Foro Jurídico 162 Marzo 2017

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NĂşm. 162, marzo 2017 $40.00



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Sumario Marzo 2017

Director General Dr. Elías Huerta Psihas Director Editorial Dr. Lázaro Tenorio Godínez Directora Ejecutiva Lic. Janet Huerta Estefan

Consejo Editorial Dr. Sergio García Ramírez Dra. Mireille Roccatti Velázquez Dr. Raúl Carrancá y Rivas Dr. Moisés Moreno Hernández Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez

Día Internacional de la

Dr. Carlos Quintana Roldán Dra. Ruth Villanueva Castilleja Dr. Emilio Zebadúa González Dr. Miguel Ángel Aguilar López Dr. David Vega Vera

Editor Marco A. Ríos editorial@forojuridico.org.mx Diseño Editorial Mónica Salazar Sánchez diseno@forojuridico.org.mx Coordinación de Antonio Estevez Celestino Distribución Fotografía Néstor Daniel Winchester Cabrera nwinchester@gmail.com

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Agencia Cuarto Obscuro

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Editorial Constitución de la CDMX, Democracia Directa y Empoderamiento Ciudadano Foro del Lector Abogado Digital 4 Tendencias Digitales para el 2017 que Todo Abogado debe Conocer

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Mtra. Janet Huerta Estefan

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Los Derechos Político – Electorales y el Principio de Universalidad Dr. Julio Humberto Hernández Fonseca

Foro Jurídico, tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la sep, número issn 1870–1183 trasnformado al número ean–13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título no. 13058 expediente 1/432’05’/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Num. 10631, expediente 1–432 ‘05’–16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Certificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Monte Albán 613 Col. Letrán Valle C.P. 03650, México, D.F. Tel 2995 6254. Impresión: Impresora Múltiple, Zaratoga 909, Col. Portales. Distribución: Platón 429 Colonia Palmitas. INTERMEX Foro Jurídico No. 162, Marzo 2017.

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Celebran en Querétaro el Centenario de la Constitución de 1917

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Promulgan Constitución de la CDMX

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Independencia Judicial Frente a la Libertad de Expresión en Redes Sociales

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Marco A. Ríos

Dr. Fernando Córdova del Valle

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La Trata de Personas Requiere de la Coordinación del Estado Mexicano Dra. América A. Nava Trujillo

32


26

42

42

Presenta en el Senado el Procurador Raúl Cervantes Andrade su Diagnóstico sobre el Desempeño del Modelo de Justicia Penal Dr. Juan D. Balanzátegui Sánchez

44

El Presidente y la Elección del Candidato en el 2018 Lic. Moisés Pardo Rodríguez

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El Papel de la Institucionalidad Democrática

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El Amparo Adhesivo

Centenario de la Constitución Reseña Histórica del Constitucionalismo en México

70

Foro de Propiedad Intelectual Solución de Controversias entre Marcas y Nombres de Dominio Lic. Jaime A. Díaz Limón

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En la Mira Casos como Odebrecht y la Corrupción Importada Dr. José Fernández de Cevallos y Torres

68

68

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Efemérides 18 de Marzo Día de la Expropiación Petrolera Mtro. Federico Santacruz González

La Máquina del Tiempo Musical y la Expropiación Petrolera Lic. Jesús A. Aquino Rubio

Dr. Guillermo I. Ortiz Mayagoitia

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60

Dr. Santiago Nieto Castillo

Lic. Uzziel Yazet Pulido Campos

60

48

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Mirador Fiscal ¿Justicia Fiscal Oral? Lic. Adriana Higuera Ornelas

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Democracia Participativa TEDF Informe Anual de Actividades

76 78 80

Cadalso Libros Temas Constitucionales La Constitución de la CDMX Una Hazaña Legislativa Lic. José R. Padilla

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EDITORIAL Constitución de la Cdmx, Democracia Directa y Empoderamiento Ciudadano

N

o obstante las críticas que se han hecho a la recientemente promulgada Constitución de la cdmx, sin duda que representa un gran avance en México en materia de Democracia Participativa y de empoderamiento de la ciudadanía, como se desprende del Capítulo ii que establece las formas de Democracia Directa, al garantizar a los ciudadanos de la Capital del País, la posibilidad de participar directamente, en forma individual o colectiva, en la toma de algunas de las decisiones públicas fundamentales a través de medios democráticos como referéndum, plebiscito, iniciativa ciudadana, consulta ciudadana, consulta popular y revocación de mandato.

A través de estos medios de democracia directa y participativa, la Carta Magna de la cdmx consagra el derecho y el deber que los ciudadanos tienen para participar en la solución de problemas y temas de interés general y en el mejoramiento de las normas que regulan las relaciones en la comunidad, a partir de la petición formal apoyada en firmas de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la cdmx, reconociendo la posibilidad para que los ciudadanos se apoyen en el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. Con la Iniciativa Ciudadana –que retoma de la Constitución Federal–se reconoce el derecho para iniciar leyes y reformar la Constitución local, con al menos el 0.13% de firmas, estableciendo el carácter de iniciativa preferente de aquella que cuente con mínimo el 0.25% de firmas. Con el Referéndum, que es derecho ciudadano a aprobar las reformas a la Constitución de la cdmx y a las

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social efectiva, amplia y directa en los procesos de planeación, aprobación, gestión, evaluación y control de planes, programas, políticas y presupuestos públicos al establecer que las autoridades centrales y las alcaldías, están obligados a informar, consultar, realizar audiencias públicas y rendir cuentas ante las personas y sus comunidades sobre la administración de los recursos y la elaboración de las políticas públicas bajo los procedimientos y formas institucionales que establezca la ley para que posibiliten el diálogo entre las autoridades y la ciudadanía en el diseño presupuestal y de los planes, programas y políticas públicas, gestión de servicios y ejecución Sin duda que la más novedosa e inte- de programas sociales. resante de estas fórmulas de Democracia Directa es la Revocación del En este rubro resulta relevante el Mandato, que contiene el derecho concepto del Presupuesto Participade los ciudadanos para solicitar la tivo, que establece el derecho que tierevocación del mandato de repre- nen los ciudadanos para decidir sosentantes populares electos, cuando bre el uso, administración y destino así se solicite con al menos el 10% de de los proyectos y recursos asignados firmas. Esta medida sólo será proce- al presupuesto participativo, al mejodente cuando haya transcurrido al ramiento barrial y a la recuperación menos la mitad del cargo de repre- de espacios públicos en los ámbitos específicos, bajo los principios de sentante popular. transparencia y rendición de cuentas. En todos estos casos, los resultados serán vinculantes si se cuenta con un Sin duda que estos avances tienen su número mayor de firmas ciudadanas: broche de oro en cuanto al empodeen el Referéndum y Plebiscito, con ramiento ciudadano, al reconocerse al menos la tercera parte. Las Con- el derecho de los pueblos, barrios sultas Ciudadana y Popular, con al originarios y comunidades indígenas menos el 15 %. En la Revocación del residentes en la cdmx, a ser consulMandato, los resultados serán obli- tadas en los temas que les afectan, gatorios si lo piden al menos el 45% como a cualquier otro ciudadano. las personas inscritas en el padrón y si de éstas el 65% se manifieste a Habrá que esperar, como asegura el politólogo italiano Norberto Bobbio, favor de la revocación. que las autoridades de la cdmx proEn cuanto a Democracia Participa- muevan y propicien el uso de estos tiva, destaca el reconocimiento para instrumentos democráticos, pues la evaluación y control de la función de lo contrario, corren el riesgo de pública, al permitir una participación quedar en “letra muerta”.

leyes que emanen del Congreso de la cdmx, con el 0.4% de firmas y el Plebiscito, que con el mismo porcentaje, los ciudadanos tienen el derecho a ser consultados para aprobar o rechazar decisiones públicas relevantes del Jefe de Gobierno o los alcaldes. La Consulta Ciudadana y la Consulta Popular, instrumentos para que las autoridades pongan a consideración de los ciudadanos los temas que tengan impacto en la vida comunitaria y que podrán ser solicitadas por al menos el 2% de firmas. Cabe hacer notar que ninguna de estas acciones procederán en materia penal, fiscal y aquellas que contravengan derechos humanos.


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5 MarzoAbril 2017 2013 |  5


COLUMNA | FORO DEL LECTOR

Redes Sociales

Asun Torre: Pues a empezar a analizarlo para ver si nos va a beneficiar o nos va afectar. Mi Abogado Laboral: El objetivo de esta reforma es darle al mp y al Gobierno facultades para no hacer buenas investigaciones y poder detener a voluntad a los ciudadanos, pues es obvio que la reforma penal ha sido un fracaso. Carlos A. Guevara: Es increíble que a poco más de ocho años de que se dio la reforma en materia penal y a poco menos de un año que tiene vigencia en todo el país, tenga tantas reformas. Fabiola Lara: No me gusta q sea en México la aprehensión flexible, el arraigo no debe existir en ningún delito y la suplencia debe seguir existiendo en el amparo por tratarse de la libertad en muchos casos. Salvador Robles: Dejar a criterio del Juez el dictar una orden de aprehensión. No creo que sea buena solución dejar tanta libertad al Juez. Y no es una buena solución porque el Juez no está legitimado ni para dictar normas ni mucho menos para dictarlas de forma retroactiva. Al Juez se le debe exigir la búsqueda de criterios y la construcción de teorías que justifiquen su decisión y, ésta debe ser consistente con la teoría. Ya que de proceder su propuesta, entonces los derechos de los individuos están a merced de los jueces. Edwinipaldi Ed: En su mayoria, bastante bien las reformas, por favor abogados ya dejen de oensar en el viejo sistema; si se flexibilizan los requisitos de la orden

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de aprehensión es bueno ya que solamente es una medida para conducir a alguien a un proceso y nada más, lo mismo ocurre en la detención urgente; en cuanto al arraigo, ese se convirtió en letra muerta desde que existe la posibilidad de tener detenida a una persona bajo investigación por meses; la vinculación a proceso es la herencia mas burocrática y absurda del viejo sistema por favor; que se elimine la suplencia y se restrinja el amparo, eso si parece delicado pero no creo que vaya en perjuicio del inculpado, de lo contrario y a como estamos, significarían muchas injusticias, repito, dejen de pensar en el viejo sistema, por eso no está funcionando éste, por que se sigue con las misnas ideas viejas mezcladas con las nuevas reglas. Octavio Nieto: No podemos mantener la suplencia de la queja si hablamos de un nuevo proceso de carácter adversarial, el amparo por sí solo es una gran figura jurídica, sin embargo es mal empleada para protección de políticos corruptos y gente que ha abusado de su aplicación, se debe de impartir justicia en plano de igualdad. Israel Humberto Buenfil: Considero acertada en cuanto a que ya no exista la vinculación a proceso ni la prisión preventiva oficiosa. En todo lo demás se me hace pura basura de propuesta. Norma Ontañon Alfaro: Claro como el mp no integra las carpetas de investigacion como debe de ser, por falta de capacidad, y por lo regular se la hechan a bajo. Virto Virto: Alguno de ustedes tiene el proyecto completo de las reformas. Tenemos que analizar y aportar desde nuestra experiencia laboral.


COLUMNA

Nefertari Temis: Que se elimine la suplencia de la queja acaso no iría en contra del principio de presunción de inocencia? Y que se restrinja el amparo el de acceso a la justicia y a un recurso eficaz? Alberto Ortega: Con estás propuestas de reformas las personas que administran la procuración de justicia se les daría más poder y volveríamos al sistema inquisitorio. Miguel Angel Martínez-Ambrosio: Se elimina la “suplencia de la queja” entonces, si el proceso está mal, ya no tendrán obligación de corregir? Mal, muy mal Arquimides Lopez: Y ahí vannnn!!! Los ilustres, cultos y jurisconsultos senadores, nuevamente y como siempre a politizar el derecho!!! George Contreras: Habrá que leer a detalle las iniciativas. Pero de entrada. Mal por eliminar la suplencia de la queja en materia penal.

Paulina RS: Parche sobre parche... la reforma del 2008 no resultó ser la panacea que con tanto alarde anunciaron. Dona Ji: Los abogados que necesitan les suplan la deficiencia de su trabajo son de chocolate, por eso les da miedo. Gerardo Valdez: Es un chiste. Trasgrede de plano las garantías del imputado. Es horrible este país ojalá no se aprueben y solo se quede en discusión. Oscar Morón Refueled: Pena preventiva de la libertad ?????..... jajajajaja. Aide Angeles: Muchas gracias información, buenas noches.

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Gerardo Solis: Muy interesante saber la nueva implementación penal.

¿Estas de acuerdo con la colegiacion y certificación obligatoria de los abogados? SI NO

65% 35%

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Marzo 2017  |  7


Día Internacional de la

L

a celebración del Día Internacional de la Mujer se ha convertido año con año en una oportunidad para reflexionar sobre el avance de la equidad de género en todo el mundo. A más de 100 años de conmemorarse esta fecha, el empoderamiento de la mujer es significativo. Aunque todavía existen retos importantes, es innegable que hoy cuentan con mayores oportunidades para su desarrollo profesional y que los gobiernos realizan esfuerzos para una mayor igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos de la sociedad moderna. A pesar de los grandes avances, en el ámbito laboral todavía persisten resistencias hacia el desarrollo de la mujer, quien indudablemente juega un triple roll y en condiciones de desventaja en muchas ocasiones. De ahí que la onu decidiera en este 2017 manejar el tema, Las mujeres en un mundo laboral en transformación: hacia un planeta 50-50 en 2030. Y es que de acuerdo con el organismo, la globalización y la revolución digital y tecnológica crean nuevas oportunidades para ellas, al tiempo que la creciente informalidad en el trabajo, la inestabilidad en las fuentes de ingreso, nuevas políticas fiscales y comerciales y el impacto ambiental ejercen un papel decisivo en su empoderamiento económico. Para asegurar este alcance, es necesesario cerrar la brecha entre los salarios de hombres y mujeres, que se ubica actualmente en el 24% en el ámbito internacional; reconocer el trabajo no remunerado que supone el cuidado del hogar y de los miembros de la familia para redistribuir estas tareas de forma equitativa. La onu propone eliminar las brechas en el liderazgo y toma de decisiones, en el emprendimiento y en el acceso a la protección social; asimismo, asegurar políticas económicas sensibles al género que produzcan empleos, reduzcan la pobreza y promuevan un crecimiento sostenible e inclusivo. Conmina a los lideres de los diferentes paises a desarrollar políticas económicas que tomen en cuenta a la mayoría abrumadora de mujeres en la economía informal, promover su acceso a las tecnologías y prácticas innovadoras, al trabajo decente y a empleos orientados a la adaptación al cam-

bio climático, y protegerlas mujeres de la violencia en el lugar de trabajo. En Foro Jurídico nos sumamos, como cada año, a esta conmemoración y en seguimiento a lo marcado por la onu, entrevistamos a 5 mujeres que, desde su ámbito de trabajo, enfrentan día a día la interminable labor de ser madres, profesionistas y esposas. Cada una de ellas, en el ámbito de su competencia, coincide en señalar que a pesar de los obstáculos en su desarrollo profesional, el apoyo de la familia es un factor muy importante. Aunque el camino todavía es largo para lograr una mayor equidad, reconocen los avances alcanzados como la existencia de una ley que obligue a una mayor equidad en cargos de elección popular así como el fortalecimiento de los derechos humanos. En esta ocasión tenemos la participación de la Ministra Norma Lucia Piña Hernández, Presidenta de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; las Senadoras Angélica de la Peña Gómez y María Cristina Díaz Salazar, Presidentas de la Comisión de Derechos Humanos y de Gobernación, respectivamente, del Senado; Lorena Cruz Sánchez, Presidenta del Instituto Mexicano de las Mujeres (inmujeres) y Eva Frías Castro, miembro del Consejo de la Asociación Abogadas mx y Counsel de Ritch, Mueller, Heather y Nicolau. Ellas nos compartieron sus comentarios respecto a 4 preguntas:

¿Cómo mujer, qué tan complicado ha sido su desarrollo profesional? ¿Qué se requiere para que México goce plenas garantías en todos los ámbitos? ¿Cómo percibe a nuestro país en temas de equidad de género, cuáles siguen siendo los retos? ¿Cuál sería su mensaje a las mujeres mexicanas?


Norma Lucia Piña Hernández En mi caso, debido a las particularidades de mi historia de vida, el hecho de ser mujer no ha En paralelo a la revolución tenido un impacto negativo cultural, tiene que haber una significativo en mi desarrollo profesional; entre otras revolución al interior de las causas, porque tuve la fortumujeres, en su percepción na de crecer en una familia ilustrada que me prodigó de sí mismas y en su el apoyo necesario para esautoestima. tudiar y desarrollarme profesionalmente, y posteriormente, cuando formé una Ministra Norma Lucia Piña Hernández familia, he tenido el apoyo Presidenta de la Primera Sala de la SCJN de mi esposo para construir una ardua carrera judicial y compartir, igualitariamente, las responsabilidades y cargas de criar a nuestros hijos y to nacionales, como de los organismos internacionales sohacer vida en común. bre la situación de los dh en el país siguen evidenciando las condiciones de desigualdad y violencia a las que están No obstante, puede estimarse que mi caso, aunque no es sometidas las mujeres mexicanas. Por citar un dato: 64 excepcional, no constituye la regla general, porque en su de cada 100 mujeres han sufrido violencia a manos de mayoría, las mujeres en este país están sometidas a con- su pareja, de éstas, sólo 42% se separaron; ahí se refleja, diciones de desigualdades estructurales que les impiden tanto la invisibilización cultural de la violencia contra las acceder, entre otras cosas, a la educación, a las responsa- mujeres, como su autoestima. bilidades de formar una familia, y al desarrollo profesional, en igualdad real de condiciones que los hombres. Considero que también enfrentamos un reto jurídico. En este sentido nuestro sistema jurídico debe tener La igualdad formal y sustancial entre hombres por objetivo garantizar los dh de todos y, específiy mujeres en este país sólo se logrará a través de camente, con relación a las mujeres, debe realizarse, una transformación profunda de nuestra cultura. En tanto a través de la provisión de garantías normatiMéxico, y en otros lugares del mundo, las mujeres segui- vas, es decir, de leyes que reconozcan y protejan los mos sometidas a condiciones sistemáticas de violencia derechos de las mujeres, como de garantías jurisque se invisibilizan, precisamente por formar parte de diccionales que permitan hacerlos efectivos frente a nuestro entorno cotidiano. Es decir, es parte de nuestra su violación. formación situar a la mujer en condiciones de desigualdad y esto “legitima” la desventaja femenina. ¿Los miembros de la judicatura están cumpliendo con los protocolos para juzgar con perspectiva de género? En paralelo a la revolución cultural, tiene que haber una revolución al interior de las mujeres, en su percepción de Juzgar con perspectiva de género no es un chip que sí mismas. Para provocar ambas “revoluciones” tenemos opera en los juzgadores de manera automática; lo 2 herramientas fundamentales: la educación y el derecho. cierto es que hay casos en los que la necesidad de adopNecesitamos un sistema educativo que, de manera uni- tar ésta óptica no es evidente, por el contrario, es muy versal, obligatoria e igualitaria, provea educación en dh, común encontrar situaciones de discriminación “enmasespecíficamente, con perspectiva de género. ¿Qué es la carada” o indirecta hacia las mujeres. Reitero la imporperspectiva de género? Un método, en este caso, un méto- tancia de la labor de la Suprema Corte en la construcción do educativo, conforme al cual se deben analizar diversas de criterios jurisprudenciales que guían la labor jurisdicprácticas sociales para lograr visibilizar las desigualdades cional en materia de género y que impactan de manera injustificadas derivadas de nuestra cultura con el objeto profunda, afortunadamente, en nuestra sociedad. Toda transformarlas por todos los medios a nuestro alcance. la sociedad, y en especial los impartidores de justicia, debemos mantener una actitud vigilante, constante y Creo que México ha avanzado en materia de activa, porque la equidad de género es un reto que exige equidad de género; yo soy resultado de ese avan- permanente promoción y fortalecimiento. Me queda ce, tanto profesional como familiar. Los informes, tan- claro que nos falta mucho camino por andar.


Angélica de la Peña Gómez

Es básico entender que el ejercicio de los derechos debe ser integral e interdependiente para que cada niña y mujer desarrolle sus posibilidades. Senadora Angélica de la Peña Gómez Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos en el Senado

Como cualquier niña de una familia con una madre sola que queda como cabeza de su familia, remontar las condiciones de pobreza y de exclusión fue motivo para avanzar al desarrollo personal. Y como adulta, continuar en la apertura de brechas ha sido un motivo para mi avance como feminista y mujer libertaria, impulsora de la igualdad sustantiva y los derechos de las niñas desde su infancia.

¿Es suficiente la legislación existente para la protección y desarrollo de las mujeres en Mexico?

Es básico entender que el ejercicio de los derechos debe ser integral e interdependiente para que cada niña y mujer desarrolle sus posibilidades siendo lo que quiere ser, hacer plausible su proyecto de vida.

En la conmemoración del Día Internacional de la Mujer debemos seguir trabajando y exigir desde todos los espacios, el acceso a una vida libre de violencia y el respeto de nuestros derechos humanos y la igualdad sustantiva. No cedamos en esta exigencia.

No es suficiente, falta garantizar que haya paridad en todos los espacios de poder y de decisión; que las acciones gubernamentales sean eficaces en la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las niñas y las mujeres. Poner atención en los ámbitos de usos y costumbres de los sistemas normativos indígenas.

Día Internacional de la Mujer Cronología 1909: De conformidad con una declaración del Partido Socialista de los Estados Unidos de América el día 28 de febrero se celebró en todos los Estados Unidos el primer Día Nacional de la Mujer, que éstas siguieron celebrando el último domingo de febrero hasta 1913. 1910: La Internacional Socialista, reunida en Copenhague, proclamó el Día de la Mujer, de carácter internacional como homenaje al movimiento en favor de los derechos de la mujer y para ayudar a conseguir el sufragio femenino universal. La propuesta fue aprobada unánimemente por la conferencia de más de 100 mujeres procedentes de 17 países, entre ellas las tres primeras mujeres elegidas para el parlamento finés. No se estableció una fecha fija para la celebración.. 1911: Como consecuencia de la decisión adoptada en Copenhague el año anterior, el Día Internacional de la Mujer se celebró por primera vez (el 19 de marzo) en Alemania,Austria, Dinamarca y Suiza, con mítines a los que asistieron más de 1 millón de mujeres y hombres. Además del derecho de voto y de ocupar cargos públicos, exigieron el derecho al trabajo, a la formación profesional y a la no discriminación laboral 1913-1914: En el marco de los movimientos en pro de la paz que surgieron en vísperas de la primera guerra mundial, las mujeres rusas celebraron su primer Día Internacional de la Mujer el último domingo de febrero de 1913. En el resto de Europa, las mujeres celebraron mítines en torno al 8 de marzo del año siguiente para protestar por la guerra o para solidarizarse con las demás mujeres. 1917: Como reacción ante los 2 millones de soldados rusos muertos en la guerra, las mujeres rusas escogieron de nuevo el último domingo de febrero para declararse en huelga en demanda de “pan y paz”. Los dirigentes políticos criticaron la oportunidad de la huelga, pero las mujeres la hicieron de todos modos. El resto es historia: cuatro días después el Zar se vio obligado a abdicar y el gobierno provisional concedió a las mujeres el derecho de voto. Ese histórico domingo fue el 23 de febrero, según el calendario juliano utilizado entonces en Rusia,o el 8 de marzo, según el calendario gregoriano utilizado en otros países. 1975: Coincidiendo con el Año Internacional de la Mujer, las Naciones Unidas celebraron el Día Internacional de la Mujer por primera vez, el 8 de marzo. 1995: La Declaración y la Plataforma de Beijing, una hoja de ruta histórica firmada por 189 gobiernos hace 20 años, estableció la agenda para la materialización de los derechos de las mujeres. 2014: La 58 Sesión de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer (CSW58), la reunión anual de Estados para abordar cuestiones relativas a igualdad de género, se centró en los “Desafíos y logros en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para las mujeres y las niñas”. Las entidades de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales (ONG) acreditadas por ECOSOC debatieron sobre los avances realizados y los retos pendientes para cumplir los ocho Objetivos de Desarrollo del Milenio.


María Cristina Díaz Salazar No ha sido fácil sobre todo en una sociedad dominada por los hombres. Siempre he contrapuesto el trabajo; cualquier intento Las mujeres tenemos que de discriminación siempre la ser más visibles y evitar hago a un lado y sigo en mi camino: cavando zanja hasta pensar que sólo por serlo, lograr lo que quiero. Tenía merecemos acceder a 10 años cuando mi padre me encontró llorando porque los cargos y posiciones. niños no me habían dejado jugar béisbol. Él me compró un guante, un bat, una pelota Senadora María Cristina Díaz Salazar y me dijo, “te voy a enseñar a Presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado jugar con ellos pero vas a entender que vas a jugar igual que ellos, que no por ser niña tanto en el ámbito local como nacional. Es fundate van a dar la oportunidad primero en todo”. Me dio la lecmental lograr una mayor participación de las mujeres ción que seguramente marcó mi vida. Después, desde los 17 en la fuerza laboral del país. Y sobre todo, empoderarlas años cuando me afilié al PRI, tiempo en el cual tenía no sólo para que realmente logren el mayor desarrollo posible la voluntad sino la capacidad para sobresalir, me abrí paso a nivel profesional y personal. Por eso impulso una inipara ascender, con el ingrediente adicional de ser mujer, en ciativa legislativa para una mayor participación de la un área: la política-partidistas, que en aquel entonces era mujer tanto en el sector privado como en el público. Es mayoritariamente de hombres. El reto fue mayor. un proyecto que reforma varias leyes para lograr acciones integrales y transversales. Busca mayor inclusión Las mujeres tenemos que ser más visibles y evitar de género desde la base de las estructuras laborales, pensar que sólo por serlo, merecemos acceder pasando por los puestos directivos y llegando a Consejos a cargos y posiciones. Tenemos el derecho constituciode Administración en el caso privado y a Órganos de nal de la paridad de género en candidaturas, y el reto es Gobierno en el caso público. prepararnos y competir. Debemos luchar por una mayor participación en la vida económica. Por eso, debemos transformar la cultura actual, demostrando que la competencia no debe ser entre hombres Es una lucha inacabable, y debe ser trascendental y mujeres, sino entre pares. El empoderamiento de la en la agenda del país. Los retos son que debemos mujer derivará en una sociedad más moderna, justa y actuar; las mujeres no debemos guardar silencio o mantedemocrática. nernos de bajo perfil. Si no actuamos de manera asertiva, no lograremos ascender más. Debemos demostrar que so¿Es suficiente la legislación existente para la protección y mos competitivas y competentes profesionalmente. desarrollo de las mujeres en México? Uno de los principales retos es cambiar la cultura para que Cualquier acción legislativa a favor de la protección y haya más apertura a la participación de la mujer. Hoy por desarrollo de la mujer, es un avance. Sin embargo, es fin volvemos a tener una Gobernadora, Claudia Pavlovich necesario potencializar su rol estratégico al que están en Sonora. Mujeres muy preparadas en el Ejecutivo Federal, destinadas a jugar en el proyecto de Nación. Fue un en Órganos Autónomos y empresarias importantes. Falta gran logro que el presidente Enrique Peña haya impulmucho por hacer. Debemos pelear por nuestros espacios sado la reforma a través de la cual se garantiza la paridad con el poder de la inteligencia y del trabajo. El papel que de género en las candidaturas a la Cámara de Diputados jugamos es fundamental. No puede haber la modernización y al Senado. Sin duda es una acción positiva que fomenta de una sociedad, de una democracia sin la amplia particila equidad de género en México, país en donde la mitad pación de mujeres y jóvenes. Es nuestra capacidad la que de la población son mujeres y que han demostrado con nos debe hacer ganar espacios y elecciones, y no la mera resultados que tenemos la capacidad de ocupar los más condición de género. altos cargos públicos. Hoy debemos revisar diversas legislaciones que permitan darle mayor participación a la Debemos dejar atrás prejuicios y estereotipos mujer en todos los ámbitos de la sociedad. y volvernos visibles en las agendas políticas


Lorena Cruz Sánchez

Si queremos un México próspero, en el que realmente avance, es necesario tomar en cuenta a las mujeres. Lorena Cruz Sánchez Presidenta de INMUJERES

Trabajé desde muy joven, cuando estudiaba administración de empresas en la universidad. Mi servicio social lo hice en el gobierno del Estado de México, desde entonces seguí laborando en la entidad pero en puestos de menor nivel, como ayudante, hacer llamadas etc.; así, escalé todos los niveles del gobierno estatal hasta ser subsecretaria de desarrollo social. No identifico ningún problema por el hecho de ser mujer, hasta ahora no; siempre tuve el apoyo de mis superiores de quienes aprendí mucho. He de reconocer que se me complicó un poco al tener a mi hija, por el tema de conciliar trabajo y familia; es cuando más identifiqué que se requiere dar el 100% en el trabajo, como mamá y esposa. Me di cuenta que contar con una red de apoyo es la mejor forma de seguir adelante; pero muchas mujeres en México no lo tienen, por eso el gobierno trabaja en más escuelas de tiempo completo, en un mayor número de guarderías para que las mujeres que salen a trabajar puedan tener la tranquilidad de que sus hijas e hijos están bien cuidados. En mi caso tuve el apoyo de mis papas, quienes hasta la fecha son quienes cuidan a mi hija, pero yo creo que ese ha sido uno de los temas medulares que como Presidenta de inmujeres me ha marcado, en el sentido de que como gobierno, como empresa y como sociedad debemos trabajar en una infraestructura mucho mas grande y fuerte para que las mujeres se incorporen al ámbito laboral. Es un trabajo no únicamente de las mujeres, debe compartirse con la pareja, porque tenemos que equilibrar las cargas de trabajo.

Trabajar mucho en que las mujeres conozcamos nuestros derechos. En la actual administración nos hemos preocupado mucho en el tema de lograr la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, visibilizar el trabajo, la aportación de las mujeres a este país, porque necesitamos una participación mayor en la toma de decisiones. Uno de los logros más importantes fue la iniciativa del Presidente Enrique Peña Nieto, en el tema de la paridad, en donde vimos un incremento importante en el número de diputadas federales, de un 37% subimos a un 42.3%.

Actualmente el 43% de las mujeres en edad de trabajar son quienes están en el mercado formal. Tenemos que seguir apoyando con la infraestructura necesaria para que más de ellas se incorporen al mercado formal; no olvidemos que somos el 52% de la población y si no participan en la toma de decisiones en el trabajo de su país, estamos desperdiciando ese bono demográfico, la mitad del talento, de la sensibilidad. Ahora nosotros, por recomendación de Convención para la eliminación de toda forma de discriminación hacia la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), el tema que utilizamos es la igualdad, porque es un principio plasmado en la Constitución; la igualdad de derechos, de oportunidades, de trato hacia las mujeres y hacia las niñas. Debemos continuar en el desarrollo de acciones a favor de las mujeres, pero antes que nada, reconocer que seguimos todavía en una desigualdad, lo podemos ver en el sentido de que la violencia es una desigualdad, así como la participación de las mujeres en puestos y cargos. El gobierno de la República trabaja para lograr la igualdad de oportunidades y de trato a las mujeres, lo que llamamos la igualdad sustantiva. Somos más de la mitad de la población. Si queremos un México próspero, un México en el que realmente avance, es necesario tomar en cuenta a las mujeres, no olvidemos que tenemos derechos, estamos capacitadas igual que los varones. Seguiremos trabajando para que haya mayor número de mujeres en espacios de decisión.


Eva Frías Castro A lo largo de mi vida he tenido que enfrentar diversos retos para alcanzar el desarrollo profesional que siempre he deseado. Creo que una de las partes más importantes es que mi carrera me encanta, ha sido una bendición, por lo tanto, siento un enorme entusiasmo por alcanzar metas y eso me da el empuje suficiente para tener tenacidad, paciencia, seguir adelante y alcanzar los objetivos que me he propuesto como abogada.

En México todavía estamos muy lejos de alcanzar plena equidad de genero, no sólo en la profesión de la abogacía, sino en otros ámbitos de la sociedad.

En México todavía estamos muy lejos de alcanzar plena equidad de género, no sólo en la profesión de la abogaEva Frías Castro cía, sino en otros ámbitos Miembro del Consejo de la Asociación Abogadas MX de la sociedad. Debemos y Counsel de Ritch, Mueller, Heather y Nicolau. crear una gran conciencia para que las desigualdades se puedan superar de distintas formas. En nuestra ten con las herramientas necesarias para ocupar profesión creo que todavía tenemos que hacer muchas puestos de liderazgo. Promovemos muchas iniciaticosas, tanto las mujeres como los hombres, de forma vas para ayudarlas a lograr metas profesionales. Una conjunta, para fomentar que alcancemos el desarrollo de ellas es el programa Eventoria; otra es generar una profesional deseado y crecer todos, dentro de nuestro conciencia entre las propias mujeres de ayudarnos ámbito profesional. entre nosotras. Nuestro país tenemos mucho que hacer en Queremos ser una organización incluyente, en donde equidad de género. Sin duda, uno de los mayores participen los hombres, que nos ayuden a terminar y retos que enfrentamos es terminar con los prejuicios que existen tanto en la sociedad como en el ámbito profe- derribar estas barreras que existen hoy para que haya mejores políticas tanto en las empresas, como en los sional respecto del rol de la mujer. Creo que para tener una sociedad en donde haya más inclusión, es impor- despachos; que nos permitan tener un desarrollo y una plenitud como mujer tanto en el ámbito profetante que tanto hombres como mujeres trabajemos de sional como personal. la mano para alcanzarla; dentro del ámbito profesional uno de los principales retos es lograr que las mujeres Que no se rindan, que siempre pueden alcuenten con las herramientas necesarias para alcanzar canzar las metas que se propongan; que buslos puestos de liderazgo que aún no hemos logrado y que quen el apoyo de otras mujeres; somos muchas sin dudas, deseamos todas. comprometidas con la causa de alcanzar la equidad de genero en nuestra profesión. Creo que no hay ¿Cuál sería su propuesta para arraigar una mayor cultura de que imponernos barreras a nosotras mismas, poderespeto en todos los ámbitos para la mujer? mos desarrollarnos en nuestra profesión y al mismo tiempo, tener una familia, alcanzar otros objetivos Tengo el privilegio de participar activamente en en la vida. Si se puede y nunca debemos darnos por AbogadasMX, una asociación que busca que todas y cada una de las mujeres abogadas en el país cuen- vencidas.


COLUMNA | VIDA DIGITAL Diego Valadés Ríos

Mtra. Janet Huerta Estefan Chief Visionary Officer en Abogado Digital

que afirman que, una persona en promedio desbloquea su celular 80 veces al día, algunos llegando a 130. Por lo que el equipo se utiliza aproximadamente cada 10 minutos a los largo de todo el día. Así, las computadoras y los teléfonos inteligentes se han vuelto no sólo una extensión cibernética de nuestra mano sino también de nuestra mente.

@janet_huerta

L

a revolución digital ha cambiado radicalmente la forma en la que vivimos, nos relacionamos y nos comunicamos. En un abrir y cerrar de ojos, pasamos de una era industrial a la era del conocimiento que se rige por la interconectividad. Las nuevas tecnologías son parte toral de nuestra vida y nuestros dispositivos electrónicos y smartphones se han vuelto parte de nosotros. A tal grado que algunos se atreven a decir que nos hemos vuelto ciborgs.

Ciborg es el acrónimo en inglés de cyber (cib) y organismo (org); un organismo cibernético. Sería un organismo compuesto de elementos orgánicos y dispositivos cibernéticos, siendo el objetivo de esta fusión es mejorar las capacidades del organismo mediante el uso de la tecnología. Estos organismos se nos presentaban en películas como Robocop o Termi-

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nator, lo que hace algunos años parecía algo muy futurista, hoy es una realidad. Neil Harbisson fue la primera persona en el mundo reconocida como ciborg por un gobierno debido a la antena que se implantó en el cráneo, conectada a su cerebro, con el fin de escuchar los colores y percibir colores invisibles como infrarrojos y ultravioletas así como recibir imágenes, videos, música o llamadas telefónicas directamente a su cabeza desde aparatos externos como móviles o satélites. Amber Case, antropóloga ciborg que estudia la interacción entre los humanos y la tecnología, afirma que en la era digital ya todos somos ciborgs porque los smartphones se han vuelto una extensión de nuestros brazos. Basta con conocer las cifras de Apple

Aunque la idea parece descabellada, basta con analizar nuestro día. Te despiertas y prendes el televisor, agarras tu teléfono para revisar si hay algún mensaje nuevo y de pasada checas tu Facebook. Sales al trabajo y pones el Waze para poder elegir la mejor ruta. Mientras manejas sincronizas tu dispositivo con tu coche vía Bluetooth y enciendes tu Spotify para escuchar tu música favorita. Llegas a tu escritorio y mientras esperas que se sincronice tu Dropbox haces una búsqueda en Google para ver los lugares de moda y escoger a dónde ir a cenar. Luego le llamas a Mariana para agendar una cita y presentarle tu proyecto. Cuando te confirma, aprietas el botón de tu iPhone diciéndole a tu asistente personal “Siri, agendame cita con Mariana el lunes a las 5 pm” “ok, puedo crear el evento, sólo recuerda que ya tienes una cita con Pedro a esa misma hora. ¿Pongo el evento


COLUMNA

en el calendario de todas formas?”. Y así podría seguir con la realidad digital que vivimos. Según un estudio de Hubspot, el 63% de las personas no son conscientes de que ya utilizan tecnologías de Inteligencia Artificial (ia). A veces estas palabras nos suena como algo supersónico, sin embargo, absolutamente todas las actividades mencionadas en el recuento anterior se componen de un gran número de sofisticadas herramientas de ia diseñadas para facilitar todos los aspectos de la vida moderna y muchas veces ni nos damos cuenta.

Una persona en promedio desbloquea su celular 80 veces al día, aproximadamente cada 10 minutos.

1. Inteligencia Artificial

saber cuáles son sus perfiles, comportamientos y conocer qué es lo que les gusta para así contar con un servicio más personalizado. También los usan para lograr una mejor calidad en la atención. Muchas veces cuando hablamos a un call center somos atendidos por estos sistemas o inclusive al mandar un mensaje ya no hay una persona detrás de una computadora, sino un sistema de ia que contesta conforme al aprendizaje que ha tenido con la información proporcionada.

Según la real academia española, En temas de ia las mayores tendenla inteligencia es la facultad de la cias en este 2017 son: mente que permite aprender, en• Bots Conversacionales tender, razonar, tomar decisiones y (chatbots): Un ChatBot Es Lo que me gustaría denotar con formarse una idea determinada de un programa que simula esta introducción es que en esta la realidad. Por otra parte, la intelimantener una conversación era digital, nuestras vidas están lle- gencia artificial es un programa de a través de texto o audio. nas de ia y de tecnología que más computación o informático diseñaProvee al usuario respuesallá de venir a separarnos como do para realizar operaciones comtas automáticas basadas en humanos o a aislarnos, nos ense- parables a las que realiza la mente la alimentación de informañan una nueva forma de aprender humana como el aprendizaje o el ción que se le dio, así como y de relacionarnos. Debemos de razonamiento lógico. de la de la proporcionada aceptar esta realidad, conocerla y por los mismos usuarios. Esempezar a integrarla en nuestras Gracias al desarrollo de robots tos sistemas de ia han sido vidas. Si ya es tan evidente cómo que logran el autoaprendizaje, esincorporados por muchas las usamos a nivel personal, debe- tas máquinas de hoy nos permiten compañías a las Aplicaciomos integrarlas también en nues- procesar y analizar cantidades de nes de Mensajería. tras vida laboral, como desarrollo información enormes que serían profesional y negocios. humanamente imposibles para De acuerdo a la revista hacer pronósticos. ChatBots 1 a partir del 2015 Sin duda para el abogado del siglo xxi, el abogado digital, es un gran Los equipos de hoy pueden generepuntó el crecimiento de reto empezar aplicar estas nue- rar conocimiento a partir de los las aplicaciones de mensavas tendencias al ámbito jurídico, datos adquiridos muy similar a jería (Whats App, Facebook tanto en los despachos como en el lo que ocurre con los seres humaMessenger, Telegram, Snapgobierno. Por eso, en este artículo nos cuando aprenden. La ia nos chat, Viber, etc) y hoy tieles presento las 4 tendencias del permite dejar de enfocarnos en nen mayor crecimiento que mundo digital y algunas propues- los procesos y poder tener tiempo Apps de redes sociales. Las tas de cómo se podrían aplicar al para tomar decisiones estratégicas apps de mensajería se han ámbito del derecho. Esto con el en nuestra vida diaria. convertido en la forma en objetivo de plantar una semilla de la que gente más se comucuriosidad en el lector y abrir el de- 1.1 Inteligencia Artificial en los nica. Si éste es el medio que bate para que generemos nuevas Despachos más usan nuestros clientes, ideas de su aplicación y el mundo yo preguntaría si su despajurídico no se quede rezagado de Muchas empresas ya usan sistemas cho cuenta con esta vía de la modernidad. comunicación con ellos. de ia para hacer análisis de clientes,

https://chatbotsmagazine.com

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COLUMNA |Iniciativa VIDA DIGITAL Penal Inquisitiva

La incorporación de Bots en los servicios legales y en la atención al cliente sin duda será una vertiente que el Abogado Digital deberá explorar en este 2017.

Inteligencia artificial en análisis de datos: La gigantesca cantidad de datos generados por el uso de todos los dispositivos y aplicaciones en su uso del internet (Big Data) presentan una oportunidad infinita a quienes sepan interpretarlos para la toma de decisiones. Esta interpretación se hace por medio de algoritmos y parámetros de ia. Un ejemplo de estos sistemas es Google Analytics que, analizando los datos de búsquedas, tráfico en nuestra página web, entre otros, nos ayuda a tener conocimiento de nuestra actividad y tomar mejores decisiones.

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Inteligencia Artificial en la resolución de casos: De acuerdo a la Dra. Goretty Carolina Martínez Bahena, en su articulo La Inteligencia Artificial y su Aplicación al Campo del Derecho, ya existen sistemas de ia para la resolución de casos jurídicos. “Estos sistemas informáticos retoman la capacidad de resolver problemas por analogía propia de los humanos. El ser humano, cuando resuelve problemas, tiende a buscar similitudes con otros problemas que haya enfrentado, si encuentra algún parecido, toma lo que le sirve de su anterior resolución y la adapta al nuevo problema…El razonamiento casado en casos, administra una base de casos resueltos, de tal manera que cuando se le presente un problema busca si se parece a alguno otro que se encentre

almacenado en su base de conocimiento para analizar qué tanto se parecen, para luego aplicar modificaciones sobre la resolución, adaptándola al nuevo problema.”

En esencia esto nos abre la posibilidad a que el abogado litigante que empiece a integrar sistemas de ia a su práctica y vaya alimentándolos con sus casos, podrá contar con un “robot” que, bajo el mismo proceso cognitivo que él usaría, presente posibles soluciones a sus casos.

La recomendación en este rubro para los despachos de abogados es que empiecen a contemplar la adquisición o desarrollo de software con ia que les permitan el análisis de datos de sus casos, de sus clientes y del mercado para tomar decisiones más acertadas y de forma más eficiente.


COLUMNA

1.2 Inteligencia Artificial en el Poder Judicial

En su incorporación al Poder Judicial, la ia juega un papel crucial para un acceso a la justicia más eficiente, logrando una economía procesal. El juicio en línea es el fruto más importante de estos sistemas, incorporando figuras como el expediente electrónico y la firma digital. Además, similar al sistema propuesto para la resolución de casos en los despachos, la ia puede resultar en una óptima resolución de sentencias. “Cuando se plantea la posibilidad de servirse de los instrumentos informáticos para poder representar los procesos mentales que realizan los jueces previo a dictar sentencias, la respuesta que se recibe son los preconceptos de quienes sostienen que es imposible sustituir la subjetiva apreciación del juzgador por la evaluación mecánica de un aparato por muy sofisticado que éste sea. Sin embargo, los programadores de computadoras en conjunto con investigadores jurídicos, han desarrollado proyectos de programas que pueden representar los proceso de pasamiento que realizan los jueces al momento de evaluar las pruebas y los escritos presentados por las partes en el juicio que fue sometido a su consideración, evaluación que finalmente les lleva a resolver en un sentido u otro.” 2

mentamos a un sistema de ia con la información de todos los tratados y convenciones internacionales, jurisprudencias así como con las resoluciones que emitan, que además se vinculen con las decisiones de otros, podemos llegar a tener un asistente digital para el juzgador, un proyectista de sentencias que tome en consideración todos estos documentos, los correlacione para tomar decisiones y hacer predicciones, logrando así la sentencia más óptima para el caso concreto.

El 63% de las personas no son conscientes de que ya utilizan tecnologías de Inteligencia Artificial.

a la información para lograr una verdadera rendición de cuentas. El (ga) es un nuevo paradigma de gestión pública cuya motivación es que los ciudadanos colaboren en la creación y mejora de los servicios públicos. En noviembre del 2013, el gobierno del Presidente Enrique Peña Nieto publicó la Estrategia Digital Nacional, documento que guiará las acciones y políticas necesarias para acercar las Tecnologías de la Información y Comunicación a la población, incorporándolas a la vida cotidiana de las personas, de las empresas y del propio gobierno.3

Uno de los habilitadores de esta estrategia es la política de Datos Abiertos (da) que se refiere al, “uso de información gubernamental en formatos abiertos, misma que servirá como infraestructura base para establecer mecanismos de co-creación de servicios públicos y así detonar un ecosistema de innovación colectiva Aunque el ámbito judicial se resiste alrededor de las grandes metas de a modernizarse, el futuro nos está al- desarrollo del país.”4 canzando, es necesario que los juzgadores empiecen a contemplar estos En meses recientes vimos cómo el temas y que las áreas de tecnología Gobierno Federal fusionó los porde las instancias judiciales tomen el tales y servicios de todas las depenliderazgo en incorporar todas estas dencias en una sola plataforma, www. tendencias en sus procesos para lo- gob.mx “Tu gobierno en un solo pungrar adecuar el Derecho a los nuevos to”. Dentro de esa plataforma enconretos de la era Digital. tramos la sección de Datos Abiertos en la que tenemos acceso a datos e información de todas las dependen2. Gobierno Abierto y cias gubernamentales. https://datos. Con la reforma de Derechos Huma- Datos Abiertos gob.mx/ nos (dh), hoy es obligatorio para un juzgador tomar en cuenta no sola- La Inteligencia Artificial contribumente la legislación nacional sino la ye al avance en los procesos no sólo Es importante señalar que los dainternacional. Sin duda es un mundo en la administración judicial sino tos que aparecen en esta página se de información, de legislación y de también gubernamental. En el ám- ampliarán conforme los ciudadanos criterios para logar una resolución bito del e-Government, en México solicitemos información por ende que de ninguna forma viole los dh de seguirán los esfuerzos por lograr debemos ser proactivos en su uso. los ciudadanos y que además, tome un Gobierno Abierto (ga), aumen- Existe información sobre seguridad en cuenta todo este espectro. Si ali- tando la transparencia y el acceso y justicia que nos puede ser muy útil

La Inteligencia Artificial y su Aplicación en el Campo del Derecho. Martínez Bahena, Goretty Carolina. http://www.corteidh.or.cr/tablas/r30570.pdf Estrategia Digital Nacional http://cdn.mexicodigital.gob.mx/EstrategiaDigital.pdf 4 Idem 2 3

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COLUMNA | VIDA DIGITAL

en la investigación para nuestros ca- delantera aquellos que les permiten sos ya sea como litigantes o funcio- al usuario tener experiencias “bajo demanda” y consumir información narios públicos. filtrada de acuerdo a sus intereses, a En los últimos meses, muchos actos la hora que quieran, en el lugar que de corrupción se han podido desen- prefieran. mascarar gracias a las solicitudes de información hechas al gobierno Los niños de hoy, por ejemplo, ya no por ciudadanos que correlacionan saben lo que es esperarse una semadatos y descubren inconsistencias. na para ver el próximo capítulo de Las plataformas de datos abiertos una serie porque Netflix les permite fomentan el poder ciudadano, el ro- verlas seguidas a elección. Muchos bustecimiento de la transparencia y cibernautas, en vez de leer los periódicos, prefieren meterse a su timelila rendición de cuentas. ne de twitter y de ahí seleccionar las noticias que comparten aquellos a 3. Marketing Digital los que han decidido seguir porque Es la aplicación de las estrategias de tienen algo interesante que decir y comercialización y posicionamiento compartir. a medios digitales. Las marcas y los servicios deben estar en donde está Dentro del Marketing Digital las mael consumidor, y como el consumidor yores tendencias para el 2017 son las hoy pasa largas horas en el teléfono, siguientes: las empresas deben estar ahí, en internet, al alcance de un click. Por eso, 3.1 Marketing de Contenidos para el 2017 la inversión en medios digitales aumentará considerable- La gente en el medio digital y en mente. las redes sociales te seguirán en la medida en la que el contenido que Según la revista Merca 2.0, en el compartas les genere valor. Esta 2016 la inversión en medios digi- tendencia hace un llamado a las tales creció un 23% y para el 2017 marcas, los negocios y los usuarios superará la inversión publicitaria a que dejen de vender y empiecen a en televisión.5 Este dato confirma generar conversaciones, que cuencómo los medios tradicionales tanto ten historias y que publiquen conde comunicación como de informa- tenido que pueda serle útil a sus ción, van en decadencia y toman la clientes.

Es imprescindible que los abogados apliquen esta tendencia en su estrategia digital. Que cuenten con una página web que no sólo sea informativa sino que genere información de valor para sus posibles clientes. Esto se logra a través de la incorporación de un blog que pueda resolver inquietudes al público acerca de las temáticas a las que se dedica el despacho. ¿Te dedicas al derecho corporativo? Publica sobre los beneficios de crear una Sociedad Civil o tips para escoger a tu notario. De esta forma la gente llegará hasta tu página a la hora de que busque soluciones para su problemática en un buscador y las encuentre en el contenido que generaste. 3.2 Contenido en Momento Real

En la era digital caracterizada por la transparencia, hoy a la gente le gusta verte tal cual eres y conversar contigo. El 2017 será el auge de las transmisiones en vivo que permitirán conectar, construir relatos y compartir historias. Las redes sociales facilitaron esta comunicación y vemos que hoy Facebook, Instagram y Twitter permiten transmisiones en vivo que te permiten desde cualquier lugar conectarte con tus amigos y seguidores. En el ámbito jurídico vemos ya muchos casos de académicos que siguen compartiendo conocimiento fuera

http://www.merca20.com/la-inversion-en-marketing-publicidad-digital-va-a-superar-a-la-televisiva-en-2017/

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COLUMNA

del aula e invitan a sus seguidores a la reflexión, abriendo la conversación y contestando en vivo las dudas que se les van formulando. Inclusive ya algunos despachos empiezan a hacer uso de esta herramienta para atraer más clientes, abriendo su foro a consultas jurídicas de sus audiencias. Sin duda esta es una herramienta que los abogados deben de contemplar para integrar a sus formas de comunicación profesional este año. 4. Seguridad Cibernética y Protección de Datos Personales

La IA le permitiría a un juez tener un proyectista digital que tome en consideración todas las pruebas y correlacione leyes, jurisprudencia y criterios para tomar decisiones y hacer predicciones, logrando así la sentencia más óptima para el caso concreto. de confidencialidad y privacidad de la información en el contexto digital son esenciales para preservar derechos fundamentales como el derecho a la intimidad y a la privacidad.

El panorama digital, basado en las tecnologías y los dispositivos electrónicos, plantea nuevos escenarios en Las compañías deben concientizar los que la privacidad o la seguridad lo delicado que se convertirá el trainformática corren peligro. Mientras tamiento de los datos de las personas más grande y más tecnológica sea la y la necesidad de contar con una estrategia para asegurarle al usuario empresa, más fácil es entrar. que no caerán en otras manos o para Conforme nuestra vida se vuelve digital, otros usos que no sean los que él autenemos nuestros datos personales re- torizó. gados por toda la web; nuestro nombre y correo electrónico se han convertido La justicia debe garantizar la protecen la llave que abre la mayoría de los ción de los derechos de las personas, accesos y aplicaciones digitales y con por lo que es necesario poner la lupa la incorporación de las cookies y el re- en todos los procesos y transacciones marketing, a cada momento estamos digitales para asegurar la seguridad aceptando ser seguidos por aquellas el ciudadano. páginas en las que navegamos. Conclusión

investigar más de estos temas para entenderlos y luego poder aplicarlos al ámbito del derecho y a la legislación. Muchos otros países ya cuentan con un marco jurídico que permite tener una comunicación y transacciones más confiables en el mundo digital. España, por ejemplo, cuenta con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico 6, que contempla las obligaciones de los proveedores, las empresas y los ciudadanos frente a estas interacciones digitales. Además, menciona los códigos de conducta, las formas de comunicaciones y contrataciones vía electrónica. También incluye soluciones judiciales y extrajudiciales de conflictos que se susciten durante estas interacciones.

En este contexto, se vuelve esencial la seguridad cibernética porque es la que garantizará la seguridad de nuestros datos. Es importante que los abogados conozcan este ámbito y su lenguaje ya que en la era digital muchos delitos como clonación, fraudes, entre otros, se derivarán de falta de candados en los portales y el Abogado Digital deberá estar ahí al frente de esas defensas.

El abogado digital deberá entender Me parece que el foro jurídico en las dinámicas y tendencias digitales, México es preciso una profunda no sólo para participar en ellas, sino Revolución Digital en el ámbito para defender sus causas y empujar profesional de la abogacía, en la geslegislaciones modernas que permi- tión empresarial de los despachos y tan tener criterios concretos sobre también dentro del Poder Judicial para usar la tecnología, para lograr el mundo digital. un mayor acceso a la justicia y una En México la legislación sobre te- mejor calidad en los servicios jurímas digitales o de la sociedad de la dicos tanto públicos como privados. información es muy escaza, esto se Debemos formar a la nueva generaPor otro lado, también cobra la ma- debe a que el abogado mexicano no ción de Abogados Digitales que emyor importancia la protección de ha integrado estas tendencias en su pujen al país a afrontar estos retos datos personales ya que las políticas paradigma ni a su práctica. Debemos del Derecho Digital.

http://www.lssi.gob.es/

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ARTÍCULO | Los Derechos Político – Electorales y el Principio de Universalidad

Los Derechos Político – Electorales y el Principio de Universalidad Dr. Julio Humberto Hernández Fonseca Magistrado Federal. Presidente del Pleno de Circuito en Materia Administrativa del Primer Circuito.

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a concreción de los principios constitucionales enfrenta una problemática muy amplia que abarca aspectos relativos a su definición, a su alcance, a su expresión normativa y a su interpretación judicial. La solución es más compleja cuando se busca en un contexto de armonización de normas jurídicas nacionales e internacionales en las que se consagran los Derechos Fundamentales de las personas, los cuales coexisten con diversos sistemas jurisdiccionales de control del poder y tienen como propósito central, garantizar su aplicación y eficacia en un determinado ambiente político, social y cultural. De ellos dependen, en gran medida, las tendencias individuales y colectivas de aceptación y respeto del orden constitucional, de los fundamentos constitucionales y de los valores que conforman el substrato esencial del Estado democrático contemporáneo. Como punto de partida sobre una temática tan compleja, es necesario tomar en cuenta que la abstracción y la universalidad de los principios constitucionales, en especial de los Derechos Humanos (dh), son las cualidades en las que se fundamenta, en gran medida, su fuerza y solidez

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al interior de un sistema constitucional, y simultáneamente las características de las que emana una parte significativa de la problemática que enfrenta su aplicación, en ciertos casos, en el Estado constitucional contemporáneo. Lo anterior se aclara si se recuerda que la idea tradicional de los Derechos Fundamentales “derivados” de las normas constitucionales, de impronta típicamente positiva, ha cedido su lugar a una nueva noción connatural al constitucionalismo de principios, según la cual se trata de derechos abstractos y universales, inherentes a la persona y a su condición de ser humano, los cuales no tienen una génesis jurídica, sino existen con independencia del Derecho positivo, si bien por medio de sus normas se garantiza su aplicación y su vigencia. “El constitucionalismo contemporáneo se nutre de una filosofía política y moral, según la cual los individuos tienen derechos contra el estado, derechos que actúan como límites ante lo que puede exigirse de cada persona considerada individualmente en aras a la satisfacción del interés colectivo. Dada la importancia que esta filosofía ha adquirido, hasta el

punto de convertirse en la moralidad pública de la modernidad, casi todas las constituciones del mundo cuentan hoy día con un catálogo de derechos, en el entendido de que ésta es la mejor manera de institucionalizar el compromiso de la comunidad hacia la idea de los derechos, o bien por otros motivos de carácter simbólico, educativo, o por otro tipo de razones, como la de intentar ofrecer una imagen aceptable ante la comunidad internacional.”  1 Esto significa que, como consecuencia de su condición prejurídica, los Derechos Fundamentales no deben ser como “cuestión de principio”, “mayores o menores” en cada sistema constitucional, sino esencialmente homogéneos y uniformes, características a las que se refiere su abstracción y su universalidad, que están estrechamente relacionadas con su “internacionalización”. Lo anterior suele interpretarse en el sentido de que, al margen de lo que establezca el sistema jurídico de cada nación, las personas gozan de derechos que no están constreñidos a las fronteras geográficas, ni a las normas internas para ser parte de su patrimonio indisputable, el cual, sin importar la

Diego Moreno Rodríguez, “Control judicial de la ley y derechos humanos. Una perspectiva crítica”, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2011, pág.172.

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ARTÍCULO

manera como se reconozca y exprese en el Derecho nacional, comprende el respeto y la protección de la vida, la dignidad, la libertad, la seguridad y la igualdad del ser humano, así como de todos sus Derechos Fundamentales, en tanto principios constitucionales que representan la base de la organización del poder del Estado y los límites de su ejercicio. En cuanto a la viabilidad y eficacia de los dh, una vez que su concepción en abstracto cede su lugar a su aplicación en casos concretos, es innegable que dependerán siempre del entendimiento, la interpretación de su significado y alcances. Éstos no pueden conservar ese nivel de “abstracción” en el momento de su traslado a una situación particular, a lo que se debe agregar que si se pretende conservar su universalidad en decisiones específicas, debe ser fundamentalmente igual en un caso y otro. Un objetivo bastante difícil de lograr en muchas ocasiones, en virtud de las distintas concepciones posibles de un mismo principio esencial y de los criterios variables sobre la “primacía” que merece un derecho sobre otro u otros, en una hipótesis de conflicto, tanto en el ámbito jurídico interno, como en el externo.

El nuevo paradigma de los DH armoniza con el sistema jurídico externo mediante la aceptación de los instrumentos internacionales por los Estados soberanos. la 2ª enmienda que las legislaturas permitan que individuos particulares así como las milicias estaduales reguladas porten armas de asalto? ¿Permite la CEDH el castigo corporal en las escuelas? No importa si denominamos a estas disputas desacuerdos sobre derechos” o “desacuerdos de interpretación”. Lo que importa es que ellas nos dividen en controversias feroces e irresolubles.”  2

dos al sistema jurídico de cada uno (etapa de inserción), a efecto de crear un doble mecanismo de protección de los Derechos Fundamentales, los cuales, además de ser tutelados por las jurisdicciones de cada Nación, también se garantizan en el ámbito de la jurisdicción internacional (fase de internacionalización). Este proceso y la nueva situación que deriva de él, conllevan la necesidad de crear un sistema de coordinación entre las normas constitucionales de cada Estado y las de naturaleza internacional, lo cual, a su vez, genera ciertas dificultades, cuya solución no puede consistir en el desplazamiento automático del Derecho constitucional interno y de los tribunales nacionales, para ser substituidos, al menos en cuanto al reconocimiento y la protección de los dh, por el Derecho comunitario y sus órganos jurisdiccionales, con base en el principio de universalidad y en los mecanismos de internacionalización.

La universalidad de los dh, por su parte, implica que su reconocimiento y salvaguarda no se constriñen al ámbito interno de cada Estado, ni a su condición de derechos de las personas, diferenciables de un sistema constitucional a otro por su mayor o menor amplitud o nivel de garantía. Corresponden a un standard homogéneo establecido y protegido en las normas nacionales e internacionales, el cual se comprometen a respetar y “Aun si existe un entendimiento grosso promover los Estados soberanos, de modo o un consenso por solapamien- conformidad con los tratados y conveto en torno a un grupo de derechos nios de la materia de los que forman básicos o libertades civiles tales como parte. A este aspecto específico dediAl respecto, es innegable que la conaquellos consagrados por las enmien- caremos las siguientes reflexiones. vivencia y la armonización entre los das de la Constitución de los EE. UU. o los consagrados en la Convención Eu- El nuevo paradigma de los dh se es- sistemas internos y externos, en Europea de Derechos Humanos (CEDH), tablece en los sistemas constitucio- ropa, a lo largo de casi 7 décadas, y hay un feroz desacuerdo acerca de las nales nacionales, armoniza con el en América, durante un período más implicaciones de este consenso con re- sistema jurídico externo mediante la breve, ha sido complicada. Sobre lación a sus aplicaciones concretas. aceptación de los instrumentos inter- todo en lo relativo a la coordinación ¿Implica el bill of rignts de los EE. UU. nacionales por los Estados soberanos de las cortes y los tribunales nacioun derecho a la privacidad que a su (etapa de universalización). Pasan a nales e internacionales, así como al vez genera una base para invalidar ser parte del orden interno una vez delicado problema de la primacía leyes que restrinjan el aborto? ¿Exige aprobados, ratificados e incorpora- de un orden jurídico sobre otro, con

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J. Waldron, “La defensa del ciudadano vis-a-vis el control judicial de la constitucionalidad” (“Freeman's Defense of Judicial Review”), 13 Law and Philosophy 27, U. S.A., 1994, pag. 35

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ARTÍCULOAvanza | Aprobación de Ley de Seguridad Interior en el Congreso

todas las consecuencias que esto implica.“Pero también es verdad que el referido nuevo paradigma no ha neutralizado el anterior constitucionalismo nacional.., sino que más bien es un proceso internacional que se encuentra en gestación derivado de los nuevos actores a nivel global y de sus relaciones emergentes.”  3 Estos aspectos exceden el problema tradicional de las relaciones entre el Derecho de los Estados soberanos y el de la comunidad internacional. El nuevo paradigma incluye una modificación cualitativa de los Derechos Fundamentales que se protegen, una ampliación de la base normativa que los garantiza y un diseño estructural que permite cumplir con los propósitos del sistema jurídico externo, pero que a su vez, se entrelaza con los sistemas normativos internos y sus órganos constituidos, en particular, con sus tribunales, lo que requiere soluciones normativas y prácticas en cuanto a lo siguiente:

“1) Asentamiento del sistema jurídico-político internacional no sólo en el clásico paradigma de las relaciones internacionales entre Estados, sino en el nuevo paradigma de las relaciones entre Estado/pueblo; 2) emergencia de un iuscogens internacional materialmente informado por valores, principios y reglas universales, progresivamente plasmados en declaraciones y documentos internacionales; y 3) tendencial elevación de la dignidad humana a presupuestos ineludibles a todos los constitucionalismos.”  4 Esta problemática es particularmente compleja tratándose de los derechos políticos y electorales, cuyo ámbito de aplicación se ubica, principalmente, en los procesos de elección de representantes populares y de participación en los mismos para alcanzar un cargo electivo. Se deben agregar, sin embargo, otros derechos de la misma naturaleza, como los de petición, reunión, manifestación

y de control del ejercicio del poder mediante el sistema de democracia “indirecta” (referéndum, plebiscito, iniciativa popular y revocación del mandato). Específicamente, en cuanto a la llamada universalidad de estos derechos, es necesario precisar cuáles son los supuestos fundamentales de su interpretación y aplicación tratándose de los ciudadanos extranjeros. Ellos gozan, en general, de los dh previstos en el orden constitucional del país en el que se encuentren y de los que les reconocen los instrumentos internacionales suscritos por cada Estado soberano. No obstante, en lo que se refiere a la materia político-electoral, el ejercicio de estos derechos está sujeto a condiciones y limitaciones jurídicas que no pueden ser desatendidas con base en el principio de universalidad, cuando éste es incompatible con las reglas particulares del orden jurídico in-

José de Jesús Becerra Ramírez, “El constitucionalismo ante los instrumentos internacionales de derechos fundamentales”, UBIJUS, 2011, pág. 90. José de Jesús Becerra Ramírez, “El constitucionalismo ante los instrumentos internacionales de derechos fundamentales”, UBIJUS, 2011, pág. 90.

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ARTÍCULO

terno de cada Nación. Lo anterior tivo al derecho a elegir (“voto activo”), se ilustra claramente a partir de determinaba lo siguiente: la revisión de la Sentencia 83, 37 “Artículo 3º: del Tribunal Constitucional de la ………. República Federal de Alemania “2. Son electores, siempre que reúnan sobre el derecho de sufragio de los presupuestos mencionados, y prelos extranjeros en la provincia de via solicitud, también las personas de nacionalidad extranjera que el Schleswig-Holstein. día de las elecciones: En esta sentencia de 31 de octubre de 1990 se analizan los preceptos 1. Sean nacionales de Dinamarca, normativos que a continuación se Irlanda, Holanda, Noruega, Suecia señalan y se aplican los siguientes y Suiza criterios de interpretación necesarios 2. Desde hace al menos cinco años residan habitualmente en el ámbito de para resolver el caso: aplicación de la Ley Fundamental y a) El artículo 20º de la Ley Funda- 3. Dispongan de permiso de residenmental alude al Estado democrático cia o, en su caso, no lo requieran.” social y federal en estos términos: d) El Tribunal Constitucional resolvió el caso en los siguientes términos: “Artículo 20º: La República Federal Alemana es un Estado federal, democrático y social “1.El artículo 3º, párrafo 2 de la Ley 2. Todo poder estatal emana del pue- de Modificación de la Ley regulablo, quien lo ejercerá en las elecciones dora del Sufragioen Municipios y y votaciones y a través de órganos Distritos de Schleswig-Holstein, de especiales de legislación, de ejecución 21 de febrero de 1989 (Boletín Ofiy de jurisdicción”.

cial, pág. 12) es incompatible con el artículo 28º, párrafo 1 de la Ley Fundamental y por tanto nulo; y 2. La introducción del derecho de sufragio municipal de los extranjeros procedentes de los seis países mencionados contradice el principio democrático tal como está regulado en el artículo 20º, párrafos 1 y 2 de la Ley Fundamental y en el artículo 28º, párrafo 1 de la misma, en virtud de que, de conformidad con ella, el derecho al sufragio lo tiene el pueblo alemán y, por ende, sólo lo tienen los ciudadanos de nacionalidad alemana y las personas a las que se asigna esa calidad en la propia Ley Fundamental, según lo dispone el artículo 116º, párrafo 1”. Como se advierte, el Tribunal Constitucional no estaba en condiciones de aplicar el principio de universalidad, interpretando las normas relativas al “Derecho Humano a elegir a los representantes populares,”

b) El artículo 28º de la Ley Fundamental, en el momento en que se emitió esta sentencia, tenía el siguiente texto, en la parte correlativa a la materia de la resolución: “Artículo 28º: 1. El orden constitucional de los Länder deberá responder a los principios del Estado de Derecho republicano, democrático y social en el sentido de la presente Ley Fundamental. En los Länder, distritos y municipios, el pueblo deberá tener una representación surgida de elecciones generales, directas, libres, iguales y secretas. En los municipios, en lugar de un cuerpo elegido podrá actuar la asamblea municipal”. c) La Ley de Modificación de la Ley Reguladora del Sufragio en Municipios y Distritos del Land (provincia) de Schleswig-Holstein, de 21 de febrero de 1989, en su artículo 3º, rela-

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ARTÍCULO | La Reforma Laboral y División de Poderes

modificación constitucional a este mente útil del que se pueden extraer precepto (art. 28º, párrafo 1), con las siguientes conclusiones. base en la cual se concede el derecho al sufragio, de conformidad con 1. La vigencia de los derechos las leyes de la materia, a las personas políticos y electorales está que tengan la nacionalidad de algún sujeta a la condición de ciuEstado miembro de la Comunidad dadanía, la cual se confiere Europea. jurídicamente por el sistema constitucional de cada Esta“Art. 28º, párrafo do soberano y, por tanto, no 1. El orden constitucional de los es admisible que el principio Länder deberá responder a ………. de universalidad se interprete elecciones generales, directas, libres, en esta materia al margen de iguales y secretas. En los distritos la regulación específica de la y municipios, de acuerdo con el DeNación en la que se pretendan recho de la Comunidad Europea, el ejercer por una persona deterderecho de votar y de ser elegido lo minada, específicamente, por tienen también las personas que poun extranjero. sean la nacionalidad de un Estado 2. El concepto de población, o miembro de la Comunidad Europea. cantidad de personas que haEn los municipios, … podrá actuar bitan en un lugar, es diferente la asamblea municipal”. al de pueblo, el cual se atribuye al conjunto de los ciudadanos, es decir, a quienes reúnen los Es necesario aclarar que con poste- Esta determinación del órgano de requisitos jurídicamente estarioridad a esta sentencia, el 21 de di- control de la constitucional del Esblecidos por el orden constituciembre de 1992, entró en vigor una tado alemán es un precedente suma-

en beneficio de los ciudadanos no alemanes residentes en la provincia de Schleswig-Holstein. Existían normas constitucionales expresas que habrían sido infringidas de haberse permitido el ejercicio de derechos políticos a los ciudadanos extranjeros de los países mencionados en la norma local, sobre la base de un criterio exegético extensivo del principio de universalidad, aplicado a las normas en conflicto. En otros términos, una interpretación de este tenor habría sido contraria a principios constitucionales y a prescripciones expresas de la Ley Fundamental y, por ende, no habría podido servir como sustento jurídico de una sentencia desestimatoria5, la cual habría sido, a su vez, incompatible con el orden constitucional alemán.

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Las sentencias “desestimatorias” se emiten cuando se considera que no hay anticonstitucionalidad y se “desestima” la impugnación, mientras que cuando se declara la anticonstitucionalidad, se expide una sentencia “estimatoria”.

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ARTÍCULO

La vigencia de los derechos políticos y electorales está sujeta a la condición de ciudadanía, la cual se confiere jurídicamente por el sistema constitucional de cada Estado soberano.

cional para adquirir ese status, Suecia y Suiza que habitaran destacando entre ellos, el de la en esa provincia o Land con nacionalidad. cinco años de antigüedad por lo menos. 3. En el caso que nos ocupa, la calidad de ciudadanos se confiere En suma, este principio, en todo caso, únicamente a las personas de puede servir de base para ampliar el nacionalidad alemana, razón ámbito personal de aplicación de por la cual la base del régimen estos derechos, siempre y cuando el representativo propia del Estaorden constitucional soberano así do democrático es la elección lo permita y lo determine expresade los órganos representativos mente. De tal modo que no existirá, por el pueblo, es decir, por los entonces, obstáculo alguno para que ciudadanos de nacionalidad los derechos políticos y electorales alemana (art. 20 const). que específicamente sean reconoci4. Las leyes federales y locales del dos por el orden jurídico interno a Estado alemán, en cualquier favor de cierto tipo de ciudadanos materia, y específicamente, en extranjeros puedan ejercerse en el la relativa a los derechos polítiámbito interno y en los procedimiencos y electorales, deben respetos representativos que se señalen, tar los fundamentos establecital como ocurre en Alemania, desde dos en la constitución federal, 1992, de conformidad con el artícude tal suerte que el derecho lo 28 constitucional vigente, tratándel pueblo alemán de elegir a que también gozaban de esos dose de los ciudadanos extranjeros sus representantes se entiende derechos políticos y electora- que tengan alguna nacionalidad de reservado a los ciudadanos de les las personas de nacionali- un Estado miembro de la comunidad nacionalidad alemana y, por dad extranjera de Dinamarca, europea y que habiten en el territorio consiguiente, cualquier dispoIrlanda, Holanda, Noruega, alemán. sición general en sentido contrario es incompatible con los fundamentos constitucionales del Estado democrático y del régimen representativo (arts. 20 y 28 const.). 5. El artículo 3º, párrafo 2 de la Ley de Modificación de la Ley reguladora del Sufragio en Municipios y Distritos de Schleswig-Holstein era inc uestionablemente anticonstitucional, al ser incompatible con el artículo 28º, párrafo 1 de la Ley Fundamental, en virtud de que, conforme a ella, el derecho al sufragio lo tiene el pueblo alemán y, por ende, sólo corresponde a los ciudadanos de nacionalidad alemana y a las personas a las que se asigna esa calidad en la propia Ley Fundamental, situación normativa que no podía ser desatendida con base en el principio de universalidad, interpretado en el sentido de *Análisis de la Sentencia 83, 37 del Tribunal Constitucional de la República Federal de Alemania

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Voto ¿Derecho o Razón de Estado?

Celebran en Querétaro

el Centenario de la Constitución de 1917

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a Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cumplió el pasado 5 de febrero 100 años de vida y para celebrar este acontecimiento se reunieron los titulares de los 3 poderes de la Unión, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, como ocurrió hace 100 años, en el Teatro de la República en Querétaro, conmemorando la promulgación de la Carta Magna. En la ceremonia protocolaria, el Presidente Enrique Peña Nieto envió un mensaje de unidad a los mexicanos, resaltando el ejemplo de los constituyentes de 1917, quienes, a pesar de sus diferencias, concretaron el proyecto colectivo que necesitaba el país para reconciliarse,“un brillante episodio de la historia que los mexicanos debemos aprender”, aseguró.

nía, libertad y justicia, democracia e igualdad. De ahí que ante el embate de los nuevos retos que atraviesa el país, pero sobre todo ante el gobierno de su homologo Donald Trump, el Presidente advirtió que vivimos tiempos de decisiones que no sólo determinarán nuestro presente, sino también el futuro de las próximas generaciones. Son tiempos, dijo, que llaman a la unidad como sociedad y como nación para encontrar juntos, soluciones a las exigencias de nuestro tiempo.“De la claridad y firmeza con que actuemos, y de la unidad que preservemos, dependerá el bienestar de México.”

Convocó a cerrar filas para alcanzar las más altas aspiraciones políticas plasmadas en la Ley Suprema: lograr una convivencia pacífica y civiMéxico, resaltó, exige unidad, no lizada, fincada en la fraternidad, la alrededor de una persona o un go- igualdad y el respeto a los demás. bierno, sino en torno a los valores Así como consolidar a la democrade la Constitución, los valores de cia como una estructura jurídica nuestra ley fundamental: sobera- y un régimen político, pero, sobre

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todo, como un sistema de vida, fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo.“Para que todos los derechos que reconoce nuestra Constitución sean una realidad en la vida diaria de los mexicanos.” A lo largo de este tiempo, la Carta Magna tiene en su haber 700 reformas. Desde Venustiano Carranza, cada Presidente ha plasmado en ella, los cambios necesarios que guarden huella de su paso por la historia mexicana. Enrique Peña Nieto hizo lo propio con las reformas estructurales que llevaron no sólo la apertura del sector energético, sino fortalecer los derechos laborales y sobre todo, los Derechos Humanos (dh). En la ceremonia, el Ejecutivo Federal enfatizó que nuestra Ley Suprema se ha reformado para mejorar la educación e incorporar a la población al desarrollo tecnológico; así como impulsar la competencia en sectores estratégicos del desarrollo nacional,


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y sobre todo, para institucionalizar la transparencia, el combate a la corrupción y la rendición de cuentas. La Carta Magna, señaló, también se ha enriquecido para lograr una justicia más pronta y expedita, más confiable, cercana y eficaz en la vida de los mexicanos. Un ejemplo de ello es que junto con las leyes, acercan más la justicia al ciudadano; en donde medidas como la mediación y la conciliación entre las partes, ofrecen soluciones oportunas a los conflictos ordinarios en cualquier comunidad. Para dar una muestra del compromiso cumplido, el Ejecutivo Federal firmó, durante la ceremonia, el Decreto Promulgatorio de Reforma Constitucional en Materia de Justicia Cotidiana, que abarca diversas disposiciones en materia de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, Mejora Regulatoria, Justicia Cívica e Itinerante y Registros Civiles. El Presidente señaló que todos estos avances retoman el espíritu de los Constituyentes de 1917: hacer de la norma un instrumento para mejorar la vida diaria de los mexicanos. México, destacó el mandatario, vive un nuevo ciclo histórico en donde las circunstancias mundiales y nacionales son muy diferentes a las de hace 100 años. Refirió que en 1917, gran parte de la población no sabían leer, ni escribir y vivía en el campo, sin servicios básicos, sin centros de salud, ni vías de comunicación, bajo una economía predominantemente agrícola, en donde la industria y los servicios eran muy incipientes.“El México de 2017 es un país con un creciente desarrollo humano y un claro perfil urbano. Contamos con una población joven que se prepara para triunfar y contribuir al desarrollo”. Además, agregó, crece en una economía abierta, moderna y competitiva, que participa en los mercados globales con bienes y servicios de la más alta calidad, por eso aseguró,“al igual que hace un siglo, la Constitución debe ser nuestra brújula y nuestro faro.”

Al igual que hace un siglo, la Constitución debe ser nuestra brújula y nuestro faro: EPN. La Constitución de 1917 es, aseveró, un permanente proyecto de Nación. En donde pesar de algunas de transformaciones, su esencia trasciende épocas y sus valores mantienen vigencia, porque sus norman se han adaptado a la realidad social. “Se ha fortalecido para responder a las necesidades de nuestro tiempo; se ha renovado para aprovechar mejor las oportunidades. Este equilibrio entre estabilidad y evolución es un logro, no un evento ni fortuito, ni sencillo.”Ahora como nunca antes, comentó el Presidente, la Carta Magna es la que motiva a la participación ciudadana, en la vigilancia y fiscalización de la vida pública. Conminó a todos los mexicanos a seguir el rumbo, avanzar con base en los valores y las aspiraciones contenidas en nuestro proyecto de Nación; a no olvidar las duras lecciones del pasado. A honrar la obra de los Constituyentes y escribir juntos, una página que sea recordada de unidad y de orgullo nacional. “Unámonos para cumplir los mandatos laborales y económicos de nuestra Constitución; para que toda persona pueda hacer realidad su derecho a un trabajo digno y socialmente útil; para que la estabilidad económica y financiera sea la base más sólida del desarrollo nacional.”

Centró su discurso en brindar una radiografía de lo que representa la Carta Magna en la vida jurídica en nuestro país, la cual, dijo, exige ser reconocida por la sociedad, más allá de un documento en el que se consagran principios, valores, reglas, un texto que se enseña en las facultades de leyes, que se profundiza por los académicos y se aplica e interpreta por los Tribunales. La Constitución, comentó, brinda herramientas para asegurar que la sociedad reconozca su valor sustancial y su eficacia como instrumento vivo a través del cual cada persona realice su proyecto de vida. Sus principios fundamentales, llenan el universo normativo de una sociedad y justifican las leyes o son la razón para modificarlas. En los Estados democráticos, recordó, deben ser realizables, razonables, claras y útiles en la convivencia y es que desde la primera modificación en 1921 y hasta nuestros días, se trata de un documento que recoge la voluntad popular; motivo por el cual destacó el Ministro, no puede permitirse que se pierda. “Ni líderes de gobierno preponderantes, ni factores económicos o políticos, ni circunstancias coyunturales, deben determinar la fuerza del cambio.”

Luis María Aguilar señaló que el destino como Nación encuentra guía en el propio texto fundamental a través de los principios de autodeterminación y no intervención que consagra. Por eso, convocó a todos los juzgadores del país, a estar a la altura de la nueva etapa jurídica que vive México, pues quienes tienen la encomienda de proteger la soberanía nacional, la autodeterminación, la igualdad jurídica de los estados, la solución pacífica de las controversias, y la Correspondió al Ministro Luis María garantía de respeto a los dh, deben Aguilar Morales, Presidente de la Su- empezar por reconocer el volumen prema Corte de Justicia de la Nación, del reto y la consecuente actuación manifestar la posición del Poder Ju- integral que se exige. De ahí que dicial en este acto conmemorativo. la justicia, dijo, puede construirse

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EVENTO | Celebran en Querétaro el Centenario de la Constitución de 1917

más allá de los Tribunales; se edifica diariamente con la actuación de cada ciudadano, con la consciencia de vivir en la Constitución y en sus leyes, y con la convicción de respetar todos, la dignidad humana.“Quienes dieron a México una ley fundamental no propusieron metas imposibles, ni sacrificios absurdos, nos dieron principios de convivencia, de respeto entre todos, de límites a la actuación de la autoridad y de reconocimiento de derechos sociales y humanos, y con ello nos dieron la posibilidad de la felicidad social, construida sobre la base de la paz.” Lo anterior es posible, dijo confiado el Ministro, si la sociedad mexicana se encuentra unidad para hacer del cumplimiento de la Constitución, su verdadera forma de convivencia.“Todos, empezandopor quienes tenemos las responsabilidades públicas, exigiéndonos a nosotros mismos que nos asumamos como servidores del pueblo;” para ello, citó la frase del entonces Presidente Benito Juárez: “la res-

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La justicia puede construirse más allá de los Tribunales; se edifica diariamente con la consciencia de vivir en la Constitución y en sus leyes, y con la convicción de la dignidad humana.

desde la Constitución de 1857. Dicho recurso, aseveró, no es una patente de corzo, es el instrumento que pone fin a la arbitrariedad y ordena a la autoridad respetar los derechos. Así, recordó, la cimiente de la Suprema Corte, forjada en la Constitución de 1917 se ha perfeccionado con el tiempo, como parte del propio desarrollo constitucional democrático del país, hasta consolidarse como un auténtico tribunal constitucional.

Hace falta, reconoció, un esfuerzo adicional ante la complejidad del cambio continuo en el que se desarrollan las relaciones sociales. Por eso, se impone una protocolo integral que permita dar mayor eficacia a las competencias de la Corte y de los demás órganos del petabilidad del gobernante le viene Poder Judicial de la Federación (pjf); así, se otorga al alto Tribunal concentrar de la ley y de un recto proceder”. su actuación, de máximo intérprete La Carta Magna, al recoger los más del orden jurídico, para consolidar la altos ideales de la Revolución, ase- supremacía constitucional para irraguróel Presidente de la Corte, es- diar de manera efectiva, en las exigentableció un Supremo Tribunal de cias de la sociedad a las instituciones la Nación con el propósito de re- a partir de ocuparse, sustancialmente, dimensionar el recurso de amparo de criterios de importancia y trascenestablecido ya, con un alto fin social, dencia nacional.


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En el ideario de algunas Cortes Supremas de la región, informó el Ministro, existe consenso en que la justicia progresa, se expande y se arraiga en la sociedad, cuando todos tienen la misma oportunidad de acceder a decir su verdad. Por esa razón, existe en la Constitución el pjf, para velar por el respeto de los dh y guardar la regularidad constitucional de los actos del poder público para que su ejercicio, no se aparte del proyecto nacional consagrado en ella.“Esa es la Constitución, la Ley suprema que los integrantes de la SCJN y en su totalidad del Poder Judicial de la Federación en conjunto protegemos.”

al maestro Erick Espinosa Rivera, Notario número 10 del Estado de Querétaro, y al ingeniero Jaime García Olivares, Presidente de la Fundación Josefa Vergara, dar la Escritura Pública en la que se consta la transmisión de la propiedad del Teatro de la República al Senador Pablo Escudero Morales, Presidente de la Mesa Directiva de la Honorable Cámara de Senadores. El acto fue atestiguado por el Presidente Peña Nieto y firmaron como testigos el Ministro de la

scjn y el Gobernador del Estado de Querétaro. Dentro de la celebración, correspondió al Presidente del Banco de México presentar la monde de 20 y billete de 100 pesos, conmemorativos al Centenario de la Promulgación de la Constitución mexicana. Cabe resaltar que ambas piezas son de curso legal, por lo que las personas podrán realizar con ellas cualquier tipo de pago. Asimismo, se llevó a cabo la cancelación del timbre postal alusivo a la festividad.

El Ministro Aguilar Morales destacó que una democracia estable es un valor en sí mismo, más allá de los desafíos globales a la que es sometida. No es un estado permanente, es algo por lo que se debe luchar y defender cada día. “Los ciudadanos y ciudadanas, sobre los que se sustenta nuestra democracia han dado muestras de madurez política, de su capacidad de transformar a las instituciones y a las personas; por eso, hoy con acierto se nos exige a los servidores públicos establecer un diálogo frontal, sincero y transparente con la ciudadanía.” Finalmente, puntualizó que hace 100 años, en momentos cruciales para el destino del país, el Teatro de la República, el esfuerzo de mexicanos valiosos dotó de decisiones políticas fundamentales a México, para consolidarse como una Nación justa. “La Constitución es nuestra guía. Nos marca el rumbo”. Teatro de la República de México para los mexicanos

La ceremonia conmemorativa al Centenario de la Constitución Mexicana, fue el marco para formalizar la entrega a la nación de las escrituras del teatro de la República. Fue así que correspondió

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Promulgan

Constitución de la CDMX Marco A. Ríos

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l pasado 5 de febrero, coincidiendo con el Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, finalmente la Ciudad de México alcanzó su mayoría de edad como entidad federativa al promulgar el Constituyente la Constitución de la cdmx. A la que seguramente le seguirán una serie de cuestionamientos que auguran una ola de juicios ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que definan si su texto se ajustó o no al de la federal. Así, integrada por 71 artículos y 39 transitorios, los capitalinos cuentan ya con una norma suprema que les permite la independencia política y jurídica añorada por décadas y que pretende estar a la vanguardia en cuanto a derechos y deberes.

Chong, presidir la ceremonia de Firma del Decreto Promulgatorio, que ordena la Publicación de la Constitución Política de la Ciudad de México en el Diario Oficial de la Federación.

México integra, en primer término, los derechos humanos de todas las personas, así como los tratados suscritos por el gobierno mexicano a nivel internacional en la materia. Amplía los derechos sociales y civiles, desde el derecho a un mínimo vital para sus habitantes, al matrimonio igualitario y a una muerte digna. Establece los deberes de los ciudadanos, incluido la protección de los animales, propone nuevas modalidades en el ejercicio del buen gobierno, la planeación de la Ciudad, asumiendo al territorio como el eje articulador de las políticas públicas en beneficio de los habitantes de la Capital.

En cumplimiento con las fechas previstas por la Reforma del Estado, la Asamblea Constituyente, responsable de redactar la Carta Magna capitalina, entregó en tiempo y forma el documento reglamentario para su publicación, disponiendo que entrará en vigor el próximo 17 de septiembre de 2018 y que las leyes relativas de los diferentes Poderes de la capital del país, iniciarán de manera escalonada, para el Poder Legislativo el 17 de septiembre del 2018, para el Poder Ejecutivo, el 5 de Democracia Directa diciembre de ese mismo año y las del Poder Judicial, el 1o. de junio del 2019, La Constitución de la cdmx promueve Correspondió al Jefe de Gobierno siendo la única que entró en vigencia una democracia directa y participatiMiguel Ángel Mancera Espinosa, la electoral. va al validar figuras como la Iniciativa acompañado del Secretario de Gociudadana, el Referéndum, el Plebiscibernación, Miguel Ángel Osorio La Constitución de la Ciudad de to, la Consulta Ciudadana, la Consulta

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Popular y la Revocación de mandato. Los dos primeros serán vinculantes cuando cuenten con la participación de al menos la tercera parte de las personas inscritas en el listado nominal de electores del ámbito respectivo. Mientras que las consultas con la participación de al menos el 15% de las personas inscritas en el listado nominal de electores. En el caso de la revocación de mandato podrá solicitarse con el 10%, como mínimo, los inscritos en la lista nominal, sólo procederá una vez, cuando haya transcurrido al menos la mitad de la duración del cargo de representación popular de que se trate. Con ella, como lo señaló en su momento el Presidente de la Asamblea Constituyente, Sen. Alejandro Encinas Rodríguez, se dio por terminado el último vestigio de lo que fue el Departamento del Distrito Federal y de las delegaciones políticas, las cuales pasan a ser alcaldías. Se lograron también nuevas formas de democracia participativa y de gestión metropolitana, pero sobre todo, se transformó al Poder Judicial local, que fue objeto de la reforma más profunda que se conozca en las últimas décadas en México. La nueva Constitución cimentó su legitimidad, dijo Encinas Rodríguez, pese a las diferencias en cuanto al déficit democrático. En ella se atendieron los intereses y aspiraciones de los ciudadanos para asegurar su desarrollo sustentable y el usufructo equitativo de la Ciudad para que en los usos del suelo, los espacios públicos, los bienes públicos y privados, se dé prioridad al desarrollo y a la cohesión social. Se buscó, destacó el constitucionalista, que el interés público prevalezca sobre el interés privado y donde el suelo y la propiedad cumplen una función social que permita el disfrute de la Ciudad y la satisfacción de las necesidades de los individuos y de la comunidad en su conjunto.“La nueva Constitución de la Ciudad de México ha empoderado a los ciudadanos en la solución de los asuntos públicos y siempre éste deberá

Se incluye en la Constitución de la CDMX figuras como el Iniciativa ciudadana, el Referéndum, el Plebiscito, la Consulta Ciudadana, la Consulta Popular y la Revocación de mandato. prevalecer por encima del interés de unos cuantos. Hoy cerramos ese ciclo iniciado hace 193 años para alcanzar la autonomía de nuestra ciudad.”

nas al medio ambiente y el desarrollo sustentable, señaló Mancera. La pluralidad que se buscó para la Carta de la cdmx trajo consigo temas vanguardistas como el derecho a una muerte digna, la revocación de mandato e incluso, el Poder Judicial capitalino fue alcanzado, al acotarse el tiempo en el cargo para el Presidente del Tribunal de Justicia de la cdmx, el cual quedó restringido a 1 año, sin posibilidad de reelección, y lo más polémico, no podrá presidir Consejo de la Judicatura local, como sucede hasta hora.

Miguel Ángel Mancera destacó durante la ceremonia de firma del decreto promulgatorio algunas virtudes de la nueva Carta de la cdmx, aseverando que es un documento jurídico fundacional creado en medio del debate, de la modernidad. Tiene en su construcción el antecedente de haber exigido el más riguroso consenso, dentro de la más amplia participación de las fuerzas políticas de la ciudad, por eso, hizo un reconocimiento al trabajo de los constituyentes, hombres y muje- Reestructura Profunda del res, dijo, que lograron se distinga la Tribunal de Justicia de la CDMX capital del país, como una entidad intercultural, pluriétnica, plurilingüe, • El Consejo se integrará por abierta a los migrantes, a los desplazasiete consejeras o consejeros dos y refugiados, con la dignidad hudesignados por el Consejo mana como principio rector supremo. Judicial Ciudadano, de los “La Constitución de la CDMX asume cuales 3 deberán contar con carrera judicial. el respeto a los derechos humanos, a • Quien sea designado para la no violencia, a la función social, a presidir el Tribunal Superior la democracia directa, a la igualdad de Justicia, no podrá presidir sustantiva, a la dignidad del trabajo el Consejo de la Judicatura. y del ingreso, al acceso a la justicia, al • Las y los magistrados intecuidado del medio ambiente”. grantes del pleno del Tribunal Superior de Justicia elegirán Es así, refirió el Ejecutivo local, por mayoría de votos en sesión que en 71 artículos, la Ciudad de pública, y mediante sufragio México apuesta a su desarrollo en secreto, a la persona que lo los próximos años. Es una ciudad presidirá durante un año, sin de libertades, de lucha social que posibilidad de reelección alha definido su vocación para deguna, sea sucesiva o alternada fender a la gente, para estar con los • Las y los consejeros de la Jujóvenes, con los estudiantes, con dicatura, durarán seis años la gente de trabajo, con todas las en el cargo y no podrán ser colonias, con quien más lo necesita, nombrados para un nuevo con las mujeres jefas de familia. Se período. defiende al periodista, a los ídige-

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ARTÍCULO | Independencia Judicial Frente a la Libertad de Expresión en Redes Sociales

Independencia Judicial

Frente a la Libertad de Expresión en Redes

Sociales

Dr. Fernando Córdova del Valle

Magistrado del Segundo Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Cuarta Región en Xalapa, Veracruz.

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urante mucho tiempo los juzgadores han permanecido en su labor callada, y alejada de los reflectores que constituye la mayor parte de su vocación, debido a diversos paradigmas que consideran que tales aspectos, además de requerirse para el ejercicio correcto de su profesión, podrían incidir dentro de la independencia judicial.

Y es que, por extraño que parezca, los comentarios más usuales de la sociedad apuntan a que el juzgador, al haber sido seleccionado por su mérito personal y capacidad personal, debido a las funciones jurisdiccionales que desempeña, debe permanecer totalmente aislado de lo que a su alrededor existe, en lo atinente a la participación activa dentro de las redes sociales, ya que pudiera recibir algún tipo de influencia o presión por parte de algún grupo al momento de emitir sus determinaciones judiciales, algo que atentaría contra lo establecido en su Código de Ética. Pero incluso, la crítica va más allá, pues no sólo abarca aspectos como el de “ser amigo” en Facebook o Twitter, sino que tan sólo el hecho de dar like en las redes sociales, trae consigo la afirmación de estar de acuerdo con lo que ahí se menciona, sean comentarios políticos, económicos, sociales, raciales e

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incluso religiosos, entre otros más, algo que creo que no puede concebirse así en ningún aspecto. Hay quienes dicen que el juzgador por intervenir en esos medios informáticos estaría sujeto a influencias de diversos grupos sociales para el dictado de sus resoluciones. De tal suerte que pareciera que los jueces deben permanecer en total aislamiento, no tan participativos en las redes sociales, para lo cual se nos exige tomar en cuenta que las comunicaciones sociales llegan a cientos, quizá miles de personas que desconocemos en su mayoría. Sin embargo, como todo ser humano, persigue la justicia como un ideal, por lo que piensa, siente, y tiene su propia personalidad, siendo inevitable que transmita, inspire, tenga deseos, pasiones e intereses en diversos ámbitos. Lo anterior, lleva a reflexionar, ¿hasta qué punto un juez puede o no participar con sus opiniones en las redes sociales? y ¿si el juzgador se puede separar de sus funciones jurisdiccionales al momento de emitir sus opiniones personales en diversos temas que no sean jurídicos?

“Artículo 131. Serán causas de responsabilidad para los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación: … IX. Emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento; …” A mi parecer, la interpretación que cabe otorgar a este precepto legal es que dicha prohibición reside exclusivamente en el ejercicio de la actividad jurisdiccional, es decir, cuando el juez dicta autos o sentencias, la cual podría repercutir en su garantía de inamovilidad en el cargo. Pero considero que no es aplicable cuando, en su condición de ciudadano, emite opiniones acerca de temas de interés jurídico en los aspectos educativo, social, político o económico. Esto es, el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión está limitado por vía legal sólo en la medida que puede interferir en el ejercicio responsable de la actividad jurisdiccional. Es decir, los jueces (en sentido amplio) no pueden opinar de aquellos asuntos que investigan o que tienen que juzgar, a fin de que su imparcialidad no quede comprometida.

A fin de contestar dicha interrogante, considero necesario traer al tema lo dispuesto en el artículo 131 de la Ley Prohibirles o limitarles de comparOrgánica del Poder Judicial de la Fe- tir ideas en las redes sociales ¿podría coartar su derecho a opinar y a exderación, el cual establece:


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viduos u organizaciones) que están relacionados de acuerdo a algún criterio o contexto social (relación proPara responder a esa interrogante, fesional, amistad, parentesco, etc.). considero debemos ver que, en re- Normalmente se representan simbolación con la libertad de opinión y lizando los actores como nodos y las expresión, establece el Artículo 19 de relaciones como líneas que los unen la Declaración Universal de los De- conformando un lazo interpersonal”.2 rechos Humanos: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión Por cuanto a los juzgadores, son visy expresión; este derecho incluye el de tos como representantes del Estano ser molestado a causa de sus opi- do en la administración de justicia niones, el de investigar y de recibir y líderes deontológicos, y por ende informaciones y opiniones, y el de di- siempre se encuentran expuestos fundirlas, sin limitación de fronteras, al escrutinio de la sociedad en sus por cualquier medio de expresión.” decisiones judiciales, comentarios y vida personal. A su vez, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de Sin embargo, es inevitable que el San José de Costa Rica de 1969, en juez, como todo ser humano, tenel Artículo 131 señala: “Libertad de ga el deseo y derecho de ejercer su libertad de expresión responsablepensamiento y de expresión. mente para participar en las redes 1. Toda persona tiene derecho a la li- sociales en diversos ámbitos, lo cual bertad de pensamiento y de expresión. no necesariamente debe influenciar Este derecho comprende la libertad de en las decisiones jurisdiccionales que buscar, recibir y difundir informacio- emita, apartándose de objetividad y nes e ideas de toda índole, sin conside- afectando su independencia judicial. raciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artís- En la actualidad las redes sociales tica, o por cualquier otro procedimien- intervienen en varios niveles, pues permiten a las personas comunicarto de su elección y gusto (…)” se con sus amigos e incluso realizar Sabedor de que las redes sociales hoy nuevas amistades; también contribuhan cambiado la forma de relacio- yen a interactuar con la familia. De narnos, y de que si bien la amistad y igual modo, se han convertido en la justicia parecen valores totalmen- un método de estudio de diversas te independientes, pero que unidos disciplinas, al dar a conocer por ese pueden crear una fuerza capaz de medio tratamientos de salud, entre lograr el cambio que en la actuali- otros, y transmitir conocimiento de dad es necesario, decidí buscar en diversas ciencias. En otras ocasiones, la que, muchas veces, parece ser la conforman redes políticas debido a caja de pandora, el internet, cómo es que permiten la interacción entre el visto el juez y sus amigos en las redes Estado y gobernados en el aspecto de sociales, principalmente Facebook y dar a conocer cierta información de carácter general, y a su vez los ciudaTwitter, encontrando lo siguiente. danos emiten sus opiniones de aqueEn principio, una red social es, “una llo con lo que difieren, conformando estructura social compuesta por un un papel crítico en la determinación conjunto de actores (tales como indi- de la agenda pública. presarse libremente y repercutir en su independencia judicial?

Así como muchos juzgadores con motivo de su experiencia y vocación dan clases en las aulas explicando temas jurídicos a sus alumnos, bien pueden aportar a la generación de contenido jurídico digital en los temas que impactan a la sociedad, lo que implicaría llevar sus conocimientos vertidos en las aulas físicas de escuelas al mundo virtual, para llegar a un mayor número de jóvenes de cualquier parte del mundo. Ahora bien, ¿la relación entre la figura del juzgador y las redes sociales se puede llevar a a cabo? ¿Los juzgadores pueden tener Facebook y twitter? ¿Pueden ser jueces y abogados “amigos” en las redes sociales? Si los juzgadores federales son los encargados de tutelar los derechos humanos de la sociedad, ¿por qué razón, con motivo de la actividad que desempeñan por vocación se les ve limitado su derecho a la libertad de expresión en las redes sociales? Cabe señalar que los jueces y magistrados del Poder Judicial Federal tratándose de asuntos de naturaleza laboral, cuentan con apoyo por parte del Consejo de la Judicatura Federal, a través de la Dirección General de Comunicación Social, para dar a conocer sus sentencias y resoluciones, así como ser asesorados y auxiliados cuando tengan que “enfrentarse” con los medios de comunicación. En una de tantas páginas de internet (m.genbeta.com), se narra que un abogado defensor interpuso recurso en juicio celebrado en Florida, contra el juez por el hecho de que el letrado de la acusación y el juzgador eran amigos en Facebook y ello podría afectar a la imparcialidad de este.

http://bovmsilap.scjn.pjf.gob.mx/Buscador/Paginas/wfArticuladoResultadoBusqueda.aspx?IdOrd=22843&IdRef=3&Texto=13&IdPrev=0&Tipo=0 https://es.wikipedia.org/wiki/Red_social consultado el 29 de septiembre de 2016.

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ARTÍCULO | La Transformación del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

Si partimos de ese caso práctico, tendríamos que considerar si un amigo de Facebook o seguidor de Twitter pueden llegar a constituir una causal o hipótesis de impedimento, basada en la amistad estrecha de una de las partes con el servidor público. Interrogante que lleva a su vez a reflexionar sobre ¿qué debe entenderse por estrecha amistad? Al respecto, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la ejecutoria que pronunció con motivo de la contradicción de tesis 4/2002-S y que dio origen a la jurisprudencia 36/2002 definió lo que se debe entender por estrecha amistad: Dicha jurisprudencia es del rubro y texto siguiente: “IMPEDIMENTO POR CAUSA DE AMISTAD ESTRECHA. PARA CALIFICARLO DE LEGAL ES SUFICIENTE LA MANIFESTACIÓN

QUE EN ESE SENTIDO HACE EL FUNCIONARIO JUDICIAL RESPECTIVO. De conformidad con lo dispuesto en la fracción VI del artículo 66 de la Ley de Amparo, los funcionarios ahí mencionados estarán impedidos para conocer del juicio de garantías cuando tengan amistad estrecha o enemistad manifiesta con alguna de las partes, sus abogados o representantes. En consecuencia, si algún funcionario judicial manifiesta que tiene amistad estrecha por existir convivencia familiar frecuente con una de las partes, esta causal de impedimento debe tenerse por acreditada no sólo en mérito de la credibilidad que como Juez goza, sino porque tal manifestación valorada en términos de lo previsto en los artículos 93, fracción I, 95, 96 y 199 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria conforme al artículo 2o. de la referida Ley de Amparo, tiene validez probatoria plena, por tratarse de una confesión expresa en lo que le

perjudica, hecha por persona capaz para obligarse, con pleno conocimiento, sin coacción ni violencia y proveniente de un hecho propio, en relación con el asunto de donde se originó la excusa planteada.3 Relacionado con lo anterior, resulta importante traer a la vista el artículo 51 de la Ley de Amparo en el que se establecen los supuestos de impedimento, que a la letra dice: “Artículo 51. Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de circuito, los jueces de distrito, así como las autoridades que conozcan de los juicios de amparo, deberán excusarse cuando ocurra cualquiera de las siguientes causas de impedimento: (…) VII. Si tuvieren amistad estrecha o enemistad manifiesta con alguna de las partes, sus abogados o representantes; y (…)”

Época: Novena Época.--- Registro: 186939.--- Instancia: Segunda Sala.--- Tipo de Tesis: Jurisprudencia.--- Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.--- Tomo XV, Mayo de 2002.--- Materia(s): Común.--- Tesis: 2a./J. 36/2002.--- Página: 105.

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ARTÍCULO

Del precepto legal transcrito se infiere que son 6 los únicos supuestos de impedimento, los cuales pueden clasificarse en función de poder constituir: a. Razones de parentesco, amis-

Es inevitable que el juez, como todo ser humano, tenga el deseo y derecho de ejercer su libertad de expresión responsablemente para participar en las redes sociales en diversos ámbitos.

tad o enemistad con las partes, sus abogados o representantes, fracciones i y vi. b. Interés que el juzgador pueda tener en el asunto, fracciones • Intervenir en posturas políticrear lazos afectivos, en otras tantas ii, iii y v. cas partidarias ni exteriorizar c. Responsabilidad que haya ocasiones no crean vínculos que imposiciones que lo muestren tenido o tenga en el asunto o pidan al funcionario judicial guardar susceptible de verse influido haber manifestado su opinión, la imparcialidad que debe tener al repor grupos o personas. solver los negocios en que intervenga, fracción iv. • Formular manifestaciones que influyan en su ánimo apartándounilaterales ni participar en Pues bien, en la ejecutoria que dio lo de la objetividad al emitir el fallo intercambios proselitistas origen a dicho criterio jurispruden- correspondiente. Tales expresiones o que anuncien posturas o cial, en concordancia con el artículo que realice el juzgador pueden ser muestren quiénes o cómo 51 de la Ley de Amparo, se procedió con una finalidad informativa, de podrían influir en su ánimo. al análisis de la naturaleza jurídica transmitir conocimiento, de afinidad • Pensar que sus expresiones del impedimento, y refirió que para con algún hobbie, deporte, o constisólo dicen lo que literalmeninvocar la “amistad estrecha” como tuir una mera opinión pero sin afecte expresan, sino que debe causal de impedimento, no resulta tar derechos de terceros. prever que desconoce su posuficiente la simple amistad que tencial de audiencia y las impuede no pasar de una relación de Por lo que si la manifestación del plicaciones según el contexto conocimiento, sino que es indispen- juzgador en uso de su libertad de en que es emitido y asumir sable que se traduzca en una gran fa- expresión no genera o recibe afecque eventualmente podría ser miliaridad, cuyo trato sea frecuente, tos íntimos capaces de inclinar su exhibido fuera del contexto presuponga que se guardan vínculos ánimo a favorecer a persona algupresente. que rebasan los normales que tienen na, con independencia de que sea • No puede “participar como entre sí las personas que por diversos su seguidora en Facebook y Twitter, simple oyente en una red”, o no se le debería limitar su expresión motivos están en relación. “darle likes a las publicacioy derecho a incorporarse a los menes efectuadas” pues puede Es decir, la amistad estrecha atañe al dios de comunicación de la época, ni ser interpretado “como una ámbito afectivo y subjetivo del juz- considerarse que afecta su indepenadhesión a los contenidos gador impedido, de tal manera que dencia judicial. que sean intercambiados influye en forma directa a su ánimo en ella”. y es, precisamente, ese ánimo el que Sin llegar al extremo de pensar en debe estar carente de todo elemento que se puede llegar a vulnerar tal que pueda afectar la imparcialidad derecho, prefiero exponer 2 postu- En tanto, se recomienda que los fune independencia de su actuación ju- ras: una a favor y otra en contra del cionarios judiciales deberían: manejo de las redes sociales por parrisdiccional. • Tomar en cuenta que la comute de los jueces, no sin antes dejar nicación en las redes llega a De lo que se colige que realmente no claramente establecido que dentro una audiencia cuya integrapuede considerarse para efectos jurí- de la Ley, cada uno de nosotros debe ción queda fuera del control dicos que exista una estrecha amis- asumir con responsabilidad la forma del que las utiliza, así como la tad con los seguidores que se tengan de manifestar nuestras ideas. permanencia de la comunicaen medios de comunicación, Twitter, ción en los registros digitales. Facebook, Instagram (galería de vi- Así tenemos que, acorde con las crí• Advertir que los contactos en ticas que en internet se vierten en deos y fotos). las redes sociales pueden gecascadas sobre el tema, retomo las nerar dudas en los abogados No obstante, a pesar de que tales principales en el sentido de que el y en las partes, lo que no sólo mecanismos tecnológicos pueden juzgador no debe:

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ARTÍCULO | Independencia Judicial Frente a la Libertad de Expresión en Redes Sociales

puede surgir de manifestaciones concretas sino de la admisión misma, por el juez, de determinados abogados o litigantes como contactos de su red. Evaluar el significado que tiene admitir o no admitir a una persona a sus contactos, y considerar, a la hora de crearse un perfil las consecuencias de identificarse como juez. Tener un cuidado extremo cuando se acude a las redes sociales, pues se expone a recibir críticas, además que la contestación que emita lo coloca en posición de infracción, y si actúa con silencio, da margen a interpretar esa situación de la que fue criticado, como que asiente que tienen razón una posición concreta. Los jueces han de ser, además de conocedores del derecho que han de aplicar, personas inmersas en la sociedad, con la mirada bien abierta al entorno social, comprometido en la defensa de los derechos constitucionales. El juez debe ser un ente sensible, para así impartir justicia con equidad, entendiendo a las partes, sin dádivas, promesas o lamentos que puedan influir en sus determinaciones. Un juez cabal no puede perder el equilibrio que la rectitud de su juicio exige y que es lo que de él esperan quienes están en el estrado. Nada debe turbar la conciencia del juzgador que tendrá siempre el interés de la justicia, y no el propio.

Corolario de lo expuesto, considero que los juzgadores al desempeñar tan honorable función, también se convierten en líderes de opinión pues tienen la capacidad de ejercer influencia sobre las actitudes o la conducta de

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cuestionadas; deben actuar con prudencia, con diligencia, ser cautos, no juzgar, no criticar, actuar con mesura, tener sutileza de las palabras, pues evitando hablar de más se impide quedar expuesto. Deben además Empero esa capacidad de trans- guardar respeto, no forzar, no mamitir, para procesos que no fueron nipular, ni inducir, siendo incluso sometidos a su potestad, no deben promotores del debate razonado e ser limitados por la sociedad o por imparciales al abstenerse de emitir el mismo Estado, siempre y cuando cualquier opinión que implique prelos funcionarios estén conscientes y juzgar sobre un asunto. asuman la responsabilidad al emitir No olvidemos o pasemos por alto, sus opiniones. que los tiempos actuales exigen Para ello, los juzgadores al emitir esa transformación, ya que al sus comentarios dentro de las redes permitir esa libertad de expresión sociales y a fin de que no se les trans- al juzgador dentro de las redes greda su libertad de expresión en sociales con responsabilidad se los temas que se les cuestionen y no contribuirá a formar funcionarios tengan relación con la función que el modelos de un juez constitucional Estado les confirió, deben cumplir del siglo xxi, en los que en ningún con la función del “buen orador”, esto momento se verá afectada su indees, no dejar palabras que puedan ser pendencia judicial. otros individuos, hacia ciertas formas de pensar o de actuar, en virtud de que son percibidos por los demás como una autoridad o una fuente confiable de información, noticias, o reflexiones.


ARTÍCULO

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ARTÍCULO | La Trata de Personas Requiere de la Coordinación del Estado Mexicano

La Trata de Personas

Requiere de la Coordinación del

Estado Mexicano

Dra. América A. Nava Trujillo

Directora General de Estrategias para la Atención de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Derechos Humanos en la Secretaria de Gobernación.

L

a trata de personas es un delito sumamente complejo en su investigación, persecución y sanción, pues carece de un objeto sobre el cual recaiga una conducta considerada como delictiva. Es decir, no se habla de la existencia de un objeto robado, no hay como tal un bien inmueble sobre el que recae la conducta, y los instrumentos para llevarlo a cabo tampoco son objetos. Por otro, también puede confundirse con otros delitos como violación o lenocinio, e incluso hasta por una violencia familiar cuando se habla de un esposo que explota sexualmente a su mujer.

tancias internacionales e instituciones académicas, en el diseño y la aplicación del Programa Nacional contra la tata de personas. Debiendo prevalecer en cada servidor de todas y cada una de las instancias que integran la Comisión Intersecretarial, llámese instituciones gubernamentales, representantes de la sociedad civil de la sociedad civil e instituciones privadas, una gran sensibilidad para el maneja de un tema tan delicado. Ante este panorama, dando cumplimiento a lo establecido por la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos delitos, que prevé que las personas en situación de víctimas recibirán ayuda provisional, oportuna y rápida, de acuerdo a las necesidades inmediatas que tengan relación directa con el hecho victimizante, establece que las víctimas tienen derecho a ser reparadas de manera oportuna, plena, diferenciada, transformadora, integral y efectiva por el daño que han sufrido como consecuencia del delito, del hecho victimizante o de las violaciones a dh.

En este sentido, es necesario señalar que las víctimas de este flagelo de la sociedad no pueden ser asistidas de la misma forma que otras de diversos delitos. Por eso, la Comisión Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos, de la que soy la Secretaria Técnica, tiene entre sus funciones fundamentales, la de establecer las bases para la coordinación nacional entre los 3 poderes y órdenes de gobierno, organismos oficiales de defensa de los Derechos Hu- Todos, absolutamente todos sin dismanos (dh), organizaciones de la tinción alguna tenemos derecho a sociedad civil, organismos e ins- elegir un trabajo, a ejercer una pro-

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fesión u oficio y a recibir a cambio un salario. Gozamos de la libertad de elegir en qué labores deseamos desempeñarnos, y si un oficio no nos agrada o no se ajusta a nuestras necesidades podemos cambiarlo para buscar otras opciones. Pero, alguna vez nos hemos preguntado qué pasaría si llegara alguien, cualquier persona, conocida o no, y nos dijera, “tu trabajo ahora es mío, tus ganancias son mías, tu tiempo es mío, dormirás cuando yo te lo permita, harás lo que yo te diga”. Cualquiera de nosotros podría responder que no lo permitiría bajo ninguna circunstancia, que para ello constitucionalmente tenemos garantizado este derecho y que nadie puede privarnos de él, sin embargo, ¿qué pasa con quienes no pueden oponerse? Justamente eso es la trata de personas. La total restricción de los derechos de una persona, que le pertenecen desde el momento en el que nació, es la privación de vivir como cualquier otra. Las víctimas de este delito dejan de ser personas con pleno uso y disfrute de sus derechos para convertirse en una “cosa”. La libertad es un derecho primordial, adherido a nosotros desde nuestro nacimiento, y no debería existir razón alguna para su restricción; bajo ningún contexto costumbrista o de tolerancia debería restringirse. Pero la realidad es


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otra, lamentablemente en nuestros tiempos y en nuestra sociedad existe, se ha ido intensificando y pareciera que hasta perfeccionado; esta nueva forma de esclavitud comienza a presentarse en diversas modalidades como los trabajos forzados, la obligación a la mendicidad, la explotación sexual, la extracción de órganos, el uso de personas menores de dieciocho años para actos delictivos, la adopción ilegal de personas menores de dieciocho años, el matrimonio forzoso o servil, la experimentación biomédica, entre otros. Todos hemos visto en algún momento de nuestras vidas a niñas, niños, adolescentes, ancianos pidiendo dinero en las calles o realizar trabajos que si lo analizamos, seguramente no es lo que deseaban hacer. Y es que este delito va más allá de lo que vemos, el tratante puede ser cualquier persona sin característica particular alguna, puede ser el mismo padre o la madre, la pareja sentimental, el sujeto que finge ser algún familiar ante los ojos de los demás y nosotros pasamos frente a ellos sin conocer el trasfondo de su situación.

No sólo afecta a nuestras mujeres o a nuestras niñas, también a los varones, a los niños, a los ancianos, a nuestros indígenas, recordemos entonces que la explotación laboral. No imaginamos que existen seres sin escrúpulos que viven a costa de otros, porque ese es el tratante, una persona que negocia con seres humanos, que los denigra y degrada hasta convertirlos en mercancía para ser vendida, comprada, entregada, recibida por otros. No es un problema de siglos pasados, es de nuestros tiempos, de nuestro siglo; crece conforme avanza la tecnología, la ciencia, las artes. Tampoco es un problema de otros

países o continentes, es de México, que nace, se desarrolla y culmina en nuestro país, en nuestros estados de la república, en nuestra sociedad. Este no es un problema de razas o de religiones, afecta a toda la población sin distinción alguna, encontrándose cierto, entre las víctimas más vulnerables son pertenecientes a las clases más pobres. No sólo daña a nuestras mujeres o a nuestras niñas, también a los varones, a los niños, a los ancianos, a nuestros indígenas, recordemos entonces que la explotación laboral es una de las diversas modalidades de la trata de personas. Existen campos de siembra y cosecha de café, de azúcar, de algodón entre otros productos, en donde la condición de las y los trabajadores es inhumana, en donde en muchas ocasiones lo poco que ganan es apenas lo suficiente para pagar a los mismos contratantes, o yo diría explotadores, un poco de comida, y así es su vida, sin opciones ni esperanzas. En estos campos se han encontrado familias enteras que allí se formaron, allí crecieron, y

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cuyos hijos continuaron ese mismo ciclo. Las leyes se construyen para combatir este delito tan lacerante, se modifican, y se continúan perfeccionando, pero este fenómeno va más allá de una ley, se ha robustecido ante la apatía, la falta de información, de oportunidades tanto de estudio como laborales, y ante su invisibilidad. Y quizá cada uno de nosotros se puede preguntar, y yo ¿qué puedo hacer ante ello?, pues difundiendo la información que está a nuestro alcance. Fomentar, desde nuestros hogares, valores y principios, así como el respeto hacia las personas que tenemos al lado; pareciera que hemos olvidado que en la trata de personas no sólo existen víctimas; también victimarios, llámeseles lenones, padrotes, patrones, o como sea, y son estas

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personas quienes ejercen sobre las víctimas cualquier acto de vejación inimaginable. Nuestra principal atención debe estar enfocada en el apoyo, ayuda, asistencia y reparación integral a las víctimas, pero nuestro problema a erradicar es la existencia de aquellas personas que sin escrúpulos y sin remordimiento reproducen las conductas que por generaciones han aprendido desde su núcleo familiar. Y es que los tratantes, los explotadores, son quienes están al acecho de sus víctimas, juegan roles de enganchamiento, reclutamiento y de sometimiento en las mismas, son quienes viven del producto de la explotación, sea sexual, laboral, mendicidad forzada, son quienes las ofrecen, las comercializan, las explotan, cre-

yéndose dueños de sus vidas, pero ¿en qué momento se convirtieron en esos seres, cuando optaron por volverse tratantes? Justamente de aquella falta de valores que desde su mismo hogar dejaron de fomentar y de arraigar, observando conductas violentas entre su familia como parte de un estilo de vida, del acontecer diario, aprendiendo el total irrespeto a sus mayores, a los niños, a sus maestros, y en general a los miembros de su sociedad. Como la mayoría sabemos, la pobreza es un factor de vulnerabilidad para ser víctimas de este delito, pero no es el único; pensemos y analicemos que en los casos como la extracción de órganos no se distingue entre pobreza ni riqueza, pues el único requisito es tener órganos sanos, si lo vemos desde esta pers-


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pectiva entonces no podremos decir que eso jamás nos sucederá a nosotros, más bien, deberíamos pensar que a cualquiera nos puede pasar.

El tratante es una persona que negocia con seres humanos, los denigra y degrada hasta convertirlos en mercancía para ser vendida y recibida por otros.

Sabemos, ya sea en las redes sociales, entre vecinos, en nuestra colonia y hasta en nuestra familia, sobre casos de desaparición de niñas y niños en circunstancias extrañas, en las que el menor de los descuidos es la causa del peor de los males, la pérdida de un hijo. El fin de esas criaturas realmente no lo sabemos, y pensar en lo que pudieron haberlos utilizado resulta aterrorizante, alcanzando límites a los que ni la ficción podría llegar. Por eso, este es un llamado a la conciencia, a la unión de esfuerzos, de cuidados, de difusión de información, de dejar a secretarial de Trata; pero también, un lado la apatía, de ocuparnos más desde nuestras casas podemos que preocuparnos. fomentar valores como el respeto a la libertad, a la justicia, el al deQuienes trabajamos en la erradi- recho de no ser discriminados. En cación de este fenómeno somos nuestro hogar se gestan las nuevas quienes formamos parte de las ins- generaciones, las que con diferente tituciones, en mi caso como Secre- ideología dejarán de desear, por votaria Técnica de la Comisión Inter- luntad propia, continuar con tradi-

ciones tan primitivas como la de ser lenones, como la de sacar provecho del trabajo de la gente a costa de su degradación y sometimiento, como la de reclutar ancianos, niñas y niños para colocarlos en esquinas a pedir dinero. O como médicos, enfermeras, enfermeros que participan en la extracción de órganos sin mediar un poco de remordimiento ni conciencia, como la de realizar experimentos científicos en seres humanos sin importar si otorgaron o no su consentimiento para ello, sin importar las consecuencias que pudieran acarrear en su salud. Cuando la conciencia, que no es más que el conocimiento responsable y personal de un deber o de una situación, logre permear en la mente de estas generaciones, de las que están determinadas a continuar con estas actitudes tan viles por cuestiones de costumbre, de continuar con el “negocio”, será entonces cuando se lograrán los cambios, y espero nosotros podamos estar aquí para verlos.

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Sen. Fernando Herrera Ávila, Presidente de la Junta de Coordinación Política; Dr. Raúl Cervantes Andrade, Titular de la PGR y Sen. Pablo Escudero Morales, Presidente de la Mesa Directiva del Senado.

Presenta en el Senado el Procurador

Raúl Cervantes Andrade su Diagnóstico sobre el

Desempeño del Modelo de Justicia Penal Dr. Juan D. Balanzátegui Sánchez

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l pasado mes de febrero el Procurador General de la República, Raúl Cervantes Andrade, entregó en el Senado su Diagnóstico Institucional sobre el Desempeño del Nuevo Modelo de Justicia Penal Acusatorio. En un encuentro con los integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Cámara Alta y con la presencia del Presidente en turno de la conago, el Gobernador de Morelos Graco Ramírez Abreu, reconoció la necesidad de generar política pública de procuración de justicia o criminal que ayude a establecer cuándo es propicio acudir a juicio o utilizar los medios alternos de solución de conflictos desde

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Reconoció que mientras el marco jurídico penal ha evolucionado, y que las procuradurías de justicia de todo Ante los legisladores, explicó cuá- el país implementaron en tiempo y les han sido los beneficios del Códi- forma el sistema penal acusatorio, la go Nacional de Procedimientos Pe- arquitectura institucional de la pgr y nales para los usuarios del sistema, sus homólogos en los estados, no lo en donde se homologan los roles han hecho en el mismo grado. de los operadores y usuarios del proceso penal, así como las reglas Eso explica el escaso uso de elecon las que se procesan los asuntos. mentos del sistema penal, imporCervantes Andrade propuso crear tantes por sus beneficios, a las una política pública de criterios personas como los Medios Alternade oportunidad que procure jus- tivos de Solución de Controversias, ticia y no genere impunidad, ya los criterios de oportunidad, o la que en el nuevo sistema penal,“no terminación anticipada del procetodo se hizo para llevar a juicio, so, así como la falta de desarrollo es necesario generar una cultura de las capacidades de investigación de resolución como lomandata la y litigio, importantes para el sistema adversarial. Constitución.” el primer contacto de la víctima en el Ministerio Público.


EVENTO

En las conclusiones del documento se destalla que el Estado mexicano está obligado a diseñar un nuevo modelo de arquitectura institucional acorde al Sistema de Justicia Penal Acusatorio, que lo haga operable, enfatizando que éste debe ser capaz de replicarse en las 33 procuradurías y fiscalías de los 2 órdenes de gobierno. Por eso, el Procurador Cervantes Andrade propuso que mediante un debate constitucional y democrático, nacional y multidisciplinario, se busque establecer estándares de operación homogéneos para la federación y las entidades federativas, que aseguren el cabal cumplimiento de los fines previstos en el artículo 20, apartado a, fracción 1 constitucional, a partir de un modelo de arquitectura institucional que se apoye, tanto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, como en las leyes nacionales de Ejecución Penal, de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Un modelo explica, que aspirará a autoevaluar su desempeño, identificar los errores y corregirlos.“De ello dependerá que el ideal constitucional de universalidad del acceso a la justicia se materialice como un presupuesto ineludible para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales, reconocidos en la Ley Fundamental, asf como en los tratados internacionales de los que forma parte el Estado Mexicano”.

Necesario generar política pública de procuración de justicia o criminal que establezca cuándo es propicio acudir a juicio o utilizar los medios alternos de solución de conflictos: Raúl Cervantes Andrade. profesional de carrera en las áreas de procuración de justicia en todo el país y promover programas de capacitación para potencializar capacidades de investigación especializada en delitos de alto impacto. Por su parte, el Gobernador Graco Ramírez, en su condición de Presidente de la conago, destacó la experiencia de los estados en el desarrollo e implementación de mejoras organizacionales, proceso que ha sido muy intenso, agregó, debido a la ges-

tión de un gran volumen de delitos del fuero común que las Procuradurías estatales deben realizar. Afirmó que la aportación de las entidades federativas en el desarrollo de una arquitectura institucional de aplicación nacional será especialmente valiosa y productiva. Finalmente, destacó la voluntad de los estados por trabajar de forma cada vez más cooperativa y coordinada entre sí y con la Federación, particularmente con el procurador Raúl Cervantes Andrade.

Igualmente plantea el titular de la pgr que, como en el caso de las leyes nacionales, y ante la oportunidad de mejoras de la arquitectura institucional de las procuraduría y o fiscalías, federal y estatales, se diseñe una institución modelo que se pueda utilizar en todo el país. Esto, dijo, generaría mejoras en el desempeño y beneficios para los usuarios de los servicios de procuración de justicia. Es inaplazable, señaló el Procurador, impulsar un real y efectivo servicio

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ARTÍCULO | El Presidente y la Elección del Candidato en el 2018

El Presidente

y la Elección del Candidato en el

2018

Lic. Moisés Pardo Rodríguez Analista de Política y Economía

P

Palabras Mayores, es una de las 6 novelas escritas por Luis Spota que conforman su visión de lo que definió como, “la costumbre del poder”. En ella recrea el ambiente sociopolítico existente en un país -muy parecido al México de aquella época- en el que la sola voluntad del presidente de la república en turno era suficiente para imponer a su sucesor. El escritor señaló que sus novelas no buscaban describir a un personaje en particular, ni reseñar una sucesión específica, pero aceptó ser amigo de 2 presidentes, Adolfo López Mateos y Luis Echeverría Álvarez, y que la convivencia con ellos, y los políticos de alto rango que Las novelas políticas de Luis Spo- conformaron esos y otros gobiernos, le ta, Carlos Fuentes y Miguel Alemán proporcionaron información sobre las Velazco, así como los ensayos o testi- razones que influyen en la selección monios escritos por Don Daniel Co- del candidato. sió Villegas, Jorge Castañeda, Alfonso Durazo Montaño y Roberto Madrazo Por eso, es hipotéticamente aceptable Pintado, sin omitir las versiones do- suponer que alguno de esos motivos cumentadas de los presidentes José fue abordado en dicha novela, e inLópez Portillo, Miguel de la Madrid cluso es presumible que en ciertas Hurtado, Carlos Salinas de Gortari y circunstancias pudieran persistir en la reciente biografía del General Láza- la actualidad. La Silla del Águila es ro Cárdenas, escrita por su hijo Cuau- la novela de Carlos Fuentes en donde htémoc, son lecturas que conforman -con perspicacia- describe las intrigas un punto de partida para construir “palaciegas” en torno al presidente de un escenario con cierto grado de ob- la república, así como los intercamjetividad sobre las circunstancias que bios “epistolares” entre los miembros inciden en la elección del candidato del gabinete, por medio de los que del partido en el poder, sin dejar de se construyen las alianzas entre ellos. aceptar que -como escribiera Gabriel Miguel Alemán Velazco en su novela, García Márquez- siempre existe otra Si el Águila Hablara, describe, con gran talento, la transformación socioverdad detrás de cada verdad. ara intentar comprender el entorno político y económico, así como las razones sociológicas, el cómo y quién o quienes han elegido en nuestro país al candidato a la presidencia del partido gobernante, particularmente en el México posrevolucionario, es indispensable recurrir a los ensayos o novelas que han escrito personajes que, sin duda, estuvieron cerca de esos procesos. Estos documentos complementan la reseña de los participantes directos, sean los presidentes de la república en esos momentos o los precandidatos involucrados.

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lógica del presidente en funciones a partir de su toma de posesión. Precisa: “Apenas un mexicano asume la presidencia de la república, todo cambia en él. Su modo de actuar, su modo de vivir, su modo de ser. Transforma su saludo, el estilo de caminar, su vocabulario, el tono de su voz. Modifica incluso su firma, agrandando los rasgos que a veces abarcan todo lo ancho de una hoja de papel”. Esta transformación seguramente es parte esencial en su decisión sobre el sucesor. Don Daniel Cosió Villegas en, El Estilo Personal de Gobernar, La Sucesión Presidencial y La Sucesión Presidencial: desenlace y perspectivas, aborda también esta transformación y el funcionamiento del sistema político mexicano de entonces, y del que aun hoy quedan rasgos vigentes; particularmente con un presidente de la republica PRIista, miembro de una “familia revolucionaria”, como lo es Enrique Peña Nieto. Cosió Villegas analizó la forma en que éste se convertía en el “gran elector”; principio básico del presidencialismo mexicano a partir de Lázaro Cárdenas. “El gobernante -escribió Cosió Villegas- principia su gestión pidiendo trabajo, orden y apego a la ley, y acaba exigiendo acatamiento ciego”. Esta transformación es producto de la sumisión abyecta de todo el entorno que le rodea, ya que como lo señalara el


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poeta y ensayista Jaime Labastida: la distancia entre el altar y la silla del poder es muy pequeña. Los ensayos analizan y describen la sucesión de Cárdenas en 1940, la de Ávila Camacho en 1946, Miguel Alemán en 1952 y Luis Echeverría en 1976. En todas existieron problemas, más o menos importantes, pero siempre el poder presidencial logró conducir o imponer su decisión; convirtiendo al elegido, por medio de su unción y llegada a la silla presidencial, en el siguiente personaje más importante del país. Nuevamente por los siguientes 6 años. Particular consideración merecen las decisiones asumidas por el General Lázaro Cárdenas en su mandato constitucional, y narradas tanto en su reciente biografía escrita por su hijo Cuauhtémoc, Cárdenas por Cárdenas, como en otros documentos testimoniales. Lázaro Cárdenas del Rio es el primer presidente de la era moderna que ejerce sus funciones en un periodo de 6 años, y termina su ejercicio con prestigio, aceptación popular y, sobre todo, con gran poder político; entre otras razones por el rompimiento con el llamado “Jefe Máximo de la Revolución”, Plutarco Elías Calles, a quien incluso expulso del país. Aun así, el General Cárdenas no optó por su entrañable amigo y colaborador, el general Francisco J. Mujica, como candidato y sucesor. Comprendió claramente el entorno geopolítico internacional que se vivía ante el evidente inicio de la segunda guerra mundial. También conocía claramente las ideas que profesaba el general Mujica; similares a las suyas, e incluso más radicales de izquierda en temas como la educación, las reivindicaciones labores y los derechos agrarios. Su designación hubiera generado reacciones adversas inconvenientes para el país o, más aún, confrontaciones con pequeños -pero poderosos- grupos facticos vinculados con el clero y empresarios conservadores que creían que en su mandato,

El discurso político sustentado en el ideario revolucionario ya no les dice nada. La desigualdad social y la inseguridad indigna a todos por igual. México se había desplazado “peligrosamente” hacia el socialismo.

la Madrid Hurtado. En, Cambio de Rumbo. Testimonios de una Presidencia: 1982-1988, Miguel de la Madrid aborda su “destape” y su relación con el Presidente López Portillo. Narra su visión del país, los motivos de la elección de Carlos Salinas de Gortari, así como las consecuencias de su decisión en el ambiente político y electoral en 1988. Independientemente de lo que consigna la “historia oficial documentada”, existen testimonios confiables que sugieren que en su momento y antes de emitir su decisión, los presidentes en turno consultaron con importantes representantes de los poderes reales de la sociedad mexicana, y evaluaron las condiciones políticas, económicas y sociales prevalecientes internacionalmente y en la nación. El resultado no siempre favoreció a su preferido. Luis Spota escribió en su novela Palabras Mayores, un diálogo entre el presidente y un precandidato. El “gran elector” -redacta Spota- expreso textualmente: “el voto del presidente es muy importante, pero no es definitivo si no interpreta correctamente el sentir de otros actores o grupos políticos de poder, o se arriesga a generar un rompimiento en su partido que pueden generar graves consecuencias políticas para el elegido unilateralmente”.

Tomando en cuenta todo, no emitió su decisión pensando en lo que sería mejor para su grupo político, sino en lo que consideró lo mejor aceptado por la mayoría de los intereses políticos y sociales mexicanos. El elegido fue el General Manuel Ávila Camacho; militar sobrio de derecha moderada. A pesar de esta visión y decisión razonada, los grupos anticardenistas impulsaron la candidatura opositora del General Juan Andreu Almazán. Finalmente el triunfo de Ávila Camacho fue declarado oficialmente bajo amplias sospechas populares de frau- Quizá por eso el Presidente Miguel Alemán Valdez optó por Don Adolfo de electoral. Ruiz Cortines, y no por su pariente En  La Herencia, Jorge Castañeda Fernando Casas Alemán. Ruiz Corhace sus reflexiones sobre la sucesión tines eligió al que se consideraba el presidencial; parte de entrevistas con menos probable, Don Adolfo López los presidentes Luis Echeverría Alva- Mateos; creándose con esa decisión res, José López Portillo, Miguel de la el coloquial termino político prevaMadrid Hurtado y Carlos Salinas de leciente muchos años en la política Gortari, además de un gran número mexicana: “el tapado”, para definir a de personajes políticos conocedores un candidato que no estaba necesariadel tema. Los presidentes propor- mente en el radar de la mayoría de los cionan su visión y argumentos para analistas políticos. Echeverría consifundamentar su decisión. Adicional- deró seriamente que su sucesor fuera mente, José López Portillo en su libro, Augusto Gómez Villanueva, pero el Mis Tiempos: Biografía y Testimonio crispado ambiente entre el gobierno, Político, expone los motivos de sus el sector privado y el clero, propició actos de gobierno y las razones de que optara por José López Portillo; la elección de su sucesor: Miguel de quien parecía el más apropiado para

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ARTÍCULO | El Presidente y la Elección del Candidato en el 2018

Nacional (fdn) y postularan como al Ing. Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano. El resultado electoral de 1988 favoreció a Carlos Salinas, pero quedó el registro histórico que se trató de un proceso plagado de irregularidades, en el que por primera vez en el país, el Presidente fue electo con menos de la mitad de los votos emitidos (48.7%).

armonizar, desde una óptica moderada, los distintos intereses del país. Se quedaron en el camino Augusto Gómez Villanueva y Mario Moya Palencia, que representaban -según los analistas de la época- la izquierda y la derecha, respectivamente. El propio López Portillo indica en sus memorias que fue la situación económica internacional -que derivó y generó una profunda crisis financiera en el país- lo que le hizo optar por su Secretario de Programación y Presupuesto y ex-subsecretario de Hacienda y Crédito Público, Miguel de la Madrid Hurtado. Quizá la decisión más unipersonal de un presidente de la república en torno a su sucesor, en las últimas 3 décadas, fue la del presidente Miguel de la Madrid en favor de Carlos Salinas de Gortari; aunque cabe reconocer que el ambiente internacional de la globalización comercial, basada en las políticas denominadas “neoliberales” impulsadas internacionalmente por Ronald Reagan, Margaret Thatcher y el Banco Mundial -y que se empezaron a instrumentar en México en ese periodo gubernamentaldebieron influir en el ánimo del presidente. Salinas de Gortari garantizaba la continuidad de esa visión. Su designación fue turbulenta hacia el interior del pri y desató su crisis

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más severa en la historia. De hecho, el propio proceso del llamado “destape” generó conjeturas y confusiones. La noche del 3 de octubre de 1987, día previo a la fecha formal de la designación del candidato en las instalaciones del pri, se desataron rumores en relación a quien era el beneficiario del llamado “dedazo”; término usado para definir la decisión final consuetudinaria del presidente de la república en relación con su sucesor. Varios políticos y periodistas creyeron que el elegido era el Procurador General de la Republica, Sergio García Ramírez, y le llamaron para felicitarlo. Él, un hombre honorable, leal al sistema y al presidente, se concretó a decir: “no tengo ningún indicio; ninguna indicación al respecto”. De asumir otra actitud, se hubiera generado un conflicto político de incalculables costos para el pri. La designación de Salinas de Gortari se concretó el 4 de octubre de 1987; paralelamente renunciaron a ese partido notables militantes de la llamada “corriente crítica”, entre lo que estuvieron Cuauhtémoc Cárdenas, Porfirio Muñoz Ledo y Rodolfo Gózales Guevara. La crisis política del pri conllevó a que los renunciantes, conjuntamente con diversos partidos políticos de izquierda, impulsaran la creación del Frente Democrático

Las últimas 4 sucesiones presidenciales merecen especial reflexión. Ninguno pudo imponer candidato en su partido o sucesor; independientemente del partido político al que pertenecieron. El candidato del presidente Salinas, Luis Donaldo Colosio, fue asesinado en campaña, y se optó por Ernesto Zedillo Ponce de León ante las limitaciones constitucionales que para ese momento tenían los otros precandidatos. Zedillo respaldó la candidatura Francisco Labastida Ochoa; quien perdió las elecciones ante Vicente Fox., y éste a su vez, no pudo imponer como candidato del pan a su preferido, Santiago Creel Miranda. Felipe Calderón Hinojosa se impuso en la contienda interna y posteriormente triunfo en las elecciones presidenciales. El resultado oficial no fue aceptado por el candidato perdedor, Andrés Manuel López Obrador, y sus seguidores. Incluso el acto de toma de protesta como presidente de la republica de Felipe Calderón fue uno de los más convulsionados de la era postrevolucionaria del país. Al presidente Calderón no le fue posible imponer como candidato de su partido a su “delfín”, Ernesto Cordero, y Josefina Vázquez Mota fue la elegida. A la postre, Josefina -como la nombran coloquialmente los políticos- perdió las elecciones en medio de señalamientos y reclamos de “traiciones” a su campaña. El Presidente Enrique Peña Nieto está concluyendo su mandato inmerso en un ambiente popular mayoritario de desaprobación de su gestión al frente del gobierno. Serios cuestionamientos le hacen los partidos de oposición, y no le reconocen las reformas estructu-


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rales que promovió y, sobre todo, logró concretar por medio de un acuerdo político audaz como lo fue el “Pacto por México”. No es un logro menor; los presidentes Ernesto Zedillo, Vicente Fox y Felipe Calderón lo intentaron y no lo consiguieron, no obstante que sus propuestas eran de menor calado. Las reformas estructurales cambiaran el futuro del país. Generarán, en el largo plazo, mayor crecimiento económico que el logrado en los últimos 25 años y con ello, crecerá el empleo y la distribución del ingreso. Sin duda, mejorarán las condiciones de vida de las futuras generaciones de mexicanos y mexicanas. Quizá el error fue alentar la interpretación popular de que existirían beneficios en el muy corto plazo; aunque habría que reconocer que en algunas actividades económicas ya se aprecian beneficios para los consumidores. El economista Coreano Ha Joong Chang escribió hace algunos años: “Nací en uno de los países más pobres del mundo en 1963. Hoy soy ciudadano de una de las naciones más prosperas del globo terráqueo. El ingreso per cápita de Corea del Sur ha crecido cerca de 14 veces desde esa fecha. Al Reino Unido le tomo 2 siglos lograrlo y a los EE.UU. siglo y medio”. De acuerdo con especialistas internacionales, en nuestro país se pueden esperar resultados positivos y generalizados derivados de las reformas a partir del 2025, pero hoy, la mayoría de los mexicanos no los perciben en su vida cotidiana. La sociedad esta agraviada y reclama de diversas maneras. El discurso político sustentado en el ideario revolucionario ya no les dice nada. La desigualdad social y la inseguridad indigna a todos por igual.

El único personaje en el PRI que cumple con ese perfil es el Dr. José Narro Robles, Secretario de Salud y ex Rector de la UNAM su descontento en las urnas, haciendo perder a su preferido. Además, le es obligado observar pragmáticamente lo que está sucediendo en otras naciones latinoamericanas como Brasil, Argentina, Guatemala o Perú, en donde -una vez concluido su mandato- los ex presidentes han sido denostados y perseguidos políticamente, e incluso algunos han perdido su libertad. ¡No cabe duda que hoy es muy difícil ser presidente de un país; pero parece que es más difícil ser ex presidente¡

En el ambiente político y económico internacional “soplan vientos de cambio”. Los países promotores del neoliberalismo y globalización comercial han cambiado su enfoque. El Reino Unido y los ee.uu son clara muestra de ello, y lo evidenciaron con los triunfos El temperamento, carácter, educación del brexit y de Donald Trump. Frany experiencia política personal segu- cia -dicen los especialistas- también ramente influirán en la decisión final está transitando por esa ruta. El proque tome el presidente entorno al can- teccionismo y el nacionalismo, nos didato del pri. Puede concebir que un agrade o no, está renaciendo. Incluso miembro de su “círculo rojo” es la me- en México el discurso que ha hecho jor opción, pero deberá considerar y crecer en las encuestas a Andrés Matomar en cuenta el ánimo popular que nuel López Obrador contiene parte de no le favorece y que podría manifestar esos enfoques. Ante esta realidad, poli-

tólogos serios y objetivos ya han planteado que el país debe de reenfocar sus políticas económicas mirando prioritariamente hacia el mercado interno, pero sin abandonar los innegables logros obtenidos en materia productiva y comercial con el exterior, pero que aún no han generado los beneficios amplios que toda la población anhela. Este es el entorno en que el presidente Enrique Peña Nieto debe de tomar su decisión sobre quién es el mejor candidato del pri a la presidencia de la república en el 2018. Para ganar, ese partido necesita a alguien que sea, por su conducta publica y trayectoria profesional, una respuesta real a las justas aspiraciones de la mayoría de los mexicanos y mexicanas. Debe ser un hombre o una mujer que infunda confianza y esperanza nuevamente a todos los ciudadanos, y que sea sensible a los cambios que requiere el país para recuperar la armonía social. Creo -como otras voces lo piensan y han expresado- que el único personaje en el pri que cumple con ese perfil es el Dr. José Narro Robles, Secretario de Salud y ex Rector de la unam.

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ARTÍCULO | El Papel de la Institucionalidad Democrática

El Papel de la

Institucionalidad Democrática en el Combate a la Violencia Política como Reto de la Post Transición en América Latina

Dr. Santiago Nieto Castillo Titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de la PGR.

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an pasado más de 4 décadas desde aquel día que un viejo sabio italiano publicara un libro llamado a convertirse en la columna vertebral de la discusión sobre la democracia a finales del siglo xx. En las páginas de El futuro de la democracia1, encontramos el espejo en el que el Quijote veía reflejada su triste figura. Es la imagen fiel de la democracia formal en aquellos años, sufriendo los embates de las falsas promesas que no se cumplieron y de los obstáculos no previstos que terminaron por imponer trabas al proceso democratizador. A pesar de ello, Bobbio reconocía con la frase de Galileo, que “y sin embargo, se mueve”. La democracia era (y es) la única vía. El único camino. Los valores de la tolerancia, la evolución social, la pluralidad, propios del modelo democrático, ganaban (hoy debatimos si todavía lo hacen) espacios en la vida cotidiana. Eran los días en que más naciones se convertían en espacios democráticos, que quienes sucumbían en la obscuridad de los regímenes autoritarios y totalitarios.

En ese marco, México experimentó, al igual que la mayoría de los países

de América Latina y Europa del este, un proceso de transición democrática al que Samuel Hungtinton2 denominaría la tercera ola democrática. Un período que abarcó, desde la rebelión de los claveles en Portugal, hasta la caída del muro de Berlín. En esos años, a partir de procesos de reforma constitucional, se perfeccionaron los sistemas electorales en la región; se establecieron tribunales constitucionales, consejos de la magistratura y ombudsman; se desarrollaron nuevos derechos fundamentales y una mejor tutela de los mismos; se constitucionalizaron los partidos políticos y los órganos autónomos. El modelo del Estado Constitucional de Derecho que había surgido en la Europa Occidental de la posguerra adquiría carta de naturalización finalmente en la región latinoamericana. Con 40 años de atraso, pero ahí estaba la transición democrática acompañada o precedida por un proceso de reconstitucionalización de las américas. La victoria de la democracia liberal y el libre mercado parecía definitiva. Al menos, eso pensábamos en la época en que se hablaba del fin de la historia y rozábamos el fundamentalismo democrático.

En el caso mexicano, 3 o mejor dicho 4 generaciones de reformas electorales construyeron un sistema electoral modélico. La primera, la de las reformas de 1977 y 1987 significó la pluralidad en la Cámara de Diputados a partir de la representación proporcional. La segunda, la de las reformas de 1990, 1993 y 1994 construyeron la institucionalidad electoral en una triada organizativa administrativa, jurisdiccional y de procuración de justicia penal electoral. La tercera, de las reformas de 1996, 2007 y 2011, generaron un modelo de control constitucional y convencional en la materia electoral aplicable en diferentes medidas, por todas las autoridades electorales. Como ha señalado José Woldenberg en otro clásico, La mecánica del cambio político 3, la transición democrática mexicana implicó la gestación de un sistema de partidos plural y de una institucionalidad electoral sólida. A estas 3 generaciones habría que incorporar una cuarta, que puso énfasis en la democracia directa y las candidaturas independientes, como se advierte del contenido de las reformas constitucionales de 2012 y 2014.

JBOBBIO, Norberto, El futuro de la democracia, segunda edición, México, F.C.E, 1996. HUNGTINTON, Samuel, La tercera ola. Democratizaciones a finales del siglo XX, Paidos, Argentina, 1993. 3 Woldnberg, José, et al, La mecánica del cambio político, Cal y Arena, México, 2000. 1

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El sistema electoral mexicano es paradigmático. Sin embargo, pese a los innegables avances, el nivel de satisfacción con la democracia es el más bajo de la región. No solo eso. En el ámbito global, vemos cómo se construye un voto anti valores democráticos que no ayuda al sistema. ¿Cómo explicar el triunfo de un misógino racista en una de las democracias más antiguas del planeta? Como ha planteado Jorge Volpi, del discurso de Trump al de Hitler sólo existe una cuestión de grado. Ambos llegaron a partir de procesos democráticos con un discurso abiertamente anti democrático. Desafortunadamente no es el único caso. ¿Cómo explicar el triunfo del NO en el proceso de paz de Colombia? ¿El triunfo del Brexit en Inglaterra que busca el aislacionismo? Un voto antisistema. Es claro que estos ejemplos convergen en un voto de hartazgo en contra del establishment. Un voto contra los valores democráticos. El sistema electoral, como tal, no es el problema. Hay que ser enfáticos en esto. No es contar los votos. Es pensar por qué se vota así. El voto anti sistema no es necesariamente negativo. En gran medida, las transiciones democráticas del mundo y las alternancias en el ejercicio gubernamental se dan también por la crítica ácida en contra de los gobiernos a partir de la libertad de expresión. Un voto antisistema que pugnaba por los valores democráticos. El problema está en el tipo de discurso anti sistémico que vemos, marcadamente antidemocrático, vota contra la paz; vota por el aislamiento y no por la integración; vota por proyectos racistas, xenófobos, intolerantes, discriminadores de las mujeres, por programas violatorios de derechos humanos. Esta mutación del discurso antisistema de los derechos al fundamentalismo ultra conservador revive prácticas y grupos que pensábamos que ya solo existían como una nota al pie vergonzosa en el libro de la historia. ¿Cómo es posible que en

el siglo xxi se convoque a una manifestación del KuKuxKlan? Cuando la rebeldía adquiere un tono ultra conservador e intolerante, los demócratas debemos preguntarnos qué hemos hecho mal y cómo remediarlo. Esta victoria del conservadurismo sobre la racionalidad ya sucedió una vez en la historia de la humanidad. ¿Cómo es posible que el discurso triunfador en las elecciones del país más poderoso del planeta tenga un tufo tan conservador y tan ignorante? Tan medieval.

Para el caso mexicano, como lo señaló José Woldenberg, el desencanto por el diseño democrático se debe a que su discurso estuvo cargado de muchas expectativas. Dimos rienda suelta a la imaginación para señalar que la transición del sistema resolvería una serie de problemas públicos, algunos ancestrales como el machismo o la corrupción. Se trata de las falsas promesas de la democracia mexicana, mismas a las que me referiré a continuación.

La primera de ellas fue la relación entre desarrollo económico y democracia, que parte de la premisa del ejercicio de los derechos fundamentales, entre los que destacan la libertad contractual y de comercio que, en su aplicación, involucran el desarrollo productivo al generar ingresos. Sin embargo, su planteamiento es equivocado: la relación entre democracia y desarrollo económico no es necesaria. La primera implica las reglas procedimentales de quién toma las decisiones y bajo qué mecanismos. Permite renovar gobiernos sin derramamiento de sangre, lo cual ya es una gran ventaja. Pero ello no quiere decir que consiga desarrollar económicamente un entorno. El aparato democrático es incompleto en geneAl leer los discursos de Trump y estu- ral, no es suficiente para generar el diar su triunfo, me pongo a pensar en crecimiento económico. que vivimos una pesadilla. Pareciera que la ética de la modernidad: razón, Una segunda, es que generaría en democracia, derechos humanos se automático una cultura de transhubiera desvanecido. Al analizar su parencia y rendición de cuentas. La misoginia, pareciera que Simone de idea central era que la democracia Beauvoir no hubiera escrito, El se- implica la obligación de los servidogundo sexo. Al analizar su racismo, res públicos de rendir cuentas a la pareciera que César Chávez o Martin ciudadanía. La reforma de 2007 esLuther King no hubieran desarrollado tableció los límites de los servidores sus movimientos de resistencia por los públicos en los procesos electorales derechos civiles. Que la Declaración y un modelo de comunicación poUniversal de los Derechos Humanos lítica que restringió la propaganda no hubiera sido suscrita como me- gubernamental, pero a la fecha, no canismo de reencuentro global. Pro- se ha desarrollado la legislación sefundizar el discurso de Trump sobre cundaria. Se reguló en la Ley GeneMéxico es sumergirse en un abismo de ral de Instituciones y Procedimientos ignorancia, altanería, prejuicios. Más Electorales la posibilidad de que se cercano a un bravucón de pandilla que rindieran informes de manera anual. a un jefe de Estado electo por un pro- Necesario pero no suficiente para acreditar la rendición real de cuentas. cedimiento democrático.

Cuando la rebeldía, adquiere un tono ultra conservador e intolerante, los demócratas debemos preguntarnos qué hemos hecho mal y cómo remediarlo.

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ARTÍCULO | Autonomía de las Entidades de Fiscalización Superior en el Combate de la Corrupción

transición cultural, las redes sociales y las nuevas tecnologías en la comunicación, han generado una distancia prácticamente insalvable entre los ciudadanos de las nuevas generaciones y los partidos políticos o las instituciones, así como la forma de hacer política en asambleas o mítines. La política tradicional poco o nada le dice a la generación millennials. El segundo, es el incremento de la violencia relacionada con lo electoral. En ese contexto, la democracia requiere del cumplimiento de determinadas condiciones, que, de no producirse, harían que el modelo fallara; por ejemplo, la pluralidad, la tolerancia, la evolución de la sociedad, Una cuarta, fue la irrupción de la el respeto a los dh, la protección de institucionalidad dejando de lado las minorías, el control de constitulas figuras míticas personales. La cionalidad y convencionalidad, entre ecuación es muy simple: un país más otros. Por eso, es importante resaldemocrático tendrá una más alta ins- tar que la violencia es un elemento titucionalidad, un país menos demo- antidemocrático que puede afectar crático tendrá baja institucionalidad. a todo el sistema político. Sin embargo, lo que hemos visto es la irrupción opuesta: los grandes caudi- La violencia puede encontrarse en el llos tomaron el control del escenario ámbito de lo privado y de lo público. político en casi todos los partidos po- En el primero, se han desarrollado líticos. La institucionalidad es la ex- legislaciones para combatir la violencepción, cuando debiera ser la regla. cia contra las mujeres en cualquiera de sus vertientes: física, sexual, psiPasemos al análisis de los obstácu- cológica o económica. En segundo, los. Entre éstos, es decir, entre los se ha construido de manera gradual, valladares que la transición demo- el concepto de violencia política para crática mexicana no pudo prever, atender los casos relacionados con podemos señalar la desconexión de la violencia en los procesos electoralas nuevas generaciones con la for- les, entre los que se encuentran los ma de hacer política tradicional. La siguientes tipos: Una tercera, fue que la democracia mexicana combatiría la corrupción de raíz. El sistema autoritario del siglo xx se edificó, en gran medida, a partir del pacto de grupos políticos que prohijaron la corrupción como esquema de vida del sistema. La transición no eliminó el problema. De hecho, el fenómeno tocó a cada instituto político, sin importar ideología. Y a nivel local se desarrolló con mayor énfasis ante la debilidad de las instituciones de fiscalización.Los gobiernos locales de Veracruz, Chihuahua, Quintana Roo y Sonora son ejemplos palpables de los efectos perniciosos de la corrupción no combatida.

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a. Violencia política producto de

la polarización política: En el caso de las elecciones recientes, en varios países de América Latina e incluso en los Estados Unidos de América, se han generado enfrentamientos de corte político que tuvieron como resultado actos de violencia física o psicológica. Podríamos clasificarlos en 2 tipos: por enfrentamiento físico (militantes de partidos enfrentados entre sí al calor de la contienda política) y guerra sucia para descalificar a los contrarios, con un enfoque de corte psicológico. Cada una se difundieron en redes sociales y en los medios de comunicación, audios o videos obtenidos de forma ilícita a partir de la intervención de comunicaciones privadas, en lo que ha sido denominado por los especialistas la guerra sucia. Esta difusión generó un clima de polarización política que condujo, en no pocas ocasiones, al enfrentamiento físico. Incompatible con una democracia. b. Presencia de la delincuencia organizada en los comicios. En varias naciones del continente se ha documentado la presencia de grupos delincuenciales en los procesos electorales. Por un lado, la presencia se


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da en el financiamiento ilícito de las campañas, lo que ha llevado a varios países a sancionarlo y, en casos como Colombia, a separar del cargo a legisladores que han recibido recursos de la delincuencia organizada. Honduras y Guatemala reportan casos similares de presencia de grupos delincuenciales en los comicios. Por otro lado, en México a 7 días de las elecciones, se cometió el homicidio del presidente municipal de La Piedad, en Michoacán (2011). Un año antes, en Tamaulipas, asesinaron al candidato del pri a la gubernatura del estado. En 2016, se presentaron denuncias en Tamaulipas y Veracruz señalando que los candidatos de diversos institutos políticos habían recibido financiamiento ilícito; así como inhibir la participación de la ciudadanía en los comicios. En todos los casos, la respuesta institucional ha sido la coordinación con los cuerpos de seguridad del Estado mexicano con los órganos electorales, (segob, ine, fepade, Policía Federal, Ejército Mexicano) el patrullaje en las zonas conflictivas en los días previos a la jornada electoral y durante la misma, lo que posibilitó en el caso mexicano, la inhibición de conductas delictivas. c. Presencia de movimientos sociales con incidencia en las elecciones (Perú, Bolivia, México). En procesos electorales recientes se vivieron momentos de tensión y enfrentamiento entre grupos sociales y autoridades.Guatemala, Honduras, Ecuador y México en los estados de Guerrero, Michoacán, Oaxaca y Chiapas durante el año 2015, por citar ejemplos. Los movimientos sociales utilizan a las

elecciones como un pretexto para la exigencia de sus intereses. Ello motivo a que, en el año 2015, la fepade tuviera que declarar a 18 detenidos por la destrucción de material electoral. Hecho inédito para la fiscalía. Para el proceso de 2016, las autoridades penales electorales acompañaron al ine para apoyar en la verificación de la instalación de las casillas y el regreso de los paquetes electorales. Ello coadyuvó a que durante la jornada ordinaria y extraordinaria no se perdiera uno sólo de los paquetes electorales. El patrullaje de fepade con la Policía Federal y el Ejército mexicano tuvo como resultado la disminución en el número de casillas no instaladas entre 2015 y 2016.

ras, la construcción de un sistema nacional de elecciones, la fiscalización de los recursos de los partidos políticos, el control de constitucionalidad y de convencionalidad. Cada uno ha transformado el sistema constitucional en nuestro país. México se ha convertido en un Estado Constitucional de Derecho y es importante mantener ese modelo. Para ello, hay que desterrar la desconfianza y superar los obstáculos y las falsas promesas de la democracia mexicana.

Los problemas de la democracia se resuelven con más democracia. Por eso, es necesario preguntarnos qué tipo debe buscarse en los albores del siglo xxi. Como mencionan los teóricos del d. Violencia política de géne- neo republicanismo, como Phillipe ro. Finalmente, el tema más Petit, o en México, Abril Uscanga,4 complejo por la raigambre tal vez la salida a los problemas del cultural que lo genera fue la modelo democrático liberal sea el caviolencia política en contra mino hacia la democracia republicana de las mujeres. En efecto, en que pone su interés en el imperio de procesos electorales recientes la ley, la democracia deliberativa, las de Bolivia, Perú, México, se virtudes cívicas y la libertad como generaron actos y agresiones no dominación. Frente al desorden en su contra por su interés en reinante en algunos espacios de la el ejercicio de la vida pública. geografía nacional, producido por Mujeres con rostro, nombre la delincuencia organizada o por y apellido que es importante gobiernos locales superfluos e irresque no se pierdan en la me- ponsables, existe un sólo camino: la moria colectiva. La primera gobernabilidad democrática a partir pregunta que surge es si los del orden democrático. Es claro que actos fueron perpetrados por la apuesta de los demócratas, no imcaso fortuito o por el hecho porta cuán pocos seamos, ni en donde de ser mujeres. La evidencia estemos, debe ser construir un nuevo empírica nos hace suponer lo orden a partir de la distribución y el segundo. Ello no quiere decir control del poder. que los hombres no hayan sido agredidos, pero que la relación El camino es en primer lugar, a de mujeres sea mayor es un partir de las instituciones. La dedato sintomático del problema. mocracia, al ser, desde su perspectiva formal, reglas primarias de toma El diagnóstico descrito hasta el mo- de decisiones y, desde la óptica susmento no es halagador, pero si realis- tantiva, el respeto irrestricto a los ta. Sin embargo, no significa que sea derechos fundamentales, se fundairremediable. Hemos avanzado como menta en el cumplimiento de las sociedad en muchos espacios: El de- normas y principios establecidos recho de acceso a la información, la en las disposiciones jurídicas. wNo paridad de género en las candidatu- hay más camino en una democracia

Uscanga Barradas, Abril, Deficiencias en la democracia liberal contemporánea, Fontamara, México, 2016.

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ARTÍCULO | El Papel de la Institucionalidad Democrática

En ese marco, vuelvo a mi pregunta original ¿Qué genera el desencanto por la democracia y el triunfo de personajes con discursos anti democráticos? Como he mencionado, mucho se ha especulado en que si el proceso de transición formó un exceso de expectativas en torno al régimen En segundo lugar, volver a las virtu- democrático que nunca se cumpliedes cívicas para enfrentar procesos ron: la reducción de los oligopolios, complejos y superar la crisis de la la rendición de cuentas o el desarrollo democracia. Son el compromiso con económico, que, al no darse, generó una serie de principios constitucio- un profundo desencanto. También nales, entendidos en la perspectiva se ha señalado que la transición fue de Zagrebelsky5 como elementos incapaz de detener la corrupción insconstitutivos del Estado o de Alexy, titucional, sin importar las diferencias como mandatos de optimización. Se ideológicas de los gobiernos. trata del compromiso con los principios explícitos de la Constitución: de Ello contribuyó a la crisis de reprelos rectores de la función electoral a sentación, legitimidad y confianza la separación Iglesia-Estado; de los de los partidos y en general del sisprincipios de los derechos humanos tema político, que tiene, a partir de a la equidad en la contienda electoral. la violencia política y los discursos Pero no sólo se trata de los princi- intolerantes o anti democráticos, pios explícitos, sino de los implícitos nuevos retos que enfrentar. Este derivados de la educación cívica y la desencanto también surge por el cultura democrática: el imperio de incremento de las malas prácticas la ley, y, en el ámbito de lo penal, la y los delitos electorales, que minan cultura de la denuncia que significa la legitimidad, promueven la imla confianza ciudadana en las instituciones. Una sociedad que denuncia los ilícitos ejerce los derechos fundamentales y protege su democracia. que el que se transita a partir de las instituciones. La evolución de la sociedad debe darse en el marco de los diseños institucionales y las reflexiones de los temas públicos en público. De lo contrario, los surcos arados habrán sido en el mar.

punidad, y destruyen la confianza ciudadana. Y sin embargo… se mueve. En México, sólo en 2016, tuvimos 8 alternancias en las elecciones estaduales. Las y los ciudadanos de 8 de 12 entidades decidieron cambiar a los partidos políticos en el gobierno, lo cual demuestra la fortaleza de nuestro sistema electoral y de nuestra democracia. Por eso hay que mantener la ruta. La democracia, nuestra democracia, implica un compromiso ético. Un apostolado por su sostenimiento permanente. Y esa mejora, que supone el ejercicio de los derechos fundamentales y el cumplimiento de determinadas virtudes cívicas pasa revista por el imperio de la ley y la fortaleza de las instituciones. Siempre y cuando se cumpla con una condición primaria: Las instituciones deben funcionar para legitimar el sistema y eludir cualquier duda sobre su actuación. En el caso de la fepade, prevenir, investigar y perseguir los delitos electorales, con absoluta imparcialidad. Sin filias, ni fobias.

En tercer término, la doble sujeción del Derecho al Derecho. El pensamiento jurídico contemporáneo a partir de Ferrajoli6 reconoce la necesidad de que el Derecho se sujete a las reglas del Derecho desde 2 perspectivas: la formal, controlando los mecanismos de reproducción del sistema jurídico; pero también la sustantiva: a partir de la inaplicación o expulsión de cualquier norma jurídica que vulnere los derechos fundamentales. En una democracia, ninguna mayoría, bajo ninguna circunstancia puede vulnerar derechos individuales y ninguna mayoría, puede limitar los derechos sociales.

Zagrebelsky, Gustavo, El derecho dúctil, Ley, derechos, justicia, Madrid, Trotta, 1998. Ferrajoli, Luigi, Principia iuris. Teoría del derecho y de la democracia, Tomo I. Teoría del Derecho, Madrid, Trotta, 2011.

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COLUMNA | MIRADOR FISCAL

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ARTÍCULO | El Amparo Adhesivo

El Amparo Adhesivo

Lic. Uzziel Yazet Pulido Campos Abogado asociado en Estrategia Política y Legal de Chirino Bufete Jurídico.

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omo una consecuencia de la reforma al artículo 107 de la Constitución mexicana, en donde se contempla las bases para la tramitación del juicio de Amparo, a la fracción iii, inciso a), le fueron añadidos 3 párrafos que tienen por objeto establecer a detalle el acceso al juicio de amparo directo. En esta ocasión, el tema que nos ocupa es el que se desprende del párrafo segundo, con el cual se da origen a la figura jurídica del Amparo Adhesivo, al establecer lo siguiente:“La parte que haya obtenido sentencia favorable y la que tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado, podrá presentar amparo en forma adhesiva al que promueva cualquiera de las partes que intervinieron en el juicio del que emana el acto reclamado. …”

del tercero interesado (en el amparo principal) o de quien tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado. Al momento de promover el llamado amparo adhesivo dentro del amparo directo (amparo principal), el adherente no promueve un juicio autónomo sino que el primero de ellos se encuentra directamente condicionado a que el segundo sea promovido y que sobretodo subsista.

Es decir, es un medio de defensa intraprocesal. Por lo anterior, desde una perspectiva personal, el llamado amparo adhesivo es más bien una herramienta de defensa (recurso) con la que se envuelve al tercero interesado (en el principal) o a quien tenga interés jurídico en que subsista el acto reclamado, llamado quejoso adherente y que tiene por objeto forSin embargo, ni la Constitución ni la talecer las consideraciones vertidas Ley de Amparo precisan con exacti- por autoridad responsable en el acto tud qué es el Amparo Adhesivo. Si- reclamado del cual se adolece el queguiendo la línea de la teoría general joso, y que en caso de que sea procedel proceso, la figura que es objeto dente, permite al quejoso adherente de estudio puede ser equiparable impugnar aquellas consideraciones como un medio de defensa (incluso realizadas por la autoridad responasí le ha denominado el pleno de la sable que concluyan en un punto de Suprema Corte de Justicia de la Na- decisorio que le sea perjudicial y, que ción)1 que se encuentra a disposición obliga a éste en los casos que sea pro-

cedente, a hacer valer las violaciones procesales que fueron cometidas en el juicio de origen y que pudieran afectarle al mismo, trascendiendo al resultado del fallo. Legitimación y Procedencia del Amparo Adhesivo

Sólo aquellas personas que hayan obtenido sentencia favorable y tengan interés jurídico en que subsista el acto reclamado, estarán legitimadas para promover este medio de defensa y adquieren el carácter de tercero interesado en el procedimiento de amparo directo. En cuanto a que también pueden presentarlo“aquellas que tengan interés jurídico en que subsista el acto reclamado”, debemos tomar en consideración que en el interés jurídico se requiere la existencia de un derecho subjetivo a cargo de un sujeto determinado, que tiene facultad para exigir su respeto e implica deber correlativo de los particulares y de los propios órganos públicos2, con lo cual se desprenden 3 elementos: •

Debe de existir una persona (física o moral),

Amparo Adhesivo. Es Improcedente este Medio de Defensa Contra las Consideraciones que Causen Perjuicio a la Parte que Obtuvo Sentencia Favorable. Tesis: P./J. 8/2015 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, registro 2009171. 2 Fix-Zamudio, Héctor y Valencia Carmona. Salvador, Las Reformas en Derechos Humanos, Procesos Colectivos y Amparo Como Nuevo Paradigma Constitucional, México, Porrúa, 2015, 3ª. Ed., p.87. 1

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Que dicha persona tenga el ejercicio de algún derecho que se encuentre tutelado por la norma, y; • Que se haya visto transgredido por la autoridad y por lo tanto se encuentra legitimado para ocurrir al juicio de amparo con objeto de que el órgano jurisdiccional se vea en posibilidades de llevar a cabo el estudio de la afectación (esto para el caso de la legitimación en la tramitación del juicio de amparo). Sin embargo y para el tema de estudio, es necesario precisar que al estudiar la frase “exigir su respeto” no sólo implica el hecho de una afectación, sino también la protección del beneficio que se obtuvo, el cual, a consideración particular es el supuesto que ocupa el adherente en el amparo directo. De este último análisis, pudiera ser el caso de un tercero extraño a juicio (tratándose del juicio de origen) a quien le beneficia la resolución que se combate como acto reclamado en el amparo directo y por lo tanto se encontraría legitimado para promover amparo en forma adhesiva con objeto de mantener las cosas tal y como las resolvió el juzgador a quien el quejoso señala como autoridad responsable. Procedencia

En el párrafo segundo del artículo 182 de la Ley de Amparo se establecen los supuestos de procedencia para efecto de tener acceso a la defensa que provee el amparo adhesivo, de los cuales haremos el estudio respectivo en el tema subsiguiente, siendo estos: I. Cuando el adherente trate de fortalecer las consideraciones vertidas en el fallo definitivo, a fin de no quedar indefenso; y II. Cuando existan violaciones

Sólo aquellas personas que hayan obtenido sentencia favorable y tengan interés jurídico en que subsista el acto reclamado, estarán legitimadas para promover este medio de defensa al procedimiento que pudie- pecto de la o de las consideraciones ran afectar las defensas del que sustenten algún punto decisoadherente, trascendiendo al rio que le perjudiquen. Este punto se considera un tema importante ya resultado del fallo. que, en algunos casos, en los que el Conceptos de Violación en el quejoso adherente hubiera vencido en el juicio principal, aunque no en Amparo Adhesivo la totalidad de sus pretensiones, se El artículo 182 de la Ley de Ampa- verá favorecido con la oportunidad ro, en su párrafo tercero, precisa la de oponerse en contra de aquellas regla que los promoventes deben se- consideraciones que sustenten los guir para elaborar y dirigir los argu- resolutivos que decidan las pretenmentos que consideren pertinentes siones que no le hubieren sido resuelrelativos a los conceptos de viola- tas de forma favorable y que en caso ción del amparo adhesivo. Estable- de ser fundados dichos conceptos cen de forma clara que los mismos de violación, los puntos resolutivos deben encaminarse a fortalecer las puedan ser modificados. consideraciones del acto reclamado, es decir, con este medio de defensa Así, el adherente obtendrá una senno debe atacar al escrito de amparo tencia federal que pudiera, aparte interpuesto por el quejoso, ni des- de confirmar los resolutivos que le virtuar los agravios que hace valer, fueron favorables en un principio, tampoco reforzar propiamente los resolver también en ese mismo puntos resolutivos del acto recla- sentido la totalidad de las premado. Deben reforzarse las con- tensiones planteadas ya sea en su sideraciones (argumentos de tipo escrito de demanda o de contestaratio decidendi) que la autoridad ción de ésta. Resulta indispensable responsable consideró pertinentes señalar, aunque parezca obvio, que para sustentar la resolución de la para efecto de hacer valer tal imsentencia definitiva, laudo o aquella pugnación, es necesario satisfacer que pone fin al juicio con los que el alguno o ambos de los supuestos de ahora llamado adherente se vio fa- procedencia del amparo adhesivo. vorecido en el juicio principal, pues en caso contrario, los conceptos de Violaciones Procesales en el violación resultarían inoperantes Amparo Adhesivo y por lo tanto el amparo adhesivo será sobreseído al momento de re- De acuerdo al concepto de Amparo solver el amparo principal. Adhesivo que fue ofrecido y en relación al principio de concentración con Por su parte, la única impugnación el cual se sustenta este “nuevo” medio que puede hacer valer el quejoso ad- de defensa, si la parte interesada no herente dentro de los conceptos de hace uso de dicha herramienta de deviolación, será aquella que verse res- fensa dentro del término que la ley le

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concede, se verá imposibilitada para promover un juicio de amparo con posterioridad en el que pretenda hacer valer las violaciones procesales cometidas en el procedimiento de origen y de las cuales se sienta afectado, pues su derecho habrá precluido. Al respecto, resulta ilustrativo invocar la Tesis aislada I.3o.C.10 K (10a.). Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro XII , Septiembre de 2012, Pág. 1505, cuyo rubro dice “AMPARO ADHESIVO. SU CARACTERIZACIÓN A PARTIR DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL Y SU UTILIDAD COMO SISTEMA DE DEPURACIÓN PROCESAL”, misma que precisa en una de

sus partes “…se trata de una grave carga procesal impuesta a la parte vencedora, quien debe promover el amparo adhesivo para preservar su derecho a impugnar las violaciones procesales que trascendieron

o pudieran trascender en el resul- un juicio, y en materia penal tratado del asunto, pues la falta de tándose del inculpado. promoción del amparo adhesivo hará que precluya su derecho para Es importante mencionar el hecho hacerlas valer posteriormente….”  3. de que si aquella persona que se encuentra facultada para promover Asimismo, para que los concep- el amparo adhesivo omite su protos de violación que sustenten las moción, no podrá hacer valer las violaciones procesales puedan ser violaciones procesales que se hayan objeto de estudio por parte del cometido en su perjuicio en un amTribunal que conozca del juicio de paro posterior y por consiguiente, amparo, resulta necesario que pre- se tendrán por consentidas y por viamente, el adherente las hubiera precluido su derecho para imhecho valer través de los medios pugnar dichas violaciones. Como ordinarios de defensa y agotado consecuencia de lo anterior, al impreviamente el principio de defini- pugnar las violaciones procesales tividad en relación con las mismas. con posterioridad en un amparo Esto claro, con las excepciones que diverso, los conceptos de violación la parte final del párrafo tercero del no serán objeto de estudio toda vez artículo 182, de la Ley de Amparo que la naturaleza misma del amestablece; es decir, cuando se trata paro directo y por consecuencia de menores, incapaces, ejidatarios, del amparo adhesivo es la de retrabajadores, núcleos de población solver en una sola sentencia todas ejidal o comunal, o de quienes por aquellas violaciones procesales de sus condiciones de pobreza o mar- las que se sientan afectados tanto ginación se encuentren en clara el quejoso en el principal como el desventaja social para emprender quejoso adherente.

Amparo Adhesivo. Su Caracterización a Partir de la Exposición de Motivos de la Reforma Constitucional y su Utilidad Como Sistema de Depuración Procesal.Tesis: I.3o.C.10 K (10a.), Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, registro 2001564.

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ARTÍCULO

Amparo Adhesivo sin Materia

En ocasiones el Tribunal Colegiado no se encuentra obligado a entrar al estudio de los conceptos de violación con los que se sustente el amparo adhesivo, por ejemplo, en el caso en que el amparo directo no sea concedido, lo que conlleva a que la autoridad federal no se vea en la necesidad de entrar al estudio de los conceptos de violación hechos valer en el amparo adhesivo. Por lo tanto, al negar la protección de la justicia federal al quejoso en el principal, el acto reclamado no sufre modificación alguna y lo conducente sería declarar sin materia al amparo adhesivo y no entrar al estudio del mismo, lo cual no significa que los conceptos de violación del adherente hayan sido mal elaborados, sino que por razón de método, no se analizan. Lo anterior tiene su sustento en lo establecido por la jurisprudencia identificada con el rubro “AMPARO ADHESIVO. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA SI EN EL PRINCIPAL SE NEGÓ LA PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL Y SE DEJÓ INTOCADO EL ACTO RECLAMADO.” 4. De lo anterior no debe entenderse que al quejoso adherente se le infringe el derecho humano a la administración de justicia, específicamente en lo que conllevan los principios de justicia completa e imparcial, ni que la autoridad federal estaría emitiendo una resolución parcial en cuanto al hecho de que al adherente no se le permitió llevar a cabo la impugnación adhesiva cuando cuya finalidad era la de cambiar el sentido de algún punto decisorio que forme parte del acto reclamado en los términos que ya hemos tratado, sino que como

En ocasiones el Tribunal Colegiado no se encuentra obligado a entrar al estudio de los conceptos de violación con los que se sustente el amparo adhesivo. regla general, al seguir el adhesivo la suerte del principal, no resulta obligatorio al Tribunal entrar al estudio de los conceptos de violación del primero, aunado al hecho de que como ya se ha precisado, al negarse el principal no sufre modificación alguna el acto reclamado.

cesal” que, al “concentrar el análisis de todas las violaciones procesales en un solo fallo, allana el camino a un pronunciamiento posterior que en la medida de lo posible únicamente atenderá a cuestiones sustantivas, con el objeto de satisfacer los mencionados derechos fundamentales”.5 De ahí que es más fácil comprender por qué el Tribunal Colegiado de Circuito que conozca del amparo directo se encuentra obligado al momento de resolver el principal –si considera que los conceptos de violación esgrimidos por el quejoso son procedentes–, entrará también al estudio de los conceptos de violación del quejoso adherente para que en una sola sentencia,“resuelva integralmente el asunto y evitar la prolongación de la controversia”.6

Resolución

El Dr. Eduardo Ferrer Mac-Gregor y el Dr. Rubén Sánchez Gil, partiendo de la tesis jurisprudencial:“AMPARO ADHESIVO. SU CARACTERIZACIÓN A PARTIR DE LA EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA REFORMA CONSTITUCIONAL Y SU UTILIDAD COMO SISTEMA DE DEPURACIÓN PROCESAL”, precisan el siguiente análisis: “Esta figura tiene por objeto dar celeridad a las resoluciones jurisdiccionales emitidas en amparo”, y que los tribunales puedan, “decidir integralmente la problemática del amparo”. De esta suerte, “el amparo adhesivo se erige como un sistema de depuración pro-

Amparo Adhesivo. Debe Declararse sin Materia si en el Principal se Negó la Protección de la Justicia Federal y se Dejó Intocado el Acto Reclamado.”Tesis jurisprudencial I.6o.T. J/9 (10a.). Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro 3, Febrero de 2014, Tomo III, Pág. 1851. 5 Ferrer Mac-Gregor, Eduardo y Sánchez Gil, Rubén, El nuevo Juicio de amparo. Guía de la Reforma Constitucional y la nueva ley de amparo, 8ª edición, México, Porrúa – UNAM, 2016, p. 52. 6 Ley de Amparo, artículo 182, último párrafo. 4

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COLUMNA | RUMBO RUMBO AA LA LACONSTITUCIÓN CONSTITUCIÓN DE LA CDMX

ligado de España, pero también, de aquellos grupos étnicos que a lo largo de la historia ocuparon esta misma geografía. “No más peninsulares ni criollos ni mestizos; pero tampoco aztecas ni tarascos, sino mexicanos, iguales ante la ley y dueños de una patria independiente, capaces de forjar nuestro propio destino.” Más que Dr. Guillermo I. Ortiz Mayagoitia una realidad, lo que nos legó Hidalgo fue un nuevo sentimiento de identiMinistro en retiro de la SCJN dad común y de pertenencia a una misma geografía por la que había ara entender la importancia y territorios, entre ellos, la América que luchar para mantenerla libre el porqué de cada una de las Septentrional; es decir, México, en e independiente; bien merecido el constituciones que han regido donde tuvo breve vigencia. Se aprobó nombre de Padre de la Patria que la la vida de nuestro país es necesario en condiciones de insurgencia, en con- historia le reconoce. ubicarnos en el momento histórico y tra de los franceses, cuando Fernando en las circunstancias que las produ- vii era su prisionero y José Bonapar- Constitución de Apatzingán 1814 jeron. Se dice que: Hidalgo nos dio te, hermano de Napoleón, había sido Patria. Morelos nos dio Estado. Beni- impuesto como rey de España. Su fi- Este acontecimiento histórico fue to Juárez nos dio Instituciones. Bajo nalidad esencial era restaurar la mo- trascendente para que Morelos, el estos 3 asertos basaré mi exposición. narquía española, pero también se brazo derecho de Hidalgo, con más decidió cambiar el absolutismo por visión de estadista decidiera propouna monarquía moderada. En para- ner nuestra transformación política Constitución de Cádiz lelo, Hidalgo, en México, iniciaba la para superar nuestra condición de Nuestro constitucionalismo se inau- lucha por la independencia de nuestro colonia del Reino de España y congura con la llamada constitución gadi- país; tanto de España, como de todas vertirnos en un nuevo Estado. Para ello, transformó la Junta insurgentana emitida por las Cortes Generales las naciones del mundo. te de Zitácuaro en el Congreso de reunidas en Cádiz, España, en 1810. La constitución de Cádiz se expidió Con esta gesta nació un nuevo sen- Anáhuac que, reunido en Chilpanpara el Reino de España y todos sus timiento de identidad nacional des- cingo, Guerrero el 14 de septiembre

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COLUMNA

de 1814, en el acto inaugural, leyó el documento intitulado, Sentimientos de la Nación. Inspirado en la independencia de Estados Unidos y en la Revolución Francesa, propuso la de nuestro país y desconocer la figura del Rey, declaró que la soberanía radica en el pueblo, la igualdad de los hombres ante la ley y la organización de un Estado Republicano, en donde el gobierno debe ser ejercido por 3 Supremos Poderes. Ese documento hizo las veces de iniciativa y los congresista –a pesar de andar a salto de mata, perseguidos por el ejército del Virrey Calleja–, el 22 de octubre del mismo año, aprobaron en Apatzingán, Michoacán, la que sería nuestra primera Constitución Política, con el nombre, Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, La ciudad que fue su cuna, ostenta ahora en su nombre el acontecimiento, pues oficialmente se llama Apatzingán de la Constitución. De Morelos, “El Siervo de la Nación”, con toda razón se dice que “nos dio Estado” pues estructuró al pueblo, territorio y gobierno para cumplir los fines esenciales de la nueva nación. Esta Constitución no fue simplemente un documento aspiracional, si no que realmente estuvo vigente en las zonas donde prevalecía la insurgencia. Los poderes Ejecutivo y Legislativo quedaron a cargo de quienes ya los ejercían por vías de hecho, pero el Supremo Tribunal de Justicia fue creado bajo su vigencia el día 7 de marzo de 1815, en Ario de Rosales, Michoacán, en la casona que era un mesón, es decir, lugar de alojamiento para personas y caballerías. Por eso, el 7 de marzo es el día del empleado del Poder Judicial de la Federación y a la ciudad Ario de Rosales se le conoce como la cuna del poder judicial. Me interesa mucho resaltar que ese tribunal realmente funcionó. Admitió y resolvió algunos casos judiciales de los que se guarda memoria en la casa que lo albergó, actualmente propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, convertida en

museo y casa de la cultura jurídica. El Virrey Calleja finalmente logró someter a Morelos y a quienes encarnaban los otros 2 poderes, pero no logró contener la insurgencia; así llegamos a 1821, cuando Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero se abrazan en Acatémpan, y declaran la independencia de México. Los afanes imperialistas de Iturbide se impusieron sobre los principios de la insurgencia que representaba Vicente Guerrero y logró que la declaración no fuera republicana, sino que se declaró la independencia del Imperio Mexicano. Guerrero se sintió traicionado, y no firmó el acta.

Cada una de las constituciones le ha costado a la patria mucha sangre.

gobierno será federal y representativo. Hago un paréntesis aquí para comentar que el Presidente Felipe Calderón, en su momento, presentó una iniciativa para cambiar el nombre de Estados Unidos Mexicanos por el de México, más simple y más bello; sin embargo, dicha iniciativa no fue aprobada y oficialmente nos seguimos llamando Estados Unidos Mexicanos. Se dice que la Constitución de 1824 está basada en la de Cádiz para las cuestiones de América; en la Constitución de Estados Unidos para la organización de la Federación; y en la Constitución de Apatzingán en cuanto a desaparecer la figura del Rey o Emperador. Leyes Constitucionales

La nueva república mexicana quedó integrada por 19 estados, 4 Territorios y 1 Distrito Federal; el Poder Legislativo por un Congreso bicameral de Diputados y Senadores; el Poder Ejecutivo se depositó en una sola persona llamada, como hasta ahora, “Presidente de los EsConstitución Federal de los tados Unidos Mexicanos” y el Poder Judicial se depositó en una SupreEstados Unidos Mexicanos ma Corte de Justicia compuesta El llamado Primer Imperio Mexi- por 11 Ministros, en Tribunales de cano fue breve y su fin quedó se- Circuito y en Juzgados de Distrito. llado en el “Acta Constitutiva de Su texto no contenía disposición la Federación Mexicana” suscrita alguna sobre los derechos del homel 31 de enero de 1824, mediante la bre ni del ciudadano. cual, los estados libres y soberanos asentados en el territorio mexicano Esta Constitución fue derogada y se comprometen a unirse en una reemplazada por Las 7 Leyes Consfederación que será gobernada por titucionales de 1836 que cambiaron 3 poderes. Se comprometen a repli- el régimen Federal por el Centraliscar al interior de cada uno, esa mis- ta que concentraba el poder en la ma forma de gobierno; dieron las Ciudad de México. La primera de bases para que se emitiera la Cons- esas normas estableció por primera titución y crearon el Congreso Ge- vez en el texto constitucional, la naneral Constituyente. Así nació poco cionalidad mexicana, los derechos después la Constitución Federal de y obligaciones de los ciudadanos y los Estados Unidos Mexicanos, que las prerrogativas de los habitantes, entró en vigor el 22 de octubre de que hoy conocemos como derechos 1824. En contraposición al impe- fundamentales; entre ellos, las liberrialismo se crea una República tades de tránsito y de imprenta, la incon el nombre de Estados Unidos violabilidad de la propiedad privada Mexicanos y se establece que el y la irretroactividad de la ley.

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COLUMNA | CENTENARIO DE LA CONSTITUCIÓN

En 1843 la Junta Nacional Legislativa publicó una nueva constitución, que substituyó a las Leyes Constitucionales. Conservó el régimen centralista y al igual que la anterior, contuvo una parte dogmática bien definida. No hablo de las reformas estructurales porque han quedado superadas. Santa Ana gobernó con estas 2 últimas constituciones y confrontó la separación de los estados de Texas, Tamaulipas y Yucatán que se declararon independientes porque no estaban de acuerdo con el régimen centralista, ya que lo pactado en el acta constitutiva de 1822 era el sistema federal. Constitución Política de la República Mexicana

Con esta serie de acontecimientos que dividían y desmembraban a México, llegamos a la Constitución Política de la República Mexicana de 1857. De corte liberal, restablece

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el régimen federal y la educación laica, la supresión de fueros y la enajenación de los bienes raíces de la iglesia. Con esto, se polarizara la sociedad mexicana y se genera la guerra de reforma, alentada por el partido conservador, así como a la intervención francesa y al segundo Imperio mexicano. 10 años más tarde, restaurada la república, la Constitución recobró su vigencia; a Juárez le tocó defender la institucionalidad de un gobierno que se ejercía dentro de una carroza y después, establecer las primeras instituciones que surgieron de su texto, como la educación laica y gratuita, el matrimonio civil, el registro civil.

titución de 1917, que no es formalmente una nueva, sino un decreto de reformas a la de 1857, como se expresa en el decreto promulgatorio de Venustiano Carranza, que literalmente dice: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma la de 1857. Ésta es la que cumplió 100 años el pasado 5 de febrero. De su contenido y prospectiva hablarán los otros ponentes.

¿Qué enseñanza nos deja este breve recorrido por nuestro constitucionalismo? Para mí, una muy clara: cada una de las constituciones le ha costado a la patria mucha sangre de hermanos!! Por eso cabe plantearse las siguientes preguntas: ¿Queremos una nueva ConstiConstitución Política de los tución, como han insistido algunas Estados Unidos Mexicanos de 1917 voces? ¿Podremos darnos una nueva constitución sin una nueva rePor eso se afirma que Juárez nos dio volución? Yo, me pronuncio porque instituciones. Y ya con patria, esta- mejor queramos a la Constitución do e instituciones, se crea la Cons- que ya tenemos.



COLUMNA | FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Solución de Controversias entre Marcas y Nombres de Dominio y que podría considerarse un signo distintivo de facto. A pesar de esta distinción, existen 2 conductas en el ciberespacio que –a parecer del autorcomplican la protección jurídica de los signos distintivos frente a los dns: Lic. Jaime A. Díaz Limón

• Especialista en Propiedad Intelectual en el ámbito Digital.

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l 4 de junio de 2014, la Corporación de Asignación de Nombres y Números de Internet (icann) liberó el dominio global “.futbol”. Esto significa que las personas físicas o morales interesadas en adquirir reputación digital vinculada al mundo del soccer, ahora pueden obtener un nombre de dominio que contenga su alias, denominación o referencia, más el sufijo “.futbol”.

contratos comerciales1; la estrategia de estos deportistas no ha ocupado su atención al complejo mundo de la adquisición de los nombres de dominio, al final ¿un nombre de dominio puede considerarse un signo distintivo?

Prior in tempore, potior in iure.- La compra de espacios en la red y las distintas operaciones de compraventa y subasta que se ejecutan, genera una compleja tarea de regulación o concentrado de directorios registrales de dns que permita la indefectible protección de derechos marcarios. La consultora española Elizaburu rescata de la práctica jurídica este principio y lo define como First come, first served. El primero que llega se queda con el nombre de dominio.3 Cybersquatting/ Ciberocupación.- La ompi4 lo define como el “registro abusivo, deliberado y de mala fe de un nombre de dominio en violación de los derechos de marcas de producto y de servicio.” En el universo de piratería digital, existen un grupo de cibernautas que ejecutan la conducta conocida como warehousing, que “implica el registrar una colección de nombres de dominios con la intención de vender los registros a los titulares de las marcas.” 5

A diferencia del avance legislativo internacional, el derecho positivo mexicano no brinda parámetro alguno que califique jurídicamente al Nombre de • Dominio (dns por sus siglas en inglés, Derivado del lanzamiento del domi- domain name system) y darle una ponio global, en el marco del mundial sición jerárquica respecto de los títulos de Brasil y el impacto mediático de exclusividad que se otorgan en proque existió alrededor de la selección piedad industrial. Es decir, no contaespañola, hubo unos cuantos opor- mos con un criterio que determine el tunistas que compraron dominios derecho de preferencia del que goza un como Laroja.futbol e Ikercasillas. titular de una marca sobre la probable futbol. La afectación se extendió a compra de un nombre de dominio. otros jugadores como cristianoronaldo.futbol y lionelmessi.futbol; todos Recordemos que una marca es todo adquiridos por usuarios ilegítimos. signo visible que distingue productos o servicios de otros de su misma espeA pesar de la lista de activos intan- cie o clase en el mercado2; en tanto que gibles (marcas) que los representan un dns brinda un derecho de propieen el mercado, tanto en productos dad que se adquiere por una operación Derivado del Proceso de la OMPI redeportivos, ropa de moda y diversos comercial, que no genera exclusividad lativo a los nombres de dominio de

En el 2016, la marca deportiva mejor valorada a nivel internacional es “Beckham ™” con un valor de 1,000 millones de dólares, después de que el exitoso futbolista se convirtiera en embajador de UNICEF. Estevez, María. El valor de la marca Beckham se dispara hasta los 1.000 millones de euros. ABC. http://www.abc.es/estilo/gente/abci-valor-marca-beckham-dispara-hasta-1000-millones-euros-201601140020_noticia.html 2 Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Consultada en línea el 21 de febrero de 2017 a través del vínculo http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/lpi.htm 3 San Masrtín, José Ignacio. Marcas y nombres de dominio: solución de controversias. ELZABURU. Abril 2016.http://www.oepm.es/export/sites/oepm/ comun/documentos_relacionados/Ponencias/101_03_II_Jornadas_Sobre_Propiedad_Intelectual_e_Industrial.pdf 1

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COLUMNA

ción de expertos de la ompi oscila entre los 3 mil 200 y 5 mil 800 euros, lo que podría complicar el bolsillo de algunos solicitantes. Sin embargo, el recuperar un dns estratégico para nuestra marca por este medio, puede presentar ahorros de hasta un 40%, respecto de cualquier negociación realizada sin el apoyo de la ompi; por último, hoy sólo es permisible llamar a este proceso de solución de controversias, cuando se Por lo que refiere a la aplicación de la considere que el titular ilegítimo adLDRP.Mx –en ausencia de derecho po- quirió el dns con mala fe. sitivo local- se encuentran casos recientes de éxito, en los cuáles se resolvió la El mundo deportivo nos abrió la puercesión de los derechos del dns a favor ta para esta intervención, en la cual del titular del registro marcario, tales citamos algunos éxitos como el ocucomo: i) tv Transmisiones de Chihua- rrido en el Caso d2015-1659, a través hua, s.a. de c.v. contra Javier Carrillo del cual el Club Atlético Madrid recuRamírez por el uso de izzipaquetes. peró el dominio atleticomadrid.com, com.mx7, ii) nike, Inc. & Nike Innovate después de su registro ilegítimo en el c.v. contra Jesús Navarro Saracibar por año 2000. Esta controversia se resolel uso de nike.mx8 y, iii) Licensing ip vió gracias a la aplicación de la udrp International s.a.r.l. contra Jesús Na- ante la ompi. Se sugieren respetar las varro Saracibar por el uso de pornhub. siguientes conductas si se pretende com.mx, redtube.com.mx y youporno. comprar un nuevo dns: com.mx. En los últimos escenarios, el • Previo a la contratación de un experto panelista tuvo por acreditada servicio con una entidad regisla mala fe con la cual se condujo “Jesús tradora, se sugiere revisar el lisNavarro Saracibar/ el Titular”, asimistado que publica icann a través mo, tomó en consideración los diverdel portal www.icann.org. sos procesos sobre uso ilegítimo y la • Realizar una búsqueda del conducta de ciberocupación en que ha dns cuyo registro se pretende, incurrido el demandado. no sólo como signo distintivo (V.gr. Marcanet), sino impleA pesar de estos esfuerzos, aún se prementar una búsqueda previa a sentan escenarios sin respuesta que través del registrador o con la genera incertidumbre entre los usuaherramienta UWhois, consulrios al momento de usar su marca en la table en línea en http://www. web, porque las resoluciones emitidas uwhois.com. Esto permitirá por el experto de la ompi en la Política conocer si un dominio ya fue Uniforme o la LDRP.Mx (Política Uniregistrado, que entidad regisforme Local), sólo vincula a los agentes tradora participó y, en el mejor registradores que son miembros de la de los casos: i) Fecha de regisicann; los aranceles por la interveninternet, se determinó que la icann se administraría de ahora en adelante por la Organización Mundial de Propiedad Intelectual, y se pactó la Política Uniforme, misma que se ha adecuado para su debida ejecución en cada país; verbigracia, en México contamos con la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para .mx ( ldrp.mx)6.

tro, ii) Fecha de expiración y, iii) Titular del dns9. Evitar prácticas de cybersquatting que coloquen a sus signos distintivos (marca y dns ) en una posición jurídica inestable que podría considerarse de mala fe e infractora. Evitar dns que incluyan en su construcción elementos que se pudieren considerar genéricos o, que de forma evidente, impliquen controversias por contener: i) elementos geográficos, ii) nombres de personas famosas, iii) acrónimos de organizaciones o empresas notoriamente conocidas. En caso de negativa o existencia de mala fe por la adquisición del dns , acudir a la ompi a ejercer derechos de preferencia conforme lo dicta la udrp. De ahí la importancia de la contratación de entidades registradoras certificadas, como se indicó en el inciso A) anterior. Puede consultar el proceso íntegro en www.arbiter.wipo.int/domains/

Se puede concluir que existen mecanismos –internacionales- de solución de conflictos entre marcas y dns, sin embargo, estos no previenen la lesión ni brindan la reparación que pudieren sufrir los titulares de marcas frente a usuarios ilegítimos. Parecería que la ompi nos ha otorgado mecanismos mínimos para emprender el vuelo marcario en el ámbito digital, así como Dédalo lo hiciere con Ícaro, sin embargo, es probable que nuestras alas (marcas), aún se pudieren derretir ante el intenso calor de la red.

Para febrero de 2005, la OMPI resolvió el 80% de los casos de reclamación a favor de los titulares de las marcas conforme a la Política Uniforme de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio. 5 WIPO Internet Domain Name Process. La gestión de nombres y direcciones de internet: cuestiones de Propiedad Intelectual “Informe Final sobre el Proceso de la OMPI relativo a los Nombres de Dominio de Internet” de 30 de abril de 1999. Consultable en línea, a través de http:// www.wipo.int/amc/es/processes/process1/report/finalreport.html. 6 http://www.wipo.int/amc/es/domains/cctld/mx/ 7 http://www.wipo.int/amc/en/domains/decisions/word/2016/dmx2016-0001.doc 8 http://www.wipo.int/amc/en/domains/decisions/word/2016/dmx2016-0002.doc 9 Se pueden encontrar las recomendaciones que realiza la OMPI en http://www.wipo.int/sme/es/e_commerce/domain_names.htm. 4

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COLUMNA | EN LA MIRA

Índice de Percepción de la Corrupción, ya que en el 2016 se ubicaba en el lugar 95 con una calificación de 3.5 sobre 100.

Dr. José Fernández de Cevallos y Torres

José Fernández de Cevallos @Jose_FCevallos

L

a primera convocatoria que lanzó el Senado para el nombramiento del Fiscal Anticorrupción, fue en noviembre de 2015. Los candidatos comparecieron ante las comisiones del Senado y éstas no resolvieron quién sería. Posteriormente en noviembre de 2016, nuevamente el Senado presentó una nueva convocatoria, sin embargo, han prorrogado los plazos para el nombramiento del Fiscal por 3 ocasiones, siendo la última (hasta ahora), la que amplía el plazo al 14 de marzo de 2017. Mientras tanto, seguimos sin Fiscal.

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Han transcurrido cerca de 2 años 4 meses desde la primera convocatoria, en ese tiempo, son numerosos los escándalos de corrupción que han salido a la luz pública, los que por desgracia, abarcan no sólo los 3 órdenes de gobierno, sino que trascienden a los diversos Poderes y a los particulares. Tan grave es la situación del país, que el último análisis realizado por Transparencia Internacional colocó a México en el lugar 123 de 176 naciones analizadas, con una calificación de 30 puntos sobre 100; es decir, que en un año el país cayó 28 posiciones en el

Casos como el de la Casa Blanca, la Casa de Malinalco, los Duartes, Padrés, Borge, Los Moches y un largo etcétera, los cuales, aunados a la tramitología y opacidad, han contribuido a que la percepción de la corrupción en México vaya en aumento. Como si no fuera grave la corrupción que permea nuestro país, resulta indignante la que importamos de otros países y empresas extranjeras. Fenómeno que únicamente se explica por el debilitamiento de las instituciones nacionales, ante las cuales, cualquiera encuentra vías y caminos alternos para hacer “negocios” desde luego ilícitos, en perjuicio de nuestra Nación. Ejemplos sobran, pero a últimas fechas ha trascendido el caso Odebrecht, un conglomerado brasileño dedicado a la construcción que en diciembre de 2016, una


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corte de Nueva York determinó que había pagado múltiples sobornos a funcionarios públicos de varios países (dentro de los que se encuentra México), para obtener contratos multimillonarios. Sin embargo, una investigación de Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (mcci) señala que antes de saberse que Odebrecht había pagado millonarios sobornos a funcionarios mexicanos, ya se habían detectado muchas irregularidades en la relación de la constructora brasileña con pemex, como sobrecostos, incumplimientos en contratos, asignaciones directas y, sobre todo, pagos ilegales. “Desde 2010 se detectaron estas anomalías, Petróleos Mexicanos adjudicó directamente en los años siguientes cuatro contratos por más de 1,574 millones de dólares a Odebrecht y a sus filiales MinaTrico y Ebramex. Además, PEMEX canceló inversiones propias para cederle a Odebrecht el negocio del etileno, cuyos usos más conocidos han sido para la fabricación de plásticos. Las condiciones de este contrato son un secreto y permanecerán así por 20 años. Sin embargo MCCI obtuvo una copia del contrato y esa operación representó un negocio de al menos 2 mil 500 millones de dólares. La Auditoría Superior de la Federación (ASF) detectó desde 2010, y en forma consecutiva en los años siguientes, múltiples irregularidades en los contratos otorgados a dicha firma, pero esas banderas rojas no provocaron investigaciones inmediatas por parte del gobierno de Felipe Calderón ni de su sucesor, Enrique Peña Nieto. Tampoco se promovieron acciones penales contra el poderoso consorcio. Por el contrario, los con-

Esas prácticas en la que empresas extranjeras sobornan a funcionarios mexicanos para obtener ilícitos contratos debiera ser efectivamente perseguida y sancionada, no solapada y hasta promovida por el beneficio que representa.

tratos a su favor se multiplicaron. Paradójicamente, fue justo en el año en que la ASF descubrió las primeras anomalías cuando fluyeron los sobornos a Odebrecht, según han admitido ejecutivos de la constructora brasileña ante una corte federal en Nueva York. En su confesión, rendida el 21 de diciembre de 2016, reconocieron haber pagado 10.5 millones de dólares a funcionarios mexicanos entre 2010 y 2014, a cambio de contratos.” 1 Esas prácticas en la que empresas extranjeras sobornan a funcionarios mexicanos para obtener ilícitos contratos o concesiones, debiera ser efectivamente perseguida y sancionada por las autoridades mexicanas, y no como se observa, solapada y hasta promovida por el beneficio que representa. Esa forma de cohecho debiera ser perseguida no sólo por la lesividad propia al Estado mexicano, sino por que México firmó el convenio internacional para Combatir el Cohecho de Servidores Públicos Extranjeros

en Transacciones Comerciales Internacionales, y además, por que en Código Penal Federal se tipifica tanto el delito de cohecho como el de cohecho de servidores públicos extranjeros. Como mencionaba líneas arriba, el principal aliciente que tienen empresas extranjeras para realizar actos de corrupción en territorio nacional, sobornando a funcionarios públicos mexicanos para obtener beneficios ilícitos, básicamente se pude explicar por el debilitamiento de las instituciones, en las que por una impunidad generalizada, cualquiera puede actuar al margen de la ley sin temor a ser sancionado. Por eso, resulta imperativo la consolidación del Sistema Nacional Anticorrupción (sna), dentro del cual, la figura de Fiscal anticorrupción jugará un papel de gran relevancia, ya que será la autoridad encargada de investigar y perseguir los actos de corrupción. No hay que ser ingenuos para pensar que por el nombramiento del Fiscal o por la consolidación y puesta en marcha del sna la corrupción en México terminará, la realidad nos demuestra que con la creación formal de instituciones, la percepción del fenómeno no disminuye, para lo que servirá el nombramiento del Fiscal Anticorrupción, será en un primer momento, para el fortalecimiento de las instituciones, y posteriormente con una adecuada gestión, para combatir eficazmente a la corrupción en la vía penal. Por lo anterior, esperemos que el Senado designe a un Fiscal, capaz, independiente, con conocimiento de la materia y que busque privilegiar a México y a los mexicanos, y no uno a modo que sirva como tapadera de tanto corrupto, que ha visto en el país un botín que puede ser saqueado impunemente.

Investigación realizada por Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad, consulta disponible en: https://contralacorrupcion.mx

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COLUMNA||Efemérides EFEMÉRIDES COLUMNA

Mtro. Federico Santacruz González Socio del despacho Ritch, Mueller, Heather y Nicolau. Experto en Derecho Energético

A

partir de la Reforma energética el 18 de marzo, fecha trascendental en la historia contemporánea de México, obliga a una reflexión sobre el significado de la Expropiación petrolera en nuestro país. Hoy el país atraviesa por una singular transformación en materia energética al dar por terminado el monopolio de pemex en el sector gasolinero y petrolero; esto trajo consigo una apertura necesaria a capitales privados para la exploración y extracción del combustible en territorio nacional.

¿ Q u é s i g n i f i c a d o t u vo l a expropiación petrolera en México?

La expropiación petrolera fue una apropiación simbólica del pueblo mexicano sobre un componente fundamental de su patrimonio de recursos naturales, frente a la explotación de las potencias extranjeras. Sin duda, un acto nacionalista que respondió a una circunstancia política de aquel momento. Este acto significó mucho más que una mera expropiación, al no ser simplemente una acción individualizada sino una Aunque todavía es muy pronto para medida que definió la estructura ver los resultados, lo cierto que es era económica del país durante décadas, necesaria una reforma constitucio- simbolizando el éxito de la soberanía nal de tal envergadura para México. nacional por más de 60 años. Para conmemorar esta fecha Foro Jurídico platicó con el Mtro. Federico ¿Cuál ha sido la evolución jurídica Santacruz González, socio del des- (o normativa) en materia energética pacho Richt Mueller y Mtro. Marco en México desde entonces? Portillo Díaz, asociado del área de Energía e Infraestructura, quienes El desarrollo de la normatividad en mareflexionan sobre el significado hoy teria de hidrocarburos tuvo 3 etapas: del 18 de marzo. Brindamos a nuestros lectores la parte trascendental 1. La primera, que comienza en la de la entrevista. expropiación de 1938 y que se ca-

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racterizó por los esfuerzos del gobierno en consolidar la nacionalización de la industria petrolera, en la cual se decretaron las siguientes: • El Decreto de Expropiación anunciado el 18 de marzo de 1938 por el presidente Lázaro Cárdenas, mediante el cual se expropiaron los activos de las empresas petroleras operando en México. • La reforma al artículo 27 constitucional en 1940, para incluir “Tratándose del petróleo y los hidrocarburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos, no se expedirán concesiones y la Ley Reglamentaria respectiva determinará la forma en que la Nación llevará a cabo las explotaciones de esos productos.” • La Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo (lra27) de 1941 que estableció que la exploración y extracción de petróleo debía llevarse a cabo por la nación mexicana, pero permitiendo todavía contratos con particulares para realizar los trabajos correspondientes con contraprestaciones en producto o efectivo. • la lra27 de 1958 y su Reglamento de 1959, con los que se consolida la estatización de la industria petrolera mexicana al prohibir las concesiones a particulares y establecer a Petróleos Mexicanos como único organismo autorizado


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para realizar actividades de exploración y extracción, resultando en una regulación más estricta que la promulgada por el presidente Cárdenas. • La reforma al artículo 27 Constitucional de 1960 que elevó la estatización de la industria al texto constitucional estableciendo “no se expedirán concesiones y la ley reglamentaria respectiva determinará la forma en la que la nación llevará a cabo las explotaciones de esos productos”. 2. La segunda, mediante la cual, con

la llegada al poder de gobiernos neoliberales, el estado pretende establecer mecanismos legales que permitan a los particulares, participar en la industria del petróleo, pero sujeta a las limitaciones constitucionales existentes y sin constituir una reforma de fondo, para lo cual se hicieron las siguientes reformas: • Las reformas a la lra27 de 1995, 1996, 2006 y 2008 que fundamentalmente permitieron la participación de privados en transporte, almacenamiento, distribución de gas, petróleo y en petroquímica básica y el aprovechamiento del gas asociado a los yacimientos de carbón mineral. • La Nueva Ley de Petróleos Mexicanos de 2008 que permitió mayor participación de la industria privada, sin permitir contratos de producción compartida, de utilidad compartida o licencia. 3. Finalmente, la conocida coloquial-

mente como la “Reforma Energética” que comienza con la Reforma Constitucional de 2013 seguida de: • La publicación, el 11 de agosto de 2014, de la Ley de Hidrocarburos, la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, la Ley del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el De-

sarrollo y la Ley de Petróleos Mexicanos, así como la reforma a diversas leyes que era necesaria para adecuar el marco jurídico a esta nueva realidad. • La publicación, el 31 de octubre de 2014, del Reglamento de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, el Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos, el Reglamento de las Actividades a las que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos, el decreto de reforma del Instituto Mexicano del Petróleo como Organismo Público Descentralizado. • Y por último, continúa la publicación por parte de diversas entidades gubernamentales, de normas, lineamientos, criterios y demás aplicables a la industria de hidrocarburos.

superficial para proyectos de hidrocarburos que aseguren una contratación justa con los poseedores de la tierra, la elaboración de estudios de impacto social y de una consulta previa, libre e informada para proteger los derechos de las comunidades indígenas.

¿Qué opinión le merece el fenómeno del “gasolinazo”?

La reforma energética no ocasionó el famoso gasolinazo. De hecho, a causa de ella, el gobierno está obligado a dejar de intervenir en el precio de las gasolinas, siendo el propio mercado (y no el gobierno) el que regule los precios. Ahora bien, el gasolinazo, como fue implementado, es el resultado de una política fiscal/económica determinada por la Secretaría de Hacienda, que eliminó de tajo subsidios que venía aplicando a las gasolinas. Con o sin re¿Cuáles son los principales forma, los precios de la gasolina tarde o cambios que trajo la reforma temprano hubieran aumentado porque el subsidio de las gasolinas era insosteenergética? nible. Provocaba severas ineficiencias Implicó 3 cambios fundamentales en en el mercado de los hidrocarburos, siendo que el pueblo mexicano, pagamateria de hidrocarburos: ba la diferencia entre el precio real de 1. La completa apertura del sector mercado y el fijado con el subsidio. Éste a la inversión privada, al eliminar tiene efectos regresivos, es decir, afecta el monopolio del Estado sobre las a los mexicanos más pobres (que no utiactividades de exploración y extrac- lizan autos privados para su transporte), ción, permitiendo la celebración de beneficiando principalmente a los seccontratos de utilidad compartida, tores más ricos que poseen uno o más producción compartida y de li- autos particulares. El aumento, pues, es cencia (incluyendo farmouts con simplemente una realidad resultado de Pemex), estableciendo un proceso la eliminación de un subsidio. contractual, por medio de la cnh, y un manejo del dinero por medio Sobre subsidio, es importante señadel nuevo Fondo Mexicano del lar que la demanda de combustibles Petróleo para la Estabilización y el ocasiona una falla de mercado que obligaría al gobierno a desincentivar Desarrollo, más transparente. 2. La transformación de Pemex a una su consumo, con una política fiscal empresa productiva del Estado, contraria, es decir un impuesto (conque le otorga mayor independen- trario a lo que venía aplicando: un cia en su administración y le per- subsidio). Si consideramos que el uso mite concentrarse en lograr mayor de gasolinas es una de las principales causas del cambio climático, este uso productividad y rentabilidad. 3. El respeto a los derechos hu- implica una externalidad negativa al manos, al establecer requisitos medio ambiente, debido a que el beespeciales para la celebración neficio marginal social es menor al de contratos de uso y ocupación costo marginal social.

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COLUMNA||LaLAMáquina MÁQUINA TIEMPO MUSICAL COLUMNA del DEL Tiempo Musical

Lic. Jesús A. Aquino Rubio

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con su propia riqueza. Cuando esto aconteció, la radio mexicana tenía a Agustín Lara y sus composiciones entre sus favoritos, melodías como la emblemática Guadalajara, del gran compositor José Guizar Morfin, tenían un año de ser lanzada comercialmente. El corrido era un género de gran aceptación y fue perfecto para inmortalizar la hazaña Cardenista, la cual permeó en grandes temas como El Corrido del Petróleo, Para cuando se llevó a cabo el famo- que todos alguna vez entonamos en so decreto expropiatorio, ese emble- la primaria, o el tema La Expropiamático 18 de marzo, el presidente ción de Federico Villa. Cárdenas lo explicó a través de radio nacional, dando también lectu- Evidentemente todas las décadas ra al Manifiesto a la Nación, donde han sumado composiciones a esa derefería los motivos de su actuar. La terminación que marcó para siempre sensación colectiva era única: recu- el rumbo de nuestro país. La danza peramos, poseemos y tenemos ple- del petrolero, de Los Wemblers de no dominio sobre nuestra riqueza Iquito es una muestra de ello, copetrolera, y ante el avasallamiento mercializada en 1976, fue también de las compañías extranjeras sobre un gran éxito en 1978 en la versión trabajadores mexicanos, el gobierno a ritmo de cumbia amazónica realino sólo interviene, sino les protege y zada por Los Mirlos. El imaginario respalda con la garantía a perpetui- musical llevó incluso a narrar la nedad que nadie vuelve a manipularles gociación por el precio del petróleo.

uedo atreverme a decir que la más famosa decisión de política pública de todos los gobiernos que hemos tenido, es la mítica expropiación petrolera realizada por Lázaro Cárdenas del Rio en 1938. Así lo refleja el orgullo y nacionalismo asociado a tal determinación, que ha quedado guardado en composiciones, cantos y corridos identificados en la música popular.

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Así sucedió a finales de los 70’s con el grupo Tam y Tex, quienes grabaron un tema llamado Plegaria Petrolera, en la cual describen el intercambio entre el presidente de México y el de los Estados Unidos por el precio del petróleo. Pero culminan señalando que sin importar el resultado de tal negociación, la realidad es que ya no hay donde sacar más. Entonces, se sugiere dar a buen precio el litro del combustible, pero a cambio dejar pasar a los indocumentados mexicanos hacia aquel país, terminando con una critica al elevado precio del gas. En la década siguiente, llegamos a 1981, en donde con el tema El Petrolero de Lorenzo de Monteclaro, encontramos una alabanza continua al trabajo de quienes desempeñan esa actividad y expone con orgullo el valor de la materia, y un par de años después, en 1983, la gran Amparo Ochoa graba el que para muchos es considerado el tema más famoso de esa etapa de nuestra historia nacional: El corrido de la expropiación del petróleo mexicano “1938, de feliz recordación en que nuestro presidente declaró la expropiación del petróleo mexicano, para que su pueblo fuera grande, libre y soberano…” Al revisar la década de los 90s, encontramos al grupo Desorden Público quien en 1994 lanza un irreverente y


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movido tema llamado Tetero de petróleo, que empieza a cambiar la visión que hasta entonces se había tenido en la música relacionada con la expropiación, para emigrar a un enfoque más crítico del fenómeno, y sólo 2 minutos con 48 segundos, mucho ritmo, metales, algo de ska, y cerca de 76 palabras son suficientes para que el grupo nos de 3 golpes de realidad: “Mal amamantada, con un tetero de petróleo Demasiado crudo, demasiado pesado, demasiado viscoso, El tetero de petróleo hizo creer que era todo Y lo único que crece es un circulo vicioso Mal amamantada y el tetero de petróleo que se acaba…” Pero la canción más critica de esa década, proviene del mismísimo Oscar Chavez, quien en 1998 lanza el tema petrolero 96, y parece que las odas al movimiento de expropiación y la actividad petrolera relacionada han terminado por rendirse a la realidad. Impacto ecológico, daños a la naturaleza, falta de equilibrio en la actividad económica, gobiernos deshonestos, muestran en esta melodía un corte de caja al año de 1996 bastante duro: “Yo tenia mis buenas tierras en Tabasco, que nos daban suficiente pa’ vivir La laguna daba enormes camarones Y la pesca nos brindaba siempre el mar Año del noventa y seis, Ya no queda un campesino Solo el hambre y la miseria ay!!! Por el Petróleo Asesino En mala hora que encontraron el Petróleo En mala hora se pusieron a escarbar Y diciéndonos que ya somos muy ricos Envenenan con Petróleo tierra y mar…” Ese fin de década fue especialmente prolífico. Prácticamente hubo un renacer musical para entonar melodías relacionadas con ese importante episodio histórico, y una muestra es el álbum titulado ¡Viva Cárdenas

mismo es que fue grabado en idioma ingles con el irreverente ritmo pegajoso de la casa, algo que no es de extrañarse, pues en 1988 la agrupación musical ya había lanzado un tema ambientalista titulado Contaminado, “El día 18 de marzo, fecha de gran en donde la fusión de pop con chispas de ensambles caribeños los identifisensación Nacionalizó el petróleo, el jefe de la can en la preferencia del gran público. Instalados en el nuevo milenio, el grunación Los lobos imperialistas, aullaron po español La Pegatina graba el tema El Petrolero, en donde hablan de los mas de la cuenta Nuestras leyes socialistas, al demo- problemas ambientales asociados a la extracción petrolera, con una crítica nio los ausenta Y el pueblo lleno de odio, les dijo a los fina, poética, pero sin tapujos: desgraciados Exploten por otros lados, que aquí ya “Miedo los peces que lloran de burbujas negras, abrimos los ojos…” bañando la arena de agrio color, Otro importante tema de este humanos suspiran de llanto revientan álbum, también a ritmo de cor- las manos, rido, es el de Gabino Palomares, y dicen adiós a la mar, la marea será…” bautizado 18 de Marzo, donde nuevamente se hace alabanzas a Los ritmos evolucionaron del corrido al mismo rock, como lo mostró la decisión presidencial: en 2007 el grupo Breed 77, con la melodía Petróleo, grabado en ingles “Cumpliste con tu destino, y español, donde afirman: al rescatar lo heredado, y al enfrentarte a los gringos, “Como seguimos luchando por una hayaste un campo sembrado, con obreros campesinos, que te entre- mentira, no es nuestra guerra, y la suya nos garon sus manos…” quita la vida.” Para 1999, Los Terribles del Norte lanzan una cumbia titulada Los De la exaltación nacional, a la crítiPetroleros, como un homenaje a los ca ambiental; del orgullo absoluto a trabajadores petroleros, enaltecen el la crítica profunda por los perjuicios trabajo de exploración y citando los asociados a la actividad petrolera; del daños causados por esta actividad en sentimiento de ser dueños de nuestra riqueza al sentimiento moderno de algunos trabajadores: haber sido estafados por los gobiernos en turno, el tema de la expropiación “Que vivan los petroleros aun tiene muchos capítulos musicales Que van a lo mas profundo por escribir, nos faltarán años para ver Que van buscando el producto el desenlace final del llamado “tesoro Pa’ beneficio del mundo de los mexicanos.” Se enfrentan a mil peligros A diario están muriendo maquinadeltiempodekiko@gmail.com Por eso los petroleros se están aca@kikotimemachine bando” Muchachos!, lanzado en 1998, el que nos regala muchos temas interesantes. Destacamos en primer termino la canción de Margie Bermejo titulado La Expropiación.

Maquina del Tiempo de Kiko Aquino Rubio

Es hasta el 2001, cuando el reconocido grupo Ritmo Peligroso retoma la inspiración crítica al lanzar el tema Petróleo Futuro. La característica del

maquinadeltiempodekiko Maquina del Tiempo Máquina del tiempo Kiko

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COLUMNA | MIRADOR FISCAL

Lic. Adriana Higuera Ornelas Asociada Senior de JCH Abogados info@jch-abogados.com

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n periódicos y redes sociales ha circulado recientemente la noticia de que la materia fiscal tendrá juicios orales. Sin embargo, cabe preguntarse ¿qué tan acertado es hablar de juicios fiscales orales? El 27 de enero de 2017 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (dof) un Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo (lfpca) para incluir el llamado “juicio de resolución exclusiva de fondo” en materia fiscal. A pesar de que su artículo 58-16

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señala que dicha modalidad de juicio se regirá bajo el principio de oralidad, de un análisis a los apartados reformados se observa que la oralidad a que hace referencia se circunscribe a tan sólo a momentos procesales. Audiencia de Fijación de Litis

El primero de ellos es la Audiencia de Fijación de Litis. Como su nombre lo indica, tiene por objeto fijar en qué consiste la controversia planteada por las partes. Tendrá lugar dentro de los 20 días si-

guientes a la fecha en que se reciba la contestación de demanda y será desahogada ante la presencia del Magistrado Instructor y en su caso, del Secretario de Acuerdos, quien levantará un acta circunstanciada de la diligencia. El primero determinará, bajo su prudente arbitrio, los tiempos que se concederán a las partes para exponer oralmente los motivos por los que estiman les asiste la razón. Asimismo, se permite a los restantes magistrados integrantes de la Sala, si así lo desean, acudir a la audiencia. Por otra parte, se aclara que en caso de que alguna de las partes en el juicio no asista a la Audiencia de Fijación de Litis, a pesar de haber sido debidamente notificada, ésta se realizará con la parte que se encuentre presente. Se entenderá que quien no acuda consiente los términos en que la litis quedó fijada y además precluye tajantemente, su derecho para formular cualquier alegato posterior en el juicio, sea verbal o escrito.


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Audiencia Especial

El segundo momento procesal en el que se manifiesta la oralidad es en la Audiencia Especial. En ella, los peritos que rindieron sus dictámenes, responderán dudas o cuestionamientos que el Magistrado Instructor les formule, en tanto el Secretario de Acuerdos, deberá auxiliar en el desarrollo de la diligencia y levantar el acta respectiva. Además, se faculta a las partes para acudir, permitiéndoles ampliar el cuestionario del dictamen pericial, así como formular repreguntas a los peritos.

las etapas procesales del juicio y únicamente regulan momentos procesales específicos.

El juicio contencioso administrativo federal, tramitado ante el TFJA, sigue siendo eminentemente escrito.

Conclusiones Audiencia Privada

Finalmente, un tercer momento en el que se reconoce el principio de oralidad en el juicio, es la Audiencia Privada con el Magistrado Instructor o con alguno de los Magistrados de la Sala. Debe solicitarse por alguna de las partes, para llevarse a cabo, ambas deben ser debidamente notificadas para estar en posibilidad de asistir. En caso de que alguna no acuda, la misma se llevará a cabo con quien esté presente.

Si bien las denominadas Audiencia de Fijación de Litis, Audiencia Especial y Audiencia Privada introducen elementos de oralidad en el juicio contencioso administrativo, en realidad no sería acertado hablar de juicios fiscales orales, puesto que dichas disposiciones sólo resultan aplicables para el juicio contencioso administrativo en la modalidad de “juicio de resolución exclusiva de fondo”. Dichas audiencias no contemplan la totalidad de

En este sentido, debe concluirse que el juicio contencioso administrativo federal, tramitado ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, sigue siendo eminentemente escrito, puesto que éstas nuevas audiencias que se detallan en la modalidad del juicio de resolución exclusiva de fondo, reservado a la materia fiscal, en su mayoría no son aplicables para el juicio de nulidad en la vía tradicional, en donde subsiste la preeminencia de la escritura. No obstante lo anterior, a fin de asegurar la impartición de justicia pronta y expedita, resulta muy atractivo para los gobernados el hecho de que se empiece a contemplar por el legislador la posibilidad de tener juicios fiscales efectivamente regidos bajo la óptica de los principios de oralidad y celeridad tal y como ya es una realidad para otras ramas del Derecho Mexicano.

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COLUMNA | Ponderación, RUMBO A LAReglas CONSTITUCIÓN y PrincipiosDE LA CDMX

Informe Anual de Actividades El TEDF es la institución responsable de impartir justicia en los procesos electorales y de participación ciudadana, y encargada de la defensa de los derechos político-electorales de los habitantes de la Ciudad de México.

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n cumplimiento a lo ordenado por el artículo 162 fracción x, del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, el Magistrado Presidente del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, Armando Hernández Cruz, rindió un informe de las actividades realizadas por este órgano colegiado, durante el 2016.

Este Tribunal tuvo la labor de emitir sentencias relacionadas con diversos Procesos Intrapartidarios y resolver las controversias derivadas de la elección de Comités Ciudadanos y Consejos de los Pueblos, la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo y las elecciones de Autoridades Tradicionales de los Pueblos Originarios de la Ciudad de México. La sustanciación de los diversos medios de impugnación relacionados a estos procesos de gran importancia para la vida democrática de la ciudad, se llevaron a cabo en este Tribunal, de manera satisfactoria y conforme a lo que establece la ley.

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Del mismo modo, se realizó la transición de la Cuarta a la Quinta Época de Jurisprudencia del tedf; ello, resultado de la aplicación e interpretación del marco normativo derivado de la reforma constitucional en materia político-electoral de 2014. En materia administrativa, este Tribunal ejerció el presupuesto aprobado conforme a la normativa y procedimientos vigentes aplicables para la administración de los recursos humanos, financieros y materiales, aplicando medidas para el uso eficiente de los recursos públicos asignados a esta institución.

Estrategia de Comunicación Institucional que no sólo fortaleció la imagen del Tribunal, sino que permitió difundir sus valores entre los habitantes de la ciudad a través de la realización de diversas campañas institucionales en materia de discapacidad, equidad de género y eliminación de la violencia. En el Tribunal Electoral existe un compromiso con la Justicia Abierta, la transparencia y la rendición de cuentas. Para garantizar su cumplimiento, se modernizaron políticas de combate a la corrupción, como la presentación de la Declaración de Posible Conflicto de Interés, posicionándonos al respecto, como institución pionera.

El año 2016 fue trascendente en materia de transparencia. El 6 de mayo, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México, ordenamiento que presentó cambios sustanciales. Generando nuevas obligaciones a cargo de los sujetos Durante el 2016, el Instituto de For- regulados por dicha legislación. mación y Capacitación de este órgano jurisdiccional, suscribió 11 convenios Obligaciones que esta institución con diversas Instituciones, a fin de for- atendió puntualmente, resultado de talecer las actividades de formación y lo cual, en el evento de entrega de reactualización del personal, en los temas conocimientos a las Mejores Práctipropios de cada área del Tribunal, así cas de Transparencia y de Protección como en el campo de la investigación. de Datos Personales, que organizó el infodf, el Tribunal Electoral ganó el En lo que se refiere a comunicación 1er. lugar en las mejores Prácticas en y relaciones públicas, se generó una Protección de Datos Personales.


COLUMNA

Estas acciones corroboran el firme compromiso que tiene este órgano jurisdiccional de cumplir con las disposiciones jurídicas en materia de transparencia, acceso a la información pública, rendición de cuentas y protección de datos personales y de velar por la más amplia protección de los derechos humanos reconocidos en nuestra Constitución, en los Tratados y en las Leyes Federales y Locales.

muestra del esfuerzo y trabajo que el Tribunal Electoral del Distrito Federal realiza para generar conciencia y fortalecer la cultura y la vida democrática de nuestra ciudad.

de México, los primeros Alcaldes y Concejos de las demarcaciones y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad, así como la Consulta Ciudadana sobre Presupuesto Participativo 2018. De igual manera, este órgano jurisdiccional participa en el proceso de armonización de las leyes secundarias con motivo de la promulgación de la Constitución Política de la Ciudad de México, a la que ha sido convocada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, junto con el Instituto Electoral local. Nuestra aportación tiene como propósito, además de la adecuación normativa al texto constitucional, proponer leyes tendentes a potenciar los derechos de la ciudadanía, en apego a los principios rectores de la materia electoral.

El presente año, el Tribunal continuará con su compromiso para hacer accesible la Ley a todos los habitantes de esta capital con el proyecto de Constitución Accesible, mediante el cual los primeros 29 artículos de la En materia de tecnologías de la infor- Constitución Política de los Estados mación, se emprendieron una serie de Unidos Mexicanos, estarán disponiproyectos encaminados a favorecer la bles a través de Internet en un forimpartición de la justicia electoral; en mato accesible para personas con este sentido, se concretaron avances alguna discapacidad: cualquier percomo la actualización y ampliación de sona podrá consultar estos artículos la infraestructura tecnológica, seguri- en formato de fácil lectura, especial dad de los sistemas y de servicios que para débiles visuales; en formato de sirven de apoyo a las áreas jurisdiccio- audio, para las personas ciegas; y en nales y administrativas, y el empleo de Lengua de Señas Mexicana, para las Los derechos político-electorales que defiende este Tribunal, son derechos las nuevas tecnologías en beneficio de personas sordas. humanos, y son aquellos que reslas personas e instituciones, conforme guardan y promueven la participaa estándares internacionales de cali- El Papel del TEDF en el 2017 ción de todas las personas en la vida dad reconocidos. En nuestra proyección hacia 2017, política y democrática de la ciudad. Estas son sólo algunas de las accio- enfrentamos importantes retos. nes y esfuerzos que se encabezaron Recordemos que este no sólo es un Como juzgadores electorales e ima lo largo del 2016 para cumplir con Tribunal Electoral, sino también de partidores de justicia, es nuestra las responsabilidades que esta insti- Procesos Democráticos; que este año obligación tener presente siempre tución tiene con todos los habitantes tendrá la importante obligación de que la justicia no tiene límites ni de la Ciudad de México en la defensa ser garante y seguir realizando su la- fronteras; la Ley es igual para todos y de sus derechos político-electorales. bor en el Proceso Electoral que dará todos debe aplicarse sin distinciones. Haciendo un balance objetivo, el inicio en el mes de septiembre, y que 2016 fue un año plenamente satis- culminará en el 2018 con la elección Descarga el informe factorio ya que, además de cumplir de los integrantes de la primer Le- 2016 del TEDF las metas de resolver oportunamente gislatura del Congreso de la Ciudad todos los medios de impugnación sometidos a consideración del Pleno, se logró dar continuidad a una serie de programas que el presente Pleno del Tribunal ha decidido implementar, y que tienen por objeto la difusión de los valores democráticos y el fomento de una participación ciudadana plural, igualitaria y que busca la integración de los grupos vulnerables. Programas tales como IncluyeTEDF, AprendeTEDF, Explorando la Democracia, Mujeres al Poder, además de actividades que se llevan a cabo mes con mes, como el Día Naranja que busca poner fin a la violencia de género que se vive en nuestro país, son

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CADALSO

ARTÍCULO | Ponderación, Reglas y Principios

Apoyará el Senado la pronta aprobación de la Ley de Seguridad Interior, aseguró enérgicamente el Presidente de la Cámara Alta, Pablo Escudero Morales, advirtiendo que si en la Cámara de Diputados pretenden congelar esta iniciativa, ellos reactivarán el debate a partir de diversas iniciativas que existen en esa instancia, pues son ya son más de 10 años que se ha postergado este asunto, “en la sombra de nuestras indefiniciones”. Durante su discurso en la ceremonia conmemorativa del Día de la Bandera en el Campo Marte, ante el Presidente de la República, los Secretarios de la Defensa y Marina y los altos mandos militares de todo el país, el Sen. Escudero respondió tácitamente a las críticas que recientemente hizo a las fuerzas armadas Andrés Manuel López Obrador y a las declaraciones del coordinador del prd en la Cámara de Diputados, que afirmó no pasaría al pleno el dictamen de la Ley de Seguridad Interior, con la que se pretende regular las acciones de los militares y marinos en tareas de seguridad pública, Si la Cámara Baja no legisla para regular el auxilio de las fuerzas armadas por medio de la Ley Seguridad Interior, será el Senado quién lo haga, enfatizó, recordando que el Ejecutivo Federal ha dispuesto de las Fuerzas Armadas para apoyar a las autoridades locales en materia de seguridad, pero no se ha logrado consolidar cuerpos policiacos eficaces en el país, ya que los gobernadores y los alcaldes han fallado y por ello, dijo, es necesario sacar la Ley de Seguridad, para generar un marco legal que proporcione certeza, temporalidad, gradualidad y respeto a derechos humanos, en las acciones de las fuerzas armadas en apoyo de labores de seguridad, donde existen instituciones policiacas débiles.

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El reciente informe del Auditor Superior de la Federación, Juan Manuel Portal Martínez relacionado con la revisión de la cuenta pública de 2015, denunciando que existen irregularidades por más de 160 mil millones de pesos, evidencian lo que todos sabemos: la corrupción y conflicto de interés de ex gobernadores y funcionarios en activo sigue siendo el más grande cáncer que nos afecta. Lo más preocupante es que, como ha ocurrido en años anteriores, ningún funcionario será señalado como responsable, no habrá consecuencias penales y lo más grave, el dinero desviado no será recuperado, permitiendo que siga campeando la terrible impunidad que existe en nuestro país. Año con año el reporte de la asf parece ser la copia del anterior. Denuncias van y vienen y nada sucede, nadie va a la cárcel y mucho menos se sabe de la recuperación de los recursos, de ahí la urgencia de echar a andar ya un sistema nacional anticorrupción eficaz.

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ARTÍCULO

La Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Ciencias Penales (INACIPE) que preside el Procurador General de la República nombró como director de ese instituto al Maestro Gerardo Laveaga Rendón, quien ya ha ocupado este cargo en 2 períodos en el pasado. Laveaga Rendón se comprometió a transformar a este prestigiado organismo de capacitación y profesionalización en un centro que detone el cambio cultural frente a la transformación del nuevo sistema de justicia penal en México. Entre los objetivos que planteó el nuevo director se encuentran, trabajar en coordinación con la Academia Mexicana de Ciencias Penales, y convertir al inacipe en el principal centro de formación y capacitación de los operadores del sistema penal acusatorio y dar atención a los delitos de carácter económico. Ofreció también trabajar de manera cercana con la pgr a fin de alcanzar un modelo homologado en el que se construyan las habilidades de investigación del personal de esa institución, de acuerdo con las necesidades del país. Laveaga Rendón se venía desempeñando como asesor del titular de la pgr, luego de haber terminado su encargo como Comisionado Presidente de ifai. En el medio académico se atribuyó su designación para un tercer período al frente del inacipe por su experiencia y conocimiento del Sistema Penal Acusatorio-Oral.

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No obstante la gran exigencia social para nombrarlo, nuevamente el Senado volvió a diferir la fecha para dar conocer al Fiscal Anticorrupción, bloqueando la completa integración del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA). A pesar de que hay 30 candidatos inscritos en este proceso desde el pasado mes de octubre, de manera irresponsable lo senadores de todos los partidos se resisten a concretar esta designación que tiene virtualmente detenida la entrada en vigor del nuevo sna que debe estar listo en julio. El senador panista Fernando Herrera Ávila, Presidente de la Junta de Coordinación Política, anunció el pasado mes de febrero que no obstante que se habían comprometido a seleccionar al titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción antes de 15 de diciembre, aún no se han alcanzado los consensos necesarios para ello. Tal parece que los legisladores se resisten por temor a ser alguno de ellos los primeros candidatos a ser investigados y consignados por actos de corrupción, pretextando que organizarán mesas de trabajo para escuchar a representantes de organizaciones sociales. Todo hace suponer que los senadores violarán el plazo constitucional y alargarán esta designación hasta después de las elecciones que se realizarán el próximo mes de junio, particularmente la de Gobernador del Estado de México, que consideran los priista como la “Joya de la Corona”, que será un gran parámetro para la elección presidencial de 2018. Lamentablemente en nuestro país las fechas electorales pesan más que las urgencias sociales. La miopía de la clase política no les deja ver que México se cae a pedazos, que sus instituciones pierden credibilidad y que la impunidad amenaza con prender la mecha del México bronco.

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LIBROS

Libros recomendados POR

La Suspensión del Acto Reclamado en la Nueva Ley de Amparo Hugo Martínez García. Rechtikal. 2016 La obra adquiere una nueva dimensión, al asumir realmente la función reservada a una auténtica medida cautelar, no sólo con efectos conservativos y exhibitorios, sino innovativos o restitutivos, y a la manera de un amparo provisional, tal y como lo predicaba el ilustre amparista Ricardo Couto. En el libro se analizan los aspectos históricos, doctrinales y legales de la Suspensión del Acto reclamado. Se hace especial énfasis en la nueva normatividad que regula la institución, la que no era prevista en la anterior ley. Y bajo esta premisa se da cuenta, de acuerdo la ley y a la jurisprudencia, del nuevo campo de operatividad del instituto, sin pasar por alto el trámite general del mismo y que en este sentido en su mayor parte es concordante con la anterior legislación.

Ciclo Cine Debate, Sistema penitenciario, Adolescentes que Infringen la Ley Penal y Prevención de la Tortura a través de un Enfoque Cinematográfico CNDH. 2016 El cine ha servido como elemento o punto de partida para describir la realidad, por ello se ha identificado como un espejo de la sociedad, dado que en muchas ocasiones se hacen representaciones visuales y sonoras de o que en ella ocurre. Es así que, haciendo uso de esta herramienta, la Comisiona Nacional de Derechos Humanos (cndh) organizó el Primer Ciclo de Cine Debate con el objetivo de generar un medio de integración por medio del cual se propiciara la participación y la reflexión sobre diferentes contexto, situaciones, conductas y experiencias de diversas problemáticas sociales relacionadas con temas de los Derechos Humanos (dh). Los contenidos de las películas que se proyectaron fueron temas específicos sobre el sistema penitenciario, de prevención de la tortura y menores infractores de edad que infringen la ley penal. Esta obra se integra con las aportaciones de cada uno de los especialistas que participaron en este ciclo, pretende extender la experiencia del encuentro para ofrecerla a todos aquellos interesados en las temáticas abordadas y en general, de los dh.

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LIBROS

Introducción a la Correduría Pública Alfredo Trujillo Betanzos. Lid Editorial Mexicana. 2017 Esta nueva publicación define el tema, desde la teoría hasta la praxis, y establece el índice de sus áreas de conocimiento y aplicación. La primera parte del texto presenta el contexto en que se desarrolla un corredor público, también habla del sujeto a quien auxilia que es el comerciante y sobre la regulación de los corredores públicos. La segunda parte estudia los medios y herramientas disponibles para cumplir con su finalidad, como lo son la asesoría empresarial, asesoría legal, valuación, fe pública y finalmente la capacidad que tienen para dirimir controversias mediante el arbitraje. A pesar de la importancia y complejidad de estas funciones, no existía un libro claro y bien documentado que auxiliara a estos profesionistas en su actuar diario, ni a los aspirantes a esta actividad profesional en el proceso para la obtención de la habilitación correspondiente. De fácil y accesible lectura esta obra será un referente para todos aquéllos involucrados en el comercio. Puede ser un libro de lectura corrida o para tener en el escritorio para realizar consultas cotidianas.

La Procuración de Justicia en el Centenario de Nuestra Constitución PGR, INACIPE. 2017 A un siglo de la promulgación de la constitución mexicana, resulta indispensable llevar a cabo un ejercicio de reflexión que permita evaluar críticamente el grado en el que los principios y valores que edifican nuestro orden jurídico han ingresado en las dinámicas que convergen en la vida cotidiana. Entre otros, aquellos que subyacen en la procuración de justicia como un propósito fundamental del Estado, que no se limita al gobierno, sino que alcanza a la organización social en su conjunto. Ese es el objetivo que persigue la obra, como una acción congruente con el compromiso por abonar a la construcción de una cultura jurídica. Sustento necesario para vivir en Constitución. Quienes lean sus páginas encontrarán, más que una vuelta al pasado, un ejercicio de arqueología normativa que resulta –independientemente del afán explícito de las y los autores – en un estudio sobre la evolución de los conceptos jurídicos y políticos fundamentales, que han impulsado modificaciones normativas, orgánicas y sustanciales, en respuesta a demandas comunes, así como a las necesidades y empeños de bienestar general.

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COLUMNA | TEMAS CONSTITUCIONALES

Lic. José R. Padilla Profesor de Derecho Constitucional, Garantías y Amparo en la Facultad de Derecho de la UNAM. @JoseRPadilla50

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in olvidar que se trata de una Carta de nivel secundario al estilo de las correspondientes a las otras 31 Entidades Federativas, este documento normativo viene a enriquecer el contenido la legislación mexicana para beneficio de los 3 niveles de gobierno, lo mismo federal, estatal, así como municipal. Toma lo mejor de las instituciones marcadas por la Constitución Federal y aporta lo suyo, con el máximo cuidado de no sobrepasar el nivel correspondiente. Se maneja con rigor milimétrico cuando, al parecer, sobrepasa el rigor de los Derechos Humanos (dh) para no caer en la simple demagogia.

Esta Carta es digna del presente Estado de la Federación, ahora llamado Ciudad de México (cdmx) y reafirma que México es tierra de grandes legisladores; ya lo decíamos en el artículo del mes pasado por las 9 constituciones nacionales que hemos tenido. Con ella se pretende evitar que los habitantes de aquel Distrito Federal, dejen de ser considerados como ciudadanos de segunda. Actúan con acierto algunas voces del prd, en cuanto a que esta la

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Gobierno Federal, dada su riqueza legislativa, democrática y humanitaria. Sin esperar que se vaya invicta porque ya se habla de interponer en su contra lo mismo Controversias Constitucionales, Acciones de Inconstitucionalidad y sin faltar los múltiples Juicios de Amparo. La scjn, en su caso, expresará su última e ilustrada palabra.

Respecto al contenido total, resulta interesante la inclusión del epígrafe hoy Constitución-cdmx, es “producto sobre la fundación de la “Gran Tenode la izquierda”, ya que por cerca de chtitlán”, cuando señala: (Expuesto 20 años, este partido ha luchado por en lengua Náhuatl y traducido en la ella; pero, creo que también contó con forma siguiente): “En cuanto que la buena voluntad de toda la clase po- dure el mundo, no acabará, no pelítica. Sin faltar, desde luego, una ciu- recerá la fama, la gloria de México dadanía deseosa de mayores libertades Tenochtitlán”. Año 1325. y mejor calidad de vida. Calificamos a la presente Carta Legislativa, como El Título Primero atiende a las “Dishazaña legislativa, por la ejemplar posiciones Generales”, en donde, mefunción del Congreso Constituyente, diante claridad meridiana, se expone órgano supremo integrado en forma que “la Ciudad de México es una entimulti-representativa. Lo mismo por dad integrante de la Federación, sede integrantes llegados mediante el voto de los Poderes de la Unión y capital ciudadano-directo, como por indivi- de los Estados Unidos Mexicanos”. duos representantes de los poderes En el Título Segundo se da cabida a la “Carta de Derechos Humanos” y constituidos; locales y federales. sus correspondientes garantías. Leemos en el propio artículo 122 de la Constitución Federal, “la ciudad de En síntesis.- Dado el alto contenido México es una entidad federativa que de la “Const-cdmx”, las discusiones y goza de autonomía en lo concerniente acuerdos de la “Suprema Asamblea a su régimen interior y a su organiza- Constituyente Plural” que la aprobó, ción política y administrativa”. Y en la nos hace recordar los históricos discurparte final del artículo 116, se apunta, sos de los forjadores de la “Gran Cons“los poderes de los Estados se organiza- titución Federal de 1857”, que para el rán conforme a la Constitución de cada maestro Mario de la Cueva, significan uno de ellos”. Se trata de un documento “un canto a la libertad y una invitación ejemplar que ya inquieta a todos los a la armonía social”. (La Constitución gobiernos de los Estados y al propio del 5 de febrero de 1857, UNAM).


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Claustro de Docentes Dr. Fabián Mondragón Pedrero Jueces de Proceso Oral del TSJCDMX Juez Yaopol Pérez Amaya Juez Eliseo Juan Hernández Villaverde Juez Hiram Arturo Cervantes García Universidad Ius Semper Monte Albán 613 Col. Letrán Valle Ciudad de México

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