FJ 107 Agosto 2012

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LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE DOCTORES EN DERECHO, COLEGIO DE PROFESIONISTAS, A.C. tiene el honor de invitarlo a su

X CONGRESO NACIONAL que con la participación de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA se realizará con el tema:

“SEGURIDAD, JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS: RETOS DEL SIGLO XXI” PROGRAMA: Jueves 9 de agosto del 2012

MESA 3 MESA 2 MESA 1

11:30 hrs. Mesa de análisis y propuestas sobre JUSTICIA: El Código Federal del Proceso Penal Acusatorio. Retos del Poder Judicial Federal ante la reforma. Avances en la implementación de la reforma. Código Procesal Penal Único. Ponentes: DIP. HUMBERTO BENÍTEZ TREVIÑO, Presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. MGDO. OSCAR VÁZQUEZ MARIN, Consejo de la Judicatura Federal. DR. RICARDO FRANCO GUZMÁN, Catedrático de la UNAM y LIC. FELIPE BORREGO ESTRADA, Titular de la SETEC.

MESA 4

08:00 hrs. Registro de participantes. 09:30 hrs. Ceremonia de Inauguración. 10:30 hrs. Conferencia Magistral Inaugural a cargo de la MTRA. MARISELA MORALES IBÁÑEZ, Procuradora General de la República.

18:30 hrs. Técnicas de litigación oral. Audiencias Orales. Teoría del caso. Funciones jurisdiccionales. La experiencia colombiana. Ponentes: DR. LUIS CAMILO OSORIO IZASA, Ex-Fiscal General de la Nación de Colombia. MGDO. MIGUEL ÁNGEL AGUILAR LÓPEZ, Magistrado Federal Penal. MTRA. DIANA CRISTAL GONZÁLEZ OBREGÓN, Coordinadora de Capacitación en el Sistema Acusatorio para el IFP de la PGJDF.

12:40 hrs. La Reforma Penal y la PGR. Adecuación de programas de estudio a la reforma. Ponentes: DRA. RUTH VILLANUEVA CASTILLEJA, Directora General de Formación Profesional de la PGR. DR. CARL RISHEIM, Departamento de Justicia de la Embajada de EEUU. DR. MARIO ÁLVAREZ LEDEZMA, Jefe del Departamento de Derecho del Tec. de Monterrey, Campus D.F. 14:00 hrs. Avances en la Implementación del Sistema Penal en el país (Estado de México, Tabasco y Chihuahua). Ponentes: MGDO. BARUCH DELGADO CARBAJAL, Presidente del Tribunal de Justicia del EDOMEX y Presidente de la CONATRIB. DR. RODOLFO CAMPOS MONTEJO, Presidente del Tribunal de Justicia de Tabasco. LIC. CÉSAR CABELLO RAMÍREZ, Secretario Ejecutivo de la implementación de la reforma penal en Chihuahua. 15:00 hrs. Receso. 17:00 hrs. Conferencia magistral “La Reforma Constitucional de Derechos Humanos y la SCJN” MINISTRA DRA. MARGARITA B. LUNA RAMOS.

Viernes 10 de agosto de 2012

MESA 5

9:00 hrs.

Conferencia Magistral “El Sistema Nacional de Seguridad Pública: avances, retos y perspectivas”. LIC. JOSÉ OSCAR VEGA MARÍN, Secretario Ejecutivo del SNSP.

10:30 hrs. Régimen Especial para el Combate a la Delincuencia Organizada: Extinción de dominio. Lavado de dinero. Testigos protegidos. Protocolos de Investigación Policial en Delitos Cibernéticos. Cooperación Internacional en Delincuencia Organizada. Ponentes: MTRO. ALEJANDRO RAMOS FLORES, Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la PGR. DR. SAMUEL GONZÁLEZ RUIZ, Ex-fiscal de Delincuencia Organizada de la PGR. DR. SALVATORE LA BARBERA, Director de Delitos Cibernéticos de la Policía Nacional de Italia. DR. ELÍAS HUERTA PSIHAS, Presidente de la ANDD.

MESA 8

MESA 7

MESA 6

13:00 hrs. Conferencia Magistral “La Reforma de Derechos Humanos: su Impacto en Seguridad y Justicia” DR. MIGUEL ONTIVEROS ALONSO, Subprocurador de Derechos Humanos de la PGR. 14:00 hrs. Mesa de conclusiones sobre SEGURIDAD. Ponentes: DR. LUIS CAMILO OSORIO IZASA (Colombia). DR. DANIEL MONTERO ZENDEJAS, Presidente del Observatorio del Sistema Nacional Penitenciario. DR. MIGUEL ÁNGEL BORJA TOVAR, Presidente del Consejo Rotario de Seguridad Pública. 15:00 hrs. Receso. 17:00 hrs. Conferencia magistral “Seguridad Humana y Prevención” DR. EDGARDO BUSCAGLIA, Director del International Law and Economic Development Center. 18:00 hrs. El marco internacional de los Derechos Humanos. El Juicio de Amparo y los Derechos Humanos. Seguridad Pública, Justicia y Derechos Humanos. Ponentes: LIC. LUIS RAÚL GONZÁLEZ PÉREZ, Abogado General de la UNAM. DRA. PATRICIA OLAMENDI TORRES, Funcionaria de la OEA. DR. RICARDO OJEDA BOHÓRQUEZ, Magistrado Federal Penal. 19:00 hrs. Mesa de Conclusiones y Propuestas. 19:30 hrs. Ceremonia de Clausura Vino de Honor

www.universidadiussemper.com

Sede: University Club. Paseo de la Reforma No. 150, Col. Juárez, México, D.F. Entrada Libre. Cupo limitado. Se entregará constancia. Por cuestiones de logística favor de confirmar su asistencia a: Teléfonos 5281-0822 y 5281-4613 E-mail: comunicate@andd.com.mx “Solidaridad y Autonomía Judicial” Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación, A.C.

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No. 107 agosto 2012

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EDITORIAL

RESPETO A LA LEGALIDAD: CONDICIÓN PARA AVANZAR

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FORO K DEL LECTOR IMPROCEDENTE ANULAR LA ELECCIÓN DE PEÑA NIETO Mgdo. Reynaldo Lazcano Fernández

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EL VOTO EN LAS COMUNIDADES INDÍGENAS

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LIBERTAD PARA VOTAR COMPRA DE VOTOS Y COACCIÓN

Dr. Juan José Mateos Santillán

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PROPONE CÉSAR DUARTE MAYOR COORDINACIÓN DE LOS ESTADOS EN EL COMBATE A LA DELINCUENCIA

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EN RIESGO LA LAICIDAD DEL ESTADO MEXICANO

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FIRMAN PGR Y ANDD UN CONVENIO DE COLABORACIÓN

Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín

Lic. Brenda Pulido Luna

Marco A. Ríos


K DIRECTORIO DIRECTOR GENERAL

Dr. Elías Huerta Psihas

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FESTEJAN CEPOLCRIM Y ANDD EL DÍA DEL ABOGADO 2012

DIRECTOR EDITORIAL

Dr. Ruperto Patiño Manffer DIRECTORA DE DIFUSIÓN

Lic. Jackeline Huerta Estefan CONSEJO EDITORIAL

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AGENCIA ESPACIAL MEXICANA

Dr. José Luis Álvarez Hernández Tiempo de Saber

SOBREPROTECCIÓN Y MEGA EXIGENCIA: DOS CARAS DE UNA MONEDA Mtro. Jorge Antonio Alfaro

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EL RETO DE LA COMUNICACIÓN EN LOS JUICIOS ORALES Marco V. Herrera

Dr. Sergio García Ramírez Dr. Raúl Carrancá y Rivas Dr. Juan González Alcántara Dr. Carlos Quintana Roldán Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez Dra. Mireille Roccatti Velázquez Dr. Francisco Bravo Ramírez Dr. Moisés Moreno Hernández Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Emilio Rabasa Gamboa Dr. Daniel Montero Zendejas Dr. Emilio Zebadua González Dr. Salvador Valencia Carmona Dr. Germán A. Castillo Banuet Dra. Bertha Beatríz Martínez Garza Dr. Sergio E. Casanueva Reguart Dr. David Vega Vera COORDINACIÓN EDITORIAL

58 60 62 64

Propiedad Intelectual

ACTA: ACUERDO EN CONTRA DE LA INNOVACIÓN

Dr. Arturo Ancona García-López

CADALSO Robespierre

LIBR OS EN

TEMAS CONSTITUCIONALES EL VETO PRESIDENCIAL Dr. José R. Padilla

Lic. Janet Huerta Estefan

Marco A. Ríos Editor editorial@forojuridico.org.mx DISEÑO EDITORIAL

L.D.G. Alejandra Sánchez Aragón dgrafico@forojuridico.org.mx COORDINACIÓN DE DISTRIBUCIÓN

Antonio Estevez Celestino FOTOGRAFÍA

Carlos Gamboa García e-mail: fotogamboa@prodigy.net.mx Agencia Cuartoscuro FORO JURÍDICO, órgano oficial de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas A.C., con Registro No. F-335 como Colegio de Profesionistas ante la Dirección General de Profesiones de la SEP. Tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la SEP, número ISSN 1870-1183 transformado al número EAN-13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título no. 13058 expediente 1/432”05”/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Núm. 10631, expediente 1-432 “05” - 16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Monte Albán 613 Col. Letrán Valle CP 03610, México, D.F. Tel. 2595-6354. Impresa en Tipssa. Av. Hidalgo No. 141. Col. Santa Anita. Distribución: Platón 429 Colonia Palmitas. Asesoría Editorial Especializada, S.A. de C.V. Tenayuca 152 oficina 1, Col. Letrán Valle. Tel. 33301625. CITEM Foro Jurídico No. 107, agosto 2012.

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RESPETO A LA LEGALIDAD: CONDICIĂ“N PARA AVANZAR no de los principios fundamentales en los que se sustentan los Estados de Derecho y DemocrĂĄticos contemporĂĄneos, es el de respeto irrestricto a las leyes. Es decir, que todos, gobernantes y gobernados estĂĄn sujetos al imperio de la ley y nadie por encima de ella. El cumplimiento a este principio constituye una de las premisas que sustentan a los estados mĂĄs desarrollados del orbe y, en el caso de los paĂ­ses emergentes, una de las condiciones esenciales para avanzar en todos los terrenos.

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MĂŠxico -que se encuentra en esta Ăşltima categorĂ­a-, hoy estĂĄ sumido en una grave y prolongada crisis econĂłmica, con elevados Ă­ndices de desempleo, de pobreza y de desigualdad social, a lo que se le suman los niveles mĂĄs altos de inseguridad, corrupciĂłn, impunidad y violencia de nuestra historia moderna y necesita con urgencia progresar en ese sentido. Por ello, frente a esta delicada situaciĂłn, que se agravĂł con la crisis econĂłmica de Grecia, EspaĂąa e Italia y del paĂ­s mĂĄs poderoso del mundo, EEUU, del que somos econĂłmicamente dependientes, lo que necesita es un golpe de timĂłn en su conducciĂłn y las reformas estructurales, pero sobre todo, lo que necesita es un pacto de unidad nacional para enfrentar estos retos. Estas condiciones fueron ofrecidas por los 4 candidatos presidenciales durante la campaĂąa electoral. Sin embargo, AMLO, se resiste a entender cuĂĄl ha sido la voluntad mayoritaria del pueblo de MĂŠxico y, poniendo en riesgo estabilidad y gobernabilidad y desconociendo instituciones republicanas, se estĂĄ apartando del cumplimiento de la legalidad y del mĂĄs elemental principio de la democracia representativa (la mayorĂ­a), llegando al extremo de pretender elegirse por encima, no sĂłlo de la ley, sino del tribunal federal competente.

que el candidato ganador resulte inelegible, lo que no aconteciĂł SRU KDEHUOR DVt FDOLĂ€FDGR HQ IRUPD GHĂ€QLWLYD HO ,)( 7DPSRFR OH han informado que rebasar los topes de campaĂąa no se dirime DQWH HO WULEXQDO HOHFWRUDO VLQR DQWH HO ,)( \ TXH HQ FDVR GH comprobarse, lo que acarrea es una sanciĂłn a los partidos, hasta con un monto igual al posible exceso, pero jamĂĄs la nulidad de la elecciĂłn, supuesto en el que se encuentra su pretendida “catĂĄstrofe democrĂĄticaâ€? del caso Monex. Desde luego que todo esto lo sabe bien, pero lo que pretende es crear confusiĂłn en la poblaciĂłn. La jornada electoral del 1° de julio enfrenta una gran paradoja. Por un lado, existe aĂşn optimismo y alegrĂ­a en amplios sectores de la ciudadanĂ­a por la jornada electoral mĂĄs vigilada, participativa y concurrida de nuestra historia. Una jornada en la que los mexicanos alcanzamos niveles de participaciĂłn propios de los paĂ­ses desarrollados. En la que mĂĄs de 2 millones de ciudadanos participaron como funcionarios de casilla y recibieron y contaron escrupulosamente los votos de sus vecinos. En la que hubo un saldo blanco sin incidentes del crimen organizado. 3RU RWUR ODGR ODV UHLWHUDGDV DĂ€UPDFLRQHV GH $0/2 SDUD desacreditar el triunfo de EPN, a pesar de que le ganĂł por mĂĄs de 3 millones 300 mil votos, estĂĄn generando un ambiente de confusiĂłn, de divisiĂłn y de encono en la sociedad, inclusive, han provocado inconformidad y deslinde de los gobernadores GH 7DEDVFR \ GH 0RUHORV 6L $0/2 SUHWHQGH TXH VH DQXOH OD elecciĂłn presidencial, por congruencia, deberĂ­a pedir tambiĂŠn anular la de senadores, diputados federales y gobernadores, ya que los ciudadanos votaron en las mismas urnas. Desde luego que un reclamo de esta magnitud molestarĂ­a a los legisladores y gobernadores de la izquierda que resultaron triunfadores.

Independientemente de que AMLO estå en todo su derecho para impugnar el resultado de la elección presidencial -como lo ha hecho-, en su condición de justiciable, estå obligado a HVSHUDU \ UHVSHWDU HO IDOOR ÀQDO GH OD DXWRULGDG MXULVGLFFLRQDO (VWi tambiÊn obligado a respetar las reglas del juego democråtico del Estado Mexicano y las disposiciones aplicables. Pero el mesiånico dirigente perdedor se ha empeùado en apostar a la ilegalidad, a la angustia, a la desinformación, a la incertidumbre y a la desorientación social, y tambiÊn, al enojo y frustración de la mayoría de los mexicanos que no votaron por Êl.

Pretender, que se invalide la elecciĂłn presidencial –sin fundamento legal-, se designe un presidente interino y se convoque a una elecciĂłn extraordinaria, es una absurda e ilegal ocurrencia, es crear una soluciĂłn a un problema que no existe, que sĂłlo vive en su imaginaciĂłn. Esta peticiĂłn, ha seĂąalado Jorge CastaĂąeda, ex titular de la SRE, “es una demencia completa de AMLO, que alimenta dudas en alguna parte de la poblaciĂłn, ya que la elecciĂłn y todo el proceso se realizĂł bajo la leyes vigentes. Pretende ser el juez supremo de la NaciĂłn y que quienes no votaron por ĂŠl (62% del electorado), se equivocaron y que ĂŠl tiene el derecho de corregirlos.â€?

No le queda claro que mĂĄs del 62% de los electores decidieron no votar por ĂŠl. Nadie le ha explicado que las Ăşnicas causales para anular la elecciĂłn presidencial son las expresamente establecidas en la ley. Que sĂłlo procede para la nulidad la no instalaciĂłn de cuando menos el 25% del total de las casillas o

Por el bien de todos, por la consolidaciĂłn de la Cultura de la Legalidad y del respeto a nuestro Estado Derecho, deseamos TXH HO 7ULEXQDO (OHFWRUDO UHVXHOYD HQ IRUPD SURQWD \ DSHJDGR D la legalidad y se termine esta pesadilla poselectoral para que inicie el nuevo MĂŠxico que todos anhelamos en el Siglo XXI K

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Ganadora del Emmy por mejor Periodismo de Investigaciテウn FORO JURテ好ICO

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FORO K DEL LECTOR REDES SOCIALES

Alfonso Olguin: El 12 de julio de cada año, se festeja en el país el “Día del Abogado”. La conmemoración data del año 1960; dicha fecha fue elegida debido a que en ese día, en el año de 1533, la Real y Pontifica Universidad de México dispuso que quienes se habían inscrito para cursar la carrera de Derecho, escucharan la primera cátedra sobre la materia impartida en América por el Lic. Don Bartolomé Frías y Albornoz. Bilma C. Castellanos: ¡Feliz día del abogado para todos los que colaboran en Foro Jurídico! Bernardina Ibarra: Admiro su trabajo, tan necesario en el desarrollo de nuestra profesión. Un abrazo.

Bilma C. Castellanos: Confiemos en que aprovechará la posibilidad que tiene de pasar a la historia como el Presidente que supo aprovechar “la segunda oportunidad” para su partido, haciendo de nuestro querido México un lugar seguro y sin pobreza, con total respeto a los derechos humanos y en el que se generen oportunidades de desarrollo para todos, particularmente para los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. Juan Carlos Resendiz: Yo si voté por EPN. AMLO no respeta nuestro voto. Ósea, democracia es que él gana nada más? Si nunca ha respetado ni las reglas ni las instituciones qué mas se puede esperar Guillermo P. Camacho: ¿Señores Doctores en realidad creen que sea un nuevo PRI fuera del que desmoronó a México por más de 72 años? No estoy a favor ni en contra de otros políticos porque todos tienen su pasado, pero si EPN es la esperanza de México, perdón pero creo estamos perdidos ya que el manto de los dinosaurios le cubren y con ello la democracia se ha pisoteado, en una democracia se perfilan todos los intereses no los del 50% de la población. Adriana: EPN es un maldito ratero y confío en el conteo para que AMLO sea nuestro nuevo presidente, todo lo que EPN toca es basura. Raymundo Gil Rendón: ¿Que necesidad de anticipar resultados? ¿Porque el Presidente Calderón violó la autonomía del IFE? También el guión de Televisa y la cadena nacional que, con riguroso programa antidemocrático, se adelantó al Informe preliminar (PREP) del presidente del IFE, violando su autonomía y anulando su credibilidad. También el presidente del tribunal anticipó que no era viable la anulación de la elección en un canal de televisión, afectando la imparcialidad.

Foro de Propiedad Intelectual Sergio Cohen Gorodovsky: He seguido de cerca la columna de propiedad intelectual, que el Dr. Arturo Ancona tiene en esta revista, con artículos de muy alta calidad en su contenido, los felicito por este gran proyecto y profesionalidad. Gracias. Eduardo Garza Gonzalez: Muy interesantes y muy certeros sus comentarios. He seguido con frecuencia sus publicaciones toda vez que se me hacen muy interesantes y objetivos sus puntos de vista sobre este importantísimo tema en el que México no se encuentra a la vanguardia mundial. Lo felicito y espero pueda seguir publicando sus comentarios respecto a la materia de propiedad intelectual.

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#Yo soy 132 Despiertan Jóvenes la Conciencia Social

Amelia Paz Bulacio: Adelante comparto los ideales. Agustin MieryTeran: Pero que no empiecen de vicerales si no todo su capital lo perderán. Jordy: El chiste es seguirle el juego al loco pseudomesias. ¿Porqué no elaboran un verdadero plan integral de trabajo con objetivos firmes y claros para presionar y elevar los niveles bajos en todos los ordenes, ante el gobierno que sea? Por que tiene que ser en este tiempo para desestabilizar e ir para atrás? ¿Porqué han de seguirle el juego a esa bola de zánganos (Perredistas)? ¿Porqué en este tiempo, por que no fue antes o después? Se ve que son borregos de los lideres chilenos. Para eso los trajeron, el loco y Encinas.

Urgente Reconstruir nuestro Modelo Educativo: Elias Huerta Psihas

Octavio Paredes: La educación en México esta de mal en peor, una parte mal por el gobierno y otra peor por el Sindicato. León Darkin: Es necesario que se empiecen a evidenciar las corruptelas del sistema educativo. He sabido de personas que compran plazas de maestros en 200 mil pesos aún cuando está prohibido por la ley pero de eso no se habla. Tampoco se habla del presupuesto que tiene el sindicato y ni siquiera saben de cuántos profesores se compone dicha agrupación. No se habla de cómo manejan los recursos porque también hay burocracia en la educación. Reyna Ramirez V: No pueden estarse tirando la bolita entre el estado y los maestros y queriéndose llevar entre las patas a los padres de familia y a la sociedad. Lo cierto es que los dos han contribuido a la baja calidad educativa del país, pero toman aun actitud de que si no empieza el otro a hacer su parte yo no hago la mía. Mientras discuten, los niños y adolescentes pasan su nivel de estudios básico, entre marchas y plantones, egresan sin las armas necesarias para luchar y después exigen una sociedad consciente.

Improcedente la Revisión del Juicio de Amparo de Cassez

James Ferrez Vlunt: En desacuerdo con esta opinión. En dónde se deja un razonamiento del control difuso de convencionalidad y control difuso de la Constitución y a la par con las recientes reformas constitucionales. Sin duda un tema discutible. Jorge A Lugo: De acuerdo James Ferrez, pero en la revisión no se discute un tema de constitucionalidad de una norma, sólo expuso la defensa argumentos tendientes a sostener un estado de indefensión. James Ferrez Vlunt: Tengo una pregunta abogado, ¿tu crees que al resolver un asunto el juzgador, sino le someten un tema de constitucionalidad, no esta obligado a observarlo? Eva Juarez Morales: Coincido con la opinión del Dr. Luciano Silva Ramírez en cuanto a la improcedencia del recurso de revisión que hizo valer el abogado de Florence. Esperemos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva conforme a derecho. Sergio Guzman Leyva: Estoy de acuerdo con los comentarios de los doctores en derecho que se han publicado. Martín Nt: Difiero de dicho criterio, ya que esta viciado el proceso.

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IMPROCEDENTE ANULAR LA ELECCIÓN DE PEÑA NIETO

Mgdo. Reynaldo Lazcano Fernández

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e acuerdo con la normatividad electoral no es posible que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anule la elección presidencial en la que resulto triunfador Enrique Peña Nieto, sostiene el Magistrado Reynaldo Lazcano Fernández, Presidente de la Asociación de Tribunales y Salas Electorales de la República Mexicana, en una entrevista exclusiva que concedió a Foro Jurídico. Asegura que con la Reforma de 2007, se prohibió al TEPJF aplicar la causal abstracta, por lo que la Sala Superior está impedida constitucionalmente para analizar aspectos subjetivos de la elección presidencial y tiene que concretarse al estudio de las 3 hipótesis que la ley fija para poder anularla: cuando alguna o algunas de las causales de nulidad de votación recibida en casilla, se acrediten en por lo menos el 25% de las casillas instaladas en el país y no se hayan corregido durante el recuento de votos; cuando en el territorio nacional no se instale el 25% o más de las casillas y consecuentemente la votación no hubiere sido recibida y, cuando el candidato ganador de la elección resulte inelegible, no dándose ninguno de éstos supuestos, de acuerdo con los cómputos finales realizados por el IFE. Afirma Lazcano Fernández –quién es Magistrado del Tribunal Electoral de Puebla-, que los magistrados sólo podrán aplicar la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación y la Constitución Federal, que señala categóricamente: “solo se podrá declarar la nulidad de una elección por las causales que expresamente se establezcan en las leyes”; y en virtud de que no se dio en la elección presidencial ninguna de las hipótesis previstas, resulta inviable que determinen la anulación de la elección, al “no existir elementos substanciales, determinantes y plenamente probados que evidencien la transgresión a algún elemento constitucional o legal que tutele la materia electoral, el voto o las elecciones”. No hay que olvidar, afirma, que más del 60% de los electores en aptitud de emitir su sufragio, lo hicieron de manera responsable y se debe respetar la decisión del electorado. En todo caso, dice el Mgdo. Lazcano, si existe algún delito electoral, será la FEPADE quién determine lo penalmente procedente. Reproducimos para nuestros lectores la parte sustancial de la entrevista.

¿CUÁL ES EL MEDIO DE IMPUGNACIÓN PROCEDENTE PARA LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL Y QUIÉN LO RESUELVE?

¿QUÉ SE PROTEGE CON LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL FEDERAL?

Es el Juicio de Inconformidad y se promueve ante la Sala Superior del TEPJF. Por medio de este recurso se combaten los resultados consignados en las actas de cómputo distrital respectivas, por nulidad de la votación recibida en una o varias casillas o por error aritmético, y por nulidad de toda la elección. Nuestra Ley Suprema ordena que este Tribunal Electoral es la máxima autoridad jurisdiccional en la materia y un órgano especializado del Poder Judicial de la Federación. Por lo que, tratándose de elecciones federales, le corresponde resolver, en sesión pública, en forma definitiva e inatacable, en los términos de la Constitución Federal, sobre las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores y las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

La tutela de los principios que rigen la materia electoral: imparcialidad, certeza, independencia, legalidad, equidad y objetividad; las calidades del voto: universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible y; las características de las elecciones: libres, auténticas y periódicas.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA INICIAR UN JUICIO DE INCONFORMIDAD QUE IMPUGNE LA ELECCIÓN PRESIDENCIAL? Los requisitos especiales del escrito de demanda son: señalar la elección que se impugna, manifestando expresamente si se objetan los resultados del cómputo, la declaración de validez

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¿EXISTE UN SISTEMA DE NULIDADES EN MATERIA ELECTORAL? Sí, existe la nulidad de votos que únicamente la pueden hacer los funcionarios de las mesas directivas de casilla, al momento de realizar el escrutinio y cómputo en su casilla, ellos califican si existen votos nulos o no y extraordinariamente la llevan a cabo las autoridades electorales tanto administrativas como jurisdiccionales, cuando se aperturan los paquetes electorales. La nulidad de votación recibida en casilla solamente puede ser decretada por las autoridades electorales jurisdiccionales, en este tipo de nulidad se les restan a todos los partidos políticos o coaliciones los votos que hayan obtenido en la misma, no se puede dejar ningún voto como válido, todos son declarados nulos y restados de la votación total.. Es importante mencionar que la Constitución Federal señala que tanto la Sala Superior, como las regionales del TEPJF, sólo podrán declarar la nulidad de una elección por las causales que expresamente se establezcan en las leyes.

¿CUÁLES SON LAS RAZONES POR LAS CUALES SE PUEDE ANULAR LA VOTACIÓN RECIBIDA EN UNA CASILLA? a) Instalar la casilla, sin causa justificada, en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital correspondiente.

de la elección y por consecuencia, el otorgamiento de las constancias respectivas; la mención individualizada del acta de cómputo distrital o de entidad federativa que se impugna; la mención individualizada de las casillas cuya votación se solicite sea anulada en cada caso y la causal que se invoque para cada una de ellas; el señalamiento del error aritmético cuando por este motivo se impugnen los resultados consignados en las actas de cómputo distrital o de entidad federativa. Se debe presentar ante el Consejo General del IFE, acompañado de las pruebas correspondientes.

¿QUÉ ES UNA NULIDAD? Una nulidad es diferente a una inexistencia; la nulidad quiere decir que existió el acto jurídico, que se materializó, pero que se encuentra rodeado de irregularidades, algunas tan graves que generan la nulidad absoluta, y otras que pueden ser subsanadas, con lo que tenemos la nulidad relativa.

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b) Entregar, sin causa justificada, el paquete que contenga los expedientes electorales al Consejo Distrital, fuera de los plazos que el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señale. c) Realizar, sin causa justificada, el escrutinio y cómputo en local diferente al determinado por el Consejo respectivo. d) Recibir la votación en fecha distinta a la señalada para la celebración de la elección. e) Recibir la votación por parte de personas u órganos distintos a los facultados por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. f) Haber mediado dolo o error en la computación de los votos y siempre que ello sea determinante para el resultado de la votación.

g) Permitir a ciudadanos sufragar sin Credencial para Votar o cuyo nombre no aparezca en la lista nominal de electores y siempre que ello sea determinante para el resultado de la


votación, salvo los casos de excepción señalados en el COFIPE (que cuenten con una sentencia del TEPJF).

h) Haber impedido el acceso de los representantes de los partidos políticos o haberlos expulsado, sin causa justificada. i) Ejercer violencia física o presión sobre los miembros de la mesa directiva de casilla o sobre los electores y siempre que esos hechos sean determinantes para el resultado de la votación. j) Impedir, sin causa justificada, el ejercicio del derecho de voto

a los ciudadanos y esto sea determinante para el resultado de la votación.

k) Existir irregularidades graves, plenamente acreditadas y no reparables durante la jornada electoral o en las actas de escrutinio y cómputo que, en forma evidente, pongan en duda la certeza de la votación y sean determinantes para el resultado de la misma. Como se ve, para que se acredite la nulidad de la votación recibida en una casilla, forzosamente los hechos deben acontecer el día de la jornada electoral, a menos que la irregularidad sea que la elección no se llevó a cabo en la fecha indicada por la autoridad.

el carácter de determinante. El cual básicamente se sustenta en 2 factores: uno cualitativo y otro cuantitativo. El aspecto cualitativo atiende a la naturaleza, los caracteres, rasgos o propiedades peculiares que reviste la violación o irregularidad, lo cual conduce a calificarla como grave, es decir, que se está en presencia de una violación sustancial, en la medida en que involucra la conculcación de determinados principios o la vulneración de ciertos valores fundamentales constitucionalmente previstos e indispensables para estimar que se está en presencia de una elección libre y auténtica de carácter democrático. El aspecto cuantitativo atiende a una cierta magnitud medible, como puede ser tanto el cúmulo de irregularidades graves o violaciones sustanciales, así como el número cierto o calculable racionalmente de los votos emitidos en forma irregular en la elección respectiva con motivo de tal violación sustancial (ya sea mediante prueba directa o indirecta), a fin de establecer si esa irregularidad grave o violación sustancial definió el resultado de la votación o de la elección, teniendo como referencia la diferencia entre el primero y el segundo lugar en la misma, de manera que, si la conclusión es afirmativa, se encuentra acreditado el carácter determinante para el resultado de la votación o de la elección.

¿SE PUEDEN ANULAR CASILLAS POR HECHOS ACONTECIDOS EN OTRAS? No. Las irregularidades acontecidas en una casilla no pueden ser tomadas en cuenta para otras, ya que cada una de ellas se analiza en lo individual. Es decir, si en una casilla se actualiza una determinada causal de nulidad, tal circunstancia no es suficiente o presuntiva de que se deban anular otras casillas por los mismos acontecimientos.

¿CUÁLES SON LOS ELEMENTOS QUE SE TOMAN EN CUENTA PARA DECRETAR LA NULIDAD DE LA VOTACIÓN RECIBIDA EN UNA CASILLA? Además de acreditarse todos y cada uno de los extremos que integran las causales de nulidad de votación recibida en casilla (dependiendo qué causal se acredite en qué casilla), y que éstos no sean reparables, se requiere que la irregularidad o violación en la que se sustente la invalidación tenga

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ÂżCUĂ LES SON LAS CAUSALES DE NULIDAD DE LA ELECCIĂ“N DE PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS? Las causales de nulidad de la elecciĂłn presidencial son 3: a) Cuando alguna o algunas de las causales de nulidad de votaciĂłn recibida en casilla, se acrediten en por lo menos el 25% de las casillas instaladas en el territorio nacional y, en su caso, no se hayan corregido durante el recuento de votos.

b) Cuando en el territorio nacional no se instale el 25% o mĂĄs de las casillas y consecuentemente la votaciĂłn no hubiere sido recibida. c) Cuando el candidato ganador de la elecciĂłn resulte inelegible. El efecto de declarar la nulidad de una elecciĂłn es el de organizar una elecciĂłn extraordinaria.

ÂżADEMĂ S DE LAS MENCIONADAS, EXISTE ALGUNA OTRA CAUSAL DE NULIDAD? Existe ademĂĄs otra causal de nulidad. En el aĂąo 2000 los entonces Magistrados Electorales de la Sala Superior, Mauro Miguel Reyes Zapata y Leonel Castillo GonzĂĄlez, realizaron una interpretaciĂłn sistemĂĄtica y funcional creĂĄndose la causal abstracta de nulidad de elecciĂłn.

¿EN QUÉ CONSISTE ESTA CAUSAL ABSTRACTA DE NULIDAD DE ELECCIÓN? La causa de nulidad de elección de tipo abstracto procede cuando se vulneran las características del voto, de los principios rectores del proceso electoral, de la equidad para el acceso de los partidos políticos a los medios de comunicación social; el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales y el ponerse en duda fundada la credibilidad o la legitimidad de los comicios y de quienes resulten electos en ellos. En este sentido, las características de la causal abstracta serían:

1. Recae Ăşnicamente sobre una elecciĂłn, no respecto a la votaciĂłn recibida en alguna casilla, aspecto que se rige por el catĂĄlogo taxativo de causas de nulidad, previstas expresamente en la ley.

2. Se produce por la inobservancia de elementos constitutivos y esenciales de una elecciĂłn democrĂĄtica, autĂŠntica y libre, sin

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la concurrencia de los cuales, los comicios carecerĂ­an de esas calidades. Dicha inobservancia debe ser determinante para el resultado de la elecciĂłn.

3. En atenciĂłn a lo anterior, su materia no versa Ăşnicamente sobre los vicios producidos durante la jornada electoral, sino que VH UHĂ€HUH WDPELpQ D ORV TXH VH KD\DQ GDGR DQWHV \ GHVSXpV GH dicha jornada, esto es, en cualquier parte del proceso comicial. 4. ,QFXPEH GHFODUDUOD GH RĂ€FLR D OD DXWRULGDG IDFXOWDGD SRU OD OH\ SDUD OD FDOLĂ€FDFLyQ GH OD HOHFFLyQ GH TXH VH WUDWH HQ HO DFWR HQ HO TXH VH KDFH OD FDOLĂ€FDFLyQ 1R SURSRUFLRQD DFFLyQ GLUHFWD a los partidos polĂ­ticos o a los candidatos a travĂŠs de los medios de impugnaciĂłn; sin embargo, los representantes de aquĂŠllos tienen la opciĂłn de alegarla y de presentar documentos en particular en la sesiĂłn correspondiente, que celebre el Ăłrgano DGPLQLVWUDWLYR FDOLĂ€FDGRU 6L ODV DOHJDFLRQHV VRQ GHVHVWLPDGDV los partidos polĂ­ticos tienen a su alcance el ejercicio de la acciĂłn respectiva en contra de tal alegaciĂłn. 5. La declaraciĂłn surge, en su caso, como resultado de la YHULĂ€FDFLyQ TXH KDFH GLFKD DXWRULGDG GH ORV UHIHULGRV HOHPHQWRV constitutivos y sustanciales de una elecciĂłn democrĂĄtica,


4. Se entregaron a los ciudadanos de diversos artĂ­culos para la obtenciĂłn del voto a favor del PRI. En tal actividad intervino la 6HFUHWDUtD GH &RPXQLFDFLRQHV \ 7UDQVSRUWHV GH 7DEDVFR 5. Se reconocieron irregularidades en el proceso electoral por parte de dos consejeros electorales. 6. El resultado de la votaciĂłn fue cerrado, ya que la diferencia que existiĂł fue de 1.11 puntos porcentuales, aproximadamente.

ÂżESTĂ AUN VIGENTE LA CAUSAL ABSTRACTA DE NULIDAD DE ELECCIĂ“N? No. Derivado de la Reforma Electoral de 2007, se estableciĂł TXH HO 7(3-) VRODPHQWH SXHGH GHFUHWDU OD QXOLGDG SRU ODV causales expresamente seĂąaladas en la ley.

ÂżPODRĂ?A ANULAR LA SALA SUPERIOR DEL TEPJF LA ELECCIĂ“N PRESIDENCIAL?

DXWpQWLFD \ OLEUH D ÀQ GH GHFLGLU VL WDOHV HOHPHQWRV VH KDQ VXUWLGR HQ ORV FRPLFLRV PDWHULD GH FDOLÀFDFLyQ /D QXOLGDG LPSOLFD que en el proceso electoral correspondiente se inobservaron uno o varios de esos elementos y que tal inobservancia fue determinante para el resultado de la elección.

ÂżSE ANULĂ“ ALGUNA ELECCIĂ“N POR LA CAUSAL ABSTRACTA? 6t OD SULPHUD GH HOODV \ OD PiV HPEOHPiWLFD \ VLJQLĂ€FDWLYD IXH OD QXOLGDG GH OD HOHFFLyQ GH *REHUQDGRU GH 7DEDVFR HQ HO DxR 2000, bĂĄsicamente porque la mayorĂ­a de los magistrados de la Sala Superior consideraron que:

1. El tiempo con que contaron los partidos polĂ­ticos en la WHOHYLVLyQ RĂ€FLDO IXH LQHTXLWDWLYR 2. Hubo apertura ilegal de paquetes electorales. 3. Se quemĂł el material electoral en el IV Consejo Distrital, sin FDXVD MXVWLĂ€FDGD

1R SRUTXH ODV DFWXDFLRQHV GHO ,)( MXUtGLFDPHQWH GHWHUPLQDQ que no se presentĂł ninguna de las causales de nulidad de la elecciĂłn presidencial que establece la ley. Como ya mencionĂŠ, en un primer escenario, se deberĂ­an acreditar los supuestos contenidos en el artĂ­culo 77 bis de la Ley General del Sistema de Medios de ImpugnaciĂłn (cuando alguna o algunas de las causales de nulidad de votaciĂłn recibida en casilla, se acrediten en por lo menos el 25% de las casillas instaladas en el territorio nacional y, en su caso, no se hayan corregido durante el recuento de votos; cuando en el territorio nacional no se instale el 25% o mĂĄs de las casillas y consecuentemente la votaciĂłn no hubiere sido recibida o cuando el candidato ganador de la elecciĂłn resulte inelegible). Es decir, que ya quedĂł demostrado por la autoridad electoral administrativa que, ni existiĂł irregularidad en la instalaciĂłn del 25% de las casillas, ni mucho menos en la recepciĂłn de la votaciĂłn en ese porcentaje de casillas, tampoco se acreditĂł que Enrique PeĂąa Nieto, como candidato ganador, sea inelegible.

¿QUÉ DEBE HACER EL TEPJF CON LAS IMPUGNACIONES PRESENTADAS POR LA COALICIÓN QUE POSTULÓ A AMLO? Una vez recibidas todas las impugnaciones dentro de los plazos legales, los magistrados electorales darån tråmite a las mismas y deberån analizar las pruebas y resolver conforme a 'HUHFKR 3HUR ODV GHWHUPLQDFLRQHV GHO ,)( OD DSOLFDFLyQ GHO

FORO FORO FO O JURĂ?DICO JUR URĂ?DIC Ă?DIC Ă?D I O 13


principio de definitividad y los preceptos legales aplicables en materia electoral, arrojarán la imposibilidad jurídica de anular la elección en la que resultó ganador el candidato Enrique Peña Nieto. Para que esto sucediera, dependería de que el tribunal nulifique 35 mil 860 casillas de las 143 mil 337 que se instalaron, lo cual considero es imposible que ocurra, ya que tal y como se dejó establecido anteriormente, se deben acreditar plenamente los extremos de cada causal, la determinancia y verificar que no sean imperfecciones menores cometidas por un órgano no especializado, como lo son las mesas directivas de casillas, debiendo observar así, el principio de conservación de los actos públicos válidamente celebrados (lo útil no debe ser viciado por lo inútil). Debe señalarse que una parte importante de los medios de impugnación presentados antes del día de la jornada electoral (recursos de apelación, procedimientos ordinarios y especiales de fiscalización, quejas y denuncias), fueron hechos valer por la coalición que obtuvo el segundo lugar, por lo que de alguna manera se fue revisando, tanto por las autoridades administrativas, como por las jurisdiccionales,

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el desarrollo del proceso electoral, por lo que debe operar el principio de definitividad. Y por lo que hace a la nulidad de la elección por violación a principios constitucionales, considero inviable la procedencia de la nulidad o que se logre la invalidez de la elección, ya que no existen elementos substanciales, determinantes y plenamente probados, que evidencien la transgresión a algún elemento constitucional o legal que tutele la materia electoral, el voto o las elecciones. No hay que olvidar que más del 60% de los electores en aptitud de emitir su sufragio, lo hicieron de manera responsable y se debe respetar la decisión del electorado. Si bien es cierto pueden existir algunos hechos constitutivos de delitos electorales, tales circunstancias serán analizadas en su momento por la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales de la PGR, siempre y cuando se hayan presentado las denuncias correspondientes. Los órganos jurisdiccionales no actúan de oficio, sino a petición de parte, por lo que forzosamente debe existir un medio de impugnación para estar en aptitud de analizar una conducta determinada K


E

l Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder judicial de la Federación (TEPJF) declaró en una entrevista televisiva que esa autoridad no resolverá las impugnaciones que se han presentado contra la elección de Enrique Peña Nieto por “la insatisfacción de algún candidato o partido”, sino con base a las pruebas aportadas de los inconformes y en lo que está establecido en la ley. En lo que se ha interpretado como una respuesta indirecta a las reiteradas exigencias del candidato de la izquierda AMLO, en el sentido de que el TEPJF debe anular la elección presidencial del pasado 1° de julio en la que resultó triunfador con más de 3 millones de votos de diferencia el candidato priista Enrique Peña Nieto, el Dr. González Oropeza categóricamente afirmó que el Tribunal tiene la obligación de verificar el proceso electoral de acuerdo con la ley y con las pruebas que se aporten: “No basta con decir que se deben anular casillas por el hecho de que votaran personas que no estaban en listado nominal, eso se necesita probar.” El Tribunal Electoral, dijo, no es un órgano con facultades de investigación, sino una instancia que resuelve a partir de los hechos denunciados y los elementos de convicción que presenta el demandante, reconociendo que si bien está integrado por 7 magistrados de distinta extracción y con distintos antecedentes, actúan con absoluta imparcialidad y apoyados en la ley. Nuestras resoluciones, afirmó, “no pueden dejar satisfechos a todos”.

Confirmó el Magistrado González Oropeza que dentro del plazo legal se presentaron 250 juicos de inconformidad, distribuyéndose entre los integrantes de la Sala Superior, correspondiéndoles 50 expedientes a cada uno, para elaborar los proyectos de sentencia correspondientes y someterlos a la consideración del pleno, opinando que todos los juicios interpuestos relativos a la elección presidencial se resolverán a más tardar el 31 de agosto.

• No hay fundamento legal para anular la elección. • Ninguna de las impugnaciones presentadas por la Coalición por

el Bien de Todos llevarán a la anulación de los comicios.

La Secretaria General del PAN, Cecilia Romero, avaló las elecciones del pasado 1° de Julio y por ende al candidato del PRI, Enrique Peña Nieto para ocupar la presidencia a partir de diciembre. Advirtió que de acuerdo con la actual legislación electoral, ninguna de las impugnaciones presentadas llevará a la anulación de los comicios; sin embargo se mostró confiada de que los responsables serán sancionados. “Sabemos que habrá una sanción para los responsables de esta violación y estaremos preparando las propuestas de modificaciones al Código Electoral para que no suceda de nuevo.” Cecilia Romero señaló que es difícil comprobar que existió coacción del voto durante la pasada elección presidencial porque es necesario contar con testimoniales concretos de los involucrados. “En el caso de la compra de votos, ciertamente si no hay testimoniales concretos de personas que dicen: “A mí me pagaron tanto por votar por ellos y yo pagué”, no tenemos la posibilidad real de comprobar uno por uno. Yo no sé cómo le hace el candidato que está diciendo que se compraron 5 millones de

votos, no tengo idea de qué bola mágica le dijo esto, la realidad es que no se puede comprobar”. Mientras tanto, comentó que el candidato del PRI cuenta ya con un reconocimiento como ganador y cualquiera de las impugnaciones presentadas no llevará a la anulación de los comicios. “Esto lo sabemos los que sí conocemos la ley.” Para nadie es desconocido que Cecilia Romero es una de las personas más cercanas al Presidente Felipe Calderón y que la desfasada posición del presidente del PAN Gustavo Madero sumándose con el PRD (en la denuncia del caso Monex) evidencia la profunda crisis y división que existe en el PAN K

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EL VOTO EN LAS COMUNIDADES INDÍGENAS K Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín*

Una de las asignaturas más importantes en la agenda nacional para la maximización de los derechos político-electorales de las y los mexicanos, en el marco de la reforma del Artículo 1° constitucional en materia de derechos humanos, tiene relación con las formas de participación de las comunidades indígenas en la vida democrática nacional.

C

on relación a este tema, el Instituto Federal Electoral organizó un taller sobre democracia intercultural, en donde se destacó la relevancia de combatir la desigualdad y discriminación que lacera a las 15.7 millones de personas que se reivindican como indígenas en nuestro país. Se mencionaron como vías para enfrentar esta situación, el impulso a políticas de desarrollo de las comunidades con total respeto a su autonomía, con su participación para el diseño y ejecución, así como la promoción de la educación intercultural y de acciones afirmativas que favorezcan la participación ciudadana de quienes las integran. El reconocimiento de los derechos político-electorales de las comunidades indígenas tiene un antecedente importante en la reforma constitucional publicada el 22 de enero de 1992. En ella se afirma que “la nación mexicana tiene una composición pluricultural, sustentada originalmente en sus pueblos indígenas” y se establece que “la ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos, costumbres, recursos y formas de organización social…” (Art. 4°, primer párrafo). Dos años después sobrevino el levantamiento de algunas comunidades indígenas en Chiapas, encabezada por el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN), lo que dio lugar a un diálogo con el gobierno de la República para lograr el reconocimiento de los derechos indígenas, lo cual quedó plasmado en 1996, en los Acuerdos de San Andrés Larráinzar. Con base en ellos, el Ejecutivo Federal impulsó la reforma constitucional que entró en vigor el 14 de agosto de 2001,

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que prohíbe la discriminación motivada por origen étnico (Art. 1°, párrafo tercero). La misma reforma reconoce y garantiza el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para “decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural” (Art. 2°, A-I). En este marco, las comunidades indígenas pueden elegir, de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas de gobierno interno, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad frente a los varones (Art. 2°, A, III). En este aspecto las obliga a asegurar la equidad de género en la toma de decisiones comunitarias, lo que se refuerza con otras disposiciones constitucionales. Efectivamente, nuestra


Carta Magna determina que la Federación, los estados y municipios promoverán la igualdad de oportunidades de los indígenas y eliminarán cualquier práctica discriminatoria en su contra. En este marco, tales autoridades deberán propiciar “la incorporación de las mujeres indígenas al desarrollo, mediante el apoyo a los proyectos productivos, la protección de su salud, el otorgamiento de estímulos para favorecer su educación y su participación en la toma de decisiones relacionadas con la vida comunitaria” (Art. 2º, B-V). La participación de las mujeres indígenas en el gobierno interno y en el desarrollo de sus comunidades consiste en un derecho consagrado por la Constitución. En general, sus derechos individuales deberán ser compatibles con los derechos colectivos de sus comunidades. Esta armonización que contiene la reforma constitucional es congruente con el criterio establecido en el artículo 8, fracción segunda, del Convenio 169 de la OIT, ratificado por el Estado mexicano en 1990. “Dichos pueblos deberán tener derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias, siempre que éstas no sean incompatibles con los derechos fundamentales definidos por el sistema jurídico nacional ni con los derechos humanos internacionalmente reconocidos”. En este espíritu, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), estableció en 2002 una tesis de jurisprudencia que salvaguarda el sufragio universal en el seno de las comunidades indígenas, bajo el siguiente argumento: “Si bien las elecciones por usos y costumbres indígenas no contravienen el principio constitucional de igualdad; cuando impliquen actividades que violenten la universalidad del voto, no serán válidas”. El caso de la indígena zapoteca, Eufrosina Cruz Mendoza, remite la atención a la existencia, en 2008, de reglas de exclusión de las mujeres en algunas comunidades como Santa María Quiegolani, Oaxaca. En esta localidad, Eufrosina ganó las elecciones y no le fue reconocido su triunfo por ser mujer. Ante tal violación de derechos, cuatro años después, el Congreso del estado tuvo que reformar la ley para que las elecciones por usos y costumbres incluyan a las mujeres con plenitud de derechos, a iniciativa de la propia Eufrosina, en su calidad de diputada local. En éste y en otros aspectos, el papel del TEPJF ha sido determinante para establecer criterios que permitan salvaguardar los derechos político-electorales de las comunidades indígenas y sus integrantes. Cabe referir la reciente lucha de la comunidad de Cherán, ubicada en la meseta purépecha de Michoacán, que decidió elegir de manera autónoma a sus autoridades, pero enfrentó obstáculos por parte del Instituto Electoral de Michoacán, que se negó a atender la solicitud de organizar las elecciones comunitarias por usos y costumbres, aduciendo no estar facultado para hacerse cargo de tales elecciones.

indígena de Cherán tienen derecho a solicitar la elección de sus propias autoridades, siguiendo para ello sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, con pleno respeto a los derechos humanos. Asimismo, ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Michoacán atender la solicitud y al Congreso local realizar todas “las consultas, así como las medidas conducentes y adecuadas, para que se establezcan todas las condiciones de diálogo y consenso que sean necesarias para llevar a cabo, en su caso, las elecciones por usos y costumbres”. (SUP-JDC-9167/2011). El caso de Cherán fue detonante para que en la entidad ese Congreso aprobara una reforma constitucional en materia de derechos indígenas en diciembre de 2011, la cual establece, entre otras disposiciones, que las comunidades indígenas tendrán derecho a decidir y ejercer sus formas internas de gobierno, y sus propios sistemas de participación, elección y organización social por medio de diferentes formas de autonomía comunal. Como se puede observar, por la vía constitucional, pero también por la jurisdiccional, las comunidades indígenas de nuestro país, y en particular, las mujeres indígenas, cuentan con las garantías y mecanismos de protección de sus derechos políticos-electorales, tanto para participar en elecciones federales, locales y municipales como en aquellas que se realizan bajo el régimen de usos y costumbres. Lo anterior contribuye a consolidar en México una democracia plural e incluyente, sustentada en la igualdad de derechos, en la equidad de género y en la diversidad cultural, que son algunos de pilares fundamentales de nuestra comunidad nacional K

*Consejera Electoral del IFE

Ante tal negativa, el TEPJF, llevando a cabo un amplio control de constitucionalidad y convencionalidad en materia de derechos indígenas, que mandata el Art. 1 de nuestra Carta Magna vigente, determinó que los integrantes de la comunidad

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LIBERTAD PARA VOTAR COMPRA DE VOTO Y COACCIÓN DE VOTO K Dr. Juan José Mateos Santillán*

La búsqueda de la democracia en México fue y es un camino muy largo y lleno de accidentes. En la época que fuimos colonia española predominó la idea de nuestra incapacidad para gobernarnos y el llamado despotismo ilustrado fue muy elocuente para excluir a las grandes masas de la política con la idea de “Todo para el pueblo pero sin el pueblo”.

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N

uestra historia electoral está llena de denuncias de fraude, salvo la elección de Guadalupe Victoria y la primera elección de Juárez, la inmensa mayoría de las elecciones del siglo XIX y del siglo XX tuvieron denuncias de fraudes electorales que utilizaron mil disfraces para realizarse. Los fraudes históricos se asocian a golpes de estado, robo de urnas, amenazas físicas para que los votantes sufragaran, puñal o pistola apuntándoles, ratón loco, uso de los recursos del gobierno para coaccionar el voto o comprar voluntades y rasurados del padrón, entre otros. Sin abordar el problema de los intereses geoestratégicos que representa México como el territorio de máxima importancia para los Estados Unidos y en consecuencia como una de sus prioridades para el control geopolítico, es necesario reflexionar sobre la capacidad de los electores para votar libremente. El planteamiento no es novedoso y dio pie para muchas batallas políticas y militares, donde se ponía en duda la capacidad para elegir de los mexicanos, al menos de las grandes masas. Los conservadores del 1836 sólo permitían votar a quienes tuvieran una renta de ingresos alta pues los pobres vendían su voto y eran incultos, en consecuencia presumían que no sabían lo que les convenía para ellos y el país. El debate sobre la

capacidad o la incapacidad de las clases populares para poder votar en conciencia se mantuvo hasta principios del siglo XX cuando en la entrevista del Presidente Porfirio Díaz y el periodista norteamericano James Creelman, Don Porfirio aceptó que el pueblo de México estaba maduro para elegir a sus gobernantes. En toda la geografía mexicana se habla de compra de votos y se presume que millones de mexicanos fueron capaces de “venderlo”, si esto fuera cierto, nos llevaría a dos escenarios: el primero, preguntarnos qué factores pueden mover a un elector a sufragar por una persona o un partido; y el segundo, hasta donde llega la libertad para hacerlo. Respecto de la compra de votos, recuerdo que después de la desaseada elección de 1988 nos reunimos un grupo de investigadores del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad de Guadalajara entre quienes destacaban Don Efraín González Morfín y Don José Barragán a los cuales me sumé para establecer la observación electoral, y luchar contra los vicios que presentaron. Es necesario aclarar que en el 2012 las circunstancias de la compra de votos es diferente a la de 1988 y anteriores, la diferencia está en el sistema de gobierno, en un sistema de partido hegemónico como en el que combatimos la compra de votos que se daba de un solo lado, el gobierno (Federal, Estatal

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o Municipal) era de un solo partido, en aquellos años se compraba legitimidad y las opciones de cambio democrático en las urnas eran casi nulas. Hoy existen diferencias abismales ya que el contexto político cambió, ya no hay sistema hegemónico y los diversos órdenes de gobierno pertenecen a distintos partidos. Sin embargo, organizaciones de observadores electorales y otros organismos con los que nos confrontamos desde hace años por su notaria parcialidad (habría que abrir otro debate sobre la parcialidad o imparcialidad de los observadores electorales) nos dicen que se compran los votos. Algunos articulistas como Salvador Camarena en De Votos, Partidos Arreglados y Autogoles, La Razón del 4 de julio de 2012, hacen eco y dicen sin ninguna prueba que la compra de votos benefició en un 71% al PRI-PVEM, en 17% al PAN, 9 % al PRD y 3% al PANAL. Como investigador me interesa saber ¿cómo pueden probar objetiva o científicamente que alguien vendió su voto? o ¿cuál fue el método para evaluar científicamente el impacto que dicen se causó en la elección?

lacera a una sociedad y a un individuo en su dignidad y en su esencia. Hay momentos en los que coinciden las dos conductas, como es el caso de las prácticas de enviar a un niño para que vea por quien votó un elector, en ese supuesto el elector está coaccionado y obligado a votar por quien envió al niño. Los otros esquemas de intentar coaccionar a un elector son relativos y se pueden eludir fácilmente. Si a un elector le entregan una boleta previamente marcada fuera de la casilla antes de votar para que la introduzca en la urna y le devuelva a quien lo “compró” una boleta en limpio, puesto que tiene la obligación de votar por quien le está coaccionando por aceptar dinero, en esos extremos el elector puede evitar votar por quien lo coacciona, pues en el caso de que le exijan fotografía de su voto, puede hacerlo por quien le pagó, tomar la foto y después, antes de insertarla en la urna, anularlo para no votar por quien lo quiso comprar.

En la compra de votos hay una promesa o una dádiva. En la coacción hay una amenaza o un daño que elimina la libertad de votar. En la compra de votos la libertad para votar es relativa. La coacción es algo que lacera a una sociedad y a un individuo en su dignidad y en su esencia.

Mis dudas surgen a partir de la idea de que Cuauhtémoc Cárdenas, primero y Andrés Manuel López Obrador, después, comentaron a los ciudadanos de México, “si les dan dinero, bienes o favores a cambio de su voto, tómenlos, pero después voten libremente por quienes Ustedes deseen”. Es probable que los ciudadanos recibieran de varios partidos cilindros para el agua, camisetas, gorras o cualquiera de los “obsequios” que se entregan en los mítines o en la calle a las personas para que voten por un candidato, sin que ello los condicionara o los obligara a en un sentido específico. Debemos pensar donde empieza la “compra de votos”, si con una camiseta, una gorra, si con un bulto de cemento, ladrillos o unas láminas, si una promesa de empleo, un puesto en el gobierno, un escaño o una curul. No es correcto hablar de compra de votos y de coacción de voto como sinónimos, fenómenos similares o concurrentes, en general se trata de conductas diferentes. En la compra de votos hay una promesa o una dádiva, en la coacción hay una amenaza o un daño que elimina esa libertad. En la supuesta compra de votos la libertad para votar relativa; la coacción es algo que

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En el caso de que le den una boleta marcada fuera de la casilla quienes “compraron el voto” para que les devuelva la boleta de votación en blanco, también puede tachar todos los partidos en la boleta que le entregaron con un partido pre marcado y con ello anular su voto para no dárselo a quien quiso coaccionar o comprar y devuelve a los delincuentes electorales una boleta en blanco. De esta forma el inmenso derroche de recursos que hacen los partidos es inútil, como en el caso del municipio en donde voté, el PRI hizo una gran campaña, con publicidad, regalos, vehículos, etc. y perdió la Presidencia Municipal con todo y que el gobernador de ese partido, apoyó al máximo a sus candidatos. En el caso del Distrito Federal el triunfo de Miguel Ángel Mancera fue claro e inobjetable, sin embargo es en donde se generaron los problemas de las tiendas “Soriana” y la supuesta compra de votos con tarjetas pre pagadas a favor de un partido que perdió ampliamente en esa entidad y en los municipios cercanos. Los panistas se apoyaron en los programas sociales para obtener votos y sin embargo su derrota fue legendaria, hasta da la impresión que el PRI concertacesionó con Fox su Estado.


De la izquierda se dicen muchas cosas; Rosario Robles en uno de sus libros menciona que AMLO le pidió despensas para su campaña presidencial anterior, cuando eran del mismo partido y ella Jefa de Gobierno del DF. Aceptar que la gente es tan tonta como para vender su voto implica desconocer a un pueblo que sobrevivió a la conquista española, a la norteamericana, a Don Porfirio Díaz, al neocolonialismo y al sistema de partido hegemónico. El pueblo mexicano es inteligente, no va a la confrontación directa contra el oponente como dijera el poeta Atahualpa, porque tiene la paciencia para defenderse y elegir, sin necesidad de confrontarse como los pueblos árabes o los sajones. Metodológicamente es imposible probar que los dineros que circularon para comprar votos realmente los compraron, pues el votante, incluso cuando le entregan una boleta pre marcada o una cámara, siempre puedo anular su voto. Sin embargo, el problema de vender votos o regalarlos por unas cuantas monedas en una sociedad democrática es mucho más profundo, tiene que ver con la libertad de consciencia y con el derecho del pueblo para elegir, en calidad de mandante, a sus mandatarios. Una pregunta relevante es ¿por qué votamos? La respuesta es compleja y acepta muchas variables, unas muy concretas y materiales, como el caso de cuando conocemos a un candidato, a sus cercanos o somos amigos de alguien que los conoce y podemos esperar un beneficio directo o indirecto, sus cercanos o de la estructura que se conformará con el próximo gobierno. Otra respuesta, principalmente para los intelectuales, es ideológica y nos lleva a la idea de votar por un conjunto de principios enarbolados por un

partido y un candidato que ofrecen un proyecto de gobierno acorde a nuestra formación ideológica y conveniente a nuestros intereses como seres humanos. No trataré de agotar las posibles respuestas a la pregunta ¿por qué votamos? Porque son tan amplias como electores existan, sólo nos queda en claro que nadie votaría libremente en contra de sus intereses y que el sistema de partidos mexicanos debe cambiar porque mucha gente se inclina por el más simpático o el menos malo en la medida que la oferta electoral es sumamente reducida. Así, el voto libre se asocia adarlo por la opción más cercana a mis intereses ideológicos o materiales pero siempre dentro del ámbito de mi conveniencia. El problema del enfoque se complica al tratar de explicar el voto de la clase política, la clase media o las élites de cualquier tipo, pues todo cambia. A ellas nadie les cuestiona su voto libre ni dicen que fue comprado. Es común aceptar que un ciudadano tiene derecho a comprometer su voto por una curul, un escaño, un ideal, un principio, o lo que le conviene a su conciencia o a su bolsa, y nadie sería capaz de criticarlo. También es legítimo comprometer un voto por una expectativa de trabajo o de negocios en un nuevo gobierno, pero en esa línea cabría preguntarse ¿es correcto hacerlo por una despensa o una torta?, ¿cuál es la diferencia entre una torta, una curul, un empleo o la posibilidad de hacer negocios? ¿Será que los ilustrados de hoy siguen despreciando a la gran masa de mexicanos que sobreviven en condiciones de pobreza alimentaria? Los mexicanos debemos preguntarnos qué tipo de democracia necesitamos para continuar adelante después

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de terminar con el sistema de partido hegemónico. Es necesario entender el voto y que quienes votan son mayores de edad en un sistema de elecciones competidas en el que cualquiera de los partidos puede ganar, aunque algunos quieran ver a las clases económicamente menos favorecidas como incapaces o sujetas a interdicción cuando su voto no les favorece.

para nuestro país y entonces sería una broma hablar de democracia, creo que se puede probar que hubo gastos excesivos, pero no que nuestro pueblo sea un pueblo corrupto, la democracia es un sistema que se hizo para mayores de edad y no para personas sujetas a interdicción, incapaces o niños fáciles de engañar. No es posible hablar de democracia y simultáneamente de un pueblo que se vende, lo correcto es hablar de una sociedad con intereses diversos y visiones de diferentes, que vota conforme a sus intereses, la elección del 1º de julio de 2012 fue una lección de civilidad con un voto diferenciado que envidiarían muchas democracias consolidadas.

La próxima reforma electoral debe avanzar hacia temas que nos conduzcan a una democracia participativa y no a transformar el Derecho Electoral en un apéndice del Código Penal con tipos penales subjetivos.

Desde la entrevista Díaz–Creelman quedó claro que el pueblo de México tiene mayoría de edad para votar, la compra en los sistemas hegemónicos es muy grave porqué al existir un solo partido en el gobierno, las disidencias tienden a ser perseguidas y coaccionadas para acallar consciencias; el éxito de las prácticas clientelares en sistemas electorales competidos depende de la capacidad de la comunidad para utilizar lo que le regalan. No se puede aceptar simplemente que un Partido “compró” 5 millones de votos y los otros poco menos, eso es infamante

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Considero que se debe poner énfasis en castigar el exceso de gastos de campaña, pero no ofender a los electores con la idea de la “compra de votos” pues lo primero es objetivo y puede ser probado, mientras que lo segundo es imposible de probar en tanto el voto sea libre y secreto. México debe


avanzar en el combate del fraude electoral adecuando la legislación a consideraciones objetivas, que permitan un voto libre e informado, debemos eliminar toda posibilidad de que alguien coaccione a los electores para que voten en un sentido que no sea el de su más amplia libertad, pero también debemos evitar que se ofenda a los electores bajo supuestos de que son corruptos o vendidos por su condición de pobreza o marginación. Hoy el sistema electoral nos obliga a votar a ciegas, cuando cada gobernante que llega al poder no tiene ninguna obligación vinculatoria con sus promesas de campaña, cuando en estas se eludió criticar a fondo las estrategias de seguridad pública fallidas y proponer nuevas opciones, daba la impresión que los candidatos evitaban cualquier cosa que pudiera significar un ataque al Presidente en funciones. En general los candidatos no fijaron su posición respecto a temas muy controvertidos, como el IVA o a una reforma hacendaria, a la definición precisa de políticas en materia de hidrocarburos, a estrategias concretas de combate a la delincuencia o la corrupción y cientos de temas fundamentales para una elección.

CONCLUSIÓN Todos votamos por un interés, unos lo hacen por muy poco, otros por mucho, para un clase mediero una torta es una ofensa, pero para ese mismo personaje, un trabajo bien remunerado, una dirección general, una dirección de área o trabajo para algunos miembros de la familia, pueden modificar sus intenciones tradicionales de voto. Es común ver a muchos políticos cambiar de partido político cuando el partido al que pertenecen no les da la posición que ellos deseaban. ¿Entonces los partidos compran políticos? ¿Cuántos políticos cambiaron de partido por una posición, pero con el pretexto de un ideal? Tengo la certeza de que el voto del mismo Slim, Salinas Pliego, Azcárraga o cualquiera de los ricos de México, también tiene un precio: el de la conveniencia para proteger sus negocios y de eso tampoco se dice nada. Resulta impostergable una verdadera reforma electoral que entienda la realidad de un sistema de partidos competitivo, que se enfoque más a dar claridad a los electores, que abra los canales democráticos, que haga responsables a los gobernantes, que los obligue a presentar programas de gobierno vinculantes a sus palabras de campaña, entre otros; mientras tanto, es tan ciego el voto de un intelectual de primera como el que dicen se compró por una despensa.

No es posible hablar de democracia y simultáneamente de un pueblo que se vende, lo correcto es hablar de una sociedad que vota conforme a diversos intereses y visiones.

Da lo mismo votar a ciegas que sin compromisos vinculantes (obligatorios) de un candidato con sus promesas de campaña y esto es peor que votar por una torta o una despensa. Votar a ciegas es dar un cheque en blanco a quien no sabemos qué propósitos reales tiene para gobernar, sin la obligación de que un candidato cumpla su palabra después de exponer su posición frente a todos los temas importantes para la nación es anular la democracia y reducirla a la versión remasterizada del despotismo ilustrado. No podemos regresar a las épocas de los conservadores de 1836 y pensar que los pobres son incultos y venden su voto, ahora que los ricos también cambian sus votos pero no por despensas o cemento, lo hacen por posiciones, negocios, canonjías y mil componendas más de eso nadie habla. ¿En dónde empieza la compra de votos? ¿Cuándo se vende el voto a cambio de grandes negocios o alianzas? ¿Cuál es el límite de la libertad para votar? Creo que el voto es un ejercicio de soberanía y es libre en el más amplio sentido de la palabra en el marco de los derechos ciudadanos establecidos en la Constitución.

El camino de las reformas electorales después de 1988 es el de la desconfianza. La relatividad de temas como la supuesta compra del voto hace que cualquier elección sea impugnada por la imposibilidad objetiva de probar que alguien vendió su voto, cuando el secreto del sufragio hace imposible hablar con objetividad del tema y se llega al extremo de transformar en una acción dogmática o de fe lo que debe ser una valoración objetiva de la elección. La próxima reforma electoral debe avanzar hacia temas que nos conduzcan a una democracia participativa y no a transformar el Derecho Electoral en un apéndice del Código Penal con tipos penales subjetivos o relativos K *Doctor en Derecho. Catedrático de la UNAM

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PROPONE CÉSAR DUARTE MAYOR COORDINACIÓN DE LOS ESTADOS EN EL COMBATE A LA DELINCUENCIA

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uerétaro, Qro.- Al asumir el pasado mes de julio en Querétaro la presidencia de la Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO), César Duarte Jáquez, Gobernador de Chihuahua, resaltó que durante su gestión al frente de este organismo priorizará acciones en todo el país para combatir la inseguridad –uno de los problemas que más preocupan a la sociedad mexicana–, proponiendo la realización de foros y talleres en materia de inseguridad por zonas geográficas. Al incorporar este componente regional, señaló, que nos permita conocer y replicar experiencias exitosas en estos temas, sin duda avanzaremos en las tareas para combatir a la delincuencia, destacando que para alcanzar una mayor eficacia en este compromiso, es necesario incrementar la coordinación entre todas las entidades federativas, sin importar la procedencia partidista de los gobernadores. “Es una estrategia en la que tenemos que ir evolucionando permanentemente, como va evolucionando la manera sofisticada en que a veces actúa la delincuencia y nos parece fundamental que los acuerdos de la CONAGO en materia de seguridad sigan teniendo esa misma evolución, para atender las necesidades de la Nación”, afirmó Cesar Duarte. Durante su mensaje, el Gobernador de Chuihuahua manifestó el interés de la CONAGO para alcanzar una transición política en paz y trabajar de cerca en temas que preocupan a las diferentes entidades del país, con quién será el próximo Presidente de México durante el periodo 20122016, Enrique Peña Nieto –virtual ganador en las pasadas elecciones del 1º de julio–. Destacó que el proyecto de Nación requiere de instituciones sólidas acordes a las transformaciones del país, convocando a todos los mexicanos a participar en esta nueva etapa de la

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vida pública, para seguir en la construcción del fortalecimiento al federalismo republicano a fin de consolidar un pacto federal que ayude a crear un México de concordia y equidad social. Desde que asumió la gubernatura de Chihuahua, César Duarte ha sido uno de los participantes más activos del organismo en temas como la seguridad, educación y salud; así como del operativo CONAGO cuando estuvo al frente de la Comisión de Seguridad, lo que le permitirá seguramente, ser un interlocutor de los gobernadores para gestionar con mayor ahincó las necesidades y urgencias de todas las entidades federativas. Al ser una entidad en donde la violencia estuvo a punto de quebrantar el Estado de Derecho, el mandatario estatal ha impulsado múltiples tareas para devolver a la sociedad tranquilidad y seguridad en las calles. Aseguró el Gobernador Duarte que durante su gestión al frente de la CONAGO, uno de sus principales objetivos


será consolidar una dinámica que brinde resultados al pueblo de México. Por eso, propuso una agenda para impulsar las reformas estructurales que el país requiere y brindar en cada uno de los estados una mejor calidad de vida con políticas públicas de acuerdo a las necesidades de los mexicanos que permitirán alcanzar un mejor país, porque es necesario trabajar para eficientar las condiciones de México. Respecto a las reforma dijo: “La hacendaria contribuirá al crecimiento económico del país por medio de estrategias integrales; necesitamos una reforma energética para concretar la modernización de Petróleos Mexicanos, con una mejor inversión para hacerla más eficiente; en lo que respecta a la reforma laboral, debemos obligadamente tratar el tema de las pensiones que ponen al borde de la quiebra la seguridad social.” Otro de los temas fundamentales para el país, aseveró, es la Reforma Política, debido a que en México nos urge explorar prácticas políticas innovadoras. Ya es hora, dijo Duarte, de superar la visión de corto-plazo que tanto daña al país.

UNIDOS POR MÉXICO Ante un nuevo escenario político que habrá en México a partir de diciembre, el recién nombrado presidente de la CONAGO advirtió la importancia de mantener un consenso que obligue a la unanimidad de las decisiones de los integrantes de la organización a fin de privilegiar un diálogo que genere acuerdos. “Esa debe ser nuestra mística de trabajo, no de imposiciones sino de diálogo, nunca construyendo peleas; nos toca dar el paso cualitativo, la CONAGO tiene una historia corta aún pero muy efectiva, debemos dejar una huella que trascienda. Hoy más que nunca debemos buscar unidad no confrontaciones, sembrar certidumbre no dudas; necesitamos de gobernantes comprometidos, estoy seguro de que sabremos ponernos la camiseta de México.”

cordial como colega Gobernador del Estado de México”. Se pronunció por una urgente revisión exhaustiva de los órganos de representación, con base en los resultados en los últimos años de las elecciones a senadores y diputados, exhortando a revisar la cláusula de gobernabilidad y los plurinominales. En relación con el proceso electoral, Duarte Jáquez señaló su satisfacción por la gran participación pacífica en las urnas: “Manifestamos nuestra satisfacción por vivir una jornada electoral democrática, en tranquilidad total, con una participación ciudadana muy alta.” Destacó que con Peña Nieto la CONAGO trabajará para promover la paz social, la unidad y la consolidación entre los mexicanos. Los gobernadores esperan mejores respuestas por parte de la administración federal que encabezará el nuevo Presidente de México. “Estamos reunidos con el ánimo de fortalecer este espacio por excelencia de oportunidad para que el diálogo y los acuerdos se den, en un marco en el que los gobernadores acudimos independientemente de los partidos, sobre todo en esta etapa de transición de gobierno y de régimen se da con alguien que fue miembro de la CONAGO como Gobernador del Estado de México y que esperamos mejores respuestas”.

Hoy más que nunca debemos buscar unidad no confrontaciones, sembrar certidumbre no dudas.

El mandatario destacó que durante la transición política, la CONAGO promoverá la unidad sin confrontaciones. En lo concerniente a la relación de Chihuahua con el Gobierno Federal, manifestó que los meses que le quedan al Presidente Felipe Calderón serán positivos. En cuanto al trabajo con el nuevo gobierno federal, César Duarte enfatizó: “Si con el Presidente Calderón nos metimos a la cocina, con el Presidente Peña somos parte de la cocina, con él me tocó una relación

Al concluir la XLIII Reunión Plenaria de la CONAGO, se acordó conformar un grupo técnico de trabajo para la integración y elaboración de las propuestas y estrategias formuladas por los gobernadores durante la reunión, que se encargará de recoger opiniones y fijar una Agenda Estratégica Federalista, que sirva de plataforma para la gestión y promoción de intereses de las entidades federativas, de cara a la integración de la LXII Legislatura Federal y del próximo Gobierno de la República, con énfasis en el proceso de análisis, discusión y aprobación de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, asunto que es de la mayor importancia para todos los gobernadores y el Jefe de Gobierno del DF K

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EN RIESGO LA LAICIDAD DEL ESTADO MEXICANO K Lic. Brenda Pulido Luna

La libertad religiosa prevista en el Artículo 24 Constitucional reformado pone en riesgo la separación Iglesia-Estado. La reforma pretende acabar con la educación pública laica que tutela la no injerencia religiosa. Evitemos que la mayoría de los Congresos Estatales concreten la aprobación de esta regresiva reforma.

E

l objeto del presente trabajo es atajar el intento legislativo para acabar con la vigencia del Estado Laico en México, con la absoluta separación entre la Iglesia y el Estado, de respetar el principio consagrado en la Ley Suprema en el sentido de que la educación en nuestro país, debe permanecer laica, universal, gratuita y libre de toda injerencia política, religiosa o sindical. La laicidad del Estado Mexicano –la separación de iglesia y Estado– se ha conseguido con el esfuerzo y la sangre de muchos mexicanos de varias generaciones. Por ello, resulta un asunto de la mayor importancia que, ante el riesgo de perder esta conquista, por intereses políticos o partidistas que buscan proteger y privilegiar a una cúpula religiosa o por desinformación, la sociedad se organice y presione para que este intento no se concrete. El pasado mes de marzo la Cámara de Senadores aprobó una reforma al artículo 24 Constitucional que, bajo el pretexto de ampliar en nuestro país la libertad religiosa, pone en riesgo la laicidad del Estado Mexicano y atenta directamente contra uno de sus principios fundamentales consagrados en el artículo

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3º: la educación pública debe ser laica, universal, gratuita y, esencialmente, ajena a cualquier tendencia política y religiosa. La reforma ya había sido aprobada previamente por la Cámara de Diputados en un “albazo” legislativo –como se explica más adelante–, de tal suerte que ambas Cámaras del Congreso de la Unión ya la avalaron y actualmente se pasó a los Congresos Locales para concluir el especial proceso de una reforma constitucional. Hasta la fecha, sólo ha sido aprobada por 4 legislaturas locales: Estado de México, Durango, Hidalgo y Sonora y ha sido rechazada por otras 4: Michoacán, Morelos, Zacatecas y Baja California.

ANTECEDENTES DE LA REFORMA AL ARTÍCULO 24 La iniciativa de reforma del artículo 24 constitucional fue presentada en la sesión del 18 de marzo de 2010, por el D iputado del PRI José Ricardo López Pescador, turnándose a la Comisión de Puntos Constitucionales para su estudio y dictamen. No obstante la relevancia del tema, el análisis y discusión de la iniciativa se dio prácticamente en secreto y sin que trascendiera a los medios masivos de comunicación. De la misma manera, con la complicidad de los líderes de todos los grupos parlamentarios, el 14 de diciembre de 2011, se envió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, misma que ordenó su inmediata incorporación en el orden del día de la sesión del día siguiente, 15 de diciembre de 2011 (último día del periodo ordinario de sesiones), solicitando por escrito que al dictamen se le dispensaran todos los trámites y fuera sometido a discusión y votación de inmediato, aprobándose por el Pleno bajo estas condiciones.

mismo Papa, que viajo recientemente a México, según se dice, con el propósito central de promover la aprobación definitiva de la reforma. Si analizamos a profundidad el trasfondo de esta enmienda constitucional, podemos advertir que no se trata de proteger derechos fundamentales de las personas, sino de congraciarse con la cúpula eclesiástica que ha venido sugiriendo debe tutelarse en nuestro país una verdadera libertad religiosa, la cual ya existe en el texto constitucional que protege la libertad de creencia religiosa. El establecimiento de la laicidad como principio fundamental del Estado Mexicano implica garantizar el total respeto y libertad a las creencias religiosas o filosóficas que los individuos profesen. Es decir, la existencia de un Estado que no conculque o imponga creencias religiosas o ideológicas a los ciudadanos y que se mantenga en absoluta neutralidad frente a ellas. De la misma forma, el laicismo se expresa en un principio histórico de la separación IglesiaEstado, lo que significa que las instituciones republicanas no respondan, ni están al servicio de una doctrina religiosa o filosófica en particular, sino al interés público, al interés de todos, manifestado en la voluntad popular y el respeto a los derechos humanos.

No se puede permitir que en México los voceros de la iglesia católica insistan en establecer la enseñanza religiosa en las escuelas públicas.

Habría que subrayar que este “albazo” legislativo se concretó con la complicidad de los dirigentes partidistas y legislativos de todos los partidos políticos –incluidos el PRI y el PRD-, seguramente por la sigilosa presión de la cúpula de la iglesia católica, ya que, no obstante que aparentemente beneficia a “todas las iglesias”, en realidad quién la ha impulsado silenciosamente es la iglesia católica romana, muy influyente en México, con el segundo mayor número de católicos del mundo –después de Brasil-. En efecto, un argumento que en apariencia motivó a los legisladores a plantear una reforma a nuestra Carta Magna que garantizara el derecho a tener o no una religión, o adoptar la que mejor se adapte a sus creencias, ha sido la gran actividad desplegada por la cúpula católica, incluido en el

Resulta pues necesario estudiar con detenimiento el texto de esta reforma al artículo 24, desde la iniciativa de ley, hasta su aprobación final en el Senado, sin desconocer su incongruencia con otros artículos de la Carta Magna que también tocan este tema: 3º, 5º, 27 y 130, que afortunadamente no fueron modificados, pero que corren peligro de ser trastocados, si no se detiene la entrada en vigor del nuevo texto del 24, ya que de la lectura del Decreto emitido por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, se demuestra que se dejó abierta la posibilidad de revisar estos preceptos y de ser modificados posteriormente. Texto Actual. Artículo 24. “Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituya un delito o falta penados por la ley. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna. Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de estos se sujetarán a la Ley Reglamentaria”.

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Texto de la Iniciativa. La iniciativa de reforma constitucional presentada por el Diputado José Ricardo López Pescador del PRI, decía: “Artículo 24.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión, este derecho incluye la libertad de tener o adoptar, o no tener ni adoptar, la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de ritos, las prácticas, la difusión y la enseñanza; siempre que no constituya un delito o una falta sancionada por la Ley”. Dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales: “Artículo 24.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de conciencia y de religión, y a tener o adoptar, en su caso, la de su agrado. Esta libertad incluye el derecho de practicar, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o una falta penados por la Ley. Nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión de esta libertad con fines políticos, de proselitismo o de propaganda política”. Finalmente, con el propósito de ajustar su redacción a los demás preceptos constitucionales relacionados, la reforma aprobada por la mayoría, se redactó de la siguiente manera,

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publicándose en la Gaceta Parlamentaria de fecha 15 de diciembre de 2011 y remitiéndose al Senado, que la aprobó el pasado 28 de marzo, por una mayoría de 72 votos a favor y 35 en contra. Artículo 24.- “Toda persona tiene derecho a la libertad filosófica, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar la religión de su agrado o a no tenerla. Esta libertad incluye el derecho de participar individual o colectivamente, tanto en público como privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Las libertades filosóficas de conciencia y de religión tendrán igual tratamiento por parte del Estado, ninguna creencia podrá estar en posición superior a otra, nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión y de libertad con fines políticos de proselitismo o de propaganda política.” La aprobación fast track de esta iniciativa por la mayoría de los diputados federales –con excepción de los del PRD, PT y Convergencia–, ha generado la percepción que se está negociando con las libertades constitucionales, como resultado de la insistencia de la jerarquía católica-romana. Lo anterior se corrobora con la plática sostenida en Guanajuato entre el Jefe de Estado del Vaticano, Tarcisio Bertoni y el Presidente Felipe Calderón, durante la reciente visita a México del Papa Ratzinger, que fue ampliamente difundida en los medios de comunicación. Al efecto debe decirse que los derechos fundamentales no deben ser materia de negociación entre


grupos de poder, si es que queremos que México sea un auténtico Estado Democrático de Derecho. Cualquier reforma constitucional que se proponga, debe ser respetuosa del Estado laico y ajena a la instalación de cualquier privilegio a favor de una asociación religiosa en concreto. Convencidos de que la libertad religiosa sin un Estado laico, no es libertad religiosa.

Estados que aprobaron la reforma al Artículo 24 Const. Durango Estado de México Hidalgo Sonora

LIBERTAD RELIGIOSA El verdadero objetivo de esta reforma que atenta contra la separación de Iglesia-Estado, consiste en la manipulación que se está haciendo de la noción de libertad religiosa para sustentar privilegios. En efecto, tras insertar la libertad de religión en el texto del artículo 24 constitucional, se oferta un concepto distorsionado y tendencioso de ella, a fin de emplearla como fundamento para satisfacer las mencionadas exigencias clericales. El meollo del asunto es que se abandona la comprensión de la libertad religiosa como derecho humano y se le remplaza por una concepción permisiva y sesgada, totalmente ajena a los principios del Estado Laico, utilizando el concepto como una bandera, como un instrumento para reclamar privilegios religiosos en demérito de nuestro régimen de libertades y de nuestra historia misma. Dicho trasfondo se consigna expresamente en el propio “Decreto de reforma y adiciones al artículo 24 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos” emitido por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, y signado por los miembros del PAN y PRI (contenido en la Gaceta Parlamentaria, de fecha 15 de diciembre de 2011), en el que se confiesan los verdaderos propósitos que se persiguen con esta modificación.

Estados que NO aprobaron la reforma al Art. 24 Const. Baja California Michoacán Morelos Zacatecas

primer momento esta reforma como punta de lanza para, posteriormente, culminar con la cancelación del Estado Laico. La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara Baja anticipó ya en el texto del Decreto correspondiente, que a partir del concepto de libertad religiosa, “se requerirá la revisión de los artículos 3°, 5°, 27 y 130 de la Constitución”, lo que implicará un necesario desmantelamiento del Estado Laico. La paradoja de este asunto es que una eventual cancelación del Estado Laico no implica la ampliación de libertades; por el contrario, afectaría la esfera de los derechos humanos de las personas. 2) CANCELACIÓN DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA LAICA.Otro propósito central de la reforma del artículo 24 es permitir abiertamente que se imparta educación religiosa en las escuelas públicas (particularmente la católica), suprimiendo así el carácter laico de la educación. Como se vio en el punto 1, inicialmente sólo se introduce la noción de libertad religiosa, en espera de que existan las condiciones para establecer la educación religiosa en la escuela pública (como sucede en España). Es preciso insistir en que la libertad religiosa, bien entendida, no obliga al Estado a fungir como catequista o instructor al servicio de una determinada confesión. 3) POSESIÓN Y CONTROL DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN.Actualmente el artículo 21 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público limita a las iglesias para poseer o administrar medios electrónicos de comunicación. Sin embargo, según el citado Decreto de la Comisión de Puntos Constitucionales, la libertad religiosa comprende la más amplia libertad para la comunicación de las convicciones religiosas, mediante el uso de “medios de comunicación social, pasando por la escuela, los centros de formación religiosa, etc… En consecuencia, este derecho debe ejercerse sin restricciones o censuras previas”.

La forma en que se procesó la reforma del Art. 24 pone de manifiesto la debilidad y complacencia de los legisladores del PAN y del PRI frente a los obscuros intereses de la cúpula católica.

ARGUMENTOS EN CONTRA DE LA REFORMA ARTÍCULO 24 1) DESMANTELAMIENTO DEL ESTADO LAICO.Es clara la estrategia de la cúpula católica: utilizar en un

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REFORMA DEL ARTÍCULO 40 CONSTITUCIONAL Para mejor comprender la problemática expuesta en este trabajo, considero necesario abordar brevemente otra reforma que se está dando paralelamente: la del artículo 40 constitucional, que también ha generado polémica. En febrero de 2010, la Cámara de Diputados aprobó su modificación, la cual adiciona el término laica a las características del Estado Mexicano, reforma que fue aprobada a los pocos días por los Senadores, enviándose a los Congresos Estatales para su ratificación. Por razones que desconocemos, la aprobación de esta reforma se está tramitando al mismo tiempo en las legislaturas locales. La iniciativa correspondiente se propuso incluir el término “laica” en la definición de la República Mexicana, con el fin de reforzar la separación entre la Iglesia y el Estado. De acuerdo con lo aprobado por mayoría calificada, el artículo en comento quedó redactado así: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos…” Vale aclarar que quienes han alzado la voz en contra de esta reforma coinciden en el argumento (que comparto), que resulta inútil esta adición al texto del artículo 40 constitucional, pues el carácter laico del Estado ha permanecido resguardado desde hace muchos años sin que sea necesaria una reforma constitucional que lo venga a reforzar. Nadie discute la conveniencia de la separación de la Iglesia y el Estado, pero ello resulta redundante, ya que la laicidad del Estado se encuentra garantizada y protegida desde que como país nos convertimos en una República.

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Es de destacarse que, tanto la reforma al artículo 24, como al 40 constitucionales, fueron consideradas necesarias por los legisladores federales para lograr un reconocimiento constitucional a favor de todas las personas del derecho fundamental de libertad religiosa, reconocido en los tratados internacionales de derechos humanos vigentes en México, principalmente en los siguientes: el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Art. 18), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Art. 12), Convención sobre los Derechos de la Niñez (Art. 14), Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (Art. 5), Convención Interamericana para Prevenir, Suprimir y Erradicar la Violencia contra la


Mujer (Art. 4), la Convención sobre los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios (Art. 12). Sin embargo, como se ha comentado, la redacción actual de ambos preceptos constitucionales, de ninguna manera afecta derecho humano alguno. Finalmente, vale la pena citar el caso de España, para dejar claro que es altamente riesgoso para nuestro país permitir prácticas confesionales avaladas por el Estado, aunque se declare aconfesional o laico. En el país Ibérico, se ha generado una gran confusión entre religión y política, entre Estado y la Iglesia Católica, que son el origen de una división antigua, profunda e irreconciliable en la sociedad. Allá, la iglesia católica disfruta de privilegios que resultarían insostenibles en otras latitudes. El Estado Español paga el salario de los obispos –designados por cada diócesis–, para que impartan educación religiosa en escuelas oficiales. Este régimen, heredado del franquismo, se sostiene gracias a la gran influencia que tiene la jerarquía eclesiástica en la estructura del gobierno y en el conjunto de instituciones públicas. Se trata de un poder de facto que está salvaguardado por un tratado internacional, por lo que el gobierno español carece de facultades para eliminar dichos privilegios, debido a que los tratados celebrados con otros Estados, se encuentran por encima de la ley interna.

No se puede permitir que en nuestro país los voceros de la iglesia católica insistan en establecer la enseñanza religiosa en las escuelas públicas, ya que seguramente los sueldos de los clérigos que instruyan en dichas instituciones, saldrán de los impuestos de los mexicanos, creyentes o no, católicos o no. Ni permitamos que ningún credo se apodere de los medios masivos de comunicación, porque constituiría el empoderamiento de la iglesia católica. No permitamos que se oficialicen conductas criminales de clérigos, como las recientemente conocidas de prácticas pederastas y oposición abierta a programas de educación sexual y reproductiva.

MANIFESTACIONES CIUDADANAS CONTRA DE LA REFORMA

EN

En un esfuerzo ciudadano por atajar que entre en vigor la Reforma Constitucional del artículo 24, durante los meses de mayo y junio se realizó en Uruapan, Michoacán, un ciclo de Conferencias cuyo tema central fue El Estado Laico y el Estado Confesional, evento coordinado por el Lic. Gerardo Saúl Vázquez Ortega, representante de la firma legal Vázquez Ortega, S.C., en donde participaron miembros de la Sociedad Civil como la Sociedad Cívica de México,

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TEXTO ACTUAL ART. 24 CONST.

Artículo 24. “Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituya un delito o falta penados por la ley. El Congreso no puede dictar leyes que establezcan o prohíban religión alguna. Los actos religiosos de culto público se celebrarán ordinariamente en los templos. Los que extraordinariamente se celebren fuera de estos se sujetarán a la Ley Reglamentaria”.

representantes de Colegios de Profesionistas domiciliados en Uruapan, Instituciones de Educación Superior, tanto universidades públicas y privadas, representantes de sociedades de alumnos de escuelas normales, universidades y casas del estudiante, de la Sociedad Mexicana de Geografía y Estadística, Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, del Sindicato de Profesores de la Universidad de Michoacán y la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, quienes en el desarrollo de sus intervenciones se manifestaron claramente en contra de la reforma religiosa, congruentes a la decisión tomada por el H. Congreso Local del Estado de Michoacán, expresando su rechazo absoluto a toda forma de imposición ideológica, pugnando por la observancia de las Leyes en la impartición de la educación en México que deberá permanecer laica, universal, gratuita y libre de toda injerencia política, sindical, religiosa, que ofrezca a la juventud la oportunidad de formarse como emprendedores, dentro de los principios éticos y de acuerdo a nuestra cultura y tradiciones. Esto constituyó un enorme esfuerzo y permitió a los representantes de los sectores que intervinieron, dejar patente su descontento ante tal imposición, pues afirmaron

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TEXTO REFORMADO ART. 24 CONST.

Artículo 24.- Toda persona tiene derecho a la libertad filosófica, de conciencia y de religión, y a tener o adoptar la religión de su agrado o a no tenerla. Esta libertad incluye el derecho de participar individual o colectivamente, tanto en público como privado, en las ceremonias, devociones o actos de culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. Las libertades filosóficas de conciencia y de religión tendrán igual tratamiento por parte del Estado, ninguna creencia podrá estar en posición superior a otra, nadie podrá utilizar los actos públicos de expresión y de libertad con fines políticos de proselitismo o de propaganda política.”

que de permitirse dicha medida legislativa representaría para los dirigentes de la Iglesia el otorgamiento de privilegios y ventajas exclusivas para el Clero católico y repercutiría en la desigualdad, discriminación e intolerancia a los no creyentes y minorías religiosas, dejando a la vista el retroceso en el principio de la separación Estado–Iglesia, reconocido ya en nuestra Carta Magna.

CONCLUSIONES: 1.- La forma en que se procesó la reforma del artículo 24 constitucional, su falta de transparencia, las prisas con las que se aprobó y la ausencia de un proceso de conocimiento y de debate del tema en la opinión pública, ponen de manifiesto la debilidad y complacencia de los legisladores federales del PAN y del PRI frente a los obscuros intereses de la cúpula católica. Asimismo, el verdadero propósito de la acelerada visita a México del Papa Benedicto XVI, evidenciado en la abierta petición del Secretario del Estado Vaticano, Tarcisio Bertone, para “afianzar la libertad religiosa de México” y sostuvo que ese derecho fundamental del ser humano va


mucho más allá del mero libre culto, insistiendo como jerarca de la iglesia católica, que la libertad del hombre para buscar la verdad y profesar las propias convicciones religiosas, tanto en público, como en privado, debe ser reconocida y garantizada por el ordenamiento jurídico.

ejerciendo libremente desde 1857, es para que el clero pueda invadir las instituciones y asaltar los espacios públicos en donde se hace efectiva la laicidad del Estado y cuya consecuencia más visible será la falta al derecho ajeno.

El cambio del artículo 24 constitucional no es, de ninguna manera, un avance hacia el respeto de derechos humanos; tiene como trasfondo cumplir las exigencias de la jerarquía católica que busca resucitar antiguos privilegios; instrucción religiosa en las escuelas públicas; participación del clero en política electoral; subsidio estatal para sueldos de los ministros de culto, además de la posesión y control de medios de comunicación electrónicos, entre otros. El concepto de libertad religiosa que aparentemente se pretende proteger con estas reformas aprobadas al vapor, ocultan su verdadero objetivo político. Pareciera que en México se careciera de ella o como si los profesantes de la religión católica fueran objeto de limitaciones, persecuciones o del debilitamiento o violación de sus derechos.

Un Estado laico, por definición, no está afiliado a ningún credo y es garante de la existencia y del ejercicio de todas las religiones. Esa es la clave de la convivencia democrática. Los servidores públicos pueden tener o no una religión pero, en ejercicio de sus funciones, no deben favorecer ni dar prioridad a ninguna religión por encima de otra. 3.- Los mexicanos liberales y demócratas debemos alzar la voz para que las legislaturas locales que faltan de pronunciarse, no aprueben la reforma al artículo 24 constitucional, y den una prueba con ello, además de su respeto al Estado Laico, al régimen federal, a su autonomía institucional, demostrando que ya no es posible imponer desde el centro todas las reformas a nuestra Carta MagnaK

2.- No hay que confundirse, la reforma religiosa, que no es para que los mexicanos podamos profesar la religión que libremente escojamos, ya que la hemos venido

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FIRMAN PGR Y ANDD UN CONVENIO DE COLABORACIÓN K Marco A. Ríos

Con el propósito central de sumar esfuerzos en las actividades de profesionalización y capacitación del personal de esta dependencia, de cara a la implementación de nuevo sistema penal acusatorio adversarial y de la observancia que la Reforma Constitucional de Derechos Humanos impone a todos los servidores públicos de promover, respetar y defender los derechos humanos de todas las personas, la Procuraduría General de la República, representada por su titular, la Mtra. Marisela Morales Ibáñez y la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, A.C (ANDD), representada por su Presidente el Dr. Elias Huerta Psihas, firmaron un Convenio de Colaboración Institucional, protocolizado el pasado mes de junio, acto en el que fungieron como testigos de honor la Dra. Margarita Luna Ramos, Ministra de la SCJN y el Dr. Ricardo Franco Guzmán, prestigiado catedrático de Derecho Penal de la UNAM.

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urante su mensaje, la Procuradora Marisela Morales manifestó que la dependencia a su cargo ha intensificado sus actividades durante este último año de su administración, para que la PGR cuente con los elementos que le permitan enfrentar los retos que tiene ante la sociedad y, particularmente, para recuperar la confianza de la ciudadanía en esa institución de procuración de justicia del Ejecutivo Federal. Por ello, explicó, a lo largo de este 2012 se concretó el Proyecto Diamante; se llevó a cabo el Programa de Formación en Cultura de la Legalidad y se pusieron en marcha los Protocolos de Actuación de todas la áreas de la PGR; a lo que se suma el convenio que hoy se celebra con la ANDD el cual, señaló, forma parte de las estrategias y alianzas que en esta nueva etapa impulsan como parte de un ambicioso modelo de profesionalización. La firma del convenio, aseguró Marisela Morales, multiplica y diversifica las posibilidades del capital humano de la

Institución, abriendo nuevas oportunidades en el intercambio de conocimientos y experiencias derivados del ejercicio de la procuración de justicia. El fomento de la cultura jurídica y la procuración de justicia son el motivo fundamental del acuerdo con la Asociación, enfatizó, el cual marca el inicio de una suma de esfuerzos y capacidades en beneficio de la sociedad. “El convenio establece claramente los compromisos que tanto la ANDD como la PGR habrán de cumplir en un término de 3 años. Estoy segura que la alianza estratégica que hoy iniciamos

trascenderá y mantendrá estos acuerdos con una visión de largo plazo y perspectiva orientada al éxito.” La alianza, recalcó, está sustentada en un principio de respeto a las funciones y objetivos de ambas partes, por ello, dijo confiada, que los compromisos adquiridos se cumplirán cabalmente como ha ocurrido con los convenios realizados con otras instituciones y organismos de la sociedad civil. El combate a la criminalidad, destacó la Procuradora, es una tarea compartida entre la sociedad y las autoridades, por ello, es necesario un trabajo de equipo que permita hacerle frente. Todos deben poner de su parte para alcanzar los objetivos de un Estado libre y de Derecho con pleno respeto a los derechos humanos. La verdadera fortaleza y base fundamental del actuar de los Estados ante la criminalidad, aseguró, es sin lugar a dudas la coordinación y la cooperación de los organismos responsables de la prevención del delito, de procurar e impartir justicia. Convocó a los asistentes a participar de esa fortaleza a fin de convertirse en toda una plataforma que impulse al Estado a una mayor prevención y mejor procuración de justicia. “La visión de nuestra políticas de alianzas tiene siempre como objetivo la protección de los hombres y mujeres, sus familias y de su patrimonio.” La participación de organizaciones como la ANDD, aseguró la Maestra Marisela Morales, que aceptan colaborar con la PGR

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de una forma tan comprometida, es en beneficio del país. Esta aportación, en el ámbito de la profesionalización y adquisición de nuevas habilidades del personal de la Procuraduría, tendrá un impacto positivo en su quehacer cotidiano y en la confianza de los ciudadanos hacia sus instituciones. Explicó que las jornadas de estudio, los seminarios, los diplomados, los congresos, los eventos académicos, el intercambio de información jurídica, la asistencia y asesoría técnica, las investigaciones conjuntas, las publicaciones y estudios que se acordaron en el marco del convenio potencializarán las capacidades de la PGR al mismo tiempo que fortalecerán el combate a la criminalidad la impunidad y la corrupción. “Nos permitirá también enriquecer el sistema de profesionalización, al dotar al personal de capacidades y metodologías que fortifiquen su trabajo y coadyuven a consolidar la integración de las averiguaciones previas a fin de obtener sentencias condenatorias en contra de quienes violen la ley. Tenemos la firme convicción de seguir realizando lo que en nuestras

manos esté para avanzar por el camino correcto en busca de la justicia, la paz y el orden.” Conminó a sumar esfuerzos y capacidades para lograr que el Estado democrático de Derecho sea la ruta hacia la prosperidad de esta nueva gran Nación. Por ello, citó la frase acuñada por el prócer de la patria José María Morelos y Pavón: “La buena Ley es superior a todo hombre, por ello nada ni nadie puede estar por encima de la ley.” Como parte de esta transformación implementada en la PGR, se encuentra la reorientación del Consejo de Participación Ciudadana, que permitirá vincularlo todavía más con las diferentes asociaciones civiles. Asimismo, abundó Marisela Morales, en la PGR hemos emprendido un programa orientado a elevar la calidad profesional de los agentes del MP, de los peritos y de la Policía Federal Ministerial, con el objetivo de transitar eficientemente hacia el nuevo sistema de justicia penal adversarial y oral. Sobre este tema, dijo, durante los últimos años la institución ha perfeccionado los mecanismos de selección

Con los protocolos de actuación, la PGR consolida la certeza jurídica y logra la transparencia que la ciudadanía exige de sus funciones.

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del personal y fortalecido los métodos de evaluación y control de confianza. Se crearon las salas de juicios orales y de capacitación a distancia en donde se llevó a cabo, por ejemplo, el programa del Proyecto de Diamante (realizado con el Departamento de Estado de Estados Unidos). Estos trabajos comienzan a dar sus primeros resultados, destacó la Procuradora, entre ellos una depuración de los malos elementos, que conlleva al fortalecimiento institucional y la seguridad de contar con servidores públicos de probada capacidad, lealtad y honestidad al servicio de todos los mexicanos. La PGR ha invertido recursos importantes en la formación de peritos y en la creación de infraestructura con tecnología de vanguardia como es el caso del laboratorio Central de la Dirección General de la Coordinación de Servicios Periciales. Asimismo, los acuerdos de colaboración estratégica con instituciones homólogas de otros países para multiplicar y diversificar la capacitación y cooperación que permite enfrentar con mejores resultados la delincuencia transnacional.

PRESENTE LA PARTICIPACIÓN CIVIL Y ACADÉMICA La participación ciudadana es el signo que ha caracterizado a México y a los Estados democráticos contemporáneos durante las últimas décadas. Esto implica el reconocimiento de que hoy, frente a los grandes problemas nacionales, las autoridades no pueden llevar a cabo las transformaciones que el país reclama únicamente con un impulso legal y con una buena intención. Así lo destacó el Dr. Elias Huerta Psihas, Presidente de la ANDD durante su participación en la ceremonia de la firma del convenio con la PGR; advirtiendo que hoy más que nunca es indispensable que la sociedad civil organizada se sume a los trabajos que hacen las instituciones públicas, pero sobre todo, de la PGR.

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ENTRE LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN MENCIONADOS POR LA PROCURADORA DESTACAN: • • • • • • • • • • •

Búsqueda y localización de menores y mujeres desaparecidas Aseguramiento Procedimientos probatorios Exhortos Medidas cautelares Conocimiento de hechos Detenciones Arraigos Cateos Intervención de comunicaciones En general actuaciones ante Ministerio Público y Policía Judicial Ministerial

La Asociación, destacó, en un esfuerzo por tratar de analizar y difundir los temar jurídicos que afectan a la sociedad mexicana, continuamente se vincula con dependencias de Ejecutivo Federal. En esta ocasión, se trata de una alianza con una de las instituciones de la República que es pilar para salvaguar la seguridad y la integridad de la población, pero sobre todo, para defender a nuestro Estado de Derecho en México, porque la PGR tiene, entre otras de sus múltiples atribuciones, los asuntos que competen al Ministerio Público de la Federación: promover una pronta y expedita y debida procuración de justicia, de vigilar la observancia de la constitucionalidad y de la legalidad así como velar por el cumplimiento y respeto de los derecho humanos. “Este convenio de colaboración tiene como único fin sumarnos a una de las tareas que hoy realiza la PGR en temas tan importantes como restablecer nuestro deteriorado y debilitado Estado de Derecho y buscar, en la medida de sus competencias, que regresen a este país la tranquilidad y la paz pública a la que estábamos acostumbrados los mexicanos por muchas generaciones.”

Bajo esta vorágine de cambios, la Procuradora Marisela Morales, destacó Huerta Psihas, desde que asumió el cargo se dio a la tarea de rescatar la confianza de la ciudadanía en la Institución. Ha dado pasos muy firmes y muy vigorosos que le valieron incluso, el reconocimiento del gobierno estadounidense por la valentía que ha demostrado en sus actividades al frente de la SIEDO, y recientemente, la medalla que le impuso el Gobierno de Colombia. El reto de la actual titular de la PGR, subrayó el Presidente de la ANDD, es contar con una policía ministerial y un Ministerio Público profesionales, para enfrentar las transformaciones que México reclama. Pasar de una investigación policiaca empírica, espontánea, en donde la tortura era un común denominador, a una investigación científica. No se puede correr el riesgo de que, frente a la modernización del sistema penal mexicano, se incremente la impunidad que tanto afecta a la sociedad mexicana; ahora el MP en el nuevo sistema procesal acusatorio adversarial, frente al principio de presunción de inocencia, tiene la tarea más delicada:

La justicia social y las garantías que ofrece un Estado de Derecho son la base para el desarrollo sustentable y el progreso de nuestro país.

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modelo que se requiere para la implementación del nuevo sistema penal en todo el país.”

probar la existencia del delito. Se trata de acciones que Marisela Morales, mencionó Huerta Psihas, ha encarando con aplomo, con gran profesionalismo, derivado de ser una funcionaria de carrera que se ha caracterizado por no responder a intereses partidistas, que se ha desempeñado en el cargo a partir de su convicción y de su experiencia. “Estamos convencidos de que usted seguirá impulsando estas importantes transformaciones que hoy requiere el país y que sin lugar a dudas la PGR habrá de ser en breve, el

Concluyó el Dr. Huerta agradeciendo a la Procuradora por la oportunidad de suscribir el convenio que permite a los miembros de la ANDD sumarse en las tareas de opinión, seguimiento y colaboración con la Institución, acorde con los lineamientos de participación ciudadana delineados en la Constitución y en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Este convenio es un claro ejemplo, subrayó Elias Huerta, de cómo autoridades y sociedad civil podemos avanzar juntos para alcanzar el ideal plasmado en el artículo 17 de la Ley Fundamental, para superar lo más pronto posible la exigencia de Don Justo Sierra, cuando hace un siglo reclamaba que el pueblo tenía hambre y sed de justicia. “La ANDD no está ajena de los problemas que más laceran a la sociedad mexicana como la inseguridad, la impunidad y el anhelo de un sistema de justicia penal más eficaz”, culminó K

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ICA CRIMIN LÍT AL PO CIAS PENAL EN ES CI ,A

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DE ESTUDIO SD RO E NT

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FESTEJAN CEPOLCRIM Y ANDD EL DÍA DEL ABOGADO 2012 CE

Entregan reconocimientos a la Mtra. Marisela Morales Ibáñez, al Lic. Felipe Borrego Estrada y al Dr. Iván Lagunes Pérez, por su destacada trayectoria como servidores públicos en el ámbito de la justicia.

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ara celebrar el Día del Abogado, el pasado mes de julio se reunieron los integrantes del Centro de Estudios de Política Criminal y Ciencias Penales (CEPOLCRIM) y de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas (ANDD), para entregar reconocimientos a la Maestra Marisela Morales Ibáñez, Procuradora General de la República; al Lic. Felipe Borrego Estrada, Secretario Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC) y al Dr. Iván Lagunes Pérez, Magistrado jubilado del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, por su destacada trayectoria como servidores públicos en el ámbito de la justicia.

litigio o el ejercicio público, contribuyan con su granito de arena a la construcción de una sociedad más justa, más segura y menos violenta. Los abogado debemos ser factor de cambio y de progreso, dijo, y redoblar esfuerzos para avanzar en el fortalecimiento de nuestro debilitado Estado Democrático de Derecho, particularmente en esta significativa etapa de la vida nacional en la que se han aprobado 3 trascedentes reformas constitucionales que han cambiado el rostro al orden jurídico nacional: la Reforma de los Derechos Humanos, la del Juicio de Amparo y la de Seguridad y Justicia.

Los abogado debemos ser factor de cambio y de progreso y redoblar esfuerzos para avanzar en el fortalecimiento de nuestro debilitado Estado Democrático de Derecho.

Durante la ceremonia el Dr. Elias Huerta Psihas, Presidente de la ANDD, señaló que la celebración del Día del Abogado se instauró en México en 1960, hace 52 años, por acuerdo del Presidente Adolfo López Mateos. Esto al recordar la cátedra en Derecho que por primera vez se impartió en América el 12 de julio de 1553 en la Real y Pontificia Universidad de México (hoy UNAM), por parte del Lic. Bartolomé Frías y Albornóz. Entonces los colegios, barras de abogados e instituciones públicas vinculadas al Derecho, lo celebran para refrendar el compromiso de que en México sea una realidad el Estado de Derecho y se avance en la consolidación del ejercicio ético de la profesión, tanto en el campo privado, como en todos los órdenes de la vida pública de nuestro país, por el bien de la sociedad, que cada vez demanda con fuerza mayores y mejores niveles de justicia. La población exige justicia, exige que cuanto antes el Derecho se sobreponga a los funcionarios y los políticos que lo han corrompido y que da impunidad a quienes lo violan, dijo el Doctor Huerta, exhortando a los abogados para que desde su campo de acción, la docencia, la investigación, el

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otorgaron a 3 eminentes servidores públicos en el campo de la justicia: la Mtra. Marisela Morales Ibáñez, el Lic. Felipe Borrego Estrada y el Dr. Iván Lagunes Pérez. Es evidente que los abogados, los estudiosos del derecho, los que participan en la generación de las leyes y los que se desempeñan en diferentes ámbitos y niveles del sistema de justicia y tienen que ver con la aplicación concreta del derecho, afirmó Moisés Moreno, no pueden ser neutrales, políticamente hablando. Por el contrario, están inmersos en la política, ya que la profesión del abogado es eminentemente liberal; por lo que, en tanto el Derecho siga siendo el instrumento más adecuado para la solución de los conflictos sociales y para la convivencia pacífica y ordenada, los profesionales del derecho seguirán con sus mismos o mayores espacios de ingerencia; entonces, la vida y el quehacer de todos deben seguir adelante. Al entregarle el reconocimiento al Dr. Iván Lagunes Pérez – quién tiene 99 años de edad–, se hizo mención a su carrera como litigante, como profesor de Derecho Civil y Familiar de la UNAM, con más de 60 años impartiendo cátedra, a sus actividades como juzgador del área de menores infractores y a la culminación de su carrera judicial como magistrado civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Respecto del Lic. Felipe Borrego Estrada, se destacó su amplia trayectoria en el terreno jurisdiccional, ya que llegó a ocupar el cargo de Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Zacatecas y sus valiosas aportaciones al derecho Penal, particularmente en la aprobación de la importantes reformas constitucionales de 2008 en materia de Seguridad y Justicia, al haber fungido como Secretario de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. Señaló el Dr. Moreno Hernández la importante tarea que ha venido realizando Felipe Borrego, desde hace 4 años, al frente de la Secretaria Técnica del Consejo de Por su parte el Dr. Moisés Moreno Hernández, Director del CEPOLCRIM, mencionó que se ha convertido ya en una tradición en ese Centro de Estudios la celebración anual del Día del Abogado, entregando reconocimientos a juristas que se han incidido en alguna de las múltiples actividades relacionadas con la Ciencia del Derecho. Así, comentó, en el año 2010 se distinguió a 3 destacados académicos: al Dr. Sergio García Ramírez ex-Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y Presidente de la Academia Mexicana de Ciencias Penales; al Dr. Ricardo Franco Guzmán, por sus más de 50 cincuenta años como profesor de la Facultad de Derecho en la UNAM y al ministro en retiro de la SCJN, Luís Fernández Doblado, por su destacada labor de más de 40 años como profesor de Derecho Penal. En 2011 se reconoció a 3 notables litigantes: Dr. Jesús Zamora Pierce, Lic. Juan Velázquez y Dr. Julio Hernández Pliego. Este año, los galardones se

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La celebración del Día del Abogado se instauró en México en 1960, por acuerdo del Presidente López Mateos, recordando la primera cátedra de Derecho que se impartió en América el 12 de julio de 1553 en la Real y Pontificia Universidad de México.


Unidos de Norteamérica por su valentía, reconociendo igualmente su desempeño como Procuradora, durante el tiempo que lleva al frente de la institución, de casi 2 años, siendo evidente la forma firme y decidida de actuar, sobre todo frente a la delincuencia organizada, que sin duda es una de las tareas más difíciles de la Procuraduría.

Coordinación para la Implementación del nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral en todo el país.

Resaltó también el compromiso de la Maestra Marisela Morales Ibañez frente a la reforma constitucional de Seguridad y Justicia promulgada por el Presidente de la República en el mes de junio 2008, para involucrar plenamente a la Procuraduría General de la República en el proceso de implementación del sistema procesal penal acusatorio

Finalmente, la Dra. María Elena Leguízamo Ferrer, Presidente Honoraria del CEPOLCRIM, entregó su reconocimiento a la Mtra. Marisela Morales Ibáñez, destacando que en la historia de la justicia penal en México ella es la primera mujer al frente de la PGR. Esto no obedece, recalcó, simplemente a razones de género, sino a su capacidad, a su amplia trayectoria en el ámbito de la procuración de justicia y, sobre todo, a su destacada labor al frente de la Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), que le valieron un reconocimiento del Gobierno de los Estados

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adversarial, conocido coloquialmente como el de los Juicios Orales. En esta dirección, afirmó María Elena Leguizamo, la Procuradora ha propiciado que en la institución a su cargo se hayan tomado una serie de medidas para que el nuevo modelo procesal penal acusatorio avance más rápido en su implementación a nivel federal, mencionando como un ejemplo el diseño y desarrollo de un programa profundo de capacitación y profesionalización de ministerios públicos, policías investigadores y peritos, para que ellos estén en mejores condiciones de actuar en sus correspondientes ámbitos de competencia legal; habiendo, para ello, instrumentado el denominado “Proyecto Diamante”, en coordinación con la representación del Departamento de Justicia de Estados Unidos de Norteamenrica en la embajada de ese país en México, el cual tiene ya alrededor de 6 meses funcionando. Otro programa que sobresale es el de la “Cultura de la Legalidad”, impartido inicialmente hacia el interior de la institución con servidores públicos de nivel medio superior. También ha creado un área específica para coordinar las tareas de implementación de la reforma al sistema procesal penal que corresponde a la PGR y ha concretado la emisión de Protocolos para la actuación de prácticamente todos las áreas de la PGR, dejando atrás actuaciones empíricas y espontaneas y transparentando la función de ministerios públicos, peritos y policías ministeriales K

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La Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, A.C. lamenta el sensible fallecimiento del

Mgdo. Ricardo GarcíaV illalobos acaecido el pasado lunes 2 de julio, uniéndonos a la pena que embarga a sus familiares y amigos.

Ricardo García Villalobos se venía desempeñando como Magistrado de la Máxima Sala del Tribunal Superior Agrario, del que fue su presidente. En su larga trayectoría en el ámbito político, jurídico, jurisdiccional y académico, trabajó intensamente en temas de relevancia para el fortalecimiento de nuestro Estado de Derecho y para la unión y consolidación del gremio de los abogados, pugnando incansablemente por la colegiación obligatoria. Entre otros, desempeñó los cargos de Delegado Político en Iztapalapa, Subprocurador General de la República, Subsecretario de Gobierno de la Secretaría de Gobernación, presidente fundador del Consejo Nacional de la Abogacía y profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, durante más de 40 años. Su partida representa una gran pérdida para el foro jurídico nacional y para México.

Descanse en Paz El Consejo Directivo

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AGENCIA ESPACIAL MEXICANA K Dr. José Luis Álvarez Hernández

S

in embargo, posteriormente se hicieron algunos esfuerzos aislados para desarrollar un organismo especializado al respecto; en 1990 se presentaron 2 iniciativas para la creación de una agencia espacial; asimismo, en 1995, la Sociedad Espacial Mexicana (SEM) entregó al gobierno federal una propuesta con el mismo fin; pero fue hasta el 2005 en que gracias al Ing. Fernando de la Peña Llaca, junto con otras personas entusiastas, se elaboró la primera Iniciativa de Ley para crear una Agencia Espacial en México.

Hace 30 años que México se auto marginó de las actividades del hombre en el espacio exterior y los cuerpos celestes debido a la disolución en 1977, del único organismo gubernamental enfocado a esas actividades: la Comisión Nacional del Espacio Exterior (CONEE), creada en 1962. 46 FORO JURÍDICO

A lo anterior, debemos agregar algunos sucesos que también contribuyeron; uno de ellos, fue que el astronauta estadounidense de ascendencia mexicana, José Moreno Hernández, formara parte de la tripulación del transbordador Atlantis, para un próximo viaje espacial a la Estación Espacial Internacional. Por lo tanto, consideramos necesario a manera de introducción, explicar brevemente qué es una agencia espacial; para qué sirve; qué beneficios representa para un país que tenga dicho organismo, o qué perjuicios le causa la falta del mismo; independientemente de las actividades espaciales en general; las cuales de todas maneras benefician y perjudican a todas las naciones del mundo, participen o no en las actividades relativas a la investigación y exploración del espacio exterior y los cuerpos celestes. Por ello considero que resulta indispensable contar con una agencia espacial o un organismo similar, en todos y cada uno de los Estados que forman la Comunidad Internacional. Es necesario recordar que la CONEE, la cual dependió de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, participó tanto nacional como internacionalmente con la Comisión para el Uso Pacífico del Espacio Exterior (COPUOS) de las Naciones Unidas, en experimentos importantes, como el lanzamiento de algunos cohetes; así como en la investigación y exploración del espacio ultraterrestre, en relación con los satélites sonda, meteorológicos y de percepción remota, etcétera.


Por fin después de más de 30 años, el gobierno federal empieza a darse cuenta de que esta marginación voluntaria, injustificada, inexplicable y absurda, no debe continuar. La razón de la investigación y exploración del espacio exterior y los cuerpos celestes, contando para ello con una agencia espacial, tiene actualmente fines determinados específicos, importantes y significativos para la humanidad en general y los Estados en particular. Nos permitirá como país, formar parte activa en la investigación y exploración del espacio ultra atmosférico y los cuerpos celestes; participar en las decisiones que se tomen en el ámbito mundial en los foros internacionales públicos, sobre todo en la ONU, a través de la COPUOS, cooperar con los Estados que van a la cabeza en los experimentos espaciales; e incluso realizar sus propias investigaciones, exploraciones y experimentos espaciales; con ello, dejar de depender de las grandes potencias en materia Espacial como ocurre desde 1977. A pesar de la urgente necesidad de contar con un organismo de tal naturaleza, fue hasta el 25 de octubre del 2005 en que las Comisiones de Ciencia y Tecnología y la de de Estudios Legislativos, elaboraron un proyecto de Ley para proponer la creación de la Agencia Espacial Mexicana, como una institución pública descentralizada, sectorizada, con personalidad jurídica, y patrimonio propio; con autonomía técnica de gestión y presupuestaria para el cumplimiento de sus atribuciones. La propuesta se aprobó hasta abril del 2006; mientras que la Ley y el decreto definitivo correspondiente, en julio del año 2010. De esta forma, se crea la Agencia Espacial Mexicana (AEXA); ignoramos qué traten de decir con estas siglas los legisladores, salvo que se refieran las dos últimas letras a la matrícula y nacionalidad de las aeronaves mexicanas de servicio público, según las leyes domésticas y los convenios internacionales al respecto. Sin embargo nada tienen que ver con los organismos nacionales e internacionales en materia de Astronáutica.

gestión, estas Comisiones han estimado conveniente especificar y dar coherencia al conjunto de objetivos que perseguirá la misma, por lo cual se les dio un nuevo orden y se agregaron unos más, entre los que destacan: La propuesta de definición de la Política Espacial de México a través de su Junta de Gobierno. Promover las actividades espaciales a fin de ampliar las capacidades del país en las ramas educativa, industrial, científica y tecnológica en materia espacial. La promoción de las actividades de cooperación internacional que permitan la integración activa de México en la comunidad espacial internacional. Ser una institución que reciba de las entidades públicas, privadas y sociales, propuestas y observaciones en el área espacial para su estudio y consideración.” Jurídicamente hablando, cabe hacer notar, que la AEXA, al igual que la Comisión Nacional del Espacio Exterior, su antecesora; carece del fundamento constitucional correspondiente a la creación de cualquier organismo gubernamental de esa naturaleza. No existe un artículo en la Carta Magna que hable de las actividades del Estado Mexicano en la investigación y exploración del espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes y todo lo que de ello se derive; independientemente de que el Congreso, tampoco tiene facultades para legislar en materia Espacial. El único precepto que habla de algo relativo a las actividades espaciales es el 28, respecto a la prohibición de monopolios; al señalar lo siguiente: “la comunicación vía satélite y los ferrocarriles, son áreas prioritarias, para el desarrollo nacional”.

El decreto de la Ley de la agencia espacial contiene exceso de órganos de administración y de gobierno que lo convertirán en un elefante blanco.

Como dato curioso, producto de la ignorancia de nuestros legisladores, al inicio del proyecto para la creación de la AEXA, hubo muchas reacciones en contra. Es importante notar, que en la consideración sexta de la Minuta de la propuesta de la Iniciativa de Ley, en el capítulo correspondiente, se habla de los objetivos en la forma siguiente: “Sexta: Dado que el fin primordial de la Minuta que se dictamina es la creación de una entidad que tenga autonomía técnica y de

Independientemente de la falta de fundamento constitucional, el decreto de la Ley no reúne los requisitos mínimos indispensables para el buen funcionamiento de una agencia espacial. En primer lugar, no se trata de un organismo autónomo, sino dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes. En segundo, el objeto de la misma, de acuerdo con el artículo 2, por su lenguaje político, con sus 11 fracciones, es sumamente vago y general, al igual que las funciones a que se refiere el artículo 4. No se menciona la investigación, exploración y experimentación del

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espacio ultraterrestre y los cuerpos celestes, que son la esencia de un organismo de tal naturaleza. En cambio, contiene exceso de órganos de administración y de gobierno que lo convertirán en un simple elefante blanco más, totalmente burocratizado, con personal administrativo de élite, ya que muchos de ellos deberán tener nivel de subsecretarios de Estado; por lo que devengarán sueldos fabulosos, en perjuicio del propio organismo, la economía nacional y el pueblo. En efecto, en cuanto a la esencia de una agencia espacial que es la investigación, exploración y uso con ÀQHV SDFtÀFRV GHO espacio exterior, no se dice nada en ninguna de las consideraciones, ni en todo el articulado de la Ley. Menos aún se habla de programas de investigación con satélites; tampoco del aspecto jurídico que es básico para la regulación espacial en general de un organismo de esta naturaleza o cualquiera que éste sea; y mucho menos, de elaborar la legislación doméstica correspondiente y concordante con los convenios internacionales vigentes en particular. Éstas por nombrar algunas de las fallas.

encuentra respecto a las actividades espaciales en general, así como en participar activamente en la investigación, exploración y uso del espacio ultra atmosférico y los cuerpos celestes con ÀQHV SDFtÀFRV HQ SDUWLFXODU SDUD QR GHSHQGHU GH ODV JUDQGHV potencias. Sin embargo, por la forma en que está redactada la Ley del decreto, tal parece que quienes la elaboraron, pensaron que una agencia espacial se asemeja a una agencia de turismo, turismo espacial naturalmente.

La Agencia Espacial Mexicana no funcionará ni siquiera en forma regular; debido a las deficiencias científicas, tecnológicas, económicas y jurídicas.

Pese a lo anterior, es importante el hecho de contar con una agencia espacial para dejar la marginación en que el país se

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Aunque así sea, se requiere primero del elemento humano d e b i d a m e n t e especializado, que no se tiene, cuya preparación requiere de tiempo; y segundo, de una infraestructura, que podría resumirse en una extensión de tierra bastante considerable, para el establecimiento de todo lo necesario para el citado organismo; lo cual podría subsanarse posiblemente, con el aprovechamiento de los terrenos que la extinta Comisión Nacional del Espacio Exterior, tenía en distintos Estados de la República, Hidalgo entre ellos. Asimismo, se requiere de plataformas independientemente de la fabricación o encargo de cohetes impulsores para el lanzamiento de objetos espaciales de la clase que sean; incluidos los transbordadores para el turismo espacial; las instalaciones


propias de un organismo tĂŠcnico especializado, entre otros. Son tantos los elementos a reunir que la Ley y el decreto correspondiente que nos ocupa, son insuficientes para el caso de hacerse factible en la prĂĄctica. Los verdaderos especialistas en tĂŠrminos generales opinaron que ven en forma optimista la Ley que crea la Agencia Espacial Mexicana, pero al mismo tiempo desconfĂ­an de la seriedad del SUR\HFWR -RVp )UDQFR 'LUHFWRU GHO ,QVWLWXWR GH $VWURQRPtD GH la UNAM, seĂąala que “es estupendo que exista la Iniciativa para tener una agencia espacial, celebro se tome en serio esta idea; ya que el trabajo de una agencia espacial toca todos los puntos sensibles de una naciĂłn como la seguridad \ HO GHVDUUROOR GH ODV WHOHFRPXQLFDFLRQHV HO FLHQWtĂ€FR \ HO econĂłmico.â€? 5DPyQ 3HUDOWD )DEL 'LUHFWRU GH OD )DFXOWDG GH Ciencias de la UNAM seĂąalĂł, “hay temor de que sea una ocurrencia de algĂşn sector de nuestro aparato polĂ­tico y no se realice como deben de hacerse estas cosasâ€?. En noviembre del 2011 se nombrĂł como Director de dicha Agencia al Ing. Javier Mendieta JimĂŠnez quien, segĂşn los medios, HV XQ FLHQWtĂ€FR GH OD 81$0 H[SHUWR HQ WHOHFRPXQLFDFLRQHV $XQTXH VL ELHQ HV FLHQWtĂ€FR ODV WHOHFRPXQLFDFLRQHV VRQ XQD pequeùísima parte en materia Espacial, relativa a los satĂŠlites GH FRPXQLFDFLyQ OR TXH QR VLJQLĂ€FD FRQRFLPLHQWR H[SHULHQFLD en dicha materia. DebiĂł nombrarse en su lugar a alguno de los SRFRV HVSHFLDOLVWDV TXH KD\ FRQ HVH SHUĂ€O FRPR VRQ )HUQDQGR de la PeĂąa Llaca, Rodolfo Neri Vela y VĂ­ctor Velasco. Supongo que la designaciĂłn fue hecha por motivos polĂ­ticos; lo cual redundarĂĄ en perjuicio de la AEXA, del paĂ­s y del pueblo. En cuanto a los Convenios Internacionales vigentes en materia Espacial, cabe hacer notar que a la fecha, la mayorĂ­a de ellos UHTXLHUHQ DFWXDOL]DUVH SDUD HVWDU DFRUGH DO DYDQFH FLHQWtĂ€FR y tecnolĂłgico espacial con visiĂłn futurista. Inclusive ĂŠstos requieren una regulaciĂłn general para evitar la anarquĂ­a jurĂ­dica que se estĂĄ gestando.

Los 17 artículos de la Ley para crear la Agencia Espacial de nuestro país, al parecer fueron elaborados por personal no HVSHFLDOL]DGR FRQ ÀQHV HYLGHQWHPHQWH HTXLYRFDGRV GHELGR a la ignorancia de lo que es y debe ser la investigación, H[SORUDFLyQ \ XWLOL]DFLyQ FRQ ÀQHV SDFtÀFRV GHO HVSDFLR XOWUDWHUUHVWUH \ ORV FXHUSRV FHOHVWHV HQ EHQHÀFLR GH XQ país cualquiera que este sea. La Agencia simplemente no IXQFLRQDUi QL VLTXLHUD HQ IRUPD UHJXODU GHELGR D ODV GHÀFLHQFLDV FLHQWtÀFDV WHFQROyJLFDV HFRQyPLFDV \ MXUtGLFDV FRQVLGHUR VH debería empezar por trabajar en las reformas constitucionales correspondientes; enseguida o simultåneamente, la creación de dicho organismo, que legalmente ya estå; mas no su funcionamiento; con la participación de verdaderos especialistas en cada rubro, no de políticos, ni de oportunistas, lo cual de alguna forma ayudarå para el buen funcionamiento \ HÀFLHQFLD GH OD $(;$ Aunque hay 42 agencias espaciales, lo cual es alentador; la Comunidad Internacional estå formada por 200 países aproximadamente; por lo que representan apenas un 20% de las que deberían existir. A pesar de que lleguen a crearse las restantes, faltaría un organismo internacional encargado de todas las actividades del hombre en el espacio exterior y los cuerpos celestes, en todos los aspectos, incluido el jurídico. Debe coordinar todas las agencias espaciales existentes; ser totalmente autónomo e independiente de la ONU; y por lo tanto, de la COPUOS, en razón de que Êsta, fue creada dentro del seno de la ONU. Hace muchos aùos, hicimos una propuesta formal para la creación de un organismo de tal naturaleza, GXUDQWH HO ;;9,,, &RQJUHVR GH OD )HGHUDFLyQ $VWURQiXWLFD Internacional y XX Coloquio Internacional sobre Derecho del Espacio Exterior, celebrado en Praga, (Checoeslovaquia) del 25 de septiembre al 1º de octubre de 1977; del cual nos ocuparemos en otra ocasión K * El artículo completo puede consultarse en: derechoultraatmosferico. blogspot.com

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Tiempo de Saber

SOBREPROTECCIÓN Y MEGA EXIGENCIA: DOS CARAS DE UNA MONEDA K

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esde el siglo XVIII el crecimiento económico mundial ha observado diversas etapas caracterizadas por diferentes “revoluciones tecnológicas” que, a su vez, demandan personas cada vez mejor preparadas y sobre todo, mayormente especializadas. En respuesta, se han transformado paulatinamente las estructuras de adaptación tanto de la familia como de la escuela. Dejó de ser noticia en la sociedad contemporánea encontrar un mayor número de parejas divorciadas o en las que ambos padres trabajan o un aumento en los hogares uniparentales y una disminución en el tiempo de convivencia padres-hijos. En el caso de la mujer, hasta mediados del siglo pasado estudiar una carrera técnica como asistente de contabilidad, enfermera, secretaria o maestra, a la cual podía tenerse acceso a partir de la conclusión de la secundaria, resultaba suficiente para insertarse laboralmente en un nivel medio bastante decoroso. Realizar estudios de licenciatura estaba asociado no solamente con cuestiones económicas, sino de género ya que era notablemente menor el número de mujeres universitarias, el cual se reducía aún más si se trataba de concluir la carrera y ejercerla profesionalmente. En la actualidad la licenciatura ha pasado a ser el mínimo indispensable, ya que cada vez más empleadores requieren niveles de maestría o especialidad, dominio de tecnología en sus áreas disciplinares y capacidad de comunicarse por lo menos en una lengua adicional al español. En consecuencia, la oferta educativa se ha ampliado en sus niveles básicos (preescolar, primaria y secundaria), van desde el tiempo de permanencia en la institución escolar, así como en el abanico de opciones para la adquisición de conocimientos y habilidades que pone a disposición de sus educandos: yoga, robótica, chino mandarín, etc. De esta forma, los estudiantes que pasaban un promedio de 4 horas y media en un sistema escolarizado, han aumentado su permanencia diaria de 6 y media hasta 8 horas, y en ocasiones más, si se consideran las “clases extra” como natación, matemáticas con métodos japoneses, danza, patinaje en hielo, pintura, magia, tae kwon do y todo lo que se nos pueda ocurrir.

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Mtro. Jorge Antonio Alfaro Los requerimientos escolares se vuelven mayores, demandando por parte del alumno más tiempo, dedicación, esfuerzo o competencia, y produciendo en múltiples casos la sensación de saturación, temor o abiertamente fracaso. De forma tal que la intervención paterna, intercediendo o participando directamente en auxilio de su hijo se vuelve una cuestión de conciencia, relacionada algunas veces con ansiedad por la incertidumbre ante los retos que el futuro planteará a sus hijos, o con la culpabilidad que conlleva tener al vástago tanto tiempo fuera de casa, lejos de la convivencia y la supervisión directa. El resultado de lo anterior produce un comportamiento rayando en lo esquizoide que, por una parte exige y presiona más a los hijos, frustrándose cada vez que hay una mala nota, una calificación mediocre o la reprobación de un curso, e interviniendo por otro lado, en los trabajos y tareas escolares de forma que el maestro ya no recibe un trabajo escolar sino el producto de un profesionista adulto y ve atacada su autoridad docente en el caso de censurar o calificar pobremente ese trabajo. El clima de inseguridad y violencia generado real o mediáticamente en nuestra sociedad, lamentablemente se proyecta hacia el interior de las familias. Se extiende a la falta de confianza de las capacidades que pueda tener el hijo en edad escolar, ya no para cruzar una avenida o transitar a la tienda de abarrotes de la esquina, sino para relacionarse con sus compañeros de aula, autorregular su respuesta al estrés que genera todo cambio, aceptar nuevos retos y actuar con responsabilidad ante los compromisos que conforme a su edad adquiere paulatinamente. Cuando los padres intervienen en la solución de los problemas que sus hijos deben resolver, obstaculizan la búsqueda natural de todo ser humano por el logro de la estabilidad y el equilibrio y bloquean su desarrollo personal mostrando claramente que la sobreprotección es agresividad. Si el padre de familia interviene porque el maestro o el contexto escolar es “aburrido” convierte a su hijo en una “víctima” de las circunstancias porque evita que el menor genere, que use adecuada y oportunamente las herramientas que le permitirán afrontar no sólo esa situación, sino otras similares. Asimismo, que desarrolle habilidades así como actitudes indispensables para la


convivencia social como la tolerancia, la búsqueda de empatía, la paciencia, la asertividad, la moderación y la templanza. Al escudarse en el amor que siente por sus hijos, evita que se enfrenten con los conflictos necesarios para la existencia de equilibrio en la vida, genera una persona incapaz de luchar, de decidir, de superarse y salir adelante por sí mismo.

y variados. Sin embargo, resulta necesaria la reflexión de que los padres no podemos vernos permanentemente reflejados en nuestros hijos ya que ellos tienen su propia y particular existencia, logros y frustraciones. El respeto y la tolerancia a la personalidad, los alcances y las limitaciones de nuestros hijos, generaría un equilibrio redundante en la salud y educación familiar.

La otra cara de la moneda de la sobreprotección es la sobre exigencia y se explica en la medida en que un niño o un joven que tiene todo el apoyo, debe dar el máximo de resultados. De esta forma, el alumno (o su padre) buscará desesperadamente conseguir las tres décimas que transformarán el 9.97 en 10 porque es incapaz de tolerar la frustración que le genera no lograrlo. Actitudes como ésta las vemos reflejadas desde el nivel educativo básico hasta el posgrado. Lamentablemente la sobre exigencia no satisfecha genera como consecuencia una persona permanentemente descontenta y con un auto concepto bastante deteriorado ya que a pesar de lo que haga “nada será suficiente”.

No es casual que valores como la tolerancia, el pluralismo, la igualdad, la participación, la libertad, y el diálogo, se asocien al concepto de democracia.1 Éste a su vez, se encuentra definido en nuestra legislación nacional en el marco de un artículo dedicado a la educación como es el 3° constitucional que la considera “no solamente como una estructura jurídica sino como un sistema de vida” 2 con lo cual nuestra reflexión puede extenderse a la importancia que tendría equilibrar crecimiento económico y revolución tecnológica con la práctica de los valores de la democracia, pero eso es materia de otro artículo K

Paradójicamente, en muchos casos, tanto la sobreprotección como la sobre exigencia van de la mano con una ausencia de supervisión ética por parte de los padres y la relación se guía por la máxima de que “el fin justifica los medios”. En ambas situaciones, tanto en la del niño sobre protegido, como en la del sobre exigido, se generan alteraciones emocionales y de adaptación que en el futuro afectarán negativamente no sólo a la persona y su desempeño profesional, sino a la familia y a la sociedad en general.

1

La democracia no es una ecuación que se pueda resumir en demos + kratos

/en/ Los valores de la democracia. Instituto Federal Electoral. http://ifetap. galeon.com/infogral/educiv/valores/valores.html (25/07/12) 2

Artículo tercero constitucional, Fracción I, inciso a.

Así las cosas, no es difícil, que el niño sobre protegido, al que se exige en demasía, se convierta en el empleado que pasa un horario excesivo en la oficina. Esto claro, con el consecuente dispendio de recursos y generando resultados mediocres en comparación del tiempo, la preparación académica y la vida invertidas en su obtención. Además, muchas de las personas que presentan este perfil encuentran en las instituciones para las cuales trabajan, el cobijo necesario que responde a sus necesidades afectivas y de socializaci, y el ciclo vuelve a repetirse: esos empleados son padres o madres que sustituirán su ausencia, lejanía e incapacidad de convivencia con sus hijos, sobreprotegiéndolos y exigiéndoles los consecuentes resultados. Romper con ese círculo vicioso, y dejar de estar apostándole al futuro con la misma moneda no tiene una respuesta simplista, dado que los factores que dan lugar al problema son múltiples

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EL RETO DE LA COMUNICACIÓN EN LOS JUICIOS ORALES K Marco V. Herrera

• La oralidad en el nuevo sistema penal, es un cambio de paradigma que se centra en resolver la problemática básica de comunicación. • Jueces, fiscales, investigadores y litigantes deben entender los esquemas básicos de una comunicación efectiva. • Los abogados deben saber manejar la comunicación a su favor y convencer sobre su teoría del caso.

D

esde la implementación de los juicios orales en México mucho se ha hablado, pensado y dicho de la oralidad; existe un dilema sobre qué tipo de habilidades deben tener los litigantes para enfrentarse con eficiencia al nuevos sistema procesal. A lo largo de estos últimos años, abogados, directores de facultades de Derecho y otras autoridades han pronunciado diferentes teorías; algunos opinan que es cuestión de preparación sobre argumentación y programan cursos sobre argumentación filosófica. Otros, consideran que se trata de una cuestión de actuación; hay quienes creen que es un asunto de debate y entonces enfocan su preparación con diplomados de debate. Pero en opinión y experiencia de Marco V. Herrera, comunicólogo y experto en asuntos de imagen, Presidente de Grupo Public International, el asunto es más sencillo, es un simple problema de comunicación oral. Durante su participación en el Taller de Juicio Oral, Técnicas de Litigación, organizado por la Universidad Ius Semper, el publirelacionista recalcó que la oralidad es un problema de cómo expresarse, de sintetizar las ideas, de manejar a un grupo de gente en una sala, incluso de cómo enfrentar a la prensa, ya que

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con la reforma constitucional de 2008, destacó, los abogados se convierten en entes públicos. El principio básico del entendimiento humano es el adecuado manejo de la comunicación, por lo cual es necesario dejar atrás la costumbre escrita, práctica legal en México. “La práctica legal en México ha tenido como base la costumbre escrita, hoy con el uso de las computadores, hasta hemos perdido la capacidad del dictado, que de alguna manera combinaba el ejercicio mental de la oralidad, pero se han enfocado en llenar hojas y hojas de expedientes escritos. Hoy los litigantes se ufanan de lograr documentos de amparo de más de 30 cuartillas con razonamientos jurídicos, esa práctica debe quedar atrás. El gran reto que presentan los juicios orales es que en un máximo de 15 minutos se requiere exponer la Teoría del Caso, sin necesidad de mencionar todos los artículos en los que se basa el argumento, ni los razonamientos jurídicos. Únicamente existe la necesidad de exponer los hechos y lo que se desea lograr.”

visto como los litigantes hacen exposiciones como si fueran Perry Maison en su programa de televisión o Tom Cruise en cintas hollywoodenses; sin embargo, terminan sin decir nada y se les acaba el tiempo de exposición.” El Lic. Herrera fue convocado por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Yucatán, para diseñar un programa de estudios sobre la estrategia de comunicación aplicada a los juicios orales. En esta faultad, que citó como ejemplo, entendieron que la oralidad en el nuevo sistema penal, es un cambio de paradigma que se basa en resolver la problemática básica de comunicación, en donde se requiere planear lo que se va a comunicar y preparar los mensajes clave que el litigante va a exponer, para así usar la comunicación a su favor. Otro punto es escuchar activamente durante todo el proceso de negociación y mediación, y de manera muy especial durante las exposiciones e interrogatorios.

Los litigantes están acostumbrados a escribir y lo último que hacen es escuchar.

Otro factor que afecta terriblemente en México, es la imagen que hemos adoptado de lo que vemos en las películas de Estados Unidos, destacó Marco Herrera, en ellas se observan exposiciones heróicas de abogados para ganar los juicios, desafortunadamente son, como imágenes, las más cercanas a este tipo de procedimientos. “En diferentes simulacros, he

Asimismo, se requiere mantener una estrategia en caso de que el proceso amenace con salirse de control, esto es, cuando se puede generar una situación de crisis; por eso, es importante estar atento de las pruebas que se ofrezcan porque se pueden presentar asuntos que no estaban planeados y se corre el riesgo de que ocurran situaciones que impacten a la información de cada sesión y juicio.

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Comunicación total

El tono de voz transmite del 20 al 30% del lenguaje

Las palabras transmiten el 7% del lenguaje El lenguaje corporal transmite del 60 al 80% del lenguaje

Esto lleva a un cuarto elemento, abundó Herrera, habrá casos que serán relevantes para los medios de comunicación, lo cual significa que los participantes estarán expuestos a realizar declaraciones ante periodistas; todo esto puede ser utilizado por los contrarios para cambiar el curso del proceso. De ahí la importancia del manejo de la comunicación a diferentes niveles y audiencias.

Escrita: textos en papel y/o digitales, letras.- lo que se lee.

Advirtió que los jueces, fiscales, investigadores y litigantes deben entender los esquemas básicos de una comunicación efectiva; revisar los conceptos sobre la escucha activa, principio de la negociación y la mediación. Asimismo, manejar la noción de comunicación verbal y no verbal, ésta última, enseña a las personas que el cuerpo proyecta más del 80% de la comunicación; lo que ayuda al momento de estar ante el Juez y durante los interrogatorios para descubrir lo que realmente dicen u ocultan los involucrados:

Comunicación auditiva: gritos, campañas, timbres, etc.

Comunicación verbal: (lo que se oye y escucha) Oral: lenguaje de voz, gritos, silbidos, llantos y risas.lo que se dice

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Comunicación no verbal: (lo que se siente) Comunicación visual: señales, semáforos, grafismos, imágenes

Otras: lenguaje corporal, abrazos, besos, apretones de manos, palmadas, etc. A lo largo de la sesión Marco V. Herrera, precisó temas como el manejo de los medios de comunicación y crisis; también cuestiones de argumentación y de imagen pública, que sumandos ayudan a los expositores a tener confianza en la manera de controlar los tiempos y brinda seguridad durante la exposición de los mensajes. Un elemento importante en el cual se enfocó es romper con el mito de que el buen comunicador es quien mejor habla. De esta forma


MENSAJES CLAVE • •

Ayudan a mantener una comunicación unificada y coherente. Con ello, se garantiza que la difusión de los mensajes estará orientada hacia un objetivo claro. Se estructura para ordenar al que los dice y controlar lo que se escucha. Resumir y sintetizar en 3 mensajes clave lo que quiera decir. Definir 1 o 2 puntos de conversación por cada mensaje clave, que expliquen y ahonden el tema.

• • •

determinó necesario entender la diferencia entre oír y escuchar, hacerlo permitirá entender mejor los mensajes, interpretar los sentimientos, las ideas, las emociones que subyacen de lo que se dice durante el juicio o el interrogatorio. Destacó los elementos que facilitan la escucha activa, esto son: Disposición psicológica: prepararse interiormente para escuchar a la otra persona. Observar a la otra persona: identificar el contenido de lo que dice, los objetivos y los sentimientos. Conectar y expresar qué se escucha, expresar verdadero interés:

-

Con comunicación verbal (preguntando) Con comunicación no verbal (haciendo contacto visual, inclinando el cuerpo hacia la otra persona, etc.)

El especialista manifestó que las técnicas de debate y hasta de teatro no siempre son una opción para el buen desempeño durante los juicios orales. Aunque son elementos de la propia comunicación, el problema que ha visto con litigantes que son buenos en la expresión oral al momento de exponer en un juicio tradicional ante un Juez, es que al encontrarse en una sala de juicios orales, en dónde tienen que sintetizar los hechos del caso para exponerlos en 10 o 15 minutos, irremediablemente, se les acaba el tiempo o terminan sin exponer nada concreto. “Para mi ese es el gran reto que enfrenta la dialéctica legal mexicana, en el futuro cercano no se puede llegar con la tradicional verborrea legal a una exposición de un juicio oral, he visto a litigantes gastar en su primera exposición todo el tiempo asignado en repetir los artículos en los cuales están basado sus alegatos y perder la gran oportunidad de exponer los hechos de una manera fácil y contundente, con el único fin de ganar el caso.” Marco V. Herrera destacó que existen los mismos principios de la oralidad en la ley con los conceptos de comunicación:

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• Oralidad.- Implica mejorar la expresión oral, aumentar la capacidad de síntesis y obliga a manejar una comunicación efectiva. • Inmediación.- Implica una escucha activa para resolución de conflictos, mejorar el rapport (que se considera como la técnica para manejar una buena relación y generar una sintonía adecuada con las demás personas), el uso de parafraseo para negociar o enfatizar términos, la definición de una agenda en los interrogatorios, el uso de la técnica del debate y la búsqueda vía comunicación de la solución de conflictos. • Contradicción.Se trata de desarrollar una capacidad de síntesis, la habilidad de armar relatos sencillos, coherentes, convincentes, así como el uso y el entendimiento de la comunicación verbal y no verbal.

en una historia sencilla, coherente y convincente que se pueda transmitir rápido y fácilmente, la exposición debe de reducirse a un tema central expresable en frases o palabras memorables, hasta emotivas, que encapsulan y reflejan lo esencial de dicha teoría, y además si se convierte en un tema simple siempre será preferible”. El manejo del uso más eficiente de la comunicación, también le dará al litigante la oportunidad de que a través de una mejor exposición, atraiga al espectador a que simpatice con su versión de los hechos, para lo cual se deberá de aprender a ser puntual, concreto y sobretodo dramatizable, lo que permite recrear el drama humano de manera convincente.

Debemos romper con el mito de que el buen comunicador es quien mejor habla.

Publicidad.- Implica el manejo de las masas, la habilidad de comunicarse con ellas en público y a través de los medios de comunicación, así como el manejo de la comunicación en situaciones adversas o de crisis. La comunicación otorga múltiples herramientas a los participantes de los juicios orales y todo está dentro del marco de los principios fundamentales de la oralidad. Los litigantes que participen en audiencias orales deben entender que ésta se encuentra orientada al siguiente principio comunicativo: “el abogado debe de convertir la esencia de su teoría del caso

La oralidad en contra de la vieja práctica escrita, brinda la ventaja de mejorar la exposición a través de la presentación de fotografías, esquemas, cuadros, modelos y simulaciones computarizadas, que ayudan a ganar la empatía de las audiencias para convencerlas de la historia, las causas y los argumentos. La comunicación, que nace y se desarrolla desde el momento mismo que el hombre empieza a hablar y que utiliza para entenderse con sus semejantes, es una materia que ha tenido un gran desarrollo profesional a través de la historia de la humanidad y que en esta misión de proporcionar métodos para mejorar la comunicación humana, puede aportar muchas herramientas para la nueva etapa que enfrenta México con la implementación de los Juicios Orales K

La Oralidad en el Nivel Comunicativo: • • • • •

El abogado debe de convertir la esencia de su teoría del caso en una historia sencilla, coherente y convincente que se pueda transmitir rápido y fácilmente. La exposición debe de reducirse a un tema central expresable en frases o palabras memorables, hasta emotivas, que encapsulan y reflejan lo esencial de dicha teoría. A través de la exposición, el abogado busca atraer al espectador para que éste simpatice con su versión de los hechos. La exposición debe ser puntual, concreta y sobre todo dramatizable, esto es, recrear el drama humano de manera convincente. Posibilidad de ayudar a la comunicación oral a través de los diferentes medios audiovisuales: fotografías, diagramas, diapositivas, cuadros modelos, documentos magnificados y simulaciones computarizadas.

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El Taller de Juicio Oral: Técnicas de Litigación, fue organizado por la Universidad Ius Semper, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación y la Asociación Nacional de Doctores en Derecho. PONENTES DEL TALLER DE JUICIO ORAL: TÉCNICAS DE LITIGACIÓN Entre los destacados especialistas y magistrados que participaron se encuentran:

Mtra. Diana Cristal González Obregón

La teoría del caso y técnicas de litigio en el juicio oral.

Juez Ildefonso Gil Gil

Mgdo. Miguel Ángel Aguilar López Argumentación jurídica: Teoría del caso.

Lic. Marco V. Berenguer Herrera

El rol de las partes en el juicio oral. Desahogo de pruebas: testimoniales, periciales, documentales, etc. Preparación de testigos.

Lic. Juan Manuel Ramírez Ibarra

Técnicas y estrategias de comunicación aplicadas al juicio oral.

Mtra. Hilvia Angélica Díaz Garay

Mtro. Alfonso Castrejón Alcocer

Mediación Civil y Penal.

Mtro. Fidel E. Flores Sánchez Audiencias en el juicio oral.

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FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

ACTA:

ACUERDO EN CONTRA DE LA INNOVACIÓN

K

José Carlos Barranco Ávila

E

* A pesar de haber firmado ACTA en octubre de 2011, Nueva Zelanda ha abierto una consulta pública para analizar su aprobación.

Discusiones en México

El 19 de julio, la Sociedad de Autores y Compositores de México, y la Coalición por el Acceso Legal a la Cultura manifestaron su apoyo a favor del ACTA, con base en que es la única ley actual que protege los derechos de autor. Por su parte, Jesús Rodrigo Roque Díaz, director del Instituto Mexicano de la

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l 11 de julio, el gobierno mexicano firmó el Acuerdo Comercial contra la Falsificación (conocido como ACTA, por sus siglas en inglés) en una estrategia que busca erradicar la piratería y proteger los derechos de autor. Se podría pensar que un acuerdo de esta naturaleza representa los principios básicos de protección contra un problema que afecta a productores de obras literarias, musicales, artísticas o de cualquiera otra índole. Aun así, desde sus orígenes ha estado en controversia debido a una serie de establecimientos que atentan incluso contra la privacidad y las garantías individuales. Lo que sucede con ACTA es el máximo estandarte de restricciones en contra de la libertad de expresión. Prácticamente, sólo las obras protegidas con un sistema copyright no pueden ser usadas por personas que no sean los autores o que no cuenten con el permiso expreso del autor para utilizarlas. Sí, las obras se encuentra protegidas, pero los consumidores nos encontramos en una situación de restricción frente a la industria cultural. Esto nos lleva a una disminución en la creación de valor y en la creación de mayor conocimiento, porque si entendemos que las ideas son un privilegio al cual se accede pagando por él, tenemos entonces que sólo unos cuantos, los que tienen los recursos, pueden fomentar e impulsar la creación. Aunque cabe recordar que no todos los que tienen el acceso a ellos están interesados en la industria cultural. ACTA prácticamente cierra la oportunidad a nuevas personas de trabajar con el material que está a su alcance para producir nuevas ideas, nuevos conceptos. En conclusión: ACTA va en contra del proceso natural de innovación. ¿Y cómo es que llega a ese extremo? En esta misma sección hemos defendido y aclarado cómo la innovación no consiste en conseguir desde cero nuevos servicios y productos para el hombre, si no que, al contrario, se trata de tomar lo ya existente, jugar con ello, y obtener un concepto que facilite la resolución de un problema o haga más eficaz un procedimiento. Detengámonos a pensar cuántas cosas que actualmente disfrutamos o se encuentran en el mundo no existirían actualmente debido a la cerrazón que propone ACTA.

Propiedad Industrial (IMPI), indicó que en ninguna medida ACTA viola la privacidad de los usuarios de internet, ni brinda la facultad de “incautar equipos de cómputo o reproductores personales de audio o video”, si no más bien está creada para la gente que lucre con los productos falsificados. De

hecho, en caso de que este acuerdo no sea ratificado, se buscarán nuevas iniciativas para detener la piratería, afirmó. En la Comisión Permanente, mientras tanto, se ha solicitado la comparecencia del titular de la Secretaría de Economía, Bruno Ferrari, así como del director del IMPI para


Al limitar el acceso a la información, ACTA contraviene y limita el proceso natural de la innovación Ahora, el asunto tampoco es dejar todo al libre albedrío: no proteger la propiedad intelectual y fomentar la piratería. Debemos de creer, claro, en la protección de las ideas, pero no en una restricción completa de su uso. Cuando usamos las ideas de otro y respetamos su originalidad, estamos reconociendo el valor de su creador y su aportación a la sociedad por haber contribuido con ello. Sucede lo mismo en sentido inverso cuando utilizan nuestras ideas atribuyendo adecuadamente. ACTA, a diferencia de lo que se cree, limita el acceso de gran parte de la sociedad al conocimiento, insumo sumamente importante en nuestros días y del cual reconocemos su valía para la toma de decisiones, la construcción de mejores soluciones e incluso para nuestro disfrute. Ahora este acuerdo se encuentra esperando a ser ratificado por la siguiente legislatura. Las circunstancias por las cuales fue aprobado también resultaron muy extrañas: La legislatura saliente la había rechazado ya en junio de 2011 precisamente por las incongruencias, atentaciones y limitaciones que representaba. Evidentemente, muchos grupos a favor de la democratización de la información y en contra de la censura en internet han manifestado su inconformidad ante dicho acuerdo, esperando a que se respeten los argumentos por los cuales fue rechazada originalmente. Por lo mismo, creyendo en los valores que representamos sobre la difusión de ideas y el fomento a la innovación, la cultura de derechos de autor, el incentivo de patentes y una cultura de creación, esperamos que ACTA sea rechazada nuevamente por no considerarla el instrumento idóneo para regular la propiedad intelectual en internet, dada las características propias del soporte y la rápida evolución que presenta.

FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL ARTURO ANCONA GARCÍA LÓPEZ

que aclaren los motivos por los cuales se firmó este tratado. La delegación mexicana de Amnistía Internacional también manifestó su preocupación y exhortó al senado de la próxima legislatura a no ratificar ACTA.

“Foro de Propiedad Intelectual” es una sección producto de la colaboración entre Foro Jurídico y Scientika, asociación civil dedicada a la conceptualización, anclaje y comunicación de modelos innovadores en la Ciudad de México y el mundo. Recibimos tus comentarios y sugerencias a contacto@scientika.mx

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K Robespierre

CADALSO La diferencia de más de 60 puntos en la elección de Jefe de Gobierno del DF impidió que fuera impugnado judicialmente el triunfo de Miguel Ángel Mancera, quién tranquilamente espera relevar en el cargo a Marcelo Ebrard, contrario a lo que acontece con Enrique Peña Nieto, quién aún tendrá que esperar los resultados del Tribunal Electoral Federal y una gran cantidad de marchas y manifestaciones de protesta por su triunfo del pasado 1° de julio. El Jefe de Gobierno electo rendirá protesta sin ningún sobresalto ante la ALDF el próximo 5 de diciembre y Enrique Peña Nieto quizá estrene la reforma constitucional que permite “en lo oscurito”, asumir el cargo ante el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Lo único que preocupa al Dr. Mancera es cuántas “posiciones” le permitirán las “tribus” perredistas en la selección de su gabinete, pues no obstante que ya adelantó que su equipo lo integrarán profesionales con experiencia, sin limitante de partido político, la distribución que está haciendo el PRD de líderes parlamentarios y comisiones de ambas cámaras del Congreso de la Unión anticipan lo contrario. Cuando menos, en los 3 cargos en los que el jurista Mancera Espinosa no debe permitir intromisiones son la Secretaría de Gobierno, la Procuraduría de Justicia y la Consejería Jurídica. De alguna manera debe hacer valer los más de 500 mil votos que obtuvo por encima del AMLO en el DF. Frente al enojo de AMLO, el Presidente Felipe Calderón se reunió con Enrique Peña Nieto a fin de iniciar los trabajos para la transición pacífica del Gobierno Federal, acto con gran trasfondo político, que implica, luego de señales encontradas del PAN, el total reconocimiento presidencial de su triunfo electoral. A pesar de las críticas vertidas por los detractores de la jornada electoral y de los infantiles reclamos a los principales líderes políticos del mundo por las llamadas de felicitación al triunfo de Peña Nieto, el Ejecutivo Federal puso el ejemplo de que es necesario dejar de lado las descalificaciones sin pruebas y trabajar en unidad para sacar al país del estancamiento económico, social y de seguridad y justica en el que se encuentra. Calderón ofreció todo el respaldo necesario para realizar el proceso de cambio de gobierno en forma eficaz, transparente y apegado a Derecho, una vez que el Poder Judicial de la Federación otorgue la declaratoria de Presidente Electo. Esto es una muestra de que los mexicanos hemos dejado atrás el uso de la fuerza para tomar el poder. Hoy, en los inicios del siglo XXI, sólo se requiere del voto por mayoría para que una fuerza política o candidato gobierne y se alcance un cambio, sin importar el partido. Este es el mensaje que debemos enviar al mundo, como una muestra de la madurez que como nación se ha alcanzado, independientemente de ayatolas iluminados que en todas las latitudes existen.

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Bien recibido fue el nombramiento de Emilio Álvarez Icaza como Secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Su designación representa un reconocimiento a su ardua labor en la defensa de los derechos humanos en México. Electo con el voto a favor de 4 de los 7 comisionados que componen la CIDH, el ex-Ombusman capitalino tendrá ahora una ardua tarea por consolidar los avances en la defensa de los derechos humanos en México, al mismo tiempo de dar trámite a las denuncias presentadas por diferentes organizaciones civiles por los abusos cometidos en México durante la llamada guerra contra el narcotráfico que ha traído más de 50 mil muertes. Por el momento el Movimiento por la Paz, encabezado por el poeta Javier Sicilia se queda sin uno de sus destacados participantes, quien se adhirió a la lucha desde que surgió. Su designación se suma a la reciente del Dr. Eduardo Ferrer Mac Gregor, como Juez de la Corte Internacional de Derechos Humanos y a la no tan reciente del exmagistrado de la Sala Superior del TEPJF, José de Jesús Orozco Henriquez. La participación de estos 3 juristas mexicanos en posiciones claves de la justicia internacional de derechos humanos, es una muy buena señal para México en esta etapa de arranque de la trascendente Reforma Constitucional en la materia, que establece en su artículo 1º la obligación de todos los servidores públicos (de los 3 niveles de gobierno), de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

El Juez Federal en el DF, Alfonso Javier Flores Padilla, se convirtió en el primer impartidor de justicia que pone en funcionamiento la Ley Federal de Extinción de Dominio a favor de las víctimas. Con esta norma se pretende disminuir los recursos con que cuenta la delincuencia organizada y, paralelamente, atender al interés y beneficio de las víctimas de los delitos graves, a través del uso de los recursos o bienes extinguidos. Así, la ley dispone apoyar a las víctimas en la reparación del daño que se les ocasiona, particularmente en delitos como secuestro. Recientemente el Juez Flores Padilla solicitó al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes de la SHCP le enviaran el producto de la venta de un inmueble cuyo dominio fue extinguido, para entregarle a una víctima, por concepto de reparación del daño, la cantidad que pagó a título de rescate a sus plagiarios. Esperamos que no sea el único caso y que pronto se convierta en una práctica recurrente.

Como era de esperarse el candidato por la Coalición Movimiento Progresistaa, AMLO, no cumplió su palabra e impugnó la jornada electoral presidencial, a pesar de haber firmado el Acuerdo de Civilidad. El político tabasqueño inició su movimiento por la legalidad y presentó su “plan de trabajo” para descalificar las elecciones presidenciales, acción que ha generado un clima de incertidumbre en la sociedad mexicana ya que numerosos grupos han amenazado con boicotear la toma de protesta e iniciar movilizaciones a lo largo y ancho el país. Estamos nuevamente ante uno de los graves problemas de la izquierda mexicana que arrastra desde el siglo pasado: desconocer los acuerdos a los que se compromete. Ahora, como hace 6 años, busca dividir al país y confrontar a los mexicanos que no estén de acuerdo con él. El caudillo del PRD sigue sin respetar a las instituciones y la decisión de millones de mexicanos que votaron por una opción que no es él. ¿Acaso los ciudadanos tendrán que soportar nuevamente marchas y plantones que estorban no sólo la economía del país, sino que ponen en riesgo la estabilidad política? K

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Proceso y DecisiĂłn. Lecciones Mexicanas de Derecho Procesal. 0LFKHOH 7DUXIIR Marcial Pons. 2012.

E

l libro constituye la compilación del conjunto de conferencias RIUHFLGDV SRU HO SURIHVRU 7DUXIIR HQ 0p[LFR HQ GLIHUHQWHV lugares y momentos durante el 2002 y 2009. Su integración KD VLGR SRVLEOH JUDFLDV D OD LQLFLDWLYD GHO 7ULEXQDO (OHFWRUDO GHO Estado de Michoacån en colaboración con la editorial Marcial Pons \ GHO 7ULEXQDO (OHFWRUDO GHO 3RGHU MXGLFLDO GH OD )HGHUDFLyQ &RQWLHQH DSRUWDFLRQHV QR VyOR GH 'HUHFKR 3URFHVDO WDPELpQ UHà H[LRQHV VREUH DVSHFWRV TXH LQFLGHQ VREUH OD ÀORVRItD GHO GHUHFKR \ TXH servirån para reforzar la formación jurídica del lector. Esto serå útil para todos aquellos dedicados a la impartición de justicia, como factor fundamental para la prevalencia del Estado de Derecho. En OD REUD SRGUiQ HQFRQWUDUVH ORV YDORUHV TXH OH LPSRUWDQ D 7DUXIIR la democracia, la justicia, la verdad y la motivación racional como HO HOHPHQWR GH OHJLWLPDFLyQ GHO MXH] (O DXWRU EULQGD UHà H[LRQHV anålisis y propuestas originales, pero ademås, muestra un envidiable conocimiento de otras disciplinas jurídicas y no jurídicas muy alejadas a las que, teoríca o administrativamente, son las suyas.

La Reforma Penitenciaria: Un EslabĂłn Clave de la Reforma Constitucional en Materia Penal. 3-) 6&-1 &-) 6(7(&

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a presente obra recopila las discusiones de las 4 mesas multidisciplinarias del seminario La Reforma Penitenciaria: Un Eslabón Clave de la Reforma Constitucional en Materia Penal, con el objeto de aportar un texto basado en la experiencia espaùola. Se analizan experiencias, necesidades \ ÀJXUDV GHO VLVWHPD SHQLWHQFLDULR D OD OX] GH ORV SULQFLSLRV TXH promueven y protegen los derechos humanos de los reos, pero ademås, aquellas cuestiones que ataùen al sistema penitenciario y que deben superarse en congruencia con el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio. El prólogo fue elaborado por el Ministro Jesús Silva Meza, Presidente de la SCJN; en Êl advierte que todo derecho y libertad fundamental supone la dignidad humana, pues pVWD HV HO FLPLHQWR OD UD]yQ GH VHU GH WRGR HO HGLÀFLR FRQVWLWXFLRQDO y es la fuente de la que brotan los derechos humanos así como el fundamento de la libertad, la justicia y la paz.

FOROJURĂ?DICO JURĂ?DICO 62 62 FORO


CĂłmo Deciden los Jueces. Richard A. Posner. Marcial Pons, INACIPE, Ubijus. 2011.

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l libro es un estudio acerca del complejo y diverso entramado de los factores que llevan a los jueces a tomar las decisiones que toman. Posner pretende “descorrer el veloâ€? que cubre una de las actividades fundamentales del derecho: la actividad de juzgar. Su objetivo es someter a escrutinio pĂşblico los condicionantes de naturaleza sociolĂłgica, psicolĂłgica, HFRQyPLFD SROtWLFD Ă€ORVyĂ€FD \ WDPELpQ MXUtGLFD TXH GH KHFKR LQĂ X\HQ HQ OD DFWLYLGDG GHFLVRULD GH ORV WULEXQDOHV $ERUGD WRGD una serie de aspectos que van desde las condiciones laborales de la profesiĂłn de juez (sueldo, promociĂłn, estabilidad en el puesto) hasta el papel jugado por sus convicciones ideolĂłgicas, polĂ­ticas, VXV Ă€OLDV VXV IRELDV SDUWLGLVWDV VX IXQFLyQ DQWH OD RSLQLyQ S~EOLFD pasando por la psicologĂ­a, la personalidad de los jueces, los problemas que tienen que ver con la manera en que aceptan y conciben las pautas del mĂŠtodo jurĂ­dico. La obra no sĂłlo se mueve en este nivel descriptivo o explicativo, sino que contiene tambiĂŠn un modelo normativo de juez. El escenario de contraste es asimismo la jurisprudencia estadounidense, centralmente los tribunales de DSHODFLyQ \ HO 7ULEXQDO 6XSUHPR 5LFKDUG $ 3RVQHU UHLYLQGLFD por ejemplo, que una comprensiĂłn cabal de ĂŠste Ăşltimo pasa a entenderlo como tribunal polĂ­tico y como fuente autoritaria. Posner apuesta, por un modelo pragmatista, pero, en sus palabras, se trata de un pragmatismo sensible y no uno de cortos vuelos.

Derecho Concursal Mexicano. )DX]L +DPGDQ $PDG Escuela Libre de Derecho, Oxford. 2011. Q HVWD REUD )DX]L +DPGDQ VLQWHWL]D VX H[SHULHQFLD como acadĂŠmico, litigante y legislador. Su participaciĂłn en el proceso de aprobaciĂłn de la Ley de Concursos Mercantiles (LCM), en el 2000, y en el Senado como autor de la iniciativa de reformas a la misma (2007), ha enriquecido la doctrina y prĂĄctica del derecho concursal mexicano. El texto sigue la estructura del ordenamiento antes citado, ya que es el sustento de la disciplina concursal. En 14 capĂ­tulos se expone con nitidez el proceso que la LCM seĂąala para su aplicaciĂłn. En el primero de ellos, “OrĂ­genes histĂłricos del concurso mercantilâ€?, se presentan los antecedentes para comprender la evoluciĂłn del derecho concursal. Las citas de artĂ­culos de la ley y las UHIHUHQFLDV ELEOLRJUiĂ€FDV RIUHFHQ D ORV HVWXGLDQWHV XQ VRSRUWH didĂĄctico de primer orden. Derecho Concursal Mexicano contiene los elementos necesarios para lograr un desarrollo integral para la formaciĂłn de profesionales en la materia. K

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Temas constitucionales EL VETO PRESIDENCIAL K Dr. José R. Padilla*

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a única vía existente para que el titular del Poder Ejecutivo Federal pueda oponerse a la publicación de una Ley o Decreto, es el Veto Presidencial. Esta institución es un instrumento constitucional de equilibrio político entre los poderes legislativo y ejecutivo. Una especie de matiz parlamentario. Puede sostenerse que representa una añeja defensa del Ejecutivo Federal contra el Congreso de la Unión en cuanto a la aprobación de las leyes o los decretos federales. En fecha reciente el texto constitucional sobre la materia fue reformado. Ahora, en vez de los 10 días, se concede al titular del Ejecutivo, un plazo de 30 días para ejercitar ésta acción. Pero, a su vez, el Congreso de la Unión tiene la posibilidad de aceptar todas, algunas o ninguna de las observaciones que le formule el Ejecutivo a los decretos legislativos. Para ello basta con alcanzar una votación de dos terceras partes de los individuos presentes en cada una de las Cámaras Federales. La institución del Veto Presidencial se encuentra reglamentada en los Apartados “B” y “C” del artículo 72 de la Ley Fundamental. En el primero, en su parte relativa, establece: “Se tendrá como aprobado por el Poder Ejecutivo todo proyecto no devuelto con observaciones a la Cámara de su origen dentro de los treinta días naturales siguientes a su recepción; vencido este plazo el Ejecutivo dispondrá de diez días naturales para promulgar y publicar la ley o decreto”. “Transcurrido este segundo plazo, la ley o decreto será considerado promulgado y el Presidente de la Cámara de origen ordenará dentro de los diez días naturales siguientes su publicación en el Diario Oficial de la Federación, sin que se requiera refrendo”.

El Apartado C sostiene que: “El proyecto de ley o decreto desechado en todo o en parte por el Ejecutivo, será devuelto, con sus observaciones a la Cámara de su origen. Deberá ser discutido de nuevo por ésta y si fuese confirmado por las dos terceras partes del número total de votos, pasará otra vez a la Cámara revisora. Si por ésta fuese sancionado por la misma mayoría, el proyecto será ley o decreto y volverá al Ejecutivo para su promulgación”. Como puede apreciarse, el instrumento consiste en una especie de excepción dilatoria, ya que éste es un obstáculo político perfectamente salvable por el Congreso de la Unión. Basta

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joserpadilla@prodigy.net.mx que las Cámaras, mediante votación calificada, rechacen las observaciones del Ejecutivo Federal para que el Veto Presidencial, sea superado. Aunque, igualmente, pueden aceptarlas en su totalidad o en parte. Tal es la finalidad, última, de la propia institución, según lo expresan ambos apartados del artículo 72 de la Carta Federal. La institución en comento ha sido aplicada muy recientemente por el Presidente Felipe Calderón, quién ha hecho una serie de observaciones al Decreto de la Ley General de Víctimas que le envió el Congreso de la Unión y que se resiste a publicar en el Diario Oficial de la Federación, bajo el argumento que no se ajusta completamente a lo que dispone la Ley Suprema, solicitando al Poder Legislativo una reforma constitucional y un nuevo texto legal, a lo que se han negado algunos legisladores, argumentando que las observaciones fueron realizadas fuera del plazo legal. Todo parece indicar que será necesaria la intervención del otro poder, el Judicial, que definirá en definitiva quién tiene la razón, mediante una Controversia Constitucional que ya se ha anunciado su presentación K * Maestro del Derecho Constitucional, Garantías y Amparo en la Facultad de Derecho de la UNAM.




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