Sept 2020. La Reforma al Sistema de Justicia que Viene

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Contenido SEPTIEMBRE 2020

LA REFORMA AL

SISTEMA DE JUSTICIA QUE VIENE

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EDITORIAL Indispensable priorizar la justicia restaurativa en la nueva normalidad

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ABOGADO DIGITAL La práctica jurídica tendrá que demostrar la importancia de la opinión humana en temas de derecho sobre los nuevos algoritmos de tecnología Karen Caro Leal

Los actos de violencia política contra las Mujeres impiden el desarrollo de una democracia verdadera Mónica Aralí Soto Fregoso

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LA MÁQUINA DEL TIEMPO MUSICAL Solidaridad capitalista

Jesús Antonio Aquino Rubio

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FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL Dopaje Tecnológico Deportivo y Propiedad Industrial Mariza de la Mora Mondragón

ENTREVISTA El principal desafío que tiene la anade a futuro es contribuir a la organización de la abogacía en el país Dr. Adrián Ojeda Cuevas Presidente de la ANADE

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El TJACDMX se adecuó a las circunstancias en beneficio de los usuarios y ahora encontrarán un tribunal más moderno y eficiente

Mgdo. Jesús Anlén Alemán,

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Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de la CDMX

EN LA OPINIÓN DE NUESTROS ESPECIALISTAS

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Daniel Albor Juárez

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CADALSOS

Los MASC, una respuesta a la insolvencia que enfrentan los comerciantes

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José Faustino Arango Escámez

La importancia de la austeridad administrativa en los Consejos de la Judicatura como órganos de autogobierno judicial

Ana Ley Flores Sánchez

La Justicia Federal en tiempos de pandemia

60 LOS LIBROS RECOMENDADOS para nuestros abogados

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EDITORIAL

Indispensable priorizar la justicia restaurativa en la nueva normalidad

L

a reapertura de los tribunales en todo el país, particularmente en el de la Ciudad de México –uno de los más grandes del mundo–, confirmó que los primeros días sufrieron un verdadero “tsunami” en las oficialías de partes, frente a colas interminables de litigantes y justiciables que querían presentar viejos trámites y nuevas demandas, luego de más de cuatro meses de inactividad judicial. El rezago acumulado durante este tiempo y los nuevos juicios, aunado a las medidas preventivas de higiene, de sana distancia, de trabajo presencial escalonado y de home office, están generando minicrisis en una impartición de justicia pronta y efectiva, augurando que se está gestando un rezago en trámites, notificaciones y sentencias, aun mayor del que ya existía antes de que se declarara oficialmente la emergencia sanitaria. Frente a este desalentador escenario, la única posibilidad real que existe en el sector justicia para volver a la normalidad es utilizar masivamente los medios alternos de solución de conflictos (MASC), en particular la mediación, ya que estas herramientas de la justicia restaurativa, además de ahorrar sensiblemente tiempo y gastos, eliminan la eventual contratación de abogados. Además, los

convenios que celebran las partes en una instancia de mediación judicial tienen la misma fuerza legal que una sentencia. En la CDMX y en el EDOMEX los poderes judiciales están haciendo un esfuerzo serio para priorizar la justicia restaurativa y avanzar hacia una verdadera cultura de la Mediación y que ésta se arraigue entre los litigantes y la población. En esta dirección, el Presidente del PJCDMX, Mgdo, Rafael Guerra Álvarez, anunció que el pasado 29 de julio habilitó en el Tribunal el servicio de mediación gratuita en línea para asuntos en materia civil y familiar, a través del Centro de Justicia Alternativa, siendo ésta aplicable en una primera etapa, en materia familiar a los asuntos relacionados con guarda y custodia, pensión alimenticia, visitas y convivencias, disolución de la sociedad conyugal, convenios reguladores de divorcio o separación, temas patrimoniales derivados de un Juicio Sucesorio, con declaratoria de herederos y acuerdos para la liquidación de una sociedad en convivencia. Y en materia civil a los asuntos relacionados con deudas, problemas condominales, compraventa de artículos defectuosos, incumplimiento de servicios contratados, sociedades civiles y/o mercantiles, incumplimiento de compraventa y todo tipo de situaciones relacionadas con inmuebles.

El procedimiento para la mediación es que los interesados llamen al Centro de Justicia Alternativa para valorar si aplica la mediación, de ser así se les canaliza con un mediador que agendará por separado una cita virtual para revisar documentos y explicar las ventajas de un acuerdo. Si ambas partes aceptan, el mediador abre una reunión con los dos involucrados; de llegar a un acuerdo, habrá una última sesión donde el mediador leerá el convenio y los involucrados lo firmarán con la voz. Estos servicios son completamente gratuitos. Por su parte, el presidente del Tribunal de Justicia del EDOMEX, Ricardo Sodi Cuellar, ha señalado que durante la pandemia se han realizado 1,047 sesiones efectivas de mediación virtual y 2,545 convivencias familiares virtuales supervisadas, inclusive por vía electrónica se han resuelto 128 divorcios por mutuo consentimiento. Es preciso que autoridades, académicos, barras de abogados e instituciones de educación promuevan el uso de los MASC, explicando sus ventajas, particularmente que son procedimientos más ágiles y tienen en su base el diálogo de las partes involucradas, y pueden ser hasta un 70% más efectiva que en litigio.


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LOS ACTOS DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES IMPIDEN EL DESARROLLO DE UNA DEMOCRACIA VERDADERA Entrevista con Mónica Aralí Soto Fregoso Magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ABOGADA INFLUYENTE 2018

“Como Jueza constitucional y como ciudadana tengo la obligación de crear, desde el ámbito de mi función y dentro del marco de mis atribuciones, condiciones para que nuestro género ejerza sus derechos en un plano de igualdad sustantiva.”

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Por Equipo Editorial

¿CUÁL ES EL ASPECTO QUE MÁS TE INSPIRA DE TU PROFESIÓN? El aspecto que más me inspira desde mi profesión es la protección de los derechos humanos, en específico los de las mujeres, porque es un aspecto básico para consolidar nuestra democracia. Generar condiciones de igualdad sustantiva para que las mujeres accedan al ejercicio pleno de sus derechos sin discriminación ni sesgo alguno, es lo que motiva mi visión sobre el derecho.

¿CÓMO HA SIDO TU DESARROLLO DENTRO DEL ÁMBITO LABORAL? Comencé mi carrera en el entonces Instituto Federal Electoral, en el cual desempeñé diversos cargos en órganos desconcentrados. En el ámbito judicial he sido magistrada del Tribunal Estatal Electoral de Baja California Sur, así como de la Sala Regional correspondiente a la Primera Circunscripción Plurinominal de la República, donde fui la primera Presidenta mujer, y, desde el año 2016, de la Sala Superior, ambas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Como todas las mujeres, he sido víctima de algún tipo de discriminación o violencia en el


ámbito laboral –casi imperceptible, a veces– y ello me ha inspirado a superar las barreras que existen para mi desempeño en el campo profesional. La situación generalizada e histórica de discriminación que vive nuestro género en el acceso a las posiciones de poder constituye la razón de una lucha que he emprendido desde cada función que he desempeñado, con la finalidad de aportar mediante las decisiones institucionales mejores condiciones a las mujeres para su acceso a los cargos de mayor rango, en circunstancias de igualdad. MENCIONA LOS MAYORES RETOS A LOS QUE TE HAS ENFRENTADO COMO ABOGADA Y QUÉ LECCIONES TE HAN APORTADO. Uno de los mayores retos que he afrontado no sólo como abogada, sino como mujer, es la conciliación entre la actividad familiar y la laboral. En el ámbito profesional he desempeñado cargos en diversos estados, fuera de mi natal Baja California Sur, como Jalisco y Campeche. En el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación he desempeñado las magistraturas en Guadalajara y la Ciudad de México. Ello constituye un reto por los compromisos que se asumen al desempeñar los cargos públicos, porque limitan la convivencia con la pareja y con las hijas e hijos, sin embargo, he encontrado momentos para compartir con mis seres queridos y su apoyo ha sido fundamental. Otro desafío en el ejercicio de la función ha sido introducir la perspectiva de género en un

contexto patriarcal, sin embargo, lo he asumido con mucho gusto y trato de que esa visión se transmita cada vez con mayor intensidad a mis compañeras y compañeros de profesión para generar criterios de equilibrio en el ejercicio de los derechos de las mujeres. ¿CUÁL ES EL LEGADO QUE COMO ABOGADA QUIERES TRANSMITIR AL GREMIO? La igualdad. Más que un legado, quiero aportar a construir un país en el que las mujeres tengan más y mejores oportunidades. Considero que, como Jueza constitucional, pero sobre todo como ciudadana, tengo la obligación de crear, desde el ámbito de mi función y dentro del marco de mis atribuciones, condiciones para que nuestro género ejerza sus derechos en un plano de igualdad sustantiva. Debe erradicarse la discriminación en razón de género y por cualquier otra causa, es importante identificar y sancionar de forma severa los

actos de violencia política contra las mujeres, porque ello impide el desarrollo de una democracia verdadera. ¿CÓMO VISUALIZAS EL FUTURO DE LA PROFESIÓN? Lo visualizo con operadores del derecho preocupados por la justicia y la igualdad social. Creo que con el tiempo se priorizará, cada vez más, la atención de los derechos humanos sobre los formalismos. Espero un futuro cercano en que se normalice la aplicación de la perspectiva de género en los asuntos en que se encuentren como objeto de juicio los derechos de las mujeres, porque la aplicación de esa visión, desde luego, debe tener como efecto el establecimiento de mejores condiciones para el ejercicio de los derechos de las mujeres, pero sobre todo, porque dota a las y los intérpretes de la norma de una visión transformadora que implica adecuar el derecho

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al contexto de las personas, lo que convertirá a las sentencias en instrumentos para lograr una sociedad con menos desigualdad. Asimismo, espero que participe una mayor cantidad de mujeres en todas las ramas del derecho. En el ámbito judicial, el presente y, por ende, el futuro, requiere que se garantice la igualdad de género en los cargos judiciales, sobre todo en aquellos de titularidad de órganos jurisdiccionales y puestos directivos. Esa igualdad también debe permear hacia el ámbito privado, en donde habrá una mayor cantidad de mujeres en los cargos jurídicos de relevancia en despachos o empresas.

¿QUÉ CONSEJOS PUEDES OFRECER A LAS NUEVAS GENERACIONES DE ABOGADAS? El primer consejo es que se preparen constantemente, tanto en el ámbito jurídico como en otros relacionados con la igualdad de los derechos, la discriminación de las mujeres y la perspectiva de género. Otro consejo sería que mantengan conciencia plena y constante de su pertenencia al género femenino, así como de la discriminación histórica que han padecido como grupo, porque de ello depende la introducción de la perspectiva de género a las soluciones que propongan a los problemas que se les presenten en el ámbito profesional.

“Las mujeres debemos tener conciencia plena de la discriminación histórica que hemos padecido como grupo, porque de ello depende la introducción de la perspectiva de género a las soluciones que propongamos a los problemas que se nos presenten en el ámbito profesional.”

¿DE QUÉ MANERA HA MODIFICADO LA TECNOLOGÍA A LA PRÁCTICA LEGAL, CUÁLES SON SUS BENEFICIOS Y SUS DESVENTAJAS? La tecnología ha resultado benéfica para el ejercicio del derecho, sobre todo en el ámbito judicial, porque ha acercado a las juzgadoras y los juzgadores con las personas. Asimismo, contribuye a disminuir y erradicar las barreras materiales, así como económicas que limitan el acceso a la justicia. Cuando me desempeñaba como magistrada de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con sede en Guadalajara, junto con mis compañeros magistrados implementamos las audiencias de alegatos mediante el sistema de videoconferencias, con la finalidad de que las personas que estuvieran en la circunscripción y que no pudieran trasladarse hasta la sede del órgano jurisdiccional expresaran de viva

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voz, pero a distancia, su sentir respecto al asunto en que estaban involucrados sus derechos. De igual forma, esa técnica de videoconferencia se ha implementado en la Sala Superior para la rendición de audiencias de alegatos y, de forma más reciente, en el marco de las medidas de salubridad seguidas para combatir la pandemia generada por la transmisión del virus Covid-19 para realizar las sesiones de resolución de asuntos. También se está implementando el sistema de juicio electoral en línea para la promoción de aquellos medios de impugnación federales ante las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. En general, considero positivo el uso de la tecnología en la impartición de justicia porque permite eliminar los obstáculos físicos y económicos que en muchas ocasiones impiden a las personas acceder a los órganos de justicia. Además, con dichas

herramientas de información se simplifican los trámites procesales en diversas ocasiones. Por otra parte, es importante destacar que la tecnología permite la continuación de la administración de justicia, incluso en situaciones graves de fuerza mayor que paralizan la mayoría de las actividades, como sucede en la actualidad con la pandemia referida, en cuyo curso no se ha detenido la actividad jurisdiccional electoral. El uso de esas tecnologías desde mi punto de vista presenta una grave desventaja que consiste en que no todas las personas tienen acceso al internet y a las tecnologías de la información, lo cual es indispensable para hacer uso de las herramientas para el acceso a la justicia en línea o a distancia, motivo por el que los procesos tecnológicos deben coexistir con los tradicionales, con el objetivo de brindarles a las personas la mayor cantidad de vías posibles para un acceso fácil y efectivo a la justicia.


LA MÁQUINA DEL TIEMPO MUSICAL

SOLIDARIDAD CAPITALISTA

S Lic. Jesús Antonio Aquino Rubio maquinadeltiempodekiko@gmail.com @kikotimemachine Maquina del Tiempo de Kiko Aquino Rubio maquinadeltiempodekiko Maquina del Tiempo Kiko

“El primer impacto del Covid-19 es sobre la salud. El segundo es sobre la economía. No es un efecto aislado, en todo el mundo ha sido igual.”

obreviven con mayor éxito los giros relacionados con la alimentación y servicios básicos, al cual se deberían incluir internet por supuesto, única alternativa segura al mundo real.

para cumplir tales compromisos, y salvo raras excepciones, la cantidad de incumplimientos oportunos con la banca y demás deuda a cargo de la sociedad en instituciones como tiendas departamentales, será notoria.

La banca en nuestro país pronto organizó esquemas de apoyo a créditos, considerando que frenar la actividad social también detuvo el fluir de la economía.

Es evidente que existe una gran diferencia entre querer pagar y poder pagar. ¿Qué alternativa tienen los deudores? ¿la famosa “causa de fuerza mayor” prevista en los contratos aplica a los créditos actualmente?

Casi todos los bancos otorgaron plazos de gracia de cuatro meses. Pero no piense usted que fue sin costo, obvio que los intereses le fueron debidamente cobrados a todos los deudores, es decir, la banca ayudó aplazando tus pagos, pero te cobró los intereses relativos, la casa no pierde. Esa “solidaridad bancaria” o “solidaridad capitalista”, enfrenta un nuevo reto. Ahora se sabe que para volver a reactivar la economía, es necesaria la vacuna, y ésta llegará en el primer trimestre del próximo año. La mal llamada “cuarentena” en realidad durará de 12 a 14 meses, más el tiempo que tarde la rueda de la economía en volver a girar al ritmo que teníamos antes del coronavirus. ¿Volverán los bancos a brindar alternativas a sus deudores? Finalmente, quien contrató deuda en condiciones normales carece del volumen de ingresos

¿Qué alternativas reales tiene la banca? Ejecutar judicialmente a sus clientes, imposibles de cumplir con los compromisos de pago previamente pactados, ante evidencia innegable, no parece la mejor de las estrategias, pero no deja de ser una vía. En el dilema de vivir o morir, es innegable que la primera opción siempre será primero. Las condiciones de cómo continuará usted viviendo depende de cómo logre organizar sus ingresos, garantizar su subsistencia, vender pasivos para convertirlos en activos, y cumplir sus deudas. Parece que la pandemia, además de un dolor profundo por la partida de los seres queridos, está quitándole tres capas a los estratos sociales, para unificarnos en una gran clase media, carente de liquidez, que ahora más que nunca necesita, nuevamente, el apoyo de la Banca.

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ABOGADO DIGITAL

LA PRÁCTICA JURÍDICA TENDRÁ QUE DEMOSTRAR LA IMPORTANCIA DE LA OPINIÓN HUMANA EN TEMAS DE DERECHO SOBRE LOS NUEVOS ALGORITMOS DE TECNOLOGÍA Entrevista con Karen Caro Leal

Por: Equipo Editorial

hola@karencaromx.com karencaromx Karen Caro Leal

¿DESDE SU ÓPTICA CÓMO HA MODIFICADO LA TECNOLOGÍA LA PRÁCTICA DE LOS ABOGADOS?

Karen Caro Leal es abogada especializada en Derecho de protección intelectual y Protección de datos personales. Miembro activo de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados A. C. (ANADE), Abogada Certificada 2019-2020, Segunda vicepresidenta del Comité Directivo de la Sección Yucatán, así como presidenta del Comité de trabajo de Propiedad Intelectual.

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Estamos atravesando una serie de retos, tanto personales como profesionales en esta “nueva normalidad” que nos está dejando la pandemia del Covid-19. La tecnología ha sido salvadora, por un lado, en el tema personal, al utilizarla para mitigar el ocio en los momentos libres que hemos tenido durante la


cuarentena o bien seguimos teniendo al mantenernos aún con las medidas dispuestas por el gobierno. Por el otro, en el tema laboral, ya que a través de la tecnología se ha modificado nuestra práctica individual, así como las de la actividad administrativa y judicial. Incluso nuestros propios clientes se han tenido que adaptar a usar las plataformas tecnológicas existentes o crear sus propias aplicaciones para poder lograr prestar el servicio que antes se hacía de manera presencial. Si bien, lo antes mencionado, así como las empresas dedicadas a la comercialización de productos y/o servicios ya se encontraban encaminadas a la digitalización, con el tema de la pandemia tuvieron que dar un brinco de unos tres o cinco años hacia donde estaban dirigiéndose. Esta contingencia nos obligó, junto a las empresas, a apoyarnos en la tecnología para temas administrativos de nuestros despachos; se ha modificado, por ejemplo, la manera de atender citas, ya que se volvieron virtuales, totalmente a distancia. Los abogados que ya estábamos acostumbrados al uso de las plataformas digitales no sentimos tanto este cambio de la “nueva normalidad”, sin embargo, los despachos más tradicionales se vieron obligados a adoptar esta nueva modalidad para poder competir en la era digital que ya estamos viviendo. Independientemente de la pandemia, la tecnología nos brinda agilidad y rapidez para muchos trámites, por ejemplo, el uso de la firma electrónica en contratos, nos ayuda a evitar la pérdida de tiempo que implicaba el envío de documentos a través de correo postal y esperar el retorno de los mismos.

“Independientemente de la pandemia, la tecnología nos brinda agilidad y rapidez para muchos trámites, por ejemplo, el uso de la firma electrónica en contratos, nos ayuda a evitar la pérdida de tiempo que implicaba el envío de documentos.”

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ABOGADO DIGITAL Otro punto con la tecnología en nuestra práctica jurídica es el tema de la capacitación, ahora tenemos a la mano sinfín de cursos de actualización, a través de plataformas digitales, maestrías en línea, diplomados, seminarios, etcétera. Todo ello sin tener la necesidad de salir de nuestros domicilios u oficinas. ¿CÓMO VE LA PRÁCTICA PROFESIONAL DE LOS ABOGADOS EN EL FUTURO CERCANO?, ¿EN QUÉ VA A CAMBIAR? Nuestro país es muy tradicionalista en muchos aspectos, lo mismo pasa con la práctica jurídica, muchos abogados aún se rehúsan a utilizar herramientas tecnológicas, en comparación de cómo está la tecnología jurídica fuera de nuestro país. Sin embargo, la práctica profesional ya está cambiando; la era digital ya no está ni siquiera en un futuro cercano, está en el ahora, esta transformación en la manera de

ejercer el Derecho, está actualmente generando una serie de cambios, desde los más básicos dentro de nuestros despachos, es decir temas administrativos o el servicio a los clientes, hasta más complejos como es la toma de decisiones de los jueces. Debido a la nueva normalidad, los temas jurídicos se están digitalizando con rápidamente, tenemos, por ejemplo, los primeros divorcios que se hicieron a través de una plataforma de videollamada, cosa que considero que ni en cinco años hubiera pasado en nuestro país, lo cual ahora tuvo que cambiar. Otro ejemplo son los ministros de la SCJN que llevaron sus reuniones o audiencias a través de plataformas tecnológicas, es decir, se tuvo que orquestar cambios de emergencia para poder movilizar todo nuestro sistema jurídico. La práctica profesional de los abogados ya no solo se está encaminando a un cambio, estamos

“Aplicando temas tecnológicos en cada paso de nuestro ejercicio jurídico, consecuentemente tendremos aún más cambios en la medida en que los tribunales y autoridades administrativas determinen el actuar de sus servicios con las nuevas medidas.”

viviendo ese cambio; aplicando temas tecnológicos en cada paso de nuestro ejercicio jurídico, consecuentemente tendremos aún más cambios en la medida en que los tribunales y autoridades administrativas determinen el actuar de sus servicios con las nuevas medidas. Aunado a todo esto, el ejercicio de la práctica jurídica tendrá que demostrar la importancia de la opinión humana en temas de Derecho sobre los nuevos algoritmos de tecnología que se están desarrollando, es decir, ¿cómo los abogados lograremos mantener la fidelidad de los clientes, si cada día se van desarrollando más mecanismos 14 | Foro Jurídico

autónomos para ciertas áreas del Derecho?, ¿cómo los abogados podremos competir con la inteligencia artificial de aplicaciones jurídicas? Considero que será un reto, ya que para que nuestro sistema jurídico logre este cambio digital de manera exitosa tendrá que implementar mecanismos adecuados a la demanda física de los trámites actuales; pero tendremos que lograr adaptarnos a estos cambios que se avecinan, al final las leyes no son perfectas y el Derecho es, en muchos aspectos, subjetivo y siempre dinámico. Hablando ahora de los abogados corporativos, especialistas en tema de propiedad intelectual o

desarrollo de tecnología, TICs, entre otras, el ejercicio del Derecho se facilitará porque son ramas en las que los abogados están acostumbrándose a la digitalización y el uso de plataformas tecnológicas para llevar a cabo su labor, por lo que quizá en un futuro cercano estos mismos despachos implementarán sus propias aplicaciones para facilitar la atención del servicio jurídico. ¿PARA USTED QUE SIGNIFICA EL CONCEPTO DE ABOGADO DIGITAL? Considero que aún es un concepto muy controversial, lo primero que se me vendría a la mente es un jurista que se


dedica a proteger tecnología y a la par utiliza plataformas tecnológicas. Es decir, yo consideraría a un abogado digital, aquel que se dedica a la protección de este tipo de desarrollos, alguien especializado en las ramas de la protección de datos personales, la Propiedad Intelectual, el Derecho informático, protección de las Tics, entre otras. Si bien no necesariamente sea especialista en todas las materias mencionadas, sí debiera ser especialista en alguna y cuenta con una noción de las demás materias que sirven para la digitalización. Pero digo que es controversial, porque también podría considerarse abogado digital a un abogado que utiliza tecnología en su día a día, sin ser necesariamente especialista en las materias tecnológicas del Derecho, es decir, utilizar plataformas digitales, o gadgets tecnológicos para su labor cotidiana y con facilidad o naturalidad. Sin embargo, considero que un abogado digital es un experto en temas de tecnología que apoya su trabajo jurídico en los elementos electrónicos a los que tiene acceso.

¿QUÉ TIENEN QUE HACER LOS ABOGADOS ACTUALES PARA CONVERTIRSE EN ABOGADOS DIGITALES? Como en cada rama del Derecho, convertirnos en abogados digitales conlleva un camino de aprendizaje y adaptación. La era digital ya está aquí y la estamos viviendo, por tanto, la digitalización de servicios jurídicos ya se ve en el día a día de los abogados; sin embargo, debemos de tener en cuenta que a la par de utilizar cada vez más tecnología y capacitarnos en materia digital, tenemos que realizar inversiones que vayan de la mano con la digitalización en pro del derecho y las mejores prácticas, por ejemplo, en sistemas de seguridad adecuados para el control de la información que tenemos en nuestros despachos. Considero que el reto será ofrecer cada vez más servicios, más sencillos y con resultados óptimos a nuestros clientes, como bien dicen, “renovarse o morir”; la tecnología ya está aquí y no se va a ir a ningún lado, los abogados seguirán siendo buenos o mejores a

“El abogado digital es un experto en temas de tecnología que apoya su trabajo jurídico en los elementos electrónicos a los que tiene acceso.”

través de la implementación de mecanismos tecnológicos; y ahora, si los abogados ejercemos algunas de las materias dedicadas a la protección de la tecnología, a la par de la adquisición de avances tecnológicos para brindar nuestros servicios, tenemos que capacitarnos en temas no solo de nuestras leyes nacionales, sino con todo aquello a nivel internacional que pueda mejorar nuestro servicio para la protección de los desarrollos tecnológicos de nuestros clientes. El derecho se adapta la situación actual, a la tecnología y como abogados nos tendremos que adaptar a cada uno de estos cambios, que llegaron para quedarse.

Al final del camino todos en algún punto nos vamos a convertir en abogados digitales, por el simple hecho del cada vez más frecuente uso de los sistemas tecnológicos que ya se están implementando, nuestra labor nos va exige adaptarnos a todo lo nuevo que pueda ser beneficioso para nuestros clientes y eso conlleva poner la digitalización de nuestro lado, para brindar un mejor servicio en todos los aspectos.

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FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL

DOPAJE TECNOLÓGICO DEPORTIVO Y PROPIEDAD INDUSTRIAL

E Mariza de la Mora Mondragón

La innovación, investigación y desarrollo nos ha permitido alcanzar un progreso tan avanzado que se ha llegado a considerar “dopaje tecnológico” cuando el uso de una patente o modelo de utilidad mejora el desempeño deportivo de un atleta de forma significativa, entendiéndose como la ventaja tecnológica que tiene un competidor frente a los demás por no estar en las mismas condiciones.

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l dopaje es la comisión de una o varias infracciones de las normas antidopaje según lo dispuesto en el Código Mundial Antidopaje que principalmente se enfocan en todo aquello relacionado con consumir, suministrar y portar sustancias prohibidas por parte de un atleta para lograr un mejor rendimiento en una competición, así como abstenerse o manipular cualquier parte del proceso antidopaje. Aunque sigue siendo un tema relevante en las justas deportivas, la realidad es que para las empresas esta situación ha pasado a segundo término, pues éstas no se enfocan en alterar la condición del sujeto como tal, sino que se dirigen al objeto con el cual incluso más de un practicante puede incrementar su rendimiento, es decir, el equipamiento, ropa y artículos que utilizan manejan en su deporte, lo que les genera una ganancia a través de la venta de dichos productos. Hablar de dopaje tecnológico siempre será un tema de vanguardia, ya que la tecnología no deja de avanzar y perfeccionarse, quedando pendiente delimitar la delgada línea que divide la tecnología permitida de aquella que puede ser considerada dopaje.

En 1957, el atleta ruso Yuri Stepanov consiguió el récord mundial en el salto de altura usando unos zapatos con una suela de aproximadamente cinco centímetros que aparentemente le había servido como un impulso extra; posteriormente, en los Juegos Olímpicos de 1968, el estadounidense Tommie Smith obtuvo la medalla de oro en los 200 m planos con unas zapatillas que tenían 68 púas en la punta, en vez de tener 6 clavos, como los demás competidores. Otro ejemplo ocurrió en los Juegos Olímpicos de Beijín 2008, con el apoyo de una tecnología de punta en el traje de baño de la marca Speedo lzr elaborado en colaboración con la nasa, pues al menos 65 récords olímpicos fueron superados. En todos estos casos el resultado fue el mismo: posteriores prohibiciones al uso de estos equipos deportivos en competencias oficiales. Las empresas que se dedican a la fabricación de artículos deportivos habían estado luchando por liderar la elaboración de un zapato deportivo para corredores que ayudara a terminar un maratón (42.2 km) en menos de dos horas con base en tecnología, diseños y materiales especiales,


su cometido se logró el 12 de octubre de 2019 cuando el kenyano Eliud Kipchoge corrió la distancia de un maratón en 1 hora 59 minutos y 40 segundos, pues además de tener un entrenamiento previo, usó los tenis Alphafly de Nike, con número de solicitud de patente estadounidense US20180213886A1, en enero de 2020 fueron prohibidas por la Asociación Internacional de Federaciones de Atletismo (iaaf). Por lo tanto, es oportuno considerar una normativa internacional para el uso de este tipo de artículos e identificar en qué condiciones estaría permitido su uso o si definitivamente llegan a ser dopaje tecnológico.

para que dichos avances no sean una amenaza al espíritu deportivo, la solución radica en garantizar que todos los competidores puedan estar en las mismas condiciones y circunstancias, aunado a que la tecnología en artículos deportivos debe estar autorizada de conformidad con la normativa y los organismos rectores de las competencias a nivel internacional. Es recomendable que los inversionistas consideren que las patentes y diseños industriales en su vertiente de modelo de utilidad sean protegidos y costeables por todos los atletas para evitar su prohibición.

“La innovación jamás debe ser frenada ni considerada como un obstáculo, entonces para que dichos avances no sean una amenaza al espíritu deportivo, la solución radica en garantizar que todos los competidores puedan estar en las mismas condiciones y circunstancias.”

Como vimos, es un suceso polémico en los eventos deportivos, pues la tecnología ha sido determinante para lograr bajar el tiempo de corredores en un maratón gracias al biomaterial de su calzado, o bien, romper récords olímpicos con trajes de baño hechos con poliuretano amoldable al cuerpo que mejora el desempeño de un nadador. La esencia de los eventos deportivos es la competencia con base en el talento nato del ser humano, bajo las mismas condiciones y respeto de las reglas ( fair play), por lo cual, si una tecnología es costeable únicamente por ciertos competidores y la diferencia en su desempeño es notoriamente trascendente, es evidente que se atenta contra la esencia deportiva. Asimismo, la innovación jamás debe ser frenada ni considerada como un obstáculo, entonces

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ENTREVISTA

El principal desafío que tiene la ANADE a futuro es contribuir a la organización de la abogacía en el país Entrevista con Adrián Ojeda Cuevas Presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Empresa, Colegio de Abogados (ANADE), por 50 años de la ANADE

“Gracias al trabajo que hemos realizado a lo largo de estos 50 años la ANADE se ha convertido en referente de los organismos empresariales para hacer consultas desde el punto de vista técnico-jurídico sobre ciertos temas que se presentan en el actuar de las empresas.”

Por Janet Huerta

FORO JURÍDICO (FJ). ¿CÓMO Y CON QUÉ PROPÓSITO SE FUNDA LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ABOGADOS DE EMPRESA, COLEGIO DE ABOGADOS (ANADE)? ADRIÁN OJEDA (AO). La Asociación surge en 1970 como un grupo de abogados internos de empresa exclusivamente que encuentran en la ANADE un espacio para intercambiar los conocimientos que generan en el día a día de su práctica profesional. A los pocos años se abre el espectro considerando el valor que aportamos los abogados externos que nos dedicamos a asesorar a las empresas. El 30 de septiembre de 1970 Francisco Breña Garduño y un grupo de analistas fundan la ANADE. La academia nos brindaba los conocimientos teóricos, la práctica nos dejaba un gran aprendizaje todos los días, pero todo esto se quedaba en cada uno de nosotros como abogados, y es precisamente en la ANADE en donde el grupo se pudo sentar a compartir sus valiosas experiencias profesionales. FJ. ¿CUÁLES HAN SIDO LOS MAYORES LOGROS QUE LA ANADE HA TENIDO A LO 18 | Foro Jurídico

LARGO DE ESTOS 50 AÑOS Y A TRAVÉS DE QUÉ ACTIVIDADES LOGRAN ESTOS OBJETIVOS? AO. En estos 50 años la Asociación se ha consolidado para ofrecer valor a su membresía. Hemos buscado cómo dar ese valor al abogado que se dedica a asesorar de forma interna o externa a las empresas. Lo hemos logrado exitosamente a través de diferentes medios como son los eventos de actualización jurídica que organizábamos antes de la pandemia: presenciales a través de paneles tripartitos para poder contar con la visión del abogado interno, la del abogado externo y la de la autoridad que regula cierta materia. La ANADE ha sido el vehículo para facilitar la actualización del abogado de empresa. En esta actualidad de postpandemia lo hemos trasladado a una vía remota, así es como logramos dar ese valor a la membresía. También contamos con nuestra publicación periódica, la revista Abogado Corporativo, que se distribuye en toda nuestra membresía y a través de la cual llevamos a cabo una labor profunda de los diferentes temas


que inciden en el derecho de empresa. Gracias al trabajo que hemos realizado a lo largo de estos 50 años se ha convertido en referente de los organismos empresariales para hacer consultas desde el punto de vista técnico-jurídico sobre ciertos temas que se presentan en el actuar de las empresas. De esta manera, tanto las cámaras empresariales, como los sindicatos patronales y los consejos empresariales se acercan a nosotros para pedirnos nuestra opinión desde la perspectiva jurídica. El grupo de abogados internos que fundó la ANADE y que más tarde se amplía a abogados externos asume otras responsabilidades con el paso del tiempo al grado de asumir un rol protagónico en la construcción y defensa del Estado de Derecho. Para nosotros el Estado de Derecho significa el respeto a las reglas que rigen a la sociedad, son reglas que hemos acordado, expresa o tácitamente, como sociedad y que representan una premisa para que podamos vivir de una manera ordenada. La ANADE también se ha convertido en un factor de apoyo a las instituciones gubernamentales como consultor, capacitador y difusor de las políticas gubernamentales. Como constructores de soluciones conjuntas aglutinamos a abogados especialistas que son usuarios de las diferentes dependencias gubernamentales en propiedad intelectual, solución de controversias, laboral, y busca generar mesas de trabajo para sentarnos a platicar sobre cómo podemos

en conjunto encontrar las mejores soluciones para la administración de justicia o la de servicios gubernamentales que requiere el actuar de la empresa. FJ. ¿QUÉ VALOR AGREGADO LE DA A UN ABOGADO SER MIEMBRO DE UN COLEGIO EN UN PAÍS EN DONDE NO EXISTE LA COLEGIACIÓN OBLIGATORIA, ES

DECIR, EN DONDE NO ES OBLIGATORIO FORMAR PARTE DE UN COLEGIO PARA EJERCER LA PROFESIÓN DEL DERECHO COMO SUCEDE EN OTROS PAÍSES? OJ. Estamos convencidos de la colegiación porque es un elemento diferenciador que incluso está reconocido por el Consejo Coordinador Empresarial en su manual

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ENTREVISTA “Estar colegiado implica un control ético. Formar parte de la ANADE significa, en primer lugar, adherirse al código de ética interno que rige los estándares tanto legales como morales del actuar profesional.”

de mejores prácticas donde recomienda a las empresas que al contratar abogados externos den preferencia a los colegiados. Estar colegiado implica un control ético. Formar parte de la ANADE significa, en primer lugar, adherirse al código de ética interno que rige los estándares tanto legales como morales del actuar profesional. Cuando algún miembro no cumple con el código de ética, el Colegio tiene un procedimiento que amonesta o incluso expulsa a quien haya violado nuestros códigos. Como ANADE tenemos la certificación que otorgamos a aquellos miembros del Colegio que se preocupan por actualizarse y cumplen con el número de horas de actualización anual; además, tienen un sentido de responsabilidad social y hacen trabajo pro bono, es decir, trabajo que no se cobra a miembros de la sociedad que se encuentran en una situación vulnerable. También contamos con un curso obligatorio de actualización ética y a partir de 2020 implementamos una 20 | Foro Jurídico

actualización tecnológica de los abogados en respuesta a la realidad imperante que consiste en una sesión de actualización tecnológica para nuestros miembros como requisito para obtener la certificación. Otra de las características de la ANADE es que somos un Colegio incluyente en todos los sentidos, en cuestión de género, con una participación superactiva de abogadas en todas las coordinaciones: Consejo Directivo, secciones; Alicia Mendoza fue nuestra primera presidenta hace 17 años; asimismo, acabamos de concluir un proceso electoral donde contendieron dos abogadas por la vicepresidencia y la presidencia para el periodo 2023-2024. También hay una inclusión generacional en donde convergen las abogadas y abogados de distintas generaciones. A diferencia de otras organizaciones, en la ANADE no deben pasar 10 años para aspirar a dirigir algún comité de trabajo, escribir en la revista, participar en los programas o en sesiones como expositor. FJ. AHORA TAMBIÉN HA TOMADO FUERZA LA TENDENCIA DEL CUMPLIMIENTO LEGAL QUE INCLUYE UNA NUEVA CARGA REGULATORIA QUE IMPLICA PARA EL ABOGADO INVOLUCRARSE EN LAS ENTRAÑAS NO SOLAMENTE DE LO LEGAL, SINO DE NEGOCIO DE LAS EMPRESAS. ¿NOS PODRÍAS COMENTAR CUÁLES SON LOS PRINCIPALES RETOS QUE ENFRENTA EL ABOGADO DE EMPRESA HOY EN DÍA?

AO. El compliance es un tema prioritario para las empresas ya que no solamente contempla el tema legal, también se considera la responsabilidad social empresarial y todos esos principios que están más allá de la legalidad para llevar a cabo tus actividades empresariales, buscar una utilidad que es de las vocaciones naturales de una empresa, pero dejar una huella profunda, valor a la sociedad y todos estos steakholders, los interesados en el actuar de la empresa, los empleados, las sociedad, el medio ambiente. Por otra parte, tenemos el tema tecnológico, el cual representa un arma de dos filos, puede servir para el ejercicio profesional, pero también puede convertirse en una amenaza si los abogados de empresa no se cambian el chip y evolucionan de la mano con la tecnología para hacerla más eficiente y cambiar las horas dedicadas a la empresa que no agregan valor por horas más valiosas en cuanto a lo que uno aporta como consejo y acompañamiento a la empresa. Desde 2018 nos enfrentamos a cambios importantes en las relaciones gubernamentales, la ANADE debe aprender un nuevo idioma para comunicarnos de manera efectiva y eficiente con la autoridad gubernamental. Los antiguos lineamientos ya no son importantes para esta administración, nos lo han dicho en los diferentes eventos que hemos tenido en la ANADE; ahora el actuar de la empresa debe tener un impacto social, este tipo de proyectos serán apoyados por el gobierno. Como interlocutores que somos con las autoridades debemos entenderlo, cambiarnos el chip


para que cuando lleguemos a argumentar nuestros proyectos podamos destacar el impacto social que tiene nuestro cliente en la sociedad mexicana. El reto es también hacer entender a nuestros clientes que debemos generar un impacto social como elemento esencial para establecer una comunicación efectiva con la administración actual. FJ. PODRÍAS ABUNDAR EN LA VISIÓN QUE TIENE LA ANADE CON RESPECTO A LA TECNOLOGÍA INCORPORADA A LA PRÁCTICA DEL DERECHO, ADEMÁS DE ESTE ASPECTO PARA ATRAER A LAS NUEVAS GENERACIONES A ESTOS GRUPOS. AO. En mi experiencia que he tenido en diferentes foros internacionales a los cuales he asistido como representante de la ANADE veo una clara tendencia por la apuesta por la tecnología; también hay un crecimiento del uso de la tecnología en los departamentos jurídicos internos de las empresas. Con la ayuda de la tecnología las empresas pueden eficientar la operación de sus departamentos jurídicos y por lo tanto también reducir los costos de asesoría legal. Fue evidente cuando estuve el año pasado en la Asociation of Corporate Counsel, nuestro par en Estados Unidos, un monstruo de 40 mil miembros, todos abogados internos. Cuando presentan cómo están organizándose los departamentos legales de las empresas en Estados Unidos, vemos claramente que hay una tendencia hacia la tecnología que va a afectar irremediablemente a México

tanto por la cercanía territorial como por la influencia que tienen las empresas norteamericanas en el actuar de las empresas mexicanas y de otros países. Gracias a esta experiencia he decidido lanzar varias iniciativas al interior de la ANADE para que los abogados de todas las generaciones tengamos en el radar que éste es el presente que están viviendo en otras jurisdicciones y próximamente llegará a México. Las nuevas generaciones exigen y quieren todo digital y tecnológico, si no se les presenta de esta manera no es atractivo para ellos. Hemos tenido que abrir canales de comunicación con las nuevas generaciones incluso a través de Instagram porque Facebook ya les parece algo del pasado. La ANADE es el Colegio que aglutina la edad más joven de abogados, tenemos que ser conscientes que eso es

lo que demandan las nuevas generaciones. Esto es lo que nos hace más dinámicos, poner este contenido en la agenda de la ANADE, no solamente en la operación y cómo nos comunicamos con su membresía, sino también en las materias que estudiamos desde el punto de vista técnico-jurídico y en la oferta de herramientas que hemos identificado y han sido aprobadas por el grupo directivo para acercárselas a los miembros de la ANADE para que sea más fácil el paso a la tecnología como herramienta para la prestación de los servicios. FJ. ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES AVANCES QUE HA TENIDO LA ANADE DURANTE LOS DOS AÑOS DE TU GESTIÓN? AO. Han sido un par de años complejos porque se han conjuntado diferentes factores. En primer lugar, el cambio de

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ENTREVISTA administración gubernamental ha incidido muchísimo porque todos esos puentes que teníamos de comunicación institucional han cambiado, por lo que tuvimos que empezar desde cero a construir nuevos puentes ya que la empresa no se puede desligar del actuar gubernamental ni éste de la empresa, en medio de estos dos entes se encuentra el abogado de empresa. Afortunadamente la pandemia tomó a la ANADE con una experiencia tecnológica previa ya que desde 2017 empezamos a montar poco a poco una plataforma para transmitir los eventos de ANADE nacional, realizados en la Ciudad de México para las diferentes secciones que tenemos en toda la República. En 2019 decidimos transmitir los eventos también a los miembros de la ANADE nacional. Para el 13 de marzo, cuando suspendimos actividades por la pandemia, ya teníamos todo listo para seguir con esta oferta académica sin tener que hacer grandes inversiones, solamente consideramos algunos pequeños ajustes tecnológicos. La apuesta durante mi gestión se ha concentrado en la tecnología, al interior de la ANADE hemos invertido en sistemas de administración basados en la nube, de modo que nuestro staff administrativo está operando desde su casa sin parpadear gracias a la tecnología en la que se invirtió a principios de año. La mayor satisfacción durante este periodo es la relación personal y profesional que he generado con todos los anadistas en toda la República. 22 | Foro Jurídico

Durante mis viajes conocí a personas extraordinarias, abogadas, abogados, internos, externos, funcionarios públicos, de organizaciones empresariales. Estos años han sido de migrar de una Asociación consolidada pero que requería de institucionalizar sus procesos, esta iniciativa la comenzamos con Alfonso Guati Rojo, con la cual rompimos muchos paradigmas y tradiciones que estaban enfocadas en un club social para convertirnos en un verdadero Colegio de Abogados, buscando ese verdadero valor a la membresía y esa participación activa en la agenda de nuestro país desde la perspectiva jurídica. Hemos dado continuidad a esa institucionalización apostando por la tecnología. Nos quedan todavía cinco meses para continuar con esta labor y entregar unos cimientos de la ANADE mucho más consolidados en la institucionalización como Colegio de Abogados. FJ. PARA FINALIZAR, CUÉNTANOS SOBRE EL FUTURO DE LA ANADE, HÁBLANOS ACERCA DE LA VISIÓN Y LOS DESAFÍOS QUE TIENE LA ANADE PARA CONSTRUIR A PARTIR DE AHORA. AO. Me atrevo a afirmar que el principal desafío que tendrá la ANADE es contribuir a la organización de la abogacía en el país. Hay una gran necesidad de que el ejercicio profesional de los abogados se encuentre regulado. La Asociación es socio fundador del Consejo General de la Abogacía Mexicana convencidos de que necesitamos una entidad que pueda hablar por la abogacía, no por los

abogados de empresa, no por los abogados burócratas o por los litigantes, etcétera, sino por un ente llamado la abogacía, que podamos, a partir de este Consejo, regularlo de manera eficiente manteniendo una independencia, que es donde se encuentra la línea delgada porque en el momento que hablamos de regulación corremos el riesgo de que entre una normatividad implementada desde el gobierno, lo cual mal administrada podría convertirse en una limitación para el ejercicio profesional para que los ciudadanos de este país tengan acceso a una defensa independiente, autónoma y oportuna.

“La apuesta durante mi gestión se ha concentrado en la tecnología, al interior de la ANADE hemos invertido en sistemas de administración basados en la nube, de modo que nuestro staff administrativo está operando desde su casa.”


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ENTREVISTA

El TJACDMX se adecuó a las circunstancias en beneficio de los usuarios y ahora encontrarán un tribunal más moderno y eficiente Entrevista con Mgdo. Jesús Anlén Alemán, Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa de la CDMX

“La función del tribunal consiste en impartir justicia conociendo y resolviendo las controversias planteadas por los capitalinos en contra de actos administrativos emitidos por las autoridades de la administración pública de la Ciudad de México, que dictan, ordenan, ejecutan o tratan de ejecutar, en agravio de personas físicas o morales.”

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l regreso a la nueva normalidad trae consigo acciones no sólo sanitarias, sino de innovación tecnológica para continuar prestando servicios a la ciudadanía. En ese contexto, el reinicio de actividades presenciales en los tribunales de todo el país ha sido un tema central de atención para la ciudadanía y para el foro de abogados en todo el país, particularmente por el rezago que se ha generado por los antiguos y nuevos juicios. Uno de los tribunales más importantes de la Ciudad de México es el de Justicia Administrativa (TJACDMX), por lo que Foro Jurídico entrevistó a su Presidente el Magistrado Jesús Anlén Alemán, para que nos comentará sobre la reapertura de la institución frente a la nueva realidad que está planteando el Covid-19. FORO JURÍDICO (FJ): DR. JESÚS ANLÉN, NOS PODRÍA COMENTAR BREVEMENTE ¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES ACTIVIDADES DEL TJACDMX Y COMO SE INTEGRA?

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Jesús Anlén Alemán (JAA): Nuestro tribunal es un órgano jurisdiccional colegiado con autonomía y plena jurisdicción para emitir sus fallos y formamos parte del sistema local anticorrupción. La función del tribunal consiste en impartir justicia conociendo y resolviendo las controversias planteadas por los capitalinos en contra de actos administrativos emitidos por las autoridades de la administración pública de la Ciudad de México, que dictan, ordenan, ejecutan o tratan de ejecutar, en agravio de personas físicas o morales. Dentro de las materias más comunes que conocemos están: 1) la sanciones a establecimientos mercantiles; 2) la verificación de anuncios publicitarios; 3) revisiones de la legalidad de créditos derivados del impuesto predial; 4) resoluciones en materia del derecho de suministro de agua; 5) verificación de uso de suelo; 6) licencias de construcción, verificaciones


relativas a estas licencias, clausuras, foto multas, etc. En realidad nuestra competencia es muy amplia y comprende cualquier acto que realiza una autoridad administrativa del gobierno de la CDMX que afecta a un particular. En cuanto a nuestra integración, contamos con 5 salas ordinarias, una sala ordinaria en materia de responsabilidades administrativas y derecho a la buena administración y una Sala Superior. Las salas ordinarias se integran por tres magistrados y en total son 18. La Sala Superior se conforma por 10 magistrados, de los cuales uno es el presidente del Tribunal y tres de ellos integran las sección especializada en materia de responsabilidades administrativas. En el tribunal tramitamos juicios de nulidad, que se llevan en una primera instancia ante la sala ordinaria correspondiente. Si las partes no se encuentran satisfechas con el fallo, lo pueden impugnar a través del recurso de apelación, que se tramita como una segunda instancia ante la Sala Superior. Si el particular considerar que éste último fallo no le favorece, puede pedir su revisión ante la instancia federal mediante un juicio de amparo. FJ: ¿CUÁLES SON LAS FACULTADES DEL TRIBUNAL EN MATERIA DE COMBATE A LA CORRUPCIÓN? JAA: En el marco del sistema local anticorrupción, los magistrados de la Sala Ordinaria Especializada en materia de responsabilidades administrativas y derecho a la buena

administración, como la Sección Especializada de la Sala Superior en esta materia, conocen de los procedimientos para sancionar a los servidores públicos por faltas administrativas graves, así como a particulares vinculados con conductas graves. Es decir, el tribunal se encuentra facultado no solo para sancionar a servidores públicos a quienes se les imputa la comisión de conductas graves sino, también, a los particulares que hayan intervenido en dichos actos. La ley tipifica 12 conductas graves por cuya comisión se puede sancionar a un servidor público: cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información, abuso de funciones,

“El tribunal se encuentra facultado no solo para sancionar a servidores públicos a quienes se les imputa la comisión de conductas graves sino, también, a los particulares que hayan intervenido en dichos actos.”

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ENTREVISTA “Me parece importante destacar que el tribunal requiere ser dotado de mecanismos más fuertes y eficaces que le permitan ejecutar directamente y de forma más contundente sus sentencias. No obstante ello, en el 2019 las autoridades administrativas cumplieron con el 82% de las sentencias dictadas en su contra, sin que mediase requerimiento alguno por parte del tribunal, agregando que el año pasado se recibieron 20,600 demandas de las cuales se pronunciaron 19,157 sentencias en juicios ordinarios y sumarios.”

actuación bajo conflicto de intereses, contratación indebida, enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de intereses, tráfico de influencias, encubrimiento, desacato y obstrucción de justicia. Las conductas por las que pueden ser sancionados los particulares son: soborno, participación ilícita en procedimientos administrativos, tráfico de influencias, utilización de información falsa, obstrucción de facultades de investigación, colusión, uso indebido de recursos públicos y contratación indebida. La Sección Especializada de la Sala Superior conoce del recurso de apelación en contra de los fallos emitidos por las Sala Ordinaria de la materia. Por lo que hace a la segunda instancia en el caso de asuntos derivados de conductas graves, también conocemos de las acciones públicas, instrumento previsto para resolver situaciones en las que personas físicas, personas morales o inclusive los órganos de representación ciudadana, se consideren afectados en su patrimonio o en su esfera jurídica, en la armonía de su comunidad por construcciones cambios de uso de suelo o cambios del destino de uso otros aprovechamientos del inmueble. Me parece importante destacar que el tribunal requiere ser dotado de mecanismos más fuertes y eficaces que le permitan ejecutar directamente y de forma más contundente sus sentencias. No obstante ello, en el 2019 las autoridades administrativas cumplieron con el 82% de las sentencias dictadas en su contra, sin que mediase requerimiento

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alguno por parte del tribunal, agregando que el año pasado se recibieron 20,600 demandas de las cuales se pronunciaron 19,157 sentencias en juicios ordinarios y sumarios. FJ: COMO Y CUANDO SE IMPUGNAN ANTE EL TRIBUNAL LOS ACTOS DE MOLESTIA DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA CDMX, PARTICULARMENTE EN ESTA ÉPOCA DE LA NUEVA NORMALIDAD? JAA: Hoy tenemos varias formas de presentar una demanda. Puede ser por la vía tradicional, presentando ante la oficialía de partes y realizarse físicamente en el momento que se requiera. También hemos hecho un sistema informático, llamado sistema de pre registro, mediante el cual el ciudadano puede presentar su demanda de forma automática y ahí mismo señalar los anexos y posteriormente se le asigna una cita. La ventaja del pre registro es que el día de la cita sólo debe llevar el original que tenga su firma porque todavía no tenemos la legislación que nos permita recibir firma electrónica. El término para interponer una demanda es 15 días hábiles a partir de la notificación o fecha en que se tuvo conocimiento del acto de molestia. FJ: ¿CUÁLES SON LAS MEDIDAS CONCRETAS QUE EL TRIBUNAL HA IMPLEMENTADO PARA IMPARTIR JUSTICIA EN ESTA NUEVA NORMALIDAD? JAA: En el TJACDMX hemos tenido claro que en


esta pandemia no hay lugar para transgredir este nuevo sistema de convivencia que vino a instalarse por un tiempo muy largo y romper nuestra cotidianidad. Por ello, hemos asumido con seriedad las medidas y disposiciones dirigidas a la sociedad para minimizar los efectos que esta enfermedad pueda ocasionar, implementado con responsabilidad todos los protocolos de higiene y medidas sanitarias para la protección de las personas y hemos echado mano de la implementación de las tecnologías que nos ha permitido, no sólo acotar la distancia que se vive durante la crisis global que hoy enfrentamos, sino que constituye un factor eficaz para mantenernos en contacto y ya ser más eficientes los procesos jurisdiccionales, adoptando herramientas en línea que proveen ambientes adecuados para la interacción entre los ciudadanos y hemos avanzado en el establecimiento del juicio en línea. En este contexto, el mes de marzo, para continuar con las funciones esenciales del tribunal, se establecieron medidas para la celebración de las sesiones virtuales de los órganos colegiados de nuestro tribunal. Esto permitió que los trabajos del tribunal no se detuvieran. A partir del pasado 3 de agosto que reanudamos actividades en la llamada nueva normalidad, hemos implementado nuevas prácticas ligadas a la tecnología, que sin duda llegaron para quedarse. Así, se han incrementado las visitas que nuestros usuarios realizan a la página web del tribunal, con un aumento del 106% de visitas.

Adicionalmente, abrimos los sistemas informáticos para que el personal puedan desempeñar sus tareas en la modalidad de trabajo en casa, permitiendo que los secretarios estén proyectando sentencias desde sus casa. Todos nuestro órganos colegiados (Pleno General, Pleno Jurisdiccional, Junta de gobierno y Administración, así como nuestros diversos comités y comisiones) han seguido trabajando a distancia con ayuda de las tecnologías. Durante este período de receso, el Pleno Jurisdiccional sesionó de forma remota en 13 ocasiones, en las cuales se listaron un total de 1053 asuntos. FJ: RECIENTEMENTE ANUNCIO LA ADOPCIÓN DE CINCO NUEVOS PROYECTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS JUICIOS EN LÍNEA. ¿CUÁLES SON?

“Abrimos los sistemas informáticos para que el personal puedan desempeñar sus tareas en la modalidad de trabajo en casa, permitiendo que los secretarios estén proyectando sentencias desde sus casa. Todos nuestro órganos colegiados (Pleno General, Pleno Jurisdiccional, Junta de gobierno y Administración, así como nuestros diversos comités y comisiones) han seguido trabajando a distancia.”

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ENTREVISTA JAA: El primero es la Secretaría General de Atención Ciudadana que está proporcionando auxilio jurídico de forma gratuita en la modalidad de orientación, a todos las personas que se acercan al tribunal con el uso de tecnologías, con el apoyo de abogados especializados trabajando desde casa. Hemos atendido más de 6000 personas vía remota a través del chat, teléfono, correo electrónico y el sistema de citas en línea. El segundo —una de las aportaciones más valiosas que el tribunal ha puesto en marcha durante la pandemia—, es el Sistema Electrónico de Pre Registro de Demandas y Promociones, con la cual se pudo seguir atendiendo los más de 1600 recursos que se interponen mensualmente. Esa es la mayor razón por la que nuestra oficialía de partes al regreso a la nueva normalidad no se convulsionó porque ya habíamos recibido todas las demandas y promociones pendientes. Este sistema permitió que, una vez pre registrada la demanda, el interesado generará una cita para, con posterioridad y cuidando todas las medidas de sanidad, pudiera acudir en las fechas y horas indicadas a realizar la entrega física de los documentos con firma autógrafa, espero que en un futuro podamos modificar con una reforma legal. El acuerdo alcanzado en su demanda o promoción se emitió en un primer momento cuando el tribunal retomó sus actividades bajo la nueva normalidad hoy día este sistema sigue operando de manera 28 | Foro Jurídico

exitosa y los usuarios acuden con previa cita electrónica y lo que mencionaba al momento en que se realiza la operación en ese momento se tiene por recibido el acuse esto ayuda a los litigantes para que las 24 horas puedan implementar y puedan presentar demandas. En el tercero, como complemento al sistema de pre registro, el tribunal puso en operación la llamada Guardia Digital Presencial, así como los lineamientos generales para su operación. Su finalidad fue dar trámite únicamente a las demandas de nulidad de las que se solicitaba la suspensión del acto impugnado o de sus efectos, utilizando el sistema ya referido de manera que quien promovía una demanda era contactado a través de correo electrónico o por teléfono, proporcionado en el pre registro, de esta forma se programa una cita el día y hora especificados a efecto de que el promovente acudiera de manera personal o por conducto de uno de sus autorizados a las instalaciones del tribunal, con el fin de notificar de manera personal el acuerdo que recaía a su escrito inicial de demanda. El cuarto se lleva a cabo en la Unidad de Transparencia, consiste en que durante el receso se planificó y unificó una estrategia para continuar su labor mediante vía remota y a la fecha el personal de la unidad continúa trabajando desde sus casas, atendiendo a los solicitantes de información a través de medios electrónicos, como el correo electrónico. Aquí se digitalizaron y se elaboraron versiones públicas de más de 4200 sentencias y resoluciones de recursos de apelación

dictadas por este órgano jurisdiccional. El quinto, igualmente con ayuda de la tecnología, consiste en la invitación a los usuarios, abogados litigantes y público en general, que tenga algún recurso de apelación pendiente, para que acudan a notificarse en nuestras oficinas a través de tres sencillos pasos: uno consultar en la página en la ventana en el que se encuentra en estado del recurso, después se agenda una cita y la tercera es acudir a notificarse personalmente. Es evidente que la implementación de la justicia en línea nos coloca en un cambio de paradigma, en un contexto de la sociedad de la información, donde los ciudadanos cada vez más conocen acerca de sus derechos y de las posibilidades de ejercerlos, donde en una democracia cada vez más participativa, estas prácticas ya no tienen marcha atrás. Las herramientas tecnológicas ya son parte de la nueva normalidad y contribuyen a que la información llegue de la forma más clara posible a los juzgadores para que podamos conocer y analizar a cabalidad los hechos de cada caso y con ello impartir justicia pronta y expedita. Cómo parte muy importante de nuestra nueva normalidad, el tribunal ejercerá por primera vez la atribución que la primera legislatura del Congreso local nos ha otorgado. Me refiero a la posibilidad de presentar iniciativas de ley en nuestra materia, circunstancia que valoro enormemente ya que, sin temor a equivocarme, esta facultad es un reconocimiento a


los 49 años que nuestro tribunal lleva impartiendo justicia a favor de la ciudadanía. En breve haremos llegar al Congreso de la ciudad de México un paquete de reformas que tiene por objeto impulsar regular y formalizar los juicios en línea. FJ: HA HABIDO UNA GRAN DEBATE EN EL FORO Y EN ALGUNAS INSTANCIAS LEGISLATIVAS SOBRE SI LAS HERRAMIENTAS DIGITALES UTILIZADAS EN LA PANDEMIA -QUE INDUDABLEMENTE LLEGARON PARA QUEDARSE-, SE ENCUENTRAN DEBIDAMENTE REGLAMENTADAS O SI SE ESTÁN UTILIZANDO AL MARGEN DE LA LEY. CUÁL ES SU OPINIÓN AL RESPECTO? JAA: Primero me gustaría decir que todas las medidas que hemos adoptado dentro de estos cinco grandes proyectos, las hemos tomado apegadas a la ley, y respondiendo claramente debo decir que sí hacen falta algunas herramientas jurídicas,; si son necesarias algunas reformas las leyes para que no queden espacios de duda en cuanto al uso de nuevas tecnologías en la impartición de justicia, de todas las materias y fueros. En el Senado tienen una iniciativa a nivel federal que se quiere bajar a los tres niveles de gobierno, donde haya la obligación para todos los tribunales de tener juicios en línea. En el Congreso de la CDMX, la Comisión de Justicia está trabajando para dotarnos de herramientas a los tribunales locales. Ya nos hemos acercado con el Consejero Jurídico y se han tenido pláticas acerca de lo que se necesita, principalmente

nos hace falta que podamos realizar las notificaciones electrónicas. Hoy todavía la ley exige que las notificaciones se hagan de manera presencial. Hay que abrir los sistemas para que se puedan revisar electrónicamente los expedientes. Hoy tenemos ya un expediente electrónico, con todo el proceso digitalizado, desde que uno llega al tribunal lo primero que se hace cuando se entrega en oficialía de partes una demanda, es digitalizarla y después de que se digitaliza, se le turna al magistrado. El magistrado la tiene primero en electrónico antes de tenerla física. Eso nos ayudó para continuar trabajando porque ya teníamos esta herramienta lo que hicimos simplemente fue abrirla para que todo el mundo, vía modalidad de trabajo en casa, lo pudieran hacer. Entonces, si hacen falta algunas reformas para tener un sólido sustento jurídico y avanzar para dar un mejor servicio a la ciudadanía, que no se puede, ni se debe parar.

“En el TJACDMX nos adecuamos rápidamente a las circunstancias de la nueva normalidad, hecho que será muy benéfico para todos los usuarios, porque ahora encontrarán un tribunal más moderno y eficiente. Estos trabajos solo han sido posibles con el compromiso de mis compañeras magistradas y magistrados, con los titulares de la áreas, funcionarios públicos, trabajadores y empleados y el sindicato.”

Deseo concluir la entrevista comentando que en el TJACDMX nos adecuamos rápidamente a las circunstancias de la nueva normalidad, hecho que será muy benéfico para todos los usuarios, porque ahora encontrarán un tribunal más moderno y eficiente. Estos trabajos solo han sido posibles con el compromiso de mis compañeras magistradas y magistrados, con los titulares de la áreas, funcionarios públicos, trabajadores y empleados y el sindicato, ellos fueron los que están lograron todo este trabajo y por ello les doy mi agradecimiento.

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NOTICIAS

Así será la vida cuando llegue la vacuna contra el coronavirus “La triste realidad es que la vieja normalidad tardará en llegar, incluso después de la vacuna. Pero ¿qué significa eso exactamente?” Jillian Wilson

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l coronavirus ha puesto patas arriba la vida tal y como era antes. Desde las reuniones con los amigos hasta los recados del día a día, todo ha cambiado por completo. De ahí que se espere con ansias la llegada de la primera vacuna eficaz contra la Covid-19, para estar a salvo y volver a la vieja normalidad. Pero la triste realidad es que la vieja normalidad tardará en llegar incluso después de la vacuna por, entre otros motivos, las dudas sobre su eficacia y su distribución. “Conviene que tengamos en cuenta una cosa: esto no es pulsar un interruptor y ya de repente estamos todos a salvo y vacunados. Va a llevar tiempo”, asegura Hilary Godwin, decana de la Facultad de Salud Pública de la Universidad de Washington. “Tenemos la suerte de que existen varias candidatas a vacunas en desarrollo, pero hemos acelerado enormemente el proceso, de modo que existe la posibilidad de que alguna no sea efectiva.”

Los médicos y los científicos tendrán que seguir analizando la eficacia de la vacuna una vez sea pública.

La vida seguirá siendo diferente en los años venideros, pero ¿qué significa eso exactamente? Esto es lo que opinan los expertos. Las mascarillas no desaparecerán. De aquí a un año o más, Godwin piensa que seguirá habiendo mucha gente con mascarilla en lugares públicos, sobre todo las personas más vulnerables. “Aunque llevar mascarilla no formaba parte de nuestra cultura, de ahora en adelante será algo normal, igual que ha ido sucediendo en los países asiáticos en los últimos años”, asegura.

La especialista, que también dirige el equipo de investigación Dear Pandemic contra la desinformación sobre el coronavirus en redes sociales, señala que la vacuna probablemente tampoco erradique el virus. Las vacunas que se administran en la infancia funcionan muy bien, pero las de la gripe tienen una eficacia de entre el 40% y el 60%, según el año y la cepa.

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La velocidad a la que están trabajando los científicos para desarrollar la vacuna es sorprendente, pero además de esperanza, suscita dudas entre los profesionales de la salud. “Este ritmo de desarrollo de la vacuna no lo hemos visto nunca antes”, comenta la enfermera y científica Aparna Kumar, profesora asistente en la Universidad Thomas Jefferson. “Es fantástico que la ciencia avance rápido, pero también va a limitar lo que sepamos sobre la eficacia de la vacuna antes de que salga”. Kumar define la eficacia de la vacuna como lo bien que funciona en condiciones ideales; es decir, se necesita un ensayo aleatorio y controlado para ver cuánto se reduce la incidencia de la enfermedad en contraste con la población no vacunada.

“La vacuna de la gripe evita que muchas personas enfermen de gravedad y que el virus circule a gran


escala por la población, pero se sabe que muchas de las personas vacunadas acaban contrayendo la gripe”, explica. También señala que la eficacia de la vacuna es difícil de conocer antes de administrársela a la población, por lo que los profesionales de la salud no pueden predecir su éxito hasta que haya pasado un tiempo después de haberla administrado. CONTROVERSIA SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE LA VACUNA La rapidez con la que se están desarrollando las vacunas también suscita preocupación sobre su distribución. “Vamos a tener dificultades de distribución de la vacuna principalmente por los problemas con la cadena de suministros”, advierte el médico científico Tony Moody, de la Universidad Duke. “¿Cómo fabricar suficientes dosis y distribuirlas en los plazos adecuados? Sabemos fabricar miles de millones de dosis cada año para la gripe, pero siendo un producto nuevo, va a ser complicado fabricarlo y distribuirlo en poco tiempo”. Otro de los problemas será la fabricación de suficientes viales de vidrio y tapones para almacenar y distribuir la vacuna. “Aunque puedas fabricar la vacuna en grandes cantidades, ¿puedes fabricar también suficientes viales?”. HABRÁ MENOS VIAJES DE EMPRESA Y MÁS OPORTUNIDADES DE TELETRABAJO Con el auge de las tecnologías y el impulso que ha experimentado el teletrabajo al descubrir las empresas que se puede seguir sacando el trabajo adelante sin enviar a sus empleados a la otra punta del mundo, Godwin piensa

que los viajes de empresa van a ser menos habituales en la mayoría de las industrias. “Ahora sabemos que no hace falta estar en la misma habitación para trabajar”, argumenta. La necesidad de recurrir al teletrabajo ha acelerado la implementación de tecnologías como Zoom a un ritmo que de otro modo no habría sido posible. Si el trabajo sigue saliendo adelante sin problemas desde casa, los trabajadores no enferman y las empresas ahorran en gastos, lo más esperable es que los empresarios no pongan trabas a flexibilizar sus políticas de trabajo.

“La vacuna de la gripe evita que muchas personas enfermen de gravedad y que el virus circule a gran escala por la población, pero se sabe que muchas de las personas vacunadas acaban contrayendo la gripe”

NO CREAS QUE LA VUELTA A LA NORMALIDAD SERÁ INMEDIATA Aunque salga una vacuna eficaz, los eventos deportivos y conciertos con público a rebosar tardarán en regresar. “Va a ser difícil convencer a la gente para que vuelva a formar parte de grandes multitudes simplemente por ocio”, explica

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NOTICIAS Moody. “Pienso que lo más habitual será ver muchos grupos pequeños de gente. Dudo que vayamos a ver todavía eventos con decenas de miles de personas juntas”. Su principal duda es cómo acoger de forma segura a grupos grandes de gente en recintos cerrados y qué implicaciones tendría para el evento.

noción de cómo nos afecta en el día a día y en el estado de ánimo. Haber vivido la mayor pandemia mundial de los últimos 100 años va a provocar muchas secuelas”. Las principales consecuencias que prevé son el aumento de la depresión, de la tasa de suicidios y de divorcios, que ya han crecido durante la crisis.

“¿Cuándo seremos capaces de atraer a la gente de forma segura a los grandes recintos? ¿Los organizadores tendrán que cobrar el doble porque solo podrán llenar la mitad del aforo? Es una incógnita”, expone Moody. Y teniendo en cuenta que al aire libre hay muchas menos opciones de contagio, las quedadas a la intemperie serán más habituales.

LA SANIDAD PÚBLICA ESTARÁ MÁS PREPARADA

LA POBLACIÓN SEGUIRÁ MARCADA PSICOLÓGICA, CULTURAL Y SOCIALMENTE Es indiscutible que a las personas les afectan profundamente las tragedias que viven. Quienes vivieron la Gran Depresión tienen costumbres diferentes de quienes no la vivieron. Quienes vivieron la Segunda Guerra Mundial tienen una perspectiva distinta que quienes nacieron tras la guerra. Por eso es de esperar que a la sociedad de hoy también le queden cicatrices de la pandemia de coronavirus. Edwin Fisher, profesor de Salud Pública en la Universidad de Carolina del Norte, señala que las consecuencias psicológicas de los desastres suelen manifestarse unos seis meses después del final de dicho desastre, por lo que prevé secuelas mentales y cambios sociales tras la pandemia. “Como está por todas partes y nos amenaza a todas horas, tendemos a perder la 32 | Foro Jurídico

Kumar señala que la sanidad pública estará más preparada para futuros brotes de coronavirus u otras crisis sanitarias después de lo vivido en esta pandemia. “Ya están implementadas las estructuras y los sistemas, solo es necesario reactivar todo cuando sea necesario. Por lo general, la gente comprende que hay que mantener la distancia interpersonal y llevar mascarilla, dos acciones que prácticamente nadie hacía antes.” HABRÁ DISPARIDADES Y MALENTENDIDOS ENTRE COMUNIDADES Aunque la gran mayoría de la gente cuenta los días que faltan para que salga la vacuna, Fisher advierte que la euforia prematura puede crear falsas expectativas y problemas. “Considero que hay una alta probabilidad de que surjan conflictos o discordia social con la llegada de la vacuna”, vaticina. Como ciudadanos, compañeros de trabajo, amigos y familiares, todo el mundo tendrá que tomar decisiones difíciles, como si conviene volver a socializar ya o si se atreven a mandar a sus hijos al colegio, donde aún podrían quedar niños sin vacunar. Probablemente también surgirá controversia cuando llegue el momento de distribuir la vacuna y se pongan

“Si el trabajo sigue saliendo adelante sin problemas desde casa, los trabajadores no enferman y las empresas ahorran en gastos, lo más esperable es que los empresarios no pongan trabas a flexibilizar sus políticas de trabajo.”

de manifiesto desigualdades entre razas y países que durante la pandemia ya han quedado expuestos y agravados. El virus no desaparecerá por completo. Por desgracia, el coronavirus no desaparecerá cuando salga la vacuna, sobre todo en poblaciones tradicionalmente reacias a vacunarse, como ocurre en Estados Unidos. “Ya estamos viendo a muchas personas que dicen que se negarán a vacunarse, lo cual va a limitar nuestra capacidad de crear una inmunidad de rebaño que proteja a las personas que no pueden vacunarse o que no lo han hecho todavía”, explica Godwin. Asegura que el virus seguirá circulando incluso después de que se ponga en circulación una vacuna por culpa de los antivacunas. “Vamos a tener que convivir con el coronavirus durante un tiempo”, concluye.

*Este artículo fue publicado originalmente en el HuffPost Estados Unidos y ha sido traducido y adaptado del inglés por Daniel Templeman Sauco.



LA REFORMA AL

SISTEMA DE JUSTICIA QUE VIENE

LA REFORMA AL SISTEMA DE JUSTICIA FORMA PARTE DE LA AGENDA DE ESTE PERIODO DE SESIONES. PARA ELLO SE CONFORMÓ UN GRUPO DE ALTO NIVEL, INTEGRADO POR UNA PERSONA POR GRUPO PARLAMENTARIO PARA PARTICIPAR EN ESTE GRUPO. ASIMISMO, PARTICIPARÁ UN INTEGRANTE DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, UNO DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, UNO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN Y UNO DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA. TAMBIÉN CONSIDERARÁN INTEGRANTES DE LA CONFERENCIA NACIONAL DE GOBERNADORES (CONAGO), ASÍ COMO LOS TRIBUNALES, LAS FISCALÍAS DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y ACADÉMICOS.

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EL PASADO 12 DE FEBRERO DEL 2020 el Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) presentó en el senado una iniciativa que adoptó también el Ejecutivo Federal, la llamada Reforma con y para el Poder Judicial, en la que se definen como ejes principales: el combate a la corrupción, nepotismo y la impunidad. Se aseguró también que no se tocará la estructura del Poder Judicial Federal (PJF) y que la propuesta está basada en un diagnóstico interno autocrítico, además de que fortalece y consolida la independencia y la autonomía del PJF. Simultáneamente el titular de la Fiscalía General de la República (FGR), Alejandro Gertz Manero, presentaba otra iniciativa para reformar el sistema de justicia penal enfocada en crear una Ley de Cultura Cívica y Justicia Cívica, reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Nacional de Ejecución Penal, la de Justicia para Adolescentes y crear un Código Penal Nacional. Aunadas a estas iniciativas, legisladores federales han hecho diferentes propuestas para realizar la transformación de la procuración e impartición de justicia en el país. Con la finalidad de exponer visiones y sentar los ejes centrales de la reforma al sistema de justicia, el Senado convocó al encuentro “Desafíos de la Justicia Mexicana”, en el que abarcaron temas de justicia digital y participaron representantes de los tres Poderes de la Unión, coincidiendo en que se debe erradicar la corrupción, la impunidad, el tráfico de influencias y el nepotismo, además de modernizar la justicia federal. Mónica Fernández Balboa, presidenta de la Mesa Directiva del Senado, aseguró que las propuestas elaboradas por la SCJN, la FGR y los gobernadores, así como todas las presentadas en el Senado serán enriquecidas, a partir de las iniciativas presentadas por legisladores y por las lecciones que han surgido en la pandemia en el ámbito de la justicia digital. Recordó que el Congreso tiene pendiente cumplir con la obligación de expedir un Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.

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LA REFORMA AL SISTEMA DE JUSTICIA QUE VIENE

La reforma al sistema de justicia forma parte de la agenda de este periodo de sesiones. Para ello se conformó un grupo de Alto Nivel, como lo han llamado, integrado por una persona por Grupo Parlamentario para participar en este grupo. Asimismo, participará un integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, uno de la Fiscalía General de la República, uno de la Secretaría de Gobernación y uno de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República. También considerarán integrantes de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), así como los tribunales, las fiscalías de las entidades federativas y académicos.

LAS PROPUESTAS En enero de este año, la Junta de Coordinación Política, que preside el senador Ricardo Monreal Ávila, recibió un paquete de nueve iniciativas propuestas por el Ejecutivo Federal para reformar el sistema de procuración y administración de justicia. La titulares de la Secretaría de Gobernación, de la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal y de la FGR presentaron sus propuestas de modificación a la Constitución Política, a la Ley de Amparo, a la Ley Nacional de Ejecución Penal, a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes, a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, al Código Nacional de Procedimientos Penales, a la Ley de la Fiscalía General de la República y 36 | Foro Jurídico

“EN ENERO DE ESTE AÑO, LA JUNTA DE COORDINACIÓN POLÍTICA, QUE PRESIDE EL SENADOR RICARDO MONREAL ÁVILA, RECIBIÓ UN PAQUETE DE NUEVE INICIATIVAS PROPUESTAS POR EL EJECUTIVO FEDERAL PARA REFORMAR EL SISTEMA DE PROCURACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.”

sobre una Ley Nacional de Cultura y Justicia Cívica y un Código Penal Nacional, que fueron turnadas a comisiones. No obstante que algunas de las propuestas causaron polémica, las partes involucradas se comprometieron entonces a trabajar en una propuesta en conjunto con el Ejecutivo Federal que abarcará desde la prevención del delito hasta la sanción y el respeto a la autonomía del Poder Judicial. Sin embargo, la emergencia sanitaria decretada por la pandemia del Covid-19 frenó este proceso, que ahora es retomado y que será uno de los puntos centrales del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión que inició este 1 de septiembre. Estas son las iniciativas que ya existían antes de la contingencia y las presentadas recientemente: DOTAR DE AUTONOMÍA FINANCIERA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (FGR). Modificar el artículo 102 de la Constitución para otorgar autonomía en el reparto, administración, seguimiento y control del presupuesto. La FGR


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podrá proyectar un presupuesto anual y presentarlo a la Secretaría de Hacienda para incorporarlo al Presupuesto de Egresos de la Federación que aprobará la Cámara de Diputados POTENCIAR LA FIGURA DEL ARRAIGO. Ministerio público o autoridad judicial podrán decretar arraigo hasta por 40 días, “siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia”. Si está vinculado a delitos de delincuencia organizada, corrupción o de interés social, se puede elevar el arraigo hasta 80 días. VALIDEZ DE PRUEBAS ILÍCITAS. Este proyecto contempla que “Los elementos probatorios o las pruebas consideradas ilícitas por el medio en cómo fueron obtenidas, podrán en su caso ser tomadas en consideración y valoradas por el juzgador de una causa cuando exista respecto de éstas una atenuación en su vínculo de ilicitud, proviniere de una fuente independiente o su descubrimiento hubiere sido inevitable”.

REFORMA A LA LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES. “Las personas que se encuentren en proceso o cumpliendo una medida de sanción y cumplan dieciocho años de edad en este supuesto no se extinguirá la sanción en ningún caso al cumplir la mayoría de edad”. Los que cumplan la mayoría de edad no podrán cumplir las medidas privativas de la libertad en el mismo espacio que los adolescentes. REINSERCIÓN SOCIAL. Reformas a las Leyes Nacional de Ejecución Penal y Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes para garantizar la formación académica, y enseñanza especial de ser necesario, capacitación para el trabajo e incentivar la reinserción social. Faculta a las autoridades penitenciarias a suscribir convenios con instituciones académicas y los certificados deberán emitir que los estudios se realizaron bajo un esquema de reclusión. Se propone también la creación de la industria penitenciaria. HOMOLOGAR EL CÓDIGO PENAL A NIVEL NACIONAL. Crear un Código Nacional Penal con todos los delitos generales que se aplican en todo el país, dejando las particularidades de cada estado a la decisión de cada congreso estatal.

“GOBERNADORES DEL PRI Y MORENA PRESENTARON UNA INICIATIVA PARA REFORMAR EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, QUE PROPONE FIJAR LOS PARÁMETROS QUE REGULEN LA FACULTAD DEL MINISTERIO PÚBLICO DE PONER A DISPOSICIÓN DEL JUEZ A LAS PERSONAS DETENIDAS DURANTE EL PLAZO DE RETENCIÓN.”

DESIGNACIÓN DE JUECES Y MAGISTRADOS. De acuerdo con el anteproyecto, se facultará al Senado para la designación de jueces y magistrados en materia de responsabilidad penal por un periodo de nueve años, de una terna que enviará el Presidente de la República. Las atribuciones de administración, vigilancia y disciplina se adjudicarían a la SCJN y al Senado retirándola al Consejo de la Judicatura. REFORMA AL CÓDIGO PENAL. Gobernadores del PRI y Morena presentaron una iniciativa para reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales, que propone fijar los parámetros que regulen la facultad del Ministerio Público de poner a disposición del Juez a las personas detenidas durante el plazo de retención, aun cuando la medida cautelar que amerite el hecho delictivo o la que vaya a solicitar de forma justificada no sea la prisión preventiva, de esta manera, se reducirían significativamente las personas que indebidamente son puestas en libertad, eliminándose así la denominada puerta giratoria. También plantea que los Ministerios Públicos puedan contar con la inclusión de la figura de

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pruebas anticipadas en delitos sexuales, lo cual daría mayores herramientas a estos entes locales, aumentaría la eficacia de las investigaciones, respaldaría la lamentable posición de las víctimas, además de resguardar el carácter de testigo. Otros cambios que contiene son: que las órdenes de cateo o de aprehensión por razón de seguridad y puedan ser solicitadas en un lugar diverso a la comisión del delito; que las denuncias anónimas sean analizadas y valoradas con el fin de que el MP establezca más líneas de investigación, evitando la declaración de ilicitud probatoria por ausencia de fuente; ampliar las medidas de protección a 120 días naturales con una prórroga de 30 días para garantizar la protección y seguridad de la víctima, mientras se logra la judicialización o determinación de la carpeta de investigación; establecer que en los casos en que el imputado sea citado a una audiencia y no acuda sin causa justificada se libre de inmediato una orden de aprehensión y; hacer un estudio de cada delito supuesto en el artículo 19 Constitucional e incluir su tentativa.

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LEY GENERAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. La iniciativa busca brindar a las personas una opción para acercarse a la justicia, sin necesidad de acudir a tribunales jurisdiccionales y sin imponer las cargas propias de un proceso judicial, regulando las bases y principios del sistema de Justicia Alternativa. Sus ejes fundamentales son definir las bases, principios, procedimientos y reglas mínimas de operación de los mecanismos alternativos de solución de controversias y regular la actividad de las personas facilitadoras de estos procesos. JUSTICIA DIGITAL. La iniciativa propone adicionar un nuevo párrafo cuarto y se recorren los subsecuentes del artículo 17 de la Constitución Federal en materia de justicia digital, para contribuir a garantizar el acceso a la justicia de forma ágil y oportuna, el Poder Judicial de la Federación, y el de las entidades federativas, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, los Tribunales Agrarios, los Tribunales Electorales y los Tribunales

Administrativos de la Federación y de las entidades federativas implementarán de forma progresiva el sistema de justicia en línea, mediante el uso de tecnologías de información y la comunicación a efecto de tramitar los juicios y todas sus instancias en línea, en los términos de lo dispuesto por la ley. El Congreso de la Unión expedirá las leyes que regulen las acciones colectivas. Tales leyes determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño. Los 38 jueces federales conocerán de forma exclusiva sobre estos procedimientos y mecanismos. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES. En términos generales, propone la migración a un modelo oral para la impartición


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de justicia. Introduce los principios de oralidad, publicidad, inmediación, contradicción, continuidad, colaboración, igualdad y concentración que deben seguir las actuaciones. Se prevé la creación del Instituto de Representación Jurídica Subsidiaria como un órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal que garantizará el derecho a la representación jurídica gratuita en materia civil, familiar de personas de escasos recursos económicos. Se establecen distintos mecanismos para que el proceso pueda seguirse utilizando tecnologías de la información y se prevén casos para los cuales pueda implementarse la impartición de justicia a distancia.

“LA INICIATIVA PROPONE ADICIONAR UN NUEVO PÁRRAFO CUARTO Y SE RECORREN LOS SUBSECUENTES DEL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL EN MATERIA DE JUSTICIA DIGITAL, PARA CONTRIBUIR A GARANTIZAR EL ACCESO A LA JUSTICIA DE FORMA ÁGIL Y OPORTUNA.”

LAS PROPUESTAS DEL PODER JUDICIAL. • • •

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Consolidación de una verdadera carrera judicial para todas las categorías a las que se acceda por concurso de oposición. Limitación a la discrecionalidad de los nombramientos otorgados por jueces y magistrados, para garantizar que solo se otorguen a los vencedores en los concursos. Establecimiento de políticas que orienten las determinaciones del Consejo de la Judicatura Federal en materia de adscripciones, readscripciones, reincorporaciones y ratificación de juzgadores. Reforzamiento de las facultades institucionales de combate a la corrupción y al nepotismo. Impulso a la capacitación y profesionalización del personal otorgándole a la Escuela Judicial un rol central en los concursos de oposición, confiriéndole también la capacitación y la carrera judicial de los defensores públicos. Fortalecimiento del Instituto Federal de Defensoría Pública, consolidando su sistema de carrera y ampliando sus servicios, de manera que los defensores públicos se conviertan en verdaderos abogados de los pobres. Apuntalar el rol de la Suprema Corte como tribunal constitucional, permitiendo que enfoque sus energías únicamente en los asuntos más relevantes para el orden jurídico nacional. Establecimiento de Plenos Regionales, en sustitución a los plenos de circuito, como órganos del Poder Judicial de la Federación encargados de resolver las contradicciones de tesis en los circuitos sobre los que ejerzan jurisdicción, así como todos los conflictos competenciales que se susciten en el país entre órganos jurisdiccionales. Transformación de los Tribunales Unitarios de Circuito en Tribunales Colegiados de Apelación, con una integración colegiada que asegure mejor calidad y mayor certeza en sus resoluciones. Modificación al sistema de jurisprudencia para fortalecer los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a fin de que la doctrina constitucional que genere, enmarque la labor del resto de los órganos jurisdiccionales del país.


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PREOCUPACIÓN DE JUZGADORES No obstante que se han presentado las iniciativas citadas como una reforma de gran calado que permitirán erradicar la corrupción, el nepotismo y las malas prácticas que han generado una mala reputación de las autoridades judiciales y de los órganos impartidores de justicia, existen críticas a algunas propuestas que generan preocupación que resulte lo opuesto de fortalecer el sistema de justicia federal, la lleve a un retroceso y debilite o merme la independencia judicial de los juzgadores. De esta manera, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED) presentó recientemente una reflexión acerca de la reforma, asegurando “un vicio de generalización estigmatizante para los juzgadores federales del país, que ya de por sí atenta contra la independencia judicial”. No obstante, la JUFED reconoce que, en efecto, se debe fortalecer la carrera judicial; hacer más eficientes los mecanismos para sancionar y disciplinar con todo el rigor de la ley a los funcionarios jurisdiccionales que con su actuar trastoquen la alta función que se les encomendó; se debe recuperar la confianza de la sociedad en sus juzgadoras y juzgadores federales; fortalecer la rendición de cuentas y medir la calidad de justicia con evaluaciones cualitativas y de impacto. Sin embargo, puntualizan “una iniciativa de reforma constitucional que tiene por objeto mejorar una institución garante del Estado de Derecho —el Poder Judicial de la Federación—, cuya titularidad la tienen juzgadoras y juzgadores federales de todo el país, debe pasar a través de un proceso de discusión y análisis profundo, basado en las convicciones democráticas del Poder Revisor, para que las debilidades excepcionales, que no generalizadas, no sean el motivo de merma en las condiciones de independencia de las juezas, jueces, magistradas y magistrados garantes de la regularidad constitucional”. En el mismo sentido, indican que el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha expresado preocupación por “los frecuentes intentos de injerencia de actores públicos y privados en el Poder Judicial y en la Fiscalía, por lo que preocupan las iniciativas que lesionan la irreductibilidad de salarios de jueces y magistrados. Le preocupan, asimismo, las iniciativas de reformas legales que, de aprobarse, afectarían la independencia del Poder

“EL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU HA EXPRESADO PREOCUPACIÓN POR LOS FRECUENTES INTENTOS DE INJERENCIA DE ACTORES PÚBLICOS Y PRIVADOS EN EL PODER JUDICIAL Y EN LA FISCALÍA, POR LO QUE PREOCUPAN LAS INICIATIVAS QUE LESIONAN LA IRREDUCTIBILIDAD DE SALARIOS DE JUECES Y MAGISTRADOS.”

Judicial o de la Fiscalía, por ejemplo, respecto a su nominación, traslado, promoción, disciplina y termino de funciones. El Comité está preocupado por denuncias de ataques a jueces y magistrados con declaraciones generalizadas de corrupción y la exhibición de nombres, la imposición de medidas disciplinarias o traslados indebidos a jueces que toman decisiones contrarias a los intereses de los gobiernos (arts. 14 y 25)”, según el sexto informe periódico de México.1 En las observaciones finales del informe del Comité se establece que el Estado debe

Documento CCPR/C/MEX/CO/6, de 7 de noviembre de 2019, visible en https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download. aspx?symbolno=CCPR/C/MEX/CO/6&Lang=Sp 1

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garantizar la autonomía, independencia, imparcialidad y seguridad de los jueces, magistrados y fiscales, “garantizar que su actuación esté libre de todo tipo de presiones e injerencias indebidas por parte de otros órganos, como el poder ejecutivo y el poder legislativo; y que los procesos disciplinarios cuenten con la aplicación efectiva de todas las garantías judiciales y de debido proceso”. México, dice, está sujeto a cumplir con la Convención Americana sobre Derechos Humanos en la que se tutela la independencia judicial de manera subjetiva, el derecho de los jueces a acceder y permanecer en sus cargos en condiciones generales de igualdad, como expresión de su garantía de estabilidad laboral con carrera judicial; así como objetiva u orgánica, la cual se relaciona con el Poder Judicial como sistema, pues se entiende como la ausencia de presiones externas tanto privadas como de los otros poderes y garantiza al ciudadano que su caso sea resuelto por un juez independiente e imparcial. Así, al tutelar los derechos humanos de los juzgadores, argumentan, se garantiza la independencia judicial. 42 | Foro Jurídico

La JUFED expresa específicamente su preocupación en los siguientes puntos: DESAPARICIÓN DE LA FACULTAD DE LA SCJN de revisar los acuerdos generales expedidos por el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) prevista en el actual párrafo octavo del artículo 100. En la Exposición de Motivos se justifica dicha eliminación argumentando que es con el fin de hacer más expedito el cumplimiento de las citadas resoluciones emitidas por el CJF y propiciar que el Máximo Tribunal concentre su atención en el conocimiento de asuntos propios de un Tribunal Constitucional. La potestad de la SCJN que se propone eliminar, permite garantizar la adecuación de la normativa expedida por el CJF a las disposiciones constitucionales, convencionales y legislativas. De proceder este punto, se sustraería del control constitucional, convencional y de legalidad a los Acuerdos Generales de dicho órgano administrativo. Además, se contravendría el principio de progresividad que rige en materia de Derechos Humanos, consagrado en el artículo 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como el 29 de la Convención Americana, en concordancia con lo que establece el párrafo tercero del artículo primero de la propia Constitución Federal. EL RECURSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA en contra de las decisiones del CJF debe fortalecerse para que cumpla con los estándares internacionales. La incorporación de la facultad del Consejo de la Judicatura Federal de designar uno o más órganos jurisdiccionales para que conozca de los asuntos vinculados con hechos que constituyan violaciones graves de derechos humanos o que tengan un impacto social de especial relevancia, prevista en un nuevo párrafo décimo primero al artículo 100. También considera la JUFED que la reforma es ambigua cuando se refiere a las “violaciones graves de derechos humanos o que tengan un impacto social de especial relevancia”, ya que, ni ahí, ni en la iniciativa, se justifica a cabalidad porqué esas violaciones graves deben ser conocidas por ciertos órganos, excluyendo a los que de ordinario pudieran resolverlos. Por otro parte, no se precisa qué debe entenderse por “impacto social de especial relevancia”, aspecto que denota la existencia de cierta discrecionalidad en la designación de esos órganos que, por cierto, repercute de manera negativa en el derecho a un juez natural. En consecuencia, se considera que la adición propuesta al artículo 100 de la Constitución, no se ajusta al estándar internacional al derecho a un juez natural y a un tribunal competente. La propuesta, en lugar de cumplir con su cometido, debilitará la credibilidad y sobre todo la confianza legítima que la ciudadanía deposita en las instituciones.


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OPINIÓN DE ESPECIALISTAS Algunos especialistas como Raúl Mejía Garza y Laura Rojas Zamudio del Instituto para el Fortalecimiento del Estado de Derecho A. C., han opinado respecto de la reforma a las controversias constitucionales de la fracción I del artículo 105 de la Constitución, que el Alto Tribunal debe enfocarse en los temas que son

realmente importantes y deshacerse de altas cargas de trabajo, debiendo modificarse el artículo 105 constitucional para que la SCJN no analice cuestiones de legalidad, sino que se concentre en analizar las violaciones directas a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en los tratados

internacionales de los que México es parte. A partir de la reforma de 1994, las controversias constitucionales se consolidaron como la vía jurídica de defensa de la Federación, de los estados y de los municipios, por violaciones directas o indirectas a sus competencias

establecidas en la Constitución. Derivado de esto se formuló el principio de afectación. De modo que, de realizarse esta modificación se dañaría la vía de control constitucional del Estado y dejaría vulnerable de defensa al ámbito municipal, sostiene los investigadores.

Respecto a la iniciativa de justicia digital, los obstáculos podrían ser presupuestales y de acceso a las tecnologías por parte de los ciudadanos, así como la renuencia de los abogados a aceptar los cambios y a adaptarse a ellos. En diversos encuentros con abogados acerca de la justicia digital, la ONG México Evalúa, sostiene que se debe planear bien para que se amplíe el acceso a la justicia y no excluya todavía más a los grupos vulnerables, como comunidades indígenas. Además, las plataformas que se desarrollen deben ser inclusivas, como lo explicó la abogada litigante de EQUIS Justicia para las Mujeres, Viridiana Valgañón. De igual forma, se debe garantizar la protección de los datos personales de los usuarios de las plataformas digitales que desarrollen los órganos de justicia. Sería la vía para generar confianza en estos, afirmó la Directora general del Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México, Hilda Servín.

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CONSENSO LEGISLATIVO El senador Ricardo Monreal, en su carácter de líder del grupo mayoritario de Morena y Presidente de la Jucopo, aseguró recientemente que todos los grupos parlamentarios en la Cámara Alta están de acuerdo en discutir y aprobar la Reforma al Sistema de Justicia durante este periodo ordinario que inicio el 1 de septiembre, escuchando a los especialistas y a los ciudadanos interesados bajo la modalidad de “parlamento abierto”, como se ha venido haciendo con temas relevantes. La percepción social generalizada es que la ciudadanía no confía en sus jueces, ni mucho menos en sus Ministerios Públicos, tanto federales como estatales y que existe una grave crisis en este sector, que es necesario transformarlo desde el fondo. Por ello, esta reforma que pretende modernizar y ajustar a las instituciones de procuración e impartición de justicia es un acierto, particularmente en los puntos que más interesan al foro y a la comunidad, como son la consolidación de carrera judicial, regulando con más exigencias aspectos medulares como el ingreso, promoción y permanencia, para que sean seleccionados los mejores juristas para que integren los poderes judiciales. Por ello, es de la mayor importancia la expedición de una buena Ley de Carrera Judicial, para crear la Escuela Judicial que forme a los integrantes del PJF y perfeccione los métodos de selección de jueces, magistrados, oficiales judiciales, actuarios y secretarios, para reducir la posibilidad de que personas con poca capacitación, corruptos y sin escrúpulos, ocupen estos cargos en las áreas de procuración y administración de justicia. A pesar del optimismo del senador Monreal y que las iniciativas ya están siendo formalmente discutidas en el Senado, en la víspera del inicio del periodo ordinario se han escuchado nuevamente críticas, particularmente aquellas que sostienen que es peligroso que la Suprema Corte decida sobre sus propias propuestas y la necesidad que existe de que en el Senado se escucha a algunos juzgadores, pues hacer una reforma judicial sin atender las opiniones de jueces, magistrados, académicos y miembros de la sociedad civil le restaría un importante 44 | Foro Jurídico

componente democrático a la reforma. En esta dirección, Dante Delgado, senador por Movimiento Ciudadano, señaló que promoverá que académicos, jueces, magistrados, ministros y abogados postulantes “aporten lo mejor de sus experiencias a favor de una legislación que sirva a la sociedad”. Esperemos que así sea y que la Reforma Judicial responda a las necesidades y exigencias ciudadanas para que tengamos finalmente en México una impartición de justicia efectiva, igualitaria, pronta y gratuita, como mandata la Constitución.

“ES DE LA MAYOR IMPORTANCIA LA EXPEDICIÓN DE UNA BUENA LEY DE CARRERA JUDICIAL, PARA CREAR LA ESCUELA JUDICIAL QUE FORME A LOS INTEGRANTES DEL PJF Y PERFECCIONE LOS MÉTODOS DE SELECCIÓN DE JUECES, MAGISTRADOS, OFICIALES JUDICIALES, ACTUARIOS Y SECRETARIOS.”


EN LA

OPINIÓN DE NUESTROS ESPECIALISTAS

PROFESIONALES DEL DERECHO ANALIZANDO LOS TEMAS DE COYUNTURA

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La importancia de la austeridad administrativa en los Consejos de la Judicatura como órganos de autogobierno judicial (Especial relevancia al caso mexicano en el ámbito federal)

LA IMPORTANCIA DE LAS ACCIONES DE AUSTERIDAD ADMINISTRATIVA ES TAL QUE SIN SU IMPLEMENTACIÓN Y DEBIDO EJERCICIO SERÍA POCO FUNCIONAL O AL MENOS MUY COSTOSO Y, POR TANTO, MENOS EFICIENTE, LA LABOR DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES, POR ESTE HECHO ES RELEVANTE LA ACTUACIÓN DE LOS CONSEJOS DE LA JUDICATURA COMO ÓRGANOS DE AUTOGOBIERNO JUDICIAL.

Dr. José Faustino Arango Escámez Magistrado de Circuito y Visitador Judicial “A” del Consejo de la Judicatura Federal.

En este ensayo me centraré en los que considero los puntos o líneas medulares que pueden constituir las áreas de oportunidad más importantes para materializar sustancialmente esa austeridad que se traduzca a su vez en destinar el ahorro de ciertos recursos a otros ámbitos del quehacer jurisdiccional en los juzgados y tribunales, o bien, al quehacer administrativo, pero con una mejor distribución, haciendo especial mención del caso de México a nivel del Poder Judicial de la Federación.

ACCIONES TENDENTES A LA EFICIENCIA EN EL EMPLEO DE RECURSOS PÚBLICOS DESDE UNA PERSPECTIVA DE AUSTERIDAD ADMINISTRATIVA Algunas de esas áreas de oportunidad que pueden servir para materializar verdaderas acciones que se relacionen con la austeridad administrativa son, entre otras, las siguientes: • •

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Adelgazamiento de la burocracia administrativa. Disminución de insumos

• •

materiales excesivos. Desaparición de ciertas plazas y su reubicación en los nuevos órganos creados. El justo medio entre la capacitación de funcionarios y el excesivo gasto público en viáticos.

Es ilustrador hacer alusión al caso mexicano a nivel federal, en concreto al Consejo de la Judicatura Federal. Al respecto, existe el Manual que regula las remuneraciones de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio dos mil veinte, el cual


es un documento normativo interno que se emite y publica anualmente, así como el contenido del Acuerdo General del Comité Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, que establece las medidas de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal y modernización de la gestión del señalado poder público para el ejercicio fiscal 2020, el cual también es un documento anual, y que tienen que ver con los puntos o las acciones ya enunciadas que se abordarán en este ensayo. Respecto al Manual que regula las remuneraciones de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio dos mil veinte, que es el más reciente en su publicación en el Diario Oficial de la Federación (28 de febrero de ese año), contiene diversa información relativa a los puestos y categorías existentes dentro de este poder público del Estado mexicano y los sueldos y salarios autorizados para el ejercicio presupuestal del año al que hace alusión, incluyéndose a los servidores públicos judiciales ( jurisdiccionales o administrativos) en torno a la trilogía que conforma a dicho poder, esto es, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y el Consejo de la Judicatura Federal, aunque para efectos de las consideraciones plasmadas en este ensayo, por obvias razones, es de relevancia lo relacionado con el referido Consejo. Por su parte, el Acuerdo General del Comité

Coordinador para Homologar Criterios en Materia Administrativa e Interinstitucional del Poder Judicial de la Federación, que establece las medidas de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal y modernización de la gestión del señalado poder público para el ejercicio fiscal 2020, aborda aspectos sin duda relacionados con la austeridad administrativa, pues en su cuerpo destaca la necesidad de tener un verdadero compromiso con el ahorro, la implementación de medidas interinstitucionales de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal y modernización de la gestión, así como el establecimiento de medidas de control, seguimiento y transparencia en el ejercicio y aplicación de recursos públicos, todo lo cual se relaciona con las acciones que aquí se desglosaron como áreas de oportunidad sobre las cuales me permito efectuar algunas consideraciones para tratar de materializar esta austeridad administrativa que, como se dijo, a su vez se traduzca en destinar ese ahorro de ciertos recursos aplicados deficientemente a otros ámbitos del quehacer jurisdiccional en los juzgados y tribunales, o bien, al quehacer administrativo. Veamos pues brevemente, una a una, las cuatro acciones enunciadas que en el ejercicio de la austeridad administrativa se han referido. ADELGAZAMIENTO DE LA BUROCRACIA ADMINISTRATIVA Una de las acciones que debe tener presente todo Consejo de

“La austeridad se puede traducir en destinar el ahorro de ciertos recursos a otros ámbitos del quehacer jurisdiccional en los juzgados y tribunales, o bien, al quehacer administrativo, pero con una mejor distribución.”

la Judicatura, y desde luego, en el caso de México, el Consejo de la Judicatura Federal, como órgano administrativo de autogobierno del Poder Judicial de la Federación, se centra en la austeridad administrativa no pensada como “ahorro”, sino concebida como la eficaz aplicación y el destino del gasto de los recursos públicos, siendo un aspecto relevante para esto realizar una reflexión sobre la estructura orgánica del Consejo de la Judicatura Federal, el número de puestos o plazas que existen dentro de éste y su eventual reducción o reubicación para hacer más efectivo el quehacer de este órgano administrativo central. Esto debe constituir una constante en la gestión de todo Consejo de la Judicatura y debe buscar que se consolide en un mediano plazo, a partir de un propósito común: hacer más eficiente la administración pública de los recursos para el Poder Judicial de la Federación y transparentarlos hacia el exterior, pero sobre todo buscando que esta austeridad

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administrativa se traduzca en mejores resultados para la sociedad, identificando áreas de mejoramiento o de oportunidad en donde se pueda aprovechar y destinar con mayor utilidad esa aplicación de recursos, por lo que es relevante la simplificación de áreas administrativas al interior del Consejo y, de ser necesario, prescindir de plazas que sean innecesarias y que burocraticen injustificadamente el debido funcionamiento, lo que tiene relación con la acción número tres que se aborda en este ensayo, en donde se remite a ciertas plazas que administra el Consejo de la Judicatura Federal en México en los órganos jurisdiccionales. DISMINUCIÓN DE INSUMOS MATERIALES EXCESIVOS Además del adelgazamiento burocrático, debe buscarse en cualquier órgano de autogobierno judicial el eficaz empleo de los insumos materiales, esto es, evitar gastos innecesarios o excesivos en cosas que, aunque parezcan

“La austeridad administrativa se debe traducir en mejores resultados para la sociedad, identificando áreas de mejoramiento o de oportunidad en donde se pueda aprovechar y destinar con mayor utilidad esa aplicación de recursos.” 48 | Foro Jurídico

pequeñas o irrelevantes, se podrían volver gigantes cuando son en masa y repercuten en el buen destino del ejercicio de los recursos. Así, por citar algunos ejemplos, y respecto del caso mexicano en concreto, estimo que se debe cuidar la compra excesiva de papelería o insumos inherentes a ésta tanto del Consejo de la Judicatura Federal, sus diversas áreas y sus órganos auxiliares, como de los órganos jurisdiccionales, a efecto de no comprar, gastar y enviar este tipo de insumos a órganos que no lo necesitan, sino realizar evaluaciones mensuales vía distancia y electrónica de lo que en concreto realmente se necesita y generar conciencia en todos los titulares y encargados de administrar estos insumos para que así lo entiendan. Un ejemplo más es privilegiar la comunicación interna y externa de la institución por la vía electrónica, dejar de utilizar la vía

impresa en libros, revistas, gacetas, comunicados, cursos o memorias de congresos judiciales, además de prescindir de mejoras a inmuebles y muebles que solo requieran de mantenimiento. Estos son solo algunos de los ejemplos que pueden auxiliar en la eficiente aplicación del gasto público. DESAPARICIÓN DE CIERTAS PLAZAS Y SU REUBICACIÓN EN LOS NUEVOS ÓRGANOS CREADOS Un aspecto a considerar también por todo el Consejo de la Judicatura tiene que ver con el análisis reflexivo de ciertas plazas que podrían no ser indispensables en un órgano jurisdiccional, como lo son, por citar ejemplos en el caso mexicano a nivel federal, el denominado secretario de tesis en un Tribunal Colegiado de Circuito o los Coordinadores Técnicos Administrativos en los


distintos juzgados y tribunales, y a partir de ese análisis ponderar si es posible prescindir de ese tipo de plazas sin afectar a los órganos jurisdiccionales, pues de ser así, esto es, de ser prescindibles esos cargos, se podrían destinar los recursos del pago de esas nóminas en algo que se traduzca en un mayor y mejor beneficio, cuidando desde luego la no afectación de derechos laborales, para ello podrían reubicarse a esas personas en plazas que resulten necesarias e indispensables cuando se realice la creación de nuevos órganos cercanos a los cuales trabajaban.

Sobre el particular, el Consejo de la Judicatura Federal está trabajando actualmente en ello, prueba de lo anterior es la reestructura que se busca hacer en torno a la carrera judicial y los demás puestos administrativos a partir de la emisión o modificación a los documentos existentes sobre la reglamentación de esa carrera judicial y los planes de combate al nepotismo, lo cual implica considerar hacer más eficientes las plazas existentes, sus funciones, y sobre todo modular la posibilidad y forma de acceder a ciertos cargos judiciales y/o administrativos.

Esto lo planteo como una acción más dentro de la idea de austeridad administrativa y mejor aplicación de recursos públicos, bajo la óptica de que la figura o plaza de Coordinador Técnico Administrativo antes (apenas hace unos años) no existía y en mi opinión no había, por su ausencia, una afectación significativa a las labores de los órganos jurisdiccionales pues las funciones del ahora Coordinador referido estaban solventadas por secretarias particulares, oficiales administrativos u oficial analista SISE (Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes), sin que ello tampoco afectara en forma relevante las cargas laborales de estas personas. En cuanto al secretario de tesis estimo que su labor bien podría ser efectuada, previo análisis de la viabilidad, por el resto de los secretarios en forma proporcional del mismo Tribunal Colegiado de Circuito, lo que daría mayor eficiencia al destino del gasto público al aplicar los pagos de nóminas de esos puestos a otros aspectos dentro de la institución en relación con las áreas de oportunidad detectadas.

EL JUSTO MEDIO ENTRE LA CAPACITACIÓN DE FUNCIONARIOS Y EL EXCESIVO GASTO PÚBLICO EN VIÁTICOS Un rubro más que finalmente creo debería estar sujeto al análisis crítico y reflexivo de todo órgano administrativo de autogobierno judicial, como lo sería, en el caso de México, el Consejo de la Judicatura Federal a nivel del Poder Judicial de la Federación, es el relativo a la celebración de congresos o encuentros entre juzgadores federales que se realizan periódicamente en aras de una capacitación del personal humano. A partir de este análisis se puede concluir si es viable o no, bajo la política de buscar acciones para una austeridad administrativa que logre hacer más eficiente la aplicación de recursos, continuar con este tipo de eventos, o bien, podría bastar con disminuir el número de dichos congresos o encuentros que se realizan por lo regular en la Ciudad de México, y que implican el gasto de traslado, alimentación y hospedaje de un gran número de personas por los

“La labor del secretario de tesis podría ser efectuada por el resto de los secretarios en forma proporcional del mismo Tribunal Colegiado de Circuito, lo que daría mayor eficiencia al destino del gasto público.” días de los eventos, siendo por ello necesario reflexionar sobre la necesidad de disminuir estas prácticas como se ha venido haciendo ya en los últimos años (con independencia de la situación de la pandemia que nos afecta y que también ha contribuido a ello), y desde luego, sin detrimento de la capacitación constante de jueces y magistrados, Se podrían realizar cursos sobre la temática de los mismos congresos o encuentros a distancia a través de las extensiones del Instituto de la Judicatura Federal-Escuela Judicial, o bien algunos presenciales, pero disminuyendo la cantidad anual; asimismo, los viáticos correrían a cargo de los participantes o, en su defecto, que fueran cubiertos parcialmente por la institución y la otra parte por quienes tienen interés en asistir. A partir de un análisis se podría establecer que esos gastos se destinaran a algún otro aspecto de mayor necesidad o para atender áreas de oportunidad en las mejoras más indispensables del poder público ( judicial) en estudio.


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Los MASC, una respuesta a la insolvencia que enfrentan los comerciantes

Daniel Albor Juárez

EN LA ACTUALIDAD, SE NOS HAN PRESENTADO DIVERSOS CONFLICTOS DE ÍNDOLE FAMILIAR, PERSONAL, COMERCIAL, LABORAL, ETCÉTERA, QUE DERIVAN DE LA INMINENTE CRISIS PRODUCTO DEL VIRUS SARS-COV-2 QUE ESTAMOS VIVIENDO MUNDIALMENTE.

Abogado Postulante y Mediador Privado en De Liux Abogados, S.C. dalbor@deliux.mx

Cada uno de éstos nos afectan de una u otra forma, por lo cual debemos buscar una pronta solución para poder enfrentarlos con facilidad. El conjunto de conflictos antes mencionados termina en uno más grande y del que todos hablan, el económico, que obviamente será tema empresarial y el punto donde enfocaré el presente artículo.

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L

os mecanismos alternos de solución de conflictos (MASC) son las herramientas que se nos proporcionan para llegar a una amigable composición sin necesidad de la intervención judicial a través de un tercero llamado juez, es decir, sin someterse a una jurisdicción judicial. Los MASC deberán resolver el problema y/o conflicto que hay entre dos o más personas ya sea físicas o morales, esto a través de un facilitador: mediador, árbitro, conciliador y/o negociador, quienes a través de sus cualidades y principios impulsan a las partes a llegar a un convenio o laudo en su caso, donde es necesario que siempre

exista la voluntad de las partes para que el resultado de éste sea ganar/ganar. Por otro lado, viendo la crisis específicamente en el área de comercio, es necesario preguntarnos ¿dónde quedan los micro, pequeño, medianos y grandes comerciantes? Es una pregunta muy importante, porque, a través de éstos se sostiene la economía nacional, el gobierno en sus últimos comunicados ha sido muy firme al decir que no recibirán apoyo, con respecto a esto último, y a la crisis que enfrentan y están por enfrentar como consecuencia de la pandemia, muchos comercios tuvieron que liquidar empleados por


la reducción de sus ventas a un 30%. Esto nos da como resultado que sus proveedores también redujeron sus ventas, lo que se convierte en un círculo interminable. Dentro de estos comercios muchos han dejado de realizar pagos a sus proveedores por falta de activos o por no contemplarlo como algo esencial para el sustento de su empresa, de ahí que generan deudas con diferentes acreedores, lo que orilla al comerciante a una reestructuración de sus finanzas con urgencia. El Concurso Mercantil es el procedimiento judicial adecuado que se nos proporciona para que los empresarios con problemas de solvencia puedan hacer una reestructura, por ello, explicaré brevemente las etapas del proceso judicial. Cabe mencionar que es de competencia Federal, en otras palabras, los Jueces de Distrito conocerán de él. Para llegar al Concurso Mercantil hay dos opciones, por decisión del deudor (concurso voluntario), con una denuncia por parte de los acreedores ante el Ministerio Público Federal (concurso involuntario); antes de decretarse el Concurso Mercantil existe una etapa previa dentro de la cual se necesita la intervención del Instituto Federal de Especialistas en Concurso Mercantil (Ifecom), con un visitador que deberá de revisar la contabilidad del deudor para que verifique que se encuentra en una insolvencia, por insolvencia entendemos una falta de liquidez, si efectivamente el deudor se encuentra en insolvencia se decreta el Concurso Mercantil con una sentencia.

Como es de apreciarse en la práctica, casi nunca se ha llegado a un convenio porque los acreedores no se ponen de acuerdo para perder un poco, por perder me refiero al interes moratorio o tiempo, a su vez, en esta etapa el experto proporcionado por el Ifecom comienza a hacer tarea de reconocimiento de adeudo, graduación y prelación de créditos por si se llega a la siguiente etapa. Si no se logra llegar a una suscripción judicial de un convenio en el tiempo legal referido, se llegará a la segunda fase llamada “quiebra”, la cual ya tiene como objetivo la desintegración de la empresa, liquidando sus activos y pagando a sus acreedores bajo una proporción y en el orden establecido por el conciliador en la etapa anterior, de igual forma en esta etapa el deudor y sus acreedores pueden llegar a una conciliación en cualquier momento. Para poder llegar a la etapa de conciliación en la práctica se estima un aproximado de cinco meses o más, esto sin mencionar que actualmente bajo la crisis que vivimos, los Jueces de Distrito no pueden aceptar las demandas de Concurso Mercantil supuestamente porque este juicio no es un asunto de urgencia, poniendo en riesgo completamente la economía nacional, así como el sustento de miles de hogares, a lo que por conclusión obvia esto no es lo que necesita un comerciante en crisis. Lo que en realidad necesita para poder hacerle frente a la crisis es una intervención de un facilitador con experiencia, el cual mediante sus conocimientos, aptitudes y principios puede

“Para poder llegar a la etapa de conciliación en la práctica se estima un aproximado de cinco meses o más, sin mencionar que actualmente bajo la crisis que vivimos, los Jueces de Distrito no pueden aceptar las demandas de Concurso Mercantil porque este juicio no es un asunto de urgencia.” impulsar a las partes a llegar a una amigable composición, esto es, que exista un ganar/ganar y se reduzcan las pérdidas, lo que podrían perder se podrá ver reflejado ya sea en sus activos, deudas o en la inversión en el procedimiento tedioso e ineficaz. Para los comerciantes que están por enfrentar una crisis económica, o que ya se encuentran en estado de insolvencia, la solución dentro de los mecanismos alternos podría ser la mediación. Para ellos, varios despachos en su catálogo ofrecen esta área, para el comerciante en estado de insolvencia sería muy viable acudir a un despacho que cuente con la especialización en los mecanismos alternos, toda vez que el procedimiento es muy fácil donde todo comienza con la consulta mediante la cual el experto informa al interesado

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“Si se someten las partes a un mecanismo de solución de conflictos como la mediación o el arbitraje comercial, son más las posibilidades de que lleguen a una amigable composición, así el deudor puede impulsar su empresa mediante la reestructura de saldos vencidos y continuar con la relación comercial con sus acreedores.”

los objetivos y las reglas de actuación, en consecutivo, se citará a las partes para que ambas platiquen sus conflictos de manera amena, estas platicas pueden ser tantas como las partes lo requieran, con la finalidad de que se llegue al mejor acuerdo posible. En el caso que atendemos el acreedor mencionará que el deudor ha dejado de cumplir con sus obligaciones y el deudor explicará por qué ha dejado de cumplir con éstas, con el fin de que existan propuestas por parte de los mediados y se arreglen o lleguen a un convenio, con el cual el acreedor no pierda en cuanto a la deuda que se le debe y el deudor pueda llegar a un arreglo de pago, es decir, a una quita de intereses o pago fraccionado. Esto puede

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hacerse con varios acreedores al mismo tiempo o por separado, con la finalidad de que no presenten una demanda y el deudor caiga en Concurso Mercantil. Es importante destacar que a través de la mediación, los mediados podrían llegar un convenio en menos de 30 días. Los mediadores profesionales deben de tener en cuenta los principios básicos de la mediación para poder considerarse expertos y así ayudar a las partes a convenir. Estos principios son la confidencialidad que debe existir entre el mediador y los mediados; la voluntariedad, esto es que los mediados deben de estar ahí por gusto y no por obligación, por lo que no se puede obligar a las partes a que lleguen a un convenio; la imparcialidad, donde el mediador experto no debe de tomar partido por alguna de las partes, debe de ser completamente neutral y si considera que tiene un interés no podrá ser mediador del asunto en conflicto; por último, la neutralidad, se refiere a que el mediador no podrá imponer sus criterios al respecto del asunto en conflicto, sino deberá de respetar por completo las decisiones de los mediados. En conclusión, durante la pandemia y la pospandemia existe y existirá una crisis judicial, lo más razonable o lo ideal para el comerciante en estado de insolvencia es llegar a una restructura sin necesidad de pisar tribunales, sin invertir en un procedimiento lento y que no le garantiza beneficio alguno. Tanto para él como para los acreedores, en dichas condiciones la respuesta es que debería de reunirse con

sus acreedores y un facilitador experto para llegar a una amigable composición. En ésta se deberán de exponer todos los pros y contras de ir al procedimiento judicial llamado Concurso Mercantil, donde puede que el comerciante llegue a la etapa de quiebra y no cuente con el activo suficiente para pagar a los acreedores, o llegar a la quiebra y el acreedor al momento de la prelación quede en último lugar o sin reconocimiento de pago. Sin embargo, si se someten las partes a un mecanismo de solución de conflictos como la mediación o el arbitraje comercial, son más las posibilidades de que lleguen a una amigable composición, así el deudor puede impulsar su empresa mediante la reestructura de saldos vencidos y continuar con la relación comercial con sus acreedores, y éstos seguir ganando. Para terminar, los MASC son la solución ideal para que los empresarios, ya sean pequeños, medianos o grandes, puedan hacer una reestructura en sus empresas y no se vayan a un estado de insolvencia de la cual jamás podrán salir, por lo que se perderían miles de fuentes de trabajo y sustento familiar. Finalmente, con los MASC podemos impulsar la economía nacional y aprovechar sus herramientas y las que los medios tecnológicos nos proporcionan. De esta manera, los afectados no quedan en un estado de indefensión al enfrentarse al sistema judicial pausado como consecuencia de la pandemia, sino todo lo contrario, encontramos una solución o una salida para poder seguir haciéndole frente a la crisis que está por venir.


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La Justicia Federal en tiempos de pandemia

Ana Ley Flores Sánchez Secretaria adscrita al Juzgado Tercero de Distrito de Amparo y Juicios Federales en el estado de Querétaro.

POR TODOS ES BIEN CONOCIDA LA PROBLEMÁTICA DE SALUD PÚBLICA PRESENTADA EN EL PAÍS CON MOTIVO DEL BROTE DEL VIRUS IDENTIFICADO COMO SARSCOV2, EMPERO, EL INTERÉS DE ESTE ARTÍCULO SE CIÑE ÚNICAMENTE EN PONER SOBRE LA MESA LA EFICACIA DE LA REGULACIÓN ADOPTADA POR PARTE DEL ÓRGANO ADMINISTRATIVO PERTENECIENTE A AQUEL QUE POR ANTONOMASIA SE CONSTITUYE EN EL GARANTE DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.

ana.flores.sanchez@cjf.gob.mx

Para el desarrollo y continuación de la función jurisdiccional federal, instrumentadora no sólo de tales lineamientos, sino sobre todo, congruente con el sistema normativo sobre la cual va dirigida.

A

sí, partiendo del contenido de la declaración de emergencia sanitaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo actual, se observan, entre otras, como acciones extraordinarias para combatir tal epidemia la relativa a la suspensión inmediata de las actividades no esenciales en todos los sectores con la finalidad de mitigar su dispersión, por el periodo inicial del 30 de marzo al 30 de abril y su posterior prórroga hasta el 30 de mayo actual;1 acotándose como subsistentes dentro de ese lapso para su continuación por estimarse fundamentales para la operatividad del país y el mantenimiento del Estado de Derecho, entre otras, las correspondientes a la procuración e impartición de justicia. Ahora, para la materialización de tales directrices dentro

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del ámbito del Poder Judicial de la Federación, en el supuesto de los órganos jurisdiccionales federales diversos al Alto Tribunal, se dispuso inicialmente como lineamientos para la preservación y continuación de la justicia constitucional, por conducto del órgano encargado de su administración, esto es, del Consejo de la Judicatura Federal, una basta regulación en torno a la manera en que los juzgadores federales habrían de proceder al ejercicio de su función, y de los supuestos normativos correspondientes, en donde interesan sólo al caso por cuestión de espacio los establecidos para la atención de los asuntos en materia de juicio de amparo en la vía indirecta.

Diario Oficial de la Federación, 21 de abril de 2020. 1


En ese contexto, destaca la existencia del Acuerdo General 4/2020 aprobado en sesión extraordinaria de 17 de marzo de 2020, por el que se determinaron las medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus Covid-19, en el que además de haberse decretado la suspensión de las labores jurisdiccionales y por consecuencia el de los plazos y términos procesales, se puntualizó que la continuación de la función jurisdiccional sólo procedería para la atención de los asuntos urgentes comprendidos en los artículos 15 de la Ley de Amparo y 48, fracciones I, III a IX, XI y XII del Acuerdo General respectivo.2

los derechos humanos en juego, b) la trascendencia de su eventual transgresión y c) las consecuencias que pudiera traer la espera a la conclusión del periodo de contingencia; ejemplificándose de entre ellos las demandas de amparo donde se reclamara la ejecución de órdenes de aprehensión o congelamiento de cuentas bancarias, así como algunas otras donde estuviera en juego la salud o la integridad física de alguna persona, que de ordinario no se considerarían como tales. También se acotó que con independencia de la decisión que se adoptara sobre el trámite

“Lo rescatable de este ajuste normativo atañe a la ampliación de la gama de supuestos para la atención de los asuntos urgentes, en el que se dijo que los mismos no podrían ceñirse solo a los estrictamente puntualizados en el mencionado artículo 48.”

A la postre, prosiguió el Acuerdo General 6/2020 en sesión extraordinaria de 13 de abril de 2020; por el que se modificó parte del articulado del referido Acuerdo General 4/2020. Ahora, lo rescatable de este ajuste normativo atañe a la ampliación de la gama de supuestos para la atención de los asuntos urgentes, en el que se dijo que los mismos no podrían ceñirse sólo a los estrictamente puntualizados en el mencionado artículo 48, ante la evidente apertura permitida en su fracción XII; de modo que se dejó al prudente arbitrio del juzgador la determinación de su atención urgente, al detectarse otra serie de demandas de amparo que debían considerarse con ese carácter dado el contexto de la pandemia, enfatizándose que para la calificación de los casos que así se estimasen, se deberían considerar tres aspectos: a)

2

Consúltese el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa de los órganos jurisdiccionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de 2015, y su ulterior modificación.

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“Se habilitó la operación de guardias en Tribunales de Circuito para que estuvieran en aptitud de revisar las decisiones resultantes, especialmente las que se ubicaran en el supuesto previsto en el artículo 97, fracción I, inciso b) de la Ley de Amparo.”

o no de la demanda planteada, y sobre el otorgamiento de la suspensión de plano o su negativa; a fin de no dejar inaudita a la parte justiciable, se habilitó la operación de guardias en Tribunales de Circuito para que estuvieran en aptitud de revisar las decisiones resultantes, especialmente las que se ubicaran en el supuesto previsto en el artículo 97, fracción I, inciso b) de la Ley de Amparo, así como de aquellas que por la contingencia requieran la misma atención apremiante. A la par de todo lo anterior, en aras de dar continuidad con mayor amplitud –aunque con las reservas debidas– a la reanudación de la función jurisdiccional por el periodo comprendido del 6 al 31 de mayo actual, se emitió el diverso Acuerdo General 8/2020 por el que se determinó el esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos

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jurisdiccionales, bajo diversas directrices de acción para la reactivación procesal de los juicios de amparo, en función, claro está, del estadio procesal que presentaran y de su forma de substanciación. Así, se advierte de su articulado que se debería reactivar el trámite de los asuntos que físicamente y “en línea” o electrónicamente se hayan radicado antes de la contingencia y durante ésta, en donde la materia de reclamo encuadrara en alguno de los supuestos identificados como de “urgencia ordinaria” y “urgencia ampliada”; por lo que como regla general a observar, se dispuso que sólo se podría dictar sentencia en aquellos que se encontraran en estado de resolución, excluyéndose así los que tuvieran pendiente de desahogarse diligencias judiciales distintas y, como regla especial, la relativa a que en el caso de los juicios tramitados en línea sí podría llevarse a cabo la audiencia de ley sin participación de las partes, por ubicarse éstos en la condición de formular sus alegatos por escrito. Lo anterior encuentra consonancia con las medidas de sanidad establecidas por las autoridades correspondientes, considerando que si la finalidad de aquellas es evitar la concentración de personas y la propagación del virus; el hecho que dentro del trámite del juicio de amparo surja la necesidad de realizarse diligencias judiciales que requieran la presencia física de las partes u otros intervinientes en el proceso, o de la práctica de notificaciones personales, impediría el objetivo perseguido, y por ende, se desnaturalizaría el

carácter extraordinario de lo así implementado. Sin que tal circunstancia pudiera entenderse como una transgresión a los derechos procesales de los justiciables, porque a pesar de que en la regulación en cita se disponga a simple vista de una paralización en la prosecución de la jurisdicción constitucional, lo cierto es que ésta en modo alguno se evidencia como absoluta, cuando por otro lado, se instruye al juzgador al seguimiento oficioso de los asuntos que se encuentren radicados como “urgentes”, sin distingo de entre los aquí llamados “ordinarios” o “ampliados”; porque en el extremo de surgir inconformidad contra la ejecución por parte de los sujetos obligados de las determinaciones que se dictaren con motivo de la urgencia que fuere planteada, o en su defecto, contra la omisión del operador jurídico de emitir pronunciamiento sobre la admisión de la demanda biinstancial, aquellos tienen a su alcance el ejercicio de los instrumentos legales para su puntual defensa, ya sea de manera horizontal, para el caso del primer supuesto (a través del incidente previsto en los artículos 206 a 209 de la Ley de Amparo), o vertical, para el restante (recurso de queja en las hipótesis de procedibilidad dispuestas en términos de los arábigos 97 fracción I, incisos b y g de la Ley de Amparo, correlacionado con lo dispuesto en los Acuerdos Generales 6/2020 y 8/2020). En donde en uno u otro caso a las autoridades de amparo, en el estricto ámbito de sus respectivas competencias, se les


habilitó para la atención de las denominadas “guardias bajas” con el objetivo de conocer y resolver lo conducente respecto a los casos de urgencia que plantearan los justiciables, la ejecución de las determinaciones que se dictaran en consonancia a éstos, la eficacia de su continuación o, en su defecto, la legalidad de las que se refieren o el de la abstención en su conocimiento. En aras de que se materialice a plenitud la eficacia de la tutela judicial efectiva debiendo estar desprovista de condiciones innecesarias que la lleguen a obstaculizar y, sobre todo, para preservar de inmediato los derechos humanos en juego, porque de no darse de inmediato la atención jurisdiccional o la oficiosidad en su continuación, se causaría la prolongación de la situación de indefinición en perjuicio de los justiciables. En cuanto a los restantes asuntos que no encuadren en los supuestos de reanudación indicados, ello no podría significarse en un detrimento en su contra, en la medida en que la conservación de la materia objeto del procedimiento pudo haber quedado salvaguardada a través de la suspensión provisional o definitiva que en su caso se hubiera concedido. En el extremo contrario, ello no podría acarrear su consumación, ya que la suspensión de plazos procesales dispuesta lleva implícitamente la inejecución de los actos materia del juicio de amparo.

En este escenario, con independencia de que el fin pretendido con la normativa administrativa aquí esbozada evidencia su armonización con el orden jurídico constitucional, y más particularmente, con las disposiciones legales que rigen medios de control constitucional como el juicio de amparo indirecto; lo cierto es que la existencia del problema sanitario provocado por el virus del Covid-19, ha ocasionado nuevamente la reflexión sobre la forma en cómo debe continuarse prestando el servicio público de impartición de justicia, en cualquiera de sus niveles y materias, ante la tan acostumbrada existencia de los procedimientos escritos, que aun y cuando en ese aspecto se ha avanzado con la implementación de los “juicios en línea”, no por ello puede desconocerse que el éxito de su progreso dependerá en mayor medida del desarraigo que los propios usuarios practiquen de aquellos.

“Como regla general a observar, se dispuso que sólo se podría dictar sentencia en aquellos que se encontraran en estado de resolución, excluyéndose así los que tuvieran pendiente de desahogarse diligencias judiciales distintas.”

De donde se sigue que, una vez que se reanuden, de surgir ese riesgo, la parte quejosa estaría en la aptitud legal de solicitar la medida suspensional de que se habla.

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CADALSOS LA NO TAN NECESARIA CONSULTA

Derivado de las declaraciones del señor Lozoya, se ha destapado o mejor dicho se revivieron viejas acusaciones y se confirmaron otras, aunado a los señalamientos diarios en los discursos del presidente de actos de corrupción ocurridos en sexenios pasados, se ha puesto en la mesa la

posibilidad de enjuiciar a los ex mandatarios señalados por corrupción, por lo menos de citarlos a que declaren. Las últimas semanas de agosto se intensificó la propuesta de realizar una consulta ciudadana para llevar a cabo o no dicho juicio. El presidente amlo ha sido muy insistente y desde su plataforma ha informado las vías e incluso los plazos para que fuera válida, para después repetir que él no es partidario de que se enjuicie a los ex presidentes, porque no es vengativo, pero, porqué relacionar la palabra a lo que debería ser en sentido estricto justicia, sobre todo cuando se ha reformado la Constitución en ese sentido. Y para no variar, el diputado y coordinador de Morena, Mario Delgado Carrillo fue el primero

en levantar la mano para solicitar ante el Congreso la consulta que de ser aprobada la scjn tendría que avalarla, no hace falta como el presidente dijo que la Corte fije una fecha, porque se encuentra en el texto constitucional. Incluso algunos analistas han referido que no es necesaria una consulta para proceder legalmente contra los exmandatarios y que quizá lo que busca esta administración es la legitimación popular. Podríamos decir que el timing falló, pues ahora la ciudadanía atraviesa por una crisis económica y moral por la pandemia, por lo que su interés está fijado en la sobrevivencia, por ahora la duda es ¿realmente hace falta una consulta popular para enjuiciar a los ex presidentes, al menos a los que se les compruebe un delito?

prefirió dejar de lado la discusión de los video escándalos, pues sí, las cantidades son menores, el propósito, según el Movimiento de Regeneración no fue dañar al país, sino apoyar la causa para salvarlo, ¡listo, justificado! A la no primera dama se le ocurrió decir que en la independencia también se daba dinero para la causa y nadie grababa. Bien lo dicen, no hagas nada bueno que parezca malo, pero al ojo del juzgador los dos hechos son vistos desde ángulos, o intereses diferentes. En la política mexicana esta técnica para desenmascarar a los delincuentes de cuello blanco no hace distingos. La pelea no es por ver quién hizo más o menos daño, tampoco en si purgará una pena por ello. Se ha convertido en un jaloneo de poder, la oposición contra la legitimación

de esta administración, que se fundamenta en el combate a la corrupción, sobre todo tiene resentimiento con la corrupción electoral, tanto que ahora es delito grave. El golpe va justo en la moral que ostenta. En qué acabará, no lo sabemos, lo seguro es que la ley del talión se ha modificado, si antes era ojo por ojo, ahora es video por video.

VIDEO POR VIDEO Poco después de que saliera a la luz un video en el que se muestran supuestos sobornos a legisladores del PAN que apoyan las declaraciones en el caso Lozoya, un comunicador en su programa destapó la existencia de otro video, pero ahora mostraba a Pío López Obrador, así es, el apellido lo delata, recibiendo dinero como supuesta contribución a la causa del “licenciado”. Por supuesto que la oposición no tardó en embestir al titular de la 4t, comparándolo al antiguo régimen conservadurista que tanto ataca y repudia. Incluso senadoras panistas presentaron una denuncia en la fgr contra Pío López para que sea investigado. Presidencia señaló que aunque sean familiares, si son culpables deben responder ante la ley,

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LA BRECHA ACADÉMICA

A inicios de agosto y cuando todos pensábamos que el ciclo escolar 2020-2121 se estancaría, el Secretario de Educación, Esteban Moctezuma Barragán, presentó el calendario escolar para demostrar que a la educación en México no la detiene ni la pandemia, y en eso tiene razón, la educación no la detienen las enfermedades, la detiene la brecha socioeconómica y la pandemia lo único que hizo fue

reconfirmar esa premisa, de hecho la acrecentó más. Las clases serán por televisión y el control escolar lo llevarán en Google Classroom, entregó los libros oficiales, presentó los horarios de transmisión. El lunes 24 de agosto que dio inició formalmente el ciclo escolar se hizo una ceremonia simbólica en la conferencia matutina del Ejecutivo Federal. El reto no fue la planeación, aunque su mérito tiene. La cuestión es que en un país donde el 47.7% de la población es usuaria de internet y 43.6% de hogares no tiene internet con conexión fija, según la Encuesta Nacional sobre Disponibilidad y Uso de Tecnologías de la Información en los Hogares 2019. Las comunidades más alejadas sumidas en la pobreza y violencia, como en la sierra de Guerrero, sólo

por mencionar una, en la que difícilmente las casas cuentan con todos los servicios, o en la que los niños recorren kilómetros para asistir a la escuela, ahora recorrerán kilómetros para encontrar una computadora o televisión que les permita ir al día con sus deberes escolares, si es que sus padres tienen dinero para pagar la renta de una computadora con internet. También están aquellas familias que sobreviven con un salario mínimo que ahora deben pensar en equipos tecnológicos. Una vez más, los más vulnerables son excluidos de este derecho fundamental, en un gobierno que repite que la educación es la salvación de las futuras generaciones y del propio país. Si la intención es lo que cuenta, definitivamente nunca ha sido ni será suficiente.

QUÉ TANTO ES UN ÁGUILA Aunque el ánimo festivo está un poco apagado, no ha sido obstáculo para que el Zócalo se llene de adornos patrios, y justo uno de ellos fue la manzana de la discordia, o debemos decir, el águila de la discordia, por el que la jefa de gobierno de la CDMX entró en discusión con el exmandatario Felipe Calderón, quien después de ver las imágenes del águila juarista en uno de los edificios del centro, utilizó su cuenta de Twitter, como ya se le hizo costumbre, para señalar la falta cívica. Por supuesto, hubo muchas otras críticas ciudadanas que señalaban el uso del estandarte de Morena sustituyendo al Escudo Nacional. Sin embargo, la embestida de Sheinbaum fue

contra el exmandatario a quien llamó ignorante y sostuvo que el águila juarista no tiene nada que ver con un asunto partidista, sino con la historia de México. La Dra. Claudia defendió el uso de ese símbolo, “tal vez lo que más les moleste es que estamos recuperando los principios de Juárez, tal vez eso es lo que está en el fondo, y nosotros queremos reivindicar al mejor presidente que ha tenido México, que es Benito Juárez”, dijo y para cerrar la discusión aseguró que cualquier otra interpretación está fuera de lugar. Quizá querido lector a usted no necesitemos citarle el artículo quinto de la Constitución, pero por si hay dudas, instruye que: Toda reproducción del Escudo Nacional deberá

corresponder fielmente al modelo a que se refiere el Artículo 2 de esta Ley, el cual no podrá variarse o alterarse bajo ninguna circunstancia. Quizá hubiera sido factible que avisaran de inicio que este año no ocuparían el escudo sino una representación de la transformación del país, ¿se habría ahorrado la explicación?

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LIBROS RECOMENDADOS

Miguel López Bonilla. Ubijus, 2020.

LOS JUECES ELÉCTRICOS. ¿QUÉ SIGNIFICA JUZGAR?

Los jueces eléctricos reúne trece viñetas de un mundo distópico, basado en la ciencia ficción oscura e irónica de autores como Alan M. Turing, Isaac Asimov, Ray Bradbury, Philip K. Dick, entre de otros. Algunas de las cuestiones que pretendo enunciar a través de estos microrrelatos son: ¿qué es justicia?, ¿quién define lo que es justo?, ¿qué significa juzgar?, ¿qué papel juegan la experiencia y las emociones en el proceso de emitir un fallo?, ¿qué virtudes son las que permiten impartir justicia? Mi propósito es que los estudiantes que están por decidir su vocación como juristas encuentren material interesante que les permita generar sus propias reflexiones y los motive a escoger la judicatura como su destino. Pese al tono pesimista o irónico de los cuentos, es necesaria la noche para admirar la estrella. No descarto, sin embargo, que las páginas de este libro, por su sustancia narrativa, también puedan interesar a personas ajenas al Derecho.

ESTUDIOS DE SEGURIDAD Y VICTIMOLOGÍA

Gil David Hernández Castillo, coordinador. Tirant Lo Blanch, 2020.

El 21 de septiembre del año 2000, se publicó la reforma al Artículo 20 constitucional de nuestro país donde se incluyó un apartado especial que contempla las garantías de la víctima o el ofendido en el proceso penal, siendo este el inicio de un camino en el que destacados especialistas de las ciencias del Derecho y la Criminología se han esforzado por aportar los conocimientos necesarios para entender la posición de la víctima en una sociedad donde se aprecia una alta vulnerabilidad social que sigue traspasando fronteras por lo que se hace necesario un planteamiento diferente ante un problema de una victimización que casi es global con fenómenos que van más allá de lo delictivo, donde otros aspectos se vuelven factores determinantes para que cada tema de la victimización sea atendido bajo una óptica de política pública. Este volumen se enfoca en la victimología y la seguridad, dos temas ligados estrechamente y que están en una profunda crisis de atención debido, entre otras cosas, a la carencia de estudios.

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