Expediente 723-2019/DDA-INDECOPI CRYE PRECISION LLC-Registro de MULTICAM-DISEÑO DE PATRON

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considerado individual lo que ya forma parte del patrimonio cultural - artístico, científico o literario 2.- Que, sobre dicha requisito de originalidad que incumple la solicitud presentada adjuntamos un CONJUNTO DE IMÁGENES CAPTURADAS A SIMPLE CONSULTA EN INTERNET donde se puede apreciar la mencionada “obra artística”. 3.- Presento nuevos Antecedentes que acreditan que la obra solicitada a protección como Derecho de Autor CARECE DE ORIGINALIDAD Y NO ES INÉDITA. 3.1.- Adjuntamos el documento “Bases Integradas-Adjudicación Directa Pública N° 007-2012-SEINFT/FAP de “Contratación de la Adquisición de Uniformes Camuflados MULTICAM Pac N° 1308” emitida por la Fuerza Aérea del Perú como “Entidad Convocante”, en cuyo Capitulo III sobre las “Especificaciones Técnicas y Requerimientos Técnicos Mínimos” ( página 25 ) se describe justamente como “TELA RIPSTOP DIGITALIZADO MULTICAM” a la “obra artística” que pretende inscribir la solicitante como “OBRA INÉDITA Y ORIGINAL”, según su solicitud presentada y que a simple CONSULTA EN GOOGLE encontramos las imágenes:


Puede observar con ello esta Dirección que la “obra artística” u “obra de arte aplicado” constituida por un “patrón de camuflaje” que contiene una matriz de formas de alto y bajo contraste, junto con degradados de color, SE ENCUENTRAN EN DISTINTAS IMÁGENES DE FABRICANTES DE TELAS PARA UNIFORMES “RANGER” DE USO MILITAR EN EL MUNDO. 3.2.- Adjuntamos el Contrato N° 0691-CEP-SEINT-2012 “Adquisición de Uniformes Camuflados MULTICAM” de fecha 03 de diciembre de 2012, suscrito por la Fuerza Aérea del Perú y la empresa Corporación Industrial Independencia S.A.C. teniendo como “Objeto” de dicho contrato justamente la “Adquisición de Uniformes Camuflados MULTICAM”, arriba descritos. 3.3.- Adjuntamos el Contrato N° 0359-CS-EOFAP “Adquisición de Uniformes Camuflados MULTICAM para Cadetes por Cuotas de Mantenimiento” de fecha 31 de octubre de 2017 , suscrito por el Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea del Perú-Escuela de Oficiales y la empresa Corporación Industrial Independencia S.A.C. teniendo como “Objeto” de dicho contrato justamente la “Adquisición de Uniformes Camuflados MULTICAM para Cadetes por Cuotas de Mantenimiento”, arriba descritos y como se detalla en su Anexo A.


3.4.- Adjuntamos el Contrato N° 0207-CEP-SEINT-2017 “Adquisición de Uniformes Camuflados MULTICAM para el personal militar FAP” de fecha 24 de julio de 2017, suscrito por la Fuerza Aérea del Perú y la empresa Corporación Industrial Independencia S.A.C. teniendo como “Objeto” de dicho contrato justamente la “Adquisición de Uniformes Camuflados MULTICAM para el personal militar FAP”, arriba descritos. 4.- La Solicitante ha faltado a la verdad y su solicitud resulta TEMERARIA Y MALICIOSA En efecto, cuando CRYE PRECISION LLC. de Estados Unidos a través de su apoderada en el Perú señala en su Solicitud, bajo DECLARACIÓN JURADA, como “Datos de la obra” que NO SE PUBLICÓ es decir que es INÉDITA, ratificándose en su Escrito del 01/04/2019 en ese sentido, HA FALTADO TEMERARIAMENTE A LA VERDAD cuando desde hace muchos años dicha “obra artística” EXISTE EN EL DOMINIO PÚBLICO Y DICHA ORNAMENTACIÓN APLICABLE A TELAS PARA UNIFORMES MILITARES VIENE SIENDO OBJETO DE LICITACIONES Y CONTRATOS POR ENTIDADES DEL ESTADO ( Ministerio de Defensa, entre otros ). 5.- Solicitamos se tome en cuenta adicionalmente para la Calificación de esta “obra artística” aplicada a prendas de vestir, lo resuelto mediante la Resolución 1358-2017/TPI-INDECOPI del 2 de mayo de 2017. En efecto, ante la solicitud de inscripción de distintas “obras de arte aplicado” para prendas de vestir, como es la presente solicitud, la Sala Especializada de Propiedad Intelectual del Tribunal del INDECOPI, confirmando la Resolución 59-2015/DDA-INDECOPI de esta Dirección, DENEGÓ DE OFICIO por carecer del requisito de originalidad. Copiamos el fundamento principal: “6. Protección por el derecho de catálogo solicitado a registro En su solicitud de registro, Akademia Import Export S.A.C. señaló que pretende registrar el catálogo denominado CATÁLOGO II "AKADEMIA-COLECCIÓN PRIMAVERA 2014 Y VERANO, OTOÑO-


INVIERNO 2015" precisando que se trata de setenta y dos diseños aplicados en cuellos, mangas, encajes, bastas, cortes, puños, pespuntes, cierres, collaretas, galones, recubiertos, aplicaciones, pecheras, encogidos, pretinas, atraques con recta, dobleces, cintas, nudos, etc. Así como también en sus estampados para polos (prendas de vestir) para mujeres, siendo que los personajes que aparecen en algunos diseños han sido creados por computadora. La Sala considera que lo que se pretende registrar es una compilación (catálogo), puesto que se trata de la agrupación de setenta y dos diseños de prendas de vestir. Por ello, el catálogo en cuestión debe ser original en sí mismo, independientemente de las representaciones u obras que pueda contener (en el caso, los dibujos). Del análisis de la compilación objeto de registro, la Sala considera que no presenta rasgos de originalidad, ya sea en la selección de su contenido o en la disposición del mismo, puesto que se trata de una simple recolección de diseños de prendas de vestir para mujeres (polos) en donde no se puede apreciar la existencia de un criterio original a efectos de seleccionar el material que forma parte de la compilación, o para determinar la ubicación del mismo dentro de ésta. En tal sentido, el catálogo denominado CATALOGO II "AKADEMIACOLECCIÓN PRIMAVERA 2014 Y VERANO, OTOÑO-INVIERNO 2015" carece de elementos de originalidad que permitan reconocerlo como obra, motivo por el cual no puede acceder a registro”. La citada Resolución 59-2015/DDA-INDECOPI que fue confirmada por la Sala señaló en su punto III …los motivos por los cuales, en su opinión, considera que la producción presentada por el solicitante no cuenta con el requisito de originalidad a fin de que sea protegida por el Derecho de Autor, conforme se aprecia a continuación: "la Dirección de Derecho de Autor considera que las producciones que figuran en el cuadro infra no expresan la personalidad del autor, al tratarse de diseños comunes, expresados con letra imprenta, con matices de colores (en algunos de color negro y



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BASES INTEGRADAS

ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-SEINT/FAP

“CONTRATACIÓN DE LA ADQUISICION DE UNIFORMES CAMUFLADOS MULTICAM” PAC Nº 1308

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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO I ETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1.

BASE LEGAL -

-

Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. Directivas del OSCE. Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil. Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE. Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso. Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2.

CONVOCATORIA Se efectuará de conformidad con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma.

1.3.

REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día hábil después de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastará que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artículo 53 del Reglamento. La persona natural o persona jurídica que desee participar en el proceso de selección deberá contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificará la vigencia de la inscripción en el RNP y que no se encuentra inhabilitada para contratar con el Estado. Al registrarse, el participante deberá señalar la siguiente información: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razón social de la persona jurídica; número de Registro Único de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; teléfono y fax.

IMPORTANTE: 

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Para registrarse como participante en un proceso de selección convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor información, podrá ingresarse a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.


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1.4.

FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones a las Bases serán presentadas por un periodo mínimo de tres (3) días hábiles, contados desde el día siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en los artículos 55 y 57 del Reglamento.

1.5.

ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego de absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE: •

1.6.

No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

ELEVACIÓN DE OBSERVACIONES AL OSCE El plazo para solicitar la elevación de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) días hábiles, computados desde el día siguiente de la notificación del pliego absolutorio a través del SEACE. Los participantes pueden solicitar la elevación de las observaciones para la emisión de pronunciamiento, en los siguientes supuestos: 1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente; 2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento continúa siendo contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección; y 3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observación formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones. El Comité Especial, bajo responsabilidad, deberá remitir la totalidad de la documentación requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a más tardar al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de observaciones. La emisión y publicación del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE. 4


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1.7.

INTEGRACIÓN DE LAS BASES Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de selección por lo que deberán contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolución de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, así como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisión. Una vez integradas, las Bases no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restricción no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases. El Comité Especial integrará y publicará las Bases teniendo en consideración los siguientes plazos: 1.

Cuando no se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para formularlas.

2.

Cuando se hayan presentado observaciones, al día siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevación de dichas observaciones para la emisión de pronunciamiento, siempre que ningún participante haya hecho efectivo tal derecho.

3.

Cuando se haya solicitado la elevación de observaciones, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.

Corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artículos 59 y 60 del Reglamento. De conformidad con el artículo 31 del Reglamento, el Comité Especial no podrá efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.8.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos.

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Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1.9.

1.

En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2.

En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3.

En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS La presentación de propuestas se realiza en acto público, en la fecha y hora señaladas en el cronograma del proceso. El acto se inicia cuando el Comité Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendrá por desistido. Si algún participante es omitido, podrá acreditarse con la presentación de la constancia de su registro como participante. Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio. IMPORTANTE: •

En caso de convocarse según relación de ítems, los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio en un mismo ítem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en ítems distintos.

En el caso que el Comité Especial rechace la acreditación del apoderado, representante legal o representante común, según corresponda en atención al numeral 1.8, y este exprese su disconformidad, se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta y los documentos de acreditación en su poder hasta el momento en que el participante formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de recibidas las propuestas, el Comité Especial procederá a abrir los sobres que contienen la propuesta técnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases. En el caso que de la revisión de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el 6


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alcance de la propuesta técnica, o la omisión de presentación de uno o más documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos —siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentación de propuestas—, se actuará conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Reglamento. Este es el único momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta técnica. En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos señalados en el párrafo anterior, se devolverá la propuesta, teniéndola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendrá la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelación. Si se formula apelación se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto. Después de abierto cada sobre que contiene la propuesta técnica, el Notario (o Juez de Paz) procederá a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta técnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluación y calificación de las propuestas técnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) procederá a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas económicas dentro de uno o más sobres, los que serán debidamente sellados y firmados por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que así lo deseen, conservándolos hasta la fecha en que el Comité Especial, en acto público, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluación de las propuestas técnicas. Al terminar el acto público, se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, así como por los veedores y los postores que lo deseen. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento, en los actos de presentación de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciará el proceso.

1.10. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONÓMICA La propuesta económica (Sobre Nº 2) deberá incluir obligatoriamente lo siguiente: La oferta económica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocerá pago adicional de ninguna naturaleza. El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE: •

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Tratándose de un proceso según relación de ítems, cuando los postores se presenten a más de un ítem, deberán presentar sus propuestas económicas en forma independiente. 1

Luego de efectuada la evaluación técnica, cabe la posibilidad que dicho postor haya obtenido el puntaje necesario para acceder a la evaluación económica únicamente en algunos de los ítems a los que se presentó, por lo que, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento, correspondería devolver las propuestas económicas sin abrir, lo que no resultaría posible si la totalidad de las propuestas económicas del postor se incluyen en un solo sobre.


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1.11. EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (2) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes: Propuesta Técnica Propuesta Económica

: 100 puntos : 100 puntos

1.11.1. EVALUACIÓN TÉCNICA Se verificará que la propuesta técnica cumpla con los requerimientos técnicos mínimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no serán admitidas. Sólo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comité Especial hubiese otorgado plazo de subsanación, pasarán a la evaluación técnica. En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanación de la propuesta, el Comité Especial deberá determinar si se cumplió o no con la subsanación solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanación, el Comité Especial tendrá la propuesta por no admitida. Una vez cumplida la subsanación de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuará con la evaluación de las propuestas técnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodología de asignación de puntaje establecida para cada factor. Las propuestas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo de sesenta (60) puntos, serán descalificadas en esta etapa y no accederán a la evaluación económica.

1.11.2. EVALUACIÓN ECONÓMICA Si la propuesta económica excede el valor referencial, será devuelta por el Comité Especial y se tendrá por no presentada, conforme lo establece el artículo 33 de la Ley. La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi =

Donde: i Pi Oi Om PMPE

= = = = =

Om x PMPE Oi

Propuesta Puntaje de la propuesta económica i Propuesta Económica i Propuesta Económica de monto o precio más bajo Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

IMPORTANTE: • En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, tarifas o porcentajes, el Comité Especial deberá verificar las operaciones aritméticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorrección, 8


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deberá corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha corrección debe figurar expresamente en el acta respectiva. • Sólo cuando se haya previsto (según el caso concreto) aceptar propuestas económicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta económica se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de interés, comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 70 del Reglamento.

1.12. ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Dicha presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

1.13. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO Cuando se hayan presentado dos (2) o más propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producirá a los cinco (5) días hábiles de la notificación de su otorgamiento en acto público, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En este caso, el consentimiento se publicará en el SEACE al día hábil siguiente de haberse producido. En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de la notificación de su otorgamiento en acto público, y podrá ser publicado en el SEACE ese mismo día o hasta el día hábil siguiente.

1.14. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO De acuerdo con el artículo 282 del Reglamento, a partir del día hábil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la vía administrativa conforme a lo 9


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previsto en el artículo 122 del Reglamento, hasta el décimo quinto día hábil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedición de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. El OSCE no expedirá constancias solicitadas fuera del plazo establecido.

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CAPÍTULO II SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1.

RECURSO DE APELACIÓN A través del recurso de apelación se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato. El recurso de apelación se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado. Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrán impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

2.2.

PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN La apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro. La apelación contra los actos distintos a los indicados en el párrafo anterior debe interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

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CAPÍTULO III DEL CONTRATO

3.1.

DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) días hábiles siguientes, sin mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la Entidad la documentación para la suscripción del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 148 del Reglamento. El contrato será suscrito por la Entidad, a través del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratándose de persona natural, y tratándose de persona jurídica, a través de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artículo 139 del Reglamento. Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, además de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:       

3.2.

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Garantía de fiel cumplimiento. Garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda. Garantía por el monto diferencial de propuesta, en caso corresponda. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso.

VIGENCIA DEL CONTRATO En aplicación de lo dispuesto en el artículo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el día siguiente de la suscripción del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta que el funcionario competente dé la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista y se efectúe el pago correspondiente.

3.3.

DE LAS GARANTÍAS 3.3.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO El postor ganador debe entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Esta deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, previamente a la suscripción del contrato, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la 12


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recepción de la prestación.

3.3.2.

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS En caso el contrato conlleve a la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por este concepto, la misma que se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

3.3.3.

GARANTÍA POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste, para la suscripción del contrato, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

3.4.

REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS Las garantías que se presenten deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país al sólo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantías; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú. IMPORTANTE:  Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual ejecución.

3.5.

EJECUCIÓN DE GARANTÍAS Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo 164 del Reglamento.

3.6.

ADELANTOS La Entidad entregará adelantos directos, conforme a lo previsto en el artículo 171 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la sección específica de las Bases. En el supuesto que no se entregue el adelanto en el plazo previsto, el contratista tiene derecho a solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la prestación por el número de días equivalente a la demora, conforme al artículo 172 del Reglamento.

3.7.

DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la entrega del bien requerido y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

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De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por mora.

3.8.

PAGOS La Entidad deberá realizar todos los pagos a favor del contratista por concepto de los bienes objeto del contrato. Dichos pagos se efectuarán después de ejecutada la respectiva prestación; salvo que, por razones de mercado, el pago del precio sea condición para la entrega de los bienes. La Entidad deberá pagar las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la forma y oportunidad (pago único o pagos parciales) establecida en las Bases o en el contrato, siempre que el contratista los solicite presentando la documentación que justifique el pago y acredite la existencia de los bienes, conforme a la sección específica de las Bases. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la recepción de los bienes, deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser éstos recibidos, a fin que la Entidad cumpla con la obligación de efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguientes, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el contrato. En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo que se indique en el contrato de consorcio. En caso de retraso en el pago, el contratista tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley, contado desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

3.9.

DISPOSICIONES FINALES Todos los demás aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIÓN

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CAPÍTULO I GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE Nombre

: FUERZA AEREA DEL PERU-SERVICIO DE INTENDENCIA

RUC Nº

: 20144364059

Domicilio legal

: Avenida 28 de Julio S/n Jesús María Tercer Piso Block “A”

Teléfono/Fax:

: 315-4300 anexo 4727

Correo electrónico:

: Comité_seint@fap.mil.pe

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA El presente proceso de selección tiene por objeto la contratación de UNIFORMES CAMUFLADOS MULTICAM”

“ADQUISICION DE

1.3. VALOR REFERENCIAL Nº

DESCRIPCION

Valor Referencial

1

ADQUISICION DE UNIFORMES CAMUFLADOS MULTICAM (CAMISA, PANTALON Y SOMBRERO TIPO JUNGLA)

S/.

399,812.00

TOTAL

S/.

399,812.00

Los montos incluyen los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de Octubre del 2012. Las propuestas económicas no pueden exceder el monto consignado en las Bases como valor referencial de conformidad con el artículo 33 de la Ley. No existe un límite mínimo como tope para efectuar dichas propuestas. 1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 099-SEINT-FAP del 24 de Octubre del 2012.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios, Recursos Directamente Recaudados, Recursos propios AF-2012 1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN El presente proceso se rige por el sistema suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo

1.7. MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL No aplicable

16


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1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO El alcance de la prestación está definido en los Requerimientos Técnicos Mínimos que forman parte de la presente Sección en el Capítulo III. 1.9. PLAZO DE ENTREGA Los bienes materia de la presente convocatoria se entregarán en el plazo de 16 días calendario contado desde la emisión de la Orden de Compra. Dicho plazo constituye un requerimiento técnico mínimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratación. 1.10. COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES El costo por la reproducción de las Bases es de S/. 10.00 (Diez con 00/100 nuevos soles). El pago se realizará en la Caja de la Entidad. 1.11. BASE LEGAL -

-

Ley N° 28411 ―Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ley N° 29812 ―Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2,012. Decreto Legislativo N° 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley. Decreto Supremo N° 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento. Ley N° 29873 modificación al D.L. N° 1017 ―Ley de Contrataciones del Estado. Decreto Supremo N° 138-2012-EF modificación al D.S.N° 184-2008-EF Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Directivas del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Ley N° 27444, ―Ley del Procedimiento Administrativo General. Código Civil Ley N° 27806 ―Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública. Decreto Supremo Nº 007-2008-TR - Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña y del acceso al empleo decente, Ley MYPE. Decreto Supremo Nº 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE. Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPÍTULO II DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Prepublicación de Bases (opcional):

Del: 26-10-2012 Al: 21-11-2012

Etapa Convocatoria

:

Fecha, hora y lugar 26-10-2012

Registro de participantes

:

Del: 29-10-2012 al 14-11-2012

y:

Del: 29-10-2012 al 31-10-2012

y:

07-11-2012

:

13-11-2012

:

19-11-2012

Formulación de Consultas Observaciones a las Bases Absolución de Consultas Observaciones a las Bases Integración de las Bases Presentación de Propuestas

* El acto público se realizará en : Calificación Propuestas

y Evaluación de :

Otorgamiento de la Buena Pro

:

* El acto público se realizará en :

A las 10:00 Hrs. 20-11-2012 21-11-2012 A las 12:00 Hrs.

IMPORTANTE: • Debe tenerse presente que en un proceso de adjudicación directa pública, entre la convocatoria y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo diez (10) días hábiles y, entre la integración de Bases y la etapa de presentación de propuestas debe existir como mínimo tres (3) días hábiles.

2.2. REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de los participantes se realizará en Dpto. de Abastecimiento del Servicio de Intendencia (SEINT) de la Fuerza Aérea del Perú, sito en Avenida 28 de Julio S/n Jesús María Tercer Piso Block “B” 2do. Piso, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 horas. A 16:00 horas. En el momento del registro, se emitirá la constancia o cargo correspondiente en el que se indicará: número y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectuó el registro, así como el día y hora de dicha recepción.

2.3. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES Las consultas y observaciones se presentarán por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad (Unidad de Trámite Documentario) o la que haga sus veces, sito en Avenida 28 de Julio S/N Jesús María 2do. Piso Block “B”, en las fechas señaladas en el cronograma, en el horario de 08:00 horas a 16:00 horas , debiendo estar dirigidos al Presidente del Comité Especial Permanente de la ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA N° 0072012-FAP/SEINT, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrónico: Comité_seint@fap.mil.pe

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2.4. ACTO PÚBLICO DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Las propuestas se presentarán en acto público, en la sala de conferencias del Servicio de Intendencia (SEINT), sito en 28 de Julio S/N Jesús María Block “B” 2do. Piso, en la fecha y hora señalada en el cronograma. El acto público se realizará con la participación del Notario Público. Se podrá contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participará como veedor y deberá suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados y estarán dirigidas al Comité Especial de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 007-2012-FAP/SEINT, conforme al siguiente detalle: SOBRE N° 1: Propuesta Técnica. El sobre será rotulado: Señores FUERZA AEREA DEL PERU - SEINT AV. 28 DE JULIO S/N CUARTEL GENERAL FAP. 2do. PISO BLOCK “B” Att.: Comité Especial ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA N° 007-2012-SEINT/FAP A D Q U IS IC IO N D E U N I FO R ME S C A MU FL A D O S MU LT IC AM SOBRE N° 1: PROPUESTA TÉCNICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

SOBRE Nº 2: Propuesta Económica. El sobre será rotulado: Señores [FUERZA AEREA DEL PERU - SEINT AV. 28 DE JULIO S/N CUARTEL GENERAL FAP. 2do. PISO BLOCK “B” Att.: Comité Especial ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA N° 007-2012-SEINT/FAP A D Q U IS IC IO N D E U N I FO R ME S C A MU FL A D O S MU LT IC AM. SOBRE N° 2: PROPUESTA ECONÓMICA [NOMBRE / RAZÓN SOCIAL DEL POSTOR]

2.5. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS 2.5.1.

SOBRE N° 1 - PROPUESTA TÉCNICA Se presentará en un (01) original y dos (02) copias2. El sobre Nº 1 contendrá, además de un índice de documentos 3 , la siguiente

19

2

De acuerdo con el artículo 63 del Reglamento, la propuesta técnica se presentará en original y en el número de copias requerido en las Bases, el que no podrá exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comité Especial.

3

La omisión del índice no descalifica la propuesta, ya que su presentación no tiene incidencia en el objeto de la convocatoria.


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documentación: Documentación de presentación obligatoria: a)

Declaración jurada de datos del postor. Cuando se trate de consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados. (Anexo Nº 1).

b)

Declaración jurada de cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos contenidos en el Capítulo III de la presente sección4 (Anexo Nº 2).

c)

Declaración jurada simple de acuerdo al artículo 42 del Reglamento (Anexo Nº 3). En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea presentada por el representante común del consorcio.

d)

Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 4) La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes. Se presume que el representante común del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representación del mismo en todos los actos referidos al proceso de selección, suscripción y ejecución del contrato, con amplias y suficientes facultades.

e)

Declaración jurada de Plazo de entrega (Anexo Nº 5).

f)

Declaración Jurada en la cual el postor se compromete a correr con los costos de la inspección para la verificación del cumplimiento de las normas técnicas y especificaciones solicitadas de su muestra en caso obtener la buena Pro.

g)

Presentación de muestras por cada producto ofertado de acuerdo a las siguientes consideraciones:

-

Se presentaran conjuntamente con la presentación de las Propuesta Técnica. Las muestras deberán ser presentadas de acuerdo a lo solicitado, con respecto al requerimiento técnico de acuerdo al siguiente detalle: ITEM Nº 1 ADQUISICION DE UNIFORMES CAMUFLADOS MULTICAM

1

4

DESCRIPCION

UNIFORME CAMUFLADO DIGITALIZADOS MULTICAM FAP (CAMISA , PANTALON Y SOMBRERO TIPO JUNGLA) 50% ALGODÓN/50% POLYESTER

CANT

U/M

02

UND.

El Comité Especial debe determinar al elaborar las Bases si solo bastará la presentación de una declaración jurada para acreditar el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos o, de lo contrario, si será necesario que lo declarado se encuentre respaldado con la presentación de algún otro documento (tales como: folletos, instructivos, catálogos o similares), en cuyo caso, deberá precisar dicha información en el listado de documentación de presentación obligatoria del numeral 2.5.1 de la sección específica de las Bases.

20


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2

-

UNIFORME CAMUFLADO DIGITALIZADOS MULTICAM FAP (CAMISA , PANTALON Y SOMBRERO TIPO JUNGLA) 100% ALGODÓN

02

UND.

El Comité Especial Permanente verificará que las muestras cumplan con las especificaciones técnicas. Las muestras deberán estar rotuladas indicando Nº del Proceso y nombre del Postor. En caso de no cumplir con alguna de las condiciones indicadas anteriormente la propuesta del participante será descalificada tomándola como NO ADMITIDA. Las muestras del postor ganador quedarán en poder del SEINT, como elementos de referencia, para el internamiento posterior de los productos adjudicados. Si el producto es sensible al factor calor, luz o humedad, la muestra se presentará protegida en embalaje especial, según sea el caso. (si corresponde). Los postores cuyas muestras no cumplan con las especificaciones técnicas y/o no hubieran sido favorecidos con la Buena Pro, podrán recogerlas durante los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha del consentimiento de la buena pro, caso contrario la entidad procederá a su destrucción y/o incineración formulando el acta respectiva

-

-

El postor que ocupe el 2º lugar no retirara sus muestras hasta que el postor ganador firme el contrato

IMPORTANTE: • La omisión de alguno de los documentos enunciados acarreará la no admisión de la propuesta, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 68 del Reglamento.

Documentación de presentación facultativa:

5

6

21

a)

Certificado de inscripción o reinscripción en el registro de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE, de ser el caso5.

b)

En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por éstas, deberá presentarse una constancia o certificado con el cual acredite su inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad 6

c)

Experiencia del Postor en la Actividad.( entiéndase actividad en venta de Uniformes Camuflados militares) para lo cual se presentará Copia simple de contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la prestación efectuada; o comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio, las cuales no deberán ser mayores a veinte (20) contrataciones con una antigüedad de hasta cinco (05) años a la fecha de la presentación de propuestas, por un monto máximo acumulado de hasta a cinco (05) veces el valor referencial de la convocatoria. Adicionalmente estas deberán listarse de acuerdo al formato del Anexo N° 06.

d)

Cumplimiento de la prestación. Se evaluará en función al número de certificados

Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 73 del Reglamento.


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o constancias que acrediten que aquél se efectuó sin que haya incurrido en penalidades. Se acreditará con certificados o constancias, con un máximo de veinte (20) contrataciones. Tales certificados o constancias deben referirse a los contratos que se presentaron para acreditar la experiencia del postor. En el caso de suministro de bienes, se evaluarán los certificados o constancias emitidos respecto de la parte del contrato ejecutado. IMPORTANTE: • En caso exista contradicción entre la información presentada en la propuesta técnica, la propuesta será descalificada.

2.5.2.

SOBRE N° 2 - PROPUESTA ECONÓMICA El Sobre Nº 2 deberá contener la siguiente información obligatoria: Oferta económica expresada en la moneda del valor referencial y el detalle de precios unitarios cuando este sistema haya sido establecido en las Bases (Anexo Nº 7). El monto total de la propuesta económica y los subtotales que lo componen deberán ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrán ser expresados con más de dos decimales. IMPORTANTE: • La admisión de la propuesta económica que presenten los postores dependerá de si aquella se encuentra dentro los márgenes establecidos en el artículo 33 de la Ley y el artículo 39 de su Reglamento. • En caso la información contenida en la propuesta económica difiera de la información contenida en la propuesta técnica, la propuesta económica será descalificada.

2.6.

DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL Una vez evaluadas las propuestas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de las mismas. El puntaje total de las propuestas será el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente fórmula: PTPi = c1 PTi + c2 PEi Donde: PTPi PTi PEi

= Puntaje total del postor i = Puntaje por evaluación técnica del postor i = Puntaje por evaluación económica del postor i

Se aplicarán las siguientes ponderaciones: c1 c2

= Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica. = 0.60 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica. = 0.40

Donde: c1 + c2 = 1.00

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2.7.

REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro deberá presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato: a) b) c) d) e) f)

g) h)

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado. Carta Fianza de Garantía de fiel cumplimiento del contrato. Carta Fianza de Garantía por el monto diferencial de la propuesta, de ser el caso. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso. Código de cuenta interbancario (CCI). Traducción oficial efectuada por traductor público juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompañados de traducción certificada, de ser el caso. Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato. Correo electrónico para notificar la orden de compra, en el caso que habiendo sido convocado el proceso por relación de ítems, el valor referencial del ítem adjudicado corresponda al proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, de ser el caso.

IMPORTANTE: •

En caso de que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garantía para la suscripción del contrato carta fianza o póliza de caución, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios Nº 5196-2011-SBS y Nº 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecución de las mencionadas garantías, resulta necesario que éstas consignen en su texto, el nombre, denominación o razón social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el consorcio.

Adicionalmente, puede considerarse otro tipo de documentación a ser presentada, tales como: a) b) c) d)

2.8.

Copia de DNI del Representante Legal. Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizado. Copia del RUC de la empresa.

PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de la Entidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripción de contrato dentro del plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. La citada documentación deberá ser presentada en original y dos (02) copias

2.9.

FORMA DE PAGO La Entidad se compromete a efectuar el pago al contratista en un plazo máximo de 30 Días calendarios de otorgada la conformidad de recepción de la prestación.

2.10

FORMA DE PAGO De acuerdo con el artículo 176º del Reglamento, para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad deberá contar con la siguiente documentación:

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-

Recepción y conformidad del bien estará a cargo del Almacén de Vestuario del SEINT. Informe del funcionario responsable del área usuaria emitiendo su conformidad de la prestación efectuada. Factura

La Entidad debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato.

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CAPÍTULO III ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

DESCRIPCION

UNIFORME CAMUFLADO MULTICAM FAP (CAMISA , PANTALON Y SOMBRERO TIPO JUNGLA) 50% ALGODÓN/50% POLYESTER UNIFORME CAMUFLADO MULTICAM FAP (CAMISA , PANTALON Y SOMBRERO TIPO JUNGLA) 100% ALGODÓN

1

2

CANT

U/M

1037

UND.

1040

UND.

1.-CAMUFLADO MULTICAM FAP (50%ALGODON/50%POLIESTER) TELA RIPSTOP DIGITALIZADO MULTICAM – FAP 50 % ALGODÓN / 50% POLIÉSTER PARAMETROS

PROPUESTA

Composición:

50% Algodón +/- 5%

Urdimbre y Trama

50% Poliéster +/- 5%

1

NORMA TÉCNICA

AATCC 20A-2005 Tafetán 1x1,

2

Ligamento del tejido

NTP 231-141 tipo rip stop

3

Peso/m2 (grs.)

ASTM 3776-07 255 - 265

Titulo de hilos (Ne) 4

Urdimbre

18/1 +/- 2

Trama

12/1 +/- 2

ATSM 1059-2001

Densidad de hilos/pulg 5

Urdimbre Trama

108 ± 5

ASTM 3776-07

48 ± 5

Resist. Tracción (Kgf/cm) ASTM D5034-1195 6

Urdimbre

80 Kg-F mínimo

Trama

50 Kg-F mínimo

Resist. al desgarro (kgf/cm) 7

Urdimbre Trama

8

25

Resistencia a la abrasión

5.0 Kg-F mínimo

ASTM D 1424

5.0 Kg-F mínimo ASTM D 4966


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20,000 mínimo Estabilidad dimensional (%) 9

AATCC 135-2004 +/- 2.0 % máximo

Urdimbre

NTP 231-138-1985 +/- 2.0 % máximo

Trama SOLIDEZ DEL COLOR

AATCC 16-2004

A la luz (20 AFU)

10

Al lavado domestico (IIIA): Transferencia del color

4 mínimo

AATCC 61-2007

3 mínimo 4 mínimo

Cambio de color 11

3-4 mínimo

ISO 105-E03 ó AATCC 162-2009

Transferencia del color

3-4 mínimo

AATCC 15-2007

Cambio de color

4

Al agua clorada A la transpiración

12

mínimo

Al frote 13

14

En seco

4 mínimo

En húmedo

3 mínimo

AATCC 8-2007

ASTM D 3511-08

Grado pilling 4 mínimo Resistencia de las costuras.

15

ASTM D 434 - 1995

Urdimbre (Kgf x 6 mm.)

Sin deslizamiento en

Trama

Urdimbre y Trama

(Kgf x 6 mm.)

Puntaje máximo como defectos de fabricación 16

Rollo individual Lote

18 puntos/100 m2

ASTM D 5430-07

14 puntos/100 m2

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Defectos mayores: - Huecos en la tela: mayor o igual a 5 mm de diámetro - Hilos pasados - Marcas de peine - Marcas de parada - Diseño del estampado desfasado o corrido. - Hilos flotantes - Manchas de grasa o aceite - Hilos corridos - Teñido veteado - Ancho irregular - Contaminación Defectos menores: - Hilo de diferente grosor - Fibra aglomerada en el hilo (Neps) - Hilo suelta en bucles (camarón) - Hilo sucio - Matching (contraste de color) entre lotes de tela - Orillos sin el estampado solicitado

27

17

Apariencia del tejido después del lavado

3 – 4 mínimo

AATCC 124-2005

18

Acabado

Mercerizado, pre encogido, suavizado

VISUAL

19

Teñido de la base

Colorante Tina (VAT) / Disperso

METODO PROPIO

20

Estampado

Colorante Tina (VAT) / Disperso

METODO PROPIO


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CARACTERISTICAS

DESCRIPCIÓN

OBS.

1. MATERIAL TELA

TELA RIPSTOP DIGITALIZADO MULTICAM – FAP 50 % ALGODÓN / 50% POLIÉSTER

ENTRETELA PARA CUELLO DE CAMISA

Algodón 50%-

Composición

poliéster 50%

Tipo

Tela no tejida (pelón Nª 40), con resina sintética en una de sus caras para fusionado mediante presión y temperatura controlada

Color

Blanco.

ENTRETELA PARA BOLSILLOS Composición

Algodón - poliéster.

Tipo

Tejido sarga 2 x 1 (dril).

Peso m2

150 gr. mínimo.

Color

Al tono del color base (Beige Kuntur)

CINTA INTERIOR EN LA PRETINA y BOTAPIE Composición

Algodón-Poliéster

Tipo

Tejido plano.

Dimensiones Ancho Color

LONA PARA AJUSTE DE CINTURA

10 +/- 1 mm. Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone N° 17-1022 TPX).

Algodón-Poliester

Forma

Rectángular de 18 mm +/- 2 mm de ancho

Color

Al tono del color verde oscuro (color 2 de la curva de color)

HEBILLA

Metal

Material

Bronce quemado o negro

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Color

CINTA PEGA PEGA Composición

Poliamida ( nylon 66 )

Tipo

Rectangular, "macho" y "hembra".

Dimensiones

Según el área.

Color

Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

REFUERZO DE MARBETES Composición

Pelón Nº 40

Tipo

Tela no tejida.

Color

Blanco.

BOTON Composición

Urea formaldehído o Poliéster.

Tipo

Circular de 4 huecos.

Dimensiones Diámetro

18 +/- 1 mm

Espesor

5 +/- 0.5 mm.

Grabado

Los botones deberán estar grabados con las iniciales FAP

Color

Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX). Color en masa no pintado.

CREMALLERA Composición

Cremallera : poliamida 100%, cinta de poliéster 100%

Tipo

Diente grueso, tipo "tractor".

Largo

Según talla.

Talla "SX" y "S"

55 +/- 1 cm.

Talla "M" y "L"

60 +/- 1 cm.

Talla "XL"

65 +/- 1 cm.

Color

Cremallera y Cinta al tono del Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

HILO PARA COSTURA Composición

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Poliéster 100%.


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Titulo

20/2, de dos cabos retorcidos.

Color

Al tono del color Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

HILO DE BORDADO PARA MARBETE Composición

Poliéster 100%.

Tipo

Nº 40.

Color

Color Marrón Claro (color 3 de la curva de color).

TIRA ELASTICA DE AJUSTE DE BOLSILLOS LATERAL (PANTALON) Composición

Poliamida 100% con filamentos de caucho en su interior.

Tipo

Tubular.

Dimensiones Ancho

3 +/- 0.5 mm.

Largo

20 +/- 0.2 cm. (en reposo).

Color

Al tono del color verde oscuro (color 2 de la curva de color).

DISPOSITIVO DE AJUSTE Composición

Plástico

Tipo

Con resorte de ajuste regulable.

Dimensiones

Ver gráfico.

Color

Al tono del color Verde Oscuro(color 2 de la curva de color).

AVIOS PARA SOMBRERO

OJALILLOS Composición

Bronce o aluminio.

Forma

Circular de diámetro externo: 1.5 +/- 0.3 cm. parte interna con o sin malla del mismo material que el ojalillo.

Color

Bronce quemado, esmaltado color negro o verde oscuro.

TIRA DE AJUSTE Composición

Sintético 100% ( poliamida o polyester )

Forma

Tubular de 3 +/- 0.1 mm. De diámetro.

Tipo de tejido

Tejido tubular.

Color

Al tono del color Verde Oscuro(color 2 de la curva de color).

REGULADOR Composición

Baquelita con resorte interior para ajuste regulable.

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Color

Al tono del color Verde Oscuro(color 2 de la curva de color).

RIBETE Composición

Tela Rip Stop Multicam

Forma

Rectangular.

Dimensiones

20 +/- 2 mm. De ancho en artículo terminado.

HILO DE COSTURA Composición

Polyester 100%, 40/2 de de 2 cabos retorcidos.

Color

Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

FORRO DE ENTRETELA TIPO “A” Composición

Sintético 100%

Tipo de Tejido

Aglomerado textil no tejido: Pelón Nro. 40 o pelón Nro. 60 Blanco

Color Acabado

Con resina sintética en una de sus caras para fusionado a temperatura y presión controlada.

TIPO “B” Composición

Algodón 50%- poliéster 50%.

Tipo de tejido

Tafetán 1x1.

Color

Blanco.

Peso/m2

150 gr. mínimo.

Acabado

Tejido uniforme sin defectos, con resina en una de sus caras para fusionado a temperatura y presión controlada.

CINTA PEGA PEGA

2.

Composición

Poliamida (nylon o polyester) 100%.

Tipo

“Hembra” y “Macho”

Color

Color Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

Dimensión

Ancho: 2. 5 +/- 0.2 cm. y largo de acuerdo al lugar de uso.

CONFECCION Modelo

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FAP reglamentario, Uniforme de faena y combate.


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Partes

Conformado por Camisa, Pantalón, Sombrero y marbetes (ver gráfico).

a) CAMISA Tipo

Modelo con cuello tipo "nerú", delantero con jaretón, 4 bolsillos, espalda con fuelle y mangas largas remangables.

Cuello

2 piezas, con entretela fusionable en ambas caras.

Forma

Rectangular

Dimensiones

De 4.5 +/- 0.3 cm. de ancho y largo según talla, con pespunte de 5 +/- 0.5 mm. ("ancho de pata") en los lados y en la parte superior, en la base costura recta embolsando el corte de la espalda.

Traslape

De 8 +/- 0.5 cm. al lado izquierdo.

Cierre

Mediante un ojal tipo "ojo de chancho" y botón en el lado izquierdo y otro botón en el lado derecho. Ubicación de los botones según gráfico.

Delantero

2 piezas, el lado izquierdo sobre el derecho, y unidos mediante una cremallera de largo según talla.

Unión de cremallera al delantero

2 costuras rectas.

Vuelta de los delanteros

De la misma tela de forma rectangular (ancho: 4,5 +/- 0,2 cm) terminado en media luna en la parte superior (ver grafico) Pespunte de costura recta a 5 +/- 1 mm del borde de los delanteros de costura recta y pespunte al filo en la unión del doblez Sobre el delantero izquierdo se irá una pieza rectangular de cinta pega pega tipo hembra de 4,5 x 5 +/-0,2 cm para colocación de la insignia de grado.

Bolsillos delanteros

Forma

2 unidades sobrepuestos tipo parche a la altura del pecho, formado de una sola pieza y de la misma tela del cuerpo. Rectangular con tapa y cierre con dos ojales y dos botones. Boca de bolsillo: bastillado de 2,5 +/- 0,2 cm con doble doblez Dimensiones: bolsillo cerrado incluido la tapa : 15 x 17 +/- 0,3 cm.

Tapa de bolsillo

Forma

Tapa con jaretón, ambos de doble tela y formado por una sola pieza. Rectangular con pespunte en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. del borde. Dimensiones : 17 x 5,5 +/- 0,3 cm.

Unión de bolsillo al delantero

Costura recta al filo con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos (ver grafico)

Unión de la tapa al bolsillo del delantero

Costura recta con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos de las uniones (ver grafico)

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Ubicación

Pega pega para Marbete NOMBRE Ubicación

Marbete FUERZA AEREA DEL PERU

Inclinado de acuerdo al gráfico. Las dimensiones de la altura y ancho indicadas en el gráfico son para la talla "M", para las demás tallas deben tomar las medidas proporcionales a las dimensiones mayores de la camisa según tallas. 1 pieza de cinta pega pega tipo hembra de forma rectangular de 12 x 2,5 +/- 0,3 cm. En forma horizontal y a 1,5 +/- 0,3 cm sobre la arista superior del bolsillo del delantero derecho 1 pieza formado por la misma tela del cuerpo y de color Beige Kuntur (color base de la curva de color). Formado por 2 capas: una anterior de tela, otra posterior de pelón.

Forma

Rectangular bordado todo el perímetro con un ancho de bordado de 3.5 +/- 0.5 mm. Y en la parte central irá bordado en letras mayúsculas la palabra FUERZA AEREA DEL PERU. Dimensiones: 12 x 2,5 +/- 0,3 cm.

Unión de Marbete FUERZA AEREA DEL PERU al delantero Ubicación

Basta

Espalda

Unión con costura recta en todo el perímetro.

En forma horizontal y a 1,5 +/- 0,3 cm. sobre la arista superior del bolsillo del delantero izquierdo Corte recto con doble dobles de 1,5 +/- 0,2 cm de ancho, unión con costura recta de 10-11 ppp. 3 piezas, de forma semi rectangular y con fuelle a la altura de la sisa

Pieza central

Fuelle

Tiene un ligero angostamiento en la parte donde termina el fuelle (ver gráfico). Uno a cada lado de la pieza central en la parte superior con una profundidad de 5,0 +/- 0.3 cm. Longitud de fuelle de 30 +/-0,5 cm. para talla M. Para las demás tallas será proporcional a sus dimensiones principales. 4 costuras de atraque, una en la parte superior e inferior de cada fuelle.

Ubicación del fuelle Presilla

Formado por dos piezas (doble tela) unidas con costura recta de 10-11 ppp en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm de los bordes. En el extremo en punta ira un ojal tipo ojo de chancho

Forma

Rectangular, insertada en las uniones con el delantero, con el extremo libre terminado en punta,

Dimensiones

10 x 4 +/- 0.3 cm. con la parte central terminado en punta de 11 +/- 0,3 cm.

Botones

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Ubicado a 5 +/- 0.5 cm. de la costura del hombro.

2 unidades en cada lateral y colocadas en la misma línea del ojal y con una separación entre centros de 6 +/- 0,3 cm.


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Mangas

Largas, 2 piezas por manga, bolsillo, refuerzo para codos, presilla interna y botón. Con un ancho de manga (parte central) de 20 cm. para talla M Para las demás tallas será proporcional a las dimensiones principales de la manga (ver cuadro de tallas).

Bolsillos de manga

Forma

1 unidad por cada manga, tipo parche y sobrepuestos en la parte superior de cada manga, formado de una sola pieza y de la misma tela del cuerpo. Rectangular con fuelle en el lado posterior y en la base. Con tapa y cierre mediante dos ojales y dos botones. En un extremo del fuelle de la base ira bordado un ojal como desfogue. Profundidad de fuelle: 1,5 +/- 0,2 cm Boca de bolsillo: bastillado de 2,0 +/- 0,2 cm con doble doblez Dimensiones: bolsillo cerrado incluido la tapa : 14 x 13 +/- 0,3 cm

Tapa de bolsillo

Forma

Tapa con jaretón para botones no visibles, ambos de doble tela y formado por una sola pieza. Rectangular con pespunte en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm del borde. Dimensiones : 13 x 5,5 +/- 0,3 cm.

Unión de bolsillo a la manga

Costura recta al filo con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos (ver grafico)

Unión de la tapa al bolsillo de la manga

Costura recta con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos de las uniones (ver grafico)

Ubicación

Los bolsillos y las tapas deben de centrarse, no inclinado o caído hacia delante como muestra el gráfico.

Marbete

1 pieza formado por la misma tela del cuerpo de color beige kuntur (color base de la curva de color). Formado por 2 capas: una anterior de tela, otra posterior de pelón.

Forma

Circular bordado todo el perímetro con un ancho de bordado de 3.5 +/- 0.5 mm. Y en la parte central irá bordado el Escudo de la Fuerza Aérea del Perú. El bordado del Escudo será con hilo de bordar color Marrón Claro (color 3 de la curva de color). Dimensiones : diámetro 8.0 +/- 0,3 cm. X 8.6 cm +/- 0.3 cm.

Unión de Marbete EMBLEMA DE LA FUERZA AEREA DEL PERU Ubicación Marbete FUERZA AEREA DEL PERÚ

Unión con costura recta en todo el perímetro.

En la parte central inferior del bolsillo de la manga derecha. 1 pieza formada por la misma tela del cuerpo y de color beige kuntur. Formado por 2 capas: una anterior de tela, otra posterior de

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pelón. Forma

Rectangular bordado todo el perímetro con un ancho de bordado de 3.5 +/- 0.5 mm. y en la parte central irá bordado en letras mayúsculas la palabra FUERZA AEREA DEL PERU. Dimensiones : 10 x 2,5 +/- 0,3 cm.

Unión de Marbete FUERZA AEREA DEL PERU al delantero Ubicación

Cinta pega pega (bolsillo)

Blasón de la UNIDAD

Unión con costura recta en todo el perímetro.

En forma horizontal y en la parte baja central de la tapa del bolsillo de la manga derecha. Una pieza de 10 x 10 +/- 0,3 cm. cosido con costura recta todo el perímetros sobre el bolsillo de la manga izquierda en la parte central inferior, para colocación del Blasón de la Unidad.

1 pieza formado por la misma tela del cuerpo y de color beige kuntur (color base). Formado por 3 capas: una anterior de tela, otra intermedia de pelón y otra posterior de pega pega tipo "macho".

Forma

De forma romana bordado con hilo de bordar de color al tono del color Marrón Claro (color 3 de la curva de color) en todo el perímetro. Ancho de bordado: 3,5 +/- 0,5 mm. En la parte central irá bordado el Emblema de la Unidad.

Dimensiones

Alto

: 9.5 +/- 0.3 cm.

Ancho : 8.5 +/- 0.3 cm. Cinta pega pega (tapa de bolsillo)

Blasón “BANDERA PERUANA”

Una pieza de 10 x 2,5 +/- 0,3 cm cosido con costura recta todo el perímetro sobre la tapa del bolsillo de la manga izquierda en la parte central inferior, para colocación de Blasón Bandera Peruana. 1 pieza formado por la misma tela del cuerpo y de color beige kuntur (color base). Formado por 3 capas: una anterior de tela, otra intermedia de pelón y otra posterior de pega pega tipo "macho".

Forma

Forma rectangular bordado con la Bandera Peruana con hilo de bordar, y bordado color blanco en todo el perímetro

Dimensiones

Largo

: 10 +/- 0.3 cm.

Ancho

: 2.5 +/- 0.3 cm.

Refuerzo para codos

1 sola pieza de la misma tela del cuerpo.

Forma

Trapezoidal.

Dimensiones

Alto

: 21,5 +/- 0,5 cm

Ancho menor: 20,0 +/- 0.5 cm.

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Ancho mayor: 24,0 +/- 0.5 cm. Ubicación

Cosido con doble costura recta en los bordes y sobre la parte de los codos y aproximadamente a 15 +/- 0.5 cm. del borde de la bocamanga y sobre la costura posterior de la manga a 10 +/- 0.5 cm. Estas dimensiones corresponden a la talla M, para las demás tallas será proporcional a las dimensiones de la manga.

Presilla interna

Formado por dos piezas (doble tela) unidas con costura recta de 10-11 ppp en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. de los bordes. En el extremo en punta ira un ojal tipo ojo de chancho

Forma

Rectangular, cosido con doble pespunte de costura recta en la parte interna de la manga, con el extremo libre terminado en punta,

Dimensiones

23,5 x 3,5 +/- 0.3 cm. con la parte central terminado en punta de 24 +/- 0,3 cm.

Botones

1 unidad colocada en la parte exterior de cada manga en la misma línea del ojal y con una separación de 10 +/- 2 mm.Entre el centro del botón y la costura superior de la unión de la presilla interna. El botón y la presilla interior servirán para sujeción del remangado de las mangas.

Presilla de bocamanga

Formado por dos piezas (doble tela) unidas con costura recta de 10-11 ppp en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. De los bordes. En el extremo en punta ira un ojal tipo ojo de chancho

Forma

Rectangular, cosido en la costura de unión inferior de las mangas. con doble pespunte de costura recta, con el extremo libre terminado en punta,

Dimensiones

19 x 6,5 +/- 0.3 cm. con la parte central terminado en punta de 20 +/- 0,3 cm.

Botones

3 unidades en cada extremo de las mangas y colocadas en la misma línea del ojal de la presilla y con una separación entre centros de 6 +/- 0,3 cm. El botón y la presilla interior servirán para sujeción del remangado de las mangas. Los botones y la presilla de la bocamanga servirán para el ajuste regulable de la bocamanga.

Bocamanga

Corte recto con doble dobles de 6,5 +/- 0,2 cm. de ancho, unión con costura recta de 10-11 ppp.

Costuras en las uniones

Costura tipo cerradora de 5/16", 7 -8 ppp: hombros, sisa, delantero-espalda, unión de las piezas de las mangas. Costura tipo remalle con puntada de seguridad, 10 - 11 ppp: la pieza central y las piezas laterales de la espalda. Doble costura recta con una separación de 5/16", 9 - 10 ppp: unión de la pieza central y las piezas laterales de la espalda desde la vasta hasta el inicio del fuelle de la espalda.

b)

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PANTALON Tipo

Modelo con pretina recta, 6 bolsillos y refuerzos en el fundillo y en las rodillas.

Pretina

Corrida con una pieza de refuerzo de la misma tela en todo el perímetro de la parte interna. Ancho de pretina: 4 +/- 0.3 cm. Costura de unión con costura recta.. Botón, ojal y 7 pasadores distribuidos proporcionalmente. Además llevará un regulador de cintura consistente en una hebilla metálica y correas de lona para su regulación, en ambos lados de la cintura.

Pasadores

Dimensiones

Rectangulares, formado con maquina presilladora de dos agujas y costura de atraque en el extremo inferior. Largo : 6.5 +/- 0.3 cm. Ancho : 1.5 +/- 0.2 cm.

Jareta derecha

Pieza adicional cosida en el borde derecho, con costura recta y costura tipo remalle. 3 botones adicionales a la pretina

Dimensiones

Largo : 24 +/- 0.3 cm. Ancho : 5.5 +/- 0.3 cm.

Jareta izquierda

Jareta corrida con pieza adicional de doble tela en la parte interna para formación de jaretón con tres divisiones y tres ojales para cubrir visión de botones. Unión de jaretón con costura recta y remalle en los bordes internos e inferior.

Dimensiones

Largo : 24 +/- 0.3 cm. Ancho : 5.5 +/- 0.3 cm.

Bolsillos Bolsillo Delantero

De 4 clases: delantero superior, posterior, y laterales. Tipo interior con corte sesgado (inclinado), Con pespunte a lo largo de la boca y de un ancho de 8 +/- 1 mm. Costura de atraque en los extremos.

Bolsa

Una sola pieza, con un lado redondeado, insertado bajo la pretina.

Forma

Forma semi rectangular con unión tipo remalle con puntada de seguridad en el borde redondeado.

Dimensiones

Largo : 28 +/- 0.5 cm Ancho : 16 +/- 0.5 cm

Bolsillo Posterior

Tapa de bolsillo

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Tipo "ojal" interno, con pestaña de 10 +/- 1 mm. de ancho, tapa con jareta y cierre con 2 ojales y 2 botones. Tapa con jaretón, ambos de doble tela y formado por una sola pieza de la misma tela del cuerpo.


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Forma

Bolsa

Rectangular con pespunte en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm del borde. Una sola pieza, insertado bajo la pretina. Con etiqueta técnica y de marca tal como se muestra en el gráfico.

Forma

Rectangular con unión tipo remalle con puntada de seguridad en los laterales.

Dimensiones

Largo : 24 +/- 0.5 cm Ancho : 18 +/- 0.5 cm

Ubicación

Uno a cada lado del posterior, a 10 +/- 0.5 cm. del borde superior de la pretina y a 4.0 +/- 0.3 cm. de la costura lateral.

Bolsillo Lateral

1 unidad en cada pierna, tipo "parche", formado de una sola pieza de la misma tela del cuerpo.

Forma

Trapezoidal con ángulo recto en la base, dos pliegues en la parte central y fuelle en el lado posterior. Cierre con dos botones, elástico tubular y dispositivo de ajuste. Profundidad de fuelle: 2.5 +/- 0.2 cm Dimensiones: ver gráfico.

Tapa de bolsillo

Forma

Tapa con jaretón, ambos de doble tela y formado por una sola pieza de la misma tela del cuerpo. Semi rectangular con dimensiones indicadas en el gráfico. Pespunte todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. De los bordes. Cosido al cuerpo con costura recta.

Tira elástica de ajuste

A lo largo de la boca de la bolsa, sale por un ojalillo remallado con máquina ojaladora y con un dispositivo de ajuste en el extremo libre.

Ubicación

Uno cada lado del la pierna sobre la costura lateral y a 50 +/1 cm. del borde superior de la pretina. Esta distancia variará en forma proporcional a las tallas.

Refuerzos Refuerzo posterior

Dimensiones Refuerzo de rodilla

2 en el posterior y uno en cada rodilla. 2, tipo "medialuna" con los lados rectos unidos en la unión interior de las piernas (tiro parte superior) Ver gráfico De forma trapezoidal, ubicado a la altura de la rodilla a una distancia según talla.

Dimensiones Alto

27 +/- 0.5 cm.

Ancho menor y mayor

Según talla.

Botapié

Dobladillado de 3 +/- 0.5 cm. con pespunte para pasaje interno de la cinta de ajuste regulable, y 2 ojales remallados con máquina ojaladora.

Uniones

Laterales: con maquina cerradora.

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Tiro interior : con maquina cerradora Tiro delantero : doble pespunte de costura recta Tiro posterior (fundillo): con máquina cerradora.

c) SOMBRERO Modelo

FAP, tipo jungla.

Platillo

Forma ovalada.

Forro de entretela

Tipo "A".

Dimensiones Talla “M” ( 57 )

Diámetro mayor : 20 +/- 0.3 cm. Diámetro menor : 16 +/- 0.3 cm.

Talla “L” ( 58 )

Diámetro mayor : 22 +/- 0.3 cm. Diámetro menor : 18 +/- 0.3 cm.

Alas

Anillo de forma ovalada.

Forro de entretela

Tipo "B".

Dimensiones

Ancho del anillo : 8 +/- 0.3 cm. La longitud del diámetro mayor y menor del ovalo interno debe ser proporcional a la longitud de la circunferencia de cabeza según talla. Talla M (57): circunferencia de cabeza 57 cm. promedio. Talla L (58) : circunferencia de cabeza 58 cm. promedio

Costuras

Cenefa Forma

12 +/- 1 costuras rectas incluida la costura del ribete con una distancia de separación igual entre ellas. 2 piezas. Semirectangular (ver gráfico).

Dimensiones Parte delantera

Altura total : 8 +/- 0.3 cm.

Parte posterior

Altura total : 10 +/- 0.3 cm.

Laterales

Con 2 ojalillos distanciados 6 +/- 0.3 cm. de centro a centro. Entre los ojalillos y en la parte inferior irá una cinta pega pega de 2.5 +/- 0.2 cm de largo tipo “hembra” que se unirá a otra cinta pega pega tipo “macho” colocada en el borde del ala respectiva.

Pega-Pega

En la parte central delantera de la cenefa llevara un pegapega tipo hembra, de 2.5 cm. De base x 3.50 cm de altura.

Bordes

Con una cinta (ribete) del mismo material que el sombrero. Forma: rectangular con bordes del ribete dobladillados.

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Dimensiones: 20 +/- 2 mm. ( artículo terminado )

3. ACABADO

Sin defectos en material y confección. La inspección del material, confección y acabado en lo general, será de forma visual.

Tela

Tendrá un color en una combinación digitalizada de matices predominando el color verde. El acabado visual del color y el raport. Serán de las mismas características que se describen en la Especificación Técnica para la confección de la tela Multicam. No se aceptara prendas con los siguientes defectos en la tela: - Huecos en la tela: mayor o igual a 5 mm de diámetro - Hilos pasados - Marcas de peine - Marcas de parada - Diseño del estampado desfasado o corrido. - Hilos flotantes - Manchas de grasa o aceite - Hilos corridos -Teñido veteado - Contaminación

Costuras

Las costuras deben estar perfectamente alineadas, sin hilos rotos, hilos sobrantes, etc.

Etiqueta

Etiqueta técnica y de marca, según NTP Nº 231.400 - 2006 "Etiquetado para prendas de vestir y ropa para el hogar”). En la camisa está ubicada internamente, a 10 +/- 0.5 cm. del borde inferior del cuello, al centro. En el pantalón está ubicada internamente, sobre la bolsa del bolsillo posterior derecho, insertado bajo la pretina. En la gorra está ubicada internamente, en la costura posterior.

El uniforme debe ser presentado por juego de camisa, pantalón y sombrero en bolsa de plástico transparente de alta resistencia al manipuleo. Las bolsas deberán de indicar la talla a la que pertenece el juego de uniforme.

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El medio de transporte empleado no deberá alterar las formas, contenidos ni características impropias que impidan al usuario cumplir con la finalidad del uso. En un lugar visible de la parte interna de la prenda llevará las siguientes leyendas: 1.-

"PROCESO Nº ……FUERZA AEREA DEL PERU" "PROHIBIDO SU VENTA"

5

PRESENTACION

2.- La etiqueta de marca y talla debe ser tejida (antialérgica) y ubicada la altura del cuello en la parte posterior de la camisa, en sobre la bolsa del bolsillo derecho posterior debajo de la pretina en el pantalón y en la pieza inferior del platillo (parte externa) de la gorra. 3.- La etiqueta técnica (cuidados, etc.) está ubicada al costado izquierdo de la camisa a la altura de la cadera aproximadamente a una pulgada debajo de la presilla de la cintura internamente.

2.-CAMUFLADO MULTICAM FAP (100%ALGODON)

TELA RIPSTOP DIGITALIZADO MULTICAM - FAP100 % ALGODÓN PARAMETROS

PROPUESTA

NORMA TÉCNICA

Composición: 1

Algodón 100%

AATCC 20A-2005

Urdimbre y Trama Tafetán 1x1, 2

Ligamento del tejido

NTP 231-141 tipo rip stop

3

Peso/m2 (grs.)

ASTM 3776-07 225 – 235

Titulo de hilos (Ne) 4

41

Urdimbre

20/1 +/- 1

Trama

16/1 +/- 1 hilo anillado

ATSM 1059-2001


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Densidad de hilos/pulg 5

Urdimbre

107 +/- 3 (104-110)

Trama

60 +/- 3 ( 58 - 63)

ASTM 3776-07

Resist. Tracción (Kgf/cm) ASTM D5034-1195 6

Urdimbre

50 mínimo

Trama

30 mínimo

Resist. al desgarro (kgf/cm) 7

8

Urdimbre

2.5 mínimo

Trama

2.5 mínimo

Resistencia a la abrasión

ASTM D 1424

ASTM D 4966 20,000 vueltas mínimo

Estabilidad dimensional (%) AATCC 135-2004 9

Urdimbre

+/- 1.5 % máximo

Trama

+/- 3.0 % máximo

NTP 231-138-1985 SOLIDEZ DEL COLOR AATCC 16-2004

A la luz (20 AFU) 10

Al lavado domestico (IIIA): Transferencia del color

4-5 4 mínimo 4 mínimo

AATCC 61-2007

Cambio de color 11

3 – 4 mínimo

ISO 105-E03 ó AATCC 1622009

Transferencia del color

4 mínimo

AATCC 15-2007

Cambio de color

4 mínimo

Al agua clorada A la transpiración

12

Al frote 13

14

En seco

4 mínimo

En húmedo

3 mínimo

Grado pilling

AATCC 8-2007

ASTM D 3511-08 4 mínimo

Resistencia de las costuras. 15

ASTM D 434 - 1995

Urdimbre (Kgf x 6 mm.)

Sin deslizamiento en

Trama

Urdimbre y Trama

(Kgf x 6 mm.)

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Defectos mayores: - Huecos en la tela: mayor o igual a 5 mm de diámetro - Hilos pasados - Marcas de peine - Marcas de parada -

Diseño del estampado desfasado o corrido.

- Hilos flotantes - Manchas de grasa o aceite - Hilos corridos - Teñido veteado - Ancho irregular - Contaminación Defectos menores: - Hilo de diferente grosor - Fibra aglomerada en el hilo (Neps) - Hilo suelta en bucles (camarón) - Hilo sucio - Matching (contraste de color) entre lotes de tela - Orillos sin el estampado solicitado 17

Apariencia del tejido después del lavado

18

Acabado

3 mínimo

AATCC 124-2005

Mercerizado, VISUAL pre encogido, suavizado

43

19

Teñido de la base

Colorante Tina (VAT)

METODO PROPIO

20

Estampado

Colorante Tina (VAT)

METODO PROPIO


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CARACTERISTICAS

DESCRIPCIÓN

OBS.

1. MATERIAL TELA

ENTRETELA PARA CUELLO DE CAMISA

TELA RIPSTOP DIGITALIZADO MULTICAM - FAP100 % ALGODÓN

Algodón 100%-

Composición Tipo

Tela no tejida (pelón Nª 40), con resina sintética en una de sus caras para fusionado mediante presión y temperatura controlada

Color

Blanco.

ENTRETELA PARA BOLSILLOS Composición

Algodón 100%.

Tipo

Tejido sarga 2 x 1 (dril).

Peso m2

150 gr. mínimo.

Color

Al tono del color base (Beige Kuntur)

CINTA INTERIOR EN LA PRETINA y BOTAPIE Composición

Algodón 100%

Tipo

Tejido plano.

Dimensiones Ancho Color

LONA PARA AJUSTE DE CINTURA

10 +/- 1 mm. Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone N° 17-1022 TPX).

Algodón

Forma

Rectángular de 18 mm +/- 2 mm de ancho

Color

Al tono del color verde oscuro (color 2 de la curva de color)

HEBILLA

Metal

Material

Bronce quemado o negro

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Color

CINTA PEGA PEGA Composición

Poliamida ( nylon 66 )

Tipo

Rectangular, "macho" y "hembra".

Dimensiones

Según el área.

Color

Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

REFUERZO DE MARBETES Composición

Pelón Nº 40

Tipo

Tela no tejida.

Color

Blanco.

BOTON Composición

Urea formaldehído o Poliéster.

Tipo

Circular de 4 huecos.

Dimensiones Diámetro

18 +/- 1 mm

Espesor

5 +/- 0.5 mm.

Grabado

Los botones deberán estar grabados con las iniciales FAP

Color

Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX). Color en masa no pintado.

CREMALLERA Composición

Cremallera : poliamida 100%, cinta de poliéster 100%

Tipo

Diente grueso, tipo "tractor".

Largo

Según talla.

Talla "SX" y "S"

55 +/- 1 cm.

Talla "M" y "L"

60 +/- 1 cm.

Talla "XL"

65 +/- 1 cm.

Color

Cremallera y Cinta al tono del Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

HILO PARA COSTURA Composición

45

Poliéster 100%.


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Titulo

20/2, de dos cabos retorcidos.

Color

Al tono del color Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

HILO DE BORDADO PARA MARBETE Composición

Poliéster 100%.

Tipo

Nº 40.

Color

Color Marrón Claro (color 3 de la curva de color).

TIRA ELASTICA DE AJUSTE DE BOLSILLOS LATERAL (PANTALON) Composición

Poliamida 100% con filamentos de caucho en su interior.

Tipo

Tubular.

Dimensiones Ancho

3 +/- 0.5 mm.

Largo

20 +/- 0.2 cm. (en reposo).

Color

Al tono del color verde oscuro (color 2 de la curva de color).

DISPOSITIVO DE AJUSTE Composición

Plástico

Tipo

Con resorte de ajuste regulable.

Dimensiones

Ver gráfico.

Color

Al tono del color Verde Oscuro(color 2 de la curva de color).

AVIOS PARA SOMBRERO

OJALILLOS Composición

Bronce o aluminio.

Forma

Circular de diámetro externo: 1.5 +/- 0.3 cm. parte interna con o sin malla del mismo material que el ojalillo.

Color

Bronce quemado, esmaltado color negro o verde oscuro.

TIRA DE AJUSTE Composición

Sintético 100% ( poliamida o polyester )

Forma

Tubular de 3 +/- 0.1 mm. De diámetro.

Tipo de tejido

Tejido tubular.

Color

Al tono del color Verde Oscuro(color 2 de la curva de color).

REGULADOR Composición

Baquelita con resorte interior para ajuste regulable.

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Color

Al tono del color Verde Oscuro(color 2 de la curva de color).

RIBETE Composición

Tela Rip Stop Multicam

Forma

Rectangular.

Dimensiones

20 +/- 2 mm. De ancho en artículo terminado.

HILO DE COSTURA Composición

Polyester 100%, 40/2 de de 2 cabos retorcidos.

Color

Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

FORRO DE ENTRETELA TIPO “A” Composición

Sintético 100%

Tipo de Tejido

Aglomerado textil no tejido: Pelón Nro. 40 o pelón Nro. 60 Blanco

Color Acabado

Con resina sintética en una de sus caras para fusionado a temperatura y presión controlada.

TIPO “B” Composición

Algodón 50%- poliéster 50%.

Tipo de tejido

Tafetán 1x1.

Color

Blanco.

Peso/m2

150 gr. mínimo.

Acabado

Tejido uniforme sin defectos, con resina en una de sus caras para fusionado a temperatura y presión controlada.

CINTA PEGA PEGA

2.

Composición

Poliamida (nylon o polyester) 100%.

Tipo

“Hembra” y “Macho”

Color

Color Verde Claro (color 4 de la curva de color o código Pantone Nº 17-1022 TPX).

Dimensión

Ancho: 2. 5 +/- 0.2 cm. y largo de acuerdo al lugar de uso.

CONFECCION Modelo

47

FAP reglamentario, Uniforme de faena y combate.


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Partes

Conformado por Camisa, Pantalón, Sombrero y marbetes (ver gráfico).

a) CAMISA Tipo

Modelo con cuello tipo "nerú", delantero con jaretón, 4 bolsillos, espalda con fuelle y mangas largas remangables.

Cuello

2 piezas, con entretela fusionable en ambas caras.

Forma

Rectangular

Dimensiones

De 4.5 +/- 0.3 cm. de ancho y largo según talla, con pespunte de 5 +/- 0.5 mm. ("ancho de pata") en los lados y en la parte superior, en la base costura recta embolsando el corte de la espalda.

Traslape

De 8 +/- 0.5 cm. al lado izquierdo.

Cierre

Mediante un ojal tipo "ojo de chancho" y botón en el lado izquierdo y otro botón en el lado derecho. Ubicación de los botones según gráfico.

Delantero

2 piezas, el lado izquierdo sobre el derecho, y unidos mediante una cremallera de largo según talla.

Unión de cremallera al delantero

2 costuras rectas.

Vuelta de los delanteros

De la misma tela de forma rectangular (ancho: 4,5 +/- 0,2 cm) terminado en media luna en la parte superior (ver grafico) Pespunte de costura recta a 5 +/- 1 mm del borde de los delanteros de costura recta y pespunte al filo en la unión del doblez Sobre el delantero izquierdo se irá una pieza rectangular de cinta pega pega tipo hembra de 4,5 x 5 +/-0,2 cm para colocación de la insignia de grado.

Bolsillos delanteros

Forma

2 unidades sobrepuestos tipo parche a la altura del pecho, formado de una sola pieza y de la misma tela del cuerpo. Rectangular con tapa y cierre con dos ojales y dos botones. Boca de bolsillo: bastillado de 2,5 +/- 0,2 cm con doble doblez Dimensiones: bolsillo cerrado incluido la tapa : 15 x 17 +/- 0,3 cm.

Tapa de bolsillo

Forma

Tapa con jaretón, ambos de doble tela y formado por una sola pieza. Rectangular con pespunte en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. del borde. Dimensiones : 17 x 5,5 +/- 0,3 cm.

Unión de bolsillo al delantero

Costura recta al filo con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos (ver grafico)

Unión de la tapa al bolsillo del delantero

Costura recta con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos de las uniones (ver grafico)

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Ubicación

Pega pega para Marbete NOMBRE Ubicación

Marbete FUERZA AEREA DEL PERU

Inclinado de acuerdo al gráfico. Las dimensiones de la altura y ancho indicadas en el gráfico son para la talla "M", para las demás tallas deben tomar las medidas proporcionales a las dimensiones mayores de la camisa según tallas. 1 pieza de cinta pega pega tipo hembra de forma rectangular de 12 x 2,5 +/- 0,3 cm. En forma horizontal y a 1,5 +/- 0,3 cm sobre la arista superior del bolsillo del delantero derecho 1 pieza formado por la misma tela del cuerpo y de color Beige Kuntur (color base de la curva de color). Formado por 2 capas: una anterior de tela, otra posterior de pelón.

Forma

Rectangular bordado todo el perímetro con un ancho de bordado de 3.5 +/- 0.5 mm. Y en la parte central irá bordado en letras mayúsculas la palabra FUERZA AEREA DEL PERU. Dimensiones: 12 x 2,5 +/- 0,3 cm.

Unión de Marbete FUERZA AEREA DEL PERU al delantero Ubicación

Basta

Espalda

Unión con costura recta en todo el perímetro.

En forma horizontal y a 1,5 +/- 0,3 cm. sobre la arista superior del bolsillo del delantero izquierdo Corte recto con doble dobles de 1,5 +/- 0,2 cm de ancho, unión con costura recta de 10-11 ppp. 3 piezas, de forma semi rectangular y con fuelle a la altura de la sisa

Pieza central

Fuelle

Tiene un ligero angostamiento en la parte donde termina el fuelle (ver gráfico). Uno a cada lado de la pieza central en la parte superior con una profundidad de 5,0 +/- 0.3 cm. Longitud de fuelle de 30 +/-0,5 cm. para talla M. Para las demás tallas será proporcional a sus dimensiones principales. 4 costuras de atraque, una en la parte superior e inferior de cada fuelle.

Ubicación del fuelle Presilla

Formado por dos piezas (doble tela) unidas con costura recta de 10-11 ppp en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm de los bordes. En el extremo en punta ira un ojal tipo ojo de chancho

Forma

Rectangular, insertada en las uniones con el delantero, con el extremo libre terminado en punta,

Dimensiones

10 x 4 +/- 0.3 cm. con la parte central terminado en punta de 11 +/- 0,3 cm.

Botones

49

Ubicado a 5 +/- 0.5 cm. de la costura del hombro.

2 unidades en cada lateral y colocadas en la misma línea del ojal y con una separación entre centros de 6 +/- 0,3 cm.


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Mangas

Largas, 2 piezas por manga, bolsillo, refuerzo para codos, presilla interna y botón. Con un ancho de manga (parte central) de 20 cm. para talla M Para las demás tallas será proporcional a las dimensiones principales de la manga (ver cuadro de tallas).

Bolsillos de manga

Forma

1 unidad por cada manga, tipo parche y sobrepuestos en la parte superior de cada manga, formado de una sola pieza y de la misma tela del cuerpo. Rectangular con fuelle en el lado posterior y en la base. Con tapa y cierre mediante dos ojales y dos botones. En un extremo del fuelle de la base ira bordado un ojal como desfogue. Profundidad de fuelle: 1,5 +/- 0,2 cm Boca de bolsillo: bastillado de 2,0 +/- 0,2 cm con doble doblez Dimensiones: bolsillo cerrado incluido la tapa : 14 x 13 +/- 0,3 cm

Tapa de bolsillo

Forma

Tapa con jaretón para botones no visibles, ambos de doble tela y formado por una sola pieza. Rectangular con pespunte en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm del borde. Dimensiones : 13 x 5,5 +/- 0,3 cm.

Unión de bolsillo a la manga

Costura recta al filo con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos (ver grafico)

Unión de la tapa al bolsillo de la manga

Costura recta con 10-11 ppp. con costura de atraque en los extremos de las uniones (ver grafico)

Ubicación

Los bolsillos y las tapas deben de centrarse, no inclinado o caído hacia delante como muestra el gráfico.

Marbete

1 pieza formado por la misma tela del cuerpo de color beige kuntur (color base de la curva de color). Formado por 2 capas: una anterior de tela, otra posterior de pelón.

Forma

Circular bordado todo el perímetro con un ancho de bordado de 3.5 +/- 0.5 mm. Y en la parte central irá bordado el Escudo de la Fuerza Aérea del Perú. El bordado del Escudo será con hilo de bordar color Marrón Claro (color 3 de la curva de color). Dimensiones : diámetro 8.0 +/- 0,3 cm. X 8.6 cm +/- 0.3 cm.

Unión de Marbete EMBLEMA DE LA FUERZA AEREA DEL PERU Ubicación Marbete FUERZA AEREA DEL PERÚ

Unión con costura recta en todo el perímetro.

En la parte central inferior del bolsillo de la manga derecha. 1 pieza formada por la misma tela del cuerpo y de color beige kuntur. Formado por 2 capas: una anterior de tela, otra posterior de

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pelón. Forma

Rectangular bordado todo el perímetro con un ancho de bordado de 3.5 +/- 0.5 mm. y en la parte central irá bordado en letras mayúsculas la palabra FUERZA AEREA DEL PERU. Dimensiones : 10 x 2,5 +/- 0,3 cm.

Unión de Marbete FUERZA AEREA DEL PERU al delantero Ubicación

Cinta pega pega (bolsillo)

Blasón de la UNIDAD

Unión con costura recta en todo el perímetro.

En forma horizontal y en la parte baja central de la tapa del bolsillo de la manga derecha. Una pieza de 10 x 10 +/- 0,3 cm. cosido con costura recta todo el perímetros sobre el bolsillo de la manga izquierda en la parte central inferior, para colocación del Blasón de la Unidad.

1 pieza formado por la misma tela del cuerpo y de color beige kuntur (color base). Formado por 3 capas: una anterior de tela, otra intermedia de pelón y otra posterior de pega pega tipo "macho".

Forma

De forma romana bordado con hilo de bordar de color al tono del color Marrón Claro (color 3 de la curva de color) en todo el perímetro. Ancho de bordado: 3,5 +/- 0,5 mm. En la parte central irá bordado el Emblema de la Unidad.

Dimensiones

Alto

: 9.5 +/- 0.3 cm.

Ancho : 8.5 +/- 0.3 cm. Cinta pega pega (tapa de bolsillo)

Blasón “BANDERA PERUANA”

Una pieza de 10 x 2,5 +/- 0,3 cm cosido con costura recta todo el perímetro sobre la tapa del bolsillo de la manga izquierda en la parte central inferior, para colocación de Blasón Bandera Peruana. 1 pieza formado por la misma tela del cuerpo y de color beige kuntur (color base). Formado por 3 capas: una anterior de tela, otra intermedia de pelón y otra posterior de pega pega tipo "macho".

Forma

Forma rectangular bordado con la Bandera Peruana con hilo de bordar, y bordado color blanco en todo el perímetro

Dimensiones

Largo

: 10 +/- 0.3 cm.

Ancho

: 2.5 +/- 0.3 cm.

Refuerzo para codos

1 sola pieza de la misma tela del cuerpo.

Forma

Trapezoidal.

Dimensiones

Alto

: 21,5 +/- 0,5 cm

Ancho menor: 20,0 +/- 0.5 cm.

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Ancho mayor: 24,0 +/- 0.5 cm. Ubicación

Cosido con doble costura recta en los bordes y sobre la parte de los codos y aproximadamente a 15 +/- 0.5 cm. del borde de la bocamanga y sobre la costura posterior de la manga a 10 +/- 0.5 cm. Estas dimensiones corresponden a la talla M, para las demás tallas será proporcional a las dimensiones de la manga.

Presilla interna

Formado por dos piezas (doble tela) unidas con costura recta de 10-11 ppp en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. de los bordes. En el extremo en punta ira un ojal tipo ojo de chancho

Forma

Rectangular, cosido con doble pespunte de costura recta en la parte interna de la manga, con el extremo libre terminado en punta,

Dimensiones

23,5 x 3,5 +/- 0.3 cm. con la parte central terminado en punta de 24 +/- 0,3 cm.

Botones

1 unidad colocada en la parte exterior de cada manga en la misma línea del ojal y con una separación de 10 +/- 2 mm.Entre el centro del botón y la costura superior de la unión de la presilla interna. El botón y la presilla interior servirán para sujeción del remangado de las mangas.

Presilla de bocamanga

Formado por dos piezas (doble tela) unidas con costura recta de 10-11 ppp en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. De los bordes. En el extremo en punta ira un ojal tipo ojo de chancho

Forma

Rectangular, cosido en la costura de unión inferior de las mangas. con doble pespunte de costura recta, con el extremo libre terminado en punta,

Dimensiones

19 x 6,5 +/- 0.3 cm. con la parte central terminado en punta de 20 +/- 0,3 cm.

Botones

3 unidades en cada extremo de las mangas y colocadas en la misma línea del ojal de la presilla y con una separación entre centros de 6 +/- 0,3 cm. El botón y la presilla interior servirán para sujeción del remangado de las mangas. Los botones y la presilla de la bocamanga servirán para el ajuste regulable de la bocamanga.

Bocamanga

Corte recto con doble dobles de 6,5 +/- 0,2 cm. de ancho, unión con costura recta de 10-11 ppp.

Costuras en las uniones

Costura tipo cerradora de 5/16", 7 -8 ppp: hombros, sisa, delantero-espalda, unión de las piezas de las mangas. Costura tipo remalle con puntada de seguridad, 10 - 11 ppp: la pieza central y las piezas laterales de la espalda. Doble costura recta con una separación de 5/16", 9 - 10 ppp: unión de la pieza central y las piezas laterales de la espalda desde la vasta hasta el inicio del fuelle de la espalda.

b)

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PANTALON Tipo

Modelo con pretina recta, 6 bolsillos y refuerzos en el fundillo y en las rodillas.

Pretina

Corrida con una pieza de refuerzo de la misma tela en todo el perímetro de la parte interna. Ancho de pretina: 4 +/- 0.3 cm. Costura de unión con costura recta.. Botón, ojal y 7 pasadores distribuidos proporcionalmente. Además llevará un regulador de cintura consistente en una hebilla metálica y correas de lona para su regulación, en ambos lados de la cintura.

Pasadores

Dimensiones

Rectangulares, formado con maquina presilladora de dos agujas y costura de atraque en el extremo inferior. Largo : 6.5 +/- 0.3 cm. Ancho : 1.5 +/- 0.2 cm.

Jareta derecha

Pieza adicional cosida en el borde derecho, con costura recta y costura tipo remalle. 3 botones adicionales a la pretina

Dimensiones

Largo : 24 +/- 0.3 cm. Ancho : 5.5 +/- 0.3 cm.

Jareta izquierda

Jareta corrida con pieza adicional de doble tela en la parte interna para formación de jaretón con tres divisiones y tres ojales para cubrir visión de botones. Unión de jaretón con costura recta y remalle en los bordes internos e inferior.

Dimensiones

Largo : 24 +/- 0.3 cm. Ancho : 5.5 +/- 0.3 cm.

Bolsillos Bolsillo Delantero

De 4 clases: delantero superior, posterior, y laterales. Tipo interior con corte sesgado (inclinado), Con pespunte a lo largo de la boca y de un ancho de 8 +/- 1 mm. Costura de atraque en los extremos.

Bolsa

Una sola pieza, con un lado redondeado, insertado bajo la pretina.

Forma

Forma semi rectangular con unión tipo remalle con puntada de seguridad en el borde redondeado.

Dimensiones

Largo : 28 +/- 0.5 cm Ancho : 16 +/- 0.5 cm

Bolsillo Posterior

Tapa de bolsillo

53

Tipo "ojal" interno, con pestaña de 10 +/- 1 mm. de ancho, tapa con jareta y cierre con 2 ojales y 2 botones. Tapa con jaretón, ambos de doble tela y formado por una sola pieza de la misma tela del cuerpo.


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Forma

Bolsa

Rectangular con pespunte en todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm del borde. Una sola pieza, insertado bajo la pretina. Con etiqueta técnica y de marca tal como se muestra en el gráfico.

Forma

Rectangular con unión tipo remalle con puntada de seguridad en los laterales.

Dimensiones

Largo : 24 +/- 0.5 cm Ancho : 18 +/- 0.5 cm

Ubicación

Uno a cada lado del posterior, a 10 +/- 0.5 cm. del borde superior de la pretina y a 4.0 +/- 0.3 cm. de la costura lateral.

Bolsillo Lateral

1 unidad en cada pierna, tipo "parche", formado de una sola pieza de la misma tela del cuerpo.

Forma

Trapezoidal con ángulo recto en la base, dos pliegues en la parte central y fuelle en el lado posterior. Cierre con dos botones, elástico tubular y dispositivo de ajuste. Profundidad de fuelle: 2.5 +/- 0.2 cm Dimensiones: ver gráfico.

Tapa de bolsillo

Forma

Tapa con jaretón, ambos de doble tela y formado por una sola pieza de la misma tela del cuerpo. Semi rectangular con dimensiones indicadas en el gráfico. Pespunte todo el perímetro y a 5 +/- 1 mm. De los bordes. Cosido al cuerpo con costura recta.

Tira elástica de ajuste

A lo largo de la boca de la bolsa, sale por un ojalillo remallado con máquina ojaladora y con un dispositivo de ajuste en el extremo libre.

Ubicación

Uno cada lado del la pierna sobre la costura lateral y a 50 +/1 cm. del borde superior de la pretina. Esta distancia variará en forma proporcional a las tallas.

Refuerzos Refuerzo posterior

Dimensiones Refuerzo de rodilla

2 en el posterior y uno en cada rodilla. 2, tipo "medialuna" con los lados rectos unidos en la unión interior de las piernas (tiro parte superior) Ver gráfico De forma trapezoidal, ubicado a la altura de la rodilla a una distancia según talla.

Dimensiones Alto

27 +/- 0.5 cm.

Ancho menor y mayor

Según talla.

Botapié

Dobladillado de 3 +/- 0.5 cm. con pespunte para pasaje interno de la cinta de ajuste regulable, y 2 ojales remallados con máquina ojaladora.

Uniones

Laterales: con maquina cerradora.

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Tiro interior : con maquina cerradora Tiro delantero : doble pespunte de costura recta Tiro posterior (fundillo): con máquina cerradora.

c) SOMBRERO Modelo

FAP, tipo jungla.

Platillo

Forma ovalada.

Forro de entretela

Tipo "A".

Dimensiones Talla “M” ( 57 )

Diámetro mayor : 20 +/- 0.3 cm. Diámetro menor : 16 +/- 0.3 cm.

Talla “L” ( 58 )

Diámetro mayor : 22 +/- 0.3 cm. Diámetro menor : 18 +/- 0.3 cm.

Alas

Anillo de forma ovalada.

Forro de entretela

Tipo "B".

Dimensiones

Ancho del anillo : 8 +/- 0.3 cm. La longitud del diámetro mayor y menor del ovalo interno debe ser proporcional a la longitud de la circunferencia de cabeza según talla. Talla M (57): circunferencia de cabeza 57 cm. promedio. Talla L (58) : circunferencia de cabeza 58 cm. promedio

Costuras

Cenefa Forma

12 +/- 1 costuras rectas incluida la costura del ribete con una distancia de separación igual entre ellas. 2 piezas. Semirectangular (ver gráfico).

Dimensiones Parte delantera

Altura total : 8 +/- 0.3 cm.

Parte posterior

Altura total : 10 +/- 0.3 cm.

Laterales

Con 2 ojalillos distanciados 6 +/- 0.3 cm. de centro a centro. Entre los ojalillos y en la parte inferior irá una cinta pega pega de 2.5 +/- 0.2 cm de largo tipo “hembra” que se unirá a otra cinta pega pega tipo “macho” colocada en el borde del ala respectiva.

55

Pega-Pega

En la parte central delantera de la cenefa llevara un pegapega tipo hembra, de 2.5 cm. De base x 3.50 cm de altura.

Bordes

Con una cinta (ribete) del mismo material que el sombrero.


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Forma: rectangular con bordes del ribete dobladillados. Dimensiones: 20 +/- 2 mm. ( artículo terminado )

3. ACABADO

Sin defectos en material y confección. La inspección del material, confección y acabado en lo general, será de forma visual.

Tela

Tendrá un color en una combinación digitalizada de matices predominando el color verde. El acabado visual del color y el raport. Serán de las mismas características que se describen en la Especificación Técnica para la confección de la tela Multicam. No se aceptara prendas con los siguientes defectos en la tela: - Huecos en la tela: mayor o igual a 5 mm de diámetro - Hilos pasados - Marcas de peine - Marcas de parada - Diseño del estampado desfasado o corrido. - Hilos flotantes - Manchas de grasa o aceite - Hilos corridos -Teñido veteado - Contaminación

Costuras

Las costuras deben estar perfectamente alineadas, sin hilos rotos, hilos sobrantes, etc.

Etiqueta

Etiqueta técnica y de marca, según NTP Nº 231.400 - 2006 "Etiquetado para prendas de vestir y ropa para el hogar”). En la camisa está ubicada internamente, a 10 +/- 0.5 cm. del borde inferior del cuello, al centro. En el pantalón está ubicada internamente, sobre la bolsa del bolsillo posterior derecho, insertado bajo la pretina. En la gorra está ubicada internamente, en la costura posterior.

El uniforme debe ser presentado por juego de camisa, pantalón y sombrero en bolsa de plástico transparente de alta resistencia al manipuleo.

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Las bolsas deberán de indicar la talla a la que pertenece el juego de uniforme. El medio de transporte empleado no deberá alterar las formas, contenidos ni características impropias que impidan al usuario cumplir con la finalidad del uso. En un lugar visible de la parte interna de la prenda llevará las siguientes leyendas: 1.-

"PROCESO Nº ……FUERZA AEREA DEL PERU" "PROHIBIDO SU VENTA"

5

PRESENTACION

2.- La etiqueta de marca y talla debe ser tejida (antialérgica) y ubicada la altura del cuello en la parte posterior de la camisa, en sobre la bolsa del bolsillo derecho posterior debajo de la pretina en el pantalón y en la pieza inferior del platillo (parte externa) de la gorra. 3.- La etiqueta técnica (cuidados, etc.) está ubicada al costado izquierdo de la camisa a la altura de la cadera aproximadamente a una pulgada debajo de la presilla de la cintura internamente.

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CURVAS DE COLOR RIPSTOP MULTICAM FAP

DIBUJO COMBINACIÓN :

:

212099/06 01

ARTÍCULO FONDO TEÑIDO :

:

50507068 4V3464.

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Reflactancia (%R) Longitud Onda (nm)

65

Color 1 (Marrón)

Color 2 (Verde)

Color 3 (Pardo)

Color 4 (Mostaza)

Color 5 (Khaki)

Color 6 (Adobe)

Color Base

400

3.56

4.39

4.60

7.25

13.37

14.93

27.55

410

3.74

4.39

4.78

7.22

13.47

14.94

27.62

420

3.85

4.49

4.86

7.12

13.57

15.06

27.58

430

3.91

4.67

4.87

7.22

13.77

15.06

27.77

440

3.91

4.98

4.85

7.47

14.09

15.02

28.09

450

3.90

5.39

4.83

7.85

14.56

15.08

28.65

460

3.87

5.95

4.84

8.40

15.25

15.30

29.56

470

3.84

6.39

4.89

8.90

15.88

15.71

30.84

480

3.82

6.62

4.97

9.28

16.42

16.15

32.22

490

3.80

6.81

5.11

9.72

16.87

16.69

33.12

500

3.82

6.99

5.28

10.18

17.29

17.21

33.76

510

3.87

7.30

5.54

10.90

17.91

17.90

34.42

520

3.98

7.76

5.88

11.95

18.81

18.85

35.60

530

4.11

8.26

6.23

13.25

20.00

20.03

37.27

540

4.27

8.63

6.68

14.58

21.12

21.28

38.86

550

4.44

8.82

7.08

15.74

22.00

22.42

39.97

560

4.67

8.78

7.57

16.67

22.56

23.43

40.30

570

4.87

8.61

7.99

17.32

22.81

24.27

40.29

580

5.06

8.33

8.40

17.74

22.94

25.00

40.09

590

5.26

8.05

8.84

18.12

23.00

25.65

39.90

600

5.43

7.87

9.20

18.42

23.11

26.24

39.96

610

5.57

7.68

9.54

18.70

23.19

26.82

40.10

620

5.64

7.53

9.82

18.92

23.30

27.45

40.52

630

5.69

7.43

10.08

19.16

23.49

28.17

41.29

640

5.77

7.45

10.42

19.51

23.83

29.03

42.44

650

5.88

7.55

10.73

19.92

24.42

29.99

43.88

660

6.08

7.79

11.09

20.57

25.28

31.10

45.56

670

6.41

8.20

11.53

21.34

26.34

32.12

47.28

680

6.74

8.62

11.88

22.17

27.43

33.10

48.89

690

7.12

9.13

12.21

22.96

28.44

33.86

50.23

( Khaki claro)


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700

7.52

9.72

12.52

23.69

29.49

34.53

51.38

 PLAZO Y OPORTUNIDAD DE ENTREGA: La entrega del “Material” se realizará en un plazo no mayor a los 16 días calendarios contados a partir de la entrega de la Orden de Compra.  TIEMPO DE REPOSICION DEL MATERIAL: La reposición del material por parte del proveedor por alguna bien mal confeccionada y/o por presentar fallas no podrá ser mayor a las 48 horas después de comunicado tal suceso.  GARANTIA DEL MATERIAL: La garantía del material será no menor a 12 meses.  LUGAR Y RECEPCION DE MATERIALES: La entrega de los materiales se realizará en el Almacén Central de SEINT, ubicado en el Block A del Cuartel General FAP, sito en la Av. 28 de Julio s/n Jesús María.  CONDICION GENERAL: El proveedor deberá respetar estrictamente el artículo solicitado y la cantidad establecida en la Orden de Compra.

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CAPÍTULO IV CRITERIOS DE EVALUACIÓN TÉCNICA

PRIMERA ETAPA: EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje Máximo: 100 Puntos) De acuerdo con el artículo 45º del Reglamento y a fin de permitir la selección de la mejor oferta en relación con la necesidad que se requiere satisfacer, se consigna los siguientes factores de evaluación:

CRITERIOS DE EVALUACION A. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ACTIVIDAD

50 PUNTOS

B. CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACION

20 PUNTOS

C. PLAZO DE ENTREGA

30 PUNTOS PUNTAJE TOTAL

A.

PUNTAJE

100 PUNTOS

EXPE RI ENC I A DEL PO ST O R EN L A ACT IV ID AD ( Má x i mo 5 0 p unt o s ) (Anexo N° 06). Criterio: Se evaluará considerando el monto facturado acumulado por el postor por la venta de bienes iguales o similares al objeto de la (entiéndase en la actividad venta de uniformes Camuflados militares) durante un periodo NO MAYOR A CINCO (5) AÑOS a la fecha de la presentación de propuestas, hasta por un monto máximo acumulado equivalente a CINCO (5) VECES EL VALOR REFERENCIAL. Acreditación: La experiencia se acreditará mediante copia simple de: contratos u órdenes de compra, y su respectiva conformidad por la venta o suministro efectuados; con sus respectivos comprobantes de retención el cual acreditara el pago correspondiente, a un máximo de veinte (20) contrataciones. En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se deberá acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación y calificación, las veinte (20) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor. En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, deberá presentarse la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato. Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012, se entenderá que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa formal de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales. Cuando en los contratos, órdenes de compra o comprobantes de pago el monto facturado se

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encuentre expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido a la Experiencia del Postor.

B.

Monto igual o mayor a 5 veces el valor referencial

50 puntos

Monto igual o mayor a 4 veces el valor referencial y menor a 5 veces el valor referencial

40 puntos

Monto igual o mayor a 3 veces el valor referencial y menor a 4 veces el valor referencial

30 puntos

Monto igual o mayor a 2 veces el valor referencial y menor a 3 veces el valor referencial

20 puntos

Monto menor a 2 veces el valor referencial

10 puntos

CUMPL I MI ENT O DE L A PRE ST ACI O N ( Má xi mo 2 0 p u n t o s) El cual se evaluará en función al número de certificados o constancias que acrediten que la prestación se efectuó sin que se haya incurrido en penalidades. Tales certificados o constancias deberán referirse a las prestaciones que se presentaron para acreditar la experiencia del postor en la actividad. En caso de suministro de bienes, se evaluarán los certificados o constancias emitidos respecto de la parte del contrato ejecutado El postor deberá presentar como máximo veinte (20) certificados o constancias.

Se utilizara la siguiente fórmula de evaluación: PCP= PF x CBC NC Donde:

PCP

=

Puntaje a otorgarse al postor

PF

=

Puntaje máximo del Factor

NC

=

Número de contrataciones presentadas para acreditar la experiencia del postor

CBC

=

Número de constancias de buen cumplimento de la prestación

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C.

PL AZ O DE ENT REG A ( Má x i mo 3 0 p unt o s ) (Anexo N° 07). La asignación de puntaje será de la siguiente forma: 05 a 07 días calendario

30 puntos

08 a 11 días calendario

15 puntos

12 a 15 días calendarios

05 puntos

PARA ACCEDER A LA EVALUACIÓN ECONÓMICA, EL POSTOR DEBERÁ OBTENER UN PUNTAJE TÉCNICO MÍNIMO DE SESENTA (60) PUNTOS.

……………………………………………………………………………………. EL PRESIDENTE DEL COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE

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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE: •

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación de Vestuario para el Personal Militar -Egreso, que celebra de una parte FUERZA AEREA DEL PERU-SERVICIO DE INTENDENCIA, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº 20144364059, con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT para la contratación de Uniformes camuflados Muticam a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto Adquisición de Uniformes Camuflados Multicam, conforme a las Especificaciones Técnicas. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV. Este monto comprende el costo del bien, transporte hasta el punto de entrega, seguro e impuesto, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, en un solo pago, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse.

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CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde El día siguiente de suscrito el contrato. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora 7 y los documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes: •

De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente: •

Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias 8: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Garantía por el monto diferencial de la propuesta 9: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA NOVENA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por el Departamento de Abastecimiento del SEINT. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.

71

7

La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la Buena Pro.

8

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

9

En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.


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Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA DECIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA UNDÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de un (01) año. CLÁUSULA DUODECIMA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula: Penalidad Diaria =

0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso. Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y 72


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pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SÉXTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO SETIMA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................] DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD”

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“EL CONTRATISTA”


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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 1 MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN

Lima, [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.Presente.-

[CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Adjudicación Directa Pública Nº 007-2012-FAP/SEINT, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito. 10

…..………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda

10

75

Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.


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ANEXO Nº 1 DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.Presente.-

Estimados Señores: El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social Domicilio Legal RUC :

: : Teléfono :

Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……........................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

IMPORTANTE: •

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2 DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.Presente.-

De nuestra consideración: Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el cumplimiento de , de conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE: •

77

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.


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ANEXO Nº 3 DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.Presente.-

De nuestra consideración: Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado, conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del presente proceso de selección. 4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

IMPORTANTE: •

Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4 PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.Presente.De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº Nº 007-2012-FAP/SEINT], responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones  [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [%] 

[DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES]

[%]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones  [DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [%]  [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [%] TOTAL:

100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1

79

………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 2


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ANEXO Nº 5 DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.] Presente.De nuestra consideración,

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente proceso de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda

80


81

6

5

4

3

2

MONEDA

Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.

13

MONTO FACTURADO ACUMULADO 13

El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

TIPO DE CAMBIO VENTA 12

12

IMPORTE

Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Compra o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

……….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda

FECHA 11

11

TOTAL CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA: OBJETO N° CONTRATO / O/C / Nº CLIENTE DEL COMPROBANTE DE CONTRATO PAGO 1

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.-

EXPERIENCIA DEL POSTOR

ANEXO Nº 6

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ANEXO Nº 7 CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 007-2012-FAP/SEINT Presente.De nuestra consideración, Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la siguiente: CONCEPTO

COSTO TOTAL [CONSIGNAR MONEDA]

TOTAL La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal o común, según corresponda

82






CONTRATO POR ADQUISICIÓN DE UNIFORME CAMUFLADO MUL TICAM PARA CADETES POR CUOTA DE MANTENIMIENTO AS-5-2017-EOFAP CONTRATO Nº 0359-CS-EOFAP-2017

Conste por el presente documento, el contrato de ADQUISICIÓN DE UNIFORME , CAMUFLADO MULTICAM PARA CADETES POR CUOTA DE MANTENIMIENTO, que celebra de una parte el MINISTERIO DE DEFENSA - FUERZA AÉREA DEL PERÚ - ESCUELA DE OFICIALES, en adelante "LA ENTIDAD", con RUC Nº 20144364059, con domicilio legal en Av. Jorge Chávez S/N, Santiago de Surco (Base Aérea Las Palmas), representada por su Director, el Mayor General FAP ÓSCAR ALARCO GARCÍA, identificado con DNI Nº 02828569, nombrado con Resolución Suprema Nº 522-2016-DE/FAP del 30-12-16 y facultado con Resolución de la Comandancia General Nº 0048-COFAP del 0 1-02-2016 y de otra parte CORPORACIÓN INDUSTRIAL INDEPENDENCIA S.A.C. , con RUC Nº 20503842689 , con domicilio legal en Av. Michael Faraday Nº 565 - Urb. Grumete Medina - Ate - Lima , inscrita en la Ficha Nº 11353815 Asiento Nº C00003 del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de Lima, debidamente representado por su Representante Legal, la Señora BERTHA NATALIA GONZALES CABALLERO , con DNI N° 10802432, a quien en adelante se le denominará "EL CONTRATISTA", en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha 16 de octubre, el comité de selección , adjud icó la buena pro de la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 5-2017-EOFAP para la contratación de "ADQUISICIÓN DE UNIFORME CAMUFLADO MULTICAM PARA CADETES POR CUOTA DE MANTENIMIENTO" a "EL CONTRATISTA", cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato, detallados en la Clausula Sexta. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto la "ADQUISICIÓN DE UNIFORME CAMUFLADO MULTICAM PARA CADETES POR CUOTA DE MANTENIMIENTO'', detallado en el Anexo "A" del presente contrato. Dichos materiales y accesorios deberán reunir las especificaciones técnicas detalladas en el exped iente técnico y documento integrante del contrato. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a S/ 78,148.45 (SETENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 45/100 SOLES), que incluye todos los impuestos de Ley. Este monto comprende el costo del bien, todos los tributos , seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación materia del objeto del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO "LA ENTIDAD" se obliga a pagar la contraprestación a "EL CONTRATISTA" en SOLES, en PAGO ÚNICO a la entrega total de los bienes, luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (1 O) días de producida la recepción. "LA ENTIDAD" debe efectuar el oaao dentro de In~ ni 1inr.P. r 1 .i;\ rlí~c ,..~1.,.nr1,,.~if"I

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a la conformidad de los bienes, siempre que se verifique que " EL CONTRATISTA" ha dado cumplimiento a las condiciones establecidas en el contrato para ello. En caso de retraso en el pago por parte de " LA ENTIDAD" , salvo que se deba a caso fortu ito o fuerza mayor, " EL CONTRATISTA" tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artícu lo 149 de su Reglamento , los que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de 14 días calendario , el mismo que se computa desde EL DÍA SIGUIENTE DE RECEPCIONADA LA ORDEN DE COMPRA por " EL CONTRATISTA". CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por el expediente técnico , las bases integradas, la oferta ganadora, así como los documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN La recepción y conformidad de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 143 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La recepción será otorgada por el Jefe del Almacén Principal de la Escuela de Oficiales y la conform idad será otorgada por el Jefe de la Sección Vuelos (Área Usuaria) de esta Escuela de Oficiales. De existir observaciones, " LA ENTIDAD" debe comunicar las mismas a " EL CONTRATISTA" , indicando claramente el sentido de estas en el plazo de diez (1O) días hábiles, otorgándole un plazo para subsanar no menor de dos (2) ni mayor de diez (1 O) días, dependiendo de la complejidad. Si pese al plazo otorgado, "EL CONTRATISTA" no cumpliese a cabalidad con la subsanación, "LA ENTIDAD" puede resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan , desde el vencimiento del plazo para subsanar. Este procedimiento no resulta aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso "LA ENTIDAD" no efectúa la recepción o no otorga la conformidad , según corresponda , debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades respectivas. CLÁUSULA OCTAVA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA " EL CONTRATISTA" declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento, asi con las sanciones admin istrativas, civiles y penales que corresponden . CLÁUSULA NOVENA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La recepción conforme de la prestación por parte de " LA ENTIDAD" no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley de Contrataciones del Estado y 146 de su Reglamento. · El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de DOCE (12) MESES, contado a partir de la conform idad otorgada por " LA ENTIDAD" . CLÁUSULA DÉCIMA: PENALIDADES Si " EL CONTRATISTA" incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, " LA ENTIDAD" le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de acuerdo a la siguiente fórmula:


Penalidad Diaria

=

0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde: F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda , al contrato vigente o ítem que debió ejecutarse. Se considera justificado el retraso, cuando " EL CONTRATISTA" acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. Esta calificación del retraso como j ustificado no da lugar al pago de gastos generales de ningún tipo, conforme el artículo 133 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Estas penalidades se deducen del pago único, realizado al final de la ejecución del contrato , o de la garantía de fiel cumplimiento. Este tipo de penalidad puede alcanzar un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penal idad por mora o el monto máximo para otras penalidades; de ser el caso, "LA ENTIDAD" puede automaticamene y sin previo aviso resolver el contrato por incumplimiento. CLÁ USULA DÉCIMA PRI M ERA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el literal d) del inciso 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 135 de su Reg lamento. De darse el caso, " LA ENTIDAD" procederá de acuerdo a lo establecido en el artícu lo 136 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, civi les, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan .

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMATERCERA: ANTICORRUPCIÓN " EL CONTRATISTA" declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.

Asimismo, " F.L CONTRATISTA" se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato , con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A. Además, " EL CONTRATISTA" se compromete a comunicar a las autoridades

competentes, de manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento ; y adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de


CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda , y demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes. Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 122, 137, 140, 143, 146, 147 y 149 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el inciso 45.2 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado. El arbitraje será AD HOC y resuelto por ÁRBITRO ÚNICO Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conci liación dentro del plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 183 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje. El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de su notificación, según lo previsto en el inciso 45.8 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMASEXTA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualqu iera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad . CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD : Av. Jorge Chávez S/N Base Aérea Las Palmas - Distrito de Santiago de Surco. DOMICILIO DEL CONTRATISTA: Av. Michael Faraday Nº 565 - Urb. Grumete Medina -Ate - Lima. La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por cuadruplicado en señal de conform idad en la ciudad de Lima al 31 de Octubre de 2017. CDBPOftACIONINOUSTlllAl INDEPE

la Escuela de Oficiales yor General FAP ÓSCAR ALARCO GARCÍA í)N I· Nº

íl?8?8~Rq

ENCIA SAC

"EL CONTRATISTA" CORPORACIÓN INDUSTRIAL INDEPENDENCIA S.A.C. RUC. 20503842689 Representante Legal RFRTHA NATAi IA

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ANEXO " A" "ADQUISICIÓN DE UNIFORME CAMUFLADO MULTICAM PARA CADETES POR CUOTA DE MANTENIMIENTO" ESPECIFICACIONES TECNICAS

FICHA TÉCNICA

CANT

DESCRIPCIÓN ../UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

01

MODELO N º 2 (CAMISA-PANTALÓN Y GORRA) COLOR BEIGE TELA CAMUFLADO TIPO MUL TICAN

8405039-HR01-AC

295

xs s JGO M

14 181 92 8

·-· AGENCf A

DE CO MPRAS

Do•ecc ór, de Catalcgacion

DELAS FUERZAS ARMADA S ~

......., ···• - ...... ., .......•r·••·•-"" ~ ••-·· ,.... _.-Ñ . . -'• ....•

CÓDIGO: 8405039-H R01 ·AC

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR 1 Grupo del Bie n : B4 (V=STUARlO EOU1PO INDIVIDUAL F: IN SIGNIAS\ 1 1 1111

TALLA

L

FECHA DE EMISIÓN: 1

-

U/M

'lnt7

Clase del Bien: 8405 (Prendas E:neriores para Homoros• CNA: 04C45

I NA: L \llFORME. DE H OMBRE

NOC:

1 1

1.- ESPECIFICAC ION TÉCNICA DEL BIEN V O SERVICIO El uniforme camuflado esta compuesta por J 'l'I cam1 a pantaló'.l y gorra. seran con'e::cion aoos ccn :ela R p Stop camuflada. de acuerd:i a mooe10 \j• 1 o N • 2. dependiendo del requerttTiento ce cada lnstltuc101 Armada. 2.- T IPO DE MATERIAL: VESTUARIO 3.· CARACTERISTICAS, DESCRIPCION E IMAGEN REFERENCIAL DEL BIEN.

1

3.1.· CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS IN SU M OS

1

a.· TELA: El uniforme catl"uflado deberá se r confecc1onado con la tela Rlp S top con código 8305C0 1-HR05-AC y cada lns11tuc1611 Armada deberá prec isar et tipo de camu •tado de ta m0n c1onda Fic'la T écnica. b .· ENTRETELA DE CUELLO CARACTERÍSTICAS Tipo ce te ta C omposición Ligamento

REQU IS ITO

MÉTODO DE ENSAYO

Entre:i:lta adhesiva

NTP23 1 141

I OO'l Algodón

AATCC 2C

Tofeuín

1\. TP 231 141

150

Peso gr/m2 <En tela) ,__

-

Color

1

! -

S~o

ASTM D 3776

Blonco

A caoado

l 1soeccíón visual

Tormofu:;ionoblo

1

NTER"IO

e- BOTONES CARACTER i STICAS

REQUISITO

Ma!Pri"I prima

...

e ii:u ,..4

:a e ""' ª-

2U

-z QCI -z u..,

Moceo

re~1stenc1a

::>resodtintu

=

u

Combustt61 lnspccciór visuul

·-· Ccimullodo selva y tipo mullicam

Verde oscuro al tono de la :e a

Camuflado oosicrto

Beige oscuro al tone c:e la te ta

lnspecc ón visual

- -·

,_\I" de Lineas

30 lineas '19.09 -/- 0.5 mm da d iárn<J lro y 4.8 onm ospesor)

-

ce ... ce

a.z ca-

1

Color

~w

Ca.

Poliéster de alla

MÉTODO DE ENSAYO

1 ·3:1

11-

O2

Pie de rey


V ~

~.·

..,,,

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1

AGENCIA DE COMPRAS '"""'t)l'itt"dU a.-1r~ 1.t S..-')'lJ:--ot.ad "I

FECHA DE EMIS!ON:

1

!Diseño de grabado a .aser en e! comorno 1

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CÓDIGO: 8405039-HR01-AC

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

2 1 JUL. 2017

npo de

Direcc•ón de Catalogación

DE LAS FUERZAS ARMADAS

l~0mbre

de ca::la Institución

Inspección visual

1

IArial y ccupa aproximadamente un 60% del área larabable

Inspección visual

Caracteristietis íle fabricacion En masa durante la polimerización

Ter1iao Res1stericia a la tensión

Inspección visual

100% por 15 y 18 libras del puente del botón

Resistencia de impacto

32 mm

ASTM 05171

4.5 Min.

AATCC 8

5

AATCC 61

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

Hierro galvanizado

Magnética

Solidez del color Al frote húmedo y seco Al lavado húmedo y seco d.- HERRETE METÁLICO CARACTERÍSTICAS Material Tipo

Rejil!a (con tres oivisiones) con seguro de atraque

Inspección visual

Negro pavonado

Color

Inspección visual

Largo: 28 +f-1 mm. Ancho: 20 +/-1 mm Pie de rey

Medidas Espesor: 1 +/-0.1 mm y Celdas: L +/-0. 1mm e.- CINTA REGULADORA CARACTERÍSTICAS Composición

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

100% Algodón

AATCC 20

Tafetán

Tejido

1

NTP231 .141

Color Camuflado selva y tipo 1 multicam 1 Camuflado desierto Medidas

1

Verde oscuro al tono de la tela lr specciór visual Beige oscuro al tono oe la tela Ancho: - .6 1í-02 cm y Espesor: 1.2 +/-0.1 mm.

Pie de rey

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

180% Poliamida

AATCC 20

P!ano

NTP231.141

t.- CINTA DE AJUSTE 1

CARACTERÍSTICAS

Composición -ejido

2 -33

1


9

AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS

Direcció'1 de Catalogación

Co1"1..1r.u1c:u p.,r.:i '·' S<9utlo1;,ct y Clcfcn:;.;) l'Jacf.()t\.;11

FECHA DE EM ISION:

CÓDIGO: B405039-HR01-AC

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

71

1111 /017 -- ..

Color Camuflado selva y tipo multicam

Verde ossuro al tono de la lela

Camuflado desierto

Beige oscuro al toro de la tela

Inspección visual

10 -/· 1 mm.

Pie de rey

Extremos de la cinta sellados a fuego directo

Inspección visual

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

Plástico

Inspección visual/combustión

Plancha flexible y compacta.

Inspección visual

1 +!· 0.2 mm.

Pie de rey

Negro

Inspección visual

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

Bronce con baño de poliamida

Magnética

Ancho Acabado

g.· VISERA CARACTERÍSTICAS Composición Tioo Espeso· Color

h.· OJALILLOS PARA GORRA CARACTERÍSTICAS Material ,f

'l

~! I

Medidas

Diametro Interno 4 +/· 0.5 mm.y externo 7 +/· 0.5

Color Acabado

'T1m.

Pie de rey

Negro

Inspección visual

Protegido contra corrosión

Inspección visual

l.· REFUERZO DE MARBETES CARACTERÍSTICAS Composición

REQUISITO

1

100%. Pcliéster

MÉTODO DE ENSAYO MTCC 20

Tipc

Tela no tejida ( pelón Nº 80 ).

Color

Blanco

lnsoección visual

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

1

lnspec:ion visual

d.- CINTA PEGA PEGA CARACTERÍSTICAS Composición Tipo Dimensiones

100% Poliamica

1

AATCC 20

Rectangular, "macho" y 'hembra•.

inspección visual

Segun el área.

Regla ·nihmétrica

Color Carnuf.ado sel•1a y tipo mul1icam

Verde osc... rc al tono de la tela

Carnuf ado desierto

Beige escuro al tono de a tela

Inspección visual

3.33


9 11;

AGENCIA DE COMPRAS

Direccí6n de Catalogación

DELASFU ~R2ASARMAOAS

,

i:o•nµ••'"'tu 1...,.,,, ' "':-.~·'Y"'*.,."''

l>c'<'<•• ><> hoa•~"'-'

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FECHA DE EMISION:

21 JUL. 2017

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

GCÓOIGQ, 5039-H R01 -AC

h.- CREMALLERA DE CAMISA REQUISITO

CARACTERÍSTICAS Cinta Cremallera ( dientes ; Tipo

MÉTODO DE ENSAYO

00% Poliamida

AATCC 20

100% Poliéster

AATCC 20

Diente grueso tipo "-ractor'

Inspección visual

1

Largo: Talla ºSX" ~· "S'

55 +!- 1 cm.

Talla "tv'" y "L ·

60 +!- 1 cm.

Talla "XL'

65 +/- 1 cm

Regla milimémca

Color Camuflado selva y tipo multicam

Verde oscuro al tono de la tela

Camuflado desierto

Beige oscuro al tono de la tela

Inspección visual

j .- TIRA ELÁSTICA D E AJU STE PARA BOLSILLO LATERAL EP

\1 '

CARACTERÍSTICAS

REQUISITO

MÉTODO DE EN SAYO

?oliamida 100% con filamentos de caucho

AATCC 20

Tubular.

Inspección visual

\

Compos1c1ón Tipo Color Camuflado selva y Upo multlcam

Verde oscuro al ;ono de la tela

Camuflado desierto

Beige oscuro al tono de la tela

Dimensiones

inspección visual Diámetro 3 +/- 0.5 mm.y largo 20 -/- O.? cm. (en reooso ).

Pie de rey y regla milimétrica

k.· DISPOSITIVO DE AJUSTE PARA BOLSILLO LATERA L EP C ARACTERISTICAS 1 Composición Tipo

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

Plástico.

Corrbustión

Con rcsor1e de ajuste regulable.

Inspección visual

Color Camuflado selva y iipo rnuiticarn

Verde oscuro al tono de la tela

Camuflado desierto

Beige oscuro al tono de la tela

Dimensiones

Inspección visual

Ver gráfico

Regla milimétrica

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

100% =>olióstcr texturizado

AATCC 20

J,- HILO DE COSTURA CARACTERÍSTICAS Composición

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9

AGE NCIA DE COMPRAS DELAS FUERZAS ARMADAS r°' ..,.., .wta r-11r.1 '"' 5"1."l~ nY•"' \

Dirección de Ca'.alogacién

•Juc- 'W ,.,...,...~ 1

t=ECHA DE EMISION: I UN IFORME CAMU FLADO REGULAR

? 1 1111 7017 Ca'TlÚflado selva y tipo mullica...,

Verde oscuro al tor o de la tela

CODIGO: 8405039-H R01 ·AC lnspecc1on visual

Beige oscuro al tcno :le la :ela

Ca'Tluftado desierto Titulo (Ne)

20/2 t/· 2

ASTM D '9C7

REQUISITO

MÉTODO DE ENSAYO

100% Poliéster

AATCC 20

Nº 40

ASTM O '907

m.· HILO DE BORDADO CARACTERÍSTICAS Composic 6n Tipo Color Canuflado selva y tipo mult1can

Verde oscuro al to"o de la tela

Camuflado desierto

Beige oscuro al tono de la ¡ela

Inspección visual

3.2.-DESCRIPCIÓN

::1 L.nifor111e camuflado, está confeccionada mediante procesos de corte y costura estandares, capaces de gaíantizar el cumplimiento de los requisitos indicados en la presente ficha técnica. 3.2.1 .- CONFECCIÓN DEL UNIFORME MODELO N° 1: 3.2. i.1 CAMISA CAMUFLADO La camisa camuflada está formada por seis piezas: un cuello, dos mangas. dos delanteros y una espaida. Es nerú de puntas rectas. de una sola oieza de do::le te a. fusionada con entretela al interio• y debidamente pespuntado (301 1 a 2 m~ ce su contorne . El cuelo Mide 45 +/· 3 mri de ancho y 80 +!·t mm ;:Je prolcngac1ón para el ce•rado c::rn dos botones. Es una pieza de base recta y basta de 1.5 cm de ancho lleva doblez pespJntado (301) con 55 fi·5 mrn de ancho en su parte nfericr, el cual se une con la costura de os hombros a · .5 cm (Míni-io) de anche. Los cinco bo:cnes Delantero derecho son colocados de manera equidistante desde la parte super or. ad ·Cicnalrnente un botón de repuesto.

"Pº

Delantero 1zquierdc

Es una pieza de base recta y basta de 1.5 en de a11cho. lleva los ojales, en un refuerzo ajiciona a manera de jareta. esta ub cado después del pri~er ojal super.or leva doblez pespuntado 1.301 ! y mde 5ó +/·5 mm de arichO en S J parte irferi::>r el :::ual se une con a costura de os homt:rcs a 1.5 cm (mini-ro) daJ ancho El refuerzo de los ojales es pespuntaco eri todo su contorno, lleva 1 costura reforzada del anct10 del retuerzo ubicado al cent·o entre cada ojal. 1

5-33


9

AGEN CIA OE COMPRAS

Dirección de Catalogación

DELAS FUERZAS ARMADAS COft\P'•"'\~ p;.'lr,1 '" S...•JUr•~d y ()'-''""~;i N~('i ;:i r-.~I

FECHA DE EMISION UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

2 1 JUL. Z017

Los bolsillos del delantero.

CÓDIGO: 8405039-H R01-AC

Son dos. uno a cada lado, ubicados ce marera oblicua (45°) y alineados uno con el otro. Está1 sobreouestos tipo parcr·e, lleva cartera con dos botones p::ira el cerrado. El bolsillo lleva basta de 3 cm. fuelles en sL base y en el lateral que coiinda ::on los ::iotones del cerrado de la camisa no lleva fi;elles, el opuesto si lleva fuelle, presenta 01alillo bordado oe desfo~ue en los fuelles y pespun:ados a 2 mm de todo su contorno y atraques respectivos. La cartera es una sola pieza de doble tela y pespunte de 7 mm de todo su comorno y atraques ~ respect>vos. 1

(\

!La espalda,

Formada por tres piezas. dos laterales y una central, Liene base recta y :>asta cerrada de 1.5 cm de ancho. En cada unión del lateral con el central, a partir de 5 cm del hombro has:a la altura de la sisa, lleva un pliegue tipo fuelle de 4cm mínimo de profundidad. La unión de los laterales es con c:>stura tipo inglesa con atraques de 1cm en cada extremo de los fuelles. A 25 cm de la base, en la unión de la espalda con los delanteros, se coloca a cada extremo una gareta de ajuste ce forma pe1tagonal, terminada en puma, con un ojal en su extremo, asimismo, en la espalda se cosen dos botones. el primero a 7 crn de la costura de unión y el segundo a 6 cm del primero.

Las mangas

Son largas de dos piezas con bastilla de 65 mm, la cual presenta una gareta reguladora de 18 cm de largo y 65 mm de ancho la gareta termina en punta y lleva un ojal bordado y perforado. A 13+!- 0.3 cm de la base de lagareta, lleva una costura vertical que asegura la gareta a la manga. El puño lleva tres botones. el primer botón se cose a la altura del ojal de la gareta, el segundo botón a 12 +1· 0.3 cm del primero y el tercer botón a 5cm del segundo. Cada manga presenta refuerzo trapezoidal a !a altura del codo de 22 +1- 0.3 cm de altura, 24 +I· 0.3 cm de base mayor y 21 +/- 0.3 crr de base menor.

Les bolsillos superiores de las mangas,

Está'1 Jbicados de mnnera ligeramente oblicua, a 5 mm de la costura de unión de los hombros, son rectangulares tipo parche con cartera, presentan fuelie y ojaliilos bordados ce desfogue en su base y en el lateral superior (el lateral inferior no lleva fuelle) . Cada bolsillo mioe 15.5 -/- 0.3 cm de largo y 12 +/- 0.3 cm de ancho, lleva pespunte (301) de 2 mm en todo su contorno y basta de 2.5 cm de a1cho. Cada cartera es de una sola pieza de doble tela, mide 55 +í- 5 mm de ancho, lleva pespunte de 7 mm en todo su contorno y dos botones para el cerrado.

111arbete "Emblema MGP."

De forma circular ubicado en la parte central del bolsillo de la manga derecha, es de una pieza formado por la misma tela dei cuerpo, formado por 2 capas: una anterior de tela, otra posterior de pelón.

Marbete "IMA."

De forma rectangular ubícado en la parte superíor centrado del bolsillo izquierdo del pecho. es de una pieza formado por la misma tela de' cuerpo. formado por 2 capas: una anterior de te!a, otra posterio' de pe,ón.

El porta iap1cei0.

Ubicado a 2 c11 de la cosrura de unión de la manga con el puño. es tipo parche, ce forma rectangular. mide 14 -1/-0.3 cm de largo por 7.5 +I- 0.2 cm de ancho. está divioo por una costura recta i301), en tres sectores equidistantes y lleva basra de 15 mm.

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Los ojales

Son de tipo ojo de chancho, con oorcado tJpido y perforados

. J' 6-33


9

AGENCIA DE COMPRAS

Direc:ión de Catalogación

OELASFUERZASARMAOAS C:on• p ••-t~p......,, c,. s.•.,..n

1,x:

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1

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FECHA DE EMISIO\J:

2 1 1111 7017

CÓDIGO:

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR 1

8405039-HR01 ·AC

Para el grado ce 42 x41 +1· C.3 cm ubicado entre el segunco '/ tercer botón, y Pega pega (hem:n ·1 para el Ape1 ido de 10x2 5 +'- :>.3 : m, ubicado en la parte supe·1or centrado del mac10) oara bolsillo derecho del pecho,serar confeccionados en tela la misfT'a del uniforme y D stintivos bordados de hilo color neqro Son de p~r1adas ·egulares y unifo·mes de 1O a 12 o:.mtadas por pulgada. resistentes al es: rari1ent::>. no so1 !l'a'1tes ni ccrtan ta tela y presenta1 atraques. Son con costuras t po nglesa (dos agLjas), no presentan fruncidos y el ancho La un1ór de las partes de las costuras no es rienor de 0.5 cm. La unión ce as partes internas es co1 costura de doble cadena

Las :esturas.

3.2.1.2 PANTALON CAMUFLADO El pantalón camuflaao está compuesto i;or cuatro piezas: dos delanteros y dos posteriores.

Los delanteros,

Lleva el refuerzo triargular a la altura de la gareta y refuerzo reccangLlar a la altura ce las rod llas _leva ::los bolsillos laterales inc inados a 6 cm de a cos!Jra lateral, oeb1damerte atracados y pespuntaaos al ancrio de a pata de la prensa tela

La pret11a

Es continua al delantero y posterior, pespuntada a 2 mm de todo su contorno, para el cerrado lleva un botór en lado derec'lo. Lleva siete presillas equ oista1tes, dos celanteras, dos laterales y t'es posteriores. Seguido a la costura de unió1 del dela1:ero y del poste·1cr se sobrecose ccn d reccior al posterior, un kit regula::1or comoi...esto ¡;or un herrete me:álico (segJro ataque dingido hacia atrás) y una cirli:a reguladora.

La garata

\

El refuerzo 'riangular intencr

1

Es doble, con un a:raqi...e final y pesounte, su u1 ón es PO' medio de CLatro botones equidistantes Debajo de la gareta lleva una pieza adicional doble para los o¡alcs, la et.al os:a reforzada c:l'"11..na cos:ura oel anc10 letal do a garcta, ubicada ce1:ralmente entre cada ojal. Pieza adicional doble tela rip stop con pespunte da 2 mm. en el contorno. el revés quedará para el contacto con el cuerpo y el derecho hacia a gareta, es:ará unida a lo largo de la gareta, lleva ur o¡al inclirado en e extremo SJpef'Or.

El refuerzo de las rodillas.

Es de forma rectangula' pespuntado a 2 mm de sus extremos. con una p:nza de 5 cm de largo, ubicada a un tercio de cada lado.

Los posteriores,

Son dos. cada uno de una sola pieza que lleva dos bols·llos :ipo cartera. uno a caoa lado y el refuerzo central.

Bcls,llos pcstenores

Lleva abertura del bolsillo lleva ribete de 1.2 cm de anche con atraques er sus ex:re11os. Los botones son dos que están Lbicados a 3 cm de la abertura del bolsillo como de extremo del m1sr.o. La cartera es de dos piezas. unidaa pcr ..:ra sola tela es ce base rectangi...lar y pespuntada 3. 2mm de su contorno, es o_ales estan J:> cados en la cartera infer cr E forro del bolsillo es de tela camuflada y se ure desde la pretina.

El refuerzo de los pos:ericres.

Es oe forma semicircular pespJ1tada a 2 mrr de todo su comcrnc. u!:>icado deba¡c ce a pre~ina hasta la unién de la entrepierna. con un radio ap·ox1mado de 12 cm.

7 -33


9 ,,.,

...

AGENCIA DE COMPRAS

Direcc;ón de Catalogación

DELAS~U~RZASARMAOAS

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CQmvr.;i.rda Pª'"' t•

s. ... 9ur-dftd y ó<ti-e••;uo N"~•o;in¡11 I

FECHA DE EMISION·

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

21 JUL. 2017

CÓDIGO: 8405039-HR01 ·AC

Son dos, scbrepuestos, formados de dos piezas: un bols!llo, una cartera. El bolsillo es rectangular y termina en un fuelle latera. ubicado de la parte posterior del pa11alón, el cual lleva dos agujeros bordados en la parte inferior de cada Los bolsidos 'aterales. pliegue del fuelle. Tiene dos pliegues verticales, distribuidos equidistantemerite, los cuales son pespuntados a 2mm de todo su contorno, la base lleva pespunte dob'e.

La basta del bolsilio

Es de 3 cm de ancro pespumada, lleva dos botones a cada extremo. La cartera es de dos piezas. de tela doble, es de hasP. rect;ir.gular y pes;:111ntada a 2 mm de su contorno, su unión con el pantalón es por pespunte doble, los ojales esián uoicados en la cartera inferior, está cerr:lda por el extremo que lleva al delantero con atraque. los bolsillos laterales están ubicados entre el delantero y el posterior a la altura de la entrepierna.

Son de puntadas regulares y uniformes da 10 a 12 puntadas por pulgada, resistentes al estiramiento, al lavado co'1tinuo, no son tirantes ni cortan la tela y presentan atraques. Son con costuras tipo inglesa, no presentan fruncidos y el ancno de las costuras la unión de las partes, no es menor de 0.5 cm. La unión de las partes internas y el tiro, es con cosiura de doble cadena. Son de tipo ojo de chancho con bordado tupido y perforado, distribuidos en un total de trece, los ojales de la gareta son de orientación horizontal y el de los Los 01ales, bolsillos orientación vertict1I. Las costuras,

3.2.1.3 GORRA CAMUFLADO

\

(~~ ,' \, \ \1

La gorra camuflada es:á cornpuesla por do:> µiezab: una copa y una '.'isera:

La copa,

El platillo

Sase 1

¡La cenefa, 1

!_,::¡visera,

Formada por dos pieza&. un plati!lo con base y una cenefa, con refuerzo interior de entretela adhesiva y forro de tela rip stop carnufiaoa. En la base, lleva dos pares de ojalillos metálicos a la altura de las orejas, equidistantes en 3 cm. El forro del platillo, tiene una costura horizontal y vertical centrada. que se cruzan formando un án¡¡ulo de 90°. De forma octogonal de 8 +!· 0.2 cm cada lado, se forma con un pespunte tipo ribete de 2 mm de espesor. La longitud equidistante de lado a lado del platillo es de 19 -/- 0.5 crr. Es de forma trapezoidal, con doblez y costuras internas, el frortal mide 5 +/-0.2 cm de aítura, donde l!eva el distintivo de grado. Centraoo con pega pega y va disminuyendo proporcionaimente hasta llegar a los 4 cm de altura del posterior. Es de tela ooble de forma de ribere de 3.5 cm de ancho, esta cosida alrededor de los laterales, pespuntada en todo su contorno. Es de teia doble con alma plástica, su parte media mide 7 cm de ancho. Lleva ribete tipo cinta de tela camuflada en :odo ei borde. seguido de 6 pespuntes equidistantes en 7 mm. siguiendo su forma semicircular. En esta se portará el d1stintvo de grado o la insignia de la ~a lificaciór para la Fuerza de Operacio'les Especiales.

8·33


9

AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS Co-nprortft> p.:ion ¡.,. St-g..,rld,<o;d y

D rección de Catalogación

n-t"fo·)..,a l'~<1or. • '

FECHA DE EMISION: UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

Z1 JUL. Z017

CÓDIGO: 6405039·HA01 ·AC

Pega pega (;iemora y De ti2 X41 +t- 0.3 cm, ubicado en la parte central de la fronral, serán macho} para grado contecc1onados en tela la misma oel urntorrne y borcados de htlo color '189'º· La unión de las panes Son ccn costJra recta y presenta1 a:-aques. Son de puntadas regulares y uniformes de 10 a 12 p:.1ntadas por pu:gada, no presenta fruncidos. son resistentes al estiramiento, al lavado conrinuo. no son tirantes n cortan la tela.

Las costuras

3.2.2.· CONFECCIÓN DEL UNIFORME MODELO N° 2: 3.2.2.1 .· POLACA CAMUFLADO 1 La camisa camuflada est{! formada por seis piezas· un cuello. dos mangas, dos delanteros y una espalda. Tipo

Modelo con cuello tipo "1eru', delantero con jaretón, 4 bolsillos, espalda con fuelle, mangas largas rernangables y un pasador en el hombro derecho.

Pasador lle hombro

De la misma tela digitai1zada. de 2.5 +/- 0.3 cm. de ancho por 8 +/· 0.5 :::m. de largo, colocado en el hombro derecho para evi:ar resbale ta bando 1era del cinto internaclonal.

Cuello Son 2 piezas de tela rip stop de forma rectangular ccn enrre;ela "usionable en la cara delantero y ~raslape para el cerrado Las pieLas son uniuas wn pespunte a 5 ;·/· 1 rnm. del borde de 1os lados y ~arte superior, en la base costura recta al filo embolsando el ::orte Ui:I la espalda. Ancho de 4.5 ¡./. 0.3 cm.y la·go según talla

Descripción

Dimensiores:

De 8 +/· 0.5 cm. ubicado al lado izqt.:ierdo, con ojal 1100 "ojo de criancho" y botón para el cerrado del cuello y otro botón ad1c1onal para recoger e! traslape.

Traslape Delantero

Son 2 piezas de tela rip stop cerrados con cremallera tapada con jaretón de 4 +/ 0.5 cm. en la pieza izquierda.

Descripción

Unión de la cremallera 2 costuras rectas para unir la cremallera al delantero. Vuelta de bs delantems

e1a rip stop de 4.5 -i· 0.2 cm .. de ancho. hacia la parte superior termira en media luna (ver gráficc ).

1:3olsillos delanteros

¡2 tipo "par·::he" con tapa, sobrepuestos

Forma de bolsr!.os deianteros

,Rectangular, cerrado con 2 botones y :ijales iLa boca de bolsillo tiene doble d:iblez de 2.5 +!- Q.3 r.m. ;nr nesru~ ie. JLas dimensiones del bolsillo cerrado con la tapa son de • 5 x • 7 ( +/· 0.3) cm

1

1

1

~ Tapa de bolsillo

!Tapa con jaretón de doble tela para botones no visibles

1

iForma de la :apa 1

-

jRectangular con pespunte a 5 +!- 1 11rr. del borde. Las dimensiones de la tapa son de 17 x 5.5 { +/- 0.3 ) cm

9 -33


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AGENCIA DE COMPRAS

DELAS FUERZAS ARMADAS f

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d.wt,, 1 W't

Jnic1 de bO s111c al delanter::> Unió'l de lo topo al beis ·10 del delantero

-

-

---

FECHA DE E\i11SIÓN

21 JUL. 2017

Dirección de cacaloga::1ón

~,,.. '"'- <~'lll

CÓDIGO:

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

S405039-HR01-AC

Co:!tura recta al f 10 ce 1C 12 p.p.p., con cos:ura de atraque en los extremes Doble costura recta de 5 +J· 1 m-n. de ancho, ex:remo;.

~on

costura de atraque en los

Ut:1cados a la altJra del pecho en br'l"la inclinada Jos Las 0·11ensiones de ub·cac On horizontal y vertical indicadas en el gráfico so1 Jb1cac1óri de para la talla' M1 , para las demás tallas debe tomar las medicas proporcionales a bolsil os delante•cs las d1mens1cnes de la polaca segjn talla.

\ \

Pega pega pa·a '11a'Mte del APC:_LIDO

Ura p eza oe cinta pe!Ja pega ti::>o 'hembra ' de

Unión al delantero

JCosido cO"l costi.Jra recta al borde

Ubicación

Ho•izontalmente a 11 +/· 0.5 cm. bajo el borde inferior del cuello y verticalmente a 10 +í· 1 cm. del bo·de del delantero

Pega pega para rrarbete de GRADO

Una pieza de cinta ¡::eqa peqa tipo '1embra' de forma rec:anguiar de 5 x 4.5 ( +Í · jo.3) cm.

Unión al delantero

Cosido con costura recta al borde

Ubicación

A la altura del oecho a 17 +!· • cm. de la base del cLello

ílarl.Je.e de delante-o

Tipo parche tordado en te•a rip stoo. Fnrm¡:¡rtn por 2 r:¡:¡pris . capa anterior de tela y capa poste·io• de oe¡Ón.

' EP Y FA.P"

~\

'or~a

rectangular de 2.5 x 12 {

- '- 0.3) cm

Fon1a oel marbete

RectAn!J1ilar. :;on ribete bordado de 3.5 1i- 0.5 mm. de a'lcho y en la parte cen;1a1 bordado er letras mayúsculas tipo 'arial' la pa!ab~a "EJERCITO" o 1 FJERZA AEREA DEL PERU' Ma·bete de 12 x 2.5 : +t. 0.3: en.

Uniór al delantero

Cosido cor costura •ecta en 1odo el per'metro

Ubicación del marbete Hon1ol'1talmente a 11 +/· 1 cm. bajo el borde interior del cuello y venicalme'1te a 1O; í· 1 ¡;m. del borde del delantero oel delantero :Je corte recto 001 doble doblez ce 1.5 +/· 0.2 cm. ce ancho y cosido con Bast;;. costura rec3 de • 0·12 o.o.o. Espalda ~er'li

Descripción

Sor 3 piezas de te!A r.ri stcr. rle fo-m;:i de la s.sa

Pieza :::entra!

Tiene un ligar:> angostaniento e1 la par.e dende ternina el fuelle (ver g•áfico ).

F1.P.llE>

Lb1caciú11 t.ft h,.:111€ P~es1ilas

de espalda

rectan!Jular y con iuelle a la alrura

--

Uno a cada 1ado de .a pieza central en la parte 5uperior co1 una p·ofundidad de 5 ~/· 0 3 C'l'l. La lcng11u11 del fuelle es de 30 +1· 0.5 cm. para talla· M', pdrd las t.fe111á:; tal.as será pronorc,onal a sus dimarsionas nnnc oa'es. 4 cos1Jras ele at·aque, una en el extreme de cada fLelle Uhicnco a 5 : 0.5 cm. de a costi.Jra del riombro 1 lson 2 de doble tela np stop. unidas con costura recta a 5 +I· 1 mm. del borde

10 .33

J


"

AGENCIA DE COMPRAS DELAS FUERZAS ARMADAS (1 M¡..flu'\tl-o p.1r.;i <t S;.•c,vlldi\,i y

J1reccióri de Catalogación

r:,•li "''" 1.&..'<•.;.o.-il

FECHA DE E',llS ON

21 1111

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

1017

CODIGO: 8405039·HR01-AC

Forma

PectangL:lar insertada er las uniores del .j e!ar;ero/espalda, a a a tura :le la c.ntura, cor el extreme libre ten1irado en purita con Jn o¡al típ::i "cjo ae c"lancho".

Uirrensiores

De'" x 11 ( 1-/- C.3 ) cm.

3oto'les Basta

Son 2 en cada aco, colocados en la rn1sma línea del c1al y con t..:ia separación ent·e ce1tros ::le E +r 0.3 cm De c::irte recto. con doble :lcolez de 1.5 +1- 0.2 crr ce aricho ycosido con costura recta de 10-1 2 p,p.p

Mangas

Jescripcién

Largas, 2 piezas de tela ro stop por 'nansa. bcrsill'.>, n;fuerzo para cod:is, presilla inter'la y botón, Con 1,;n anc10 de manga ( oarte central ) de 2C -r 1 cm. para talla "M', para las de'Tlás tallas sera pro¡::orc onal a las e 'Tlensiones principales de la manga (ver et.adre de !alias ).

Bolsillos de manga

Son 2, uno por manga. sobrepuestos tipo 'parche'' :::on tapa Rectangu ar ccn fuelle en el lado posterior y en la base . carraco con 2 botores

y ojales . =orma

, Jirrens1::mes

En el fuelle ce la tase irá tordado 1.Jr o¡al co110 desfogue La profurdicad del fLelle es de 1 5 +1· 0.2 CT la boca de bolsillo tie1e doole doblez de 1.5 ~1- 0.2 en., con pesounte Bolsillo cerrado cor la tapa sor, de 14 x 13 ( +í- 0.3) c11.

Tapa oel bols1I o

Tapa con jareton de doble tela para botones no visibles

corma

9ectangular con pes::>u'1te a 5 +1· 1 mm. del borde. _as e 11ens1ones de a ta¡:a son ::le 5 5 x •3 ( -i· 0.3 ) c11.

Jnión de tolsillo a ia .11anqa Jnión de la tapa al bolsillo de la 11anqa

ut·cac1on

Costura recta al !ilo de , O 12 p.p.p. con cosura de atraque en los extremos Joble cosiura recta de 5 +/· 1 mm. ancho. con costura de at'aq1;e eri los extremos Ubicados en la parte supenor de la rianga en forma incLnada. E bolsillo de la ll'arga zqu1erda lleva pega pega t.po 'he11bra er a :apa de 2.5 x 10 {+'-:u: CM. yer la bc:sa de ·O x 10 ( +/· Q 5: CM. Aderrás lleva 2 abenuras sobre la tapa. una pa·a lap1ce·c y otra para resal:ador, en ambos bolsillos.

Marbete "Emble11a del Tipo parche bordado en tela rip stop. EP Y FAP' !Formado por 2 capas. capa anterior de telé. y capa posterior de peló1. Circular, ::en rioete bordaco de 3.5 -f· 0.5 rrrn. de ancho y en la parte central Forna bordaoo el Escudo del E1erc1to Per Ja10 h1 arbe:e '.le 8 ;. 0.3 cm. de d1ámet•o Ur:ón al oc'sillo de Ccsido con cos:ura recta en teda el pe·írnetrc

rranaa

Ub,cacór

¡En

lMaroete 'EP y FAP"

IT:po ~arc'le bordado en tela ro stop

;3

parte central 1ferior del oo s1llo de a manga derecha

11 .33


-

~!Y

l AGENCIA DE COMPRAS

Dirección de Catalo;iac1ónl

DELAS FUERZAS ARMADAS COMt)(.J'le!O [l.JT~ h

s~f'll.H'IO~lf y 0l<1u·vi:..~

r--a<•<>n

tt

FECHA DE EMISION:

1

Zl JUL. 2017

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

Unión al delantero

Formado ¡>or 2 capas: capa anterior de tela ycapa posterior de pelón. Re:;ta119ular, co1 ribete bordado de 3 5 +!· 0.5 mm. de ancho y en la parte central ira borcaoo e1 le!ras 1layúsculas tipo "arial" la palabra "EJERCITO DEL PERJ" o 'FUERZA AEREA D'.:L PERJ". Marbete de 1:J x 2.5 ( -/- 0.3 \ en. Cosido con costura recta en todo el perímetro.

Ubicación

En 1a parte baja ce1lral de la tapa del bolsillo de la manga derecha.

Refuerzo para codos

Una pieza de tela 'iP s:op de forma trapezoidal

D•mensiones

Alto: 21 5 4/. 0.5 cm., Ancho menor:20 +/· 0.5 cm.y Ancho riayor:24 +!- 0.5 cm.

Ubicación

Cos do con doole costura recta al borde, ubicado a la altura de los codos. a 16 +/- 1 cm. de la bocamanga y sobre la costura posterior de la manga. Estas dimensiones son para la talla "M'. para las demás tallas será proporcional a las dimensiones de la manga.

1

Forma

\

Presilla interna bocamanaa Forma

~

\

CÓDIGO: 8405039·HR01-AC

de De doble tela rip stop, unidas con costura recta de i 0-12 ppp. en todo el ¡perímetro a 5 +/· 1 mm del borde. Rectangular, cos do con doble pespunte de costura recta en la parte interna de la manga, con el extremo libre terminado en punta.

Dimensiones

Las dimensiones de la presilla sen ce 23.5 x 3.5 ( -t./· 0.3) cm .. con la parte central terminado en punta, con un largo total de 24 +:- 0.5 cm.

Bo:ón

Uno colocado en la parte exterior. alineado con el ojal de la presilla interna y con una separación de 1O +/- 2 mm. entre el centro del botón y la costura ce la presilla interna. El botón y la presilla interna servirán para sujeción del remangado de las manaas.

Presilla de bocarranga 2, de doble tela rip stop, unidas con costura recta a 5 -/- 1 mm. del borde.

Forma

Dimensiones

Botones

Rectangular, Lbicado en la bocamanga, cosido en la costura de unión de las mangas, con el extremo libre te-minado en punta con un ojal tipo "ojo de chancho". !nene pespunte al filo e'1 el extremo cosido a la manga y pespunte a 5 +!· 1 mm. del borde en el extremo libre terminado en pJnta de 8 T/· 0.3 crr. De 20 x 6 5 ( +/- 0.5} cm., con la parte terminado en punta de 8 +/· 0.3 cm. libre. 3 en cada manga. colocados alineados con el ojal de la presilla y con una seoaración entre centros de 6 +/- 0.3 cm. Los botones y 'ª p'es1lla de la bocamanga servirán para el ajuste regulable de la bocamanga.

Uniones en la polaca

1

Hombros.sisa, De!anter Con máqu111a cerradora de 2 agu¡as de 5/16' de 8-10 p.p.p. o/espalda vrranoas Pieza central/Piezas laterales formando el Con costura tioo remalle co1 puntada de seguridad de 10-12 p. p.p. fue,le

12·33


9

1

!

AGEN<::IA OE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS

Dirección de Catalogación!

COMl)f'<'lnlil') ria ..... ,,. l;t•, ·u ·;d:'lo(I )> º"t~t\S.(I N:id&i,~I

1

l

FECHA DE EMISIOI\."

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

? 1 1111 ?017

CÓDIGO: 8405039-HR01·AC

Pieza centralíPiezas laterales del fuelie a la Con máquina recta de 2 agujas de 5/ 16" de 8-1 Op.p.p.

! 1 1

1 1

bas¡a 3.2.2.2.- PANTALÓN

Tipo

Mude o ::;on pretna rec¡a, 6 bolsillos y reiuerzos en e1hmdillo y en las rodil1as.

Pretina

Pretina corrida, con Jna pieza de refuerzo de tela rip stoo al interio' de 4 +/- 0.3 cm. de anchó, cosida con costura recta Botón y ojal para cierre y 7 pasadores distribuidos prcporcionalmente.

Pasadores

Rectangulares. formados con máquina presilladora de 2 agujas y costura de atraque er ambos extremos

Dimensiones

Largo: 6.5 +!· 0.3 cm. Y Ancho 1.5 +/• 0.2 cm.

Jareta

Piezas de tela rip srop.

Jareta derecha (usuario)

Pieza adicional en doblez, unida con costura de remalle simple con punta de seguridad de 6 +/· 0.5 cm. de ancho y largo según ¡al a, cosida al borde derechc con costura recrn, con 3 cotones adicionales al de la pretin<:. para el cierre.

1

Jareta izquierda . -:: (usuaric)

Refuer70 triangular

Bolsillos

Son 4 clases : delantero superior, poste'ior, laterales y un monedero

Bolsillo Delantero

Tipo interior de corte sesgado (inclinado ), con pespJnte a o largo de la boca a e ¡./. 1 nm. del borde ycostura de atraque e1 los extremos.

\

3olsa Forma

\

Parte exterior jareta corrida. Parte interior un ja·etón formado por 2 piezas adicionales en doblez, unidas ccn costura de remalle simple con punta de seguridad de 6 +1- 0.5 cm. de ancho cada una y cosidas con costura recta formando el dibujo sobre la jareta izquierda. El jaretón interior tiene 3 divisiones con Jn ojal cada una para el cierre y para ocultar los botones. Pieza adicional dob!e tela ccn pespunte de 2 mm. en el contorno. el revés quedará para el contacto ccn el cuerpo y e derecho hacia lagareta, estará unida a lo largo de la gareta, lleva un ojal 1ncl1nado en el extrema superior para el abotonado en el lado contrario.

Una sola pieza con un lado redondeado, insertado bajo !a pretira rlP.1l;:i misma tela rip stop Semi rectangular con unién tipo ' remalle" con puntada de segúridad en el borde redondeado

--

DirnE:ns'ones

Largo: 28 +/· 0.5 cm y anchoi 6 +/- 0.5 cm

Bolsillo Postenor

Tipo "ojal" ·nterno. con pestaña de 11 -i- 1 mm. de ancho. tapa con jareta y cierre con 2 ojales y 2 botones.

Tapa de bolsillo

Tapa ccr. 1 arntó1~ de doble tela para botones no visibles

Forma

Rectangular con oespume en todo el perímetro a 5 t/· ~ rrn. del bcrje.

Bolsa

Una sola pieza, de la misma tela rip stop

13-33


.l

AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS "·~·•" •~ ·""'° "'"ro--•.-,,.

....~,.·•••'·•~"' .......... ..., ,.. ,... ,.,,,

FECHA DE EMISION UNIFORME CAMU FLADO REGULAR

21 JUL. 7017 Fcrma

-Oímonc:1ones

O;rncción de Catalogación

CÓDIGO: 8405039-HR01-AC

Rt;clangula1 con un1on ti;:>o ·remalle' con OJ'1tada de segu· cae e;'l os laterales Largo· 24 - - es cm. yAncho: 18 1-1- o.: cm.

Ubicación

U10 a caca lado del posterio·. a 10 - /- G 5 cm. del b::lrde superior de la pretina y a 4 -/- 0.3 cm. de la costura latEra

Bolsillo Lateral

Uno e'1 caca pierna tipo "parche", formado de una sola pieza de tela rip stop.

For11a

Tapa de oo sillo

- ra¡:ezoidal cor ángulo recto en la base, 2 pliegues en la parte central y fuelle en el lado poster"cr C1F.rre con 2 botones. elástico tuou ar y 01spos.:1vo de a1uste La prcfundidad del fuelle es ce 2 5 +!- 0.2 cm D1rrens1ones : ver :i·afi::c Tapa con jaretón de doble tela pa·a botones no visibles.

Semi rectangular con dimensiones indi:adas en el gráfico. pesounte en todo el perímetro a 5 +/- 1 11m. de los bordes. Tira elástica de ajuste Cosido al cuerpo con costura recta. A lo largo de la boca de la bolsa, sale por un ojalillo remallado con máquina de los bolsillos ojaladora y ccn un dispositivo de ajuste en el extremo libre. lcitcrolcs U'lo cada lado del la pierna sobre la costura lateral y a 50 +i· 1 cm. del borde Ubicación superior de la pretina. esta distancia variara en forma proporcional a las iallas. Uno, ubicado er el bolsilo delantero dertcho, lipo "µélrche", formado de una Bolsillo monedero oieza de tela rip stop, de 7 x 9 ( -/· 0.5) crr. - sola Recta'lgJlar cor base en punta, unido al pantaló:i cor doble pespunte y en la Forma beca doble peso,inte 1-orma

\.

r·1 ,,,.-.. 1

1

Refuerzos

1

\.;

Re1uf!r7o posterior

SO'l 2 e'1 el posterior y uno en cada rodilla. 2, tipo ''mcdioluno" con los lados rectos unidos en la urión interior de las piernas (tiro parte superior ).

-

Para evitar que se abulte en el centro, llevará 2 doble costura formando una "X" D1mens1ones Refuerzc de rod lla Dimonciones ,_____

\ ,

Bota pie

ver gráfico. De forma trapezoidal, ub1cadc a la altura de la rodtllñ a una d slarc:ia seg(1n talla. Largo 27 l. O 5 cm . Ancho menor y m;iynr c::>oün t::ill::i Dobladi lado de 3 +í· O5 Cll'. y a 2.5 +/· 2 cm. del borde un pespunte para fo·mar pasa e interro ce la cinta de a1us!e regJ able, y 2 01a1es re11a 1lados co'l mácuína oialadora.

Uniones en el pantalón Laterales, Tiro i1terior, J Tiro delantero y - 1ro Con rnaqu1na cerradora de 2 agujas de 5/16" de 8 1Op.p.p poste'ior (fundillo ) 3.2.2.3.- GORRA Tipo

l 'v1ode o arge'ina. cuerpo, platil e y pega pega cosido para galón de grado del IJsuar.o y en la pane ¡;cstenor.


9

AGENCIA DE COMPRAS

DELAS FUERZAS ARMADAS C:om,_.,~,~do

Dirección de Catalogación

p;u;;:i In Scf)(Jrid •d y 0Coi-:tu..- ""'c•or,,11

FECHA DE EWISION: UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

' 1 1111

2017

CÓDIGO:

8405039·HA01•AC

Visera

Forma de med ialuna•, !orrado con tela rip stop, unido ccn 6 i-1- 1 costuras rectas circula·es y parale'as. El borde tendrá Jn ribete de 25 tí- 3 mm. de ancho de la misma tela del cuerpo, dobladillado de 5 -/- 1 mm. en ambos orillos y unido a la visera con costura recta.

Dimensiones

Ancho. E.5 -1- 0.3 cm. medido en 'ªparte más ancha y Ancho: según talla

Cuerpo

Cosida al cuerpo con costura recta bajo el tafilete. Formada por 3 partes : Cenefa, tafilete y forro interno.

Cenefa

Formada por 2 oiezas. Pieza delantera de tela rip stop reforzado con entretela tejida de algodón 100%. Pieza interior de tela rip stop.

Forma

Rectangular con 2 ojalillos ubicados en los costados en la parte céntrica, 2 en cada lado separados entre si 3 -/- 0.5 cm.. medidos desde sus bordes externos, y a 2 +f- 0.5 cm. del borde superior en cada lateral.

Dimensiones

Alto delantero 7 +/- 0.3 cm., .l\lto posterior:9 +/· 0.3 cm y Largo (perímetro): Seqún talla

Uniones

En la parte posterior con 2 costuras rectas. Unión a la visera con costura recta , unión con e platillo con ccstura recta.

l 1

Platillo

Formadc. por 2 piezas, la pieza superior de tela rip stop reforzado con entretela tejida fusionada, la pieza inferior de te.a rip stop. de forma ovalada formaoa por 2 capas de tela np stop y un bolsillo interno.

Forma

Ovalada de dirnens:ones de acuerdo a talla

Bolsillo interno

Una pieza de tela rip stop óe forma semi ovalada (ver gráfico). Dimensiones (ver gráfico).

Argelina solo para la gorra Ejercito

Formada por una pieza. Pieza de forma trapezoidal de te:a bramante 100% algodón de color kaky rociado, los bordes embolsados (doble doblez) con costura recta y cosido al interior embolsado entre la cenefa y el platillo.

3.2 .3.· ACABADO

El uniforme camuflada esta vaporizada, libre de cua quier defecto del material y confección que ¡::ueda afectar a la aparier cia y al uso. 3.2.4.· CUADRO DE MEDIDAS POR TALLA 3.2.4.1 UNIFORME CAMUFLADO MODELO Nª 1: 3.2.4.1.1.· CAMISA CAMUFLADO

15 .33

1


-

AGENCIA Oc COMPRAS

Dirección de Catalogación

OE LASFUERZASARMAOAS <"Or'l"~..,"-4" o.>r~ ,,. S~g..r.bd.,. """'"".. UI H

•i4"'-••'

FECHA DE EMISIÓ'..J:

1 1

CÓDIGO: 8405039·H ROl -AC

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

21 JUL. 2017 Tallas

l

s

M

L

XL

j Largc de camisa

730

BOO

820

940

±10

1 Ani: 'lo espalda (.ail...:ra de liombros)

47(}

480

490

SDC

±5

620

640 640

± 10

620

:t

640

660

± 1C

200

205

:!:5

Parámetros

1

Tolerancias

1

i<led10

contorno pecno

':le-dio contorno ce base : :led10

cont:irno cintura

Largo manga Bocamanga \

580 580 5130

60C 60(

600

620

190

19:;,

!

620 600

sac 1

± 10 1C

"iota: lm medidos están cadas en rr:m. 3.2.4.1.2.- PANTALON CAMUFLADO Tallas

C\

\~ \;

M

L

XL

Larqo total Largo entrepierna

1020

1040

1060

750

760

770

1080 730

Media cintura Ancho piema arnba

390

420

440

470

330

350

310

Bota

210 160

220 160

230 160

390 240 150

270

270

270

270

±5

550

530

600

140

140

235

140 235

Larao tapa bolsillo lateral Largo lapa bolsillo posterior

60

60

630 140 235 6ü

± 10

60

60

6C

60

:::5

Ancho tapa bols¡110 posteríor Largo bolsillo lateraí Profunáidad bolsillo lateral

140

140

140

240

240

240

140 240

:!: 5

3DO

300

300

3CO

± 10

i90

190

190

rno

± 10

320

320

320

320

± 10

Boca bolsillo lateral delantero Parche rodilla con prense cerrado Media base oantalórí

Boca bolsilfo posterior Ancho bolsillo lateral

\.

¡t\

11

Toleran

s

Parametros

-1._

delantero Profundidad t::o!s11lo pcsterior Oisiancia ubicación bolsillo lateral Mota

Las medidas están dadas en Q.}!1};,

3.2.4.1.3.- GORRA CAMUFLADO

16 -23

235 60

c1as ± 10 ± 10 ± 10 ± 10 ±5

±5

±5 ±5

::5 :!:

5

:


AGENCIA DE COMPRAS

Di·ecc!Ór de Catalogación

DELAS FUERZAS ARMADAS

FECHA DE E\A SIOI\.

COJIGO:

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

s

~-1

l

XL

Tolerar.:1as

f.70

5S0

eco

62)

±5

'º

±3

~eil:aS

0

arámeircs

Ccrtomo de

A

cabe2a

D E

Largo visera Ancho visera Aitura ,rontal Altura posterior

F

C1nla o :afiiete

B

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r..J~.-o:

8405039-HR01-AC

10-

1'U

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d5 t5 J5

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IU

:05

±5

205 85 75 35

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3:.

±5 ±3

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±2

Las medidas están dadas en 1rm

3.2.4.2. UNIFORME CAMUFLADO MODELO Nº 2:

3.2.4.2.1.- POLACA CAMUFLADO

% f

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13.2.4.2.2.· PANTALON CAMUFLADO -~:...;;.C1l

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3.2.4.2.3.· GORRA PLATILLO TALLAS 1

xs

1

s

M L XL TCL::f;AN 1

Ulámetro MJyor

1

,~.-.

CENEFA ANCHO TAFILETE PERIMETRO 1 DE CABEZA D1:lantero Posterior VISERA

BS

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3.2.4.- TOLERANCIAS PERMITIDAS

a.· EN LAS MEDID/l.S

Diámetro menor

o:

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9

AGENCIA D E COMPRAS

Dirección de Catalogación

DE LA S FU ERZ AS A RMAD AS Ce>·,,cw~n®

JhHol I·• k4:'.1,1..;d."<'

1DM•~'

• N.:.c...,n•I

FECHA DE EMISIOI\

21 JUL. 2017

UNIFORME CAMU FLADO REG ULAR

CÓDIGO: 8405039·HR01 ·AC

Las med das, las que se ercue1:ran establer:::aas en las panes b. EN L OISE\JO No se acepta 'Tlodificac1::i1es en el ciseño '1::J sohG1tc:das en la prese1te especificacion 3.2.5.· ETIQUETADO Cada prenda que lo compone el 1.J11forme cariuflado debe :iresentar: Una etiqueta técnica y de marca según NTP 231.4CO - 2015 "Etiqueta para prendas de vestir y ropa para hooar'

\

Etiqueta de marca y talla: Estampado transfer En la call'isa está ub:cada internamente, a 2 1/. 0.5 cm. del borde inferior del cuello al centro. En el pamalón está ubicaca m!ernan-eme, sobre 'a bolsa del bolsi lo oostarior derecho. En la gorra está uo.cada en la copa inte1or. Una e1ique:a de cuidado segJn la NTP·ISO 3758-201 1' Codigo de los s1mbolos ::le cuidado para el etquetado" Etiqueta de composic1::m tela y instrucciones de Jso: Estampado transfer En la camisa está ubicada internamente en el lateral izquierdo, a 10 +/- 0.5 cm. del borde inferior de la basta En el pantalón está ub cada i1ternanerite, sobre la bolsa del bolsillo posterior derecho. En la gorra está uo1cada en la copa rterior Adicionalmente llevara la siguientes informac16ri: -t "PROCESO Nº . ºPROHIBIJO SU VEJ\ TA' 3.3.· DISEÑO GRÁFICO 3.3.1.· UNIFORME CAMUFLADO MODELO N' 1: 3.3.1.1 .· CAMISA

18 .33

1 !


AGENCIA DE COMPRAS DELAS FUERZAS ARMADAS

)"

D1rec::ion da Cata.ogac1ón

FECHA DE EMISION.

CÓDIGO:

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

B405039-HR01 ·AC

1

e:,-··.· r

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Detalles Ci! J'aco

1 ·j

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19 .33

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AGENCIA DE COMPRAS

DELAS FUERZAS ARMADAS C.,,f'r't't~f'ld'"

p-•tJ l .- ~~,\lr>d .. d y

Dirección de Catalogaciér.

0•~1•"-0 "" ;)(~h"' I

FECHA JE EMIS:óN:

21 JUL. 2017

CÓDIGO: 8405039-HR01-AC

UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

DETALLE DE LA GARETA DEL

Pur:io

PUf~O

MANGA

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AGENCIA DE COMPRAS

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AGENCIA DE COMPRAS DELAS FUERZAS ARMADAS

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AGENCIA DE COMPRAS

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CÓDIGO: 8405039·HR01·AC

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UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

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AGENCIA DE COMPRAS DELAS FUERZAS ARMADAS

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CÓDIGO: 8405039-HR01-AC

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4.· USO / PROPOSITO DEL BIEN 4.1 .- PRINCIPAL: El uniforme camuflado digitalizado, es usada por el personal militar de acuerdo a lo establecido en los reglamentos de la cada Institución · 4.2.- SECUNDARIO: N/A

31 -33


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AGENCIA DE COMPRAS

Oireccion de Cata ogaclón

DELAS FUERZAS ARMADAS

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FECHA JE EW SION· UNIFORME CAMUFLADO REGULAR

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CODIGO: 8405039·HR01·AC

5.· CERTIFICACIONES: (De ser necesario)

6.· INFORMACIÓN LOGÍSTICA:

6.1 · EMPAOLE El v1 forme camutlaco ccrnouesto de la carrisa. pantalór y gorra se ínterra dent·o de iJna bolsa oa plástlcc rranspa·ente, resistente al tr2rspo1e. marnpulec y almacenarnento. dende indique la talla co1 rric.tenal autoadhesivo. €.2 · EMBALAJ!:

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Cada cierto gru::>o de i..ní'o·me ca-nuflado deberán ser eMoacados en una caja de cartón o bolsa de po ie:1leno 1uevc sin uso que resista el transporte manipulación y ap1larn1ertc Solo podrár errbalarse les uniforrres de diferentes tallas, cuando hayan sobrado cantidades de otras tallas para comple:ar el empaque. 6.3.· ROTULADO El eMbalaje lleva una etiqueta de papel o estaMpado en un lugar visible que permita alrracenamiento ccn la s1gJie1te inforrnacióT

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NOl .18RE DE LA INSTITUCIÓN NONBRE DEL AR"ÍCULO

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6 4. • PLANES JE MUESTREO El muestreo se realizará duran:e la recepción en los almacenes de la Enticad por cada lote de internamiento. 6.4.1.· TOMA DE MUESTRAS Y CRITERIOS DE ACEPTACIÓN Y RECHAZO PARA 11\SPECCIONES VISLALES De cada lote se deoe extraer al azar. según la norma técnica N-P-IS0-2859-1 .2013 ' Procedimientos de muestreo oara inspección por atributos', tv'uestreo Si-nple, Inspección Normal f\1vel de nspecc,on 11 (AQL 2.5%) , para 1os requisitos del 3.2, 3.3 y 6, así como las pruebas visuales de los requisitos del 3. 1. Si el núme'o de Jrndades defectuosas en ia muestra es merior o igual al njmero de aceptación. se acepta el lote s1e-npre y cuanco cJmpla con les re~uis11os del 3.1. ;Prue::ias de Laooratono). S el número de uníoades deiecti..osas es !'.;ual o mayor al 1umero de rechazo. se debe rec1azar el lote é'.I proveed o·. Cuando se eva úa un lote que haya sido rechazado ante·brmer:e, se debe ao 1car el Plan :le Muestreo Sim~le lrispección R.gurosa, ta¡o 1as m·smas co1dic1ones que estab'ece la norma. t= ACEPTACION Y RECHAZO P.A.RA ENSAYOS 6.4.2. TOMA DE MUESTRAS Y CR TERIOS O_ DESTRLCTIVOS

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De cada 101e se debe extr¡::¡pr ¡::¡I ;izar seo1>1 ;:i norma t»cnira NTP-I S0-2859 1:2013 "Procodirr1ontos de rruestreo :><1ra irispecció'1 po· a;ribtJtos , Mu"lslreo Sirrp e. lnsnecc ón Aeducu:.a. Nivel de nspr cc1:>n 52 IAOL. 2 :>":)para las PrtJebas D"'struct1vu;o Je _atora¡orio, ""' m "mas ~ue során repi..estas por el pr:>Ve?.do• ;:i .:i r ~t11uc1cn .

Si el nurrero _te ...1111dades i»f~cluosas en la muestra es rn;mor o igual a número oe aceotacrón, sa acepta el IO'.A siempre y cuando cumpla con lo~ requisitos de. 3.2 3.3 y 6 . Si ol nl!moro do unicl:\dos defec:Josas es ·yual o rnayo1 di numero de recnazo se debe re::hazar el ote al prnvee::lor. CLando se evalúa t..n lote que haya sido rechazado ante·iorrT1erte, se debe apli:;ar el Plan de Muestreo Simp e, lnspecc 5n \orrra ba10 las M.s-nas cono eones que e~1ablece la rorma En el ca:,o que el auc1tor USl\Jllé.do para la ~valuc.c ón oel 1r·e o comité récn co e~ rpcepc·ón ro ¡;ueda determinar de forma confiable la i..iifcrrnidad del l01e pc::lrá rnoditicar el p la•1 de rruestreo. le¡-¡ando a evaluar rasto ol 100% de los productos ~~~~~~~~~~~~~~~

7.- U NIDAD DE MEDI DA: .h lflílO

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o Cle la Escuela de Oficiales Mayor General FAP ÓSCAR ALARCO GARCÍA DNI: Nº 02828569

" EL CONTRATISTA" CORPORACIÓN INDUSTRIAL INDEPENDENCIA S.A.C. RUC. 20503842689 Representante Legal BERTHA NATALIA GONZALES CABALLERO D.N.I: 10802432



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FUERZA AÉREA DEL PERÚ - SERVIQO DE INTENDENCIA UCITACION PÚBUCA Nº 004-2017-DPC- ACFFAA ADQUISICIÓN DE UNIFORMES CAMUFLADOS MULTICAM PARA EL PERSONAL MILITAR F.,.

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~ LAZO: De acuerdo a la Declaración Jurada sobre plazo de entrega presentada en

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alendarios, los cuales serán computados a partir del día siguiente de la firma del contrato .

CLAUSULA CUARTA: FORMA DE PAGO LA FAP se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en Soles, luego de la recepción formal y completa de los bienes objeto del contrato, así como de la 1 7 documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 117º del 0 01: N €-s-0 eglamento de la. Ley de Contrataciones del Estado, para tal efecto, el responsab~ U> ~ e dar la conformidad de la pre ación deberá cerio en un plazo que no excedera ºt 1 .~º e los diez (10).días calendario ser estos rec idos, ~ fi~ d~ permitir que el trámite .:fbas11c:\\t' de pago se realice dentro de los iez as e lendano s1gu1entes.

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El pago estará sujeto a la dispos1c1on par la ej cución de los fondos, a través de la respectiva aprobación del calendario de p o, se realizará a través de la Dirección de Economía de la FAP, una vez recepc nad el expediente, el mismo que debe contar con la documentación referen a roe imiento de Selección, Contrato (con su documentación sustentatoria). O en de mpra, Acta de Recepción Confonne firmada por el personal responsable y e pe vo Comprobante de Pago.

TO partir del día siguiente de firmado o ta la conformidad de la racepct6n de efectúe el pago reepeclho

CLAUSULA OCTAVA: GARANJIM EL CONTRATISTA presenta a la ll.l8Cltpd611l .... solidaria, irrevocable, incordcional y de a favor de "LA FAP", por los conceptH. • •

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FUERZA AEREA DE!- PERÚ - SERVICIO DE INTENDENCIA UCITACION PUBLICANº 004-2017-DPC-ACFFAA -------------------------~-~-~~~~-~-~~ES CAMUFLADOS MULTICAM PARA El PERSONAL MIUTAR FAP" "ADQUISICIÓN

~u:o~~~a~~ lleg~e a cubrir ei-~~~t~-;;,-á~i~~-d~-¡~-~~~~jid~d~-LA-FA·P·~;d;~-;~~;¡~~~ en que parcial 0 totalmente P?r incur:ripltmiento mediante carta notarial y eiecutar 10 monto d'f corr~sponda la Garant1a de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el los dañ~serenci~l _d_ e propuesta (de ser el caso_) sin perjuicio de la indemnización por este he h Y pleTr1uicios ulteriores que pueda ex1g1r; as1m1smo, procederá a comunicar c o a nbunal de Contrataciones del Estado. ~st~d P~~alldad será deducida de cua lquiera de sus facturas pendientes o en la

~qu¡' acion fi_ nal, o s1 fuese necesario se cobrará del monto resultante de la e1ecución

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e garantia de Fiel Cumplimiento y Garantía Adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso)

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La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por el Código Civil y demás normas concordantes. CLAUSULA DECIMO CUA A: LU , ÓN DEL CONTRATO Cua~quiera de las partes po tá ret olver el ct ntrato, de conformidad con los artículos 135 Y 136º del Reglamento te...cdntrat cionÍ s del Estado. Asimismo Y mutuo acuerdo LA FAP el CONTRATISTA, podrán dar termino al contrato, de presentarse casos fo~ o da fuerza mayor considerando como parte de este ultimo, los recursos pres~p~estal~ o limitaciones en el gasto que dicte el Gobierno Central y que impiden a:J.A frAP f l cumplimiento de su compromiso, para lo cual LA FAP y el CONTRATISTA, p rán firmar un acta de liquidación de contrato. CLAUSULA DECIMO QUIN SP NS Sin perjuicio de la indemniz. c1ón ~~ año pecuniarias aplicadas a EL qoNTRATISTA obligaciones pactadas ni de I~ lugar.

BILIDAD DEL CONTRATISTA ulterior, las sanciones administrativas y no lo eximen de cumplir con las demás idades civiles y penales a que hubiere

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CLAUSULA DECIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO En lo no previsto en este contrato, en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, serán de aplicación las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente y demás normas concordantes. CLAUSULA DECIMO SEPTIMA: ARBITRAJE Todas los conflictos que deriven de la ejecución e interpretación del presente E'"'.,.. contrato, incluidos los que se refieran a su nulidad e invalidez, serán resueltos de ~ti)"º~-.c1'"«· manera definitiva e inapelable mediante ar.bitraje de derecho, d~ conformid~d c?n lo 5 ~ ~ stablecido en la normativa de cont~atac1ones ~el Estado, ~ªJ~ la organ1zac1on y ~.J ~ dministración de los órganos del sistema Nacional de Arb1tra1e del OSCE Y de 1/)

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acuerdo con su Reglamento.

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Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el Artículo 184° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. 4



TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala Especializada en Propiedad Intelectual RESOLUCIÓN Nº 1358-2017/TPl·INDECOPI EXPEDIENTEN° 567-2015/DDA

SOLICITANTE

AKADEMIA IMPORT EXPORT S.A.C.

Registro de catálogo - Falta de originalidad Lima, dos de mayo de dos mil diecisiete. l. ANTECEDENTES

Con fecha 25 de marzo de 2015, Akademia lmport Export S.A.C. (Perú) solicitó el registro de la obra inédita constituida por un catálogo de setenta y dos diseños titulado CATÁLOGO 11 "AKADEMIA-COLECCIÓN PRIMAVERA 2014 Y VERANO, OTOÑO-INVIERNO 2015". Mediante Resolución Nº 59-2015/DDA-INDECOPI de fecha 2 de junio de 2015, la Dirección de Derecho de Autor denegó la solicitud presentada por Akademia lmport Export S.A.C. Consideró que los 72 diseños de prendas de vestir presentados por la solicitante no expresan la personalidad del autor, por lo cual no cuentan con el requisito de originalidad a fin de protegida por el Derecho de Autor. Con fecha 1 de julio de 2015, Akademia lmport Export S.A.C. interpuso recurso de apelación manifestando que: - La Resolución de Primera instancia no ha sido debidamente motivada. - El examen de originalidad debió ser tomando cada diseño, y de ser denegados, explicar debidamente el motivo de su denegatoria. 11.

CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

La Sala Especializada en Propiedad Intelectual deberá determinar si corresponde otorgar el registro de la producción titulada "CATÁLOGO 11 "AKADEMIA-COLECCIÓN PRIMAVERA 2014 Y VERANO, OTOÑO-INVIERNO 2015" solicitado por Akademia lmport Export S.A.C.

M-SPl-01/01

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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Calle De la Prosa 104, San Borja, Lima 41 ~Perú / Telf.: 224 7800 e-mail: consuüas@indecopi.gob.pe /Web: www.indecopt'.gob.pe


TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala Especializada en Propiedad Intelectual RESOLUCIÓN N° 1358-2017/TPl-INDECOPI EXPEDIENTEN° 567-2015/DDA

111. ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN EN DISCUSIÓN 1. Nulidad del acto administrativo 1. 1 Marco legal El artículo 10 de la Ley 27444 establece que son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias. 2. El defecto o la omisión de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservación del acto a que se refiere el artículo 14 1. 3. Los actos expresos o los que resulten como consecuencia de la aprobación automática o por silencio administrativo positivo, por los que se adquiere facultades, o derechos, cuando son contrarios al ordenamiento jurídico, o cuando no se cumplen con los requisitos, documentación o trámites esenciales para su adquisición. 4. Los actos administrativos que sean constitutivos de infracción penal, o que se dicten como consecuencia de la misma. Asimismo, el artículo 11 2 de la citada norma señala que la nulidad será conocida y declarada por la autoridad superior de quien dictó el acto (11.2). De 1Artículo

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14.- Conservación del acto 14.1 Cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus elementos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservación del acto, procediéndose a su enmienda por la propia autoridad emisora. 14.2 Son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes, los siguientes: 14.2.1 El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivación. 14.2.2 El acto emitido con una motivación insuficiente o parcial. 14.2.3 El acto emitido con infracción a las formalidades no esenciales del procedimiento, considerando como tales aquellas cuya realización correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión final en aspectos importantes, o cuyo incumplimiento no afectare el debido proceso del administrado. 14.2.4 Cuando se concluya indudablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido, de no haberse producido el vicio. 14.2.5 Aquellos emitidos con omisión de documentación no esencial. 14.3 No obstante la conservación del acto, subsiste la responsabilidad administrativa de quien emite el acto viciado, salvo que Ja enmienda se produzca sin pedido de parte y antes de su ejecución. Artículo 11.- Instancia competente para declarar la nulidad

M-SPl-01101

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INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Calle De la Prosa 104, San Baria, Lima 41 - Perú / Telf: 224 7800 e-mail: consultas@i'ndecopi.gob.pe /Web: www.indecopi.gob.pe


TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Sala Especializada en Propiedad Intelectual RESOLUCIÓN N° 1358-2017/TPl·INDECOPI EXPEDIENTEN° 567-2015/DDA

conformidad con lo establecido en el punto 1.1 de la Directiva Nº 02-2001/TRlINDECOPI, publicada el 24 de enero del 2002 en el Diario Oficial El Peruano, las Salas del Tribunal del INDECOPI son los órganos competentes para declarar de oficio o a solicitud de parte la nulidad de los actos administrativos expedidos por las Comisiones y Oficinas del INDECOPI, cuando se produzca cualquiera de los casos enumerados en el artículo 1O de la Ley del Procedimiento Administrativo General u otros que determinen las normas especiales. 1.2 Requisitos de validez de los actos administrativos El artículo 3 de la Ley 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General) establece que son requisitos de validez de los actos administrativos los siguientes: 1. Competencia. - Ser emitido por el órgano facultado en razón de la materia, territorio, grado, tiempo o cuantía, a través de la autoridad regularmente nominada al momento del dictado y en caso de órganos colegiados, cumpliendo los requisitos de sesión, quórum y deliberación indispensables para su emisión. 2. Objeto o contenido. - Los actos administrativos deben expresar su respectivo objeto, de tal modo que pueda determinarse inequívocamente sus efectos jurídicos. Su contenido se ajustará a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, debiendo ser lícito, preciso, posible física y jurídicamente, y comprender las cuestiones surgidas de la motivación. 3. Finalidad Pública. - Adecuarse a las finalidades de interés público asumidas por las normas que otorgan las facultades al órgano emisor, sin que pueda habilitársele a perseguir mediante el acto, aun encubiertamente, alguna finalidad sea personal de la propia autoridad, a favor de un tercero, u otra finalidad pública distinta a la prevista en la ley. La ausencia de normas que indique los fines de una facultad no genera discrecionalidad. 4. Motivación. - El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. 11.1 11.2 11.3

Los administrados plantean la nulidad de los actos administrativos que les conciernan por medio de los recursos administrativos previstos en el Título 111 Capítulo 11 de la presente Ley. La nulidad será conocida y declarada por la autoridad superior de quien dictó el acto. Si se tratara de un acto dictado por una autoridad que no está sometida a subordinación jerárquica, la nulidad se declarará por resolución de la misma autoridad. La resolución que declara la nulidad, además dispondrá lo conveniente para hacer efectiva la responsabílídad del emisor del acto inválido.

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5. Procedimiento regular. - Antes de su emisión, el acto debe ser conformado mediante el cumplimiento del procedimiento administrativo previsto para su generación. De otro lado, el artículo 5 de la referida norma establece lo siguiente, respecto al objeto o contenido del acto administrativo: (i) El objeto o contenido del acto administrativo es aquello que decide, declara o certifica la autoridad. En ningún caso será admisible un objeto o contenido prohibido por el (ii) orden normativo, ni incompatible con la situación de hecho prevista en las normas; ni impreciso, obscuro o imposible de realizar. No podrá contravenir en el caso concreto disposiciones constitucionales, (iii) legales, mandatos judiciales firmes; ni podrá infringir normas administrativas de carácter general provenientes de autoridad de igual, inferior o superior jerarquía, e incluso de la misma autoridad que dicte el acto. (iv) El contenido debe comprender todas las cuestiones de hecho y derecho planteadas por los administrados, pudiendo involucrar otras no propuestas por éstos que hayan sido apreciadas de oficio, siempre que otorgue posibilidad de exponer su posición al administrado y, en su caso, aporten las pruebas a su favor. Ello en concordancia con el artículo IV del Título Preliminar de la misma ley que en su numeral 1.2 (Principio del debido procedimiento) establece que los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo, que comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho. 1.3 Motivación del acto administrativo El artículo 3.4 de la Ley 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General) incluye a la motivación como uno de los requisitos de validez de los actos administrativos, señalando que el acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporción al contenido y conforme al ordenamiento jurídico. De otro lado, el artículo 6 de la Ley 27444 (Ley del Procedimiento Administrativo General) establece que la motivación deberá ser expresa, mediante una relación concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso específico, y la M-SPl-01/01

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exposición de las razones jurídicas y normativas que, con referencia directa a los anteriores, justifican el acto adoptado. Señala, además, que puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero y que, por esta situación, constituyan parte integrante del respectivo acto. Asimismo, la norma en cuestión establece que no son admisibles como motivación la exposición de fórmulas generales o vacías de fundamentación para el caso concreto o aquellas fórmulas que, por su oscuridad, vaguedad, contradicción o insuficiencia, no resulten específicamente esclarecedoras para la motivación del acto. Ello en concordancia con el artículo IV del Título Preliminar de la misma ley que en su numeral 1.2 (Principio del debido procedimiento) establece que los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo, que comprende el derecho a exponer sus argumentos, a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho.

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Al respecto, cabe citar a Morón Urbina, quien señala que una de las funciones del deber de motivar las decisiones administrativas es cumplir un rol informador "(. ..) ya que representa la exteriorización de las razones en cuya virtud se produce un acto administrativo, y permite, tanto al administrado como a los superiores con potestades de revisión del acto, asumir conocimiento de los hechos reales y jurídicos que fundamentan la decisión administrativa, para poder articular su defensa con posibilidad de criticar las bases en que se funda e impugnarla; o para que el superior al conocer el recurso pueda desaJTollar el control (. . .). No sólo constituye un cargo para la autoridad sino un verdadero derecho de los administrados a fin de apreciar el grado de regularidad con que su caso ha sido apreciado y resuelto' 13 • 1.4 Aplicación al caso concreto Al interponer recurso de apelación contra la Resolución Nº 59-2015/DDAINDECOPI de fecha 2 de junio de 2015, el solicitante señaló que la resolución

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Morón Urbina, Juan Carlos. Comentarios a la Ley del Procedimiento Administrativo General. Editorial Gaceta Jurídica, Lima-Perú 2001, p. 81.

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materia de apelación incurre en una violación del derecho a una debida motivación. Al respecto, de la rev1s1on de la Resolución Nº 59-2015/DDA-INDECOPI de fecha 2 de junio de 2015, emitida por la Dirección de Derechos de Autor, se advierte que la misma expone en el punto 111 de la referida resolución los motivos por los cuales, en su opinión, considera que la producción presentada por el solicitante no cuenta con el requisito de originalidad a fin de que sea protegida por el Derecho de Autor, conforme se aprecia a continuación: "la Dirección de Derecho de Autor considera que las producciones que figuran en el cuadro infra no expresan la personalidad del autor, al tratarse de diseños comunes, expresados con letra imprenta, con matices de colores (en algunos de color negro y otros con colores primarios), cuyas fuentes o formatos son utilizados de manera usual en el mercado." Por lo anterior, la Sala considera que la Dirección de Derecho de Autor emitió la Resolución Nº 59-2015/DDA-INDECOPI de fecha 2 de junio de 2015 de acuerdo a ley y de acuerdo con los principios que rigen todo procedimiento administrativo. Del mismo modo, de la revisión del presente procedimiento no se ha verificado afectación a los derechos del solicitante, toda vez que ha ejercido su derecho de defensa, habiendo interpuesto recurso impugnativo contra la resolución emitida por la Primera Instancia. 2. Objeto de protección del Derecho de Autor El Derecho de Autor propugna la creación de obras, ya que sólo protege las creaciones formales y no las ideas contenidas en la obra. Las ideas no son obras y por ende, su uso es libre. No se puede adquirir sobre ellas protección o propiedad alguna, aun cuando sean novedosas. Si se otorgaran derechos exclusivos sobre las ideas consideradas en sí mismas, se obstaculizaría su difusión y con ello se impediría el desenvolvimiento de la creatividad intelectual, es decir, se trabaría la creación de una ilimitada cantidad de obras diferentes. Una misma idea, una misma investigación, un mismo tema son retomados infinidad de veces. En su desarrollo cada autor aporta la impronta de su personalidad, su individualidad. En ocasiones el resultado es altamente M-SPl-01/01

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enriquecedor, en otras trivial, pero lo que permite que cada generación impulse el lento avance de la civilización es la posibilidad de trabajar sobre lo existente, de proseguir el camino sin tener que rehacer todo y comenzar desde un inicio 4 . La Sala conviene en señalar que no sólo es posible utilizar las puras ideas que se encuentran en una obra ajena, sino también otros de sus elementos - no originales - tomados en sí mismos, como son los hechos aislados, los conceptos, el tema, el sistema, el método, el estilo literario, la forma literaria, la manera artística, el vocabulario, etc. No obstante, lo que sí resulta ilícito es tomar los elementos - ya sean vistos en su conjunto o individualmente - que reflejan la individualidad de la obra. Por tanto, el Derecho de Autor está destinado a proteger la forma representativa, la exteriorización de su desarrollo en obras concretas, aptas para ser reproducidas, exhibidas o difundidas y regular su utilización, otorgando al creador derechos exclusivos de carácter patrimonial y derechos de carácter personal. 3. La protección con independencia del género, forma de expresión, mérito o destino Conforme al artículo 1 de la Decisión 351 concordado con el artículo 3 del Decreto Legislativo 822 están protegidas todas las obras del ingenio, cualquiera que sea su género, forma de expresión, mérito o finalidad. Para el Derecho de Autor, la calidad de la obra no representa un criterio para distinguir entre las obras protegidas y las que no son susceptibles de protección 5 . Más aún, como indica Stewart, existe un consenso general sobre el hecho de que la calidad o el mérito de una obra son cuestiones de gusto y no tienen que ver con qué se entiende por una obra6 . Ahora bien, el hecho que sea irrelevante el objeto, la utilidad, el valor económico, el buen o mal gusto de la obra, no significa que la Administración deba renunciar 4

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Lipszyc, Derecho de autor y derechos conexos, Ediciones UNESCO, Buenos Aires 1993, p. 62. Colombet, Claude. Grandes principios del derecho de autor y los derechos conexos en el mundo. Madrid 1997, p. 15. S.M. Stewart. lnternational copyright and neighbouring rights, Londres 1989, p. 50. Citado por Colombet (nota 5), pp. 15 y ss.

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a todo tipo de enjuiciamiento a efectos de otorgar una protección por Derecho de Autor. Para proteger o no una obra por Derechos de Autor, es necesario determinar qué grado de creatividad personal ha sido expresado por el autor. En estos casos, tampoco se analizarán las características estéticas o calidades artísticas de la obra, sino si la obra tiene el sello de creación individual. 4. La originalidad en el Derecho de Autor Según el artículo 3 de Ja Decisión 351 concordado con el artículo 2 del Decreto Legislativo 822, se entiende por obra toda creación intelectual original de naturaleza artística, científica o literaria, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma. Conforme fuera establecido por esta Sala mediante Resolución Nº 286-1998TPl-INDECOPJ de fecha 23 de marzo de 19987 , que estableció con carácter de precedente de observancia obligatoria el requisito de originalidad en Derecho de Autor, se entiende por obra toda creación intelectual original de naturaleza artística, científica o literaria, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma. En este contexto, Ja Sala es de opinión que Ja originalidad de la obra reside en la expresión - o forma representativa - creativa e individualizada de la obra, por mínimas que sean esa creación y esa individualidad. 8 Si bien toda obra es el producto del esfuerzo de su creador, no todo Jo producido con esfuerzo merece protección por derechos de autor. Ello sólo será posible en la medida que la creación tenga elementos de originalidad suficientes para ser considerada como obra. Admitir lo contrario implicaría proteger incluso aquello que no es objeto de protección por derechos de autor, como la elaboración de la lista de películas que se exhiben en los cines de Lima.

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Recaída en el Expediente N° 663-96-0DA-AI, relativo a la denuncia por infracción a la legislación sobre el Derecho de Autor interpuesta por Agrotrade S.R.Ltda. en contra de lnfuctecsa E.l.R.L., por el supuesto plagio de la etiqueta publicitaria correspondiente al producto ALPHA CPL 1O CE, la cual fue declarada infundada. Como señala Lipszyc (nota 4, p. 65) algunos autores prefieren utilizar el término de individualidad en lugar de originalidad por considerar que expresa más adecuadamente la condición que el derecho impone para que la obra goce de protección.

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El requisito de originalidad o individualidad implica que para la creación de la obra debe existir un espacio para el desarrollo de la personalidad de su autor. En consecuencia, lo que ya forma parte del patrimonio cultural - artístico, científico o literario - no puede ser individual. Igualmente, la originalidad sirve para diferenciar las obras protegidas por derechos de autor de las banales, de la vida diaria, rutinarias. Tampoco puede decirse que una creación es original si la forma de expresión se deriva de la naturaleza de las cosas o es una mera aplicación mecánica de lo dispuesto en algunas normas jurídicas o por lógica o si la forma de expresión se reduce a una simple técnica que sólo requiere de la habilidad manual para su ejecución. Sin embargo, de acuerdo a las circunstancias de un caso particular, un pequeño grado de creatividad intelectual puede ser suficiente para determinar que la obra sea original o individual. Así, en la lista enunciada de manera ejemplificativa en el artículo 4 de la Decisión 351 concordado con el artículo 5 del Decreto Legislativo 822 de las obras que merecen una protección por derechos de autor, la originalidad constituye un filtro para la concesión de la protección en el caso en concreto. Pero el requisito de originalidad o individualidad no sólo sirve para determinar qué cosa es una obra y qué no, sino también para determinar el alcance de la protección del derecho de autor. Sólo se protege contra plagio aquella parte de la obra que refleje la individualidad del autor. Ahora bien, la determinación de si una obra es original constituye una cuestión de hecho. Se trata además de una noción subjetiva, en la medida que la originalidad no puede apreciarse de la misma manera en todas las obras. En ese orden de ideas, para el derecho de autor el término creación no tiene el significado corriente de sacar algo de la nada y la originalidad de la obra no tiene que ser absoluta, por lo tanto, no es necesario que la inspiración del autor esté libre de toda influencia ajena. 5. Protección de las compilaciones por el derecho de autor 5.1 Marco conceptual El artículo 4 inciso 11) de la Decisión 351 concordado con el artículo 5 inciso 1) del Decreto Legislativo 822 establece que están comprendidas entre las obras protegidas las antologías o compilaciones de obras diversas, siempre que M-SPl-01/01

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dichas colecciones sean originales en razón de la selección, coordinación o disposición de su contenido. Por su parte el artículo 2 numeral 5) del Convenio de Berna señala que las colecciones de obras literarias o artísticas tales como las enciclopedias y antologías que, por la selección o disposición de las materias, constituyan creaciones intelectuales estarán protegidas como tales, sin perjuicio de los derechos de los autores sobre cada una de las obras que forman parte de estas colecciones. Siempre que se alude a compilaciones, colecciones y antologías (denominadas también como base de datos9) se piensa en la figura de obras derivadas, ya que, como regla general, se forman mediante la utilización de obras preexistentes. Sin embargo puede ocurrir, y así sucede en muchos casos, que la base esté constituida por la recopilación de hechos y datos que no constituyen, ellos mismos, obras originarias. 10 Es factible que la compilación sea el resultado de la selección de obras primigenias, bien mediante la reproducción íntegra de los textos, o a través de su adaptación o modificación, en ambos casos, para que sea lícita, siempre que se respeten los derechos de los autores de las obras originales, las cuales pueden ser de la más diversa índole. Así, cuando el material seleccionado o compilado esté constituido por obras en el dominio privado, es necesario que el autor de la compilación haya obtenido la autorización correspondiente de los autores de tales obras. Cuando se trata de obras en dominio público, siempre quedarán subsistentes los derechos morales de paternidad e integridad. 11 Asimismo, la compilación puede consistir en una reunión de hechos o datos, aunque éstos per se, no sean obras protegidas. Es por tal razón, que el Convenio de Berna se refiere a la selección o disposición de las materias y no de las obras. 9

A efectos de dar una definición de lo que es una base de datos se recurrirá a lo señalado en el articulo 2 numeral 4 del Decreto Legislativo 822, norma vigente actualmente, la cual señala que se entiende por base de datos la compilación de obras, hechos o datos en forma impresa, en unidad de almacenamiento de ordenador o de cualquier otra forma. 10 Antequera Parilli, Derecho de Autor, Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual, Caracas 1998, Tomo 1, p. 325. 11 Antequera Parilli (nota 4), p. 326. M-SPl-01/01

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Lo que sí resulta un requisito necesario para que se hable de obra al referirse a las compilaciones, al igual como sucede con cualquier otra obra, es que éstas presenten originalidad en la selección o disposición de su contenido, de tal forma que pueda afirmarse que se trata de un trabajo creativo. Así quedan excluidas de la protección por el derecho de autor, aquellas compilaciones producto de la simple acumulación mecánica o rutinaria, en los que no se advierte una creación personal. En las compilaciones, la originalidad se manifiesta en su compos1c1on. La selección de las obras o de los fragmentos de obras que las componen y la metodología con que son tratados, constituyen esfuerzos intelectuales que dan resultado una obra distinta de las que la forman. 12 De otro lado, se debe tener en consideración que existen compilaciones o bases de datos que por el volumen de la información almacenada demandan grandes inversiones para su realización, pero donde no existe originalidad en la selección o disposición de sus elementos. En estos casos, la Sala es de la opinión que, en atención a las inversiones cualitativas o cuantitativas realizadas, es posible conceder una protección a éstas a través de las normas de represión de la competencia desleal, siempre que se trate de una apropiación desleal de los resultados de una empresa ajena. Para afirmar lo anterior será necesario que el resultado materia de la apropiación revista ciertas particularidades (capacidad para despertar asociaciones concretas respecto al origen y calidad de la empresa), aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno y la presencia de otros elementos competitivos. Al respecto, la Directiva Europea 96/6/CE sobre la protección jurídica de las bases de datos 13 establece dos sistemas: el primero, para la tutela por el derecho de autor sobre las bases de datos que, por la selección o la disposición de su contenido constituyan creaciones intelectuales; y el segundo, mediante el un derecho sui generis para aquellas bases de datos que, con independencia de la protección por el derecho de autor u otros derechos, representen, por la obtención, verificación o presentación de su contenido, una inversión sustancial desde el punto de vista cuantitativo o cualitativo. Conforme a este derecho sui generis, el fabricante de la base de datos puede prohibir la 12

Lipszyc (nota 2), p. 114. Pari\li (nota 4), p. 334.

13 Antequera

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extracción y/o reutilización de la totalidad o de una parte de la misma, evaluada cualitativa o cuantitativamente. 6. Protección por el derecho del catálogo solicitado a registro En su solicitud de registro, Akademia lmport Export S.A.C. señaló que pretende registrar el catálogo denominado CATÁLOGO 11 "AKADEMIA-COLECCIÓN PRIMAVERA 2014 Y VERANO, OTOi\JO-INVIERNO 2015" precisando que se trata de setenta y dos diseños aplicados en cuellos, mangas, encajes, bastas, cortes, puños, pespuntes, cierres, collaretas, galones, recubiertos, aplicaciones, pecheras, encogidos, pretinas, atraques con recta, dobleces, cintas, nudos, etc. Así como también en sus estampados para polos (prendas de vestir) para mujeres, siendo que .los personajes que aparecen en algunos diseños han sido creados por computadora. La Sala considera que lo que se pretende registrar es una compilación (catálogo), puesto que se trata de la agrupación de setenta y dos diseños de prendas de vestir. Por ello, el catálogo en cuestión debe ser original en sí mismo, independientemente de las representaciones u obras que pueda contener (en el caso, los dibujos). Del análisis de la compilación objeto de registro, la Sala considera que no presenta rasgos de originalidad, ya sea en la selección de su contenido o en la disposición del mismo, puesto que se trata de una simple recolección de diseños de prendas de vestir para mujeres (polos) en donde no se puede apreciar la existencia de un criterio original a efectos de seleccionar el material que forma parte de la compilación, o para determinar la ubicación del mismo dentro de ésta. En tal sentido, el catálogo denominado CATÁLOGO 11 "AKADEMIACOLECCIÓN PRIMAVERA 2014 Y VERANO, OTOi\JO-INVIERNO 2015" carece de elementos de originalidad que permitan reconocerlo como obra, motivo por el cual no puede acceder a registro.

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IV. RESOLUCIÓN DE LA SALA CONFIRMAR la Resolución Nº 59-2015/DDA-INDECOPI de fecha 2 de junio de 2015 que DENEGÓ el registro del catálogo denominado CATÁLOGO 11 "AKADEMIA-COLECCIÓN PRIMAVERA 2014 Y VERANO, OTOÑO-INVIERNO 2015", solicitado por Akademia lmport Export S.A.C. Con la intervención de los Vocales: Carmen Jacqueline Gavelan Díaz, Néstor Manuel Escobedo Ferradas, María Soledad Ferreyros Castañeda, Ramiro Alberto del Carpio Bonilla y Gonzalo Ferrero Diez Canseco

N JACQUELINE GAVELAN DÍAZ la Sala Especializada en Propiedad Intelectual

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A LA DIRECCIÓN DE DERECHO DE AUTOR DÉ'L~'INDECTÓ~I Julio A. Castro García con DNI Nº 06177913 en representación de JULIO DAYVIS ARRIETA PAJUELO según poder cuya copia acompaño, con domicilio legal en la Casilla 08 del INDECOPI; a Uds. respetuosamente digo: Que, enterados por consulta al Sistema de la Dirección de Derecho de Autor de la Solicitud de Registro de Obras Artística y Obras de Arte Aplicado bajo título "MULTICAM", solicitada el 23/03/2019 por la empresa CRYE PRECISION LLC. de Estados Unidos consistente en un "Diseño de Patron" o Dibujos o una Ornamentación aplicado a Telas para Uniforme Militar; al amparo del Artículo 20 del D.S. 0532017/PCM , Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos, contemplado en el Decreto Legislativo Nº 822, Ley sobre el Derecho de Autor, SOLICITAMOS QUE PARA LOS EFECTOS DE SU CALIFICACIÓN tener en cuenta lo siguiente: 1.- La obra artística solicitada incumple con el Requisito de ser ORIGINAL.La originalidad como requisito de protección por el Derecho de Autor, según el artículo 3 de la Decisión 351 concordado con el artículo 2 del Decreto Legislativo 822, se entiende por ello que constituye una obra toda creación intelectual original de naturaleza artística, científica o literaria, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma . Según el artículo 4 inciso a) de la Decisión 351 concordado con el artículo 5 inciso a) del Decreto Legislativo 822, la protección reconocida del Derecho de Autor recae sobre todas las obras literarias, artísticas y científicas que puedan reproducirse o divulgarse por cualquier forma o medio conocido o por conocer, y que incluye,

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entre otras, las obras expresadas por escrito, es decir, los libros, folletos y cualquier tipo de letras, signos o marcas convencionales. En la Resolución Nº 286-1998-TPl-INDECOPI de fecha 23 de marzo de 1998, la Sala estableció con carácter de precedente de observancia obligatoria el requisito de originalidad en materia del Derecho de Autor, precisando lo siguiente: "Debe entenderse por originalidad de la obra la expresión (o forma representativa) creativa e individualizada de la obra, por mínimas que sean esa creación y esa individualidad. La obra debe expresar lo propio del autor, llevar la impronta de su personalidad. No será considerado individual lo que ya forma parte del patrimonio cultural - artístico, científico o literario - ni la forma de expresión que se deriva de la naturaleza de las cosas ni de una mera aplicación mecánica de lo dispuesto en algunas normas jurídicas, así como tampoco lo será la forma de expresión que se reduce a una simple técnica o a instrucciones simples que sólo requieren de la habilidad manual para su ejecución. En consecuencia, no todo lo producido con el esfuerzo de su creador merece protección por derechos de autor. Igualmente aun cuando exista certeza de que una creación carente de individualidad ha sido copiada textualmente, tal circunstancia no convierte a ésta en obra". En este contexto, la Sala Especializada en Propiedad Intelectual en sus distintas resoluciones “es de la opinión que la originalidad de la obra reside en la expresión - o forma representativa - creativa e individualizada de la obra, por mínimas que sean esa creación y esa individualidad. Si bien toda obra es el producto del esfuerzo de su creador, no todo


lo producido con esfuerzo merece protección por Derecho de Autor. Ello sólo será posible en la medida que la creación tenga elementos de originalidad suficientes para ser considerada como obra. Admitir lo contrario, implicaría proteger incluso aquello que no es objeto de protección por Derecho de Autor, como la elaboración de la lista de películas que se exhiben en los cines de Lima”. El requisito de originalidad o individualidad implica que para la creación de la obra debe existir un espacio para el desarrollo de la personalidad de su autor. En consecuencia, lo que ya forma parte del patrimonio cultural - artístico, científico o literario - no puede ser individual. Igualmente, la originalidad sirve para diferenciar las obras protegidas por Derecho de Autor de las banales, de la vida diaria, rutinarias. Tampoco puede decirse que una creación es original si la forma de expresión se deriva de la naturaleza de las cosas o es una mera aplicación mecánica de lo dispuesto en algunas normas jurídicas o por lógica o si la forma de expresión se reduce a una simple técnica que sólo requiere de la habilidad manual para su ejecución. Sin embargo, de acuerdo a las circunstancias de un caso particular, un pequeño grado de creatividad intelectual puede ser suficiente para determinar que la obra sea original o individual. Así, en la lista enunciada de manera ejemplificativa en el artículo 4 de la Decisión 351 concordado con el artículo 5 del Decreto Legislativo 822 de las obras que merecen una protección por Derecho de Autor, la originalidad constituye un filtro para la concesión de la protección en el caso en concreto. Pero el requisito de originalidad o individualidad no sólo sirve para determinar qué cosa es una obra y qué no, sino también para determinar el alcance de la protección del Derecho de Autor. Sólo se protege contra plagio aquella parte de la obra que refleje la individualidad del autor.


Ahora bien, la determinación de si una obra es original constituye una cuestión de hecho. Se trata además de una noción subjetiva, en la medida que la originalidad no puede apreciarse de la misma manera en todas las obras. En ese orden de ideas, para el Derecho de Autor el término creación no tiene el significado corriente de sacar algo de la nada y la originalidad de la obra no tiene que ser absoluta; por lo tanto, no es necesario que la inspiración del autor esté libre de toda influencia ajena” ( Resolución 2361-2017/TPI-INDECOPI ). 2.- Sobre la “obra artística” cuya inscripción se pretende. Nosotros señalamos que el solicitante CRYE PRECISION LLC. de Estados Unidos pretende con esta solicitud sorprender a la Autoridad de Derecho de Autor en el Perú señalando que se trata de un “obra” que cumple con los requisitos señalados en la ley; entre ellos, que es “original”. Según podemos observar, se trata de una ORNAMENTACIÓN APLICABLE A TELAS PARA USO MILITAR ( llamados también “ranger” o de “comando” ):

Cuando a simple búsqueda de imágenes por Internet podemos observar las siguientes ornamentaciones en uniformes militares (pego pantallazo de búsqueda en Google) que son de DOMINIO PÚBLICO DESDE HACE DÉCADAS:


3.- Con la misma maniobra temeraria CRYE PRECISION LLC. de Estados Unidos ha pretendido sorprender también a la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías. En efecto, observamos también que bajo el Expediente 0019822018/DIN la misma solicitante pretendió el Registro como Diseño Industrial titulado “Camiseta” la misma que contiene el diseño llamado “Patron” según la siguiente representación gráfica:


En este caso también pretendiendo que se le reconozca su “novedad absoluta”, siendo que mediante Resolución 000717-2019/DININDECOPI del 12 de marzo de 2019, la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías del INDECOPI la DENEGÓ DE OFICIO dado de que justamente carece de novedad por constituir un diseño existente en el mercado desde hace años y publicado en la misma página web del solicitante ( pego fundamentos ):

Por tales consideraciones y en aplicación del Principio de Verdad Material contenido en el Numeral 1.11 del Artículo IV del D.S. 0042019-JUS, T.U.O. de la Ley del Procedimiento Administrativo General “En el procedimiento, la autoridad administrativa competente deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley, aun


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cuando no hayan sido propuestas por los administrados o hayan acordado eximirse de ellas".

POR TANTO: A la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI solicitamos tener a sus Antecedentes este Escrito y sus Anexos para la Calificación de la presente Solicitud de Reg istro. OTROSÍ DIGO: Que, acompañamos los siguientes documentos: -Impresos de los Resultados de Búsqueda de Imágenes en Google, a que hacemos referencia en el punto 2 de este Escrito. -La Resolución 000717-2019/DIN-INDECOPI del 12 de marzo de 2019_a que hacemos referencia en el punto 3 de este Escrito.

San Borja , Abril de 2019.

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ESTUDIO CASTRO GARCÍA BUSINESS LAW ABOGADOS

PODER

El abajo firmante JULIO DAYVIS ARRIETA PAJUELO con DNI 42685988 con domicilio en Calle Las Lomas 196, Cooperativa Tayacaja 2da. Etapa, Santa Anita, Lima nombra por el presente al Apoderado en la Propiedad Industrial a: ESTUDIO CASTRO GARCiA - ABOGADOS S.A.C. con RUC Nº 20492660222 y/o JULIO ANGEL CASTRO GARCIA con DNI Nº 06177913 y/o Wilfredo Augusto Alvarado Sánchez con DNI Nº 06281408 , como apoderado(s) verdadero(s) y legal(es), con poder amplio y suficiente para que de manera indistinta o independientemente en nuestra representación pueda(n): En el Expediente 7232019 de la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPI pueda presentar Escritos e Impugnar Resoluciones;- asimismo, Presentar Registros y Renovaciones de Registros de Signos Distintivos, Nulidades y Defensas de Nulidades contra Registros; Oposiciones y Defensas de Oposiciones de Solicitudes de Signos Distintivos, Cancelaciones y Defensas de Cancelaciones de Registros, , Actos Modificatorios y trámites de Rectificpción de Registros; Nulidades y Defensas de Nulidades de Registros; Presentat Denuncias y Defensas de Denuncias por Competencia Desleal , Denuncias y Defensas de Denuncias por Infracción de Marcaria, pudiendo actuar en Diligencias de Inspección, firmar Actas de Inspección, Actas de Audiencias de Conciliaciól') ~ suscribir Acuerdos Extrajudiciales; presentar Escritos, Recursos Impugnativos; Presentar Registros e Inscripciones en la Dirección de Derecho de Autor del INDECOPJ;~ Denuncias y Defensas de Denuncias por de Derechos de Autor; Delegar y/o Otorgar facultades ; Asistir y firmar Actas de Audiencia de Pruebas en la Comisión de Signos Distintivos, Comisión de Invenciones y Nuevas Tecnologías y demás Órganos Funcionales del INDECOPI , a cuyo efecto les faculto para que pueda dar ante dichas autoridades todos los pasos necasarios para dichos objetos; asimismo ratificamos cualquier acto que se haya efectu.ado en representación del otorgante. Dado en Lima a los 1O días del mes de Abril de DosmilDiecinueve.

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DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS

EXPEDIENTE Nº 001982-2018/DIN

RESOLUCIÓN Nº 000717-2019/DIN-INDECOPI Lima, 12 de marzo de 2019

Diseño industrial: Denegada Mediante expediente Nº 001982-2018/DIN, iniciado el 12 de octubre de 2018, CRYE PRECISION LLC de Estados Unidos de América, solicita diseño industrial para "CAMISETA", C.I.D.11 02-02, cuyos diseñadores son Gregg THOMPSON y Caleb CRYE.

1. CUESTIÓN PREVIA De acuerdo con lo señalado en el proveído de fecha 22 de octubre de 2018, se deja constancia que el diseño industrial solicitado no reivindica una combinación de colores.

2. ANÁLISIS 2.1. Legislación pertinente De conformidad con lo dispuesto por el artículo 113 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina que aprueba el Régimen Común sobre Propiedad Industrial, se considerará como diseño industrial la apariencia particular de un producto que resulte de cualquier reunión de líneas o combinación de colores, o de cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, línea, contorno, configuración, textura o material, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto. Por su parte, el artículo 115 de la Decisión antes citada, establece que serán registrables los diseños industriales que sean nuevos. Un diseño industrial no es nuevo si antes de la fecha de la solicitud o de la fecha de prioridad válidamente invocada, se hubiere hecho accesible al público, en cualquier lugar o momento, mediante una descripción, utilización, comercialización o por cualquier otro medio. Un diseño industrial no es nuevo por el mero hecho que presente diferencias secundarias con respecto a realizaciones anteriores o porque se refiera a otra clase de productos distintos a dichas realizaciones. Asimismo, el artículo 116 de la Decisión 486, en su inciso b) establece que no serán registrables los diseños industriales cuya apariencia estuviese dictada enteramente por consideraciones de orden técnico o por la realización de una función técnica, que no incorpore ningún aporte arbitrario del diseñador.

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Calle De la Prosa 104, San Borja, Lima 41 - Perú Telf: 224 7800 / Fax: 224 0348 E-mail: postmaster@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe

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El artículo 124 de la Decisión 486 señala que, vencido el plazo establecido en el artículo precedente, o si no se hubiese presentado oposición, la oficina nacional competente examinará si el objeto de la solicitud se ajusta a lo establecido en los artículos 113 y 116. La oficina nacional competente no realizará de oficio ningún examen de novedad de la solicitud, salvo que se presentará una oposición sustentada en un derecho anterior vigente o en la falta de novedad del diseño industrial. Sin perjuicio de ello, cuando el diseño industrial carezca manifiestamente de novedad, la oficina nacional competente podrá denegar de oficio la solicitud.

2.2.

Examen de registrabilidad

De la búsqueda efectuada, se ha podido constatar que en la página web https://www.cryeprecision.com/Resources/en/SpecSheets/APRCSE_SPEC.pdf, se advierte la existencia de un producto denominado G3 COMBAT SHIRT, publicado en el año 2014, el cual se aprecia a continuación:

En el presente caso, el producto denominado G3 COMBAT SHIRT, fue publicado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de diseño industrial en análisis (12 de octubre de 2018), por lo que constituye un antecedente válido a fin de realizar el análisis de registrabilidad. INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Calle De la Prosa 104, San Borja, Lima 41 - Perú Telf: 224 7800 / Fax: 224 0348 E-mail: postmaster@indecopi.gob.pe / Web: www.indecopi.gob.pe

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Del análisis efectuado, se advierte que el diseño considerado como antecedente, presenta las mismas características que el diseño industrial solicitado, toda vez que en ambos casos, se trata de una prenda de vestir que, en cuya parte frontal superior, desde el inicio del cuello y hasta la parte media del pecho, se dispone un cierre; además, en la parte superior de ambos brazos así como en el borde externo del final de la bocamanga, se presentan unas aplicaciones a modo de bandas o cintas; y, tanto en los brazos como el cuello de la prenda, están conformados por una tela que presente una ornamentación característica.

DISEÑO INDUSTRIAL (ANTECEDENTE)

DISEÑO INDUSTRIAL (SOLICITADO)

En consecuencia, el diseño industrial solicitado para “CAMISETA” carece de novedad, motivo por el cual no es posible acceder a su protección legal.

2.3. Conclusión del análisis Estando a lo expuesto, se determina que el diseño industrial solicitado no cumple con el requisito de novedad exigido por el artículo 115 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina, motivo por el cual a tenor de lo establecido en el artículo 124 del texto legal acotado, corresponde su denegatoria. Se emite la presente Resolución en aplicación de las normas legales antes mencionadas, y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 37 y 40 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) sancionada por Decreto Legislativo Nº 1033, concordante con el artículo 4 del Decreto Legislativo 1075 que aprueba las disposiciones complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

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3. RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN DE INVENCIONES Y NUEVAS TECNOLOGÍAS DENEGAR lo solicitado por CRYE PRECISION LLC de Estados Unidos de América, por las razones expuestas.

Regístrese y Comuníquese

MANUEL CASTRO CALDERÓN

Director de Invenciones y Nuevas Tecnologías INDECOPI

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