Año I Número 1
Enero 2013
XXII Cumbre Iberoamericana Todo sobre el Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía
Ya está en marcha el Centro Iberoamericano de arbitraje
Especial desahucios hipotecarios
Elecciones ICAM 2012: Sonia Gumpert, nueva Decana
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Bienvenidos
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enemos el gran placer de presentaros el Foro Jurídico Iberoamericano, la revista internacional de Derecho Práctico, el cual nace con el espíritu de servir de puente fusión entre España e Iberoamérica, para que juntos podamos aprender y mostrar los conocimientos de grandes juristas de reconocido prestigio en ambos hemisferios.
pero estamos plenamente convencidos de que con esfuerzo y dedicación este 2013, recién comenzado, puede ser un año lleno de éxitos que esperamos poder compartir con todos vosotros.
Todo el equipo editorial que conformamos este medio, queremos agradeceros de ante mano vuestro apoyo y colaboración, y nos gustaría que tuvierais en esta nueva publicación un esEs para nosotros una gran satisfacción poder pacio donde poder hacer gala de toda vuestra iniciar este proyecto, y sobre todo en momen- experiencia jurídica. tos tan duros como los que estamos viviendo, ¡Bienvenidos a todos a FORJIB!
SUMARIO
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DESC
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Marketing jurídico y TIC`s
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Responsabilidad Social Corporativa
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Derecho de empresa
60
Laboral internacional
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Tribunales internacionales
70 92
XXII Cumbre Iberoamericana
Habilidades de la abogacía
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Elecciones al decanato del Colegio de Abogados de Madrid
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Costa Rica, una experiencia exitosa
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n el marco de la Conmemoración de la promulgación de los 15 años de la Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos, o Ley 7727, Costa Rica dio un salto cualitativo en ofrecer acceso a la justicia, es por ello que desde la Dirección Nacional de Resolución de Conflictos (Dirección RAC), adscrita al Ministerio de Justicia y Paz, impulsamos un congreso internacional en el que la palestra nos ofreciera temas de actualidad pero que además permitiera analizar el camino recorrido para tener una visión fija de hacia donde queremos dirigir nuestros esfuerzos. Este congreso tuvo lugar el pasado 27, 28 y 29 de noviembre en las instalaciones del Colegio de Abogados de Costa Rica, quien auspicio este evento y ha venido trabajando hombro a hombro con la Dirección RAC. Contó con más de 15 expositores nacionales e internacionales, dentro de los que se contaban figuras con Anabelle León, Magistrada de la Sala Primera de la corte de Justicia de Costa Rica, Rodrigo Oreamuno, expresidente de la República de Costa Rica (1994-1998) y árbitro internacional, José Rafael Fernández, Presidentes de la ICC, capitulo Costa Rica, Salvador Fonseca, especialista mexicano, Julia Scandale, expositora argentina, Javier Íscar, especialista español, entre varios otros. La excelente calidad de los expositores así como una organización impecable permitió que el congreso contara con más de 200 personas durante cada uno de los tres días. Este evento denotó que hay gente comprometida con el mejoramiento continuo y que nos une una pasión y una voca-
ción: la justicia. Se discutieron los avances y desafíos de una ley que ha transformado para bien el panorama de la justicia en Costa Rica: la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y que ahora quiero compartir algunas breves reflexiones sobre esta legislación fundamental. Antes de la promulgación de esta Ley, los mecanismos para el acceso a la justicia eran limitados. Para los costarricenses, la única forma de resolver un conflicto era acudir a los Tribunales de Justicia. A la larga, esto elevó los costos para los ciudadanos y trajo consigo una saturación del sistema judicial. No es extraño que mucha gente optara por no acudir ante estos órganos jurisdiccionales. Cada vez era más difícil hacer realidad el principio de justicia pronta y cumplida. Con la promulgación de la Ley 7727, el 9 de diciembre del año 1997, se buscó crear una alternativa a los ciudadanos para darles, precisamente, acceso a la justicia. Hablamos de un ordenamiento que surge para resolver conflictos entre particulares de manera más rápida, eficiente y oportuna. Se trataba de abrir y ampliar avenidas para la justicia, ahí donde sólo había barreras y obstáculos.
Sin embargo, todos sabemos que las leyes necesitan para su correcta aplicación de instituciones eficaces y de funcionarios comprometidos. Por eso en años recientes, nos hemos dado a la tarea de fortalecer y mejorar el trabajo de la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos. Nos levantamos las mangas y nos pusimos maGary Amador, actual Presidente del Colegio de Abogados de Costa Rica que fue elegido nos a la obra para
hace justamente un año, en enero de 2012.
5 realizar una verdadera reingeniería en esta Dirección Nacional. Comenzamos así a vencer inercias e ineficiencias que limitaban su función como el puente que permitiría a más costarricenses acceder a mecanismos ágiles de justicia. Ese esfuerzo está poco a poco dando frutos. En los últimos años, hemos logrado acercar la justicia a nuestras comunidades y a los inversionistas. ¿Cómo lo hemos hecho? En primer lugar, se han instalado 16 Casas de Justicia en diversas comunidades del país. Se trata de centros de resolución alterna de conflictos que, con la ayuda de mediadores profesionales, permiten a las partes alcanzar un acuerdo legal y resolver sus diferencias sin necesidad de plantear demandas en los Tribunales de Justicia. Ahí se pueden resolver lo mismo conflictos entre vecinos y familiares que diferencias laborales, de présta-
Modulo de las Naciones Unidas, permitiendo que Costa Rica se ofrezca como un país con capacidad jurídica, administrativa y profesional capaz de tramitar arbitrajes internacionales amparada en legislación acorde a las necesidades de los mercados internacionales. En tercer lugar, hemos avanzado en la promoción de una cultura de resolución alterna de conflictos. De 2010 a la fecha, la Dirección Rac, ha impartido 25 charlas o talleres de sensibilización y capacitación en métodos RAC en centros educativos, comunidades de alto riesgo social y a la población en general. Así, contribuimos a la construcción de una cultura de paz efectiva. En suma, gracias a la Ley 7727 y a la participación de las comunidades y los particulares, hoy podemos afirmar que vamos en la dirección correcta para brindar más y mejores vías de acceso
“Con la promulgación de la Ley 7727, el 9 de diciembre del año 1997, se buscó crear una alternativa a los ciudadanos para darles, precisamente, acceso a la justicia” mos y adeudos, e incluso de consumidores insatisfechos con algún producto o servicio. Del 2010 a la fecha, las 16 Casas de Justicia atienden a 50 mil personas cada año. Y debido a los buenos resultados obtenidos, dentro de los planes institucionales está el contar con 20 Casas de Justicia para 2014. En segundo lugar, se reactivó la relación con los Centros de Resolución Alterna de Conflictos Privados. Esto permite que no se vea a la Dirección RAC únicamente como un ente fiscalizador de esos Centros, sino como una aliada para coordinar acciones conjuntas a fin de extender la práctica de la resolución alterna a las empresas nacionales e internacionales, así como a los inversionistas. Producto de ello, en el año 2010 se gestiono la Promulgación de la Ley Sobre Arbitraje Comercial Internacional, número 8937, basada en la Ley
a la justicia en Costa Rica. Sin embargo, estamos muy lejos aún de afirmar que la tarea está concluida. Tenemos muchos desafíos por delante. Dice la sabiduría popular que “hablando se entiende la gente”. Y eso es lo que hemos buscado en la Dirección RAC: brindar un espacio amigable, accesible, profesional y útil a todos los costarricenses que necesiten hablar y entenderse para resolver un conflicto, sea este mediante la intervención directa o por medio de tribunales arbitrales constituidos al efecto. El efecto de nuestro trabajo va más allá: la resolución alterna de conflictos fortalece la confianza entre los ciudadanos, y también la confianza en las instituciones y las leyes; esto es un elemento esencial para fortalecer el Estado de derecho y afianzar la cultura de la legalidad y de la paz.
Laura Carmiol
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Hacia una profesionalización del arbitraje
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a indudable repercusión en la resolución de
Pleno del Consejo General del Poder Judicial a adoptar el acuerdo de 25 de noviembre de 2010, por el que se atribuyó al Juzgado de Primera Instancia número 101 de Madrid, de nueva creación, el conocimiento con carácter exclusivo de los asuntos de laudo y arbitraje. Se trata de un empujón para el arbitraje por la rapidez que se asociará a la resoludad a través de una correcta redacción del convenio arbitral. Es bastante usual que el contrato se limite a establecer la intención de las partes a acudir a arbitraje en cargada de administrarlo ni otros detalles, en caso de que haya una intención de utilizar un arbitraje ad hoc. La anterior circunstancia se traducirá en una ralentización de todo el proceso Juez para que sea éste el que designe al árbitro, lo que conllevará, asimismo, falta de especialización del procedimiento arbitral y, como consecuencia, pérdida de En el caso de optar por el arbitraje ad hoc y no por el arbitraje institucional o administrado, serán las partes las aspectos, el procedimiento y las reglas a las que habrá de someterse, lo que requiere de una negociación más detallada y pormenorizada del convenio arbitral. En el arbitraje ren a una institución arbitral la facultad de determinar las reglas a las cuales habrá de someterse el arbitraje. Si lo queremos, se trata de una facilitación de todos los trá-
mites, una profesionalización del arbitraje, ya que se delega en la institución y se confía en su experiencia y know-how. El futuro está en el arbitraje institucional Hace una veintena de años, el arbitraje ad hoc funcionaba perfectamente, bajo el amparo de la exclusividad. Sin embargo, los ritmos profesionales actuales, la irrupción del on line en todas las esferas de nuestra vida, la gran variedad de empresas y negocios, y profesionales, el comercio electrónico… han hecho que todos los actores intervinientes en el arbitraje aumenten, complicando todo el proceso y haciendo de la carencia de experiencia, un indeseado protagonista. Lo citado en el anterior párrafo parece decantar el futuro del arbitraje hacia las instituciones arbitrales tanto en arbitraje nacional, como en internacional. Una institución profesionalizada será capaz de responder a las diversas necesidades de los diferentes tipos de arbitraje, tendrá infraestructura necesaria para facilitar el ODR ( ), una actualización de curricula de árbitros expertos, un control pormenorizado del proceso, de los honorarios, de los tiempos, disponibigarantizar la calidad. La profesionalización del arbitraje La especialización forma parte de este nuevo escenario jugando un papel esencial. Los diversos sectores y procedimientos necesitan una atención profesionalizada empezando por la designación del árbitro experto.
Sede de la Asociación Europea de Arbitraje, situada en calle Campoamor 18 de Madrid (España)
Esta tendencia natural hacia el arbitraje institucional se
7 entiende, además de por la evolución social, económica y vital de nuestro día a día, por las siguientes razones: Las instituciones arbitrales tienen procedimientos prestablecidos y perfeccionados con la experiencia. En caso contrario, el convenio de arbitraje debe contener una serie de precisiones (forma de designación de los árbitros, plazos para las alegaciones y pruebas, arbitraje de derecho o de equidad, reglas aplicables al fondo del asunto, plazo para dictar el laudo, etc. 2. Facilidad y garantía en la designación de los árbitros Cuando las partes no han previsto la forma de designación de árbitros o no se ponen de acuerdo sobre las personas a designar, en el arbitraje ad hoc es preciso acudir a los tribunales para que procedan a dicho nombramiento (“formalización judicial del arbitraje”). Ello produce dilaciones y gastos y el procedi-
5. Asistencia administrativa Las instituciones prestan servicios administrativos e incluso de secretaría a los árbitros, tales como recibir los escritos de demanda y las contestaciones de plazo para dictar el laudo... 6. Asistencia logística a las partes y a los árbitros Las cortes suelen poner a disposición de los árbitros y de las partes locales apropiados, medios audiovisuales y de reproducción de documentos, así como personal auxiliar profesionalizado para las audiencias y para la práctica de pruebas. 7. Asesoría y supervisión de los árbitros Algunas instituciones participan activamente en la supervisión del arbitraje y de su buen funcionamiento, de gran ayuda para las partes y en especial para los árbitros.
arbitral la facultad de determinar las reglas a las cuales habrá de someterse el arbitraje” miento de designación, generalmente, el sorteo, no garantiza la competencia de la persona designada. 3. Certidumbre en el coste del arbitraje En el arbitraje institucional, el reglamento de la corte regula los honorarios y exige su pago por anticipado. En el arbitraje ad hoc se requiere el acuerdo de las partes y los árbitros sobre la remuneración de estos últimos (tanto alzado, en proporción al valor de la disputa, tiempo utilizado o fórmulas mixtas). 4. Previsión y seguridad jurídica El arbitraje administrado por una institución impide la paralización o retraso del procedimiento por mala fe o negligencia de las partes o del árbitro. Los reglamentos prevén situaciones en las que la Secretaría puede actuar si existe negligencia o incapacidad de las partes o de los árbitros.
La Asociación Europea de Arbitraje (Aeade) La Asociación Europea de Arbitraje administra aral amparo de la vigente Ley de Arbitraje. Entre sus funciones, Aeade también cuenta con un Servicio de memente por la especialización, a través de la creación de diferentes Comités de Expertos. Desde su origen, en el año 2000, se ha posicionado como una de las instituciones arbitrales de mayor relevancia de España. En 2011 se administraron 1.333 arbitrajes. Además, Aeade participa activamente en la divulgación del arbitraje a través de la organización de cursos y seminarios a medida. Aeade.org.
Javier Íscar de Hoyos -
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El Centro de Arbitraje Iberoamericano cada vez está más cerca
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esde el 2010, en la celebración de la XX Cumbre Iberoamericana en Mar de Plata se ha trabajando en la creación de un Centro de Arbitraje “sin perjuicio del apoyo que los Gobiernos de los países iberoamericanos puedan brindar para su puesta en marcha y funcionamiento”, según explica en un comunicado la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados (UIBA).
en Cádiz el pasado mes de noviembre el ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación español, José Manuel García-Margallo, y el secretario general iberoamericano, Enrique V. Iglesias, recibieron una copia del Acuerdo Marco de manos del Director Relaciones Internacionales del Orden de Abogados de Brasil, Roberto Busato y del Presidente de la Unión Iberoamericana de Colegios de Abogados, Luis Martí Mingarro, dos de sus principales impulsores. Este encuentro Iberoamericano celebrado en la ciudad gaditana sirvió para la aprobación del acuerdo para la creación de este centro iberoamericano de arbitraje.
Hace ya dos años de esa Cumbre, y el pasado 3 de octubre se firmó un Acuerdo Marco para la creación del Centro Iberoamericano de Arbitraje en la sede de la Orden de los abogados de Brasil, en el distrito Federal en Brasila. Este acto de firEl ministro de Asuntos Exteriores Español desma tuvo la presencia tacó en su intervende más de 40 institución “la importancia Este nuevo Centro de Arbitraje ciones entre las que de que se articulen se encontraban Cá- pretende acelerar el dictamen de en el contexto ibemaras de Comercio roamericano mecasus laudos y Empresariales de nismos para dar una Iberoamérica y Corespuesta rápida y legios y órdenes de Abogados, además de estar adecuada a posibles controversias comerciales”. SEGIB junto con la COMJIB. Y todos los asistentes al acto coincidieron en que no sólo las relaciones comerciales, sino también La creación del Centro de Arbitraje Iberoamerila inversión extranjera se vería favorecida, “ya que cano tiene por objeto establecer un mecanismo la existencia de un Centro de Arbitraje supondría regional arbitral que cuente con un procedimiento una garantía añadida y factor de atracción para el ágil, poco burocratizado, rápido y menos oneroso inversor extranjero”, aseguran desde UIBA. para las partes; contemplando plazos razonables para dictar sus laudos y las decisiones sobre jurisSegún informó la Unión Iberoamericana de Codicción; teniendo en cuenta la necesidad de esta- legios y Agrupaciones de Abogados en un comublecer un aparato nicado, el centro administrativo rede arbitraje “tenducido y eficiente, drá un carácter conformado por específicamente profesionales aliberoamericano tamente cualificaorientado a la resodos y, que permita lución de conflicatender, además, tos que involucren las controversias a los operadores de menor entidad de cualquiera de económica de malos veintidós paínera de satisfacer ses que integran las necesidades la conferencia ibede las PYMES. roamericana”. Sus idiomas de trabajo Durante la XXII serán el español y Cumbre IberoameFirma del Acuerdo Marco para la creación de un Centro Iberoamericano de Arbitraje reael portugués. ricana celebrada lizado en Brasil el pasado 3 de octubre
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Rafael Correa insiste en la necesidad de un centro de resolución de controversias
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egún a publicado la Asociación Europea de Arbitraje, el presidente de Ecuador, Rafael Correa, ha instado a Mercosur a crear un centro regional de resolución de controversias sobre inversiones para evitar que los países del bloque tengan que enfrentar organismos internacionales de arbitraje creados, en su opinión, para favorecer al capital.
y no a los gobiernos, y de esta forma, Mercosur “realmente ofrezca beneficios pragmáticos” para sus pueblos. El mandatario se refirió a un fallo del Centro Internacional de Arreglos de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) que condenó, en octubre pasado, a Ecuador a pagarle una indemnización de 2.300 millones de dólares a la petrolera estadounidense Oxy.
“Necesitamos denunciar esos tratados (de arbitraje) porque son realmente de sometimiento. Aquí lo que requerimos es una acción Para el presidente de Ecuador la conjunta”, afirmó creación de un centro regional de Correa ante la Cumarbitraje para inversiones bre de Mercosur que se celebró el pasado supone un tema primordial y mes de diciembre en esencial en la actualidad Brasilia. El presidente de Ecuador, país que es miembro asociado de Mercosur y negocia su inclusión como miembro pleno, aseguró que el bloque necesita adoptar políticas comunes en diferentes áreas “para que no sea el capital trasnacional el que imponga las condiciones”. Y aseguró que es necesario un acuerdo de los países para impedir que los arbitrajes tan sólo favorezcan a las trasnacionales
El fallo fue emitido en el marco de un arbitraje planteado por Oxy, después de que Ecuador declarara en 2006 caducado el contrato de la petrolera en el país por la decisión de la empresa de venderle en el año 2000, sin autorización del Estado, parte de sus acciones a la canadiense Encana. Correa además abogó por la moneda única: “Para que podamos tener un arancel común y acuerdos de libre comercio con otros países y bloques, como la Unión Europea, necesitamos una moneda regional”, afirmó.
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Repsol inicia un procedimiento de Arbitraje contra Argentina
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n marzo de este año la presidenta de la República Argentina, Cristina Fernández de Kirchner anunciaba la expropiación de la empresa petro-
respalda esta decisión en la falta de inversiones realizadas por la compañía petrolera, algo que según el GobierLa petrolera española Repsol presentó en el pasado mes de diciembre una demanda contra el Gobierno argentino ante un panel de resolución de controversias del Banco Mundial por la YPF. Transcurrido el plazo de seis meses desde que se gentina la existencia de la controversia relativa a la expropiación “Repsol S.A.
y Repsol Butano, S.A. han presentado, ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), la solicitud de inicio de un procedimiento de arbitraje contra la República Argentina, por violación del Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Reino de España y la República ArEl CIADI ya ha admitido a tramite la demanda internacional de arbitraje, ahora se formará un tribunal integrado por tres árbitros: uno nombrado por Repsol, otro por Argentina y otro de común acuerdo (que en el caso de que no haya consenso lo nombra CIADI) Una vez conformado el tribunal ambas partes podrán presentar sus alegaciones.
AEADE denuncia la vulneración de la Ley de Arbitraje
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l pasado 5 de octubre de 2012, en la Jornada Civiles de la Audiencia Provincial de Madrid se aprobó, en el punto 2 lo siguiente:
Según a comunicado la Asociación Europea de Arbien el artículo 11 bis de la Ley 60/2003, de arbitraje, actualizada por la Ley 11/2011, de 20 de mayo, que dispone en su punto 2 lo siguiente:
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Sin embargo, los magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid, en reunión al efecto deciden (por mayoría simple, todo sea dicho de paso) que el convenio arbitral no será válido para el socio ausente ni para el socio presente que no lo vote expresamente, vulnerando de forma clara lo dispuesto en la Ley de arbitraje. Pero, a mayor abundamiento, tampoco será válido el convenio arbitral para los socios ausentes cuando se apruebe por unanimidad de los presentes que, a su vez representen más de dos tercios de los votos correspondientes a las acciones o participaciones en que se divida el capital social.
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RIM pierde un arbitraje Achmea obtiene un laudo a contra Nokia su favor contra Eslovaquia
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IM y Nokia han tenido, durante los últimos años, varios conflictos legales. En el último, un arbitraje llevado a cabo en Suecia RIM ha perdido, ya que pedía ampliar un acuerdo de licencias compartidas firmado en 2003 por ambas empresas, con él buscaba introducir en sus términos la producción de dispositivos con varias patentes relacionadas con la tecnología WiFi propiedad de Nokia. El tribunal ha considerado que dichas patentes no pueden ser cubiertas por el acuerdo existente, de forma que RIM tiene dos salidas posibles: o deja de fabricar blackberry con WiFi o accede a pagar a Nokia una serie de royalties por el uso de sus tecnologías. Nokia ya ha solicitado el cumplimiento del veredicto en Estados Unidos, Canadá y el Reino Unido. Nokia y RIM estuvieron negociando previamente, pero no llegaron a un acuerdo sobre los derechos de licencia. Erróneamente, en RIM pensaron que podrían beneficiarse al desencadenar un arbitraje, que se inició en abril de 2011. Sin embargo, después de una audiencia de arbitraje que se prolongó durante nueve días en septiembre, se emitió el laudo arbitral el pasado 6 de noviembre. Nokia explica que “el Tribunal concluyó por unanimidad de la parte de Nokia en todas menos en una de sus solicitudes, y negó todas menos una de las solicitudes de RIM”. Además, ésta última deberá sufragar los costos del arbitraje y compensar a Nokia por sus gastos legales”.
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chmea BV, compañía aseguradora holandesa, ha obtenido un laudo arbitral a su falovaquia, en éste la aseguradora holandesa reclamaba al país por violar el tratado de inversión al prohibir a las aseguradoras obtener ganancias. El pasado 7 de diciembre, Achmea recibió el laudo en el que se condenaba a Eslovaquia a indemnizarla por 22 millones de euros por los daños sufridos de lucro, según un comunicado de la aseguradora. El Ministerio de Finanzas eslovaco ha analizado la
sentencia, que considera inaplicable. Su portavoz Marek Rockar en una declaración de 8 de diciembre explicó que esta decisión “puede ser apelada en los próximos tres meses”. La norma objeto de la disputa entró en vigor en 2007 con el gobierno de Robert Fico, que acusó ciarse de los fondos públicos, que debían utilizarse completamente para los tratamientos. Dado que el Tribunal Constitucional resolvió que la medida contradice la Constitución, el gobierno de Fico está trabajando en un plan para expropiar a los proveedores privados y volver a una sola empresa estatal de seguros. Un tercio de los 5,4 millones de ciudadanos de Eslovaquia están asegurados por la Compañía GeAchmea, cuenta con 400.000 clientes, mientras que Dovera, controlada por el grupo de capital privado checo-eslovaco Penta, cuenta con 1,4 millones de clientes.
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de España
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l pasado mes de mayo, el presidente de Bolivia, Evo Morales, anunciaba la expropiación de las acciones de Red Eléctrica Española (REE), y ordenó a las Fuerzas Armadas del país custodiar las instalaciones
asegurando que “esa empresa internacional española en 16 años apenas ha invertido 81 millones de dólares, una inversión en término medio de cinco millones al año”, que con“Hoy día nuevamente, como justo homenaje a los trabajadores y al pueblo boliviano que ha lu-
chado por la recuperación de los recursos naturales y los servicios básicos, nacionalizamos la Transportadora de Electricidad” (TDE), dijo Morales en un acto del Día del Trabajo en el Palacio de Gobierno de La Paz. La eléctrica española adquirió el 99,94 % de las acciones de la TDE en 2002, mientras que el 0,06 % restante está en manos de los ma boliviana. La TDE es propietaria y operadora del Sistema Interconectado Nacional boliviano de electricidad, que atiende el 85 % del mercado nacional y posee el 73 % de las líneas de transmisión en Bolivia.
Apple y Google podrán El Banco Mundial decidirá acabar en arbitraje en Guinea Ecuatorial
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pple y la unidad Motorola Mobility de Google están manteniendo conversaciones para encontrar un modo de resolver alguna de las batallas por patentes que mantienen actualmente sobre la tecnología básica empleada en sus . Entre estas soluciones, destaca la del arbitraje, según un documento judicial, por el que informa Bloomberg. Las compañías han estado sopesando esta posibilidad para llegar a un acuerdo sobre las patentes básicas de estandarización que exige la industria. Según la empresa de la “manzana”, que está a favor del arbitraje, este acuerdo podría conducir a otro global en el resto de sus disputas entre las empresas.
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l grupo del empresario Francisco Hernando Contreras, conocido en España como “el Pocero”, ha demandado al Gobierno de Guinea Ecuatorial ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por la construcción abortada de viviendas e infraestructuras deportivas. viendas. Y se completaba con infraestructuras deportivas y polígonos industriales. La mitad de de Guinea, Malabo, y la otra parte, en Bata, una importante ciudad costera. En una entrevista publicada por el diario El Economista, Melchor Esono, viceministro de Hacienda guineano, explica las razones que llevaron a su Gobierno a rechazar, entre las que destacan la “irrealidad” de un proyecto de tal envergadura en un país que cuenta con una población de menos de 700.000 habitantes. “El dinero del Ejecutivo no Esono.
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Ecuador recibió 113 demandas de arbitraje internacional en el 2011
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l sector petrolero encabeza las demandas internacionales en contra del Estado ecuatoriano, según un informe de la Procuraduría General del Estado. Durante 2011, el organismo administró 113 arbitrajes. Se presentaron 30 nuevos arbitrajes nacionales; nueve acciones de nulidad y tres ejecuciones de laudos arbitrales. También se administraron 15 casos de jurisdicción internacional, de los cuales, cuatro son petroleros, tres de denegación de justicia y mineros, y un caso eléctrico, de arbitraje Estado-Estado, bancario, telecomunicaciones, de juicio de Corte y, finalmente, uno internacional de justicia. El caso más representativo en el que el Estado demandó el laudo arbitral en favor de
, por la aplicación de la Ley 42-2006, tenía una cuantía reclamada de 185 millones de dólares. La compañía retiró su reclamación una vez que el Estado se opuso al registro del arbitraje. La Ley 422006 exigía a las compañías entregar al Estado un porcentaje de los ingresos obtenidos por el alto precio del petróleo.
Solamente un 35% de las mediaciones civiles en Argentina retornan a los tribunales
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a vicepresidenta de la Corte Suprema de Justicia de Argentina, Elena Highton de Nolasco, ha presentado el estudio “Impacto de la Mediación Pre-Judicial Obligatoria en Argentina: Un aporte para el debate y la efectividad de los Métodos Alternativos de Solución de Conflictos”, que ha sido realizado por un grupo de consultores del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). En este estudio, que se ha basado en datos obtenidos entre los años 1996 y 2010 destaca que del total de mediaciones realizadas en el fuero Civil, solamente el 35%
(media histórica que ha ido reduciéndose paulatinamente) retorna al sistema como causa judicial, el 65% restante no deriva en juicio. El porcentaje de los casos mediados que reingresaron en el año 2010 bajó al 31,9%. Se puede inferir que actualmente se realizan más mediaciones que juicios en las temáticas de derivación obligatoria lo que repercute en la disminución de la litigiosidad. Entre las fortalezas encontradas en la gestión de los conflictos, se destaca la celeridad para solucionar los reclamos: la resolución por vía judicial implicaría 3,1 años y la mediación 0,9 años.
DESC: Derechos económicos
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La Judicialización de los Derechos Sociales en la Provincia de Buenos Aires Pablo Cabral
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uisiera compartir con ustedes algunas ideas vinculadas con el acceso a la justicia administrativa, su función en el control del poder político y su papel en tanto herramienta para efectivizar determinados Derechos Económicos Sociales y Culturales en la República Argentina. Hace algunos años formamos un grupo de investigación en el que, conjuntamente con el Centro de Estudios Legales y Sociales (C.E.L.S.) y la Asociación Bonaerense de Derecho Administrativo (A.B.D.A.) realizamos estudios sobre la efectivización de estos derechos sociales en la justicia contencioso administrativa de la Provincia de Buenos Aires. Como resultado concreto del proyecto pudimos poner en marcha en la Ciudad de San Nicolás, una experiencia piloto consistente en la creación de una defensoría pública y gratuita especializada en derechos sociales para actuar ante la justicia administrativa provincial. Las transformaciones político sociales de nuestra América, motorizadas por gobiernos progresistas, socialistas o de centro izquierda, que accedieron al poder por la vía democrática de las urnas, requiere de un replanteo de las funciones que en estos procesos de cambio debe cumplir el derecho, y en especial las ramas dedicadas a la relación de la administración con los ciudadanos, esto es el derecho administrativo y el derecho constitucional. Los derechos económicos, sociales y culturales han sido protegidos expresamente por el derecho internacional a través de los tratados de protección de los Derechos Humanos (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre; Convención Americana de Derechos Humanos y Pro-
tocolo Adicional de San Salvador) que en el año 1994 –a través de la reforma constitucional- fueron incorporados al ordenamiento jurídico nacional en su misma cúspide. En el contexto interamericano de protección de los derechos humanos, los derechos económicos sociales y culturales son definidos como aquellos derechos fundamentales que posibilitan al individuo una calidad y nivel de vida adecuado a su naturaleza, reconociendo como tales a los siguientes: al empleo, a la seguridad social, a la vivienda, a la educación, a la salud, a la alimentación, a la cultura, entre otros. La realidad nacional y regional nos impone el desarrollo de garantías eficientes para tutelar y efectivizar los derechos sociales de gran parte de la población que se encuentra aún excluida de los beneficios que la comunidad reconoce a los incluidos en ella. Estas técnicas o mecanismos de tutela de los derechos, destinados a lograr su efectividad, pueden ser tanto institucionales (políticas o jurisdiccionales) como extrainstitucionales o sociales (acceso a la información y participación de la ciudadanía). Así, tanto a nivel federal, como en el ámbito bonaerense, la revisión judicial de las políticas públicas y la consiguiente efectivización de los DESC es competencia de la justicia contencioso administrativa. A partir de las reformas constitucionales de la década de 1990 fueron creados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la jurisdicción provincial bonaerense nuevos organismos judiciales descentralizados con competencia material de derecho público. La puesta en funcionamiento de estos tribunales permitió el desarrollo de una jurisprudencia de efectivo control de las políticas sociales de los estados y la garantía de los derechos sociales en dicho ámbito judicial.
15 En nuestra provincia existía una falta de tradición cultural sobre la posibilidad de judicializar los derechos sociales, en parte debido a la resistencia del propio Poder Judicial para resolver cuestiones de apariencia típicamente política y en parte causada por el desconocimiento del sistema de derechos reconocidos en los tratados de protección de los derechos humanos. Esta resistencia cultural está siendo superada por la labor de los magistrados del Fuero Contencioso Administrativo y el empeño de muchos defensores oficiales que litigan en esta materia. Por ello considero imperioso, en esta etapa histórica gestacional de un nuevo paradigma en la distribución social de derechos, construir teóricamente un sistemas de ideas en el que la unidad de la actividad del Estado -bajo un nuevo régimen común de derecho público- sea una herramienta efi-
ciales una estructura económica que garantice una disminución de las desigualdades económico-sociales y la inclusión de sectores de la población excluidos y marginados. Para ello, la función del Estado, la construcción de políticas públicas adecuadas, la transformación de los servicios públicos y la edificación de una ciudadanía social y participativa son problemas que deben ser abordados desde el derecho administrativo con una visión políticamente igualitaria. Además el sistema institucional requiere el acompañamiento de un poder judicial que concrete la revisión de políticas públicas sociales de forma tal de garantizar estos derechos fundamentales a la ciudadanía más desaventajada. Para pensar en un abordaje del derecho público desde una postura crítica a la tradición liberal conservadora de nuestra tradición jurídica e institu-
“En el contexto interamericano de protección de los derechos como aquellos derechos fundamentales que posibilitan al individuo una calidad y nivel de vida adecuado a su naturaleza” caz para garantizar la efectividad de los derechos sociales reconocidos por las constituciones y los tratados internacionales de derechos humanos, requiriéndose para ello una intervención planificada del Estado en el sistema económico y social de nuestras naciones. Ahora bien, la viabilidad de la interpretación propuesta, no dependerá sólo del texto de la constitución o las leyes, ni tampoco de las políticas sociales de un gobierno progresista o de izquierda, sino del éxito que logre el discurso que propone un modelo de Estado Social y Democrático, en la lucha en el terreno ideológico por el predominio en la construcción de la significación del derecho. Es así que es imprescindible lograr mediante una efectivización de los llamados derechos so-
cional es necesario revisar las teorías doctrinarias sobre la que se construyó el derecho administrativo y constitucional. Dice Luigi Ferrajoli que: “Todo esto requiere voluntad y capacidad de proyección reformadora y de innovación teórica e institucional. La innovación es necesaria sobre todo en el campo del derecho administrativo donde la ciencia jurídica legada carece todavía de una teoría de los derechos sociales y de las correlativas obligaciones públicas capaces de dar forma y garantía de efectividad a las expectativas correspondientes a las funciones positivas del Welfare State” (“El garantismo y la filosofía del derecho” Universidad Externado de Colombia, Serie de Teoría Jurídica y Filosofía del Derecho, Nº 15, Bogotá 2001). Esta es la propuesta y el desafío.
Pablo Octavio Cabral
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DESC: Derechos económicos
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El silenciamiento institucional de la muerte y la tortura en cárceles y comisarías bonaerenses
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urante los últimos años algunos público la crueldad en forma mecánica y siprocesos de trabajo vinculados con lenciosa desde de su registro. Llegados a la investigación de la sistemática y este punto, cabe preguntarse, cómo se logra cruenta violencia institucional bo- romper con los presupuestos inscriptos en las naerense, parecen consolidarse con la mirada experiencias cotidianas que continúan permicómplice de las autoridades responsables de tiendo esconder tanto la crueldad de la vioevitarla. Este grave estado de situación del lencia institucional como la desidia voluntaria que dan cuenta anualmente, tanto la Comi- en su investigación. Para que todo esto ocusión Provincial por la Memoria o el Centro de rra se requiere la construcción de categorías Estudios Legales y Sociales, tiene como con- que evadan el ojo de la crítica. Unas categotratara la producción de acciones institucio- rías muy concretas y precisas que permitan la nales destinadas a lograr su sutil ocultamien- normalización y la exclusión de responsabilito. En este sentido, quiero dejar claro que no dades- administrativas y/o penales- para que me refiero a las ya tan comunes como conoci- los informes obligatorios de los agentes estadas acciones de negación literal sino a proce- tales a cargo de la custodia y “cuidado” nadimientos mucho más profundos y tenues. No turalicen la violencia, la enfermad o la muerse trata aquí, de negar brutalmente la realidad te Así, si el personal policial o penitenciario con las palabras, como ocurrió sobre finales golpea a un detenido no es poco común ende marzo cuando ante la Comisión Interame- contrar en la formalización obligatoria de esa ricana de Derechos Humanos, el Secretario comunicación textos como estos: de Política Penitencia Cesar Albarracín, afir“…Pongo en conocimiento de S. S. que N. mara con desparpajo y sin tapujos: “… que N luego de utilizar la mínima fuerza neceno es cierto que en las cárceles bonaerenses saria para reducirlo cuando lo ingresamos se torture o que la gente se muera por fala la celda comenzó a golpearse contra los ta de alimentación y/o atención médica porbarrotes…”; “N. N se resultó lesionado lueque si as afirgo de resbalarmaciones del se en el baño CELS y la Cocuando se estamisión por la ba bañando…”. Memoria fueEn sentido siran ciertas los milar, también hechos hubielejos de la crítiran sido casca, se comunica tigados por el la muerte de prepoder judicial sos en custodia: y eso no solo no ha ocurrido “Llevo a cosino que los nocimiento de fiscales han S. S. que en el archivado las día de la fecha denuncias…” dejo de exissino en protir N. N como vocar y alejar consecuencia Vista aérea del Centro Penitenciario de Coronda, situado en la Provincia de Santa Fe, en del escrutinio Argentina. de muerte na-
17 tural por un paro cardiorespiratorio en el Hospital Zonal luego de ser trasladado de urgencia por el Servicio de Sanidad de la Unidad…” Estas precisas informaciones, que ponen en juego una serie de recursos lingüísticos y retóricos, dirigidas a encubrir la realidad de lo ocurrido, son tomados sin escrutinio alguno por parte de la autoridad responsable de su investigación, la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Así, la Procuración lejos tanto de ordenar y controlar como se investigan estos hechos como de registrarlos como eventuales delitos, los codifica con categorías absurdas. De este modo, lo que bien pudo ser una golpiza y como tal ser investigada se carga en el Sistema de Información Estadística
fomenta la inactividad investigativa y niega los más elementales derechos humanos de los privados de libertad. Resumiendo, si un preso ha sido lesionado cuando estaba detenido se debería suponer la responsabilidad del encargado de su custodia quien deberá demostrar la ausencia de culpa o dolo pero jamás al contrario. En un sentido similar, si una persona privada de su libertad muere en custodia por enfermedad (SIDA o TBC) es en principio una muerte causada por el estado que también debe ser investigada. Sin embargo, parece ser que la Procuración General ha decidido elaborar, con conocimiento o sin él, unos registros que codifican, naturalizan y ocultan conductas delictivas. Así las cosas, es el propio Sistema Estadístico de la Procuración de la Suprema Corte de la Pro-
“Cómo se logra romper con los presupuestos inscriptos en las experiencias cotidianas que continúan permitiendo esconder tanto la crueldad de la violencia institucional como la desidia voluntaria en su investigación” del Ministerio Público (SIMP) como autolesiones; lo también que pudo ser una muerte como consecuencia del abandono, la desidia de la administración penitenciaria por no asistir sanitariamente en tiempo y forma a una persona enferma se ingresa como muerte natural. Esto ocurre aunque el sentido común indica que las personas jóvenes, los encerrados lo son, no suelen morirse “naturalmente” de un paro cardiaco respiratorio. La consolidación y construcción de categorías semejantes, permite la consolidación cultural de ciertas prácticas reñidas con el estado de derecho, esconde del escrutinio público su ocurrencia,
vincia de Buenos Aires el que se convierte en puente del silencio sobre la tortura y la muerte. No creo, ni me permito suponer, que al silenciar la muerte, la Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires haya pretendido o pretenda mejorar la poco aceitada maquinaria de destrucción de personas que son hoy por hoy las cárceles bonaerenses. Sin embargo, el uso de ciertas palabras y el no uso de otras como la muerte, con voluntad o sin ella, sostienen en cierta medida en el imaginario social de los operadores judiciales de la existencia de una categoría de personas que por haber perdido la libertad han dejado de serlo.
Gabriel Elías Ganón
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DESC: Derechos sociales
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La observancia del Estado de Derecho
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a observancia del Estado de Derecho ha sido
mocráticos y republicanos, y la vigencia plena de las instituciones. Una cuestión que hace al interés de todos y cada uno de las mujeres y hombres de nuestros países de Iberoamérica y que, lejos de ser “una cuestión de los otros”, se vincula directamente con la calidad de vida y con el futuro. rumbo positivo o negativo en el que estamos? En primer lugar la promoción y defensa de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, en particular los derechos civiles y políticos, los derechos económicos, sociales y culturales, los derechos de las personas discriminadas, pobres o desfavorecidas, (lo que contribuirá a reducir la pobreza y la exclusión social) y el apoyo a las minorías, a los grupos étnicos y a los pueblos originarios, a las instituciones, incluidas las ONGs, que desempeñen actividades relacionadas con la protección de los derechos humanos. dad de oportunidades, la incorporación del enfoque de género en el diseño y ejecución de las políticas, y de las prácticas no discriminatorias, incluidas las medidas para la lucha contra el racismo y la xenofobia; el fomento y la protección de las libertades fundamentales; el respeto a la naturaleza multicultural y pluriétnica de nuestras comunidades como factor esencial en la formación de las nacionalidades y la identidad histórica de nuestros países, el apoyo a las organizaciones que ofrezcan ayudas concretas a las víctimas de violaciones de los derechos humanos y a los centros de rehabilitación para las víctimas de la tortura.
del fomento y fortalecimiento del Estado de Derecho, de la separación de poderes, del pluralismo, de la gestión correcta y transparente de los asuntos públicos y la lucha contra la corrupción, de la participación de la población en los procesos decisorios. Es esencial el apoyo a los procesos electorales donde el criterio democrático, la igualdad de oportunidades y el acceso a la representación estén garantizados en todos sus tramos, sin Muchos de nuestros sistemas son de carácter representativo, republicano y también, en muchos casos, federal. Los principios que inspiran a la República son: una Constitución escrita, la separación de poderes, la elegibilidad de los gobernantes y la periodicidad de los mandatos, la responsabilidad de los funcionarios, la publicidad de los actos de gobierno y la existencia de partidos políticos. El federalismo es una forma de gobierno por la cual varios estados reunidos bajo un gobierno común conservan sus gobiernos locales autónomos. La unión se jan expresamente las facultades del gobierno nacional. (El artículo 121 de la Constitución Nacional Argentina expresa que “Las provincias conservan todo el poder no delegado por esta Constitución al Gobierno Federal, y el que expresamente se hayan reservado por pactos especiales al tiempo de su incorporación”) En el régimen federal, coexisten dos clases de gobierno: el nacional o federal, soberano, cuya jurisdicción abarca todo el territorio de la nación, y los gobiernos locales, autónomos, cuyas jurisdicciones abarcan exclusivamente sus respectivos territorios.
Una segunda cuestión radica en el desarrollo de los procesos de democratización, tema que hoy ocupa el centro de la escena en Iberoamérica, y del que nadie puede dejar de hacerse responsable. Debemos estar muy atentos, en particular,
Congreso de la Nación Argentina, en donde se ejerce el poder legislativo del país
El federalismo descentraliza, pues libera al gobierno nacional de atribuciones y deberes que pertenecen a los gobiernos locales. Toda concentración de poder en mérito a la cual los gobiernos locales no tengan otra alternativa que la de comer de la mano del gobierno central va contra el espíritu y la letra de la Constitución,
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Estas cuestiones están relacionadas y repercuten en la vida cotidiana de todos. Aunque en algún momento no nos demos cuenta. pretender quedarse para siempre, deben explicar qué es lo que hacen y cómo lo hacen, rindiendo cuenta de sus actos, los que deben tener la adecuada publicidad. No son los dueños de los países. El Poder Legislativo (Congreso, Legislatura) debe desarrollar su propio protagonismo; los levanta-manos que convalidan sin chistar ni debatir las determinaciones del poder, otorgando facultades al Poder Ejecutivo que se aproximan a la suma del poder público, no cumplen con su deber de representación. Los Jueces deben ser realmente independientes, para lo que es menester que los sistemas de designación o
ramericana de Derechos Humanos, y una clara y solidaria actitud frente a las grandes crisis humanitarias. Esto se emparienta con las acciones que permitan el alivio de la deuda pública (particularmente de carácter externo) para los países que sufren su agobio, favoreciendo la lucha que libran contra la pobreza y la extrema pobreza. Por eso resulta determinante el sustento de acciones solidarias de concertación política, rápidas y Este compromiso debe alcanzar al diseño y coordinación de políticas ambientales, económicas y sociales para que nuestros países se encaminen hacia el desarrollo sostenible; a la cooperación en casos de desastres naturales; a las acciones respecto del problema mundial criminal de las armas de fuego, el creciente peligro que representa el crimen organizado, así como el problema general de la violencia en nuestras sociedades.
“Es esencial el apoyo a los procesos electorales donde el criterio democrático, la igualdad de oportunidades y el acceso a la representación estén garantizados en todos sus tramos” de control no permitan al mandón de turno el ejercicio de la arbitrariedad. Existen muchas acciones posibles de fomento al respeto de los derechos humanos y a la democratización, especialmente el apoyo al desarrollo de las capacidades, el sustento de medidas destinadas a equilibrar las oportunidades y a superar las disparidades existentes entre distintos grupos de identidad, y las que faciliten la de interés. La inserción de nuestras comunidades en el mundo, impone, además, la promoción del Derecho Internacional Humanitario y su observancia, el apoyo a las organizaciones internacionales, regionales o locales, incluidas las ONGs, que intervengan en materia de prevención y resoel apoyo al Tribunal Penal Internacional y a la Corte Inte-
Los abogados –con base en criterios como los expuestos- hemos aprobado la creación y organización de un Observatorio para el Estado de Derecho en Iberoamérica. (Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados, Río Grande, Puerto Rico, Septiembre de 2004) Todos somos protagonistas. La corrupción, la exclusión, la polución, la discriminación son las distintas caras de la injusticia, que a todos alcanza, pero que se ensaña con los más pobres, con cultado el acceso a la educación. La justicia debe ser la medida de toda política. Y la cuestión es cómo realizar la justicia aquí y ahora. Tenemos cosas por hacer. Cada día. La fe mueve montañas. ¡Vamos! Enrique Pedro Basla -
DESC: Derechos sociales
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Turismo reproductivo
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mediados de los años 70 del siglo pasado, ha supuesto la creación y el desarrollo de lo que se han denominado técnicas de reproducción humana asistida. Estas técnicas consisten en tratamientos médico-terapéuticos que tienen como
y del hospital o clínica que llevará a cabo todo el procedimiento; la selección de la madre incubadora; la donación de gametos, en su caso; las revisiones periódicas del embarazo; el parto y la correspondiente.
en las personas aquejadas de infertilidad, mediante la manipulación de sus células reproductivas femeninas y masculinas. Y por ello, la evolución y el paulatino perfeccionamiento de dichas técnicas han revolucionado el concepto de procreación biológica o natural, permitiendo paliar las consecuencias de la infertilidad y la esterilidad humanas. E igualmente han demostrado su efectividad, en la prevención y en la curación de enfermedades genéticas y en el desarrollo de la investigación y en los biomedicina, entre otras. han avanzado mucho más deprisa que el Derecho que debe regularlos, creando vacíos legales. Una de las técnicas de reproducción humana asistida, es la denominada gestación por sustitución o maternidad subrogada, conocida coloquialmente como vientre de alquiler. Esta técnica consiste en la implantación de un embrión fecundado in vitro en el útero de una mujer, quien se compromete gratuitamente o por precio, a la gestación y a la posterior entrega de ese niño, renunDesde el punto de vista legislativo, la gestación por sustitución es una técnica reproductiva regulada en muy pocos países (Rusia, Bélgica, India…), prohibida en otros (Alemania, Italia, China…) y no regulada en los demás. Sin embargo, no podemos obviar que los pocos países donde es legal, se han convertido en el destino preferido de todas aquellas personas (parejas heterosexuales, parejas homosexuales masculinas o femeninas, incluso por hombres o mujeres solos), que no pueden concebir ni procrear por distintas causas, y que ven en esta técnica la posibilidad de lograr su sueño de formar una familia. Llegándose a utilizar el eufemismo turismo reproductivo para abarcar todas aquellas gestiones requeridas por las personas que optan por la maternidad subrogada como técnica reproductiva, y que incluyen desde la elección de la agencia
En nuestro ordenamiento jurídico la gestación por sustitución viene regulada en la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida. Cuyo antecedente tuvo lugar con la Ley 35/1988, de 22 de noviembre, que reguló en nuestro Derecho la maternidad subrogada, prohibiéndola en el artículo 10. Este artículo ha sido mantenido literalmente en la actual ley, y dispone: “Gestación por sustitución. 1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin jos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto. 3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales”. No obstante lo taxativa de la prohibición de la maternidad subrogada en nuestro ordenamiento jurídico, esto no ha desalentado a muchos ciudadanos españoles que se desplazan a los países donde esta técnica es una práctica permitida legalmente, para suscribir contratos de gestación por sustitución de carácter internacional. El problema surge en los Registros Civiles consulares españoles, porque los Encargados están obligados por el artículo 23 de la Ley del Registro Civil, y por los artículos 81 y 85 de su Reglamento, a realizar un control de legalidad previo de toda solicitud si es conforme con la Ley española. Si se comprueba que los menores a los que se quiere inscribir, son consecuencia de un contrato de gestación por sustitución, prohibido en España, el Encargado deberá denegar la inscripción. Esta ha sido la actuación habitual de los Encargados de los Registros Civiles consulares espor la jurisprudencia existente en la materia. (Sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº 15 de Valencia, de 15 de septiembre de 2010 (procedimiento 188/2010) y la Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, de 23-112011 (número 949/2011 826).
21 No obstante, esta postura se verá alterada por la Instrucción de 5 de octubre de 2010, de la Dirección General de los Registros y dos mediante gestación por sustitución, publicada en el Boletín
rés del menor y los derechos de la madre gestante. Deberá veriha sido prestado de forma libre y voluntaria, sin incurrir en dolo o -
Efectivamente, la Dirección General de los Registros y del Notariado, dicta la mencionada Instrucción, al amparo de las atribuartículo 41 de su Reglamento, en todos los asuntos referentes al Registro Civil. Asimismo, disponen dichos artículos, que los Encargados, cualquiera que sea el cargo que desempeñen, deberán cumplir, en todo lo relativo al Registro Civil, las órdenes e Instrucciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado. Como dispone en su Exposición de motivos, la Instrucción es
de inscripción de los menores nacidos mediante un contrato de gestación por sustitución internacional, suscrito por ciudadanos
tos prestados sean irrevocables;
Por consiguiente, y a partir de esta Instrucción, ¿deberán los Encargados de los Registros Civiles consulares, atenerse a las directrices establecidas en la misma y admitir las inscripciones de tos internacionales de gestación por sustitución, que antes denegaban, resolviéndose los obstáculos existentes? Es una disyuntiva a la que se enfrentarán en cada supuesto consular español de que se trate. Y ello, porque los Encargados
“Una de las técnicas de reproducción humana asistida, es la denominada gestación por sustitución o maternidad subrogada, conocida coloquialmente como vientre de alquiler” españoles. La Instrucción establece una serie de directrices que deberán ser observadas por los Encargados de los Registros Civiles conLa posibilidad de inscripción del nacimiento de niños nacidos en el extranjero como consecuencia de contratos de maternidad subrogada suscritos por ciudadanos españoles, requerirá:
quátur según el procedimiento previsto en el artículo 954 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881, salvo que sea aplicable un Convenio Internacional. Para practicarse la inscripción, deberá presentarse junto con la solicitud, el auto judicial que
análogo a uno español de jurisdicción voluntaria, mediante el reconocimiento incidental ante el Encargado del Registro Civil; -
están obligados por el artículo 23 de la Ley del Registro Civil, y por los artículos 81 y 85 de su Reglamento, a realizar un control de legalidad previo a toda solicitud de inscripción, comprobando que es conforme con la Ley española. En caso de que no lo sea, deberán denegar su acceso al Registro Civil. Sin embargo, en todos los asuntos relativos al Registro Civil, deberán también cumplir con las órdenes e instrucciones de la Dirección General de los Registros y del Notariado, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley del Registro Civil y en el artículo 41 de su Reglamento. No existe al respecto, una respuesta unánime de la doctrina. Un sector considera que la solución vendría dada por la admisión de la validez del contrato de gestación por sustitución en nuestro ordenamiento jurídico, otros señalan que la Instrucción no ha hecho más que burocratizar el acceso al Registro Civil; otro sector aboga por la aplicación de las directrices que establece la Instrucción porque dotan de seguridad jurídica a la práctica registral. Un tercer sector doctrinal, considera que lo que la Ley expresamente prohíbe, no puede admitirse de hecho, por vía reglamentaria. Yvette Velarde D´Amil -
DESC: Derechos culturales
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El Derecho de Autor en la mirada internacional
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as nuevas condiciones económicas y políticas del mundo vienen cargadas de retos trascendentes donde no se puede seguir soslayando los derechos fundamentales de importantes sectores de la población que hasta hoy no tenían presencia o no eran tomadas en cuenta siquiera; así por ejemplo, grupos étnicos, indígenas, personas con discapacidad; entre otras comunidades culturales que han emergido y tomado conciencia de sus derechos partiendo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y que cada día se empoderan en una praxis que va desde lo radical contestatario hasta ser verdaderos agentes de cambio, proactivos o pacifistas. No podemos dejar de abordar este tema sin referirnos a la disputa de espacios y dominio que el desarrollo digital ha impuesto, dejando en evidencia las inconsistencias del tradicional régimen de propiedad intelectual y los Dere-
chos de autor y conexos que comprende. A diferencia de Europa, en América Latina y África por citar continentes con paradojas y semejanzas pero enlazados por el desarrollo desigual y excluyente, revelan el vetusto andamiaje de las instituciones jurídicas y la regulación del Derecho de propiedad intelectual; entre estos, el Derecho de autor que tal como está legislado en el mundo, se está convirtiendo en una barrera PARA la educación Y EL DESARROLLO de segmentos muy importantes de la humanidad. Precisamente el 18 de diciembre último, en Ginebra, en el marco de la Asamblea General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), por la presión ejercida de la sociedad civil y una propuesta Ecuatoriana secundada por México, Uruguay, Brasil y otros países de América Latina, se ha convocado para junio 2013 a una Conferencia Diplomática para concluir con el establecimiento de un Tratado
23 internacional que establezca excepciones y limitaciones al derecho de autor y favorecer el intercambio de obras entre diferentes países que permita el acceso a la lectura para las personas con discapacidad visual. El acceso a la educación y cultura con calidad; un Derecho Humano fundamental, se ve limitado o es inexistente inclusive en gran parte del planeta por no poder contar LOS NIÑOS, NIÑAS O ESTUDIANTES JÓVENES Y ADULTOS, con los libros que necesitan, en formatos accesibles sin tener que pagar doblemente por ellos.
los intereses editoriales, que saben además como poner a resguardo sus intereses y, muchas veces, con la estrategia “vale todo” Al principio de esas negociaciones sobre las excepciones del Derecho de autor (hace más de 4 años), habían países que ni siquiera aceptaban que hubiera algún problema relacionado con los derechos de autor y la palabra tratado era innombrable para estados Unidos y Europa; hoy se ha logrado abrir el debate e iniciar la construcción de un instrumento jurídico internacional vinculante que esperamos en Junio próximo pueda salir a la luz y que luego
“Las personas ciegas que se estima son en el mundo 100 millones aproximadamente, para PODER LEER un libro, tienen que convertir el impreso en tinta, al sistema Braille o en el mejor de los casos, a un formato digital accesible” Es la situación de las personas ciegas que se estima son en el mundo 100 millones aproximadamente, que para PODER LEER un libro, tienen que convertir el impreso en tinta, al sistema Braille o en el mejor de los casos, a un formato digital accesible; procedimiento que dependiendo el país, alcanza un costo mayor al del propio libro inclusive; sin perjuicio del tiempo y otros recursos que se requiere para lograrlo; sin tomar en cuenta el pago del precio de la versión estándar. En nuestros tiempos, lo que viene ocurriendo ya es una desigualdad protegida absurdamente por el derecho, por la falta de una regulación moderna tutelada por la omisión de voluntad política de algunos gobiernos que prefieren
los casi 185 Estados parte de la OMPI lo suscriban, ratifiquen e incorporen en sus legislaciones internas. Cabe señalar que esta reivindicación y conquista, se respalda con la aprobación en diciembre del 2006 en la Asamblea General de las Naciones Unidas de la convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que asume un nuevo paradigma bajo el enfoque de los derechos humanos para la atención de las personas con discapacidad y que 5 años después, ya ha sido ratificado por más de 100 países, encontrándose en plena implementación en un proceso que tomará algún tiempo más para que nos permita evaluar su impacto en la vida de la gente. Víctor Hugo Vargas
Marketing jurídico y TICs: Nuevas tecnologías
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Gestión de relaciones con clientes (CRM) ¿Sofware o estrategia?
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unque parezca un contrasentido, comenzamos rompiendo paradigmas y oponiéndonos a las clásicas frases de nuestro sector (legal) de “ ma” o “todos nuestros clientes reciben la misma ”. ¡Craso error! No todos los clientes son iguales y los despachos, cual empresas de servicios, deben dispensar trato en pro de la rentabilidad y sostenibilidad o beneficio duradero del cliente, ponderando el tiempo y esfuerzos empleados en función de cuán ‘interesante’ sea el cliente. Un cliente ‘interesante’ no significa ser traducido inmediatamente en valor económico sino en valor estratégico para la firma por cuanto que pueda (i) ser prescriptor de ésta o de sus servicios jurídicos, (ii) ayudar a crear buena reputación o imagen de firma o, por ejemplo, (iii) tener un gran potencial por el que se deba apostar. Así, utilizar únicamente el criterio de facturación, como hacen algunos despachos, no es acertado y no nos indica el valor del cliente. Para ello hay que conocer el coste de captación (gastos de marketing y ventas de los abogados), su permanencia o duración de la relación, costes indirectos imputados y, en definitiva, su rentabilidad. Por tanto y al hilo de lo anterior, surge la importancia de la gestión de las relaciones con los clientes o CRM (Customer Relationship Management), término que, sin tener definición única, puede ser entendido como el conjunto de procesos es-
tratégicos de negocio diseñados para optimizar la satisfacción de los clientes y garantizar el aumento y continuidad de la confianza en su relación con la empresa y de la percepción del valor que esa relación les proporciona (Peter Keen). Y contrariamente a lo que se pueda creer, el CRM no es un software o una herramienta tecnológica sino una estrategia que se apoya en las nuevas tecnologías para su impulso y desarrollo automatizando y adoptando procesos de negocio centrados en el cliente. ¿Si tiene cabida en la abogacía? ¡Por supuesto que sí! Cada profesional del despacho es una fuerza de ventas y cada interacción con el cliente es una oportunidad de gestionar la relación. Ahora más que nunca el CRM se hace imprescindible para optimizar procesos con los clientes, incrementar la fidelización y con ello las futuras cifras de negocio de la forma más rentable posible, para que la ventaja de una efectividad organizativa no sea sino una ventaja competitiva. Es de rigor matizar que en el escenario de gestión de relaciones que estamos abordando, cuando hablamos de ‘cliente’ no sólo nos estamos refiriendo al cliente último de la cadena de servicios jurídicos al que el despacho le factura por el asesoramiento prestado sino también a sus socios, profesionales y empleados, a sus proveedores y a sus colaboradores o best pues el cliente es todo aquél con el que la firma intercambia valor (“El valor de la marca es
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sa”, Christopher Betzter). Ahora bien, no nos engañemos, sin duda aún tenemos mucho camino que recorrer. El éxito del CRM en un despacho de abogados requiere una filosofía de negocio orientada y focalizada en el cliente, una cultura que dé un soporte real y efectivo al marketing y que toda la organización esté implicada y contribuya a su implementación, dejando a un lado la etiqueta del individualismo de la profesión para impregnarnos de un trabajo global y en equipo, consiguiendo que en lugar de ‘cliente de abogado’ hablemos de ‘cliente de despacho’ y de su relación por tanto con la firma. El proceso de gestión de relaciones con clientes, con una imprescindible protección de datos
logro de la máxima eficiencia y rentabilidad del negocio. Dentro de las posibles acciones a ejecutar, no podemos dejar de resaltar la que sigue siendo el gran reto de los despachos: la venta cruzada o (venta a un cliente de servicios jurídicos adicionales a los que se le está prestando para incrementar la facturación del despacho). Aunque los beneficios son indudables (mejor conocimiento del cliente, incremento en facturación y fidelización, optimización de acciones comerciales, generación de negocio más efectiva, consolidación del despacho, etc.), su dificultad en la implementación estriba principalmente en la necesaria y absoluta confianza que tiene que haber entre todos los profesionales y en el sistema (principalmente en su reconocimiento y retribución), transparencia, comunicación y tra-
“El CRM no es un software o una herramienta tecnológica sino una estrategia que se apoya en las nuevas tecnologías para su impulso y desarrollo automatizando y adoptando procesos de negocio centrados en el cliente” de carácter personal, comienza por (i) la recopilación de los datos e información del cliente y de su histórico de relaciones, continúa con (ii) el análisis, la actualización y organización de esos datos, segmentando la cartera de clientes –identificación de perfiles homogéneos, características y necesidades semejantes, con el objetivo de establecer políticas de gestión diferenciadas y acciones comerciales particulares y, en definitiva, buscar la máxima rentabilidad optimizando esfuerzos-, (iii) la formulación de la estrategia a seguir acorde con los resultados obtenidos y objetivos de la firma, y termina con (iv) la implementación, ejecución y seguimiento de las acciones correspondientes en aras al
bajo en equipo versus individualismo, lo que en la mayoría de los casos supone un cambio de cultura para la firma. Por tanto y si bien hemos visto que la gestión de relaciones con clientes tiene dificultades por el perfil individualista del abogado y la gestión de despachos como tales y no como empresas, su implantación y con ella la priorización de unos clientes sobre otros con la aplicación de recursos y desarrollo de acciones correspondientes puede ser un éxito para la firma mejorando el valor del cliente y la cuenta de resultados. No lo olvidemos, el CRM no es sino una estrategia de negocio.
Paula Fernández-Ochoa
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Marketing jurídico y TICs: Nuevas tecnologías
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El sector jurídico y la gestión del conocimiento
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l contacto regular con muchos despachos nos ha evidenciado que son pocos los despachos que utilizan de forma efectiva sus sistemas de control de información.
La falta de recursos, como de tiempo para dedi-
nos tangibles, como los conocimientos y la experiencia, podría verse mejorada por la aplicación de herramientas tecnológicas como gestores del conocimiento o CRM. La forma en que se prestan los servicios jurídicos implica distintos grados de uso de la tecnología siendo los prestados mediante la agrupación de profesionales, los despachos, los más proclives a utilizar esas tecnologías, en tanto que los abogados solistas, recurren menos a ellas debido a: rirlas y utilizarlas. nologías. Según un estudio realizado en 2008 por el Consejo General de la Abogacía Española (La abogacía española en datos y cifras, 2008), la importancia de las nuevas tecnologías para el ejercicio de la abogacía queda fuera de toda duda dado que el 98% de los abogados, las considera muy o bastantes importantes. Pero este estudio ha analizado únicamente el uso por parte de los abogados de unas herramientas tecnológicas centradas en la comunicación de los abogados con sus colegios profesionales, la administración pública y con carácter general, el correo electrónico y la conexión a Internet. No se indica cuántos de ellos disponen de tecnologías de la información avanzadas, capaces de mejorar su funcionamiento interno, sus sistemas de gestión y de toma de decisiones y de mejorar la calidad de los servicios prestados ni tampoco el papel que estas tecnologías avanzadas puede tener
funcionalidad sería el primer paso para que los despachos pudieran conocer su grado de adaptación a ellas y conocer el camino que les queda por recorrer. Según un estudio realizado por los académicos Gottschalk y Khandelwal (2004), los despachos pueden pasar por distintas etapas en la implementación de herramientas tecnológicas. Estas etapas recogen la evolución tecnológica de los despachos desde el simple uso de un procesador de textos hasta la utilización de complejos sistemas de gestión del conocimiento, utilizados también como elementos estratégicos de competitividad de la empresa: ETAPA 1: Tecnologías básicas. Son las constituidas por herramientas de trabajo habitual básicas y estandarizadas relacionadas con la productividad. ETAPA 2: Directorios. Informan sobre los conocimientos de cada empleado en el despacho. ETAPA 3: Gestión del conocimiento. Permiten atesorar el conocimiento generado en la organización, ordenarlo, hacerlo accesible a los empleados y utilizarlo posteriormente. Los despachos que utilizan estas tecnologías y se consideran avanzados en su adopción ya se han dado cuenta de las oportunidades que su correcto uso les puede conllevar. . Son tecnologías verdaderamente generadoras de conocimiento que funcionan imitando la mente humana. Por sí mismas son capaces de generar soluciones a problemas concretos. Representar, gestionar y estructurar el conocimiento es una tarea ardua, pero el esfuerzo puede dar resultados en términos de mejora en las respuestas a clientes, menores costes de transacción, y menor dependencia de personal experto y con experiencia. Siendo uno de los factores claves la combinación de equipos integrados por abogados senior y junior, en los cuales éstos últimos puedan asumir una parte importante del trabajo, la implementación de este tipo de tecnologías de gestión del conocimiento permiten potenciar esta estructuEl sector jurídico en España se caracteriza por
pero también es cierto que el precio del software ha disminuido mucho, eliminando el factor precio como barrera de acceso a este mercado, que inicialmente parecía reservado a la élite de los despachos de mayor tamaño.
EJEMPLOS
FUNCIÓN
estar compuesto, mayoritariamente, de abogados solistas y despachos pequeños y medianos. Es posible que la limitación de recursos y acceso al crédito no les permitan acceder a tecnologías tan avanzadas como las descritas en la cuarta etapa,
ETAPAS
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ETAPA 1 Tecnologías Básicas
ETAPA 2 Directorios
ETAPA 3 Gestión del Conocimiento
ETAPA 4 Inteligencia Artificial
Los abogados disponen de ordenador personal, dotado de herramientas básicas de productividad de uso personas (procesador de textos, programas para presentaciones, etc...) Los documentos pueden intercambiarse de forma fácil en la empresa.
Los abogados disponen de información sobre los conocimientos de cada persona en la organización. Se registra y se ofrece información sobre las áreas de conocimiento personal de cada abogado mediante la creación de directorios. Su objetivo es asegurar que la gente que tiene los conocimientos en la empresa esté accesible a los demás para ser consultada, pedirles consejo o intercambiar conocimientos. CV de los abogados ampliados con sus áreas de experiencia, proyectos realizados, clientes atendidos.
La información generada por los abogados es almacenada y puesta al alcance de sus colegas. Se aplican técnicas de “data mining” (examen de extensas bases de datos para generar nueva información) para localizar la información relevante y combinarla en servidores.
Los abogados disponen de sistemas de información que resuelven problemas relativos al conocimiento. En estos sistemas se aplican técnicas de inteligencia artificial. Por ejemplo, los “neural networks” son herramientas estadísticamente orientadas en el uso de datos para clasificar la información en una categoría u otra.
Programas de gestión documental y gestión del conocimiento. Se codifica todo el conocimiento de la organización: contratos, acuerdos, informes, manuales, libros, formularios, cartas, memorandos, artículos, dibujos, fotografías, correos electrónicos, mensajes de voz, vídeos, notas de presentaciones, normas, estatutos, hojas impresas, transcripciones de reuniones, etc...
“Neural networks”, sistemas basados en la experiencia, en normas, en casos, sistemas de ayuda en la toma de decisiones, bases de datos relacionales y sistemas de gestión documental complejos.
Procesador de textos, programa para presentaciones, hojas de cálculo, bases de datos legales, agendas electrónicas, correo electrónico.
Eva Bruch -
Marketing jurídico y TICs: Protección de datos
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La protección de datos en España
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a Protección de Datos es un derecho fundamental que protege a los individuos de los abusos que se derivan de la recopilación y utilización de la información que se deduce de los rastros que dejan en su actuar cotidiano (los datos). La protección de datos recae sobre la información relativa a lo que se hace incluso de forma pública. En virtud de este derecho nadie puede obtener, retener ni utilizar los datos si el interesado no lo ha consentido. Su primera formulación es muy reciente: El Convenio 108 del Consejo de Europa de 1981, aunque su juventud no permite hablar de escasa experiencia. Desde el punto de vista normativo existen en la Unión Europea una Directiva de 1995 y un borrador de Reglamento, de aplicación directa en los Estados Miembro. En el caso de España una Ley Orgánica de 1992 y otra de 1999 de transposición de la norma europea. De igual modo, cabe destacar que, incluso en los Estados Unidos, donde inicialmente había gran reticencia a proteger este derecho, son cada vez más los Estados que han dictado normas de protección de datos. El resto de los países desarrollados han seguido la misma senda y, hoy en día, muchos de los Estados iberoamericanos han aprobado o están en vías de aprobación de normas de datos semejantes a la europea. La primera tarea de la Agencia española tras su creación se centró en regularizar la totalidad de los ficheros en poder de la administración pública, especialmente los gestionados por los Ministerios de Justicia
y de Interior y los cuerpos de policía. No obstante, en un plazo muy breve su preocupación se centró en el uso publicitario y comercial de los datos personales. Cabe decir que la actividad promocional ha sido una fuente constante de conflictos y que, aunque a lo largo de su historia han surgido muchas cuestiones diferentes, los problemas derivados del uso comercial y publicitario de los datos personales han sido permanentemente una cuestión destacada en esta materia. También desde muy pronto destacó la necesidad de regularizar la actividad de los ficheros de información sobre incumplimiento de obligaciones dinerarias, los ficheros de morosos, cuya enorme trascendencia económica e incidencia en la vida privada de las personas dieron lugar a un importante número de discusiones y quejas. La importancia de esta actividad la pone de manifiesto el hecho de que la primera Instrucción de regularización de una actividad concreta que dictó la Agencia, en 1995, se refirió a estos ficheros. No obstante, cabe señalar que hoy en día no hay cuestiones pendientes de resolver sobre esta actividad, aunque las denuncias sobre estos ficheros puedan ser considerables en número. En 1996 la Agencia dictó su segunda instrucción, relativa al control de seguridad en los accesos a edificios, hecho que pone de manifiesto la preocupación que podía existir al respecto, si bien, no cabe decir que éste haya sido un aspecto polémico en la materia, a la vista de las resoluciones de la Agencia y de las sentencias judiciales que se han dictado al respecto. Desde la Unión Europea, la primera de las preocupaciones en que se centró el denominado Grupo de Trabajo del Artícu-
29 lo 29 de la Directiva de Protección de Datos (G29), que reúne en la sede de la Comisión Europea a las autoridades de control de los diferentes Estados Miembro, fue el de las transferencias internacionales de datos, un aspecto crucial desde el inicio, dado que la limitación territorial de la capacidad de actuación de las instituciones impide garantizar la protección cuando el tratamiento de datos se realiza desde el exterior. Así, en 1997 en que empezó a trabajar el G29, se aprobó el documento de trabajo centrado en el flujo transfronterizo de datos personales, habiendo sido muchos los estudios, recomendaciones y soluciones que se han elaborado al respecto desde entonces en esa misma sede. También en esa primera fase inicial se desveló la cuestión más polémica que se ha planteado hasta el momento en este campo: la incidencia de In-
ha despertando una gran inquietud entre los ciudadanos. Sin embargo, esta actividad, a pesar del gran número de reclamaciones y resoluciones no cabe destacarla como compleja desde la perspectiva jurídica. La última gran discusión que se ha formulado en transposición al ordenamiento español de la Directiva europea, dado que, a diferencia de la Directiva, la Ley española no autoriza el tratamiento de datos basado exclusivamente en el interés legítimo de quien lo hace, siempre que no prevalezcan los derechos o intereses de terceros. Esta reciente cuestión está dando lugar a una enorme controversia, ya que obliga a revisar toda la doctrina de la Agencia, que únicamente permitía el tratamiento de datos cuando concurre el consentimiento del interesado o cuando la ley lo autoriza expresamente.
“La primera tarea de la Agencia española tras su creación se administración pública, especialmente los gestionados por los Ministerios de Justicia y de Interior y los cuerpos de policía” ternet y el comercio electrónico en la protección de datos, que también está muy relacionado con el flujo transfronterizo de datos. Efectivamente, en 1998 el G29 publicó el primer documento centrado en Internet y, actualmente cabe destacar que la protección de datos en la actividad desarrollada a través de la red es la mayor causa de discusiones y polémicas en la práctica. Con posterioridad, volviendo a la practica en España, cabe resaltar la instrucción de la Agencia, de 2006, sobre videovigilancia que ha dado lugar a una enorme cantidad de denuncias y actuaciones por la proliferación de cámaras de vigilancia en todo tipo de espacios, públicos y privados, que
En conclusión, cabe afirmar que, aunque se trata de una disciplina muy reciente, su corta historia está plagada de una experiencia muy intensa y controvertida que ha ido evolucionando, al igual que las nuevas tecnologías, hacia Internet, donde se centran hoy en día las mayores preocupaciones, tanto de Europa, como demuestra el futuro reglamento europeo, que tiene entre otros objetivos garantizar la protección en la red, como de los reguladores que han iniciado con muchísima fuerza y vehemencia las discusiones con los operadores, como en la sociedad, como demuestra la importancia que han atribuido a estas discusiones los medios de comunicación de todo el mundo.
Javier Aparicio
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Marketing jurídico y TICs: Protección de datos
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Abogados y peritos informáticos
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s un binomio que no entiendo porque no termina de cuajar. Las Nuevas Tecnologías
la informática alcanza a empresas, organizaciones y personas. Forma parte sin que podamos hacer nada de nuestro desarrollo profesional, laboral y personal. Todos dependemos de la informática, usamos cada día mas productos tecnológicos y nuestra forma de comunicarnos ha cambiado de manera radical, ya no es bidireccional sino que alcanza el grado de multidireccional e internacional. Los abogados y el conjunto de la administración de la Justicia suspenden en TICs, han pasado del siglo XIX al XXI, sin que Universidades, Colegios Profesionales y otros organismos les hayan impuesto de manera obligada la asignatura de la informática, con lo que son víctimas de la brecha digital y aun no lo saben. Utilizan portátiles, Smartphone, teléfonos inteligentes y otros aparatos sin saber cómo sacar rendimiento de ellos. Y los Informáticos nos encerramos en nuestro conocimiento, sabiendo conscientemente que estamos suspensos en Derecho a todos los niveles, porque nuestras asignaturas no se han mezclado en los planes de estudios. Los Peritos Informáticos es cierto que saben extraer las evidencias electrónicas (digitales y telemáticas) su expertis en cuanto a la informática forense les convierte en el elemento fundamental en los litigios que conllevan un componente tecnológico, siendo cada día más numeroso. Son para el abogado ya que puede ayudarle a ganar un juicio y evitar una condena, pero no acuden a ellos porque desconocen dicha la informática en general. Los abogados
tienen un conocimiento general y luego poseen especialidades con lo que a la hora de elegirlos debemos de preguntarles o mirar su tarjeta de visita a que se dedican. De igual manera pasa con los Informáticos que la base general es común a todos, pero cada uno se especializa en un área determinada y ha de estar cada día capacitándose en su materia determinada porque un mes puede dejarle con los conocimientos caducados. Es vital crear una sinergia común en estos dos colectivos, aprender uno de otro sabiendo que ambos se complementan. El abogado no sabe extraer las evidencias electrónicas, pero el Perito Informático no puede llevar la evidencia en el litigio ante el juez sino es por medio del abogado. Pero también los malos son conocedores de esta problemática, conocen muy bien la situación e incluso como está la legislación en estos comportamientos ilícitos de esta Sociedad de la Información que la gente conoce como virus, fraudes, gusanos…y que son los llamados delitos Informáticos o Ciberdelitos. Conocen los ordenadores y no los utilizan como obtener y conseguir información y datos sensibles, estudiando las vulnerabilidades, conscientes del enorme caudal de datos que encierran los equipos Informáticos en segundos o en minutos y planear sus acciones. Son conscientes de que hay pocos expertos en informática forense y el alcance previsible de los aparatos tecnológicos hace que sea una actividad potencial y muy lucrativa. Hay que añadir los problemas de funcionamiento y seguridad de los sistemas Informáticos en negocios, administración, Defensa y en el conjunto de la actividad; la crisis económica mundial comprobando que en la última déca-
31 da el aumento de los delitos Informáticos representa una amenaza a tener en cuenta incluso en la economía del País. “cualquier comportamiento antijurídico, no ético o no autorizado, relacionado con el procesado automático de datos y/o transmisiones de datos” El desarrollo meteórico y la dependencia de la informática ha dado origen a nuevas posibilidades de delincuencias impensables, sin legislación y sin defensores con conocimientos de estas técnicas. Manipulación de equipos Informáticos, fraudes bancarios, destrucción de programas y datos, accesos no autorizados a información, apropiación indebida de información de datos sensibles de cámaras, claves, correos, denegación de auxilio en servidores, robo de datos y muchos casos mas con los que se
ciedad, conocer las pérdidas que originan, y adquirir los conocimientos básicos para minimizar la amenaza y contrarrestarlos. do obsoletas tras el conocimiento de nuevas facetas ción según la actividad desarrollada: Sabotaje informático; Conductas dirigidas a causar daños físicos; Conductas dirigidas a causar daños lógicos (Bombas lógicas); Cáncer de Rutinas; Virus Informático; Fraude Telemático (Manipulación del output); Estafas electrónicas; Copia ilegal de software y espionaje Uso ilegítimo de sistemas informáticos ajenos; Delitos informáticos contra la privacidad; Interceptación de correos electrónicos; Pornografía infantil; Manipulación de lectura, sustracción o copiado de infor-
“Es vital crear una sinergia común en estos dos colectivos, aprender uno de otro sabiendo que ambos se complementan. El abogado no sabe extraer las evidencias electrónicas, pero el Perito Informático no puede llevar la evidencia en el litigio ante el juez” muchos daños morales y/o materiales, en la mayoría de los casos sin posibilidad de que sean descubiertos ni conocer desde donde operan. Sus ataques con la información obtenida son fáciles, rápidos sus resultados producen resultados de mas de cinco cifras y cuentan con una probabilidad muy alta de no ser descubiertos y no es necesario una presencia física. Son muchos los delitos Informáticos, pero son escasas las denuncias por desconocimiento por parte de las víctimas, de los abogados, de los administrapor los Legisladores con lo que les convierte en impunes ante la Ley. explicar cómo actúan, conocer su impacto en la so-
la entrada como en la salida; Alteración en el funcionamiento de los equipos y sistemas; Acceso no autorizado; Intervención de comunicaciones telemáticas; Destrucción de programas por cualquier método; Sabotaje político o terrorismo en que se destruya o surja un apoderamiento de los centros neurálgicos computarizados; Secuestro de soportes magnéticos chantaje (pago de rescate, etc.); Terrorismo: Mensajes anónimos aprovechados por grupos terroristas para remitirse consignas y planes de actuación a nivel internacional fabricación de explosivos, remitir Es importante establecer vínculos internacionales y analizar la Legislatura que enmarca esta clase de delitos ya que no hay fronteras para los cibercrímenes. Ángel Bahamonte -
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Marketing jurídico y TICs: Marca profesional
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Marca personal en la red
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a tecnología de la comunicación está suponiendo unos cambios vertiginosos en todos los ámbitos de nuestra sociedad y especialmente en el mundo laboral.
tornos distintos. Por eso se ha puesto de moda el concepto de marca personal y proliferan los libros, cursos y eventos sobre gestión de marca y “personal branding”.
El concepto de trabajo ha cambiado radicalmente en muy poco tiempo. Los puestos de trabajo están convirtiéndose en proyectos de trabajo, y esto significa que hay que decir adiós a la “seguridad de un puesto fijo”.
La marca es una forma de explicar al cliente lo que podemos esperar de ella. Es, en realidad, una promesa sobre lo que vamos a experimentar cuando la usemos. De la misma forma, nuestra marca personal es aquello que prometemos a los demás como profesionales, son aquellas características individuales que permiten entender qué se puede esperar de una relación profesional con nosotros.
Los puestos evolucionan cada vez más rápidamente, siguiendo el ritmo al que avanza el conocimiento y la tecnología, y pierden la confortable seguridad que proporcionaba un puesto fijo. Al disminuir la estabilidad que las empresas pueden ofrecer a los profesionales, aumenta la importancia de las capacidades individuales, y empieza a ser muy relevante cómo las personas son capaces de mostrar, vender, aplicar y actualizar su capacidad y conocimientos en en-
A veces se confunde marca personal con nuestra puntuación en indicadores de influencia en la red (cada día sale uno nuevo) o el número de seguidores en linkedin, twitter o en los círculos de Google….estos datos reflejan solamente una dimensión de ella. La marca personal se construye a través de
33 las relaciones profesionales y se divulga a través de las redes sociales. Hay profesionales con una marca personal sólida y reconocida que no tienen una buena divulgación, mientras que en otros casos la divulgación puede ser muy buena y la marca regular, y ese sería el peor de los escenarios!. La construcción de marca y su divulgación son dos pasos diferentes y empezar por el segundo puede darnos notoriedad a corto, pero no buenos resultados a medio plazo. Para construirla es necesaria una reflexión interna sobre nuestras capacidades y motivaciones laborales, qué queremos conseguir de nuestro trabajo y qué queremos ofrecer con nuestro trabajo. Analizar nuestro perfil, capacidades puntos fuertes y débiles, ventajas competitivas y áreas a desarrollar. A la vista de ese análisis, debiéramos ser capaces de definirnos en un par
tomamos la molestia de reflexionar sobre ello, cada uno de nosotros sabe mejor que nadie, dónde se esconden nuestro talento y hasta dónde nos gustaría llevar nuestro potencial. Así que no dudes de tus capacidades, apóyate en las características que los demás te atribuyen y trabaja como expresar las que no ven, para ponerlas en valor y que sean fáciles de reconocer Para divulgarla es necesario un análisis externo de dónde tenemos que estar en la red, porqué y para qué. Será el momento de elegir las redes sociales en las que vamos a estar de forma activa, las redes de expertos en las que podemos aportar y recibir valor, estar al tanto de iniciativas nuevas en nuestro sector de actividad y en nuestra área de conocimiento, y conocer los perfiles profe-
“Al disminuir la estabilidad que las empresas pueden ofrecer a los profesionales, aumenta la importancia de las capacidades individuales, y empieza a ser muy relevante cómo las personas son capaces de mostrar, vender, aplicar y actualizar su capacidad y conocimientos en entornos distintos” de palabras que transmitan ese “algo” que nos identifica y distingue como profesional y que los demás reconocen con facilidad. llas que se crean sin contrastar con la realidad externa. Pide feedback a otros profesionales y compárate con tu grupo de referencia para aislar tus señas de identidad potente, si existe mucha diferencia entre nuestra opinión sobre nosotros mismos y la de los demás, nuestra marca no es fácil de entender, ni por tanto de comprar.
sionales de nuestros potenciales competidores. La ingente cantidad de información disponible en la red, no siempre útil ni relevante, hace que la solidez de nuestra marca y la facilidad para encontrarnos dependa de la calidad, relevancia, consistencia y diferenciación de la información que aportemos a nuestros perfiles digitales. Ya hay tecnologías que rastrean perfiles en cualquier tipo de red social o actividad en internet, sigue siendo importante decidir en que “sitios” estamos presentes, pero en términos de marca personal, cada vez es más crítica la calidad y diferenciación de lo que transmitimos y para qué lo transmitimos.
Iñigo Manso Borra
Marketing jurídico y TICs: Marca profesional
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El cliente te juzga: cuestiones impertinentes de marketing jurídico No sólo se trata de tener clientes, sino de saber buscarlos, de que estén satisfechos y, si es posible que te paguen. ¿Un abogado tiene que ser un empresario? ¿Y un comunicador? ¿Y saber de marketing? ¿Se puede trabajar en esta profesión sin estar “en la nube”?¿Qué tiene que tener en cuenta un abogado en enero de 2013, cuando a la crisis se suman las tasas y cuando el negocio puede reducirse de forma importante para todos? Este artículo no pretende responder a todas esas
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necesario saber para dedicarse a ello y no morir en el intento.
i a la crisis le sumamos la implantación de las nuevas tasas judiciales –de “per-judiciales” las ha bautizado con acierto un amigo periodista-, el panorama para los que quieren ser abogados y competir con los 135.000 que están ejerciendo no parece el mejor. Tampoco para los que acceden ahora por primera vez o para los que se vayan incorporando, mejor formados, tras pasar por el curso de acceso y el examen que debería garantizar a los ciudadanos que quien va a llevar su defensa está verdaderamente capacitado para ello. Porque ahora, cuando disminuye el negocio porque hay mucha gente que no puede permitirse el lujo de exigir sus derechos, cuando llegue un cliente, el abogado tendrá que decirle que, además de sus honorarios y los del procurador, va a tener que dejarse una pasta en tasas… y tener el dinero preparado por si hay que recurrir. Pero, además, ahora, el abogado tendrá que ser un experto en números, un “vendedor” con capacidad de convencer, con habilidades especiales, y un gestor de fondos y de tiempos. Me explico. Los abogados se pasan todo el día comunicando –ante los jueces, frente a sus compañeros, con los clientes, incluso en foros y debates- y en la Facultad de Derecho nadie enseña nada sobre esas técnicas que luego van a ser fundamentales. Unos las tienen y otros las pueden aprender. Y me
que se entienda, pero también, por supuesto, a la oratoria. Pero nadie lo enseña donde debería ser imprescindible: en las Facultades de derecho. Otro tanto se puede decir de la gestión. Un noventa por ciento de los abogados acaba montando su despacho y en la mayor parte de los casos es un bufete individual o de dos o tres abogados. A ninguno le han enseñado tampoco –ni siquiera se lo han dicho- que lo que ha montado es una empresa, que se ha convertido en un empresario y que, además de la calidad jurídica, tiene que saber gestionar profesionalmente los ingresos y los gastos, las amortizaciones, los imprevistos y hasta la limpieza del despacho. Y decidir si es un autónomo, si cotiza a la Seguridad Social o a otro régimen, si se apunta a la Mutualidad de la Abogacía o Alter Mutua… Ah, y un buen dominio, como mínimo, del inglés. En cuarto lugar, deberá tener unos conocimientos amplios de las nuevas tecnologías, porque algún día los expedientes -incluido el Expediente Electrónico de Justicia Gratuita que el Consejo General de la Abogacía ha puesto a disposición de todos los abogados y gracias al cual este año se evitarán molestias y papeleo para 300.000 ciudadanos y muchos abogados-, de lo que es Lexnet, del valor jurídico probatorio
35 del buro-sms, de las ventajas de estar en la nube –no en las nubes- y todo lo que le pueden ofrecer las redes sociales para mejorar su trabajo o hacer “ ”. Y, por último, tampoco le han enseñado que si tiene suerte va a tener clientes, pero que cómo no los busque no van a hacer cola para llamar a su despacho. ¿Y cómo se captan? Esa es la primera lección. Luego hay adecuado, tratar de inducir la necesidad de que les encarguen más cosas y “rentabilizar su trabajo. Es decir que tiene que ser un estratega y un hombre práctico. “Oiga, que yo he estudiado para abogado, no para ser un director gerente de una empresa”. Quien piense eso, se equivoca. En la mayoría de los casos, si no quiere quebrar o tener que cerrar el despacho al poco tiempo, estas actividades le consumirán una buena parte de su tiempo. “¿Y, entonces, cuando me dedico a lo mío, a lo jurídico?”. La respuesta es fácil: haber escogido otra
todo lo anterior y, sobre todo, crear su “marca”. Le es más fácil a Garrigues, ya lo sé, pero quien no tenga la capacidad de montar un despacho con 2.000 abogados, deberá hacer algunas de las cosas que también se hacen en los más grandes. Plantearse qué “empresa” va a montar, cuál va a ser su “plan de negocio y cómo va a comunicar que “está en el mercado”. Eso pasa por estudiar cuál es su nicho de mercado, si hay más “negocio” en Civil o en Penal, especializarse o ser generalista, qué tarifas puede cobrar para que su trabajo sea rentable y no espante a los clientes, hacer una hoja de encargo y sacarla en la primera entrevista para que su cliente sepa lo que le va a costar –tasas aparte- y qué puede esperar de su abogado… Y pasa por tener los medios telemáticos necesarios, una cuenta de correo segura, encriptada, que permita enviar documentos sin riesgos y con garantías… Y tratar de hacerse un hueco en algún medio de comuni-
“Además, ahora, el abogado tendrá que ser un experto en números, un “vendedor” con capacidad de convencer, con habilidades especiales, y un gestor de fondos y de tiempos” profesión, porque en la de abogado se trabajan muchas horas y, además, los resultados dependen, en buena medida, de que seas capaz de mantenerte al día, de que conozcas las cien mil leyes que se han aprobado entre el Estado y las comunidades autónomas… y que luego te toque un juez que te escuche… y que acierte. No es un panorama paradisíaco, y eso que no he disi se paga, y lo poco que se cobra, si se cobra, en muchos casos, con meses de retraso, a pesar de que la Administración está obligada a pagar en un máximo de sesenta días y, en 2013, en menos de 30. Les prometo que, pese a todo, yo creo en los milagros. Dicho eso, la profesión de abogado es apasionante. Pero quien quiera vivir de ella debe tener en cuenta
cación para que su nombre empiece a sonar, o tal vez tener una web propia, razonablemente diseñada o con contenidos de cierto interés, o un blog propio que sirva para contactar con clientes y con otros compañeros. Y todo ello, sin dejar de formarse permanentemente –los Colegios de Abogados y el Consejo General de la Abogacía ofrecen excelentes oportunidades, muchas de ellas gratuitas o a bajo coste- y sin renunciar a los más importante: la defensa de la libertad y la independencia, la búsqueda de la Justicia, con mayúscula, y la apuesta por una Abogacía y un Poder Judicial fuertes e independientes. La esencia de la profesión, su ética y sus principios. Si después de todo usted ha llegado abogado o lo va a ser. Seguro. Y ni las tasas ni ningún otro cambio, que los va a haber, acabará con usted ni le dejará sin clientes.
Francisco Muro de Íscar -
Marketing jurídico y TICs: Legal Project Management
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El Legal Project Management y la selección natural
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n su libro “El origen de las especies”, Charles Darwin, hablando del proceso de selección naven no son las más fuertes, ni las más rápidas, ni las más inteligentes; sino aquellas que se adaptan mejor al cambio”. Casi como por contrapaso, a estas leyes del código de la naturaleza estamos sujetos también los abogados: los que sobrevivirán a los retos que el nuevo mercado legal plantea serán los que mejor se habrán adaptado al cambio. Ça va sans dir, los que triunfen serán los que lo hayan anticipado.
legales” (Jordi Estalella). El cliente demanda nuevas formas de asesoramiento y exige servicios jurídicos menos onerosos que tendrán que desarrollarse con modelos de negocio radicalmente distintos a los que conocemos. En este marco de nuevas exigencias e inquietudes, las soluciones que un despacho profesional tendrá que ofrecer deberán poder satisfacer los criterios de éxito del cliente según sus prioridades. El abogado necesitará manejar cuatro variables clave: alcance, plazo, coste y calidad, y por supuestos sus interdependencias ( ). Los nuevos rasgos del consumidor del servicio legal exigen la adquisición de nuevas técnicas, habilidades y herramientas por parte del profesional de la práctica jurídica, como pueden ser las de project management. Hace unos años, desde Estados Unidos, Canadá y Australia llegan experiencias exitosas de despachos excelentes, como Eversheds, Seyfarth Show, McCarthy Tetrault, King & Wood Mallesos o Dechert, que han aplicado un enfoque de Legal Project Management (LPM). Se trata de un conjunto de conocimientos, técnicas y habilidades que desde los años cincuenta se han desarrollado en otros sectores como el industrial, el de la defensa o el de la construcción, y que lentamente se están extendiendo a sectores profesionales como los de la sanidad, la banca y
Decía Steve Jobs que ser despedido de Apple fue lo mejor que podía haberle pasado. La pesadez de tener éxito fue reemplazada por la iluminación de ser un principiante otra vez. Confío que también la crisis que está atravesando el sector legal pueda ser una valiosa oportunidad para los despachos que quieran liberarse de la pesadez de tener éxito y apuesten por aquella libertad que se permite solo a los principiantes y que realmente nos faculta para ver al mundo con ojos diferente, innovar sin miedo y experimentar, como decía Thomas Edison, las mil maneras que necesitamos para llegar a los mejores descubrimientos. El LPM en este sentido es para los principiantes que estén libres del perjuicio de la práctica legal tradicional y dispuestos a introducir en su práctica elementos novedosos de disciplina, gestión y dirección. El Legal Project Management es un conjunto de conocimiento y técnicas, adaptada al entorno legal, haustivo sobre alcance, tiempo y coste del caso desde el inicio hasta el cierre. De esta forma, se ofrecer mayor valor al cliente y resultados alineados con los objetivos El Project Management Institute (PMI), referente munpara crear un producto o servicio único (diferente, de alguna forma, a todos los productos o servicios restantes) (PMI, 2008). Cada proyecto se caracteriza por un inicio, to, y un cierre. pre los abogados, tanto de despachos como de departamentos jurídicos de empresa, gestionan objetivos, manejan costes y plazos, gestionan recursos económicos y humanos, dirigen y coordinan y gestionan los riesgos. Sin embargo, no son gestores de proyectos o “project
37 managers”, porque cuando gestionan sus proyectos lo hacen de forma ingenua e inconsciente, sin disponer de aquel cuerpo de conocimiento, técnicas y habilidades que se ha ido plasmando en otros sectores. Los despachos excelentes que en los últimos años han ido adoptando un enfoque de LPM se han guiado principalmente por el cuerpo de conocimiento elaborado por el PMI en el nando sobre la oportunidad de adoptar enfoque ágiles en la gestión de proyectos jurídicos. Mientras la doctrisobre la elaboración de un plan y una ejecución que, en cualquiera momento del ciclo de vida del proyecto, debe tión de eventuales cambios una solución para volver lo más rápidamente al plan inicial desde la desviación que ha ocurrido), las técnicas ágiles introducen elementos
bución más valiosa que nos ofrece el project management a los profesionales del derecho. La creciente especialización de los despachos por área de competencia (áreas, y contabilidad, conocimiento) nos está llevando a adoptar una gestión miope, mecanicista, basada en potenciar las partes, sin pensar en el todo. Diferentemente, el project management nos permite llegar a concebir y ejecutar soluciones basadas en la integración y coordinación de las partes para que formen un todo más organizado y (años cincuenta) y una de abogados especialistas (años semillas de la nueva generación de abogados project managers. También nos ayuda a alinear estas soluciones (más bien que servicios) tanto con la estrategia y el posicionamiento de nuestra organización (cultura organizativa) como
“La pesadez de tener éxito fue reemplazada por la iluminación de ser un principiante otra vez”, Steve Jobs de libertad y creatividad en la fase de ejecución; en este caso, el cambio es considerado como una oportunidad do in itinere. Se privilegie o menos la doctrina tradicional con respecto a enfoques ágiles o se conjuguen las dos visiones según las características del proyecto, del cliente y del mercado, en cualquier caso el Legal Project Management es una solución win to win que permite al abogado responder a las necesidades del cliente, soportando menos costes y aportando más valor. En otras palabras, es una ventaja competitiva, tanto para despachos grandes, medianos y pequeños así como para departamentos jurídicos de empresa, que trae fuerza de una mejor organización del trabajo y de una visión integrada de las partes. En mi opinión la integración entre las aéreas de conocimiento elaboradas por el PMI (alcance, plazo, coste, recursos humanos, compras, calidad, riesgos, comunicación y recursos humanos) es probablemente la contri-
con la del cliente y a transformarla en las más rentables posible para ambos, debido a la reducción de nuestros costes y al mayor valor de la solución conseguida. A tratión de riesgos y de la adecuada asignación de recursos (económicos, humanos y temporales) el legal project management nos enseña a gestionar la incertidumbre y Finalmente, siendo los proyectos hechos por personas y para personas, el LPM nos aporta transparencia, coal despacho o al departamento, como externas, con el cliente y con los otros stakeholders cando al abogado como un partner estratégico (interno o externo) del negocio del cliente. La Teoría de los juegos demuestra que las estrategias de negocio de éxito son aquellas que cambian el juego y las relaciones de creación de valor. El Legal Project Management es un cambio de juego. Anna Marra -
RSC: Colegios
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La responsabilidad social corporativa en el ICAB forma parte de su código deontológico
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n sentido estricto, el abogado es aquel profesional que conoce todo el ordenamiento jurídico y que garantiza la defensa del cliente hasta los tribunales de justicia, en caso necesario. Pero en el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) entendemos que el abogado debe comprometerse con el entorno globalizado altamente cambiante para retornar a la sociedad y al planeLa Responsabilidad Social corporativa permite gestionar de manera ética, transparente y participativa todos los aspectos de una organización. Por nuestro ideario y compromiso con la humanidad, el ICAB es sensible a las preocupaciones sociales y por ello tiene distintos programas de ayuda para los más desfavorecidos. Por segundo año consecutivo la festividad de Sant Raimon de Peñafort, el patrono de los abogados, es solidaria. Por ello, en el marco de los actos conmemorativos alrede venta de productos de organizaciones sin ánimo de lucro Raimon se destinan 5¤ por comensal a causas humanitarias. Dentro del ICAB también existe la Comisión para la Cooperación y el Desarrollo (0’7%) que destina el 0’7% del presupuesto del Colegio a proyectos jurídicos a realizar en países del tercer mundo o en vías de desarrollo. También se ayuda a los abogados que se encuentran con de Gispert de la que el ICAB es patrón. En el ICAB creemos en la responsabilidad social corporativa, somos sensibles a las preocupaciones sociales, laborales y de respeto a los derechos humanos. Recientemente, porque queremos aportar nuestro conocimiento a la sociecación legislativa que da respuesta efectiva a los desahucios y ejecuciones hipotecarias y al problema de base que es el sobreendeudamiento.
Son tiempos navideños y en el ICAB nos solidarizamos con la causa a través de la recogida de alimentos en nuestra sede, que posteriormente se llevan a una parroquia de la ciudad condal. La situación económica que vive nuestro país a raíz de la crisis nos obliga un año más a congelar las cuotas colegiales, porque entendemos que nuestro papel no es el de una nómico. Nosotros sí, evidentemente trabajamos cada día para incrementar los ingresos de nuestra organización, pero no por ello olvidándonos de aquéllos que forman parte de nuestro colectivo que están pasando por una situación dramática económicamente. mos servicios de asesoramiento jurídico a enfermos de cáncer y a sus familiares más cercanos. Somos sensibles a los problemas sociales que nos rodean, porque los abogados no debemos ni podemos echar la vista atrás ante injusticias ni ante los dramas sociales. Tenemos el deber moral de proporcionar herramientas jurídicas a aquéllos que más lo necesitan. Éste ha sido nuestro leit motiv desde la fundación del ICAB y en tiempos difíciles como los actuales, no podemos estar ajenos a lo que la sociedad nos demanda. Apostamos por la formación, por el conocimiento como vía de reciclaje y de competitividad y por ello reservamos unas plazas de becas formativas para abogados que padecen problemas económicos. La responsabilidad social corporativa en el ICAB va más allá de una etiqueta o de un sello que se engancha. Es para nosotros un compromiso, una causa ética para conquistar y bién de los grupos de interés. La RSC nos refuerza como profesionales, nos da legitimidad y nos abre un mundo nuevo lleno de oportunidades. Pedro L. Yúfera -
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RSC: Colegios
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Los Colegios Profesionales: Sus retos y responsabilidades
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os colegios profesionales, en nuestra Constitución Política de la República de Guatemala, tienen por finalidad la superación moral, científica, técnica, cultural, económica y material de las profesiones universitarias. En este primer párrafo del artículo 1 de la ley de Colegiación Profesional Obligatorio, establece unos retos y responsabilidades, en el ejercicio de la profesión universitaria. Es imprescindible que para cumplir estos retos y responsabilidades, se necesita organizarse, en entidades gremiales, fuertes y coherentes, pero sobre todo con el reconocimiento legal, para cumplir estos aspectos. Es necesaria una ley de Colegiación obligatoria, que determine la necesidad y la obligatoriedad de estar agremiados, en otras palabras, propugnar por una colegiación obligatoria. La superación moral como reto y responsabilidad de la colegiación obligatoria. Y ya no solo una obligación, sino una necesidad de cumplir los retos de superación; moral, ese es un aspecto de índole subjetivo necesario en el ejercicio profesional, pero que debe conllevar a un control de la misma, a través de una reglamentación para el efecto, que puede ser a
través de un Código de Ética Profesional, que regule las múltiples actividades, que deben traducirse en leales, eficientes, y con sentido de servicio que deben prestarse a la sociedad. La superación científica y técnica como reto y responsabilidad de la colegiación obligatoria Esta actividad, es importante, ya que es lo que en ámbitos gremiales se denomina, la educación continua o la re certificación del profesional. El profesional debe mantenerse en preparación continua, actualizándose, buscando la forma de estar al día en conocimientos, para estar pendiente de los avances científicos y técnicos de la profesión, para este fin debe de desarrollarse una comisión específica, por parte de los colegios profesionales, denominada de Educación Continua o de Actividades académicas, que mantengan al profesional al tanto de todos los conocimientos necesarios para el mejor ejercicio de la profesión. La superación cultural, económica y material, como reto y responsabilidad de la colegiación obligatoria Estos, aspectos también van de la mano, con
41 la superación del profesional. Lo cultural, es necesario fomentar dentro de los gremios profesionales y mantenerlos con la sensibilidad social, impulsando obras de teatro y lecturas guiadas de literatura sobre temas profesionales y gremiales, la posibilidad de introducir aspectos de premios a la mejor obra literaria, u obra. Que el profesional se vea útil en esta faceta. Lo Económico y Material. Es importante, que haya una asesoría por parte de los Colegios Profesionales, para impulsar estos temas. Pero más importante es el hecho de crear un fondo de prestaciones, que sea un ramo de oportunidades para el profesional, que haya llegado a la edad de jubilación, o de pensión. Prestaciones que elevan la dignidad del profesional, además de contener una prestación de gastos médicos, y cualquiera otra que pueda elevar el nivel de dignidad del profesional.
de impulsar temas para todos los profesionales, como fue la introducción del sistema de videoconferencias para poder abaratar los costos académicos. No obstante todo lo anterior, es poder ofrecer que los retos y responsabilidades gremiales son constantes y necesarios. Finalmente, por todos estos aspectos se hace imperativa la colegiación obligatoria, la cual en muchos países se ha debilitado y se ha perdido en otros. Es necesaria fortalecerla y luchar para que se puedan fortalecer los colegios profesionales, para obtener a través de los retos y responsabilidades mejores oportunidades a los mismos para un mejor servicio a la comunidad y sociedad, cumpliendo con el desarrollo integral de la sociedad y el fortalecimiento de un Estado Democrático y de Derecho Se hace necesario que los países, tomen como
“El profesional debe mantenerse en preparación continua, actualizándose, buscando la forma de estar al día en conocimientos, para estar pendiente de los avances científicos y técnicos de la profesión” Me ha tocado vivir una experiencia muy especial en estos ámbitos gremiales, ya que como Presidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, hemos impulsado estos temas y desarrollado toda una gama de oportunidades a los profesionales de esta materia, impulsando un concepto denominado “Diplomados” los cuales han abarrotado y han puesto al alcance del profesional la oportunidad de estar actualizados en temas diversos y avalados por la Universidad Estatal, lo cual ha dado un plus a dichos estudios. Pero hemos incidido también en temas de apoyo a la Sociedad, desde el punto de vista de apoyar al Migrante. También como Presidente de los Colegios Profesionales, en su momento tuve la oportunidad
determinante apoyar el desarrollo de los profesionales y la oportunidad de agremiarse, para lograr los mejores objetivos de cada profesional, pero también para beneficio de la sociedad, ya que se hace necesario tener un control de la misma, para que haya una responsabilidad del profesional por sus malas actuaciones ante sus actividades y su ejercicio de la profesión, que pueda haber también una competencia sana de la profesión y así poder acabar con la competencia desleal. Por todo lo mencionado anteriormente se hace necesaria fortalecer en los países donde ya existe la colegiación obligatoria y donde no existe impulsarla a través de una legislación que contenga lo mínimo en el desarrollo profesional.
José Guillermo Alfredo Cabrera Martínez
RSC: Empresas e instituciones
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Transparencia, ¿mito o realidad?
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unque últimamente se ha puesto de moda, hablar de “transparencia” en la dirección de los asuntos públicos no es nuevo. Fue allá por los años 70 cuando se empezaron a acuñar expresiones del tipo abrir las ventanas del sector público (Chapman y Hunt, 1987) para referirse a la necesidad de reducir la excesiva opacidad en el ejercicio del poder burocrático. Durante décadas hablar de transparencia significó hablar de acceso y libertad de información -FOI: -, plasmados en normas cuyo propósito es garantizar a los ciudadanos “el derecho a saber” permitiéndoles el acceso a datos en manos del Estado. Pero ha sido con la llegada del siglo XXI, y de la crisis en particular, cuando se han acentuado algunas tendencias de cambio que se venían anticipando. Por un lado, un cambio de naturaleza social, puesto de manifiesto en la creciente complejidad de la sociedad, su mayor interdependencia, pluralidad o fragmentación. Por otro, un cambio económico propio de la post-globalización, y acentuado por una crisis fiscal que llega a cuestionar la sostenibilidad de servicios considerados como básicos. Y por último, un cambio político institucional originado por la variabilidad en número, tipología y relaciones entre actores que está dando lugar a nuevos procesos de co-soberanía, fragmentación territorial o conflictos de competencias.
No obstante son la tecnología y la aparición de Internet los vectores de cambio que ocasionarán efectos de mayor calado en nuestra sociedad. Hasta el punto de favorecer la aparición de un nuevo poder, el poder de las redes, que posibilita al ciudadano conectar y compartir información de una forma que altera significativamente las pautas de conformación de la opinión pública y los procesos de construcción de legitimidad política. Algunos autores se refieren a este fenómeno como “otro orden social, otro país” (Subirats, 2012). Unido a ello, a diario podemos comprobar cómo se acentúan los signos que alertan sobre la necesidad de un reequilibro en la relación entre ciudadanos y poderes públicos. La erosión en la confianza y la crisis de legitimidad que de manera creciente sufren las instituciones así como la nueva lógica de actuación de las generaciones más vinculadas a la tecnología como modo de vida plantean el reto de cómo evolucionar desde la clásica delegación de poder que la ciudadanía ha venido ejerciendo en favor de políticos y funcionarios hacia un escenario donde los ciudadanos sean el elemento central, protagonistas principales con capacidad de involucrarse en los asuntos públicos. Se requiere por tanto un reposicionamiento de los actores públicos que bien puede plasmarse en enfocar la acción de gobierno – en sus dos dimensiones: política y administrativa – bajo un prisma de “gobierno abierto” sustentado en tres
43 pilares fundamentales: transparencia, participación y colaboración. En este contexto, hablar de transparencia implica ir más allá de cumplir con un simple mandato legal, ir más allá de declaraciones simbólicas. Implica algo más que un mito o un desideratum. La transparencia hoy debe impregnar las decisiones en el marco de las políticas públicas, ser parte de un compromiso amplio y decidido con el gobierno abierto (Cortés, 2012). Supone además asumir que siendo el conocimiento uno de los elementos básicos en la capacidad de intervención de los actores en las políticas públicas una democracia de mayor calidad implica la universalización del mismo. La transparencia real debe ir asociada a tres valores fundamentales: la accesibilidad – que la información sea fácilmente accesible a cualquier
la voz ciudadana-; o el de delegación, cuando la ciudadanía se implica directamente en la valoración de políticas públicas (Ortiz de Zárate, 2012). En cualquiera de los casos la transparencia debe ir más allá. Es preciso potenciar la utilización de las herramientas disponibles y crear espacios de contacto directo con la ciudadanía sustentados en plataformas para el debate informado y el trabajo común. Pero se requiere también trabajar y educar en valores: por un lado en los principios de gestión para que la transparencia se asocie de forma inequívoca a la forma de gestionar los asuntos públicos; por otro porque tener instituciones transparentes es condición necesaria pero no suficiente al precisar la existencia de un tejido cívico con capacidad y potencial para exigir y actuar en el campo de las políticas públicas. Am-
“No obstante son la tecnología y la aparición de Internet los vectores de cambio que ocasionarán efectos de mayor calado en nuestra sociedad. Hasta el punto de favorecer la aparición de un nuevo poder, el poder de las redes” persona, en cualquier momento y en cualquier lugar; la receptividad – desde el gobierno y/o la Administración- y la equidad – para equilibrar el gap entre actores con mayor y menor capacidad de acceso. Debe formar parte de las políticas públicas, modulando para cada política el grado de apertura, pero siempre teniendo en cuenta que de lo que se trata es de redistribuir el poder para que el proceso no acabe siendo frustrante y engañoso a ojos de los ciudadanos. Todo ello permite hablar de transparencia a diferentes niveles: el de información -unidireccional de las instituciones a los ciudadanos; el de consulta – integrando
bos son aspectos que se retroalimentan: mayor transparencia redunda en mayor implicación cívica, que a su vez exige mayor transparencia. Concluyo con una idea a modo de resumen: una marcada apuesta por la renovación democrática sitúa la transparencia no como una opción, sino como una obligación, entendida ésta en el marco de un concepto más amplio de gobierno abierto que permita la redistribución real de poderes entre los poderes públicos y la sociedad. De no ser así, hablar de transparencia será hacerlo de un mito, al nivel retórico. Lejos de las expectativas inherentes a la gestión pública que demandan los tiempos que vivimos. Óscar Cortés Abad
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RSC: Empresas e instituciones
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de la Abogacía
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a Institución Protectora de Huérfanos, fue fundada por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid en 1931 durante el mandato del insigne decano D. Ángel Ossorio y Gallardo, con la finalidad de asistir a los hijos de los abogados pertenecientes a la Institución ante la contingencia de la pérdida del titular del entorno familiar. En esta asistencia solidaria se consideran incluidos, asimismo, los huérfanos de los abogados inscritos en el Colegio de Alcalá de Henares y de los procuradores pertenecientes al Colegio de Procuradores de Madrid que, igualmente, estuvieren incorporados a la institución protectora. Creada con un criterio de reparto y espíritu tuitivo, su obra social se realiza con el esfuerzo y contribución de los letrados y procuradores inscritos; las aportaciones de los Colegios
de Abogados de Madrid, Alcalá de Henares y de Procuradores de la Comunidad de Madrid; donativos particulares y las aportaciones de los socios protectores y así en los últimos 10 años la Institución ha repartido en ayudas más de un millón de euros. Actualmente, se conceden ayudas anuales de 2.520 ¤ por cada huérfano beneficiario hasta que estos cumplen 23 años. La aportación anual por hijo inscrito es de 50 ¤. Para obtener mayores logros es necesario contar con el apoyo de nuevos asociados y socios protectores lo que contribuirá a garantizar la pervivencia de la Institución para ayudar a los huérfanos ante el infortunio y la desprotección. Con el fin de poder ampliar las prestaciones y dar a conocer nuestra Institución la IPHA organi-
45 za los llamados DIAS ESPECIALES y a través de ellos fomentar el deporte, las actividades culturales y sobre todo generar entre nuestros asociados el sentimiento de Familia. Desde hace tres años y con la colaboración de la Fundación ABRACADABRA y el Colegio de Médicos, el día 4 de enero nos reunimos para celebrar el año nuevo y con la Magia de esos días buscar dar alegría a aquellos que en esos momentos sienten más las ausencias. Es un Día Especial muy especial no sólo porque en él participan más de 400 personas; es especial porque en ese día casi todo es posible y parece real. Si tuviéramos que destacar algo en nuestros más de 80 años de existencia solo podríamos decir que el trabajo de todos, la ilusión de muchos y el buen hacer de los que de forma voluntaria y altruista nos acompañan hacen de cada uno
MAGIA. DREZ CIENCIA. mento de Actividades Culturales del Colegio celebramos el DIA DEL DEPORTE PADEL. cho de la Universidad Complutense nos deleitó con un gran DIA DE LA MUSICA y así un sinfín de DIAS ESPECIALES que han hecho las delicias de pequeños y grandes. Desde la página web del Colegio de Abogados de Madrid, informamos sobre todas nuestras actividades y ponemos a disposición de todos,
“Actualmente, se conceden ayudas anuales de 2.520 ¤ por cada aportación anual por hijo inscrito es de 50 euros” de esos ya 82 años de historia parte importante de nuestra vida y de la de muchos de los que han recibido, reciben y recibirán nuestro apoyo no sólo económico sino también de acogida y servicio hacía el que más lo necesita. Siempre se piensa que el abogado es y trabaja de forma individualista. Pues bien, desde la Institución podemos decir que es tan grande el sentimiento de ayuda que se genera, que parece que todo aquel que se acerca de forma más o menos participativa o activa siente que somos mucho más que un seguro o una entidad a la que apoya económicamente. Se siente y lo dice en FAMILIA. Como ejemplo de nuestras actividades de este último año hemos de señalar las siguientes:
aquello que entendemos puede ser de utilidad para nuestros asociados y amigos de la IPHA. Invitamos desde aquí a que visiten nuestra sección y puedan comprobar lo que hacemos y nuestro fin último que es dar a conocer el buen hacer de nuestra Institución. Nuestro enlace es: http://www.icam.es/web3/ cache/NS_IP_cfa_ipha.html Esperamos que con estas pinceladas hayamos conseguido animaros a participar en este proyecto y estamos abiertos a cualquier colaboración que pudierais ofrecernos así como a resolver cualquier duda que sobre la Institución pudiera surgir. Teléfono de contacto 91-435 78 20 ext. 927 Correo electrónico huerfanos@icam.es
Félix Ester Butragueño -
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RSC: Proyectos destacados
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Centro de Responsabilidad de la Abogacía
l concepto de Responsabilidad Social de la Abogacía (RSA) parte del de Responsabilidad Social Corporativa (RSC) pero debe ser adaptado en función del papel esencial que desarrollamos los abogado en la sociedad garantizando el acceso a la justicia y en virtud de la conexión de la profesión con este valor constitucional. Los abogados tenemos una responsabilidad hacia la sociedad en la que trabajamos y más como profesionales íntimamente relacionados con el valor constitucional de la Justicia, acostumbrados a resolver problemas complejos, negociar, mediar y liderar. La idea de fondo de la RSA es responder al imperativo de devolver a la sociedad parte de lo que los abogados recibimos de ella. El modo de hacerlo es actuar en bien de la sociedad sin dejar de ser abogados. El Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía (CRSA), perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) y creado en el año 2008, tiene como objetivo atender a la responsabilidad social del Colegio y de los abogados. En cumplimento de su objetivo, el CRSA tiene como misión el fomentar la acción social y el voluntariado social con el fin de promover la mejora de los
derechos y el acceso a la justicia y a la asistencia legal en aquellas comunidades más necesitadas, todo ello con pleno respeto a aquellas otras funciones de interés general que el Colegio tiene legal y estatutariamente encomendadas. Proyectos que ofrece Asesoramiento jurídico pro bono: Pro Bono deriva de la frase latina “Pro bono público” que se refiere a acciones realizadas “por el bien público”. Se trata de la prestación voluntaria de asesoramiento jurídico gratuito en beneficio de personas o comunidades necesitadas, menos privilegiadas, en situación de vulnerabilidad social o marginadas y a las organizaciones que las asisten, así como la prestación de asesoramiento jurídico gratuito en temas de interés público. El asesoramiento jurídico pro bono que se presta a través del CRSA está destinado a entidades sociales. Las personas físicas podrán ser beneficiarias de ese asesoramiento a través de estas entidades, pero no de un modo directo. El asesoramiento jurídico trata de responder a consultas concretas que formulen estas entidades sociales en aspectos no cubiertos por sus asesorías jurídicas internas o por otros medios. Asimismo, el trabajo pro
47 bono incluye tareas de formación jurídica gratuita a estas entidades sociales y/o a sus beneficiarios. Consultas jurídicas frecuentes: En septiembre de 2011 creamos una nueva sección llamada “Consultas jurídicas frecuentes”, dirigida a las ONG, donde pueden encontrar respuesta a dudas que se plantean en su día a día y que el CRSA ha identificado como usuales. Las entidades sociales disponen en este espacio de información sobre la constitución de una Fundación o Asociación, su funcionamiento, su control administrativo, su Gobierno, así como otros asuntos de interés referidos a legislación o voluntariado. En el caso de no encontrar la información requerida, estas organizaciones pueden realizar su consulta a través de la propia web, que responderá a sus cuestiones siempre que sean de interés general.
ciones de los poderes que conforman el Estado, la organización política institucional española, así como las nociones básicas de contratación laboral, normativa tributaria, de arrendamiento, de seguridad vial, derecho mercantil o derecho de familia, entre otros aspectos. El proyecto tiene por objeto informar a las personas mayores de la Comunidad de Madrid a través de conferencias-coloquio, sobre algunos de los aspectos jurídicos de especial relevancia para su colectivo, dentro de un entorno que les es cercano y accesible, como son los propios centros de mayores. Las charlas son impartidas por abogados voluntarios en los Centros de Mayores de la Comunidad de Madrid. La Fundación Profesor Uría ha colaborado con el CRSA elaborando la guía con el contenido de las conferencias.
El Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía (CRSA), perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) fue creado en el año 2008, y tiene como objetivo atender a la responsabilidad social del Colegio y de los abogados De esta forma, todas las ONG podrán compartir sus dudas y experiencias, lo que sin duda facilitará su trabajo diario. Programas de formación a grupos en riesgo de exclusión: El asesoramiento jurídico pro bono que se presta a través del CRSA está destinado a entidades sociales. Nuestra forma de llegar a sus beneficiarios es a través de seminarios de formación jurídica gratuita destinados a grupos en riesgo de exclusión o a los trabajadores de ONG que trabajan con ellos. El Centro de Responsabilidad Social de la Abogacía participa en el Programa Conoce tus Leyes, que organiza la Viceconsejería de Inmigración de la Comunidad de Madrid junto con las Fundaciones Wolters Kluwer y Cremades & Calvo- Sotelo. El programa tiene como objetivo dar a conocer, a través de unas charlas a la población inmigrante, los aspectos esenciales del sistema legal e institucional español y promover así su integración en la Comunidad de Madrid. Los profesionales del Derecho enseñan a los participantes aspectos esenciales de las normas que rigen la convivencia en nuestro país, las diferentes atribu-
Formación a entidades sociales: El Centro, junto con la Fundación Fernando Pombo, ha organizado el ciclo de charlas de formación jurídica para ONG, “Principales Responsabilidades de las entidades sin ánimo de lucro”. El objetivo del proyecto ha sido dar respuesta a las principales preocupaciones legales de las entidades sin ánimo de lucro. Los aspectos sobre los que se ha trabajado son los siguientes: fiscal, laboral, propiedad industrial, intelectual y protección de datos y Transparencia y Buen Gobierno. Los cursos están enfocados a dotar de herramientas y conocimientos jurídicos a las entidades del tercer sector, transmitir los riesgos que asumen las entidades por el incumplimiento, voluntario o involuntario, de sus obligaciones legales y facilitar el intercambio de experiencias. Apoyo institucional a entidades sociales: El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, a través del Centro, presta apoyo institucional a entidades sociales mediante la cesión de su imagen corporativa y realizando publicaciones en colaboración con entidades sociales destinadas a abogados.
Derecho de empresa: Tributario
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to por impuestos directos e indirectos. Los primeros gravan la renta mientras que los segundos están destinados a gravar el con-
sumo.
Los empresarios pueden organizar su negocio de dos formas: como empresario individual, asumiendo directamente la persona el riesgos y ventura del negocio, o bien adoptando la forma de sociedad, limitando la responsabilidad al patrimonio de la propia sociedad. Los impuestos directos que gravan a los empresarios dependerá de su estructura: en el caso de empresario individual los rendimientos de su empresa estarán sujetos al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas mientras que las empresas explotadas a través de sociedades estarán sujetas al Impuesto sobre Sociedades. La forma de determinar el rendimiento de ambas estructuras es prácticamente igual si bien el tipo impositivo con el que se gravan las rentas de los empresarios individuales es superior al que el que grava a las sociedades. En cuanto a los impuestos indirectos, afectan de la misma forma a los todos los empresarios. El principal impuesto que grava el consumo es el Impuesto sobre el Valor Añadido. Este impuesto se caracteriza por su neutralidad durante toda la cadena empresarial siendo el sujeto pasivo que realmente soporta la carga tribuOtro de los impuestos indirectos es el impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y actos jurídicos documentados. Este impuesto tiene tres modalidades: Transmisiones patrimoniales onerosas: esta modalidad grava las transmisiones de bienes y derechos realizadas entre no empresarios. En consecuencia, todas aquellas transmisiones realizadas por empresarios estarán sometidas al impuesto sobre el Valor Añadido salvo excepciones como
en el caso de las segundas entregas de bienes inmuebles. No obstante, y a efectos de mantener la neutralidad que debe existir en las operaciones realizadas entre empresarios, la Ley permite la posibilidad de renunciar a esta exención y sujetar la misma al IVA siempre que quien compre el inmueble sea un empresario con derecho a la deducción del 100% del impuesto. Operaciones societarias: este impuesto grava las operaciones societarias como la constitución, y disolución de sociedades. No obstante, la constitución está exenta del impuesto. Actos jurídicos Documentados: esta modalidad grava los documentos notariales, existiendo dos cuodad sólo se aplicará en los supuestos de escrituras notariales con contenido valuable y que sea inscribibles en el Registro de la Propiedad. Como consecuencia de la situación de crisis que está viviendo actualmente España, el Gobierno se ha visto obligado a tomar numerosas medidas de carácter 1) Limitación de la deducción del inmovilizado intangible correspondiente al fondo de comercio tanto generado en adquisiciones de empresas como en operaciones de reestructuración empresarial. En ambos casos la deducción está sujeta al límite anual máximo de la centésima parte de su importe (anteriormente 5%). 2) Establecimiento en un 25% (anteriormente 35%) tivar la realización de determinadas actividades, incluyéndose en este deducción por reincios extraordinarios. Cuando el sujeto pasivo haya realizado inversiones o incurrido en gastos que le den derecho a practicar la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación ciente límite será del
49 50% en lugar del establecido anteriormente que era del da).
vengados en el período impositivo, excluidos aquellos
3) El establecimiento para grandes empresas (aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios en los 12 meses anteriores a la fecha en que se inicien los períodos impositivos dentro del año 2012 ó 2013 sea de al menos 20.000.000 de euros) de un importe mínimo del pago fraccionado, con base en el resultado contable del ejercicio, no pudiendo ser inferior al 8%
explotación de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio menos la amortización del inmovilizado, menos la imputación de subvenciones de inmovilizado no naciones de inmovilizado más los dividendos participaciones que representen más del 5% o 6 Millones de euros y menos los dividendos de participaciones ad-
con entidades del grupo destinadas a la adquisición (a otras entidades del grupo) de participaciones o fondos propios o a la realización de aportaciones salvo que se acredite que existen motivos económicos válidos para la realización de esas operaciones.
nancieros netos del período impositivo por importe de 1 millón de euros. dido deducirse pueden deducirse en los períodos impositivos que concluyan en los 18 años inmediatos y sucesivos (con idéntico límite). del periodo no alcanzaran el límite del 30% del bene-
(adicionándose al límite del 30%) en los periodos impositivos que concluyan en los 5 ejercicios inmediatos y sucesivos. cieros sustituye a las reglas de subcapitalización que regulaba el anterior artículo 20 del TRLIS, que queda derogado con efectos 1 de enero de 2012. dos de la cesión a terceros de capitales propios de-
deducibles. 6) la limitación a la compensación de bases imponibles negativas en dos supuestos: Cuando el Importe neto de la cifra de negocios sea de al menos de 20 millones de euros pero inferior a 60 millones de euros se limitan al 50% y en los supuestos de que el importe de la cifra de negocios sea superior al 60 millones se limitan al 25%. Las pérdidas que no puedan compensarse podrán ser compensadas en los 18 años siguientes. artículo 108 de la Ley 24/1988 de 28 de julio, del Mercado de Valores. El antiguo texto legal sujetaba al Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales, en la modalidad de Transmisiones Patrimoniales Onerosas a todas las transmisiones de acciones y participaciones de sociedades cuando más del 50% de su activo estuviera constituido por inmuebles. Con la nueva redacción se AJD la transmisión de valores cuando la se realice con la intención de eludir su pago por la transmisión de los inmuebles (cuando se obtenga el control de una entidad cuyo activo esté formado en al menos el 50% por inmuebles radicados en España que no estén afectos a actividades empresariales o profesionales.) Esta medida tiene una gran importancia y evitará la gran injusticia que se producía, de forma reiterada, al sujetarse al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas cualquier transmisión de valores de sociedades cuyo activo estuviera compuesto en más del 50% en inmuebles aún cuando los mismos estuvieran afectos al 100% a un negocio..
Mabel Zapata Cirugeda -
Derecho de empresa: Tributario
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Entra en vigor la nueva Ley de tasas en España
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vigor en España la nueva ley de tasas judiciales, con la cual los ciudadanos españoles tendrán que pagar por acceder a la justicia, hasta ahora eran únicamente las personas jurídicas las que tenían que realizar estos pagos. Esta nueva ley de tasas registra nuevas cuantías a pagar en los procedimientos judiciales, y éstas se pueden ver incrementadas entre 60 y 600 euros. A partir de ahora los ciudadanos que quieran recurrir en un proceso civil o contencioso tendrán que abonar 800 euros (hasta 300 euros). Si el recurso es de casación ante el Tribunal Supremo la cantidad sube a los 1.200 euros (hasta ahora eran 600 euros). Además, los pagos también deberán realizarse por presentar la demanda. En el caso de lo civil, 150 euros por un proceso verbal y cam-
biario (hasta ahora eran 90) y 300 euros (el doble que hasta ahora) por un proceso ordinario. En el caso de lo contencioso administrativo, son 200 euros por procedimiento abreviado (frente a 120 euros) y 350 euros por procedimiento ordinario (hasta ahora 210). Por primera vez se comenzará a cobrar en el caso de los procesos sociales, las tasas solo se cobrarán para recurrir: 500 euros si es un recurso de súplica y 750 euros si es ante el Supremo. variable (de entre el 0,25 al 0,50%) que se calculará en función de la cuantía del procedimiento judicial o recurso con un máximo de 10.000 euros. Esta nueva medida ha suscitado una gran polémica dentro del ámbito jurídico, y son numerosas las asociaciones que se han unido para luchar contra ella. Actualmente existe un recurso interpuesto contra esta nueva ley.
Nueva Ley tributaria en Cuba
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partir de este mes de enero entra en Fuentes del país explican que entre los camvigor la Ley No.113 del Sistema Tribu- bios fundamentales que establece esta normatario, aprobada por el Parlamento cu- tiva están aquellos dirigidos a estimular la probano en julio de 2012. ducción de alimentos y el ejercicio del trabajo La nueva Ley establece las normas sobre el por cuenta propia. pago de impuestos, Quienes se inicien tasas y contribuciones en el trabajo por cuenal Presupuesto del Esta propia serán exotado. nerados del pago de las obligaciones triPara su aplicación se butarias por concepto tomaron en considerade impuestos sobre ción la capacidad ecolas ventas, especial a nómica de los sujetos productos y servicios, obligados a su cumsobre los servicios, plimiento, además de por la utilización de las características esla fuerza de trabajo y sobre los ingresos rritorio del país. Así a mayores ingresos corresponderán gravámenes personales durante los tres primeros meses de operaciones”, explicó el licenciado en Derecho superiores. Ariel Miranda Torres a Radio Minas.
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reforma tributaria
l presidente de Colombia, Juan Manuel San-
recién aprobada por el Congreso que obliga a las personas más pudientes del país a pagar más impuestos desde este mes de enero. De acuerdo con el gobierno nacional, la norma obligará a quienes ganen más de diez millones de pesos (unos 5.500 dólares) a pagar un punto más de impuesto a la renta, mientras que quienes ganen menos de tres millones de pesos (unos 1.600 dólares) no pagarán dicho impuesto. El Presidente colombiano reiteró que con el desla creación del impuesto a las empresas de acuerdo a sus ganan-
entidades como el Servicio Nacional de Aprendizaje y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, están garantizadas. El paquete de leyes sancionada por el jefe de Estado tiene cinco capítulos: impuesto a las personas naturales, impuesto a las sociedades, reforma del Impuesto al Valor Agregado (IVA), ganancias ocasionales y normas antievasión. De acuerdo con la gerente general del Fondo Monetario Internacional (FMI), Christine Lagarde, quien visitó el país suramericano los días 10 y 11 de diciembre, la reforma tributaria presentada por el gobierno será una herramienta fundamental para luchar contra la desigualdad.
Aprobada la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas en España
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l pleno de la Asamblea de Madrid (España)
ha aprobado este jueves, con 69 votos del PP y toda la oposición en contra, la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid para 2013, con lo que permite que la comunidad de la capital española amplíe la externalización sanitaria y que fomenta la instalación de proyectos como el de Eurovegas en la región.
jas y se crean los Centros Integrales de Desarrollo (CID), con los que el Ejecutivo regional busca que se instalen grandes proyectos en la Comunidad de Madrid y que la oposición del Gobierno considera que
contratar a profesores nativos en centros educativos públicos y, entre otras cosas, se da la posibilidad a Esta norma a la que se ha dado el visto bueno, los trabajadores públicos de pedir una reducción de cuenta con medidas para que se lleve a cabo la ex- jornada, pero no se obliga a la Comunidad a reponer ternalización de seis hospitales de gestión mixta de este hueco. la Comunidad, así como la de 27 centros de salud de la región, unas iniciativas que al igual que la regulación del euro por receta, que también contiene la ley, han sido muy discutidas, dentro y fuera del hemiciclo. En esta norma también se da más libertad a los comerciantes para establecer sus periodos de reba-
Derecho de empresa: Comercio exterior
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En Argentina deberá informarse de todos los pagos realizados en el exterior
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os bancos y emisoras de tarjetas de crédito deberán informar a la Administración Federal de nes de cuenta de los contribuyentes que hicieron compras en el exterior y a los que les corresponda la devolución para impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. Además, el organismo recaudador dio a conocer ayer también el procedimiento que deberán seguir los contribuyentes a los que se les haya hecho esa percepción a cuenta por compras con tarjetas de crédito o débito en otro país y que no estén obligados al pago de los impuestos a los Bienes Persoque se les devuelva el monto retenido. A través de dos resoluciones generales (3.415 y
ción sobre cada contribuyente que tendrán que suministrar los agentes de percepción a la administración federal y los mecanismos que se deberán seguir para solicitar la devolución de esos importes, en caso de que no corresponda su retención. El Gobierno argentino dispuso este año una retención a cuenta de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales, del 35 por ciento, para las compras con divisas hechas en el exterior con tarjetas o vía Internet. La resolución general 3.415 establece que los agentes de percepción (bancos y tarjetas) deberán informar el Cuit, según corresponda, de cada sujeto pasible de la retención realizada del impuesto.
Costa Rica ya ha cerrado las negociaciones con la Asociación Europea de Libre Comercio
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osta Rica cerró las negociaciones comerciales con la Asociación Europea de Libre Comercio conformada por Liechtenstein, Islandia, Noruega y Suiza.
Los bienes costarricense tienen ahora mejor condiciones de acceso al mercado de los países que componen el bloque. Este nuevo acuerdo trae importantes oportunidades para incrementar la oferta exportable costarricense y para fomentar la atracción de inversión extranjera directa. “Con este tratado completamos un proceso estratégico de acercamiento al continente europeo. Hoy vemos cumplido el objetivo de consolidar y profundizar el acceso costarricense al viejo continente” aseguró Anabel González, ministra de Comercio Exterior. Ambas partes esperan suscribir el acuerdo a más tardar en junio del 2013.
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Gran año en comercio exterior para Bolivia
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l privado Instituto Boliviano de Comercio Exterior (IBCE) informó que el país batió varios récords históricos en comercio exterior hasta noviembre, con exportaciones por valor de 10.466 millones, importaciones por 7.395 millones y un saldo comercial de 3.071 millones. Según el boletín del IBCE, hasta noviembre de 2012 los principales mercados del país fueron Brasil, con una participación del 31,5% del to-
“Los principales mercados del país fueron Brasil, Argentina y Estados Unidos”
Colombia se encuentra entre los grandes países
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ctualmente Colombia está en un gran momento de expansión en cuanto a comercio exterior, y se encuentra entre los países más fuertes en cuanto a este tipo de negocios. Ahora mismo el país tiene vigentes 12 Tratados de Libre Comercio (Can, Mercosur, Centroamérica, Chile, Venezuela, El Caribe, Canadá, México y Suiza). Este año entró en marcha el acuerdo con Estados Unidos y se acaba de aprobar con la Unión Europea, uno de los más importantes porque significa un mercado de 520 millones de
tal de las ventas externas, seguido de Argentina (18%), Estados Unidos (15%), Perú (5%) y Japón (4%), concentrando en los cinco países 73,5% del total exportado. Resaltó que las exportaciones lograron un crecimiento en valor de 25,5% respecto al mismo periodo del año pasado, impulsado principalmente por el incremento en las ventas externas de hidrocarburos, soja, girasol, azúcar, alcohol y derivados.
consumidores. Con todo esto, las empresas nacionales tienen un mercado potencial de 1.500 millones de personas. Adicionalmente, el país negocia otros siete tratados (Corea, Israel, Turquía, Panamá, Costa Rica y Japón, con este último las negociaciones inician la próxima semana), lo que deja a Colombia en las grandes ligas del comercio mundial. Las cifras hablan por si solas: 18.324 millones de dólares vendieron los empresarios colombianos en EE.UU. hasta octubre. El crecimiento es de 4,3% frente al 2011. Las ventas al Mercosur también aumentaron, pasando de 250 millones de dólares en 2006 a 3.647 millones este año, según el Dane. Las ventas de Colombia a Venezuela crecieron un 68% en los primeros 9 meses del 2012. El 15% de las exportaciones colombianas van a la Unión Europea; el 12 % se destinan a países de América Latina, el 6,2 % a la Comunidad Andina y el 36,8 % a EE.UU.
Derecho de empresa: Comercio exterior
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un Tratado de Libre Comercio
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l Tratado de Libre Comercio suscrito entre Perú y Colombia con la Unión Europea ha sido la ley más importante aprobada por la Comisión de Relaciones Exteriores del Parlamento en la actual legislatura, destacó el titular de este grupo parlamentario, Víctor Andrés García Belaunde. Este acuerdo, destacó, traerá grandes beneficios para el Perú en materia comercial. La aprobación de convenios de este tipo, así como de tratados internacionales, es una de las principales funciones de la Comisión de Relaciones Exteriores, para lo cual trabaja en coordinación con el Ministerio de Comercio
Exterior. Asimismo, se informó que en la primera legislatura ordinaria, este grupo de trabajo aprobó a cinco resoluciones legislativas a través de las cuales se aprobaron un acuerdo marco con Brasil para establecer sistemas de control en los pasos de frontera entre ambos países. Del mismo modo, se aprobaron dos tratados sobre transferencia de personas condenadas con Holanda y Portugal, un convenio de seguridad social con la República del Ecuador, y el Anexo II Convenio para la Aplicación del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social con la República Oriental del Uruguay.
El comercio exterior argentino descendió un 5,2% con respecto al 2011
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ntre enero y septiembre, la suma de exportaciones e importaciones de Argentina bajó un 5,2% en relación al 2011, mientras que en el bloque esta cifra fue del 6%. Este descenso se debe a factores como la sequía que afectó las exportaciones agrícolas o la menor demanda de coches en Brasil, pero también por las decisiones tomadas con respecto a la actividad económica y las medidas oficiales que afectaron tanto a las exportaciones como las importaciones. No se trata de una tendencia generalizada a nivel global, ya que en Asia, América del Norte y la gran mayoría de los países latinoamericanos el comercio exterior continuó creciendo o cayó moderadamente.
Entre enero y septiembre el comercio exterior total argentino (exportaciones más importaciones) totalizó 112.762 millones de dólares, 5,2% menos que en igual período de 2011. En el acumulado hasta octubre la baja fue casi la misma un 5,1%.
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Costa Rica presenta a su Colombia aprueba una Ley Marco de Aduanas ministra de comercio ara finales de este mes de enero los exterior para el OMC
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a presidenta de Costa Rica, Laura Chinchilla, anunció que el país postulará a la ministra de Comercio Exterior, Anabel González, para ocupar el puesto de Directora General de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Chinchilla exaltó el conocimiento, la trayectoria y los logros de González en el área de comercio exterior, como credenciales que la convierten en la candidata idónea para dirigir esta Organización. “Anabel tiene una extensa y fructífera carrera en las áreas de comercio e inversión, conoce la OMC desde dentro y sus capacidades son reconocidas tanto en Costa Rica, como internacionalmente”, comentó la mandataria.
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usuarios aduaneros de Colombia esperan la entrada en vigor de la nueva Ley Marco, cuyo texto fue conciliado y aprobado recientemente en el Congreso y que espera la sanción presidencial. Miguel Ángel Espinosa Alfonso, presidente Ejecutivo de la Federación Colombiana de Agentes Logísticos en Comercio Internacional (Fitac), destacó que la normativa fija los principios de facilitación para las operaciones de comercio exterior, así como la tecnología, los medios de
Por su parte, Anabel González aseguró que “la OMC es un pilar fundamental de la economía global. Su papel como garante y propulsora del comercio contribuye a la prosperidad mundial y de cada uno de sus países miembros. Me siento muy honrada de postular mi nombre para dirigir tan importante institución y espero tener la oportunidad de trabajar con todas las naciones para promover su fortalecimiento y consolidación, así como el desarrollo de una agenda comercial que contribuya a generar crecimiento y desarrollo en todos los países”. Anabel es la ministra de Comercio Exterior desde mayo del 2010. En este período ha sido una de las principales asesoras de la presidenta y primordial responcio e inversión en el país. Actualmente, es la presidenta del Consejo de la Agenda Global sobre Comercio e Inversión del Foro Económico Mundial.
comunicación adecuados y la simplificación de procedimientos para dichas operaciones. “La Ley Marco de Aduanas es una realidad para el país”, declaró Espinosa, quien resaltó que en la actualización de la normativa hubo apoyo del Gobierno, el sector privado y los congresistas, ya que las normas actuales que tenía el país datan del año 1971. Para Javier Díaz Molina, presidente de la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), se trató de un logro importante ya que la normativa se había quedado atrasada y la idea era contar con una Ley Marco que le dé atribuciones al Gobierno para reglamentar esa actividad, introduciendo temas nuevos como sistemas modernos y controles eficientes. “La nueva Ley también renueva las facultades que tiene el ejecutivo para expedir normas y reglamentar la actividad aduanera”, aseguró.
Derecho de empresa: Societario internacional
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La resilencia del empresario concursado
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principios del mes de noviembre llegan a la costa occidental de los EEUU grandes masas de aire frío procedentes de Canadá. En esa época, las aguas del Océano Atlántico todavía están calientes. Además, en ocasiones, suben desde el Golfo de México grandes masas de aire cálido. Ese contraste entre masas de aire tan diferentes provoca fuertes tormentas a cierta distancia de la costa llamadas “nordeasters” o en singular “tormenta perfecta”. La insolvencia empresarial, es decir, la imposibilidad de poder hacer frente a los pagos de forma ordinaria, supone la más difícil prueba a la que debe enfrentarse un empresario. Soy consciente de que el devenir diario de toda compañía implica sortear toda clase de obstáculos y dificultades. Que dirigir un negocio o corporación supone afrontar los retos más elevados. Pero no nos engañemos, en la lista de dificultades, la insolvencia es la “tormenta perfecta” pues los problemas se presentan no en un solo frente sino en todos, de forma extraordinariamente grave y en cortos espacios de tiempo. Los que han pasado por un proceso concursal acostumbran a decir que ellos creían que lo sabían todo del mundo de la empresa, pero que sólo enfrentándose a un concurso han podido conocer a fondo lo que en realidad significa ser empresario. En este contexto de crisis es donde aparece la resiliencia del empresario. La palabra resiliencia no es un término habitual
en castellano. Significa “la capacidad que posee un individuo frente a las adversidades, para mantenerse en pie de lucha, con dosis de perseverancia, tenacidad, actitud positiva y acciones, que permiten avanzar en contra de la corriente y superarlas.” La mayoría de empresarios tiene esta virtud perfectamente asentada en su personalidad. Es consustancial a su forma de entender la vida. El empresario “se crece” ante los problemas. Sin embargo, es necesario que el consultor (abogado o economista especializados en reestructuración) ponga sobre la mesa las herramientas necesarias para sacar lo mejor de aquél a quien asesora. Sin unos buenos consejos se corre el peligro de remar en dirección equivocada. Y el colapso del momento puede bloquear al más audaz de los emprendedores. A continuación relacionaré algunos consejos básicos que pueden ayudar a afrontar con un cierto éxito un concurso de acreedores y que pueden aflorar esa resiliencia del empresario de la que hablamos: 1.- Asumir la radicalidad de la situación. No podemos afrontar la problemática que se nos presenta con soluciones parciales o que no entren a fondo. Por ejemplo, es mejor una buena liquidación a un mal convenio, o un concurso a una refinanciación forzada. Desde luego que es mejor un convenio o una refinanciación, pero si con estas medidas no tenemos claro el futuro, lo mejor es que desde el primer momento asumamos que las medidas tienen que ser más compro-
57 metidas. 2.- Diligencia. Las soluciones que se propongan deben ser acometidas en el menor espacio de tiempo posible. En la mayoría de casos, el tiempo es el peor enemigo de una solución global a la insolvencia. El asesor debe impulsar el procedimiento activamente. Si estamos abocados a la liquidación, se debe promover la venta de la unidad productiva con la misma solicitud de concurso sin esperar a la conclusión de la fase común. 3.- Estrategia. Tener perfectamente definido qué buscamos en el concurso, qué le pedimos al procedimiento, hacia dónde vamos. 4.- Control. Ni el administrador concursal, ni el Juzgado, ni siquiera los acreedores deben tomar las decisiones por nosotros. El deudor concursado y sus asesores debemos liderar el procedimiento, sobre todo en sus fases iniciales. La propia Ley
ocasiones se tenga que forzar la interpretación de la norma. 7.- Transparencia. Detrás de toda insolvencia existe una ruptura de la confianza del mercado. La mejor forma de restablecer ese crédito es explicando a los agentes implicados la raíz de los problemas del pasado y las soluciones de futuro. 8.- No perder de vista la flexibilidad del mercado. Resulta sorprendente lo flexible que puede llegarse a mostrar el mercado ante un concurso de acreedores. Transcurridos unos pocos meses desde su declaración, no es extraño que clientes y proveedores “perdonen” esa insolvencia y deseen encarar los retos del futuro de nuestra mano. Con estos presupuestos, el concurso de acreedores puede pasar de ser el problema a ser la solución. Desde luego, en la mayoría de ocasiones infligiendo un daño a los acreedores y al crédito
“La imposibilidad de poder hacer frente a los pagos de forma ordinaria, supone la más difícil prueba a la que debe enfrentarse un empresario” Concursal nos da la pista cuando exige que el concursado está obligado a continuar con la actividad productiva y de servicios que le es propia, con la intervención del administrador concursal. 5.- Optimismo. Huir de soluciones derrotistas. Intentarlo todo antes de optar por soluciones que impliquen el cese de la actividad y la liquidación “a peso”. 6.- No ser prisioneros del procedimiento y la burocracia. Siempre que la solución que queramos proponer tenga cierto sentido y sea beneficiosa para el concurso, existirá un artículo de la Ley que ampare tal decisión. Aunque, no lo negamos, en
público. Pero las alternativas que se presentan son pocas y entre ellas, la de dar vida al empresario de una u otra manera, la menos mala de todas ellas. Es preferible afrontar la adversidad que dejarse llevar por ella. Y lo que propugnamos es dar esa segunda oportunidad a quien puede crear valor. A partir de aquí, todo queda en manos del que tiene que ser el protagonista, que es el empresario. Si le dotamos de esos recursos necesarios para afrontar el futuro, no tardaremos en verle otra vez enfrentándose a los problemas del día a día. Creciendo, compitiendo, creando. Y no quedará de la “tormenta perfecta” más que los vientos que soplan en su popa.
José Mª Marqués Villalonga
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Derecho de empresa: Societario internacional
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La internalización de las empresas españolas: Una necesidad y un reto
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n proceso de internacionalización equilibrado, permite recuperar los márgenes de rentabili-
un único mercado. Este es el mensaje de las Administraciones Públicas, de los operadores económicos y de los especialistas y, a partir de él, el Gobierno de la Nación y los Gobiernos Autonómicos, han lanzado toda una serie de programas y proyectos de apoyo a los procesos de internacionalización de las medianas y pequeñas empresas. Desde las distintas Administraciones se han creado nuevos mecanismos o se han perfeccionado o ampliado los ya existentes, para apoyar cualquier proceso de expansión internacional de los empresarios y empresas positivo, a sus cuentas de resultados. Programas de asesoramiento, instrumentos de promoción, extensa información online, participación en ferias internacionales, misiones comerciales y misiones inversas, jornadas técnicas y comerciales… incluso progracomo respaldo a los procesos de internacionalización. Si ya es difícil la toma de decisión para iniciar un proceso de expansión internacional, más compleja es su ejecución. Salvo las grandes empresas, el resto del tejido empresarial español, no ha sido tradicionalmente potente en procesos de expansión exterior. Es sorprendente que, incluso en mercados culturalmente tan cercanos como el Iberoamericano, las cifras estadísticas de presencia de empresas españolas medianas y pequeñas, sean exiguas. A pesar del apoyo de la Administración y de las Organizaciones Empresariales a la expansión internacional, e incluyo la mayor nanciación de los
produce “sobre el terreno”. El empresario que se internacionaliza desconoce, en muchos casos, la idiosincrasia del país de destino, otras veces le son ajenas sus referencias culturales y, sobre todo, le tiene un gran temor, fundado, a los operadores del país de destino. La empresa que decide salir al exterior, desconoce el también los operadores jurídicos locales y las características y funcionamiento de las distintas Administraciones Públicas de su nuevo destino empresarial. Existen instrumentos de ayuda, propiciados por la Administración española y las Asociaciones de Empresarios, desde guías hasta promotores y asesores contratados por la Administración y una disponibilidad abOrganismos Autonómicos equivalentes y Cámaras de Comercio. Sin embargo, y a pesar de todo ese apoyo, el empresario que decide dar un paso tan esencial, ha de sostenerse en operadores locales para la creación de su negocio exterior y para el diario discurrir de la aventura empresarial. A título enunciativo, necesita auxilio en el país de desros para el arranque de su empresa; para el desarrollo de la estrategia empresarial, sus aspectos mercantiles, societarios y contractuales; en el análisis de las fórmulas de implantación y colaboración empresarial; en los procesos de compras y/o alquileres de bienes muebles o inmuebles; en la contratación o expatriación de trabajadores; en algo tan importante como la preparación y revisión de contratos mercantiles con proveedores, clien-
59 tes, distribuidores, etc…; y en la gestión de patentes internacionales. ten importantes implicaciones en materia de tributación derivadas de la expansión internacional, de tal forma que es vital para el éxito de ese proceso exterior el análisis de la normativa tributaria del país de destino, para ponerla en directa relación y coordinación con la españointernacional, mediante el estudio de los convenios de doble imposición y protección recíproca de inversiones; de la normativa de control de cambios y la referente a blanqueo de capitales y, siempre, una adaptación a los Es sustancial no errar en la elección de la forma jurídica más apropiada para crear la estructura internacional, en la elección de la fórmula asociativa adecuada con él,
presarial) una prospección jurídico-tributaria del país de destino cuyas especialidades debe incluir en su plan de negocio, contemplando las peculiaridades mercantiles, ras y regulatorias, entre otras. Esas peculiaridades darán forma jurídica al proceso de expansión. La segunda fase se desarrolla en el país de destino. Es importante que el asesor español acompañe a su cliente y, muy especialmente, en las primeras fases de creación tución y arranque y, sobre todo, en la coordinación con los asesores extranjeros para el diseño e implantación de la estructura internacional. Por último, el seguimiento y coordinación del proyecto
“Es sorprendente que, incluso en mercados culturalmente tan cercanos como el Iberoamericano, las cifras estadísticas de presencia de empresas españolas medianas y pequeñas, sean exiguas” más que posible, socio local, la propia forma jurídica de implantación en el país de destino y en la coordinación entre la estructura exterior y la española a través de los diferentes sistemas jurídicas de grupo internacional. No es baladí la prevención procesal ante posibles conaconsejable huir de las jurisdicciones locales mediante el acogimiento a los sistemas de mediación y arbitraje internacional. Por lo anterior, son necesarios los programas de Apoyo Jurídico Internacional. Este apoyo tiene varias fases y se desarrolla durante todo el proceso de internacionalización, desde su propia el proceso, realizando (además de la económico-em-
durante la toda la duración del proceso de internacionalización, permite el control del asesoramiento que se presta en el país de destino, el mantenimiento óptimo de la estructura internacional y su evolución dinámica. Se realiza a través de una serie de protocolos de comunicación, coordinación y decisión de carácter internacional que permiten una, más que razonable, seguridad del proceso y un alto valor añadido. nal, no es tanto la toma de decisión sino su aplicación. El asesoramiento a la empresa que se internacionaliza, que se lleva a cabo por parte de sus consejeros españoles en los profesionales del país de destino y al empresario concentrarse en las estrategias y decisiones relativas al negocio, multiplica la seguridad jurídica y aumenta las posibilidades de viabilidad del proyecto exterior.
Javier Mata -
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Laboral intenacional: Normativa
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Panamá abre sus puertas a los profesionales españoles
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urante la pausa-café de un encuentro de empresas en Ciudad de Panamá, Jorge F.G., empresario español a cargo de una constructora de nuestro país que realiza actividades en Panamá, comenta: “
” La situación que describe Jorge es común en Panamá, un país que vive uno de los momentos económicos más boyantes de su historia, pero que carece de un elemento importante para alimentar su Las cifras del crecimiento económico panameño son impresionantes. En los últimos años, el PIB panameño ha aumentado un 77%. Durante la última década el país ha crecido a una media de un 7% y en 2011 registró un crecimiento del 10,6%, el más alto de América Latina. Las previsiones para 2012 son también de dos dígitos. El país tiene virtualmente pleno empleo, con una cifra de paro que apenas supera el 4%. Está en marcha un ambicioso plan de infraestructuras por valor de más de 15.000 millones de dólares, encaminado a consolidar la posición de Panamá como el principal centro de transporte y logística de América Latina, emulando lo que Singapur o Hong Kong han logrado en Asia. Y lo está consiguiendo: la zona libre de Colón, la principal zona franca del hemisferio, canaliza los intercambios comerciales entre Asia, Estados Unidos y América Latina; 14.000 buques (el 5% del comercio mundial) cruzan cada año el Canal de Panamá, cifra que se prevé se duplique cuando termine la ampliación en curso; la aerolínea panameña Copa tieObra de la ampliación del Canal de Panamá
ne conexión desde Ciudad de Panamá a más de 60 destinos, incluyendo todas las capitales del continente americano; y los 90 bancos presentes en el país presparte de América del Sur. Sin embargo, estas cifras tan llamativas esconden una debilidad a corto plazo. El mercado laboral panameño no puede proporcionar todos los especialistas que su boom económico necesita. Un país de 3,5 millones de habitantes con virtualmente pleno empleo merosos profesionales que requiere y que exceden con creces la oferta local. Panamá ha superado incluso la capacidad de su propio mercado laboral. Jefes de obra, consultores, ingenieros, operadores de maquinaria, arquitectos, o incluso panaderos son difíciles de encontrar. Y los que hay, están ya empleados. Ello que compiten por los pocos profesionales disponibles. No es infrecuente que los especialistas sean contratados por una empresa y a las pocos meses la abandonen tras recibir ofertas más atractivas de otras emprede salarios y, lo que es peor, unos niveles de rotación cercanos al 40% en algunas compañías, cifra insostenible por sus efectos negativos en la productividad y en el ciclo de negocio de las empresas. La solución a este problema parece sencilla: contratar más mano de obra extranjera. Sin embargo, el Código de Trabajo panameño prevé desde hace años una restricción difícil de sortear: el personal extranjero de una empresa no puede superar el 10 ó 15%, según los casos. Esta disposición, pensada sin duda para épocas en que Panamá tenía una estructura económica diferente a la actual, se ve
61 superada hoy por la realidad de un crecimiento que ha ido más allá de todas las expectativas. Las autoridades panameñas, y en especial el Presidente Ricardo Martinelli, han sido sensibles a esta situación y han dado un paso al frente, haciendo su economía y su sociedad todavía más abiertas de lo que ya son. Así, a mediados de 2012 se aprobaron dos decretos ejecutivos que facilitan el acceso directo al estatus de residente permanente para los naciona-
Las empresas españolas serán las principales bela intensidad de su actividad hace que sean las más necesitadas de contar con profesionales de alto nivel en los ámbitos más variados. Hoy en día operan en Panamá más de 250 empresas españolas, activas en sectores muy diversos que van desde la construcción hasta la energía, pasando por la banca, la alimentación o las telecomunicaciones. España es el primer inversor en Panamá con una inversión directa acumulada de unos 3.000 millones de dólares, aproximadamente el
“El mercado laboral panameño no puede proporcionar todos los especialistas que su boom económico necesita. La solución a este problema parece sencilla: contratar más mano de obra extranjera” manera destacada España. Ello tendrá consecuencias muy positivas para las empresas radicadas en Panamá, tanto extranjeras como panameñas. Por un lado, ofrecerá más estabilidad a muchos extranjeros que desarrollan actividades económicas en el país, que ya no tendrán que pasar por la categoría migratoria intermedia de la residencia temporal. Por otro, la medida nes de trabajadores extranjeros y panameños, ya que los residentes permanentes no están sujetos a las mismas restricciones de cuotas que los temporales. Sude la mano de obra extranjera sin renunciar a la propia.
10% del PIB de Panamá. Empresas españolas lideran o participan en los proyectos más emblemáticos del país: la ampliación del Canal de Panamá y la construcción de la primera línea de metro de Centroamérica. En conjunto, las empresas de capital español dan empleo de forma directa a unos 15.000 trabajadores. Gracias a la generosidad y visión de Panamá, empresarios como Jorge podrán perseguir de manera cimiento de Panamá y por supuesto al de España. Y podrán seguir construyendo una relación que hoy en día sitúa a nuestros dos países más cerca que nunca.
Jesús Silva Fernández
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Laboral intenacional: Normativa
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Las vacaciones como Derecho Social
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as vacaciones, uno de los derechos sociales más emblemáticos es concebido y protegido en cada país de una manera particular.
Este artículo pretende introducir sucintamente al lector en cómo es legislado en la Unión Europea así como en algunos países de América. Empezaremos analizando brevemente qué instrumentos de índole internacional lo regulan para luego particuvos. El Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales del 16/12/66 en su art. 7.d –veáse http://www2.ohchr.org/spanish/law/cescr.htm –, aceptado en día de hoy por la mayoría de los estados actuales, reconoce como derecho “el descanso … y la remuneración de los días festivos” sin hacer mención alguna al concepto de vacaciones. Llama la atención haya sido otro convenio internacional el que cincuenta años antes, en plena irrupción de los Estados Sociales, contemplara las vacaciones como imposición de los días de descanso trabajados. Se trata del Convenio C001 sobre las horas de trabajo (Industria) del año 1919, -http://www.ilo.org/dyn/normlex/ es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_ INSTRUMENT_ID:312146:NO -- de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo que en crear vacaciones “en compensación del día de descanso semanal” no disfrutados. Pero volviendo al tema de las vacaciones habría que esperar hasta mediados del año 1936 para que la OIT propusiera el Convenio C052 sobre las vacaciones pagadas –http://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO:12100:P12100_INSTRUMENT_
ID:312197:NO -- para apreciar, entre otras cosas, un mínimo de seis días por año trabajado – su art. 2--. Y en Europa, ¿cómo se regulan?. El marco creado por la Unión Europea alcanza una partícular importancia por varios motivos. En primer lugar en cuanto constituye una enriquecedor espacio de ósmosis jurídica de sistemas diferentes –como son el Common Law y los sistemas mologar leyes y prácticas jurídicas. Se trata del referente regional más importante en la actualidad por su trascendencia mundial. En lo referente al tema que tratamos su afectación en América es innegable –piénsese en el carisma intercultural para todas sus comunidades lingüisticas así como en el trasvase de experiencias y conceptos jurídicos--. La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, con rango de Tratado –http://www.europarl.europa.eu/ charter/pdf/text_ es.pdf – ya contemplaba desde el año 2000 en su art. 31.2 , aunque sin cuananual de vacaciones retribuidas para los trabajadores por cuenta ajena. Cuestión que se desarrolla posteriormente en la Directiva número 2003/88/CE del 04/11/03 --consúltese http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do uri=OJ:L:2003:299:0009:0019:es:PDF-- y que es de aplicación en todo el territorio UE. cos de las vacaciones laborales –su carácter retributivo, su duración y, su no compensación-- que se consolida gracias a la jurisprudencia emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Se regula que las vacaciones anuales serán retribuidas, que tendrán una duración de al menos cuatro semanas y, que no podrán ser sustituidas por compensación sal-
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Una reciente resolución judicial del Tribunal de Justicia de la Unión Europea –del 21 de junio del 2012, Sala Quinta, Asunto nº C-78/11--, aclara en su fallo una cuestión importante sobre el disfrute del período vacacional que norma la Directiva 2003/88/CE ya referida. El máximo órgano jurisdiccional europeo, http:// eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2012:250:0004:0005:ES:PDF, llega a conocer de la reclamación de un trabajador que estando de vacaciones sufre una incapacidad laboral temporal que le impide disfrutar de lo que le queda de descanso laboral. La decisión jurisdiccional subrayó la obligación del disfrute efectivo del período vacacional cuando falla que la incapacidad sobrevenida no debe impedir el posterior disfrute de las vacaciones pendientes. En lo que respecta a España en concreto, ha de tenerse en cuenta al menos dos cuerpos legales, además de las anteriormente referidas a nivel OIT y UE que le afectan, como son la Constitución y el Estatuto de los Trabajadores. En el art. 40 de la Constitución española están referidos la Redistribución personal y territorial de la Riqueza, el Pleno Empleo y las Condiciones Laborales como Principios que vertebran la política económica y laboral. Es en este artículo, concretamente en su segundo epígrafe, en el que se sustantiva el disfrute de unas vacaciones que han de ser periódicas y retribuidas. El otro referente, el Estatuto de los Trabajadores, contempla en un extenso artículo, el número 38 titulado vacaciones anuales, sus aspectos más importantes. Por otra parte, a nivel procesal la reclamación del disfrute de vacaciones, normado por la Ley 36/2011 reguel carácter de urgente y de tramitación preferente, seña-
lándose la vista “dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda”, y su fallo no admite recurso. Desde el punto de vista jurisprudencial destaca el temprano tratamiento de este tema por el Tribunal Constitucional –supremo interprete de la Constitución-- en el Auto –tipo de resolución de Jueces y Tribunales-- número 326/1982, del 27 de octubre de 1982 en ocasión de una reclamación por discriminación al primarse a trabajadores con responsabilidades familiares en la elección de fechas para su disfrute. La prevalencia de la ley comunitaria también ocurre en el caso del Reino Unido. Recordemos que cohabitan a efectos normativos la Common Law –decisiones basadas en casos precedentes-- con disposiciones elaboradas por el legislativo – Statutoty Law--, a las que se incorpora la legislación comunitaria como en el caso español. En Francia es el artículo L 3141-3 del Code du travailel que concede 2 días y medio laborables por mes trabajado con un tope de 30 días laborables de aplicación en todo el territorio galo incluyendo sus departamentos y territorios de ultramar. – veáse http:// www.legifrance.gouv.fr/affichCodeArticle.do;jsessionid=840B54F6CFC545DDBF2439A3320B36DD. tpdjo10v_3?idArticle=LEGIARTI000025560080&c i d Te x t e = L E G I T E X T 0 0 0 0 0 6 0 7 2 0 5 0 & d a t e Te x te=20121225&categorieLien=id -En el vasto continente americano la Organización de Estados Americanos en su Protocolo de San Salvador fechado el 17/11/88 – http://www.oas.org/juridico/spanish/Tratados/a-52.html --, compromete a los estados adheridos en su art. 7.h a que reconozcan y garanticen –sin indicar cuantía-- el derecho de los trabajadores a vacaciones pagadas dejando a cada estado adherido los detalles pertinentes. Recorramos, para terminar, de sur a norte algunos paí-
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ses americanos y las condiciones en que regulan las vacaciones. Es así como encontramos, por ejemplo, el caso peruano en el que el que el Decreto Legislativo Nº 713 --consúltese http://www.mintra.gob.pe/contenidos/archivos/ prodlab/D.Leg.%20713%20-%2008-11-91.pdf-- en su art. 10 contempla el derecho a vacaciones de 30 días naturales “por año completo de servicios”. En Colombia, sin embargo, el art. 186 del Código Sustantivo del Trabajo impone 15 días remunerados por año – http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ codigo/codigo_sustantivo_trabajo_pr006.html –. El Código de Trabajo ecuatoriano en su art. 69 cifra en 15 los días de vacaciones anuales. – http://www.relacioneslaborales.gob.ec/wp-content/ uploads/downloads/2012/08/C%C3%B3digo-de-Trabajo.pdf --
un “un mes de vacaciones pagadas por cada once meses de trabajo efectivo” En los Estados Unidos de América el período vacacional no está contemplado por ninguna regulación eslos propios contratos laborales, lo que prevea la empresa contratante o cuanto se logre en negociación colectiva. La Fair Labor Standards Act –consúltese http://www. dol.gov/compliance/laws/comp-flsa.htm#.UNYhMmcQPiU--, que regula el marco legal sustantivo y procedimental de la jornada laboral, los salarios mínimos, el pago de horas extras, el registro de contratos y el trabajo juvenil no contempla, sin embargo, el tema objeto de este artículo. Valga como ejemplo que los permisos no remunerados –en caso de trabajadores por cuenta ajena de empresas
La legislación en cuanto al disfrute de las vacaciones, y en las condiciones laborales que se realizan es un tema muy diverso y diferente en el mundo El Código del Trabajo chileno en su art. 67 concede el “...derecho a un feriado anual – así le llaman a las vacaciones-- de quince días hábiles, con remuneración íntegra...” http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/articles-95516_ recurso_1.pdf En Honduras su Código de Trabajo regula en su art. 346 –http://www.trabajo.gob.hn/biblioteca-y-documentos/leyes/codigo%20de%20trabajo%20y%20sus%20 reformas.pdf/view – el período vacacional que parte de 10 días iniciales que se van incrementando anualmente hasta 20 días laborables tras cuatro años de trabajo. Mientras que la vecina Nicaragua concede 15 días de vacaciones remuneradas por cada semestre ininterrumpido --art. 76 de su Código de Trabajo-–consúltese http://www.mitrab.gob.ni/documentos/ leyes/Ley185Nic.pdf – El Código de Trabajo cubano en su art. 88 – http://
con más de 50 empleados-- por motivo de adopción, maternidad, cuidado de familiares directos o tratamiento médico están condicionados a que se haya trabajado más de 25 horas semanales los doce meses previos a la solicitud de esta licencia. Canadá, el segundo país norteamericano, cuenta con un Código de Trabajo --Canada Labour Code (R.S.C., 1985, c. L-2) http://laws-lois.justice.gc.ca/eng/acts/L-2/ – en el que se contempla un mínimo de dos semanas de descanso retribuido que eleva a tres a partir del sexto año –art´. 184--. Se trata de una ley federal que coexiste con una normativa provincial -- Employment Standards Act--. Por todo lo cual podemos concluir que a pesar de los instrumentos jurídicos internacionales y de la regulación interna, este derecho social ni está garantizado en todos los países de nuestro entorno ni es concebido de igual manera en aquellos que si lo contemplan.
Florentino García González -
Venezuela extiende la inamovilidad laboral durante 2013
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l Gobierno Nacional decretó la extensión de la inamovilidad laboral durante todo 2013 para todos los trabajadores del sector privado y del sector público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo para las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT). El decreto N° 9.322, del 27 de diciembre de 2012, establece que los trabajadores amparados por esta normativa no podrán ser despedidos, desmejorados, el Inspector del Trabajo de la jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 422 de la LOTTT.
pido o desmejora podrá denunciar el hecho dentro de los treinta días continuos siguientes, ante el Inspector del Trabajo de la jurisdicción, así como solicitar el recios dejados de percibir, o la restitución de la situación jurídica infringida, según el procedimiento establecido en el artículo 425 de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores. Asimismo, el Decreto explica que el patrono puede establecer convenios o acuerdos con los trabajadores para lograr la reducción de de condiciones de trabajo, mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria establecido en el ordenamiento jurídico vigente.
La medida, que ha cobrado vigencia este mes de enero, precisa que el trabajador que sufra des-
de abusos laborales
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l gobierno colom-
El nuevo pacto Colectivo de magisterio en Guatemala
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as circunstancias en que se firmó el nuevo pacto colectivo entre el Ministerio de Educación (Mineduc) y el Sindicato de Trabajadores de la Educación de Guatemala (Steg) ha generado suspicacias en otros grupos laborales, los cuales argumentan que no están representados en ese acuerdo del magisterio.
convenio adoptado ante la Organización Internacional del Trabajo OIT, que busca ampliar la protección a los hombres y mujeres que realizan sus labores El nuevo pacto colectivo fue anunciado por el en servicios domésticos, presidente Otto Pérez Molina y destaca el aumenevita los abusos labora- to del 30 por ciento en forma escalonada durante los próximos tres años para los docentes que
las condiciones de los contratos que los cobija y trabajan en el Estado. El anterior acuerdo laboral contiene la información relacionada para quienes fue firmado en abril del 2008 entre el Steg y la se desempeñen como internos, externos o por días. entonces ministra de Educación, Ana Ordóñez, durante la administración de Álvaro Colom, para
Según cifras del Ministerio de Trabajo, alrededor tres años. Según Oswaldo Corzo, secretario del de 750 mil personas son las que realizan este traFrente Nacional de Trabajadores de la Educación bajo de manera cotidiana, para las cuales el Jefe de
de Guatemala (Fnteg), la mayoría de maestros —unos 160 mil— desconocen los beneficios del de este convenio quienes hacen parte del servicio anterior y del nuevo acuerdo, porque el Steg no doméstico conozcan sus condiciones de empleo. representa a todos los trabajadores del Mineduc.
Laboral intenacional: Convenios
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Laboral intenacional: Convenios
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Aspectos esenciales de la reforma laboral española
l pasado mes de junio se puso en marcha una reforma laboral en España con la que tratar de controlar y atajar las causas de la economía sumergida y apoyar a los autónomos y a las pymes como grandes generadores de empleo en España, pues una de las principales medidas es la creación de un contrato indefinido para emprendedores destinado a empresas con menos de 50 trabajadores. La norma también incluye una limitación a las indemnizaciones por cese de actividad a los directivos de las entidades de crédito. Se estable un límite de dos años a la indemnización que cobrarán cuando cesen su actividad. Además, cuando el directivo haya sido objeto de un expediente sancionador su cese será considerado como un despido disciplinario y no tendrá derecho a cobrar indemnizaciones de ningún tipo. La norma, según la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, también recoge una medida para redimensionar el sector público empresarial. Los directivos de las empresas públicas que cesen en su actividad tendrán una indemnización de siete días de trabajo por año trabajado con un límite de seis men-
sualidades. Si ese directivo tenía una relación previa con la Administración no tendrá derecho a ninguna indemnización porque puede volver a su actividad anterior. Entre las novedades de la reforma laboral, el Real Decreto ahonda en los mecanismos de flexibilidad de las empresas para evitar despidos masivos y moderniza la negociación colectiva. Entre los cambios introducidos durante la tramitación parlamentaria de la reforma destacan la limitación de la vigencia del contrato de emprendedores al tiempo que el paro supere el 15%; la priorización de contratación a víctimas del terrorismo o de violencia doméstica; o la exclusión del despido por absentismo de enfermos crónicos, graves o de cáncer. Medidas destacadas de la reforma laboral Los puntos más destacados de la reforma son los siguientes: para que pueden funcionar como agencias de colocación. rá la formación recibida por el trabajador a lo largo de su vida activa.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría y Fátima Báñez, ministra de empleo
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aprendizaje.
de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años que inicien una actividad como autónomos.
a los emprendedores.
Principales cambios de la normativa temporales a 24 meses. cial. cación profesional y se favorece la movilidad funcional de los trabajadores gociación colectiva. naliza la extinción del contrato por causas empresariales.
Entre los principales cambios incluidos en la - reforma laboral destacan la creación de un nuevo contrato para empresas de hasta 50 trabajadores, que contempla deducciones fiscales por cada nueva contratación indefinida de jóvenes o parados; la modificación de los contra“La reforma laboral tos a tiempo parcial y española ha creado una gran la regulación del teletrabajo.
polémica en el país, ya que son numerosas las personas que no están de acuerdo con las medidas que el Gobierno ha tomado”
demnización por la extinción del contrato indefinido a 33 días por año trabajado en caso de despido improcedente, con un máximo de 24 mensualidades. fraude y luchar contra el absentismo laboral. empleo. cobrando la prestación realicen servicios de interés general en beneficio de la comunidad.
Además, se limita la ultraactividad de los convenios vencidos a un año, se facilita el descuelgue primando el convenio de empresa por encima de los sectoriales o autonómicos; se facilitan las modificaciones de condiciones salariales, se clarifica el despido objetivo, se elimina la autorización previa para despidos colectivos y se reducen las indemnizaciones. También se abre la puerta a los despidos en el sector público, si bien el personal fijo que haya pasado por un proceso selectivo será el último en ver sus contratos rescindidos; y también se crea una cuenta de formación y un nuevo contrato de aprendizaje.
Laboral intenacional: Jurisprudencia recién comentada
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Los cambios de residencia y sus implicaciones en Prestaciones laborales
¿
Qué diferencia el domicilio de la residencia? Aunque los conceptos de domicilio y residencia pudieran parecer sinónimos para indicar la relación jurídica entre la persona y sus circunstancias territoriales, la diferenciación de este estado civil es importante por las consecuencias legales que acarrea. La doctrina menciona distintos patrones –temporalidad y voluntad entre otras—para su definición sin precisar mayores detalles. Por otra parte las distintas legislaciones nacionales implementan distintas líneas de interpretación generando así más confusión sobre sus aspectos más prácticos. Es así como el Código Civil chileno, por ejemplo, vincula estrechamente el domicilio primeramente al ánimo de la persona –art. 58.2— para pasar luego a conferirlo de manera automática al lugar donde se ejercite la profesión u oficio –art. 62—. En otras latitudes se identifica el domicilio ya con “la sede principal de [sus] negocios o intereses” o, cláusula de cierre, con el lugar donde se halle la persona –art. 60 del CC costarricense--. Téngase en cuenta además que estos términos son matizados conforme las distintas ramas del derecho en los que sean de aplicación. En el área laboral, la que nos ocupa, presenta connotaciones propias, especialidades, que vienen dadas por las distintas normas sustantivas y procesales. Visto tamaña indefinición, ¿hay manera alguna de cuantificar la residencia, el domicilio?
Una resolución judicial española aporta, por interpretación sistemática, una serie de valores que pueden ser válidos para acercarse a la solución de este clásico problema del Derecho Civil. Con la intención de que sea de interés cuando menos como referencia para los lectores de ambos lados del océano que nos separa, proponemos un breve análisis de una decisión judicial. El caso Una reciente Sentencia de la sala de lo Social del Tribunal Supremo español –máximo órgano jurisdiccional excepto para las cuestiones de Derechos--, la número 7817/2012 fechada el 18 de octubre del 2012 –consúltese en http:// www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databas e m a t c h = T S & re f e re n ce=6568015&links=&optimize=20121211&publicinterface=true-- conoció de la reclamación interpuesta por el beneficiario de una prestación por desempleo a quien se le suspendiera por ausentarse de España durante 15 días sin avisar al Servicio de Empleo. La decisión judicial debía dilucidar básicamente dos cuestiones fundamentales, el concepto de traslado de residencia --único de interés para este escrito— y, la trascendencia de los aspectos formales del deber de comunicación de cambios habidos en la situación del beneficiario. Situaciones como ésta están normadas no solo por las leyes nacionales pertinentes –Ley General de la Seguridad Social, Reglamento de la Protección por Desempleo y, el RD 625/1985– sino también por estipulaciones de la estructura europea de la que forma parte España --nos
69 referimos en concreto al Reglamento 883/2004 sobre la Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social, instrumento armonizador de las distintas normativas europeas que trata situaciones como la que nos ocupa--. El Tribunal decide por mayoría que la ausencia del territorio nacional por 15 días no justifica la suspensión de la prestación de desempleo. El único voto particular -- de no conformidad con el fallo--, viene a incidir fundamentalmente en el cariz prestacional de la Sentencia en estudio. Conclusión Nos permitimos resaltar las siguientes conclusiones --extraídas de la Sentencia en cuestión— por entender que pueden ayudar a precisar de manera cuantitativa los términos domicilio y residencia.
a) “la residencia implica un asentamiento físico en un mismo lugar y por un tiempo mínimo, superior en cualquier caso a los quince días que dice el RD 625/1985 –FD 3--”. b) La temporalidad constituye el factor clave para diferenciar la “residencia habitual” de otras formas jurídicas parecidas. c) Llama la atención que coinciden el plazo dado tanto por la Ley Orgánica de Extranjería española para considerar la estancia de un extranjero como residencia con el que pauta el Reglamento Comunitario 883/2004 en lo pertinente a la supresión de condiciones de residencia. d) Supeditar las prestaciones a una efectiva vinculación con el mercado, la “territorialización de la prestación” acuñada por la Doctrina científica, tiene estrecha relación con la residencia.
Webgrafía - Código Civil chileno http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=172986 - Código Civil de Costa Rica http://www.google.es/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=3&ved=0CEIQFjAC&url=http%3A%2F%2Fwww.hacienda.go.cr%2Fcentro%2Fdatos%2FLey%2FLey%252063-C%25C3%25B3digo%2520Civil.DOC&ei=XNHiUP74IM2ChQeyvoDoBA&usg=AFQjCNGFiJHp4HBduG6f_k8eH34iW7pZmQ&bvm=bv.1355534169,d.ZG4 - Ley General de la Seguridad Social m?dDocName=095093#documentoPDF
http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/index.ht-
- RD 625/1985 Reglamento de la Protección por Desempleo http://www.boe.es/diario_boe/txt. php?id=BOE-A-1985-8124 - Reglamento CE 883/2004 sobre la Coordinación de los Sistemas de Seguridad Social http:// www.empleo.gob.es/es/publica/pub_electronicas/destacadas/revista/numeros/64/Docu.pdf - Ley Orgánica de Extranjería http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-7899
Florentino García González
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Especial Jefes de Estado: Todo lo ocurrido durante las jornadas de trabajo
La ciudad de Cádiz, situada al sur de España acogió el pasado mes de noviembre la XXII Cumbre Iberoamericana, donde estuvieron presentes todos los países iberoamericanos a excepción de Paraguay. Los países asistentes estuvieron representados por sus jefes de Estado, a excepción de Cuba, Venezuela, Argentina, Guatemala y Uruguay, que enviaron a sus vicepresidentes o cancilleres. Esta nueva edición ha coincidido con el año del Bicentenario de la firma de las Cortes de Cádiz, y por ello la ciudad gaditana ha tenido muchas más relevancia, ya que hace 200 años allí mismo se estaba procediendo a la creación de la Constitución de 1812, la cual ha tenido gran importancia y relevancia tanto en España como en todos los países iberoamericanos.
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L
a Cumbre Iberoamericana celebrada en Cádiz el pasado mes de noviembre de 2012 terminó con una gran satisfacción tanto para el Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy como para Su Majestad el Rey Don Juan Carlos, ambos aseguraron estar satisfechos con las jornadas de trabajo y los resultados que éstas han tenido. Don Juan Carlos aseguró durante la clausura de la comunidad iberoamericana ha salido fortalecida. El monarca ha asegurado que los participantes han tenido la oportunidad en Cádiz de “conversar en detalle sobre asuntos de carácter económico con el objetivo fundamental de mejorar el bienestar de nuestras sociedades”. Su Majestad ha destacado que, al igual que los diputados constituyentes de las Cortes de Cádiz de 1812, los presentes han podido “intercambiar experiencias
esa nueva etapa y que sentase las bases para una relación renovada. También teníamos claro que el centro de esa relación renovada tenían que ocuparlo los ciudadanos, sus intereses y sus preocupaciones”, ha añadido. Por su parte, el secretario general iberoamericano, Enrique V. Iglesias, ha destacado que la asistencia de líderes a la Cumbre Iberoamericana “ha sido excelente” y la reunión ha resultado “muy exitosa, agradable y productiva”. Iglesias ha apuntado que los temas económicos han dominado la Cumbre, que será recordada como “la cumbre de las pymes”, aunque también se ha abordado el tema de la seguridad y la preocupación por el cano. También ha destacado el acuerdo para crear un centro iberoamericano de arbitraje.
El último encuentro de Jefes de Estado Iberoamericanos que se ha celebrado en España ha sido un éxito absoluto gracias a la activa participación de todos y a los acuerdos que se han conseguido alcanzar y compartir soluciones basadas en lo aprendido de nuestras respectivas situaciones”. “La cooperación y vez más fortalecida”, ha añadido. Mariano Rajoy, a la hora de clausurar la Cumbre fue tajante en cuanto al resultado, “podemos estar satisfechos de lo que hemos conseguido. También de cómo lo hemos logrado: trabajando juntos”. El presidente del Gobierno explicó que esta Cumbre se ha organizado con dos planteamientos: la necesidad de adaptarse a una realidad bien distinta a la que había cuando comenzaron estos eventos y el convencimiento de que los ciudadanos son el centro de toda iniciativa. Principios ambos recogidos en la Declaración de Cádiz y en otros comunicados especiales emanados de la Cumbre. Mariano Rajoy aseguró, en la rueda de prensa de clausura de la XXII Cumbre Iberoamericana celebrada en Cádiz, que en los últimos tiempos “América Latina se ha convertido en una de las regiones con mayor potencial de crecimiento” mientras que Europa “debe aunar esfuerzos para reactivar el motor común del crecimiento”. El mundo ha cambiado “ y nosotros también, y es necesario adaptarse a esta nueva realidad”. “Queríamos por ello que Cádiz marcase el inicio de
Datos organizativos de la Cumbre Organizar la Cumbre Iberoamericana ha sido fruto del trabajo conjunto de un gran número de personas, y la cobertura que ha tenido ha sido realmente buena. Según Andrés Costilludo, director de la Unidad de Apoyo del Comité Organizador, se han acreditado 1.200 delegados de todos los países, 1.300 periodistas de 35 nacionalidades y 850 vehículos acreditados. El primer paso a la hora de organizar un evento de estas características es proponer las fechas en las que realizar la Cumbre, ya que según asegura Costilludo en una entrevista a la cadena Ser “porque hay muchas reuniones internacionales que hay que tener en cuenta”. En este sentido Costilludo puso de ejemplo al presidente de Honduras, que asistió a la Cumbre a pesar de que no puedo estar ni 24 horas en nuestro país, puesto que el domingo 18 de noviembre tenía elecciones municipales en su país. Los Jefes de Estado de los diferentes países se alojaron en Chiclana, un municipio cerca de Cádiz, ya que “se necesitan unas 600-700 habitaciones de alto standing para un evento así”, aseguró Andrés Costilludo, y fue en Chiclana donde pudieron encontrar la infraestructura que necesitaban.
72 Durante la entrevista el señor Costilludo aseguró que no había habido ningún país complicado a la hora de la organización, “quizá alguno se ha ido retrasando a la hora de mandarnos la relación de los asistentes a la Cumbre, pero no, no ha habido ninguno complicado”. Uno de los aspectos claves en este tipo de eventos es la seguridad, tanto de los participantes como de todos los asistentes, y para ello en esta XXII Cumbre Iberoamericana el Ministerio del Interior desplegó 2.863 efectivos de Policía y Guardia Civil. Principales conclusiones del acto El secretario general Iberoamericano, Enrique V. de los países europeos con la comunidad iberoameexportaciones hacia un mercado regional latinoamericano y un mercado potencial para la instalación de nuevas empresas en sectores donde América Latina tiene una creciente demanda.
Iglesias ha apuntado que los países latinoamericanos, por su parte, deben abocarse a reformas fundaa su sistema productivo, lo que supondrá reducir la
VIII Encuentro empresarial Iberoamericano El presidente de CEOE, Juan Rosell, organización a la que pertenece COEBA, y el secretario general iberoamericano, Enrique V. Iglesias, fueron los encargados de inaugurar el VIII Encuentro Empresarial Iberoamericano, que se celebró durante la Cumbre Iberoamericana, para hablar del desarrollo empresarial iberoamericano en la nueva economía. Los empresarios han destacado durante el encuentro la necesidad
causa de los mismos.
llevar a cabo sus procesos de internacionalización.
Por otro lado, las autoridades y representantes del ámbito empresarial quieren promover el diálogo en una muestra de grandes ciudades para la elaboración y ejecución de programas de desarrollo de la infraestructura urbana estructurados en torno a la inclusión, la competitividad y la sostenibilidad. Aseguran que hay que seguir avanzando en el desarrollo de un sistema de arbitraje iberoamericano que recoja las nece-
En el acto de apertura, participaron, además, el secretario de Estado de Comercio, Jaime García-Legaz; el de Estado de Cooperación Internacional para Iberoamérica, Jesús Manuel Gracia; y la Alcaldesa de Jerez de la Frontera, María José García-Pelayo. Los líderes empresariales han acordado promover la presentación de iniciativas y propuestas iberoamericanas en los foros globales, tales como el G20 y el co. Asimismo, han solicitado a las instituciones multilaterales monede instrumentos para responder a choques económicos y de otro tipo, para que los programas de crecimiento no se vean interrumpidos a
bles basadas en la cooperación público-privada para facilitar la movilidad del conocimiento entre los países del espacio iberoamericano. Consideran muy importante fomentar el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los centros de innovación y emprendimiento, así como programas de facilitación de emprendimientos y start up.
Por último, abogan por promover un diálogo empresarial para que los programas de responsabilidad social corporativa de las empresas iberoamericanas incorporen el compromiso con el talento, la innovación y el conocimiento necesario la integración en la sociedad del conocimiento.
73 pobreza y mejorar la igualdad. Además, Iberoamérica está abocada a fortalecer sus políticas de industrialición productiva. Se trata de “crear un día a día mejor para la gente, de una cooperación centrada en las personas”, ha añadido. En opinión de Enrique V. Iglesias, la comunidad iberoamericana debe acordar posiciones basadas en valores que contribuyan a mejorar la gobernabilidad en el mundo. El Rey Don Juan Carlos fue muy explícito en sus intervenciones, “necesitamos más Iberoamérica”, resaltó el monarca, quien recalcó que “debemos concertarnos y conocernos más y mejor, seguir explorando y poniendo en práctica nuevas formas de trabajo conjunto, profundizando en nuestra cooperación y escuchando a nuestros ciudadanos”.
En su opinión, es mucho lo que la experiencia de América Latina puede aportar a España y a Europa, “especialmente en momenHa recordado que el continente americano supo transformar “la vieja década perdida en la actual década de prosperidad” a base de determinación, esfuerzo y paciencia, combinando políticas de austeridad y de crecimiento y cohesión social.
Don Juan Carlos también hizo hincapié en la necesidad de “estar preparados para hacernos oír con una Según Rajoy, “más América Latina en Europa y en sola voz que sea reconocible por todos y que nos per- España es una receta imbatible para afrontar los acmita hacer valer el peso tuales desafíos”. que nuestra comunidad Ha dicho estar La siguiente Cumbre debe tener”. convencido de que
Iberoamericana se celebrará en
Conectar esa voz coPanamá y las fechas oficiales mún “con los nuevos ámbitos multilaterales regio- para su celebración son el 18 y 19 nales y subregionales que han nacido en la región y llevar más Europa a Iberoamérica y más Iberoamérica a Europa es un nuevo mentos para seguir renovando relación”. reto que tenemos por delante”. El Presidente de España, Mariano Rajoy, revindicó la necesidad de establecer una nueva forma de relación entre los países de Iberoamérica “guiada por los principios de igualdad, respeto mutuo y responsabilidad compartida”. El jefe del Ejecutivo español ha repasado el camino recorrido por las Cumbres, desde la primera, celebrada en Guadalajara en 1991: “Si en su origen las cumbres fueron un acierto, en la actualidad son una inmejorable oportunidad en un mundo absolutamente interdependiente”.
“a lo largo de las conversaciones y debates que mantengamos en esta remos nuevos eley fortaleciendo esta
Declaración de Cádiz El presidente del Gobierno español explicó que todos los principios de la Cumbre se han plasmado, tras ción de Cádiz, “cuyo texto gira en torno a seis ejes con una clara vocación económica”, y por otro lado en un buen número de comunicados especiales. Junto a esto, se ha aprobado “el programa de acción que contiene las líneas generales de la cooperación iberoamericana. En los años transcurridos desde la cumbre de Guadalajara se ha creado un acervo de cooperación que ha logrado resultados concretos y tangibles con un impacto real sobre los ciudadanos. Ahora se hace necesario estudiar la mejora y la renovación de los programas y proyectos de cooperación y el programa de acción contiene un mandato en este sentido”. Rajoy ha destacado dos de las decisiones tomadas en Cádiz: la adopción de la Carta Americana de las pymes, “que recoge el compromiso de todos los go-
74 biernos de fomentar la competitividad y calidad de las Pymes y facilitar su implantación en el espacio latinoamericano”, y la aprobación de la Carta Iberoamericana de la Transparencia y Acceso a la Información go y mejorará la seguridad jurídica”.
Mariano Rajoy ha señalado que el Rey ha traspasado la responsabilidad de organizar la próxima cumbre a Panamá donde, como en Cádiz, “continuaremos tejiendo de manera efectiva y real esa red de valores, intereses y aspiraciones compartidas de la comunidad iberoamericana”.
Además, se ha aprobado un mandato para que el expresidente chileno Ricardo Lagos, “asistido por el secretario general iberoamericano y la señora Patricia Espinosa [actual secretaria de Relaciones Exteriores mexicana], elaboren recomendaciones concretas para la renovación e impulso de la cumbres y presente un informe en la cumbre del año próximo en Panamá”.
Precisamente el presidente del país centroamericano, Ricardo Martinelli, que también participó en el
España y América Latina
de seguir profundizando en la relación renovada entre los países iberoamericanos”.
“El trabajo conjunto y las ganas de seguir haciendo cosas son factores claves”
Mariano Rajoy ha asegurado que para España esta cumbre “se enmarca en un importante esfuerzo por elevar su presencia en América Latina y elevar nuestro nivel de relaciones bilaterales con todos y cada uno de los países del continente”.
En este sentido, ha informado de la incorporación de nuestro país como observador a la Alianza del PaEsta iniciativa, según Rajoy, refuerza un elemento “en el que España siempre ha creído: la centralidad de América Latina, que no sólo se proyecta a través del hacia una parte del mundo tan importante en el siglo XXI como es Asia”.
Ha anunciado que se han propuesto las fechas del 18 y 19 de octubre de 2013 para celebrar el encuentro y que su país también acogerá el Congreso de la Lengua Española “y la celebración de los 500 años
do al Gobierno y a las empresas españolas que miren más a Latinoamérica. “Somos de la opinión de que el futuro de España está en poder incorporar a la familia iberoamericana en la cual el ciudadano y las empresas españolas son más que bienvenidas. Les va muy bien a todas. Estoy seguro de que si las empresas españolas se vuelcan al mercado latinoamericano van a poder revertir muchos ingresos en España y eso va a ayudar a resolver la crisis”, ha dicho.
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Foro de la Comunicación El Foro de la Comunicación, organizado por la Secretaría General Iberoamericana y la Secretaría de Estado de Comunicación del Ministerio de la Presidencia español, se desarrollo bajo el lema “‘Un mercado iberoamericano para empresas iberoamericanas”. La cita ha constado de dos debates en los que han participado directivos de algunos de los grupos de comunicación más relevantes de Iberoamérica. En ellos se y sobre los contenidos que estas empresas pueden ofrecer a un público global. En la presentación del foro ha intervenido Carmen Martínez Castro, secretaria de Estado de Comunicación, quien ha asegurado que el Gobierno español apostó desde el esa relación renovada que propone como lema sea un motor de más unión y más progreso para los países que integran la comunidad iberoamericana, un motor de bienestar para los más de 650 millones de personas que la integran”. Según ha señalado Martínez Castro, la vocación de les. La auténtica hermandad y la más duradera “es la que se produce en el seno de la sociedad, entre la gente, entre las empresas y entre los agentes sociales. Son esos lazos personales, históricos, culturales, económinidad iberoamericana muy por encima de cualquier otra consideración política o institucional”. Un espacio cultural común Para la secretaria de Estado de Comunicación, “se trata de analizar de manera conjunta la dimensión global que deben afrontar los grupos empresariales de la tual” y ver cómo pueden ser más fuertes, cómo adaptarse a los nuevas formatos y “cómo utilizar el fabuloso patrimonio de la lengua como palanca de crecimiento económico y de refuerzo cultural”. Ha añadido que “nunca ha habido más razones ni más poderosas que ahora para fortalecer la voz común
de la comunidad iberoamericana”. En la misma línea se ha manifestado el secretario general iberoamericano, Enrique V. Iglesias, quien ha destacado que, al margen de las cruciales relaciones económicas, también son capitales los puntos de encuentro en otros ámbitos como el cultural o el de la comunicación, objetos de este foro. En el aspecto cultural ha mostrado su disposición a ministerio o un comisionado cultural porque “lo iberoamericano nos une, nos da identidad. La cultura une a Iberoamérica y la hace realmente dueña de un patrimonio que compartimos”. En su opinión, “hay que profundizar la idea de crear un espacio cultural”. Una salida iberoamericana de la crisis ción, José Manuel García-Margallo, también se ha referido en la clausura del Foro al papel de los medios en la difusión del patrimonio común y de los objetivos compartidos de la comunidad iberoamericana: “La imporparte de América Latina en una relación de igualdad y los medios sois los que tenéis que avanzar en esta idea”. transmitido que muchas empresas “estarían dispuestas a que trabajásemos juntos en América Latina donde tePor último, ha apuntado que algunas de las propuestas que se han planteado para articular esta unión son válidas, como la ya referida de crear un comisario cultulidades de relación que brinda el deporte. En su opinión, “si los 23 países que formamos parte de esta comunidad logramos tener un proyecto común, una agenda común y una voluntad de actuar juntos realmente nuestro peso en el mundo va a ser un peso que ni nosotros mismos somos capaces de imaginar o de soñar hoy”.
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Firma del Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre España y Haití
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l acuerdo ha sido firmado entre el ministro español de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo, y su homólogo haitiano,Richard Pierre Cachemir, dentro de la XXII Cumbre Iberoamericana.
drá ver impulsado por la existencia de este nuevo marco legal a medio plazo. Ello, desde una perspectiva más amplia, contribuiría además, de forma significativa, a la incipiente recuperación de ese país.
En los márgenes de la XXII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, el ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación español, José Manuel García-Margallo, y su homólogo, el ministro Pierre Richard Casimir, han firmado hoy el Acuerdo de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre el Reino de España y la República de Haití.
El articulado del Acuerdo, el habitual en este tipo de instrumentos, incorpora, entre otros aspectos, respecto a las inversiones en él contempladas, cláusulas de fomento e igualdad de trato, garantías para la realización de transferencias de los rendimientos de las inversiones y para los supuestos de expropiación de éstas, así como sistemas de resolución de las controversias que puedan suscitarse tanto entre el titular de una inversión y el Estado receptor de aquélla como entre los dos Estados en lo que respecta a la aplicación e interpretación del APPRI.
La firma de este APPRI es una muestra más del excelente momento que atraviesa la relación entre los dos países. España es actualmente el tercer donante bilateral en el país, por detrás de EEUU y de Canadá. En el ámbito de las relaciones económicas bilaterales, el interés de empresas españolas por participar en los proyectos de reconstrucción del país, en sectores como la construcción, ingeniería o agua y saneamiento, es creciente y se po-
La XXII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno ha hecho especial hincapié en el impulso a las políticas de crecimiento económico al servicio de los ciudadanos, destacando la importancia de la seguridad jurídica como un trascendente valor legal y un requisito para el desarrollo económico.
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Cepal y OCDE presentó el informe Latina 2013”
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Perspectivas Económicas de América Latina” es una publicación anual de la CEPAL y la OCDE que se lanza desde el año 2007 en el marco de la Cumbre Iberoamericana. El informe analiza el panorama macroeconómico de la región y estudia en profundidad uno de los temas especiales de la XXII Cumbre de Cádiz: el rol de las pymes en el desarrollo de la región. Además, presenta recomendaciones para facilitar y fortalecer el impacto de estos actores y las políticas públicas para el cambio estructural. La presentación tuvo lugar el viernes 16 de noviembre a las nueve de la mañana en el Auditorium del Palacio de Congresos de Cádiz. El acto lo abrió el ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, José Manuel García-Margallo, junto con el secretario general iberoamericano, Enrique V. Iglesias. A continuación Ángel Gurría, secretario general de la OCDE, y Alicia Bárcena, secretaria ejecutiva de Cepal, presentaron
las principales conclusiones y recomendaciones del informe. aunque las pymes representan un 99% del total de empresas y dan empleo a cerca del 67% de los trabajadores, su baja productividad determina una menor contribución al PIB. Además, solamente el 12% del crédito total en América Latina se destina a las pymes, en contraste con los países de la OCDE, donde reciben el 25% del total. El informe plantea que romper el círculo vicioso de la baja productividad y la escasa competitividad requiere reformas de las políticas hacia las pymes. Se necesitan medidas para fortalecer las estructuras productivas, labor en la que las pymes pueden contribuir decisivamente. El informe se concentra en cómo mejorar la articulación productiva, impulsar el marco innovador y mejorar el capital humano y las capacidades.
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Declaración conjunta de los
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n el marco de la XXII Cumbre Iberoamericana, los Presidentes Juan Manuel Santos de Colombia; Sebastián Piñera de Chile; Felipe Calderón de México y Ollanta Humala del Perú, sostuvieron la V Cumbre de la Alianza del Pacíde consolidación de esta iniciativa de integración. construir de manera participativa y consensuada, un área de integración profunda para avanzar progresivamente hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, así como profundizar la coope-
ello se impulsará un mayor crecimiento y desarrollo de sus economías, mejorando el bienestar de sus habitantes y combatiendo la exclusión y desigualdad social.
Los Jefes de Estado pusieron de relieve los siguientes avances logrados en el marco de las negociaciotad de obtener el más absoluto libre tránsito de bienes para alcanzar al menos el 90% de líneas arancelarias que tendrá un arancel de 0 por ciento a partir de la entrada en vigor del Acuerdo, conforme a los procedimientos legales internos de cada país. Los países miembros de la Alianza refrendaron su compromiso de concluir la negociación en materia de Acceso a Mercados durante el primer cuatrimestre de 2013. A su vez, se establecerá un régimen de origen que incorpore las disposiciones correspondientes y un mecanismo de acumulación de origen que comprenderá el universo de bienes, estableciendo reglas de origen comunes. taron que se implementará progresivamente la certi-
Los Mandatarios coincidieron en destacar el potenestratégica abierta al libre comercio y que ofrece ventajas competitivas para los negocios internacionales. convertirse en una plataforma de coordinación y de integración económica y comercial, y de proyección al mundo, con especial énfasis en la región Asia-PaDieron la bienvenida a Australia, Canadá, España, Nueva Zelanda y Uruguay como nuevos Estados Observadores. A Costa Rica y Panamá, se les reconoció la condición de Estados Observadores como par-
convertirse en miembros plenos de este proceso de integración.
las Ventanillas Únicas de Comercio Exterior, Acuerdos de reconocimiento mutuo del operador económico autorizado y cooperación aduanera. tisfacción la puesta en marcha del Comité Público-Privado creado en el marco del Grupo de Trabajo respectivo, el que trabajará en una estrategia que facilite el aprovechamiento por parte de los empresarios, de los capítulos de inversión y de servicios contenidos en los Tratados de Libre Comercio y Acuerdos Bilaterales de mismo, exhortaron a que el acuerdo sobre Comercio Electrónico se incorpore al ordenamiento jurídico de la de continuar materializando resultados en los trabajos del Grupo, los Presidentes destacaron: a) El inicio de las negociaciones para un Acuerdo de Inversión y de
79 un Acuerdo sobre Comercio Transfronterizo de Servidisposiciones nuevas o complementarias que agreguen valor a los acuerdos pre-existentes entre los paídiscusiones sobre transporte aéreo e instruyeron a sus autoridades aeronáuticas a profundizar la integración rutas y garantizar un mejor y óptimo servicio de transporte aéreo intra-alianza de manera que se facilite el mientos y legislación de cada país, liberalizando los servicios aéreos, de modo tal que las aerolíneas de los países miembros puedan operar libremente entre los territorios de estos países. mités de Expertos para discutir sobre la mejora regulatoria y la propiedad intelectual como parte del proceso existir una evaluación positiva y consenso, determinar
nifestaron su complacencia por los avances logrados en esta área, destacando, entre otras, las convocatorias de becas en la Plataforma de Movilidad Académica y Estudiantil, la aprobación del Programa para mejorar la competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como la suscripción del Acuerdo de Cooperación en materia de Turismo. Para contar con mayor estabilidad y previsibilidad en el corto y mediano plazo –incluyendo aquellos de prode triangulación– instruyeron a las instituciones competentes de sus respectivos países, a avanzar en las negociaciones para la constitución del Fondo Común a su operatividad y puesta en marcha durante el 2013. ron la importancia del Acuerdo Marco que establece
avances en el proceso de consolidación de esta iniciativa de integración” el enfoque y los contenidos que podrían incorporarse en estas nuevas materias. De igual modo, anunciaron que se negociará y aprobará un capítulo de compras públicas de gobierno tomando como base la profundización de las disciplinas y compromisos ya existentes en esta materia entre algunos de los miembros de la
de Estado celebraron el anuncio de México el pasado 9 de noviembre en Cartagena, Colombia, de eximir del requisito de visa a nacionales de Colombia y de Perú en la modalidad de visitantes sin actividades remuneradas hasta por 180 días, que ha llevado al cumplimiento del mandato conferido en la Declaración de Paranal, en el sentido de avanzar hacia la liberalización
en vigor sea lo más pronto posible, y se congratularon por la reciente aprobación del Acuerdo por parte del Senado mexicano.
Latina como en el resto del mundo y, en especial, en coordinado de comunicación entre los Estados Parte para difundir de forma consistente y coherente la naturaleza, objetivos y alcances de la Alianza. saron su satisfacción por los avances en la apertura conjuntas de promoción de inversiones y la programación de la I Macro Rueda de Negocios de la Alianza del
Alianza. Con estas medidas se generan condiciones aún más favorables para los intercambios turísticos, comerciales y de inversiones entre los miembros de la Alianza.
de 2013.
En este aspecto, los Mandatarios hicieron un reconocimiento de los esfuerzos realizados por las autoridades respectivas para la conformación y puesta en marcha de un esquema de intercambio de información en tiempo real para compartir alertas migratorias, e instruyeron la realización de evaluaciones semestrales sobre el funcionamiento de dicho esquema.
Finalmente, los Mandatarios hicieron un especial reconocimiento al Presidente de México, Felipe Calde-
cular al sector privado con este proceso de integración.
quien próximamente concluirá su mandato. Destacaron su invaluable aporte y compromiso para la consolidación de este mecanismo de integración profunda.
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Informe de la Cooperación Sur-Sur
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urante la Cumbre Iberoamericana se presentó la sexta edición del informe de la cooperación Sur-Sur en Iberoamérica, la presentación fue realizada por el secretario para la Cooperación de la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB), Salvador Arriol.
la integración regional. En 2011, los países iberoamericanos intercambiaron un total de 586 proyectos de Cooperación Horizontal Sur-Sur Bilateral. Seis países explicaron alrededor del 95% de los proyectos ofrecidos: se trató de Argentina, Brasil y México (70%), Colombia, Cuba y Chile (25%).
El Informe analiza la evolución de la Cooperación Sur-Sur de la que participaron los países iberoameUn 40% de los proyectos se dedicaron al fortaleciricanos a lo largo del año 2011. El año pasado los países impulsaron 586 proyectos y 229 acciones de miento de las economías nacionales; otro 60% al reCooperación Horizontal Sur-Sur Bilateral, así como fuerzo de lo social, medioambiental e institucional. 74 proyectos y 70 acciones de Cooperación SurEn 2011, Iberoamérica impulsó 74 proyectos de Sur Triangular. Según detalla el informe, el grue- Cooperación Sur-Sur Triangular, la mayoría de eleso de esa cooperación se destinó, principalmente, vada complejidad científico-tecnológica. al fortalecimiento de capacidades en los ámbitos En 2011, el segundo donante bilateral a Ibeeconómico, social, medioambiental y de la gestión pública. En el caso de los proyectos triangulares, la roamérica, España, destinó a la región 465 millones de dólares mayoría fueron (un 28,4 del tode una eleva“El acto contó con la presencia de responsables de tal de su AOD da complejidad Cooperación de los países iberoamericanos así como neta bilateral). científico-tecnológica. Pero el infordel director de Cooperación para América Latina y me centró su Este impulso Caribe de la Agencia Española de Cooperación al análisis en el a la CooperaDesarrollo (AECID), Rafael Garranzo, en calidad de modo en que ción Sur-Sur se en el año 2011 dio en un esceevolucionaron nario en el que las principaIberoamérica está siendo desplazada como receptora de Ayuda les modalidades de Cooperación Sur-Sur, en sus categorías Bilateral y Triangular. Al respecto cabe Oficial al Desarrollo (AOD) a nivel mundial. destacar: Principales datos del informe Los países iberoamericanos intercambiaron, a La edición de 2012 incluyó una reflexión acerca lo largo de 2011, un total de 586 proyectos y 229 del modo en que los países iberoamericanos in- acciones de Cooperación Horizontal Sur-Sur Bilafluyeron en la agenda global de la cooperación al teral. desarrollo, muy condicionada por la crisis econóPrácticamente un 40% de los 586 proyectos mica. Desde la diversidad de posiciones, existieen ejecución en 2011 se concentraron en el fortaron aspectos de reivindicación compartidos, entre lecimiento de las economías nacionales: apoyo a los que destacaron: la necesidad de seguir apolas actividades productivas (sectores primarios e yando a los Países de Renta Media (desplazados industrias de derivados); creación de infraestructuen la elegibilidad para la cooperación por el uso ras y servicios básicos (energía, aplicaciones de los de criterios basados en los ingresos que obvian la avances científico-tecnológicos y fortalecimiento persistencia de la desigualdad); el emergente rol de pequeñas y medianas empresas). El otro 60% dual de estos países en la cooperación internaciode los proyectos apoyó en temas sociales (salud nal; y el reconocimiento a la Cooperación Sur-Sur y -general y reproductiva-, educación, políticas púTriangular como mecanismos de fortalecimiento de blicas de previsión social y saneamiento de agua) la institucionalidad, el desarrollo de capacidades y y en otras actividades (gestión del sector público,
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seguridad y justicia, derechos humanos, medioambiente, cultura y prevención de desastres). Por su parte, en el año 2011 los países iberoamericanos impulsaron 74 proyectos y 70 acciones de Cooperación Sur-Sur Triangular. Transfiriendo capacidades destacaron Argentina, Chile, Brasil y México, cuya participación explicó un 80% de los proyectos. Asimismo, Perú, Colombia y Uruguay emergieron como nuevos actores. Por su parte, las transferencias de capacidades tuvieron como destino principal a Paraguay, Bolivia, Ecuador, Colombia y Perú (dos tercios de toda la actividad). Por sectores, las áreas Económicas y Sociales explicaron más del 60% de los proyectos de Cooperación Sur-Sur Triangular; dentro del otro 40% destacaron los medioambientales y los de apoyo a la gestión y al servicio público. En cualquier caso, la mayoría fueron de una elevada complejidad científico-tecnológica. A modo de ilustración, hubo proyectos dedicados a la gestión de cuencas hidrológicas, de residuos sólidos o de medición de la calidad del aire; a la transferencia de recursos y ca-
pacidades tecnológicas a las PYMES; al desarrollo de técnicas fitosanitarias; y a la implementación de sistemas de voto electrónico. Finalmente, cabe destacar el modo en que la crisis económica internacional y las respuestas de ajuste fiscal de los principales donantes empezaron a impactar en los flujos de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) mundial. En este sentido: Aunque en 2010, la AOD mundial destinada a los países receptores iberoamericanos siguió situándose por encima de los 5.550 millones de dólares, encadenó dos años consecutivos de caídas (-1,8% y -3,3%, respectivamente). Asimismo, Iberoamérica siguió perdiendo participación como receptora del total de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) mundial: desde el 9% de 2001 hasta el 4,2% de 2010. En 2011, España, segundo donante más importante para Iberoamérica, destinó a la región 465 millones de dólares (un 28,4% del total de su AOD neta bilateral).
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Opinión sobre la Constitución de Cádiz de 1812
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oincide quien suscribe, como la mayoría, los historiadores han sostenido que la obra más importante de las Cortes de Cádiz, fue la Constitución de 1812 conocida como la Constitución de Cádiz, jurada el 19 de marzo del mismo año bajo el título de Constitución Política de la Monarquía Española. La Constitución se divide en 10 títulos y 384 artículos con las ideas liberales predominantes. En ese sentido, las ideas liberales predominantes que proclamó, fue la consagración del preciado principio de soberanía nacional, el cual derivó la labor legislativa que transformaría a España y a sus colonias; la limitación de la monarquía hereditaria, el reconocitripartita clásica de poderes, el reconocimiento de los derechos y deberes de los ciudadanos, entre otras. Es importante resaltar el principio de soberanía nacional que instituyó, ya que a partir de la consagración de éste, el texto constitucional se separa del origen divino del poder de los monarcas, al igual que de las pretensiones imperiales y de dominio napoleónico, al declararse libre e independiente, prohibiendo ser patrimonio de alguna familia ni persona. Esto sin romper con el catolicismo tradicional de España. También es relevante destacar la limitación de la monarquía hereditaria, puesto que los legisladores de las Cortes de Cádiz no rompieron con la monarquía, al declarar que el “Gobierno de la Nación española sería una Monarquía moderada hereditaria”. En efecto, en la Constitución se estableció la división de poderes tripartita clásica, sin embargo, la misma también establece la función legislativa del Rey compartida con los legisladores, de tal forma que “la potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey”. Así, la Constitución en
su artículo 16 ubicó al monarca en el campo del poder ejecutivo, estableciendo que “la potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey”. En lo atinente al reconocimiento del catolicismo declararon que “la religión de la Nación española era y sería perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra”. Particularmente en relación al reconocimiento de los derechos, el tema de la nacionalidad fue considerablela Nación como “la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios”, en consecuencia, se deduce que dicha Constitución reconoció como españoles a todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las Españas, a los hijos de éstos, igualmente a los extranjeros que hayan obtenido de las Cortes carta de naturaleza, además, todos los que tuvieran diez años de vecindad, ganada según la ley en cualquier pueblo de la Monarquía, y los libertos desde que adquirieran la libertad en las Españas. Así, a grandes rasgos la Constitución presenta las bases para el establecimiento de un estado burgués,
Montesquieu, y en general de los postulados liberales emanados de la revolución francesa, particularmente en lo relativo a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. Se denota, que a la Constitución se le dio el carácter solemne y supremo. Así mismo, según su reformabilidad era una Constitución rígida, ya que requería de un procedimiento especial por medio de un órgano extraordinario para su reforma. El procedimiento especial de reforma estaba establecido en el artículo 375, el
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cual contemplaba una cláusula temporal de intangibilidad, parafraseadamente, ésta consistía en que luego de haber transcurrido ocho años, a partir de que se colocó en práctica la Constitución en todas sus partes, no se podía proponer alteración, adición ni reforma en ninguno de sus artículos. Asimismo, la reforma debía ser aprobada por unas segundas y terceras Cortes por mayoría, en ambas, de dos tercios (artículo 377 a 381); y, el Rey estaba excluido de la reforma constitucional, como lo había sido del propio poder constituyente. Fue en su nacimiento u origen una Constitución otorgada por el Rey en un acto de gracia a su pueblo, por el grado de novedad o de creación fue una Constitución originaria, porque consagraba principios fundamentales y artículos con ideas liberales considerablemente novedosas; por su contenido fue una Constitución ideológico-programática, puesto que aseguraba expresamente la protección del derecho de propiedad, la
los monumentos, y con los procesos de independencia en Iberoamérica tan sólo han quedado algunas plazas y dos monumentos, el de ciudad de San Agustín de la Florida Oriental y Comayagua en Honduras. Es importante mencionar que la burguesía criolla americana, era partidaria de los cambios autonomistas y no necesariamente de una independencia que implicase la ruptura completa con la Monarquía. La visión en el continente americano acerca de la Constitución se concentró en que si bien es cierto, positivamente, la vigencia de la misma generó la igualdad entre peninsulares y americanos, transformó el imperio colonial español en provincias de un nuevo Estado, convirtió en ciudadanos a los antiguos súbditos del absolutismo, siendo considerados ciudadanos no solo a los españoles sino a los europeos, a sus descendientes americanos, a las castas y a los indígenas de los territorios de América, entre otros aspectos; pero negativa-
“Es relevante destacar la limitación de la monarquía hereditaria, puesto que los legisladores de las Cortes de Cádiz no rompieron con la monarquía” igualdad ante la ley, la prohibición de detenciones arbitrarias, la inviolabilidad del domicilio y la abolición del tormento como pena corporal; y, restringía la libertad religiosa y la libertad de prensa, por último, desde su perspectiva ontológica fue una Constitución normativa, ya que sus normas dominaron el proceso político, el cual se adaptó y sometió a sus disposiciones. Por otro lado, y viendo desde el punto de vista histórico, su vigencia y aplicación fue errática e inestable, debido a las turbulencias políticas y sociales de la época. Desde el primer artículo de la Constitución hasta el último se planteó la situación del continente americano. En América, las autoridades locales y vecinos en cabildos abiertos promulgaron la Constitución, constituyendo esto, el respaldo americano, en consecuencia se construyeron muchas plazas y monumentos dedicados a la Constitución por todo el continente americano. Sin embargo, tras el vuelco absolutista de Fernando VII en 1814, fueron destruidos la mayoría de
mente, la vigencia de la Constitución provocó tanto la explosión de ayuntamientos especialmente en América, debido a la convocatoria de elecciones municipales, mediante sufragio universal indirecto y masculino establecida en el texto constitucional como el reclamo de los americanos de un mayor número de provincias y una organización del Estado que se aproximase al federalismo, al cual respondieron los legisladores de las Cortes de Cádiz que reconocían en la práctica su Ahora bien, es importante enfatizar que estos problemas surgieron por la incorporación de América como un conjunto de provincias en igualdad de derechos y de representación en el Estado nacional hispano. Concluyendo y como punto relevante para Latinoaorígenes constitucionales y parlamentarios de la mayor parte de los estados americanos durante y tras su independencia.
Rafael Veloz -
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El procedimiento de ejecución hipotecaria español vulnera el Convenio Europeo de Derechos Humanos La crisis económica en España ha traído consigo un crecimiento espectacular de personas que pierden sus casas y son desahuciadas por impagos de sus hipotecas. El procedimiento judicial que ejecuta incluso en aquellos casos en que concurran circunstancias graves que deberían ponderarse antes de
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n los últimos meses se han precipitado sobre la sociedad cientos de noticias e imágenes que mostraban el lanzamiento de ciudadanos de sus hogares. Los desahucios. Aunque estos se vienen produciendo desde hace años en número muy importante, no ha sido hasta fechas recientes que los medios de comunicación han decidido fijarse detenidamente en ellos, en sus circunstancias y sus porqués. Para que el “drama de las hipotecas” se incorporase a la agenda de los medios, y con ellas al conocimiento del conjunto de la población, más allá de ciertos sucesos luctuosos ha sido fundamental la acción solidaria, demandante y continuada de determinados colectivos sociales. Éstos han venido denunciando la patente injusticia del sistema hipotecario, el nulo efecto que tiene el reconocimiento constitucional del derecho a la vivienda en España, y la avaricia insensible de unas entidades crediti-
cias que, a pesar de ser en buena medida responsables de la crisis económica que afecta al país, no tienen inconveniente en recapitalizarse a base de bienes inmuebles producto de subastas tras impago de hipotecas por ciudadanos golpeados por esa misma crisis. El estudio, análisis e información sobre la realidad de muchos de estos casos han puesto de relieve una situación nada puntual de injusticias aberrantes, injusticias que superan la declaración de inmorales porque son lisa y llanamente ataques frontales a los derechos fundamentales. Unos derechos fundamentales que la Constitución española y los tratados internacionales de defensa de los derechos humanos, si bien con distinto alcance, reconocen y protegen. Con todo, quizá sea la imposibilidad de defenderse para el deudor hipotecario la vulneración más grave de todas las que se producen. Ellos es así porque precisamente esa indefensión le impide invocar ante el juez, en el procedimiento de ejecu-
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“Una vez agotada la vía interna de los Estados, queda el recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por vulneración del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales” ción hipotecaria, todas aquellas circunstancias que, en su caso, podrían servirle para ponderar los intereses en juego, las posibles cláusulas abusivas del contrato hipotecario (más habituales de lo que parece), los derechos fundamentales que se ven afectados por el desahucio y, a partir de todo ello, llevarle a decidir al respecto impartiendo, entonces sí, justicia. Una vez rechazada por el Tribunal Constitucional la cuestión de constitucionalidad, y a la vista de que persisten las dudas sobre el procedimiento de ejecución hipotecaria, ¿queda otra posibilidad de impugnación de este procedimiento por vulneración de derechos fundamentales? La respuesta es afirmativa. Una vez agotada la vía interna de los Estados, queda el recurso ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, por vulneración del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, también conocido como el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Este Convenio fue adoptado bajo los auspicios del Consejo de Europa en 1950, con el objeto de proteger los derechos y las libertades fundamentales en territorio europeo. La institución que se encarga de la tutela jurisdiccional de los derechos recogidos en el Convenio (y en los protocolos posteriores que lo fueron completando) es el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). Este Tribunal es el encargado de supervisar que los Estados Parte cumplan el Convenio y respe-
ten y protejan los derechos de las personas que se encuentran en su territorio, sean éstas nacionales o extranjeras. En todos estos años, el papel del TEDH ha sido crucial para la defensa efectiva de los derechos humanos en Europa. Fundamentalmente porque ha mostrado la decisión colectiva de garantizar esos derechos más allá de una regulación adecuada; es decir, porque es la prueba del interés por parte de los Estados de atender a la proyección de esa regulación sobre la realidad, subrayando la idea de que un derecho vale lo que valen sus garantías. En este sentido, el trabajo del Tribunal ha servido para resolver los casos concretos y los aspectos polémicos que le han sido sometidos, pero a la vez ha marcado con su jurisprudencia las líneas de interpretación de esos derechos y el comportamiento adecuado a ellos, vía acción legislativa o políticas públicas, por parte de los Estados. Derechos reconocidos por el CEDH Llegados a este punto podemos preguntarnos, ¿qué derechos reconocidos por el CEDH pueden verse afectados por el modo en que la Ley de Enjuiciamiento Civil regula el procedimiento de ejecución hipotecaria? Recordemos en primer lugar que éste se activa por el impago de algunas mensualidades del contrato hipotecario al banco acreedor, da lugar a la subasta del inmueble, provoca la pérdida de la propiedad por el deudor, y suele terminar con su desahucio, amén de quedar éste obligado a
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pagar la deuda no satisfecha por la venta de la casa (que se la suele quedar el banco por el 60% de su valor). Salvo que consiga que se acepte la dación en pago. Como se ha indicado más arriba, el problema en relación con los derechos fundamentales es que se trata de un procedimiento sumario con causas tasadas de oposición que no permite al deudor la invocación de derechos fundamentales en riesgo, ni siquiera en los casos en los que hay indicios de una práctica abusiva (si no directamente estafadora) por parte de la entidad bancaria al formalizar el contrato hipotecario, contrato cuyo cumplimiento se exige de forma rígida y apremiante. A partir de este planteamiento puede afirmarse que los derechos protegidos por el CEDH y sus Protocolos que se ven afectados por el procedimiento de ejecución hipotecaria son, al menos, los siguientes: el derecho a un juicio equitativo, el derecho a un recurso efectivo, la prohibición
de discriminación, la intimidad familiar y el derecho a la propiedad. Como puede verse, la limitación desproporcionada de ciertos derechos de naturaleza formal y garantista (la defensa, la eficacia de los recursos o la igualdad en los procesos) provoca necesariamente la desprotección de otros de carácter sustantivo, que no pueden ser invocados oportunamente en juicio (intimidad familiar, propiedad y, como se dirá más tarde, algunos otros). Argumentaciones al por qué 1. El Derecho a un juicio equitativo (art. 6 CEDH), también enunciado en otros documentos jurídicos como derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24 CE), comprende a su vez varios derechos, entre los que se encuentran el acceso a un tribunal, un proceso debido (con todas las garantías), y el derecho a la defensa. En el caso del procedimiento de ejecución hipotecaria en España, la evidencia es que éste no proporciona a las familias deudoras protección
Presentada la inconstitucionalidad -
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87 procesal suficiente para la protección de sus de- discriminación contemplada en el art.14 CEDH rechos. Éstas quedan indefensas al no permitir implica el derecho a no ser discriminados en rela Ley de Enjuiciamiento Civil la invocación en lación con los derechos y libertades que figuran ese procedimiento de otras causas de oposición protegidos en el CEDH y sus protocolos adicionaa la ejecución que las tasadas en ella (pocas y les. Entre estos el Protocolo 12 establece la proformalistas). Sin embargo, al existir en algunos hibición general de discriminación, disponiendo casos concretos derechos humanos en juego (la que el goce de todos los derechos reconocidos intimidad familiar, la educación de los menores, por la ley han de ser asegurados sin discriminala residencia, la propiedad de la vivienda familiar, ción alguna, en particular por razones de sexo, la salud, el trabajo…), enviar al deudor a un pro- raza, color, lengua, religión, opiniones políticas cedimiento diferente y ulterior (lo que al Tribunal o de otro carácter, origen nacional o social, perConstitucional le pareció suficiente para recha- tenencia a una minoría nacional, fortuna, nacizar la cuestión de miento o cualquier constitucionalidad otra situación. “El recurso al procedimiento del juez de SabaEn el caso que dell) que no impide nos ocupa se cuesla intromisión en tionaría la igualellos (pues no sus- procurar la garantía de los derechos dad procesal de pende la ejecución fundamentales del deudor” demandante y dey no evita la pérdimandado, a la visda de la propiedad ta del trato diferente y desproporcionadamente y el desahucio), pone en duda más que razonadesigual que, en el procedimiento hipotecario, ble la protección real de esos derechos. recibe la entidad bancaria demandante y la parte 2. En este sentido, y coherentemente con lo demandada, cuya vivienda familiar está en pelique acaba de decirse, puede ponerse en duda gro. Si en algún momento de edad decimonónica que la legislación española respete el derecho existieron argumentos que pudieron justificar la a un recurso efectivo que toda persona tiene posición de privilegio de las entidades bancarias cuando considera que los derechos y libertades acreedoras sobre los deudores particulares, en del Convenio le hayan sido violados, un derecho la actualidad dicha prevalencia resulta más que contemplado en el art. 13 CEDH. Como se ha difícil de argumentar. Fundamentalmente por dos dicho, el hecho de que exista la posibilidad de razones: la primera es que a día de hoy no pareincoar un procedimiento declarativo por la vía ce que se ponga en peligro el sistema crediticio ordinaria para demandar las posibles irregula- español por el hecho de que los jueces puedan ridades o abusos del contrato hipotecario, así dilucidar en ciertos casos la mala praxis de los como la desproporcionada incidencia en otros bancos acreedores y la desproporción que la derechos fundamentales del deudor, tales como la intimidad, la educación de los menores, o la propiedad privada, no garantiza en absoluto la eficacia del recurso. Es de sobra sabido que la duración de este procedimiento declarativo es mucho mayor que la terminación del ejecutivo, con lo cual, una hipotética victoria del deudor en aquél no impediría ni la subasta del inmueble, ni la pérdida de la propiedad del mismo, ni el desahucio, con todas las consecuencias vinculadas al mismo. En consecuencia, el recurso al procedimiento declarativo es del todo ineficaz para procurar la garantía de los derechos fundamentales del deudor. 3. Por su parte, la prohibición de
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88 ejecución hipotecaria (incluso cuando sea legítima) pueda suponer sobre los derechos fundamentales de los deudores. La segunda es que no parece ajustado a los principios generales del derecho que las entidades bancarias, protegidas por una posición de privilegio procesal, esquiven la responsabilidad que debe deducirse de sus propios actos, ya que no cabe duda de que en muchas ocasiones los criterios para conceder los créditos han sido más que discutibles. 4. En cuanto al derecho a la intimidad familiar (art.8 CEDH), éste es el derecho a disfrutar de las relaciones familiares sin interferencias externas, e incluye el derecho a vivir con la familia, evidentemente en un hogar familiar que debe ser respetado. En este sentido, no cabe duda de que el procedimiento hipotecario afectaría a la intimidad familiar por tratarse de un procedimiento dirigido a desposeer a una familia de su vivienda habitual. Debe tenerse presente que, para lo que aquí interesa, esta vivienda es una base material con un valor que va más allá de la simple construcción arquitectónica, pues se trata del lugar en el que se desarrolla habitualmente y de forma íntima y personal la convivencia familiar, con lo que ello supone para la vida digna de los padres y los hijos. Si la vivienda en propiedad no tiene carácter suntuario y es el espacio de convivencia del núcleo familiar, se entiende que la expropiación a una familia de ese hogar debe sostenerse en argumentos muy fuertes y debe guardar proporcionalidad con el fin perseguido. En consecuencia, el solo hecho de que estas circunstancias no puedan ser tenidas en cuenta por el juez que
dirige el procedimiento de ejecución hipotecaria -para tenerlas en cuenta o rechazarlas- vulnera el derecho a la intimidad familiar. 5. El derecho a la propiedad se encuentra protegido en el ámbito del Consejo de Europa por el art. 1 del Protocolo Primero del CEDH. Se trata del derecho de las personas a no ser desposeídas de sus bienes sino por determinadas causas. La intromisión ilegítima en este derecho permitida por la Ley de Enjuiciamiento Civil está muy vinculada a la anterior (derecho a la intimidad familiar). En efecto, dicha intromisión (ilegítima por desproporcionada) vendría determinada por la ejecución de un procedimiento judicial que, sin garantías de defensa suficientes para el demandado, está destinado a arrebatarle no cualquier tipo de propiedad, sino la propiedad de su vivienda habitual, del hogar familiar, una propiedad por tanto cualificada con una función que sobrepasa con creces el elemento puramente material que toda casa es, y cuya desposesión debe estar rodeada de garantías suficientes para el afectado. Si la casa no es suntuaria, si su compra ha estado favorecida por la falta de políticas favorables al alquiler para los más desfavorecidos, si en ella viven menores, personas ancianas, personas con alguna discapacidad, si concurren éstas u otras circunstancias análogas, comprobaremos que se trata de una propiedad cualificada por su función social, pues
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“El derecho a la propiedad se encuentra protegido en el ámbito del Consejo de Europa por el art. 1 del Protocolo Primero del CEDH. Se trata del derecho de las personas a no ser desposeídas de sus bienes sino por determinadas causas” protege a las personas de ver menoscabados sus derechos sociales. En consecuencia, si éstas u otras circunstancias están presentes en el caso concreto, incluso la licitud del procedimiento hipotecario por impago del crédito debería ser revisada por el juez, pues la realización de una norma legítima podría provocar una afectación desproporcionada a los derechos fundamentales de la familia desahuciada. El cumplimiento de la ley Es importante subrayar que aquí no se trata de negar a los principios generales de la contratación, ni su vigencia ni su efectividad. Por tanto, no se discute que el demandado que no cumple sus obligaciones hipotecarias se pueda ver privado de su propiedad “en las condiciones previstas por la ley”. Tampoco se discute que la puesta en marcha del procedimiento de ejecución hipotecaria que puede provocar la privación en cuestión persiga un objetivo legítimo, a saber, la aplicación del régimen general contractual. Menos aún se trata de poner en duda la competencia y legitimidad del Estado sobre la cuestión, pues entre sus funciones destaca la de legislador que debe regular tanto el régimen de la contratación hipotecaria como las limitaciones al ejercicio de los derechos fundamentales. De lo que se trata aquí es de reafirmar lo que el Defensor del Pueblo declaró en su Informe Crisis : actuaciones , a
saber, que la regulación del mercado hipotecario debe respetar el derecho a una vivienda digna y el ejercicio de los derechos constitucionales vinculados, y que la protección de estos derechos debe ser tenida en cuenta al interpretar las normas sobre concesión y ejecución de las hipotecas. Para el Defensor el derecho a la vivienda es un derecho social imprescindible. Y si bien su posición constitucional no es la que merece mayor protección (se encuentra en el Capítulo III del Título Primero de la Constitución, Principios rectores de la política social y económica, y sus garantías son las establecidas por el art. 53.3 CE), ni el CEDH lo incorpora entre sus derechos exigibles, no cabe duda que la vivienda es necesaria para desarrollar otros derechos constitucionales, como el derecho al libre desarrollo de la personalidad (artículo 10.1 CE), el derecho a la intimidad (artículo 18 CE) y, en suma, el derecho a la libertad (artículo 17 CE). En consecuencia, de lo que se trata en este artículo es de poner de manifiesto cómo la posición de privilegio de las entidades bancarias se instala también en un procedimiento legal de ejecución hipotecaria que se inhibe de forma absoluta no sólo de la posibilidad de que hayan existido irregularidades graves por parte de los mismos bancos a la hora de contratar, sino de la afectación desproporcionada que ese procedimiento sin garantías ha de producir a los derechos fundamentales de los deudores.
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90 mayor. Si la respuesta a la crisis se orienta exclusiva o prioritariamente con un enfoque económico, Europa perderá uno de los elementos que históricamente le han distinguido del resto del mundo, el empeño en la protección real de los derechos humanos.
Consecuencias directas de la recesión Uno de los peligros vinculados a la crisis es que la normatividad de los derechos, su exigibilidad, se vea matizada por las exigencias perentorias e inmediatas de la crisis y del sistema de mercado. Es decir, que el realismo jurídico aliado con la voluntad del más fuerte haga ineficaces las garantías constitucionales que protegen los derechos de los más débiles. Esto viene sucediendo en España desde hace unos años. Frente a este peligro, hay que defender que la primacía de la Constitución y de los derechos humanos reconocidos en ella (art. 9.1 CE), así como la de los tratados internacionales que protegen los derechos humanos incorporados al ordenamiento español (art. 10 CE), no decae como consecuencia de la afirmación de una especie de constitución material no aprobada políticamente, que en realidad representa unos intereses económicos muy concretos. Los derechos humanos no pueden bajar los brazos en momentos de crisis políticas, económicas o sociales, más bien al contrario. Es en estos contextos de dificultad cuando deben afianzar su fortaleza (fortaleza vinculada a su normatividad, a su justiciabilidad), y reivindicar su vigencia, pues los embates contra ellos son más intensos y la vulnerabilidad de las personas a las que protegen mucho
Ciertamente, el Derecho en general y los derechos humanos en particular cobran vida en contextos particulares, y su interpretación y alcance debe llevarse a cabo ponderando las situaciones en que se aplican. En el caso de la crisis hipotecaria en España las consecuencias sobre los derechos de las personas es evidente. Según los estudios utilizados por el Defensor del Pueblo para elaborar el Informe señalado más arriba, la factura social que en el ámbito del derecho a la vivienda y los derechos constitucionales vinculados se cobrará la crisis económica afectará (ya se está cobrando, ya está afectando) a más de medio millón de familias. Ante esta situación el Derecho no puede permanecer neutral. Como se ha dicho anteriormente, la trama de preferencias y privilegios que favorece a las entidades bancarias (desde el momento de la misma contratación de adhesión que supone la suscripción de la hipoteca por parte del particular, hasta la vía sumaria y sin defensas para éste que supone el procedimiento de ejecución hipotecaria), no se justifica en un Estado Social en que la igualdad y los derechos fundamentales dicen ser fundamento del orden y la paz social. Solo la inercia de lo ya establecido, el egoísmo de quienes disfrutan de ese trato desigual y la enorme capacidad de presión (control) sobre los representantes políticos elegidos democráticamente, pueden explicar la pervivencia de tan lamentable situación. Una vez cerrado (al menos de momento) la vía del Tribunal Constitucional, y a la espera de que en los próximas semanas o meses se pronuncie el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con la cuestión prejudicial que pone en duda la compatibilidad del procedimiento de ejecución hipotecaria con la Directiva sobre los derechos de los consumidores, queda la vía de la
91 demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos por vulneración de varios de los artículos de su Convenio y Protocolo Primero.
tación del CEDH a la luz de las condiciones de vida actuales (una figura bien arraigada en su jurisprudencia), y, en consecuencia, esperar de él una apuesta fuerte por la protección de los derechos. Una apuesta que evite, más allá de la realidad de la crisis, su debilitamiento normativo.
En este sentido, el Convenio Europeo de Derechos Humanos viene evolucionando desde su aprobación gracias a la interpretación que el Tribunal realiza de sus disposiciones, pues éste ha De ser así, de llegar al Tribunal alguna demanda entendido que el objeto y la finalidad del Conve- contra la regulación que la Ley de Enjuiciamiento nio implican que Civil establece sus disposicio“En el caso de la crisis hispotecaria para el procedines deben enmiento ejecutitenderse y apli- en España las consecuencia sobre los vo hipotecario, carse de forma derechos de las personas es evidente” sería esperable que las exigenuna resolución cias que contieque condenase nen sean concretas y efectivas. a España por mantener un procedimiento que vulnera el derecho a la defensa, la igualdad de Con su jurisprudencia, el Tribunal ha hecho del las partes, y la eficacia de los recursos, y que Convenio un instrumento vivo, ampliando los depuede tener consecuencias desproporcionadas rechos garantizados y permitiendo su aplicación sobre la intimidad familiar, el derecho a la proa situaciones que resultaban imprevisibles en el piedad y otros derechos de los deudores hipomomento de la adopción del Convenio. De modo tecarios. que es lógico esperar del Tribunal una interpreBIBLIOGRAFÍA - Aguilera Vaqués, Mar, “El reconocimiento del derecho a la propiedad privada y los límites a su regulación (art. 1 P1)”, La Europa de los derechos: el Convenio europeo de derechos humanos, Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, (2005), p. 767-800. - Casadevall, Josep, El Convenio Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal de Estrasburgo y su Jurisprudencia, Valencia, Tirant lo Blanch, 2012. - Fassbender, Bardo, “El principio de proporcionalidad en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, Cuadernos de Derecho Público, n. 5, 1998; p. 51-73.
- Kenna, Padraic, “El derecho a la vivienda en Europa: derechos positivos y derechos exigibles: según la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos,” Revista de Derecho Político .- n. 74 (2009), p. 479-501. - Lezertúa, Manuel, “El derecho a la vida privada y familiar en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, en López Ortega, J.J. (dir.), Perfiles del derecho constitucional en la vida privada y familiar, Madrid, CGPJ, 1996. - Utrilla Fernández-Bermejo, Dolores, Las garantías del derecho de propiedad privada en Europa: derecho de la Unión Europea y Convenio Europeo de Derechos Humanos, Cizur Menor (Navarra), Civitas.
Fernando Flores Giménez
Habilidades de la abogacía
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¿
Cómo hacer un escrito conciso, claro y preciso En qué persona debo elaborar un escrito de demanda? ¿Cuantas páginas debe tener?
Seguramente más de una vez te plantearás no sólo estas preguntas sino muchas más cuando te enfrentas a una hoja en blanco o a la página del procesador de texto en la pantalla del computador. Este artículo te ayudará en la confección de un escrito que se caracterice por su claridad, precisión y concisión. Unicamente a efectos de esquematizar los escritos judiciales, llamados también instancias en algunos de nuestras geografías judiciales, nos permitiremos “diseccionarlos” en al menos tres partes básicas diferenciadas: del procedimiento. Esto es, a) el destinatario, a quien se dirige –Juzgado, Tribunal, Audiencia, Sala, o cualquier otra denominación jurisdiccional--, b) quien suscribe, ya lo haga en nombre propio –como en la mayoría de los sistemas judiciales o por representación --caso del procurador o del letrado españoles-- y, c) de saberse, to o caso en particular.
El cuerpo del escrito Que contendrá los hechos que motivan nuestra actuación y, la mención expresa a la normativa legal, doctrina jurídica o jurisprudencia que la avale. Es esta parte donde deberás convencer relatando lo ocurrido y demostrando su legalidad. El petitum Esto es, lo que pretendemos del órgano juzgador al que nos dirigimos. El juzgador solo estará obligado a conceder –o denegar-- aquello que se pida, lo que se omita –o se obvía-- no existe. Huelga decir que hemos de ceñirnos estrictamente a las pautas procesales y sustantivas en la elaboración del escrito y en el respectivo planteamiento de sus partes, cualquier error puede acarrear la inviabilidad de lo hecho o vaciarlo de contenido. Por lo que nos centraremos en esta oportunidad tanto en lo que hemos denominado cuerpo como en el petitum ya que en ellos se centra el quid del asunto. Plasmar en un papel el esquema de lo que pretendas transmitir te ayudará a ver los distintos escenarios con los que te podrías encontrar y te facilitará,
93 además, a discernir lo importante de lo que no lo es. Empecemos por la concisión, el DREA nos aporta una terna de sus características, la brevedad de la expresión, la economía de medios en el modo de haPor lo que nos permitimos apuntar al respecto las siguientes sugerencias: directa, sin exceso de palabras. Contrariamente a lo que pudieras creer mientras menos frases largas utilices mejor se te entenderá. tener sentido propio y completo y no superará seis líneas de extensión salvo que sea imprescindible. Lo separarás notoriamente del siguiente texto.
que estén bien escritos y se adecuen a lo que pretendes. tinuidad cronológica, los “saltos” de tiempo solo se aspectos muy concretos. aquello que nada o muy poco añada. tras describir los hechos, para aplicar doctrina ciensea pertinente. En ella explica el tipo delictivo que corresponda –penal, civil, laboral o contencioso administrativo--, sus características, así como las conque te interesen. La idea es demostrar la vinculación de los hechos explicados con los tipos legales o con
La exactitud y la precisión en nuestro escritos son dos armas claves a la hora de realizarlos, y nunca debemos olvidar que la simplicidad es el mejor camino para realizar un buen documento término, utiliza sinónimos técnicos –la parte actora, el actor, el demandante, D./Dª nombres, Sr./Sra. Apellidos, el agraviado, mi representado, el querellante como ejemplos-- o pronombres personales. puedas.
la institución jurídica que interese relacionar. El vocablo Preciso Has de tu escrito una sucesión de situaciones que van llevando al lector de la mano aportándole cuanto precise para que alcance las conclusiones que le quieres mostrar para lo cual, procura:
tamaño de fuente 12, de la fuente que mas te agrade pero procura que sea agradable de leer como la Arial. Antes de terminar lee lo que has escrito en voz alta al menos 3 veces, corrige lo que no te convenza, elimina lo que esté de más. Cuida la ortografía.
cuanto debes exponer, no menos. Ten en cuenta que a mayor número de páginas, más has de esforzarte en mantener el interés de quien las lea. ¿A quién le sobra el tiempo hoy en día?
cho como para que permita su fácil lectura al ser incorporado a un cuerpo voluminoso. Si los usos y costumbres permitieran utilizar ambos lados del folio, ten la misma precaución con el margen derecho. Numera las páginas e indica la totalidad de folios. Respecto al concepto de claridad no perdamos de quemos lo que pretendemos decir:
tu causa, sean nacionales o de ámbito internacional, siempre y cuando sean pertinentes. Selecciona las que aporten mayor certeza y veracidad a cuanto dices y, de ser posible, siempre las de mayor rango. ción para que puedas ser halladas fácilmente y cotejadas.
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¡
Como entrar en Sala, con el menor daño posible
No hay nada como empezar con buen pie! ¿Es importante saber cómo acceder al sitio donde se realizará el juicio? En este artículo propondremos al lector una reflexión sobre un aspecto que es absolutamente trascendente a pesar de su escasa magnitud temporal y, además, sugeriremos algunas formas de resolverlo. Los nervios no entienden de excepciones, ¡nadie escapa a sufrirlos! y, son, además, absolutamente inoportunos. Una cosa es haber preparado bien un caso y otra, distinta, es la de presentarlo ante el Juzgado eficientemente. En este trabajo trataremos únicamente de la entrada a Sala, de esos minutos que ocurren desde que se le permite al abogado que entre al sitio donde ocurrirá el juicio, hasta que se le permite intervenir. Indistintamente de la legislación nacional y sus particularidades, cualquiera que sea el ámbito jurisdiccional –penal, civil, laboral, constitucional o contencioso-administrativo donde exista--, el abogado litigante ha de tener en cuenta los aspectos que comentamos a continuación. Prepara lo que llevarás. Ten contigo el material
que estimes necesario, fotocopias, dossieres, autorizaciones, apoderamientos, etc. Ten lustrados los zapatos que usarás y revisa la ropa que vestirás, !no dejes nada para última hora! Prevé con antelación las rutas posibles y sus alternativas. No descartes usar transporte público –autobuses, metro, taxis, tren, etc.-- en caso necesario. Y ten en cuenta, para situaciones extremas, el alquiler de vehículos –con o sin conductor-- y, ¿por qué no?, que familiares o conocidos te puedan llevar. Contempla, en términos realistas, tanto los tiempos de desplazamiento como de aparcamiento del vehículo que conduzcas y lo que tardarás en llegar. Pero plantéate siempre el peor escenario posible, calcula más tiempo para evitar que te afecten imprevistos. Si utilizas transporte público ten en cuenta los intercambios que fuesen necesarios y, en todo caso los posibles percances que pudieran ocurrir, huelga de conductores, cierres de carretera, que no fuera posible estacionar donde has previsto... Y no pierdas de vista lo que te llevará desde el sitio donde estaciones el vehículo –o donde te dejen-- hasta el local específico al que acudes.
95 Puede que precises vestir toga, pasar controles de vigilancia o inclusive realizar antes cualquier trámite en la oficina administrativa del Juzgado. Sopesa lo que implica en tiempo y dinero. Llega con tiempo suficiente. Lo ideal es que estés en la puerta al menos 20 minutos antes de lo previsto y lo aproveches para recomponer lo que harás ante el Juez y, sobre todo, cómo lo dirás. Recuerda que tu mensaje no está únicamente en lo que dices, sino también en cómo te expresas. Avisa con suficiente antelación a quienes han de presentarse ante el Tribunal --testigos, peritos, tu representado--. Cerciórate de que reciben y entienden fecha, hora y lugar al que tienen que acudir. Hazles llegar un mapa con la ubicación exacta --dirección y puntos de referencia--, advierteles
¡puede que no se escuche tu voz! o que el Juez y los demás presentes estén tratando otros asuntos cuando irrumpes, lo cierto es que, por la causa que fuera lo más probable es que no percibas que se te devuelve el saludo y ¡aquí comienzan los problemas!. Pensarás que algo estás haciendo mal, que le resultas antipático al Juez o cualquier otra cosa... Y solo porque no respondió un mensaje que no escuchó. Por eso mi sugerencia es que en estos casos bastará con que, si te ven al entrar, inclines la cabeza en forma de saludo y luego, únicamente cuando –ya en la actuación protocolar--, te den la palabra por vez primera saludes adecuadamente de esta forma:
La imagen que se de al entrar en Sala es de vital importancia, ya que se convierte en tu primera carta de presentación, tanto ante el Tribunal como ante todas las personas que están dentro que han de estar al menos media hora antes y de lo que han de llevar –documentación de identidad así como cualquier otra que sea pertinente--. No olvides dejarles claro cómo han de presentarse --vestuario, educación al intervenir, etc.Toma nota de al menos dos teléfonos de contacto, preferiblemente de telefonía móvil, para poder comunicarte con ellos en caso de que sea preciso. Cuando te llamen para entrar, no corras. Detente, respira profundamente y solo entonces dirígete con paso firme y calmo. Poco importa que te apuren, no olvides que eres la voz de tu representado, defiendes sus intereses y tu participación en el juicio es tan importante como la del Juez.
Con esto será suficiente, te sentirás mejor contigo mismo, no te harán sentir mal los demás y podrás participar tal como habías previsto. En España se acostumbra, cuando es primera vez que se litiga ante el Juez/Tribunal, acercarse ante Señoría – o cualquier otro titulo sea el titulo que le otorga el sistema judicial-- y antes de ocupar su sitio, acercarse y mencionar esta circunstancia. Sería algo así:
Tras lo cual se pasa a ocupar el respectivo sitio. Así que, recuerda:
¿Qué imagen crees que proyecta quien entra de manera apresurada a tratar un asunto de especial importancia para su representado?
(material, fotocopias, documentos, vestimenta);
No se trata únicamente de que se te vea nervioso, que el tiempo te controla y parezca que llegas tarde, ¡es mucho más que eso!.
cliente, peritos, testigos);
¿Cómo te sientes yendo de prisa dentro de la Sala? ¿Por qué corres?
que ocupa tu tiempo, ¡es muy importante!;
Recuerda que lo que pienses de ti se exteriorizará ante los demás.
presentes no te prestan atención;
No es necesario que saludes desde la entrada,
de hablar.
¿
A quién crees que debes cuanto tienes? ¿Cómo has llegado a ser lo que eres ahora?.
A lo largo de esta serie de artículos podrás comprender el papel que juegan los pensamientos y hábitos en tus acciones y cómo, las emociones son el catalizador de tus resultados en todas las áreas de tu vida. Creemos que puedes alcanzar lo que te propongas si entiendes y llevas a la práctica adecuadamente la siguiente fórmula. Todos tus Logros, sean considerados por ti éxitos
Sencillo, ¿verdad? Pues no… Lo cierto es que, parafraseando a Aristóteles a quién se le atribuye esta muy válida fórmula, “Somos lo que hacemos día a día; la excelencia no es un acto, sino un hábito”. No nos angustiemos, en el problema está su solución. En principio bastará con cambiar paulatinamente aquello que deseamos para obtener un resultado distinto. Quizás no ocurra tan rápido como queremos pero, ¡también te esforzaste mucho para consolidar lo que deseas cambiar!. Así que, te queda sólo dos cosas por hacer. Identi-
emociones + pensamientos + hábitos + acciones
=
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Presente + Futuro ó fracasos, importantes o intrascendentes, son hechura tuya, de tu única responsabilidad. Lo más probable es que no seas consciente de ellos, ni de cómo ocurrieron en tu vida, pero aparecieron --o ¿los hiciste aparecer?--. Son parte de ti, forman tu bagaje profesional ó personal y ahí quedarán hasta que otros ocupen su lugar. Sostenemos que nada es casual, muy al contrario, ¡todo es causal!. Cuanto acontece es debido a una causa sea o no pretendida, la conozcas o la ignores por completo... El paradigma orteguiano --Yo y mis circunstancias – explica muy bien cómo pensamientos que haces tuyos y que se consolidan en hábitos pasa. Respecto al pensamiento, primero de los elementos que has de tener en cuenta, no solo genera acsino que es, a su vez, afectado por la cuanto constituya tu práctica habitual. A fuer de actuar de una manera determinada, de temente tu opinión y tu forma de ser. Se trata de un bucle que puedes alterar de una única forma, variando tanto de hábito práctico como mental.
tinamente aquellos cambios necesarios para romper el ciclo de reforzamiento. ces y piensas. Esta coherencia, aunque a los ojos de otros no exista, no es más que uno de los mecanismos con los que la mente “repara” lo que ocurre día a día. Se trata de una pauta necesaria para sobrellevar las complejas relaciones que tenemos con otros y ¡con nosotros mismos! ¿Qué entendemos por pensamiento en este artículo? Se trata de cualquier actividad mental consecuencia de interacciones con el entorno o producto de El pensamiento está íntimamente vinculado con información que es aportada tanto por los canales de percepción que provienen de los sentidos, las sensaciones corporales --temperatura, orientación, etcétera-- así como por otras fuentes. ¿Cuantos pensamientos puede llegar a contemplar el ser humano? Es imposible calcularlo. Son numerosos los factores que deben ser tomados en cuenta, además ¡cada persona es un mundo!, ¿cómo
97 saberlo? ¿Cómo sabríamos que hemos hecho los cálculos correctamente? A pesar de la inviabilidad de su cómputo, hubo quien se aventuró a dar una Hace más de una década, Mike Holderness publicó un artículo en la revista New Scientist de junio del 2001 –en su número 2.295 – explicando que teniendo en cuenta la cantidad aproximada de neuronas –células del sistema nervioso especializadas en la transmisión de percepciones-- que poseemos de promedio y el número de conexiones que tienen unas con otras las estimaba en la increíble cantidad de 10 elevado a 80.000.000.000.000. Lo que difunden a lo largo y ancho del cuerpo humano estas neuronas es la materia prima con la que se elaboran cuanto pensamos y sentimos. La cifra, espectacular, debe llevarnos a una imporideas, sentimientos y percepciones. Bien, ya sabes --¡si te sirve para algo!-- tu inmensurable aptitud y ¿cómo utilizarla? Como ves todo pasa por la forma en que percibes, portante, decidir cómo te afectará lo que ocurra a tu alrededor si decides mantener una actitud de expectación. El DRAE nos lo explica muy bien: Expectación,1. f. Espera, generalmente curiosa o tensa, de un acontecimiento que interesa o importa. Opta, por favor, por la espera curiosa. Puedes elegir cómo enfocar tus experiencias, qué aprender de ellas, qué oportunidades te ofrece. Nos disgusta el cambio, pero ¡es todo lo que tene-
Pensamientos
mos!: Como jurista es tu única constante profesional. El cambio es, con el dolor humano, la materia prima que trabajas. He aquí algunos conceptos que te pueden aportar alguna ayuda. Dirige tu atención hacia lo que te interese en cada momento. Obvia --¡no ignores!-- todo lo demás. Haz un esfuerzo y halla al menos algo positivo, útil para ti, en todas las circunstancias de tu día a día. Aprecia los aspectos negativos pero no te centres en ellos porque siempre obtendrás únicamente aquello en lo que decidas enfocar tu a t e n ción. Cuando debas cumplir una tarea concreta, céntrate principalmente en ella. No prestes mayor interés a nada más, es así como se bloquea la irrupción de otros distractores. Priorízala y ponte un límite temporal y de recursos –tiempo, dinero, contactos, etc.--para alcanzarla. Es muy importante que halles motivos que te animen a culminarla. Fragméntala en “partes” –hitos, dedicación en el tiempo, ¡lo que sea!—pero que te permitan abordarla más fácilmente. Desarrolla la “necesidad” de terminar cuanto antes lo que te hayas propuesto hacer. Averigua en qué condiciones trabajas mejor --de noche, en las tardes, con gente o en silencio, en el despacho o en un lugar público, etc.--, ¡conócete! ¿Cómo? Haz pruebas hasta darte cuenta de lo que te resulte fácil, agradable. ..continuará...
Hábitos
EMOCIONES
Acción/omisión
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Objetivos y tiempo, ¿combinación posible?
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l tiempo es el único de los recursos que no puede ser recuperado de ninguna manera. Contrariamente a lo que creemos el tiempo no se puede comprar, en el mejor de los casos elegirás que hacer directamente y que encargar a otro, pero poco más. Por eso gestionarlo adecuadamente se convierte, cada vez más, en una necesidad de primer orden. ¿Cómo hacerlo? ¿Existen técnicas para gestionarlo mejor? ¿Por donde empezar? Presentaremos a continuación una serie de consejos que te ayudarán a recuperar paulatinamente el control de tu tiempo. Hablamos de recuperar el control porque cuando estás haciendo algo que te gusta tienes la sensación de que no lo desperdicias. Y este es el quid del asunto, hablamos de percepciones, de impresiones que puedes tratar.
des decidir su trascendencia y si te satisface. Bastará con que enumeres de la manera más concitivo en tu vida --la familia, tu profesión, la salud, ganar dinero, tu estado físico, comprar una vivienda, cambiar de automóvil, estudiar una segunda carrera, independizarte como abogado en un despacho propio, ser el abogado más preciado de tu país, lo que sea que te motive hacer--. Enuncia claramente sus detalles, sus pormenores de tal forma que puedas saber, en todo momento, cuan cerca estás de él. Asígnale un valor de cero –el mínimo-- a diez como máximo para ordenarlos en orden importancia para tí. Esta lista, sin importar cuantos elementos contenga, es la relación de logros que conscientemente quieres alcanzar.
el uso de tu tiempo se convierte en uno de los ejes claves en los que efectivamente puedes hacer algo.
Plantearte cuan importantes son realmente te podría llevar algo de tiempo, no pretendo desalentarte pero
Para lo cual bastará con que te conciencies de tus intereses –sean cuales fueren-- y ajustes tu agenda entre lo que realmente te gustaría hacer y lo que otros quieren que hagas --y debas irremediablemente acatar--.
Pero, ¡ya tienes algo! Parte de estos mínimos y cuancártalos inmediatamente! Pero trabaja desde ahora con ellos.
Por lo que deberás sincronizar dos tareas, lo que quieres hacer y lo que otros quieren que hagas. Aunque parezca increíble la primera de ellas es más difícil que la segunda.
¿Qué pasa si no te animas a descubrir lo que te motiva? Nada grave, seguramente te estás moviendo alrededor de objetivos ajenos hasta que te animes a descubrir los tuyos propios. Cuando sea necesario para tu crecimiento personal empezarás a sentir cierta insatisfacción que te motivará a buscar proyectos por emprender.
Vemóslas vemente.
bre-
En primer lugar deberás identitus verdaderos objetivos, esto es, lo que resulte realmente importante para ti. No cuenta para nada su nivel de tico que sea o si es alcanzable o no, sólo tú pue-
Ahora tendrás que “materializarlos” de alguna manera. En algún momento deberás dar el primer paso –estar más tiempo con tu familia, lograr algún triunfo profesional, ir al gimnasio, em-
99 pezar a cobrar más o al menos cobrar, buscar la vivienda más adecuada, mirar automóviles, inscribirte para
rate de que se entienda con claridad qué se pretende y cómo se puede constatar su cumplimiento.
Por lo que tendrás que asignarle recursos –fecharlo en la agenda, realizar alguna actividad, invertir dinero, etc.-- para ese paso inicial y para los siguientes.
Propón una agenda de seguimiento que asegure soluciones alternativas en caso de errores.
Lo que has hecho hasta ahora es pensar en lo que quieres en tu fuero interno y posibilitar su viabilidad poniendo en marcha tiempo y lo que haga falta, ocupémonos ahora de tu otra realidad – lo que quieren los demás que hagas con tu tiempo --.
del día, de la semana actual y de la siguiente.
Este segundo paso precisa de que distribuyas en el tiempo todas las tareas que pretendas cumplir y las En este punto te resultará de utilidad priorizar las necesidades ajenas y organizar su realización. Lista todos los compromisos, ¡no dejes ninguno fue-
Cuando te levantas has de saber lo que debes hacer ese día y antes de dejar el despacho tras comprobar lo realizado en la jornada has de saber lo pendiente para el día siguiente. tes a temas que no te resulten fáciles no los aplaces. lación y prevé su entrega para una fecha muy anterior a la requerida. Planteate hacerlo por partes o dedicándoles espacios de tiempo de quince/veinte minutos
La necesidad de controlar nuestro tiempo es un hecho que cada vez tienen más importancia en la sociedad actual, ya que es fundamental para la realización de todos nuestros objetivos ra!, detecta cuales son las más importantes –por quien las encargó, por sus consecuencias, o cualquier otro motivo que consideres válido-- y contempla cómo realizarlos afectando lo menos posible la ejecución de tus objetivos personales que hemos tratado en el primer punto. Veamos ahora algunas sugerencias que podrían ayudarte.
continuos para no agobiarte y que retomarás tras una interrupción de cinco a diez minutos. solo una vez en la mañana y otro tanto en la tarde. Prepara las carpetas que sean necesarias para que no pierdas tiempo buscando un correo –sea por casos, por clientes, asuntos urgentes, por meses o como consideres--. Todo e-mail que llegue deberá ser archivado apenas leas su contenido de tal forma que el área de entrada esté libre de novedades.
son más notorios y no siempre inmediatos. todo el material que pudieras requerir antes de iniciar cualquier trabajo. considera si pueden hacerlo–ten en cuenta aspectos
Ten en cuenta lo efímero de la información que estás tratando. Si el mensaje no requiere una actuación urgente, no es de utilidad esta semana ni siquiera durante el mes en curso, seguramente debas considerar eliminarlo o archivarlo en la carpeta “útil este año 2013”.
Florentino García González -
Elecciones al Decanato del Colegio de Abogados de Madrid
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Elecciones
l pasado 18 de diciembre tuvo lugar en la capital española las elecciones al decanato del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (ICAM). Tras una campaña electoral realmente reñida y controvertida, y después de una larga noche electoral, el 27 de diciembre la Comisión Electoral hacía publico los resultados de las votaciones y proclamaba a Doña Sonia Gumpert decana del ICAM. Finalmente fueron 14 candidaturas las que se presentaron a estas elecciones, un hecho realmente insólito dentro del Colegio de Abogados, ya que por primera vez las votaciones contaban con un número tan elevado de candidaturas. Esta situación ha hecho que durante toda la campaña electoral los candidatos a decano fueran mucho
ses, podemos decir que los abogados han cambiado su forma de comunicar, ya que han sido numerosas las fórmulas utilizadas para ello, y sobre todo se han utilizado por primera vez herramientas on line para llegar a los abogados, como por ejemplo el debate en Twitter en el que participaron algunas de las candidaturas. Gran índice de participación Uno de los grandes logros de estas elecciones al Colegio de Abogados de Madrid, ha sido el índice de participación que ha habido, algo que ha sido realmente valorado tanto por la candidaturas como por los propios colegiados. Una de las grandes preocupaciones por numerosas candidaturas era la escasa participación
Sonia Gumpert, nueva Decana del I más activos a la hora de presentar sus propuestas a todos los colegiados madrileños. Por otro lado, el hecho de tan elevado número de candidatos también ha ocasionado numerosas controversias entre las diferentes candidaturas, ocasionando en algunos momentos situaciones poco usuales dentro de un gremio como el de la abogacía. Además de los candidatos, las redes sociales han sido un claro protagonista en estas elecciones, ya que todas las candidaturas los han utilizado como un arma primordial para darse a conocer. Twitter, facebook, linkedin, páginas web... han estado muy presentes durante toda la campaña electoral, algo que ha servido para que estas elecciones hayan tenido un gran seguimiento tanto por los medios de comunicación como por todos los ciudadanos. Tras todo lo ha acontecido en los últimos me-
que los abogados han mostrado siempre en las urnas. En las últimas elecciones, celebradas en el 2007, no llego a un 10% los colegiados que acudieron a las urnas, y esto ha supuesto durante toda la campaña electoral una gran confrontación entre diversas candidaturas, ya que algunas de ellas acusaban al recién salido Decano, Antonio Hernández-Gil de no querer una gran afluencia de votantes, ya que ello “dispersa el voto”, coincidían en asegurar numerosas candidaturas. El pasado mes de diciembre fueron 8,998 abogados (7.746 ejercientes y 1.254 no ejercientes) los que acudieron a las urnas, lo que significa un 13,94% de participación. La actual Decana, Sonia Gumpert, asegura que este ascenso en el índice de partipación demuestra “las ganas que los abogados tenían de un cambio”, ha asegurado. Para la señora Gumpert este cambio en la abogacía era algo absolutamente necesario en la situa-
ICAM 2012 ción actual que está viviendo la abogacía, y tiene muy claro que este cambio debe realizarse “desde la ilusión y la esperanza, desde el consenso y el diálogo”, comentó al Foro Jurídico Iberoamericano. Confrontaciones en la noche electoral A las 20:00 del pasado 18 de diciembre se cerraba el Palacio de Congresos de Madrid, sede electoral de las votaciones al Colegio de Abogados y comenzó el recuento de votos, pero la noche no sería tan “normal” como todos esperábamos, ya que pasadas una pocas horas comenzaron las primeras confrontaciones entre las candidaturas por supuestas irregularidades a la hora de promover el voto. Finalmente la Policía tuvo que acudir al Palacio de Congresos, la Co-
didatos tuvieron hasta el viernes 21 de diciembre para presentar sus alegaciones. Por su parte la Comisión Electoral se presentó en el Juzgado de Guardia para custodiar los ordenadores portátiles con los que se había estado trabajando en el Palacio de Congresos y en los que supuestamente estaban los datos de los colegiados. Tras la presentación de las alegaciones por parte de todas las candidaturas, la Comisión Electoral emitió un comunicado oficial por el cual aseguraba que no existían pruebas suficientes para la nulidad de los resultados y por ello proclamaba a la Junta de Gobierno, y con ello Sonia Gumpert se proclamaba Decana del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, lo que la convierte en la primera mujer Decana en toda la historia del ICAM.
Ilustre Colegio de Abogados de Madrid misión Electoral se reunió para valorar estas acusaciones, y a las cinco y media de la madrugada se suspendía la proclamación de los resultados de las votaciones. El principal problema que suscitó todas las confrontaciones fue el hecho de que numerosas candidaturas pusieron en conocimiento de la Comisión Electoral que determinadas personas, supuestamente afines a la candidatura de Sonia Gumpert, había utilizado la base de datos electoral para llamar a aquellos abogados que no habían acudido a las urnas y proporcionarle un medio de transporte para que acudiera a votar. Siete de las candidaturas firmaban un comunicado conjunto con el que se pedía la nulidad de las elecciones, por supuestas irregularidades tanto en la campaña electoral como durante el día de las votaciones. La Comisión Electoral decidió no hacer públicos los resultados y todos los can-
Tras conocerse la resolución de la Comisión Electoral la señora Gumpert quiso agradecer a los abogados madrileños la confianza depositada en ella, y quiso destacar “la serenidad que se ha mantenido por parte de los abogados ante la incertidumbre creada”, afirmó a este medio. “He resultado elegida por una abrumadora mayoría de la abogacía madrileña, y las impugnaciones contra mi candidatura han sido totalmente desestimadas por la Comisión Electoral del Colegio de Abogados de Madrid”, nos explicó la actual Decana del Colegio de Madrid. Para Sonia Gumpert una de las prioridades que tiene es crear un Colegio “moderno, cercano, eficiente y comprometido, donde todos los colegiados participen y colaboren en la vida colegial, en definitiva, quiero un Colegio de todos y para todos los abogados”, explicó al Foro Jurídico Iberoamericano.
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Sonia Gumpert Queremos un colegio abierto al colegiado Sonia Gumpert se licenció en Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid, se colegio en el ICAM en el año 1993, y el pasado mes de diciembre se convertía en la primera mujer Decana del Colegio de Abogados de Madrid en los 400 años con los que cuenta esta Ilustrísima Institución. El próximo 15 de enero de este año recién estrenado tomará posesión de su cargo y comenzará a trabajar en todos los puntos que ha defendido en su candidatura. Foro Jurídico Iberoamericano.- ¿Cuáles son las bases principales de su candidatura?
FORJIB.- ¿Las Administraciones han dejado de lado al sector de los abogados?
Sonia Gumpert.- Lo que nosotros queremos hacer es un colegio abierto al colegiado, que este en contacto con él, que le de servicios, que le tenga en el centro de su actividad y en su objeto, que realmente
S. G.- Sin duda alguna el abogado se ha apartado de la vida social porque no ha estado debidamente representado, y el Colegio de abogados de Madrid ahí tiene un papel importante porque aglutina a más del 50% de la abogacía española en cuanto al número, pero sin duda ni el abogado, ni el colegio y ni las instituciones de la abogacía han estado presentes y por tanto la Administración tampoco nos ha tenido en cuenta.
estatutos. FORJIB.- ¿Por qué cree que están sufriendo un desprestigio los abogados? S. G.- Yo creo que precisamente porque el colegio de abogados no ha defendido al abogado. El colegio ha dejado solo al abogado en el día a día y singularmente con el tema de las escuchas del caso Gürtel.
Uno de nuestros reproches a la abogacía es que hemos salimos a la calle a manifestarnos y a quejarnos cuando el daño ya está hecho, cuando nuestra obligación es estar en la gestación de las leyes, y para ello nosotros tenemos una medida que es la de hacer una
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Administración y poner todo de parte del Colegio para que la gestión sea transparente, rápida y ágil, con la implantación de un expediente electrónico. FORJIB.- ¿Qué sería lo primer que cambiaría en el Colegio?
Sonia Gumpert, habla con Ana Botella ( Alcaldesa de Madrid) durante las elecciones
comisión de seguimiento. FORJIB.- ¿En qué va a repercutir la nueva Ley de Tasas?
S. G.- Primero habría que esperar a ver todo por dentro, ya que los procesos de trabajo y la distribución de los medios del colegio no los conocemos, ya que hasta ahora no se ha sido transparente en ese sentido. El funcionamiento del Colegio y como se organiza por dentro es un gran misterio para todos los colegiados que no hemos estado allí, y por eso primero debemos ver “como están los armarios”, y una vez visto, reorciente. FORJIB.- Ha sido una campaña electoral realmente movida y con una gran número de candidaturas, ¿cómo la han vivido?
S. G.- Sin ninguna duda el impedir, por razones ecoS. G.- Este proceso ha sido interesante, efectivanómicas, el acceso a la justicia a una gran parte de los mente ha sido ciudadanos, para muy distinto a los mí a la clase me“Uno de nuestros reproches a la anteriores procedia, a la que se liabogacía es que hemos salimos a la sos electorales mita la decisión de Colegio, le ha acceder a la justicalle a manifestarnos y a quejarnos del dado más viveza y cia o no en función más interés, pero cuando el daño ya está hecho” de su capacidad también ha habido económica, y eso momentos en los es algo totalmente injusto porque es un derecho fundamental que el Esta- que no se ha estado a la altura por parte de algunos adversarios. Yo creo que si hay 14 candidaturas, que do tiene que garantizar. es algo inusitado, es porque hemos reactivado y desA mi lo que me parece más llamativo es la desigual- pertado el interés del colegiado, algo que ya es un lodad que se ha generado al poner en la misma situa- gro por parte de todas las candidaturas. ción a las personas físicas que a las jurídicas, y eso es injusto porque la situación objetiva de una persona jurídica no es la misma que la de una física. Además las tasas son desproporcionadas, es decir, en el tramo más bajo son tan altas que no tienen proporción con la cuantía que se reclama y en los tramos más altos son tan elevadas que prácticamente impiden el acceso salvo para las grandes empresas. cuáles son las medidas que van a tomar? S. G.- Nosotros lo que creemos que tenemos que hacer es gestionarlo a través de diputados de la Junta mos tres que están dentro de él. Lo que creemos que se debe hacer es negociar con
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Necesitamos una mejor comunicación Foro Jurídico Iberoamericano.¿Cuáles son los puntos débiles actuales del Colegio, dónde se debería seguir trabajando? Antonio Hernández Gil.- Yo creo que en toda organización hay un proceso de modernización y de adaptación a la realidad que no acaba nunca, y el colegio de abogados de Madrid es un colegio que tiene 400 años, que ha tenido Juntas de Gobierno de Decanos anteriores cada una de ellas de mucha duración y esa transformación hay que hacerla con cuidado. Pero para dar un ejemplo concreto, yo creo que necesitamos más presencia en los medios y en FORJIB.- ¿Qué valores debe tener un buen Colegio? A.H.G.- Los Colegios de abogados tenemos que centrarnos cada vez más en nuestras funciones e intereses sociales y generales, tenemos también que dar los mejores servicios a los colegiados, ya que tenemos que ser conscientes de que en el año 2012 funciones sociales. Lo que tenemos que hacer en el Colegio es imbricar ambas cosas, ser conscientes de que nos justipero también dar claro servicio a los colegiados, pero hacer ambas cosas de una manera complementaria, y este es el gran reto que tienen todos los colegios de abogados en el siglo XXI. FORJIB.- ¿Por qué cree que los colegiados ven tan lejano el Colegio? A.H.G.- En primer lugar sucede que somos muchos los colegiados, y eso es un problema que aleja aunque solo sea por el número, pero yo creo que tenemos que fomentar la participación, y para eso debemos hacer un colegio más atractivo y tenemos que reformar los estatutos, que a pesar de que son prácticamente recientes, son de concepto muy antiguos y no favorecen nada la participación de los co-
de las elecciones, si no en la vida normal del colegio, y nuestra candidatura en eso sí tiene planteado, con plazos a los que nos comproreforma estatuaria que nosotros ya comenzamos. FORJIB.- ¿Cómo ha evolucionado el Colegio en estos cinco años que usted ha sido Decano? A.H.G.- Ha evolucionado fortaleciendo sus cuentas y desarrollando una enorme cantidad de servicios. Cuando se dice que el colegio se ve lejano, yo siempre digo que pregunte usted a los 3.500 abogados que reciben ayudas económicas del colegio, pregunte a los 10.000 abogados que cada año pasan por el centro de estudios, pregunte a los abogados que usan nuestras bases de datos de jurisprudencia gratuita que ha recibido 150.000 consultas el año pasado, es decir, yo creo que el colegio es más moderno, tiene mejores servicios y está económicamente saneado y todo eso se ha conseguido con un crecimiento de las cuotas de un 2% en cinco años algo que es prácticamente marginal, y yo de eso me siento satisfecho, pero lo que tenemos es que dar a conocer mejor al Colegio.
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El Colegio tiene que transformarse FORJIB.- ¿Por qué los colegiados ven tan lejana una institución que es suya? J.C.- La ven tan lejana porque todos estamos buscando oportunidades y hasta la fecha el Colegio no se ha visto como un generador de oportunidades, tiene que empezar a hacer cosas que sean valoradas como útiles, atractivas e interesantes para el desarrollo profesional de cada uno de sus miembros. FORJIB.- ¿Qué peso tienen las nuevas tecnologías en este rejuveneciendo del Colegio? Foro Jurídico Iberoamericano.- ¿Por qué cree que se ha perdido el prestigio de los abogados? Javier Cremades.- Las instituciones que nos representas, principalmente el Colegio de abogados, han dejado de participar en los debates públicos, cediendo espacio y dejando de protagonizar estos debates. El problema es que nuestras instituciones no han estado cerca del poder político para anticiparse, y para hacer valer realmente el peso que tenemos en la sociedad. FORJIB.- ¿En qué situación se encuentra actualmente el Derecho de defensa de los ciudadanos? J.C.- La realidad es que los abogados de Madrid entienden en términos muy generales que no son respectados en el ejercicio del Derecho de defensa de sus clientes. En cuestiones importantes como el tiempo, el trato y la consideración hay mucho que dos, si no en el propio funcionamiento de la justicia FORJIB.- ¿Qué se debe mejorar para que el Colegio de Abogados de Madrid sea realmente útil? J.C.- El Colegio no solo tiene que mejorar sino que tiene que transformarse en una institución moderna, innovadora, cercana a los colegiados, abierta a la sociedad, y útil para representar una profesión vanguardista y moderna que tiene que recuperar espacio en la sociedad
J.C.- Toda organización o persona que quiera comunicarse en un entorno global, sofisticado y complejo tiene que apoyarse también en las nuevas tecnologías para entender lo que pasa, para trasladar su mensaje, para competir, para participar y para interactuar. FORJIB.- ¿Por qué da la sensación de que los abogados o el Derecho en general está alejado de las nuevas tecnologías? J.C.- Es un oficio ligado tradicionalmente a los códigos, al papel, pero actualmente ya hay miles de abogados que utilizan las nuevas tecnologías, ya que son un complemento más para generar confianza en su entorno, y esto es a lo que nos dedicamos los abogados utilizando el derecho.
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Lo primero será defender al colegiado Foro Jurídico Iberoamericano.- Uno de los principales motivos que le lleva a presentarse a Decano fue el no sentirse respaldado en cuanto al tema de las escuchas en el caso Gürtel, ¿qué cree que debió hacer el Colegio? Ignacio Peláez.- Sinceramente es que el Colegio no hizo nada. El Colegio había acordado que, después de la gravedad de los hechos de haberse intervenido las comunicaciones entre abogado y cliente, si el ministerio fiscal o cualquier de los organismos públicos a los que se habían presentado no inicia un procedimiento penal contra el señor Garzón el Colegio lo iniciará, e incumplieron el compromiso de la Junta y su palabra. Lo que el actual decano en funciones, Antonio Hernández Gil, tenía que haber hecho es dirigir una querella, como se había comprometido, contra el auto principal de esa violación del derecho del ejercicio, es decir, contra el señor Garzón, y no lo hizo. Lo que yo pedía, además de responsabilidades personal, es que el Tribunal Supremo me amparara como ciudadano que quiere ejercer libremente en mi país la abogacía. Y yo me presentó a Decano porque tengo demostrado que si voy a hacer cosas por el Colegio y que no me voy a arrugar ante nada. FORJIB.- El desprestigio de la abogacía es un tema que les preocupa a todas las candidaturas, ¿por qué cree que se ha llegado a esta situación? I.P.- Pues desgraciadamente porque el decano en funciones no se hace respetar, y él es el que tiene que ser la cabeza de la abogacía, ya que si no tienes un decano valiente y fuerte que haga respetar a la profesión pues la gente no lo tiene en cuenta. FORJIB.- ¿Si llega a ser Decano cuál va a ser
el primer compromiso que cumpla? I.P.- Defender al colegiado, defender a la gente que puede tener problemas como los que tuve yo, cuando tenga algún asunto en el que les violan o les vulneras sus derechos, el Colegio va a ser el primer que este allí. Y luego, dentro del colegiado, el tema del turno de oficio, y de la bolsa de trabajo. FORJIB.- ¿Por qué existe tanto absentismo en las votaciones al Colegio de Abogados de Madrid? I.P.- Porque la gente tiene cierta dejadez y desidia hacia el Colegio y no se ha hecho nada para solucionarlo. A los candidatos no se nos ha facilitado el censo electoral, y eso es porque no quiere que contactemos con ellos y les animemos a votar. El censo lo tiene Hernández Gil y hace lo que quiere con él, lo que nos dice es que enviemos todas nuestras candidaturas y que será el “papá” Colegio el que lo hará llegar a los colegiados, pero yo he hablado con muchos compañeros y no les ha llegado nada. Yo lo que quiero es que la gente sepa que vale la pena ir a votar, que hay que intentar que el colegio no sea de los de siempre y que no lo vean únicamente como algo obligatorio para poder ejercer como abogado, si no que además, ya que pagas una cuota, que el Colegio te preste unos servicios. FORJIB.-¿Hay algo bueno en el colegio actual? I.P.- Pues desgraciadamente tengo que decir que no, en cinco años que ha estado el decano en funciones todo ha sido opaco, oscuro, no he visto ningún servicio que se de al colegiado, ni que se le respalde. Siento ser tan negativo, pero yo creo que esa es la realidad. Todo esto lo digo con un profundo respeto como persona y como profesional del señor Hernández Gil.
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Hay que cambiar el absentismo de los compañeros tabas, cada vez tendremos menos participación, y el problema de esto es que si vamos cediendo nosotros mismo posiciones sociales que no deberíamos haber decido, llega un momento que ni siquiera se acuerdan de que estamos. FORJIB.- ¿Qué sería lo primero que se debería cambiar del Colegio?
Foro Jurídico Iberoamericano.- ¿Cuáles son los pilares básicos de su candidatura? Por una parte el hacer un Colegio visible, no solo en la sociedad, si no sobre todo a los compañeros. Desde la perspectiva colegial se pretende que el abogado sepa que el Colegio responde por él y que la sociedad sepa que hay un colegio donde puede acudir y donde puede pedir acogimiento si lo necesita. FORJIB.- ¿Cómo piensa acercar el Colegio a los abogados madrileños? Tenemos que conseguir cambiar la mentalidad de que el Colegio es un mero recaudador de cuotas, se ha conseguido incentivar más al compañero y hacerle ver que si él cambia su Junta de Gobierno también consigue cambiar su Colegio. Por otro lado, queremos darle presencia desde el principio, dándole una participación presupuestaria, para que sean los compañeros quienes decidan cuales son las necesidades prioritarias. FORJIB.- ¿Por qué el abogado ha dejado de ser escuchado en la sociedad actual? Sin afán de protagonismo, pero somos la voz prinque tenemos, porque somos los que la acercamos a un órgano jurisdiccional, a los medios de comunicación… pero luego a la hora de hacer una legislación no se toma en consideración. A esta situación se ha llegado por la dejadez de las propias corporaciones profesionales, ya que si no ha-
Lo primero que hay que cambiar es el absentismo de los compañeros. Hay que hacerles necesario su colegio, y otra de las primeras también sería tramitar el voto electrónico, ver que posibilidades hay, cuales son los tema de justicia gratuita. FORJIB.- ¿Qué necesita el propio abogado para volver a recuperar su prestigio o su posición social? Necesitan sentirse colectivo y volver a recuperar la función social que tienen que no es otra que el Derecho de defensa, y el abogado individualmente necesita que desde el colectivo se le vuelva a valorar socialmente. En cuanto a este tema hay una parte del colegio que está muy abandonado y que es lo que llamamos norma deontológica, es decir, los criterios morales de la profesión, que hoy no se enseñan.
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El Colegio de abogados tiene que dar amparo a los colegiados Foro Jurídico Iberoamericano.- ¿Cuál es el pilar básico de todos los “frente” que tiene su candidatura? Montserrat Suárez.- Fundamentalmente la independencia de los miembros de nuestra candidatura, sin ataduras, sin ningún tipo de interés político y económico. Nosotros pensamos que cualquier miembro que sea socio y pertenezca a un macro despacho, a nuestro juicio le limita para ejercer la representación de todos los colegiados madrileños, básicamente FORJIB.- ¿Cuál es el principal problema con el M.S.- Actualmente en el Colegio de Abogados de desde el 1 de enero del 2012 no han recibido ni un solo euro por los casos que han desempeñado. mal, no ha cobrado desde hace un año y desde el año 2003 su remuneración no esta actualizada, y el señor Hernández Gil lo único que ha hecho es decir que la Comunidad Autónoma de Madrid no tiene dinero, pues tanto que presume que en el Colegio hay un super hábit que hubiera anticipado parte de los costes, pero ha
no adelantar a los compañeros el dinero y luego el Colegio de abogados ejercita el crédito frente a la Comunidad Autónoma de Madrid. FORJIB.- ¿Qué es lo que echa en falta en el Colegio de abogados actual? M.S.- Amparo, el Colegio de Abogados tiene que dar amparo ante el colegiado que se encuentra en un situación vejatoria ante un tribunal y entendemos que la pay coadyuvar con él toda la tramitación. FORJIB.- ¿Por qué habéis solicitado la impugnación del voto por correo? M.S.- Nosotros empezamos a detectar que la candidatura de Sonia Gumpert estaba contratando empresarios de la noche madrileña para hacer campaña electoral y para que pidieran el voto por correo con unas particularidades, es decir, esta gente lo que hasolicitándole la fotocopia del DNI y eran ellos los que se encargaban de ir al notario para testimoniar el documento y enviarlo al Colegio de abogados, una vez estos empresarios enviaban un mensajero o iban ellos mismos a recogerlo para enviar directamente dos los gastos que implica el voto por correo lo pagaba la candidatura de Sonia Gumpert, pero además es que la cadena de custodia del voto no ha existido, el voto es indelegable, y no se puede permitir que una persona vaya a recogerte el voto y te lo gestione.
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El Colegio es como si fuera un Ministerio Foro Jurídico Iberoamericano.- ¿Qué visión actual existe del Colegio de Madrid? Juan Carlos Rodríguez.- Todos tenemos el colegio casi como si fuera un enemigo, no solo en el tema médico que ha habido actualmente un problema, por verse encarecido de una forma muy fuerte, si no que además lo ve como algo que incita al cliente cuando va a deontología a denunciar al abogado. Para nosotros el Colegio es como si fuera un Ministerio. Yo personalmente he pedido amparo un par de veces al colegio y ni siquiera me han contestado y tengo compañeros que han llamado a un diputado de guardia porque había surgido un problema en un tribunal y el diputado ni ha aparecido. FORJIB.- ¿Cómo se ha conseguido separa a un colectivo en el que hace unos años eran todos compañeros? J.C.R.- El problema actual no es otro que política, ya que España se inició en la democracia y el abogado ha llegado a ser un personaje incómodo. Con la democracia desapareció la apariencia del buen derecho, y se iniciaron las ideologías dentro de la profesión, algo que me parece muy bueno, pero el problema fue que apareció una separación total entre FORJIB.- ¿Cómo se ha llegado a la situación actual
que están viviendo los abogados? J.C.R.hemos conseguido una sociedad demasiado judicializada. Creo que hemos llegado a una situación donde el abogado está mal, evidentemente, pero donde la sociedad no está bien, y luego hemos tenido un Colegio que no ha sabido estar a la altura de las circunstancias. Entre el Colegio y las instituciones nos han hecho perder nuestro prestigio. FORJIB.- ¿Qué les ha pasado a las Administraciones para llegar a no tener en cuenta a los abogados? J.C.R.- El abogado es una persona incómoda, y el Estado muchas veces lo que pretende es tener en los Colegios a gente de su “cuerda”, no hablo de cuerda te. El Estado jamás consultará con un Colegio de abogados, y la prueba está en que si un abogado se equivoca y comete una deslealtad profesional puede llevar aparejada un pena de prisión, mientras que si un juez comete un prevaricación solo lleva aparejado una separación del servicio y una multa, el juez siempre queda por encima porque nunca se consulta a los abogados. Y todo esto ocurre porque no interesamos nunca, porque el abogado siempre pone los problemas porque vamos siempre en defensa de los derechos, nunca querrán a los que ponen el pie en el cañón. FORJIB.- ¿En que puntos basas tu candidatura? J.C.R.- Lo principal es un Colegio fuerte frente a la Administración, es decir, la defensa del abogado frente a los poderes, volver al sistema antiguo de los diputados de guardia y el amparo. También habría que realizar una remodelación completa del código deontológico y su departamento, una limpieza del
revisión de todo lo que ha pasado en el servicio médico. al prestigio que se merece, sin duda persiguiendo las malas conductas, pero elevar y defender al abogado y conseguir que sea respetado dentro de esta sociedad.
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El primer debate electoral por Twitter Si algo ha tenido la campaña electoral al decanato del Colegio de Madrid ha sido el gran protagonismo que han tenido las redes sociales en toda ella, y el primero premio en este sentido se lo lleva el debate el twitter que se celebró, algo que en nuestro país nunca había pasado dentro de una campaña “política”. El Instituto de Comunicación Empresarial (ICE) organizó el debate en sus instalaciones, en el que participaron nueve de las 14 candidaturas, lo hicieron a puerta cerrada, pero habilitaron pantallas para que pudiéramos “presenciarlo”, además de seguir a través de la red social. Los candidatos que participaron fueron: Begoña Trigo, Miguel Urrutia, Antonio Hernández Gil, Ignacio Peláez, Luis Gómez, Francisco Javier Cremades, Montserrat Suárez, María Lorena Ruiz Huerta y Josefa García y tuvo una duración de caso cinco horas.
Este debate se dividió en tres bloques diferentes, el primero fue sobre la posición de la candidatura, el segundo sobre temas colegiales y el último los twittes de cierre de debate. En el primer bloque, en el que se sorteo quien lo iniciaba, cada candidato, por turnos, contó con 4 tweets que debía escribir en un máximo de dos minutos y mientras el resto podían twitear un máximo de cinco tweets. En el segundo bloque, los tweets de cada candidato eran de tres por cada sección planteada, en un máximo de un minutos, mientras que el resto solo podían twitear un máximo de dos, y en cuanto al cierre del debate se realizó con 4 tweets en un máximo de dos minutos. Todos los candidatos aseguraron que fue una gran experiencia, y sin ninguna duda dical en la fórmula clásica de realización de debates.
Últimas noticias sobre las denuncias por supuesto delito electoral Al cierre de esta edición, el Juzgado de Instrucción número 9 de la Comunidad de Madrid tramitaba dos denuncias por fraude electoral en las elecciones al Colegio de Abogados de Madrid que se celebraron el 18 de diciembre. En una resolución que dictaba la Comisión Electoque “ninguna de las irregularidades detectadas” les ra sido diferente” y aseguraba que no era a ellos a quienes les correspondía valorar los efectos sobre “la mayor o mejor legitimidad” de la candidatura ganadora”. La misma noche electoral, la Comisión interpuso una denuncia después de que todas las candidaturas, excepto la de Sonia Gumpert, denunciaran
un presunto fraude electoral. Esta denuncia recayó, tras pasar por el juez de guardia, en el juzgado de Instrucción que actualmente está tramitando las denuncias. rrat Suárez presentó otro escrito por un delito electoral, según han indicado a la agencia de noticias Europa Press fuentes de esta candidatura. Además, el equipo de Suárez interpuso un recurso ante el Consejo de Colegios de Abogados contra el pacto entre la Asociación de Letradas por un Turel primero acordaba aportar 900 votos a cambio de que Sonia Gumpert se comprometiera a cederles deontológica.
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