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ANEXO III. E. Programas del DIF para la población en situación de discapacidad.
a. Programa de Apoyos para la Protección de las Personas en Estado de Necesidad, Subprograma de Apoyos a Personas en Estado de Necesidad, dirigido a Personas en estado de vulnerabilidad social como niñas, niños y adolescentes, adultos con discapacidad y adultos mayores con enfermedades propias de su edad. Para ingresar al programa la persona interesada deberá presentar solicitud mediante escrito libre y firmado de apoyo directo económico temporal o apoyo directo en especie, o bien de atención especializada. Para el apoyo a la población con discapacidad, el apoyo económico temporal está dirigido a capacitación en instituciones públicas o privadas, siempre y cuando éstas últimas cuenten con programas sociales.
El apoyo en especie, consta de apoyo de transportación para: i) atención médica en la Ciudad de México, requiere hoja de alta hospitalaria o resumen o constancia médica; ii) retorno a su lugar de origen desde la Ciudad de México, requiere de oficio emitido por una instancia gubernamental; iii) traslado de ambulancia o pasaje aéreo, para lo cual se debe presentar prescripción médica que avale la solicitud; y, iv) apoyo de gastos funerarios, requiere certificado o acta de defunción, previa verificación del lugar de residencia de la persona fallecida en los estados de la República.
Para el tercer apoyo, de atención especializada, es necesario presentar de acta de nacimiento y firma de carta de consentimiento, libre, voluntario y de compromiso que establezca la corresponsabilidad y prevenga el abandono de la atención.
b. Trámite de primera cita para servicios de rehabilitación integral para personas con discapacidad o en riesgo potencial de presentarla. Puede ser llevado a cabo por la persona interesada, madre, padre, o tutor o tutora. Está dirigido a personas que presente síndromes dolorosos, parálisis facial, enfermedades causantes de discapacidad transitoria o permanente por alteraciones neurológicas, musculares, óseas, de audición, de lenguaje o de visión. Tiene un costo que es determinado de acuerdo a estudio socioeconómico. En términos generales la consulta médica oscila entre $34.00 y $204.00, y las sesiones de terapia entre $16.00 y $102.00. Este trámite tiene un plazo máximo de resolución de uno a dos días.
c. Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria. Asistencia Alimentaria a Sujetos Vulnerables. Su objetivo se centra en contribuir a la seguridad alimentaria de los sujetos en condiciones de riesgo y vulnerabilidad, mediante la entrega de apoyos alimentarios diseñados con base en los Criterios de Calidad Nutricia y acompañados de acciones de orientación alimentaria, aseguramientos de la calidad y producción de alimentos. Su población objetivo la constituyen grupos de riesgo, sujetos de asistencia social alimentaria, preferentemente niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, mujeres en periodo de lactancia, personas con discapacidad, adultos mayores y personas vulnerables por ingresos.
De acuerdo a los Lineamentos de la Estrategia Integral de Asistencia Social Alimentaria, cada Sistema Estatal DIF (SEDIF) cuenta con Reglas de Operación que establecen los criterios de selección de personas o familias a partir de su situación de vulnerabilidad, por lo que la población en general deberá solicitar su incorporación al programa de su interés al DIF estatal. d. Centros de Rehabilitación. Tienen por objetivo la atención a la población en condición de discapacidad y en riesgo potencial de presentarla, así como a sus familias; se realiza a través del Programa de Prevención, Rehabilitación e Inclusión social de las Personas con Discapacidad y sus Familias. El DIF Nacional cuenta con centros de rehabilitación que buscan mejorar la calidad de vida a través de la atención de rehabilitación integral para favorecer la inclusión educativa, laboral y social. No se cuenta con más información. e. Agencias de Integración laboral para personas con discapacidad, las cuales operan con el objetivo de ampliar la cobertura de atención en capacitación y empleo. No se cuenta con mayor información
Si bien el en mayo de 2005 se aprobó la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, instrumento que reconoce a las personas con discapacidad y sus derechos y mandata el establecimiento de políticas públicas, no debe dejar de señalarse que los programas y mecanismos de información del Estado sobre la población en condición de discapacidad son muy pocos, y las acciones y programas no necesariamente atienden la verdadera demanda de la población con discapacidad. Muestra de ello es que el Censo de Alojamientos de Asistencia Social 2015 reporta únicamente 62 hospitales para personas con trastornos mentales o con discapacidad mental en todo el país.
El vacío de información sobre esta población, y aún más de la población indígena en condición de discapacidad, representa un reto en el diseño y operación de políticas públicas.