Fj 158 noviembre 2016

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Noviembre 2016

Cambian Juntas de Conciliación y Arbitraje El VIH-SIDA en el Mundo Laboral Arturo Martínez y González

¿Qué Necesita el PRI Rumbo al 2018? Moisés Pardo Rodríguez

Trata, Explotación Sexual, Prostitución y DH Patricia Olamendi Torres

Deben Regularse las Acciones de las Fuerzas Armadas en Seguridad:

Alejandro Ramos Flores Núm. 158, noviembre 2016 $40.00




Sumario Noviembre 2016

Director General Dr. Elías Huerta Psihas Director Editorial Dr. Lázaro Tenorio Godínez Directora Ejecutiva Lic. Janet Huerta Estefan

Consejo Editorial Dr. Sergio García Ramírez Dra. Mireille Roccatti Velázquez Dr. Raúl Carrancá y Rivas Dr. Moisés Moreno Hernández Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Arturo Ancona García López Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez Dr. Carlos Quintana Roldán Dra. Ruth Villanueva Castilleja Dr. Emilio Zebadúa González Dr. Miguel Ángel Aguilar López Dr. David Vega Vera

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Editor Marco A. Ríos editorial@forojuridico.org.mx Diseño Editorial Mónica Salazar Sánchez diseno@forojuridico.org.mx Coordinación de Antonio Estevez Celestino Distribución Fotografía Carlos Gamboa fotogamboa@prodigy.net.mx Miguel Ramírez Hernández fotografiafeijoo@gmail.com Agencia Cuarto Obscuro

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Deben Regularse las Acciones de las Fuerzas Armadas en Seguridad:

ALEJANDRO RAMOS FLORES Editorial Sustituyen Tribunales Laborales las Juntas de Conciliación y Arbitraje Foro del Lector Trata, Explotación Sexual, Prostitución y Derechos Humanos

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Dra. Patricia Olamendi Torres

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Mirador Fiscal ¿Se Instrumentan Correctamente los Convenios Tributarios en México? LLM Juan de la Cruz Higuera Ornelas

Foro Jurídico, tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la sep, número issn 1870–1183 trasnformado al número ean–13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título no. 13058 expediente 1/432’05’/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Num. 10631, expediente 1–432 ‘05’–16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Monte Albán 613 Col. Letrán Valle C.P. 03650, México, D.F. Tel 2995 6254. Impresión: Impresora Múltiple, Zaratoga 909, Col. Portales. Distribución: Platón 429 Colonia Palmitas. INTERMEX Foro Jurídico No. 158, Noviembre 2016.

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El VIH/SIDA en el Mundo Laboral

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Desarrollo a Costa del Medio Ambiente

Dr. Arturo Martínez y González

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Dr. Rubén D. Arvizu

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Resolver Conflictos de Derechos de los Consumidores Lic. Susana Cohen Cats

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59ª Reunión Anual de la Unión Internacional de Magistrados

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La Exclusión como Presupuesto de Admisión de Medios de Prueba Dra. Laura A. Londoño Jaramillo

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Celebra la Universidad Ius Semper su 1ª Generación de Doctorado en Derecho

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Nombra el Senado a los 7 Magistrados de la Sala Superior del TEPJF

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¿Qué Necesita el PRI Rumbo al 2018?

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Lic. Moisés Pardo Rodríguez

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Foro de Propiedad Intelectual La Cooperación Internacional en el Combate a Productos Falsificados y la Interpol Dr. Arturo Ancona García-López

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Campaña Nacional de Prevención de la Tortura de la CNDH

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¿Existe Violencia Política de Género en el Proceso de Designación para la Sala Superior del TEPJF?

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Lic. Jesús A. Aquino Rubio

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En la Mira El Sistema Nacional Anticorrupción, un Sistema Cojo por Falta de Fiscal Dr. José Fernández de Cevallos y Torres

Vida Digital 5 Apps Imprescindibles para Escuchar Audiolibro MBA Félix Cortés Hernández

Lic. María F. Santos Villarreal

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La Máquina del Tiempo Musical y la Niñez

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Cadalso Libros Temas Constitucionales Las Garantías Fiscales Lic. José R. Padilla

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EDITORIAL Sustituyen Tribunales Laborales las Juntas de Conciliación y Arbitraje

Con la aprobación en el Senado de la primera de las propuestas de Justicia Cotidiana del Presidente Enrique Peña Nieto, nuestro país dio un gran paso para lograr una real y pronta justicia laboral que convenga, tanto a patrones, como a trabajadores y sobre todo, para combatir los elevados índices de corrupción que existen en esta materia. Sin duda es éste el sector de la justicia donde más se acumulan opacidad, rezago y corrupción. Con una mayoría de 98 votos, los senadores aprobaron el pasado mes de octubre una reforma a los artículos 107 y 123 de la Constitución General de la República, poniendo fin a las Juntas de Conciliación y Arbitraje, la federal y todas las locales, que serán sustituidas por verdaderos tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación y de las 32 entidades federativas. Los nuevos centros de justicia laboral contarán con facultades para el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena

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to a las decisiones de la mayoría de los trabajadores para decidir sobre contratos colectivos o huelgas, garantizando el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elección de sus dirigentes, cambio que lleva especial dedicatoria para aquellos líderes “charros” que se han perpetuado en las dirigencias sindicales. De esta manera, los emSin duda éste constituye un gran pleadores contarán con una norma avance para remediar muchos de los constitucional que evite emplazaproblemas que enfrenta la justicia la- mientos frívolos de falsas organizaboral en todo el país, pero habrá que ciones sindicales y los trabajadores esperar algunos meses más, debido al podrán impedir la firma de contragran reto que representa el anuncia- tos colectivos que vulneren los dedo recorte presupuestal del próximo rechos de los trabajadores. año 2017, que generará muchos despidos. La gran apuesta que tendrán Esperemos que éste sea el punto que hacer los nuevos tribunales labo- de partida para la verdadera reforrales, será dirimir las controversias ma laboral que se está esperando mediante acuerdos conciliatorios desde hace más de una década y se entre las partes, en concordancia con terminen los “parches” legislativos las nuevas reglas del sistema de jus- recurrentes en la materia, poniendo ticia oral, que prioriza la mediación fin a esas cuevas de burocratismo y y la conciliación, para evitar la satu- corrupción que son las juntas de conración del sistema procesal mexicano. ciliación y arbitraje, para que existan procesos justos y expeditos, que den Otro avance de esta reforma es po- seguridad jurídica y que beneficien a ner fin a los sindicatos “piratas” al todas las partes involucradas en los otorgar un mayor empoderamien- temas laborales. autonomía técnica, operativa, presupuestaria y de gestión. Se contará hasta con un año de plazo para que inicien estos tribunales. En el ámbito federal, su titular será propuesto por el Ejecutivo Federal mediante una terna al Senado para que éste lo designe, previa comparecencia de las personas propuestas.


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5 NoviembreAbril 2016 2013 |  5


Redes Sociales

Agustin Carpio Pérez: Si bien es cierto deben respetarse los derechos a las personas homosexuales, también es cierto que es un acto de reciente reconocimiento y creación, por lo tanto; se debe crear una nueva figura jurídica sin modificar el concepto original del matrimonio. El "matrimonio" como institución está arraigada al derecho Romano, con etimología en latín y hace referencia a la mujer (matris). De una interpretación literal del concepto matrimonio a la luz del diccionario de la Real Academia Española de la lengua, en su etimología es vocablo derivado de los aforismos latino matris munium; la primera es matris se traduce como madre, la segunda munium significa cuidado, en suma se hace alusión al cuidado de la madre. Esto tiene que ver con que originalmente por naturaleza la madre era la responsable principal de la crianza de los hijos, crianza en el sentido de que la madre es quien da la vida. Esto deduce, que el derecho a contraer matrimonio lo tienen constitucionalmente reconocido sólo el hombre y la mujer siendo las notas principales del mismo. La intención de darle un nuevo nombre a esa nuevo acto jurídico es precisamente para darle certeza jurídica a un sector vulnerable, teniendo en cuenta que nuestra nación es

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pluricultural; como lo establece el art. 2° Constitucional, de lo contrario; sólo generaríamos mas confusión que a largo plazo tiene daños colaterales, ojo.- no se esta limitando ni prohibiendo su derecho a unirse legalmente. Alex Aortega: El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, resolvió que el matrimonio homosexual NO es un derecho humano, por lo que, los Estados no están obligados a establecerlo en sus legislaciones. Claro que no es vinculante para el Estado Mexicano dicha resolución, sin embargo, es curioso que un Tribunal tan especializado en derechos humanos tenga un criterio tan diferente al de nuestra Corte Mexicana homosexualista. Hablar de matrimonio homosexual es como confundir la posesión originaria, con posesión derivada; rapto, con secuestro; comodato, con arrendamiento. El matrimonio heterosexual, a pesar de sus imperfecciones, es lo que ha perpetuado la especie durante siglos. Corresponde a lo natural. Este debate me recuerda cuando hubo propuestas para dar a los concubinos el mismo estatus y beneficio del matrimonio. ¿Quieren certidumbre jurídica? Si el homosexual quiere heredar, está el testamento. Si quiere prever sobre su cuidado y administración de sus bienes a futuro, tenemos la autotutela.


Octubre 2016

Instalan Asamblea Constituyente en la CDMX Uso de la Tecnolog en el Poder Judiciaía l

Yadira Alarcón Márqu

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Si quieren unirse civilmente, esta bien, bajo otra figura jurídica, no sobre el matrimonio, ya que éste es entre hombre y mujer. Jorge Mauricio Castillo Lopez: ¿Creen conveniente crear una nueva figura que igualmente proteja y cubra el cúmulo de derechos y obligaciones que ya forman parte del matrimonio? A mi parecer es un esfuerzo tanto legislativo como administrativo innecesario sin mencionar el gasto que le generaría al Estado, y sólo por el simple hecho de seguir etiquetando a los diversos grupos de sociedad. Sin mencionar que en México ya tenemos un cúmulo de basura legislativa por crear nuevas normas para cualquier fenómeno social, las cuales carecen de relevancia y lógica. Charles De Gaulle Hernández: Crear una "nueva" figura jurídica, con los mismos fines y alcances que el matrimonio, que ya existe, es simplemente una sinrazón. Edgar Rodriguez Gonzalez: Charles De Gaulle Hernández, de hecho no es un sin razón toda vez que, si bien es cierto que tiene varias similitudes, también hay divergencias y se crea la nueva figura tomando en cuenta esas divergencias. Si ellos desean el derecho ¿por qué luchar por el calificativo que le den? El matrimonio persigue, históricamente hablando, fines de procreación por eso se llama Matrimonio que viene de Matris. Para hacer buenas leyes es necesario primero saber de derecho civil. Yair Jonatán: Creo que esta institución ha ido cambiando con el paso del tiempo, ya la palabra "matrimonio" no se adapta a la actualidad, pueden casarse 2 personas de distinto sexo y nunca tener un hijo, por tanto, la maternidad queda fuera, no es el fin de la unión en todos los casos. También estoy de acuerdo en que no hay que diferenciar al grado de discriminar, entonces, ¿por qué no proponer un cambio que se adapte a la actualidad, para toda persona que quiera vivir con quien eligió como pareja? Ivan Mena: Y yo me preguntó ¿cuales son esas divergencias? Las parejas heterosexuales que no deseen procrear ¿bajo qué figura jurídica deben unirse civilmente? Yo creo que debemos dejar de especular sobre los fines que tengan las personas para unirse bajo la figura del matrimonio, como ya se ha comentado, si el fin va a ser el mismo (la convivencia y adquisición de derechos y obligaciones) ¿porque crear una figura diferente? Las sociedades evolucionan y con ellas las leyes que la rigen, la idea de que el matrimonio se fundó con fines de procreación sigue siendo válida, pero no todas las personas que se casan lo hacen con esa finalidad, entonces ¿debemos crear mil figuras jurídicas por las mil formas de pensar?

cosa es el matrimonio civil y otro en religioso? Tan complicado es que las asociaciones religiosas entiendan que el Estado no está imponiendo un modelo de matrimonio dentro de sus prácticas y dogmas y que las Iglesias no deben de imponer sus principios en las figuras matrimoniales civiles.

Fuero Constitucion Desaparición o Mod al, ificación: Óscar Jarquín Rodríg uez Libertad Religios Fundamental en a, Derecho Crisis:

Fadi Rabbat

Sancionará el TFJA Públicos y ParticulaServidores res Manuel Halliv Corruptos: is Pelayo Núm. 157,octubre 2016 $40.00

Luis Carlos Flores-Quintero: El asunto es estrictamente jurídico y para poder ejercer derechos tanto patrimoniales como hereditarios, alimentarios y de la seguridad y protección social, por lo tanto no le veo problema. Alejandro Cruz: ¿Qué pasaría si un día, como verdaderos juristas, nos apartáramos de nuestras creencias, valores y demás cuestiones subjetivas, como las Ius naturalistas o religiosas (la que cada quien en el ejercicio del derecho al libre desarrollo de su personalidad profese) y nos dedicáramos a discutir el tema desde el punto de vista estrictamente "constitucional" en un "estado laico"? Un día, alguna gran juzgadora me dijo "no puedes imponer a una sociedad completa tu ideología, como juzgador constitucional, juzgas para todos, no solamente para un sector determinado". Lucero Perfecto: ¿Que no están a favor solo por preservar la existencia humana? El ser humano es el primero que busca su extinción, y no por casarse con alguien de su mismo sexo; si no por tantas matanzas, secuestros, injusticia, y lo más importante por crear falsas necesidades que deseamos cubrir. En pocos años hemos explotado nuestros recursos naturales dejando de lado lo que es importante: el medio ambiente. Por que en efecto no podemos llamar Ambiente cuando lo más importante es mi celular que un árbol. Adelante sigamos cuestionando las preferencias de cada uno que somos bueno para quejarnos y nada buenos para reflexionar. Alessandra Sanchez:

Julian Dominguez Flores: Mientras no se separen conceptos religiosos de los jurídicos éste seguirá siendo un debate estéril. ¿Tan difícil es entender que una

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ENTREVISTA |

Deben Regularse las Acciones de las Fuerzas Armadas en Seguridad:

ALEJANDRO RAMOS FLORES Dr. Elías Huerta Psihas

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a transformación jurídica en materia de Derechos Humanos y la entrada en vigor del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio-Oral, ha obligado a varias instituciones a cambiar estructuras y procedimientos. Tal es el caso de la Secretaría de la Defensa Nacional (sedena) que ha venido ajustando normas y formas de operar para adecuarse al nuevo marco constitucional, particularmente en algunas áreas operativas y las vinculados al sector justicia. Sin embargo, todavía existen lagunas que dejan en la incertidumbre la actuación de los miembros del Ejército en materia de seguridad pública. Para conocer sobre estos cambios, Foro Jurídico entrevistó al General de Justicia Militar Alejandro Ramos Flores, recién designado titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la sedena, quien nos comenta porqué se creó esta nueva unidad como una consultora jurídica de la institución, cuáles son sus atribuciones y cómo se regula para evaluar la actuación de los miembros de las Fuerzas Armadas (fa) en tareas de seguridad pública (o seguridad interior, como él la define). Refiere cuáles han sido las tareas realizadas hacia el interior de la Secretaría para instaurar el nuevo sistema de justicia penal, que ha implicado toda una reingeniería jurídica e institucional, capacitación y profesionalización de los responsables en aplicarla. El General Ramos Flores abunda sobre un tema que preocupa a los especialistas y la sociedad, como lo es la expedición de un marco jurídico que defina cómo y en qué momentos deben actuar la fa en materia de seguridad pública y combate a la delincuencia organizada para resguardar el Estado de Derecho, reconociendo que nuestro país se encuentra en un momento crucial para contener su crecimiento y que amenaza con debilitar el Estado de Derecho, siendo urgente enfrentarlo con un respaldo normativo que garantice la actuación de los elementos castrenses. Ofrecemos a nuestros lectores la parte sustancial de la entrevista.

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ENTREVISTA

¿Qué transformaciones ha tenido la SEDENA para adecuarse al nuevo Sistema de Justicia Penal? A partir de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia penal del 2008, las Secretarias de la Defensa Nacional y de Marina, llevaron a cabo una revisión integral del Código de Justicia Militar para ajustar la jurisdicción militar a los principios que rigen el nuevo sistema, y se realizaron las adecuaciones necesarias para que los procedimientos y resoluciones de nuestros tribunales militares no cayeran en vicios de inconstitucionalidad. En ese sentido, siguiendo los mismos 5 ejes de trabajo que la setec estableció en materia de normatividad, infraestructura, capacitación y difusión de la reforma., en este mismo año se publicó en el Diario Oficial de la Federación, tanto las reformas al Código de Justicia Militar (cjm), como un nuevo Código Militar de Procedimientos Penales. El Código se componía de 3 libros, el primero destinado a la organización de los Órganos del Fuero de Guerra; el segundo a los delitos contra la disciplina militar y sus penas y, el tercero destinado al procedimiento penal. Éste ya contenía gran parte de los principios del sistema oral acusatoria, salvo algunas circunstancias particulares como el Consejo de Guerra ordinario, el cual se integraba por 5 militares de guerra, es decir, sus miembros no eran abogados y actuaban como jurado, porque resolvían sobre culpabilidad o inocencia de los militares acusados. Por otro lado, el Presidente de ese Consejo llevaba la audiencia y los miembros, los vocales del Consejo, podían interrogar o solicitar la presentación de los elementos de prueba, afectando el carácter adversarial que caracteriza al nuevo sistema; por eso eso se optó por derogar el libro tercero del anterior código y crear un

Necesario una normativa que establezca las circunstancias, los momentos y las formas en que las fuerzas armadas pueden ser utilizadas. Código Militar de Procedimientos la máxima de General de División Penales que retomará en los con- en lugar de brigada, con miras a eliduncente lo previsto en el Código minar la idea de que al tener una Nacional de Procedimientos Penales. pretensión de ascenso en la escala jerárquica pudiera ser manipulaEn el libro primero, se transforma- ble. Si bien no es abogado, ello no ron los Consejos de Guerra en Juz- afecta el carácter técnico-jurídico gados Militares de Juicio Oral, inte- de sus resoluciones, ya que no tiegrados por 3 elementos a la usanza ne ponencia, él no lleva asuntos, ni de los tribunales escabinados, que tiene voto de calidad. Los magisconjugan ciudadanos con abogados trados tienen ahora una función para sumar experiencia y conoci- como salas unitarias para conocer miento jurídico. Los juzgados mili- las apelaciones de las resoluciones tares de juicio oral se componen de de poca importancia y dejar para 2 abogados militares y un militar de el pleno las apelaciones como son arma y quien lo preside es siempre las de sentencia. Adicionalmente, un abogado. Así, sin dejar de tener como órgano de acusación se creó el Presidente del Tribunal, el conoci- la Fiscalía de Justicia Militar. miento jurídico, se contempla contar con un militar de arma, con lo cual se En cuanto al procedimiento penal garantiza que dichos tribunales con- militar, se derogó el Libro Tercero juguen el conocimiento jurídico con del Código de Justicia Militar y en la experiencia del servicio militar que su lugar se expidió el nuevo Código permite la comprensión de la vida y Militar de Procedimientos Penales, de las operaciones militares. Además, en términos semejantes al Código el juez militar se transforma en juez Nacional, pero incorporando caracde control militar que se hace cargo terísticas peculiares de la disciplina militar, relativas a ciertas formalide las etapas inicial e intermedia.. dades, medidas cautelares para el Por otra parte, el tribunal de apela- mantenimiento de la disciplina y ción, anteriormente conocido como las circunstancias especiales de las Supremo Tribunal Militar, que en operaciones militares en tiempo de el proceso legislativo se le cambió paz y en campaña. la denominación por Tribunal Superior Militar, como un prurito de Estos cambios, implicaron tamque el único tribunal supremo es la bién un importante esfuerzo tanto scjn que no admite una instancia en construcción de infraestructura superior. Este tribunal se compone como en capacitación; habiéndose de un Presidente y 4 magistrados, realizado la construcción de instalacon la novedad de que ahora fun- ciones y equipamiento de la Fiscalía ciona en pleno y con salas unitarias General de Justicia Militar; 34 cenpara evitar la acumulación de tra- tros de justicia los cuales albergan bajo. Los magistrados son abogados al ministerio público y defensor y el Presidente es militar de arma, de oficio, 9 juzgados militares de al que se le aumentó la jerarquía a control; 3 tribunales militares de

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ENTREVISTA | Alejandro Ramos Flores

estaba distribuida en distintos organismos, la mayor parte la tenía la Procuraduría, otra la tenía asignada la Asesoría Jurídica del Estado Mayor de la Defensa Nacional. De esta manera, el General Secretario Salvador Cienfuegos Zepeda, promovió las adecuaciones necesarias para darle esa plena autonomía y evitar conflicto de intereses derivados de la dualidad de funciones, donde la Procuraduría asesorara sobre casos que posteriormente conocería. Consecuentemente, los Agentes del Ministerio Público Militar ya no están adscrito a los mandos territoriales, sino a sus centros de justicia, y a estos últimos se les ha dotado de un asesor jurídico que se haga cargo de esa función. Especial mención merece la separación del Laboratorio Científico de investigación de la Fiscalía Militar, para constituirse como una Coordinación de Servicios Periciales adscrita a la Dirección General de Justicia juicio oral; 3 juzgados militares de pgr, nació como el órgano de pro- Militar, actuando con autonomía técejecución de sentencias; el archivo curación de justicia y y al mismo nica y de gestión para brindar atenjudicial militar; la Coordinación de tiempo, abogado de la nación o del ción tanto al órgano de la acusación Servicios Periciales; 3 depósitos de Ejecutivo Federal. Bajo esa misma como a la defensa de los procesados, evidencias; 3 oficinas regionales de premisa, la Procuraduría Militar se atendiendo al principio de igualdad servicios periciales y 3 talleres en constituía en el consultor jurídico de armas que rige el nuevo sistema las prisiones militares; sumando 61 de la sedena, facultada para dictaobras y 5 remodelaciones, con una minar las dudas que se presentaban ¿Cuáles son entonces las Funciones en materia jurídica. En este nuevo de la Unidad de Asuntos Jurídicos? inversión de $504’774,689.11. sistema, se trata de dotar al órgano En materia de Capacitación se de investigación de mayor autono- Las principales atribuciones de la impartieron diversas especialida- mía, desvinculándolo del mando Unidad son la de fungir como condes, cursos, diplomados y talleres, militar y por eso se transformó la sultor jurídico y representante legal a nivel nacional e internacional Procuraduría en Fiscalía General de la Secretaría, dictaminando las para la totalidad de licenciados en de Justicia Militar encargada exclu- dudas que se le presenten, llevar la derecho pertenecientes al servicio sivamente de investigar los delitos representación y defensa jurídica de de justicia militar, peritos y policía inherentes al fuero militar y en su la Secretaría en todo tipo de procediministerial militar; personal de las caso, perseguirlos ante los tribuna- mientos jurisdiccionales y adminisunidades operativas y mandos de les militares. trativos; representar al Presidente de todos los niveles, con una inversión la Republica y a las principales las Respecto a la parte de consultor jurí- autoridades de la Institución en los de $ 8’249,332.51. dico, se separa y da paso a la creación juicios de amparo en que sean parte; ¿Cómo funciona la Fiscalía de de la Unidad de Asuntos Jurídicos atender todo tipo de requerimientos a mi cargo. En la mayoría de las judiciales y ministeriales que se forJusticia Militar? dependencia del Ejecutivo Federal mulen a la Dependencia; promover y Nuestro sistema de justicia contaba existe una unidad o dirección de coordinar la formulación de anteprocon una Procuraduría General de asuntos jurídicos, la sedena era la yectos de leyes y reglamentos; revisar Justicia Militar, que al igual que la única que no lo tenía. Esa función todo tipo de convenios y contratos;

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ENTREVISTA

así como intervenir en la regularización de los inmuebles al servicio de la Secretaría.

¿Considera que es suficiente el actual marco normativo para la intervención de las Fuerzas Armadas en asuntos relacionados con la Seguridad Pública? La posición de la sedena ha sido clara en el sentido de que el Ejército y Fuerza Áérea no intervienen por un tema de Seguridad Pública (sp). El artículo 21 de la Constitución mexicana señala que la Seguridad Pública se encuentra a cargo de corporaciones de carácter civil y disciplinado. El problema es que en determinado momento las actividades de ciertos grupos criminales se fueron desbordando y se encontraron con instituciones policiacas debilitadas o poco consolidadas. Recordemos que antes de la reforma del 1995 la sp era un asunto exclusivo de los municipios en coordinación con los gobiernos estatales, como se prevé en el artículo 115 constitucional. Es hasta ese año que se empieza a considerar que es una responsabilidad compartida con la Federación, por lo cual se crea una Policía Federal Preventiva y al mismo tiempo, un Sistema Nacional de Seguridad Pública, primero normativamente y luego materialmente. Nuestro sistema nacional de sp no ha logrado trascender para lograr que la policía más pequeña en cualquier municipio tenga la profesionalización, la capacitación y equipamiento adecuado para enfrentar los problemas de inseguridad que existen en el país. Por eso, ha sido necesario apoyar en esta materia con la participación de las fa, en tanto implique un problema de seguridad interior. Actuamos en coadyuvancia ante un problema de tal envergadura, sin embargo, en mi opinión que nos encontramos en una línea muy delgada entre las funciones de la policía y del Ejército en este terreno.

La Seguridad Interior no es un tema de las Fuerzas Armadas, es de todo el Estado mexicano y le corresponde a la Secretaría de Gobernación, en principio, liderar los esfuerzos en esta materia. Lo que procede es que el Congreso de la Unión expida una legislación, una ley de seguridad interior que establezca cuáles son las amenazas a la seguridad interior, quiénes deben atenderlas, qué acciones son las que se desarrollan y mediante una declaratoria, establecer un tiempo, un espacio y una autoridad responsable de la coordinación para atenderla, ya sea en una entidad federativa, en un municipio o a nivel nacional y atendiendo a la naturaleza de la emergencia de que se trate. En la sedena se ha venido trabajado en un proyecto de ley que busca integrar todos estos aspectos. Sin embargo, esta es una tarea del Lo anterior considero, ha provoca- Gobierno Federal, de la Consejería do que erróneamente se pretenda, Jurídica del Ejecutivo Federal, de que para auxiliar a estas instancias quienes tienen a su cargo la relación sin afectar los Derechos Humanos, con el Congreso de la Unión. En las fa se despojen de las caracte- suma, es necesario fortalecer el marrísticas propias de su naturaleza, co jurídico que regule las acciones de como lo es el armamento, equipa- las Fuerzas Armadas en seguridad. miento y adiestramiento militar, limitando sus capacidades para ¿Cómo fortalecer legalmente la enfrentar la amenaza que repre- actuación de las FA en tareas de sentan los grupos criminales; de Seguridad Pública? tal suerte que al final del día, la fortaleza que se buscaba con su En realidad no es estrictamente un empleo se pierda, favoreciendo las asunto de sp; no se trata de haceracciones de grupos criminales con nos responsables de los temas de grandes capacidades de volumen y seguridad pública. Para darle cerpotencia de fuego. teza jurídica al actuar del Ejército se debe establecer la legalidad de su ¿Existe una ley que regule la participación al momento de ayuactuación del Ejército en el apoyo dar a las policías y del uso de armas durante un enfrentamiento. Necea las actividades policiacas? sitamos una regulación en materia No. Este es un tema que reciente- del uso de la fuerza. mente se ha venido mencionado en varios medios de comunicación y que En la sedena ante la ausencia de algunos legisladores están retoman- normatividad en este tema, a nivel do para dotar al Ejército de un mar- administrativo se han emitido vaco jurídico que nos de certeza sobre rias directivas y un manual sobre nuestra labor. No queremos que nos el uso de la fuerza para tratar de den facultades de policía, necesita- orientar a nuestro personal sobre mos que se regule cómo y cuándo cómo actuar en situaciones en donde se pone en riesgo, ya sea su emplear a las fa.

En materia de seguridad interior hay acciones preventivas que deben aplicarse, porque esta en juego la supervivencia de las instituciones de la República y el orden constitucional.

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ENTREVISTA | Alejandro Ramos Flores

integridad física o la de terceros, pero son meramente orientaciones administrativas. Necesitamos que haya una norma jurídica que le dé soporte y sustento. Estas son parte de las debilidades del marco jurídico y necesitamos que se definan con precisión para actuar en mayor beneficio de la sociedad. Es importante recordar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en tesis memorables del año 2000, estableció que sería irracional tener una fuerza armada de determinada envergadura, si no se puede usar más que para la guerra. Por eso, se pronunció por la legalidad del empleo de las fa para ayudar a la sp pero bajo la petición expresa de las autoridades civiles y bajo a su dirección. Es decir, ellos ejercen sus atribuciones, por ejemplo, en un cateo, mientras que la actuación de las Fuerzas Armadas se limita a un apoyo de seguridad periférica.

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El Ejército debe intervenir en seguridad publica únicamente a petición de la autoridad civil competente, siempre por conducto de la Secretaría de Gobernación; de esta forma es el gobierno federal quien determina si se proporciona o no ese apoyo, sin perjuicio de que en una emergencia la ayuda se presta de forma inmediata a petición de la autoridad competente en el lugar.

¿Cuál sería la diferencia entre Seguridad Pública, Seguridad Interior y Seguridad Nacional? En principio, no existe claridad en el marco jurídico nacional sobre cual es cada uno de esos ámbitos, si bien existen normas constitucionales y legales distintas para la seguridad publica y para la seguridad nacional. Por ello, en las fa hemos trazado, al menos a nivel doctrinario, una diferencia entre la sp y Seguridad Interior (si). La primera tiende a proteger a las personas, sus bienes

y las libertades. La segunda salvaguarda el orden constitucional y la continuidad de las instituciones de la República, porque precisamente estas amenazas surgen desde dentro del Estado y lo ponen en riesgo. La Seguridad Nacional (sn) en general, cuida que subsista el Estado ante una amenaza exterior como un conflicto armado con otro país, en que opera la defensa exterior, o bien por un problema interno que afecta la gobernabilidad o el funcionamiento de las instituciones, en el que opera la seguridad interior. Por ejemplo, tenemos el caso de Haití, en donde a partir de un terremoto vive hoy en una crisis de seguridad, de política y de gobernabilidad de la cual, hasta la fecha, no ha podido salir; es decir, en la doctrina se reconocen 2 vertientes de la sn: la seguridad interior y la defensa exterior. Así, el artículo 89 fracción vi constitucional prevé la posibilidad de que el Presidente de la Repúbli-


ENTREVISTA

ca disponga de las fuerzas armadas para garantizar la seguridad de ambas situaciones. En ese orden de ideas, ante el desbordamiento de algunos grupos criminales que con su actuar afectan o impiden el funcionamiento normal de instituciones como presidencias y policías municipales, e incluso estatales, la intervención de las fuerzas armadas se ubica en el ámbito de la seguridad interior, sin soslayar que frecuentemente distintas autoridades solicitan apoyo para realizar una acción concreta que corresponde a seguridad publica. De ahí la importancia de que se expida una Ley de Seguridad Interior en la que se considere que así como para la seguridad pública hay labores de prevención y persecución del delito, en materia de seguridad interior hay diferentes estadios y acciones preventivas que deben aplicarse, porque está en juego la supervivencia de las instituciones de la República y el orden consti- El programa de dh de la sedetucional. na es un programa, no de hace 3 años, sino hace mas de una dé¿Cómo cumple la SEDENA el cada, mucho antes de la reforma mandato constitucional de respetar, constitucional de 2011. Quizás uno de los más fuertes en cuanto promover y proteger los DH? a su difusión y aplicación a través Desde siempre las Fuerzas Ar- de una serie de mecanismos. Está madas, en particular el Ejército incorporado en todas las materias y Fuerza Aérea, se han rígido por de las escuelas militares; así como una normativa muy estricta y la en los exámenes de promoción en premisa del militar es la vocación todas las jerarquías. Incluso hay de servicio, de tal suerte que, de una asignatura sobre dh y derecho forma a veces mal interpretada, se internacional humanitario que es ha pensado que la actuación del propio para las Fuerzas Armadas personal militar está en riña con en conflicto. el respeto a los dh. Al saberse de un problema en donAl contrario, la disciplina militar es de nuestros elementos pudieran la norma a la que el personal debe verse involucrados en materia de sujetar su conducta y en todo mo- dh, existe un protocolo en el cual mento la norma prevé el respeto se repasan las acciones, se hace lo a los dh. Por lo tanto, debemos necesario para identificar si hubo sujetarnos a las leyes ordinarias un error, en dónde estuvo y cómo que el legislador da para todos los mejorar la acción de las tropas. Es ciudadanos; por eso el militar debe un programa integral, no sólo de capacitación teórica sobre el tema. ser un ciudadano ejemplar.

¿Cuenta la SEDENA con una Dirección de Derechos Humanos? Lo que inició como una oficina dentro de la Procuraduría General de Justicia Militar, hoy Fiscalía General, creció a ser una Subdirección de dh en la Dirección de Justicia Militar y hoy, por la relevancia del tema, es una Dirección General de Derechos Humanos, que refleja la importancia que la sedena otorga a la promoción y protección de los dh de la población. Su responsabilidad es atender todos los requerimientos y recomendaciones que se le formulan a las Fuerzas Armadas y a la Secretaría, y por otro lado, promover acciones para que los dh crucen transversalmente todas las actividades del Ejército y Fuerza Aérea. Esa es la convicción y compromiso del Secretario de la Defensa nacional y de todos los que integramos las Fuerzas Armadas con los Derechos Humanos.

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ENTREVISTA | Alejandro Ramos Flores

Semblanza Alejandro Ramos Flores Formación Académica

Trayectoria Profesional

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En el Servicio de Justicia Militar se ha desempeñado como: • Asesor jurídico. • Secretario de Acuerdos y Juez Militar. • Jefe de la Sección Técnica. • Jefe del cuerpo jurídico consultivo. • Agente adscrito y subprocurador en la Procuraduría General de Justicia Militar. • Jefe de la asesoría jurídica del Estado Mayor de la Defensa Nacional. • Actualmente es Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la sedena.

Egresado del Heroico Colegio Militar. Licenciado en Derecho por la unam. Especialidad y Maestría en Administración Pública (postulante) en el Instituto de Estudios Superiores en Administración Pública. Maestría en Administración Militar para la Seguridad y Defensa Nacionales en el Colegio de Defensa Nacional. Cuenta con los siguientes cursos: Especialización Judicial de la scjn, Diplomados en: a) Asesor Jurídico en Derecho Internacional Humanitario; b) Las Fuerzas Armadas y los Derechos Humanos, c) Política Exterior de la Unión Europea y sus relaciones con México. Ostenta el Grado de General Brigadier de Justicia Militar y Licenciado.

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En el Gobierno Federal se ha desempeñado como: • Coordinador de Asesores del Procurador General de la Republica. • Subprocurador Jurídico y de Asuntos Internacionales de la pgr.


Trata, Explotación Sexual, Prostitución y Derechos Humanos | ARTÍCULO

Trata, Explotación Sexual, Prostitución y Derechos Humanos Dra. Patricia Olamendi Torres Doctora en Derecho. Integrante del grupo de trabajo del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU)

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lla tenía 14 años cuando quedó embarazada, sus padres la recriminaron y en su entorno familiar y social no encontró apoyo. Un tío llegó a su casa y le propuso que conociera a su amigo, a los pocos días de haber nacido su bebé, llegaron a visitarla su tío y el amigo, éste le propuso matrimonio y la familia lo agradeció, unos días después se trasladaron a Tlaxcala, su hijo fue entregado a la mamá del marido y ella fue llevada a un lugar en donde más de 20 hombres la violaron, trató de huir y sufrió violencia. La mandaron a Tijuana en donde intentó nuevamente escapar, durante su estancia presenció violencia extrema e incluso homicidios; finalmente con apoyo de una organización de mujeres, pudo salir de ese infierno, tenía 15 años y logró denunciar, dio nombres y datos de los lugares, de nada sirvió, su denuncia fue guardada en un cajón. Tiempo después, cuando hice la investigación de trata su caso me fue entregado junto con otras 53 llamadas “actas circunstanciadas” con testimonios similares, nunca supe si estaba viva o muerta, la información que dio seguramente fue a parar a manos de los tratantes beneficiados de esta red de complicidad y corrupción que impera en el país.

bién adolescentes con un bebé y con poca instrucción que finalmente eran vendidas a sus clientes y en los operativos policiacos siempre eran detenidas como probables responsables de un delito. De las 2 investigaciones que hice en México de denuncias de víctimas de trata y las que hice en Centroamérica, siempre encontré el mismo modus operandi de los tratantes, seducción, engaño con falsas promesas para unas, compra o secuestro para otras, violencia y más violencia, incluido el asesinato para todas. Características similares en las víctimas, mujeres y niñas en condiciones precarias, o que fueron expulsadas de sus hogares o salieron de ellos por haber sido violentadas o porque piensan que su futuro puede mejorar si aceptan ese supuesto empleo; en otros casos, algunas aprender a sobrevivir en ese mundo.

prenderme la ligereza con la que se expresan del tema, ni con la actitud con la cual siempre encuentran una forma de culpar a las mujeres.

Existe en la sociedad una confusión grave entre trata de personas, prostitución forzada y prostitución. En el mejor de los casos hay quienes dicen oponerse a tajantemente al primero, pero en cuanto al segundo les parece aceptable incluso como profesión. Lo lamentable de todo es que la situación no cambiará tan rápidamente como quisiéramos, mientras no se avance en la igualdad real entre hombres y mujeres –lo que llamamos igualdad sustantiva– y mientras el papel de las mujeres en la sociedad no sea valorado y dignificado. Como la humanidad siempre ha vivido con ello, no resulta fácil construir una conciencia social que rechace estás formas de violencia contra las mujeres, a pesar Los tratantes han construido una red de esfuerzos legislativos en el ámbide complicidades en la sociedad y en to internacional y leyes nacionales. los aparatos gubernamentales, no solo Además de campañas internacionaen las áreas de justicia. Si una mujer es les y nacionales que dan cuenta de la “problemática” la venden a otro grupo magnitud y atrocidad que significa la de tratantes o la mandan al extranjero. esclavitud que genera la trata y exploIncluso dentro de la política siempre tación sexual de mujeres y niñas. encuentran defensores, en varias ocasiones he escuchado; “la prostitución Por otra parte, en nuestras sociedades siempre ha existido, hay prostitutas no hemos logrado cambiar la visión para todas las clases, pobres y ricos”, sobre el significado de la prostitución En otra investigación se ofrecían a “ese negocio siempre va a existir”, “ellas y cómo ello mantiene o contribuye las mujeres trabajar en spas para también se benefician, ganan mucho a la desigualdad y subordinación de dar masajes, las víctimas eran tam- para lo que hacen”. No deja de sor- las mujeres. En México el debate es

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reciente y necesario; hemos tenido 2 leyes, una federal y la vigente General contra la trata; además, durante los últimos 13 años se han cambiado varias veces los 33 códigos penales en el país. La prostitución es una forma de violencia contra las mujeres y una violación de la dignidad humana, es una forma extrema de discriminación que impide su desarrollo. Así lo han consignado diversos tratados de Derechos Humanos y más reciente de los convenios que protegen a las mujeres, la cedaw y la Convención de Belém do Pará con los que los países se han comprometido. Según un informe de 2012, realizado por la Fundación Scelles, este fenómeno tiene una dimensión mundial que implica a entre 40 y 42 millones de personas, el 90% de las cuales depende de un proxeneta, si eso no es explotación sexual, ¿entonces cómo llamarla? En México, según el Censo de Población y Vivienda de 2010, el inegi contó a 57 millones 481 mil 307 mujeres, de ahí, la población total de “trabajadoras sexuales” –como las llama un organismo gubernamental– destaca el informe, “independientemente de su condición laboral de libertad, esclavitud sexual o servidumbre, infantil o adulta,” sería de entre 143 mil 703 (0.25%) y 862 mil 219 mujeres (1.5%) para ese año. La realidad no la sabemos y menos después de esa clasificación.

La prostitución y la explotación sexual están arraigadas en costumbres, prejuicios y creencias sobre el papel de inferioridad que las mujeres han tenido en la sociedad.

En los debates sobre la legalización de la prostitución se han presentado 2 posturas, sobre todo en Europa a partir de diversas reformas jurídicas. La primera la considera como una violación de los derechos de las mujeres y un medio para perpetuar la desigualdad y los estereotipos de género. El enfoque legislativo que le acompaña, entre otros, es penalizar la compra de servicios sexuales, mientras que la prostitución es legal. La segunda sostiene que mejora la igualdad de género al respetar el derecho de la mujer a decidir sobre la venta o uso de su cuerpo. Se considera sólo como otra forma de trabajo y que la manera de protegerlas es mejorar sus “condiciones laborales” y profesionalizar el ofiLo que si podemos afirmar, es que la cio como “trabajo sexual”. Por lo que prostitución y la explotación sexual la prostitución y las actividades relatienen un componente de género, es cionadas con ella, deben ser legales y decir, están arraigadas en costumbres, y las mujeres serían libres de contraprejuicios y creencias sobre el papel tar gestores, también conocidos como de inferioridad que las mujeres he- proxenetas. Una crítica a esta postura, mos tenido en la sociedad, y sobre la es que hacen de la prostitución y el idea de que debe existir un mercado proxenetismo actividades normales para satisfacer las necesidades se- que puede caer en la legalización la xuales de los hombres. Tristemente explotación y esclavitud sexual. ha sido socialmente aceptado que las mujeres y las niñas, “voluntariamen- Independiente de la postura que asúte” u obligadas, vendan sus cuerpos manos, tenemos que reconocer que a hombres que pagan por el servicio. ambos problemas son formas de vioContra esa complicidad social es que lencia reconocidas en la legislación internacional, ya que se perpetúa la tenemos que luchar.

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idea de que el cuerpo de las mujeres y las niñas está en venta, y se consideran un obstáculo para la igualdad y autonomía de las mujeres. También tenemos que insistir en que la mayoría de los usuarios o clientes de servicios sexuales son hombres para quienes las mujeres seguimos siendo un objeto, al que se puede incluso violentar. El debate entonces, no únicamente se ubica en una visión que se dice progresista en contra de la conservadora. No, el debate es sobre los dh, sobre los derechos de las mujeres, los niños, las niñas, se enmarca en la responsabilidad que los Estados tienen en la tutela de los mismos y la responsabilidad de proteger, respetar y garantizar esos derechos para todas las mujeres, las niñas y los niños. Es un debate que cuestiona el patriarcado, y sus legados, entre otros, “las necesidades sexuales de los hombres y su imposibilidad de contenerse.” Mucho hemos padecido esta visión, incluso el derecho en nuestro país es reflejo de ello, el abuso sexual infantil es prácticamente tolerado, la sanción va de 2 meses a 2 años en promedio, la edad para consentir una relación sexual es a los 12 años según nuestros códigos penales. Por supuesto no está exenta de cuestionamiento para la víctima, sobre vestimenta, o actitud provocadora; que decir de las figuras jurídicas del rapto, que señalan que un hombre puede secuestrar a una mujer para satisfacer un “deseo erótico sexual”, en donde la pena es ridícula y la reparación todavía es, el matrimonio con la víctima. Todo eso ocurre principalmente dentro del hogar, en casi un 50% por hombres de la familia, padres, padrastros, tíos, abuelos hermanos, fuera del hogar por conocidos o personas cercanas, padrinos, vecinos, cuñados, amigos, guías religiosos, maestros, muy pocas ocurren por desconocidos. Esa es la magnitud de la violencia sexual que enfrentamos día a día las mujeres mexicanas, ¿de qué hombres hablamos?, ¿acaso no son seres racionales?, ¿no deberían de ser los protectores?


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Por eso los relatos de quienes venden sus cuerpos son similares. Las niñas abusadas o violadas en casa que salen en busca de algo mejor, la esposa que es llevada a un lugar para prostituirse para “ayudar a su marido”, a la adolescente que engañaron y se embarazo a temprana edad, peor aún a la que vendió su padre. Todas ellas, sin opciones, sin apoyos, encuentran una manera de sobrevivir en la prostitución. Sus relatos no son diferentes a otras mujeres en el mundo. Según el informe del parlamento europeo sobre prostitución e igualdad de género, entre el 80 y 90% de las personas que se prostituyen han sufrido alguna forma de violencia antes de empezar a ejercerla (violación, incesto, pedofilia); el 62% declara haber sufrido una violación y el 68% sufre trastornos de estrés postraumático, un porcentaje similar al de las víctimas de tortura1. En este debate también están las voces de aquellas que participaron en la prostitución, como Rachel Moran, una ex-prostituta de Irlanda, autora de Paid For: My Journey Through Prostitution. Moran criticó duramente la legalización y a quienes la promovían a través de un documento llamado El derecho de los hombres a comprar sexo, a lo que se sumaron las supervivientes de tráfico sexual y prostitución, discusión que tuvo lugar en la conferencia anual sobre mujeres de la onu en 2015, en el panel “Prostitución y Trabajo Sexual” organizado por la Coalición Contra el Tráfico de Mujeres (catw por sus siglas en inglés). Ahí insistieron que el término “trabajo sexual” fue creado por proxenetas situados en Estados Unidos con el fin de normalizar la prostitución. Otros lo utilizan para no ofender a mujeres prostituidas, ellas insisten que: “incorporar la frase sólo beneficia a proxenetas y alcahuetes”; fueron enfáticas al insistir en que la

prostitución no es trabajo, es viola- todas las actividades laborales y edución pagada, la prostitución debe ser cativas. La violencia dentro y fuera del hogar es una constante en México, el tratada como violencia de género. 67% sufren violencia psicológica, inLo mismo opina el parlamento eu- sultos, amenazas, el 50% física y más ropeo en su resolución sobre el tema del 30% sexual, el 84% por ciento de al asegurar: “considerar la prostitu- las víctimas de violación y abusos seción como un «trabajo sexual» legal, xuales somos las mujeres. despenalizar la industria del sexo en general y legalizar el proxenetismo El inegi reportó que en 2011 fueron no es la solución para proteger a las 18.7 millones de mujeres de 15 y más mujeres y a las menores de edad de años con al menos un incidente de la violencia y explotación, sino que violencia por parte de su última pareproduce el efecto contrario y aumen- ja (47.0% de la población femenina de ta el riesgo de que sufran un mayor esa edad). De cada 100 mujeres con al nivel de violencia, al tiempo que se menos un incidente de violencia por fomenta el crecimiento de los mer- parte de su última pareja, 92 han sucados de la prostitución y, por tanto, frido violencia emocional, 52 violenel número de mujeres y menores de cia económica, 30 física y 16 sexual. La mayoría (69.4%) no denunció el edad víctimas de abusos”. abuso o la agresión física o sexual ¿Es posible ejercer la libertad de ven- ejercida por el esposo, compañero o der o alquilar nuestro cuerpo? desde novio a lo largo de su vida en pareja los dh se insiste que en las naciones y cuando lo hicieron nada favorable en donde la discriminación, la vio- para ellas ocurrió. En promedio se lencia, la falta de oportunidades, la asesinan a 6 mujeres al día, los fepobreza, la ausencia de garantías de minicidios, la máxima expresión de protección, las mujeres vivimos en violencia contra las mujeres, no son una situación de vulnerabilidad. En prevenidos, ni investigados, no hay donde ejercer nuestros derechos re- acceso a la justicia para las víctimas, sulta prácticamente imposible; a la menos aún, se atienden las causas y fecha no conozco un país en donde consecuencias de esta violencia brutal tengamos igualdad sustantiva y ple- en el tejido social y en la vida y seguna autonomía, a pesar de tener índi- ridad de las mujeres y niñas. ces muy alto de desarrollo humano. Desde el año 2000 de acuerdo a las Es así que en países como México, estadísticas de la Secretaría de Salud, caracterizado por una profunda des- han ocurrido en el país 23 mil 763 igualdad, pobreza y violencia contra muertes violentas de mujeres, la malas mujeres y de manera especial con- yoría de las cuales permanecen en tra las niñas, la libertad de las muje- la impunidad. Frente a ello, el meres es y sigue siendo una aspiración. canismo para detenerlos la “Alerta Algunos datos que lo ilustran: segui- de género”, ha sido satanizado por mos siendo las más pobres entre los las autoridades y su aplicación cuespobres, la deserción escolar es mayor tionada o ausente de respuesta. Hay en las jóvenes, el 41% de las mujeres un incremento de niñas desde los se encuentran en rezago educativo. 10 años y adolescentes que son maCon un trabajo precario y muy pocas dres y por supuesto, tienen menores oportunidades para quienes estudian oportunidades de desarrollo. Las e incluso concluyen una carrera, y el estadísticas oficiales dicen que 4 de oprobioso acoso sexual presente en cada 100 niñas de 10 a 14 años ya

Farley, M., Violence against women and post-traumatic stress syndrome», Women and Health, 1998; Damant, D. y otros autores, Trajectoires d’entrée en prostitution : violence, toxicomanie et criminalité, Le Journal International de Victimologie, nº 3, abril de 2005.

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La violencia dentro y fuera del hogar es una constante en México, el 67% sufren violencia psicológica, insultos, amenazas, el 50% física y más del 30% sexual. han sido madres y de 15 a 18 años son madres 13 de cada 100; sus embarazos son resultado de la violencia o de uniones incluso matrimonio con hombres en promedio 11 años mayores que ellas, hay que recordar que el matrimonio de niñas es todavía una práctica en nuestro país. Junto con eso, tenemos una creciente demanda de prostitución infantil, es decir, el uso de niñas y niños en el comercio sexual a cambio de un pago o de otro tipo de compensación, en algunas ocasiones el pago es directo a ellos, o casi siempre a terceras personas. La agencia de la onu para la infancia, unicef, estima que alrededor de 2 millones de niños de todo el mundo son explotados sexualmente a través de la prostitución y la pornografía, que es la tercera industria ilegal más lucrativa del mundo. Señala a Tailandia, Camboya, India, Brasil y México como o principales focos de prostitución y explotación sexual infantil. La prostitución infantil (afecta a los menores de 18 años) va ligada en muchas ocasiones a la pobreza. Insiste en

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la necesaria protección para las niñas y los niños ya que no tienen la capacidad de consentir la prostitución y exhorta a los Estados a que la combatan tan enérgicamente como sea posible, dado que es la forma más grave de prostitución forzada; exige con carácter urgente un enfoque de cero tolerancia basado en la prevención y protección de las víctimas y el enjuiciamiento de los supuestos clientes. Investigaciones realizadas en la Universidad de Guadalajara demostraron que en México, se trata de un grave problema del cual no se dice mucho, en donde un sin número de mafias están detrás del negocio. Asimismo, que hay muchos factores que obligan a los menores de edad a prostituirse, en su mayoría son las necesidades económicas en el hogar, la huida de casa y la búsqueda de auto sustento, la drogas o la explotación por parte de un familiar o un tercero. No se puede confundir con abuso sexual, en ese caso la niña o el niño sólo es víctima de la conducta, en cambio, cuando se ofrece

un servicio sexual por un menor de edad –recordar que se es niño o niña hasta los 18 años– a cambio de un pago se habla de prostitución infantil. Los consumidores generalmente son hombres provenientes de países ricos en el caso de México de Canadá y los Estados Unidos principalmente. Las consecuencias que puede traer a los niños y las niñas son: suicidio, asesinatos, depresión, uso de drogas o alcoholismo. La prostitución infantil nunca puede ser voluntaria, siempre será considerada como prostitución forzada. A pesar de ello, la mitad de los clientes compran servicios sexuales de niñas o niños menores de 18 años, sabiendo que lo son. Y es muy probable que quienes son víctimas de trata de personas sean utilizados en la prostitución infantil. Aunado a ello tenemos que hablar de la violencia que se viven en el país, provocada por el crimen organizado solapado por autoridades corruptas, para quienes las mujeres y las niñas son un botín de guerra. Los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez


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fueron el inicio de esta pesadilla que ilustra como la violencia generalizada tiene un impacto mayor en las mujeres y las niñas, 27% de las víctimas de la violencia somos mujeres, no exenta de violencia sexual, prostitución forzada y muerte, al que se suma el alarmante fenómeno de las mujeres y niñas desaparecidas. El reporte oficial del gobierno mexicano señala que hay 27 mil 659 personas desaparecidas, 7 mil 177 son mujeres lo que representa el 27% de las víctimas. Más de 60 mil denuncias de violencia familiar no son investigadas, la mayoría de las mujeres detenidas sufren violencia sexual y tortura.

De acuerdo a las estadísticas de la SS, han ocurrido en el país 23 mil 763 muertes violentas de mujeres, la mayoría permanecen en la impunidad.

que son sometidas en esas regiones. Igual debemos legislar de acuerdo a los delitos establecidos en el Estatuto de Roma que crea la Corte Penal Internacional para que la violencia sexual y la prostitución forzada en esos contextos sean considerados como delitos de lesa humanidad. Es decir: “Cuando la violación haya tenido lugar por la fuerza, o mediante la amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de poder, contra esa u otra persona o aprovechando un entorno de coacción, o se haya realizado contra una persona incapaz de dar su libre consentimiento.”

nización Brigada callejera afirma que 1 de cada 3 migrantes atendidas por la organización en materia de salud A la prostitución forzada cuando: sexual, fue objeto de trata de personas “haya hecho que una o más personas realizaran uno o más actos de natuLa Secretaría de Gobernación (segob) con fines sexuales. raleza sexual por la fuerza, o mediancalcula que son 150 mil personas migrantes al año, mientras que organi- Es urgente ya, reconocer que nuestra te la amenaza de la fuerza o mediante zaciones de la sociedad civil calculan situación se asemeja a la de los con- coacción, como la causada por el te400 mil. En un informe de la cndh flictos armados en diversas regiones mor a la violencia, la intimidación, asegura que tuvo conocimiento de 9 del país; tenemos que transparentar la detención, la opresión psicológica mil 756 migrantes secuestrados, de los lo que pasa en la vida de las mujeres, o el abuso de poder contra esa o esas cuales el 15% eran mujeres. La orga- la violencia y explotación sexual a la personas u otra persona”. Niñas, Niños, Mujeres y Migrantes son una Mercancía

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Muchos de estas conductas no nos son ajenas. Ejemplos los tenemos en estados con presencia del crimen organizado y en donde se han hecho operativos por fuerzas militares. Tenemos 3 sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: a) Campo algodonero, por asesinatos de mujeres en el marco de la violencia generalizada provocada por el crimen organizado, b) Inés Fernández y Valentina Rosendo, por violación sexual a mujeres indígenas en operativos militares; y el más reciente el llamado b) caso Atenco, por violencia sexual a mujeres en operativos de la policía, por ambos bandos las mujeres somos víctimas de ésta violencia. Por ello, los mecanismos de dh han afirmado que México vive una grave crisis de derechos y violencia, que ha llevado al país a niveles críticos de impunidad y una atención inadecuada de las víctimas y familiares. Según el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos: “La impunidad es uno de los principales problemas ya que el 98% de los delitos denunciados quedan sin castigo. La justicia en México es una ‘simulación’, ya sea porque se fabrican culpables o porque las autoridades no aplican la debida diligencia y las actuaciones no producen resultados”.

contribuyen a ofrecernos como mercancía. Si bien la libertad sexual es un derecho de las personas, ésta no puede construirse sobre la base de denigrar a las mujeres.

y que han sobrevivido incluso a la violencia, a la trata o explotación sexual, no tienen, ni tuvieron otra opción que depender de la venta de sus cuerpos para sobrevivir, eso es obligación del Estado y de la socieFrente a este panorama de desigual- dad, impedir y sancionar. dad y violencia contra las mujeres en México, creo que entre en mu- Estoy convencida que las mujeres chos otros, ¿podemos hablar de au- y los hombres tenemos que vivir en tonomía y libertad de las mujeres armonía, sobre la base del respeto a para dedicarse a la prostitución? En nuestro dignidad. En México tenegeneral tenemos que reconocer que mos mucho por hacer para que esto resulta casi imposible. Por supues- suceda, muchas y muchos estamos en to que no todas somos iguales, en esta ruta, no queremos esta absurda este país desigual, hay mujeres que violencia, no aceptamos como cotipueden tener satisfechas sus nece- diano el abuso contra las mujeres y sidades y mejores oportunidades las niñas, no toleramos la explotación pero deciden hacer uso de su auto- sexual de ninguna persona. Si creenomía, ejercer la prostitución. Pero mos que hay otra forma de ser mujer, aquellas que no tuvieron el acceso más humana y más libre y estamos a sus derechos, ni oportunidades construyéndola diariamente.

Un papel importante en la promoción de la trata de personas y la prostitución es el que pueden desempeñar los medios de comunicación, con la reproducción de imágenes estereotipadas de las mujeres y la oferta de servicios sexuales. Tampoco se puede soslayar otros medios como el internet, un sitio para la captación de niñas y mujeres en la prostitución y trata de personas. Frente a eso es urgente intensificar campañas a nivel de educación primaria y secundaria sobre derechos de las niñas y prevención de estos *Síntesis de la ponencia “Trata, Explotación Sexual y Prostitución de Mujeres y Niñas, Violación delitos. Eliminar mensajes publi- a los Derechos Humanos y Violencia contra las Mujeres” presentada en el Foro Internacional, la citarios con contenido sexista, que Explotación Sexual: Violación de Derechos Humanos, realizado en la Cámara de Diputados.

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COLUMNA

¿Se Instrumentan Correctamente los Convenios Tributarios en México?

LLM. Juan de la Cruz Higuera Ornelas

Especialista en Derecho Fiscal Internacional info@jch-abogados.com

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os convenios tributarios sobre la renta y el patrimonio que México tiene celebrados actualmente exceden medio centenar. Su importancia no es sólo cuantitativa, pues su objetivo principal es coordinar el sistema impositivo mexicano con diversos sistemas tributarios del mundo para promover el intercambio de bienes y servicios, así como el movimiento de capitales, tecnología y personas. Además, con esos acuerdos internacionales se pretende combatir la elusión y la evasión fiscal. Su correcta interpretación resulta esencial para cumplir de manera efectiva con las obligaciones internacionales que ha pactado el Estado mexicano. Asimismo, se minimiza o elimina la doble imposición jurídica internacional, evitando que a un mismo contribuyente se le apliquen impuestos similares en 2 o más países, respecto del mismo objeto de imposición y por el mismo periodo fiscal. Esto ocurre porque la potestad tributaria se sobrepone cuando se utilizan diferentes criterios o nexos para imponer contribuciones, tales como la residencia o la fuente de riqueza. A pesar de existir diversos convenios modelo como el de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo

Económicos (ocde) y el de la Organización de las Naciones Unidas, muchos pueden alejarse del contenido y redacción de tales modelos. En México, los conflictos que involucran operaciones transfronterizas y que requieren la aplicación e interpretación de tratados internacionales en materia tributaria son resueltos jurisdiccionalmente tanto por las Secciones de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, como por los órganos del Poder Judicial de la Federación. En este sentido, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (scjn) se erige como la más alta autoridad en México responsable de interpretar y velar por la correcta aplicación de los convenios tributarios. Apenas el 30 de septiembre de 2016, la Primera Sala de la Corte, competente en las materias penal y civil, publicó una tesis aislada aprobada escasamente por mayoría de 3 votos, en la que trata de establecer las reglas mínimas para la aplicación de tratados a fin de evitar la doble tributación y la evasión fiscal: “TRATADOS PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN Y LA EVASIÓN FISCAL. REGLAS MÍNIMAS PARA SU APLICACIÓN.

En virtud de los diversos sistemas de tributación que existen a nivel mundial, que pueden regirse tanto por el principio de renta mundial, como por el principio de territorialidad del ingreso, los países han establecido instrumentos internacionales para la distribución de su potestad tributaria, a efecto de no hacer onerosa la carga tributaria. En el caso de México, la carga impositiva emana del artículo 31, fracción IV, de la Constitución General, del que deriva el principio de legalidad y que implica que los hechos de causación y las tasas de tributación deberán encontrarse en un texto material y formalmente legislativo. Ello se traduce en que una vez definido el supuesto normativo en la ley mexicana, no puede variarse al momento de aplicar un tratado internacional para evitar la doble tributación y la evasión fiscal, so pena que, al hacerlo así, se traslade el hecho imponible y la tasa correspondiente al citado tratado, lo que contravendría el referido numeral constitucional. A partir de esas premisas, la aplicación de un tratado para evitar la doble tributación y la evasión fiscal en relación con la Ley del Impuesto sobre la Renta debe sujetarse, como mínimo, a las reglas siguientes: a) el beneficio del tratado se aplica a sujetos que acrediten ser residentes en alguno de los Estados

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COLUMNA | Mirador Fiscal

contratantes; b) una vez definido el hecho imponible en la ley nacional, se atiende a éste para ubicarlo en alguno de los supuestos del tratado; c) hecho lo anterior, debe confrontarse la tasa aplicable conforme a la ley doméstica con la tasa máxima prevista en el tratado; y, d) en caso de que el tratado prevea una tasa de retención inferior a la establecida en la ley nacional, es la tasa del tratado la que podrá aplicarse directamente por el retenedor.” Al respecto, se deben hacer varias observaciones. La primera parte, en donde se menciona que debido al principio de legalidad, los hechos de causación y las tasas de tributación deberán encontrarse en una ley en sentido material y formal, es acertada, puesto que las obligaciones tributarias impuestas a los contribuyentes sólo pueden derivar de una ley. En ese sentido, un convenio tributario jamás puede imponer cargas fiscales a un particular en México, ya que sólo otorgan beneficios a los contribuyentes, restringiendo la aplicación de normas fiscales de derecho interno. No obstante, la redacción de la oración siguiente es bastante desafortunada y puede crear graves confusiones. La tesis señala que, “una vez definido el supuesto normativo en la ley mexicana, no puede variarse al momento de aplicar un tratado internacional para evitar la doble tributación y la evasión fiscal, so pena que, al hacerlo así, se traslade el hecho imponible y la tasa correspondiente al citado tratado, lo que contravendría el referido numeral constitucional.” Lamentablemente, el principio de legalidad del artículo 31 constitucional no sustenta en lo absoluto la conclusión anterior, misma que vulnera enormemente la forma en que deben aplicarse los convenios tributarios celebrados por México. ¿Por qué se afirma lo anterior? Se debe recordar que cuando se interpreta un tratado internacional, no se atiende exclusivamente a la voluntad

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Un convenio tributario jamás puede imponer cargas fiscales a un particular en México, ya que dichos convenios sólo otorgan beneficios a los contribuyentes. de un solo Estado, toda vez que es el resultado de la convergencia de 2 potestades independientes, las cuales deben ser tomadas en cuenta durante su aplicación. En este sentido, si bien es cierto que en un primer momento se debe acudir a la legislación nacional para determinar si México busca o no gravar un hecho determinado, al momento de acudir al convenio tributario se deben dejar a un lado los conceptos y figuras de la legislación mexicana. Efectivamente, el intérprete del Derecho comprobará si el Estado mexicano tiene como objetivo gravar una transacción determinada. Lo anterior se corroborará al revisar si en una ley nacional en sentido material y formal existe alguna obligación para el contribuyente de tributar al realizar determinada operación. Igualmente, el otro Estado contratante deberá hacer lo propio y determinar si su legislación interna le permite o no gravar el hecho o acto de que se trate. En segunda instancia, se debe de acudir al convenio tributario para establecer si el mismo es aplicable. A partir de este momento, las definiciones y conceptos de la legislación nacional, por regla general, deben dejarse a un lado para aplicarlo correctamente; por ejemplo, para las personas residentes de uno o de ambos Estados contra-

tantes. En este sentido, los conceptos de “persona” y “residente” deben ser aquellos contenidos en el tratado. En un tercer momento, para determinar si el tratado restringe el poder impositivo de México, se deben analizar los hechos de la transacción examinada para así ubicarla en alguna de las reglas distributivas de los tratados. Por ejemplo, establecer si se trata de regalías, intereses, rentas inmobiliarias o beneficios empresariales. En este punto, es muy importante reiterar que no se deben utilizar las definiciones ni los conceptos de la ley mexicana, ya que el tratado tiene sus propios conceptos, los cuales fueron definidos atendiendo la voluntad de ambos Estados contratantes. Es posible y perfectamente normal que la ley doméstica de un país contratante grave cierta transacción encuadrándola bajo el concepto nacional de “intereses”, mientras que para efectos del tratado aplicable, la establezca como “dividendos.” Inclusive, el otro país contratante puede gravar esa misma transacción como si fuesen de otros ingresos que no corresponden ni a intereses ni a dividendos con base en su legislación interna, puesto que las legislaciones nacionales de ambos países contratantes no tienen por qué coincidir. No obstante, el tratado tributario se posicionará por encima de cualquier concepto nacional, atendiendo a conceptos y definiciones propios contenidos en el mismo. No debe pensarse que el uso de uno u otro concepto a nivel tratado (por ejemplo, intereses o dividendos) no tiene relevancia o consecuencias jurídicas trascendentes, ya que dependiendo de qué regla distributiva del tratado aplique, los límites al poder impositivo de los Estados contratantes pueden variar enormemente. Por ello, contrario a lo que señala la tesis aislada antes transcrita, el supuesto normativo de la ley mexicana sólo es importante al momento de determinar si la autoridad hacendaria puede


COLUMNA

gravar; pero cuando aplica el tratado internacional, únicamente debe tomarse en cuenta los hechos de la transacción transfronteriza conforme a los conceptos plasmados en el acuerdo de que se trate. Así, una vez establecido en qué regla del tratado encuadran los hechos de una operación internacional, se podrá determinar si el convenio tributario restringe a alguno de los países para gravar, ya sea impidiendo que grave por completo, restringiendo la tasa del impuesto u obligando a acreditar o exentar al haber un pago de impuestos en el extranjero. Finalmente, una vez definido lo anterior, el Estado que pretenda gravar podrá imponer tributos a sus contribuyentes, fundando su actuación en las hipótesis previstas en la legislación nacional, pero al mismo tiempo atendiendo los límites arrojados al consultar el tratado tributario aplicable. Por ejemplo, es posible que si la legislación nacional grave cierta operación como intereses, el fisco recaudará impuestos por concepto de intereses pero aplicando los límites del tratado, sin importar que el tratado haya limitado su actuar a través de la regla distributiva correspondiente a “dividendos.”

En este sentido, el hecho imponible y la tasa aplicable tienen su fundamento en la legislación mexicana conforme al principio de legalidad contenido en el artículo 31 constitucional, sólo que la tasa puede estar limitada por el convenio tributario, sin que lo anterior implique de manera alguna que se traslade el hecho imponible y la tasa correspondiente al citado tratado como pretende la tesis aislada ya citada. Si se siguen los pasos a que se refiere el presente artículo, se logrará una correcta interpretación y aplicación de los tratados internacionales en materia tributaria, situación que es deseable, ya que los mismos permiten que cada Estado contratante obtenga una parte justa de impuestos en las operaciones transfronterizas, logrando además competitividad entre los países y neutralidad internacional. No debe olvidarse que ningún país obliga a México a pactar este tipo de tratados. Más aún, durante la formación y nacimiento de los convenios tributarios, intervienen diversas autoridades del país, incluyendo el Ejecutivo Federal y el Senado de la República. En este sentido, si el Estado mexicano no desea otorgar beneficios fiscales a sus contribuyentes a través de tratados internacionales, no

debería de suscribirlos o en su caso, debería denunciarlos. Sin embargo, no puede pretender frente a otros países que los tratados se encuentran vigentes mientras que al interior del país se aplican incorrectamente. Lo anterior genera incertidumbre para los contribuyentes, especialmente para los empresarios e inversionistas extranjeros, los cuales planean sus operaciones e inversiones pensando que los tratados internacionales que les otorgan beneficios fiscales se van a aplicar de cierta forma (tal y como seguramente se les aplican en otros países), pero terminan decepcionados de la forma en como se interpretan dichos convenios en México. Por todo lo anterior, se exhorta a todos los juzgadores nacionales involucrados en la aplicación de convenios tributarios sobre la renta y el patrimonio, a interpretar dichos instrumentos con una visión global para cumplir cabalmente con los objetivos de los mismos, eliminando así la doble imposición jurídica internacional y permitiendo que México pueda competir con los países más desarrollados a nivel mundial al garantizar plena certeza en la aplicación de los instrumentos jurídicos internacionales.

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ARTÍCULO | El VIH/SIDA en el Mundo Laboral

El VIH/SIDA en el Mundo Laboral

Dr. Arturo Martínez y González Coordinador de la Comisión de Derecho del Trabajo de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas.

El VIH conocido también como el Virus de Inmunodeficiencia Humana, fue descubierto por el investigador francés LucMontagnieren el año 1983, se considera que esta enfermedad es hasta ahora incurable y además resulta contagiosa, por lo que ha sido motivo de una gran discriminación social, no siendo la excepción en el mundo del trabajo, por lo que debemos luchar para que no se le cierren las puertas laboralmente y tenga la oportunidad de ser un actor en las relaciones de trabajo, claro está, mientras no se le desarrolle la enfermedad que padece hasta incapacitarlo totalmente.

E

n la 99ª reunión de la Conferencia Internacional de la Organización Mundial del Trabajo (oit), de 2010, se definió al vih como el Virus de la Inmuno deficiencia Humana, que deteriora el sistema inmunitario humano. Se considera que infecta a las células del sistema inmunitario, alterando o anulando su función. La infección produce un deterioro progresivo del sistema inmunitario con la consiguiente inmuno deficiencia; de tal forma que se considera que se vuelve deficiente cuando deja de cumplir su función de lucha contra las infecciones y enfermedades. El vih se convierte en Síndrome de Inmuno deficiencia Adquirida (sida) en casi todas las personas infectadas; que resulta de la infección por el vih .

Existe una marcada diferencia entre ser portador del vih y el sida. Una persona infectada por el vih y que en nuestro país se les denomina “seropositivas” es portadora y transmisora del virus y puede pasar mucho

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de una manera muy generalizada, los siguientes aspectos en el enfermo: Estigma. La marca social que suele causar marginación o constituir un obstáculo para el pleno disfrute de la vida social de la persona infectada o afectada por el vih.

Discriminación. Señala cualquier distinción, exclusión o preferencia tiempo sin problemas manifiestos de y que tiene el efecto de anular o salud. En cambio, el sida es la etapa menoscabar la igualdad de oportumás grave de la enfermedad que, ge- nidades o de trato en el empleo u neralmente se presenta varios años ocupación. después de haber adquirido el virus y que finalmente lleva a la persona a la Sidoso (a). Representa un término muerte. Las personas seropositivas, despectivo como la expresión a las presentan anticuerpos en la sangre a personas infectadas por el vih/sida. causa de la presencia del vih; si estas defensas se vuelven insuficientes se Vulnerable. En este caso se traduce en la desigualdad de oportunidades, desarrolla el cuadro de sida. la exclusión social, el desempleo o el Se transmite mediante la sangre, se- empleo precario resultantes de facmen, las secreciones vaginales y la tores sociales, culturales, políticos y leche materna. En efecto, se puede económicos que hacen a una persona originar por las relaciones sexuales infectada con el vih más susceptible vaginales, anales u orales con una de desarrollar el sida. persona infectada, la transfusión de sangre contaminada o el uso com- Los principios generales que la oit partido de agujas, jeringuilla su otros determina debería aplicarse a todas instrumentos punzantes. Asimismo, las actividades que se realicen en el puede transmitirse de la madre al marco de la respuesta nacional conhijo durante el embarazo, el parto y tra el vih/sida en el mundo del trala lactancia. En la 99ª reunión del bajo, están: año 2010 a que hemos hecho referencia, se precisó que los efectos del El reconocimiento. Se debería revih/sida traían como consecuencia, conocer que la respuesta al vih/sida


ARTÍCULO

contribuye a la realización de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de todos, incluidos los trabajadores, sus familias y las personas a su cargo; debería reconocerse y tratarse como una cuestión relativa al lugar de trabajo, considerado uno de los elementos esenciales de la respuesta nacional, regional e internacional a la pandemia con la plena participación de las organizaciones Políticas y Programas. Las medidas relacionadas con el vih/sida de empleadores y de trabajadores. en el mundo del trabajo deben La no Discriminación. No debería ha- formar parte de las políticas y prober discriminación o estigmatización gramas nacionales de desarrollo, contra los trabajadores, en particular incluidos los relacionados con el contra los solicitantes de empleo, por trabajo, la educación, la protección su estados erológico, real o supuesto, social y la salud. respecto del vih o por su pertenencia a grupos de la población supuestamente Políticas y Programas Nacionales expuestos a un mayor riesgo de infección o más vulnerables a ella. Se deben integrar políticas y programas sobre el vih/sida y el Prevención. Debe ser un prioridad mundo del trabajo en los planes de fundamental prevenir todos los me- desarrollo y en las estrategias de dios de transmisión del vih. reducción de la pobreza según proceda. Tomar en cuenta el repertoAcceso. Los trabajadores, sus familias rio de recomendaciones y prácticas y las personas a su cargo deberían te- de la oit sobre la enfermedad y el ner acceso a servicios de prevención, mundo del trabajo, así como las ditratamiento, atención y apoyo en rela- ferentes directrices internacionales ción con el vih/sida para beneficiarse pertinentes que se hayan adoptado de los mismos, y el lugar de trabajo en ese ámbito. Las autoridades, al desempeñar una función facilitando formular las políticas y programas el acceso a esos servicios. nacionales, deben tener en cuenta la función que desempeña el Programas. Los trabajadores de- lugar de trabajo en la prevención, ben beneficiarse de los programas la atención y el apoyo, incluida la destinados a prevenir los riesgos promoción de la orientación y las específicos de transmisión del vih pruebas de detección, siempre y relacionados con el trabajo y de las cuando éstas sean voluntarias. En enfermedades transmisibles conexas. cada país se debe difundir toda la información acerca de sus políticas Protección. Los trabajadores deben y programas sobre el vih/sida y el gozar de una protección en su vida mundo del trabajo, a través de las privada, incluida la confidencialidad organizaciones de trabajadores y en relación con el vih/sida, en parti- de patrones así como los medios cular por lo que se refiere a su propio de información públicos. estado serológico respecto del vih. México fue uno de los primeros Prohibición. Se debería exigir que a países en prohibir el comercio de ningún trabajador se le someta a una la sangre a raíz del descubrimiento prueba de detección del vih, ni que de los medios de transmisión del su patrón revele su estado serológico vih, al no permitir los bancos de respecto del vih, y sangre privados. Al conocerse las

Gracias a los tratamientos médicos, las personas con VIH tienen una mejor calidad de vida, que les permite integrarse al campo laboral y permanecer en él. terapias antirretrovirales, varias asociaciones privadas formadas por personas seropositivas, presionaron al gobierno para que facilitara el acceso a estos medicamentos. Como consecuencia de lo anterior, los tratamiento se distribuyen de manera gratuita a través de las instituciones que componen el Sistema Nacional de Salud. El gobierno mexicano respondió al llamado de la Organización Mundial de la Salud (oms) para enfrentar este padecimiento, por lo que se forma en 1988 el Comité Nacional para la Prevención del sida (conasida) y a partir del año 2001 se creó el Centro Nacional para la Prevención y Control del vih/sida (censida). Cada Estado de la República cuenta con una unidad en donde atienden las cuestiones relativas a dicha enfermedad. Después surgieron en México diversas organizaciones de la sociedad civil en respuesta al vih/sida, siendo la primera la Fundación Mexicana para la Lucha Contra el sida en 1987; ave de México y la Casa de la Sal, se formaron el 1988. Con el paso de los años se han multiplicado por todo el país abarcando áreas como la atención, prevención, educación, investigación y formación de especialistas. En el mes de diciembre de 2010 el directorio de la organización contra el vih/sida, denominada. Amigos contra el sida, contaba con 274 organizaciones registradas. A título de información, queremos dejar constancia que la Ciudad de México fue sede de la Conferencia Mundial sobre el sida en 2008.

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ARTÍCULO | El VIH/SIDA en el Mundo Laboral

Discriminación y DH de las Personas con VIH/SIDA en México

Miles de personas infectadas en México con el vih afrontan deficiente atención médica, así como discriminación social y laboral. El estigma de que lo porten se impone a las capacidades de convivencia y preparación profesional de las personas infectadas. La ruta de los servicios médicos es un martirio para los infectados, pues a veces se le niega la atención o si la reciben, es deficiente con escasez frecuente de antirretrovirales. Como la mayoría de las personas infectadas carece de un empleo fijo, las que pueden sobreviven como vendedores ambulantes con bajos ingresos que son insuficientes para costearse los caros medicamentos que necesitan. Comúnmente son agredidas y discriminadas por el miedo al contagio y “porque cargan con una serie de prejuicios asociados a su actividad sexual, lo que les causa una alta marginación que les impide desempeñarse plenamente en el trabajo, tener acceso a los servicios de salud y vincularse libremente con amigos y familiares”, según el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, (conapred, 2011).

• • • •

A la libertad de expresión A la participación a la vida política A un nivel de vida adecuado A no ser sometido a penas o tratos inhumanos o degradantes

Se puede afirmar que estos derechos, les corresponden por el simple hecho de ser personas. Cuando no se reconocen los dh de las personas con vih/sida, se atenta contra su dignidad al tiempo que se hace más difícil enfrentar este problema y se contribuye a la propagación de la enfermedad. También influye la información insuficiente, el nulo acceso a medicamentos indispensables para proteger el derecho a la vida y el derecho a la salud, hay discriminación y se niega el derecho al trabajo, no se respeta la vida privada, ni la confidencialidad, se pierde la dignidad y el tema se convierte en un secreto evitando así el buen manejo se esta enfermedad. (unesco).

trabajo. ¿Nos podemos imaginar lo que significa para estas personas estar enfermo y además perder el trabajo? Al carecer de ingresos, están imposibilitadas para satisfacer sus necesidades, incluso la atención médica, disminuyendo por lo tanto su autoestima. No obstante lo anterior, mucha gente infectada por el vih o que padece sida, está en edad productiva, trabaja y cuenta con la seguridad social ya sea a través imss o del issste. D e re ch o s y O b l i g a c i o n e s Laborales de las Personas que tienen el VIH/SIDA en México

La Dirección General de Equidad y Género de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas, en el año 2011 emitió la Carta de Derechos y Obligaciones Laborales de las Personas que viven con vih/sida. En términos general es, el documento establece que los trabajaEn México, esta situación repercute dores infectados, tienen los mismos sobre todo en el derecho que tienen derechos y obligaciones, tomando las personas con esta enfermedad a como base la Constitución Política recibir una atención médica adecua- de los Estados Unidos Mexicanos, así da. Ya que de acuerdo con la Comi- como la Ley Federal del Trabajo (lft) sión Nacional de Derechos Humanos de México. (cndh), se reciben múltiples quejas Cabe resaltar que de acuerdo con el anualmente por presuntas violacio- Constitución mexicana. Artículo 1. Programa Conjunto de las Naciones nes de dh de personas que viven “En los Estados Unidos Mexicanos Unidas sobre el vih/sida(onusida, con vih/sida. Se denunció que las todas las personas gozarán de los 2008), las personas que viven con autoridades presuntamente respon- derechos humanos reconocidos en sables de violaciones fueront anto el esta Constitución y en los tratados vih/sida tienen derecho a: Instituto Mexicano del Seguro Social internacionales de los que el Estado • A recibir apoyo e información (imss), como del Instituto de Seguri- Mexicano sea parte, así como de las dad y Servicios Sociales de los Traba- garantías para su protección, cuyo sobre su enfermedad • A contraer matrimonio y a jadores del Estado (issste). ejercicio no podrá restringirse ni fundar una familia suspenderse, salvo en los casos y bajo Gracias a los tratamientos médi- las condiciones que esta Constitución • A la intimidad • A disfrutar de los adelantos cos de la actualidad, las personas establece. científicos y de sus aplicaciones. con vih que tienen acceso a ellos, tienen una mejor calidad de vida, (Quinto párrafo) Queda prohibida • A la libertad de circulación • A pedir asilo y a disfrutar de él que les permite seguir activos, es toda discriminación motivada por decir, cuentan con la capacidad origen étnico o nacional, el géne• A la seguridad para integrarse al campo laboral ro, la edad, las discapacidades, la • A la educación y permanecer en él. Sin embargo, condición social, las condiciones de • Al trabajo • A la libertad de reunión y aso- son discriminadas al acceder a un salud, la religión, las opiniones, las empleo o para mantenerse en un preferencias sexuales, el estado civil ciación

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ARTÍCULO

Se entiende por trabajo digno o decente aquél en el que se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador; no existe discriminación por origen étnico o nacional, género, Artículo 5o. “A ninguna persona po- edad, discapacidad, condición social, drá impedirse que se dedique a la condiciones de salud, religión, condiprofesión, industria, comercio o tra- ción migratoria, opiniones, preferenbajo que le acomode, siendo lícitos….” cias sexuales o estado civil; se tiene acceso a la seguridad social…” Artículo 123. “Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente Artículo 3. “El trabajo es un derecho útil; al efecto, se promoverán la crea- y un deber sociales. No es artículo de ción de empleos y la organización comercio. social de trabajo, conforme a la ley”. No podrán establecerse condiciones que impliquen discriminación entre Ley Federal del Trabajo Vigente los trabajadores por motivo de origen Artículo 2. “Las normas del trabajo étnico o nacional, género, edad, discatienden a conseguir el equilibrio en- pacidad, condición social, condiciones tre los factores de la producción y la de salud, religión, condición migratojusticia social, así como propiciar el ria, opiniones, preferencias sexuales, trabajo digno o decente en todas las estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana…”. relaciones laborales. o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Artículo 51. “Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador: II. Incurrir el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador, cónyuge, padres, hijos o hermanos…”. Artículo 133. Queda prohibido a los patrones o a sus representantes: I. Negarse a aceptar trabajadores por razón de origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otro criterio que pueda dar lugar a un acto discriminatorio…”.

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ARTÍCULO | El VIH/SIDA en el Mundo Laboral

La mayoría de los casos de vih/sida, (casi la totalidad) provienen de enfermedad general y no de riesgo de trabajo, en este caso es aplicable la siguiente disposición de la Ley del Seguro Social: Artículo 91. “En caso de enfermedad no profesional, el Instituto otorgará al asegurado la asistencia médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad y durante el plazo de cincuenta y dos semanas para el mismo padecimiento. No se computará en el mencionado plazo, el tiempo que dure el tratamiento curativo que le permita continuar en el trabajo y seguir cubriendo las cuotas correspondientes”. No es común, pero el vih/sida puede ser consecuencia de un riesgo de trabajo y no de una enfermedad general. Pensemos en el caso de un doctor y/o enfermera que se contagian, precisamente, en el pabellón de este tipo de enfermos en un hospital. En este caso es aplicable el 58 de la Ley del Seguro Social que establece el derecho del trabajador a recibir un subsidio o una pensión en caso de incapacidad por los riesgos de trabajo que sufra. Obligación del Trabajador con Virus VIH

Toda vez que la enfermedad del vih/ sida hasta la fecha no es curable y además resulta ser contagiosa, el trabajador que es portador del virus tiene la obligación establecida en el artículo 134 de la lft: Artículo 134.- “Son obligaciones de los trabajadores: XI. Poner en conocimiento del patrón las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas”.

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Necesario integrar políticas y programas sobre el VIH/SIDA y el mundo del trabajo en los planes de desarrollo y en las estrategias de reducción de la pobreza de las autoridades. Somos de la opinión que si un trabajador, a sabiendas de que ha sido contagiado con el vih/sida y no lo comunica a sus empleador, incurre en una falta de probidad y honradez, la que es motivo de la rescisión de su relación de trabajo que tiene con su patrón, ya que no está actuando con rectitud de ánimo, ni hombría de bien, pudiendo contagiar a sus compañeros y compañeras de trabajo. Suspensión de los Efectos de la Relación de Trabajo

Pareciera que la persona con el vih/sida, se le debería aplicar el artículo 42 fracción i de la lft, el cual establece como una causa patológica de suspensión de los efectos de la relación de trabajo (el trabajador no presta servicios y el patrón no paga salarios), precisamente el que el trabajador contraiga una enfermedad contagiosa. Sin embargo no es así, ya que si adminiculamos este numeral con el artículo 43 de dicho ordenamiento legal, que habla de los plazos en que la suspensión de la relación de trabajo termina, se llega a la

conclusión de que la persona con vih/sida no se encuentra entre los supuestos de las causales de suspensión de las relaciones de trabajo, toda vez de que se trata de una enfermedad, hasta ahora incurable, por lo que en este caso, la causal no es de carácter temporal. Rescisión de la Relación de Trabajo Llevada a cabo por Patrón

Definitivamente, el empleado(a) que por desgracia se infectó con el virus de vih/sida, no por ese simple hecho se le va rescindir su relación laboral. Si lo efectúa el patrón, estaríamos ante un despido injustificado y sería un motivo grave de discriminación, siendo aplicable el artículo 206 del Código Penal para el Distrito Federal que establece: Artículo 206.- “Se impondrá de uno a tres años de prisión y de cincuenta a doscientos días de multa al que por razón de edad, sexo, embarazo, estado civil, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad o estado de salud: I.-… II.-… III.- Niegue o restringa derechos laborales”. Por otra parte, el caso que nos ocupa no se encuentra consignado en ninguna de las causales de rescisión de las relaciones individuales de trabajo que establece el artículo 47 de la lft. Solamente como ya expresamos, el trabajador puede ser separado por causas imputables a él, sin responsabilidad para su empleador, en el caso de saber que está infectado con el virus del vih/sida y no lo informa de inmediato a su empleador y continúa laborando.


Rescisión de la Relación de Trabajo Llevada a cabo por el Trabajador, por Causas Imputables al Patrón

y/o acoso sexual, malos tratamien- inhabilidad manifiesta del trabajatos u otros análogos, en contra del dor, que haga imposible la prestación trabajador, cónyuge, padres, hijos del trabajo”. o hermanos”.

Contrariamente a lo anterior, desde nuestra óptica, un trabajador que es hostilizado por el patrón por haber sido contagiado con el vih/sida y es discriminado o estigmatizado por su empleador, con fundamento en el artículo 51 de la lft, puede rescindir su relación de trabajo que lo unía con su patrón y sin incurrir en responsabilidad alguna, ya que el empleador estaría incurriendo de la causal a que se refiere el artículo citado con anterioridad, el cual determina:

Obviamente el patrón actúa en for- Trabajadores con VIH/SIDA ma indebida al discriminar a su trabajador con vih/sida. Es preciso manifestar, como ya expresamos en este estudio, que graTerminación de la Relación de cias a los tratamientos médicos, en la actualidad, las personas con vih Trabajo tienen una mejor calidad de vida, En cuanto a este tema se debe dis- que les permite seguir activos, es tinguir entre el trabajador enfermo decir, con la capacidad necesaria de vih/sida que puede laborar, con para integrarse al campo laboral y el que desafortunadamente ya cuen- permanecer en él. ta con una inhabilidad para hacerlo, pues en este caso se le aplicaría Solamente en el caso en que al trabala fracción iv del artículo 53 de la jador se le desarrolle la enfermedad norma federal en la materia, que del sida en su fase terminal y por consiguiente no pueda proseguir con establece: la relación laboral, las instituciones Artículo 53.- “Son causas de ter- de Seguridad Social deberán incapaminación de las relaciones de tra- citarlo total e indefinidamente para prestar sus servicios, cubriéndole la bajo: pensión correspondiente hasta la feIV. La incapacidad física o mental o cha de su fallecimiento.

Situación

Artículo 51.- “Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador: ii. Incurrir el patrón, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento

Laboral

de

los

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COLUMNA | Mirador Fiscal

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COLUMNA

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ARTÍCULO | Desarrollos a Costa del Medio Ambiente

Desarrollo a Costa del

Medio Ambiente

Dr. Rubén D. Arvizu Escritor y periodista especializado en temas de medio ambiente

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con más de 150 técnicos y científicos mexicanos para crear un estudio, que en su época, fue único en el mundo. En una ceremonia en Guayabitos, Nayarit, en septiembre de 1992, muy publicitada por prensa nacional y extranjera, el entonces Presidente Carlos Salinas de Gortari recibió el voluminoso estudio y sus recomendaciones. Después de eso, todo indica que el Plan Maestro fue guardado en los archivos de las buenas intenciones y quedó en el olvido. El proyecto planeaba evitar la construcción de hoteles más altos que las palmeras, la prohibición total y permanente de la destrucción de los manglares y un límite estricto en las habitaciones de hotel que no podría exceder las tres Los despojos a sus tradicionales pro- mil, todo con el fin de mantener el pietarios; indígenas, campesinos y equilibrio ecológico del área. pescadores, son legitimados con el contubernio de autoridades corruptas. Un caso concreto que muestra lo anterior es lo ocurre en el estado de Nayarit. Es conveniente ilustrar al lector sobre estos antecedentes para tener una idea más concreta sobre esta situación. n el mundo en que vivimos, los bienes naturales desaparecen a un ritmo acelerado dejando en la orfandad ambiental a las generaciones futuras. En estos años que quedan de la primera veintena del siglo xxi los ecocidios están a la orden del día. El territorio mexicano, uno de los más ricos del planeta por su biodiversidad sostiene una guerra desigual ante la destrucción y contaminación de fauna y flora de sus ecosistemas. Manglares, lagos, ríos y esteros, así como playas que todavía hace un par de decenios eran casi prístinas, son acaparados por desarrolladores tanto nacionales como extranjeros.

La organización del Capitán Jacques Cousteau, The Cousteau Society, participó de 1990 a 1992, a petición del gobierno estatal de Nayarit, en la elaboración y revisión de un Plan Maestro Ecológico y Turístico para las Costas de Nayarit. Durante 3 años, se trabajó concienzudamente

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Se contemplaba que los hoteles reciclaran su propia agua a través de los más modernos sistemas de irrigación para evitar la descarga de aguas negras, así como la obligación de proveer de servicios (vivienda, escuelas y servicios de salud) a sus trabajadores. Asimismo, se les exigiría a los inversionistas y desarrolladores turísticos, sus antecedentes de trabajo en otros centros turísticos con el fin de conocer si realmente estarían dispuestos a seguir las reglas impuestas por el gobierno. Muchos de estos estudios se basaron en la ‘emergía’, metodología establecida por el mundialmente famoso biólogo marino, Dr. h.t. Odum. En forma muy sucinta, la emergía se basa en lo siguiente: todos los sistemas vivientes dependen de energía de una

Obras de construcción en las Costas de Nayarit


ARTÍCULO

u otra forma para su supervivencia, para la producción, mantenimiento, organización y crecimiento. Por lo tanto, es razonable el uso de energía como el común denominador para los estudios que buscan la integración de los sistemas del hombre y la naturaleza en un solo sistema. En las áreas costeras, los procesos naturales como la irradiación solar, las mareas y los flujos químicos de nutrientes y contaminantes acarreados por las fuentes de aguas dulces determinan la continuidad de la vida. Esto deja de ocurrir cuando la mano del hombre trastorna esos delicados balances con destrucciones de manglares, zonas de humedales, descargas de aguas negras sin tratamiento, hacinamiento humano y en general, una perturbación profunda en el medio ambiente. A partir de 1993, los despojos y malas decisiones han estado a la orden del día en el estado cuna de Amado Nervo y Juan Escutia.

Lo que ocurra en Costa Banderas puede marcar un cambio positivo por escuchar la voluntad popular en defensa de su medioambiente, o la imposición de grupos de poder económico y político.

manos (dh), los legítimos propietarios de zonas costeras, pescadores y campesinos son despojados de sus tierras. El pasado mes de agosto, una comisión especial de las Naciones Unidas, el Grupo de Trabajo de la onu sobre Empresas y Derechos Humanos, acudió a México a invitación del gobierno. La visita tuvo como fin analizar la situación del país y escuchar a las organizaciones de la sociedad civil que han planteado denuncias específicas y reunirse con autoridades locales y federales así como con las empresas mencionadas en las denuncias.

En su boletín de Prensa en la Cd. de México al término de la visita el 7 de septiembre, el Grupo de Trabajo dijo como parte del extenso reporte: -el cual será analizado y protocolizado Las consecuencias son obvias, des- en marzo de 2017 para entregarse trucción de fauna y flora, de eco- al gobierno de México. “En muchos sistemas, de manglares así como casos documentados, el Estado mexicontaminaciones de ríos, esteros, cano, a niveles federal, estatal y muetc. En el renglón de Derechos Hu- nicipal, está al servicio de los intereses

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ARTÍCULO | Desarrollos a Costa del Medio Ambiente

empresariales, por encima de la protección del interés público.” .. “Varias de las empresas, con las que hablamos, subrayaron que la consulta con las comunidades indígenas es competencia de las autoridades federales y por lo tanto no es su responsabilidad. En este sentido, nos gustaría hacer hincapié en que las empresas tienen una responsabilidad de evitar causar o provocar impactos adversos para los derechos humanos a través de sus actividades, independientemente de la capacidad o voluntad del Estado para cumplir con sus obligaciones de derechos humanos. Entre 2010 y 2014, se han reportado un total de 615 casos de violaciones a derechos humanos cometidas contra defensoras y defensores de derechos humanos, incluyendo 36 asesinatos. Varios relatores especiales de Naciones Unidas han instado al Estado mexicano a tomar medidas urgentes para enfrentar esta alarmante situación. Las y los defensores medioambientales y líderes indígenas han sido particularmente blanco de ataques cuando han mostrado oposición a proyectos de desarrollo. El Grupo vidanta (Mayan Palace) aunque fue invitado a participar debido a la larga lista de abusos de los que se acusa a este grupo y otros similares, no contestaron a nuestro llamado y fue notoria su ausencia.” Ahora, la zona de Costa Banderas, que ha sufrido una inducida ceguera de liderazgo y gobiernos que tengan el medio ambiente como prioridad, prepara el Plan de Desarrollo Urbano (pdmu). Desafortunadamente se trata de aprobar un proyecto carente de un diagnóstico completo del municipio sin la incorporación de la participación ciudadana. Los más importantes grupos ambientalistas y ciudadanos organizados de Bahía de Banderas y zonas vecinas han denunciado la vulneración de dh y los procedimientos ilegales que no respetan el marco normativo local, nacional e internacional. Estas decisiones tendrán un impacto defini-

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tivo en el desarrollo de toda esa zona, afectando la economía, la política y la convivencia social y cultural. Los desarrolladores buscan expandir y consolidar zonas urbanas que por su propia naturaleza y configuración no son susceptibles de urbanización. El Plan promueve la privatización de playas negando el acceso a la población local, así como un agresivo uso y abuso de los recursos naturales, como la preciada agua.

Lo que ocurra en las próximas semanas en Costa Banderas puede marcar o un cambio positivo por escuchar la voluntad popular en defensa de su medioambiente, o la imposición de grupos de poder económico y político. El banco natural, que es la naturaleza, del cual solo extraemos sin aportarle fondos, está siendo agotado y el futuro de Costa Banderas estará en la balanza.


ARTÍCULO

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ARTÍCULO | Resolver Conflictos de Derechos de los Consumidores

Resolver Conflicto

deDerechos de los Consumidores Lic. Susana Cohen Cats Socia fundadora de Cohen Abogados asesoría legal y jurídica en derecho regulatorio y normativo. Susana Cohen

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n toda sociedad es común comprar y vender productos y servicios, desde comida y vestido, hasta automóviles y viajes de lujo; es decir, en algún momento todos somos compradores y vendedores. El intercambio de bienes y servicios es una dinámica tan básica que es uno de los principales motores del desarrollo social y económico del país. Sin embargo, tanto la producción como la adquisición de productos y servicios, ha adquirido una dimensión tan grande que el mercado comenzó a inundarse de bienes de diferentes clases, calidad y variedad, pero también de defectos.

@susanacohen_

pliaron la oferta para los consumidores. Pero estas ventajas del desarrollo industrial también incrementaron su distancia con el proveedor, sobre todo, en cuanto a decidir el costo del producto y sus cualidades, por lo que se requirió de un ajuste al crecimiento capitalista de inicios del siglo xx a fin de disminuir la brecha entre ambos.

El Cambio de Percepción

Modificar la precepción de comprador-vendedor a consumidor-proveedor, no es sólo una preferencia de tecnicismos, implica un cambio en la concepción jurídica de las relacioLa formación de las economías in- nes comerciales, que se presenta en dustriales y con ello la modificación 3 diferencias históricas: de la forma de producción a gran escala, ayudó a crear el concepto de • La primera se da en la adquiconsumidores, ya no solamente como sición de bienes o servicios. Al participantes individuales de una recambiar la óptica del simple lación comercial, sino como un grupo, acuerdo contractual de la vouna parte de la sociedad que adquiere, luntad entre el comprador y que disfruta como destinatario final, vendedor (que no implica bienes, productos o servicios. En conuna protección especial), al traposición al concepto, se acuñó el de consumidor, se hace viside proveedor, como aquel que ofrece, ble la inequitativa adquisición distribuye, vende, arrienda o concede de información y experiencia el uso o disfrute de bienes, productos entre un consumidor y un y servicios. proveedor; por supuesto este último goza del expertise neLa diversificación y la especialización, cesario para manejar la inforproducto de la industrialización, dio mación de un bien o servicio origen a nuevos mercados que ampara maximizar su beneficio.

La segunda entre los conceptos proviene de la protección del consumidor frente al desmesurado incremento de precios que realizan los proveedores para aumentar sus ganancias de forma deshonesta durante una emergencia. Así como del interés del gobierno de combatir prácticas ilícitas o fraudulentas realizadas por productores que busquen manipular la información de un bien, producto o servicio con objeto de obtener beneficios económicos en detrimento del bienestar social. La tercera surge del interés de los consumidores de tomar decisiones acertadas, en relación a derechos como conocer el costo real de productos y servicios, así como de los intereses a pagar por su adquisición, conocer las cualidades o ingredientes, fechas de elaboración o caducidad, etc.

Estos 3 elementos abarcan 100 años de desarrollo de los derechos de los consumidores, desde inicios del siglo xx hasta los años 80’s, en que las Directrices de la ONU para la Protección del Consumidor, les otorgan un carácter universal. Razón por la cual son incluidos como parte de los Derechos Económicos, Sociales y

Tesis: I.3o.C.53 C (10a.), Décima Época, Tribunales Colegiados de Circuito, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Libro XIV, Noviembre de 2012, Tomo 3.

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Culturales (desc) y en consecuencia se les otorga cierta categoría de Derechos Humanos (dh). En México, los tribunales1 han manifestado que el Artículo 28 de la Constitución, que consagra dh para los consumidores, se complementa precisamente con las directrices de la onu. De ahí que, la legislación de su protección, aunque con ciertas reservas, debe entenderse bajo el Principio de Máximo Beneficio para los consumidores. Este resguardo no sólo se consolida en el aspecto de sus derechos económicos, sino que se extiende al de la información, de educación, de asociación e incluso, de una forma de vida sustentable. Analicemos algunos de estos derechos transversales: •

Protección del Consumidor: busca disminuir los riesgos de salud y seguridad, para brindar la certeza de que los productos adquiridos no contienen riesgos, siempre que sean usados de manera adecuado y para el fin que fue creado. La res-

PROFECO no puede forzar los límites de la conciliación como medio alternativo de solución de controversias.

ponsabilidad del proveedor también implica monitorear el producto colocado en el mercado, para retirar o sustituirlo, y en su caso, otorgar compensación cuando se manifieste un defecto grave o un peligro. En cuyo caso debe notificarse o hacerse del conocimiento público. Derecho a la Información: su relación con el derecho a la información deviene de la necesidad de los consumidores de tomar decisiones informadas. Por eso es necesario que el Estado regule la publicidad, las etiquetas, los precios, los instructivos y las garantías. Con ello influye en el tipo de consumo, así como en la calidad de lo adquirido y últimamente, en la calidad de vida del consumidor.

Derecho a la Educación: para que cualquier derecho sea ejercido, requiere de un proceso de conocimientoaprendizaje, que llevado al consumidor, influye en el saber cómo consumir los productos, de manera inteligente, y cómo identificar su cualidades. Derecho a la No Discriminación: en una cultura de los dh, ningún servicio, sea público o privado, puede ser negado por razón de sexo, raza, religión, condición económica, nacionalidad, orientación sexual, ni por tener alguna discapacidad. Protección de los derechos económicos de los consumidores: esto no solamente indica una protección del Estado, (en el caso mexicano a través de la Procuraduría

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La formación de una cultura de los consumidores, es un reto tanto para el Estado como para los ciudadanos, y en buena parte para los proveedores.

Federal del Consumidor -profeco-), sino el derecho a elegir libremente un producto o servicio, esto es, libre de presiones o de una venta condicionada, o al exigir pagos anticipados sin firma de un contrato. La expansión de este derecho de protección económica, vía la Ley Federal de Protección al Consumidor, incluye también, los derechos de asociación de los consumidores, y el derecho a la compensación efectiva, mediante procedimientos ejercidos por la autoridad o por los proveedores para la solución de sus quejas. De manera que el proveedor frente a una queja valida debe reponer el producto, reparar el producto, devolver el dinero o en su caso ofrecer una compensación.

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Algunas Desorientaciones en la Práctica

La profeco al ser una autoridad, no puede transgredir los límites impuestos por su ley orgánica, ni aquellos establecidos por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En su carácter de conciliador entre consumidores y proveedores, tampoco puede forzar los límites de la conciliación como medio alternativo de solución de controversias. Estos delimitan sus alcances y medios de coacción, y en mayor o menor grado, ofrecen certidumbre jurídica. No obstante, en no pocas ocasiones, los participantes de esta relación llevan al límite del fraude las limitaciones antes descritas.

garantías ofrecidas, con lo cual diluyen su obligación mediante la contratación de terceros o dilatan el procedimiento durante varias audiencias de conciliación para evitar que se presenten los consumidores. Sin embargo, son ellos, quienes no dedican tiempo a leer y conocer los contratos que firmaron para la adquisición del bien o servicio; es recurrente que tampoco conozcan los términos de las garantías que adquirieron, o peor aún, ni siquiera las conserven por no considerarlas necesarias al momento de su compra; menos aún, leer el procedimiento de conciliación regulado en la ley. Dentro de este rubro también puede atribuirse una responsabilidad directa al realizar peticiones de reparación notoriamente improcedentes, y hasta en ocasiones tratar de obtener un beneficio económico por un error en la publicación de ofertas de los proveedores.

Esto es evidente cuando los representantes legales de una empresa utilizan argumentos para incumplir con sus obligaciones de reparación del daño. Se amparan bajo tecnicismos legales Los conciliadores suelen ser persopara incumplir con los términos de las nas preparadas y con un buen cono-


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cimiento del procedimiento, sin embargo, en ciertas ocasiones pueden inclinarse por la parte consumidora, ya que lo consideran el sujeto a proteger. Nada hay contrario a la justicia en ello, salvo que esta situación provoque la imposición de medidas de apremio sin fundamento a la parte proveedora. Aunque en realidad suelen ser casos excepcionales, no debe olvidarse que por sí mismo, la inclinación previa a la resolución es nociva en un sistema que vela por la igualdad en el procedimiento. Entender las Responsabilidades de los Consumidores y los Proveedores

La formación de una cultura de los consumidores es un reto tanto para el Estado como para los ciudadanos, y en buena parte para los proveedores. Los 3 como parte de una relación deben modificar su percepción del rol social que juegan. Pongamos por ejemplo a las empresas; su objetivo es obtener una ganancia económica, pero debe ser de manera legal y ética, pues en un sentido amplio, aunque pareciera que leyes a favor del consumidor son contrapuestas al interés comercial, su correcta aplicación las beneficia a mejorar sus procesos internos, hacer más

eficiente su producción y con mayor de los que contratos sean abusivos, calidad, y en última instancia, evi- son por supuesto sancionables por tar procedimientos de sanción por la propia profeco, o revocables a infracciones a la ley. través de las resoluciones de los tribunales correspondientes. Podemos colocar en este rubro de cumplimiento normativo a través Por último, es necesario que el órgade auto obligaciones, los estándares no encargado de la protección de los de la Organización Internacional de derechos de los consumidores sea caNormalización (iso). Cuando son bal con los requisitos colocados para puestos en práctica mejoran la cali- obtener los beneficios esperados. En dad de bienes y servicios, disminuyen primer término, mejorar la educación costos. Las buenas prácticas comer- para el consumo, pues la exigibilidad ciales, por supuesto, benefician so- de un derecho no solamente implica bre todo a las empresas socialmente interponer formalmente una queja, responsables. sino que se encuentra relacionado con una obligación, que en muchos El consumidor no es una parte pa- casos, no son cubiertas. Ya sea porque siva en este diseño, por el contrario, han tomado una incorrecta decisión debe en primera instancia, conocer de consumo, o porque no leyeron los la ley que lo protege, cumplir a ca- términos y condiciones de su adquisibalidad los requisitos que se le im- ción, en cuyo caso, es más nocivo para ponen, como archivar las garantías y el sistema sancionar sin causa justififacturas de su adquisición, así como cada a los proveedores que instruir a conservar en buen estado los pro- los consumidores, no obstante, esto ductos para hacer valida la garantía. no implica renunciar a su defensa, Como parte de estas obligaciones, es sino reforzar los lazos colaborativos necesario superar una limitación co- entre la autoridad y los proveedores, mún para el ejercicio de las garantías, para dar información más amplia y debe leer detenidamente las cláu- precisa. Educar a los consumidores sulas de sus contratos así como las es pues la forma más efectiva de eligarantías. Por lo regular ni unas ni minar la sobrecarga de quejas ante otras son colocadas arbitrariamente, la Procuraduría, así como reducir el sino que son disposiciones lógicas volumen de conciliaciones que anualpara ejercer un derecho, en caso mente debe dirigir.

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Inagura Enrique Peña Nieto la 59a Reunión Anual de la Unión Internacional de Magistrados • El Sistema Penal Acusatorio y Justicia Cotidiana, hitos en el sistema Jurídico de México. • Uno de los mayores cambios de paradigma en México es el relativo a la procuración e impartición de justicia: EPN.

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uno de justicia adversarial y oral que garantiza el principio de publicidad para incrementar la transparencia y evitar la discrecionalidad. Además, se fortalecen y homologan los procedimientos en el ámbito nacional para asegurar el debido proceso, la presunción de inocencia y el respeto irrestricto a los Derechos Humanos, tanto del ofendido, como del imputado: “hoy tenemos, en nuestro país, un Código de Procedimientos Penales único, que aplica en el local y en el orden federal. Se trata de un paso Recordó cómo a partir del 2012 ini- histórico para brindar a la sociedad ciamos un proceso de diálogo y de una justicia más cercana, transpaacuerdos, de transformación nacio- rente y eficaz.” nal en todos los ámbitos, pero especialmente en el relativo a la imparti- En el segundo, comentó Peña Nieto ción de justicia, destacando que los –la Justicia Cotidiana–, se propone 2 cambios que marcan un hito en el homologar el procedimiento civil Durante su mensaje, el Presidente sistema jurídico de nuestro país son y familiar; legislar a nivel nacional Peña Nieto comentó que los mexi- el nuevo Sistema de Justicia Penal sobre la mejora regulatoria y crear canos iniciamos a finales del 2012, Acusatorio y los avances en materia una Ley General de Justicia Cívica e mediante el diálogo y el acuerdo, un de Justicia Cotidiana. En el primero, Itinerante, para que la justicia llegue profundo proceso de transformación detalló, se pasó de un modelo mixto a a las comunidades más remotas. El

l pasado mes de octubre México fue sede de 59a Reunión Anual de la Unión Internacional de Magistrados (uim), evento que por primera vez se organiza en nuestro país y cuyo acto fue inaugurado por el Presidente de la República, Lic. Enrique Peña Nieto, acompañado por la Jueza de Uruguay, María Cristina Crespo Haro, presidenta de dicho organismo y el Dr. Edgar Elías Azar, Presidente del Tribunal de Justicia de la Ciudad de México, habiendo asistido al encuentro impartidores de justicia de 70 países -incluidos los mexicanos-, con el propósito de profundizar sobre la salvaguarda, la independencia y el estatus moral y constitucional de las autoridades judiciales.

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nacional, reconociendo en los juzgadores su valor, su entrega, así como su compromiso para trabajar en favor de la justicia, frente a las controversias y conflictos que se presentan en distintos ámbitos de la vida económica y social de cualquier nación. En México, afirmó, nos encontramos inmersos en un proceso de transformación para procurar prosperidad y desarrollo, priorizando siempre el respeto de la independencia del Poder Judicial.


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objetivo es acercar la justicia, para hacer tangible el alcance y el actuar del Poder Judicial de nuestro país. También se pretende homologar los Consejos de la Judicatura y la selección de jueces y magistrados en todo el país por concurso de oposición y de méritos; muy independiente, aseguró, de la participación del Poder Ejecutivo. “Esto no es más que reafirmar, el absoluto respeto al Poder Judicial y la plena independencia del mismo entre los poderes”. Por su parte, el Mgdo. Edgar Elías Azar, Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la cdmx, al dar la bienvenida a nombre del Poder Judicial de la Federación a los magistrados de los 69 países asistentes, conminó a sus pares internacionales llevar la voz sobre la independencia y trabajo realizado en nuestro país en lo que procuración de justicia se refiere. Informó al Presidente Peña Nieto que este encuentro internacional permitirá a los asistentes, no sólo aprender y enseñar, será un espacio para manifestar su indignación por los recientes sucesos acontecidos en diferentes regiones del mundo. “Hay países que tienen privados de la libertad a jueces y funcionarios judiciales, por el único pecado de haber sido valientes en la defensa de la independencia judicial”. Nuestra lucha, señor Presidente -enfatizó-, la de los jueces y la suya, desde la política, aseveró, es la misma, la constante y perpetua defensa por la democracia. Hoy por hoy nuestra ausencia en el quehacer político ya no cobra ningún sentido.

El diálogo y la concertación son legítimos, en tanto se preserva el bien público y se mantienen las potestades del Estado: Mgdo. Egdar Elías Azar

lo posible”. Hoy el trabajo de los jueces en el mundo, comentó, es cada vez más complejo, por eso se requiere de un mayor compromiso y presencia en la configuración democrática del Estado. “No existe dilema alguno entre el rigor de la ley y la flexibilidad para la solución de problemas. El diálogo y la conElías Azar aseguró que los impar- certación son legítimos, en tanto se Los jueces somos, comentó el tam- tidores de justicia ya no deben te- preserva el bien público y se manbién Presidente de la Comisión Na- merle al debate, a la construcción tienen las potestades del Estado”. cional de Tribunales Superiores de de consensos, ni a la cercanía con el Justicia del País (conatrib), parte ciudadano.“Si queremos que la paz Aspiramos a un País Libre de del Estado, por ello, la lucha es por y la democracia triunfen, ya no de- Corrupción: Ortiz Mayagoitia la consolidación de la libertad, la bemos seguir guardando nuestros igualdad y el bienestar social. El ideales detrás de una toga que nos Abrió el panel sobre la corrupción Ejecutivo mexicano así lo entiende, representa. Sin traicionar nuestra en el Poder Judicial el Ex Presideny ha sabido respetar y reconocer el esencia, tenemos y debemos de lle- te de la Suprema Corte de Justicia papel de la judicatura en su más ca- var nuestros ideales al mundo de de la Nación (scjn) Guillermo I. bal definición: “autónoma por decisión; independiente frente a factores externos; comprometida con la justicia y la libertad, y respetuosa de la ley y del derecho”. Todos los jueces, dijo, sin excepción, debemos librar la batalla para vencer y convencer en democracia.

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EVENTO | Inagura Enrique Peña Nieto la 59ª Reunión Anual de la Unión Internacional de Magistrados

Ortiz Mayagoitia, quién presento la ponencia titulada Integridad de los Titulares de los Órganos Judiciales en México, ofreciendo a los asistentes un panorama de cómo se integra en nuestro país el Poder Judicial, refiriéndose a la composición de la República Federal en 31 estados y la Ciudad de México. Lo anterior da lugar a que en nuestro territorio convivan 32 poderes judiciales locales, con jurisdicción en sus respectivos territorios, más el Poder Judicial Federal (pjf), que ejerce jurisdicción nacional.

Nos encontramos inmersos en un proceso de transformación para procurar prosperidad y desarrollo, priorizando siempre el respeto de la independencia del Poder Judicial: EPN

cer que el número de asuntos podría llegar al millón 400 mil.

Para contrarrestar esta situación, comentó el Ministro en retiro Ortíz Mayagoitia, se cuenta con un basto conjunto de normas para garantizar la carrera judicial, así como para evitar desviaciones en su ejercicio. Explicó a los asistentes que tanto jueces y magistrados del pjf, son designados a través de concursos de oposición, en tanto que los ministros son propuestos por el Presidente de la República y es el Senado quien los elige. Corresponde al Consejo de la Judicatura Federal La jerarquía más alta de todos los (cjf), detalló, ser el órgano encartribunales, comentó, le correspongado de la designación, adscripción, de a la scjn y los requisitos para vigilancia y remoción de jueces y acceder al encargo de magistrado magistrados.“Los procedimientos de o de juez son casi los mismos que control de su función son las visitas se piden a los ministros: preparaordinarias que se hacen periódicación profesional, buen prestigio y mente, así como las extraordinarias buena conducta, años de ejercicio profesional y límites de edad. “Los recomendación, al tráfico de in- ante acontecimientos especiales, y ministros duran en funciones 15 fluencias y al ofrecimiento directo las investigaciones de derivadas de años, en tanto que los magistrados de dádivas o promesas a cambio oficio. Los procedimientos sancionay jueces pueden permanecer en el de que determinado asunto se re- dores con motivo de queja y desde cargo hasta cumplir los 75 años”. suelva, así como a otras formas de luego, las denuncias penales frente De acuerdo con el Índice Global de corrupción.” Por otro lado, refirió a casos de corrupción”. Impunidad 2015, presentado por Ortiz Mayagoitia, el número de la Universidad de Las Américas de asuntos resueltos por el pjf en ese Año con año el cjf sanciona un Puebla, en México apenas tenemos mismo año se acerca al millón de promedio de 40 a 50 jueces o mil 500 jueces y magistrados fe- casos. En un discurso reciente del magistrados, pero en la mayoría derales, mientras que la cifra total Presidente de la scjn, dio a cono- se trata de faltas administrativas, de jueces en todo el país no alcanza los 7 mil en toda la República, esto es, que apenas hay 4 jueces por cada 100 mil habitantes; “para ponerlo en proporción, Croacia –que es el país con menos impunidad–, tiene 45 jueces por 100 mil habitantes, mientras que el promedio internacional es de 17 jueces por 100 mil habitantes”. Como lógica consecuencia, las cargas de trabajo son muy elevadas, lo cual lleva evidentemente al retraso de los asuntos que atienden. Además, no son resueltos en el orden de su ingreso, sino atendiendo al de menor grado de dificultad y a la insistencia de los interesados.“Esto abre áreas de oportunidad para la

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Enrique Peña Nieto


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inherentes a su relación con el público o con los servidores bajo su mando. Las sanciones administrativas consisten en la amonestación privada o pública, la suspensión de funciones, sin sueldo, hasta por 6 meses y la destitución en los casos de faltas graves. Las denuncias por actos de corrupción en la vía penal se dan también, pero son escasas. Citó la información proporcionada por el diario Milenio, en el sentido de que tan sólo en el año 2014, el cjf sancionó a 322 servidores, algunos de los cuales fueron denunciados penalmente ante la Procuraduría General de la República. El principal motivo, compartió el Ministro, fue su involucramiento en actos de corrupción, abuso laboral, acoso sexual o por ser señalados de nexos con el crimen organizado. En contrapartida, también se premia y estimula a los buenos impartidores de justicia. Enfatizando en la existencia de la escuela judicial, en la que se preparan los aspirantes para ser jueces ya que los requisitos para ingresar a la judicatura y a los cargos de juez o magistrados son muy rigurosos. Ortiz Mayagoitia aseguró que en México, a pesar de todo, quienes ejercen la función judicial son personas idóneas, capaces y con buena preparación profesional. Sin embargo, dijo, también es una realidad que la corrupción existe y que los esfuerzos oficiales para combatirla no han sido suficientes. La gran pregunta en el foro es, ¿qué más podemos hacer?, “estas reuniones de análisis y propuestas –dijo– constituyen un paso más en ese camino; otros pasos serán los que resulten de las deliberaciones que se realicen. Es bueno establecer como punto de partida, que la falta de integridad no es atribuible exclusivamente a quienes integran los poderes judiciales, porque se trata de un fenómeno que requiere la participación de otros sujetos que son los que tienen el poder de corromper.”

Guillermo I. Ortiz Mayagoitia, Ex Presidente de la scjn.

Aspiramos a ser un país libre de corrupción, para ello hay que aplicar con eficiencia, sin distinción de personas, los instrumentos legales que ya se tienen: Guillermo Ortíz Mayagoitia El principal delito contra la administración de justicia, el cohecho, aseveró, requiere de la co-participación de quien da y quién recibe. Otros delitos, como el trafico de influencias, provienen de terceros; también hay jueces que pueden incurrir en ellos de manera directa en detrimento de la buena administración de justicia. Para México, por ejemplo, es recomendable la colegiación profesional obligatoria, que garantice la rectitud de los abogados; y también es recomendable establecer observatorios ciudadanos que estén atentos a cómo se administra justicia. Actualmente, dijo, se han implementado los juicios orales, con la intención de privilegiar el arreglo entre las partes, lo cual se piensa reducir drásticamente el número de procesos formales, obligan-

do a los jueces, confió, a emitir resoluciones de cara al público. “Además, se probaron recientemente las leyes que crean el llamado Sistema Nacional Anticorrupción y existen en trámite en el Congreso federal, importantes iniciativas de reformas a la Constitución para facilitar a la administración de justicia bajo el denominador común de justicia cotidiana.” Finalizó su intervención Ortíz Mayagoitia sentenciando que aunque la corrupción es un fenómeno que afecta a todas las áreas de actividad y se da en todo el mundo, “aspiramos a ser un país libre de corrupción, y para ello hay que aplicar con eficiencia y sin distinción de personas, los instrumentos legales que ya se tienen.”

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ARTÍCULO | La Exclusión como Presupuesto de Admisión de Medios de Prueba

La Exclusión

como Presupuesto de Admisión de

Medios de Prueba

Dra. Laura A. Londoño Jaramillo Catedrádtica del INACIPE

La Exclusión para Determinar la Idoneidad de Medios de Prueba a Desahogar en Juicio

Atendiendo los criterios del artículo 346 del Código Nacional de Procedimientos Penales mexicano (cnpp), la regla de exclusión como expresión propia y característica de un sistema judicial acusatorio y adversarial, implica una regla de naturaleza procesal y probatoria a seguir de manera escrupulosa en su planteamiento por las partes en litigio en el desarrollo de la etapa intermedia. Nos encontramos con un texto legal que pretende proyectar una etapa de juicio de debate en condiciones suficientes desde el punto de vista probatorio y, de este modo, propiciar que en el juicio se resuelva de fondo o sustancial, en relación a las pretensiones de las partes litigantes y en términos prácticos, lo que cada uno de los litigantes pueda demostrar de sus respetivas teorías del caso, previamente depuradas en lo que hace al componente de las pruebas.

dad a cada una de las partes litigantes. Así como el actuar legitimo con el que debe conducirse una etapa de investigación, esto, en términos de licitud y de legalidad; siempre con un profundo respeto de derechos fundamentales bajo el entendido, que el fin no debe justificar los medios en la consecución de información y la observancia del tramite o procesamiento de la evidencia hallada con apego a protocolos, acuerdos y en general reglas que, permitan asegurar su originalidad (principio de mismisidad o mismidad). Importancia de la Depuración Probatoria

El artículo establece un orden que el legislador ha considerado seguir, evitar el desahogo en juicio por vía de exclusión de los siguientes medios de prueba: los dilatorios, luego los sobreabundantes. Estos últimos también conocidos por la doctrina en materia de pruebas como inútiles, por pretender básicamente la probanza o verificación de un mismo hecho o circunstancia por las partes, acudiendo a diversos medios probatorios, en tratándose de estas 2 primeras categorías de exclusión. Diremos lo que se promueve para el juicio como presupuesto de celeridad, es privilegiar el principio de la concentración en consonancia con la continuidad (artículo 20 constitucional), lo que se traduce en el adelantamiento de un máximo de actos procesales en un tiempo que resulte razonable y no excesivo, y tal vez lo más relevante, que al juez de debate no le sean generadas distracciones, recuérdese que en este sistema, las partes en contienda litigiosa deben estar predispuestas en el mejor de los sentidos, a llevar información de calidad que orienten a los jueces y soporten sus decisiones.

El citado artículo 346 del cnpp, sugiere construir y soportar un conjunto de reglas de evidencias como norma complementaria para que, tanto las partes litigantes, como los jueces de control, transiten por un camino más preciso al momento de la depuración probatoria que nos ubique a todos sobre un esquema sin reglas rígidas que impidan razoLa etapa intermedia promueve un nar y al juez privarle de su facultad ejercicio amplio y dinámico de de- de calificación de medios probatopuración para establecer las bases rios idóneos, que generen criterios a probatorias de acreditación y uti- seguir para fundamentar los medios D e l a Pe r t i n e n c i a y l a lidad en el juicio de cada medio de que se solicitan por las partes, que Impertinencia de los Medios de prueba que será desahogado. Pero se admiten y los que no por el juez Prueba Ofertados además, indica, en términos de y, de esta manera evitar un serio transparencia, de donde proceden, detonante de inseguridad o incer- Seguidamente, se establece que no privilegiando condiciones de igual- tidumbre jurídica. pasaran el test de depuración proba-

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al fin que persiguen los medios de prueba que se ofrecen en la etapa intermedia, pero acá no se limita el ejercicio de depuración procesal y probatoria, ya que la redacción del artículo en cita, establece un análisis de fuente o procedencia exhaustivo de cada medio probatorio, exigencia que acarrea para cada una de las partes litigantes, un dinamismo y tal claridad argumentativa, directa y diáfana al proponer exclusiones, ya se trate de origen ilícito o ya sea la razón una ilegalidad. De todo lo anterior entonces, diremos, los medios de prueba que pasan el filtro de la etapa intermedia no basta sean pertinentes o que tengan capacidad de demostración de proposiciones fácticas Pero la escala de exigencias derivadas de cada historia, debe cumplir con del análisis de calidad de los medios una serie de requisitos que hagan al de prueba, deben en términos del ci- medio idóneo y viable su práctica en tado 346 del cnpp, ser necesarios, es la etapa del debate. decir, no referirse a hechos públicos o notorios y, de importancia destacar, En términos de calificación de medio tampoco referirse a hechos incontro- de prueba pertinente y en atención a vertidos. Se puede concluir hasta el la oralidad que promueve este sistemomento con lo antes indicado, se ma, en el que importa lo que se excumple con el estudio que propone presa al juez de debate en contenido la norma en cuestión en lo que hace y en forma, para impactarlo auditiva toria de la etapa intermedia, aquellos medios que deban ser descalificados por no soportar la calidad de pertinentes, por carecer en consecuencia, de una relevancia para los hechos materia de proceso. Esto, justo porque previo al análisis de los medios que pasan o no dicho escrutinio, ambas partes litigantes debieron fijar la litis desde el punto de vista factico en la presentación de sus teorías del caso, el Ministerio Público (mp); proponiendo en grado de certeza unos hechos penalmente relevantes y la defensa; colocando en la mesa de debate, una historia en la que propone una absolución o una condena por delito menor.

y visualmente, no dejo de lado, la noción de evidencia ilustrativa que en sí y de manera gráfica, se propone representar situaciones, aspectos y hechos, y que puede ser de mucha utilidad para las partes litigantes desenvolverse en la etapa de juicio, desde la presentación de sus alegatos de apertura hasta la puesta en escena de sus testigos para llevarlos con interrogatorios que le permitan al juez asimilar las explicaciones de las partes y contar con más y mejor información para motivar y fundar su sentencia. Hablamos en este sentido de: mapas, croquis, dibujos, graficas, fotos, muchos de estos elementos de los que hablo, pueden ser el resultado de la aplicación del paso de la fijación como eslabón de la secuencia de la cadena de custodia durante la etapa de investigación, por ejemplo un croquis o foto del lugar donde se ha cometido un crimen, claro está y vale mencionar, como criterio para excluir debe tenerse que no se trate de evidencia que contenga imágenes denigrantes o escandalosas como por ejemplo; foto de un cuerpo en avanzado estado de descomposición. Estos elementos le-

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ARTÍCULO | La Exclusión como Presupuesto de Admisión de Medios de Prueba

jos de ilustrar, ofenden a los sentidos de los presentes en sala de juicio, incluido al juez de debate. Presunción de Inocencia, Derechos de Victimas y Medios de Prueba

De acuerdo a la norma en cuestión, serán excluidos aquellos medios de prueba que versen o recaigan sobre la conducta sexual anterior o posterior de la víctima en procesos que se adelanten por delitos contra la libertad y la seguridad. Considero una garantía que se acompasa a los fines de un proceso que se ha trazado dignificar a la víctima y al ofendido, evitando de este modo que se incurra en actuaciones de revictimización. No obstante, también llama la atención, no incluye la norma procesal en cita, prohibición expresa para el desahogo de medios de prueba que se refieran a la reputación o comportamiento anterior en tratándose del inculpado, como resulta apenas entendible y característico de un derecho penal que se centra en un razonamiento de responsabilidad subjetiva no objetiva. Resulta de importancia el tema, pues lo que está en medio es de vital importancia, la presunción de inocencia; considero que aquellos medios de prueba que tengan como propósito el probar conductas o comportamientos anteriores del inculpado, tales como: agresividad o violencia, deben ser excluidas por tratarse de medios impertinentes al hecho que ocupa la atención de las partes y del juez en el debate. Aquellos que demuestren mal trato o amenazas del inculpado a la víctima, por ejemplo en casos de homicidio, feminicidio o lesiones, si deben arribar al juicio y ser desahogados, se trata de 2 temas diferentes y deberá el juez de control en su facultad de admisión, delimitar hasta donde es pertinente o no un medio de prueba en estas condiciones.

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La etapa intermedia promueve un ejercicio amplio y dinámico de depuración para establecer las bases probatorias de acreditación y utilidad de cada medio de prueba que será desahogado.

otra vez; la presunción de inocencia, y considero en el artículo 346 debió replicarse la confidencialidad como presupuesto que permita rechazar sin ambigüedad alguna, aquellos medios de prueba que recaigan o versen sobre aspectos que hagan pensar en admisiones de culpabilidad por parte del implicado, y no conformarnos con la confidencialidad como principio que orienta la aplicación y observancia en normas secundarias que establecen las formas o medios de negociados de terminación del proceso penal. Medios de Prueba Ilegales e Ilicitudes

Uno de los temas tal vez de más trascendencia a la hora de admitir o rechazar medios de prueba, lo constituyen las ilicitudes y a las ilegalidades, aspectos que se manifiestan en el estudio de fuente u origen de la información que pretendemos arribe a la etapa de debate, y que además, refieAhondando un poco más en el re de qué forma ha sido conseguida contenido del citado artículo 346, la información en el juicio. Es decir, debió incluirse, además, el rechazo no basta de manera alguna, que un por vía de inadmisión derivado de medio de prueba sea pertinente si al las reglas de exclusión, de aquellas nacer, ha ocurrido un error en su conevidencias que han sido exhibidas secución, el primero de los fundameno citadas en ocasiones. Donde las tos se encuentra señalado de manera partes en conflicto han generado o precisa en la Constitución mexicana protagonizado algún espacio pro- en su artículo 20: “Apartado A Fraccesal o incluso extraprocesal para ción IX: Cualquier prueba obtenida terminar con la acción penal, tal es con violación de derechos fundamenel caso de las conversaciones que tales será nula, y…” adelantan las partes; víctima o/y ofendido con el inculpado en bús- Se trata de la regla o cláusula de exqueda de un acuerdo reparatorio clusión implícita de naturaleza consderivado de una mediación, de una titucional, aunque la expresión allí negociación o de una suspensión citada sea la de nulidad y su consecondicional, o aún más significa- cuencia es la de retiro, inadmisión o tivo, la aceptación de realización rechazo de evidencias o información del hecho en algún grado de parti- que se consiga con violación de derecipación o modalidad de autoría en chos fundamentales. Por esta razón tratándose del procedimiento abre- debemos saber que el primer filtro viado. Institución procesal que es de legalidad y de licitud en un proviable, justo en la medida en que el ceso, lo es el mp que dirige, coordina inculpado renuncia a un juicio oral, y orienta la investigación hacia fines contradictorio y público, admitien- informativos en observancia del trádo el hecho y llevando esto una mite que implica una investigación implícita confesión, está en medio criminal, metodológica, interdisci-


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plinaria, especializada, continua y modalidades de actos de investigalegitima desde la óptima de la lega- ción, el mp deberá revisar resultados y legitimación de las actuaciones realidad y de la licitud. lizadas; por ejemplo, la entrevista del Al recibir la noticia criminal, el re- indiciado que no haya sido en prepresentante social, debe trazarse un sencia de un abogado defensor, toma objetivo, la construcción y consolida- de muestra de fluido corporal acución de una hipótesis que le permita, diendo a prácticas como la tortura. agotando grados del conocimiento, conducirse por las 3 etapas del pro- El artículo 346 del Código Nacioceso. Eso implica el plantearse la rea- nal preceptúa que, serán susceptilización de una bitácora de trabajo bles de exclusión aquellos medios con objetivos medibles en tiempo y de prueba logrados a consecuenen espacio, a corto, mediano y largo cia de actuaciones declaradas nuplazo, descartando líneas de investi- las. De este modo, se establece el gación e integrando una carpeta en efecto corruptor de una fuente ilídonde se plasman los resultados de cita tratándose de la gravedad de un trabajo escrupuloso y respetuoso hechos atentatorios de derechos de derechos fundamentales. El cnpp fundamentales; por ejemplo, diliplantea 2 tipos de actos de investi- gencia de cateo donde se comete en gación; los que impactan o afectan ejercicio de las actuaciones propias derechos fundamentales y que im- del cateo, tal afectación o error en plican para su realización, solicitud contra de derechos fundamentales, de autorización ante juez de control considero se configura un área de (artículo 252) y, aquellos actos de in- oportunidad para que la defensa vestigación que él puede ordenar de del implicado pueda ante el juez manera discrecional a su equipo de de control, solicitar la nulidad de la trabajo (artículo 250). En relación diligencia de cateo referida en este a los resultados logrados en ambas ejemplo y, en consecuencia, lograr

la exclusión de aquellos elementos que fueran ubicados en el lugar cateado. Ahora bien, en lo que hace a las ilegalidades o defectos en el procesamiento de la evidencia y que se traducen en lo que la doctrina y la jurisprudencia de altos tribunales en España en materia probatoria denomina prueba irregular, no es menor la exigencia. Lo que sucede es que, quien alega una solicitud de exclusión en este sentido, deberá fundar su petición en una precisión conceptual del error o vicio en que se ha incurrido en una determinada actuación de investigación criminal. Esto es, la inadecuada manipulación de la evidencia en alguno de los pasos de la cadena de custodia, o la inobservancia de algún manual, protocolo o acuerdo que regula el tratamiento de la determinada evidencia según sean sus especificaciones, naturaleza y calidad. Dichos vicios traen como consecuencia la ruptura de la cadena de custodia, y como otro aspecto de soporte de la petición de inadmisión

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ARTÍCULO | La Exclusión como Presupuesto de Admisión de Medios de Prueba

o rechazo del elemento, lo define, si la evidencia ha sufrido tal alteración o menoscabo, capaz de inutilizarla y entonces, pierde su idoneidad para ser llevada al juicio. Valga mencionar, al realizar la oferta y descubrimiento de evidencias físicas y documentos en la etapa intermedia, debe acompañarse de la entrega del acta o registro de cadena de custodia que permita esclarecer, quienes han actuado en el adelantamiento de esta técnica de investigación y, asegurar además el conocer que lugares ha recorrido la evidencia y los tiempos que han transcurrido entre un paso y otro de la cadena de custodia, siendo un error que debe ser revisado por el juez de control a solicitud de par-

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Los medios de prueba que pasan el filtro de la etapa intermedia deben cumplir con una serie de requisitos que hagan al medio idóneo y viable en la etapa del debate. te en el ejercicio de depuración de conseguida en condiciones en inmedios de prueba, el no saber por observancia de reglas y exigencias ejemplo; dónde se hallaba la evi- legales para su práctica. dencia en un espacio de tiempo. En décadas posteriores también en Teoría de los Frutos del Árbol Estados Unidos a partir de decisiones de la Suprema Corte de ese país, Envenenado la teoría o doctrina de los frutos del El análisis propio del ejercicio de árbol envenenado, se matiza con depuración o filtro probatorio en la aparición o reconocimiento de etapa intermedia implica, el in- unas excepciones que permiten la corporar en nuestro escenario de admisión de algunos elementos o litigación para la etapa procesal en información pese a la fuente ilegal cuestión, nociones tales como teo- que dio origen al elemento derivado ría o doctrina de los frutos del árbol a examinar; “fuente independiente, vinculo atenuado, descubrimiento envenenado. inevitable” y una cuarta excepción La mencionada teoría nace en Esta- para esa nación: “la buena fe.” dos Unidos, en un caso en el que el gobierno quiso utilizar información Dicha teoría o doctrina al igual que que obtuvo de registros originales las excepciones indicadas, son tede contabilidad producto de una mas que, al nacer viajan a Europa intromisión ilegal al domicilio de continental y allí, reciben un amplio la compañía Silverthorne Lum- y detallado tratamiento por parte ber. Al carecer de orden de cateo, de los más altos tribunales, para fisecuestraron los registros físicos y nalmente, llegar a América Latina, los libros de contabilidad que a la ingresando a la mayoría de nuespostre devolvieron al resolverse ile- tros países por vía de jurisprudengal dicho acto, no sin antes realizar cia. En algunos casos el legislador copias de la información que poste- local inserta en la norma procesal riormente, hizo valer para solicitar estas reglas, pero lo más frecuenla respectiva orden de aprehensión te en esta materia, es el soporte en contra los propietarios. En su mo- decisiones de jueces que adoptan mento la Corte resolvió que se revo- criterios generados a partir de juriscaba la orden que se había emitido prudencia. Finalmente, la admisión por haberse fundado con datos con- e inadmisión de pruebas es sin duda, seguidos en un acto ilegal contrario un tema técnico ello resulta innegaa los derechos fundamentales de ble, sin embargo, se sostiene para los ciudadanos. Nos encontramos su aplicación en muchos aspectos, ante un claro ejemplo de efecto co- siendo tal vez el más destacado, el rruptor de una fuente ilegal y con compromiso con el debido proceso ello, promover una contaminación desde lo sustancial, por impactar en secuencia, de todo lo derivado derechos fundamentales de los seo accesorio en el sentido de seguir res humanos inmersos en un prola suerte de lo principal, retiro, re- ceso penal; victimas u ofendidos e chazo o inadmisión de información inculpados.


ARTÍCULO

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EVENTO | Celebra la Universidad Ius Semper su 1ª Generación de Doctorado en Derecho

Celebra la Universidad Ius Semper su 1ª Generación de Doctorado en Derecho Académica, Rosángela Murcio Aceves, al que asistieron también varios docentes de la institución, entre otros los magistrados Miguel Ángel Aguilar López, Fernando Rangel Ramírez, Fernando Córdova del Valle, Juan Manuel Saldaña Pérez, y los jueces José Díaz de León Cruz, Franon una cena de gala en el cisco Neri Rosales, Hiram CervanCentro Libanés, la Univer- tes García, el Secretario de Estudio sidad Ius Semper celebró la y Cuenta de la scjn, Alejandro Cruz graduación de su 1ª generación de Ramírez, así como los académicos alumnos del Doctorado en Derecho Patricia Olamendi Torres, Samuel y de la Maestría en Derecho Civil, así González Ruiz, José Fernández de como la 4ª generación de egresados Cevallos y Torres, Ibett Estrada Gazen las maestrías de Juicio de Amparo ga, Blanca Laura Rivero Banda y Luz y Derecho Procesal Penal Acusatorio. Janet Vázquez González.

C

El evento estuvo encabezado por el Dr. Elías Huerta Psihas, Rector de la Universidad, la Directora General, Janet Huerta Estefan y la Directora

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sición de Grado de los alumnos titulados de la Institución quienes portaron su toga y birrete. La imposición de la insignia del Grado Académico de Maestría estuvo a cargo del Rector Huerta Psihas y del Magistrado Miguel Ángel Aguilar López, miembro del Consejo Académico. Posteriormente, y como se ha hecho ya tradición, se premió a los alumnos más destacados de cada generación en las categorías de Excelencia Académica, Liderazgo y Compañerismo. Asímismo se otorgó el premio Docente Destacado a los profesores que en cada grupo se distinguieron por fomentar el aprendizaje integral en su aula así como por fomentar la participación en el grupo.

Como primera parte de la ceremonia, se llevó a cabo la entrega reconocimientos y constancias. El momento El Dr. Huerta Psihas, destacó los más emotivo correspondió a la impo- valores que la institución, desde sus


EVENTO

mera mano, a los alumnos. Por eso, expresó un agradecimiento por el apoyo y dedicación de los maestros. “Tenemos profesores con una gran calidad académica, por ejemplo el Magistrado Miguel Ángel Aguilar, quien fue el representante de la SCJN en todos los foros nacionales y extranjeros para llevar la voz, el nombre y el pensamiento del máximo tribunal en todo lo referente con el nuevo sistema penal acusatorio. Asimismo, el Magistrado Fernando Rangel, quien cuando concursó para dicho cargo, entre los 60 participantes, obtuvo el mejor promedio, y la Dra. Patricia Olamendi, una de las especialistas en defensa de los Para lograrlo, señaló el Dr. Huerta, Derechos Humanos de las mujeres, tenemos la fortuna de contar con reconocida en todo América Latina”. un cuerpo docente de excelencia, de especialistas que conocen la nueva Junto con los alumnos, los maestros, Dr. Elías Huerta Psihas realidad y que están a la vanguardia comentó, constituyen la columna en todos los cambios y las transfor- vertebral de nuestra institución, y es inicios, pretende permear entre sus maciones de las diferentes áreas del para nosotros un privilegio y un oralumnos; como el espíritu de herman- Derecho, lo que nos ha permitido gullo contar con una planta docente dad, de ética y de servicio social. Una transmitir estas nuevas experiencias tan comprometida con su trabajo, de las prioridades de la Universidad, profesionales y académicas, de pri- con Ius Semper y con México. aseveró, es dotar a nuestros alumnos de las herramientas necesarias para que estén actualizados y en condiciones de enfrentar los nuevos desafíos que los profesionistas del derecho tenemos en estos momentos en los que el rostro jurídico de la nación se esta transformando, en los que estamos viviendo una verdadera revolución jurídica. También, estamos conscientes de los 3 grandes retos que todo jurista enfrenta: el respeto a los Derechos Humanos (dh), el irrestricto cumplimiento de las leyes y hacer efectivo el valor de la justicia. “Esos son los valores y las enseñanzas que tratamos de inculcarles en Ius Semper.”

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EVENTO | Celebra la Universidad Ius Semper su 1ª Generación de Doctorado en Derecho

Los planes de estudio, aseguró el Rector, fueron elaborados de acuerdo con las nuevas condiciones jurídicas del país, con el nuevo marco de salvaguarda y defensa de los dh, las reformas estructurales, con la entrada en vigor de nuevos instrumentos como la nueva Ley de Amparo, con el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio. “Queremos ofrecerles a nuestros egresados verdaderas herramientas de actualización y modernidad”. Fue así que felicitó a los alumnos que obtuvieron su maestría y a la primera generación graduada del Doctorado en Derecho. Pero sobre todo extendió una felicitación y reconocimiento a sus familiares, quienes en todo momento estuvieron con ellos, por acompañarlos y apoyarlos, dijo, en este camino lleno de esfuerzo, de estudio, de trabajo y dedicación.

Mgda. María Rosario Marenco Ortega y Elías Huerta Psihas.

El éxito que es producto del esfuerzo, del estudio, del trabajo, es el que de verdad se disfruta.

al externar la felicitación a quienes lograron un paso trascendental en su vida profesional y personal, los convocó a seguir manteniendo vivo su esEl Rector hizo un especial reconopíritu de conocimiento. Se requiere, cimiento a aquellos estudiantes que comentó, de un gran esfuerzo como creyeron en Ius Semper para su deel realizado por acudir a sus clases, sarrollo profesional. Quienes han sacrificando un poco a la familia, a acompañado a la universidad deslos amigos, sin embargo, al final del de los diplomados, siguieron con camino vale al pena el trabajo. Por eso, la especialidad, la maestría y ahora la fiesta de graduación es un momenconcluyeron su doctorado. Destacó to de celebración, de festejo. “No todos tambien el esfuerzo realizado por la Ortega, por obtener el grado de ex- los días los profesionistas en México se Magistrada María Rosario Marenco celencia en la Maestría de Derecho gradúan de una maestría y menos en Civil al lograr una calificación de 10. un doctorado”. Destacó que menos del 1% del gremio académico en nuestro Culminó su mensaje recordando a país cuenta con el grado de Doctor. los presentes, cómo el éxito tiene muchas maneras de obtenerse; a veces Como se ha vuelto una costumbre, de manera casual, otras por suerte, los alumnos sobresalientes brindaincluso por herencia, por circuns- ron unas palabras como agradecitancias de la vida o por nacer en una miento. Fue así que correspondió, familia de nombre o trayectoria po- a Blanca Evelyn Martínez Flores, lítica. “Pero ese éxito a veces no sabe, ser la portavoz de los egresados de el que se aprecia es el producto del la Maestría en Juicio de Amparo, esfuerzo, del estudio, del trabajo, el externando una felicitación a todos que en verdad se disfruta, es el éxito los graduados, así como a los proque han alcanzado el día de hoy y fesores y autoridades de Ius Semque comparten con sus familiares y per. “Son pocas las personas, que amigos todos ustedes, los felicito y me se proponen continuar un posgrado siento orgulloso de que sean parte de para no quedarse con licenciatura”. exhortó a sus compañeros a contila comunidad Ius Semper.” nuar con el doctorado y poner el nombre de la institución en alto. La ceremonia estuvo dirigida por la Mtra. Janet Huerta Estefan Maestra Janet Huerta Estefan, quien Ana Gabriela Benítez Herrera, de

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EVENTO

Menos del 1% del gremio académico en nuestro país cuenta con el grado de Doctorado.

la Maestría en Derecho Procesal Penal Acusatorio, agradeció tanto a las autoridades como los profesores, al Rector Elías Huerta Psihas, la experiencia y aprendizaje que adquirió tanto ella como sus compañeros. Se despidió con una gran frase de la Décima Musa, Sor Juana Inés de la Cruz, que englobó el objetivo de la ceremonia : “No estudio para saber más, sino para ignorar menos.” “Nos llevamos grabado en el corazón la máxima que otorga valor y La Magistrada María Rosario Ma- esplendor a reconocidas casas de renco Ortega, fue la portavoz de estudio que dice: el prestigio de la quienes cursaron la Maestría en institución descansa y se confía a Derecho Civil. Agradeció la asis- la actuación loable de cada uno tencia de los profesores a la cere- de sus alumnos.” Se pronunció monia quienes en todo momento les inculcaron el amor al estudio, a la maestría. “Es una universidad que nos deja una enseñanza y que queda en el corazón. Una experiencia muy grata para nosotros.” Refirió que es necesario continuar profesionalizándose, sobre todo porque en la actualidad, una licenciatura ya no es suficiente. En tanto, Eugenio Laris González, quien representó a los egresados del Doctorado en Derecho, agradeció a las autoridades de la universidad y a sus profesores por impulsarlos a seguir adelante para llegar al máximo grado académico.

Blanca Evelyn Martínez Flores

porque tanto él como sus compañeros respondan al compromiso del que fueron recipiendarios, y lograr que brille con intensidad, la nobleza que distingue a su excelsa e importante Alma Mater, la universidad Ius Semper. Exhortó a sus compañeros a corresponder en algo a lo mucho que recibieron, porque la experiencia vivida los ayudará a transformar a México en un lugar más auténtico y próspero, en donde la igualdad, la libertad y la equidad convivan en paz con la justicia. “Con este doctorado estamos preparados para completar los más ambiciosos y caros proyectos de vida”, finalizó.

Eugenio Laris González

Ana Gabriela Benítez Herrera

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EXCELENCIA Académica

Blanca Evelyn Martínez Flores Maestría en Juicio de Amparo María Rosario Marenco Ortega Maestría en Derecho Civil Karen Cruz Sánchez Maestría en Derecho Procesal Penal Acusatorio Eugenio Laris González Doctorado en Derecho

LIDERAZGO Académico

PREMIOS Otorgados

Salvador Huerta Audiffred Maestría en Juicio de Amparo Emilio Paredes Nayar Maestría en Derecho Civil Ana Gabriela Benítez Herrera Maestría en Derecho Procesal Penal Acusatorio Humberto Pang Nuñez Doctorado en Derecho

COMPAÑERISMO

Gabriela Ruiz Contreras Maestría en Juicio de Amparo Emilio Paredes Nayar Maestría en Derecho Civil Dafne Martínez Salazar Maestría en Derecho Procesal Penal Acusatorio Mauricio Hernández Navarro Doctorado en Derecho

DOCENTE Destacado

Maestría en Juicio de Amparo Magistrado Fernando Rangel Ramírez Juez José Díaz de León Cruz

Maestría en Derecho Procesal Acusatorio Mtra. Ibett Estrada Gazga Juez Yaredy Montes Rivera

Maestría en Derecho Civil Juez Francisco Neri Rosales Dr. Alberto Fabián Mondragón Pedrero

Docentes de Doctorado Juez Luz Janet Vázquez González Dr. Napoleón Conde Gaxiola

Imposición de Grado Académico de Maestría

Alumnos de la Maestría en Derecho Civil

Alumnos de la Maestría en Juicio de Amparo


EVENTO

El Rector Elías Huerta Psihas y la Directora Janet Huerta Estefan con destacados profesores de la institución

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ARTÍCULO | Hacia un Código Naciona de Procedimientos Civiles

Nombra el Senado a los 7 Magistrados de la Sala Superior del TEPJF

E

n tiempo y forma el Senado de la República eligió a los 7 nuevos magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (tepjf) quienes entraron en función en noviembre y serán los responsables de calificar al elección presidencial del 2018. La presentación de los nuevos integrantes de la Sala Superior, que fueron votados para periodos escalonados de 3, 6 y 9 años, fue resultado de un Acuerdo de la Junta de Coordinación Política que recibió dictamen de la Comisión de Justicia.

Luego de realizar la comparecencia de los 21 candidatos propuestos por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (scjn), los senadores llevaron a cabo los consensos necesarios para votar y elegir a los magistrados del Tribunal Electoral. Se trata de José Luis Vargas Valdez e Indalfer Infante Gonzales quienes fueron electos por un periodo de 3 años, esto es hasta el 31 de octubre

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de 2019. Le sigue Felipe Alfredo Fuentes Barrera y Reyes Rodríguez Mondragón, por un periodo de 6 años, hasta 31 de octubre de 2022; y Mónica Aralí Soto Fregoso, Felipe de la Mata Pizaña y Janine Madeline Otálora Malassis por un periodo de 9 años, hasta 31 de octubre de 2025. Acto seguido el Presidente de la Mesa Directiva, Senador Pablo Escudero Morales, les tomó la protesta e instruyó comunicar al

Presidente de México, al Ministro Presidente de la scjn y al Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación del resolutivo. Fue así que culminaron cerca de 30 horas de trabajo por parte de la Comisión de Justicia en donde se hicieron las comparecencias de quienes reunieron los requisitos de conformidad con los artículos 99 párrafo xii de la Constitución Política y 212 de la Ley Orgánica del pjf.


NUEVOS Magistrados del TEPJF

ARTÍCULO

Formación Académica

• • •

Licenciado en Derecho por el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Maestro en Derecho Público por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona. Ha cursado en el ITAM diplomados en Mercadotecnia Política y Campañas Electorales, en Derecho de la Seguridad Nacional en la Universidad de Virginia y en Alta dirección Gubernamental en Instituto Panamericano de Alta Dirección de Empresa.

Trayectoria Profesional

• • • • •

Director de Vinculación Institucional, Logística y Proyectos Especiales del Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN). Asesor jurídico del consejero presidente en el entonces Instituto Federal Electoral y del Instituto Electoral del DF. En el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación fue secretario Instructor. Coordinador de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Desarrollo Político de la Secretaría de Gobernación. Fiscal de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales.

JOSÉ LUIS Vargas Valdez Formación Académica • Licenciado en Derecho en la Universidad Autónoma de Guerrero. • Especialización Judicial, en el Instituto de la Judicatura Federal, Sede Central. Trayectoria Académica

• •

Ha impartido cursos en la Escuela para Jueces del Poder Judicial del Estado de Tabasco, así como en el Instituto de la Judicatura Federal, con los temas Derecho Constitucional, Derecho Procesal Penal Federal y Curso de Preparación y Capacitación para Actuarios del Poder Judicial de la Federación. Ofreció el Taller de Trámite del Juicio de Amparo Indirecto (primera y segunda instancias) en la Especialidad en Secretaría de Juzgado de Distrito y Tribunal de Circuito.

Trayectoria Profesional Dentro del Poder Judicial de la Federación ha ocupado los siguientes cargos:

• • • •

INDALFER Infante Gonzales

• • •

Actuario Judicial y Secretario del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Guerrero. Secretario de Estudio y Cuenta en la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Juez Tercero de Distrito en el Estado de Tabasco. Magistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito; Magistrado del Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. Ocupa el cargo de Magistrado de Circuito desde el 2000. Consejero de la Judicatura Federal. Vocal Jurídico del Instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles (IFECOM).

Formación Académica

• • • • •

Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la UNAM. Maestro en Derecho Constitucional y Amparo en la Universidad del Valle de Toluca. Maestría en Derecho de Amparo en el Instituto de Ciencias Jurídicas de Estudios Superiores. Doctor en Derecho Constitucional por la Universidad Tepantlato. Especialización Judicial, en el Instituto de Especialización Judicial de la SCJN.

Trayectoria Académica

Catedrático en diferentes universidades, entre ellas la Universidad de Xalapa, la Universidad de Guadalajara y en la Universidad Nacional Autónoma del Estado de México.

Trayectoria Profesional

FELIPE ALFREDO Fuentes Barrera

Dentro del Poder Judicial de la Federación ha ocupado los siguientes cargos: • Secretario del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal y del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil, todos del Séptimo Circuito. • Secretario de Estudio y Cuenta en la SCJN. • Juez Primero de Distrito en el Estado de Tabasco; Juez Décimo y Décimo Segundo de Distrito, ambos en Materia Civil en el Distrito Federal. • Magistrado del Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito; Magistrado del Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.

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ARTÍCULO | Hacia un Código Naciona de Procedimientos Civiles

Formación Académica • Licenciado en Derecho por el ITAM. • Maestría de Administración y Políticas Públicas por el CIDE. • Maestría en Derecho y Sociedad por Instituto Internacional de Sociología Jurídica, en Oñati. Trayectoria Académica

REYES Rodríguez Mondragón

Ha impartido clases en universidades como la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tecnológico de Monterrey, el CIDE, el ITAM y la Universidad La Salle.

Trayectoria Profesional • Director de Análisis Jurídico y Político en la Coordinación General de Comunicación Social de la Presidencia de la República. • Trabajó en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del entonces IFE. • Director General Adjunto de la Dirección de Estrategia y Análisis Judicial de la SCJN. • Magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la Sala Regional Monterrey.

Formación Académica • Licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma de Guadalajara. • Maestra en Educación con especialidad en Docencia. • Diplomado en Derecho Electoral y Especialidad en Justicia Electoral.

MÓNICA ARALÍ Soto Fregoso

Trayectoria Profesional • Técnica jurídica en Proceso Electoral en el entonces IFE. • Vocal Distrital de Capacitación Electoral y Educación Cívica, en Baja California Sur y en Campeche; también en el Registro Federal de Electores en Jalisco. • Magistrada numeraria del Tribunal Electoral de Baja California Sur. • Magistrada Regional del Tribunal Electoral del PJF. • Primera mujer en presidir la Sala Regional Guadalajara.

Formación Académica

• • • •

Licenciado en Derecho por la Escuela Libre de Derecho de la Ciudad de México. Especialista en Justicia Constitucional por la Universidad de Castilla – La Mancha. Maestro en Derecho por la Universidad Iberoamericana. Doctor en Derecho por la Universidad Panamericana y por la Universidad de Castilla la Mancha.

Trayectoria Académica

Profesor en la Universidad Panamericana, donde ha impartido principalmente materias de Derecho Civil, tales como contratos, obligaciones, Derecho de familia y bienes

Trayectoria Profesional

FELIPE de la Mata Pizaña

• • •

En el TEPJF se ha desempeñado como Secretario Auxiliar de Secretario Proyectista de Magistrado Regional en la Sala Regional Xalapa, Secretario Instructor y de Estudio y Cuenta de la Sala Superior del TEPJF. Magistrado de la recién creada Sala Regional Especializada del TEPJF.

Formación Académica • Licenciada en Derecho por la UNAM. • Diplomado de Estudios Profundizados en Sociología Política. • Doctora en Ciencias Políticas por la Universidad de la Sorbonne, Paris, Francia.

JANINE MADELINE Otálora Malassis 58 | Foro Jurídico

Trayectoria Profesional • Asesora en el Centro de Documentación Legislativa de la UNAM. • Secretaria Legislativa y Coordinadora de Secretarios Legislativos en el Senado francés. • Secretaria Técnica de Ponencia con diversos Consejeros de la Judicatura Federal. • Secretaria Instructora del Magistrado Manuel González Oropeza en la Sala Superior del TEPJF. • Primera mujer en integrar y presidir la Sala Regional del TEPJF, con sede en el entonces Distrito Federal. • Titular de la Defensoría Electoral Pública para Pueblos y Comunidades Indígenas del TEPJF.


ARTÍCULO

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ARTÍCULO | ¿Qué Necesita el PRI Rumbo al 2018?

¿Qué Necesita el PRI Rumbo al

2018 ?

Lic. Moisés Pardo Rodríguez Analista de Política y Económia moisespardo@yahoo.com.mx

M

iguel Alemán Valdez fue el primer candidato del sistema en el poder que, en 1946, contendió a la Presidencia de la Republica de nuestro país bajo la sigla del pri. El próximo candidato de este partido, si pierde en la elección presidencial en el 2018, podría ser el último que contendiera bajo ese emblema. Seguramente -ante la derrota- habría muchas voces dentro del pri que promoverían su refundación, redefinición ideológica y consecuentemente, su cambio de nombre. “El cachorro de la Revolución”, nombrado así por su estirpe militar revolucionaria, triunfó en las elecciones y se convirtió en el primer presidente civil de los últimos 70 años de nuestra nación; iniciando la etapa más larga en nuestra historia de gobernantes exclusivamente civiles.

mera autopista de cuota (df-Cuernavaca). Se concluye la construcción del aeropuerto de la ciudad de México, se desarrolla el Ferrocarril del Sureste, y se edifica la Ciudad Universitaria en el Pedregal de San Ángel.

Impulsó la industrialización del país, y se suscriben 5 “contratos riesgo” con petroleras extranjeras para explorar y extraer petróleo del Golfo de México, que tenían la obligación de entregárselo a pemex a cambio de pagarles el equivalente a una quinta parte del valor del combustible. Se firmó un tratado comercial con Canadá, y se promovió nacional e internacionalmente el turismo, por señalar solo algunas de las acciones más representativas que se ejecutaron en ese sexenio. Sin duda, con el presidente Alemán se inicia el camino de la modernización del país, que El primer gobierno priista, 1946-1952, en esa época tenía alrededor de 26 se caracterizó -de acuerdo con la his- millones de habitantes. toria no oficial- por ser una administración de claroscuros. El presidente Por otra parte, en su periodo de goAlemán amplió la educación pública bierno surgieron protestas agrarias, por medio de la edificación de escue- de trabajadores petroleros y de otros las rurales e incorporando en varios grupos sociales. La deuda pública creproyectos la visión de la recién creada ció considerablemente para esa época. Organización de las Naciones Unidas El peso se devalúo en su periodo un para la Educación, la Ciencia y la Cul- 78%, y las finanzas nacionales evidentura (unesco, por su sigla en inglés). ciaron una severa crisis al final de su La obra material en su gobierno fue mandato. Concluye su gestión a los amplia; particularmente destacan los 49 años, en medio de una gran imposistemas de riego, obras portuarias, pularidad y desprestigio producto de caminos rurales, carreteras y la pri- la corrupción que se le atribuye a su

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administración. José Emilio Pacheco en su libro, Las Batallas del Desierto, describe el sentir popular de aquella época a través del cuento Ali Baba y los cuarenta ladrones. Como lo refieren Augusto Bolívar, Rosario Martínez y Manuel Ángel Romero en su ensayo, Vicisitudes, Candidatos y Disidencias, la sucesión presidencial en esa época se inicia con la pretensión reeleccionista del presidente Alemán. Para ello, su secretario particular, Rogelio de la Selva, inicia acciones, reunionesw y negociaciones con distintos grupos de poder fácticos; frente a lo que los ex presidentes Adolfo de la Huerta, Emilio Portes Gil, Pascual Ortiz Rubio, Abelardo L. Rodríguez, Lázaro Cárdenas del Rio y Manuel Ávila Camacho se reunieron privadamente para vetar e impedir ese proyecto. El General Lázaro Cárdenas escribió en su diario, el 11 de julio de 1950, que algunos generales estaban siendo requeridos por Marcelino Inurreta, Jefe de Servicios de Seguridad de la Presidencia, para firmar un documento en el que apoyaban y se comprometían a impulsar cualquier reforma constitucional en favor de la reelección o extensión del ejercicio presidencial de Miguel Alemán. Días después, Cárdenas recordaba también en su diario que la no reelección había sido una de las demandas principales del movimiento armado


ARTÍCULO

el preferido del grupo en el poder, la división política dentro del partido oficial habría sido mayor y de consecuencias impredecibles.

tidumbre existente en la época –incluyendo a la alta clase política- sobre el nombre del posible candidato, que estando él colaborando como SecretaEl descrédito del régimen en el poder rio Particular del entonces Procurador se manifestó claramente durante el recorrido del Presidente de la Repu- Cuenta Humberto Romero Pérez, in- General de la República, Lic. Francisblica hacia el Congreso de la Unión fluyente político michoacano en los go- co González de la Vega, acudieron a la para rendir su penúltimo informe biernos de Adolfo Ruíz Cortines y de oficina del Secretario de Gobernación de gobierno. En el acto mismo, en Adolfo López Mateos, en su libro, Los Ruiz Cortines para saludarlo en vísla tribuna más alta de la nación, el dos Adolfos: Los mejores presidentes peras de la sucesión presidencial. Al diputado encargado de contestar el del Siglo xx, con relación a la incer- recibirlos, con la sorna y perspicacia informe cambio el tono y contenido de su discurso y lanzó una severa crítica al gobierno en turno. Allí terminó la aspiración reeleccionista del presidente Alemán. Abortado este proyecto, surgieron varias precandidaturas. La de Fernando Casas Alemán, pariente del presidente y el precandidato apoyado por el hoy llamado “círculo rojo,” con el fin de mantenerse en el poder ante el fallido intento de la reelección; la de Ramón Beteta, Secretario de Hacienda y Crédito Público; la de Nazario Ortiz Garza, titular de Agricultura y Ganadería, y la de Adolfo Ruiz Cortines, Secretario de Gobernación, incorporado al Gabinete Presidencial por el fallecimiento del primer titular de esa cartera: Héctor Pérez Martínez. Éste último, era el precandidato al que menos posibilidades le otorgaban los politólogos de la época; entre otras razón -se decía- por su edad e imagen sobria, casi anodina. revolucionario, por lo que resultaba impensable esa opción.

En este entorno turbulento en lo económico, social y político, sugirieron movimientos rebeldes dentro del pri, que pretendían y promovían el regreso de los militares al gobierno. El más conocido y representativo fue el encabezado por el General Miguel Henríquez Guzmán. Al final, sorpresivamente para muchos, Ruiz Cortines fue designado candidato del pri a la Presidencia de la Republica, como una decisión tendente a lograr la mayor conciliación partidista posible. Aún así, el General Henríquez Guzmán participó en el proceso electoral con una candidatura disidente. Con otro candidato del pri, especialmente

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ARTÍCULO | ¿Qué Necesita el PRI Rumbo al 2018?

Si el PRI no designa a un candidato que logre la aceptación de todos los grupos relevantes del partido, y cuente con un nivel de aceptación social amplio, puede presentarse nuevamente la alternancia política. que lo caracterizaba, les dijo, “¿qué hacen aquí?, deberían estar en el Zócalo”, refiriéndose al mitin de apoyo a la candidatura de Fernando Casas Alemán que realizaban diversas organizaciones obreras y campesinas. Al final de la visita de cortesía, le pidió a González de la Vega que fuera él solo al mitin y que Humberto se quedara con él en su despacho. Cuando Don Adolfo obtiene la candidatura, gana la elección y asume la presidencia de México, nombra al distinguido michoacano Jefe de Prensa de su Gobierno. El lema de campaña del Ruiz Cortines fue, “Austeridad y Trabajo”; mismo que se reflejó -como lo definió Cosió Villegas- en su estilo personal de gobernar al llegar a la Presidencia de la República. Ya como primer mandatario del país, Ruíz Cortines centró su objetivo primario en proyectar una imagen del poder presidencial austera y socialmente aceptable. Redujo el gasto público ajustándolo a los ingresos corrientes para equilibrar las finanzas públicas y modificó la Ley referente a las responsabilidades de los Servidores Públicos. No descuido el malestar popular y atendió reclamos sociales básicos. Su gobierno equipa totalmente las instalaciones de la Cd. Universitaria, construye el Centro Hospitalario 20 de Noviembre del issste, implanta la campaña para erradicar el paludismo, desarrolla el Ferrocarril ChihuahuaPacífico; se actualizan las redes telefónicas, telegráficas y de comunicación en general, pone en práctica el seguro agrícola para proteger a los producto-

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habitantes, de los que alrededor de 50 millones se ubican en los términos e indicadores de pobreza; mismos que contrastan agraviantemente con las condiciones de vida de un reducido grupo social con amplios privilegios. El aterrizaje efectivo de las leyes anticorrupción resulta fundamental para el futuro de nuestra armonía social. El propio titular de la Auditoria Superior de la Federación, Juan Manuel Portal, ha sostenido públicamente que la dires rurales de los desastres naturales, mensión alcanzada por la corrupción promueve el otorgamiento del voto de ha generado una crisis en la imagen la mujer, y su política laboral propicia del sector público que puede poner en que el salario de los trabajadores crez- riesgo la estabilidad de la democracia. ca en mayor medida que el costo de la vida. En suma, su gobierno recupera Nuestra realidad demanda implanla imagen pública y el prestigio de la tar políticas públicas socialmente investidura presidencial y la confian- sensibles, humanistas, alejadas de za del pueblo en el gobierno. Con una la óptica asistencialista y clientelar, gestión administrativa eficaz, permite así como una política económica que “maduren” las acciones empren- auténticamente redistributiva de didas en el gobierno anterior al suyo, la riqueza y generadora de mayores y se consolida la ruta de nuestro país oportunidades para todos. También hacia la modernidad; lo que se reflejó es inaplazable la aún pendiente reclaramente en el gobierno que lo su- forma de salud. La atención al sobre cedió, a cargo del Presidente Adolfo peso y la obesidad, la diabetes Mellitus, el cáncer cervicouterino y de López Mateos. mama, la hipertensión arterial sistéHoy México se encuentra en una si- mica, el virus del papiloma humano tuación parecida, guardadas las pro- (vph), el sida, el dengue, la influenporciones naturales evolutivas del za o la tuberculosis y las adiciones país. Los paralelismos son insosla- requieren instituciones con mayor yables. Ambos presidentes, Alemán y cobertura, equidad, exhaustividad e Peña Nieto, atraviesan por una crisis indusividad, pero también con una de legitimidad al final de su mandato. nueva visión sobre la prevención de Sin duda, las reformas estructurales enfermedades. Hoy, el gasto en salud logradas por el gobierno del presi- se emplea en la atención médica cudente Peña Nieto tendrán un efecto rativa, pero los recursos insuficientes positivo real para toda la población ya serán más aún en el futuro. Sólo en los próximos lustros, si se les deja con una nueva visión en las políticas madurar racional y serenamente; de salud pública se podrá contener el especialmente la educativa, que es agravio popular contra el gobierno y el único vehículo digno e irreversi- sus instituciones. ble para lograr la aspiración de j.m. Morelos y Pavón: “Moderar la indi- En este entorno difícil y complicado, gencia y la opulencia”. Sin embargo, además cambiante cotidianamente, estas reformas han generado una los partidos políticos decidirán quiénes serán sus candidatos a la presidengran resistencia social. cia de la República en las elecciones El nivel de endeudamiento público re- del 2018. Muchos coinciden que el quiere un período de administración único seguro hasta el momento para austera, honesta y eficaz. El país tiene ser candidato es Andrés Manuel Lóhoy un poco más de 120 millones de pez Obrador, quien lo será por more-


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na, y no descartan que otros partidos, particularmente los llamados “chicos”, se sumen a su candidatura; incluso algunos politólogos prevén que el prd podría, al final, también sumarse a esta opción. En el pan, seguramente los resultados de las elecciones en los estados de México, Coahuila y Nayarit serán determinantes para definir a su candidato. El pri es el partido en el gobierno, y ha sido víctima de un inusual desgaste; lo que genera un elevado costo político para competir electoralmente. Los resultados en las pasadas elecciones lo demostraron, y para el 2018 el pri no tiene un futuro electoral alentador. Además, la figura presidencial -que resulta fundamental en este partido para definir al candidato, por la “genética disciplinaria” de sus militantesestá sufriendo lo que se ha definido como el “mal humor social” contra el gobierno, y su “círculo rojo” está muy cuestionado por opositores y miembros de su partido, de tal manera que es previsible que si el pri no designa a un candidato que logre la aceptación de todos los grupos relevantes del partido, y sobre todo, cuente con

Sólo con una nueva visión en las políticas de salud pública se podrá contener el agravio popular contra el gobierno y sus instituciones. un nivel de aceptación social amplio, puede, nuevamente, presentarse la alternancia política; que lamentablemente no garantiza, por si misma, la armonía, la paz y la prosperidad para todos los mexicanos. El desprestigio de los partidos políticos ha propiciado en México el surgimiento de las llamadas candidaturas independientes, que en realidad hoy -salvo contadas y honrosas excepcionesson militantes de un partido inconformes con una decisión específica, que buscan otras opciones partidistas que

los respalden en su propósito de llegar al poder. Esta figura se desgasta y diluye en forma acelerada, y no parece ser una verdadera opción en el 2018, pero si es un indicador del perfil de los gobernantes que la sociedad busca. En este contexto, varios son los nombres que aparecen en las columnas políticas como posibles candidatos del pri para el 2018. Todos con méritos y atributos ponderables; incluso anecdóticamente algunos de ellos ocupan cargos en dependencias similares a las que encabezaban los personajes que se mencionaban en la sucesión de Miguel Alemán. Pero para contender con éxito, el pri tendrá necesariamente que considerar objetivamente lo que el elector demanda: un hombre, o una mujer, con pasado honorable y probada honradez; confiable, para otorgarle su respaldo y aceptar su convocatoria para construir un México más justo, alejado tanto de las retorica mesiánicas como de los principios dogmáticos del neo-liberalismo. ¿Quién puede ser y en donde se encuentra el nuevo Ruiz Cortines? …. ¡ Encontrarlo es el verdadero reto del pri.

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COLUMNA | Foro de Propiedad Intelectual

La Cooperación Internacional en el Combate a Productos Falsificados y la

INTERPOL

lavado de dinero dentro de la pi y la interacción en fronteras ante la apertura mundial del comercio.

Dr. Arturo Ancona García-López Titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial de la pgr.

E

l negocio de las falsificaciones y la piratería, son actividades internacionales que se han establecido en todos los rincones del mundo, a través de redes delictivas transfronterizas. Instituciones como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (ocde), han calculado que sus ingresos superan los 250 mil millones de dólares al año, sin incluir los productos digitales piratas y las ventas domésticas de artículos falsificados.

Al ser altamente redituable, las organizaciones delictivas no han dudado en sacar partido del negocio de la piratería. En muchos lugares del mundo, fiscales y autoridades policiales internacionales, regionales y nacionales, han puesto en evidencia los intrincados vínculos entre este crimen y otros delitos graves que incluyen la venta de drogas, el lavado de dinero y la corrupción; no obstante, su persecución, en la arena internacional, sigue tornándose complicada por la falta de acuerdos o tratados internacionales específicos en la materia. El tráfico de mercancías falsificadas, no es, evidentemente, un asunto interno y no se pude dejar dentro de las fronteras de un solo país.

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En este orden de ideas, me gustaría hacer una breve revisión del papel que juega la Organización Internacional de Policía Criminal (interpol), como el organismo de cooperación internacional más importante en el combate a la delincuencia, en la persecución internacional de los crímenes contra los derechos de Propiedad Intelectual (pi). En septiembre de este año, organizó la x edición de la Conferencia Internacional sobre Aplicación de la Ley en el Ámbito de la Delincuencia contra la Propiedad Intelectual; un evento que tuvo lugar en Londres, Inglaterra, el cual contó con la participaron de más de 100 países (entre ellos México), agrupando a más de 500 altos cargos de la policía, fiscales y expertos del sector de la seguridad y empresariales tanto de instituciones públicas y privadas, relacionadas con la observancia de los derechos de pi. Ahí se abordaron diferentes temas sobre la cooperación internacional en la persecución del delito, el desarrollo tecnológico y sus implicaciones en la protección jurídica, las nuevas formas en el tráfico de medicamentos y alimentos, la medición de resultados en materia de procuración de justicia, el

Los productos falsificados representan un riesgo para la seguridad y la salud públicas de los consumidores en los países a donde llegan. Si bien, en algunos ámbitos no se le ha dado la importancia debida a éste fenómeno ya que generalmente, se piensa que no cobran víctimas inmediatas; pero su alcance sobrepasa la copia de artículos de lujo, discos compactos, películas, etc. La falsificación va desde juguetes para niños hasta autopartes, así como productos como el alcohol, medicamentos, alimentos, tabaco y cosméticos; mismos que ponen en riesgo la salud de los consumidores, quienes en ocasiones ignoran que compran productos apócrifos, lo cual se vuelve un verdadero problema de salud pública que puede cobrar, inclusive, vidas humanas. De este modo, las consecuencias de adquirir productos apócrifos va más allá del simple hecho de afectar los derechos de pi de autores y compositores. La interpol nació en 1923 como encargada de facilitar la colaboración policial internacional, el intercambio de información y algunas otras actividades determinantes en la persecución de delitos. Cuenta con 190 países miembros, constituye la mayor organización policial del mundo. Entre sus herramientas más importantes, destacan sus bases de datos internacionales que agilizan el intercambio de información y la coordinación entre fiscalías; elementos clave para una actuación efectiva en la persecución transfronteriza de delitos. Además, posee el sistema 24/7 Network, por medio del cual, circula información


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en diferentes tipos de lenguas y monitorea todas las fuentes con la finalidad de encontrar amenazas. Apoya a la detección de delincuentes en todo el mundo y ha desarrollado operativos internacionales, como la operación OPSON V (junto a la europol); a través de la cual, se incautaron en 57 países, más de 10 mil toneladas de alimentos y más de un millón de litros de bebidas falsificados, que constituían un inminente peligro para la salud de los consumidores. Por lo anterior, derivado del contexto actual, en que se desarrolla la protección y garantía de los derechos de pi en todo el mundo, su intervención es crucial. Se desempeña como un intermediario internacional, que coordina esfuerzos para enfrentar las nuevas modalidades del delito en el contexto de la globalización y la ampliación de las redes digitales. En la observancia de los derechos de pi, la interpol creó la escuela Internacional de Investigadores de Delitos contra la Propiedad Intelectual (IIPCIC, por sus siglas en inglés); en donde imparte cursos que permiten la colaboración y coordinación entre países, mediante un servicio en línea, destinado a la formación estratégica en el combate a la delincuencia contra los derechos de pi. Entre otras actividades que realiza en el tema, están las Conferencias Internacionales sobre la Aplicación de la Ley en el Ámbito de la Delincuencia Organizada contra la Propiedad Intelectual; mismas que desde el año 2007 hasta la fecha, conjuntan a los principales responsables de la observancia de los derechos de pi en distintos países.

INTERPOL realiza acciones tendientes a identificar, interrumpir y cooperar en el desmantelamiento de las redes trasnacionales dedicadas al comercio de productos ilícitos. a identificar, interrumpir y cooperar en el desmantelamiento de las redes trasnacionales dedicadas al comercio de productos ilícitos.

Bajo la perspectiva de protección a los derechos de pi, los fenómenos delictivos, encuentran nuevas áreas de oportunidad con esa apertura comercial internacional de mercancías; de forma paralela, al desarrollo del internet, como el principal medio de comunicación en el mundo. De este modo, nos enfrentamos a un escenario histórico y frente a la oportunidad de diseñar nuevos y más eficaces modelos de regulación. Estos modelos, deben estar encaminados hacía la homologación, tanto de principios de protección, como de estrategias de combate al delito en el ámbito internacional; como sucede con el tráfico de drogas o el La apertura comercial internacional, lavado de dinero, que cuentan con que permitieron los tratados bilate- instrumentos jurídicos de alcance rales y multilaterales de libre comer- internacional. Resulta necesario cio, trajo consigo de manera natural, que la observancia de los derechos un incremento paralelo en el tráfico de PI convoque a los países a formade mercancías falsificadas. De este lizar el diseño de herramientas jurímodo, se generó una problemática dicas que permitan una procuración que requería coordinación entre las de justicia eficaz ante las nuevas fordiferentes naciones. Ante ello, la in- mas de comisión de los delitos; no terpol realiza acciones tendientes sólo en lo que se refiere a su ámbito

nacional, también respecto de su afectación internacional. Aunque muchos países ya toman acciones en el tema, el factor de intervención por parte de la interpol, hace ver el impacto mundial que tienen los fenómenos de la falsificación y la piratería. En el caso de México han sido reconocidos este año por el Reporte Especial 301 del gobierno de los Estados Unidos de América; en donde se destacó la creación de un área especializada en cibercrimen dentro de la Procuraduría General de la República. También, dentro del Informe global sobre Propiedad Intelectual de la ocde, se reconoció a nuestro país por la reducción en las exportaciones de este rubro; lo que lo coloca, fuera de la lista que encabeza la producción de productos apócrifos y falsificados. Hoy tenemos 2 fenómenos delictivos que requieren un modelo de cooperación internacional para enfrentarlos efectivamente: desde la perspectiva física, cada día incrementa el tráfico de mercancías falsificadas; en el ámbito digital, tenemos el desarrollo de conductas infractoras del derecho de autor en el internet, así como en el comercio en línea. Aunque existen esfuerzos internacionales para fortalecer la cooperación en la protección de la pi, como el Comité de Observancia de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual o el Convenio de Budapest sobre Ciberdelincuencia, no se cuenta todavía con un instrumento jurídico específico que permita combatir los problemas de la piratería y la falsificación. El marco de las Conferencias Internacionales, que organiza la interpol en el tema de pi, es una oportunidad muy importante a tomarse en cuenta para generar acuerdos y estrategias globales, tendientes a mejorar la cooperación internacional que permitan una persecución efectiva del delito en cada una de las naciones; a la par, puede sentar un precedente importante en el mejoramiento del marco regulatorio mexicano.

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EVENTO | Campaña Nacional Prevención de la Tortura de la CNDH

Campaña Nacional de Prevención de la Tortura de la

CNDH

gen la ley penal y Prevención de la Tortura, a través de un enfoque cinematográfico”, propuesto con el fin de generar la participación y la reflexión sobre estos temas a partir de la discusión y el análisis puntual.

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n esta ocasión, nos quisimos referir a la Campaña Nacional de Prevención de la Tortura, que realiza la Comision Nacional de los Derechos Humanos, por su importancia, señalando que en ésta, se ha incorporado a todos los actores relacionados, como lo son la sociedad civil, los académicos, las instituciones gubernamentales, estudiosos e interesados en este tema, realizando diversas actividades en torno a lo referido a la frase que la acompaña: “Hagamos que la Tortura sea Historia”.

Así, se firmaron diversos convenios, se realizaron cursos y un concurso de carteles para fortalecer el interés y la inclusión del personal, tanto de centros penitenciarios, como de tratamiento interno para adolescentes que infringen la ley penal, obteniéndose una serie de participaciones que hicieron posible la publicación del catálogo respectivo, así como la reproducción de diferentes pósters con los cuales se ha conformado una exposición itinerante, misma que se presenta en las entidades federativas, tanto en los centros mencionados, como en los organismos defensores de los Derechos Humanos, en su caso.

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A la fecha, esta experiencia se ha replicado en Hidalgo, Jalisco, Oaxaca, Querétaro y Zacatecas, impartiéndose conferencias e implementándose de igual forma el programa “Espacio de oportunidad para el fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y la prevención de la tortura”, llevándose a cabo la instalación de estos espacios, por medio de la entrega de material bibliográfico y capacitación. De igual forma se lleva a cabo el ciclo de Cine-Debate “Sistema Penitenciario, Adolescentes que infrin-

Dando continuidad a este ciclo, se realizó también la publicación respectiva, puntualizando en su presentación el Lic. Luis Raúl González Pérez, Presidente de la cndh, su compromiso de llevar a cabo las tareas necesarias para la protección y defensa de los dh, así como la divulgación, difusión, enseñanza y promoción, con el propósito de generar una cultura de legalidad. Estas actividades se tienen programadas para dar continuidad en el resto del país.


La Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, A.C.

felicita al

Dr. Raúl Cervantes Andrade por su nombramiento como

Procurador General de la República El Dr. Raúl Cervantes cuenta con una amplia experiencia profesional, académica y política que le permitirán encabezar los esfuerzos para continuar con una adecuada implementación del Sistema Penal Acusatorio en el ámbito federal y una transformación de la pgr en Fiscalía General de la República, que logre recuperar la confianza y certidumbre ciudadana en esta fundamental institución del Estado mexicano. Por el bien de la sociedad mexicana y del fortalecimiento de nuestras instituciones públicas, le deseamos al Dr. Raúl Cervantes Andrade -distinguido miembro de nuestra asociación profesional-, el mayor de los éxitos en esta delicada y compleja responsabilidad que le ha conferido el Presidente de la República.

El Consejo Directivo


ARTÍCULO | ¿Existe Violencia Política de Género en el Proceso de Designación para la Sala Superior del TEPJF?

¿Existe Violencia Política de Género en el Proceso de Designación para la Sala Superior del TEPJF? Lic. María F. Santos Villarreal Colaboradora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad Libre de Derecho de Monterrey y del despacho jurídico Basave, Colosio, Sánchez, S.C.

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La violencia política por razón de género consiste en toda omisión o acción (incluyendo la tolerancia a dichas conductas) cometida por una persona o grupo de personas, generalmente hombres, de forma directa o a través de terceras personas, en contra de mujeres que aspiran a una candidatura, que son candidatas a cargos de elección popular o por deLas acciones afirmativas (también signación, o que están en ejercicio conocidas como discriminación posi- de sus funciones en un cargo público, tiva), son medidas que se toman para o bien, en contra de sus familiares tratar de igualar materialmente las o afines. El objetivo es restringir el diferencias en condiciones políticas, ejercicio de sus funciones o para sociales, culturales y económicas persuadirlas u obligarlas a que reaentre un grupo vulnerable y el res- licen determinada acción o incurran pectivo grupo privilegiado que se han en una omisión que forme parte del dado por una discriminación históri- debido ejercicio de sus funciones o ca, institucional y sistemática que ha de sus derechos políticos.1 sufrido dicho grupo vulnerable. Esta situación es muy preocupante Se toman acciones afirmativas cuan- en el Poder Judicial de la Federado la igualdad en papel no es sufi- ción. La Suprema Corte de Justicia ciente (y nunca lo es). El caso de dis- de la Nación (scjn), máximo tribunal criminación que en el presente texto del país, tiene 11 integrantes, de los nos ocupa es por razón de género; cuales únicamente 2 son mujeres: en concreto, la violencia política en Margarita B. Luna Ramos y Norma contra de las mujeres. L. Piña Hernández, siendo ellas el l pasado jueves 20 de octubre concluyó el proceso de designación de magistradas y magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (tepjf) y ha dejado mucho que desear en el tema de perspectiva de género y acciones afirmativas.

18.2% de la Corte. El tepjf, máxima autoridad en materia electoral, se compone de 6 Salas Regionales y una Superior. En conjunto, en las Salas Regionales, hay 6 magistradas y 12 magistrados, lo que significa que las mujeres ocupan el 33% de estos puestos. La Sala Superior tiene 7 integrantes, de los cuales, actualmente, sólo una es mujer: María del Carmen Alanís Figueroa, conformando ella sola el 14.3% de la Sala.2 La falta de oportunidades para que mujeres ocupen cargos de este nivel es violencia política de género. ¿Cómo combatirla? Se puede hacerlo de muchas formas, una de ellas es implementando una política de paridad de género. La paridad de género, según un Acuerdo General del mismo tepjf, es un, “principio constitucional orientado a combatir los resultados de la discriminación histórica y estructural que ha mantenido a las mujeres al margen de los espacios públicos de toma de decisión; responde a un en-

Definición de elaboración propia, tomando como base el Protocolo para atender la violencia política contra las mujeres (2016) de la Secretaría de Gobernación, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Instituto Nacional Electoral, Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales, Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, Fiscalía Especializada para los Delitos de Violencia contra las Mujeres y la Trata de Personas, Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres e Instituto Nacional de las Mujeres. 2 El ex magistrado Alejandro Luna Ramos concluyó su cargo en abril de 2015, estando vacante su lugar desde entonces, por lo que el día de hoy la Sala Superior cuenta con seis de sus siete integrantes. Sin embargo, siendo hombre el anterior magistrado, resulta correcto mencionar que solamente una de siete integrantes es mujer. 1

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tendimiento incluyente e igualitario temente de ello, fue un error de la de la democracia, en donde la repre- Corte enviar únicamente 2 ternas de sentación descriptiva y simbólica de mujeres al Senado. las mujeres es indispensable.” 3 Muchas personas dirán que es porBásicamente, la paridad de género que no habían tantas mujeres de es una acción afirmativa que busca dónde escoger; que es culpa de las que determinado órgano de gobierno mujeres por no aplicar a la convocaesté integrado, como mínimo, por la toria; que es culpa de las mujeres que misma cantidad de mujeres que de sí aplicaron por no ser lo suficientehombres, ya que son ellas las que han mente capaces para ser elegidas para estado toda la vida al margen y son conformar las ternas. Considero abellos los que toda la vida han ocupa- surdo, machista e infundado alegar que no hay suficientes mujeres que do estos espacios. sean igual de capaces que los homEn el marco del proceso de designa- bres. Sí las hay, nada más hay que ción de magistrados y magistradas querer darles el espacio. para la Sala Superior del tepjf, el tema de la paridad de género cobra Lo que debemos preguntarnos es: si especial relevancia. Siendo que la sí hay mujeres igualmente capaces Sala Superior se conforma con 7 in- que los hombres, ¿por qué sigue contegrantes, no puede hablarse de un formándose la Sala Superior del te50%-50%, pero sí de un 43%-57%. pjf (y el resto del Poder Judicial de la Como mínimo, en un ideal, deberían Federación) por casi puros hombres? quedar 3 magistradas (de preferen- ¿Qué es lo que está pasando? cia cuatro o más). Sin embargo, la scjn únicamente propuso 2 ternas Lo que sucede es que las mujeres han sufrido una discriminación históride mujeres. ca, en todos los ámbitos, pero sobre A partir del 4 de noviembre de este todo el político. Si a los hombres se año tomarán posesión los 5 magistrados y las 2 magistradas que este 20 de octubre tomaron protesta en el Senado de la República: Indalfer Infante González, José Luis Vargas Valdez, Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña, Mónica Aralí Soto Fregoso y Janine Otálora Malassis.

les permitió empezar la carrera años antes que a ellas (y con mucho aliento y apoyo institucional), resulta justo buscar igualar la situación. Eso es lo que busca lograr la paridad de género: darles un “empujón” a las mujeres para que comiencen a correr la carrera en el mismo punto de salida que los hombres (siguiendo la misma analogía) y no kilómetros atrás de ellos, como actualmente sucede. Por ello, 2 ternas de mujeres no es suficiente. En este proceso de designación de magistrados y magistradas para la Sala Superior del tepjf, la perspectiva de género se quedó (bastante) corta. Y sí, actualmente hay una magistrada y próximamente habrán dos, pero una mujer más no es suficiente, ni está cerca de serlo. Falta mucho camino por recorrer hacia una integración paritaria. Y no sólo en la Sala Superior del tepjf (ni en las demás salas de este Tribunal), sino en todo el Poder Judicial de la Federación.

Dejar a la Sala Superior del tepjf con dos mujeres solamente, lo que equivale al 28.5% de la Sala, contribuye a que se siga perpetuando la violencia política de género. Eso sí, “lo bueno” es que las dos magistradas designadas lo fueron para un periodo de 9 años (al igual que Felipe de la Mata Pizaña). Empero, independien-

Acuerdo General para el ingreso, promoción y desarrollo de la carrera judicial con paridad de género en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. (P.O. Febrero 2, 2016)

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COLUMNA | En la Mira

El Sistema Nacional Anticorrupción, Un Sistema Cojo por Falta de Fiscal te, quien decidirá en definitiva la sanción aplicable a los casos de corrupción por faltas administrativas graves, será el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Dr. José Fernández de Cevallos y Torres

La “Pata” que Falta - Materia Penal

Desde el 11 de febrero de 2014 en el artículo décimo octavo transitorio de la reforma constitucional en materia político-electoral, se dio el plazo de ral de Justicia Administrativa. 30 días al Procurador General de la 3. Reformas a la Ley Orgánica República para expedir el decreto de la Administración Pública por el que se crearía la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Federal. 4. Reformas a la Ley de Fiscaliza- Relacionados con Hechos de Coción y Rendición de Cuentas de rrupción (Fiscalía Anticorrupción), que se prevé en el artículo 102 A) la Federación. 5. Reformas al Código Penal Fe- párrafo quinto de la Constitución General. Dentro del plazo señalado, deral. 6. Ley de la Fiscalía General de el 11 de marzo de 2014, el entonces la República (que establece las Procurador Murillo Karam expidió el facultades de la Fiscalía Anti- Acuerdo a/011/14 por el que se creó y establecieron las facultades de la Fiscorrupción). calía, el cual entraría en vigor a partir de que el Senado de la República eliTres "Patas" - Materia giera al Fiscal Anticorrupción. Administrativa

José Fernández de Cevallos @Jose_FCevallos

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a reforma constitucional de 27 de mayo de 2015, creó el Sistema Nacional Anticorrupción (sna), como un organismo coordinador entre los diferentes órdenes de gobierno para las tareas fundamentales de: a) prevención, b) identificación y c) sanción de los hechos de corrupción. Nuestros legisladores se fijaron como plazo 1 año para elaborar las leyes secundarias que lo harían operativo, esto es, al 28 de mayo de 2016 debieron publicarse, sin embargo, fue hasta el 18 de julio de 2016 que se promulgaron. Los ejes de prevención e identificación de este fenómeno, que coordinara el sna, son 2 rubros que deberán desarrollarse con políticas publicas, que de acuerdo a sus facultades implemente el sistema; por su parte, el eje sanción, por imperativo del principio de legalidad (no hay delito ni pena, sin ley), sólo puede cumplirse con apego al orden jurídico vigente, en este sentido, para sancionar a la corrupción se publicaron las siguientes leyes:

Las 4 primeras leyes mencionadas, son ordenamientos jurídicos dirigidos a sancionar administrativamente a la corrupción. Esto es, por aquellas acciones tanto de los servidores públicos como de los particulares, que atentando contra el bien jurídico de la función pública, transgredan la legalidad, la honradez, el profesionalismo y eficacia del servicio público. Para determinar las responsabilidades administrativas, se faculta en la investigación y sanción (para 1. Ley General de Responsabili- las faltas administrativas no graves), dades Administrativas ( Ley 3 tanto a la Auditoría Superior de la Federación, como a la Secretaría de 3). 2. Ley Orgánica del Tribunal Fede- de la Función Pública; por su par-

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El 19 de noviembre de 2014, esto es, después de 8 meses de la creación de la Fiscalía, el Senado de la República emitió la convocatoria y determinó el proceso para elegir al Fiscal Anticorrupción, sin embargo se encuentra inconcluso puesto que no se ha elegido al Fiscal. El 18 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, los últimos 2 ordenamientos mencionados líneas arriba, es decir a) La Ley Orgánica de la fiscalía General de la República (que determina facultades de la Fiscalía Anticorrupción) y b) Las reformas al Código Penal Federal (que regula los delitos de corrupción). Sin embargo,


COLUMNA

La falta de resultados y la inadecuada persecución de la corrupción, se traduce en la impunidad generalizada que tanto repudio causa a la ciudadanía.

duce en la impunidad generalizada que tanto repudio causa a la ciudadanía. Ejemplos sobran, y los más sonados a últimas fechas son los casos de los ex gobernadores Duarte y Padrés, los cuales, no obstante ser investigados desde hace meses por el desvío de cantidades multimillonarias en el ejercicio de sus cargos, curiosamente Desde luego que la carencia de una cuando las autoridades están a punFiscalía Anticorrupción no debiera to de detenerlos, estos personajes ser obstáculo para la investigación con gran astucia y al más puro estilo de los delitos de corrupción; tanto en hollywoodense, logran evadir la acel Código Penal Federal como en los ción de la justicia y al día de hoy se locales, se tipifican tanto conductas encuentran prófugos. Esperemos que delictivas cometidas por servidores esa lamentable historia no se repita públicos en ejercicio de sus funcio- con los ex gobernadores (de Chihuanes, como delitos cometidos por ser- hua, Quintana Roo y Nuevo León), vidores públicos en contra de la ad- que son investigados por actos de coministración de justicia. Asímismo, rrupción realizados en sus mandatos. tanto en el orden Federal como en el estatal, existen Ministerios Públicos Conclusión encargados de perseguir dichos delitos, pero la realidad cotidiana nos La sanción para cualquier delito demuestra, que ni la Procuraduría cumple 2 propósitos 1.- La PrevenGeneral de la República ni las Pro- ción General, la cual manda el mencuradurías locales, han producido los saje a todos los gobernados, de que el resultados deseados en la investiga- hecho delictivo no quedará impune; ción y persecución de estos delitos. y 2.- La Prevención Especial, consistente en el mensaje individualizado La falta de resultados y la inadecuada para el infractor de la norma, con persecución de la corrupción, se tra- miras a buscar su resocialización al día de hoy, a 2 años 8 meses de que se reformara la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de que se creara la Fiscalía encargada de investigar y perseguir a la corrupción en México, la misma no se encuentra operativa porque aún no se ha designado al Fiscal.

y evitar posteriores ilícitos. Ambas, contribuyen a cumplir la principal función social de preservar el Estado de Derecho, tarea que únicamente puede ser alcanzada dentro del marco de la legalidad. En este contexto, la sanción administrativa está perfectamente detallada en los diversos cuerpos normativos, sin embargo, la sanción penal, se vuelve inoperante ya que el primer interviniente, el Fiscal encargado de investigar y perseguir a los corruptos, al día de hoy no ha sido designado. Esto hace que el sna, en su tarea de sancionar a la corrupción, sea un sistema cojo, al contar únicamente con 3 “patas” que lo soportan, las administrativas; pero la cuarta, la más represiva y la que puede inhibir verdaderamente una conducta, es decir, la materia penal, no es operativa. Mientras no se elija a un adecuado Fiscal Anticorrupción, que efectivamente investigue y persiga los actos de corrupción, y mientras no existan leyes adecuadas, que en materia penal sancionen efectivamente a los corruptos, la impunidad en México seguirá siendo nuestro principal lastre y la noticia cotidiana.

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COLUMNA | La Máquina del Tiempo Musical

La Máquina del Tiempo Musical y la

Niñez

Cuando la humanidad pareciera que se terminará devorando a sí misma, aparece una luz tenue al principio pero con un fulgor inmaculado. La luz que recibimos de la sonrisa de nuestra niñez. Lic. Jesús A. Aquino Rubio

N

uestro país vive momentos difíciles. Todos los días peleamos por subsistir sin salir lastimados. La vorágine humana, nuestro egoísmo, la crisis económica, la falta de esperanza, el panorama sombrío, la desesperación social, la ausencia de ejemplos positivos, las trágicas noticias, el pésimo ejemplo en numerosos ámbitos partiendo del político y la nula sensibilidad por la necesidad ajena, hace retumbar como nunca la frase de Plauto engendrada en Asinaria, y popularizada por Thomas Hobbes: “el hombre, es el lobo del hombre”.

Y mientras lo discutimos, nos llega un mensaje de que un familiar o amigo cercano acaba de ser víctima de la delincuencia en cualquiera de sus formas. Éste es el país que nos tocó vivir, el que nos heredaron y el que hemos terminado de formar. No hay escapatoria: todos somos responsables y tenemos el país que merecemos. El análisis no debe ser cómo llegamos a esto, el verdadero planteamiento es cómo lo mejoramos, porque parece que nadie aguantará más caos. Neoliberalismo, globalización, corrupción, impunidad, redes sociales, nombre usted su demonio favorito, pareciera que somos especialistas en

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evitar la realidad: todo parte de uno mismo, de mi, de usted, porque al final, la dimensión de ser humano se antepone a todo lo anterior, siempre que así nos lo propongamos. Hemos perdido el rumbo, el camino se nos ha extraviado, los valores de antes no son los mismos de ahora, y lejos de las formas, es preocupante el fondo, una sociedad que ha perdido la capacidad de asombro. Que no se sorprende con algo, bueno o malo, y para colocarle una cereza a este triste pastel, agreguemos la intolerancia de una época donde todo debe ser inmediato, porque no estamos dispuestos a esperar un segundo más.

existen grandes tratados para explicarlo en las redes, desgraciadamente estamos empezando a entender que publicar en Twitter o Facebook las posibles soluciones, no son tan efectivas como pasar a la acción tangible, real y material, no basta con postearlo, se tiene que hacer algo. Cuando la humanidad pareciera que se terminará devorando a sí misma, cuando parece que la oscuridad del abismo nos ha cubierto por completo, cuando se ha perdido toda esperanza, aparece esa luz, una luz tenue al principio pero con un fulgor inmaculado. La luz que recibimos de la sonrisa de nuestra niñez. La promesa de un mejor futuro no está en nuestras manos, está en nuestros niños, esos pequeños seres humanos, vulnerables y frágiles que no conocen malicia y los defiende una sinceridad absoluta.

Desde hace más de 91 años hemos creado instrumentos para protegerlos, porque sabemos que como sociedad, como especie, nuestro futuro reside en ellos, y la Organización de las Naciones Unidas entró al análisis de los derechos de la niñez en 1959, emitienEl estudio de la historia y de las so- do un tratado internacional que es el ciedades nos presentan 2 instantá- más ratificado de todos los que existen. neas opuestas, la primera donde las personas necesitaban unas de otras La Convención sobre los Derechos para lograr beneficios mutuos, y la del Niño busca blindar principios segunda donde cada persona hace para lograr una niñez que sea la base cualquier cosa por garantizar su fu- de una futura sociedad mejor, increturo, sin importar los demás, aun si mentando sus derechos y enriquepara lograrlo debemos lastimar o ciendo la convención con protocolos facultativos, y como fue un 20 de noperjudicar a terceros. viembre de 1959 la fecha en la que ¿Qué nos paso? ¿No hay marcha la Asamblea aprobó la Declaración atrás? ¿Al final dejamos ganar al de los Derechos del Niño, y el 20 de mal sobre el bien? ¿Qué historia es noviembre de 1989 cuando se aprobó ésta? No hay respuestas absolutas, y la Convención sobre los Derechos del


COLUMNA

Niño, se instituyó esa fecha como el Día Universal del Niño, aunque en nuestro país se celebre el 30 de abril. Esa ternura y nobleza que inspiran los niños, ha movido a numerosos artistas a dedicarles canciones, melodías y composiciones especiales, las cuales también han evolucionado con los tiempos, con motivo de la modernidad de los métodos de producción musical y digitalización de los instrumentos musicales. El recorrido en esta ocasión lo comenzaremos con una melodía muy latinoamericana, famosa canción de cuna interpretada por Atahualpa Yupanqui, donde narra la vida de una mujer que debe ir a trabajar al campo, alejada de su hogar, durante duras jornadas para proveer a su crío del sustento económico necesario para vivir. Un retrato crudo de la realidad, con notas dulces y suaves llenas de ternura, así es como el tema Duerme negrito logra adormecernos con tranquilidad y al mismo tiempo nos regala una estampa de la entrega y sacrificio de las madres trabajadoras. Mención especial merece el oriundo de Orizaba, Veracruz, el famoso grillito cantor, Francisco Gabilondo Soler Cri-Cri. Temas como El Chorrito, El Ropero, El Ratón Vaquero, Caminito de la Escuela, Marcha de las Letras, La Patita, son sólo algunos de sus inmortales temas, que han sido delicia de chicos y grandes, y ha tocado para siempre a niños de todas las edades. Podríamos afirmar sin temor a equivocarnos que Cri-Cri fue el primer gran rockstar de la niñez mexicana, y posteriormente de todo américa latina y otras latitudes del orbe, además de ser el primer canta-autor en dedicarse de lleno a producir música infantil, antes nadie lo había hecho de esa manera y con esos alcances. En tiempos más modernos, diversos artistas han encontrado en el mercado infantil su plena aceptación, y

Es indiscutible que la modernidad, lejos de hacernos mejores personas pareciera que nos ha empujado en otra dirección.

ejemplo de ello son Parchis, Timbiriche, Fey, Tatiana, Xuxa, Patilu por citar algunos que con ese objetivo o sin querer, han encontrado en las gargantas infantiles su aceptación.

pareciera que nos ha empujado en otra dirección, pero igual de indiscutible es que sólo de nosotros depende intentar cambiar nuestra realidad, y si eso no fuese posible, es innegable el gran compromiso que tenemos con las futuras generaciones, nuestros niños, para entregarles una estafeta donde no sufran discriminación, donde cualquier autoridad asuma su responsabilidad para condicionar todas sus decisiones al interés superior de los menores; y velar para que los niños tengan protegido su derecho a la vida, a la supervivencia, al desarrollo, a vivir y tener un desarrollo adecuado, y a escuchar sus opiniones en las situaciones que les afecten, así como a tener una vivienda digna.

Las melodías señaladas han sido elaboradas para que los niños las disfruten, pero hay otras más que exponen diversas situaciones relacionadas con la niñez, dirigidas a un público adulto, donde las temáticas están relacionadas con situaciones difíciles, ausencia o abuso de derechos de la niñez, y así las han grabado El Tri de Alex Lora en Niño sin Amor, Maná con Donde Jugarán los Niños, Juan Manuel Serrat con Niño Silvestre, David Bisbal con Soldado de Papel, Ismael Serrano con Si Peter Pan Viniera, Victor Jara con El Hombre es un Creador o José Luis Perales con la canción Que Canten los Y tú, ¿qué has hecho por los niNiños, por citar algunos. ños? ¿De verdad crees que es sufiEs indiscutible que la modernidad, ciente? Podemos hacer más ¿estas lejos de hacernos mejores personas dispuesto?

e-mail: maquinadeltiempodekiko@gmail.com twitter: @kikotimemachine Facebook: Maquina del Tiempo de Kiko Aquino Rubio Instagram: maquinadeltiempodekiko Spotify: Maquina del Tiempo SoundCloud: Máquina del tiempo Kiko

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COLUMNA | Vida Digital

MBA Félix Cortés Hernández Director de Estrategia Digital en Foro Jurídico. Miembro de la Neuromarketing Science & Business Association así como de la American Marketing Association. @felixcortesh

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n México, de acuerdo a un estudio realizado por la firma ibm, publicado en el portal de cnn Expansión, una persona promedio gasta alrededor de 2 horas al día en desplazarse de su casa a su lugar de trabajo y viceversa. Esto no sólo supone un gasto de energía, sino también implica menos tiempo para otro tipo de actividades como la lectura, deporte o cualquier otra actividad recreativa, aquí es donde los audiolibros han sido una gran revolución para los amantes de la lectura.

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CADALSO

COLUMNA | Temas Constitucionales

Finalmente el Presidente Enrique Peña Nieto, tomó la decisión de realizar el tan anunciado cambio en la PGR, designando a uno de los candidatos más señalados en los medios, el foro y la opinión pública: el Senador Raúl Cervantes Andrade, quien rápidamente sustituyó a la Mtra. Arely Gómez González, quien también resultó premiada al ser nombrada Secretaria de la Función Pública. La lógica del cambio hace suponer que será el prestigiado abogado y experimentado político Raúl Cervantes quien se encargue de dar forma al rezagado proceso de transformación de la pgr a la Fiscalía General de la República, tocándole quizás estrenar el flamante cargo transexenal que dura 9 años. También le tocará tratar de conducir a buen puerto el polémico y complejo asunto de los normalistas de Ayotzinapa, capturar a los “peces gordos” prófugos de la justicia de Veracruz y Sonora (y los que se acumulen) y conducir el proceso para la designación del Fiscal Especializado en Anticorrupción, que se encuentra pendiente de ser designado por la Cámara de Senadores. Por lo que hace a Arely Gómez, ocupará ahora un más tranquilo despacho, aunque también con una compleja encomienda como lo es reconstruir una desprestigiada Secretaría de la Función Pública, convertida en uno de los 4 ejes del Sistema Nacional Anticorrupción, del que tanto espera el pueblo de México. Finalmente el Presidente de la República tomó oportunamente estas atinadas decisiones, pues si las hubiera hecho después del 8 de noviembre, se las habrían adjudicado a la presión de Hillary Clinton, quien está enfilada a ser la próxima presidenta de los Estados Unidos.

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El artero ataque al convoy militar en Sinaloa, en el que 5 elementos del Ejército mexicano perdieron la vida y otros 10 resultaron lesionados, una vez más se evidencia el poder armamentista que han alcanzado las bandas de narcotraficantes en nuestro país y el riesgo que enfrenta nuestro Estado de Derecho. Más allá de la indignación social que este hecho generó, es una llamada de atención para sumar esfuerzos de todo tipo en el combate a la criminalidad organizada, tanto de la policía federal, como de las estatales y municipales, que en muchos casos son cómplices de los delincuentes. Esta emboscada es un claro aviso a las autoridades y a la sociedad en general, sobre lo que los delincuentes son capaces de hacer, al poner en jaque a las fuerzas del orden, demostrando que en algunos casos, tienen un poderío en armamento, tecnología e inteligencia superior. Deseamos que este hecho no quede impune y que se cumpla la advertencia del General Salvador Cienfuegos Zepeda, titular de la sedena, de que “irán con todo el peso de la ley” para capturar a los responsables, y que no permitirán que éste se convierta en una asunto más de impunidad. Seguramente que algunos malos elementos policiacos estatales estarán involucrados. Ojalá que la Comisión Nacional de Víctimas apoye con su millonario fondo a los familiares de los militares caídos y lesionados y que no sea únicamente para delincuentes que se disfrazan de víctimas por torpezas procesales.

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COLUMNA

El lamentable atentado en el que perdiera la vida el Juez federal Vicente Antonio Bermúdez Zacarías, en Metepec, Estado de México, confirma los elevados índices de violencia que se viven en nuestro país y, al mismo tiempo, la vulnerabilidad de los juzgadores que atienden asuntos de delincuencia organizada, particularmente narcotráfico. Ante esta delicada situación, destaca el vigoroso llamado del Presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar Morales, a los impartidores de justicia para que continuen trabajando con valentía, y a las autoridades del Poder Ejecutivo, para que garanticen su seguridad e impidan que el crimen quede impune. La lógica y natural reacción de algunos personajes públicos, como el Senador del prd, Miguel Barbosa Huerta, para que se instauren en México los “jueces sin rostro”, como ya se aplicaron en países en donde la delincuencia puso en jaque al Poder Judicial, como Italia, Colombia y Perú, fueron rápidamente atajadas por voces especializadas que argumentaron la prohibición de esta figura por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (y en su momento por la Corte Constitucional de Colombia), por tratarse de un procedimiento que atenta contra los derechos humanos de los imputados. Por lo pronto, la comunidad jurídica y el foro, ofrecemos nuestro sincero pésame a la familia del Juez Bermúdez Zacarías, deseando su eterno descanso y nos solidarizamos con sus colegas y compañeros del Poder Judicial de la Federación.

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Finalmente rodó la cabeza del Gobernador con licencia de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, en lo que bien podría calificarse como “la crónica de una fuga anunciada”, pues no obstante que eran del dominio público las múltiples denuncias en su contra y sus “fechorías”, el Gobierno Federal permitió su fuga. Sólo las autoridades federales competentes y las de Veracruz, pecando de inocencia, creyeron que su sorpresiva aparición en el noticiero televisivo de Carlos Loret de Mola, era para defenderse y lavar su imagen pública. No se realizaron acciones preventivas de ningún tipo para resguardarlo, ni vigilancia, ni seguimiento a sus movimientos, a pesar de que públicamente anunció su retiro del cargo, horas antes de su graciosa huida. Bastó un fin de semana para desaparecer con la evidente ayuda de colaboradores leales en su estado natal. A pocos días de su fuga, como al nopal, cada minuto que pasa se le descubren “más propiedades”, y lo que la opinión pública exige es que se le encuentre y se le lleve ante la justicia para responder por las múltiples acusaciones que se le imputan y que de inmediato, se le aplique la Ley Federal de Extinción de Dominio, para que el Estado recupere las escandalosas sumas y propiedades que adquirió en estos 6 años a través de familiares, prestanombres y testaferros. La pgr tiene la oportunidad de construir el primer caso emblemático de Extinción de Dominio, después de 8 años en que se adoptó en nuestro país y de la reciente reforma al artículo 22 de la Constitución que amplió su aplicación a funcionarios públicos por enriquecimiento ilícito.

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LIBROS

Libros recomendados POR

Sistemas Jurídicos Contemporáneos Éric Tardif. Limusa. 2016 En un mundo siempre más interconectado, el jurista moderno no puede desconocer las distintas formas de concebir y crear el Derecho en otros países, ya que las soluciones a problemáticas nacionales son a menudo el fruto de la circulación de ideas provenientes. En la segunda edición de la obra del Dr. Eric Tardif, los estudiosos de la materia, los juzgadores, los legisladores y los profesionales del Derecho encontrarán: Una explicación de la relevancia del derecho comparado y su utilidad para los juristas; más de 100 extractos de sentencias, legislaciones y documentos históricos presentados en español, así como cuadros analíticos que ilustran las particularidades de los 14 países estudiados; 120 páginas dedicadas al derecho anglosajón (Reino Unido y Estados Unidos), en las que se explican por ejemplo el sistema parlamentario de Westminster, el proceso de elección del presidente norteamericano, así como el rol central de la Corte Suprema y el funcionamiento del sistema penal de ese país. Así como un una descripción de los elementos que integran el derecho musulmán y la manera en que éste es puesto en práctica en tres Estados; el estudio de la organización del Estado chino, futura primera potencia económica mundial; a lo que se suman un análisis de los sistemas de algunos países de derecho mixto, como Canadá, la India, Japón e Israel y un examen de algunos efectos de la globalización sobre el Derecho. El índice de contenido del libro y la tabla de ejemplos ilustrativos pueden ser consultados en https://unam.academia.edu/erictardif.

La Razón de la Sinrazón del Arraigo en las Leyes Mexicanas Orietta Valles Ruiz. Artes Gráficas e Impresiones de México. 2016 En los motivos de las reformas a la Constitución mexicana en el 2008, se implementó el Nuevo Sistema Nacional de Seguridad y Justicia Penal, basado en el respeto a las garantías constitucionales y los Derechos Humanos, bajo un sistema acusatorio. Se establecieron leyes especiales como la Ley del Arraigo, en la que se observan graves contradicciones que violan los dh; de ahí que la obra expone de una manera sencilla las consecuencias de mantener dicha práctica en la legislación, a los largo de sus 4 capítulos la autora realiza un análisis del garantismo constitucional, la seguridad pública y la política criminal en nuestro país, un comparativo de la delincuencia en México versus otros países, así como un estudio sobre la estructura jurídica de las leyes especiales. Concluye con la propuesta concreta de eliminar la controvertida figura sin que esto signifique el abandono de medidas cuatelares; propone, como en otras naciones, el uso de equipos electrónicos, así como la conveniencia de modificar el artículo 7 de la Ley de Extinción de Dominio y el concepto de delincuencia organizada.

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LIBROS

Génesis, Evolución y Retos de la Fiscalización Superior en México Alejandro Romero Gudiño. CEDIP. 2016 La obra del Dr. Alejandro Romero Gudiño, no se limita a una síntesis de antecedentes históricos o la exposición de ordenamientos jurídicos, sino que va más allá, proponiendo de qué manera se puede mejorar y dar respuesta a una serie de áreas de oportunidad detectadas en materia del Sistema Nacional Anticorrupción. El lector encontrará un texto sumamente especializado que será sin lugar a dudas, una referencia obligada cuando se analice tanto la rendición de cuentas, como la fiscalización superior en nuestro país. El autor se ha esmerado en documentar un estudio comparado a nivel internacional sobre la situación que guarda la figura del comité de cuenta pública, lo que en México viene siendo la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación, órgano responsable de analizar y pronunciarse como enlace entre la Cámara de Diputados y la entidad fiscalizadora, sobre los resultados de la fiscalización de del cuenta pública.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos comentada Romeo Arturo Evia Loya. Porrúa. 2016 En esta obra el autor presenta un análisis de los primeros 29 artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que conforman el Título y Capítulo Primero denominado, De los Derechos Humanos. Hace una exposición del contenido de los dispositivos en comento, a fin de puntualizar sus alcances y los derechos fundamentales que de éstos se desprenden. Romeo Arturo Evia fortalece sus comentarios al acudir a los antecedentes históricos de cada uno de los artículos así como a los criterios que sobre la aplicación de los mismos han sentado los tribunales que conforman la Poder Judicial Federal. De igual forma, dada la importancia que ha cobrado en nuestro sistema jurídico el derecho internacional, se ha acudido a la exposición de tratados internacionales relacionados con la materia de esta obra (Derechos Humanos), complementándose así la referencia al tratamiento que otros países han dado en su derecho positivo a tales figuras.

www.iussemper.edu.mx Noviembre 2016  |  79


COLUMNA | Temas Constitucionales

Las Garantías

Fiscales

la justicia en el caso concreto. g. Y, como síntesis, que siempre

brille el principio de seguridad jurídica, a fin de que el contribuyente tenga una clara, precisa, sencilla y no engorrosa oportunidad de defensa, lo mismo ordinaria que extraordinaria.

El órgano oficial tiene facultades para fijar los impuestos tanto en el ámbito Federal, Estatal o Municipal de donde radiquen los contribuyenLic. José R. Padilla tes. En el ámbito administrativo, al que pertenece la materia fiscal, exisProfesor de Derecho Constitucional, Garantías y Amparo te la llamada justicia fiscal, contenien la Facultad de Derecho de la UNAM. @JoseRPadilla50 da en una serie de recursos jurídicos que lo mismo se pueden desahogar ante la propia autoridad exactora, o del César al César”, ello quie- de sus garantías constitucionales, como ante los tribunales autónomos, re decir que el Estado tiene la incluido el Juicio de Amparo. Se federales y estatales, los cuales tiepotestad de cobrar los im- trata, en especial, de la garantía de nen el calificativo de Tribunales de puestos que se destinarán a los gas- legalidad fiscal. De tal normativa se Justicia Administrativa o su equivatos públicos. Por su parte, conforme desprenden los requisitos siguientes, lente. No faltan quienes todavía les a la tradición religiosa, las limosnas, que habrán de comprender la fija- otorguen el calificativo tautológico de lo “contencioso”, por una mala diezmos, primicias y demás aporta- ción y cobro de las contribuciones: influencia que viene desde la Revociones corresponden a la Iglesia. Para el comentario que nos ocupa, hablaa. Que tales impuestos o contri- lución Francesa. remos no sólo de las contribuciones, buciones, sean destinados a Además de la garantía de legalidad sino de la forma legal en que deben los gastos públicos. establecerse y, sobre todo, cómo deb. Que las leyes impositivas sean fiscal, figura la, “reina de las garanfenderse de la autoridad fiscal cuanclaras y precisas, a fin de que tías”, del primer párrafo del artículo do ésta se aparta de las normas consbrillen los principios de certe- 16 de la Carta Magna. Es un refuerzo para la “legalidad fiscal”, que permititucionales, legales, reglamentarias za jurídica y legalidad. y jurisprudenciales establecidas para c. Que se aporte la debida infor- te hacer valer recursos o medios de una sana administración tributaria. mación respecto a la forma de defensa ordinarios, lo mismo ante cubrir las obligaciones tribu- la propia autoridad exactora como Primero es necesario fijar los requitarias, lo cual se participa del ante los tribunales especializados, existiendo aún la instancia del Amsitos constitucionales para el cobro principio anterior. de las respectivos contribuciones, d. Que se establezcan los me- paro que puede tramitarse ante los según lo establece la fracción IV dios procesales de la defensa Tribunales Colegiados de Circuito o del artículo 31 de la Norma Supreadministrativa ante la propia incluso hasta la scjn. ma: “Art.- 31.- Son obligaciones de los autoridad hacendaria, con mexicanos: Fracción IV. Contribuir tendencia al principio de se- En síntesis.- Si bien el “César”, es decir, el “Fisco”, es implacable, se enpara los gastos públicos, así como de guridad jurídica. la Federación, como los Estados, de la e. Que se le den facilidades al cuentra limitado por las garantías Ciudad de México y del Municipio en contribuyente para garanti- fiscales, lo mismo ordinarias como que radiquen, de la manera proporzar el crédito que se pretenda extraordinarias. Esto es, por recursos, cional y equitativa que dispongan cobrar cuando interponga al- procesos y el Amparo. Ya se sabe que las leyes”. gún recurso bien ordinario o el “César” necesita de ingresos, pero debe guardar el decoro respectivo extraordinario. Con ello se otorga al contribuyente f. Que siempre se aplique el para cobrarlos a fin de que reinen todo tipo de medios informativos y principio de equidad, con- los principios de constitucionalidad defensivos para la mejor protección sistente en la impartición de y de legalidad fiscal.

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