FJ 148 enero 2016

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Enero 2016

Javier Laynez y Norma Piña: Nuevos Ministros de la SCJN Impulsa EPN Justicia Cotidiana El Derecho Humano de la Maternidad Combate PGR Delitos contra Derechos de Autor y Propiedad Industrial

Lista la Procuraduría Fiscal para el Sistema Penal Acusatorio:

Max Alberto Diener Sala Núm. 148, enero 2016 $40.00



Universidad Ius Semper @IusSemperMx

Especialidades y Maestrías Juicio de Amparo

Derecho

Derecho Procesal

Penal Acusatorio

Civil

Doctorado en Derecho Claustro de Docentes Poder Judicial de la Federación

Jueces de oralidad civil y mercantil del TSJDF

• Magistrado Miguel Ángel Aguilar López • Magistrado Fernando Rangel Ramírez • Magistrado Walter Arellano Hobelsberger • Magistrado Arturo Rivas Iturbe • Juez Felipe Consuelo Soto • Juez Fernando Córdova del Valle • Juez Alberto Díaz Díaz • Juez José Díaz de León Cruz • Juez José Alfonso Montalvo Martínez • Juez Jorge Arturo Porras Gutiérrez • Juez Francisco Goslinga Gorka Migoni

• Juez Francisco Neri Rosales • Juez Yaopol Pérez Amaya • Juez Hiram Arturo Cervantes García • Juez Eliseo Juan Hernández Villaverde

• Lic. Alejandro Cruz Ramírez

Secretario de la SCJN

Miembros del Poder Judicial de Morelos • Magistrado Luis Jorge Gamboa Olea • Juez Yaredy Montes Rivero

Especialistas • Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero • Dr. Elías Huerta Psihas • Dra. Patricia Olamendi Torres • Dra. Diana Cristal González Obregón

Colegiaturas y gastos de titulación accesibles Pregunta por nuestras becas Inscripciones e informes Tel. 2595 6354 y 6237 4617 ext. 104

comunicate@iussemper.com Monte Albán 613. Col. Letrán Valle, C.P. 03650, Benito Juárez, D.F.

www.iussemper.edu.mx REVOE SEP No. 20122727 / 22-11-2012 No. 20122382 / 24-10-2012 No. 20123158 / 19-12-2012 No. 20120731 / 28-06-2012


Sumario Enero 2016

Director General Dr. Elías Huerta Psihas Director Editorial Dr. Lázaro Tenorio Godínez Directora Ejecutiva Lic. Janet Huerta Estefan

Consejo Editorial Dr. Sergio García Ramírez Dra. Mireille Roccatti Velázquez Dr. Raúl Carrancá y Rivas Dr. Moisés Moreno Hernández Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Arturo Ancona García López Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez Dr. Carlos Quintana Roldán Dra. Ruth Villanueva Castilleja Dr. Emilio Zebadúa González Dr. Miguel Ángel Aguilar López Dr. David Vega Vera

Editor Marco A. Ríos editorial@forojuridico.org.mx Diseño Editorial Mónica Salazar Sánchez diseno@forojuridico.org.mx Coordinación de Antonio Estevez Celestino Distribución Fotografía Carlos Gamboa fotogamboa@prodigy.net.mx

8 4 6 16

Foro Jurídico, tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la sep, número issn 1870–1183 trasnformado al número ean–13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título no. 13058 expediente 1/432’05’/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Num. 10631, expediente 1–432 ‘05’–16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Monte Albán 613 Col. Letrán Valle C.P. 03650, México, D.F. Tel 2995 6254. Impresión: Impresora Múltiple, Zaratoga 909, Col. Portales. Distribución: Platón 429 Colonia Palmitas. INTERMEX Foro Jurídico No. 148, Enero 2016.

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MAX ALBERTO DIENER SALA Editorial Adiós Distrito Federal: Bienvenida Ciudad de México Foro del Lector Javier Laynez y Norma Piña: Nuevos Ministros de la SCJN

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Marco A. Ríos

Miguel Ramírez Hernández fotografiafeijoo@gmail.com Agencia Cuarto Obscuro

Lista la Procuraduría Fiscal para el Sistema Penal Acusatorio:

20

Impulsa el Presidente Enrique Peña Nieto la Justicia Cotidiana

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La Huelga en el Derecho Mexicano

30

Combatir Delitos de Falsificación de DA y PI son Preocupaciones de Interés Nacional: Arely Gómez

34

Niegan Orden de Aprehensión contra Arturo Escobar por Delitos Electorales

Dr. Hugo Italo Morales Saldaña

24

Mtra. Brenda Pulido Luna

38

XXVIII Jornada Latinoamericana de Derecho Tributario. Entrevista al Dr. Manuel Hallivis sobre el ILADT

30


16

44

50

Presentan libro Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo de Juan Carlos Cruz Razo Marco A. Ríos

46

Impugnan la Reelección del Magistrado Edgar Elías Azar

38

44

58

72

Dr. Juan D. Balanzátegui Sánchez

48

Inconsistencias en el Nuevo Reglamento de Tránsito de la CDMX Marco A. Ríos

50

Celebra la SEDENA el Día Internacional de los Derechos Humanos

54

Matrimonio y Concubinato entre Parejas del Mismo Sexo

70

Lic. Mily Cohen Lic. Adán B. García

Lic. Benjamín Martínez Ramírez

58

El Derecho Humano de la Maternidad

72

62

5 Mil Abogados por México: Barra Nacional de Abogados

66

Foro de Propiedad Intelectual 2016: ¿Año de la Propiedad Intelectual? Mtro. Agustín Ríos Aguilar

68

En la Mira Los Costos de la Corrupción Dr. José Fernández de Cevallos y Torres

La Máquina del Tiempo Musical y el Holocausto Lic. Jesús A. Aquino Rubio

Lic. Alexandra Bermúdez Lic. Natalia Rebollo

Efemérides Efemérides de Enero

74

Vida Digital Convierte tu Teléfono Inteligente en una Oficina Móvil

76

Cadalso

78

Libros

80

Temas Constitucionales La Corrupción, el Cáncer Social de Nuestro Tiempo Lic. José R. Padilla Foro Jurídico  |  3


EDITORIAL Adiós Distrito Federal: Bienvenida Ciudad de México

La primera tarea no será fácil, pues este órgano que será integrado por 100 diputados constituyentes, generará muchos jaloneos entre políticos federales y locales ya que, se dividirá en 60 diputados electos por la vía de representación proporcional por parte de los capitalinos; esto es, los partidos serán quienes designen las fórmulas que participarán, pero podrán incluirse candidatos independientes. Los 40 restantes corresponderán: 14 Senadores, 14 Diputados Federales, Apenas al cierre de los trabajos co- 6 nombrados por el Presidente de la rrespondientes al Primer Periodo República y 6 por el Jefe de Gobierno Ordinario de la lxiii Legislatura, del Distrito Federal. el proyecto de decreto fue enviado a los congresos de los estados Esta Asamblea Legislativa deberá enpara su aprobación y concretar así trar en funciones en septiembre del 2016 y deberá crear una Constitución la modificación constitucional. de vanguardia, impulsada por los nueEl paso histórico, como lo definió vos tiempos, en un escenario internael Jefe de Gobierno Miguel Ángel cional que dé fuerza e independencia Mancera, tiene ante sí una serie de al nuevo estado y no quede sujeto al grandes retos en todos los ámbitos; vaivén e intereses de los políticos cenuno de ellos será la creación de la trales, como hasta ahora ha sido. Asamblea Constituyente, la cual será responsable de redactar la A pesar de la euforia que la aprobaConstitución de la capital del país, ción de la reforma causó, hay muchas que dejará de ser Distrito Federal voces que la critican por tratarse, arpara convertirse en el Estado 32, gumentan, de una reforma política, con la denominación de Ciudad de hecha por políticos, para políticos, que en nada favorecerá a los capitaMéxico. Tras 15 años de tener guardada la iniciativa, el pasado mes de diciembre, luego de un arduo trabajo legislativo e intensas negociaciones, finalmente ambas Cámaras del Congreso de la Unión aprobaron la Reforma Política que permitirá al Distrito Federal ser un Estado más de la República Mexicana, con autonomía en su régimen interior y en su organización político-administrativa.

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linos, al no reflejarse en un beneficio directo y tangible en temas delicados como seguridad, salud, educación, finanzas públicas y justicia, entre otros. Por el contrario, advierten, la proliferación de cargos públicos en las 16 alcaldías que surgirán de las Delegaciones, sólo traerán mayor costo económico al erario y corrupción. Es decir, que con cierto tino, ven acercarse una oleada de nuevos funcionarios municipales, con empleos mejor remunerados y sin controles. Sin embargo, este cambio era necesario para que México se inserte en las tendencias democráticas contemporáneas y de vanguardia en temas de Derechos Humanos, de apertura económica y de representación política. El Distrito Federal no podía continuar como figura de museo, de ahí que, con este avance seguramente vendrán nuevas responsabilidades y la necesidad de que la ciudadanía capitalina se acostumbre a ejercer una mayor contraloría social sobre sus gobernantes. Esperemos que la tan esperada Reforma Política capitalina no, únicamente sirva para incrementar la cifra de nuevos ricos sexenales.


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Abril 2013 Foro Jurídico  |  5 5


FORO DEL LECTOR

Redes Sociales e–mail Alberto E. Nava: Mi total y enorme agradecimiento a Foro Jurídico por la reseña del Libro “La Nueva ley de Amparo con Jurisprudencia que la Interpreta”. Gracias a todo el equipo. J. Gabriel Hidalgo: Hola, Foro Jurídico me serviría de mucho que ahondaran en un artículo qué es la justicia desde diferentes puntos de vista, ya sea de jueces, magistrados y servidores públicos. Gracias y saludos. Ricardo Zanabria: Los felicito por la excelente edición de diciembre, sin duda se lleva las palmas: para no hacerla de emoción, me quedo con esta frese: “En este castillo de tristeza no se castiga el delito, se castiga la pobreza”.

Premio Excelencia Judicial 2015: Ministro Luis María Aguilar Morales RT @emyabogados: Confiamos plenamente en las capacidades del Ministro Presidente Luis María Aguilar; hombre estudioso y dedicado. RT @mohardiazbgs: También necesitan mejores capacitaciones y que cuenten con mejores herramientas de trabajo. RT @ramirezleinez: ¿Y luego? Necesitamos juzgar con perspectiva de género, ¡ya!

Enrique Luis Graue Wiechers: Nuevo Rector de la UNAM RT @kristiz88: Otro médico como Rector de nuestra máxima casa de estudios. Ojalá supere lo hecho por sus

antecesores. ¡Goya! RT @EDGARALEX1t: Desde mi punto de vista el artículo sobre el nuevo Rector le hizo falta más profundidad o un seguimiento de los candidatos. Saludos al Dr. Elías Huerta. RT @pedroraul_lopez: La misión de la @UNAM_MX siempre ha sido educar sin distinción de ideologías o

condiciones económicas.

Nuevo Reglamento de Tránsito en la Ciudad de México Ricardo Tajonar: El reglamento de tránsito es de primer mundo, para vialidades de tercer mundo; con automovilistas sin educación vial y policías abusivos. Todo lo anterior se resume en una palabra: ¡corrupción! Legal: Ahora las multas más caras las tiene la Ciudad de México y no Puebla. Charlie karim: Muy buen diseño sobre el nuevo reglamento en la revista, pero te hubieras enfocado más a las multas.

Efemérides RT @marianairiarte: Siempre es un placer leer en cualquier medio a la Dra @RuthVillanuevaC. Gracias @ForoJuridico por acercarnos la efemérides de una manera sencilla. 6 | Foro Jurídico Enero 2016


Nulidad en la Elección de Gobernador en Colima

Diciembre 2015

FORO DEL LECTOR

Enrique Graue Nuevo Rector de la UNAM

RT @eliaholguin: Parece que lo único constante en nuestro amado México

Designación de Ministros: Armando Soto Flor es

es la inconstancia.

Nuevo Reglamento de Tránsito en el DF

RT @gsm_Skywalker: Como siempre los comentarios del Dr. Arturo García son

Valida la SCJN Consumo de Ma rihuana

oportunos. Ya se anuló en Colima, pero ¿serán igual de estrictos en la #CDMX? RT @capastranac: Cito al Dr. Arturo: “Cualquier persona que contienda a una elección

debe regir el principio de constitucionalidad”. ¿Entonces qué pasó en Colima?

La Excelencia es un en la Impartición a Obligación de Justicia: Lu

is María Aguilar

Morales

Núm. 147, diciembr e 2015 $40.00

Horacio Rafael: En Tuxtla Gutiérrez se debió haber anulado la lección como lo manifestó @MC_alanis. En fin, ¡viva México!

Abre la Suprema Corte el Debate sobre la Legalización de la Marihuana RT @Jrgpaezs: No. Nada tomamos en serio, nos interesa más un Récord Guinnes en el Zócalo que un debate. “Porca miseria”. RT @cgefmexico: Ay, ese @EPN, ni como ayudarlo, ¿verdad? RT @patdeicaro: Leyes de primer mundo y educación de tercera. A ver cómo nos va. RT @laamlegal: Interesante. Justo todo lo que no menciona la televisión.

Garbo Gil: Tampoco estábamos preparados para el alcohol que es peor y ya saben causa y motivos de peleas y reencuentros. Padrino Campechano: La resolución de la Corte es muy peligrosa. Queremos implementar leyes y reformas de países de primer mundo y no nos damos cuenta que todo cambiaría con una mejor educación básica. Ivan Delgado: El verdadero narcotráfico no es la marihuana, es la cocaína, heroína, metanfetaminas y demás drogas sintéticas. La prohibición de la marihuana no fue por adictiva, sabemos que es un problema para grandes empresas, tanto farmacéuticas y tabacaleras. Josue Guerra Ocampo: Quiero creer que sí estamos preparados, con reservas, pero creo que llegó el momento de dar el siguiente paso y con éste, un verdadero cambio. Ricardo del Real Resenos: Cabe mencionar que los cigarros son más dañinos a la salud, y no prohíben su venta; quien consuma marihuana lo hará por gusto así como pasa con los cigarrillos y el alcohol, siempre y cuando haya una buena orientación a la sociedad.

Vida Digital RT @Crau85: Buenas aplicaciones, aunque dudo que acabemos con la corrupción en México, ahora, entre más caras sean las multas, más habrá “mordidas”. RT @santoniopera: Auto chilango es la mejor aplicación para los que somos dueños de un automóvil. Se agradece el

esfuerzo por ponernos al alcance otras opciones con la actualización del nuevo reglamento.

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Foro Jurídico  |  7


ENTREVISTA |

Lista la Procuraduría Fiscal para el Sistema Penal Acusatorio: MAX ALBERTO DIENER SALA Dr. Elías Huerta Psihas

E

l nuevo sistema de justicia en México, próximo a iniciar en junio, no pasa por alto a la Procuraduría Fiscal de la Federación, dependiente de la shcp. De ahí que su titular, Max Alberto Diener Sala, ha impulsado un arduo trabajo en la capacitación del personal en la materia, que ponga a la institución en los mejores estándares para incorporarse al nuevo Sistema Penal Acusatorio.

México es una nación con muy bajos índices de recaudación tributaria, señaló, que deben ser elevados si queremos tener un país moderno y mejorar los servicios públicos. Lo más importante es que las acciones de todos, autoridades y contribuyentes estén orientadas a respetar y fortalecer el Estado de Derecho. Por parte de la Procuraduría, esto significa aplicar las sanciones debidas contra aquellos que no respetan la ley fiscal para enviar un mensaje a la ciudadanía que no habrá impunidad si no cumplen con sus obligaciones tributarias. Para lograrlo, asegura Diener Sala, se requiere mejorar las atribuciones de la Procuraduría Fiscal y ampliar la visión del Derecho Fiscal, no sólo en el espectro nacional, sino tambien en su internacionalización, ya que las transacciones de las empresas multinacionales se vuelven muy complejas porque sus operaciones fluctúan entre varios países y muchas de ellas hacen estrategias para pagar impuestos en los paraísos fiscales, sin dejar un derrame económico proporcional en aquellos en donde se está generando valor a su producción. En entrevista con Foro Jurídico, el Procurador Fiscal detalla cómo el gobierno trabaja afanosamente para impulsar el pago de contribuciones, pero al mismo tiempo, agilizar los esfuerzos necesarios que eviten una doble tributación y respetar los Derechos Humanos de los contribuyentes. Presentamos a nuestros lectores la parte sustantiva de la entrevista.

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ENTREVISTA

¿Qué es la Procuraduría Fiscal de la Federación? La Procuraduría Fiscal (pf), dependiente de la schp, es una institución que lleva más de 60 años de existencia que con el tiempo ha evolucionado y adquirido nuevas funciones. Su propio nombre devela parte de su responsabilidad, que es procurar la justicia en materia fiscal. Esto es, iniciar todos los procesos penales que tienen que ver con temas tanto de defraudación fiscal como de delitos financieros. Dentro de esta función, se encuentra todo el proceso penal, en el que llevamos 2 mil asuntos con un porcentaje de éxito arriba del 70% de los casos en los que logramos ordenes de aprehensión o un auto de formal prisión. Otra de las acciones que resultan fundamentales de la pf es la parte legislativa; todas las iniciativas relacionadas con el sector fiscal y financiero pasan por aquí. De ahí que tenemos acceso y coadyuvancia con otros sectores como es el energético o el de telecomunicaciones, en donde fungimos como un órgano de asesoría. Además, nuestra labor es preparar los paquetes económicos que se mandan cada año, porque somos un área de apoyo para todas las subsecretarías. Por ejemplo, la parte de ingresos y de la miscelánea fiscal es un proyecto elaborado dentro de la subsecretaría de ingresos pero todo tiene que pasar por nosotros. Aportamos una segunda revisión, un análisis técnico jurídico; somos un segundo filtro. Posteriormente, todo documento es enviado a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal para un tercer filtro. Cuando el Presidente de la República manda una iniciativa de ley, ésta ya pasó por todo un proceso de revisión con distintos enfoques.

Las acciones de todos, autoridades y contribuyentes deben estar orientadas a respetar y fortalecer el Estado de Derecho. Por parte de la Procuraduría esto significa aplicar las sanciones debidas contra aquellos que no respetan la ley fiscal.

Tenemos la Ley de la Tesorería de la Federación que se fue con el paquete económico que estamos todavía en la parte final de su negociación; tenemos la Ley de las Asociaciones Público Privadas (APPs) relacionada con la inversión privada que potencia la construcción de infraestructura pública, con asociaciones público privadas; también está en nuestras manos la Ley de Zonas Económicas Especiales. Todas estas leyes se elaboran en En la pf también monitoreamos y las áreas especializadas, la labor de damos seguimiento a las distintas la pf es brindar la asesoría jurídica leyes enviadas al Congreso; un ejem- necesaria y apoyar en la negociación plo es la Ley de Disciplina Financie- con los legisladores, sobre todo en lo ra, la cual regulará el tema de deuda que respecta al paquete económico a nivel de los estados y municipios. enviado por el Ejecutivo federal que

incluye las leyes de Ingresos, Presupuesto de Egresos, Miscelánea Fiscal y Ley Federal de Derechos.

¿Cuál es la Estructura de la Procuraduría Fiscal? Contamos con 4 subprocuradurías: la penal, que es la de investigaciones, la de amparos, la de legislación y consulta y la de legislación financiera. Hay una especializada en todo el tema financiero que ve toda la regulación bancaria, que también pasa por la Procuraduría en la parte jurídica y sobre todo, en la participación en los consejos, en las comisiones y en los órganos de gobierno de todas las co-

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ENTREVISTA | MAX ALBERTO DIENER SALA

misiones como la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, (consar). Una de las áreas principales es la de Amparos. La pf se encarga únicamente de aquellos que llegan a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (scjn) sobre la constitucionalidad de leyes fiscales. Hoy la pf tiene 70 mil amparos en curso, entre los que se encuentran los límites a las deducciones, el paquete fiscal 2014, el tema de contabilidad electrónica, que todavía no está resuelto por la scjn, del que existen más de 20 mil amparos. Algunos ya resueltos tuvieron que ver con el iva en la frontera. La parte de amparos es muy rica, es muy neurálgica porque al final del día, da certidumbre a la legislación fiscal al declararla constitucional. En la materia también hay cuestiones administrativas, por eso litigamos en el tribunal fiscal. En materia contenciosa, cuando se dan nulidades de actos administrativos, tenemos que estar impugnando ante el hoy Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Es una labor muy intensa, por eso el área más grande de la pf es la subprocuraduría de amparos, en donde contamos con cerca de 300 personas del total de 700 que laboramos en la institución. Hay un tema que es importante abordar pero que los ve directamente el sat, que son los Acuerdos Conclusivos (ac) y las repercusiones que tienen. Recordemos que un ac se da cuando ya hay una serie de problemas y puede haber aspectos penales que ya estén procesándose, por lo cual resultan un acercamiento muy positivo entre la autoridad y el contribuyente. El objetivo del fisco no es meter gente a la cárcel, sino que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones en términos con la ley y al final de cuentas que se recauden los recursos. Hay que reconocer que quien hace trampa o no respeta la ley, puede tener un problema y acabar incluso en la cárcel. Esa es una situación que se

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vive en cualquier Estado de Derecho, la última instancia si implica la pena corporal, entonces, en este sentido, esos incentivos y sanciones deben ser muy claros en la sociedad para que todos sepamos que debemos cumplir nuestras obligaciones fiscales.

El outsourcing y las facturas sin sustancia son los principales retos que enfrenta la Procuraduría Fiscal. Uno de los temas fundamentales en México es el Estado de Derecho. Es una de las piezas, después de las grandes reformas promovidas por la actual administración del Presidente Enrique Peña Nieto, que hace falta consolidar. No tendremos una sociedad moderna, un México próspero, si no logramos que esa pieza funcione perfectamente. Los ejemplos son numerosos, pero basta decir que mucho podría ahorrarse en tiempo y recursos si todos, empresas, sociedad y autoridades cumplieran cabalmente los contratos a los que se someten. En nuestro país debemos tener la certidumbre de que un compromiso firmado se honrará, si alguien comete algún tipo de irregularidad, ésta se castigará por tribunales que serán expeditos para determinar la responsabilidad. Todavía nos falta dar ese un último paso para consolidar verdaderamente el Estado de Derecho; aunado al tema del castigo total a la corrupción. Esas son las piezas para tener un México moderno y no es que falten, deben consolidarse. Dentro de esa lógica, la Procuraduría como institución, tiene una gran labor, y es justamente el dejar muy claro a los ciudadanos, a los

contribuyentes, que en la medida en que uno cumple, no hay problemas. Pero al cometer irregularidades, delitos o trampas, éstas serán castigadas, esa señal creo que debe fortalecerse frente a la sociedad.

¿Qué implicaciones tiene el Nuevo Sistema de Justicia en los Delitos Fiscales y Financieros? Tiene todo un impacto en la institución, por eso nos estamos preparando. Desde hace más de un año se lleva un programa de capacitación en el cual tenemos el apoyo del Departamento de Justicia de Estados Unidos, asi como del gobierno de Colombia. Además, hemos tenidos intercambios con Chile, organizando 3 o 4 seminarios y tenemos pendiente una visita a Colombia en 2016. Existe una amplia preparación, el grupo de trabajo incluye evidentemente, abogados de la pf y del sat. Los ejercicios consisten en conocer cómo se arma un caso fiscal desde la perspectiva de los juicios orales. Nuestras pruebas, que tienen que ver con dictámenes contables de auditoría, actualmente se desahogan de forma escrita; no tienen que ver como en otras materias con una escena del crimen o si algo se alteró. Estamos obligados a hacerlas valer explicándolas ante la audiencia para generar una convicción al juez, ese es el gran reto que tenemos. De tal forma, aunque tenga un dictamen contable, en donde acredite debidamente un faltante de recursos declarado por un millón de pesos, señalado por el sat o por los auditores, no es suficiente para que se dé por válido. Se debe explicar en la audiencia pública y oral al juez el por qué resulta está situación. Los abogados de la contraparte también pueden vertir los elementos que les convengan; porque de no convencer al impartidor de justicia puede no tomar en cuenta la prueba y por lo tanto se puede perder el caso. Ya contamos en la pf con una sala de juicio oral para llevar a cabo todas estas capacitaciones y entrenar


ENTREVISTA

a nuestro personal sobre cómo debemos comportarnos, dirigirnos y argumentar durante una audiencia ante el juez que es la parte más importante, dado que es oral. Debemos estar preparados ante las posibles reacciones de las contra partes; ensayamos sobre distintos escenarios de argumentación. Debemos recordar que otra parte de los juicios orales tiene que ver con las soluciones alternativas, a las que por definición estamos obligados; por lo tanto, eso nos va a llevar a una nueva dimensión en el tema penal. Eso es uno de los retos, debemos estar listos para junio de este año, eso quiere decir que tenemos todavía unos meses, pero hemos trabajado desde hace más de un año. Tenemos permanentemente pláticas con la titular de la pgr, la Mtra. Arely Gómez González, porque está muy interesada en cómo hemos trabajado en la parte fiscal, para que también ellos, en su momento, puedan armar juntos algunos módulos en temas de juicios orales.

¿Cuál es su relación con el Ministerio Público? En este tema tenemos una gran labor porque el Ministerio Público (mp) siempre va acompañado en temas de

realidad son empleos que tienen una subordinación laboral. En este esquema, como sueldo, realmente se paga una cantidad muy baja, lo cual casi no causa impuestos ni seguro social; luego a través de las otras empresas subcontratadas se complementa el salario, pero se maneja como el pago de un servicio. Eso genera esquemas de elusión y evasión fiscal. A pesar de que es un tema que se ha combatido en los últimos años, y la reforma laboral logró regularizarlo. Debemos dar señales mucho más claras a la sociedad de que esta es una mala práctica ya que se ha convertido en un tema de conversación social y se ha asimilado como algo “normal” entre los empresarios. Esto no quiere decir que no sean válidos y legales muchos delitos fiscales y financieros (defrau- esquemas del outsourcing por eso hay dación fiscal, contrabando, etc) por que analizar cada caso para asegurar la Procuraduría Fiscal, digamos que que el objeto del servicio prestado somos coadyuvantes desde la presen- por esa empresa sea verdadero y no tación de la querella o la opinión de una simple simulación. Son miles de delito, que llega por alguna solicitud millones de pesos los que se dan de del sat, de las comisiones bancarias evasión fiscal con esta figura. o de valores entre otros. En todo momento desde que inicia el proce- En cuanto a las facturas sin sustancia, so penal, acompañamos al mp. Cabe que son aquellas facturas apócrifas recordar que en la pf tenemos una de las cuales los domicilios fiscales dirección de control de procesos que son simulados; las empresas que las va prácticamente de la mano con el emiten tienen direcciones ubicadas mp hasta el final de los procesos. En- en los lugares más remotos. Factutonces debemos prepararnos no sólo ran miles o millones de pesos al año, desde la presentación de las causas, de 2 formas; a través de falsas acreen el desahogo de las audiencias, las ditaciones de iva o también a nivel apelaciones, en fin, en todas las demás de isr. Ya la Corte declaró constiinstancias que haya. tucional un artículo específico que incluimos como Procuraduría en la ¿Cuáles son los principales retos legislación fiscal para que haya un proceso de presunción. De tal forque enfrenta la Procuraduría? ma que se identifica y crea una lista Diría que la Procuraduría Fiscal se de empresas sospechosas de emitir encuentra enfocada en estos momen- facturas sin sustancia y se les otorga tos en 2 temas importantes, el out- un plazo de 15 días para comprobar sourcing y las facturas sin sustancia. estas irregularidades. Cuando no lo El primero, de ellos (outsourcing) se hacen, a todos los que hayan lidiarefiere a simulaciones de las empresas do con esas facturas, proveedores y para no cumplir sus responsabilida- todos aquellos involucrados, se les des en cuestiones de seguridad so- reversan esos efectos y los impuescial y los impuestos que esto implica. tos se activan automáticamente. La Esto se logra al simular, a través de Corte declaró constitucional, el 69-b, la creación de distintas empresas, la primer párrafo del Código Fiscal Fecontratación de servicios cuando en deral, que se refiere a la publicación

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ENTREVISTA | MAX ALBERTO DIENER SALA

Los BEPS son las estrategias de planeación fiscal que usan las empresas multinacionales para aprovecharse de las inconsistencias de los sistemas fiscales nacionales y trasladar sus beneficios a países que son paraísos fiscales. ver cuál es la salida y hasta dónde hay una razón por parte de lo planteado por la prodecon y hasta dónde hay un argumento que pueda tener el sat o en su caso la pf. Así que mientras la prodecon atiende a cualquier persona que tenga una queja, en la Procuraduría nos enfocamos más en el litigio muy estratégico, de empresas que manejan mucho dinero y que muchas veces son casos que llegan hasta la Corte. Pero también en la parte litigiosa transversal de interés masivo colaboramos con ellos. La prodecon El mensaje que debemos dar, y es un ha hecho mucho énfasis en rescatar reto hacerlo, es que quienes elaboran los dh de los contribuyentes. En la pf o reciben facturas sin sustancia o que creemos que hoy en día, en la parte realicen operaciones de outsourcing, fiscal, esta dimensión es fundamena sabiendas de que están cometiendo tal. Pero eso no debe confundirse. El delitos, y se les detecta, serán lleva- fisco, en este caso tanto el sat como dos hasta las últimas consecuencias. la Procuraduría Fiscal, debemos ser muy rigurosos para hacer cumplir ¿Cuál es su relación con la las obligaciones fiscales, creo que hay muchas oportunidades para lograrlo PRODECON? y mejorar el sistema fiscal mexicano Soy de los convencidos que la Procu- para evitar que grandes abusos. raduria de la Defensa del Contribuyente (prodecon) ha venido a sumar ¿Cuáles son los temas internaciodentro de todo el esquema la defensa nales del Derecho Fiscal que Méxide los contribuyentes. Tenemos una co debe integrar en su legislación? relación cercana, gran parte de los litigios y sobre todo, aquellos que tienen Hoy estamos en un proceso de interque ver con cuestiones masivas, que nacionalización del Derecho Fiscal es lo que busca la Ombudsman del como nunca se había dado. Esto contribuyente, cruzan con la parte de parte desde el 2008; al suscitarse la la pf porque en ocasiones los temas crisis económica, una de las medidas abordados son trasversales. Por ejem- que toma el g-20 es fortalecer todos plo, el pago de pensiones o el descuen- los sistemas nacionales para evitar to de las pensiones de bajos ingresos; la ilusión y la evasión fiscal. Para lotodos esos asuntos se analizan jurídi- grarlo, es necesario una colaboración camente, se trata de coadyuvar para entre países e intercambio efectivo de la lista de presunción de personas que emiten comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes. En muchos casos, se cobra una factura de millones de pesos, la empresa hace un trabajo de sistemas, o algo parecido para simular que hay un intercambio de un servicio y luego se pasa ese pago por 5 o 6 compañías para que la operación sea más sofisticada y difícil de detectar. Estos son esquemas comunes usados para evadir el pago de impuestos.

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de información que permita trazar las transacciones internacionales de las grandes empresas. En el marco de la doble tributación, la comunidad internacional está poniendo especial énfasis en los beps, por sus siglas en inglés (Base Erosion and Profit Shifting), en español, “Base Imponible y el Traslado de Beneficios”. Este término se usa para describir las estrategias de planeación fiscal que usan las multinacionales para aprovecharse de las discrepancias e inconsistencias de los sistemas fiscales nacionales y trasladar sus beneficios a países de escasa o nula tributación, para eludir de esta forma el pago de impuestos.La realidad ha puesto de manifiesto la necesidad de una mayor cooperación internacional para luchar contra estas prácticas. Se calcula que la evasión que se da en las jurisdicciones por la transferencia de beneficios a países con niveles más bajos de recaudación o de regímenes fiscales más benéficos, es de 250 mil millones de dólares al año. Es impresionante lo que se pierde cuando las grandes empresas multinacionales transfieren sus ganancias a través de pagos de intereses, de asistencias técnicas, de regalías y toda una serie de cuestiones. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (ocde) presentó en julio de 2013 un Plan de Acción que diagnosticaba los principales problemas que había que afrontar relativos a las beps. Dicho Plan fue respaldado por el g-20 y al día de hoy ha resultado en varias recomendaciones y propuestas a los países.

Las 15 acciones BEPS consisten en: Acción 1: Hacer frente a los desafíos fiscales que plantea la Economía Digital. Acción 2: Neutralizar los efectos de los desajustes provocados por mecanismos o dispositivos híbridos. Acción 3: Fortalecimiento de las Normas sobre transparencia fiscal internacional, cfc, “Compañías Foráneas controladas”.


ENTREVISTA

Acción 4: Limitar la erosión de la base imponible por vía de deducción de intereses y otros pagos financieros. Acción 5: Combatir las prácticas tributarias perniciosas, teniendo en cuenta la transparencia y la sustancia. Acción 6: Evitar el abuso de los convenios para evitar la doble imposición. Acción 7: Impedir la elusión deliverada de la condición de Establecimiento Permanente. Acciones 8-10: Garantizar que los resultados en materia de precios de transferencia tengan correspondencia con la creación de valor. Acción 11: Establecer metodologías para la recopilación y análisis de datos para evitar los beps. Acción 12: Exigir a los contribuyentes que revelen sus mecanismos de planeación fiscal agresiva. Acción 13: Reexaminar la documentación de precios de transferencia. Acción 14: Hacer más efectivos los mecanismos de resolución de controversias. Acción 15: Desarrollar un instrumento multilateral para la aplicación de las medidas desarrolladas.

nición de establecimiento permanente, que permitirá gravar el impuesto en el país en el que se genera la fuente de riqueza. Esto es, si una compañía se establece en México, tiene que tributar en México. Actualmente sucede que algunas empresas se establecen y empiezan a hacer operaciones comerciales pero dicen que son oficinas de representación o de publicidad, así que, haciendo uso de estas figuras, no tributan a pesar de que sea éste el país en donde se está produciendo. De ahí que uno de los temas a atacar tiene que ver justamente con definiciones mucho más acotadas de lo que son “Establecimientos Permanentes”.

ponerse de acuerdo para el cobro de impuestos como el isr, a fin de evitar una doble tributación. Las partes pueden ser países o particulares que se les cobran impuestos en 2 países y en la actualidad pelean por su derecho de que sólo se les cobre en uno. Queremos cambiar la legislación para que este arbitraje se vuelva obligatorio y vinculatorio en sus resoluciones una vez transcurrido este tiempo, tal como lo recomienda la comunidad internacional.

Para alinearnos en el combate a los beps , en la miscelánea fiscal de este año sugerimos se incluya un apartado en el que se le pida a las empresas información sobre su Otras de las negociaciones que se es- estructura, tanto nacional como tán llevando a cabo tienen que ver internacional. Es decir, cómo se con reglas anti abuso. Básicamente correlacionan sus corporativos, ofise están regulando 2 cosas: en primer cinas y sus diferentes matrices y relugar que haya límites a los beneficios presentaciones. Muchas compañías qu se dan a las empresas en los países elaboran diferentes partes de sus para que no haya desigualdades muy productos en diversos países; esto grandes que les den el incentivo para les permite una conveniencia ecomandar sus recursos a otro lado. Un nómica y un ventaja, pero al final ejemplo muy claro de esto es Irlanda, sólo tributan en el país en donde es país en donde están las sedes de las ¿Qué medidas se están tomando grandes compañías porque el isr es en la comunidad internacional de 5%. Por otro lado, se negocia la para evitar los BEPS o el traslado posiblidad de abrir la puerta a iniciar de beneficios a paraisos fiscales? un arbitraje internacional obligatorio y vinculatorio en el tema fiscal. Hoy Como hemos visto, la dimensión existe un esquema de mutuo enteninternacional es uno de los gran- dimiento entre todos los países que des temas en la parte fiscal. En el cuando en un caso de doble tributamarco de la ocde, se está negocian- ción no se ponen de acuerdo, se puedo por primera vez, entre los más den ir a un proceso de conciliación de 50 países miembros, una nueva pero no hay una obligatoriedad. Así Convención Multilateral. Con ella que por el momento, la discusión se se pretende modificar los más de 3 centra en que tenemos que hacer oblimil tratados bilaterales existentes gatorio el arbitraje entre soberanías. en el mundo de doble tributación, para crear una serie de conceptos ¿Qué esta haciendo México para estándar. La forma de lograrlo es a alinearse con las regulaciones través de una convención multilate- internacionales en materia fiscal? ral posterior, que automáticamente modifique los convenio bilaterales En el tema del arbitraje internaciosin que tenga que haber negociacio- nal, en México ya conotamos con nes bilaterales. estos procesos de mutuo entendimiento en nuestros tratados bilaUno de los temas de la convención terales fiscales, esto es, se otorga a multilateral tiene que ver con la defi- los países un plazo de 3 años para

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ENTREVISTA | MAX ALBERTO DIENER SALA

ensamblado y puesto a la venta el producto final. Si bien es cierto que las empresas tienen el derecho y objetivo de perseguir su mayor beneficio económico, también lo es que algunas usan estrategias fiscales para no pagar impuestos. Por eso, al analizar nosotros el flujograma de cada una de ellas, podremos saber si realmente hay una lógica de mercado en sus transacciones o si algunas son simplemente por cuestiones tributarias. Como podrán apreciar, esto se vuelve una cirugía muy compleja y estratégica que además es un tema internacional porque no atañe tan sólo un país, sino que necesita la cooperación e intercambio de información entre varios. Esto aplica para rastrear las transacciones tanto de las empresas como de los grandes inversionistas que aprovechan esta dificultad, para cobrar sus dividendos en aquellos paraísos fiscales.

¿Qué desafíos fiscales tiene la expansión de la economía digital? La economía digital se caracteriza por basarse, como ninguna otra, en activos intangibles, por el uso masivo de datos -especialmente los personales- y por la dificultad para determinar la jurisdicción bajo la que tiene lugar la creación de valor. Estos fenómenos han creado oportunidades para que las multinacionales minimicen enormemente su carga tributaria debido a que no existe legislación expresa en la materia. Por lo que muchos gobiernos tienen que hacer frente a menores ingresos y a mayores costes de cumplimiento. Un tema que se ha integrado también en la agenda internacional son las compras por internet ya que todas éstas no pagan el iva. No cabe duda que la tecnología ha rebasado a la legislación. Cada día aumentan más las ventas por el ciber espacio en donde no se tiene un registro ni un pago de este impuesto. Amazon se aca-

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ba de establecerse en México pero como sus ventas son en línea, el país no recibe un ingreso por concepto de iva, tampoco por los envíos que hacen de mercancía. En este rubro se dejan de recaudar transacciones millonarias Hay una gran oportunidad y un gran reto en cuanto a recaudación en ese tema.

Derecho. Por parte de la Procuraduría esto significa aplicar las sanciones debidas contra aquellos que no respetan la ley fiscal. Que la gente sepa que no hay impunidad y que cuando actúa mal, o evade impuestos, será sancionado y que la piensen 2 veces.

En México tenemos un verdadero problema con la recaudación de impuestos. Actualmente representa alrededor de un 13% del pib. Con La evasión por sí misma es un delito, las reformas estructurales que ha es cuando cuando existe una obliga- tenido esta administración se logró ción expresa en la ley de pagar algún elevar el porcentaje, anteriormente impuesto y el contribuyente no lo era de un 10%. Sin embargo, esta hace. Es decir, que en este caso se tra- cifra es muy baja si nos comparata de aplicar la ley. La elusión es un mos con otros países del mundo. En caso un poco más complicado por- España, por ejemplo, representa un que no quiere decir necesariamente 30% del pib. que la conducta que se llevó a cabo sea ilegal, porque probablemente Debemos de lograr que el pago de imno está expresamente prohibida por puestos sea más sustancial para que se la ley o se aprovecharon de algunas vuelva en un pilar de soporte para la lagunas o contradicción entre leyes economía. Por mucho tiempo, ésta se para evadir el pago. ha sustentado en los ingresos del petróleo, sin embargo, es muy peligroso La elusión no está tipificada direc- que basar nuestro crecimiento en un tamente como delito, por eso es más recurso no renovable, que nos estamos difícil de comprobar; para hacerlo gastando. Antes de la crisis del 2008, debe vincularse a alguno de los de- el ingreso del petróleo era equivalente litos que sí está en el Código Fiscal, a 40% del pib pero con todos los temas ejemplo, el no haber presentado internacionales bajó al 18%. Aquí nos la información correcta. El punto damos cuenta cómo el basar nuestra aquí es comprobar que el objeto e economía en el petróleo es como queintención de la conducta fue el de rer sustentarla en un alfiler. no pagar impuestos. Esto sucede mucho con los outsourcing que Es labor de todos aportar para para pueden ser empresas que sí estén mejorar los servicios y construir un bien constituidas y que paguen los país moderno. El gobierno no lo impuestos que se debe pero que en puede hacer solo si los ciudadanos su estrategia, son usadas para pagar no pagan impuestos. No se justipor fuera complementos de salarios fica que los contribuyentes digan de los trabajadores de empresas que que no pagan impuestos porque se reportan como servicios externos no lo ven reflejado en los servicios, y que no pagan todos los impuestos si justamente no se pueden brinque se deberían. dar servicios de calidad debido a la baja recaudación existente. Así que hay que cambiar esa mentali¿Algún mensaje final? dad por una de cooperación; que el Lo más importante es que las ac- contribuyente pague sus impuestos ciones de todos, autoridades y debidamente y mejor que esté al contribuyentes estén orientadas a pendiente y exija a las autoridades respetar y fortalecer el Estado de el debido uso de los recursos.

¿Cuál es la diferencia entre evasión y elusión?


ENTREVISTA

Semblanza Max Alberto Diener Sala Formación Académica • • •

Licenciado en Derecho por la unam. Cuenta con un Diplomado en Ideas e Instituciones Políticas por el itam. Realizó estudios de posgrado en Relaciones Internacionales en la Academia Diplomática de Viena, Austria.

Desarrollo Profesional •

• Actividad Docente • •

Catedrático de Posgrado de la unam. Profesor en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (cide). Imparte clases en el itam, así como en el Colegio de México y en el Instituto Nacional de Administración Pública (inap). Ha participado en varios foros internacionales en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (ocde) y del Banco Interamericano de Desarrollo (bid).

Ocupó la Dirección General de Protección Consular en la Secretaría de Relaciones Exteriores. Director de Proyectos con el Banco Mundial en la Secretaría de Desarrollo Social. En la shcp ha ocupado los cargos de Director General Adjunto de Normas e Investigación Presupuestal, Director General Jurídico de la Subsecretaría de Egresos y fue también Subprocurador Fiscal de Legislación y Consulta en la Procuraduría Fiscal de la Federación. Desempeñó los cargos de Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación y Consultor Jurídico de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Actualmente es Procurador Fiscal de la Federación de la shcp.

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ARTÍCULO | NUEVOS MINISTROS DE LA SCJN

Los nuevos ministros rindiendo la protesta de ley en el Pleno del Senado.

Javier Laynez Potisek y Norma Piña Hernández: Nuevos Ministros de la SCJN

La Dra. Norma Piña posee una amplia trayectoria dentro del Poder Judicial de la Federación (pjf) y el Dr. Javier Laynez una distinguida carrera dentro de diversas áreas de la Administración Pública Federal. Como se recordará, el Presidente Peña Nieto incluyó una terna de magistradas para mantener a 2 mujeres ministras dentro de la Corte, además con carrera judicial y el Senado finalmente se inclinó por Norma Piña Hernández, Marco A. Ríos quien se desempeñaba como Magistrada del Vigésimo Tribunal Colegial Senado de la República de- al Máximo Tribunal del país, que do en Materia Administrativa en el signó como Ministros de la iniciará sus labores a partir del 4 de d.f., y ya había sido propuesta como Suprema Corte de Justicia enero de 2016 con los 11 ministros candidata a ministra en otra terna, de la Nación (scjn), para sustituir que integran el pleno. por el ex Presidente Felipe Calderón en el 2012. Tiene 27 años de pertea Juan Silva Meza y Olga Sánchez Cordero a, Javier Laynez Potisek y Los senadores nombraron primero necer al pjf, dentro de su trayectoria Norma Lucía Piña Hernández. Una a la Magistrada Piña Hernández, profesional destaca su cargo como vez declaradas viables las 2 ternas quien reunió la mayoría constitu- Juez de Distrito por Concurso de enviadas por el Presidente Enrique cional de 2 tercios de los votos a su Oposición y Magistrada de Circuito, Peña Nieto y concluidas las com- favor, con 79 sufragios de un total de también por oposición. parecencias de los 6 candidatos, el 111. Minutos más tarde, con 81 votos, pleno de la Cámara Alta cumplió se designó a Potisek, procediendo el Durante sus exposixiones en la Camacon el mandato constitucional y Presidente del Senado a tomarles de ra Alta, la hoy Ministra Norma Piña dio celeridad al asunto de cubrir las inmediato su protesta de ley ante Hernández, aseguró que un ministro vacantes para no dejar incompleto el Pleno. está obligado a transitar de un Esta-

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ARTÍCULO

nal conlleva fidelidad a los principios que sustenta nuestra convivencia y que marcan los límites de respeto a la esfera de lo individual sin afectar la esfera de lo colectivo”. Sus decisiones, comentó, deben inspirarse en la imparcialidad, la cual no significa neutralidad; pues las soluciones imparciales y objetivas tienen que ser al mismo tiempo soluciones comprometidas con los valores de nuestra Constitución que legitimen a sus intérpretes. Durante su comparecencia ante los miembros de la Comisión de Justicia, fue cuestionada sobre la legalización del uso de la marihuana, participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad pública, Sostuvo que tanto el juez como el crisis de Derechos Humanos (dh), ministro, se encuentran obligados a rendición de cuentas, candidaturas contribuir a garantizar los derechos independientes, tortura, entre otros de las personas para de esta forma, temas, mostrándose cauta en sus rehacer realidad el derecho a la igual- spuestas que enfocó hacia un absodad como un mandato constitucional luto respeto de la ley y la integridad y convencional. “Ser juez constitucio- de las personas.

do de Derecho a un Estado Constitucional de Derecho que conlleve el sometimiento completo del poder a la razón. Contribuir junto con el legislador a eliminar las posibles lagunas que se presenten entre las necesidades de la sociedad y el Derecho, sin permitir que el sistema jurídico se vea rebasado. “Su más relevante tarea es proteger la democracia, no sólo en su sentido formal, expresado en la supremacía legislativa; sino la democracia sustantiva contenida en los principios y DH reconocidos en la Constitución; sin su protección no puede hablarse de democracia ni existir justificación de la misma”.

La legitimación de un ministro de la SCJN, se construye con transparencia, por eso la claridad y justificación de sus sentencias: Norma Lucía Piña Hernández.

Enfatizó en su postura por la independencia entre los Poderes de la Unión, de ahí que considera que el Legislativo no debe supervisar el trabajo del Poder Judicial. En su opinión, los impartidores de justicia legitiman su labor ante la sociedad cuando justifican debidamente sus sentencias. La obligación de la Corte es proteger los derechos de las minorías, sobre todo en temas como la legalización de la marihuana, el aborto, la eutanasia o matrimonios del mismo sexo. Javier Laynez Potisek, tiene una amplia trayectoria en el servicio público federal, principalmente en áreas fiscales y penales. Como jurista ha participado en las más importantes reformas constitucionales y legales que han modificado en esta última etapa el Derecho mexicano, como la del Poder Judicial, la de Derechos de los pueblos y comunidades indígenas, el Código Civil en Materia de Violencia Intrafamiliar, las primeras leyes de Transparencia y Ley de Telecomunicaciones, y aquellas relativas a la adopción del nuevo Sistema Penal Acusatorio y a la Iniciativa Constitucional que creó el Sistema Nacional Anticorrupción. Ha sido Subprocurador de la pgr y Procurador Fiscal de la Federación. Antes de ser designado ministro, se venía desempeñando como Magistrado de Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Durante su comparecencia en el Senado, Javier Laynez afirmó que la selección de los ministros de la scjn ha sido una de las decisiones políticas de mayor trascendencia dentro del pj. Sobre todo, porque implica la acción razonada de 2 poderes constituidos que deben garantizar la integración del único poder del Estado que no está sujeto al control democrático directo y al mismo tiempo, es el guardián último de los valores democráticos y republicanos que consagra la Constitución. Sos-

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ARTÍCULO | NUEVOS MINISTROS DE LA SCJN

tuvo que la Corte tendrá un papel namiento del ciudadano, individual relevante en el futuro inmediato ante o colectivamente, ha obedecido a un los retos que significan las reformas proceso político que decidió la apera la Carta Magna acumuladas a lo tura del orden jurídico nacional y su largo de los últimos años. Para él, la interrelación, hoy irreversible con el acción de inconstitucionalidad dejó derecho internacional.” de ser exclusivamente un mecanismo de control de la ley por parte de la Ante la Comisión de Justicia se comminoría parlamentaria contra la de- prometió a trabajar para que las decisión de la mayoría. “El reposicio- mandas de justicia se hagan efectivas

La selección de ministros de la SCJN ha sido una de las decisiones políticas de mayor trascendencia dentro del Poder Judicial: Javier Laynez Potisek.

“aquí y ahora”, sin que tengan que trasladarse a instancias internacionales. Asimismo, es un participe de hacer que las sentencias de la Corte sean más explicitas a fin de hacerlas entendibles para los ciudadanos, por eso, aseveró, es necesario acercarlas más a la población. Dijo estar obligado a hacer de los tratados en materia de dh una realidad para las personas, de tal forma que se logre evidenciar el compromiso del Estado con la justicia. El nuevo Ministro, es de la opinión que con la entrada en vigor del sistema penal acusatorio, la Corte debe jugar un rol fundamental, ya que le corresponde sentar criterios y jurisprudencia para ver cómo se entienden y cuándo se considerará una violación a los principios de oralidad, inmediatez, contradicción, concentración y publicidad. Con las reiteradas críticas de varios senadores de izquierda, tanto a los candidatos y candidatas, como al procedimiento de designación de ministros, es muy posible que en el próximo período ordinario de sesiones que inicia se cambien las reglas para designar a los futuros ministros. Varios senadores se quejaron de que el modelo constitucional para la integración de la scjn ya está agotado y su diseño normativo se muestra “pobre” en la lógica del crecimiento institucional y democrático del México contemporáneo.

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ARTÍCULO

Semblanzas

Norma Lucía Piña Hernández Formación Académica: •

Licenciada, Maestra Derecho por la UNAM.

y

Doctora

en

Docencia: •

Ha impartido curso en el Instituto de la Judicatura Federal y en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM).

Trayectoria dentro del PJF: • • • •

Secretaria de Tribunal Colegiado. Secretaria de Estudio y Cuenta en la scjn. Jueza de Distrito. Magistrada del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

Javier Laynez Potisek Formación Académica: • •

Licenciado en Derecho por la Universidad Regiomontana. Doctor en Derecho Público por la Universidad de París, Francia.

Docencia: •

Profesor en el Centro de Investigación y Docencia Económicas y en el Colegio de México, así como en otras instituciones.

Trayectoria Profesional: •

• •

Ha sido en 2 ocasiones Consejero Jurídico Adjunto en la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales en la PGR. Procurador Fiscal de la Federación en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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EVENTO | IMPULSA ENRIQUE PEÑA NIETO LA JUSTICIA COTIDIANA

Impulsa el Presidente Enrique Peña Nieto la Justicia Cotidiana • El objetivo es lograr que la procuración y la administración de la justicia sea puntual, efectiva, rápida y a la altura de la demanda ciudadana: EPN. • La seguridad y la justicia son 2 de las principales exigencias de la ciudadanía: Arely Gómez González.

J

usto a la mitad de su gestión sexenal el Presidente Enrique Peña Nieto anunció que a partir de ahora impulsará la Justicia Cotidiana como una prioridad central de su gobierno, de la mano de la cercana entrada en vigor en todo el país del nuevo sistema penal acusatorio en junio próximo. Así lo destacó al inaugurar los trabajos del Encuentro Nacional de Procuración e Impartición de Justicia y la Conferencia Nacional de Procuradores de Justicia, organizado por la Comisión Nacional de Tribunales Superiores

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de Justicia (conatrib) y la pgr. En presencia de los presidentes de los tribunales de justicia y los procuradores y fiscales de todo el país, Peña Nieto enfatizó que su administración está abocada a lograr que la sociedad del siglo xxi en México vea cumplida su demanda de plena vigencia del Estado de Derecho, con una justicia pronta, expedita y transparente. “Nuestro objetivo es lograr que la procuración y la administración de la justicia sea puntual, efectiva, rápida y que esté a la altura de la demanda ciudadana.”

El evento permitió revisar los avances en la implementación del nuevo sistema penal acusatorio, a fin de hacerlo más eficaz, transparente, respetuoso de los Derechos Humanos (dh) y centrado en la protección, la atención y la reparación a las víctimas del delito. Asimismo, se hizo un análisis del avance, dentro del Poder Judicial, en la adopción de perspectiva de género y de mecanismos de justicia alternativa. Se evaluó el desarrollo de herramientas para llevar a cabo mejores investigaciones, como las unidades de análisis de información y los centros de operación estratégica, desarrollo e implementación. El Presidente Peña Nieto les recordó a los asistentes a este encuentro nacional que no toda la justicia se reduce al ámbito penal, sino que es necesario atender también a la justicia cotidiana, la que se encuentra en otros ámbitos, como el civil, el familiar, el mercantil, administrativo o el laboral. Es ahí en donde está la mayor demanda de justicia de la población. Por esta razón, el Gobierno Federal promovió la realización, a principios de este año 2015, de los foros sobre justicia cotidiana que


EVENTO

tuciones está la responsabilidad de proteger a los mexicanos. Son éstas, las que deben brindar soluciones integrales para reducir la violencia, abatir los delitos que más lastiman a la sociedad para recuperar la paz y la tranquilidad que todas las familias desean. Por eso, el encuentro se convierte en un espacio para definir los pasos para erradicar la tortura, la desaparición forzada, la trata de personas y la violencia contra las muLa también Presidenta de la Con- jeres. “Analizaremos la importancia ferencia Nacional de Procuración de contar con mejores herramientas de Justicia, señaló que en las insti- y conocimientos que nos permitan perseguir con mayor eficacia estos delitos, tanto en materia de telecomunicaciones, como métodos de búsqueda rigurosos para la localización e identificación de víctimas.” Informó la Maestra Arely Gómez que actualmente la pgr construye un sistema de indicadores en mateSistema de Indicadores PGRONU en Materia de DH ria de dh, de la mano de la Oficina del Alto Comisionado de la Organización de las Naciones Unidas. Éste Durante su intervención, la titular de evaluará 3 elementos principales: a) la pgr, Arely Gómez González, inla implementación, cumplimiento y dicó que las principales exigencias y seguimiento a los estándares interelementos de la ciudadanía que dan nacionales de dh, y compromisos adsolidez a un proyecto de Estado democrático son la seguridad y la justicia. El quiridos por México en estos rubros; b) la operatividad de los dh y, c) los productos, impactos y respuestas a las problemáticas planteadas. permitirán arribar a iniciativas de ley que realmente aseguren a la sociedad mexicana el acceso a una justicia pronta, expedita, afirmando que: “estemos conscientes de que en este siglo xxi debemos ser actores protagónicos de cambios estructurales que nos permitan tener nuevas plataformas, nuevos asideros, nuevos cimientos, del México del siglo XXI. Y uno, donde tenemos un gran reto, pero al mismo tiempo, una gran oportunidad, es en materia de justicia”, expresando un reconocimiento a los magistrados, jueces y a todos aquellos que participan en las distintas instancias de procuración e impartición de justicia, por los trabajos y esfuerzos realizados para estar a la altura de los nuevos retos, de los cambios y la transformación que experimenta el país.

encuentro de procuradores e impartidores de justicia, señaló, representa una gran oportunidad para reflexionar y sostener un diálogo sobre el fortalecimiento de la confianza de la población en sus instituciones, por lo cual es necesario, dijo, la construcción de una sociedad de derechos, en donde ninguna persona se enfrente a la falta de certeza jurídica o a la opacidad de un inadecuado sistema de justicia.

En México hay 2 grandes desafíos en materia de justicia, combatir la impunidad y avanzar en la justicia cotidiana: EPN.

Lic. Enrique Peña Nieto

Aunque el proyecto se encuentra en su primera etapa de desarrollo, la abogada de la nación destacó que en este año instalarán una prueba piloto, en donde confía contar con resultados que beneficien en la procuración de justicia del país. “México seguirá creciendo en la medida en que nosotros, como representantes de las instituciones del Estado mexicano, mantengamos una actitud abierta, autocrítica y de colaboración permanente”. Reconoció que el reto en materia de seguridad, procuración e impartición de justicia es enorme, sin embargo, para enfrentarlo, se requiere una coordinación y cooperación de los distintos niveles de gobierno y los Poderes de la Unión. Finalmente, la Procuradora General de la República

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EVENTO | IMPULSA ENRIQUE PEÑA NIETO LA JUSTICIA COTIDIANA

México seguirá creciendo en la medida en que los representantes de las instituciones del Estado mexicano, mantengan una actitud abierta, autocrítica y de colaboración permanente: Arely Gómez González.

construir hoy la justicia del mañana. La oralidad no tendrá tregua con nosotros. Debemos de estar a la altura y comenzar a generar más y mejores jueces, más y mejores abogados; jueces que sepan enfrentar los retos de la justicia en México, y abogados que sepan mantenerlo”. Para lograr esa democracia, explicó Elías Azar, se requiere de grandes cambios dentro del Poder Judicial como lo es garantizar su independencia y autonomía. Se pronunció, además, por la creación de un colegio único de abogados que observe las malas prácticas profesionales. En este marco de autocrítica y propuestas para lograr una justicia cotidiana más efectiva en México, el titular del tsjdf destacó la necesidad de facilitar los procesos de auto limpieza de jueces en los tribunales del país, así como homologar su perfil nacional. “Necesitamos homologar la estadística judicial y nacional, para poder saber hacia dónde vamos”. Diálogos por la Justicia Cotidiana

Arely Gómez González, Procuradora General de la República.

subrayó que los acuerdos alcanzados por la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia durante los últimos 6 meses, muestran una apertura de todas las fiscalías y procuradurías del país para corregir o mejorar sus procesos y rendir mejores cuentas a la gente. Compromiso y Obligación con la Democratización del Poder Judicial

Edgar Elías Azar, Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, señaló que la obligación y compromiso de los impartidores de justicia es la

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democratización del Poder Judicial. “Debemos afianzar nuestros ideales, alcanzar nuestros sueños unidos en un mismo objetivo, defendiendo ese concepto de justicia que tanto nos ha costado a los mexicanos y en el que tanto esfuerzo hemos puesto todos”, añadió. La democratización de la justicia, explicó el también Presidente de la conatrib, implica defender la transparencia, acercar a los jueces a la ciudadanía, así como respetar los dh. Que los jueces tengan un compromiso con el Derecho y con el Estado en toda su magnitud y su responsabilidad. Para ello, se requiere de una selección adecuada de juzgadores, capacitación profesional y formación ética. “Tenemos que

El pasado mes de febrero el Gobierno de la República, en coordinación con el Centro de Investigación y Docencia Económicas (cide) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la unam, dio inicio a los trabajos de los Diálogos por la Justicia Cotidiana. El encuentro cuenta con la participación de organizaciones de la sociedad civil, instituciones académicas públicas y privadas, colegios de abogados, organismos autónomos y representantes de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, tanto del ámbito federal como locales, quienes formularán propuestas para hacer más pronta y expedita la justicia cotidiana de los ciudadanos. Se trata identificar los problemas sobre esta temática para lograr propuestas de solución con la participación de todos los actores en las mesas de trabajo, garantizar la pluralidad en la construcción de


EVENTO

Los Presidentes de Tribunales y Procuradores de Justicia de todo el país con el Presidente Enrique Peña Nieto en la foto oficial.

La justicia como obra humana, siempre es perfectible, tiende, por vocación intrínseca a superarse para alcanzar estadíos mejores y confiables. soluciones para ser consideradas en el diseño de políticas públicas y en la elaboración de proyectos de reformas constitucionales y legales que mejoren el acceso a la justicia en todos sus ámbitos. El análisis de la Justica Cotidiana se realizó en 9 mesas de trabajo, bajo los siguientes temas: 1) Justicia civil

y familiar 2) Justicia laboral 3) Medidas para reducir la marginación jurídica 4) Escuelas de Derecho y sanciones por malas prácticas de abogados 5) Protocolos de actuación para casos de bullying 6) Asistencia jurídica temprana y justicia alternativa 7) Organización y funcionamiento de los poderes judiciales 8) Resolución del fondo del conflicto y

amparo 9) Política pública en materia de justicia. Derivado de esta iniciativa conjunta, se puso en operación el sitio oficial de los Diálogos por la Justicia Cotidiana, http:// justiciacotidiana.mx/, para dar seguimiento al tema. En seguimiento al evento antes mencionado, el pasado mes de diciembre se instaló un Diálogo por la Justicia Cotidiana con la participación de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, con el propósito central de identificar los problemas que existen en el acceso a la justicia en nuestro país y construir las soluciones que se necesitan en esta materia.

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ARTÍCULO | LA HUELGA EN EL DERECHO MEXICANO

La Huelga en el Derecho Mexicano La huelga debe perseguir como objeto legal el equilibrio entre los factores de la producción, armonizando el trabajo y el capital. Dr. Hugo Italo Morales Saldaña

L

a suspensión masiva de actividades, derivada de una concertación obrera, con fines reivindicatorios en materia laboral, provoca en todo centro de trabajo graves trastornos y repercusiones en el ámbito político, económico y social, independientemente de sus alcances jurídicos. La realidad expresada en toda su crudeza, demuestra que es más alto el precio que paga el trabajador con estas medidas, que las consecuencias sufridas por la empresa. Toda paralización generalizada de servicios produce efectos inmediatos; concretamente en el área económica, puesto que al dejar de cubrirse la nómina, el asalariado se encuentra en la imposibilidad de cumplir sus compromisos más urgentes y le impide además, adquirir los artículos de primera necesidad que diariamente requiere su familia; luego entonces, la lucha colectiva a través de la huelga siempre le significará un sacrificio, que deberá medirse previamente a su ejercicio. No obstante la gravedad e importancia que le significan estas decisiones trascendentales, a través de la historia la masa laborante siempre ha tomado este sendero, asumiendo los riesgos derivados de la perdida eventual del empleo, su libertad y hasta su vida en algunos casos.

ma castellano la expresión huelga se deriva del vocablo “holgar”, el cual traducido literalmente implica, respirar o tomar aliento después de una actividad fatigosa, que posteriormente deberá reiniciarse. En otro orden de ideas; es un breve descanso antes de proseguir el desarrollo de una labor. En el lenguaje ordinario la holganza implica la suspensión de una función; luego entonces, es paralización de toda actividad sin el desempeño de otra. Aplicando vulgarmente el término, quien holga se le denomina holgazán y así calificamos a la persona que no le gusta trabajar o aprovecha todas las oportunidades para suspender labores, aun en el caso de tener obligaciones que cumplir. Esta expresión ha sido recogida por las disciplinas sociales, y toda paralización de actividades que realizan grupos de personas como protesta, inconformándose con medidas en su contra que realizan: autoridades; empresas; fisco; escuela; etc., reciben el nombre genérico de huelgas. En los medios de información se califican estos movimientos como huelgas de maestros; estudiantes; campesinos; inquilinos; causantes, etc. En derecho laboral, la huelga es una institución, con definición propia –estructura y desarrollo sui generis– y a través de la historia ha evolucionado de hecho ilícito, a gaTerminología rantía constitucional, posiblemente La Real Academia de la Lengua una de las más importantes en maEspañola nos indica que en el idio- teria obrera.

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Jurídicamente hablando, la huelga es una suspensión concertada de labores, y por su carácter de hecho social, se presenta siempre en circunstancias de protesta, desbordándose frecuentemente en conductas masivas irregulares, al margen de la ley y en algunos casos inclusive en la realización de hechos ilícitos. Posición Estatal

El Estado ha asumido diferentes posiciones frente al problema que le representa estas medidas de la clase laborante; inicialmente prohibió las huelgas calificándolas como delictivas, pero ante la imposibilidad de impedir su desarrollo, optó por tolerarlas, sin embargo, en nada cambió la posición de los trabajadores, quienes inclusive aumentaron sus movimientos de inconformidad, en la medida que se desarrollaba el proceso de industrialización en sus respectivos países, que provocaba desempleo y deshumanización en las relaciones laborales. Por último, decidió solidarizarse con el movimiento obrero y para tal efecto elevó a la categoría de derecho el ejercicio de las huelgas, dictando disposiciones para su respeto y protección, en favor de los trabajadores. El acuerdo concertado para suspender labores colectivas en una empresa, tiene antecedentes sociológicos fundados en el espíritu gregario del individuo de unirse con sus congéneres y tomar decisiones conjuntas, en beneficio de sus respectivos intereses. El trabaja-


ARTÍCULO

dor como parte de la sociedad, de ninguna manera se sustrae a estos principios, por el contrario, los exacerba y aplica en la lucha laboral bajo sus propias interpretaciones; para tal efecto, se coaliga con sus compañeros formulando peticiones y realizando conductas colectivas que individualmente sería incapaz de llevar a cabo. A través de esta institución, pretende el cumplimiento de sus ideales y aprovechándose de la despersonalización que le otorga el sistema, exige la mejoría de sus condiciones en el trabajo, o la reparación de los daños sufridos, considerando que su fuerza colectiva, fortalece la unión con sus compañeros y facilita el éxito de sus objetivos. La protesta plural y generalizada, atrae la atención de la empresa; de las autoridades y de la sociedad que le rodea; le permite el protagonismo como figura central del conflicto, colmando sus más amplias aspiraciones protagónicas y por este medio empieza a conocer su fuerza y posibilidades de victoria; repite sus movimientos laborales con mayor frecuencia independientemente de los triunfos o fracasos, los que llegan a ocupar un nivel secundario frente a la satisfacción que le representa, la concentración de fuerzas externas en la resolución del conflicto.

ellas es idéntica por su similitud, y en todos los casos las autoridades se ven impotentes para evitar su consumación; por tal motivo, deja en libertad a las partes para que actúen o bien, establece normas elementales para su regulación, bajo la premisa de no considerarlo conflicto jurídico, sino diferencias entre particulares, ajenas a la solución jurisdiccional.

Jurídicamente, la huelga es una suspensión concertada de labores.

norma jurídica califica de situaciones pretéritas, ante la imposibilidad de regular o impedir estos acontecimientos que desbordan el control estatal. La lógica jurídica nos indica que el derecho es producto de la sociedad y no a la inversa. Si la simple regulación legal pudiera evitar o crear conductas, tendríamos que aceptar en consecuencia que una buena ley, armonizaría con sus normas a la sociedad, la conduciría a un comportamiento positivo y provocaría la felicidad de todos; esto es romanticismo jurídico sin apoyo alguno y alejado de toda realidad social.

Simplemente imaginemos que se prohibieran las guerras, en todos los países del orbe, y se dictaran preceptos legales descalificando conductas bélicas, aplicando fuertes sanciones Como una consecuencia de lo ante- a los infractores; si esto pudiera ser, rior, la conducta social es analizada viviríamos en el mejor de los munposteriormente a su realización y dos posibles pero bajo un sistema tan sólo se aprueban o desaprueban dictatorial, puesto que nadie polos hechos ya consumados, de lo con- dría repeler ningún ataque exterior, trario podría incurrirse en el error de quedando a merced del país que suponer que el orden jurídico a través hubiere tomado la iniciativa en la de su legislación provoca la conducta agresión, violando disposiciones inhumana. En otro orden de ideas, la ternacionales. El ejemplo de la gue-

Concepciones Doctrinales

La huelga como parte fundamental del derecho colectivo del trabajo, no ofrece problemas interpretativos, y muy a pesar de las reflexiones de múltiples juristas que la atacan o se niegan a aceptarla, representa un regresión al sistema de autotutela o autodefensa, propio de épocas primitivas, sin embargo debemos recordar que son muchas las instituciones de la ciencia del derecho aún conservan estos caracteres ante la imposibilidad del Estado para evitarlos; en esa virtud el derecho se concreta a explicarlas o encausarlas v.g.; guerra; legítima defensa; duelo; huelga; etcétera. La característica de todas

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ARTÍCULO | LA HUELGA EN EL DERECHO MEXICANO

rra o conflicto internacional, como prueba de la insuficiencia estatal –según quedó expresado– en las figuras jurídicas ya mencionadas con anterioridad, vienen a demostrar que la voluntad del género humano, la armonía social, y las conductas colectivas positivas, se realizan por convicción y jamás por el temor de aplicación coactiva de la ley. Todas las consideraciones mencionadas caen por su propio peso. En el Apartado b del Artículo 123 Constitucional en su Fracción x, que reconoce el derecho de huelga de los servidores públicos federales siempre y cuando den cumplimiento previo a los requisitos que determine la Ley reglamentaria. Esta disposición jurídica, atenta sensiblemente en contra de los Derechos Humanos (dh) de este personal, puesto que regula su conducta a requisitos que deberá cumplir antes de que se le autorice la suspensión colectiva de labores. Analizado el problema doctrinal en su conjunto, concluimos que el derecho mexicano del trabajo tiene aplicación diferente en el trabajador ordinario y el servidor público, lo cual constituye sin duda alguna una paradoja. Procedimientos de Huelga

Como ya se dijo, la huelga ha tenido 3 etapas fundamentales: fue prohibida en sus primeras manifestaciones en Europa, considerándose la coalición obrera como un delito hasta fines del Siglo xix. Con posterioridad, fue permitida o tolerada bajo el principio del Estado liberal de la libertad de trabajo, que implicaba precisamente el derecho de no trabajar, pero sin protección alguna para los huelguistas, de manera que si bien ya no constituía un delito, quedaban los trabajadores expuestos a que les rescindieran sus contratos de trabajo y a ser remplazados sin responsabilidad patronal. Por último, fue reglamentada y protegida; tal es el caso de la Constitucion Mexicana

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de 1917, que lo consagró como un derecho permitido, legalmente regulado, otorgando garantías a los trabajadores para su eficacia.

cuando aquéllos pertenezcan a los establecimientos y servicios que dependan del gobierno.”

Se ha considerado como el medio más eficaz, por el cual se puede persuadir al patrón para que cumpla El derecho de huelga se encuentra con sus obligaciones. Es el derecho consagrado en las fracciones xvi, fundamental de la clase trabajadora, xvii, y xviii del apartado “a” del artí- irrestricto e irrenunciable. El princiculo 123 constitucional, que indican: pal argumento en su contra consiste en que representa una ruptura del “XVI Tanto los obreros como los em- orden jurídico, al confiarse el resultapresarios tendrán derecho para do del conflicto, no a una resolución coaligarse en defensa de sus propios basada en las leyes sino a la fuerza de intereses, formando sindicatos, aso- resistencia patronal u obrera, lo que puede dar margen a una conclusión ciaciones profesionales, etcétera.” injusta. “XVII Las leyes reconocerán como un derecho de los obreros y de los patro- Conceptos Generales nes las huelas y los paros;” La huelga es definida por algunos como la suspensión total y temporal de labores llevada a cabo por una coalición de trabajadores, en defensa de sus intereses profesionales. El concepto legal lo establece la ley de la materia al señalar que, “la huelga es la suspensión temporal del trabajo, llevada a cabo por una coalición de trabajadores”. Fundamento Constitucional

La huelga debe perseguir como objeto legal el equilibrio entre los factores de la producción, armonizando el trabajo y el capital.

Elementos Esenciales

El derecho legalmente protegido no es absoluto y debe efectuarse bajo los requisitos de forma, fondo y mayoría, además, es causa legal de suspensión de los efectos de las relaciones de trabajo, por todo el tiempo de su “XVIII Las huelgas serán ilícitas cuando tengan por objeto conseguir desarrollo e implica necesariamente el equilibrio entre los diversos facto- la suspensión total de las actividades, res de la producción armonizando de lo contrario se considera que no los derechos del trabajo con los del existió estado de huelga. capital. En los servicios públicos será obligatorio para los trabaja- Este derecho debe limitarse al mero dores dar aviso con 10 días de an- acto de la suspensión de labores, a ticipación a la Junta de Concilia- efecto de no incurrir en conducta ción y Arbitraje, la fecha señalada ilícita. La suspensión tiene que ser para la suspensión del trabajo. Las formal, es decir, ajustarse a los rehuelgas serán consideradas como quisitos regulados por la ley y su ilícitas únicamente cuando la ma- ejercicio debe ser temporal, de lo yoría de los huelguistas ejercieran contrario estaríamos ante el cierre actos violentos contra las personas de la empresa. Debe realizarse el día o propiedades, o, en caso de guerra, y hora anunciada por el sindicato


ARTÍCULO

emplazante. Puede abarcar una empresa o uno o varios establecimientos dentro del ámbito de aplicación del pacto colectivo, y siempre y cuando así se hubiese consignado en el emplazamiento. Las autoridades deben respetarla y otorgar a los trabajadores las garantías necesarias para poder suspender labores. Requiere ser acordada y llevada a cabo por una coalición mayoritaria de trabajadores en defensa de sus intereses comunes. El sindicato obrero para estos efectos, se considera como una coalición permanente. Como requisitos de procedibilidad requiere en su ejercicio, objeto, forma y mayoría. La legislación laboral clasifica la huelga como: existente o inexistente; lícita o ilícita y; justificada o imputable y injustificada o no imputable.

Conciliación. Las partes son citadas a una audiencia, que tiene por objeto avenirlas con la intervención de la autoridad. Suspensión de labores. En caso de no conciliar, deberán suspenderse las actividades precisamente el día y hora señalados. De lo contrario se estima que desapareció la voluntad mayoritaria de los trabajadores para el estallamiento. Calificación de huelga. La autoridad laboral analiza el comportamiento de las partes, valorando su conducta, es decir, la actividad del Tribunal se desarrolla con posterioridad a la suspensión colectiva.

Emplazamiento

efectuarse con 10 días de anticipación. El término antes indicado debe contarse a partir del día y hora en que el patrón quede legalmente notificado. A partir de la notificación de un procedimiento de huelga, debe suspenderse en la empresa toda ejecución de sentencia, embargos, aseguramientos, diligencias, o desahucio en su contra, no pudiéndose secuestrar bienes del local de la emplazada, salvo cuando antes de estallar la huelga se reclamen derechos de los trabajadores tales como indemnizaciones, salarios, pensiones y demás prestaciones devengados, por el importe hasta de 2 años de salario, créditos por falta de pagos de cuotas al imss , créditos fiscales o cobros de aportaciones del patrón al infonavit.

Objeto de la Huelga

El escrito de emplazamiento a huelga debe contener los siguientes reLa huelga debe perseguir como quisitos: Estar dirigido al patrón y objeto legal el equilibrio entre los contener claramente las peticiones. factores de la producción, armoni- Debe anunciar el propósito de la zando el trabajo y el capital, la cele- huelga, de no ser satisfechas las bración del contrato colectivo o exi- peticiones y precisar el objeto legal gir su revisión, el cumplimiento del del movimiento, señalado día y hora contrato colectivo. La celebración de suspensión de labores, presendel contrato ley o exigir su revisión tando su escrito por duplicado ante o cumplimiento. El respeto a las la Junta de Conciliación y Arbitradisposiciones sobre participación je (jca) o autoridad de trabajo más de utilidades. Apoyar una huelga próxima, o autoridad política de que tenga por objeto alguno de los mayor jerarquía del lugar de ubienumerados anteriormente (huelga cación de la empresa. por solidaridad) y, exigir la revisión de los salarios contractuales. Suspensión de Labores Etapas de la Huelga

Gestación. En asamblea previamente convocada, la mayoría de los trabajadores deciden emplazar a huelga, elaboran su escrito petitorio anunciando el objeto y fecha del estallamiento, presentándolo ante la Junta competente. Prehuelga. Presentado el pliego petitorio a las autoridades se inicia formalmente el periodo de prehuelga, cuando se le notifica al patrón.

El aviso de suspensión de actividades debe hacerse por lo menos con 6 días anteriores a la fecha de estallamiento y 10 en servicios públicos, entendiéndose como tales: comunicaciones, transportes, gas, luz, energía eléctrica, limpia, aprovechamiento y distribución de agua en poblaciones, sanitarios, hospitales, cementerios, alimentación en artículos de primera necesidad y afectación de una rama completa de servicio. En las universidades e instituciones de educación superior autónomas por ley, el aviso previo de suspensión de labores debe

El ejercicio de derecho de huelga, suspende la tramitación de los conflictos colectivos económicos, salvo que los trabajadores sometan expresamente las diferencias a la decisión de la Junta o cuando ésta se promueva por solidaridad. Lo anterior, hace nugatoria la procedencia de los conflictos colectivos económicos, puesto que la decisión jurisdiccional depende de que los trabajadores no emplacen a huelga o se sometan expresamente al arbitraje de la autoridad. Obligaciones del Patrón

El patrón está obligado a contestar por escrito ante la jca el pliego de peticiones con emplazamiento a huelga dentro de las 48 horas siguientes a la notificación. La ley no establece sanción alguna sobre el particular; tampoco se tiene por contestado el pliego en sentido afirmativo como se cree, puesto que no se ejercita acción alguna, sin embargo es importante que se controvierta el escrito recibido, precisando el punto de vista patronal, y mencionar cualquier omisión o irregularidad que se presentara; es el momento oportuno para objetar la personalidad.

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ARTÍCULO | LA HUELGA EN EL DERECHO MEXICANO

Excepciones al Trámite del Emplazamiento

especial pronunciamiento. De no concurrir los trabajadores a la audiencia, no correrá el término para la suspenNo se dará trámite al emplazamien- sión de las labores, archivándose el to a huelga cuando no se reúnan expediente como asunto concluido los requisitos y formalidades de ley, por falta de interés jurídico. La no cuando sea presentado por un sin- comparecencia del patrón no suspendicato que no sea el titular del con- de los efectos del aviso de huelga. El trato colectivo de trabajo o cuando Presidente de la jca deberá intervese pretenda exigir la firma de un nir personalmente en las siguientes contrato colectivo de trabajo no diligencias: falta de personalidad, obstante existir uno depositado en incompetencia, terminación de la la Junta de Conciliación y Arbitraje. huelga, negativa al trámite del escrito El Presidente de la Junta antes de de emplazamiento, calificación de la iniciar el trámite del emplazamiento, huelga y trabajos de emergencia. deberá cerciorarse de la existencia del contrato colectivo de trabajo pre- Trabajos de Emergencia viamente depositado. Este tipo de actividades se refiere a todas aquellas consideradas servicios La Audiencia de Conciliación especiales, como buques, aeronaves, La jca deberá citar a una audiencia trenes, autobuses y demás vehículos de conciliación, en la cual procurará de transporte que se encuentren en avenir a las partes, sin referirse al fon- ruta, conduciéndolos a su punto de do del conflicto. La audiencia podrá destino, hospitales, sanatorios, clídiferirse por una sola vez a petición nicas y establecimientos análogos. expresa de los trabajadores o del sin- En estos casos, al estallar la huelga, dicato que los represente dentro del los trabajadores deberán continuar período de prehuelga. Dicha audien- prestando sus servicios, atendiendo cia de conciliación se ajustará a las pacientes internados, hasta que sean normas siguientes: si el patrón opone trasladados a otras instituciones de sala excepción de falta de personalidad lud. para evitar daños irreparables o al contestar el pliego de peticiones, se consecuencias ilícitas. En caso de que resolverá como incidente de previo y el personal de emergencia designado,

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se niegue a prestar los servicios señalados, el patrón podrá utilizar a otros trabajadores, previa autorización de la Junta y de ser necesario, se solicitará el auxilio de la fuerza pública, con el objeto de que puedan prestarse los servicios de conservación o emergencia. Calificación de la Huelga

Los trabajadores, la empresa afectada o los terceros interesados podrán solicitar de la jca, dentro de las 72 horas siguientes a la suspensión de los trabajos, la declaración de inexistencia de la huelga. Así, este derecho de solicitud de inexistencia, se otorga no sólo a la emplazada, sino también a los trabajadores inconformes o terceras personas afectadas por el movimiento, la cual deberá tramitarse por al vía incidental, dándole intervención a la autoridad para que resuelva jurisdiccionalmente lo procedente. Huelga Inexistente

La huelga podrá ser declarada inexistente en los siguientes supuestos legales: si la suspensión de labores se realizó por los trabajadores que no representan la mayoría en la empresa o establecimiento, o


ARTÍCULO

bien carece de objeto legal o no se cumplen las formalidades establecidas en la ley. No puede declararse la inexistencia por causas diversas a las expuestas por el interesado. De no solicitarse la declaración de inexistencia, la huelga será considerada existente para todos los efectos legales conducentes por haberse consentido tácitamente.

Se considera que la huelga es ilícita cuando la “mayoría” de los huelguistas ejecuten actos violentos en contra de las personas o propiedades de la empresa.

declararse que el patrón carece de La posible inexistencia de la huel- responsabilidad en el conflicto y de no ga debe ser tramitada mediante un presentarse a laborar sus trabajadores incidente, presentado por escrito, podrá contratar los que estime perindicando las causas y fundamentos tinentes. La jca dictará las medidas legales en que se apoye con las copias necesarias para que efectivamente necesarias para correr traslado a la puedan reanudarse las labores. contraparte y no podrán posteriormente aducirse causas distintas. La Huelga Ilícita El Recuento

El recuento es una prueba para combatir la petición de huelga y deberá desahogarse tomando en cuenta únicamente los votos de los trabajadores que concurran a la diligencia previamente señalada. Deberán considerarse los votos de los trabajadores que hayan sido despedidos con posterioridad de la fecha de presentación del emplazamiento, siempre y cuando no haya concluido formalmente el vínculo laboral. No se computaran los votos de los trabajadores de confianza, ni los de nuevo ingreso, después de haber sido presentado el pliego de posiciones con emplazamiento a huelga. El recuento es la prueba idónea para justificar la voluntad mayoritaria de los huelguistas, puesto que la autoridad laboral en forma pública e individualizada registra y comprueba el apoyo o el repudio al movimiento.

Se considera que la huelga es ilícita cuando la “mayoría” de los huelguistas ejecuten actos violentos en contra de las personas o propiedades de la empresa. En caso de guerra, cuando los trabajadores pertenezcan a establecimientos o servicios que dependan del gobierno. Declarada ilícita la huelga, se darán por concluidas las relaciones de trabajo con los trabajadores que intervinieron en el movimiento, sin embargo esta medida radical carece de precedentes en la práctica. La huelga será justificada cuando se prueben los motivos imputables al patrón.

a la negociación concesionada para desarrollar un servicio público, con los trabajadores que designe, con el único fin de que no se interrumpan actividades esenciales e indispensables destinadas a la comunidad. La requisa se justifica socialmente, sin embargo resulta violatoria del derecho de huelga que se consigna en las fracciones xvi y xvii del apartado “a” del artículo 123 Constitucional. Reflexión Final

Son muchas las críticas a la institución, sustantiva y procesalmente, sin embargo el movimiento obrero mexicano se opone a toda modificación que pudiera limitar sus alcances. La experiencia ha demostrado que algunos aspectos procesales deberían revisarse, para evitar el abuso del derecho. Se menciona la necesidad de regularla en los servicios públicos; incluir el arbitraje obligatorio evitando la prolongación indefinida del conflicto; crear sistemas jurídicos específicos Terminación de la Huelga en los centros de educación superior La huelga puede concluir por el acuer- autónomos por ley, etc. do de las partes o por el allanamiento del patrón, siempre y cuando cubra a Son muchas las ideas al respecto, pero los trabajadores los salarios dejados de los factores de producción no se han percibir o por laudo arbitral de la per- puesto de acuerdo sobre los puntos sona o comisión elegida por las partes fundamentales que pudieran modifiy por el laudo de la jca, si las partes carse. Lo más importante es impedir sometieron sus diferencias al arbitraje. el desarrollo de la anarquía o la indiEfectos de la Inexistencia ferencia del Estado, frente a estos conflictos colectivos que causan graves La declaración de inexistencia de la Requisa trastornos a la comunidad, ajena al huelga genera los siguientes efectos: se fijará a los trabajadores un término La requisa laboral no se encuentra re- problema e inciden frecuentemente de 24 horas para que se reincorporen gulada por la Ley del Trabajo, sino por en la economía del país, luego entona sus actividades, apercibidos que de el artículo 112 de la ley de Vías Gene- ces debemos buscar la forma mágica no hacerlo quedaran, salvo causa jus- rales de Comunicación, y consiste en de respetar el derecho a la huelga, tificada, terminadas automáticamen- que, en el momento de estallamien- pero regulando su ejercicio irreflexivo te las relaciones de trabajo. Deberá to de la huelga, el puede intervenir o al margen del derecho.

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EVENTO | COMBATIR DELITOS DE DA Y PI SON PREOCUPACIÓNES DE INTERÉS NACIONAL

Acompañaron a la Procuradora en la inauguración Arturo Ancona García López, José G. Medina Romero, Alejandro Bustos Olivares y Danny Martí

Combatir Delitos de Falsificación de Derechos de Autor y Propiedad Industrial son Preocupaciones de Interés Nacional: Arely Gómez • Necesitamos un nuevo engranaje jurídico que modernice y fortalezca el combate a la piratería. • El encuentro permitirá enfrentar los retos que encara la Era Digital.

D

urante el Foro Nacional para el Fortalecimiento de la Propiedad Intelectual celebrado el pasado mes de diciembre de 2015, la Maestra Arely Gómez González, titular de la Procuraduría General de la República (pgr), afirmó que la falsificación y la explotación ilícita de los Derechos de Autor (da) y la Propiedad Industrial (pi), son delitos que provocan diversos daños tanto a los titulares de los derechos, como a los consumidores y por esta razón, para el Estado mexicano, combatirlos e una preocupación de interés nacional. Por eso, aseveró, es necesario desarrollar un nuevo engranaje

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jurídico que modernice y fortalezca aspectos formales y operativos del sistema de pi y las acciones en el combate a la piratería. Durante su mensaje en la ceremonia de inaguración, la procuradora destacó que el encuentro permitirá enfrentar los retos que encara la era digital, así como establecer la unificación de criterios para atender más eficientemente los problemas de interpretación que derivan de las controversias judiciales. Igualmente, afirmó, es necesario desarrollar un nuevo engranaje jurídico que modernice y fortalezca aspectos formales

y operativos del sistema de pi y las acciones en el combate a la piratería. Exhortó a unir los esfuerzos de los diversos sectores productivos, asociaciones y autoridades para encontrar caminos unificados que den solución a los problemas comunes que permitan terminar con la inseguridad jurídica en estas áreas sensibles de la producción cultural e industrial. El avance científico y tecnológico, el desarrollo económico, la globalización y la interacción cultural, requiere que México cuente con políticas claras para la debida observancia y salvaguarda de los derechos reconocidos en las patentes de invención, en los modelos de utilidad, en los diseños industriales, en el registro de marcas, así como de la protección de denominaciones de origen y la regulación de secretos industriales, aseveró la Procuradora Arely Gómez,


EVENTO

y sanciones penales para la falsificación de marcas y violación del derecho de autor, además de medios legales para prevenir el robo cibernético y la piratería”.

Debemos encontrar unidos soluciones que terminen la inseguridad jurídica en áreas sensibles de la producción cultural e industrial: Arely Gómez. reconociendo que se deben generar acuerdos y resultados que se traduzcan en una mayor certeza para los titulares de derechos, para incentivar la competencia leal en la producción de bienes y servicios. Con ello se promoverá, dijo, una mayor inversión, el empleo, el desarrollo científico y artístico, el acceso a la cultura, la investigación y un crecimiento del potencial creativo de nuestro país. La pgr, enfatizó, como parte de su trabajo diario, hace frente a este fenómeno; por lo que personal ministerial, policial, pericial y administrativo, emprenden diversas acciones para brindar seguridad a los titulares de derechos y consumidores. Informó que durante el 2015, la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor

y la Propiedad Industrial (ueiddapi), aseguró cerca de 8 millones y medio de objetos apócrifos. Además, se desmantelaron talleres, laboratorios, fábricas y centros de producción de objetos ilícitos. Recordó Arely Gómez que en el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica (tpp por sus siglas en inglés), el capítulo más extenso es el relativo a la pi, que obliga a nuestro país a fortalecer las medidas para prevenir y combatir acciones ilícitas contra la pi: “los países parte del TPP, acordaron, establecer sistemas más sólidos de observancia de los derechos de PI en nuevos mercados, lo que incluye procedimientos civiles, medidas provisionales, medidas en frontera, procedimientos

Estuvieron presentes en el Foro funcionarios de la pgr, del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, de la shcp, de la sep, de prodecom, de la Secretaria de Economía y de otras dependencias del gobierno federal vinculadas a actividades económicas, representantes de empresas como Televisa y tv Azteca, de organismos empresariales y de asociaciones profesionales. Igualmente se conto en el Foro con la presencia de Danny Martí, Coordinador de Observancia de la Propiedad Intelectual de la Oficina del Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica y de Tobías Bernarz, representante de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual de la onu, con sede en Ginebra, Suiza. La Piratería Genera Graves Daños a la Economía

Durante su participación, el Subprocuraduría de Delitos Federales, José G. Medina Romero, señaló que la “Piratería” genera graves daños a la economía: “la magnitud del problema de la piratería, dijo, es proporcional al daño que ésta genera, lo que nos convoca a unir esfuerzos entre las autoridades que integran este sistema de protección de los derechos de la propiedad intelectual.” Resaltó el trabajo realizado en materia de combate a la piratería digital, área capacitada por las instancias de competencia en la materia y la cual cuenta ya con resultados positivos a 3 meses de su creación. Por su parte, el titular de la ueiddapi , Arturo Ancona García López, destacó que ante la constante transformación de la pi, su observancia enfrenta nuevos desafíos, uno de ellos el entorno digital. “Es un nuevo espacio de desarrollo e interacción

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EVENTO | COMBATIR DELITOS DE DA Y PI SON PREOCUPACIÓNES DE INTERÉS NACIONAL

México necesita contar con políticas claras para la debida observancia y salvaguarda de los derechos reconocidos en las patentes de invención. entre titulares de derechos, consumidores y autoridades. Sin embargo, estos nuevos canales de comunicación, abren la puerta para al surgimiento de conductas que dañan los derechos de propiedad intelectual”. Conscientes de ese problema en la pgr continúan desarrollando un área dentro unidad a su cargo dedicada a la investigación de los delitos cometidos en la materia. Informó que en la actualidad tienen en trámite investigaciones en materia de da, principalmente en lo que se refiere

a conductas de uso y reproducción no autorizada; así como en materia de propiedad industrial, respecto a la falsificación de marcas. Hemos tenido la oportunidad de participar en varios cursos de capacitación y mesas de trabajo, gracias al apoyo de la Embajada de los Estados Unidos de América, la Business Software Alliance, la Asociación Mexicana de Productores de Fonogramas y Videogramas, la Motion Picture Asociation of America y la Entertainment Software Association.

Mencionó el Dr. Ancona que en el combate a la piratería física, durante el 2015 iniciaron más de mil 400 investigaciones. “En operatividad, hemos emprendido casi 700 actividades, que nos han traído como resultado el aseguramiento aproximado de 8 millones y medio de objetos del delito”. Es importante, dijo, que continuamos trabajando de manera coordinada en aquellos temas que, por su complejidad, siguen en proceso y que seguirán formando parte de la agenda de este Comité hasta su solución definitiva. El Lic. Alejandro Bustos Olivares, Vicepresidente Jurídico de Televisa propuso la firma de un Acuerdo Nacional para el Fomento y Defensa de la Propiedad Industrial, que sustituya al acuerdo antipitarería vigente, que fue firmado en el año 2006 y que ya esta rebasado.

LXXXVI Reunión del Comité Interinstitucional para la Atención y Protección de los Derechos de Autor y la Propiedad Intelectual Los trabajos del Comité estuvieron encabezados por la titular de la pgr Arely Gómez Gonzalez, quien se refirió a la importancia que ha venido adquiriendo este Comité para entorno de la Propiedad Intelectual en nuestro país. En los últimos 2 meses, dijo, se han emprendido relevantes acciones en la materia, resultado de los acuerdos e ideas de los integrantes del mismo, inclusive, aseguró Flanquean a la Mtra. Arely Gómez los Subprocuradores de la PGR, el Foro Nacional que es producto Gilberto Higuera Bernal y José G. Medina Romero. de estos trabajos, que redundarán en reforzar la imagen y presencia n un encuentro previo al Foro cionarios públicos y representantes de esté Comité, que ya cuenta con Nacional para el Fortaleci- de organizaciones empresariales y un logotipo y un acrónimo bajo las miento de la Propiedad Inte- de la sociedad civil, tomando los siglas “coidapi”. También se estan lectual, se llevó a cabo, en la misma acuerdos necesarios para reforzar abriendo espacios en los poderes sede, la LXXXVI Reunión del Comité las medidas que la pgr esta llevando legislativo y judicial, para que Interinstitucional para la Atención a cabo para la prevención y comba- aprueben leyes en beneficio de los y Protección de los Derechos de Au- te de los delitos que tienen que ver dh y pi y se imparta justicia con la tor y la Propiedad Intelectual, en con los Derechos de Autor (dh) y la perspectiva que se propone y disela que participaron los mismo fun- Propiedad Indistrial (pi). ña en el Comité.

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EVENTO

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ARTÍCULO | NIEGAN ORDEN DE APREHENSIÓN CONTRA ARTURO ESCOBAR

Niegan Orden de Aprehensión contra Arturo Escobar por Delitos Electorales Mtra. Brenda Pulido Luna

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Especializada para la atención de Delitos Electorales (fepade), al afirmar que el entonces Subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana de la Secretaría de Gobernación, Arturo Escobar y Vega, conocido dirigente y ex legislador del pvem, era responsable de la comisión de delitos electorales, por lo que fue acusado por otra legisladora del pan.

averiguación previa relacionada con presuntos delitos electorales cometidos por un dirigente de un partido político y empresarios por las aportaciones en dinero y en especie, cuando existe prohibición legal para ello, así como lo relativo a proveedores no autorizados por la autoridad administrativa, es decir el Instituto Nacional Electoral (ine).

El jueves 26 de noviembre de 2015 apareció en los medios una noticia que conmocionó al mundo político, en la que se anunciaba que la fepade -dependiente de la pgr-, había solicitado a un juez girar orden de aprehensión en contra de Arturo Escobar y Vega, Subsecretario de Gobernación, quién de inmediato dio a conocer a la opinión pública, por medio de su cuenta de twitter, su renuncia a dicho La referida orden de captura había cargo. Por su parte, la pgr emitía el sido solicitada a la jueza federal un comunicado número 814/15, en el que par de semanas antes por la Fiscalía señalaba que se había consignado una

Un día antes, el 25 de noviembre, la fepade había solicitado a un juez librar orden de aprehensión en contra de Escobar y Vega por presuntos delitos relacionados con el desvío o mal manejo de recursos durante las elecciones de 2015. La propia fepade concluyó, después de una indagatoria de 6 meses, que Escobar transgredió la ley electoral al haber celebrado como representante legal del pvem, un contrato con una empresa para la elaboración y entrega indebida de 10 mil tarjetas premia platino, durante la más reciente campaña electoral. No debemos olvidar, que de acuerdo con la legislación, queda prohibido a los partidos, los candidatos o a los equipos de campaña, que entreguen cualquier tipo de material en el que oferten o se entreguen beneficio directo, indirecto, en especie o efectivo, debido a que representa un “indicio de presión” hacia el elector para obtener su voto. A Escobar y Vega se le imputa el delito previsto en el artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, el cual es sancionado con prisión de 5 a 15 años y multas de mil a 5 mil días, pudiendo elevarse la pena a una mitad más, si la conducta se realiza en apoyo a una precampaña o campaña electoral. La autoridad judicial contaba con el plazo de 10 días para ordenar o negar

n un hecho que parecía inusitado porque por primera vez se pondría ante la justicia a un funcionario público y líder partidista que presuntamente había cometido delitos electorales, el pasado 9 de diciembre la Juez Décimo Primero de Distrito de Procesos Penales Federales, con sede en la Ciudad de México, negó la orden de aprehensión solicitada en contra del dirigente del Partido Verde Ecologista de México (pvem) Arturo Escobar y Vega, por considerar que el Ministerio Público federal no acreditó la existencia de los delitos imputados, ni la probable responsabilidad, pues a criterio de la Juez no se aportaron los elementos de prueba suficientes y no se demostró fehacientemente la comisión de los ilícitos imputados.

Arturo Escobar y Vega, dirigente del Partido Verde Ecologista de México.

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ARTÍCULO

Si los nombramientos de los fiscales y la actuación de los designados va a estar condicionada a los “caprichos” de los políticos, las supuestamente autónomas Fiscalías Electoral y Anticorrupción, estarán destinadas al fracaso. la orden de aprehensión y ese plazo se cumplió y finalmente no se giró la orden de aprehensión solicitada. Linchamiento contra el Fiscal

Lo más delicado de este asunto es que, desde el momento mismo en que se dio a conocer públicamente la existencia de la petición de la orden de aprehensión, la dirigencia del pvem comenzó una agresiva campaña de linchamiento en contra del titular de la fepade, Santiago Nieto Castillo. Pidiendo su renuncia por haber sido asesor jurídico del Grupo Parlamentario el prd en el Senado, pretendiendo con ello desvirtuar la existencia o no delitos electorales. Así, el Partido Verde pasó de la inconformidad a la descalificación y a la acusación del Fiscal Nieto, quién se encuentra institucionalmente debilitado al sumarse a los reclamos del pvem su aliado electoral el pri, a pesar de que ambos partidos votaron en el Senado, hace apenas unos meses, a favor de la designación del Fiscal de Delitos Electorales quien en esos momentos era asesor del prd. Es obvio que este hecho no era desconocido para ninguno de los partidos políticos, al haberse negociado su nombramiento, como todos los demás que se realizan en el Senado, con el acuerdo de la Junta de Coordinación Política, siendo que en este caso se nombró al Fiscal Nieto por unanimidad, pesando en su currículum que había ya sido Magistrado Electoral del Poder Judicial de la Federación, ocupando la Presidencia de la Sala Regional de Toluca.

La trascendencia de este asunto estriba en que el Fiscal Nieto fue designado bajo el procedimiento y metodología con la que será designado el Fiscal Anticorrupción. Si esta clase de nombramientos y la actuación de los designados va a estar condicionada a los “caprichos” de los políticos, las supuestamente autónomas Fiscalías Electoral y Anticorrupción, estarán destinadas al fracaso y sólo quedarán en demagogia las supuestas intenciones de la clase política de combatir a fondo la corrupción y la impunidad que tanto daño le hacen al país. Si las presiones de los dirigentes de los partidos políticos son capaces de cumplir sus amenazas y se destituye de su cargo o se procesa penalmente al titular de la fepade, por haber realizado su trabajo, investigando y concretando una denuncia que dio inicio a una averiguación previa, estaremos destinados en México a seguir dependiendo de los intereses personales y de grupo de quienes detentan el poder y no a vivir en un Estado de Derecho en el que se cumplan y respeten las leyes. Aún está pendiente el recurso de apelación que interpuso la fepade y veremos si un Tribunal Colegiado federal puede también doblegarse ante las presiones de los poderosos y respaldar los argumentos de la juez federal que negó la orden con el pretexto de que “no había los elementos para consignar”. Sin duda que con este asunto se da a la ciudadanía otro un mensaje negativo de impunidad y que nuestro

sistema de justicia penal atraviesa por una profunda crisis, tanto de credibilidad, como de autonomía. Es de señalarse que en los días previos a la negativa de la orden de aprehensión, la percepción era que la orden sería girada en contra de Escobar. Inclusive, los mismos defensores ocultos de este funcionario, estaban temerosos de que ello ocurriera, porque parecía viable, contrarrestando la acción judicial con una intensa campaña mediática contra el Titular de la fepade, a quien acusaron, primero de haber violado en perjuicio de Escobar el principio constitucional de presunción de inocencia y luego el del debido proceso, habiendo presentado una denuncia en su contra ante la Visitaduría General de la pgr, que es precisamente el órgano encargado de la vigilancia y disciplina de los servidores públicos de esa dependencia del Ejecutivo Federal. Presunción de Inocencia vs Derecho a la Información

Independientemente de la negativa de la orden de aprehensión por parte de la jueza federal, es de señalarse que la protesta inicial de los funcionarios del pvem en el sentido de que el Fiscal Nieto violó su derecho de Presunción de Inocencia al Subsecretario Escobar por haber hecho pública la existencia de una petición de orden de aprehensión, generó en el foro un debate si este hecho implica en verdad la violación de este derecho constitucional. Ante la interrogante de si efectivamente se habría violado o no la tan llevada y traída garantía de presunción de inocencia, consideramos que no, porque el hecho de que se haya dado a conocer que la fepade solicitó una orden de aprehensión en contra de Arturo Escobar, no había prejuzgado aún sobre su inocencia o culpabilidad, sólo se estaba informando de un hecho, además derivado de acciones cometidas por este personaje que son del conocimiento público.

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ARTÍCULO | NIEGAN ORDEN DE APREHENSIÓN CONTRA ARTURO ESCOBAR

bunal ha sostenido que el derecho a la presunción de inocencia exige que el Estado no condene informalmente a una persona o emita un juicio ante la sociedad que contribuya así a formar una opinión pública, mientras no se acredite conforme a la ley la responsabilidad penal de aquélla.

Hay que recordar que la sentencia dictada en un proceso penal es el único elemento que puede romper el principio de inocencia y señalar a una persona como autor o responsable de la comisión de un delito. Mientras no exista tal resolución, no es admisible jurídicamente que sean otros los que vulneren esta presunción constitucional de inocencia. Es innegable que la información de lo que acontece diariamente en los tribunales supone en la práctica una permanente colisión entre la libertad de información y la dignidad de las personas que comparecen frente a los jueces. Esta situación genera discusión cuando se habla del derecho a la publicidad de los juicios y la influencia de la opinión pública en el fallo. Hoy es indiscutible el papel de los medios de comunicación en la democratización de la justicia, sin embargo, la forma y circunstancias en que se informe, requiere de alguna reglamentación, tal como se ha entendido en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (arts. 8.5 y 14.5). El artículo 8.5 establece que si bien el proceso debe ser público, la publicidad debe evitarse en todo aquello que sea necesario preservar los intereses de la justicia. El artículo 14.1 establece restricciones al acce-

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so de los medios de comunicación y del público por razones de moralidad, orden público o seguridad nacional. Se debe tener extrema precaución con la cautela de la presunción de inocencia y su posible colisión con otros derechos fundamentales, tales como el derecho a informar.

Probablemente la fepade y la pgr se apresuraron y debieron haber esperado a tener la información sobre si se concedía o no la orden de aprehensión y luego ventilar el asunto ante los medios de comunicación, o por lo menos, haber evitado la filtración de esta información. Sin embargo, nos parece que en este asunto en particular, no estaba prejuzgando sobre la culpabilidad o no de Escobar, sino que únicamente se estaba informando a la población de que se abrió una averiguación y que incluso se solicitó una orden de aprehensión, por conductas que posiblemente sean constitutivas de un delito electoral, pero que en ningún momento se prejuzgó sobre la culpabilidad o no de Escobar y Vega.

En nuestro país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ha Por otro lado, es de aplaudirse que el pronunciado en este sentido, en el titular de la fepade, Santiago Nieto criterio “PRESUNCIÓN DE INOCENCIA Castillo, actuó con absoluta indepenY DERECHO A LA INFORMACIÓN. SU dencia y libertad. Ningún alto funcionario del Gobierno Federal dio línea RELACIÓN CON LA EXPOSICIÓN DE para que Santiago Nieto hiciera o DETENIDOS ANTE LOS MEDIOS DE dejara de hacer su trabajo. No obsCOMUNICACIÓN”, señalando que las autoridades al proporcionar infor- tante, hay quienes aseguran que viola mación sobre hechos delictuosos, la ley, el artículo 225 fracciones vii y deben abstenerse de deformar la xxviii del Código Penal Federal, al realidad a fin de exponer a una per- hacer pública una solicitud de orden sona frente a la sociedad y, princi- de aprehensión, que está protegida palmente, frente a las futuras partes por la secrecía de una averiguación. del proceso, como los culpables del Sin embargo, Santiago Nieto, justihecho delictivo. Por el contrario, ficó su decisión con base en la infordeben constreñirse a presentar en mación que es pública, en virtud de forma descriptiva y no valorativa que se trata de asuntos resueltos por la información relativa a la causa el ine o el Tribunal Electoral del pjf. penal que pueda tener relevancia El citado artículo 225 señala como pública, absteniéndose de brindar delitos de administración de justicia información sugestiva que expon- cometidos por servidores públicos: ga al detenido a un juicio paralelo y “…VII. Ejecutar actos o incurrir en viole su derecho a ser tratado como omisiones que produzcan un daño o inocente durante el trámite del pro- concedan a alguien una ventaja incedimiento e, incluso, desde antes debidos y …XXVIII. Dar a conocer a de que se inicie. Además dicho tri- quien no tenga derecho, documentos,


ARTÍCULO

constancias o información que obren en una averiguación previa o en un proceso penal y que por disposición de la ley o resolución de la autoridad judicial, sean confidenciales…”. No obstante lo anterior, el titular de la fepade ha sostenido abiertamente que no se violaron Derechos Humanos de Escobar y Vega, por la forma en que se dio a conocer la información de la solicitud de la orden de aprehensión por presuntos delitos electorales, ya que desde se punto de vista se habían acreditado, tanto el cuerpo del delito, como la probable responsabilidad, por lo que se consignó a un juez y a este último es a quién le tocaría pronunciarse sobre la culpabilidad o no de Escobar y Vega. Al tratarse de un principio que además se entrelaza con otros importantes derechos como el de la honra, la libertad, e incluso el derecho a la información, el derecho que tiene la comunidad a ser informada de manera veraz, en ocasiones su plena comprensión se torna conflictuada. Lo que debe entenderse para efectos de este caso, es que el hecho de que se haya dado a conocer a la opinión pública la existencia de una averiguación y una posible orden de aprehensión por hechos presuntamente delictivos en materia electoral, no significa que se esté prejuzgando sobre la culpabilidad o inocencia de este personaje. A la Fiscalía le tocaría probar y a la defensa aportar los elementos de descargo. De todas formas este hecho no hubiera podido pasar inadvertido, ya que además, el personaje decidió renunciar al cargo de Subsecretario que venía desempeñando, situación que de todas maneras levantó sospechas y que tarde que temprano tendría que dar a conocer a la población las razones de su decisión, y tendría que ventilar que estaba siendo sometido a un procedimiento por presuntos delitos electorales. Si la

Santiago Nieto Castillo titular de la FEPADE.

El que se haya dado a conocer que la FEPADE solicitó una orden de aprehensión en contra de Arturo Escobar, no viola el principio constitucional de presunción de inocencia. propia fepade o cualquier otra institución o autoridad, no autorizada para ello, hubiere realizado alguna declaración en torno a la culpabilidad o no de Escobar y Vega, entonces si se estaría violentando su principio de presunción de inocencia, pero el hecho de informar a la sociedad sobre un procedimiento que se está llevando en contra de funcionario público, basado en información que es del conocimiento de todos, no altera dicho principio.

Finalmente, hoy ya sabemos la decisión de la juez que conoció del asunto y decidió no conceder la orden de aprehensión por falta de elementos probatorios y el Fiscal Santiago Nieto decidió (o le ordenaron), no interponer recurso alguno contra dicha negativa, argumentado que procedería a subsanar las deficiencias, que según la juez, contenía el pliego de consignación, para posteriomente ejercitar de nueva cuenta la orden de aprehensión en contra de Arturo Escobar, lo que realmente dudamos que vaya a suceder. Hoy nuevamente nos quedamos a medias, en un proceso que parecía viable porque contaba con el aval incluso de la propia titular de la pgr para llegar hasta las últimas consecuencias si era necesario, y también existía el temor fundado de que fuera procedente del propio inculpado Escobar y Vega que incluso se separó de su cargo para atender su defensa, y de sus copartidarios que se apresuraron a acusar al titular de la fepade, por si finalmente se materializaba dicha orden de aprehensión, y nuevamente nos quedamos con el desazón de la impunidad y de la falta de mano firme y del tímido intento del Gobierno Federal para poner el ejemplo y frenar de una vez por todas la impunidad y la corrupción en los partidos políticos.

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EVENTO | XXVIII JORNADA LATINOAMERICANA DE DERECHO TRIBUTARIO

Participaron en la ceremonia de inauguración el Sen. Raúl Cervantes Andrade, la Procuradora Arely Gómez, el Presidente de la SCJN Ministro Luis María Aguilar Morales, el Dr. Manuel Hallivis y Max Diener Sala, Procurador Fiscal de la Federación.

Necesitamos un Instrumento Jurídico Internacional Único en materia Fiscal: Manuel Hallivis Pelayo

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l pasado mes de noviembre se realizó en la ciudad de México la xxviii Jornada Latinoamericana de Derecho Tributario, organizada por el Instituto Latinoamericano de Derecho Tributario (ildt) y la Academia Mexicana de Derecho Fiscal, que reunió especialistas en la materia de 21 países que intercambiaron durante una semana experiencias que podrían permitir una mejor aplicación de Derecho Tributario y ofrecer propuestas que estandaricen la tributación en distintos países. El Dr. Manuel Hallivis Pelayo, Presidente del ildt, aseguró que es necesario crear un instrumento jurídico internacional único en materia fiscal.

La principal tarea de la Corte es la protección de los derechos humanos, incluidos los fiscales: Luis María Aguilar

Este encuentro internacional fue inagurado por el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (scjn), Luis María Aguilar Morales, quien afirmó que la princi- los Derechos Humanos (dh) en topal tarea del tribunal constitucional dos los ámbitos, incluido el fiscal; en nuestro país es la protección de bajo esta premisa, señaló ante fis-

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calistas de 21 países, que la Corte ha emitido en los últimos años diversas tesis jurisprudenciales y tesis aisladas que interpretan el contenido y alcance del Derecho Tributario. Sin duda que esta interpretación a cargo del Poder Judicial de la Federación, dijo el Ministro Presidente, se enriquecerá en el marco de las reformas que año con año se realizan en la normatividad fiscal nacional e internacional y los trabajos del evento serán de gran utilidad en este trabajo, ya que una de las característica por la que se destaca el Derecho Fiscal es que su objeto de estudio es siempre dinámico fértil y estimulante. Las Normas Tributarias no Deben Afectar Derechos Humanos

Durante su mensaje de bienvenida, el Dr. Manuel Hallivis Pelayo señaló que estas Jornadas de Derecho Tributario se celebran desde 1956 en diversos países de América Latina y


EVENTO

de Europa. Una de sus principales declaraciones es y ha sido, reconocer que las normas tributarias no pueden afectar los dh de las personas y las garantías de orden constitucional y que su protección comprende también los derechos de las personas físicas jurídicas, respecto a las obligaciones tributarias y sanciones en su condición de objetos pasivos. Mencionó que uno de los temas que se analizara durante el evento son las medidas nacionales para evitar la erosión de la base o beps (por sus siglas en inglés Base Erosion and ProfitShifting) y la transferencia de utilidades. Como lo señala la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, enfatizo el Dr. Hallivis Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, beps se puede definir como una erosión de la base imponible y al traslado de beneficios propiciados por la existencia de lagunas o mecanismos no deseados entre los distintos sistemas impositivos nacionales. De ellos pueden servirse, dijo, las empresas multinacionales, con el fin de hacer “desaparecer” beneficios a efectos fiscales, o bien de trasladar estos hacia ubicaciones donde existe escasa o nula actividad real, si bien goza de una débil imposición, derivando en escasa o nula renta sobre sociedades. Al tenor de la creciente movilidad del capital y de activos tales como la propiedad intelectual, así como de los nuevos modelos de negocio del siglo xxi, los beps se ha convertido en un serio problema. Es decir, que se trata de un fenómeno en el que se pretende evitar la interacción de diferentes conjuntos de normas que se ejecuten, lo que provoca se imponga una doble tributación a las empresas que operan en varios países, ya sea por el país de origen o por el de residencia. Por ello, dijo, el Presidente del iladt, a lo largo de sus diversas Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tri-

Explicó el Presidente del ildt que durante esta Jornada de Derecho Tributario, se diseñará un convenio multilateral con la pretensión fundamental de construir un nuevo paradigma de fiscalidad internacional que, con independencia del grado de éxito El iladt en colaboración con el grupo que alcance en los próximos años, ha de expertos, de acuerdo con el Plan de generado una amplia discusión sobre Acción beps, prevé una serie de re- las deficiencias, las oportunidades y comendaciones, que permita la crea- los retos del Impuesto sobre la Renta ción de un único instrumento mul- para las sociedades de la región. Señatilateral que sustituya al celebrado ló también que en el ámbito tributario inicialmente para regular el pago de en Latinoamérica hay cerca de 3 mil contribuciones entre los estados que 500 tratados. sean parte en la celebración de dicho negocio, con la finalidad de combatir De ellos, un 95% cuentan con los la doble tributación o bien la doble mismos lineamientos, por lo cual, imposición internacional, acción que enfatizó en la necesidad de crear un tardaría aproximadamente en hacer único instrumento jurídico que siga las adecuaciones y modificaciones co- el modelo de la ocde o de la Orgarrespondientes. nización de las Naciones Unidas, ya que se ha podido constatar la exisAdemás, se pretende afrontar, tencia de Empresas Multinacionales aquellos casos en los que las di- que aprovechan las oportunidades ferentes normas tributarias pro- que plantea el escenario descrito, ducen una doble exención o una de forma tal que mediante ciertos imposición menor a la ordinaria y mecanismos provocan la erosión de la existencia de estructuras elusi- las bases imponibles en los Estados vas que logran una baja o nula im- donde se produce la renta. En este posición, mediante la retirada de sentido, reiteró, luego de la revisión los beneficios de las jurisdicciones de los informes finales del Plan beps, donde tienen lugar las actividades se cuenta con la evidencia que no se que los generan. está ante un nuevo paradigma de fisbutario, viene desarrollando una doctrina sobre la lucha contra la elusión tributaria nacional e internacional, en el marco del respeto a los derechos y garantías de los contribuyentes.

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EVENTO | XXVIII JORNADA LATINOAMERICANA DE DERECHO TRIBUTARIO

del principio de proporcionalidad por parte de los tribunales nacionales encargados del conocimiento de casos en concreto, es decir, que la medida a utilizar sea idónea, necesaria y proporcionada en sentido estricto al fin que se pretende.

La iladt continúa desarrollando la Carta de Derechos de los Contribuyentes.

Asimismo, se ha constatado que en varios de los estados que han seguido el ejemplo de incorporar medidas que impidan la doble tributación de bases imponibles que no se originan o no responden a la lógica del Plan beps, deben profundizar el análisis de las medidas que comprenden el Plan beps tomando en cuenta la doctrina tributaria del iladt en materia de vigencia del principio de la fuente y de defensa de los derechos y garantías de los contribuyentes, contenidos en los ordenamientos constitucionales y en los Tratados sobre dh.

recepción de las medidas se ha realizado sin el análisis correspondiente. Es evidente el grado de adopción del Plan beps por los países, que se han adherido a dicho proyecto en el que se requiere fijar normas claras de cumplimiento, así como, facultades y procedimientos, que rijan y otorguen un mínimo grado de seguridad jurídica para los contribuyentes, atendiendo al principio de legalidad, evitando así espacios de subjetividad y discrecionalidad de las Administraciones Tributarias, de modo que las medidas adoptadas no se conviertan tan sólo en un instrumento que se usado para reEn algunos otros países donde ya caudar contribuciones en el que se adoptaron total o parcialmente las vea afectada la relación entre el fisco medidas que lleva a cabo el Plan y el pagador de impuestos. Es indisbeps, se ha demostrado que la in- pensable aplicar de fondo los térmicidencia en relación a la doble tri- nos y condiciones que contengan las butación llega a ser nula, por lo que medidas en el Plan beps, y que los se advierte que en otros países la lineamientos sean sometidas al test

Con base a lo anterior, concluyó sobre el tema, corresponde al iladt continuar con el desarrollo de la Carta de Derechos de los Contribuyentes, a fin de que sirva como instrumento orientador de los principios fundamentales que deben regir la defensa de los derechos y garantías de los contribuyentes dentro de los países donde se desenvuelven sus institutos miembros. En nuestro país, las disposiciones en materia fiscal se han ido adaptando a las normas fiscales internacionales, reconociendo que llevar a cabo estas acciones permitirá despejar las múltiples interrogantes sobre si la base de la erosión constituye un riesgo para los ingresos tributarios, pues con las modificaciones que se pretenden realizar, se busca darle al contribuyente una soberanía fiscal y una mayor justicia tributaria.

Clausuró la Jornada de Derecho Tributario el Secretario del Trabajo Alfonso Navarrete Prida

calidad internacional, sino ante un proyecto que pretende superar los problemas de erosión de las bases imponibles provocadas por el modelo actual de fiscalidad internacional y por la falta de coordinación entre los Estados así como en la aplicación de normas y disposiciones de los más de 3 mil Convenios para evitar la doble imposición y luchar contra la evasión fiscal vigentes en el mundo. Esta situación se está abordando en la ocde, a iniciativa del Foro del Grupo de los 20 (g20), que hoy trabaja en la elaboración del referido Plan de Acción beps.

Paises que Integran el ILADT Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Guatemala, Italia, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

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EVENTO

Conclusiones y Recomendaciones de la XXVIII Jornada Latinoamericana de Derecho Tributario 1. Al revisar los informes finales del Plan beps, constatamos que no estamos ante un nuevo paradigma de fiscalidad internacional, sino ante un proyecto que pretende superar los problemas de erosión de las bases imponibles provocadas por el modelo actual de fiscalidad internacional y por la falta de coordinación entre los Estados en la aplicación de las disposiciones de los más de 3000 Convenios para evitar la doble imposición y luchar contra la evasión fiscal. 2. En los países miembros del ILADT hay distintos grados de influencia de las medidas que comprenden el Plan BEPS. En varias jurisdicciones la recepción de las medidas se ha realizado sin el pertinente análisis crítico sobre el sacrificio recaudatorio que podrían suponer. Se ha constatado que se han incorporado medidas antierosión de bases imponibles que no se originan o no responden a la lógica del Plan BEPS. 3. Debe profundizarse el análisis de las medidas que comprenden el Plan BEPS tomando en cuenta la doctrina tributaria del ILADT en materia de vigencia del principio de la fuente y de defensa de los derechos y garantías de los contribuyentes, contenidos en los ordenamientos constitucionales y en los Tratados sobre Derechos Humanos. 4. El reto para los países, en el proceso de decisión sobre la posible incorporación de las medidas que comprenden el Plan BEPS en sus legislaciones nacionales, es tener una reflexión seria y consensuada con todos los sectores involucrados en su aplicación, atendiendo siempre a la realidad y a los planes de desarrollo económico que mantengan, a su soberanía tributaria, así como a su particular ordenamiento jurídico y a los principios constitucionales que los fundamentan. 5. El grado de adopción del Plan BEPS requiere normas claras de cumplimiento, facultades y procedimientos, que otorguen un mínimo de seguridad jurídica para los contribuyentes, en respeto del principio de legalidad, evitando así espacios de subjetividad y discrecionalidad de las Autoridades 6. Para la defensa de los DH de los contribuyentes se recomienda que las disposiciones normativas incorporadas en las legislaciones nacionales sobre la base de las medidas contenidas en el Plan BEPS, sean sometidas al test del principio de proporcionalidad por parte de los tribunales nacionales. 7. Corresponde al ILADT continuar con el desarrollo de la Carta de Derechos de los Contribuyentes, a fin de que sirva como instrumento orientador de los principios fundamentales que deben regir la defensa de los derechos y garantías de los contribuyentes. Retos de la Fiscalidad Internacional en Latinoamérica: 1. Incluir los enfoques de los distintos países de la Región en el debate sobre los temas actuales de la fiscalidad internacional. 2. Crear un órgano fiscal internacional debidamente legitimado en el que participen todos los países en pie de igualdad. 3. Ratificar el principio de fuente como criterio dela territorialidad en la imposición directa. 4. La lucha de los Estados contra la evasión y fraude fiscal de manera eficiente y eficaz con pleno respeto a los derechos de los contribuyentes, ejerciendo su soberanía en el diseño de sus propias políticas fiscales. 5. Reconocer, garantizar y fortalecer derechos de los contribuyentes en el ámbito internacional, bajo el principio de seguridad jurídica y reserva de ley. 6. Fomentar la eficacia de los procedimientos de resolución de conflictos fiscales internacionales, asegurando la participación activa del contribuyente. 7. Crear un órgano internacional de carácter jurisdiccional para la resolución de controversias fiscales internacionales. 8. Adoptar el Instrumento Multilateral en los 3 idiomas del ILADT para garantizar la seguridad jurídica en la aplicación e interpretación de la Fiscalidad Internacional. 9. Considerar la compatibilidad entre el Instrumento Multilateral y los dispositivos políticos y jurídicos de los procesos de integración en la región. 10. Respetar los procedimientos legales de incorporación del Instrumento Multilateral en el Ordenamiento interno de cada uno de los Estados. 11. Otorgar la necesaria flexibilidad a los Estados en la aceptación del contenido del Instrumento Multilateral. 12. Adoptar guías, manuales y glosario para dotar al Instrumento multilateral de herramientas que faciliten su aplicación e interpretación.

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ENTREVISTA | MANUEL HALLIVIS PELAYO

Entrevista al Dr. Manuel Hallivis sobre el ILADT

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l pasado mes de noviembre se celebró en la Ciudad de México la xxviii Jornada Latinoamericana de Derecho Tributario, siendo la segunda vez desde su fundación en 1956 que éste Instituto Latinoamericano (iladt) tiene como sede nuestro país. Para profundizar sobre su relevancia, Foro Jurídico entrevistó al Dr. Manuel Hallivis Pelayo, Presidente en su capítulo en México, y quien es también Magistrado Presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Presentamos la parte sustancial de la entrevista.

en 1956, a instancias del destacado maestro uruguayo Don Ramón Valdés Costa, en Uruguay, en donde se celebraron las primeras Jornadas. Sin embargo, su constitución formal y aprobación de estatutos se realizó en esta Ciudad de México en 1958, bajo la presidencia del insigne mexicano Don Ernesto Flores Zavala, durante la celebración de las Segundas Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario.

‘‘academia de academias’’, un ‘‘colegio de colegios’’, un ‘‘instituto de institutos’’, que tiene como propósito el estudio, difusión y discusión de temas relativos al Derecho Tributario y las Finanzas Públicas.

¿Qué importancia tiene para México la celebración de estas Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario?

Las Jornadas se han celebrado como una de las tradiciones más importantes del Instituto, teniendo como sede los países que forman parte del mismo. Desde 1958 no se organizaban en México y logramos que asistieran alrededor de 600 personas de más de Actualmente, el iladt agrupa a las 21 países de Latinoamérica y Europa, principales organizaciones, sean co- entre ellos ministros, magistrados, legios, institutos o academias, dedi- jueces, abogados, autoridades, todos cados al estudio, análisis y difusión ellos los más destacados de la materia del derecho tributario de 19 países tributaria. En la Academia Mexicana ¿Qué es el ILADT? de América Latina, España, Italia y de Derecho Fiscal consideramos que El Instituto Latinoamericano de De- Portugal. Como lo han definido va- es un gran orgullo haber recuperado recho Tributario (iladt), fue creado rios de sus miembros, el iladt es una este espacio para nuestro país des-

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ENTREVISTA

pués de 57 años es motivo de orgullo y satisfacción para todos nosotros.

¿Cuáles son las figuras de vanguardia en materia tributaria? En las Jornadas tuvimos la oportunidad de contar con la presencia de 123 de los más relevantes doctrinarios, autores y profesionistas, de las naciones que se reunieron para compartir conocimientos y experiencias a través de los Seminarios, Relatorías y Comunicaciones Técnicas. Asistieron los tributaristas más exitosos de Argentina, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Guatemala, Italia, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay, Venezuela, Barbados y Holanda. Con estas participaciones tan destacadas, aseguramos el éxito de las xxviii Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario y afianzamos la continuidad del estudio e investigación en materia tributaria. Entre ellos, puedo mencionar al Doctor Pasquale Pistone de Italia; al Doctor César García Novoa de España; la Doctora Addy Mazz de Uruguay; a la Doctora Ana Mae Jiménez Guerra de Panamá; al Dr. Álvaro Villegas Aldazosa de Bolivia; al Doctor Fernando Serrano Antón de España; al Doctor Fernando Zuzunaga de Perú; al Doctor Rubén Asorey de Argentina; al Doctor José Osvaldo Casás de Argentina; y, al Doctor José Luis Shaw de Uruguay, Secretario General del iladt.

la base tributaria y la transferencia de utilidades (beps): Medidas nacionales para evitar la erosión de la base tributaria, para medir la influencia de beps en nuestros países; y los desafíos de la fiscalidad internacional en la zona, y, en consecuencia, el análisis de la convivencia de los convenios para evitar la doble tributación con un ya inminente tratado multilateral que modificará automáticamente la red existente de tratados.

Los trabajos del Foro serán referencia para los estudios en materia fiscal internacional.

Asimismo, se analizaron diferentes problemáticas y figuras jurídicas dentro de los nueve seminarios en los que se trataron temas de alta relevancia como: interpretación del tratado multilateral; tributación de las industrias extractivas; precios de transferencia; En el marco de estas xxviii Jorna- acceso a la justicia; derechos humanos das Latinoamericanas de Derecho tributarios; derecho penal tributario; Tributario, se trataron 2 temas prin- comercio exterior; contabilidad tricipales relacionados con los trabajos butaria y modelo de convenio iladt; actuales que está realizando la ocde asuntos todos de indudable importanrespecto del combate a la erosión de cia en nuestra actualidad.

¿ C ó m o s e re f l e j a rá n l a s conclusiones de estas XXVIII Jornadas en el Derecho Fiscal mexicano y en nuestra futura legislación en la materia?

Como consecuencia de lo anterior, se ha logrado el establecimiento de opiniones, comentarios y posturas que nos permitirá continuar creando doctrina iladt que tanta utilidad ha dado a la realidad tributaria. Evidentemente que la doctrina iladt permitirá a la Academia Mexicana de Derecho Fiscal, en su oportunidad, presentar las propuestas de modificaciones a la legislación tributaria, además de que, como participaron en las Jornadas diversas autoridades mexicanas, como el Procurador Fiscal de la Federación, esta doctrina va a permear en todos los ámbitos de la materia fiscal de una manera más profunda. Adicionalmente, con los trabajos preparados por los países integrantes del iladt se elaboró un libro denominado Memorias de las xxviii Jornadas Latinoamericanas de Derecho Tributario, el cual contiene los estudios y trabajos de los representantes de los 19 países miembros y que sin duda, se convertirá en referencia bibliográfica para los estudios en materia fiscal internacional en los próximos años. Por último, es evidente que al ser beps el tema central de discusión en este evento, México, así como los demás países asistentes, estarán preparados ante la firma del convenio multilateral y todas las modificaciones que las acciones beps impliquen.

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EVENTO | PRESENTAN LIBRO LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Lic. Juan C. Izaza Arteaga, Ministra Margarita B. Luna Ramos, Mtra. Sofia Charvel, Mgdo. Juan Carlos Cruz Razo y Lic. César Jáuregui Robles.

Presentan libro Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo de Juan Carlos Cruz Razo

Durante su comentario, la Dra. Luna Ramos afirmó que el texto sintetiza el esfuerzo, la dedicación, el conocimiento y la experiencia profesional de su autor, un juzgador, dijo, que a partir de la obra, se revela como un profundo analista de temas jurídicos relevantes. A lo largo de sus páginas, se toca uno de los temas jurídicos que tienen historia en nuestro país por sus múltiples debates, discusiones, reformas constitucionales y consMarco A. Ríos trucciones legislativas que es el Contencioso Administrativo (ca). De ahí l pasado mes de diciembre se La obra ofrece al lector un recorrido que ofreció a los asistentes un breve presentó en el Instituto Tec- por la Ley Federal de Procedimien- recuento histórico de la materia en nológico Autónomo de Mé- tos Contencioso Administrativo nuestro país, el cual se remonta a xico (itam) el libro, Ley Federal de (lfpca) en donde el ex consejero de principios del siglo xix; durante todo Procedimiento Contencioso Adminis- la Judicatura Federal, Juan Carlos este tiempo, hasta nuestros días, asetrativo, Comentada, de la autoría del Cruz Razo, plasma una visión ame- veró, el juicio ca constituye un medio Magistrado Juan Carlos Cruz Razo. na y clara sobre el tema mediante de control jurisdiccional de los actos El evento contó con la participación comentarios, anécdotas y críticas a de la administración pública, al rede la Ministra de la Suprema Corte la norma; lo que otorga al libro ser presentar una instancia por medio de Justicia de la Nación, Margarita un valioso instrumento para todos de la cual los administrados pueden Beatríz Luna Ramos, quien prologó los actores del foro jurídico. Y es que lograr la defensa de sus derechos e inla obra, del Lic. Juan C. Izaza Artea- de manera sistemática, se abordan tereses, cuando se ven afectados por ga, socio fundados de Izaza Aboga- cada una de las etapas del juicio actos administrativos ilegales. dos y del Lic. César Jáuregui Robles, contencioso administrativo, los meex Senador y socio del despacho dios de impugnación y su proceden- Nuestro país, refirió la Ministra, Lozano Gracia y Asociados, quienes cia en contra de las resoluciones que ha seguido la corriente europea, fueron moderados por la Mtra. Sofia en él se emiten, así como los aspec- teniendo mayor influencia del DeCharvel, Jefa del Departamento Aca- tos relevantes de la jurisprudencia recho francés, toda vez que el ca démico de Derecho del itam. aplicable. desarrollado en nuestro país, es de

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EVENTO

El juicio Contencioso Administrativo, representa una instancia por medio de la cual los administrados pueden lograr la defensa de sus derechos e intereses.

Ministra Margarita B. Luna Ramos

naturaleza administrativa, como el que se promueve en la Corte de Estado francés y es en este contexto en el que sea desarrollado la regulación correspondiente. Primero, dentro del Código Fiscal de la Federación y, actualmente, en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo que el Consejero Juan Carlos Cruz, ha tenido a bien analizar con profundidad. “El libro contiene un

Magistrado Juan Carlos Cruz Razo.

valioso posicionamiento en torno a la naturaleza y a la nueva estructura del CA en México, proveniente de uno de los Magistrados más reconocidos en nuestro país.”

magistrados había sostenido dicho resolutivo, con lo cual advierte al lector de la importancia de sesionar los asuntos y de revisar las constancias que componen el proceso.”

En los primeros capítulos, reseñó Luna Ramos, el ex Consejero Federal desentraña el elemento que podría considerarse neurálgico del ca regulado en la legislación de mérito, que consiste en el principio litis abierta, merced al cual, entre otros efectos, el hoy Tribunal Federal de Justicia Administrativa (tfja) tiene facultades para revisar la legalidad de toda la secuela procedimental y de las resoluciones administrativas previas a la promoción de la demanda de nulidad, haciendo posible que se sustituya válidamente a la autoridad administrativa primigenia y se evite el reenvío, dando lugar a un control jurisdiccional pleno que concede amplios poderes a dicho Tribunal a efecto de agilizar la resolución de los asuntos y sentar las bases para que se resuelvan las pretensiones de las partes en forma integral, inclusive, a partir de pruebas y conceptos de nulidad novedosos; en definitiva justicia expedita y completa.

Por su parte, Juan Carlos Cruz Razo, autor de la obra, advirtió que no pretende hacer una interpretación concluyente del texto legal en comento, se trata dijo, de una invitación a estudiantes, jueces, litigantes, para que, desde su propia visión, cuestiones, afirme replantee o deseche lo escrito a lo largo de la obra. La pluralidad de opiniones, no sólo es productiva, dijo, sino que es la mejor forma de consolidar el conocimiento. Con cada comentario o reflexión, explicó, pretende contextualizar el sentido de los artículos de la lfpca, recurriendo para ello a diferentes métodos de interpretación y haciendo uso de herramientas, entre otras, como la jurisprudencia, la legislación nacional, los tratados internacionales y la doctrina.

El libro no únicamente contiene profundos análisis en torno a la razonabilidad de la legislación, sino, también tiene un lugar para las anécdotas del Consejero Federal, advirtió la Ministra Luna Ramos. Estos detalles, profundizó, resultan de gran utilidad práctica para quienes se encuentran dentro del terreno de la práctica jurisdiccional. “De manera que el autor narra la ocasión en que tuvo conocimiento del acto impugnado, aunque al calce sólo uno de los 3

Lic. César Jáuregui Robles

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ARTÍCULO | IMPUGNAN LA REELECCIÓN DEL MAGISTRADO EDGAR ELÍAS AZAR

Impugnan la Reelección del Magistrado Edgar Elías Azar Dr. Juan D. Balanzátegui Sánchez

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escasos sesenta días para que concluyera el Dr. Edgar Elías Azar su segundo período como Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Distrito Federal (tsjdf), al menos 11 magistrados ya habían preparado su inscripción para competir por el cargo y en la sesión privada del 12 de octubre, conforme a las bases publicadas por el Pleno de Magistrados, debían entregar por escrito un informe en donde explicaran las razones que los motivarían para ocupar dicha posición. En esos momentos sonaban los nombres de destacados magistrados de varias materias, como Lázaro Tenorio Godínez -único que contendió contra Edgar Elías en las elecciones pasadas del 2012 -, Antonio Muñoz Cano, Salvador Ávalos, Élfego Bautista Pardo, Petra Quezada Guzmán, Rosalba Guerrero Rodríguez, Eduardo Alfonso Guerrero Martínez y Maurilio Domínguez Cruz. En este marco, el propio Elías Azar anunció que el también contendría por el cargo y que buscaría una segunda reelección al frente del tsjdf..

Proceso de Reelección

70 a 75 años, lo que favorecía a Elías Azar, quién cuenta con 69 años de El 4 de noviembre, fecha fijada en las edad. Esta fue la base legal para que bases para que tuviera lugar el Ple- pudiera postularse a un tercer períono de Magistrados para designar al do como Presidente del tsjdf, arguPresidente del tsjdf para el período mentándose entonces que esta era 2016-2019, el Magistrado Elías Azar una reforma hecha a la medida para fue reelecto para un tercer período Elías Azar, apoyada por el Jefe de en un proceso mediante voto se- gdf Miguel Ángel Mancera Espinosa. creto, con un voto mayoritario de 60 votos en su favor y 17 para su único Juicios de Amparo contra la contrincante el Magistrado Guerra Reelección Álvarez, estableciéndose el próximo A pesar de que varios magistrados 4 de enero de 2016 como fecha para Durante las sesiones privadas previas expresaron su inconformidad por asumir el cargo y rendir protesta a la reelección, algunos magistrados, la pretensión de Édgar Elías Azar para seguir siendo Presidente del como el ex-presidente José G. Carrede reelegirse por otros 3 años al Tribunal hasta el año de 2019. ra Domínguez, Lázaro Tenorio Godífrente del tribunal, este quedo insnez, Maurilio Domínguez Cruz, Petra crito para contender en el proceso Cabe recordar que en diciembre Quezada Guzmán, Sara Patricia Orea y al final solamente se inscribió del año 2014 la aldf aprobó una y Ma. de Jesús Medel, se manifestapara contender en su contra el reforma al artículo 26 de la Ley de ron en contra de la intención de Edgar Magistrado Penal Rafael Guerra la Ley Orgánica del Tribunal Supe- Elías de reelegirse, y una vez que este Álvarez, declinando en los últimos rior de Justica del Distrito Federal, hecho se consumo, en un hecho inusiminutos Alfonso Guerrero Martí- que abrió la puerta para que Edgar tado dentro los Poderes Judiciales lonez, quien ya había anunciado pú- Elías se pudiera reelegir por segun- cales, las tres últimas magistradas deblicamente su decisión de también da ocasión, al modificar la edad para cidieron promover Juicios de Amparo contender . el retiro de jueces y magistrados de en contra de la reelección y solicitar

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ARTÍCULO

suspensión para evitar que el 4 de enero de 2016 Elías Azar asumiera el cargo de Presidente del Tribunal. Inclusive, algunas voces de personas que no forman parte del Poder Judicial, como las de varios litigantes y asociaciones de abogados, como el conocido litigante Javier Quijano Baz, opinaron que apoyaban la iniciativa de las magistradas, argumentando que una segunda reelección de Edgar Elías sería no solamente ilegal, sino ilegítima. También hubo declaraciones de diputados locales de morena, que se manifestaron en contra de la reelección y que amenazaron con promover en la Asamblea una reforma expréss para evitarla, pero no contaron con los consensos legislativos para promoverla y menos para aprobarla. Según han dado cuenta los medios, los principales argumentos de las promoventes de los amparos contra de la elección de Elías Azar, son que no cumple con los requisitos de elegibilidad y que la reelección viola algunos artículos de la Constitución, entre ellos el 116, que garantiza la independencia y autonomía de los tribunales estatales y que el órgano creado al efecto omitió manifestarse sobre las impugnaciones que presentaron contra la reelección. Intentos para Suspender la Toma de Protesta

En los Juicos de Amparo presentados por la magistradas se solicito a los jueces federales una suspensión para evitar que Edgar Elías rindiera la protesta de ley el 4 de enero, sin embargo no consiguieron este propósito porque finalmente los juzgadores de amparo les negaron la Suspensión Definitiva en los 3 casos, no obstante que en dos de ellos les había concedido previamente la Suspensión Provisional, lo que generó mucha polémica y especulación en el Poder Judicial de la Ciudad de México, al grado de que el Octavo Informe de Labores de Elías Azar se desarrollo el pasado 10 de diciem-

Acompañaron al Dr. Edgar Elías Azar durante su 8º informe, Humberto Castillejos Cervantes, Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Migel Ángel Mancera, Jefe del GDF y el Dip. Leonel Luna Estrada de la ALDF.

La posibilidad de que Elías Azar tome posesión del cargo de Presidente fue la negativa del Juez para conceder la suspención definitiva solicitada por la Magistrada disidente Medel Díaz. bre en un ambiente de tensa calma, que durara algunos meses, pues no obstante que finalmente asumirá el cargo de Presidente del Tribunal, los amparos estarán en trámite varios meses, y siempre existe la posibilidad jurídica que al resolverse en el fondo, pueda decretarse la inconstitucionalidad de la segunda reelección del Magistrado Edgar Elías Azar, designarse un Presidente provisional (el magistrado decano), quien, en su caso, convocaría a la elección de un nuevo presidente del tribunal más grande del mundo. El hecho que definió la posibilidad de que Elías Azar tome posesión del

cargo de Presidente del tsjdf, fue la negativa del Juez Federal Francisco Javier Rebolledo para conceder a la Magistrada María de Jesús Medel la suspención definitiva que solicitó como Magistrada disidente del pleno, derribando así el último posible obstáculo judicial qie existía para que rindiera protesta el 4 de enero. Habría que agregar que muchos de los magistrados que dieron su voto a Edgar Elías, aseguran que finalmente los amparos seran sobreseidos porque no puede el poder judicial federal calificar la eleccion de un poder judicial local.

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ARTÍCULO | INCONSISTENCIAS EN EL NUEVO REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CDMX

Inconsistencias en el Nuevo Reglamento de Tránsito de la CDMX: Senadora Mariana Gómez del Campo • El reglamento no apuesta al orden y es la llave para abrir la puerta a la corrupción. • Volveremos masivamente al arreglo con una “mordida” entre el policía y el infractor. • El Reglamento no contempla reglas a favor de los ciclistas, ni sanciones para quienes no respetan a los peatones.

Marco A. Ríos

T

odavía no entraba en vigor el nuevo Reglamento de la Ciudad de México y ya se habían alzado muchas voces que lo cuestionaban y calificaban de ser un instrumento recaudatorio del Jefe de Gobierno del gdf, más que una propuesta de mejor movilidad. Una de ellas fue la Senadora del pan, Mariana Gómez del Campo Gurza, quien denunció que el exceso de multas resulta violatorio del artículo 22 constitucional, al no existir una relación entre las conductas y los montos de las sanciones.

Además, logró un punto de acuerdo para exhortar al Jefe de Gobierno, a prorrogar su entrada en vigor 60

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días, tiempo en el cual, dijo, se podría socializar las nuevas disposiciones mediante una amplia campaña de difusión de su contenido. Explicó que los 500 mil ejemplares que se distribuyeron no son suficientes; además la norma se impuso unilateralmente sin previa consulta ciudadana, por parte del Gobierno del Distrito Federal; sin tomar en cuenta el Artículo 46 de la Ley de Movilidad del Distrito Federal el cual dispone que el seguimiento evaluación y control de la política, los programas y proyectos en materia de movilidad y seguridad vial, se realizarán entre otras herramientas, mediante la realización de encuestas y consultas ciudadanas. Por eso, el Senado exigió

al Dr. Miguel Ángel Mancera la suspensión de la norma hasta corregir las inconsistencias, reclamo al que se han sumado algunos diputados de la aldf que piden prorrogar su entrada en vigor prevista para el 15 de diciembre de 2015, petición que finalmente no fue concedida por el Dr. Mancera ya que en esa fecha entró en vigor el reglamento. Aunque la Senadora Gómez del Campo ha reconocido algunos aciertos en la norma, destacó que el Jefe de Gobierno no ha explicado los criterios que se tomaron en cuenta para incrementar las multas y disminuir los límites de velocidad, argumentando qué no hubo una coordinación con


ARTÍCULO

la Comisión Metropolitana de Transporte y Vialidad (cometravi) en su elaboración. Reveló que tan sólo de 2009 a 2014, el monto de multas en la Ciudad de México recaudadas pasó de 121.9 millones de pesos a 505 millones de pesos, por lo cual se espera duplicar o triplicar la recaudación a partir del 2016. “Este reglamento no apuesta al orden y es la llave para abrir la puerta a la corrupción.” Gómez del Campo considera que el principal problema es que fomenta la corrupción debido al alza exagerada en las multas, pues será mejor para el ciudadano “arreglarse” con el agente de tránsito. Es decir, que los incentivos son al revés: “Desgraciadamente vamos a volver masivamente al arreglo con una mordida entre el policía y el infractor.” Por ejemplo, dijo, bajar los límites de velocidad es la prueba más clara de que este gobierno ve en el reglamento de tránsito una mina de oro, y más que querer ordenar las vialidades del Distrito Federal, y dar coherencia al tema de la movilidad, está totalmente volcado a la recaudación de recursos.

Otro aspecto denunció, es de los ciclistas, en el que la nueva norma capitalina se quedó corta. Según informó, el número de accidentes ha crecido 133% al pasar de 89 a 207, tan sólo en 2015, en donde además, se han registrado 17 muertes. El reglamento no tiene fuerza en materia de ordenamiento a favor de los ciclistas ni en las obligaciones de éstos, incluso no contempla las sanciones para quienes no respetan a los peatones, los semáforos ni las banquetas. “La mayor sanción será cuando embistan a un peatón y a petición de éste deba ser llevado ante el Juez Cívico quien podrá imponer una multa o arresto administrativo hasta de 24 horas.” Una tercera deficiencia, denunció la Senadora por el d.f., es que no se tomó en cuenta la cometravi, que fue creada para contar con los mecanismos y coordinación entre Distrito Federal y el Estado de México sobre problemas de transporte y vialidad. Exigirán, adelantó la Senadora, que una vez realizadas las correcciones a la norma de transporte y vialidad,

El principal problema del nuevo reglamento es que fomenta la corrupción debido al alza exagerada en las multas.

Sen. Mariana Gómez del Campo Gurza

se someta a consulta ciudadana para que los capitalinos lo conozcan y se les escuche. No queremos un reglamento, dijo, a capricho del Jefe de Gobierno, que solamente esté recaudando en lugar de estar pensando en cambiar la cultura sobre movilidad en la Ciudad de México. La autoridad capitalina antes de pensar en sanciones, debería trabajar en mejorar la calidad de vida de los policías y en dignificar su labor, sostuvo la legisladora. Es importante, comentó, que quienes hagan bien su trabajo sean mejor remunerados y quienes no, sean dados de baja o cambiados de actividad. La Senadora aseguró que propondrán al Jefe de Gobierno la creación de un programa por parte de la Contraloría del Distrito Federal, dirigido a la ciudadanía por medio del cual pueda denunciar abusos de agentes de tránsito ante multas indebidas. Ejemplificó el caso con el problema generado por el sistema de grúas, el cual acusó, es un negocio que no está sometido a controles ni a transparencia. Por último, informó que exigirán se implemente una campaña para dar a conocer el contenido del reglamento antes de su entrada en vigor, al considerar que son muchos los temas que la ciudadanía, propiamente los automovilistas, desconocen.

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EVENTO | CELEBRA LA SEDENA EL DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

General Salvador Cienfuegos Zepeda, titular de la SEDENA.

Celebra la SEDENA el Día Internacional de los Derechos Humanos

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ncabezada por su titular, el Gral. Salvador Cienfuegos Zepeda, la Secretaría de la Defensa Nacional (sedena), el pasado 14 de diciembre realizó una ceremonia en el Campo Militar No. 1, para conmemorar el Día Internacional de los Derechos Humanos, asistiendo como invitados especiales Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación, Arely Gómez González, Procuradora General de la República, Mercedes Juan López, Secretaria de Salud, Luis Raúl González Pérez, Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos ( cndh ) y la Dra. Ximena Puente de la Mora Presidenta del Instituto Nacional

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de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (inai) entre otros, así como integrantes del Senado, de la Cámara de Diputados, de organismos públicos, civiles y académicos relacionados con la materia de Derechos Humanos e Igualdad de Género y altos mandos de la sedena Durante el acto se suscribió un Convenio de Colaboración entre la sedena y el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (conapred), el cuál fue signado por el Gral. Cienfuegos Zepeda y la Lic. Alexandra Haas Paciuc, Presidenta de este organismo, fungiendo como testigo de honor el Secretario de Go-

bernación. El propósito central del acuerdo es fortalecer el derecho a la no discriminación en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, así como para consolidar acciones conjuntas en la atención de asuntos de interés común relacionados con el respeto a los Derechos Humanos (dh). Durante su intervención, el Gral. Cienfuegos Zepeda presentó un informe sobre los esfuerzos que como titular de la sedena ha llevado a cabo en atención a la meta estratégica de implementar acciones que permitan observar el cumplimiento al programa de Derechos Humanos de la sedena 2014-2018. Destacó que se han reducido las quejas presentadas


EVENTO

en contra de miembros de las fuerzas armadas, por presuntas violaciones a los derechos fundamentales de las personas, por lo que, paralelamente, también han disminuido las recomendaciones por parte de la cndh. Festejó el Secretario de sedena el cumplimiento del cuarto aniversario de la entrada en funcionamiento del observatorio para la igualdad entre las mujeres y hombres en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicana, instancia especializada que desde el 14 de diciembre de 2011, se creó para prevenir y eliminar la discriminación por motivos de género y asegurar la igualdad de oportunidades. Lic. Alexandra Haas Paciuc, Gral. Salvador Cienfuegos Zepeda y Miguel Ángel Osorio Chong, Hizo mención también a una serie Secretario de Gobernación, durante la firma de Convenio entre la SEDENA y la CONAPRED. de disposiciones en materia de salud que garantizan la integridad, tanto de mujeres embarazadas, como de los menores. Por ejemplo, en el momento que exista una complicación durante la gestación que requiera de cuidados y atenciones especiales, cuando los recién nacidos se encuentren en estado crítico, en situaciones lamentables de decesos o cuando alguno de los cónyuges o concubinos del militar tenga bajo su tutela a contempla la profesionalización y ro y dh, y diversos cursos, conferenhijos menores que atender, se con- capacitación de los elementos de las cias y talleres, capacitando hasta el cederá licencia por deceso maternal. fuerzas militares a través de maes- día de hoy a un total de 59 mil 306 trías en políticas públicas y género, mujeres y hombres militares. DesCon la implementación de las diversas diplomados en igualdad de género, tacó también la importante interacdispersiones en materia de dh, afirmó integración y educación familiar, ción que la presente administración el Gral. Cienfuegos, se busca proteger seminarios de perspectiva de géne- ha tenido al celebrar convenios de la salud de las mujeres en todas las etapas del embarazo, promover estilos de vida saludables y desarrollar actividades de género compartidas y en igualdad. Sin dejar de lado la figura del padre de familia, también se implementa una disposición que crea reglas claras que fomentarán el vínculo afectivo del militar con su descendencia en el momento de alumbramiento, correspondiéndole a éste contribuir a los cuidados de los hijos.

La fortaleza de cada soldado en esta loable tarea, se encuentra en la confianza que la sociedad nos deposita: Gral. Salvador Cienfuegos Zepeda.

Programa de Igualdad de Género

En rubro de igualdad de género se creó el Programa de Igualdad entre las Mujeres y Hombres, en el que se

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EVENTO | CELEBRA LA SEDENA EL DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

colaboración con la cndh, Comité Internacional de la Cruz Roja (cicr), Instituto Nacional de las Mujeres (inmujeres), Instituto de las Mujeres del d.f., Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (ceav), Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (inali) y con la Universidad Nacional Autónoma de México (unam), a los que se suma el que hoy hemos suscrito con el conapred, comentó el Gral. Cienfuegos. Culminó su participación el titular de la sedena enfatizando: “la fortaleza de cada soldado en esta loable tarea, se encuentra en la confianza que la sociedad nos deposita, confianza que nos impulsa a dar todo de nosotros y esforzarnos hasta el límite, para estar a la altura de los requerimientos de la nación y de las expectativas de cada mexicano”. En estas acciones se ve reflejado, enfatizó, el compromiso que tiene la sedena con la promoción y cumplimiento de los derechos fundamentales de conformidad con lo dispuesto en la Constitución política y los tratados internacionales que nuestro país ha suscrito en la multicitada materia. Adicionalmente, en colaboración del Centro Nacional de los Derechos Humanos

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Se han estado realizando múltiples acciones que permiten a la SEDENA atender los temas de respeto a los Derechos Humanos y la igualdad de género: Gral. José C. Beltrán Benítez.


EVENTO

de la cndh, se revisó y actualizó la cartilla de dh, que se asegura, porta de manera permanente cada uno de los soldados del ejército como fuente de consulta, en que se establece de manera sencilla y concreta las normas y principios a los que el personal militar debe sujetar su actuación en el momento del cumplimiento a las misiones que les son encomendadas, con la finalidad de prevenir violaciones a los dh de las personas. El Director General de Derechos Humanos de la sedena, Gral. José Carlos Beltrán Benítez, comentó durante su intervención que siguiendo las órdenes del Presidente de la República, se han realizado múltiples acciones que permiten a la sedena atender los temas de respeto a los dh y la igualdad de género, que actualmente son las materias de mayor relevancia para el Estado mexicano, tal como lo establece el artículo 1º. de la Constitución Federal, que es de observancia general y cumplimiento obligatorio para todas las autoridades del país. La sedena como responsable de organizar, administrar, preparar y apoyar al ejército y Fuerza

Aérea Mexicana, consiente de la relevancia y protección de la vida, para garantizar la dignidad y la libertad de las personas, ha instruido la interpretación de diversos instrumentos y acciones sustantivas, para garantizar la atención de estos temas. Dentro de los resultados obtenidos por dichas acciones, se contribuye a impulsar la convicción de que mujeres y hombres que integran las Fuerzas Armadas, su conducta vaya encaminada

al respeto de los derechos humanos. Para ello, se ha actualizado el procedimiento en la doctrina militar para prevenir violaciones en la materia, como resultado se elaboró el Manual del Uso de la Fuerza de aplicación común a las 3 fuerzas armadas, instrumento creado con la participación de diversos organismos nacionales e internacionales y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 2014.

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ARTÍCULO | MATRIMONIO Y CONCUBINATO ENTRE PAREJAS DEL MISMO SEXO

Matrimonio y Concubinato entre Parejas del Mismo Sexo Lic. Benjamín Martínez Ramírez Docente de la Universidad de Guanajuato

A

raíz de la reforma al Código Civil para el Distrito Federal (ccdf) mediante la que se modificaron diversos artículos, entre ellos el 146, el panorama jurídico del derecho familiar cambió radicalmente. Figuras como el matrimonio, concubinato, familia y adopción, se transformaron en cuanto a su percepción y definición. Tradicionalmente y desde una perspectiva socio-jurídica, el matrimonio ha sido estudiado como acto jurídico y como una institución; por lo tanto, dado la importancia que tanto en lo individual, como en lo colectivo reviste, amerita un cuidadoso estudio.

Históricamente se sostenía que el matrimonio era la unión de un hombre y una mujer con el propósito de realizar comunidad de vida, con respeto entre ambos, igualdad y ayuda mutua, con la posibilidad de procrear hijos. El maestro Rafael de Pina Vara, en su obra Compendio de Derecho Civil, Introducción, Personas y Familia, señala, “se presenta como una manifestación libre de voluntades entre hombre y mujer que se unen para constituir un estado permanente de vida y perpetuar la especie.” Actualmente, el Diccionario de la Real Academia Española lo define como una institución reconocida por la sociedad, que consiste en la unión de 2 personas para establecer una comunidad de vida. A raíz de la reforma mencionada, ahora se identifica como, “…la unión libre de 2 personas

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para realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua.” Como se aprecia, el concepto y definición de matrimonio ha evolucionado de manera tal que ya no es posible hacer referencia a la unión de un hombre y una mujer, ni como el único medio social y moralmente aceptado para perpetuar la especie. Ahora bien, es claro que aunque no se encontrasen legítimamente unidos, pero mantuvieran una relación de facto, sujeta a ciertas condiciones que podrían variar de un Estado a otro, se encuentran en concubinato, es decir, a quienes el Derecho les reconoce ciertos efectos semejantes a los del matrimonio.

determinado tiempo (6 y 3 meses respectivamente) de separados los concubinos, se entiende que dicha figura legal se extingue.

Por otro lado, cabe señalar que el tiempo, traducido tanto en la edad de la pareja como en la duración de su relación, es requisito sine qua non para la existencia tanto de concubinato como de matrimonio, es necesario entre otras cosas contar con la edad necesaria, misma que varía de acuerdo a la entidad federativa. Por ejemplo, el ccdf establece en su artículo 148 que para contraer matrimonio el hombre necesita haber cumplido 16 años y la mujer 14, rango que se mantiene en 26 códigos estatales, mientras que en el Distrito Federal, Puebla y Jalisco, la edad legal míniActualmente ambas figuras se es- ma es de 16 para ambos contrayentes. tablecen como “la unión de dos En Guerrero e Hidalgo debe ser de personas…” (sin importar si son 18 años para ambos y en Baja Calihombre-mujer, hombre-hombre o fornia Sur para contraer nupcias, la mujer-mujer), es claro que actual- edad es 18 años mínimo en el caso del mente la definición de concubinato hombre y 16 para la mujer. De lo anes: La unión de hecho, de 2 perso- terior se concluye, que en las citadas nas, ambas, libres de matrimonio con entidades federativas, la edad legal una tercera, de manera más o menos mínima para considerar el inicio de permanente, quienes realizan vida un concubinato es el mismo que para en común sin estar casados entre sí. contraer matrimonio. Estados como Hidalgo, Puebla y Tabasco definen las causas por las cua- En relación con el tiempo que deba les puede terminar un concubinato. transcurrir para que tanto matriEn otros como Baja California Sur monio como concubinato se confio San Luis Potosí establecen en sus guren, baste decir que en el caso del cuerpos normativos el transcurso del primero no se requiere del elemento tiempo como causa de terminación cronológico. Basta concretar la madel concubinato, esto es, después de nifestación de voluntad ante un Juez


ARTÍCULO

u Oficial del Registro Civil, previo cumplimiento de los requisitos de ley; en tanto, para el concubinato si existe una exigencia legal, pues mientras Guanajuato por ejemplo, se exige haber vivido como si fueran cónyuges durante un lapso continuo de por los menos 5 años o haber “procreado hijos”, pues el hecho de que los concubinos tengan descendencia, es condicionante para que el tiempo al que hace referencia la ley para el reconocimiento de efectos jurídicos. En el Distrito Federal, la temporalidad se limita a 2 años o menos si hay hijos, según el numeral 291 Bis del Código Civil: “Las concubinas y los concubinos tienen derechos y obligaciones recíprocos, siempre que sin impedimentos legales para contraer matrimonio, han vivido en común en forma constante y permanente por un período mínimo de 2 años que precedan inmediatamente a la generación de derechos y obligaciones a los que alude este capítulo”. No es necesario el transcurso del período mencionado cuando, reunidos los demás requisitos, tengan un hijo en común. Nótese como a diferencia de otros estados el ccdf no hace referencia a “procrear hijos”, sino a “tener hijos en común”, lo cual desde luego no excluye la procreación, pues tratándose de parejas heterosexuales es claro que dicha procreación podrá darse de manera típica, en tanto que tratándose de parejas homosexuales, la procreación podrá darse aun cuando esta sea de manera atípica, por ejemplo, a través de la procreación asistida. Así lo prevén y permiten Coahuila, San Luis Potosí, Tabasco y Puebla; mientras que Baja California, Chihuahua, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Sinaloa y el Distrito Federal, permiten la adopción por concubinos, aun cuando en algunos casos no se especifiqué si dicha facultad se hace extensiva para parejas homosexuales, lo cual no es impedimento para que estas lo hagan. El máximo tribunal del país acaba de pronunciarse en fechas relativamen-

te recientes, en el sentido de permitir la adopción a parejas homosexuales, luego entonces, ésta, aun sin estar legalmente unida en matrimonio, puede adoptar y por ende legalmente exigir que sea reconocida su unión como un concubinato. No todas las legislaciones locales definen dicha figura, pues sólo en Aguascalientes, Baja California Sur, Jalisco, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa y Tlaxcala, así como, la Ley para la Familia de Hidalgo y los Códigos Familiares de Michoacán, Morelos, San Luis Potosí y Zacatecas, se establece el concubinato en sus cuerpos normativos civiles o familiares. Los ordenamientos de los estados restantes se refieren a él en función del derecho a heredar de la concubina, o en su caso, de ambos concubinos, o bien, de la obligación entre sí de proporcionarse alimentos; sin embargo, se consideran sus disposiciones para una visión íntegra del mismo. El Código Familiar para el Estado de Michoacán contempla que la unión concubinaria debe durar 2 años para que se generen derechos y obligaciones en la misma, mientras que el Código Civil de ese mismo estado en el artículo 540 señala que se requiere de 5 años para que los concubinos tengan derecho a alimentos por testamento.

El Código Familiar de San Luis Potosí en su numeral 106 determina, entre otros elementos, un plazo de 3 años para considerar a una unión como concubinato; sin embargo, su Código Civil insiste en su artículo 1214, para efecto del testamento inoficioso, que el concubino (a) debió haber vivido con el testador durante 5 años. Por su parte, el Código Civil de Guanajuato, en sus numerales 356-A y 2873 establece la obligación entre concubinos a proporcionarse alimentos siempre y cuando hayan vivido como si fueran cónyuges por un lapso continuo de al menos 5 años o antes si han procreado hijos y se mantengan libres de matrimonio y el derecho a heredar si se cumplen con los mismos requisitos. Pero al no definir al concubinato, el mismo surge de un análisis y meridiana lectura que se haga de los preceptos legales que en las diversas legislaciones estatales prevén dicha figura. Como se puede apreciar, el concubinato entre parejas del mismo sexo existe, y no sólo de hecho, sino de derecho, por lo tanto debe ser explícitamente reglamentada toda vez que sus efectos jurídicos son exactamente los mismos que para una pareja heterosexual. Esto es, el derecho a recibir alimentos, a heredar, incluso, a tener hijos, ya sea mediante la procreación (maternidad asistida o subrogada) o

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ARTÍCULO | MATRIMONIO Y CONCUBINATO ENTRE PAREJAS DEL MISMO SEXO

de la familia, ya que para todos los efectos relevantes, las parejas homosexuales se encuentran en una situación equivalente a las heterosexuales; de ahí que sea injustificada su exclusión del concubinato. Ahora bien, el derecho a conformar una relación de concubinato no sólo comporta el derecho a tener acceso a los beneficios expresivos asociados a dicha figura, sino también a los materiales que las leyes adscriben a la institución; en ese sentido, en el orden jurídico nacional existe una gran cantidad de a través de la adopción. Esto queda beneficios, económicos y no económicorroborado con la resolución emiti- cos, asociados al concubinato, entre da por la Suprema Corte de Justicia los que destacan: 1) los fiscales; 2) de la Nación (scjn) a principios de agosto del año en curso, al resolver la acción de inconstitucionalidad 8/2014 que presentó la Comisión de Derechos Humanos del estado de Campeche en contra del artículo 19 de la Ley de Convivencia de dicho estado. Cabe precisar que en su legislación no se permite el matrimonio entre personas del mismo sexo; por tanto, las parejas homosexuales sólo pueden ser reconocidas mediante un contrato civil ante notario público, pero sin los derechos que tienen en esa entidad los matrimonios y concubinatos. Sin embargo, el máximo Tribunal Constitucional al resolver, declara la invalidez del referido precepto, porque al prohibir cualquier posibilidad de que los convivientes puedan formar vínculos filiales a través de la figura de la adopción, viola el derecho a la no discriminación de los de solidaridad; 3) en materia de las parejas del mismo sexo. alimentos; 4) por causa de muerte de uno de los concubinos; 5) los de proOtra resolución emanada de la Pri- piedad; 6) en la toma subrogada de mera Sala de la scjn, bajo el rubro decisiones médicas; 7) en la toma de Concubinato. Los Beneficios tangibles decisiones médicas post mortem; y, 8) e intangibles que son accesibles a los los migratorios para los concubinos concubinos heterosexuales deben re- extranjeros. Así, negar a las parejas conocerse a las parejas homosexuales, homosexuales los beneficios tangibles que se publicó el viernes 31 de octubre e intangibles que son accesibles a las de 2014 en el Semanario Judicial de personas heterosexuales a través del la Federación, señala textualmente: concubinato, implica tratarlas como “Las relaciones que entablan las pare- si fueran “ciudadanos de segunda jas del mismo sexo pueden adecuarse clase”, porque no existe justificación a los fundamentos de la figura del racional alguna para no reconocerconcubinato y más ampliamente a los les los derechos fundamentales que

El concubinato entre parejas del mismo sexo debe ser explícitamente reglamentado, toda vez que sus efectos jurídicos son los mismos que para una pareja heterosexual.

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les corresponden como individuos y, simultáneamente, un conjunto incompleto de derechos cuando se conducen siguiendo su orientación sexual y se vinculan en relaciones estables de pareja; además, la exclusión de las parejas del mismo sexo de la figura de concubinato perpetúa la noción de que son menos merecedoras de reconocimiento que las heterosexuales, con lo que se ofende su dignidad como personas y su integridad”. Amparo en revisión 263/2014. 24 de septiembre de 2014. Mayoría de cuatro votos Como se puede apreciar, no obstante que dicha tesis es aislada y no constituye jurisprudencia arroja luz respecto a lo que argumentado en el presente texto. Es una realidad que no se podrá negar, que las diversas disposiciones legales, entiéndase, cuerpos de leyes, fiscales, administrativos, laborales, civiles, etcétera, deberán ajustarse, ya en su redacción, ya en su interpretación a los imperativos de los tiempos actuales, por ejemplo, la Ley Federal del Trabajo en su artículo 501, relativo a las personas con derecho a recibir indemnización en caso de muerte del trabajador señala textualmente: “… la persona con quien el trabajador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte, o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato”. Pensar y sostener que el texto de dicho precepto se refiere a personas heterosexuales unidas por una relación de concubinato, es tanto como negar la evolución del derecho, lo cual va contra la lógica jurídica pues éste debe adecuarse a las necesidades imperantes en una época y lugar determinados, el derecho evoluciona ciertamente más lento que las sociedades misma a las que debe regular, pero al final lo hace, forzado por las situaciones apremiantes que deben ser atendidas, por las presiones so-


ARTÍCULO

ciales, pero recoge al final del día, lo que doctrinalmente se conoce como fuentes reales del Derecho. Otro claro ejemplo de la necesaria reforma a las diversas legislaciones, de nuestro país, en atención al principio de no discriminación, deberá ser el artículo 6º fracción xii, inciso a) de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (issste) En su texto excluye la posibilidad de que parejas de personas del mismo sexo puedan ser considerados como derechohabientes; pues da por hecho que una pareja tanto legalmente casada como en concubinato, solo puede conformarse por personas de diferente sexo, lo cual es contrario a la realidad social en que vivimos. Diverso ejemplo del reconocimiento por la Corte al concubinato entre personas del mismo sexo lo encontramos en la resolución emitida por la Segunda Sala al resolver el Amparo en Revisión 485/2013, en el considerando cuarto, señala: “debe considerarse que el artículo 84, fracción III de la Ley del Seguro Social debe interpretarse y aplicarse no en su texto literal, sino en el sentido de permitir el acceso al seguro de enfermedades y maternidad al cónyuge o concubino del asegurado con independencia de si se trata de matrimonios o concubinatos de distinto o del mismo sexo”.

rante más de tres años de manera pública y constante hacen o hicieron vida en común como si estuvieren casados, debiendo destacar en dicho estado la existencia de actas de concubinato y la posibilidad de constituir patrimonio familiar”. Llama también la atención la Ley de Libre Convivencia del Estado de Jalisco que señala en su artículo 3º: “La libre convivencia es un contrato civil que se constituye cuando dos o más personas físicas, mayores de edad, con capacidad de goce y ejercicio, se asocian con el objeto de otorgarse ayuda mutua”, precisando que además los numerales 12, 13 y 15 prevén la posibilidad de ser acreedores de derechos, prestaciones o beneficios tales como alimentos, sucesión, pensiones, entre otras, previstas por la ley. No obstante, lo antes dicho, la pregunta obligada es, ¿y que hay con aquellas parejas de hecho, conformadas por personas del mismo sexo radicadas en entidades federativas en donde no existe al respecto legislación expresa?, ¿su unión constituye o no un concubinato? Sí a criterio de quien esto escribe pues mediante la jurisprudencia 43/2015, la scjn declaró inconstitucionalidad de las disposiciones estatales que definen el matrimonio como unión de hombre y mujer, bajo la ejecutoria del rubro: Matrimonio. La ley de cualquier entidad federativa que, por un lado, considere que la finalidad de aquél es la procreación y/o que lo defina como el que se celebra entre un hombre y una mujer, en inconstitucional. No está lejano el día que el tribunal garante de los Derechos Fundamentales, decrete inconstitucionales las disposiciones legales que definan o de cuya lectura, se entienda al concubinato como la unión de hecho de un hombre y una mujer.

Si bien es cierto en algunos estados de la República existen leyes o figuras legales que “protegen” las uniones homosexuales, como Coahuila con el Pacto Civil de Solidaridad, previsto en el artículo 385-1 o Campeche, con la ya indicada Ley Regulatoria de Sociedades Civiles de Convivencia, existen otros en los que ni el matrimonio ni el concubinato de este tipo se contemplan. Incluido aquí el estado de Hidalgo cuya Ley para la Familia establece en el artículo 143: “El concubina- Como colofón de todo lo anteriorto es la unión de un hombre y una mente plasmado, se pueden derivar mujer libres de matrimonio, que du- las siguientes conclusiones:

1. A raíz de la redefinición de

matrimonio, derivada de la reforma al artículo 146 al ccdf y de las múltiples resoluciones emitidas por la scjn, es claro que también se ha redefinido la concepción tradicional de familia y de concubinato, siendo por ende, este último, una forma, atípica, por al fin forma, de familia. 2. Como consecuencia de lo antes dicho, necesariamente tendrán que modificarse las leyes tanto locales como federales que hacen referencia a la familia nuclear como el único grupo primario, célula básica de la sociedad y forma “normal” de desarrollarse y crecer armónicamente; dejando entender al concubinato como la unión de facto de un hombre y una mujer y a los elementos materiales del mismo como concubinario y concubina. 3. No obstante la reforma al citado artículo 146, en cuanto a la definición de matrimonio, tal cuerpo de leyes sigue considerando al concubinato como la unión de hecho de una hombre y una mujer y así se aprecia claramente de una meridiana lectura que se haga de los numerales 291 Quintus y 1635 de dicho ordenamiento. 4. Negar la posibilidad del concubinato entre personas del mismo sexo es negar Derechos fundamentales contenidos en diversos ordenamientos legales tanto nacionales como supranacionales; por ejemplo, los consagrados en el artículo cuarto constitucional que tutela entre otras cosas el derecho de familia y la igualdad entre el hombre y la mujer, de lo que se deriva que si el varón y la mujer son iguales ante la ley, es legalmente equiparable un concubinato heterosexual a uno homosexual.

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ARTÍCULO | EL DERECHO HUMANO DE LA MATERNIDAD

El Derecho Humano de la Maternidad Lic. Alexandra Bermúdez Especialista en Medicina Reproductiva, Defensora de los Derechos Sexuales y Reproductivos. Lic. Natalia Rebollo Especialista en Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

E

entre el acceso a la información y el estén contempladas expresamente consentimiento informado de quie- en nuestro andamiaje constitucional, nes deciden someterse a algún pro- se desprenden directamente del decedimiento de reproducción asistida. recho a la vida privada y familiar, a la integridad y autonomía personal, Las implicaciones tienen un cúmulo salud sexual y reproductiva, y como de consecuencias médicas que deben parte esencial de la dignidad humana. ser tomadas con toda seriedad. Aunque la edad promedio de la meno- Se han presentado diversas iniciatipausia es de 49 años, en la literatura vas de ley para proteger derechos remédica se considera su inicio a partir productivos y la violencia obstétrica, de los 402. Lo anterior, implica que mismas que no han prosperado por el número de óvulos disminuye y su falta de voluntad política. Ante la aucalidad también, esto significa que la sencia de un marco legal en materia posibilidad de tener un bebé vivo y de derechos sexuales y reproductivos, sano disminuye considerablemente el planteamiento sobre cómo regular conforme aumenta la edad del óvu- sus bases éticas y legales se da cada lo. Existe también un incremento en día con mayor urgencia. Lo anterior, las complicaciones del embarazo –si porque al poco tiempo de documenes concebido en forma espontánea o tarse la tendencia de las parejas a asistida– (diabetes, hipertensión, pre- demorar el embarazo, se han tratado maturez, mayor índice de cesáreas), de implementar diversas técnicas de reproducción asistida con el fin de en mujeres mayores a los 35 años. compensar este impedimento biológico, como la transferencia de citoEn materia reproductiva, los estánda- Técnicas de Reproducción plasma, la donación de citoplasma y el res internacionales coinciden en que Asistida y Edad de la Mujer electro fusión. Aunque han mejorado el acceso a la información es un derecho fundamental para el libre y pleno Las técnicas de reproducción asisti- la posibilidad y calidad de embarazo, ejercicio de la procreación. Más allá da se, “ofrecen como un medio para diversos reportes coinciden en que del diálogo legal y jurisprudencial en ejercer el legítimo ejercicio del dere- el factor pronóstico más importante la materia, existe un estrecho vínculo cho a la reproducción”.3 Aunque no es la edad femenina.4 En otras palal derecho a la procreación se encuentra íntimamente relacionado con el libre desarrollo de la personalidad y el derecho a la salud, inclusive, de ejercer de forma positiva la libertad sexual. Más allá de las condiciones sociales que empujan o presionan a que las mujeres renuncien a ciertas esferas para ejercer la maternidad, compete a una cuestión de expectativa de género sobre su rol en la sociedad. Si bien debemos realizar responsablemente y con plena libertad la autodeterminación del cuerpo, las cifras sugieren que hoy el porcentaje de quienes son madres por primera vez después de los 30 años de edad, es 3 veces mayor que a principios de los 80s y del doble en aquellas mayores de 35.1 Pese a que esta tendencia es multifactorial, las mujeres parecen desestimar el efecto de la edad sobre su reproducción.

Baldwin WH, Nord CW. Delayed Childbearing in the U.S: Facts and Fictions. Popul Bull 1984;39:1-42 Simpson JL. Genetic Programming in ovarian development and oogenesis. Menopause:Biology and Pathology. Lobo Ra, Kelsey J, Marcus R, editors. Academic Press ;2000:77-94. 3 Comisión Interamericana de dh (cidh). Caso Artavia Murillo y otros (Fecundación in vitro) Vs. Costa Rica. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas Sentencia de 28 noviembre de 2012 Serie C No. 257 4 Zegers-Hochschild F, Juan Enrique Schwarze JE, Musri C, Crosby J, Schwarze K. Estado Actual de la Reproducción Asistida en Latinoamérica y el Mundo. www.redlara.com/PDF-RED/ 1

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ARTÍCULO

bras, independientemente de si se ha recurrido a estas técnicas ya sea por infertilidad o en busca de una donación de gametos (espermatozoides u óvulos), la edad del óvulo femenino es un determinante clave para el éxito del procedimiento. Por su lado, la vitrificación –un método relativamente nuevo de congelación–, ofrece una alternativa eficiente para congelar óvulos en mujeres que desean preservar su fertilidad.5 Sin embargo, existen aspectos controversiales al respecto como: costo, accesibilidad, necesidad de utilizar hormonas de estimulación ovárica, realizar fertilización in vitro una vez que la mujer decida utilizar sus óvulos preservados con la tasas de éxito reportadas para el procedimiento, posibilidad de que la mujer no los utilice y por tanto, haya sido un procedimiento infructuoso. A la fecha, se considera una técnica no

Ante la ausencia de un marco legal en materia de derechos sexuales y reproductivos, el planteamiento sobre cómo regular sus bases éticas y legales se da cada día con mayor urgencia. experimental, eficiente de preservar la fertilidad, ideal en mujeres que se encuentren alrededor de los 35 años6. Aunado a la problemática respecto a la edad de los óvulos, no existe todavía, ninguna regulación en el derecho doméstico que resuelva los conflictos legales que podrían suscitarse. Más allá de tratarse de la libertad sexual, del derecho a la reproducción o la salud genésica, debemos tener presente que la maternidad, “forma parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres,” 7 y de

ahí que se desprenda la autodeterminación reproductiva consagrada en el artículo 4 del texto constitucional. Sin embargo, hemos canalizado una enorme carga a las técnicas de reproducción asistida cuando la maternidad se ejerce de manera tardía. Su replanteamiento va más allá del evidente respeto y la garantía que implica el ejercicio del derecho a la reproducción de las personas. Se encuentra íntimamente relacionado con que la propia autodeterminación en materia reproductiva se difiera sin tomar en

Cobo A, Diaz C. Clinical application of Oocyte Vitrification: a systematic review and meta-analysis of randomized controlled trials. Fertil Steril 2011. Kuwayama M, Vajta G, Kato O, Leibo SP. Highly Efficient Vitrification Method for Cryopreservation of Human Oocytes. Reprod Biomed Online 2005. 6 Oktay K, Cil AP, Bang H. Efficiency of Oocyte Cryopreservation: a meta-analysis. Fertil Steril 2006;86:70–80, Donnez J, Kim SS. Principles and Practice for Fertility Preservation. 2011, Cambridge University Press. 7 CIDH, Caso Gelman Vs. Uruguay. Fondo y Reparaciones. Sentencia de 24 de febrero de 2011 Serie C No. 221. 5

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ARTÍCULO | EL DERECHO HUMANO DE LA MATERNIDAD

se utilizan óvulos de edad avanzada. La responsabilidad es encontrar regulaciones legales, éticas, médicas y sociales respecto a la donación de óvulos, la congelación de éstos mediante vitrificación y demás cuestiones que han sido ya planteadas en diversas cortes internacionales8 y legislación en otros países.9

consideración las consecuencias médicas que esto conlleva. No obstante lo anterior, y como parte de un derecho, los profesionales de la salud se encuentran obligados a brindar información oportuna, completa, accesible, fidedigna y oficiosa respecto a toda decisión reproductiva. Cuestión que, muchas instituciones médicas omiten ofrecer cuando se decide ejercer el derecho a este tipo de reproducción. Sobre este tema, la cidh estableció que el principio de máxima divulgación ordena diseñar un régimen jurídico en el que la transparencia y el derecho de acceso a la información sean la regla general sometida a estrictas y limitadas excepciones. Necesidad de Replantear la Maternidad

Debemos, desde luego, replantearnos la maternidad, pues el efecto negativo de la edad de la mujer sobre su fertilidad y su potencial reproductivo es una realidad. Aunado a que la posibi-

En México nos encontramos lejos de tener un debate serio respecto a la libertad sexual, el derecho a la procreación, la regulación de las técnicas de reproducción asistida, y maternidad subrogada.

Es importante mencionar que los conflictos respecto a los derechos reproductivos son más evidentes, al no existir instrumentos en la región que den solución, ni mecanismos adecuados para su defensa. “Los diferentes tratados internacionales son la base para el reconocimiento y protección de los derechos reproductivos de las mujeres, los cuales parten de la protección a otros derechos fundamentales como la vida, salud, igualdad y no discriminación, la libertad, la integridad personal, y el estar libre de violencia.” 10 Dada la existencia de un nuevo paradigma constitucional a los Derechos Humanos (dh), podríamos utilizar los escasos precedentes para dotar el núcleo esencial de los derechos reproductivos. Sin embargo, en México nos encontramos lejos de tener un debate serio respecto a la libertad sexual, el derecho a la procreación, la regulación de las técnicas de reproducción asistida, y maternidad subrogada. No existe legislación Federal alguna que regule la gestación subrogada, salvo algunos Códigos Civiles estatales que únicamente mencionan la posibilidad de hacerse vía filiación.

Recordemos que la infertilidad es considerada como una enfermedad lidad de aplicar técnicas de reproduc- que compromete el derecho a la sación asistida brinda una oportunidad lud de las mujeres, y al día de hoy, cuyo éxito en forma global es limitado no se ha logrado el reconocimiento y se encuentra condicionado cuando legislativo de aquellos procedimien-

CIDH Caso Artavia Murillo (Fecundación In Vitro) vs. Costa Rica. Fondo, Reparaciones y Costas. Recientemente en Costa Rica, cumpliendo la Sentencia de la CIDH, se emitió normatividad relativa a técnicas de reproducción asistida de Fundación in vitro y transferencia embrionaria. 10 Corte Constitucional de Colombia. Sentencia C-355/2006, 10 de mayo de 2006. 8 9

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ARTÍCULO

Se han presentado diversas iniciativas de ley para proteger derechos reproductivos y la violencia obstétrica, mismas que no han prosperado por falta de voluntad política.

tos médicos para que respeten y garanticen el derecho a la salud en esta dimensión. El paulatino desarrollo jurídico y político respecto a los derechos sexuales y reproductivos no han sido abordados vía judicial y legislativa con entera seriedad en nuestro país. Es momento de acompañar a la igualdad de género y no discriminación, de políticas públicas para garantizar el acceso de las parejas a mecanismos de reproduc- para que las mujeres adopten deción asistida y abordar el tema de cisiones libres, fundamentadas y forma expansiva. responsables en materia de reproducción, incluyendo la planificaLa obligación de información, de ción familiar.” 11 educación en sexualidad y reproducción, resultan fundamentales Es oportuno, entonces, replantearpara lograr la salud materna. “El nos la maternidad y los derechos derecho a la integridad de las mu- que de ésta derivan. La decisión de jeres en condiciones de igualdad se ser madre o padre forma parte del materializa a través de la provi- Proyecto de Vida de las personas y el sión de información y educación derecho a la vida privada que, “inclu-

ye la forma en que el individuo se ve a sí mismo, cómo decide proyectarse hacia los demás y es una condición indispensable para el libre desarrollo de la personalidad.” 12 Los derechos reproductivos de las personas merecen ser vistos desde ya, a la luz de los textos legales que respeten y garanticen su contenido esencial, con protocolos inclusivos que regulen estas prácticas y nuevas técnicas de reproducción.

CIDH, Acceso a la Información en Materia Reproductiva desde una Perspectiva de Derechos Humanos, 22 de noviembre, 2011. Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso Artavia Murillo (Fecundación In Vitro) vs. Costa Rica. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 noviembre de 2012 Serie C No. 257.

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EVENTO | 5 MIL ABOGADOS POR MÉXICO

Lic. Gustavo Escalante Patiño, Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Lic. Xavier F. Gómez Coronel Yslas, Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Dr. Rodolfo Ríos Garza, Dr. Manuel Granados Covarrubias y Dr. Flavio Galván Rivera.

5 Mil Abogados por México: Barra Nacional de Abogados

L

la Suprema Corte de Justicia de la Nación; Dr. Eduardo López Betancourt, Presidente del Consejo Consultivo de la bna; Dr. Flavio Galván Rivera, Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del pjf; Dr. Rodolfo Ríos Garza, Procurador General de Justicia del d.f.; Dr. Miguel Carbonell, académico e investigador de la unam; Lic. Gustavo Escalante Patiño, Rector de la fdbna; Ministro Arturo Serrano Robles, Consejero y Miembro Distinguido de la bna; Dra. María Leoba Castañeda Rivas, Directora de la Facultad de Encabezaron el evento el miércoles Derecho de la unam; Dr. Bernardo 28 de octubre, el Lic. Xavier F. Gó- Espino del Castillo Barrón, Director mez Coronel Yslas, Presidente de General de Profesiones de la sep; la Barra Nacional de Abogados y el General y Doctor Rafael Macedo de Jefe de Gobierno del Distrito Federal, la Concha, Ex Procurador General Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa; de la República, así como Consejero quienes estuvieron acompañados en y Miembro Distinguido de la bna; el Presidium por: Ministro Alfredo Dr. Manuel Granados Covarrubias, Gutiérrez Ortiz Mena, Ministro de Consejero Jurídico y de Servicios

a Barra Nacional de Abogados a. c., llevó a cabo el Desayuno de la Unidad “5 mil abogados por México”. En el evento se dieron cita en el wtc Ciudad de México, Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistrados y Jueces, Notarios Públicos, Embajadores, Consejeros y Miembros Distinguidos de la Barra Nacional de Abogados (bna), así como catedráticos, alumnos y egresados de la Facultad de Derecho de la Barra Nacional de Abogados (fdbna).

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Legales del Gobierno del d.f.; Dra. Julieta Morales Sánchez, Directora del Centro Nacional de Derechos Humanos; Lic. Madeleine Gómez Coronel Yslas, Directora Ejecutiva de la fdbna; Dr. Sinuhé Reyes Sánchez, Abogado General de la bna; Mtro. Mariano Gómez Hernández, Presidente de Relaciones Institucionales de la bna; Mtra. María del Carmen Padrón Alvarado, Vice Rectora de la fdbna; Mtra. Luz Marina San Vicente Rodríguez, Directora de la fdbna; Mtra. Leticia Castro Medina, Directora de la División de Estudios de Posgrado de la fdbna; Mtro. Jorge Ricardo García Villalobos Haddad, Presidente del Consejo Nacional de la Abogacía; Lic. Roberto Flores de la Rosa, Presidente del Capítulo Mexicano de la Federación Interamericana de Abogados fia; Dr. Elías Huerta Psihas, Presidente de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho; Lic. Rufino H León Tovar, Presidente Nacional Ejecutivo de la Asociación Interdiciplinaria de Juristas de México; Dr. Miguel Arroyo Ramírez, Presidente de la Federación Nacional de la Abogacía Liberal; así como de los Consejeros y Miembros distinguidos de la bna: Juez Federal en los eua Manuel Barbosa Cedi-


EVENTO

el reclamo de justicia por parte de la sociedad hoy en día, coincidente con los principios de inclusión de la bna. De igual forma describió la convocatoria de la bna esa mañana como espléndida e histórica. Concluyó su mensaje señalando que dadas las más de 600 enmiendas que contiene nuestro texto constitucional, requiere ser analizado con todo cuidado, por eso catalogó a En su mensaje el Jefe de Gobierno dicho día como el día del compromiso del Distrito Federal, Dr. Miguel Ángel para que la Constitución alcance ser el Mancera Espinosa, destacó la impor- mando protector de la nación como le tante convocatoria de la Barra Nacio- corresponde. Así mismo señaló “tenenal de Abogados para lograr el aforo mos que recordar hoy y siempre la fide más de 5 mil abogados reunidos gura de Xavier Gómez Coronel, haciendicha mañana. De igual forma refirió do de la bna una institución ejemplar”, la importancia de la unidad gremial recordando así al fundador tanto de la de la abogacía, misma que señaló es Barra Nacional de Abogados, como de necesaria para la correcta implemen- su Facultad de Derecho. tación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en la Ciudad de México. Asimismo, la Lic. Madeleine Gómez Coronel Yslas, dio la más cordial Por su parte el Lic. Gustavo Escalan- bienvenida al cuerpo diplomático te Patiño, Rector de la Facultad de acreditado en nuestro país, de más Derecho de la bna dio a conocer los de 20 naciones hermanas que se diesiguientes datos: al 16 de octubre de ron cita en el evento. 2015 se han titulado más de mil 500 licenciados en Derecho, graduado Por su parte el Dr. Miguel Carbonell, más de mil Maestros en Derecho, académico e investigador de la unam, y 4 Doctores en Derecho. De igual enfatizó “la pertinencia, la oportuniforma el Claustro de Catedráticos dad e incluso la urgencia de celebrar se encuentra integrado por más de el centenario de la Constitución de 220 abogados, licenciados, maestros 1917”, avalando su dicho con datos y doctores, especialistas cada uno de basados en el resultado de encuestas ellos en su materia, de los cuales más y estudios estadísticos que reflejan el de 60 son egresados orgullosamente bajo porcentaje de la población que de algún programa de la misma Fa- considera que se cumple la Consticultad de Derecho de la bna. Así mis- tución y por supuesto al profundo mo, resaltó la oferta educativa con la desconocimiento de la Carta Magna que cuenta la Facultad de Derecho de la bna en la actualidad: Licenciatura en Derecho, Maestría en Derecho Administrativo y Fiscal, Maestría en Derecho Constitucional y Amparo, Maestría en Ciencias Penales y Criminalística, Maestría en Derecho Laboral y de la Seguridad Social, así como Doctorado en Derecho. llo, Dr. Carlos Francisco Quintana Roldán, Mtro. Roberto Femat Ramírez, Lic. Everardo Moreno Cruz, Lic. Eduardo Santillán Pérez, Lic. Lorena Becerra Becerril, Dr. Juan Francisco Solorio Cardiel, Lic. Juan Manuel Rubiell Lozano, Lic. Tomás Caparroso Franco, Lic. Simón Vargas Aguilar, Lic. Juan Rivero Legarreta.

En su momento en Dr. Eduardo López Betancourt, Presidente del Consejo Consultivo de la bna resaltó el principio de unidad bajo el cual se llevó a cabo dicho evento, así como enfatizar

Dr. Miguel Carbonell

e incluso poco interés por los temas públicos en general; por lo anterior urgió a impulsar el conocimiento del texto constitucional, catalogándolo como un “llamado histórico y generacional que tenemos en este centenario constitucional”. Igualmente destacó la presencia de los Consejeros y Miembros distinguidos de la Barra Nacional de Abogados: Dra. Consuelo Sirvent Gutiérrez, Dr. Marco Antonio Pérez de los Reyes, Dr. Jesús Parets Gómez, Magistrado Antonio Muñozcano Eternod, así como de la Lic. Itzia Sánchez Cervantes, Directora Administrativa de la fdbna; Dr. Abdalá Haim

Familia Gómez Coronel Yslas

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EVENTO | 5 MIL ABOGADOS POR MÉXICO

Lic. Everardo Moreno Cruz, Dr. Carlos Francisco Quintana Roldán y Dr. Bernardo Espino del Castillo Barrón

La unidad gremial de la abogacía es necesaria para la correcta implementación del Sistema de Justicia Penal Acusatorio en la CDMX: MAM

Gral. Rafael Macedo de la Concha y Dr. Eduardo López Betancourt

Castro González, Director del Periódico Jurídico Jus – Semper; y Mtra. Georgina Arjona López, Directora Académica de la fdbna. Durante su mensaje el Lic. Xavier F. Gómez Coronel Yslas, Presidente de la Barra Nacional de Abogados, dio la bienvenida a los más de 5 mil abogados que se dieron cita en el evento.

Se contó con la asistencia de más de 5 mil abogados.

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Puntualizó la seriedad, responsabilidad, profesionalismo y dinamismo de la bna que ha logrado ganar la confianza del gremio jurídico y de la sociedad mexicana en su conjunto. El Lic. Gómez Coronel Yslas, reconoció la labor de los miembros del Consejo Directivo, del personal administrativo y de los miembros en general de la Barra Nacional de Abogados, así como la asistencia de los directivos, catedráticos, alumnos y egresados de la Facultad de Derecho de la bna. Señaló que los abogados unidos deben ser quienes aporten las soluciones a los problemas que aquejan al país, “los abogados debemos unirnos y juntos aportar soluciones viables a este

país al que le debemos tanto y hoy nos pide que le paguemos, a casi 100 años de la promulgación de nuestra Constitución Federal tenemos que levantar a México, ya que mucho reclamamos de esta patria y hoy es nuestra patria la que reclama de nosotros”. Felicitó en particular a las mujeres abogadas presentes, señalando que son ellas quienes tienen en las manos la capacidad de sacar adelante esta nación y ponerla en los primeros lugares del mundo. Finalizó reiterando la importancia de la unidad y solidaridad del gremio de los abogados para recuperar el imperio de la ley. Al finalizar el evento, los más de 5 mil asistentes entonaron las gloriosas estrofas del himno nacional mexicano.


EVENTO

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COLUMNA | FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

2016: ¿Año de la Propiedad Intelectual? Mtro. Agustín Ríos Aguilar Especialista en Derecho Informático y Propiedad Intelectual.

A

ntes que nada, deseo que este año que recién comienza esté colmado de salud y bendiciones, pues lo demás se puede dar por añadidura con un buen toque de voluntad.

propicio, sugieren, a propósito de la inminente aunque todavía no oficial, adhesión de México al Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica conocido como “tpp”, (por sus siglas en inglés).

Entrando en materia. Hacia finales del año pasado, específicamente el 8 de diciembre de 2015, se llevó a cabo un evento auspiciado por la Procuraduría General de la República denominado: “Foro Nacional para el Fortalecimiento de la Propiedad Intelectual” que congregó a la propia Procuradora, Mtra. Arely Gómez González, así como al titular de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales, al Titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, el Coordinador de Observancia de la Propiedad Intelectual de la Oficina Ejecutiva del Presidente de los Estados Unidos de América, el Director del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, el Director General del Instituto Nacional del Derecho de Autor, Jueces, Magistrados, Diputados, Senadores y abogados postulantes, entre otros. Pesos pesados pues.

En ese sentido, no es gratuito afirmar que cualquier legislación es susceptible de perfeccionarse, incluso a partir del instante mismo que es promulgada y entra en vigor pues la vida misma va evolucionando. Sin embargo, a riesgo de equivocarme, me parece que lo que realmente hace falta es aplicar la ley y que poco a poco el sistema judicial –me refiero a las sentencias que vayan pronunciando nuestros más altos Tribunales- vaya moldeando y coadyuvando a “modernizar” el embalaje jurídico nacional en materia de propiedad intelectual, reforzado con 3 ingredientes adicionales, a saber: (i) mayor capacitación en materia de Propiedad Intelectual y materias afines a Jueces y Magistrados, así como a autoridades administrativas y ministerios públicos; (ii) uso de tecnologías de información y comunicación por parte de las autoridades competentes en la referida materia; y (iii) mayor cultura en materia de la Propiedad Intelectual.

Un evento que dejó me parece, una moraleja contundente – se comparta Me explico usando ejemplos para mao no-: se debe actualizar el marco le- yor comprensión de los ingredientes a gal de la propiedad intelectual –lato que me refiero con antelación: sensu-. Dicen los expertos que no ha habido una reforma de gran calado I. Mayor capacitación: es indudaen los últimos 20 años aproximable que dado el carácter técnico damente y podría ser el momento de la materia, es necesario que

66 | Foro Jurídico Enero 2016

se capacite a jueces, magistrados, ministerios públicos, etc., pues ello redundará en una impartición de justicia de calidad y con precedentes de avanzada no sólo en México, sino en el ámbito mundial. Y no me refiero a un “cursito sobre lo que son las marcas” sino a una capacitación técnica adecuada que eleve el nivel de entendimiento en la materia y cómo se relaciona ésta con otras, por ejemplo: telecomunicaciones. ¿Cómo funciona la internet en México? ¿Qué actores participan y qué capas se requieren para gozar de ella? Entendiendo eso, las autoridades darán más sentido y sustento a sus oficios, resoluciones, requerimientos, sentencias, etc. II. Uso de tecnologías de información y comunicación: de qué sirve –me pregunto- ¿tener una legislación de avanzada, de referencia mundial si su aplicación se hace con instrumentos arcaicos? ¿Por qué no se permite la presentación de una solicitud de procedimiento de avenencia por medios electrónicos? ¿Por qué no se puede presentar una solicitud de registro de obra de diseño gráfico o de software por medios electrónicos máxime que los soportes materiales en los que están fijadas están en esos ambientes? ¿Por qué no se permite la presentación de una denuncia penal con firma electrónica avanzada emitida por


COLUMNA

un prestador de servicios de certificación y con ello su ratificación electrónica? Es decir, si sólo queremos “leyes modernas” y un “nuevo engranaje jurídico en la propiedad intelectual” y no va acompañada de una administración con herramientas de avanzada, entonces es una vacilada, pues es más costosa e ineficiente. De eso curiosamente no se habla, siendo que realmente se haría una referencia a nivel mundial. Me parece que es porque no se entiende, pues sólo desde el punto de vista de costos permite ahorros, es transparente, fiscalizable, etc. III. Mayor cultura: como sociedad debemos entender que la propiedad intelectual es más allá que unos tenis piratas –sin menospreciar ese efecto y el daño que produce cualquier producto apócrifo-, pues puede resultar muy benéfico: el registrar nuestras marcas, proteger nuestros nombres de dominio, firmar contratos laborales con cláusulas de propiedad intelectual y confidencialidad, patentar, etc. Tiene que ver con usar más inteligentemente esta materia que tanto da. Como se puede observar, estos ingredientes son fundamentales tanto o mas que una “reforma de gran calado” a la legislación sustantiva. Y se quiera hacer caso o no de lo mencionado, la materia se sigue moviendo y éste recién comenzado 2016 da varias señales en ese sentido, toda vez que: a. Es muy probable que se apruebe

la creación de la nueva Secretaría de Cultura, que absorberá al Instituto Nacional del Derecho de Autor; b. El pasado 8 de diciembre de 2015, se aprobaron las reformas a la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos; esta últimas prevé al efecto lo siguiente:

Lo que hace falta es aplicar la ley y que poco a poco el sistema judicial vaya moldeando y coadyuvando a “modernizar” el embalaje jurídico nacional en materia de PI. Los servidores públicos de las instituciones de educación, los Centros y las entidades de la Administración Pública Federal a que se refiere el artículo 51 de la Ley de Ciencia y Tecnología, que realicen actividades de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación podrán realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado y social, y recibir beneficios. Dichas actividades serán, además de las previstas en el citado artículo, la participación de investigación científica y desarrollo tecnológico con terceros; transferencia de conocimiento; licenciamientos; participación como socios accionistas de empresas privadas de base tecnológica o como colaboradores o beneficiarios en actividades con fines de lucro derivadas de cualquier figura de propiedad intelectual perteneciente a la propia institución, centro o entidad, según corresponda. Es muy probable que se apruebe la creación de la nueva Secretaría de Cultura, que absorberá al Instituto Nacional del Derecho de Autor; y

c. El pasado 14 de diciembre de

2015, el Senado de la República aprobó reformas a la Ley de la Propiedad Industrial, por virtud de las cuales se gesta un “sistema de oposición” a las solicitudes de registro de marca, cuya iniciativa fue presentada por el Senador Héctor Larios del Partido Acción Nacional. De acuerdo con la iniciativa (cito) “con este Sistema, el Instituto (sic) Mexicano de la Propiedad Industrial evaluará de mejor manera la registrabilidad de un signo distintivo, los presente y con ello evitar la expedición de títulos que podrían invadir un derecho previamente concedido o, en su caso, sustraer del dominio público denominaciones comunes en una industria determinada”. Así que como se ve, el 2016 será un año en el que habrá movimiento y evolución de la Propiedad Intelectual. Esperemos que para bien. Será pues el 2016: ¿el año de la Propiedad Intelectual? Lo veremos.

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COLUMNA | EN LA MIRA

Los Costos de la Corrupción Sólo en 2010 se destinaron más de 32 mil millones de pesos en “mordidas”, identificándose como consecuencia de 200 millones de actos de corrupción.

Dr. José Fernández de Cevallos y Torres

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La corrupción produce un abanico tan amplio de efectos adversos, que van desde las distorsiones en el mercado, a la evasión o defraudación fiscal, pasando por «leyes» con nombre propio, así como dilaciones procesales, y adquisiciones sobre o subvaluadas. En el planteamiento del problema, no podemos olvidar que afecta también al sector privado, la cual repercute directamente en la esfera pública, al distorsionar Aproximadamente hasta finales de la los ingresos del Estado y en consedécada de los 80’s, antes de que cobrase conciencia sobre la nocividad La concepción ha cambiado y las cuencia su presupuesto de egresos; y de la corrupción, se llegó a sostener rigideces que se suponía que la co- lo más alarmante, genera mayor coque en sistemas económicos en exce- rrupción relajaba, hoy se conside- rrupción en el aparato público para so rígidos, en donde el Estado juega ran como consecuencias propias del favorecer intereses particulares, es un papel determinante en la produc- sistema, frecuentemente creadas o decir, la corrupción genera más coción distribución y consumo de bie- fomentadas en forma explícita para rrupción. Así, son diversos los rubros nes y servicios, tal como sucede en los que ciertos funcionarios generen o donde produce sus efectos negativos: países en desarrollo, la corrupción fomenten la obtención de sobornos, en un Estado de Derecho, es ilegal y podía tener el efecto de un lubricante con el propósito de remover los configura conductas delictivas; para para la maquinaria estatal1. Se consi- obstáculos que ellos mismos han la economía distorsiona el mercado, deraba que el pago de sobornos ayu- creado. Así, aquella visión de la co- afecta la productividad, frena el dedaría a remover los obstáculos para rrupción, que la consideraba como sarrollo e inhibe la inversión de cala inversión y para otras iniciativas un factor benéfico en los procesos pitales; en la democracia, perjudica económicas, ya que las empresas más económicos, se encuentra al día de la gobernabilidad, por el descrédito rentables podrían cohechar a los fun- hoy en descrédito y es generalizada del corrupto y por los vacíos de poder. cionarios encargados de dar los per- la opinión de considerarla un factor misos correspondientes, obteniendo de riesgo que incide no sólo en la Hoy, no cabe duda de que la corrupasí las autorizaciones y licencias ne- economía de los Estados, sino que ción produce efectos en extremo cesarias para efectuar sus inversiones atenta contra los principios liberta- perjudiciales, y en el caso concreto de México, Transparencia Mexicana y desarrollar su actividad2. Por otro rios de la democracia. a Asamblea General de Naciones Unidas, desde el año 2003 –en el marco de la firma de la Convención de Mérida contra la corrupción-, ha señalado el 9 de diciembre como el Día Internacional del Combate a la Corrupción. A propósito de esa fecha, conviene hacer un análisis de cómo es que se ha entendido este fenómeno.

lado, se consideró que la «mordida» o «coima», además de acelerar los trámites administrativos, actuaba como un suplemento del salario de los funcionarios públicos, lo cual redundaría en mayor fuente de empleo por parte del Estado sin la necesidad de aumentar los impuestos, o incluso disminuyéndolos, ya que los gobiernos no se verían obligados a destinar parte de su presupuesto en la contratación de nuevos funcionarios3.

TANZI, V.: “La corrupción y la actividad económica”, en SOLIMANO, A. / TANZI, V. / DEL SOLAR, F.: Las termitas del estado, ensayos sobre corrupción transparencia y desarrollo, Fondo de Cultura Económica, México, 2008. 27 2 MURIEL PATIÑO, M. V.: “Aproximación macroeconómica al fenómeno de la corrupción”, en RODRÍGUEZ GARCÍA, N. / FABIÁN CAPARRÓS, E. A. (coords): La corrupción en un mundo globalizado: análisis interdisciplinar, Ratio Legis, Salamanca, 2004. p.32. 3 TANZI, V.: “La corrupción y la actividad económica”… op. cit., p. 27 1

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COLUMNA

(tm) a través de su Índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno (incbg), analiza la incidencia de en 35 servicios públicos prestados tanto por autoridades federales, estatales y municipales, como por particulares concesionarios o administradores de los mismos. Se trata de un amplio grupo de servicios públicos que van desde la inscripción en escuelas oficiales, obtención de actas, licencias o permisos, hasta el acceso a la salud pública en caso de urgencia o la presentación de denuncias ante el Ministerio Público. Los resultados aportados por tm son alarmantes, sólo en 2010 para acceder o facilitar los trámites y servicios públicos analizados, se destinaron más de 32 mil millones de pesos en “mordidas”, identificándose como consecuencia de los mismas 200 millones de actos de corrupción. En promedio, los hogares mexicanos destinaron 14% de su ingreso en esta tramitología de los servicios, siendo los más afectados los hogares con ingresos menores a un salario mínimo, a los cuales les representó un perjuicio en el 33% de su ingreso4. Incluso se estima que tiene un costo equivalente a 4 puntos porcentuales del Producto Interno Bruto (pib), es decir, unos 740 mil millones de pesos5, casi el doble de lo que actualmente se asigna a salud o a educación.

Es un acierto crear el marco institucional para hacer frente a la corrupción, que aqueja al país, pero, es fundamental en su combate, la reestructuración del tejido social tan ampliamente dañado.

responsabilidades serias de los servidores públicos, dan los factores necesarios para que se convierta en una práctica que además, tienda a crecer.

En mi opinión, para combatir eficazmente este problema, proyectando resultados adecuados y sostenibles a futuro, la meta principal del sna debe ser la prevención y no la repreEste fenómeno es tan grave para el sión. Desde luego que será necesapaís que desde mayo de 2015 se con- rio aplicar sanciones, mandando el cretó la reforma constitucional que mensaje claro y decidido de que el crea el llamado Sistema Nacional An- corrupto no quedará impune. Las Por otro lado, Transparencia Interna- ticorrupción (sna), del cual se prevé medidas preventivas, deben estruccional (ti) en su Índice de Percepción que funcionará plenamente a media- turarse sobre la base del tejido sode la Corrupción 2014, coloca a Mé- dos de este año 2016, una vez que se cial que se ha visto tan gravemente xico en el lugar 103 de 175 países, con hayan creado y modificado las leyes afectado por éste fenómeno, propiuna vergonzosa calificación reproba- necesarias para su funcionamiento. ciando que tanto en la administratoria de 35 puntos sobre 100, situán- Desde luego que es un acierto que ción como en la ciudadanía, es decir, dolo como uno de los más corruptos exista la voluntad política y se cree el en la sociedad mexicana, opere un en la región6. Para enfrentar ese fla- marco institucional para hacer frente cambio de paradigma por el cual lo gelo, debemos entender que las con- a esta problemática que aqueja al país, que impere, sea la indignación y el diciones propias del sistema, son las pero, además, considero fundamental repudio a todo acto de corrupción, que permiten que sea una actividad en su combate, la reestructuración del con la finalidad de que lleguemos al tan lucrativa, ya que por la opacidad, tejido social tan ampliamente dañado punto de que el castigo, se convierta en la excepción. el exceso de tramitologías y la falta de por los actos corruptos.

http://www.tm.org.mx/wp-content/uploads/2011/05/INFORME_EJECUTIVO_INCBG2010.pdf http://www.sdpnoticias.com/nacional/2015/10/27/corrupcion-cuesta-al-ano-740-mmdp-en-mexico 6 http://www.tm.org.mx/mexico-estancado-en-la-corrupcion/ 4 5

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COLUMNA | EFEMÉRIDES

Efemérides de Enero

27 de enero Día Internacional de Conmemoración en Memoria de las Víctimas del Holocausto

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n enero conmemoramos una de las fechas más trascendentales que dieron origen y fortaleza a los Derechos Humanos, el Día Internacional de Conmemoración en Memoria de las Víctimas del Holocausto. En su resolución 60/7, la Asamblea General de las Naciones Unidas condena sin reservas todas las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades basadas en el origen étnico o las creencias religiosas, dondequiera que tengan lugar. En Foro Jurídico, presentamos una entrevista con el la Lic. Mily Cohen, vicepresidenta y cofundadora del Museo Memoria y Tolerancia y Lic. Adán B. García, Director del Área Académica del Museo, para abordar el tema y su significado; presentamos a nuestro lectores continuación la parte sustantiva. Lic. Mily Cohen Lic. Adán B. García

¿Qué es el Día Internacional de Conmemoración en Memoria de la Víctimas del Holocausto? En Europa, en pleno siglo xx, en la Alemania nazi, este régimen decidió, a través de algunas de las mentes más educadas de la época que, siguiendo una tendencia de darwinismo social había seres humanos que no merecían vivir. Entre ellos, por ejemplo, personas con alguna discapacidad, hombres, mujeres y niños. Entre ellos, por ejemplo, personas con alguna discapacidad, hombres, mujeres y niños. Pero también que había razas en el Mundo y que una estaba por sobre todas: la aria; mientras otras ni siquiera debería

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ser considerada como humana, los judíos. La indiferencia pavimentó el camino hacia el asesinato de millones de seres humanos inocentes. De esta manera sucedió que en una sociedad considerada la cuna de la civilización, amante del arte y la cultura se aceptaran las teorías raciales y el asesinato de los que fueran considerados inferiores a la raza aria. Aunque tocar todas las aristas del Holocausto es imposible, esperamos con lo anterior haber dado un esbozo para que entendamos porque la relevancia de tener un Día Internacional de Conmemoración en Memoria de las Víctimas del Holocausto. La intención de destruir a una persona por el solo hecho de ser o existir y la necesidad de que nunca más se repita es una realidad. Pero, esta frase, esta promesa, “Nunca más”, aún está lejos de cumplirse. Una manera de caminar hacia ella es conmemorando lo sucedido, pero no como un simple ejercicio de recordar sino de actuar en favor de los Derechos Humanos (dh). Es también un día para hacernos conscientes de que las manifestaciones de intolerancia religiosa, incitación, acoso o violencia contra personas o comunidades basadas en el origen étnico religioso o nacional, pueden tener lugar y que solo el conocer ese pasado incómodo y doloroso para utilizarlo como una manera de aprender, puede defendernos, como humanidad entera, de que vuelva a suceder.

aprendizaje que nos toca a todo el Mundo conocer y aprender. La importancia de rememorar y visibilizar, que sucede en un día como este radica en que, al hacerlo, la Comunidad Internacional reconoce un acontecimiento sobre el que en el momento se acalló y no se admitió. Cuando generas un ejercicio como este y reflexionas sobre la posibilidad de que quizá hubiéramos sido capaz de detener este suceso si lo hubiéramos reconocido como Comunidad Internacional en el momento necesario y lo transfieres a la actualidad, te hace pensar en qué postura tomar ante lo que puede significar hoy la persecución de yazidíes en Siria o de rohingyas en Burma, ¿nos callamos? ¿lo dejamos suceder?, o decimos y hacemos algo, denunciamos, presionamos a nuestros gobiernos, lo visibilizamos y forzamos a la acción a aquellos que permanecen indiferentes.

Ahora en términos legales, frente a lo sucedido en 1933-1945 en la Europa ocupada por el régimen nazi, una de las reacciones fue nombrar al crimen cometido en términos del intento de destrucción de la población judía. Ese crimen fue nombrado genocidio, que implica en términos lingüísticos el asesinato o muerte de un pueblo, que fue trasladado como grupos nacionales, étnicos, raciales o religiosos. Además, se promovió que fuera un crimen internacional y que la Comunidad Internacional fuera ¿Qué implicaciones tiene para la vinculada a prevenirlo y castigarlo. Esto se derivó del acuerdo en la nacomunidad internacional? ciente Organización de las Naciones Las lecciones del Holocausto no Unidas (onu) al aceptar en 1948 la están limitadas a una nacionalidad, Convención para la Prevención y la etnia, religión, raza o a la población Sanción del Crimen de Genocidio judía, sino que forman parte de un (cpscg).


COLUMNA

Otro de los pilares que fueron construidos como un parteaguas y que tienen relación con el Holocausto es la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por resolución de la Asamblea General de la onu un día después de la cpscg. Es decir, un precedente de derecho que prevenía y castigaba algo que tenía vasos comunicantes con el Holocausto, en buena medida a raíz del cual se definió el crimen de genocidio, y, un precedente que apuntaba a un horizonte de sentido donde el respeto y la promoción de los Derechos Humanos (dh) se volviera parte de la política de los Estados parte de la onu.

¿Cómo se relaciona la conmemoración de este día con el tema de los Derechos Humanos? El Holocausto fue una negación masiva de dh básicos o de primera generación. Con esto nos referimos a de- Lo que tratamos de lograr es que y finalmente proponer la educación rechos con los que nacemos y que el podamos cumplir con la idea que en Derechos Humanos y crear resEstado tiene la obligación de garanti- “Nunca más” vuelva a vivir el ser hu- ponsabilidad, respeto y conciencia zar, por ejemplo, el derecho a la vida, mano algo como el Holocausto y en en cada individuo que derive en la acel derecho a la libertad personal, el esa idea avanzamos en educar a las ción social. Durante el mes de enero, derecho a la libertad de consciencia generaciones actuales y futuras para tendremos la visita de dos de los soy religión, solo por nombrar algunos que ellos se vuelvan seres informa- brevivientes para que dialoguen con de los más visibles. Pero no es una dos, conocedores de sus derechos y nuestros guías y puedan transmitir cuestión de un ejercicio de memoria, siempre comprometidos en la tole- de viva voz su experiencia y su sentir sino un evento de reconocimiento, rancia activa. Somos también guar- en torno a lo que vivieron durante el de conmemoración y de educación dianes de historias y de objetos que Holocausto y sus reflexiones sobre narran lo ocurrido. El museo tiene cómo darle sentido a la vida después de las futuras generaciones. como parte de su labor preservar la de sobrevivir a una de la peores traEl Museo Memoria y Tolerancia memoria, darle un giro pedagógico gedias de la humanidad. (MyT) tiene en buena medida una labor de educación sobre el Holocausto Enero y todos los días conmemoramos a las víctimas. Les damos un lugar importante en la narración y el discurso del Museo, puesto que solo alguien que vivió el suceso puede contarlo en primera persona. También le otorgamos Otras fechas importantes que se celebran en enero un lugar importante a las nuevas ge1 de enero neraciones, para que puedan comAniversario de la Fundación de Tenochtitlán prender ese pasado y utilizarlo para construir un mejor futuro. En buena 7 de enero medida somos un puente entre esos Matanza de los Obreros Huelguistas en Río Blanco testimonios de las personas que los 27 de enero vivieron y de aquellos que quisiéraDía Internacional de Conmemoración en mos que nunca lo vivan.

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Memoria de las Víctimas del Holocausto

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COLUMNA | LA MÁQUINA DEL TIEMPO MUSICAL

La Máquina del Tiempo Musical y el Holocausto El partido nazi sabía del impacto de la música en la sociedad, y desde sus inicios, la utilizó para realizar publicidad e influenciar a las multitudes. Lic. Jesús A. Aquino Rubio

“¿Cómo se llora a seis millones de muertos? ¿Cuántas velas se encienden? ¿Cuántas plegarias se oran? ¿Sabemos cómo recordar a las víctimas, su soledad, su impotencia? Nos dejaron sin dejar rastro, y nosotros somos ese rastro. Contamos estas historias porque sabemos que no escuchar, ni desear saber, lleva a la indiferencia, y la indiferencia nunca es una respuesta.” Ellie Wiesel.1

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l Holocausto, genocídio de aproximadamente 6 millones de judíos, asesinados bajo el régimen nazi de Adolf Hitler, es consecuencia de uno de los períodos más tristes, vergonzosos, indignantes y dolorosos de la historia de la humanidad y es el 27 de enero de cada año, el declarado por la onu como el Día Internacional de Conmemoración en Memoria de sus Víctimas.

Antes de la Segunda Guerra Mundial, el partido nazi supo el impacto de la música en la sociedad, y desde sus inicios, la utilizó para realizar publicidad, para seducir e influenciar a las multitudes, y el uso de la música para estos fines quedó de manifiesto con el tema ‘The Horst Wessellied’ del autor Horst Wessel2, la cual fue cantada masivamente, entre otros, por jóvenes alemanes y las agrupaciones juveniles hitle-

rianas “Hitlerjugend”, y la asociación femenina denominada Liga de Mujeres Alemanas o “Bund deutscher Mädel”.

“Nunca digas que esta senda es la final” (Zog nit keynmol az du geyst dem letstn veg), “Harmonika” y “Sovevuni”, las cuales en los guetos se convirtieron en himnos de la clandestinidad sionista y llegaron a través de miembros de los movimientos denominados “Guardia Joven” (HaShomer HaTzair) y “Libertad”. Autores importantes como Shmerke Kaczerginski4, terminada la Segunda Guerra Mundial, lograron publicar en Varsovia, París y Nueva York todas esas canciones, junto con relatos personales e historicos de la resistencia judía durante la jornada bélica, salvándose así un importante testimonio de las melodías más apreciadas en los guetos, campos y bases partisanas, siendo tema de todas ellas, la opresión y la lucha de la clase trabajadora, la triste realidad de los judios en el gueto, su esperanza de cambio y la invitación a la resistencia activa, conflictos de Guerra y su marcha a pelear en defensa de su causa.

Transcurrido el tiempo, una vez iniciada la persecución de judios en Alemania y territorios aliados, hubo grupos aislados que organizaron resistencia a los Nazis y su opresión, peleando desde la clandestinidad y el exilio. Éstos también utilizaron la música como intrumento de gran importancia para difundir su causa y valores, con temas relacionados con su nostalgia de tiempos mejores, la preocupación por familiares que sobrevivían en los guetos, el dolor por el asesinato de sus amados, así como En relación a las personas que vivían confinadas en campos de concentrael deseo de venganza. ción Nazis en esta época, la vida era El bosque de Rudniki3 albergó a una esperar la muerte, dados los horrores facción de la resistencia judía, en bajo los cuales se encontraban subdonde las canciones favoritas eran sistiendo. En los 12 años del dominio

Premio Nobel de la Paz 1986. Superviviente de los campos de concentración nazi. Escrita en 1929 por el comandante de la Sturmabteilung en el distrito berlinés de Friedrichshain. 3 Ubicado en la región de Vilna, bajo dominio Polaco al final de la Primera Guerra Mundial, formando parte de Polonia antes de la Segunda Guerra Mundial, ocupada en 1939 por la Unión Soviética, y transferida en ese mismo año a Lituania, y ocupada por Alemania el 24 de junio de 1941, al atacar a las fuerzas soviéticas. 1

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COLUMNA

nazi, millones de hombres, mujeres y niños de los más diversos orígenes y nacionalidades fueron encerrados en distintos campos por razones políticas, religiosas, étnicas, sociales e ideológicas. Entre los lugares de confinamiento había cárceles, campos de trabajo, campos de reubicación, campos de internamiento, campos de trabajo forzado, campos de prisioneros, campos especiales, guetos y campos de concentración.

por el otro, era un instrumento más de terror utilizado por las ss.6 Terminada la Guerra, y en años posteriores con motivo de la conmemoración del Holocausto, se generó una intensa vida musical, en donde se relataban los horrores, narraba el duelo y la pérdida, y lamentando los retos de la expatriación. Fue a través de la música clásica, cantatas vocales, y obras orquestales y corales las principales formas de expresión de estas melodías inspiradas en el Holocausto, siendo ejemplo de ello “El sobreviviente de Varsovia” de Arnold Schoenberg, la “Sinfonía Nº 13” de Dmitri Shostakovich, “Dies Irae” de Krzysztof Penderecki, la cantata “La Crónica Judía” producto de la colaboración de Paul Dessau y otros talentosos contemporaneos suyos, “Dies Irae” de Krzysztof Penderecki, “Recuerda lo que te Hicieron en Auschwitz” de Luigi Nono, y “Trenes Diferentes” de Steve Reich por citar algunas.

Szpilman escribió un relato de su supervivencia en Varsovia poco después de terminada la Guerra, y fue publicado en Polonia bajo el título “Muerte de una Ciudad”, y reimpreso 50 años después en otras lenguas bajo el título “El Pianista del Gueto de Varvosia”, en el cual se inspira Ronald Harwood para escribir el guión de la película maestra de Roman Polansky “El Pianista”. Jorge Drexler fuertemente inspirado por esa historia, dedicó el tema “El pianista del Gueto de Varsovia”, en su disco Sea de 1988.

Las tropas enemigas capturadas eran internadas en los campos de los prisioneros de guerra, y los campos de exExisten Museos del Holocausto practerminio, tenían como única finalidad ticamente en todo el mundo7 que nos asesinar a seres humanos en forma recuerdan lo terrible y sombrío que masiva. A pesar de ello, se ha demospuede ser la historia del hombre, sin trado que los Guetos y los campos de tolerancia, con discriminiación y sin concentración Nazis tenian reglas de respeto a los Derechos Humanos, por operación internas variables, enconello es trabajo de todos conocer lo que trándose que en unos y otros, se abrían debemos evitar, acercarnos a lo irreespacios para expresiones musicales petible, y defender los valores que diversas, inclusive en los campos de intentan suprimir las ideas de raza exterminio y de concentración, difesuprema entre la humanidad. renciándose en el uso que se daba a la música. Por ejemplo, en el campo de Una vez más, ha sido a través de la internamiento de Gurs, al sur de Franmúsica como nos hemos acercado a cia, los solistas, las bandas de música Entre los testimonios de vida de los este periodo de la historia, proporciode cámara, los coros y una pequeña sobrevivientes del Holocausto, desta- nando a los lectores referencias conorquesta aparecieron en conciertos.5 camos el del músico polaco de origen cretas de pensamientos y sentimienjudío Wladyslaw Szpilman, quien tos atrapados a través de canciones en En el campo de concentración de logró sobrevivir la Segunda Guerra el tiempo. Sea el Día Internacional de Theresienstadt, y otros guetos Nazis, Mundial en parte gracias a su talento, Conmemoración en Memoria de las la composición de la música surgía al ser muy apreciada su destreza como Víctimas del Holocausto, una invitaprincipalmente a partir de una deci- pianista en un restaurant del gueto de ción a la reflexión, un impulso hacia sion personal, rara vez ocurría como Varsovia, donde fue recluido al seducir la defensa de la igualdad, un paso en la dirección correcta. resultado de una orden directa de los con su virtuosidad a oficiales Nazis. opresores; lo cual era diferente en los campos de exterminio, donde la música tenía una posición ambivalente, ya e-mail: maquinadeltiempodekiko@gmail.com twitter: @kikotimemachine que por un lado actuaba como un meFacebook: Maquina del Tiempo de Kiko Aquino Rubio dio de supervivencia para los prisioneInstagram: maquinadeltiempodekiko ros, una estrategia legítima para manSpotify: Maquina del Tiempo tener la esperanza y para la diversión SoundCloud: Máquina del tiempo Kiko personal necesaria de las víctimas, y

Poeta y compositor talentoso. Coleccionista de folklore, canciones y memorias de la época de la Shoá. Recordemos que las formas de entretenimiento personal eran diferentes a las de nuestros días, y los medios electrónicos masivos y personales, no se encontraban desarrollados a los niveles que tienen actualmente. 6 Cuerpo de combate élite de las Schutztaffel. 7 Alemania, Francia, Israel, Estados Unidos, Holanda, Polonia, Argentina, por citar algunos. Puede consultar ubicaciones en http://www.museodelholocausto. org.ar/la-shoa/museos-del-holocausto-en-el-mundo/En la ciudad de México, ubicamos uno en Acapulco 70, Colonia Condesa. 4 5

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COLUMNA | VIDA DIGITAL

Convierte tu Teléfono Inteligente en una Oficina Móvil Abraham del Valle Cervantes

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os dispositivos móviles llegaron a revolucionar nuestro estilo de vida. Existen aplicaciones (Apps) que sirven para mejorar nuestra calidad de vida y otras para entretenernos. Gracias a ellos, hoy podemos trabajar desde cualquier lugar, en cualquier parte del mundo, convirtiéndo el smartphone en una oficina móvil. Conocer las aplicaciones indicadas es necesario si queremos obtener de ellos el mayor provecho.

Actualmente la tecnología nos ha permitido gestionar tareas en la oficina y realizar la mayor parte del

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trabajo diario desde los dispositivos (celulares y tabletas). Al principio no es fácil ya que tendremos que cambiar el método de trabajo con el que convivimos diariamente, para convertirlo en digital. Va a tomar tiempo, pero con el simple hecho de descargar las Apps asecuadas y haciéndolo poco a poco, nos acostumbraremos a esta forma de llevar a cabo nuestros deberes.

mayor facilidad a la hora de buscar y almacenar documentos y la reducción de costos. En esta edición de Vida Digital te presentamos algunas aplicaciones móviles que te ayudarán a convertir tu smartphone en una oficina móvil, con la que trabajarás cuando y en donde quieras. Mailbox

Con Mailbox podrás gestionar diferentes cuentas de correo electrónico. La bandeja de entrada es rápida y entretenida, bastante intuitiva y con un par de movimientos podrás acomodar tu e-mail en su lugar. El rediseño de la App permite deslizar los mensajes rápidamente Algunos de las ventajas de conver- a la bandeja de entrada o a la papetir un celular en una oficina móvil lera; podrás explorar una conversason la libertad de movimiento, el ción entera de una sola vez gracias tabajar desde cualquier parte, la a la organización tipo chat. Actualdisponibilidad de horarios, una mente sólo funciona con cuentas


COLUMNA

de Gmail y iCloud, pero en el sitio de los desarrolladores mencionan que están trabajando para incorporar otras plataformas de correo. La descarga es gratuita para Android, iOS y OSX. Docs to GO

Docs To Go es una aplicación que permite visualizar, editar y crear archivos de Microsoft (Word, Excel, PowerPoint), también abre archivos en formato pdf tanto en dispositivos con sistema operativo (so) Android y iOS. Cuenta con la opción de sintonizar varias de tus cuentas en la nube como Dropbox, Google Drive, iCloud y Box, para poder editar tus documentos desde aquí y sincronizarlos automáticamente. La versión gratuita proporciona la mejor experiencia de visualización y edición de documentos, en cuanto a la versión de pago permite almacenar toda la información en la nube y editar en cualquier dispositivo por $259.00 pesos.

La tecnología nos ha permitido gestionar nuestras tareas en la oficina y realizar la mayor parte de nuestro trabajo desde nuestros dispositivos. chivos comprimidos, no los podemos abrir desde nuestros teléfonos. Esta aplicación se desempeña como la más segura al momento de comprimir documentos tanto profesionales como comerciales. Dentro de la App podrás abrir documentos, canciones, extraer archivos zip, incluso los que están protegidos con contraseña, compatibilidad con DropBox y Google Drive para ahorrar espacio en el dispositivo inteligente. La descarga es gratuita para Android y iOS. Pocket

Con Pocket podrás guardar fácilmente artículos, videos, páginas web y fotografías para verlos más TextGrabber + Translator tarde con o sin conexión a internet. La aplicación agrupa todo tu conTextGrabber + Transtenido en un solo lugar. De manera lator permite capturar que puedes acceder a éstos en cualcualquier parte de un quier momento y desde cualquier texto impreso de revisdispositivo. Podrás crear una lista tas, libros y documentos, y lo convierte en texto evitable. personalizada para acceder al conEsta aplicación te ayudará para no tenido que creas más relevante. La tener que transcribir más documen- descarga es gratuita para Android tos. Si el texto se encuentra en otro y iOS. idioma, lo podrás traducir en cuestión de segundos a los más de 60 idiomas Cam Scanner disponibles dentro de la aplicación. La aplicación cuesta $79.00 pesos para la Esta aplicación te perplataforma de Android y iOS. mite “escanear” documentos en tu teléfono con tan sólo un click. iZip Con ella puedes editar la propia imagen desde la App para ajustar el Con iZIP podrás abrir tamaño, el color y otros parámetros, y gestionar tus archiincluso enviarla en .doc, pdf, y a vos zip en cualquier dispositivo ya que en diferentes destinatarios por correo ocasiones, cuando no se envían ar- electrónico. Podrás descargar Cam

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CADALSO Los Derechos Humanos son el único horizonte hacia el que debe dirigirse ineludiblemente toda actuación de la autoridad, en todos los niveles y en todas sus competencias, afirmó el Ministro Luis María Aguilar Morales durante su primer informe de labores como Presidente de la Corte. Su intervención se enfocó en 3 temas fundamentales: los dh, el nuevo sistema penal acusatorio y los resultados del trabajo de los juzgadores federales. Aseguró que todas las acciones del 2015 y de los 3 que le restan de su administración, se orientarán de manera prioritaria, a la garantía del dh a una tutela judicial efectiva. En el segundo punto señaló que jueces, magistrados y ministros están listos para cumplir con la Constitución y que el 18 de junio se contará en todo el país con 86 Salas de Juicios Orales, al menos una en cada entidad, enviando un claro mensaje para que todos los operadores del nuevo sistema cumplan con su responsabilidad de llevar a buen puerto el nuevo paradigma jurídico. Destacó que del millón 23 mil 874 asuntos que ingresaron en un año, al sistema de justicia federal constituido por Tribunales de Circuito y Juzgados se lograron resolver el 97.8% de esa carga. Al referirse a uno de los problemas que más afectan a la sociedad, como es la corrupción, advirtió que en el Poder Judicial de la Federación, no tiene ni tendrá espacio alguno.

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Cerró el año 2015 la justicia capitalina incrementando 35 delitos no graves al nuevo Sistema Penal Acusatorio con la preparación y capacitación de más ministerios públicos y policías de investigación de la procuraduría de justicia capitalina. Se trata, señaló el Procurador Rodolfo Ríos Garza de acelerar el paso en la ciudad de México para cumplir en tiempo y forma con el mandato constitucional para que entre en vigor en todo el país el próximo 18 de junio. Los ilícitos que se incluyen y que tanto ministerios públicos, como jueces de control deben conminar a su pronta conclusión a través de la mediación son, entre otros, maltrato animal, lesiones, ayuda al suicidio, aborto, bigamia, fraude, cohecho, peculado, contra el ambiente y ataques a las vías de comunicación. Según Ríos Garza, esta incorporación escalonada sin duda ha permitido a los actores del sistema acusatorio una mejor preparación y agilidad para atender los casos, que representan por ahora poco más del 60% de las denuncias que atiende el Ministerio Público, lo cual seguramente ayudará a que no se incurra en errores, una vez que se aplique a todos los delitos, incluidos los graves como homicidio y secuestro.

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Como un madruguete definió Miguel Ángel Mancera, Jefe del gdf la decisión de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos de incrementar el salario en 4.1%. Por lo que advirtió que continuará en la lucha para que se haga un ajuste real al salario mínimo, llamando a los capitalinos para que apoyen esta cruzada. Este hecho generó un roce con el Secretario del Trabajo, Alfonso Navarrete Prida, quien respondió señalando que en todo momento hubo transparencia y que se tomó en cuenta los indicadores económicos. Esto parece ser el inicio de una férrea lucha no sólo por un tema salarial sino, por lo que representará para la capital al dejar de ser Distrito Federal, ya que gozará de más derechos y obligaciones. Lo cierto es que seguiremos viendo al actual jefe capitalino y a los futuros gobernantes del Estado de la Ciudad de México, confrontarse por este delicado tema de los salarios.

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Como es ya costumbre, senadores y diputados cerraron la cortina y prepararon las maletas para irse de vacaciones el pasado 15 de diciembre, dejando pendientes para su regreso la aprobación de diversos ordenamientos, como la reforma a las leyes de Propiedad Industrial, de Protección al Consumidor, Turismo, Salud, Monumentos y Zonas Arqueológicas, y las leyes de colegiación obligatoria y anticorrupción. Tal parece que con haber sacado en el último minuto la Reforma Política del Distrito Federal, su omisiones quedaron justificadas. Está claro que en febrero que regresen a las sesiones ordinarias deberán retomar con seriedad sus responsabilidades legislativas y emparejase con los rezagos que han dejado, incluidas normas como Pensionissste, Desaparición Forzada y contra la Tortura. Esperemos que el Presidente del Senado Roberto Gil Zuarth, cumpla su promesa de regresar de vacaciones para sacar los pendientes, pues no solamente comenzara en este 2016 la segunda parte de la administración de Peña Nieto, sino la sucesión presidencial adelantada y todos los partidos buscarán posesionarse ante el electorado.

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Cero tolerancia para quienes hagan malos manejos de fondos públicos. Así de claro fue el mensaje que envió el Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, a los partidos políticos luego de anunciar, por segunda ocasión en 2015, una multa por 88 millones de pesos al Partido Verde (PVEM). Amparado por la Ley de Transparencia, el ine envía una advertencia precisa en este año de elecciones en 13 entidades federativas. Bajo nuevas reglas del manejo de los recursos públicos, seguramente a los líderes partidistas, que aprovechan la opacidad jurídica para utilizar los dineros de los contribuyentes en acciones que poco tienen que ver con las jornadas electorales, no les cayó bien la advertencia. Aquí tendrá que ver en mucho el seguimiento a las denuncias y las investigaciones del propio arbitro electoral para actuar de inmediato al encontrar inconsistencias o irregularidades. Estaría bien cambiar las reglas del juego a fin de obligar a los partidos a entregar en tiempo y forma sus informes de gastos, lo que obligaría al ine a investigar y dar a conocer a la opinión pública quienes incurrieron en malos manejos y actuar en consecuencia ante la fepade, para no ir posponiendo denuncias penales.

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LIBROS

Libros recomendados POR

Los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales en el Nuevo Modelo Constitucional de Derechos Humanos en México. Armando Hernández Cruz. CNDH. 2015 Las reformas constitucionales que nuestro país vivió en el 2011, no sólo significaron una época de cambio, sino un verdadero cambio de época en la historia de los Derechos Humanos (dh) en México. En el libro –que es parte de la colección sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (desca), coordinada y publicada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (cndh)– el autor se da a la tarea de conceptualizar y fundamentar los desca, de agruparlos en razón de la generación que les corresponde según la evolución internacional de los dh, los clasifica acorde a su naturaleza y resalta sus principales características. La obra fue realizado con la intención de reflejar una metodología didáctica, a modo tal que los desca y su importancia pudieran ser comprendidos por lectores que no necesariamente se desenvuelvan en el ámbito jurídico.

Políticas Públicas en la Atención a Víctimas. María de la Luz Lima Malvido. INACIPE. 2015 La atención a las víctimas del delito es un tema que ha adquirido importancia fundamental en el sistema de justicia penal en el mundo. En este sentido, la Dra. María de la Luz Lima Malvido, proporciona elementos para los tomadores de decisiones en su tarea de elaboración de políticas públicas y del marco teórico de los que ya conocemos como Derecho Victimal. En Políticas Públicas en la Atención a Víctimas, la autora emprendió una labor de trascendental importancia para el estudio, comprensión e integración de los estándares que fundamentan los derechos de las víctimas, su goce y ejercicio. Paralelamente lleva a cabo una investigación acerca de las buenas prácticas sobre la atención a víctimas. La información recopilada fue obtenida de diversas instituciones y países. Con ello, porta herramientas metodológicas de gran utilidad para los y las operadores de justicia. Asimismo, servirá de apoyo para el fortalecimiento en la creación de políticas públicas de atención a víctimas desde un enfoque de Derechos Humanos; por lo que la obra contribuye con material valioso para continuar la evolución de ésta nueva disciplina: el Derecho Victimal.

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LIBROS

Derechos a la Diversidad Sexual. Tercera Edición. María de Monserrat Pérez Contreras. IIJ-UNAM, INEHRM. 2015 El origen de la serie Nuestros Derechos, de la que el presente texto forma parte, es que el lector conozca los derechos de los usuarios de la banca, de los autores, artistas e inventores, de los propietarios o de los consumidores. Pero también, en paralelo, tendrán la posibilidad de conocer derechos de grupos especialmente vulnerables, como es el caso de los migrantes, de las niñas y niños, así como el derecho relativo a la diversidad sexual. Por ello, los textos se decantan hacia la reconstrucción de los derechos de sujetos concretos y no hacia la reflexión filosófica —sin duda también relevante— sobre lo que son e implican estos bienes jurídicos fundamentales. El libro que el lector tiene entre las manos sirve a la docencia en la medida en que puede ser utilizado en un salón de clases para formar a futuros abogados o a profesionistas de otras ramas de las ciencias sociales.

Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, Comentada. Juan Carlos Cruz Razo. Porrúa. 2015. El procedimiento contencioso administrativo, como medio de control jurisdiccional de los actos de la administración y de la resolución de los conflictos que se suscitan entre ésta última y los ciudadanos, ha sido objeto de múltiples vaivenes que trascienden a su naturaleza y estructura y lo han convertido en un ente dinámico digno de estudio. El recorrido que se hace a lo largo de la Ley de Procedimiento Contencioso Administrativo está enriquecido con comentarios, anécdotas y críticas mediante los cuales, el autor, un especialista en la materia, plasma su visión sobre el tema, producto de su función como juzgador, por lo que este volumen se constituye como un valioso instrumento para todos los actores del entramado jurídico. De manera sistemática se abordan cada una de las etapas del juicio contencioso administrativo, los medios de impugnación y su procedencia en contra de las resoluciones que en él se emiten, así como los aspectos relevantes de la jurisprudencia aplicada.

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COLUMNA | TEMAS CONSTITUCIONALES

La Corrupción, el Cáncer Social de Nuestro Tiempo Lic. José R. Padilla Profesor de Derecho Constitucional, Garantías y Amparo en la Facultad de Derecho de la unam.

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n un ambiente en donde la corrupción domina al pueblo mexicano, el Poder revisor de la Constitución tuvo a bien crear el Sistema Nacional Anticorrupción, en el cual se incluye a las Entidades Federativas y al Distrito Federal. Es una nueva figura jurídica de nivel constitucional que en su integración órganica involucra a una serie de instituciones y personas provenientes de los sectores oficial, descentralizado, semioficial, social y privado, que por lo menos servirá de paliativo a ese cáncer nacional.

Leemos en el párrafo inicial del nuevo artículo 113 de la Norma Suprema: “El Sistema Nacional Anticorrupción es la instancia de coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno competentes en la prevención, detección y sanción de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como en la fiscalización y control de recursos públicos”.

representante del Consejo de la Judi- atención a su obesidad integrativa catura Federal y otro del Comité de y operativa en el programa por realizar; significa una nueva amenaza Participación Ciudadana”. para el Presupuesto Nacional, puesto Le corresponderá el trabajo directo que acarrea un aumento en el sector y de coordinación. Encierra como humano laboral de altos y medianos novedad, la función, entre otras, de niveles; además, como en el finanemitir “recomendaciones no vincula- ciero. De ahí que sea de temerse que torias a las autoridades” tendientes vaya a resultar una de esas instancias a pedirles la respectiva colaboración. de mucho colorido democrático, meA las entidades federativas y al Dis- diático. Y, sobre todo, de oportunitrito Federal se exige establecer un dad política. Y no hablemos por ahosistema similar al nacional, con el ra que tal dependencia ha devenido objeto de coordinar a las autoridades en una simple justificadora sobre la locales correspondientes en la “pre- compra y manejo de inmuebles cuya vención, detección y sanción de las adquisición es de dudosa legalidad. responsabilidades administrativas En síntesis.y hechos de corrupción”.

Derivado de lo anterior, conforme prescribe el inciso a) de la fracción iii del artículo 113 constitucional, le corresponde, “establecer mecanisms de coordinación con los sistemas locales”. Se establecen, igualmente, las bases y los, principios para la efectiva coordinación de las autoridades de Se ádvierte la creación del Comité los órdenes de gobierno en materia Coordinador, el cual estará integra- de fiscalización y control de los redo por: “Los titulares de la Audito- cursos público. Así como “el establería Superior de la Federación; de la cimiento de mecanismos de coordinaFiscalía Especializada en Combate ción con los sistemas locales”. a la Corrupción; de la secretaría del Ejecutivo Federal responsable Es tan amplio el programa del Sisdel control interno; por el presiden- tema Nacional Anticorrupcion, así te del Tribunal Federal de Justicia como agudo y enraizado tal probleAdministrativa”. Además, “figuran ma en México, que su objeto bien pael presidente del organismo garante rece una tarea imposible, con muy que establece el artículo 6o. de esta reducidas las posibilidades de tener Constitución (INAI); así como por un éxito en la práctica. Lo anterior, en

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a. Bienvenidas sean las nuevas ins-

tituciones jurídico-políticas que pretenden responder y estar acorde a la realidad social y política de nuestro momento histórico. b. El “Sistema Nacional Anticorrupción” viene a llenar un vacío constitucional y legal que ya era urgente llenar, dado que resulta indispensable combatir, desde su base, y con todos los elementos jurídicos, políticos y económicos a ese “cáncer nacional” llamado corrupción. c. Solo falta confiar en que esta nueva instancia se escape de resultar, como en otros casos, un “elefante blanco”, plagado de miles y miles de “burócratas bien pagados” y como un atentado más al Gasto Público.


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Foro Jurídico: El Derecho al Alcance de Todos Conducido por el Dr. Elías Huerta Psihas

Sintonízanos todos los miércoles de 22 a 23 hrs en el 1110 de AM Invitado en cabina: Dr. Gilberto Higuera Bernal

Subprocurador de Control Regional de la PGR

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