, polígono 18, lote número 10, El Congo; y 7) WILBER IVÁN CASTRO LEMUS, alias KILLY, miembro activo de la Mara MS, clica WLS, función CORREDOR DE CLICA, de veintisiete años de edad, nació el 18 de febrero de 1993, estudiante, hijo de Delmi Aracely Castro Lemus y de padre ignorado, con Documento Único de Identidad número 049497600, residente según DUI en barrio San Antonio, frente a Línea Férrea, municipio El Congo, Santa Ana; a quienes se les atribuye la comisión de los delitos de LIMITACIÓN ILEGAL A LA LIBERTAD DE CIRCULACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el Art. 152 A Inc. 3° y 4° del Código Penal; AMENAZAS C O N AG R AVAC I Ó N ESPECIAL, previsto y sancionado en los Arts. 154 y 155 Arts. del Código Penal, ambos delitos en perjuicio de la víctima CLAVE FEBRERO; y AGRUPACIONES ILÍCITAS, previsto y sancionado en el Art. 345 del Código Penal, e n p e r j u i c i o d e L A PA Z PÚBLICA, “””” la resolución de las doce horas y cincuenta minutos del día lunes quince de febrero del año dos mil veintiuno, la cual en lo medular dice: “”””””””””” En relación al dictamen a c u s a t o r i o p re s e n t a d o, tiénese por cumplido lo regulado en el Art. 355 No. 1) CPP, y de acuerdo a lo establecido en el Art. 357 CPP, intimase a las partes y póngase a disposición de las mismas, las actuaciones y evidencias existentes para que puedan ser consultadas en el plazo común de cinco días a partir del día siguiente al de la notificación del presente auto. ...Se advierte a los imputados y a la víctima que tienen cinco días a partir de la notificación de e s t a re s o l u c i ó n p a r a e l ofrecimiento de prueba en cumplimiento al artículo 358 del Código Procesal Penal.... procédase al señalamiento de la Audiencia Preliminar para las NUEVE HORAS DEL DÍA DIECIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. Cítese a los imputados por auxilio judicial. Por este medio se notifica y cita a los imputados ausentes y se libra el presente edicto en el área de Notificaciones del Juzgado Pr imero de Instrucción de Santa Ana, a los 15 días del mes de febrero de 2021. INÉS DEL CARMEN CASTRO MONTOYA NOTIFICADORA JUZGADO PRIMERO DE INSTRUCCIÓN DE SANTA ANA. Gea 212-2020 C2 Referencia Fiscal: 273-UDCV2020 j1instruccion.santaana.sa@ oj.gob.sv 2a. PUBLICACIÓN 37511
No. Único: 629/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO Ref. 118-2020-7 E L I N F R A S C R I TO J U E Z QUINTO DE INSTRUCCIÓN D E S A N S A LVA D O R , Licenciado Sidney Blanco, al no contar con una nueva dirección donde pueda ser localizado personalmente, cita por este medio al imputado Rafael Alfonso Delgado Argumedo, quien según requerimiento fiscal es de veinticinco años de edad, con fecha de nacimiento 12/10/1994, originario de Ahuachapán, soltero, estudiante, hijo de Rosalba Argumedo Figueroa y Juan de Dios Delgado Gutiérrez, con residencia en barrio El Centro, 5 calle Poniente, casa 1-3, Ahuachapán con número celular 76221141, y con documento único de identidad número 05092055-1; por atribuírsele el delito provisionalmente
calificado como otras agresiones sexuales, previsto y sancionado en el Art. 160 del Pn. en perjuicio de G. L. M. F.; con el objeto que comparezca debidamente identificado a las catorce horas del día diez de marzo de dos mil veintiuno, al Juzgado Quinto de Instrucción de San Salvador, ubicado en el Centro Integrado de Justicia Penal “Dr. Isidro Menéndez”, edificio A-Uno, boulevard Tutunichapa, Centro de Gobierno, para hacer de su conocimiento el proceso penal que se instruye en su contra y vincularlo para la celebración de la audiencia preliminar; lo que tiene relación con el expediente identificado con referencia 118-2020-7, por el delito ya mencionado, en cumplimiento con el Art. 163 Pr. Pn. Asimismo, se le hace la advertencia que, en caso de no presentarse a esta sede judicial, se le declarará rebelde y se girará orden de captura en su contra. Juzgado Quinto de Instrucción: San Salvador, a las catorce horas del día dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. Sidney Blanco Juez Quinto de Instrucción de San Salvador. 2a. PUBLICACIÓN 37512
No. Único: 630/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO E L I N F R A S C R I TO J U E Z QUINTO DE INSTRUCCIÓN D E S A N S A LVA D O R , Licenciado Sidney Blanco, al no contar con una nueva dirección donde pueda ser localizado personalmente, cita por este medio a la i m p u t a d a Er i k a Ivo n n e Escalante de Pineda, quien es de 45 años de edad, secretaria, casada con Carlos Antonio Pineda Monterrosa, hija de Antonio Escalante Cárcamo y Virginia Guadalupe Ávalos Ramos, del domicilio de San Salvador, residente en colonia Monserrat, edificio K, apar tamento 21, San Salvador, con Documento Único de Identidad número 02632563-0; a quien se le atribuye la comisión del delito provisionalmente calificado como como falsedad material, previsto en el Art. 283 Pn., en perjuicio de la fe pública y de la víctima subsidiaria Virginia Guadalupe Ávalos de Escalante.; con el objeto que comparezca debidamente identificado a las diez horas del día once de marzo de dos mil veintiuno, al Juzgado Quinto de Instrucción de San Salvador, ubicado en el Centro Integrado de Justicia Penal “Dr. Isidro Menéndez”, edificio A-Uno, boulevard Tutunichapa, Centro de Gobierno, para hacer de su conocimiento el proceso penal que se instruye en su contra y vincularlo para la celebración de la audiencia preliminar; lo que tiene relación con el expediente identificado con referencia 86-2020-9, por el delito ya mencionado, en cumplimiento con el Art. 163 Pr. Pn. Asimismo, se le hace la advertencia que, en caso de no presentarse a esta sede judicial, se le declarará rebelde y se girará orden de captura en su contra. Juzgado Quinto de Instrucción: San Salvador, a las nueve horas del día dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. Sidney Blanco Juez Quinto de Instrucción de San Salvador. 2a. PUBLICACIÓN 37513
No. Único: 632/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO L A I N F R A S C R I TA J U E Z DÉCIMO DE PAZ DE SAN S A LVA D O R , L i c e n c i a d a MARÍA LUISA SIGÜENZA ÁGUILA, hace saber al
ciudadano: MARIO DANIEL HERNÁNDEZ JIMÉNEZ, quien nació el día diecinueve de septiembre de mil novecientos setenta y uno, originario de San Vicente, comerciante, casado, hijo de René Hernández y María Antonia Jiménez, residente en colonia Itsmania, número 5-A, kilómetro nueve, Ciudad Delgado, San Salvador, quien se identifica con documento único de identidad número cero tres millones ciento cuarenta y cinco mil trescientos treinta y cinco guion nueve; a quien se le atribuye la comisión del delito de EXPRESIONES DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, y a la s e ñ o ra C E L I N A I V E T T E H E R N Á N D E Z D E HERNÁNDEZ, en calidad de víctima; se encuentra la resolución que esencialmente DICE: “”””””””” Sobre la base de las consideraciones antes hechas, de conformidad con los Arts. 142 Pn., 55 C con relación a los Arts. 8 literal b, k, j, l, 9 literal d, e, 10 literal c, y 44 de la Ley Especial para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres, 31 nº 12, 350 inciso segundo Pr. Pn. Se resuelve: DECLARASE EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL Y COMO CONSECUENCIA D E E L L O D E C R E TA S E SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del imputado MARIO DANIEL HERNÁNDEZ JIMÉNEZ, por el delito de EXPRESIONES DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, previsto y sancionado en el artículo 55 Lit. “c” con relación a los Arts. 8 literal b, k, j, l, 9 literal d, e, 10 literal c, y 44 de la Ley Especial para una Vida Libre de Violencia contra las Mujeres, en perjuicio de la señora CELINA IVETTE HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ; continúe el imputado en la libertad en que se encuentra y si no hay manifestación en contrario, a rc h í v a s e l a s p re s e n t e s diligencias. Declarase extinguida la acción civil derivada del presente hecho. M.L. SIGÜENZ A A. Juez Décimo de Paz. INTO. M. A. RECINOS. G. Secretario Into. “”””””””” RUBRICADAS “””””” y conforme a lo dispuesto en el Art. 163 Pr. Pn., notifíquese por edicto al procesado MARIO DANIEL HERNÁNDEZ JIMÉNEZ y a la señora CELINA IVETTE HERNÁNDEZ DE HERNÁNDEZ; en calidad de víctima. San Salvador, dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. LICDA. MARÍA LUISA SIGÜENZA ÁGUILA JUEZ DÉCIMO DE PAZ Ref. 04-PCP-20-4 2a. PUBLICACIÓN 37514
No. Único: 633/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO L A I N F R A S C R I TA J U E Z DÉCIMO DE PAZ DE SAN S A LVA D O R , L i c e n c i a d a MARÍA LUISA SIGÜENZA ÁGUILA, hace saber al ciudadano: CARLOS ALEXANDER COREAS GARCÍA, quien según re q u e r i m i e n t o f i s c a l e s de veintiocho años de edad, soltero, empleado, con documento único de identidad número cero cuatro millones novecientos veintisiete mil sesenta y tres guion cuatro, hijo de Glenda Marisol García López y Carlos Ra f a e l Co re a s Gu e v a ra , con fecha de nacimiento veintinueve de agosto del mil novecientos noventa y dos, originario de San Salvador, residente en colonia San José dos, pasaje diecisiete, casa número veintiséis, Soyapango, San Salvador; a quien se le atribuye la comisión de los delitos de LESIONES y EXPRESIONES DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES,previsto y sancionado en el Art. 142 del Código Penal, y Art.
55 literales C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, en perjuicio de la señora KAREN PAULETTE CORADO DE ESPINOZA, se encuentra la resolución que esencialmente DICE: “”””””””””””” Por las razones antes expuestas, disposiciones legales c i t a d a s , S E R E S U E LV E : REMÍTASE AL JUZGADO OCTAVO DE INSTRUCCIÓN D E S A N S A LVA D O R , e l proceso penal en contra del imputado no detenido CARLOS ALEX ANDER COREAS GARCÍA, por atribuírsele los delitos de LESIONES y EXPRESIONES DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, previsto y sancionado en el Art. 142 del Código Penal, y Art. 55 literales C y E de la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres, en perjuicio de la señora KAREN PAULETTE CORADO DE ESPINOZ A. Declarase no ha lugar la petición fiscal de decretar medidas alternativas o sustitutivas a la detención provisional. Tiénese por iniciada la acción civil correspondiente. M.L. SIGÜENZA A. Juez Décimo de Paz. M. A. RECINOS. G. Secretario Into. “”””””””” RUBRICADAS “””””” y conforme a lo dispuesto en el Art. 163 Pr. Pn., notifíquese por edicto al procesado CARLOS ALEX ANDER COREAS GARCÍA. San Salvador, dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. LIC. MARÍA LUISA SIGÜENZA ÁGUILA JUEZ DÉCIMO DE PAZ REF. 16-PCA-21-4 2a. PUBLICACIÓN 37515
No. Único: 634/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO La Infrascrita Juez Décimo de Paz de San Salvador, Licenciada MARÍA LUISA SIGÜENZA ÁGUILA, HACE SABER: Que en el Proceso Penal con referencia número 13-PCA-21-1, en contra de la imputada MARLLORY GISELA COREAS QU I N TA N I L L A , a q u i e n se le atribuye la comisión d e l d e l i t o d e E S TA FA , previsto y sancionado en el Art. 215 Pn., en perjuicio patrimonial de JESÚS RO B E RTO RO D R Í G U E Z MONGE, se encuentra la resolución que esencialmente DICE: “”””””” Por las razones antes expuestas, disposiciones legales citadas SE RESUELVE: REMÍTASE AL JUZGADO PRIMERO DE INSTRUCCIÓN de esta ciudad, el proceso penal que se sigue contra la imputada MARLLORY GISELA COREAS QUINTANILLA, a quien se le atribuye la comisión del delito calificado provisionalmente c o m o E S TA FA , p re v i s t o y sancionado en el Art. 215 del Código Penal, en perjuicio patrimonial de JESÚS ROBERTO RODRÍGUEZ MONGE; omítase decretar detención provisional y cualquier otra medida cautelar. Tiénese por iniciada la acción civil correspondiente. Notifíquese por medio de edicto la presente resolución a l a i m p u t a d a re f e r i d a . NOTIFÍQUESE “”””””” SIGÜENZA A. Juez Décimo de Paz M.A.RECINOS G. Secretario Interino “”””””” RUBRICADAS “”””””” Es conforme con su original con el cual se confrontó, y para que a la imputada señora MARLLORY GISELA COREAS QUINTANILLA, le sirva de legal notificación, se libra el presente edicto para fijar una copia en el Tablero Judicial y otra para ser publicada por tres veces consecutivas en uno de los diarios de circulación nacional, en el Juzgado Décimo de Paz, de San Salvador, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintiuno.
CLASIFICADOS LIC. MARÍA LUISA SIGÜENZA ÁGUILA JUEZ DÉCIMO DE PAZ 2a. PUBLICACIÓN 37516
No. Único: 635/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO: L A I N F R A S C R I TA J U E Z SEGUNDO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE LA PENA DE L A CIUDAD DE SAN SALVADOR, LICENCIADA A N A RU T H G O N Z Á L E Z N AVA R R O, e n p r o c e s o de ejecución de pena d e l p r i va d o d e l i b e r t a d Henry Enrique Villanueva Cartagena, de dieciocho años de edad al momento de la sentencia, acompañado, sin oficio, salvadoreño, hijo de los señores José Felipe Villanueva y de María Aminta Ca r t a g e n a , o r i g i n a r i o y residente en caserío Agua Helada, Nueva Concepción, C h a l a t e n a n g o, y d e m á s generales desconocidas; quien fue condenado por el Tribunal de Sentencia de Chalatenango, mediante sentencia pronunciada a las once horas del día tres de enero del año dos mil seis, a la pena de treinta y cinco años de prisión, por el delito de Homicidio Agravado, en perjuicio de Milton de Jesús Cornejo Chacón y de Luis Alonso Cornejo Chacón. Y mediante resolución de revisión de sentencia pronunciada por dicho Tribunal, a las doce horas treinta minutos del día doce de septiembre del año dos mil catorce, se modificó la pena de treinta y cinco años de prisión, por la pena de veinticinco años de prisión; se le HACE SABER: a la señora María Ofelia Chacón de Cornejo, en calidad de víctima, de quien únicamente se tiene conocimiento que reside en colonia Las Pampitas, calle del Molino, municipio de Aguilares; que se le ha CONVOCADO a fin de ser escuchada, con base al Art. 106 numeral 6 del Código Procesal Penal, por lo que cítese y notifíquese a la misma por edicto para que comparezcan a ésta sede Judicial, a las OCHO HORAS QUINCE MINUTOS DEL DÍA DIECISÉIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO. San Salvador, a los dieciséis días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. Lic. Ana Ruth González Navarro Jueza Segundo de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de la Pena, San Salvador. Lic. Carlos Miguel López Osorio Secretario Referencia No. 92-06-2 2a. PUBLICACIÓN 37517
No. Único: 636/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO EL SEÑOR JUEZ D E V I G I L A N C I A PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE LA PENA: SONSONATE, LIC. HUGO MIGUEL ÁNGEL TORRES MEJÍA, HACE SABER: AL CIUDADANO CARLOS ARNORDO ORELLANA C A N O, Q U I E N S E G Ú N DILIGENCIAS JUDICIALES ES DE TREINTA Y SEIS AÑOS DE EDAD, SALVADOREÑO, MECÁNICO SOLDADOR, T R A B A J A E N TA L L E R DE SOLDADURA EN CIUDAD HIDALGO, E S TA D O D E C H I A P A S MÉXICO, ACOMPAÑADO, ORIGINARIO DEL MUNICIPIO DE NEJAPA, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, CON FECHA DE NACIMIENTO EL DÍA OCHO DE FEBRERO D E M I L N OV E C I E N TO S OCHENTA Y TRES, HIJO DE INÉS DEL CARMEN CANO D E O R E L L A N A C A R LO S NICOLÁS ORELLANA ELÍAS,
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R E S ID E N T E E N S A N TA TERESA DE LAS FLORES, BLOCK 9, PASAJE 5, CASA NÚMERO 6, DE APOPA, SAN SALVADOR, CONDENADO A LA PENA DE TRES AÑOS DE PRISIÓN, POR EL DELITO DE TRÁFICO ILEGAL DE PERSONAS, CONFORME A LO PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ART. 367-A INCISO 2º PN., EN PERJUICIO DE LA HUMANIDAD Y SUBSIDIARIAMENTE DE JONATHAN ALEXANDER FLORES GRACIA, REEMPLAZÁNDOLE DICHA PENA POR CIENTO C UA R E N TA Y C UAT RO JORNADAS DE TRABAJO DE UTILIDAD PÚBLICA. CONVOCASE A LAS PA R T E S P R O C E S A L E S PARA LA CELEBRACIÓN DE LA AUDIENCIA ORAL DE INCIDENTE Y PARA TAL EFECTO SEÑÁLESE LAS NUEVE HORAS DEL DÍA TRECE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, Y CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ART. 163 C. PR. PN., CÍTESE POR E D I C TO A L R E F E R I D O PENADO, A EFECTO DE H A C E R L E S A B E R QU E DEBERÁ COMPARECER EL DÍA Y HORA SEÑALADOS A ESTA SEDE, ADVIRTIÉNDOLE QUE DE NO COMPARECER, SE LE DARÁ CUMPLIMIENTO EL ART. 56 C. PN., SOBRE LA BASE DE LOS ARTS. 12CN., 82 Y 163 PR. PN. S O N S O N AT E , A L O S DIECINUEVE DÍAS DEL MES FEBRERO DE DOS MIL VEINTIUNO.LICDO. HUGO MIGUEL ÁNGEL TORRES MEJÍA JUEZ DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE LA PENA. LICDA. RUTH LETICIA CASTRO MATA SECRETARIA Ref. 88-42-SCTUP-8-2020 2a. PUBLICACIÓN 37518
No. Único: 637/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 La infrascrita Juez Tercero d e In s t r u c c i ó n d e Sa n Salvador, de este Distrito Judicial, Licenciada Ana Patricia Cruz de Chavarría, HACE SABER: a la imputada MARTA LILIAN HENRÍQUEZ GUILLEN, de treinta y seis años de edad, originaria del municipio de Zacatecoluca, departamento de La Paz, nació el día de diciembre de mil novecientos ochenta y tres, acompañada, comerciante, hija de Marta Guillen González y de José Buenaventura Henríquez, residente en Urbanización Las Palmeras, calle Principal, número cuarenta y d o s , Q u e z a l t e p e q u e, departamento de La Libertad, con Documento Único de Identidad número: 03512312-0; que en esta sede judicial, se encuentra la causa penal número 142/20-5, instruida en su contra, por el delito calificado provisionalmente como HURTO, previsto y sancionado en el Art. 2 0 7 C P. , e n p e r j u i c i o patrimonial de la víctima WILBERT ERNESTO RODRÍGUEZ MENDOZA; así mismo, que por medio de resolución de fecha diecisiete de los corrientes, se ordenó la presente CITA, a fin de que comparezca a esta sede judicial A LAS NUEVE HORAS DEL DÍA DIECISIETE DE MARZO DEL CORRIENTE AÑO, p a ra h a c e r l e s a b e r l o s derechos y garantías que la ley le confiere en su calidad de indiciada, y para que se pronuncie respecto a su defensa técnica; advirtiéndole que en caso de no comparecer a dicho citatorio será declarada REBELDE y se girarán las correspondientes ordenes de captura en su contra. Ju z g a d o. Y p a ra q u e l e sirva de legal notificación y citatorio, se extiende, firma
18 CLASIFICADOS y sella el presente edicto, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LICDA. ANA PATRICIA CRUZ DE CHAVARRÍA JUEZ TERCERO DE INSTRUCCIÓN. REF: 142-2020-5 Ref. Fiscal N° 1872-UDPP2018-SS. 2a. PUBLICACIÓN 37519
No. Único: 638/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 La infrascrita Notificadora Judicial del Juzgado Primero de Instrucción de Santa Ana, El Salvador, HACE SABER A LOS CIUDADANOS: Ever Alexander Díaz Moreno, alias Chita, quien es de veintitrés años de edad, con fecha de nacimiento nueve de junio de mil novecientos ochenta y siete, agricultor en pequeño, del domicilio de Candelaria de la Frontera, hijo de Carmen de Jesús Moreno Nájera y Adelso de Jesús Díaz Gonzales, con Documento Único de Identidad 0 3 7 5 0 8 9 3 - 2 ; Fr a n c i s c o Antonio Fuentes Pérez, alias Pancho o Panchita, de diecinueve años de edad, nació el cinco de abril de dos mil uno, hijo de Rosa Aminta Pérez Núñez y Porfirio Funes Acevedo; y Miguel Ángel Pérez Núñez, alias Boca Azul, de veinte años de edad, hijo de Verónica Yaneth Pérez Núñez y Margarito Mancía Pérez, residente en cantón Casas de Tejas por el Centro Escolar, Candelaria de la Frontera; a quienes se les atribuye en calidad d e Co a u t o re s e l d e l i t o calificado provisionalmente como Homicidio Agravado, previsto y sancionado en el Art. 128 y 129 Nº 3 del Código Penal, en perjuicio de la vida del señor Luis Gilberto González Díaz, que en la causa 239-20, se encuentra el Acta de Aplazamiento de la Audiencia Especial de Intimación de Derechos, de las catorce horas de esta misma fecha, en la cual en lo medular se resolvió: a) aplazo la presente audiencia ante la incomparecencia de los procesados antes relacionados; reprogramo la Audiencia Especial relacionada para las catorce horas del día veintitrés de marzo del presente año. Asimismo, se cita a los señores Ever Alexander Díaz Moreno, Francisco Antonio Fuentes Pérez y Miguel Ángel Pérez Núñez, para que estén presentes en la Audiencia Especial de Intimación de Derechos señalada para las catorce horas del día veintitrés de marzo de dos mil veintiuno. Notifíquese y Cítese a los imputados Ever Alexander Díaz Moreno, Francisco Antonio Fuentes Pérez y Miguel Ángel Pérez Núñez, por medio de edicto judicial conforme a lo establecido en el artículo 163 Código Procesal Penal. Santa Ana, a los diecisiete días del mes de febrero de dos mil veintiuno. Ing. Inés del Carmen Castro Montoya Notificadora Juzgado Primero de Instrucción de Santa Ana 239-20/C4 vn Ref. Fiscal: 841-UDCV-2020 2a. PUBLICACIÓN 37520
No. Único: 639/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO LA SUSCRITA LICENCIADA AMELIA CAROLINA V E L Á S Q U E Z R I VA S , JUEZA ESPECIALIZADA DE INSTRUCCIÓN “A ” PA R A U N A V I D A LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN PARA L AS M U JER ES DE SAN SALVADOR, HACE SABER: De fecha veintiocho de
agosto del año dos mil diecisiete se recibió en esta sede judicial proveniente del Juzgado Segundo de Paz de llobasco, el expediente correspondiente a la causa judicial instruida contra el imputado señor ADÁN ADALBERTO CASTRO ALVARADO, de veinticuatro años de edad, estudiante, soltero, del domicilio de llobasco, departamento de Cabañas, con residencia en barrio El Calvario, casa n ú m e ro d o c e, l l o b a s c o, departamento de Cabañas, con fecha de nacimiento catorce de noviembre de mil novecientos noventa y dos, documento único de identidad número cero cuatro siete uno uno nueve o c h o d o s g u i o n c u a t ro ; a quien se le atribuye la posible comisión del delito de INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA ECONÓMICA, previsto y sancionado en el artículo 201 del Código Penal, en perjuicio de los derechos familiares de la niña B. J. C. V., representada legalmente por su madre la señora J. M. V. E., con referencia judicial 70-2017-R1, concluido el plazo de instrucción, mediante el auto de las nueve horas con cuarenta minutos del veinticinco de octubre del dos mil diecisiete se dio por recibido el dictamen de acusación presentando por la licenciada DOLORES MARICELA BRAN VALENCIA, y de conformidad al artículo 357 del código procesal penal, se puso el expediente a disposición de las partes para que pudieran consultarlas en el plazo común de cinco días, trascurrido ese plazo se señaló fecha y hora para la realización de la audiencia preliminar respectiva la cual se suspendió por medio de auto de fecha catorce de junio del dos mil diecinueve y actas de fechas veintitrés de diciembre del dos mil diecinueve, dieciséis de marzo y seis de noviembre, ambas fechas de dos mil veinte, reprogramándose finalmente la misma para las once horas con treinta minutos del once de enero del dos mil veintiuno, habiéndose verificado que no fue posible localizar al indiciado señor ADÁN ADALBERTO CASTRO ALVARADO, en virtud que se desconoce el lugar de su residencia temporal o permanente, habiéndose realizado las acciones legales para notificarlo, comisionándose inclusive al equipo multidisciplinario de apoyo a la jurisdicción e s p e c i a l i z a d a p a ra u n a vida libre de violencia para las mujeres y a través de edicto judicial publicado en el periódico de mayor circulación en fechas dos, tres y cuatro de diciembre del dos mil veinte, por lo que, ante su incomparecencia a la audiencia mencionada, este juzgado HACE DEL CONOCIMIENTO del señor CASTRO ALVARADO, que se ha pronunciado en su contra declaratoria de rebeldía de conformidad a los artículos 86, 87 y 88 del Código Procesal Penal, por lo cual se ha ordenado su captura, y la suspensión de la audiencia mencionada y el archivo de la causa penal con referencia 70-2017-R1. San Salvador, once de enero del dos mil veintiuno. Licda. Amelia Carolina Velásquez Rivas Jueza Especializada de Instrucción Licda. Julia Rebecca González Díaz Secretaria de Actuaciones 2a. PUBLICACIÓN 37521
No. Único: 640/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 LA INFRASCRITA JUEZ A INTERINA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA DE SAN VICENTE, LICENCIADA PAT R I C I A L I S S E T T E
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
BARDALES OSEGUEDA, HACE SABER Y CITA POR MEDIO DE EDICTO: Al imputado señor JOSÉ FRANCISCO SERRANO CAMPOS, según proceso de diecinueve años de edad, agr icultor, residente en colonia Primavera, polígono ocho, casa número veinte, ciudad y departamento de San Vicente; procesado por el delito de EXTORSIÓN A G R AVA D A , p r e v i s t o y sancionado en los artículos 2 y 3 de la Ley Contra el De l i t o d e Ex t o r s i ó n , e n perjuicio de clave “ORION”, se encuentra la resolución que dice: “”””””” Aplazar la audiencia de Vista Pública, señalada a las nueve horas del día quince de febrero del dos mil veintiuno y se señala para el día TREINTA DE ABRIL próximo entrante, a las NUEVE HORAS, para celebración de la audiencia de vista pública. Líbrese oficio a dirección de Desarrollo Tecnológico de audiencias Virtuales, a efecto designen sala en el Centro Penal de Ciudad Barrios; efectúense las citas correspondientes a los procesados en libertad; con respecto al imputado Mo i s é s Is a í a s V á s q u e z , encomiéndese al Licenciado Marinero su ubicación, no obstante, se librará la cita a la dirección proporcionada por éste. Con respecto al imputado JOSÉ FRANCISCO SERRANO CAMPOS, efectúense cita por medio de los edictos correspondientes, por no tener lugar de ubicación. Librado en el Tribunal de Sentencia. San Vicente, a los dieciséis días del mes de febrero de dos mil veintiuno. LICENCIADA PATRICIA LISSETTE BARDALES OSEGUEDA JUEZA INTERINA DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA DE SAN VICENTE LIC. JOSÉ ANTONIO PEÑA AGUIRRE SECRETARIO 2a. PUBLICACIÓN 37522
No. Único: 641/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021
NO DETENIDOS ERICK ERNESTO CAMPOS y GUILLERMO ADOLFO GUILLEN VILLEDA, dejando a criterio de la señora Jueza Pr i m e r o d e In s t r u c c i ó n de esta ciudad, al cual se re m i t i r á n l a s p re s e n t e s actuaciones, fijar el plazo de instrucción que solicita la representación fiscal. Abstiénese la suscrita de pronunciarse respecto a la responsabilidad civil, por cuanto los imputados aún n o h a n s i d o d e c l a ra d o s autores directos del ilícito penal atribuido. Notifíquese la presente resolución a los imputados ERICK ERNESTO CAMPOS y GUILLERMO ADOLFO GUILLEN VILLEDA, por medio de edictos, de conformidad al artículo 163 del Código Procesal Penal. Remítanse las actuaciones a la señora Juez Primero de Instrucción de esta ciudad, de conformidad a lo establecido en el Art. 300 Inc. último del Código Procesal Penal, para la continuidad de este proceso. NOTIFÍQUESE. Cojutepeque, diecinueve de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. MARICELA DE LA PAZ ÁGUILA RAMÍREZ JUEZ PRIMERO DE PAZ REF: 113-2020 (1) 2a. PUBLICACIÓN 37523
No. Único: 642/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 LA INFRASCRITA JUEZ A INTERINA PRIMERO D E V I G I L A N C I A PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE LA PENA DE LA LIBERTAD, departamento de La Libertad, hace saber a l a c i u d a d a n a C I N DY MARICELA GONZÁLEZ VILLALOBOS; según impresión de datos emitida por el Registro Nacional de las Personas Naturales, es de veintisiete años de edad, nació en Coatepeque, departamento de Santa Ana, el día cuatro de febrero de mil novecientos noventa y tres, acompañada, empleada, hija de Ana Luz Villalobos y L u i s Is r a e l G o n z á l e z ; con Documento Único de Id e n t i d a d n ú m e r o c e r o cuatro millones setecientos cincuenta y nueve mil seiscientos cincuenta y tres guion nueve; en su calidad de víctima del expediente judicial del condenado JOSÉ VENTURA ANAYA MORALES; quien fue condenado por el Tribunal ahora Primero de Sentencia de esta ciudad, a la pena de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de VIOLACIÓN EN MENOR O INCAPAZ AGRAVADA, previsto y sancionado en los 159 Y 162 No. 1, del Código Penal; asimismo condenado a la pena de TRES AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de EXHIBICIONES OBSCENAS, tipificado en el artículos 171 del mismo cuerpo de ley, SUMANDO UN TOTAL DE VEINTITRÉS AÑOS DE P R I S I Ó N ; C O N VO C A S E para la celebración de una d i l i g e n c i a j u d i c i a l p a ra LAS NUEVE HORAS DEL D Í A C I N C O D E M A R ZO DEL CORRIENTE AÑO, y conforme lo dispuesto al Art. 163 Pr. Pn., cítese por edicto a la señora antes mencionada, a efecto de hacerle saber que deberá comparecer el día y hora señalados a ésta Sede. Santa Tecla, dieciséis de febrero de dos mil veintiuno. LICDA. JOSEFINA MARTÍNEZ DE HERNÁNDEZ JUEZA INTERINA PRIMERO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE LA PENA DE LA LIBERTAD. REF. 108-08-D-2
LA INFRASCRITA JUEZ A PRIMERO DE PAZ DE LA CIUDAD DE COJUTEPEQUE, M A R I C E L A D E L A PA Z ÁGUIL A RAMÍREZ, hace saber a los ciudadanos ERICK ERNESTO CAMPOS y GUILLERMO ADOLFO GUILLEN VILLEDA, el primero de cuarenta y cinco años de edad, estudiante, originario y del domicilio de San Salvador, residente en colonia Cumbres de la Escalón, calle a la Montaña, número 2-A, San Salvador; hijo de Reina Margot Campos Romero y el segundo de sesenta años de edad, Ingeniero Industrial, originario de San Salvador, residente en Reparto Morazán 1, avenida Centroamérica, casa número 175, Soyapango, departamento de San Salvador; hijo de Esperanza Villeda y de Eugenio Guillen Sevillano; a quienes se les atr ibuye el delito d e E S TA FA AG R AVA D A , previsto y sancionado en los artículos 215 y 216 N° 2 del Código Penal, en perjuicio Patrimonial de la víctima señora REYNA MARICELA HERRERA DE FLORES, que a las trece horas y cincuenta minutos del día dieciocho de febrero del presente año, se ha emitido la resolución que en lo esencial dice: “”””””””””” RESUELVE: De conformidad a los artículos 11, 12, 15 y 193 de la Constitución de la República; artículos 1, 2, 3, 4, 5, 18, 19, 33, 215 y 216 Nº 2 del Código Penal y artículos 1, 2, 3, 4, 6, 144, 163, 176, 179, 295 Nº 1, 298 Inciso último y 2a. PUBLICACIÓN 37524 300 Nº 1, del Código Procesal Penal, CONTINÚESE CON No. Único: 643/LCPC EL PRESENTE PROCESO Prórroga de Contrato No. 04/2020 PENAL ORDENANDO LA Pub. 1-2-3 marzo 2021 INSTRUCCIÓN FORMAL SIN NINGUNA MEDIDA CAUTELAR, INSTRUIDO LA INFRASCRITA JUEZ A CONTRA LOS IMPUTADOS INTERINA, LICENCIADA
JOSEFINA MARTÍNEZ DE HERNÁNDEZ, Primero de Vigilancia Penitenciaria y de Ejecución de La Pena de La Libertad, departamento de La Libertad, hace saber a los ciudadanos CLAUDIA ELIZ ABETH SALGUERO V E L Á S QU E Z y e l s e ñ o r NELSON FRANCISCO SALGUERO VELÁSQUEZ, en su calidad de víctimas del expediente judicial del condenado WALTER ADRIÁN ZAMORA SALAZAR, c o n o c i d o p o r WA LT E R Z AMORA, alias “PISA CHUCHA” Y “CHAMUCO”, de treinta y nueve años de edad aproximadamente, albañil, originario de Soyapango, departamento de San Salvador, residía en calle Masferrer, colonia Montemar, ciudad y Puerto de La Libertad, hijo de Pa s c u a l Ad r i á n Z a m o ra y de María Lucia Salazar, quien fue condenado por el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, departamento de La Libertad, a la pena de T R E C E A Ñ O S C UAT R O MESES DE PRISIÓN, por el delito de VIOL ACIÓN PROPIA AGRAVADA, y a la pena de DIEZ AÑOS OCHO MESES DE PRISIÓN, por el delito de VIOL ACIÓN I M P R O P I A A G R AVA D A , y a la pena de CINCO A Ñ O S C UAT R O M E S E S DE PRISIÓN, por el delito de ROBO EN CONCURSO IDEAL, ascendiendo todas las penas antes mencionadas a VEINTINUEVE AÑOS C UAT R O M E S E S D E PRISIÓN; CONVÓCANSE para la celebración de una diligencia judicial, para las NUEVE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL DÍA DIECISÉIS DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, y conforme a lo dispuesto en el Art. 163 Pr. Pn., cítense por edicto a los señores antes mencionados, a efecto de hacerle saber que deberán comparecer el día y hora señalados a esa sede. Santa Tecla, dieciséis de febrero de dos mil veintiuno.LICDA. JOSEFINA MARTÍNEZ DE HERNÁNDEZ JUEZA INTERINA PRIMERO DE VIGILANCIA PENITENCIARIA Y DE EJECUCIÓN DE LA PENA DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD. Ref. 34-00-(5)- L.c.o.2a. PUBLICACIÓN 37525
No. Único: 644/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021
LIC. DELFINO PARRILLA RODRÍGUEZ JUEZ DE INSTRUCCIÓN DE DELGADO Ref. 19-4-21 Pat. 2a. PUBLICACIÓN 37526
No. Único: 645/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 El Infrascrito Juez Segundo de Instrucción de Sonsonate, Licenciado MARIO EMILIO DE LEÓN CAMPOS, hace saber al ciudadano ausente WALTER MAURICIO RIVERA ZEPEDA, de cuarenta y un años de edad, residente en casa número veinticuatro, pasaje veintiséis, Oriente, avenida Las Victorias, de la colonia Jardines del Volcán Dos, Nueva San Salvador, hijo de Ana Margarita Zepeda y Oscar Enrique Rivera Vides, con documento único de identidad número cero cero dos siete dos uno ocho tres guion tres, y demás generales ignoradas por no constar en el presente proceso penal, por el delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el Art. 215 Pn., en perjuicio patrimonial de MARVIN GUILLERMO HERNÁNDEZ REYES. Convocase a las partes procesales para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, y para tal efecto señálense a las DIEZ HORAS DEL DÍA CINCO DE MARZO DEL PRESENTE AÑO, y conforme a lo dispuesto en el Art. 163 C. Pr. Pn., cítese por edicto al procesado, a efecto de hacerle saber que deberá de comparecer el día y hora señalados a esta sede. Sonsonate, nueve de febrero del dos mil veintiuno. Lic. Mario Emilio de León Campos Juez Segundo de Instrucción. MRD/T/I. Instr. 101-2020-2.2a. PUBLICACIÓN 37527
No. Único: 646/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 El Infrascrito Juez Segundo de Instrucción de Sonsonate, Licenciado MARIO EMILIO DE LEÓN CAMPOS, h a c e s a b e r a l c i u d a d a n o S A LVA D O R PÉREZ VILLANUEVA, según requerimiento fiscal es de cuarenta y ocho años de edad, residente en colonia Angélica, veinte avenida Sur, casa número ciento veintitrés, Sonsonate, departamento de Sonsonate, con documento único de identidad número cero uno siete cero dos nueve siete siete guion dos; a quien se le procesa por la Infracción Penal de INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA ECONÓMICA, tipificado y sancionado en el Art. 201 Pn., en perjuicio de los Derechos Familiares de la niña D.L.P.B., representada Legalmente por su madre señora JACQUELINE YAJAIRA BERNAL ORELLANA.Convocase a las partes procesales para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, y para tal efecto señálense las NUEVE HORAS Y TREINTA MINUTOS DEL DÍA QUINCE DE ABRIL D E L P R E S E N T E A Ñ O, y conforme a lo dispuesto en el Art. 163 Pr. Pn., cítese por edicto al referido procesado, a efecto de hacerle saber que deberá de comparecer el día y hora señalados a este Juzgado. Sonsonate, a los diez días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. Lic. Mario Emilio de León Campos Juez Segundo de Instrucción. GAM/ INSTR. 176/2020-1**
E L I N F R A S C R I TO J U E Z DE INSTRUCCIÓN DE D E L G A D O, L i c e n c i a d o D E L F I N O PA R R I L L A RODRÍGUEZ; hace saber al procesado MARIO ERNESTO LANDAVERDE, que se le atribuye el delito calificado provisionalmente como VIOLENCIA INTRAFAMILIAR, previsto y sancionado en el Arts. 200 C. Pn., en perjuicio de B. L. VÁSQUEZ DE MEDHANE, y que deberá comparecer a é s t e Ju z g a d o, e l d í a DOCE DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, A L AS C AT O R C E H O R A S C O N TREINTA MINUTOS, a fin de hacerle saber los hechos que se le atr ibuyen, los derechos y garantías que la ley le confiere en su calidad de imputado, y para que se pronuncie sobre su defensa técnica. Dicho imputado, según diligencias dentro del proceso, es de las generales siguientes: de treinta y cinco años de edad, acompañado, mecánico, salvadoreño, hijo de Candelaria Landaverde, con Documento Único de Identidad número cero tres cuatro tres cuatro siete tres 2a. PUBLICACIÓN 37528 cuatro-cinco, con residencia en colonia La Rábida, treinta No. Único: 647/LCPC y cinco calle Oriente, número Prórroga de Contrato No. 04/2020 107 B, número telefónico Pub. 1-2-3 marzo 2021 7117-8581, San Salvador. De l g a d o, d i e c i n u e ve d e febrero del año dos mil E L I N F R A S C R I TO J U E Z PRIMERO DE TRÁNSITO veintiuno.
DE SAN SALVADOR, DR. MEDARDO DE JESÚS TEJADA RODRÍGUEZ, hace saber al ciudadano MIGUEL Á N G E L VA L D I V I E S O LÓPEZ, de cuarenta y siete a ñ o s d e e d a d , s o l t e r o, comerciante, residente en barrio El Poy, municipio de Citalá, departamento d e C h a l a t e n a n g o, c o n Documento Único de Identidad número 02449663-9, que en el proceso penal No. 282-LC2020-6, que se instruye en su contra por el delito de LESIONES CULPOSAS, en perjuicio de la integridad personal de la víctima señor MANUEL ÁNGEL GALINDO RIVERA, se ha señalado las NUEVE HORAS con TREINTA MINUTOS del día DIEZ DE MARZO DE DOS MIL VEINTIUNO, para la celebración de la AUDIENCIA PRELIMINAR, por lo que debe apersonarse a este Juzgado en el día y hora indicados; y conforme a lo dispuesto en el artículo 163 CPP., notifíquese por edicto al referido imputado. San Salvador, dieciocho de febrero de dos mil veintiuno. DR. MEDARDO DE JESÚS TEJADA RODRÍGUEZ JUEZ PRIMERO DE TRÁNSITO, S.S. farb Ref. Judicial No. 282-LC2020-6 Ref. Fiscal No. 337-UDST2020 2a. PUBLICACIÓN 37529
No. Único: 648/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 E L I N F R A S C R I TO J U E Z ESPECIALIZADO DE INSTRUCCIÓN PARA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN PARA LAS MUJERES DE SAN M I G U E L , H AC E S A B E R : Q u e, e n l a c a u s a p e n a l registrada bajo el número de expediente con referencia 14-2020-PN-R5, que se instruye en esta sede judicial en contra del señor SANTOS HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, a quien se le atribuye la comisión del delito calificado p rov i s i o n a l m e n t e c o m o DESOBEDIENCIA EN CASO DE MEDIDAS CAUTELARES O DE PROTECCIÓN, previsto y sancionado en el Art. 338-A del Código Penal, en perjuicio de la Administración Pública y como víctima indirecta la señora N.I.H.A. Se dictó Auto resolutivo que DICE: San Miguel, a las catorce horas con cuarenta y ocho minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil veintiuno. RESUELVE: a) CORRÍJASE el error material consignado en el acta de suspensión de audiencia preliminar de las nueve horas con cincuenta minutos del día veintiuno de diciembre del año dos mil veinte, donde se consignó la audiencia preliminar para las nueve horas con treinta minutos del día veintidós d e f e b re ro d e l p re s e nt e año, siendo lo correcto: “LAS NUEVE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA VEINTIDÓS DE MARZO DEL PRESENTE AÑO”. b) DÉJESE sin efecto el señalamiento de audiencia preliminar dado mediante acta de suspensión de audiencia preliminar de las nueve horas con cincuenta minutos del día veintiuno de diciembre del año dos mil veinte. c) CÍTESE al imputado SANTOS HERNÁNDEZ MARTÍNEZ a la Celebración de Audiencia Preliminar para que comparezca a esta sede judicial por medio de Edicto y una vez devuelto debidamente diligenciado agréguese al expediente correspondiente. NOTIFÍQUESE. “”””””””””””” RUBRICADAS “””””””” C. IGLESIAS. “””””””” Ante “ ” ” ” ” ” ” ” E N E Y D A . C . VA . “ ” ” ” ” ” ” ” Sr i a . I n t e r i n a “ ” ” ” ” ” ” ”. Y p a r a q u e, al imputado SANTOS HERNÁNDEZ MARTÍNEZ, le sirva de legal notificación, se extiende, firma y sella
el presente edicto, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. Lic. Candelario Iglesias Juez Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para las Mujeres, San Miguel. Licda. Verónica Eneyda Córdova de Campos Secretaria Interina de Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación, San Miguel. 2a. PUBLICACIÓN 37530
No. Único: 649/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EL INFRASCRITO JUEZ PRESIDENTE DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA DE USULUTÁN, Licenciado Hugo Noé García Guevara, hace saber a la ciudadana SUSI LISSETH FRANCO ORTÍZ, de veintisiete años de edad, acompañada, de oficios domésticos, hija de Sara Yudith Ortiz Chávez y de Rolando Antonio Franco, originario de Puerto El Triunfo, y residente en colonia El Tercio, pasaje El Sarsalito, jurisdicción de Puerto El Triunfo, quien se identifica con su documento único de identidad número cero cuatro dos tres cuatro ocho siete nueve- cinco; a quien se le atribuye el delito de APROPIACIÓN O RETENCIÓN DE CUOTAS L ABORALES, previsto y sancionado en el Art. 245 Pn., en perjuicio de S I S T E M A D E A H O R RO PARA PENSIONES AFP CO N F Í A , re p re s e n t a d a legalmente por la Licenciada Alicia Girón, y judicialmente por el Licenciado Jacobo Alberto No l a s c o V á s q u e z , A F P CRECER, representada legalmente por el Licenciado Jo s é Re n é Ro d r í g u ez Mendoza, y el ISSS, representado legalmente por el Licenciado Nelson Atilio Navarrete Díaz, y como afectados directos los señores: ALEXANDER PORTILLO SALAMANCA, DIGNA EMERITA P O RT I L LO D E T E V E Z , EDGAR OMAR OSEGUEDA, CLAUDIA CECILIA ESCOBAR DE COREAS, MARÍA DEL TRÁNSITO PINEDA DE MANZANO, TEMILDA ROSMERI TORRES DE PORTILLO, OSCAR ANTONIO G U T I É R R E Z RO M E RO, JOSÉ RAÚL CERNA, JOSÉ O R L A N D O PA R A D A , LU I S A LO NSO U M A Ñ A MELARA, ALBA PATRICIA PINEDA DE MIRANDA, LORENA YANIRA REYES y OSCAR OMAR MORALES, según causa U-59-0418-1, que se convoca a las partes procesales p a ra l a c e l e b ra c i ó n d e Audiencia de Vista Pública, y para tal efecto señálese las ONCE HORAS DEL DÍA DIECIOCHO DE MARZO DEL DOS MIL VEINTIUNO, y de conforme a lo dispuesto en el Art. 163 C. Pr. Pn., cítese, y notifíquese por edicto a la procesada, a efecto de hacerle saber que deberá comparecer el día y hora señalados a la sede del Tribunal de Sentencia, ubicado en final pasaje Murillo, costado Sur de Cruz Roja, casa 20-21 del departamento de Usulután, advirtiéndosele que de no comparecer a la referida audiencia se le declarará rebelde y se expedirá orden de captura, de acuerdo al Art. 87 del Código ya relacionado. Usulután, diecinueve de febrero del dos mil veintiuno. Lic. Hugo Noé García Guevara Juez Presidente del
Tribunal de Sentencia Lic. Blanca Evelyn Parada García Secretaria del Tribunal de Sentencia U-59-04-18-1 2a. PUBLICACIÓN 37531
No. Único: 650/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO JUDICIAL OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZA, Juez Segundo de Instrucción de Santa Tecla Interino, departamento de La Libertad, hace saber al ciudadano OSCAR A R M A N D O B E LT R Á N SIBRIÁN, quien según requerimiento fiscal es de veintidós años de edad, empleado, soltero, hijo de María Estela Beltrán Sibrián, residente en Condominio San Esteban, apartamento 9-A, entre veinte y veintidós avenida Sur, barrio San Esteban, San Salvador, con Documento Único de Identidad número cero cinco millones seiscientos c u a re n t a y c u a t r o m i l seiscientos once guion cinco; por atr ibuírsele la comisión del delito calificado provisionalmente como HOMICIDIO AGRAVADO, tipificado y sancionado en los Arts. 128 y 129 numeral 3 del Código Penal; en perjuicio de la vida de JAIME VICENTE SOTO y en calidad de ofendida, la señora ELSY DACHTLER conocida por ELSY SOSA; que en proceso bajo referencia Judicial número 201-2020-1, se ha dictado el auto que en su parte resolutiva DICE: “”””” es procedente NOTIFICARLE POR MEDIO DE EDICTOS de conformidad al artículo 163 Procesal Penal, para que se haga presente a esta sede judicial a las DIEZ HORAS DEL DÍA DIECINUEVE DE MARZO DEL PRESENTE AÑO, a fin de intimarle sobre los hechos que se le imputan; y que manifieste lo relativo a su Defensa Técnica, caso contrario se procederá según lo establecido el artículo 330 número 1 Procesal Penal; debiendo comparecer al Juzgado Segundo de Instrucción de Santa Tecla, ubicado en kilómetro 7 1/2, carretera Panamericana, contiguo al Hospital Nacional San Rafael, Santa Tecla, departamento de La Libertad. Santa Tecla, diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. LIC. OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZA JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN INTO. Ref. 201-2020-1 2a. PUBLICACIÓN 37532
No. Único: 651/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO JUDICIAL OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZA, Juez Segundo de Instrucción de Santa Tecla Interino, departamento de La Libertad, HACE SABER: A los imputados ausentes: 1.- LUIS ANTONIO RODAS MÉNDEZ, alias “Delincuente o Sayper”, de 31 años de edad, de nacionalidad salvadoreña, nació el día 9 de marzo de 1989, hijo de María Luisa Méndez y Jesús Rodas, soltero, residente en calle Las Brisas, Pol. C, lote 33 de la colonia Santa María, cantón El Botoncillal de Colón, La Libertad. 2.M AU R I C I O A N TO N I O HERNÁNDEZ PORTILLO, alias “Seco”, de 22 años de edad, de nacionalidad salvadoreña, nació el día 10 de febrero de 1998, en Chiltiupán, La Libertad, hijo de Santos Por tillo Zepeda y Roberto Antonio Hernández Girón, residente
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
en cantón Santa Lucía de Chiltiupán, La Libertad y colonia Las Delicias, calle La Ceiba C-20, Santa Tecla, La Libertad, con DUI número 05832659-9. Y 3.- GERSON ALEXANDER GARCÍA, alias “Pleyer o Chele”, de 23 años de edad, de nacionalidad salvadoreña, nació el 17 de octubre de 1997, hijo de Deysi Miriam García, residente en Urbanización El Botoncillal, calle Las Granadillas, pasaje El Limón, block 6, casa 4, cantón El Botoncillal, jurisdicción de Lourdes, Colón, departamento de La Libertad; quienes se le atribuye la comisión del delito de HOMICIDIO AGRAVADO, tipificado y sancionado en los artículos 128, 129 numeral 3° y 10° del Código Penal, en perjuicio de la vida del agente policial WILFREDO ALEXANDER MOLINA CALDERÓN; que en proceso bajo referencia Judicial número 33-20211, a las diez horas con veintiocho minutos del día diecisiete de febrero del año dos mil veintiuno, se ha dictado el auto que en su parte resolutiva DICE: “””””” NOTIFÍQUESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN POR MEDIO DE EDICTOS, de conformidad al artículo 163 Procesal Penal, a los imputados ausentes 1.- LUIS ANTONIO RODAS MÉNDEZ, alias “Delincuente o Sayper”; 2.- MAURICIO ANTONIO HERNÁNDEZ PORTILLO, alias “Seco”; y 3.- GERSON ALEXANDER GARCÍA, alias “Pleyer o Chele”, a efecto de INTIMARLOS, para que comparezcan a esta sede judicial, a fin de hacerles saber los hechos que se les imputan y manifiesten lo relativo a su Defensa Técnica, por lo cual se señalan las ONCE HORAS del día DIECISÉIS DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, caso contrar io se procederá según lo establecido el artículo 330 número 1 Procesal Penal. “””””””””” Santa Tecla, departamento de La Libertad, a las quince horas con ocho minutos del día diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. “””””””””” O.R. Quinteros. E “””””””””” Juez Interino “””””””””” R.L. “””””””””” Sria. “””””””””” RUBRICADAS. LIC. OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZA JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN INTO. LIC. RHINA CECILIA LUNA LARA SECRETARIA DE ACTUACIONES. 2a. PUBLICACIÓN 37533
No. Único: 652/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO JUDICIAL OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZA, Juez Segundo de Instrucción de Santa Tecla Interino, departamento de La Libertad, HACE SABER: Al imputado ELMER NOÉ HERNÁNDEZ LÓPEZ, quien es de 41 años de edad, salvadoreño, soltero, empleado, quien trabaja e n l a Po l i c í a Na c i o n a l Civil, con lugar y fecha de nacimiento en San Salvador, 10 de octubre de 1978, hijo de Salvador Enrique Hernández Torres y Rosa María López, quien puede ser notificado y citado en colonia Bosques del Matazano 2, Zona “A”, pasaje 21, número 120, Soyapango, departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número 02214071-1, (todos los datos proporcionados en Requerimiento Fiscal por el Fiscal del caso), a quien se les atribuyen la comisión de los delitos de LESIONES, tipificado y sancionado en el artículo 142 del Código Pe n a l , e n p e r j u i c i o d e RICARDO ANTONIO RIVAS IDIÁQUEZ; y AMENAZAS
C O N AG R AVAC I Ó N E S PE C I A L , t i p i f i c a d o y sancionado en el Art. 154 y 155 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de DIEGO ANTONIO RIVAS RIVAS; que en proceso bajo referencia Judicial número 105-20201, a las doce horas con doce minutos del día diecisiete de febrero de dos mil veintiuno, se ha dictado el auto que en su parte resolutiva DICE: “ ” ” ” ” ” ” ” N OT I F Í QU E S E POR MEDIO DE EDICTOS AL PROCESADO ELMER NOÉ HERNÁNDEZ LÓPEZ, de conformidad al artículo 163 Procesal Penal, para q u e s e h a g a p re s e n t e a esta sede judicial a las NUEVE HORAS DEL DÍA VEINTISÉIS DE ABRIL DEL PRESENTE AÑO, c o n l a finalidad de llevar a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR correspondiente, caso contrario se procederá según lo establecido el artículo 330 número 1 Procesal Penal. “ ” ” ” ” ” ” ” ” ” Sa n t a Te c l a , departamento de La Libertad, a las doce horas con veintiún minutos del día diecisiete de febrero de dos mil veintiuno. “””””””””” O.R. Quinteros. E “””””””””” Juez Interino “””””””””” R.L. “””””””””” Secretaria de Actuaciones “””””””””” RUBRICADAS. LIC. OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZA JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN INTO. LIC. RHINA CECILIA LUNA LARA SECRETARIA DE ACTUACIONES. 2a. PUBLICACIÓN 37534
No. Único: 653/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO JUDICIAL OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZ A, Juez Segundo de Instrucción Interino, de Santa Tecla, departamento de La Libertad, HACE SABER: al imputado RENÉ ALEXANDER C A S T I L LO, d e t re i n t a y nueve años de edad, soltero, motorista, hijo de Yolanda Castillo Rodríguez y René Corea González, originario de San Jacinto, San Salvador, quien manifiesta que en este momento no tiene un lugar fijo donde vivir pero puede ser citado y notificado en Hacienda San José, calle María Mazarello, polígono B - 2 , c a s a n ú m e r o t re s , Santa Tecla, La Libertad, datos que no fueron confrontados con ningún Documento de Identidad, por manifestar el imputado no portarlos al momento de su identificación; por atribuírsele el delito de DESOBEDIENCIA EN CASO DE MEDIDAS CAUTELARES O DE PROTECCIÓN, previsto y sancionado en el artículo trescientos treinta y ocho A del Código Penal, en perjuicio de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, y subsidiariamente de la señora MAYRA YANIRA CÁRCAMO BARRERA, que: en auto pronunciado de conformidad al artículo 357 del Código Procesal Penal, el día diecisiete de febrero d e l p re s e n t e a ñ o, c o r re agregada la resolución que DICE: En virtud de haber transcurrido el término que señala el Art. 357 del Código Procesal Penal, señálese para la verificación de la Audiencia Preliminar las DIEZ HORAS DEL DÍA VEINTINUEVE DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, a quien se le atribuye la comisión del delito de DESOBEDIENCIA EN CASO DE MEDIDAS CAUTELARES O DE PROTECCIÓN, previsto y sancionado en el artículo trescientos treinta y ocho A del Código Penal, en perjuicio de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, y subsidiariamente de la señora MAYRA YANIRA CÁRCAMO BARRERA, previas citaciones, convocatorias y notificaciones correspondientes. De conformidad al Art. 163 Procesal Penal,
NOTIFÍQUESE AL IMPUTADO RENÉ ALEX ANDER CASTILLO, MEDIANTE EDICTOS JUDICIALES, de la resolución dictada en el presente auto. Asimismo, PREVIÉNESE a dicho imputado, que deberá presentarse a este Juzgado en la hora y fecha anteriormente relacionada, caso contrario se procederá conforme a los artículos 86 y siguientes del Código Procesal Penal. NOTIFÍQUESE. “””””””” Santa Tecla, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. “””””””””” R. Quinteros. E. “””””””””” Juez Interino “””””””””” Rh. “””””””””” Secretaria “””””””””” RUBRICADAS. LICDO. OSCAR ROBERTO QUINTEROS ESPINOZA JUEZ SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN INTERINO. REF. 106-2020-3 Francisco 2a. PUBLICACIÓN 37535
No. Único: 654/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO: E L I N F R A S C R I TO J U E Z DEL JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN DE LA CIUDAD DE SAN VICENTE, hace saber a la señora SANTOS DE LOS ÁNGELES L OVAT O D E V Á S Q U E Z , quien según diligencias es salvadoreña, de sesenta años de edad, casada, del domicilio de San Vicente, residente en San Antonio Caminos, caserío El Jilon, departamento de San Vicente, hija de Ignacia Rivas y Andrés Lovato, con D.U.I. número 02812266-4; que en el Juzgado a mi cargo se instruye proceso penal en su contra, con el número 63-3-2020, por atribuírsele la comisión del delito de ROBO, previsto y sancionado en el artículo 212 del Código Penal, en perjuicio de la víctima clave “ESTRELLA” y se encuentra el auto de las nueve horas y cincuenta minutos del día quince de febrero de dos mil veintiuno, el cual en lo medular dice: “””””” EMPLÁCESE por edicto a la señora SANTOS DE LOS ÁNGELES LOVATO DE VÁSQUEZ, a efecto de que se presente al Juzgado Segundo de Instrucción de la ciudad de San Vicente lo más pronto posible para hacerle saber lo relacionado a este proceso, los derechos que por Ley le corresponden y para que manifieste lo relativo a su defensa, y si no se presenta a más tardar dentro de los tres días posteriores a la última publicación del edicto en un periódico de circulación nacional, se le Declarará Rebelde y se girarán órdenes de captura. Lo anterior de conformidad con lo regulado en los Arts. 163, 86 literal a), 87 y 88 del Código Procesal Penal “””””. San Vicente, a los quince días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. LUIS ALBERTO PONCE HERNÁNDEZ JUEZ LIC. FELIPE ALEXANDER VALENCIA GARCÍA SECRETARIO C/N° 63-3-2020 SOTO. 2a. PUBLICACIÓN 37536
No. Único: 655/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 E L I N F R A S C R I TO J U E Z PRIMERO DE INSTRUCCIÓN D E S A N S A LVA D O R , NOTIFICA Y CITA A LOS IMPUTADOS AUSENTES: FRANCO ALBERTO VELÁSQUEZ HERNÁNDEZ, de veinticuatro años de edad, originario de San Salvador, con fecha de nacimiento el veinticuatro de abril de mil novecientos noventa y cinco, hijo de María Esperanza Hernández y René Gustavo Velásquez, residente en colonia Ciudad Futura dos,
pasaje sesenta, polígono sesenta y nueve, casa número treinta y uno, Cuscatancingo, San Salvador; CRISTIAN DE JESÚS RAMOS CRUZ, ALIAS “TARZÁN”, de dieciocho años de edad, originario de San Salvador, con fecha de nacimiento el día diez de diciembre del año dos mil, hijo de la señora Alva Lilian Cruz Rivera y Roberto de Jesús Ramos Morales, residente en colonia Lirios del Norte, casa número treinta, Mariona, San Salvador. De no comparecer se procederá a declarar la Rebeldía y se librarán las re s p e c t i v a s ó rd e n e s d e captura, con fundamento en el artículo 86 literal “a” del Código Procesal Penal; procesados por la atribución del hecho calificado p rov i s i o n a l m e n t e c o m o HOMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 128 y 129 número 3 d e l C ó d i g o Pe n a l , e n perjuicio de PERSONA DEL SEXO MASCULINO NO IDENTIFICADA. Quien deberá presentarse a este Juzgado tres días después de la última publicación del presente edicto, a efecto de hacer de su conocimiento el proceso que se instruye en su contra y se manifieste en cuanto al ejercicio de su defensa técnica, de no comparecer se procederá a declarar la Rebeldía y se librarán las respectivas órdenes de captura, con fundamento en el artículo 86 literal “a” del Código Procesal Penal. Referencia: 76-2019-1. Y para que le sirva de legal notificación se extiende, firma y sella el presente, en el Juzgado Primero de Instrucción de San Salvador, a los diecinueve días del mes de enero del año dos mil veintiuno. DIOS UNIÓN LIBERTAD LIC. CARLOS ERNESTO CALDERÓN ALFARO JUEZ PRIMERO DE INSTRUCCIÓN DE SAN SALVADOR LIC. RENÉ ISIDRO GARCÍA GIRÓN SECRETARIO INTERINO. 2a. PUBLICACIÓN 37537
No. Único: 656/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EDICTO JUDICIAL L A I N F R A S C R I TA J U E Z DÉCIMO SEGUNDO DE PAZ DE SAN SALVADOR, LICENCIADA MIRNA ESTELA GONZÁLEZ DE ARDÓN, HACE SABER a la víctima señora DELIA RUTH C HI C A S , q u i e n a la fecha de la audiencia inicial era de treinta y ocho años de edad, Ama de casa, originaria de Chapeltique, departamento de San Miguel, con Documento Único de Identidad número cero dos uno tres cero nueve tres cuatro - seis, que en el proceso penal instruido en contra del señor MAURICIO ALBERTO MORÁN HERNÁNDEZ, por el delito de ROBO EN GRADO DE TENTATIVA, en perjuicio patrimonial de la señora DELIA RUTH C HI C A S ; c o n f o r m e a l o dispuesto en el Art. 163 Pr. Pn., notifíquesele por edicto a dicho imputado lo esencial de la resolución provista en auto de las doce horas con cuarenta y cuatro minutos del día veintiocho de octubre del año dos mil veinte, que dice: “DECLÁRESE EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, Y EN CONSECUENCIA DICTASE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del imputado señor MAURICIO ALBERTO MORÁN HERNÁNDEZ por el delito de ROBO IMPERFECTO, en perjuicio patrimonial de la señora DELIA RUTH CHICAS; por lo que continúe el imputado en la libertad en que se encuentra.- San Salvador, dieciocho de febrero de dos mil veintiuno.LICDA. MIRNA ESTELA GONZÁLEZ DE ARDÓN JUEZ DÉCIMO
SEGUNDO DE PAZ Ref. P-18-2005-3.C. L 2a. PUBLICACIÓN 37538
No. Único: 657/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA CÁMARA DE LA SEGUNDA SECCIÓN DE OCCIDENTE CON SEDE EN EL DEPARTAMENTO DE SONSONATE, HACE SABER: Que en el incidente de apelación suscitado en el proceso penal contra E D I L B E RTO A N TO N I O ZALDAÑA AGUILAR, por la comisión del delito de POSESIÓN Y TENENCIA, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA, s e e n c ue n tra el fallo de la resolución pronunciada a las once horas veinte minutos del dieciocho de septiembre de dos mil veinte, el cual, en lo pertinente, literalmente d i c e : a ) R E VO C A S E L A SENTENCIA pronunciada por el Licenciado KEVIN ELISEO TORRES HERNÁNDEZ, a las diecisiete horas con quince minutos del día seis de mayo de dos mil diecinueve, en el proceso penal seguido, contra el imputado EDILBERTO ANTONIO ZALDAÑA AGUILAR, por la comisión del delito de POSESIÓN Y TENENCIA, previsto y sancionado en el Art. 34 inciso tercero de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en perjuicio de LA SALUD PÚBLICA, mediante la cual absolvió al procesado en comento. b) CONDÉNASE a l a c u s a d o E DI LBE RTO ANTONIO ZALDAÑA AG U I L A R , d e g e n e ra l e s indicadas al inicio de la presente sentencia, a la pena de SEIS AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de POSESIÓN Y TENENCIA, previsto y sancionado en el Art. 34 Inc. 3º de la Ley Reguladora de las Actividades Relativas a las Drogas, en p e r j u i c i o d e L A S A LU D PÚBLICA, y a la pérdida de sus derechos de ciudadano por igual período como pena accesoria. PRONUNCIADA POR LOS MAGISTRADOS QUE LA SUSCRIBEN: JORGE GOCHEZ LEMUS Y JOSÉ LUIS REYES HERRERA. Y para que le sirva de legal notificación al imputado E D I L B E RTO A N TO N I O Z ALDAÑA AGUIL AR, tal como lo prescribe el Art. 163 del Código Procesal Penal, se libra el presente edicto en la Secretaría de la Cámara de la Segunda Sección de Occidente: Sonsonate, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. EDWIN BALMORE MARTÍNEZ MELARA SECRETARIO Inc. Pn. 129-2019 cads 2a. PUBLICACIÓN 37539
No. Único: 659/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 NORMA ELIZABETH AMAYA BARRAZA, JUEZA DE PAZ DE SAN PEDRO PERULAPÁN, CUSCATLÁN, HACE SABER: Al señor CARLOS JOSUÉ MÁRQUEZ ARGUETA, de veinticuatro años de edad, soltero, empleado, originario de San Salvador, residente en Residencial Altavista, polígono número cincuenta y cinco, casa número ciento treinta, jurisdicción de San Martin, departamento de San Salvador, hijo de los señores Santos Mariano Márquez Argueta y Norma Aurora Argueta, con Documento Único de Identidad número cero cinco millones cuatrocientos treinta y cuatro mil setenta y cinco-tres; a quien se le atribuye el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo ciento treinta y dos incisos primero y segundo del Código Penal, en perjuicio
de la Vida del señor JOSÉ A N TO N I O S O L Ó R Z A N O CHÁVEZ; adquiriendo calidad de ofendido el señor NELSON EDUARDO SOLÓRZ ANO RAMÍREZ, hechos sucedidos en esta jurisdicción; que por auto proveído por este Juzgado, a las doce horas con cinco minutos del día quince de febrero del presente año, se señaló Audiencia Inicial, para las nueve horas del día diecinueve de febrero del año en curso, señalamiento que fue revocado por no haber sido citado y notificado al referido incoado, habiéndose ordenado su citación por medio de edicto a efecto de que se presente a este Juzgado a manifestarse sobre los derechos que la ley le confiere y poder realizar la referida audiencia, con fundamento en el artículo ciento sesenta y tres Procesal Penal, se libra el presente Edicto, en el Juzgado de Paz, San Pedro Perulapán, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LICDA. NORMA ELIZABETH AMAYA BARRAZA JUEZA DE PAZ LIC. ABEL SOLÍS JIMÉNEZ SECRETARIO
Cajón, Panchimalco, San Sa l v a d o r, h i j o d e E d i t h Ramírez Díaz y Oscar Alfredo Pérez Pérez, con Documento Único de Identidad 058693996; a quien se le atribuye el delito de VIOL ACIÓN EN MENOR O INCAPAZ, previsto y sancionado en el artículo 159 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente víctima L.I.P.J., representada legalmente por la señora VIRGINIA JORGE VIUDA DE PÉREZ, que deberá presentarse a la Audiencia Preliminar señalada a las DIEZ HORAS DEL DÍA DIECINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, por lo que se cita de conformidad al artículo 163 del C. Pr. Pn., a efecto que comparezca el día y hora señalado al JUZGADO NOVENO DE INSTRUCCIÓN DE ESTA CIUDAD, ubicado en el Centro Judicial “Dr. Isidro Menéndez”, Edificio A-2, 2° nivel, ciudad y departamento de San Salvador; asimismo, se hace de su conocimiento que de no comparecer a la mencionada audiencia se declarará en rebeldía y se girará la respectiva orden de captura en su contra. San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero del 2a. PUBLICACIÓN año dos mil veintiuno. 37540 LICDA. NORA VICTORINA MONTOYA MARTÍNEZ No. Único: 660/LCPC JUEZ NOVENO DE Prórroga de Contrato No. 04/2020 INSTRUCCIÓN Pub. 1-2-3 marzo 2021 Ref. Judicial 17-2020/JR/Kh L A I N F R A S C R I TA J U E Z NOVENO DE INSTRUCCIÓN D E S A N S A LVA D O R , Licenciada NORA VICTORINA MONTOYA MARTÍNEZ, hace saber al ciudadano: OSCAR JEFFERSON QUINTANILLA DUBÓN, de veintiún años de edad, con fecha de nacimiento el día dos de marzo de mil novecientos noventa y nueve, originario de Ciudad Delgado, San S a l v a d o r, r e s i d e n t e e n Urbanización Cimas de San Bartolo II, pasaje treinta y cuatro, grupo cincuenta, casa ochenta, Tonacatepeque, San Salvador; a quien se le atribuye el delito de POSESIÓN Y TENENCIA, previsto y sancionado en el artículo 34 inciso 2 de la Ley Reguladora de las Ac t i v i d a d e s Re l a t i v a s a las Drogas, en perjuicio de L A SALUD PÚBLICA, que deberá presentarse a la Audiencia Preliminar señalada a las ONCE HORAS DEL DÍA DIECINUEVE DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, por lo que se cita de conformidad al artículo 163 del C. Pr. Pn., a efecto que comparezca el día y hora señalado al JUZGADO NOVENO DE INSTRUCCIÓN DE ESTA CIUDAD, ubicado en el Centro Judicial “Dr. Isidro Menéndez”, edificio A-2, 2° nivel, ciudad y departamento de San Salvador; asimismo, se hace de su conocimiento que de no comparecer a la mencionada audiencia se declarará en rebeldía y se girará la respectiva orden de captura en su contra. San Salvador, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LICDA. NORA VICTORINA MONTOYA MARTÍNEZ JUEZ NOVENO DE INSTRUCCIÓN Ref. Judicial 157-2019/JR/Kh. 2a. PUBLICACIÓN 37541
No. Único: 661/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 L A I N F R A S C R I TA J U E Z NOVENO DE INSTRUCCIÓN D E S A N S A LVA D O R , Licenciada NORA VICTORINA MONTOYA MARTÍNEZ, hace saber al ciudadano: CARLOS DANIEL PÉREZ RAMÍREZ, de veintiún años de edad, con fecha de nacimiento el día veintisiete de abril de mil novecientos noventa y nueve, originario de Panchimalco, S a n S a l v a d o r, s o l t e r o , residente en Hacienda El
2a. PUBLICACIÓN 37542
No. Único: 662/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EL INFRASCRITO NOTIFICADOR DEL JUZGADO ESPECIALIZADO DE INSTRUCCIÓN “A”, SAN SALVADOR; al imputado que se encuentra en el auto resolutivo, la cual para efectos de notificación se extracta la minuta que literalmente DICE: “”””””””””””””””””” JUZGADO ESPECIALIZADO DE INSTRUCCIÓN “A”, SAN SALVADOR, a las ocho horas y del día veintinueve de enero del año dos mil veintiuno. “ De conformidad al artículo 163 del Código Procesal Pe n a l . NOTIFÍQUESE , INTÍMESE Y CÍTESE a los Imputados Ausentes: 1)JOSÉ CONCEPCIÓN MARÍN LOZANO, de cuarenta y dos años de edad, empleado, casado, del domicilio de Guazapa, residente en colonia Bosques del Río, calle principal, block C, casa número siete, del municipio de Guazapa, departamento de San Salvador, portador de su Documento Único de Identidad número cero dos cuatro dos nueve cero ocho seis guion tres (02429086-3), hijo de Luciano Marín Rodas y de Concepción Lozano. A quien se le atribuye los delitos de: 1) CASO NÚMERO UNO: HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 128 en relación al Art. 129 numeral 3, 7 y 8 del Código Penal, en perjuicio de la vida de las víctimas NEFTALÍ YASMÍN MEJÍA MÉNDEZ Y NELSON ALEJANDRO SERVELLÓN PICHINTE , e n g ra d o d e COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal. 2) CASO NÚMERO DOS: HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 128 en relación al Art. 129 numeral 3, 6 y 8 del Código Penal, en perjuicio de la vida de la víctima KEVIN ALEXANDER MEJÍA ROSALES, en grado de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal, caso denominado como “HOMICIDIO DESVÍO DEL CERRO VERDE”. 3) CASO NÚMERO T R E S : P RO P O S I C I Ó N Y C O N S PI R AC I Ó N E N E L DELITO DE HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 129-A en relación
CLASIFICADOS a los Arts. 23, 128 y 129 numerales 3 y 7 del Código Penal, en perjuicio de la vida de la víctima conocida como sargento POISON, en grado de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal, caso denominado como “SARGENTO POISON”. 4) CASO NÚMERO CINCO: HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 128 en relación al Art. 129 numeral 3, 6 y 8 del Código Penal, en perjuicio de la vida de la víctima SILVIO ROMEO M O N TA N O O R E L L A N A , en grado de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal, caso denominado como “HOMICIDIO AGENTE DEL CAM”. 5) CASO NÚMERO SEIS: HURTO AGRAVADO, previsto en los Arts. 207 en relación al Art. 208 numeral 6 y 7 del Código Penal, en perjuicio de la víctima con clave TIGRE, en grado de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal, caso denominado como “ARMA D E L C H ATA R R E RO ”. 6 ) C A S O N Ú M E RO O C H O : AGRUPACIONES ILÍCITAS, previsto en el Art. 345 Pn., en perjuicio de la PAZ PÚBLICA, en grado de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal, caso denominado como “AGRUPACIONES ILÍCITAS”. 2)- ALFONSO ANTONIO A LVA R A D O M E J Í A , d e treinta y un años de edad, e s t u d i a n t e, s o l t e ro, d e l domicilio de Colón, residente en colonia Las Conchitas, calle principal, pasaje Los Cafetos, casa número cinco, cantón Lourdes, Colón, La Libertad, con Documento Único de Identidad número cero cuatro cero dos uno cinco cuatro nueve guion uno (04021549-1), hijo de Emma Argelia Mejía Rodríguez y de José Tomás Alvarado Erazo. A quien se le atribuye el delito de: CASO NÚMERO DOS: HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 128 en relación al Art. 129 numeral 3, 6 y 8 del Código Penal, en perjuicio de la vida de la víctima KEVIN ALEXANDER MEJÍA ROSALES, en grado de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal, caso denominado como “HOMICIDIO DESVÍO DEL CERRO VERDE”. 3)- JOSÉ DIONISIO HERNÁNDEZ GÁMEZ, de treinta y cuatro años de edad, jornalero, acompañado, del domicilio de Tecoluca, residente en colonia Santa Teresa, pasaje D, l o t e c u a re n t a y d o s , cantón El Playón, Tecoluca, San Vicente, con Documento Único de Identidad número cero tres cuatro dos tres uno siete cero guion seis (03423170-6), hijo de María Ester Gámez y de Antonio Hernández Ramos. A quien se le atribuye los delitos de: 1) CASO NÚMERO UNO: HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 128 en relación al Art. 129 numeral 3, 7 y 8 del Código Penal, en perjuicio de la vida de las víctimas NEFTALÍ YASMÍN MEJÍA MÉNDEZ Y NELSON ALEJANDRO SERVELLÓN PICHINTE , e n gra d o de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal. 2) CASO NÚMERO T R E S : P RO P O S I C I Ó N Y C O N S PI R AC I Ó N E N E L DELITO DE HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 129-A en relación a los Arts. 23, 128 y 129 numerales 3 y 7 del Código Penal, en perjuicio de la vida de la víctima conocida como sargento POISON, en grado de COAUTORÍA, de conformidad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal, caso denominado como
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“SARGENTO POISON”. 3) CASO NÚMERO CUATRO: HOMICIDIO AGRAVADO, previsto en los Arts. 128 en relación al Art. 129 numeral 3 y 7 del Código Penal, en perjuicio de la vida de la víctima DENIS ENMANUEL RODRÍGUEZ DE LA O, en g ra d o d e COAU TO R Í A , de confor midad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal. 4) CASO NÚMERO OCHO: AGRUPACIONES ILÍCITAS, previsto en el Art. 345 Pn., en perjuicio de la PAZ PÚBLICA, en grado de COAUTORÍA, de confor midad con lo establecido en el Art. 33 del Código Penal; caso denominado como “AGRUPACIONES ILÍCITAS...”. E n c o n s e c u e n c i a , NOTIFÍQUESE, INTÍMESE Y CÍTESE a los imputados Ausentes a la presente causa a fin de que concurra a la AUDIENCIA PRELIMINAR la cual se señala para LAS OCHO HORAS Y TREINTA MINUTOS DE LOS DÍAS SIETE Y OCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, la cual quedan legalmente convocadas las partes técnicas acreditadas al proceso. NOTIFÍQUESE “L DE PAZ” “ANTE MÍ” “JOACHIN” RUBRICADAS”. Es conforme con su original con el cual se confrontó en el Juzgado Especializado de Instrucción “A” de esta ciudad y para efectos legal notificación a los imputados antes en mención. Se le extiende el presente EDICTO en la ciudad de San Salvador, a los quince días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. DIOS, UNIÓN, LIBERTAD. LICENCIADA ANA LUCILA FUENTES DE PAZ JUEZA ESPECIALIZADA DE INSTRUCCIÓN “A” DE SAN SALVADOR. LICENCIADA KARLA GUADALUPE JOACHÍN LEIVA SECRETARIA ESPECIALIZADA DE INSTRUCCIÓN “A” DE SAN SALVADOR. REF. A7-02-2020./WEMR. 2a. PUBLICACIÓN 37543
No. Único: 663/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 LICENCIADO TONY J O S É S E R PA S L A G O S , SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO D E I N S T RU C C I Ó N D E USULUTÁN, hace saber al ciudadano: AMPARO R O S A R I O S A N D O VA L PORTILLO, de treinta y seis años de edad, Ama de Casa, del domicilio de Concepción Batres, departamento de Usulután, residente en cantón El Paraisal, cien metros al Sur de la entrada Pr incipal, a la esquina Costado derecho, y demás g e n e ra l e s i g n o ra d a s ; y PEDRO ANTONIO RAMOS QUINTANILLA, de treinta años de edad, Comerciante, del domicilio de Concepción Batres, residente en cantón El Paraisal cien metros al sur de la entrada principal a la esquina costado derecho, y demás generales ignoradas; a quienes se les atribuyen los delitos de AMENAZAS, p re v i s t o y s a n c i o n a d o en el Art. 154 del Código Penal, en perjuicio de la Autonomía Personal de la víctima SANTOS ÁNGEL RODRÍGUEZ; y DAÑOS, previsto y sancionado en el Art. 221 del Código Penal, en perjuicio patrimonial del señor SANTOS ÁNGEL RODRÍGUEZ. Convocase a las partes procesales para que se presenten para el desarrollo de Audiencia Preliminar, y para tal efecto señálense las NUEVE HORAS DEL DÍA DIECISÉIS DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO; y de
20 CLASIFICADOS conforme a lo dispuesto en el Art. 163 C. Pr. Pn., CÍTESE , EMPLÁCESE Y NOTIFÍQUESE, por medio de Edicto al procesado, a efecto de hacerle saber que deberá comparecer el día y la hora señalados a sede del Juzgado Segundo de Instrucción de Usulután, ubicado en: Segunda calle Poniente y avenida G u a n d i q u e , Us u l u t á n , veintidós de febrero de dos mil veintiuno. LIC. TONY JOSÉ SERPAS LAGOS SECRETARIO JUZGADO SEGUNDO DE INSTRUCCIÓN REF.111-2020-3 2a. PUBLICACIÓN 37544
No. Único: 664/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUJUTLA, AHUACHAPÁN: Licenciado JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ, hace saber al señor WILBER LEONARDO CABALLERO ARÉVALO, de treinta y tres años de edad, salvadoreño, empleado, originario de Sonsonate, residente en colonia Nueva Guayapa, calle principal, Jujutla, Ahuachapán, demás generales ignoradas; procesado en la causa penal 43-1-2020, por el delito de VIOLACIÓN EN MENOR E INCAPAZ, en perjuicio de UNA MENOR DE EDAD, que se convoca para la celebración de CÁMARA GESELL, señalada para las ONCE HORAS DEL DÍA O N C E D E M A R ZO D E L AÑO DOS MIL VEINTIUNO, e n l a s e d e d e l Ju z g a d o Especializado de la Niñez y Adolescencia, Santa Ana, ubicado en primera calle Po n i e n t e d e l b a r r i o E l Centro, contiguo al parque Santa Lucía, Santa Ana, a veintidós días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ JUEZ DE INSTRUCCIÓN 2a. PUBLICACIÓN 37545
No. Único: 665/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DEL DISTRITO JUDICIAL DE JUJUTLA, AHUACHAPÁN: Licenciado JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ, hace saber al señor JAIME ALBERTO ANAYA LÓPEZ, de treinta y cinco años d e e d a d , s a l v a d o re ñ o, jor nalero, residente en caserío Los Méndez, cantón El Escalón, Guaymango, Ahuachapán, hijo de Juan Anaya Maldinera y Marta Ruth López Martínez, demás generales ignoradas; procesado en la causa penal 53-3-2020, por el delito de TRÁFICO ILÍCITO, en perjuicio de L A SALUD PÚBLICA, que se convoca p a ra l a c e l e b ra c i ó n d e AUDIENCIA PRELIMINAR, señalada para las DIEZ HORAS DEL DÍA QUINCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, e n l a sede de este Juzgado de Instrucción, ubicado en calle principal del barrio Las Flores, Jujutla, Ahuachapán, a veintidós días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ JUEZ DE INSTRUCCIÓN 2a. PUBLICACIÓN 37546
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
No. Único: 666/LCPC HORAS QUINCE MINUTOS Prórroga de Contrato No. 04/2020 DEL DÍA DIECIOCHO DE Pub. 1-2-3 marzo 2021 MARZO DEL AÑO DOS MIL E L I N F R A S C R I TO J U E Z SUPLENTE DEL JUZGADO D E I N S T RU C C I Ó N D E L DISTRITO JUDICIAL DE JUJUTLA, AHUACHAPÁN: Licenciado JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ, hace saber al señor ROBERTO CARLOS FIGUEROA ARAGÓN, mayor de edad, salvadoreño, residente en caserío Rancho San Marcos, cantón La Hachadura, San Francisco Menéndez, demás generales ignoradas; procesado en la causa penal 24-2-2020, por el delito de TRÁFICO ILEGAL DE PERSONAS, en perjuicio d e L A HUMANIDAD, q u e s e c o n v o c a p a ra l a celebración de AUDIENCIA PRELIMINAR, señalada para las NUEVE HORAS TREINTA MINUTOS DEL DÍA ONCE DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, en la sede del Juzgado de Instrucción de Jujutla, Ahuachapán, ubicado en calle principal del barrio Las Flores, de esta Villa Jujutla, Ahuachapán, a veintidós días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ JUEZ DE INSTRUCCIÓN
VEINTIUNO, en la sede del Juzgado de Instrucción de Jujutla, Ahuachapán, ubicado en calle principal del barrio Las Flores, de esta Villa Jujutla, Ahuachapán, a veintidós días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ JUEZ DE INSTRUCCIÓN 2a. PUBLICACIÓN 37549
EDICTOS JUDICIALES
DE CASINO EN LÍNEA. SERVICIOS DE APUESTAS DEPORTIVAS EN LÍNEA. FACILITACIÓN DE JUEGOS DE ORDENADOR INTERACTIVOS EN LÍNEA EN EL ÁMBITO DE LOS CASINOS, EL BINGO, EL PÓQUER, LAS CARRERAS DE CABALLOS, LOS DEPORTES, LOS JUEGOS DE AZAR, LAS RECOMPENSAS Y LAS COMPETENCIAS. SUMINISTRO DE JUEGOS ELECTRÓNICOS DESCARGABLES Y NO DESCARGABLES EN LÍNEA. SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, A SABER, ORGANIZACIÓN Y REALIZACIÓN DE CONCURSOS DE JUEGOS DE AZ AR INTERACTIVOS ENTRE PARES A TRAVÉS DE UNA RED INFORMÁTICA MUNDIAL, REDES SOCIALES Y TELÉFONOS MÓVILES, DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS PERSONALES Y SISTEMAS DE JUEGOS ELECTRÓNICOS PORTÁTILES. SERVICIOS DE A P U E S TA S D E P O R T I VA S Y DE OTROS JUEGOS DE AZ AR MEDIANTE CASA DE APUESTAS EN ESTABLECIMIENTOS FÍSICOS O VIRTUALES TAL PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APUESTAS PODRÁN SER REALIZADAS ANTES O DURANTE DICHOS EVENTOS. Clase: 41. La solicitud fue presentada el día cuatro de enero del año dos mil veintiuno. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, veintinueve de enero del año dos mil veintiuno.
HARD ROCK DIGITAL Hazel Violeta Arévalo Carrillo REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8 37509
EDICTOS Y CONVOCATORIAS
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No. Único: 667/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 E L I N F R A S C R I TO J U E Z SUPLENTE DEL JUZGADO D E I N S T RU C C I Ó N D E L DISTRITO JUDICIAL DE JUJUTLA, AHUACHAPÁN: Licenciado JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ, hace saber al señor JUAN ANTONIO ARCE CONTRERAS, de cuarenta y cuatro años de edad, salvadoreño, residente en caserío El Refugio, cantón San Benito, San Francisco Menéndez, Ahuachapán; procesado en la causa penal 12-2-2020, por el delito de DAÑOS, en perjuicio de MARÍA ESTEBANA VA L D E Z D E A R D Ó N , q u e s e c o n v o c a p a ra l a celebración de AUDIENCIA PRELIMINAR, señalada para las DIEZ HORAS DEL DÍA DIECIOCHO DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, en la sede del Juzgado de I n s t r u c c i ó n d e Ju j u t l a , Ahuachapán, ubicado en calle principal del barrio Las Flores, de esta Villa Jujutla, Ahuachapán, a veintidós días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ JUEZ DE INSTRUCCIÓN 2a. PUBLICACIÓN 37548
No. Único: 668/LCPC Prórroga de Contrato No. 04/2020 Pub. 1-2-3 marzo 2021 E L I N F R A S C R I TO J U E Z SUPLENTE DEL JUZGADO D E I N S T RU C C I Ó N D E L DISTRITO JUDICIAL DE JUJUTLA, AHUACHAPÁN: Licenciado JORGE ALBERTO FLORES MARTÍNEZ, hace s a b e r a l s e ñ o r HERBER CARLOS CALDERÓN M O RÁN, d e v e i n t i c i n c o años de edad, salvadoreño, re s i d e n t e e n c a s e r í o E l Ta l p e t a t e , c a n t ó n E l Sacramento, San Francisco Menéndez, Ahuachapán, hijo de Gilberto Calderón Mendoza y Lilian Morán; procesado en la causa penal 56-2-2020, por el delito de LESIONES, en perjuicio de GLORIA ANGÉLICA ÁLVAREZ VÁSQUEZ, que se convoca para la celebración de AUDIENCIA PRELIMINAR, s e ñ a l a d a p a ra l a s D I E Z
LIC. JOSÉ EDUARDO GARCÍA CRUZ NOTARIO Única Pub. 2 37550
SV2799
No. de Exp.: 2021192064 No. de Pres.: 20210313679 CLASE: 35. EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado DAVID ALEJANDRO GARCÍA HELLEBUYCK, en su calidad de APODERADO de DENISSE ARELY GARCÍA MELGAR, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS, consistente en: la expresión HDP COMPANY y d i s e ñ o, d o n d e l a p a l a b r a company se traduce al castellano como compañía, que ser virá para: AMPARAR: SERVICIOS DE COMERCIALIZACIÓN Y VENTA, AL DETALLE O AL POR MAYOR DE PRODUCTOS. ASÍ COMO B Ú S QU E D A D E N E G O C I O S , SERVICIOS DE GESTIÓN DE P ROY E C TO S CO M E RC I A L E S . Clase: 35. La solicitud fue presentada el día ocho de enero del año dos mil veintiuno. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, trece de enero del año dos mil veintiuno.
MM3567 Nancy Katya Navarrete Quintanilla REGISTRADORA 1a. Pub. 2-3-5 37558
CO2444 HARD ROCK DIGITAL
2a. PUBLICACIÓN
los efectos de Ley. San Salvador, veintidós de febrero de dos mil veintiuno.
No. de Exp.: 2021191895 No. de Pres.: 20210313341 CLASE: 09, 41.
No. de Exp.: 2020191485 No. de Pres.: 20200312493 CLASE: 32.
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ERNESTO MILLA ÁLVAREZ, en su calidad de GESTOR OFICIOSO de HARD ROCK LIMITED, de nacionalidad BRITÁNICA, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO Y SERVICIO, consistente en: las palabras HARD ROCK DIGITAL, que se traducen al idioma castellano como ROCA FUERTE DIGITAL, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRUMENTOS CIENTÍFICOS, DE INVESTIGACIÓN, DE NAVEGACIÓN, GEODÉSICOS, F O T O G R Á F I C O S , CINEMATOGRÁFICOS, AU D I OV I S UA L E S , Ó P T I C O S , DE PESAJE, DE MEDICIÓN, DE SEÑALIZACIÓN, DE DETECCIÓN, DE PRUEBAS, DE INSPECCIÓN, DE SALVAMENTO Y DE ENSEÑANZA; APARATOS E INSTRUMENTOS DE CONDUCCIÓN, DISTRIBUCIÓN, T R A N S F O R M AC I Ó N , ACUMULACIÓN, REGULACIÓN O CONTROL DE LA DISTRIBUCIÓN O CONSUMO DE ELECTRICIDAD; APARATOS E INSTRUMENTOS DE GRABACIÓN, TRANSMISIÓN, REPRODUCCIÓN O TRATAMIENTO DE SONIDOS, IMÁGENES O DATOS; SOPORTES GRABADOS O TELECARGABLES, SOFTWARE, SOPORTES DE REGISTRO Y ALMACENAMIENTO D I G I TA L E S O A N Á L O G O S VÍRGENES; MECANISMOS PARA APARATOS QUE FUNCIONAN CON MONEDAS; CAJAS REGISTRADORAS, DISPOSITIVOS DE CÁLCULO; ORDENADORES Y PERIFÉRICOS DE ORDENADOR; TRAJES DE BUCEO, MÁSCARAS DE BUCEO, TAPONES AUDITIVOS PARA BUCEO, PINZAS NASALES PA R A S U B M A R I N I S TA S Y NADADORES, GUANTES D E B U C E O, A PA R AT O S D E RESPIRACIÓN PARA LA NATACIÓN SUBACUÁTICA; EXTINTORES. SOFTWARE Y APLICACIONES INFORMÁTICAS DE JUEGOS ELECTRÓNICOS DESCARGABLES Y NO DESCARGABLES PARA SU USO EN TELÉFONOS MÓVILES, ORDENADORES MÓVILES, ORDENADORES PERSONALES Y OTROS DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS MÓVILES. SOFTWARE DESCARGABLE Y NO DESCARGABLE, A SABER, JUEGOS DE AZAR, JUEGOS SOCIALES, JUEGOS GRATUITOS Y APUESTAS DEPORTIVAS, JUEGOS DE CASINO Y PÓQUER A TRAVÉS DE INTERNET Y DE DISPOSITIVOS INALÁMBRICOS. Clase: 09. Para: AMPARAR: EDUCACIÓN; FORMACIÓN; SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO; ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y CULTURALES. SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO, A SABER, LA PRESTACIÓN DE JUEGOS, INCLUIDOS LOS JUEGOS DE AZAR, LOS JUEGOS SOCIALES, L O S J U E G O S G R AT U I T O S Y L AS APUESTAS DEPORTIVAS GRATUITAS, LOS JUEGOS DE CASINO Y DE PÓQUER A TRAVÉS DE INTERNET. SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO EN FORMA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APUESTAS Y JUEGOS DE A Z A R , C A S I N O S , A P U E S TA S DEPORTIVAS Y DE CARRERAS DE CABALLOS. SERVICIOS DE ENTRETENIMIENTO EN FORMA DE LIGAS Y TORNEOS DEPORTIVOS DE FANTASÍA. ORGANIZACIÓN Y CELEBRACIÓN DE EVENTOS SOCIALES. SERVICIOS DE JUEGOS EN FORMA DE JUEGOS
EL INFRASCRITO REGISTRADOR HACE SABER: Que a esta oficina se ha(n) presentado RICARDO ERNESTO M I L L A Á LV A R E Z , e n s u calidad de APODERADO de OTIS MCALLISTER, INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de la MARCA DE PRODUCTO, consistente en: la expresión It’s AllAbout Fiesta y diseño, que se traduce al castellano como ES TODO SOBRE FIESTA y diseño, que servirá para: AMPARAR: JUGO DE FRUTAS, BEBIDAS A BASE DE FRUTAS Y ZUMOS DE FRUTAS; BEBIDA DE MANZANA; JUGO DE MANZANA; JUGO DE UVA; JUGO DE FRUTAS MIXTAS. Clase: 32. La solicitud fue presentada el día once de diciembre del año dos mil veinte. REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, Departamento de Signos Distintivos. San Salvador, quince de diciembre del año dos mil veinte.
Nancy Katya Navarrete Quintanilla REGISTRADORA 1a. Pub. 2-4-8 37510
JORGE EDUARDO GARCÍA CRUZ, Notario de este domicilio, con Oficina ubicada en Diecinueve Calle poniente, número trescientos veinticinco, Edificio Mossi Portillo, local tres, segundo nivel, Centro de Gobierno, San Salvador, de la ciudad y Departamento de San Salvador, HACE SABER: Que por resolución, proveída a las diez horas del día veintidós de febrero del presente año, se ha declarado a la señora TERESA DE JESÚS ALFARO, en su concepto de cesionaria de los Derechos Hereditarios, conferidos por las señoras DIANA IRENE FLORES PAZ, XIOMARA ROCÍO FLORES DE CARRILLOS y NANCY BEATRYZ FLORES PAZ, en su calidad de hijas sobrevivientes, y l a s e ñ o r a A N A PAT R I C I A MARTÍNEZ DE FLORES, en su calidad de cónyuge sobreviviente del de Cujus, HEREDERA DEFINITIVA CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA, de los bienes que a su defunción dejó el señor MEDARDO FLORES MELÉNDEZ, quien según Certificación de Partida de Defunción que tengo a la vista, fue de setenta y cinco años de edad, Casado, originario de San Marcos, Departamento de San Salvador, de nacionalidad Salvadoreña, hijo de Antonio Pedro Flores y de Juana Meléndez, quien falleció a las veintitrés horas del día veintiuno de enero de dos mil veinte, en su casa de habitación ubicada en carretera a San José Guayabal, Cantón El Rosario, parada el Muro, del municipio de San Martín, Departamento de San Salvador, a consecuencia de Diabetes Mellitus Tipo Dos, según Constancia de Médico Particular, siendo su último domicilio el de San Martín, Departamento de San Salvador, habiéndosele conferido a la heredera declarada, la Representación y Administración Definitiva de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público para
AVISO Licenciada CRISABEL VIDAL S Á N C H E Z , No t a r i a , d e e s t e domicilio y del de Soyapango, departamento de San Salvador, con oficina ubicada en Colonia Medica, Diagonal doctor Arturo Romero, número cuatrocientos quince, segundo nivel, San Salvador, departamento de San Salvador; AL PUBLICO HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notaria, proveída a las diecisiete horas del día veintiuno de diciembre de dos mil veinte, se ha declarado a MARIO ROBERTO CALDERON GUARDADO conocido por MARIO ROBERTO CALDERON, Heredero Definitivo con Beneficio de Inventario de los bienes que al momento de su defunción dejó su madre señora MARÍA TRANSITO CALDERON GUARDADO, quien fallecido en el Hospital Nacional Rosales de San Salvador, departamento de San Salvador, a las cuatro horas y cuarenta minutos del día veintisiete de enero de dos mil veinte, a consecuencia de a b d o m e n a g u d o, o b e s i d a d mórbida, según dictamen médico del doctor Rafael Antonio Cruz Cárcamo, con asistencia médica, habiendo sido hija de Roberto de Jesús Calderón y Gumercinda Gu a rd a d o Gu a rd a d o, a m b o s fallecidos, sin haber contraído matrimonio legalmente en vida, ni formalizado testamento alguno; en concepto de hijo sobreviviente de la causante; habiéndosele conferido la Representación y Administración Definitiva de los bienes de la referida sucesión. Por lo que se avisa al público en general para afectos de ley. Librado en la ciudad de San Salvador, departamento de San Salvador, a los veintidós días del mes de enero de dos mil veintiuno. LICENCIADA CRISABEL VIDAL SÁNCHEZ NOTARIA TELÉFONO: 7810-7419 Única Pub. 2 37562
LICENCIADA SANDRA GUADALUPE CUCHILLA, JUEZA D E FA M I L I A D E L D I S T R I TO JUDICIAL DE ZACATECOLUCA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ. HACE SABER: Que en el proceso Familiar de DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES DURANTE UNO O MAS AÑOS CONSECUTIVOS, REGULADA en la segunda causal del artículo 106 del Código de Familia, clasificado bajo el número Za-F- 592 -(106-2)-2020-R.1 se encuentra resolución de las ocho horas y cincuenta y ocho minutos del día veintisiete de enero del año dos mil veintiuno, por medio de la cual se admitió la demanda de DIVORCIO POR SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES DURANTE UNO O MAS AÑOS CONSECUTIVOS, presentada por el Abogado ROLANDO VLADIMIR DE LA O GARCA, en calidad de Apoderado Especial de la señora GLORIA MARINA PARADA DE PORTILLO, promovida en contra del señor SERGIO BENIGNO PORTILLO PORTILLO, a fin de que en sentencia definitiva se decrete el divorcio entre los señores GLORIA MARINA PARADA DE PORTILLO, y SERGIO BENIGNO PORTILLO PORTILLO, DE CONFORMIDAD a la segunda causal del artículo 106 del Código de Familia, y siendo que se desconoce el paradero actual del señor SERGIO BENIGNO PORTILLO PORTILLO, y con base al artículo treinta y cuatro inciso cuarto y quinto de la Ley Procesal de Familia, se emplaza a dicho señor, por medio de edicto, para que en el término legal de quince días hábiles contados a partir de la tercera y última publicación de éste, se presente a
este Tribunal a manifestarse sobre el mismo, mediante apoderado legalmente constituido, debiendo darle cumplimiento al artículo 10 de la Ley Procesal de Familia, sobre la Procuración obligatoria, si no lo hiciere se le nombrará a la señora Procuradora de Familia adscrita a este Juzgado, para que asuma su representación, y defienda sus derechos e intereses, de conformidad con el artículo 34 inciso quinto de la Ley Procesal de Familia. Librado en el Juzgado de Familia de Zacatecoluca, a las nueve horas y cincuenta y nueve minutos del día veintisiete de enero del año dos mil veintiuno.LIC. SANDRA GUADALUPE CUCHILLA JUEZA DE FAMILIA DE ZACATECOLUCA LIC. JOSÉ DAVID MARTÍNEZ BAIRES SECRETARIO DE ACTUACIONES 1a. Pub. 2-10-18 37565
00661-20-FMPF-4FM1 LICENCIADO JULIO CÉSAR CHICAS MÁRQUEZ, JUEZ CUARTO D E FA M I L I A D E L D I S T R I TO JUDICIAL DE SAN SALVADOR, AL PÚBLICO EN GENERAL HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Señora MARÍA TERESA GONZÁLEZ DUBÓN, de sesenta y siete años de edad, domestica, soltera, del domicilio de Cuscatancingo, departamento de San Salvador, promoviendo PROCESO DE UNIÓN NO MATRIMONIAL, en contra de los señores MIGUEL ERNESTO URIAS GONZÁLEZ, MARÍA EUGENIA U R I A S G O N Z Á L E Z , M AY R A CRISTELA URIAS GONZÁLEZ, G U S TAV O A D O L F O U R I A S GUERRERO y ROBERTO VLADIMIR URIAS GUERRERO, demanda interpuesta a través de la defensora pública de familia Licenciada E D I T H R AQU E L D U R Á N , e n contra de todas las personas que consideren que la resultas de este proceso puedan causar perjuicio en sus derechos, por lo que en cumplimiento de la Ley Procesal de Familia por este medio se emplaza a todas las personas que consideren que la sentencia que se va a pronunciarles afecte en sus derechos, por lo que se le previene presentarse a este Tribunal a ejercer su derecho de defensa dentro de los quince días hábiles siguientes a la tercera publicación de este EDICTO, en caso contrario se le designará al Procurador de Familia adscrito al Tribunal para que la represente en defensa de sus intereses, por lo que avisa al público para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a las diez horas y trece minutos del día veintisiete de enero del año dos mil veinte. LIC. JULIO CÉSAR CHICAS MÁRQUEZ JUEZ CUARTO DE FAMILIA. LICDA. MARÍA ESTELA CALDERÓN ESCAMILLA SECRETARIA DE ACTUACIONES R13-fc 1a. Pub. 2-10-18 37566
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Soyapango, d e l a c i u d a d d e S oy a p a n g o Departamento de San Salvador, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a Plazo fijo No.0701-048768-9, amparado con el registro No.1037660, constituido el 21/01/2009, a 30 días plazo, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 26 de febrero de 2021. BANCO AGRÍCOLA, S. A. Carmen Fernández Gerente de Servicios de Depósitos Gerencia Servicios de Depósitos 1a. Pub. 2-4-8 37567
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Sonsonate, de la ciudad de Sonsonate Departamento de Sonsonate, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a Plazo fijo No.007710190727, amparado con el registro No.1285828, constituido el 23/02/2018, a 180 días plazo, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 26 de febrero de 2021. BANCO AGRÍCOLA, S. A. Carmen Fernández Gerente de Servicios de Depósitos Gerencia Servicios de Depósitos 1a. Pub. 2-4-8 37568
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Clínicas Médicas, de esta ciudad, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a Plazo fijo No.0704021120-2, amparado con el registro No.815406, constituido el 16/09/2004, a 360 días plazo, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso de que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera
reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 26 de Febrero de 2021 BANCO AGRÍCOLA, S. A. Carmen Fernández Gerente de Servicios de Depósitos Gerencia Servicios de Depósitos 1a. Pub. 2-4-8 37569
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia Anamorós, de la Ciudad de Anamorós, Departamento de La Unión, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a Plazo fijo No. 007830368330, amparado con el registro No. 1340542, constituido el 26/02/2020, a 360 días plazo, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado relacionado conforme a los Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 26 de Febrero de 2021 BANCO AGRÍCOLA, S. A. Carmen Fernández Gerente de Servicios de Depósitos Gerencia Servicios de Depósitos 1a. Pub. 2-4-8 37570
EL BANCO AGRÍCOLA, S. A. AVISA: Que en su Agencia San Vicente, de la ciudad de San Vicente, Departamento de San Vicente, se ha presentado parte interesada manifestando que ha extraviado el Certificado de Depósito a Plazo fijo No.00750019703-3, amparado con el registro No.1116218, constituido el 20/07/2010 a 90 días plazo, lo que hace del conocimiento público para efectos de reposición del Certificado re l a c i o n a d o c o n f o r m e a l o s Artículos No. 486 y 932 del Código de Comercio Vigente. En caso que 30 días después de la tercera y última publicación del presente aviso, el Banco no recibiera reclamo alguno a este respecto, se hará la reposición del Certificado arriba mencionado. San Salvador, 26 de febrero de 2021 BANCO AGRÍCOLA, S. A. Carmen Fernández Gerente de Servicios de Depósitos Gerencia Servicios de Depósitos 1a. Pub. 2-4-8 37571
AVISO E l B A N C O D AV I V I E N D A SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No. 142623960701 emitido en Suc. Agencia Central el 07 de abril de 1990, por valor original $ 571.43 (¢5,000.00) solicitando la reposición de dicho certificado de depósito a plazo. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. San Salvador, a los 24 días de febrero de dos mil veintiuno. Ana Guadalupe Henríquez Cornejo Jefe de Registro de Operaciones Subgerencia de Pagos y Depósitos Tel: 2556-2425 1a. Pub. 2-4-8 37572
AVISO E l B A N C O D AV I V I E N D A SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No. 142623960700 folio 11507 emitido en Suc. Agencia Central el 25 de marzo de 1986, por valor original $ 571.43 (¢5,000.00) solicitando la reposición de dicho certificado de depósito a plazo. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. San Salvador, a los 24 días de febrero de dos mil veintiuno. Ana Guadalupe Henríquez Cornejo Jefe de Registro de Operaciones Subgerencia de Pagos y Depósitos Tel: 2556-2425 1a. Pub. 2-4-8 37573
AVISO E l B A N C O D AV I V I E N D A SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No. 142123960702 folio 124142 emitido en Suc. Agencia Central el 24 de enero de 1996, por valor original $ 1,371.43 (¢12,000) solicitando la reposición de dicho certificado de depósito a plazo. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. San Salvador, a los 24 días de febrero de dos mil veintiuno. Ana Guadalupe Henríquez Cornejo Jefe de Registro de Operaciones Subgerencia de Pagos y Depósitos Tel: 2556-2425 1a. Pub. 2-4-8 37574
AVISO E l B A N C O D AV I V I E N D A SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado
el propietario del certificado de depósito a plazo No. 000060898790 folio 06898790 emitido en Suc. Santa Ana el 09 de febrero de 1993, por valor original $ 3,542.86 (¢ 31,000) solicitando la reposición de dicho certificado de depósito a plazo. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. San Salvador, a los 24 días de febrero de dos mil veintiuno. Ana Guadalupe Henríquez Cornejo Jefe de Registro de Operaciones Subgerencia de Pagos y Depósitos Tel: 2556-2425 1a. Pub. 2-4-8 37575
AVISO E l B A N C O D AV I V I E N D A SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No. 024601072383 folio 10000201155 emitido en Suc. Apopa el 25 de mayo de 2018, por valor original $ 7,300.00 solicitando la reposición de dicho certificado de depósito a plazo. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. San Salvador, a los 19 días de febrero de dos mil veintiuno. Ana Guadalupe Henríquez Cornejo Jefe de Registro de Operaciones Subgerencia de Pagos y Depósitos Tel: 2556-2425 1a. Pub. 2-4-8 37576
AVISO E l B A N C O D AV I V I E N D A SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No. 142623960703 folio 171297 emitido en Suc. Agencia Central el 05 de diciembre de 1997, por valor original $ 3,200.00 (¢28,000.00) solicitando la reposición de dicho certificado de depósito a plazo. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. San Salvador, a los 24 días de febrero de dos mil veintiuno. Ana Guadalupe Henríquez Cornejo Jefe de Registro de Operaciones Subgerencia de Pagos y Depósitos Tel: 2556-2425 1a. Pub. 2-4-8 37577
AVISO E l B A N C O D AV I V I E N D A SALVADOREÑO, S. A. comunica que a sus oficinas se ha presentado el propietario del certificado de depósito a plazo No. 142623960704 folio 194463 emitido en Suc. Agencia Central el 28 de enero de 1999, por valor original $ 3,200.00 (¢28,000.00) solicitando la reposición de dicho certificado de depósito a plazo. En consecuencia, de lo anterior, se hace del conocimiento del público para los efectos legales del caso. Transcurridos treinta días después de la tercera publicación y si no hubiere oposición se procederá a reponer el certificado de depósito a plazo en referencia. San Salvador, a los 24 días de febrero de dos mil veintiuno. Ana Guadalupe Henríquez Cornejo Jefe de Registro de Operaciones Subgerencia de Pagos y Depósitos Tel: 2556-2425 1a. Pub. 2-4-8 37578
EDICTO LUIS ÁNGEL MADRID M O N T E C I N O, N o t a r i o , d e l domicilio de Ilopango, San Salvador, con Oficina Jurídica situada en Colonia y Calle La Campiña Dos, casa número veintiuno, de la ciudad y departamento de San Salvador; HACE SABER: Que por resolución del suscrito notario, proveída en la ciudad y departamento de San Salvador, a las quince horas del día veintiuno de febrero del año dos mil veintiuno, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejará la señora ROSA ELVIRA ANZORA, portadora de su Documento Único de Identidad número cero cero tres tres tres nueve cuatro uno - seis, y Tarjeta de Identificación Tributaria número cero seis uno siete – dos siete uno uno cuatro ocho – uno cero uno siete, quien falleció a las tres horas y cincuenta y cinco minutos de la tarde del día catorce de mayo del año dos mil once, en Pasaje Anzora, número treinta y cuatro, Cantón El Limón, jurisdicción de Soyapango, departamento de San Salvador, siendo ese su último domicilio, a consecuencia de PARO CARDIO RESPITARIO, quien al momento de su fallecimiento era de sesenta y dos años de edad, Originaria y del domicilio de Soyapango, departamento de San Salvador, hija de HORTENSIA ANZORA, fallecida, SIN HABER FORMALIZADO TESTAMENTO A LG U N O. Ha b i é n d o s e l e nombrado ADMINISTRADORA Y REPRESENTANTE INTERINA de la mencionada sucesión a la señora ANA MARTA ANZORA, en su carácter de HIJA SOBREVIVIENTE
DE LA CAUSANTE ROSA ELVIRA ANZORA, de la herencia intestada que a su defunción dejará la de cujus señora ROSA ELVIRA ANZORA, habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación de la sucesión con las facultades y restricciones d e l a h e re n c i a y a c e n t e. E n consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean con derecho a la referida herencia, p a ra q u e s e p re s e n t e n a l a referida oficina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la última publicación del presente edicto. Librado en la ciudad y departamento de San Salvador, a las dieciséis horas del día veintiuno de febrero del año dos mil veintiuno. LIC. LUIS ÁNGEL MADRID MONTECINO. Notario. 1a. Pub. 2-3-4 37579
IRMA GRANDE DE OLMEDO, Notario, de este domicilio, con Oficina situada en Veinticinco Ca l l e Po n i e n t e n ú m e r o Mi l Doscientos Once, de esta ciudad, HACE SABER AL PÚBLICO: Para los efectos de ley, que por resolución pronunciada a las diez horas del día veintitrés de febrero del año en curso, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de Inventario, la herencia intestada que dejó la señora LUCÍA MONGE DE HERNÁNDEZ, quien falleció el día veintidós de agosto de mil novecientos noventa y ocho, en la ciudad y departamento de San Salvador, siendo la ciudad de Santa Tecla departamento de La Libertad su último domicilio, a la edad de cincuenta y un años, originaria de la ciudad de Nueva San Salvador, departamento de La Libertad, de oficios domésticos, a consecuencia de Cetoasidósis Diabética, Hiperglicemia Disfunción, Metabólica Severa a CLAUDIA MARITZA, NORMA AIDA, Y VICENTE, TODOS DE APELLIDO HERNÁNDEZ MONGE, Y JESÚS HERNÁNDEZ, en concepto de hijos y cónyuge de la causante. Habiéndosele conferido a los aceptantes la Administración y Representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley. Librado en San Salvador, a las once horas del día veintitrés de febrero de dos mil veintiuno. IRMA GRANDE DE OLMEDO, Notario. 1a. Pub. 2-3-4 37580
REF.: CH-F-315-(149)-19/5-JP L I C D A . C L AU D I A Y A N I R A CÁCERES NAVAS, JUEZ A DE FAMILIA, D E L D E PA RTA M E N T O D E CHALATENANGO, AL SEÑOR: JUAN PABLO ZELAYA CÓRDOVA, HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal, a las once horas y diez minutos del día ocho de febrero del año dos mil veintiuno, se ordenó el emplazamiento por medio de EDICTO al señor: JUAN PABLO ZELAYA CÓRDOVA, quien según demanda es de veintidós años de edad, soltero, portador de su Documento Único de Identidad número: cero cinco millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ochenta y nueve guion uno; hijo de los señores: ROBERTO CECILIO ZELAYA Y MARTHA ROSA CÓRDOVA, siendo su último domicilio conocido en: Cantón Upatoro, calle a la Iglesia Católica, casa del Molino, del Municipio de Chalatenango, departamento de Chalatenango; actualmente de Domicilio Ignorado; en el proceso de en el proceso de DECLARATORIA JUDICIAL DE PATERNIDAD, promovido por la señora KARLA MARÍA AGUILAR, quien es de cuarenta y un años de edad, Empleada, portadora de su Documento Único de Identidad Número cero cero setecientos ochenta y ocho mil trescientos guion uno, originaria del Municipio de Chalatenango, departamento de Chalatenango, por medio de la Licenciada DELMY NOEMY LANDAVERDE RECINOS, en su calidad de Apoderada Judicial Especial, en contra de los señores ERIKA LISSETH ZELAYA CÓRDOVA, JUAN PABLO ZELAYA CÓRDOVA Y ROBERTO TIRSO AG U I L A R Z E L AYA . P r o c e s o ventilado en este Tribunal bajo la referencia Número: CH-F-315(149)-19/5. Lo anterior para efectos que el demandado se presente a este Tribunal, a ejercer su Derecho de Defensa y Audiencia, dentro del término de los quince días hábiles siguientes a la última publicación de este Edicto, si no lo hiciere, se nombrará al Procurador de Familia adscrito a este Tribunal, para que ejerza su Representación Judicial, de conformidad a lo establecido en el artículo 34 inciso 5° de la Ley Procesal de Familia. Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Familia de Chalatenango, a las once horas y veinte minutos, del día ocho de febrero del año dos mil veintiuno. LICDA. CLAUDIA YANIRA CÁCERES NAVAS JUEZA DE FAMILIA DE CHALATENANGO LIC. JOSÉ ROMÁN LÓPEZ MENJÍVAR, SECRETARIO 1a. Pub. 2-10-18 37582
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Sexy por accidente, Karate Kid y mucho más se estrena esta semana en Netflix Netflix trae nuevo contenido a la plataforma, entre ellos se pueden encontrar grandes éxitos del cine, y también nuevas producciones originales realizadas por el gigante de streaming. A continuación, se presentan los estrenos de la semana.
ESCENA
escena@elmundo.sv
PELÍCULA Karate Kid I, II y III
Esta franquicia, probablemente llenará de nostalgia, pues recordará la historia de Daniel Larusso, cuando se muda con su madre a California, Estados Unidos, y tiene conflictos con unos alumnos de kárate. Por ello, su vecino Miyagi le enseñará técnicas de defensa oriental para poder defenderse en una batalla final con motivo de la celebración del campeonato local de kárate. Asimismo, surge una historia de amor, pues Daniel se enamora de Ali, la ex novia del líder de sus enemigos.
DOCUMENTAL Biggie: I got a story to tell
Este documental muestra con imágenes inéditas y entrevistas íntimas, la vida de The Notorious B.I.G. en su camino de la nada a la fama. Es protagonizado por The Notorious B.I.G., Sean “P. Diddy” Combs.
PELÍCULA Sexy por accidente
La historia relata como Renee (una mujer llena de inseguridades) se golpea la cabeza, y cuando despierta está convencida de que es la mujer más guapa del mundo. Ahora que su autoestima está por las nubes, siente que puede lograr lo que se proponga. Esta cinta se estrena hoy en la plataforma.
PELÍCULA MOXIE
Esta cinta es Inspirada en el pasado subversivo de su madre y la autoconfianza de una nueva amiga, una joven tímida publica un zine anónimo y denun-
+INFO A DÍAS DE INICIAR EL MES DE MARZO, NETFLIX ANUNCIÓ LA LISTA DE PELÍCULAS, SERIES Y DOCUMENTALES QUE ESTÁN POR ESTRENAR EN LA PLATAFORMA DE STREAMING.
EN CORTO
NETFLIX CUENTA APROXIMADAMENTE CON 200 MILLONES DE SUSCRIPTORES EN TODO EL MUNDO.
ESCENA
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cia el sexismo de su escuela. El filme es protagonizado por Hadley Robinson, Lauren Tsai y Patrick Schwarzenegger. Se estrena en la plataforma el próximo 3 de marzo.
DOCUMENTAL Mark Hofmann: un falsificador entre mormones
Es un documental que se estrenará el próximo 3 de marzo, donde se refleja la historia de “la primera visión exhaustiva de uno de los crímenes más horrendos jamás cometidos en la comunidad mormona y de la mente criminal responsable de todo”, según publicó Netflix España. Este documental cuenta con tres episodios y es dirigido por Jared Hess. Analiza las tres bombas que mataron a dos personas y conmocionaron Salt Lake City en 1985. Asimismo, relata como los atentados afectaron aún más a la comunidad cuando se encontraron varias cartas y diarios de los primeros mormones en el vehículo de la tercera víctima, Mark Hofmann.
SERIE Titanes del Pacífico: Tierra de nadie
La primera temporada de “Titanes del Pacífico: Tierra de nadie” estará disponible el 4 de marzo por Netflix y contará con los protagonistas: Gideon Adlon, Calum Worthy y Erica Lindbec.
Su trama es sobre cómo los Kaijus surgieron del Pacífico y se encontraron con los Jaegers, unos robots gigantescos diseñados para combatirlos. Pero eso ya es parte del pasado. Ahora, Australia se encuentra bajo el yugo de los Kaijus y la población evacuó todo el continente. Solo quedaron atrás dos hermanos, Taylor y Hayley, quienes a bordo de un maltrecho Jaeger que encuentran abandonado, salen a buscar a sus padres y luchan por sobrevivir.
PELÍCULA Centinela
El 5 de marzo llega a la plataforma de streaming Netflix, “Centinela”. Esta cinta narra la historia de una soldado altamente capacitada que emplea tácticas letales para encontrar al hombre que agredió a su hermana luego que regresara a su casa y atravesara por una traumática misión de combate.
PELÍCULA Lavaperros
Al igual que “Centinela”, este film cargado de drama policiaco a cargo del director Carlos Moreno llega el 5 de marzo por Netflix. Los protagonistas de esta historia son: Christian Tappan y Anderson Ballesteros de Pablo Escobar, el patrón del mal. La película colombiana es sobre cuando un narco en decadencia se niega a saldar su deuda con un extraño, por tanto, solo una reserva oculta puede salvar a sus hombres.
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EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
Familias migrantes separadas por Trump podrían reunirse y quedarse en EE.UU. +INFO LA ACLU ACOGIÓ CON SATISFACCIÓN EL COMPROMISO YDIJO QUE EE.UU. DEBÍA “REPARACIONES” A ESTAS FAMILIAS VÍCTIMAS DE LA “TORTURA” DE LA SEPARACIÓN.
105 NIÑOS migrantes y sus familias localizadas serían los primeros en ser reunificados en EE.UU.
La medida es una victoria para los abogados que demandaron al gobierno de EE.UU. en nombre de las familias separadas por Trump.
REDACCIÓN DEM- AFP jmaldonado@elmundo.sv
E
stados Unidos prevé permitir que familias migrantes separadas en la frontera con México durante el gobierno de Donald Trump se reencuentren y permanezcan en territorio estadounidense, dijo ayer un alto funcionario del gobierno de Joe Biden. El secretario de Seguridad Interior, Alejandro Mayorkas, quien encabeza el grupo de tareas formado por Biden para reunificar a padres e hijos migrantes separados en un intento por desalentar el flujo de indocumentados, dijo que se les dará a esas personas la posibilidad de vivir juntas en Estados Unidos o en su país natal. “Esperamos reunir a las familias, ya sea aquí o en el país de origen, esperamos estar en condiciones de darles la opción”, señaló en una rueda de prensa en la Casa Blanca. ”Y si, de hecho, buscan reunirse aquí en Estados Unidos, exploraremos vías para que permanezcan en Estados Unidos y para abordar las necesidades familiares. Estamos actuando de la forma más restauradora posible”, añadió Mayorkas. Dijo que este tema, en el cual está involucrada la primera dama, Jill Biden, es un “im-
BIDEN Y LÓPEZ OBRADOR CON ACUERDOS MIGRATORIOS
Los presidentes de México y Estados Unidos se comprometieron ayer en una reunión virtual a promover políticas migratorias “que reconozcan la dignidad de las personas”. “Estados Unidos y México son más fuertes cuando estamos juntos”, dijo Biden. Pero “no hemos sido vecinos perfectos el uno para el otro”, reconoció. López Obrador agradeció a Biden por promover una relación basada en el respeto mutuo. En una declaración conjunta acordaron trabajar para “impulsar políticas migratorias que reconozcan la dignidad de las personas migrantes, así como el imperativo de una migración ordenada, segura y regular”.
Aproximadamente 2.800 familias fueron separadas en la frontera durante el gobierno de Trump. perativo moral” para el gobierno estadounidense, que busca revertir lo considera un “ejemplo desgarrador de la crueldad” por parte de la administración Trump.
Una respuesta.
Mayorkas dijo que se está trabajando con abogados de los familiares separados, así como con oenegés y con el sector privado con miras a un esfuerzo colectivo de
toda la sociedad “para hacer lo correcto”. En el marco de esto, señaló que habló el viernes con los ministros de Exteriores de El Salvador, Guatemala y Honduras, país de origen de la mayoría de los cientos de miles de migrantes que en los últimos años llegaron a la frontera sur de Estados Unidos alegando huir de la pobreza y la inseguridad en sus países.
Esperamos reunir a las familias aquí o en su país de origen. Si de hecho buscan reunirse aquí, exploraremos vías legales para que permanezcan en EE.UU.” Alejandro Mayorkas secretario de Seguridad NACIONAL
VACUNAS PFIZER Y ASTRAZENECA SON EFICACES PARA PROTEGER A LOS ANCIANOS
ECUADOR
FRANCIA
IRAQ
LÍDER INDÍGENA PELEA RECUENTO DE VOTOS
SARKOZY CONDENADO POR CORRUPCIÓN
EXPECTATIVA ANTE VISITA HISTÓRICA DEL PAPA
El líder indígena Yaku Pérez interpuso un recurso ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) insistiendo en el recuento de un 50% de las actas de votación de la elección del 7 de febrero. Pérez obtuvo el 19,39% de los sufragios y quedó tercero detrás del exbanquero de derecha Guillermo Lasso.
Nicolas Sarkozy fue condenado ayer a 3 años de cárcel por corrupción y tráfico de influencias, convirtiéndose en el primer expresidente francés en recibir una pena de este tipo, pero su abogada anunció que apelará la sentencia. Nicolas Sarkozy dice peleará por su inocencia”.
Por primera vez en la historia, un papa visitará a partir del viernes Iraq para reconfortar a la minoría cristiana diezmada por los conflictos y la dureza de la vida y tender la mano, en un gesto espectacular, al islam chiita. El papa Francisco se reunirá con el gran ayatolá Alí Sistani, en Bagdad.
REINO UNIDO. Las vacunas contra el covid-19 que el Reino Unido ya administró a casi un tercio de su población son “muy eficaces” y una primera dosis reduce en un 90% las hospitalizaciones de los mayores de 70 años, anunciaron ayer las autoridades británicas. País más castigado de Europa por la pandemia, con casi 123.000 muertes confirmadas por covid-19, el Reino Unido centra todos sus esfuerzos en una masiva campaña de vacunación iniciada el 8 de diciembre y que ya ha llegado a más de 20 millones de los 66 millones de habitantes del país,
confinado por tercera vez desde principios de enero. Aunque el regulador británico aprobó el uso de las vacunas desarrolladas por Pfizer/BioNTech, AstraZeneca/Oxford y Moderna, solo se administran por el momento las dos primeras a la espera de que el laboratorio estadounidense entregue en los próximos meses las dosis de la tercera.
“Los datos detallados muestran que la protección obtenida contra el covid 35 días después de una primera inyección es incluso ligeramente mejor para la vacuna de Oxford que para la de Pfizer”, agregó, tras las dudas expresadas por países como Alemania, Francia y España sobre la eficacia de la vacuna británica entre las personas ancianas.
EL MUNDO, MARTES 2•3•2021
El Barça, segundo tras el empate entre Real Madrid y Real Sociedad. El Atlético de Madrid sigue líder de LaLiga, con un partido menos. MADRID (AFP) jventura@elmundo.sv EN CORTO
TODAVÍA QUEDA MUCHO, INCLUIDOS PARTIDOS COMO EL DERBI DE MADRID, EL CLÁSICO Y EL BARÇA VS ATLETI.
U
n gol del brasileño Vinicius Jr a un minuto para el final permitió al Real Madrid (3º) rescatar un punto ante la Real Sociedad (5º) en el partido que cerraba la 25ª jornada del campeonato español, a solo seis días del un derbi contra el Atlético que puede ser decisivo para el título. El delantero Cristian Portugués ‘Portu’ había adelantado al conjunto vasco antes de la hora de juego (55) culminando con un cabezazo una magnífica jugada colectiva de la Real Sociedad. Con este resultado, el Real Madrid cae a la tercera posición del campeonato, superado por el Barcelona, que el sábado venció al Sevilla (4º) por 2-0, aunque ambos riva-
les suman los mismos puntos (53). Los dos grandes del fútbol español quedan a cinco puntos del líder Atlético de Madrid, que tiene además un partido menos. Antes las numerosas bajas que aún tenía Zinedine Zidane, el técnico francés del Real Madrid trató de recomponer su equipo con tres cambios en ataque tras el tanto de la Real, los dos jóvenes brasileños Vinicius Jr y Rodrygo y el canterano Hugo Duro. El juego del equipo no mejoró, pero la apuesta por la
PROGRAMA 06 DE MARZO 9:15 A.M. ELCHE VS SEVILLA 2:00 P.M. OSASUNA VS BARCELONA 07 DE MARZO 7:00 A.M. HUESCA VS CELTA DE VIGO 9:15 A.M. ATL. MADRID VS REAL MADRID 11:30 A.M. REAL SOCIEDAD VS LEVANTE 2:00 P.M. ATHLETIC – GRANADA
juventud acabó dando sus frutos a un Real Madrid que logró salvar el empate y no llegar al decisivo derbi contra el Atlético del próximo sábado tras una derrota en casa. “Hemos tenido ocasiones en la primera parte y no se ha podido marcar. Son dos puntos perdidos en casa, pero no se ha podido porque hay un rival que ha estado muy bien”, declaró Zidane tras el partido al canal Movistar. En la próxima jornada, el Real Madrid enfrentará al Atlético el domingo 7, a las 9:15 a.m.
+ RESULTADOS VILLARREAL 0 - 2 A. DE MADRID CELTA VIGO 1 - 1 VALLADOLID GETAFE 3 - 0 VALENCIA SEVILLA 0 - 2 BARCELONA CÁDIZ 0 - 1 REAL BETIS GRANADA 1 - 0 ELCHE LEVANTE 1 - 1 ATHLETIC
ESPAÑA EQUIPO JJ 1. ATL. MADRID 24 2. BARCELONA 25 3. REAL MADRID 25 4. SEVILLA 24 5. REAL SOC. 25 6. REAL BETIS 25
JG 18 16 16 15 11 12
JE JP 4 2 5 4 5 4 3 6 9 5 3 1
GF 47 55 43 34 42 33
GC 16 22 20 18 21 38
PTS. 58 53 53 48 42 39
Ellos han tenido una y han metido una, pero estamos bien, son cinco victorias y un empate, y debemos seguir pensando que todavía queda” Zinedine Zidane Técnico del Real Madrid
DEPORTES
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TENIS
DJOKOVIC IGUALA LAS 310 SEMANAS EN EL #1 DE LA ATP DE FEDERER El tenista serbio Novak Djokovic, número uno del mundo, ha igualado ayer el récord de 310 semanas al frente del ranking ATP que atesoraba el suizo Roger Federer, al que superará el próximo 8 de marzo. Djokovic superará al suizo la próxima semana, ya que ni el español Rafa Nadal ni el ruso Daniil Medvedev, segundo y tercero en la clasificación de la ATP, podrán alcanzarle.
BARCELONA
DETENIDO EL EXPRESIDENTE DEL BARCELONA JOSEP MARIA BARTOMEU El expresidente del FC Barcelona, Josep Maria Bartomeu, fue detenido ayer por la policía catalana por el caso ‘Barça Gate’, el cual consistió que una empresa contratada por el FC Barcelona presuntamente habría llevado a cabo en las redes sociales una campaña de desprestigio de individuos y entidades no afines a la junta directiva de Josep María Bartomeu.
INGLATERRA
RICHARLISON METE AL EVERTON EN LA PELEA POR LA CHAMPIONS
Con 20 años y 232 días, Vinicius es el tercer jugador más joven en llegar a los 100 juegos con el Real Madrid.
Con un solitario tanto del brasileño Richarlison (9), el Everton (7º) superó por 1-0 al Southampton (14º), una victoria que mete a los ‘Toffees’ en la pelea por la clasificación a la próxima Liga de Campeones. Con 43 puntos, el Everton empata a puntos con el vigente campeón Liverpool y queda a dos puntos del West Ham, que en la cuarta plaza marca la ‘zona Champions’.