FJ 97 Octubre 2011

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OCTUBRE 2011

NO. 97

8º RIO RS A IVE AN

LA SEGURIDAD NO ES BOTÍN POLÍTICO DE NADIE César Duarte

OCTUBRE 2011

LA VÍCTIMA EN LA LEY DE AMPARO: Humberto Román Franco

Número 97

FORO JURÍDICO

$40.00

DEBEMOS CAPACITARNOS EN DERECHOS HUMANOS Patricia Olamendi

NO EXISTE UNA VERDADERA REFORMA LABORAL: José Mier y Concha

TRANSPARENCIA Y RESPETO A DERECHOS HUMANOS, PRIORIDADES EN LA PROCURADURÍA DE JUSTICIA:

MIGUEL ÁNGEL MANCERA


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Octubre 2011

n el marco de profundos cambios estructurales en las instituciones públicas, en nuestro sistema normativo nacional, pero sobre todo, en la Constitución General de la República, Foro Jurídico celebra su octavo aniversario, habiéndose consolidado como un espacio de discusión plural, de análisis y de reflexión sobre el acontecer del ámbito jurídico-político en México. En nuestras páginas han quedado y quedarán registrados hechos trascendentes como las recientes reformas a la Carta Magna en Derechos Humanos, en materia de Juicio de Amparo y, desde luego, la igualmente importante reforma de Seguridad y Justicia o la implementación del Juicio en Línea en el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, con la aplicación de tecnologías de punta. También hemos sido testigos de cómo la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha ido retomando su papel como garante de la vigencia de nuestra Ley Suprema. Estos acontecimientos indican cómo la maquinaria de la justicia y la seguridad y la dinámica actividad legislativa, han ido aceitando sus engranes para lograr los cambios que el país requiere en un mundo global e interdependiente. Nuestro medio, al ser parte de la cultura jurídica en todas sus expresiones, celebra orgulloso, con el resto de la sociedad, estas transformaciones y se compromete a seguir siendo un espacio abierto para reflejar con libertad ideas y propuestas. Continuaremos difundiendo con veracidad, imparcialidad y claridad, información y conocimientos de los ámbitos judicial, legislativo, ejecutivo, electoral, académico y social, proponiendo un debate de vanguardia y plural que contribuya a la construcción de un país más democrático, más seguro y más justo, en el que se erradique la corrupción y la impunidad y se fortalezca nuestro debilitado Estado de Derecho.

En estos ocho años hemos acercado a nuestros lectores al análisis y la comprensión de algunos de los más relevantes asuntos jurídicos-políticos nacionales, gracias a la participación docta y desinteresada de nuestros colaboradores, articulistas, especialistas y académicos de las diversas ramas del Derecho, que nos han permitido difundir su pensamiento, ideas inquietudes, experiencias y conocimientos.

Cordialmente

Dr. Elias Huerta Psihas Director General FORO JURÍDICO

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No. 97 octubre 2011

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EDITORIAL AVANZA EL NUEVO CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

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FORO K DEL LECTOR Entrevista

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA TRANSPARENCIA Y RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS,

PRIORIDADES EN LA PROCURADURÍA DE JUSTICIA

LA VÍCTIMA U OFENDIDO EN LA NUEVA LEY DE AMPARO Dr. Humberto Román Franco

RENUEVAN LA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN JURÍDICA MEXICANO LIBANESA "AL MUHAMI" Lic. Marco A. Villegas Serrano

EL ESTUDIO Y LA ENSEÑANZA DE DERECHO ESPACIAL EN EL MUNDO Dr. José Luis Álvarez Hernández

NARCO

¿OTRA MODALIDAD DEL CAPITALISMO? Dr. Rubén Delgado Moya

LA SEGURIDAD NO ES BOTÍN POLÍTICO DE NADIE:

CÉSAR DUARTE JÁQUEZ INDISPENSABLE CAPACITARNOS EN DERECHOS HUMANOS: PATRICIA OLAMENDI Marco A. Ríos


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¿CÓMO CREAR Y DAR DE ALTA TU EMPRESA?

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LOS RETOS DE LA HUMANIDAD: LA PAZ Y LA DEMOCRACIA VAN DE LA MANO

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Lic. Brenda Pulido Luna

K DIRECTORIO DIRECTOR GENERAL

Dr. Elías Huerta Psihas

Dra. Maria Macarita Elizondo Gasperín

Tiempo de Saber

INTELIGENCIA EMOCIONAL EN EL TRABAJO Mtro. Jorge Antonio Alfaro

ARRANCA EN MÉXICO EL OMBUDSMAN FISCAL DIANA BERNAL LADRÓN DE GUEVARA

NO EXISTE UNA VERDADERA

REFORMA LABORAL Lic. José A. Mier y Concha

PRESENTAN EL LIBRO DERECHO DE MENORES DRA. RUTH VILLANUEVA Foro Propiedad Intelectual

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CADALSO

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SOBRE LA CONSTITUCIÓN NI LOS DERECHOS HUMANOS

RADIOGRAFÍA DE LA

PIRATERÍA EN MÉXICO Dr. Arturo Ancona García-López Robespierre

LIBR OS EN

Dr. José R. Padilla

DIRECTOR EDITORIAL

Dr. Ruperto Patiño Manffer DIRECTORA DE DIFUSIÓN

Lic. Jackeline Huerta Estefan CONSEJO EDITORIAL

Dr. Sergio García Ramírez Dr. Raúl Carrancá y Rivas Dr. Juan González Alcántara Dr. Carlos Quintana Roldán Dr. Ricardo Ojeda Bohorquez Dra. Mireille Roccatti Velázquez Dr. Francisco Bravo Ramírez Dr. Moisés Moreno Hernández Dra. Elena Ruth Guzmán Gómez Dr. Emilio Rabasa Gamboa Dr. Daniel Montero Zendejas Dr. Emilio Zebadua González Dr. Salvador Valencia Carmona Dr. Germán A. Castillo Banuet Dra. Bertha Beatríz Martínez Garza Dr. Sergio E. Casanueva Reguart Dr. David Vega Vera COORDINACIÓN EDITORIAL

Lic. Janet Huerta Estefan janet@forojuridico.org.mx Marco A. Ríos editorial@forojuridico.org.mx DISEÑO EDITORIAL

L.D.G. Yessica Paola Martínez Díaz dgrafico@forojuridico.org.mx COORDINACIÓN DE DISTRIBUCIÓN

Antonio Estevez Celestino FOTOGRAFÍA

Carlos Gamboa García e-mail: fotogamboa@prodigy.net.mx Agencia Cuartoscuro FORO JURÍDICO, órgano oficial de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas A.C., con Registro No. F-335 como Colegio de Profesionistas ante la Dirección General de Profesiones de la SEP. Tiene periodicidad mensual y cuenta con la Reserva Exclusiva del Título, otorgado por el Instituto Nacional de Derechos de Autor de la SEP, número ISSN 1870-1183 transformado al número EAN-13 de fecha 28 de mayo de 2005. Certificado de Licitud del título no. 13058 expediente 1/432”05”/16949 otorgado el 8 de marzo de 2005 por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Certificado de Licitud de Contenido Núm. 10631, expediente 1-432 “05” - 16949 de fecha 8 de marzo de 2005 otorgado por la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Redacción: Monte Albán 613 Col. Letrán Valle CP 03610, México, D.F. Tel. 2595-6354. Impresa en Tipssa. Av. Hidalgo No. 141. Col. Santa Anita. Distribución: Platón 429 Colonia Palmitas. Asesoría Editorial Especializada, S.A. de C.V. Tenayuca 152 oficina 1, Col. Letrán Valle. Tel. 33301625. CITEM Foro Jurídico No. 97, octubre 2011.

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K EDITORIAL

AVANZA EL NUEVO CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Finalmente el Presidente Felipe Calderón decidió enviar al Congreso de la Unión la ley secundaria más importante para que pueda entrar en vigor, en el ámbito federal, la reforma constitucional de juicios orales, promulgada en junio de 2008, al entregar en la Cámara de Diputados -el pasado 21 de septiembre-, la iniciativa de ley que contiene un nuevo Código Federal de Procedimientos Penales. Se trata de un documento que toma en cuenta varios de los temas abordados durante los Diálogos por la Seguridad, especialmente el relativo a las víctimas, que con justica han reclamado medidas que garanticen sus derechos como parte ofendida y que faciliten y aseguran la reparación del daño sufrido, aunque hay temas en donde será necesario abrir al debate, como por ejemplo, las detenciones urgentes sin control judicial. Son cerca de 600 artículos que se proponen modificar y que servirán para reestructurar instituciones como el Ministerio Público, el cual podrá ser sujeto a un proceso penal por parte de los particulares inconformes por una inacción de su parte. La iniciativa viene acompañada de una previsión en el aumento presupuestal, que será pagado por los contribuyentes, quienes hasta el momento no perciben los resultados de los elevados gastos

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de seguridad en los últimos años. Por ejemplo, la PGR requerirá una ampliación de dos mil millones de pesos; mientras que en el Poder Judicial de la Federación se estima que para el siguiente lustro requerirá de incrementos anuales que van de un 18% a un 42%. La noticia cayó muy bien entre los miembros de organizaciones académicas, profesionales y de la sociedad civil, impulsoras del nuevo Sistema Penal Acusatorio, que venían demandando desde hacía varios meses esta acción del Ejecutivo Federal, esperando que esta alegría no se transforme en enojo si meten el proyecto a la congeladora legislativa de San Lázaro, como ha sucedido en la presente legislatura con varios textos legales, empezando por la Reforma Política y la Ley de Seguridad Nacional. Ojalá que las Comisiones de Justicia de ambas Cámaras convoquen encuentros con colegios de abogados de todo el país, con especialistas y académicos, para que opinen sobre el nuevo código y así lo socialicen. Sin legislar al vapor, es urgente que este código procesal entre en vigor para acelerar la implementación del nuevo sistema penal en todo el país, particularmente a nivel federal, lo que sin duda podría contribuir a combatir los altos índices de corrupción e impunidad que tenemos, con un nuevo sistema de justicia penal moderno y eficaz K


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FORO K DEL LECTOR REDES SOCIALES

Guadalupe Aguilar Murillo: Excelente Foro, abre paso al diálogo y a la opinión jurídica, sumados a la modernidad. Gracias por compartir y por invitar a este proyecto. A sus órdenes en Sonora. Gi Mayorga: Gracias por la difusión de contenidos jurídicos con fundamento que hacen tanta falta en la red y por recoger y replicar los comentarios que hacemos. Sin duda sirve para enriquecer nuestra cultura jurídica y desarrollar el sentido crítico que nos hace falta como sociedad en cualquiera de los temas que nos importan no sólo los que versan sobre derecho. Saludos.

No a la Legalización de las Drogas: Juan Manuel Santos

Rojas Tamayo Roger: Estos males tienen que combatirse frontalmente y erradicarse en su totalidad de lo contrario van a penetrar en las esferas gubernamentales y tendremos narco-estados. César Hernando Alcalá Castillo: Considero que la legalización de las drogas y un adecuado plan de salud que vigilara su consumo podrían ser más eficaces y más baratos que la guerra frontal contra los narcotraficantes. César Hernando Alcalá Castillo: A final de cuentas la prohibición ha demostrado ser muy ineficaz, cualquier antojadizo sabe a dónde ir a conseguir su dosis. Johana Pernalete: El consumo excesivo de sustancias alteradoras de la conciencia o la percepción es, sin duda, un gravísimo problema social ante el cual el Derecho no puede quedarse cruzado de brazos. Sin

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embargo, es más que evidente lo inadecuado que resulta pretender solucionarlo -tanto por razones éticas como meramente prácticas- utilizando el Derecho Penal. Paoli Meseguer: Es cuestión de abrir un poco los ojos y mirar que hay sociedades que lo permiten y no por eso todos los habitantes viven drogados e inconscientes por las calles, ahí está Holanda que lo permite abiertamente y no genera problemas. Creo que es tiempo que nuestros legisladores revisen los libros de historia y comparen nuestra situación actual con la prohibición de las drogas y la historia de cuando se legalizo el alcohol en nuestro país vecino EUA donde las bandas criminales hacían mejor negocio con lo prohibido y donde la violencia estaba a la orden del día. Creo que es hora de ponerle altos a las mafias de forma inteligente, no haciendo que nuestra policía y nuestra milicia pierdan elementos en cada enfrentamiento. Veronica Elizabeth Diaz Martinez: Es difícil, con nuestra sociedad mexicana, hay muchos puntos en qué pensar como el fin con el que utilizarían las drogas

si se legalizaran, y preocuparnos más por nuestros hijos, y darles valores en los que puedan sobresalir ya que es difícil, cuando caen en las drogas. Aún si estuvieran legalizadas, ¿quiénes se ocuparían por su salud? Ya cuando entran a ese mundo, muchos ya no salen. ¿Realmente se podría poner fin a la delincuencia con esta medida? No es tanto permitir o prohibir si no encauzar debidamente los fines. Francisco Mérida: Legalizar las drogas podría mejorar un poco la situación en cuanto a inseguridad con lo narcos, pero veo 2 problemas, uno geográfico y el otro social. El primero: somos vecinos del mayor consumidor del mundo y nuestra frontera se vería abarrotada de precoces drogadictos con toda la problemática de sentirse de “primer mundo”. El segundo: ¿quién la produciría? ¿El gobierno? ¿Haría su caja chica de ahí? En fin, es una problemática q podría ayudar, pero ¿a qué costo? Francisco Merida: Legalizar es la moneda d 2 caras para bien o mal, pero es una forma d parar un poco tana violencia.


CORREO Sociedad Civil Atomizada y el Efecto Acordeón Jorge Martínez G: En ocasiones busco el cómo manifestar y exigir mis derechos y no encuentro los medios ni las formas ni nadie que me escuche y a pesar de que a los políticos y empresarios les está ocurriendo lo mismo que a la gente común (pueblo) no veo que ellos tampoco hagan nada por cambiar el chip nacional. Me da la impresión que algunos siguen con la idea de la enajenación del poder pasivo (Elba Esther Gordillo, Diego Fernández de Cevallos) y que su idea es nunca cambiar el chip nacional. ¿Crees tú que ellos también son víctimas de alianzas y contactos con el crimen organizado? Jean Paul Chevalier: “Un individuo no ha empezado a vivir hasta que pueda elevarse por encima de los estrechos confines de sus preocupaciones individualistas hacia las preocupaciones más amplias de toda la humanidad”. ---M.L King, Jr. Veo las protestas y movimientos en México y me pregunto; ¿En dónde están los jóvenes? ¿En dónde está la idea o concepto que sea la llama que ilumina? ¿Es acaso el dolor lo único que inspira al mexicano? ¿Somos un pueblo que no tiene en su gen construir en base a ideales? ¿Sabemos por lo menos en donde estamos parados? Gritar sin contenido es inútil. Moverse sin dirección termina cansando al caminante. Frida Charaf: Realmente está buenísimo el artículo. Gracias por compartirlo además me da gusto que gente como Janet esté dando conciencia y luz a este país. Gente como ella es lo que México necesita para avanzar y despertar.

El Control Difuso de la Constitución Manuel Pérez: Entonces ¿hacia dónde se perfila la figura del amparo, vista como medio de control de constitucionalidad? ¿Qué pasará con esos asuntos donde un Juez local, haciendo interpretación del término “Control Difuso” desaplica una Ley, y luego en el curso mismo del proceso, un Juzgador Federal, considera que no hay inconstitucionalidad alguna? Me parece lamentable, si de por si ya tenemos pequeñas Supremas Cortes en la figura de los Tribunales Colegiados y ahora otorgar facultades a Jueces locales para que de manera indiciaria hagan un estudio de inconstitucionalidad...bueno...viva México!!!!!!!!! Williams Vásquez González: En Venezuela tenemos en la actualidad vasta jurisprudencia al respecto, de nuestra Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia

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Entrevista

TRANSPARENCIA Y RESPETO A DERECHOS HUMANOS, PRIORIDADES EN LA PROCURADURÍA DE JUSTICIA: MIGUEL ÁNGEL MANCERA K

Marco A. Ríos

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A casi un año de concluir su gestión al frente de la Procuraduría de Justicia del Distrito Federal, el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa ha realizado una intensa actividad encaminada a profesionalizar y modernizar la institución del Ministerio Público (MP) en la capital del país, la cual ha comenzado a rendir frutos y a reconocerse en el ámbito nacional e internacional. Un ejemplo es el premio Innovación en Transparencia para la Mejora de la Gestión Institucional, por la implementación del programa MP Transparente Web, por medio del cual la ciudadanía puede buscar personas puestas a disposición en las agencias del MP del Distrito Federal. El galardón le fue otorgado por el Banco Mundial, el Instituto Federal de Acceso a la Información, la Secretaría de la Función Pública y el Instituto Nacional de Administración Pública, y mereció incluso un reconocimiento público por parte del Presidente de la República Felipe Calderón.

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esde que asumió el cargo el Dr. Mancera estableció como uno de sus retos acercar la procuraduría a la población y recuperar su confianza, con trabajo y resultados para hacer más claras y eficientes las acciones que realiza esa dependencia, lo que ha ido logrando con proyectos como el del Ministerio Público Virtual, que incluye el programa señalado por el que se le otorgó el premio. Acciones como esta le han valido para que en las encuestas ciudadanas se le ubique como un serio aspirante a la candidatura por la Jefatura de Gobierno del DF en el 2012. Para platicar sobre los avances que ha tenido la procuración de justicia capitalina, el pasado 9 de septiembre el Procurador Miguel Ángel Mancera se reunió con los miembros de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, Colegio de Profesionistas, quienes le entregaron un reconocimiento por su destacada labor en la modernización y profesionalización de la PGJDF. Durante el encuentro Mancera enfatizó que uno de sus principales objetivos ha sido recuperar la confianza de la ciudadanía en la procuración de justicia, priorizando la transparencia y el respeto a los derechos humanos y defendiendo siempre la profesión de los abogados. Explicó también otras relevantes acciones que ha emprendido durante su gestión, como la capacitación permanente a través del Instituto de Formación Profesional, no sólo de los ministerios públicos capitalinos, sino de todo el personal que labora en la institución, incluidos policías ministeriales y peritos y la publicación -en dos tomos-, del Manual Básico para el Agente del Ministerio Público,

Los Doctores Ricardo Franco Guzmán, Elías Huerta Psihas y Jorge Mario Magallón Ibarra con el Procurador capitalino

el primero de ese tipo en el país, que contiene todos los procedimientos que debe seguir, en cualquier área, un representante social en su trabajo cotidiano, mismo que se entregó en forma gratuita a todos los ministerios públicos capitalinos, así como las acciones relevantes que ha emprendido para combatir a la delincuencia organizada en la ciudad, entre ellas las de extinción de dominio, que suman más de 80 expediente en la materia. Destacó Miguel Ángel Mancera que México vive un momento histórico en el cual el gremio jurídico de los abogados, deben dar cada día algo para mejorar la situación nacional. “No solamente en la esfera particular, la mira debe ser más amplia. A nosotros nos toca una parte muy importante. Estoy convencido que los abogados, los encargados de las decisiones jurídicas de este país tenemos una alta responsabilidad, no podemos retraernos y pensar que la problemática obedece sólo a esas esferas de seguridad en el terreno de los hechos, sino que corresponde a las estructuras, a los andamiajes jurídicos dar en este momento lo mejor en la construcción de políticas de beneficio social.” Tomó como ejemplo el tema del feminicidio, del cual todavía existe resistencia para reconocerlo; señaló que es necesario ver el problema más allá del dogma penal y tomarlo como el seguimiento a una lucha de género surgido desde hace varios años que implica ciertos lineamientos internacionales. En entrevista con Foro Jurídico, Mancera reconoció que falta mucho por hacer en la procuración de justicia en el D.F., por ello, continuará ofreciendo a la ciudadanía una institución limpia, eficiente y de contacto cercano. Un ejemplo dijo, son los programas implementados de transparencia. A continuación reproducimos la parte sustancial de la entrevista. FORO JURÍDICO

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PROGRAMAS POR INTERNET DE LA PGJDF: · MP Virtual: recibe denuncias de delitos por querella o actas especiales por pérdida de documentos. · MP Transparente: monitores en las agencias del MP que informan nombre de las personas detenidas, el delito que se les acusa y tiempo para resolver situación jurídica. · BlackBerry: consultar personas detenidas en la PGJDF, en donde se integran mapas para la ubicación de agencias el MP y directorio de funcionarios. · Licitaciones Públicas Transparentes: actualmente la dependencia expone en tiempo real reuniones para dar a conocer determinaciones sobre las licitaciones. ¿CÓMO SE ENCUENTRA LA SEGURIDAD Y LA PROCURACIÓN DE JUSTICIA EN EL DISTRITO FEDERAL? Todos en el GDF estamos comprometidos a dar lo mejor y estamos buscando cuales son los caminos para encontrar la seguridad que la ciudadanía con justicia reclama. En esta materia el gobierno de la ciudad continuará mostrando avances; es necesario reconocer el camino trazado y los resultados obtenidos en este tiempo. El Distrito Federal no padece los embates de la delincuencia como en otras entidades de la República por una sencilla razón: tenemos aquí cerca de 70 mil policías de la SSP que trabajan bajo un solo mando, el del Dr. Manuel Mondragón. Cuando alineamos nuestras estrategias con los 4 mil elementos de la PGJDF, podemos llevar a cabo los operativos que han permitido una disminución de hasta 30% en diversos delitos. Uno de ellos es el Cazadores en la UNAM, que ha dado descensos del 70% en la actividad delictiva de las zonas aledañas a la máxima Casa de Estudios. Se trata de mecanismos que funcionan con eficacia porque podemos alinear estrategias de seguridad. Lamentablemente hay estados en donde todos los municipios poseen su propio mando, su propia policía y cada quien tiene sus prioridades. La otra es que en nuestra ciudad hay más de 11 mil cámaras que vigilan el día a día de los capitalinos. Cuando algunas personas acuden a mi oficina, lo que más les llama la atención es el monitor que tenemos ahí, en donde se observa la ciudad y me preguntan “¿A tal detalle nos vigilan?” Pues sí, esa es parte de nuestra obligación. Esto nos ha permitido durante los meses de enero y febrero de este año, descender en 11 delitos de alto impacto en comparación con los meses correspondientes al año 2010. Así, el homicidio doloso ha disminuido 23.6%, el delito de violación 1.3%, secuestro 62.5%, robo de vehículo 19.6%, robo a transeúnte 2.2%, robo a cuenta habiente 6.6%, 10 FORO JURÍDICO

robo a casa habitación 13.9%, robo a transportista 6.8%, robo a pasajero a bordo del metro 10.1%, robo a pasajero a bordo de taxi 7.7%, y robo a negocio con violencia 0.4%. Actualmente, en la tabla nacional, el Distrito Federal se encuentra en el lugar 22 en robo de vehículo; en 24 en el delito de homicidio y en lugar 13 en el delito de violación. Pronto informaremos de otras herramientas que tenemos casi listas en el DF, que servirán para brindar mayor seguridad a los capitalinos y al mismo tiempo mostrar una Procuraduría de Justicia honesta y propositiva.

¿CÓMO HAN SIDO ESTOS TRES AÑOS AL FRENTE DE LA PGJDF? Difíciles, con mucho trabajo, pero también con muchas satisfacciones. Cuando llegamos teníamos inercias sin coordinación sobre el trabajo de seguridad pública. Por ejemplo, las cámaras sólo eran manejadas por la SSP; creo que la policía de investigación también debe operarlas. Todo el trabajo realizado es para cambiar esa mala imagen que tiene la sociedad de la policía; es un gran esfuerzo que conlleva todos los riesgos y lo vamos a hacer. La ciudad debe ser más segura. Debemos estar todos muy atentos y la parte jurídica es muy importante. La parte de análisis y los comentarios de los abogados es lo que nos ha venido alimentando todos estos programas: MP Transparente, la Denuncia Anónima o la denuncia vía Internet. No tengo ningún problema para que se conozcan las denuncias. Estamos cambiando la forma de pensar, de operar la Procuraduría. Vamos a usar los instrumentos jurídicos en el plano en el que se están presentando. Eso significa que cuando cometemos errores es necesario reconocerlos, es lo que nos enseñaron nuestros maestros. Ellos nos decían que el MP es una institución de buena fe, pues habrá que demostrarlo en algún momento, y habrá que decir, me equivoqué, y decir que una persona no es lo que se está imputando.


En la institución luchamos contra muchos obstáculos. Recuerdo una frase de mi maestro de Derecho Penal, el Dr. Pedro Hernández Silva, cuando decía: “Deben luchar contra dos cosas en el Derecho Penal: contra el tiempo que todo lo borra y otra contra los hombre que todo tratan de borrar.” Esos dos puntos los tengo presentes cuando hacemos las investigaciones. Todavía existe mucho trabajo que vamos a dar a conocer en la Procuraduría de Justicia capitalina; en todo momento pensamos qué más le vamos a ofrecer a la ciudad para que se note esta transformación. Cambio en la policía, cambio en el MP, en los servicios periciales; todavía nos quedan muchos meses del año. Con los proyectos que tenemos vamos a cambiar, vamos a seguir viviendo.

¿POR QUÉ LA TRANSPARENCIA ES UNA DE SUS PRIORIDADES? Una de las primeras cosas que nos enseñaban a los abogados en materia penal era promover amparos contra personas incomunicadas, para saber en dónde se encontraba alguien detenido. Se recurría entonces al juicio de amparo en espera de que alguien contestara si era cierto que estaba un individuo a disposición de esa autoridad. Era común que a las personas detenidas se le trasladara de un lado a otro, lo cual dificultaba el ejercicio de la defensa. Ahora por el contrario, creo en la necesidad de mantener informado a todo mundo; a la defensa, a los familiares y al propio detenido. Con ese antecedente en la PGJDF decidimos hacer más transparente su forma de operar, dar un rostro más humano a la ciudadanía. Por eso, una de las primeras acciones fue subir a la red todas las averiguaciones previas que se reciben en los Ministerios Públicos. Ya no es necesario acudir con el representante social para saber cómo avanza la investigación, basta con entrar en internet. Se puede estar en contacto con el representante social o los fiscales por correo electrónico. Hoy cualquier persona puede acceder al MP Transparente desde una computadora con internet, teléfonos inteligentes o llamando al Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del DF y realizar querellas, actas especiales o buscar personas detenidas. Estos mecanismos buscan romper con algunas dudas que se llegaron a tener sobre la actuación de la institución. Incluso somos los primeros de las dependencias del gobierno capitalino que cuentan con las licitaciones en internet. En la última tuvimos a mil 500 personas siguiendo su desarrollo, eso quiere decir que las cosas se tienen que hacer de la forma en que se marca. Al inicio de mi gestión realizamos recorridos en las agencias y verificamos que existían retrasos en la atención, aproximadamente un 60% de las personas que iban por trámites podrían hacer desde su casa. Esta fue una de las principales razones por las que decimos utilizar las herramientas informáticas modernas en beneficio de la comunidad. Así,

hoy contamos con el Ministerio Público Virtual (MPVirtu@l) para recibir denuncias por internet, acusaciones de delitos por querella o actas especiales por perdida de documentos, con el Ministerio Público Transparente, el cual consiste en la instalación de monitores en las agencias del MP en donde se informa el nombre de las personas detenidas, el delito que se les acusa y el tiempo que falta para determinar su situación jurídica. Pusimos en marcha la aplicación para dispositivos de telefonía móvil Blackberry, abriendo la página www.pgjdf. gob.mx, con lo cual los usuarios tienen acceso de forma inmediata a ciertos programas implementados para auxiliar a la población. Con esta innovación tecnológica, la procuraduría de justicia capitalina se coloca a la vanguardia en Latinoamérica; a la fecha, se tiene un registro de más de 3 mil descargas. Esta moderna herramienta permite consultar los datos de las personas puestas a disposición, la ubicación de la agencia, los teléfonos de los servidores públicos, la averiguación previa, los hechos que se le imputan, fecha y hora de inicio de la indagatoria, cronómetro regresivo para definir la situación jurídica y el status de la misma. Nuestro compromiso es ampliarlo a todos los dispositivos de comunicación que sean compatibles con el programa. La transparencia y el respeto de los derechos humanos junto con la modernización de la institución son parte de mis prioridades.

¿QUÉ SE HA HECHO PARA CAPACITAR Y PROFESIONALIZAR A LOS MINISTERIOS PÚBLICOS? Soy un creyente de la transparencia y también de la capacitación permanente. Pronto anunciaremos el nivel que van a tener nuestros Ministerios Públicos. Ya tenemos un importante manual comprendido en dos tomos, que se está inclusive utilizando en el ámbito nacional; es el Manual Básico para el Agente del

RECONOCIMIENTO DEL BANCO MUNDIAL AL PROCURADOR MANCERA POR EL MP TRANSPARENTE WEB Miguel Ángel Mancera, titular de la PGJDF recibió el Premio a la Innovación en Transparencia para la Mejora de la Gestión Institucional, por el programa MP Transparente Web, Búsqueda de Personas Puestas a Disposición, durante la VIII Semana Nacional de Transparencia. El Premio tiene como propósito identificar, reconocer y difundir, en el ámbito nacional, las mejores experiencias o innovaciones que las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, lleven a cabo en materia de máxima publicidad y acceso a la información. En el certamen participaron 74 propuestas, de las cuales 27 fueron federales, 26 estatales y 21 municipales. La Procuraduría capitalina obtuvo el triunfo en la categoría estatal. FORO JURÍDICO 11


Miembros de la ANDD que asistieron al encuentro con el Procurador General de Justicia del Distrito Federal Ministerio Público, el cual tiene como objetivo proporcionar una visión general del Derecho Constitucional, así como un análisis de la organización y estructura del Estado Mexicano y los derechos humanos. En el primero de ellos se plasma la experiencia de los capacitadores e instructores en el Instituto de Formación Profesional de la Procuraduría de Justicia capitalina; es un compendio de conocimiento en el cual participaron varios especialistas; con el proyecto se pretende brindar un mejor servicio de procuración de justicia a los capitalinos. Es en suma, un apoyo en la solución práctica de las tareas ordinarias del agente del MP. Actualmente se entrega a todos los representantes sociales del MP y secretarios de la PGJDF. Se ha capacitado al 100% del personal de estructura en materia de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y Ética Pública. Situación que conllevó a la dependencia a mi cargo a recibir por parte del Instituto de Acceso a la Información Pública capitalino, la certificación correspondiente. El personal de nuevo ingreso es capacitado permanentemente en materia de transparencia a través del Curso de Autoformación para Servidores Públicos y Ley de Transparencia. Se han impartido diversas actividades académicas en colaboración con el Sistema Técnico del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal de la Secretaría de Gobernación. Entre ellos, cursos de inducción a la mediación, en donde se contó con una 12 FORO JURÍDICO

asistencia de mil 563 servidores públicos; se llevó a cabo el Diplomado en Justicia Penal para Adolescentes en el DF con 144 asistentes. Se continuó con la profesionalización de los elementos de la Policía de Investigación; el programa contempla 162 horasclase de manera permanente y de tiempo completo a 18 grupos que sumaron en total más de 800 elementos. Con el objetivo de dotar de conocimientos necesarios para enfrentar los retos que el nuevo sistema procesal penal, actualmente se imparte el taller de Introducción al Sistema Acusatorio. A él asiste personal del área ministerial, policial y pericial de la institución, así como jueces del TSJDF y defensores de oficio de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales. Hasta el momento tenemos una asistencia de 3 mil 700 servidores públicos aproximadamente. Inclusive, en un esfuerzo de coordinación con la ALDF, la Consejería Jurídica del GDF y el TSJDF, estamos ya trabajando en el proyecto del nuevo Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal que en breve enviaremos como iniciativa de ley a la Asamblea Legislativa.

¿EXISTE COORDINACIÓN CON OTRAS PROCURADURÍAS DEL PAÍS? Sí y estamos empeñados en que ésta se profundice. Me correspondió hace un par de semanas ser el representante de la Conferencia de Procuradores Generales de Justicia de la Zona Centro, integrada por los Estados de Puebla, Tlaxcala, Hidalgo, Estado de México y Morelos. Algo que me preocupa


SEMBLANZA Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa • Licenciado en Derecho, Especialista en Derecho Penal y Doctor en Derecho con mención honorífica con la tesis “El Injusto en la Tentativa y la Graduación de su Pena en el Derecho Penal Mexicano”, por la Universidad Nacional Autónoma de México. • Especialista en Derecho Penal por las Universidades de Salamanca y de Castilla-La Mancha, España. Así como por la Universidad Panamericana, México. • Master Internacional por la Universidad de Barcelona, España, a través de la Universidad Metropolitana de México. • Ha sido distinguido con la Medalla “Gabino Barreda” otorgada por la Facultad de Derecho de la UNAM.

Indispensable recuperar la confianza de la ciudadanía del D.F. en la procuración de justicia es que cada una de las instituciones no cuente con los servicios periciales uniformes. Todavía nos piden exámenes de ADN de otros estados. No podemos permitir que las necropsias las hagan en funerarias porque entonces lo que exige la ciudadanía de seguridad no se puede cumplir completamente, es difícil satisfacer esas exigencias. En abril pasado, durante la sesión extraordinaria de la Conferencia, presenté el Código de Ética de la PGJDF, con el cual buscamos regular la actuación del personal y garantizar la conducta correcta de los servidores públicos. Con el documento dimos cumplimiento a una de las 194 acciones contempladas en el Plan Institucional 2008-2012 en materia de prevención del delito y atención a las víctimas bajo una perspectiva de respeto a los derechos humanos. Con esta acción se busca que la institución adquiera un rostro humano de excelencia en el servicio y con alto compromiso social. Esto se logrará a través de la capacitación de los servidores públicos con el empleo de tecnología de vanguardia para la investigación del delito y la persecución del delincuente. Herramientas como ésta las estamos compartiendo con otras procuradurías K

• Abogado postulante del bufete jurídico León, Moreno, Mancera y Asociados, S.C.

En el servicio público se ha desempeñado como: • Asesor de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; • Director de Investigaciones y Procedimientos, Director de Seguimiento de Policías Complementarias, Director Ejecutivo y Asesor del Secretario de Seguridad Pública del D.F.; • Director Jurídico de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad de México ; • Consejero de la Judicatura del DF y; • Subprocurador de Procesos en la PGJDF. • Actualmente es Procurador General de Justicia del Distrito Federal. FORO JURÍDICO 13


LA VÍCTIMA U OFENDIDO EN LA NUEVA LEY DE AMPARO K Mgdo. Humberto Román Franco*

Sin duda que uno de los puntos que más interesan a las víctimas u ofendidos de una acción ilícita es obtener el pago de la reparación del daño, que constituye una pena pública

impuesta

al

delincuente

obligándolo a restablecer la situación anterior del delito y al pago de los daños y perjuicios causados. Sin embargo, esta acción resulta difícil de lograr en el mayor de los casos. En el pasado, la reparación del daño estuvo mejor amparada que en los tiempos actuales a través de la composición que pactaban la víctima y su agresor. Las nuevas reformas en materia de juicio de amparo constituyen una esperanza para que se mejore esta situación en el futuro inmediato. 14 FORO JURÍDICO

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n el transcurso de la historia, no obstante la evolución de la sociedad, el papel de la víctima decreció en beneficio del Estado, quien lo relegó al olvido y se enfocó a sancionar al delincuente, importándole más el quebrantamiento de la norma que el daño causado. Y es que cuando un juez decreta sanción de acuerdo a las pretensiones de la víctima, resulta muy frecuente la insolvencia del agresor; además, con la reglamentación se facilitan las maniobras procesales para hacer inexigibles penalmente los gastos ocasionados por el delito; por si fuera poco, en el mayor de los casos el Ministerio Público (MP), quien representa a la víctima durante el proceso, no tiene un real compromiso social con ella, dejándola a su suerte, que casi siempre le es adversa. La legislación procesal penal de 1934 negó al ofendido desde un principio la posibilidad de ser parte en el procedimiento, lo cual significaba la ausencia total de las expectativas mínimas que se necesitaban para acceder a la justicia penal; sólo se le reconocía su pretensión resarcitoria bajo un paradigma civilista. La historia legislativa indica que hasta los años ochenta del siglo XX la legislación federal no reconocía derechos del ofendido en el proceso penal; se le otorgaron por ley algunos derechos procesales que luego terminaron por constitucionalizarse en 1999. Se estableció un catálogo de derechos fundamentales en favor del ofendido o la víctima, aunque el tránsito de su efectividad en la realidad en la legislación secundaria ha sido lento y distorsionado. Es decir, el tratamiento era exclusivamente para reconocerle la pretensión económica de obtener la reparación del daño como parte accesoria, pero no para garantizarle la posibilidad real de defender sus derechos para acceder a la justicia penal, porque ello dependía de la institución que lo representa socialmente en el proceso, el MP.


Prácticamente desde que el Estado asumió la responsabilidad de resolver los conflictos para con ello evitar la Ley del Talión, el papel de la víctima u ofendido, lamentablemente fue relegado del procedimiento hasta convertirlo en un simple coadyuvante del MP. No es ajeno para los conocedores del procedimiento penal, las víctimas y algunos ciudadanos que han tenido cercanía a ello, que la mayoría de los agentes del MP sólo realizan su función cuando se les allegan las pruebas en la etapa de averiguación previa; es decir, pocos realmente cumplen con su función investigadora. Además, durante el proceso no son reconocidos por el juez como parte de éste dado que requieren acreditar que son coadyuvantes del representante social, situación que en la mayoría de los casos no se puede porque éste no les otorga dicho carácter y cuando les es autorizado, el impartidor de justicia limita la actuación para que todo se haga a través del MP.

VIII.5º.7 P y VI.1º.P.272.P, publicadas en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomos XV, XXIX, XXVI y XXXII, abril de 2002, enero de 2009, agosto de 2007 y julio de 2010, páginas 470, 347, 1735 y 1998 con los rubros: “Sentencia absolutoria. El querellante o denunciante, la víctima del delito, los familiares de ésta o los interesados legalmente no están legitimados para reclamarla en el juicio de amparo, legitimación en el juicio de amparo. El ofendido carece de ella para impugnar la sentencia definitiva que resuelve la situación del menor infractor con su absolución, ofendido o víctima del delito. Carecen de legitimación para promover juicio de amparo contra una sentencia absolutoria que pone fin al juicio en primera instancia o en apelación, pues aun cuando el apartado B del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos obliga al juez a condenar a la reparación del daño, ello sólo sucederá cuando se emita una sentencia condenatoria y ofendido o Cabe señalar que en la víctima del delito. Carece Ley de Amparo, en el de legitimación activa para dispositivo 5, al señalar acudir al juicio de amparo cuáles son las partes contra la sentencia de en el juicio de amparo, segunda instancia que al parecer limitó la revoca la condenatoria posibilidad de la víctima de primera y dicta una u ofendido de intervenir absolutoria, al no ubicarse en los procedimientos de en las hipótesis previstas en amparo cuando tuviera el artículo 10 de la Ley de Magistrado Humberto Román Franco la calidad de tercero Amparo o en las señaladas perjudicado al señalar en en el artículo 20, apartado su fracción III inciso b): B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (texto anterior a la reforma publicada en “…Son partes en el juicio de amparo… el Diario Oficial de la Federación del 18 de junio de III.-… b) El ofendido o las personas 200).” que, conforme a la ley, tengan derecho a la reparación del daño o a exigir la El Estado, al advertir los constantes reclamos de las responsabilidad civil proveniente de la víctimas quienes a pesar de denunciar los hechos, comisión de un delito, en su caso, en lograr la detención del responsable y existir una los juicios de amparo promovidos contra sentencia condenatoria, no obtenían la reparación actos judiciales del orden penal, siempre del daño, empieza a buscar solución a ese problema. que éstas afecten dicha reparación o En la Constitución se implementaron los derechos responsabilidad…” fundamentales de las personas que quedaban sometidas al procedimiento penal; posteriormente, Cuando la víctima u ofendido intentaba promoverlo se ampliaron para protegerlo en la etapa de directamente asumiendo el papel de quejoso (fracción averiguación previa; pero la víctima u ofendido I agraviado o agraviados), los Tribunales Colegiados fue relegada y no se hacía ninguna mención en la y la Suprema Corte, resolvieron señalando que Constitución. Afortunadamente nuestro país no ha carecían de interés jurídico o de legitimación para sido ajeno al desarrollo de la cultura de los derechos instar el amparo cuando no se trataba de sentencia humanos; por consiguiente, fueron reconocidos condenatoria pues tal resolución no le causaba un en materia procesal penal y se han ampliado de agravio personal y directo, y de ser condenatoria, manera progresiva a la víctima u ofendido del delito argumentaban que no se había resuelto sobre la tanto en el texto constitucional Federal como en la reparación del daño por lo que no afectaba ningún legislación secundaria, dando lugar a que tenga derecho público subjetivo del que fuera titular, como mayor participación en el procedimiento penal con el se aprecia en las tesis 1ª.XXXIX/2002, 1ª./J.90/2008, fin de ser restituida o compensada. FORO JURÍDICO 15


En 1993 se inicia el reconocimiento de los derechos fundamentales de la víctima u ofendido, se establece que tendrán asesoría jurídica, la reparación del daño, coadyuvar con el MP y recibir atención médica de urgencia. El 21 de septiembre de 2000, se aprueba la reforma al precepto 20 Constitucional con la cual se amplían; se buscó que ante la ineficiencia del MP, dejara –la víctima– de ser coadyuvante y se convirtiera en una parte más en el procedimiento a fin de aportar pruebas no sólo referentes a la reparación del daño sino también a la acreditación del delito y la demostración de la responsabilidad del sujeto en su comisión. Además, se obliga al MP a solicitar en el pliego de conclusiones la reparación del daño y que en el proceso se acredite el monto, y, que los jueces estén obligados a condenar a la reparación del daño siempre que dicten una sentencia condenatoria. Es importante destacar que de la lectura de la exposición de motivos y diario de debates, el legislador se preocupó por que siempre la víctima u ofendido obtenga la reparación del daño e incluso se alude a la obligación del juez de abrir incidente antes de dictar sentencia con el objeto de acreditar un monto económico; asimismo, en caso de que el juez no lo pueda hacer deberá condenar a la reparación del daño en forma genérica y será en ejecución de sentencia que se inicie el incidente y se determine la cantidad. Algunos de los argumentos de la exposición de motivos de la iniciativa presentada el 28 de octubre de 1997 y que concluyó reformando el artículo 20 Constitucional el 21 de septiembre de 2000 para incluir un apartado relativo a las garantías de la víctima y ofendido fueron: “El sistema de justicia penal se ha modernizado, pero debemos admitir que el afectado o víctima del delito no está todavía en posibilidad de ejercer plenamente los derechos que se le han reconocido, por lo que es necesario profundizar la reforma constitucional de 1993, ampliando el dispositivo que tutela a la víctima del delito, modificando la redacción del artículo 20 constitucional, incorporando un catálogo completo de garantías referidas, específicamente a los afectados por las autoridades delictivas.- […] …la víctima debe intervenir dentro del proceso como parte con una serie de prerrogativas que precisen o amplíen las que actualmente tiene, para lo cual proponemos que el artículo 20 constitucional se forme con dos apartados: el apartado A relativo al inculpado… […] …y un apartado B relativo a la víctima del delito que contenga, además de los derechos y garantías que actualmente comprende el 16 FORO JURÍDICO

Ley de Amparo limitó la posibilidad de la víctima u ofendido de intervenir en los procedimientos de amparo cuando tuviera la calidad de tercero perjudicado.

último párrafo de la fracción X del citado artículo, los siguientes: que la víctima del delito sea parte del procedimiento penal, proporcionando al ministerio público o al juez directamente, todos los datos o medios de prueba con que cuente para acreditar los elementos del tipo penal o establecer la responsabilidad del inculpado, según sea el caso, así como la procedencia y monto de la reparación del daño…” En posterior reforma al mencionado dispositivo 20 Constitucional de 18 de junio de 2008, se reorganizó dicho ordinal en un apartado A “De los Principios Generales”, el apartado B “De los Derechos de Toda Persona Imputada” y un apartado C “De los Derechos de la Víctima o del Ofendido”, la iniciativa número 1 que se presentó el 29 de septiembre de 2006 expuso: “…La ineficacia de los derechos a favor de las víctimas u ofendidos se debe en mucho a la imprecisión de las pretensiones morales que el orden jurídico debe proteger; es decir, lo que sucede es que la Constitución y las leyes secundarias no definen de manera garantista el contenido esencial de los derechos pro víctima… […] … aunque hay que reconocer de suyo una tendencia actual por reivindicar los


derechos del ofendido en el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que de manera muy gradual comienza a recomponer el estatus que moralmente merece la víctima de un delito… […] … Así, llegamos a un punto donde es necesario revisar el contenido de las normas en relación con los ofendidos del delito.- Si la ley no es clara o, más bien, poco proteccionista, mientras que, por otro lado, la interpretación de los jueces no es nada garantista ante la laguna o ambigüedad de la ley, el legislador tiene que entrar, por consecuencia, a suplir estas deficiencias mediante una reforma clara, puntual y eficaz… […] …En suma, la presente iniciativa de reformas de diversos ordenamientos tiene por objeto avanzar en el fortalecimiento de los derechos fundamentales del ofendido o víctima del delito…” La iniciativa número 5 presentada el 25 de abril de 2007 señaló: “…Asegurar la protección, asistencia y participación de las víctimas en el proceso penal… […] … Respecto de los derechos de las víctimas en México puede detectarse un importante nivel de rezago, comparativamente con el avance que se ha tenido en esa esfera a nivel internacional… […] … En plena concordancia con las propuestas del Anteproyecto de la Red, el marco de derechos de la víctima contenido en el apartado B, se amplió para que quedara claramente estipulado que, de manera voluntaria, la víctima pueda intervenir como parte en el proceso penal, con una actuación independiente de la del Ministerio Público.” Tales reformas aunque extendieron algunos de los derechos de las víctimas u ofendidos, lamentablemente no fueron del todo reflejadas en la legislación secundaria sobre todo en la Ley de Amparo. INICIATIVA DE LA NUEVA LEY DE AMPARO

transitorio, la obligación del legislador secundario de que en un plazo máximo de 120 días se apruebe una nueva Ley de Amparo en la que se refleje todos los avances históricos, jurídicos, entre los que se encuentran los derechos de la víctima u ofendido. El Senador Jesús Murillo Karam presentó una iniciativa con proyecto de decreto para expedir la Ley de Amparo, documento en el que destacó lo relacionado con la víctima u ofendido. “Artículo 5º. Son partes en el juicio de amparo: I. El quejoso, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que la norma, acto u omisión reclamados violan los derechos previstos en el artículo primero de la presente ley y con ello se afecte su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico. […] III.- El tercero interesado, pudiendo tener tal carácter: […] c) El ofendido o quien tenga derecho a la reparación del daño o a reclamar la responsabilidad civil, cuando el acto reclamado emane de un juicio del orden penal y afecte esa reparación o responsabilidad…” “Artículo 79. La autoridad que conozca del juicio de amparo deberá suplir la deficiencia de los conceptos de violación o agravios, en los casos siguientes:- […] III. En materia penal: […] b) A favor del ofendido o víctima en los casos en que tenga el carácter de quejoso…” “Artículo 107. El amparo indirecto procede: […]

El papel de la víctima decreció en beneficio del Estado, quien lo relegó al olvido y se enfocó a sancionar al delincuente, importándole más el quebrantamiento de la norma que el daño causado.

El 6 de junio de este año se anunció en el Diario Oficial de la Federación un decreto en el que reforman, adicionan y derogan algunos aspectos contenidos en los numerales 94, 103, 104 y 107 de la Constitución. Al día siguiente se publicaron otras modificaciones, entre ellas se buscó hacer más patente la obligación de dar el valor y alcance necesario a los tratados internacionales. En ella se destaca, en su segundo FORO JURÍDICO 17


La víctima debe ser protagonista central en el proceso penal, pues nadie como ella tiene el interés de defender el bien jurídico que se le ha afectado. VII. Contra las omisiones del ministerio público en la investigación de los delitos, así como las resoluciones de reserva, no ejercicio, desistimiento de la acción penal, o por suspensión de procedimiento cuando no esté satisfecha la reparación del daño.” “Artículo 173. En los juicios del orden penal se considerarán violadas las leyes del procedimiento con trascendencia a las defensas del quejoso, cuando: […] XXIII. A la víctima u ofendido de un delito no se le proporcione asesoría jurídica o no se le informen de los derechos que le asisten o del desarrollo del procedimiento penal; XXIV. No respete a la víctima u ofendido de un delito el derecho a coadyuvar con el Ministerio Público, no se le reciban todos los datos o elementos de prueba con los que cuente tanto en investigación como en el proceso o no se le permita intervenir en el juicio; XXV. No se respete el derecho al resguardo de su identidad a las víctimas u ofendidos menores de edad o por delitos de violación, secuestro, delincuencia organizada y cuando a juicio del juzgador sea necesaria su protección, salvo que tal circunstancia derive de la debida salvaguarda de los derechos de la defensa; XXVI. Tratándose de la víctima y ofendido del delito se obstruya el derecho a solicitar las medidas cautelares y providencias necesarias para la protección y restitución de sus derechos; XXVII. Se trate de casos análogos a las fracciones anteriores a juicio del órgano jurisdiccional de amparo.” La tendencia actual es equilibrar o equiparar procesalmente tanto a la persona imputada de un hecho delictuoso como al ofendido o víctima que resiente el mismo. A lo cual se suma, fortalecer en el contexto nacional las prerrogativas de éstos a fin de que tengan la posibilidad de proteger sus derechos y consolidarlos en la norma fundamental, pues lo que ha impedido satisfacer su legítima demanda 18 FORO JURÍDICO

a una justicia penal es la falta de instrumentos que tiendan a proteger tal interés. En ese sentido, es destacable la figura de la acción penal privada que el legislador plasmó en el segundo párrafo del numeral 21 Constitucional en la pasada reforma en materia de justicia penal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008. Acción que se traduce en un nuevo derecho que le permitirá a la víctima tener control sobre las funciones de procuración de justicia; derecho que puede convertirse en armas procesales en asuntos principalmente de interés privado ante el deficiente desempeño del MP, fortaleciendo la participación de víctimas u ofendidos. Si bien pareciera un obstáculo el hecho de que para darse la acción penal privada se requiera la capacidad de reunir por sí los elementos de prueba, esta situación no presenta ninguna dificultad para la víctima u ofendido pues es bien sabido que con la actual figura de la coadyuvancia es él quien principalmente allega al MP la mayoría de pruebas en las que éste basa su actuar. Por tanto, aunque ambas figuras, coadyuvancia y acción penal privada, al parecer brinden semejantes consecuencias prácticas, la última tiene la ventaja de que al disponer de la acción penal se obtiene control desde un principio de la pretensión. La víctima debe ser protagonista central en el proceso penal, pues nadie como ella tiene el interés de defender el bien jurídico que se le ha afectado. Es tiempo de darle la atención preferencial le corresponde acorde al principio in dubio pro víctima, avanzando hacia la desaparición de la tradicional pena retributiva del Estado, que se transforme en una sanción reparadora y dignificante para las víctimas, acorde también a los criterios globales actuales sobre derechos humanos. Lo que conlleva que el delito no sólo se tipifique sobre la lesión de un abstracto bien jurídico protegido, sino que lo sea sobre la lesión causada a personas en concreto, seres vulnerables; de tal forma que la pena deje de tener el sentido actual accesorio, ajeno y secundario para dar paso a una verdadera reparación victimológica K *Magistrado Federal en materia Penal del Primer Circuito Judicial.


RENUEVAN LA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN JURÍDICA MEXICANO LIBANESA “AL MUHAMI” K Lic. Marco A. Villegas Serrano

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Lic. Elías Zacarias Fadel, Lic. Napoleón Fillat Martínez, Mgdo. Juan Lara Domínguez y Lic. Gerardo Gozain Frangie.

l pasado mes de septiembre la Asociación Jurídica Mexicano Libanesa, Al Muhami, renovó su mesa directiva resultando electo como nuevo presidente el Lic. Gerardo Gozaín Frangie, quién al rendir protesta presentó un decálogo de su plan de trabajo en el que se destaca el fortalecimiento de alianzas con otros organismos jurídicos y la creación del un Consejo Consultivos formado por personalidades relevantes en el ámbito jurídico de ascendencia libanesa y el Consejo de Honor, integrado por los ex presidentes de Al Muhami y los presidentes abogados del Centro Libanés. Se comprometió también Gerardo Gozaín a continuar con la labor realizada por sus antecesores a fin de mantener los ideales de la asociación. Presidieron la ceremonia el Lic. José Napoleón Fillat Martínez, Presidente del Consejo Directivo del Centro Libanés, el Lic. Elias Zacarias Fadel, Presidente saliente de Al Muhami y el Magistrado Juan Lara Domínguez, representante del Presidente del Tribunal Superior de Justicia del DF, Dr. Edgar Elías Azar. Asistieron al evento jueces, magistrados, directivos de varias organizaciones de abogados, abogados y socios del Centro Libanés. Ante ellos, Gerardo Gozaín afirmó que la justicia es el principal fin de quienes ejercen la abogacía. “Para nosotros es el medio e instrumento para conseguir ser justos en cada una de nuestras actividades profesionales.” Los principios básicos y rectores de la asociación, puntualizó, comulgan con los mandamientos del abogado propuestos por Couture que son, entre otros, la promoción del estudio, el trabajo y el servicio de la justicia como una lucha de legalidad permanente, leal y tolerante con absoluta fe en el derecho como mejor instrumento. Gozaín apuntó que Al Muhami continuará, como hasta ahora, participando y aportando al ámbito jurídico en temas que atañen a la sociedad mexicana, como la reforma constitucional en materia de juicio de amparo; la trascendente reforma constitucional de derechos humanos; y la implementación de los juicios orales, en donde el TSJDF y la Procuraduría de Justicia capitalina juegan un papel preponderante para el mundo jurídico nacional.

Señaló que los planes de trabajo del nuevo Consejo Directivo están inspirados con el propósito de engrandecer a la profesión de la abogacía, por el respeto de las leyes y disposiciones legales. Destacó que pronto estará listo el sitio web de la asociación el cual contará con temas de interés general, un foro de consulta, actualización jurídica, así como colaboraciones de los socios. Conminó a los abogados y abogadas a registrarse para construir una base de datos que permitirá difundir sus actividades y lograr al mismo tiempo un intercambio y acercamiento entre todos los agremiados. Ante los tiempos difíciles por los que atraviesa México, dijo, se requieren más que nunca, hombres y mujeres que no se venzan, que crean y tengan la esperanza de que con trabajo limpio y honesto se saldrá adelante. “Se necesitan seres humanos sanos e íntegros hasta lo más profundo de su corazón, que defiendan la razón y que digan la verdad sin temor, principios básicos en el ejercicio de nuestra profesión como abogados.” Finalmente, el nuevo presidente de Al Muhami pidió a todos los abogados y abogadas de origen libanés, que se registren en la página web de la Asociación: www.almuhami.mx para elaborar una base de datos y convocarlos a todas nuestras actividades, con la idea de que se sumen y participen en esta nueva etapa.

El nuevo Consejo Directivo lo integran, además de su presidente Gerardo Gozaín, los siguientes profesionistas: Vicepresidente, Miguel Athié Lajud; Secretario, Michel Chamlati Salem; Tesorera, Mónica Maccise Duayhe; Vocales, Emilio Zacarías Gálvez, Jackeline Huerta Estefan, Carlos Matuk Canán, Patricia Santana Iglesias, Jose Luis Nasar Daw, Elias Adam Bitar y Juan de la Cruz Higuera Arias K

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EL ESTUDIO Y LA ENSEÑANZA DE DERECHO ESPACIAL EN EL MUNDO K Dr. José Luis Álvarez Hernández

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El estudio y la enseñanza del Derecho Espacial, dentro del marco del Derecho Internacional, se debe a las actividades del hombre en el espacio ultra atmosférico y los cuerpos celestes, el cual se inició formalmente en 1957, por los Estados Unidos; aún cuando se habla principalmente de un segundo como la ex Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas, hoy Federación Rusa. Sin embargo, es importante señalar que de los 200 países que conforman la Comunidad Internacional, sólo unos 15 aproximadamente, dedican parte de sus esfuerzos, economía, ciencia, tecnología, etc., a estas actividades espaciales; lo cual no representa ni siquiera un 10% de quienes integran la citada sociedad; a pesar de que todos los países del mundo sin excepción, entraron a la Era Espacial gozando de los beneficios y sufriendo los perjuicios de la Astronáutica como ciencia y su tecnología.


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s importante señalar también que las actividades espaciales se han diversificado, lo cual permitió que personas morales privadas participen cada una dentro de su campo de acción y competencia. Por ejemplo, la fabricación de objetos espaciales o sus partes; las plataformas de lanzamiento, los cohetes, los transbordadores espaciales, los satélites de toda clase, incluidos los de comunicación, que son los más conocidos; además de las estaciones espaciales, empezando por la MIR rusa; y últimamente la Estación Espacial Internacional, cuyas partes hablando de todos los objetos espaciales en general, ya no son elaborados por los Estados, sino por empresas particulares, especialmente rusas y estadounidenses. Con el objeto de no crear confusiones futuras respecto a la designación “Derecho Espacial”, debemos decir que existen 15 denominaciones aproximadamente de esta nueva disciplina jurídica:

- Derecho Astronáutico - Derecho del Espacio - Derecho Cosmonáutico - Derecho Cósmico - Derecho Eteronáutico - Derecho Sideral - Derecho Intersideral - Derecho Interastral - Derecho Satelitario - Derecho Extra Terrestre - Derecho Ultraterrestre - Derecho Interplanetario - Derecho Internacional del Espacio - Derecho Espacial - Derecho Universal

Usaremos Derecho Espacial por ser la más usual, sin que ello signifique estar de acuerdo con la misma. En consecuencia, una de las principales cuestiones que se plantean a la problemática del nacimiento de una nueva rama de las Ciencias Jurídicas es la denominación; sin que ello entrañe algo imposible de resolver, por el contrario, puede considerarse un inconveniente secundario, porque lo importante es su contenido y no su denominación. Es necesario tomar en cuenta que cada jurista puede concebir una apelativo distinto de acuerdo con el concepto personal que de la misma tenga, externarla haciéndola pública a través de sus obras, independientemente de que todas las ramas de las Ciencias Jurídicas tienen

Es imprescindible la enseñanza del Derecho Espacial ya que no existe actividad pública ni privada que no esté relacionada con la Astronáutica como ciencia y su tecnología; desde las comunicaciones, la computación, el internet, la telefonía móvil, las redes financieras, información y sociales, hasta los fenómenos meteorológicos como denominador común, el ser un conjunto de normas que regulan relaciones entre personas físicas, morales; entre unas y otras; y en relación con objetos, así como actividades. Sin embargo, a ese respecto cabe hacer notar que cuando los demás estudiosos del Derecho y autores tienen conocimiento de cualquiera otra denominación distinta a la propia, inmediatamente buscan y además encuentran de inmediato según su criterio, las fallas que pudiese haber. Esto se debe a que la concepción es meramente subjetiva por más fundamentos que tenga. Haremos un estudio de dos de las denominaciones conocidas; analizando los elementos que comprende; agregando un punto de vista personal para tener una idea asequible, para comentar si se trata o no de una denominación adecuada; además de proponer también una al respecto y las razones que tenemos para ello.

DERECHO ESPACIAL Este apelativo es en nuestro concepto quizá el más usado; sin embargo, a pesar de todas las fallas que adolece, curiosamente es uno de los más aceptados. Las críticas son menos porque su uso se ha generalizado al grado de que se aplica en forma indiscriminada, incluso por organismos públicos y privados como la Organización de Naciones Unidas (ONU) y el Instituto Internacional de Derecho Espacial (IISL) por sus siglas en inglés.

La denominación comprende el conjunto de normas relativas a la regulación del espacio, nada más; a pesar de que en la práctica, el Derecho Espacial es el conjunto de normas que regula las actividades del hombre en el espacio exterior y los cuerpos celestes. Por eso, como parte de la crítica, podríamos decir en términos generales, que no sería aplicable a los cuerpos celestes, a los recursos naturales existentes en estos, a las estaciones orbitales, a los satélites artificiales; a las relaciones con los humanos que se establezcan definitivamente fuera del Planeta Tierra. Menos aún a las relaciones con otras formas de vida extraterrestre, que posiblemente existan y sean aptas para ello; y otras materias. Además lo anterior, no permite incluir la delimitación entre el espacio aéreo y el espacio ultraterrestre para efectos de la aplicación del Derecho en cada uno de ellos; en virtud de que Derecho Espacial, se puede referir a cualquier extensión tridimensional o cuadrimensional, según el concepto introducido por Einstein; pese a lo cual, es aceptada y propuesta por varios autores, entre ellos Gal.

DERECHO UNIVERSAL Esta denominación comprendería en su totalidad la regulación de las actividades del hombre en el espacio ultra atmosférico y los cuerpos celestes de nuestro Sistema Solar en principio, y de todos los existentes en el Universo en la medida en

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Actualmente se realizan una serie de actividades en el espacio exterior y los cuerpos celestes, que no se encuentran reguladas

que el hombre avance en la conquista de éste. Con ello se incluye la circulación en el espacio exterior, la ocupación de los cuerpos celestes, lo relativo a los recursos naturales en esos ámbitos, el establecimiento definitivo del hombre fuera de su hábitat natural, nuestro Planeta Tierra, en fin, todo. Se justifica lo anterior porque una vez establecido definitivamente el hombre en el espacio exterior y en los cuerpos celestes de nuestro Sistema Solar, la regulación de este nuevo Derecho deberá extenderse a ese status jurídico del hombre porque se hablará de colonización espacial; así como la regulación de relaciones humanas con otras formas de vida ultraterrestre, de ser aptas para ello. En consecuencia, a manera de concepto decimos que el Derecho Universal es el conjunto de normas que regulan las actividades del hombre en el espacio exterior y los cuerpos celestes, todo lo relativo a los recursos naturales en esos ámbitos, las relaciones de los humanos del Planeta Tierra, con los humanos establecidos permanentemente fuera de su hábitat natural originario; así como las relaciones que se establezcan con las posibles formas de vida extraterrestre que existan, de ser aptas para ello. Como todo lo anterior se encuentra en el espacio ultraterrestre sería aconsejable que

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todas las normas creadas hasta la fecha y las que se elaboren posteriormente, se regulen por una sola rama del Derecho que abarque la reglamentación completa, presente y futuro; rama a la que se le podría llamar Derecho Universal, ya que el Universo es ese todo del que estamos hablando. Es importante tomar en cuenta que la denominación que se le dé a esta nueva rama de las Ciencias Jurídicas, es lo de menos, pues lo importante es el contenido. Lo trascendente son las normas que se lleguen a codificar respecto a esta nueva rama de las Ciencias Jurídicas. La variedad de denominaciones se debe a que como disciplina jurídica nueva, su estudio y enseñanza en el mundo se hace a partir de tres puntos de vista distintos: primero, dentro del marco del Derecho Internacional; segundo, en unión y a veces fusión con el Derecho Aéreo o Aeronáutico, tal vez por afinidad; y tercero y último, como una rama de las Ciencias Jurídicas totalmente autónoma. Considero que la razón por la que el estudio, enseñanza y difusión del Derecho Espacial se ha enmarcado por algunos juristas y estudiosos del Derecho, como parte o derivación del Derecho Internacional, es razonable; porque su concepto consiste en la regulación de las relaciones entre los Estados, sin especificar si éstas se

refieren a actividades en la Tierra o en el Espacio exterior, por lo menos hasta antes de 1957; ello se debió posiblemente a que los particulares no tenían hasta ese momento, la capacidad científica, técnica y mucho menos económica para semejantes experimentos. Sin embargo, después de 50 años, se han subrogado en la fabricación de objetos espaciales y sus partes; así como en algunas otras actividades de tipo mercantil referentes a las actividades espaciales, como son el turismo espacial. Por lo que toca a enmarcar o fusionar el Derecho Espacial con el Derecho Aéreo, se debe a la afinidad de ambas actividades que se encuentran debidamente delimitadas por su naturalez; y por los convenios internacionales respecto a las actividades aéreas y las astronáuticas. La diferencia entre ambos consiste en que el espacio aéreo corresponde a la capa de aire que cubre el Globo Terráqueo denominado Atmósfera; y el espacio exterior, el que se encuentra más allá de la Atmósfera terrestre, hasta el infinito, en el que además no hay aire y que los científicos dicen que el fluido que hay fuera de la Atmósfera terrestre, se llama éter. Asimismo, el estudio, la enseñanza y la difusión del Derecho Espacial, como disciplina jurídica nueva y autónoma de las demás ramas del Derecho, no es posible enmarcarlo dentro del Derecho Internacional ni dentro del Derecho Aéreo, porque cada una de las Ciencias Jurídicas, tienen también sus principios, fines propios. Esta nueva materia se debe impartir en todas las universidades y en cada una de las instituciones de estudios superiores, lo cual no sucede; se encuentra sumamente limitado a pesar de que no existe actividad pública ni privada que no esté relacionada o dependa forzosamente de la Astronáutica como ciencia y su tecnología. Desde las comunicaciones, la computación, el internet, la telefonía móvil, las redes financieras, de información y sociales, hasta los fenómenos meteorológicos dependen exclusivamente en la actualidad de ella. Por todo lo cual, la casi nula enseñanza, estudio y difusión del Derecho Universal, como nueva disciplina jurídica causa un rezago imperdonable de graves consecuencias. Como prueba de semejante retraso académico en el estudio, la enseñanza y difusión del Derecho Espacial, en 1969 el Dr. Eugene Pépin, Miembro del Instituto Internacional de Derecho Espacial (IISL), órgano de la Federación


Astronáutica Internacional (IAF) por sus siglas en inglés, hizo una encuesta sobre la enseñanza y el estudio del Derecho Espacial en el mundo. En ella quedó claro que solamente unos cuantos países impartían cursos de la nueva rama del Derecho, pero además, que normalmente no era obligatoria, incluido México; situación que no ha variado mucho hasta la fecha; incluso como prueba de ello, agregaremos precisamente lo que sucede en nuestro país. En los años 50, a instancias del Dr. Octavio Vejar Vázquez, (q.e.p.d.) se empezó a impartir en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), la materia denominada Derecho Aéreo y Espacial, con carácter de optativa, posiblemente debido lanzamiento del primer satélite ruso, el Sputnik. Posteriormente, la cátedra se empezó a impartir en el Posgrado pero dentro del marco del Derecho Internacional, como Especialidad, con la agravante de que se ofrece un semestre sí y dos no; tal como continúa hasta la fecha, a pesar de que por años, se le ha hecho notar a las autoridades correspondientes, empezando por la Rectoría. Por si fuera poco ni siquiera forma parte del programa de estudios del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la misma UNAM; lo cual causa un problema académico y profesional grave. Desde un punto de vista académico es importante advertir que si la materia de Derecho Espacial no es obligatoria en la Licenciatura de Derecho, resulta un absurdo impartirla dentro de la Especialidad de Derecho Internacional en el Posgrado. Los alumnos que llegan, sin haber cursado la materia optativa de Derecho Aéreo y Espacial, lógicamente no tienen ni la menor idea del concepto; lo que impide que se preparen profesionistas en esta nueva disciplina jurídica con las graves consecuencias correspondientes, ya que como país, nos encontramos en la Era Espacial desde 1957, con todos los beneficios y perjuicios correspondiente a la Astronáutica. No solamente en México, sino en varias de las universidades del mundo, se imparte bajo la denominación, Derecho Aeroespacial; es decir, como si se tratase de una materia cuya denominación abarca el estudio, la enseñanza y la regulación de las actividades aéreas y espaciales, sin distinción alguna. Por lo que no es posible confundir y menos fusionar, académica y jurídicamente hablando, las actividades espaciales con las actividades aéreas y su regulación; hasta hoy existen

Aeropuertos en todas las ciudades; con los servicios de transporte público aéreo necesarios; en cambio, no hay Astropuertos, propiamente dichos; salvo quizá en algunos de los países que van a la cabeza en Astronáutica, como Rusia, Estados Unidos y quizá dos o tres países más, pero sin ningún servicio de transporte público astronáutico en general. El Transporte Espacial es una de las actividades espaciales más comunes para efectos de investigación, exploración y experimentación espaciales, lo cual no significa que haya transporte espacial público; salvo el hasta ahora esporádico Turismo Espacial; por lo que seguimos y seguiremos todavía algunos años en la fase de investigación, exploración y experimentación espaciales citadas. Es urgente e indispensable el estudio, la enseñanza y la difusión del Derecho Espacial o como se le desee llamar, Derecho Interplanetario o el Derecho Universal. La Astronáutica, como ciencia y su tecnología, ha rebasado al Derecho totalmente, ya que en la actualidad se realizan una serie de actividades en el espacio exterior y los cuerpos celestes que no se encuentran reguladas en forma alguna, tales como el transporte espacial de referencia; la fabricación de objetos espaciales en general, etc. A lo que es necesario sumar algunos de los efectos graves causados por la investigación, exploración y experimentos espaciales como la contaminación que no está regulada; además del posible establecimiento definitivo del hombre fuera de su hábitat original, el Planeta Tierra; lo cual forzosamente cambiará el status jurídico de los seres humanos que logren el establecimiento definitivo.

La investigación, la exploración y los experimentos espaciales fuera del Programa inicial que se hizo antes de 1957 para tales efectos, han continuado de acuerdo a los intereses particulares de las naciones que van a la cabeza en Materia Espacial, empezando por Rusia y Estados Unidos; pero sin orden ni programa alguno. Peor aún, sin el consenso de la Comunidad Internacional; por lo que es necesario que todas las actividades espaciales cuenten con él, así como con programas específicos en el que participen la mayoría de los países del mundo en pro de la humanidad, que es el espíritu de los Principios del Tratado del 67, así como del Acuerdo Lunar de 1979. Esto permitirá legislar sobre todas las actividades espaciales, así como el establecimiento de regímenes específicos para evitar la anarquía reinante; de continuar sin una regulación, se causará un caos científico y tecnológico, pero también jurídico, de las actividades del hombre en el espacio ultraterrestre y a los cuerpos celestes. Sobre todo ante el casi nulo estudio, enseñanza y difusión del Derecho Espacial, que causará la falta de profesionistas especializados en la materia desde el punto de vista jurídico; en virtud de que es el Derecho del presente y el futuro; ya que científica y tecnológicamente hablando, cuando menos, hay los suficientes hombres preparados en los países que van a la cabeza en Materia Espacial. Sin embargo, recordemos que son 15 aproximadamente; lo cual no es suficiente en relación con el avance de la Astronáutica K

La Astronáutica ha rebasado al Derecho, ya que ahora se realizan actividades en el espacio exterior y los cuerpos celestes que no se encuentran reguladas en forma alguna

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Nar

¿Otra

Lo que se ve no se juzga. Tal es el caso de lo que se ha denominado como narcotráfico, mejor conocido como narco, el cual dio origen a la delincuencia organizada, misma que desde hace tiempo ha extendido sus tentáculos a lo largo y ancho de la República mexicana y no sólo eso, sino que ha traspasado las fronteras, abarcando los múltiples mercados de la droga y drogadicción en una infinidad de variaciones tóxicas para el género humano. 24 FORO JURÍDICO

C

omo dice Rafael Rodríguez Castañeda: “Lentamente como sangre que se escurre en un plano inclinado, el narcotráfico invadió el territorio nacional”. Y a lo expuesto agrega que esto se debe a la complicidad de autoridades de todos civiles, policiacas, militares , el crimen los niveles organizado convirtió a México en una potencia en la producción, distribución, venta y exportación de estupefacientes. De extremo a extremo de la República los cárteles impusieron su ley a sangre y fuego en el sentido estricto de la expresión. La aparición del narcotráfico en el país es un fenómeno social, político y económico que está debidamente comprobado. En consecuencia, no es exagerado manifestar que el narco está dando lugar a una nueva mortalidad del capitalismo, inclusive del capitalismo salvaje al cual se refiere Jurguen Habermas, precisamente, en una de las publicaciones que hiciera hace más de 30 años. Toda vez que el producto de la compraventa proveniente del narco brinda pingües ganancias, tan exageradas a quienes se dedican a tal


rco

ducción e instrumento para el desarrollo de la riqueza. A este enfoque corresponden modernas e interesantes acepciones de la Academia. En primer lugar, el valor permanente de lo que de manera periódica o accidental rinde u ocasiona rentas, intereses o frutos. En segundo término, el elemento o factor de la producción formado por la riqueza acumulada en cualquier aspecto se destina de nuevo a aquella en unión del trabajo y de los agentes naturales. Como enfoque social, en la doctrina socialista o puramente marxista, el capital se encuentra integrado, y de ahí su ilicitud, por la plusvalía o parte que, aun producida también por el trabajador, se reserva el empresario, patrono o capitalista (ajeno al esfuerzo creador o de transformación) y que el dueño del capital compensa parcialmente con una fracción más o menos reducida del valor obtenida y denominado salario. Como una simple reflexión, a fin de no ahondar más en el problema que ha creado el narco, bien puede afirmarse que el florecimiento de tal lacra social, política y económica se debe, entre otras muchas circunstancias, a la corrupción, la impunidad, la trata de personas (especialmente mujeres y niños), la protección (extorsión), el derecho de piso, la violación, el robo con violencia en sus diversas modalidades, la deficiencia en la persecución de la delincuencia organizada, al cohecho, al lavado de dinero, al secuestro y a la inseguridad en sus múltiples aspectos ¿o no? K

a Modalidad del Capitalismo? K

Dr. Rubén Delgado Moya actividad ilícita, que dieron lugar al fenómeno dentro del sistema de producción capitalista, conocido como blanqueo de capitales, expresión neológica que proviene de una contradicción: la de denominar dinero o capitales negros a los formados, incluso en actividades lícitas, pero con ocultación contributiva. Como el fisco, hasta la fecha está poco capacitado para descubrir a cada infractor y conseguir que abone cuanto adeuda por impuestos no pagados, suele en ocasiones recurrir a una especie de amnistía fiscal a medias, por cuanto se redime de lo debido por atraso o se reduce a un mínimo, a cambio de declarar los capitales efectivos, que serán base fiscal en lo sucesivo. La operación que por supuesto no arranca confesiones al cien por ciento, constituye casi siempre un buen negocio para la Hacienda Pública, que obtiene ingresos extraordinarios y en cantidad muy apreciable. A dicho blanqueo de dinero o capitales, se le llama también lavado de dinero. Como se sabe, en economía política, el capital es considerado, junto con el trabajo, como medio de pro-

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LA SEGURIDAD NO ES BOTÍN POLÍTICO DE NADIE:

CÉSAR DUARTE JÁQUEZ

A

través de la Declaración Chihuahua los presidentes municipales exhortan a las autoridades federales a reorientar el gasto público hacia la atención social en las zonas y grupos de mayor marginación, en coordinación y operación conjunta de los programas con los gobiernos de los estados y los municipios. También exigen la restitución de los recursos del SUBSEMUN, detenidos en forma reciente y que legítimamente les corresponden a los 220 Municipios beneficiarios. Otro de los puntos que se destaca es la exigencia por la inclusión formal e inmediata de la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal -como instancia representativa de los Municipios en la materia–, en el Consejo Nacional de Seguridad Pública.

Chihuahua, Chih.- Los presidentes municipales participantes en la reunión de la Federación Nacional de Municipios de México (FENAMM), firmaron el documento titulado Declaración Chihuahua con el cual piden mayores recursos a la Federación para atender la inseguridad en sus localidades. Durante el evento se contó con la asistencia del Gobernador de Chihuahua César Duarte Jáquez, quien se comprometió a presentar el acuerdo ante la Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) así como a obtener las respuestas institucionales a fin de que estados y municipios avancen juntos en la lucha contra la delincuencia.

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Los alcaldes disertaron sobre temas relacionados con las prioridades de los municipios en materia de combate a la delincuencia, en los cuales resultará indispensable el apoyo de la CONAGO, en donde el Gobernador Duarte es presidente de la Comisión de Seguridad. Al participar en la ceremonia de clausura, César Duarte hizo un llamado a los alcaldes a priorizar los resultados que espera la población de sus diversos órdenes de gobierno. Los conminó a no desviar el tema de la seguridad hacia procesos electorales, afirmando que: “No debemos permitir que la seguridad se convierta en botín político de nadie. La Declaración Chihuahua la hacemos propia, habremos de defenderla y me comprometo a generar los espacios para que juntos hagamos la defensa del mismo.” A hablar sobre el tema de los recursos destinados a los municipios, el mandatario chihuahuense declaró que el mecanismo de distribución prevaleciente en México es inaceptable. Explicó que el 83% se queda en el Gobierno Federal, el 17% en los Estados y sólo el 3% en los municipios; por eso apuntó, es preciso establecer una discusión de fondo para cambiar esa realidad. Asimismo, se pronunció por fortalecer la esfera municipal; destacó que la fase de prevención de la seguridad debe atenderse de otra forma, con esquemas que lleven a las autoridades a mejorar las condiciones de operación de las policías municipales. Al compartir los resultados obtenidos en la Entidad, César Duarte destacó que en Chihuahua el 98% de los delincuentes están sujetos a proceso para que reciban la sanción que les corresponde conforme a derecho. En la ceremonia se contó con las intervenciones del Abogado General de la UNAM, Luis Raúl González Pérez; de la Presidenta de la Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal y Alcaldesa de Aguascalientes, Lorena Martínez


El Gobernador César Duarte y el Presidente Municipal de Chihuahua Marco A. Quezada Martínez con algunas alcaldesas que asistieron a la reunión. Rodríguez; del Vice-presidente de la Asociación Nacional de Autoridades Locales de México y Alcalde de Santa Cruz Xoxocotlán, Oaxaca, José Julio Antonio Aquino, del Presidente de la Asociación Nacional de Alcaldes de Acción Nacional y Alcalde de Camargo, Chihuahua, Arturo Zubía Fernández; y de la Presidenta de la Federación Nacional de Municipios de México A.C. y Alcaldesa de Mérida, Angélica Araujo Lara. El alcalde de Chihuahua y anfitrión del evento, Marco Adán Quezada Martínez, dijo: “En este esfuerzo de construcción de acuerdos y soluciones, coincidimos quienes representamos al total de los Municipios de nuestro país, en impulsar –de inmediato– un conjunto de reformas, iniciativas y propuestas que enseguida destacamos.” LAS VÍCTIMAS DE LA DELINCUENCIA SON UN ASUNTO PRIORITARIO EN CHIHUAHUA Chihuahua es el primer Estado de la República que recabó información de quienes han sido afectados por la delincuencia organizada y que planteó la creación de un fondo para atender las necesidades primordiales de estas familias. De esta forma, el Gobernador César Duarte se dio a la tarea de ofrecerles apoyos como parte del Fondo de Atención a Niños y Niñas Hijos de Víctimas de la Lucha Contra el Crimen (FANVI), desarrollado en el DIF Estatal. Al participar en la ceremonia de entrega de apoyos a las víctimas, el mandatario destacó que es necesario trabajar para que los tiempos inéditos de Chihuahua no vuelvan a suceder. No se trata, destacó, de buscar responsabilidades desde una posición política, sino de que no duela, de que sane el alma, de poder reencontrarse con la paz y encauzar en el amor y el cariño a los hijos para que tengan el futuro y destino que merecen. Estamos estructurando este fondo, dijo, queremos perfeccionarlo. No es todo lo que vamos a hacer. Tenemos que encontrar cómo ir encauzando sus necesidades y tenemos que irlo logrando juntos. “No queremos de ninguna manera que las familias se sientan solas. Sé que nada va a venir a sanar ese vacío y ese dolor, pero no podemos permitir que los niños y jóvenes que requieren seguir estudiando y reencauzar su vida, se den por vencidos, es fundamental alentarlos a que sigan en la escuela.”

Expresó César Duarte su satisfacción por el anuncio del Presidente Calderón de presentar el programa en el ámbito nacional y la aplicación de recursos federales para ello: “No les vamos a quitar los que les estamos dando por parte del Gobierno Estatal. Se deben de sumar estos recursos para apoyarlos porque sin duda las necesidades son muchas.” Pidió al titular en Chihuahua del Seguro Popular ser muy sensibles en el trato hacia este segmento de la población y al Secretario Técnico del fideicomiso le solicitó la cobertura y agilidad suficiente para facilitar las gestiones a las familias. Al Diputado Federal Maurilio Ochoa, demandó revisar si el programa federal se autoriza en el Congreso de la Unión, que en las reglas de operación no se limiten los apoyos que ya se están dando en el Estado y a la Fiscalía Especializada en Atención a Víctimas y Ofendidos del Delito, una atención eficaz y que se busque siempre la aplicación de la justicia. Ratificó su compromiso para continuar apoyando a las víctimas del crimen. El Gobierno del Estado está de su lado, dijo, reciban nuestra solidaridad, cariño y respeto, nuestro aprecio para todos juntos salir adelante. “Ustedes vivieron y viven una circunstancia excepcional, por lo tanto son ciudadanos que merecen una atención excepcional por parte del Estado”, enfatizó el mandatario, agregando que no hay nada que venga a reponer el vacío, o que cure el profundo dolor en estas circunstancias, sin embargo no sería posible permanecer sólo observando el dolor, motivo por el cual desde el inicio de la actual administración estatal se buscó la manera de apoyar el esfuerzo de estas familias. “Hoy damos uniformes, becas alimenticias, becas escolares, atención psicológica y atención de la salud a todos los hijos de la violencia.” El Gobernador señaló que la Entidad cuenta con un fondo de 100 millones de pesos para atender a quienes se encuentran inscritos en el FANVI K

Del presupuesto que se destina a Seguridad Pública el 83% se queda en el Gobierno Federal, el 17% en los Estados y sólo el 3% en los municipios.

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INDISPENSABLE CAPACITARNOS EN DERECHOS HUMANOS: PATRICIA OLAMENDI En el marco del Diplomado La Reforma Constitucional de Derechos Humanos, su Impacto en Seguridad y Justicia, realizado en la Universidad Ius Semper, la Dra. Patricia Olamendi Torres, ex subsecretaria de Derechos Humanos y Temas Globales de la SRE y consultora de la ONU para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, dictó la conferencia El Derecho Internacional de los Derechos Humanos en donde señaló que la Reforma Constitucional sobre Derechos Humanos trae consigo una serie de aprendizajes y reacomodo de las instituciones en México, que exigen capacitarnos en Derechos Humanos (DH). Destacó que el sistema educativo tendrá que construirse a partir de la enseñanza de los DH, y llevar a cabo una modificación de fondo para cimentarse con base en ellos. Otra tarea pendiente y urgente, advirtió, es la implementación de políticas públicas sobre el tema. 28 FORO JURÍDICO

K Marco A. Rios

L

a Dra. Olamendi comentó que nuestro país inicia un arduo camino para cumplir las reformas aprobadas por el Congreso. Uno de ellos es la educación; explicó que el marco internacional de los DH no ha sido incorporado en la matrÍcula de las licenciaturas en las universidades, lo cual crea un déficit de profesionales sobre el tema: “El país marcha en una dirección y los estudiosos de Derecho todavía aprendemos Derecho Romano. Hay un enorme desfase entre la academia y la práctica. En DH no hemos logrado unidad entre lo que se enseña en las universidades con lo que existe en el campo laboral”. Patricia Olamendi centró su discurso en cómo México tuvo que adoptar y atender los llamados internacionales en materia de DH y modificar sus leyes a fin de ser parte de la transformación en el ámbito mundial del respeto de las personas por parte del Estado. La búsqueda de la igualdad, puntualizó, es quizá el fin más importante de los DH, y al trasladarlo al campo del Derecho, el sistema de igualdad se traduce en justicia. Durante su participación ofreció un recuento del trabajo realizado en el mundo sobre los DH e hizo un diagnóstico de México en cuanto a la preservación y respeto de los mismos. A continuación reproducimos la parte sustancial de su conferencia.


EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS México como parte de la comunidad internacional, integrante de las Naciones Unidas, al igual que muchos países, comenzó a comprometerse en temas como los DH aunque lo hizo con cierta resistencia, porque muchas veces la Constitución y las leyes estaban por debajo de los estándares internacionales en la materia. Para no complicarse, nuestro país firmaba acuerdos pero aplicaba el término internacional conocido como reserva, que se traduce en: “Esto yo no lo voy a poner en práctica o esto contradice mi derecho interno.” Así transcurrió una etapa muy complicada de la política exterior porque, por un lado firmábamos documentos y por el otro, los llenábamos de reservas. Teníamos tratados a la mitad hasta que vino la situación con el levantamiento del Ejercito Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Después de este levantamiento se vivió una situación muy complicada en el ámbito internacional, porque hubo un sinfin de denuncias por parte de todos los organismos de DH, a tal grado que estuvimos a punto de ser llevados como nación, al banquillo de los acusados. A tal extremo fue el cuestionamiento a México, que incluso en el tratado comercial firmado con la Unión Europea, se incorporó una cláusula en donde el país se comprometía a fomentar la democracia y el respeto a los DH. Así se inició una labor por dar respuesta a organismos internacionales a reclamos por violaciones cometidas contra los DH. El movimiento zapatista provocó esta exposición que trajo consigo muchos cambios. Uno de ellos es que por primera vez se instaló en

La Corte Internacional de Justicia fue establecida por la carta de la ONU, puede pronunciarse y lo ha hecho sobre cuestiones de derechos humanos

nuestro país el Sistema de Derecho Humanitario, el cual, mediante la Cruz Roja Internacional, da vigencia a tratados en zonas de conflicto. De esta forma las autoridades fueron expuestas y llevadas a una exigencia que le correspondió al entonces presidente Zedillo iniciar un camino en materia de DH a fin de retirar reservas a muchos de los tratados y empezar a ratificar otros que México no había suscrito. En el 2000 con Fox, por petición de la comunidad internacional, se crea un acuerdo de cooperación con la oficina de la alta comisionada de Naciones Unidas sobre DH para instalar una oficina en México con la idea de contribuir con nuestro país a un cambio radical en esta materia. A partir de ahí comienza un camino muy complejo; se crea la Subsecretaria de Derechos Humanos y temas globales de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), con la cual México por primera vez entra al Consejo de DH de la ONU, y abre sus puertas al sistema internacional de protección de DH. Esto trae consigo un desfile de relatores, de comités y de grupos de trabajo que empiezan a ser observaciones a nuestro país. Lo anterior generó un diagnóstico de DH en el país, creando la construcción de un primer pro-grama nacional en este tema y como parte del paquete se elaboraron un conjunto de reformas constitucionales en materia de DH que hoy finalmente se ven plasmadas en la reforma constitucional. Pero como siempre ocurre en nuestro país, no hemos preparado las condiciones para que una reforma de esta magnitud opere, porque si bien se había construido una política pública, no teníamos el mismo nivel de cimentación en la formación y capacitación de los servidores públicos. Ahora se viene un trabajo muy arduo en todo el país, porque a veces con conocimiento, o por desconocimiento, se cometen situaciones que pueden ser violatorias de los DH. La reforma constitucional nos va a obligar a capacitarnos, a conocer el mundo de los DH y sobre todo, a practicarlos, no sólo en el trabajo sino en la vida cotidiana. Hay que recordar que La Declaración Universal de los Derechos Humanos da inicio al sistema internacional de

protección de los DH. Surge como un documento de buenos deseos y al principio no era obligatorio por ser una declaración. Hubo quienes pensaron que no tenía una actuación vinculante; sin embargo hoy es el documento más obligatorio que puede existir en el mundo, no hay país ni gobierno que pueda decir que la declaración universal no tiene la fuerza del derecho internacional. Con esta gran declaración se inicia la primera parte del nuevo sistema de los DH. En el ámbito interamericano tenemos la declaración de los DH en América latina; pero la Declaración Universal de las Naciones Unidas es el documento matriz del cual se desprenden el conjunto de tratados que hoy componen el sistema de protección a los DH. Con esta declaración en el 1948 se inicia la primera etapa del sistema de protección de los DH. En los años 60 había la preocupación de que si bien la declaración fue suscrita por los estados miembros de la ONU había resistencia para que los principios y derechos contenidos fueran vigentes. Se convocó a una primera conferencia sobre DH que dio como resultado la creación de 2 grandes pactos:

1. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Cada Estado parte del presente Pacto, se compromete a respetar y garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio, los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción de raza, color, sexo, idioma, religión,

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opinión política u otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición social. Todas las personas son iguales ante la ley la cual prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección equitativa y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. En los Estados en que existan minorías étnicas, religiosas o lingüísticas no se negará a las personas que pertenezcan a dichas minorías el derecho que les corresponde, en común con los demás miembros de su grupo, a tener su propia vida cultural, a profesar y practicar su propia religión y a emplear su propio idioma.

2. El Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales. Los Estados Parte del presente Pacto, se comprometen a garantizar el ejercicio de los derechos que en el se enuncian sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición social. Para 1966 finalmente se aprueban estos pactos. Son dos porque en el momento de su aprobación, había un sistema capitalista y uno socialista. En los paises capitalistas funcionaba el primer pacto ya que se decía que las libertades y derechos civiles eran fundamentales: el votar, no ser detenidos arbitrariamente, disfrutar de libertades democráticas etc. Para el socialismo las elecciones no era importantes, antes estaba comer o trabajar. Tener acceso a ciertos derechos y las libertades civiles y políticas no eran tan significativo. De esta forma para no generar controversias se crearon los 2 pactos aunque hoy en día ya no tienen razón de estar separados y ambos son importantes.

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En el 68 se acuerda la obligatoriedad y el carácter vinculante de esta declaración. Viene un cambio en el mundo en materia de DH que se expresa en más de 70 instrumentos vinculantes. Es lo que la sociedad aspira en el siglo XXI; son cualidades, principios que las personas tenemos por el simple hecho de ser personas. Esta es una definición más moderna de cuando se inicia la Declaración Universal de los Derechos Humano. El Estado es el garante de que la persona pueda disfrutarlos; la definición al final lleva a algo que considero la columna vertebral y es el principio de la no discriminación. ¿Cómo evitar violar los DH? La respuesta es simple: cuando se aplica el derecho de no discriminación.

No hemos preparado las condiciones para que la reforma en Derechos Humanos opere en México. DERECHOS HUMANOS, TRATADOS Y NORMAS Después de la conferencia de 1993, la Cuarta Conferencia, se acepta que los DH son indivisibles y universales. Aquí viene el carácter de los tratados. Un tratado de DH obliga a los estados a tener un cierto comportamiento con hacia el interior, no es para afuera. “Yo país me comprometí a que en México no voy a torturar”. Tiene un carácter diferente porque le confiere derechos a las personas frente al Estado, y en ese momento el Estado se obliga a respetarlos; eso implica legislar y poner en práctica políticas públicas. Tenemos tratados suscritos por diferentes vías, con la ONU o con la OEA por nuestra incorporación al sistema interamericano e incluso en el marco de la Unión Europea en donde nos comprometemos a observar mecanismos de protección a los DH que pueden producirse. La obligación de México con esta maquinaria es la siguiente:

Garantizar que los contenidos de un tratado se apliquen en el mundo, Prevenir que se cometan violaciones a los DH, Interpretar los contenidos de un tratado, Coadyuvar con los países e incluso denunciar a las naciones que cometen violaciones a DH, Apoyar a que México ponga en práctica los contenidos en DH. Todo este esfuerzo en algunos casos es insuficiente para garantizar realmente que los DH sean protegidos en todo el mundo. La tortura es una norma que tiene máxima jerarquía en el derecho internacional o ius cogens. Se encuentra por encima de lo que una ley pueda plantear en un país; no se discute. Existen normas ius cogens, sobre los DH. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados define a las Normas como imperativa de derecho internacional general, que es aceptada y reconocida por la comunidad internacional de naciones, no admite acuerdo en contrario, sólo puede ser modificada por una norma internacional general que tenga el mismo carácter. De ahí se desprende que la Carta Internacional de los Derechos Humanos se compone por tres instrumentos: La Declaración Universal de Derechos Humanos, El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y, El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Sus contenidos tienen el carácter universal. Es importante señalar que la Declaración Universal de Derechos Humanos también se le conoce como los DH de primera generación; los de segunda generación son el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos junto con los anteriores. Los de tercera generación tienen que ver con el Derecho al medio ambiente, al agua, entre otros. Inclusive ya se habla de los derechos de bienes públicos globales como el internet. Todos los tratados que se construyan en materia de DH deben establecer el principio de igualdad y no discriminación. El Comité de Derechos Humanos es quizá el más importante de Naciones Unidas,


Mecanismos Internacionales de Protección de los Derechos Humanos: Existe una amplia maquinaria de protección de los derechos humanos de la que forman parte los relatores o representantes especiales establecidos por la ONU o la OEA. •O

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viene derivado del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y da seguimiento a su aplicación, interpreta, aclara el contenido y solicita información a los Estados parte. En suma genera doctrina y se compone por expertos independientes.

INTERPRETACIÓN DE LOS TRATADOS En la lectura de un tratado es importante saber si el comité hizo una interpretación del artículo del cual estemos interesados. Las recomendaciones también forman parte de la normatividad internacional porque dan elementos para saber cómo aplicar ese contenido en la jurisprudencia o doctrina internacional. Es importante entender el contexto político y social sobre el cual se construyó; por eso se crean protocolos para que no quede duda de la vigencia y de las responsabilidades. No hay que olvidar que una recomendación es una sanción moral porque se presenta en la Asamblea General de la ONU en donde se reportan los resultados de la visita a un país. Incluso en el portal de la SRE hay un documento que se llama Recomendaciones Internacionales a México en Materia de Derechos Humanos. Hay comités de tratados que tienen otras facultades; reciben denuncias directas por violaciones a los DH. Ahí analizan las denuncias y, aunque no llegan a ser sentencias como en el caso de la Corte Interamericana, sus recomendaciones tienen un carácter mandatorio y obligatorio para que el Estado cumpla con ellas; asimismo

Consejo de Derechos Humanos. Comités de Tratados y Relatores. Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Corte Interamericana de Derechos Humanos.

crean jurisprudencia. Los comités de tratados que pueden recibir denuncias son: Comité de Derechos Humanos (60 decisiones que se consideran jurisprudencia). Comité Contra la Tortura. Comité Contra la Discriminación Racial. Comité Contra la Discriminación hacia las Mujeres. (La primera denuncia que recibió no era competente, por eso se hizo un estatuto para que lo fuera, y se hizo por violaciones a DH del Estado Mexicano en el caso de las muertes de mujeres en Ciudad Juárez. Se logró la legislación en materia de feminicidio, y de una vida sin violencia).

TRIBUNALES PENALES INTERNACIONALES En el sistema de Naciones Unidas no hay una corte de DH pero se han creado tribunales internacionales por mandato del Consejo de Naciones Unidos. Algunos de ellos son: Tribunal Penal para la Ex Yugoslavia (Consejo de Segu-ridad 1993). Tribunal Penal para Ruanda (Consejo de Seguridad 1994). Corte Penal Internacional (Estatuto 2002. Cuenta con la competencia para conocer hechos cometidos después de su entrada en vigor: genocidios y crímenes descritos en el Estatuto). Corte Internacional de Justicia (Establecida por la carta de ONU. Puede pronunciarse y lo ha hecho sobre cuestiones de DH).

La responsabilidad de las Naciones Unidas es el mantenimiento de la Paz para lo cual cuenta con un área denominada Operaciones para el Mantenimiento de la Paz, que acude a los países en conflicto a tratar de solucionar el problema y contribuyen en su reconstrucción, sobre todo institucional. Ahora el tema de los DH es un componente obligado. En algunos casos como Yugoslavia y Ruanda se consideró necesario llevar a juicio a quienes realizaron actos graves contra los DH; sobre todo determinados crímenes conocidos como de lesa humanidad; por eso se tomó la decisión de crear una Corte Penal Internacional, que México ya ratificó. Cuando surge se decide que sólo atenderá los casos sucedidos después de su entrada en vigor; lo cual genera una preocupación sobre todo, de los ejércitos en el mundo, como Estados Unidos, porque cualquiera de sus integrantes puede ser acusado ante la esta Corte. Por otra parte, en el sistema interamericano de protección de DH hay dos instancias muy importantes: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que conoce de violaciones a los DH y que está integrada por expertos independientes, y la Organización de Estados Americanos (OEA). Por otro lado se cuenta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la cual se integra por abogados que se convierten en jueces. Esta Corte conoce de casos sobre violaciones a DH pronunciándose sobre cómo se debe aplicar o interpretar una norma en el ámbito internacional;

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La búsqueda de la igualdad es quizá el fin más importante de los derechos humanos toma conocimiento de casos y emite sentencias o resoluciones; tiene una regla para la reparación del daño, que comprende una reparación pecuniaria y una serie de medias que el Estado debe tomar, que pueden ser de carácter legislativas o de política pública. También puede conocer de casos cuando se ha agotado el procedimiento interno en un país, aunque pueden recibirse demandas directamente. La Corte puede tomar los casos vía la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que para efecto se constituye en una especie de fiscal. México, por ejemplo ha llevado a esta Corte casos como el de Radilla, el campo algodonero, las muertes de mujeres en Ciudad Juárez y los de Valentina e Inés, quienes fueron violadas por elementos del ejército.

que buscan resarcir de alguna manera los daños provocados por la discriminación y generarles a las personas condiciones de igualdad, lo que se conoce también como cuotas. Hay una discusión muy fuerte en los EUA por las Medidas de Acción Afirmativa; en México tenemos mucha resistencia para eso. Considero que la suplencia de la queja es una

DERECHOS ESPECÍFICOS Los derechos específicos son aquellos en donde la comunidad internacional ha encontrado más resistencia para su cumplimiento. Entre ellos se encuentra la tortura, la desaparición forzada de personas y la violencia contra las mujeres. Con el avance en el tema de los DH este listado de situaciones que atentan contra las personas ofrece una ruta por la cual trabajar. No hay que olvidar que la búsqueda de la igualdad es el fin de los DH. La comunidad internacional determinó que hay personas que por su condición han sido víctimas de discriminación empezando por el color de piel o el origen étnico. La Convención Americana de los Derechos Humanos, que nace en los años 60, surge en el contexto de una lucha en los EU y de que buena parte del mundo estaba todavía viviendo en la esclavitud. En ese país el movimiento encabezado por Martin Luther King crea una legislación totalmente nueva en el mundo que se llama Legislación por los Derechos Civiles; la cual genera una serie de medidas de acción afirmativa,

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Martin Luther King, creador de la Legislación por los Derechos Civiles

medida de acción afirmativa; otro ejemplo puede ser la situación de los menores, en la que ellos no acudan a los mismos tribunales que los adultos, tomando en consideración su condición. En México apenas empezamos a ver el funcionamiento de la maquinaria de los DH. Tan sólo del 2000 al 2005 visitaron nuestro país, entre otros, más de 15 relatores, diversos organismos de protección de DH y la Comisión Interamericana. De esta última hay cuatro sentencias producidas en año y medio de trabajo: una del caso Radilla, el caso del campo algodonero, las muertes de mujeres en Ciudad Juárez, y el Inés y Valentina. Estos cambios han motivado también el hecho que ya se analiza y estudia la legislación castrense para que sus elementos sean juzgados por el fuero civil. Es así que México tiene que empezar a dar respuesta a organismos internacionales por violaciones cometidas a DH. La reciente reforma al artículo primero constitucional que establece que todas las autoridades del país (federales, locales y municipales), en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los DH previstos en la Carta Magna y en los tratados internacionales en la materia, de los que el Estado Mexicano sea parte, sin duda refuerza la inmediata e indispensable necesidad de que todos nos capacitemos en el tema de los DH K

En el portal de la SRE www.sre.gob.mx se brinda información sobre las Recomendaciones Internacionales Emitidas a México en Temas de Derechos Humanos, consultando el link: recomendacionesdh.mx


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¿Cómo crear y dar de alta tu K Lic. Brenda Pulido Luna

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na economía competitiva se caracteriza por altas tasas de crecimiento económico y creación de empleos bien remunerados. Para incrementar la productividad de un país se requiere crear condiciones que aseguren un clima de negocios favorable y que permitan a los consumidores acceder a bienes y servicios con una mayor equidad en las oportunidades. Entre los principales factores que determinan la competitividad se encuentran la profesionalización de la mano de obra, que depende en buena medida de la tecnología empleada, la eficiencia de los mercados y del marco regulatorio, así como de la disponibilidad de una infraestructura moderna. El Ejecutivo Federal consciente de las necesidades de crear las condiciones necesarias para crecer la economía, se enfocó en agilizar y promover la apertura de negocios en México. Y es que según se desprende del Plan Nacional de Desarrollo implementado por el Presidente Felipe Calderón, la inversión para la operación de un negocio en el país son muy elevados. Por ejemplo, el estudio El Costo de Hacer Negocios en México 2007, elaborado por el Banco Mundial, señala que se requiere en promedio 36 días y nueve trámites para abrir una empresa en el país, principalmente notariales, de registro público y para la obtención de los permisos de los gobiernos municipales. En promedio, los costos de apertura representan cerca de 20% del PIB per cápita, lo cual contrasta, por ejemplo, con niveles de entre el 10 y el 13% en Brasil. A esto se le deben sumar los costos derivados de las deficiencias en la infraestructura logística y de diversos insumos. Elevados costos para realizar transacciones, incertidumbres en los contratos y en los derechos de propiedad física e intelectual, problemas de seguridad pública, e infraestructura insuficiente son algunos de los elementos que perjudican a la competitividad en cualquier contexto, pero que se vuelven aún más restrictivos en un entorno global en el que otros países persiguen agendas activas de políticas públicas destinadas a aliviar todas estas trabas para la actividad productiva. Por tanto, es necesario adoptar acciones enérgicas en la materia para asegurar que se aproveche el potencial del país en todos los ámbitos de la actividad económica.

En México se requiere en promedio 36 días y 9 trámites para abrir una empresa. Los costos de apertura representan cerca de 20% del PIB per cápita. A esto se suman los costos derivados de las deficiencias en la infraestructura logística y los costos elevados de diversos insumos. FORO JURÍDICO 34 K


El Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Economía, lanzó el programa TU EMPRESA junto con el portal www.tuempresa.gob.mx con lo que se pretende ahorrar tiempo y dinero al realizar este trámite. Ahí se concentra la mayoría de las gestiones ya que la información es enviada automáticamente a todas las instituciones requeridas para este fin. • Con el registro en línea permite crear una sociedad mercantil mexicana en un tiempo promedio de 2 horas. • El llenado de la solicitud toma aproximadamente 40 minutos, si se cuenta con todos los datos requeridos.

ABRIR TU EMPRESA EN CUATRO PASOS: Es necesario registrarse como usuario del portal. 1. LA INFORMACIÓN El solicitante debe llenar los datos de siete módulos: 1.- Nombre de la empresa. 2.- Actividad económica. 3.- Domicilios. 4.- Integración del capital. 5.- Órgano de Administración. 6.- Órgano de Vigilancia. 7.- Pago de derechos, elegir Fedatario y ratificar estatutos. Es necesario: • Domicilio completo del usuario, • Domicilio de la empresa ya, sea convencional, fiscal y/o del establecimiento, • Datos generales de los accionistas o socios y los administradores. Si alguno es persona moral, es necesario contar con su fecha de constitución, RFC, domicilio y datos generales de su representante legal. Adicionalmente se requiere del domicilio completo y RFC de los accionistas, socios o administradores.

Se pu e utiliz de ar el proye cto estatu de dispo tos nibl el po e en rtal.

3. ELEGIR FEDATARIO Puede elegir al fedatario de su preferencia, ya sea un Corredor o un Notario Público.

4. CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA Acudir ante el fedatario en compañía de los socios para constituir la empresa y firmar la escritura que contenga la constitución de la Sociedad.

El permiso provisional está listo en un máximo de 45 minutos una vez formulada la solicitud a través del portal. Ya con la información y pagados los derechos se obtiene el permiso definitivo en cinco días hábiles, tiempo en el que se acude con el fedatario para la constitución legal de la empresa.

2. PAGO DE DERECHOS Una vez registrada la información, hay que pagar los derechos correspondientes en línea o en la ventanilla de alguna institución bancaria. • El costo de apertura se integra por los derechos federales y locales mas los honorarios del fedatario público ya sea un Corredor o Notario. • Los derechos federales ascienden actualmente a 965 pesos e incluyen el pago por el permiso de constitución que otorga la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y el aviso de uso del mismo. • Los derechos locales y los honorarios del fedatario varían según la entidad federativa y corresponden al registro de la empresa. • Si la empresa cuenta con participación de personas físicas o morales extranjeras se hará el pago de la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, que es de 1,938 pesos.

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IMPORTANTE Cualquier sociedad mercantil debe ser constituida ante un Notario o Fedatario Público, para esto se crea un instrumento notarial denominado Acta Constitutiva en donde se le da nombre y razón social a la entidad, se definen los estatutos sociales, se establecen quiénes serán los socios y participaciones de los mismos, se define el órgano de administración y vigilancia, así como los apoderados y los poderes específicos que se les conferirán, duración de la sociedad, así como otros elementos importantes que se acuerdan.

TIP Se recomienda seleccionar un Notario que cuente con autorización de expedir “Cédula de Identificación Fiscal Provisional”, ya que esto implicará una menor inversión de tiempo en trámites subsecuentes. En este caso se debe proporcionar al notario la dirección fiscal (lugar donde se encuentre la administración principal del negocio) así como el formato de Hacienda R1 debidamente requisitado y firmado.

Los requisitos requeridos por el Fedatario para la protocolización del acta constitutiva son: • Los accionistas deben presentar identificación oficial y tener Registro Federal de Contribuyentes (RFC). • En el caso de accionistas extranjeros se deben cumplir requisitos especiales. • En función del tipo de sociedad mercantil que se desee constituir deberán observarse los límites mínimos tanto en el número de socios o accionistas así como del capital social inicial a ser aportado.

Cualquier sociedad mercantil que se constituya debe inscribirse en el Registro Público de Comercio del lugar donde tenga su domicilio social, normalmente esta actividad es realizada por el Notario. En caso de que la sociedad tenga accionistas extranjeros, deberá inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras y cumplir con la presentación del Cuestionario Económico Anual así como los reportes trimestrales (en caso de estar obligada). Inmediatamente después de la constitución se debe tramitar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes a fin de obtener la cédula de identificación fiscal con el RFC correspondiente. Si el Notario seleccionado contaba con autorización de emitir cédula provisional, prácticamente desde el día de la firma del acta constitutiva la empresa podrá contar con un RFC y con esto estar en posibilidad de abrir cuentas bancarias, imprimir facturas e iniciar operaciones.

LO QUE DEBES SABER • Para constituir tu empresa a través del portal tuempresa.gob.mx, es necesario cumplir con los siguientes requerimientos técnicos: navegador Internet Explorer 6.7, Firefox 3, Safari o Google Chrome 1, resolución de pantalla de 1024 x 768 px, Adobe Acrobat Reader 8, tener el JavaScript cookies habilitados. • Los documentos necesarios para las personas físicas son: identificación oficial, RFC y comprobante de domicilio. Para las morales es necesaria la identificación oficial del socio o representante legal y poder notarial (con facultades suficientes e idóneas para llevar a cabo este trámite) o acta consti-

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tutiva. En el caso de los extranjeros se solicita el pasaporte y el documento migratorio: FM2 o FM3. • Por el momento las únicas empresas que pueden darse de alta en el portal son las Sociedades Anónimas de Capital Variable y Sociedades de Responsabilidad Limitada de Capital Variable. Para crear otro tipo es necesario hacerlo de manera personal. • Al terminar el proceso el usuario obtiene un expediente electrónico integrado por el proyecto de estatutos de la empresa y acta constitutiva, permiso de uso de nombre o denominación

social, boleta de inscripción del acta en el Registro Público, inscripción en el RFC y cita ante la subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para recoger la tarjeta de registro patronal. •El portal permite al usuario capturar y guardar la información de su Empresa en cualquier momento, aún cuando no cuente con la totalidad de la misma, esto brinda mayor flexibilidad y el ciudadano podrá completar la información cuando lo desee o cuando cuente con la información completa e ingrese a su cuenta, o bien, cuando acuda con el Fedatario Público de su elección para formalizar la constitución de su Empresa.


PROCEDIMIENTO PARA DAR DE ALTA LA EMPRESA EN EL SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SAT) Final del formulario

1. CITA Pedir una cita de forma electrónica en el portal www.sat.gob.mx en la sección conocida como “oficina virtual” o bien, vía telefónica, marcando el 01 800 463 6728. IMPORTANTE El SAT, a través de sus oficinas de atención ciudadana, es la única dependencia en la que se registra una empresa. Antes de iniciar define en qué régimen fiscal operará tu negocio. Considera que tienes dos opciones: • Persona moral, cuando se trata de una sociedad, y • Persona física con actividad empresarial. Si la figura será la de persona moral, al darte de alta tendrás que presentar el acta constitutiva de la empresa e identificación del representante legal. El trámite es gratuito, puede hacerse mediante el Fedatario o por tu cuenta. En esta segunda opción son necesarios los siguientes documentos: a. CURP o acta de nacimiento del representante legal. b. Identificación oficial. Puede ser la credencial de elector, pasaporte vigente, cédula profesional o cartilla del servicio militar. c. Comprobante de domicilio fiscal. d. Acta constitutiva de la empresa.

RECUERDA

Tener la Cédula de Identificación Fiscal es importante para • Facturar electrónicamente. • Mayor oportunidad para obtener algún crédito.

IMPORTANTE

2. ACUDIR A LA CITA EL DÍA Y LA HORA INDICADA POR LA OFICINA QUE TE CORRESPONDA. CONTEMPLA QUE EL TIEMPO PROMEDIO PARA EL TRÁMITE ES DE 30 MINUTOS Aunque es un procedimiento diseñado para terminarse en una sola cita, se puede extender por una razón principal: descuidos de los solicitantes, entre los que destacan el no tener definido el domicilio fiscal o una cuenta de correo electrónico. Las primeras preguntas a responder serán sobre tus datos personales como nombre completo y fecha de nacimiento.

Tener lis de la to el nom dato empresa, e bre j cha d unto con ste la fee inic io cione s es f de opera und para determ amental i RFC del n nar el egoci o

La cédula de identificación fiscal emitida por el notario es provisional, con una vigencia de 3 meses, por lo que la empresa debe estar atenta a obtener la cédula definitiva. En caso de que el Notario no contase con el sistema de emisión de cédula de identificación fiscal provisional, la empresa debe gestionar su inscripción del RFC directamente en la Oficina del Hacienda que corresponda a su domicilio fiscal. El trámite se realiza presentando el Formato R1 debidamente llenado y firmado, adjuntando documentación específica que solicita la autoridad. En todos los casos y a través del formato R1 se informará a las autoridades de las obligaciones fiscales a las que la empresa estará sujeta, por eso es importante desde un inicio efectuar un diagnóstico adecuado de todas y cada una de las obligaciones fiscales a las que la empresa esté obligada y deba cumplir. En ese mismo momento, también se obtienen las constancias de inscripción en el Registro Público de Comercio de la entidad en donde tendrá domicilio la empresa y el Registro Federal de Contribuyentes, el aviso de uso ante la SRE y el Certificado de Firma electrónica de la empresa. Una vez firmada la escritura de constitución ante Notario, será enviada al Registro Público de Comercio de la entidad donde tenga su domicilio la sociedad, para que dicho Registro tome nota y se le conceda el número de folio mercantil donde quedará inscrita. FORO JURÍDICO 37


3. DURANTE LA ENTREVISTA CON UN FUNCIONARIO DEL SAT SE TE PROPORCIONARÁN LOS DATOS NECESARIOS PARA DETERMINAR TU DOMICILIO FISCAL La determinación de las actividades y obligaciones fiscales es un paso importante en este trámite. Para hacerlo, tendrás que responder una serie de preguntas como: • Ingresos anuales que proyectas en tu negocio • Si la empresa será la única fuente de ingresos • Si desarrollarás actividades por cuenta propia • El sector empresarial en el que estará tu compañía y • Si contarás con empleados. El SAT dispuso en su página de internet www.sat.gob.mx una sección de orientación para que los contribuyentes conozcan, a través de guías y simuladores, los pasos para dar de alta tu empresa. Otro de los servicios que ofrece la dependencia es asesoría para que presentes tus declaraciones mensuales y anuales. Así no hay pretexto que valga para cumplir como una empresa legal.

EL REPORTE DOING BUSINESS Doing Business, reporte elaborado por el Banco Mundial, mide la forma en la cual las regulaciones gubernamentales fomentan la actividad empresarial o la restringen. Los indicadores cubren cuatro áreas: apertura de una empresa, registro de la propiedad, cumplimiento de contratos y por primera vez en México, obtención de permisos de construcción. Este último sustituyó al de obtención de crédito, medido en los primeros dos reportes de Doing Business en México. Los indicadores fueron seleccionados debido a que cubren áreas de competencia municipal o estatal y se utilizan para analizar los resultados económicos de las regulaciones e identificar qué reformas han tenido éxito, dónde y por qué. La República Mexicana, representada por el Distrito Federal, ocupa la posición 56 de 181 países en el reporte Doing Business 2009, 12 posiciones atrás que en Doing Business 2008 y por debajo del desempeño de 25 de los 30 países de la OCDE. De igual manera, desmejoró su posición en ocho de los 10 indicadores medidos, entre ellos, la apertura de una empresa y el registro de la propiedad. La implicación es clara: hay amplio margen para reformar.

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La información detalla, para el caso de México, que las reformas no sólo dependen de los estados y los municipios debido a que 6 de los 8 trámites necesarios para abrir una empresa pertenecen al ámbito federal, éstas requieren acciones del Gobierno Federal —como por ejemplo, la eliminación de la necesidad de una autorización de la SRE para abrir una empresa o la reducción en el tiempo para inscripción al RFC. También se proponen cambios legislativos en los procedimientos judiciales. Otro ejemplo es el precio de la conexión eléctrica, que representa más de la mitad de los costos totales para obtener permisos de construcción en seis estados. La participación del sector privado en el proceso de reforma es crucial. En octubre de 2007 el Estado de Guanajuato aprobó una nueva Ley de Mejora Regulatoria que introdujo mecanismos de consulta y cooperación entre el sector público y privado. La nueva Ley de Mejora Regulatoria en San Luis Potosí es otro ejemplo. El reporte revela que 28 de 31 ciudades implementaron un total de 40 reformas en las áreas medidas por Doing Business en México. Los cambios se han traducido en resultados tangibles, como la reducción del tiempo para abrir una

empresa de 36 a 24 días y el registro de una propiedad de 47 a 28 días.

PRINCIPALES RESULTADOS • La mayoría de las 28 reformas que Doing Business en México 2009 reporta para la apertura de una empresa están enfocadas en mejoras administrativas o en la implementación de nuevas tecnologías, áreas que pueden ser reformadas a nivel de los estados y municipios. Sin embargo, seis de ocho trámites son regulados a nivel federal. Se requieren reformas federales que reduzcan el número de trámites, cuando éstos no son controlados por los estados. • El mayor obstáculo para un constructor en México es obtener la conexión al servicio de energía eléctrica. En siete estados representa al menos la mitad del tiempo necesario para obtener los permisos de construcción de una bodega. • Existen amplias diferencias en cuanto al número de trámites, el tiempo y el costo para registrar una propiedad. En Chiapas, tres semanas, cinco trámites y 1.6% del valor de la propiedad son suficientes para registrar una propiedad. La misma transferencia tomará ocho trámites, tres meses y medio y costará 4.3% del valor de la propiedad. • A pesar de tener una misma legislación federal, el tiempo para hacer cumplir un contrato varía significativamente entre los estados: 248 días en Zacatecas y 560 días en Quintana Roo. Varios estados están mejorando su eficiencia al crear cortes comerciales especializadas. Este es el caso


de Zacatecas, el mejor clasificado en este indicador. Otros están implementando plataformas electrónicas para compartir información y manejo de casos Las diferencias entre los estados en el tiempo para hacer cumplir un contrato se deben sobre todo a la carga de los juzgados. Un litigio comercial toma más de año y medio en Quintana Roo comparado con poco más de ocho meses en Zacatecas. Los costos se componen de los honorarios que se pagan a abogados y peritos, así como los gastos derivados del embargo de los bienes. Los estados en donde resulta menos oneroso el gasto son Michoacán y Zacatecas, en donde cuesta cerca de 20% del valor del litigio. En Baja California Sur y Nuevo León es más de la tercera parte del monto en disputa. Las entidades tienen también un papel fundamental en reformar el registro de la propiedad. Uno de cada tres mejoró en esta área. En la mayoría se trató de modificaciones administrativas en procesos o introducción de tecnología. Chiapas fue más allá, reformó la Ley del Catastro para implementar la firma y sello digital y el pago en línea para los notarios y peritos. Además, está modernizando el registro de la propiedad y en proceso de la certificación ISO para el avalúo y la cédula catastral. Las reformas exitosas con frecuencia requieren la coordinación de los diferentes órganos de gobierno e incluso del sector privado. El Sistema Integral de Gestión Registral (SIGER) y SIGER-FEDANET son un buen ejemplo. También se encuentra el Registro Inmediato de Empresas (RIE), un nuevo sistema federal, que permite registrar la empresa en un solo día a través del notario y está funcionando de manera piloto en cinco estados. Morelos firmó convenios con la banca comercial para que aceptara el pago electrónico, de forma que el registro tenga efecto inmediato. Un tercer ejemplo son los Centros de Atención Empresarial (CAE), como el de San Luis Potosí, que concentran en una ventanilla única los trámites de los tres órdenes de gobierno.

TIEMPO PARA ABRIR UNA EMPRESA (DÍAS) 70

2006

2007

2009

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60 50

50

45 45

32

38 27 28

28

30

47 42

39

40

52

49

30 24 19

20

12 13

19

12

12

22 16

10 0 Aguascalientes

Coahuila

D.F.

Estado de México

Nuevo León

PueblaQ

Yucatán

QuerétaroY

COSTO PARA ABRIR UNA EMPRESA (% DEL INGRESO PER CÁPITA) 80

74 2006

70

2007

2009

60 50 40

36

30

25

20 10

13 7

11

16 14

23

13

11 9 8

15

17 16

22 11 9

11 10

Avances en la apertura de empresas en diversos estados de la República Mexicana

15 10 9

0 Aguascalientes

D.F.

Estado de México

Jalisco

Nuevo León

PueblaV

Veracruz

Yucatán

Fuente: De elaboración propia de la COFEMER, con datos del Banco Mundial.

APERTURA DE NEGOCIOS EN EL DF Del 14 de julio de 2009 al 14 de julio de 2011, la Oficina de Apertura Rápida de Negocios del Distrito Federal brindó atención personalizada y asesoró a 2,485 emprendedores y empresarios, de los cuales 959 presentaron proyectos de inversión y los restantes 1,526 solicitaron información sobre trámites para la apertura de establecimientos, requisitos para iniciar un negocio y orientación para obtener financiamiento. El Comité Evaluador de Proyectos de Inversión del Distrito Federal analizó en 62 sesiones un total de 959 proyectos, de los cuales 906 fueron aprobados (94.5%) y 53 proyectos fueron considerados no viables (5.5%), básicamente porque el uso de suelo donde se pretendía ubicarlos no lo permite de acuerdo a los Programas de Desarrollo Urbano. La Secretaría de Desarrollo Económico del Distrito Federal (SEDECO) presentó en febrero del 2011 la nueva Ley de Establecimientos Mercantiles para la capital, así como el Sistema Electrónico de Avisos y Permisos de Establecimientos Mercantiles (SIAPEM). Con ellos se pretende regular y facilitar la operación de los negocios de la ciudad para impulsar un mejor entorno competitivo a favor de la comunidad. Asimismo facilitará los

trámites para empresarios y emprendedores al otorgar transparencia en los trámites y combatir prácticas de corrupción. Tan sólo los primeros 100 días de operación, el SIAPEM recibió 9,216 registros, cifra superior a los 8,891 que se presentaron durante todo el año 2010 en las 16 ventanillas únicas, lo que a decir de las autoridades constituyen un testimonio del éxito de dicha herramienta y que la economía de la capital está en crecimiento. Nueve delegaciones (Benito Juárez, Coyoacán, Gustavo A. Madero, Venustiano Carranza, Tlalpan, Iztacalco y La Magdalena Contreras), contaron con ingresos mayores a los obtenidos en 2010. En el caso de Milpa Alta se alcanzó un ingreso casi 10 veces superior al de 2010. Esto seguramente ayudará a cambiar la posición del Distrito Federal en el siguiente informe de Doing Business, ya que en el último estudio señala que era más fácil hacer negocios en Aguascalientes, Chiapas y Zacatecas, y más difícil en Morelos, Baja California Sur y el Distrito Federal. En la última evaluación la Ciudad de México no contó con una buena calificación, en temas como apertura de negocios K

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Los Retos de la Humanidad: La Paz y la Democracia van de la Mano K Dra. Ma. Macarita Elizondo Gasperín*

Este mes de septiembre las mujeres y hombres de México nos mostramos orgullosos de nuestra mexicanidad y celebramos con algarabía el aniversario del inicio de la guerra insurgente que culminó con el surgimiento de la Nación mexicana. El año pasado hubo diversas y entusiastas actividades para celebrar el bicentenario de nuestra independencia. Como parte de las conmemoraciones de la gesta de los próceres que nos dieron patria, hubo profundas reflexiones sobre el lugar de México en la historia y en el mundo globalizado. Algunas de las preguntas obligadas por la ocasión y que siguen resonando estos días en la conciencia nacional son: ¿Qué Nación hemos construido durante dos siglos? ¿Qué retos nos impone y qué oportunidades nos ofrece el mundo contemporáneo? ¿Qué queremos, qué podemos y qué debemos hacer las y los ciudadanos mexicanos para heredar a nuestros hijos una patria digna? ¿Qué horizonte se abre para México en el futuro próximo?

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na respuesta memorable a esta última pregunta fue adelantada por Benito Juárez cuando sentenció: “la democracia es el destino de la humanidad futura. La libertad su indestructible arma; la perfección posible, el fin donde se dirige”. El horizonte de la democracia, que vislumbró en el siglo XIX nuestro Benemérito de las Américas, tiene plena vigencia en los albores del siglo XXI. Así lo han entendido los estados que forman parte de las Naciones Unidas, incluido desde luego, el Estado mexicano. Durante los últimos 70 años, desde la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de los Derechos Humanos, hasta la Declaración del Milenio y la instauración del Día Internacional de la Democracia, los jefes de estado de la mayoría de los países del orbe han ratificado su compromiso por establecer o fortalecer la libre determinación de los pueblos y la democracia en el mundo entero. En efecto, la Comunidad de Naciones que se creó tras el fin de la Segunda Guerra Mundial asumió como uno de sus propósitos “Fomentar entre las Naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos”. Este último principio se vincula claramente con la doctrina de la soberanía popular enarbolada por la Revolución Francesa a fines del siglo XVIII y adoptada por las Repúblicas de América durante el siglo XIX. Muy pronto se tradujo la soberanía popular en elecciones libres de los representantes del pueblo en los parlamentos, los cuales existían tiempo atrás pero con representación de aristócratas y ciudadanos propietarios, con exclusión de las personas pobres y 40 FORO JURÍDICO

de las mujeres. Será hasta muy entrado el siglo XIX y principios del XX que se establezca el sufragio universal para los varones y después para las mujeres. Fue así como se instituyó una verdadera democracia representativa. La propia Asamblea General de las Naciones Unidas vinculó soberanía popular con elecciones libres en el Art. 21 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que a la letra dice: “La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”. Sobre la base de ambos principios, libre determinación de los pueblos y democracia representativa, Naciones Unidas ha impulsado diversas iniciativas de apoyo y fomento democrático, como la Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o Restauradas, en sus distintas ediciones, empezando en 1988, así como el Programa para la Democracia (1996) y el Fondo para la Democracia (2005). Mención especial merecen los estudios y propuestas para fortalecer la democracia en distintas regiones del planeta, que ha llevado a cabo durante la presente década el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Cabe destacar la Declaración del Milenio, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 13 de septiembre de 2000, la cual reconoce como esenciales para las relaciones internacionales en el siglo XXI los


siguientes valores fundamentales: libertad, igualdad, solidaridad, tolerancia, respeto de la naturaleza y responsabilidad común. Evidentemente, estos valores forman parte de la cultura democrática necesaria para hacer frente a retos de la humanidad como la opresión, la pobreza, el egoísmo, la intolerancia, el deterioro ambiental y la indiferencia de algunos gobiernos con respecto a problemas de carácter global que afectan a la humanidad en su conjunto. Con todos estos antecedentes a favor de la libre determinación de los pueblos y de la democracia, la Asamblea General de las Naciones Unidas decide, en su sesión plenaria del 8 de noviembre de 2007, observar el Día Internacional de la Democracia el 15 de septiembre de cada año. El establecimiento de esta celebración anual implica la invitación a gobiernos, organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales a promover una mayor conciencia sobre el valor de la democracia y a participar en las actividades relacionadas con dicha celebración, con el apoyo del Secretario General de la ONU. La instauración del Día Internacional de la Democracia recoge una propuesta formulada por la Sexta Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o Restauradas (Doha, Quatar, 2006) y también un deseo generalizado de las naciones democráticas por destacar y celebrar los valores democráticos como principios de convivencia entre los individuos y entre los pueblos. Así como en 2001 se instauró el Día Internacional de la Paz, por la importancia que reviste este valor para la humanidad entera, en 2007 tocó el turno a otro valor no menos relevante para asegurar un futuro viable a los seres humanos. La paz se encuentra hermanada

con la democracia. La democracia sólo puede florecer en un clima de paz social, pero cuando ésta se ve amenazada por los conflictos entre grupos sociales que tienen intereses contrapuestos, la democracia cuenta con mecanismos no violentos para resolverlos y con ello preservar la paz. Visto en el plano de las relaciones internacionales, la historia ha demostrado que la alianza entre las naciones democráticas ha sido freno eficaz ante los embates del fascismo, el nazismo y el totalitarismo, todos ellos regímenes de carácter abiertamente antidemocrático. La democracia debe celebrarse este 15 de septiembre y todos los días del año porque significa un triunfo histórico sobre los estados absolutistas, sobre toda clase de dictaduras y modalidades del autoritarismo. La democracia ha aportado a la humanidad la igualdad de derechos por encima de las desigualdades naturales y sociales, así como la libertad del pueblo para elegir a sus gobernantes, dejando atrás las imposiciones de los autócratas o de minorías privilegiadas sobre las naciones. La democracia ha logrado conciliar las libertades individuales con el interés común de la sociedad; ha instaurado el principio de representación y también la participación ciudadana directa en la toma de decisiones públicas. También ha creado mecanismos para procesar la pluralidad de opiniones e intereses legítimos que conviven en la sociedad, mediante el diálogo y la construcción de consensos básicos que permitan la permanencia y renovación pacífica de las instituciones políticas. Por todo esto, está plenamente justificado celebrar el Día Internacional de la Democracia.

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Sin embargo, su celebración no significa considerarla como un logro consumado de los pueblos ni mucho menos como un régimen que se encuentre en un estado óptimo en los países oficialmente democráticos. Una manera honesta de conmemorarla implica reconocer sus fallas o deficiencias, así como trabajar por su mejoría. Hoy se habla de democracias deficitarias, de insatisfacción ciudadana con la democracia. Ciertamente existe un malestar con ella. Sin duda, los regímenes democráticos tienen problemas de gobernabilidad, ya que han generado mayores expectativas de bienestar en las sociedades de las que ha podido cumplir, en parte por ineficiencia en el procesamiento de las demandas, en parte por condiciones económicas, sociales y culturales adversas, que la democracia por sí sola no puede resolver. Se dice que “es perfectible una desaceleración en rubros sensibles para la sociedad mexicana; la dotación de servicios públicos dejó de ser notoria, ahora hay más viviendas sin ellos que en 2000; la construcción de escuelas se frenó, se revirtió el poder de compra del salario mínimo, con lo que aumentó la pobreza de ingreso; no se tomaron las políticas públicas adecuadas que pudieran minimizar el impacto de la crisis financiera mundial del 2009 y el incremento del Producto Interno Bruto cayó a niveles reducidos, agudizando los efectos sociales en México que pauperizaron el empleo, aceleraron la pérdida de poder adquisitivo del salario e incrementaron la pobreza. En suma, hoy somos más desiguales que antes y vencer la desigualdad es el verdadero reto de México” (Luis Mendoza Cruz, Pluralidad y Consensos. Instituto Belisario Domínguez, Senado de la República, pág. 13).

la mitad de los latinoamericanos a preferir un retorno al autoritarismo ante la crisis de inseguridad). En otras palabras, se trata de construir una nueva gobernabilidad democrática en la región.

Ante tales circunstancias, el PNUD ha propuesto la democracia de la ciudadanía. El concepto es el de una democracia de ciudadanos que vaya más allá de la noción de una democracia de electores, entendiendo la ciudadanía vinculada con los derechos civiles, políticos y sociales de los individuos. Se trata de una democracia deficitaria, en tanto no ha alcanzado los mínimos exigibles en términos de representación y satisfacción de necesidades de la mayoría de la población. El PNUD ha hecho un análisis de la democracia latinoamericana por varios flancos: la desigualdad en la distribución en el ingreso, que se traduce en un desigual acceso al poder; la crisis de representación de los partidos políticos (creciente desconfianza hacia la política) y; la insatisfacción con los rendimientos de la democracia, lo que se convierte en un bajo nivel de legitimidad.

Aunque debemos ir más allá de la democracia electoral, también es necesario fortalecer esta última por medio de la incorporación de mecanismos alternativos de justicia electoral, toda vez que los medios adversariales son más costosos y menos eficientes.

Así se han propuesto tres políticas públicas prioritarias que permitan atacar en su raíz el déficit democrático: fiscalidad (tributación directa para contrarrestar la desigualdad en el ingreso); integración social (garantizar los mínimos de bienestar como base de inclusión y participación social); seguridad pública (combatir la inseguridad ciudadana que mina en sus bases la legitimidad de la democracia y que lleva a casi 42 FORO JURÍDICO

Complementariamente, es necesario que se abran espacios de diálogo institucional en los que sean los mismos participantes los que al exponer sus situaciones, encuentren caminos convergentes hacia una solución que satisfaga a todos. Son más fácilmente aceptados los resultados cuando se forma parte del diálogo en el proceso de construcción de la solución del problema. Seguiré insistiendo en la necesidad de educar a la sociedad en el sentido de que frente a una controversia no sólo defienda sus derechos, sino que aporte por si misma los grados de solución, con el compromiso de su cumplimiento. En el ámbito de la justicia, habrá que pensar en una dimensión diferente, en donde los actores tengan otra vía legalmente aceptada de una justicia alternativa expedita para la solución de sus diferencias, que pase de una justicia formal cambiando el paradigma de la justicia restaurativa, y propicie una participación más activa de la población para encontrar otras formas de relacionarse entre si, en donde se privilegie la responsabilidad personal, el respeto al prójimo y la utilización de la negociación y la comunicación para el desarrollo colectivo; también servirán para despresurizar las altas cargas de trabajo de los órganos jurisdiccionales y para que las víctimas obtengan de forma más rápida la reparación del daño, que es una asignatura pendiente de nuestro sistema de derecho.

En fin, son muchas las asignaturas pendientes dentro de la agenda para una democracia ciudadana del siglo XXI. Sirva este 15 de septiembre para celebrar nuestros logros democráticos pero también para comprometernos en la construcción consciente, libre, creativa y responsable de nuestro destino democrático. El fortalecimiento de nuestra soberanía nacional frente a los retos del mundo globalizado, en particular la crisis económica, la violencia y la inseguridad, depende de la fortaleza de nuestra democracia. La democracia es el camino que elegimos los mexicanos para construir la unidad de la nación plural que somos. La democracia es la expresión de nuestra soberanía y, por tanto, es parte de nuestro ser e identidad nacional. Celebremos, entonces, en un mismo acto, la independencia, la vocación democrática de la nación mexicana y la cultura de la paz K *Doctora en Derecho. Consejera Electoral del IFE.


INTELIGENCIA EMOCIONAL EN EL TRABAJO

Tiempo de Saber

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Mtro. Jorge Antonio Alfaro

A lo largo de la historia los criterios a través de los cuales las empresas contratan a su personal y evalúan su desempeño se han venido transformando. De manera particular, en el siglo XX hemos visto cómo en las primeras décadas se privilegiaron la habilidad física para el trabajo, por ejemplo, en una mecanógrafa su mayor cualidad era cuántas palabras por minuto era capaz de escribir; en un obrero de la construcción, la cantidad de ladrillos que podía colocar en una jornada. Además de las destrezas físicas, durante un largo tiempo se ha considerado que la inteligencia, en términos de coeficiente intelectual, es otro factor decisivo para el buen desempeño del trabajo, y generalmente se ha pensado que la gente muy inteligente es la que tiene altas calificaciones académicas y mejor desempeño laboral. A mediados del siglo, cuando el psicoanálisis comenzó a tener repercusiones en el campo laboral, se determinó que además de las destrezas físicas, la inteligencia y los conocimientos técnicos, la personalidad era otro factor importante para considerarse en la evaluación de los trabajadores. Así fue que en los exámenes de contratación se incluyeron pruebas de conocimientos, baterías de test de la personalidad y en algunos casos, evaluaciones de destrezas físicas.

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o obstante que las destreza físicas, el coeficiente intelectual, los conocimientos técnicos y la personalidad siguen siendo factores importantes en el desempeño laboral de las personas, en la actualidad las grandes empresas se dan cuenta de que altos grados de calificación en cada uno de esos factores, no garantizan que sus trabajadores sean gente eficiente y exitosa. En la última década del siglo XX se han hecho una serie de estudios y evaluaciones que prueban que muchas veces las altas calificaciones académicas, largos años de experiencia acumulados en una labor, personalidades deslumbrantes y altos coeficientes intelectuales, en vez de contribuir al éxito laboral de las personas influyen en su fracaso. Esto se debe a que existe un factor de gran importancia que apenas empieza a ser tomado en cuenta por los líderes empresariales y que juega un papel preponderante en el desempeño laboral: la inteligencia emocional. Tradicionalmente se ha asociado la inteligencia con capacidades intelectuales como la abstracción, la memoria, la deducción etc. Sin embargo, en las últimas décadas surgieron nuevos conceptos de inteligencia que incluyen habilidades como la adaptación al medio y el manejo de las emociones. Desde este punto de vista, la inteligencia emocional se refiere a la capacidad de reconocer nuestros propios sentimientos y los ajenos, de motivarnos y manejar bien las emociones, en nosotros mismos y en nuestras relaciones. A simple vista el manejo de las emociones puede parecer muy sencillo, sin embargo basta analizar algunos casos a nuestro alrededor para darnos cuenta que todos conocemos a alguien, si no es que nosotros mismos, que a pesar de ser una persona “inteligente”, sus respuestas ante ciertas circunstancias pueden ser exageradas o incomprensibles. La ira desmedida, la apatía en situaciones difíciles, la falta de aceptación o la personalización a la crítica constructiva, son algunas de las manifestaciones de una manejo inadecuado de la inteligencia emocional. La inteligencia emocional, es decir el manejo adecuado de nuestras emociones ante las circunstancias, todavía no es algo que se imparta en las escuelas, más bien se aprende a través de la relaciones con nuestra familia, amigos y compañeros de trabajo. Son

varios los componentes de la inteligencia emocional, en resumen los podemos definir en cinco aspectos: - Conocimiento de uno mismo. Estar conscientes en cada momento de lo que sentimos y en base a esto orientar nuestras decisiones, además de tener una idea realista de nuestras habilidades, debilidades y tener confianza en uno mismo. - Autocontrol. Manejar las emociones de modo que faciliten la tarea que desarrollamos, en vez de obstaculizarla. También es saber recuperarse de las tensiones y no dejarse ganar por la autocomplacencia excesiva. - Motivación. Utilizar nuestras preferencias más profundas para orientarnos y avanzar hacia nuestros objetivos. Nos sirve para idear acciones y perseverar frente a los contratiempos. - Empatía. Es la capacidad de percibir lo que sienten los demás y sentir afinidad con diferentes tipos de personas. - Habilidades sociales. Se refiere al manejo adecuado de las emociones en una relación, a interpretar adecuadamente las situaciones y redes sociales, interactuar de manera fluida, saber dirigir, negociar, resolver disputas, fomentar la cooperación y el trabajo en equipo. En general las personas poseemos los componentes de la inteligencia emocional, algunos más desarrollados que otros y en algunos podemos tener ciertas dificultades. Lo importante es aprender a identificar esos componentes en nosotros mismos, preguntarnos si en algún momento nuestras respuestas emotivas nos han hecho perder algo que consideramos importante o nos están dificultando conseguir un propósito, no sólo en el campo laboral, sino en el familiar, el político, el amistoso y en general todos los aspectos de nuestra vida. Por otra parte, para las empresas cada vez es más evidente que su éxito depende, en buena medida, de la inteligencia emocional con la que se manejan sus trabajadores en todos los niveles K

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ARRANCA EN MÉXICO EL

OMBUDSMAN FISCAL K

Marco A. Ríos

nuestras autoridades a promover, cuidar y dar prioridad a los Derechos Humanos. Entonces, sin duda, los derechos de los contribuyentes, serán más que dignamente representados y con esto México está a la altura de muchos otros países y de muchos otros sistemas jurídicos a los que cada vez tenemos menos que pedirles y mucho que aportar”, abundó.

Diana Bernal Ladrón de Guevara, Procuradora de la Defensa del Contribuyente

C

on una labor titánica a cuestas, con un presupuesto limitado (apenas 240 MDP) y con una gran carga de trabajo, inició operaciones el 1º de septiembre la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), a cargo de Diana Bernal Ladrón de Guevara. Su compromiso será garantizar el acceso de los contribuyentes a la justicia fiscal en el orden federal y velar por el cumplimiento efectivo de sus derechos bajo los principios irrestrictos de probidad, honradez y profesionalismo. En el primer día de operaciones, la Procuradora estuvo acompañada por tres especialistas en materia fiscal: Manuel Tron Pérez Kühn, Presidente Mundial de la International Fiscal Association (IFA); Eduardo Méndez Vital, Coordinador de la Comisión Fiscal de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados y Rodrigo Muñoz Serafín, Presidente de la Academia Mexicana de Derecho Fiscal. El especialista Manuel Tron comentó que México tiene un régimen de derecho que se perfecciona todos los días y recordó la Reforma Constitucional que, “claramente hoy obliga a todas

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Eduardo Méndez Vital dijo que la puesta en marcha de la PRODECON es un gran paso en materia de procuración de justicia, ya que en otros países dicha instancia ha probado todos sus beneficios en el ámbito fiscal. “Hoy México inicia esta cultura y esperemos que con base en ella, se pueda lograr una mayor equidad entre la relación fisco y contribuyente, que se llevará a cabo con la experiencia de la Procuradora. Es necesario que las autoridades responsables de la asignación de su presupuesto respalden su actuación en beneficio de un sistema fiscal más equitativo que seguramente redundará no solamente en beneficio de los contribuyentes, sino también para el país en la medida que logren recaudarse los impuestos de manera más justa y equitativa.” Rodrigo Muñoz Serafín, comentó que además de defender al contribuyente, la institución le otorgará asesoría, lo cual es muy significativo ya que se trata de temas en donde existe incertidumbre e incluso desconocimiento. “Esta Procuraduría es de todos los que estamos aquí y es del mexicano para poder entender cómo es la norma, cómo tenemos que pagar los impuestos, qué se hace con los impuestos y si existe alguna arbitrariedad ser defendidos por la PRODECON”, concluyó. Entre los retos a los que se enfrenta la primera ombudsman fiscal es conseguir el presupuesto para cumplir con el objetivo de establecer en el interior de la República 20 oficinas re-

gionales de atención. Asimismo, promover un pacto fiscal entre autoridades y contribuyentes que lleve a un mejor entendimiento entre ambos, el cual se traducirá en una mayor cultura fiscal en México. La titular de PRODECON exhortó tanto al Poder Legislativo, como al Ejecutivo, a aprobar un presupuesto decoroso para el ejercicio fiscal del 2012, con la finalidad de que el organismo pueda cumplir con lo establecido en la Ley de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, que hace aproximadamente cinco años entró en vigor. La preocupación estriba en que la SHCP hizo una propuesta de 240 MDP para los trabajos de la procuraduría en el próximo año, que son insuficientes, según lo expresó la procuradora, y se requieren por lo menos 700 MDP. Diana Bernal, señaló que la complejidad del sistema tributario mexicano se advierte como un factor determinante para el bajo nivel de recaudación. Es evidente, destacó, que México requiere lograr una simplificación legal y administrativa que facilite el pago de los impuestos y que a su vez propicie una recaudación equilibrada para fortalecer el sistema tributario. Destacó que una de las preocupaciones más externadas por los contribuyentes es lo referido a los embargos precautorios. Al respecto afirmó que en estos casos no se les da oportunidad de señalar los bienes que servirán como caución.

La PRODECON defenderá los derechos de cualquier contribuyente afectado por créditos o adeudos determinados por el SAT, IMSS o INFONAVIT, por montos de hasta 30 veces el salario mínimo general vigente elevado al año equivalente a 655 mil 29 pesos.


También se da el caso del rechazo de la garantía consistente en un inmueble por tener gravámenes previos, a pesar de que la ley lo permite siempre y cuando la suma del monto total y el interés fiscal a garantizar no exceda el 75% del valor del inmueble. Otra de las situaciones de la cual ha sido enterada y que perjudica a los contribuyentes es cuando no se les da oportunidad de ofrecer caución una vez que se ha resuelto el recurso de revocación, en virtud de que en la práctica se procede inminentemente al embargo en el momento en que se notifica al contribuyente la resolución que confirma el acto, siendo que aún no se trata de una resolución firme, pues los contribuyentes todavía cuentan con un plazo de 45 días para impugnarla por la vía contenciosa administrativa. Tres de las dependencias con mayor número de reclamaciones son el IMSS, el INFONAVIT y el SAT. Sólo en el año de 2010 se recibieron más de 25 mil juicios ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en contra de actos del IMSS, lo que representa el 28% del total de asuntos que conoció este órgano de justicia. Mencionó que también el INFONAVIT lleva a cabo ese tipo de actos dentro de sus facultades, por lo que recibe alrededor de 10 mil demandas de nulidad anuales por dichos procedimientos. De acuerdo con datos extraoficiales del SAT, ésta institución emite alrededor de 2.5 millones de actos administrativos anualmente, como liquidaciones de créditos fiscales, requerimientos de información y cumplimiento de obligaciones. Como observador de derechos, comentó Diana Bernal, la PRODECON instaurará procedimientos para atender las quejas y reclamaciones que presente cualquier contribuyente contra los actos de las autoridades incluso, aquellos que no puedan ser objeto de defensa judicial. Tendrá competencia para verificar sin importar la cuantía del caso, que todo este tipo de actos se realicen con pleno respeto a los derechos de los contribuyentes. Recordó que dentro de las atribuciones de la Procuraduría se asignará a los afectados un abogado

de manera gratuita y de calidad, que patrocinará la defensa en todos los recursos y juicios hasta la resolución total de cada caso. La procuradora explicó que otra de sus funciones será intervenir cuando el IMSS promueva órdenes de visita domiciliaria, revisiones de dictamen para efectos del seguro social, invitaciones a procedimientos de autocorrección, afiliación obligatoria, congelamiento de cuentas bancarias, liquidación de cuotas obrero-patronales, emisión de cédulas de determinación de multas, reclasificación de prima de riesgo de trabajo, estimativas de afiliación obligatoria, embargos de todos tipos, actos de ejecución y adjudicación de bienes de los contribuyentes además de oficios-invitación, revisiones de escritorio y gabinete. Adelantó que a la par del comienzo de sus actividades a favor de los contribuyentes del país, se podrá ingresar a la página electrónica del organismo www.prodecon.com.gob. mx, en donde se informa y explica los servicios que presta. “Queremos apoyar a todo el que paga impuestos, desde pequeños comerciantes, personas físicas que no han tenido devolución de su saldo, hasta una mediana, pequeña o micro empresa, incluso, un gran contribuyente que se vea afectado por las autoridades fiscales.” Se trata dijo, de un cambio de paradigma en la relación entre autoridades y contribuyentes. En el sitio web los contribuyentes que reciban atención, podrán confirmar los avances que registre su expediente, de los juicios y recursos en que los represente legalmente el organismo, así como presentar quejas y reclamaciones en línea por actos de autoridades fiscales federales.

En la página electrónica se dan a conocer tres estudios realizados por la PRODECON, mismos que servirán tanto al foro fiscal como a cualquier ciudadano que quiera tener mayores conocimientos sobre el tema. Los documentos son: Panorama de la situación de los Contribuyentes en México y Principales problemas de los contribuyentes en el acceso a la Justicia Fiscal. Además, se propondrá al contribuyente mexicano que adopte ciertos compromisos éticos, por lo que publica el documento La Ética del Contribuyente, con la finalidad de fomentar una nueva cultura contributiva, justa y equitativa. Para dar una mayor apertura a distintas voces en materia fiscal, se contará con la participación de un especialista de alto nivel; en esta ocasión se inicia el foro con el Lic. Manuel Tron Pérez Kühn, que presenta el ensayo: Los derechos del contribuyente ante la reforma Constitucional de 2011 y las decisiones de la SCJN en materia de Derechos Humanos. Luego de su designación por el Senado el pasado 28 de abril, Diana Bernal se ha reunido con las principales confederaciones y cámaras empresariales del país, como la Comisión Ejecutiva del Consejo Coordinador Empresarial que preside Mario Sánchez Ruiz. También ha sostenido encuentros con los principales colegios de profesionales en materia tributaria y de seguridad social, entre los que destacan el IMEF, la IFA, el Instituto Mexicano de Contadores Públicos y la Barra Mexicana Colegio de Abogados, con alguno de los cuales también se han establecido mesas de trabajo. Como parte de sus actividades, la titular de PRODECON firmó un convenio de colaboración con la CONCANACO y SERVYTUR, encabezada por el Maestro Jorge Dávila Flores. El objetivo fue garantizar el acceso de los contribuyentes a la justicia en materia fiscal durante el Foro de Franquicias realizado en la ciudad de México. Durante el evento Jorge Dávila reconoció que el naciente organismo será de gran apoyo para sus afiliados K

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NO EXISTE UNA VERDADERA REFORMA LABORAL

K Lic. José A. Mier y Concha*

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urante el gobierno de Ernesto Zedillo, el entonces Senador Juan de Dios Castro Lozano, miembro del grupo parlamentario del PAN, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo. El legislador cometió el terrible error de haber pedido la asesoría casi exclusiva del despacho del Dr. Néstor de Buen para la redacción de la misma, en vez de convocar para ese fin a juristas con otros criterios sobre la forma de resolver los problemas de trabajo, como se hizo por ejemplo en 1970. Esa iniciativa era interesante como proyecto académico, pero implicaba modificar el artículo 123 de la Constitución General de la República, lo que suponía un esfuerzo político que la sociedad mexicana de los últimos seis años del siglo XX difícilmente hubiera podido hacer. Necesitaba además ser comprendida y aceptada por la mayoría de los empresarios y las organizaciones de trabajadores del país. El proyecto no fracasó por culpa del PRI, sino porque no fue producto de acuerdos reales entre el gobierno, las organizaciones de trabajadores y los empresarios. Desde 1997 y hasta el 2000 el Producto Interno Bruto del país creció un promedio anual de 4.45%, así que la urgencia por una reforma laboral se desvaneció entre trabajadores y empleadores. Tuvieron que ser los brutales efectos de la caída global del 2008 y 2009, que posiblemente perdurarán hasta dentro de diez años, sumados a un mercado global desordenado en el que la robótica y la cibernética eliminan día a día la necesidad del trabajo humano, las que otra vez hacen recordar a la población que es necesario modernizar nuestra legislación laboral.

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En el medio jurídico-laboral subsiste la mala práctica de simular el cumplimiento de la ley. Los patrones hacen como que pagan y los empleados como que trabajaban. Nuevamente el PAN fue el primero en presentar al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma en el 2010. Se presumió ante los medios de comunicación que ésta sí era resultado de la decisión mayoritaria entre los factores de la producción, lo cual era cierto en parte, pues prevalecieron intereses corporativos entre las organizaciones sindicales que eliminaron algunas peticiones vitales para sindicatos autónomos e independientes. Además, hubo intereses de grupo entre el sector empresarial, ya que concentraron su participación por medio de unos cuantos abogados que litigan primordialmente en la capital del país, quienes generalmente atendían sólo a las preocupaciones concretas de dirigentes de cámaras industriales, de comercio, de servicios, o al Consejo Coordinador Empresarial. Durante el 2011, miembros del PRI entregaron al Congreso otro proyecto de reforma a la Ley Federal del Trabajo, muy parecido a la de Acción Nacional. A tal grado, que incluso en algunos párrafos en la exposición de motivos, en ambos proyectos, son idénticos; sólo se eliminaron las partes que no eran admisibles para el sector obrero del Revolucionario Institucional. A la fecha ambas iniciativas están detenidas. Los analistas políticos afirman que ante las elecciones presidenciales del año próximo, vista la aparente ventaja que lleva en las encuestas de opinión el Lic. Enrique Peña Nieto, sería un


error de su parte pedir a su partido el aprobar cualquier reforma porque muchos ciudadanos que podrían sentirse defraudados, cambiarían su voto a favor del Lic. Andrés Manuel López Obrador. Los analistas económicos afirman, en su mayoría, que para generar más empleos necesitamos una ley flexible en donde sea más barato y menos complicado crear empleos, así como despedir sin alto costo a los trabajadores incumplidos, situación no compartida por analistas económicos de la izquierda. Puede señalarse que la revista Foro Jurídico no es el medio idóneo para analizar los motivos exclusivamente políticos o económicos detrás de quienes están a favor o en contra de reformar la ley laboral, pero sí, para comentar los temas jurídicos. Una reforma a la Ley Federal del Trabajo es necesaria para garantizar en México laboralmente lo que en inglés se denomina The Rule of Law. Fue en Inglaterra en donde se utilizó por primera ocasión este término, que después fue traducido al francés como État de Droit, y más adelante al español como Estado de Derecho. En nuestro país se ha permitido y tolerado, al menos en el medio laboral, un régimen de simulación jurídica por el que no se cumplen cabalmente las normas previstas en la Ley Federal del Trabajo. Una reforma de verdad implica la modernización de la ley, pero primordialmente, requiere un cambio de conducta de gobernantes y gobernados frente a la misma. La simple transformación jurídica no será suficiente para eliminar errores, abusos, vicios, malas prácticas e incluso malas interpretaciones de parte de las autoridades del trabajo o judiciales. Por eso es importante hacer notar que dentro de las dos últimas iniciativas no hay una sola propuesta de acuerdo político que refuerce el cumplimiento de la nueva ley; tampoco que garantice su difusión completa y oportuna, o su futuro acatamiento sin excepciones. Menos aún modificaciones para hacer tan cara la terminación de contratos de prestación de servicios o servicios profesionales como si fueran de trabajo, ni un patrón de conducta del Estado y de los gobiernos locales para no tolerar más simulaciones de los particulares. Tampoco una parte que incluya la necesaria reforma a otras leyes que fomenten la creación o subsistencia de micro, pequeñas y medianas empresas, quienes finalmente son las que más empleos crean en México y en el mundo. El General Álvaro Obregón decía que en México los patrones hacían como que pagaban y los empleados como que trabajaban. Describía un mundo de simulaciones y mentiras. Obviamente el país ya no es el mismo, pero en el medio jurídico-laboral subsiste la mala práctica de simular el cumplimiento de la ley. Por lo antes mencionado, todas las iniciativas presentadas, aunque fueran aprobadas sin cambio alguno, pueden ser ineficaces en un par de años; no basta con modificar la ley para terminar con vicios como: menores de 14 años laborando por necesidad; damas a las que no se les contrata si están embarazadas, aunque se argumenten razones

La simple transformación jurídica no será suficiente para eliminar errores, abusos, vicios, malas prácticas e incluso malas interpretaciones de parte de las autoridades del trabajo o judiciales.

diferentes para no darles empleo; empleadores que no afilian a su personal al régimen de seguridad social del IMSS, “inventando” otras formas de contratación. Empresas que omiten entregar a su personal contratos de trabajo por escrito en los que consten las condiciones de trabajo aplicables. Otras de las perversiones complicadas de eliminar son las firmas operativas o de servicios de personal, cuyo único propósito es no cumplir con la obligación constitucional de pagar utilidades. A ello se suman sindicatos blancos, es decir organizaciones que cobran cuotas por protección laboral como una forma de extorsión permitida, sin que conozcan o representen a los trabajadores; organizaciones sindicales que emplazan a huelga sin representar al trabajador con tal de conseguir dinero, o que promueven juicios de titularidad apoyadas por golpeadores profesionales, que son como extorsionadores tolerados; trabajadores y empleados incumplidos protegidos por tribunales poco objetivos y parciales; juicios laborales que desde 1917 debieron ser predominantemente orales, convertidos en el dictado repetitivo de frases de formato ante empleadas o empleados mal pagados que escriben con muchas faltas de ortografía. Asimismo, Juntas de Conciliación y Arbitraje en las que los representantes de capital y del trabajo votan sin sentido, como simples vigías de asuntos particulares; juicios laborales en los que los representantes de gobierno, del capital y del trabajo no escuchan a las partes, sino que pretenden resolver juicios sólo leyendo; y juicios laborales lentos y tardados por culpa en mayoría de miembros del foro mal educados, repletos de vicios y prácticas indebidas. Modificar la ley no terminará con estos problemas. Cierto que la reforma, por modesta que sea, producirá un efecto menor en México y en el extranjero, pero un efecto a fin de cuentas. La medicina de verdad no aplicará al México enfermo, quien requiere otro tipo de cambio que no le dan las últimas iniciativas de reforma laboral. Es necesaria una transformación sustancial para que el país realmente presuma que en materia de trabajo se cumple con el principio general de Rule of Law K *Abogado postulante especialista en Derecho del Trabajo

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Presentan el libro Derecho de Menores de la Dra. Ruth Villanueva

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l Dr. Luis Rodríguez Manzanera mencionó que es necesario trabajar sobre una dogmática especializada en el tema de la obra, en virtud de su importancia, por tratarse de un Derecho con un objeto, método de investigación, fines y principios propios, que obligan al reconocimiento de un Derecho de Menores, autónomo, cuya dogmática no debe ser la

El pasado mes de septiembre se presentó en el Instituto de Formación Profesional de la PGJDF el libro Derecho de Menores de la Dra. Ruth Villanueva Castilleja, participando como comentaristas el Dr. Luis Rodríguez Manzanera, el Dr. Antonio Sánchez Galindo, la Mtra. Mónica Cruz Gómez y el Mtro. Juan José Olea Valencia, Coordinador General del Instituto. penal porque ésta va dirigida justo a quien incursiona en el Derecho Penal, mientras que el Derecho de Menores tiene otras aristas y la visión con la que se estudia y opera debe considerar la especialización sin lugar a dudas, ello, señaló, sin dejar de tomar en consideración que

Derecho de Menores, de la Dra. Ruth Villanueva

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no toda la niñez infringe la ley penal sino que es sólo una proporción y no el todo del tema tratado. En su oportunidad Antonio Sánchez Galindo mencionó que “los errores dentro del conocimiento parten de la ignorancia supina o parcial. Para poseer la certeza la verdad va más allá de una epistemología, es necesario alcanzar una mirada enfocada al detalle y a lo panorámico. Los puntos de vista limitados de miopía o astigmatismo, conducen a verdades fragmentadas, incompletas: verdades que no son verdades y que nos pueden llevar a un abismo. Ciegos conduciendo


Maestro Juan José Olea, Dr. Antonio Sánchez Galindo, Dra. Ruth Villanueva, Maestra Mónica Cruz Gómez y Dr. Luis Rodríguez Manzanera.

a ciegos”, por lo que la lectura del libro de la Dra. Villanueva, afirmó, es obligada para quien busca la especialización en este tema tan sensible e importante. La Mtra. Cruz Gómez hizo hincapié en el reconocimiento de los principios sustantivos que se puntualizan de manera enfática en el texto y los cuales no deben de descontextualizarse, sino por el contrario, estudiarse y fortalecerse para conocer en su más amplio sentido su contenido. Éstos: el Interés Superior del Niño, la Protección y la Especificidad, son los pilares sobre los cuales debe cimentarse el Derecho de Menores, privilegiando en todo momento a la persona menor de edad en su más amplio significado con una base jurídica de conformidad tanto con la Convención de los Derechos del Niño, como con todos los Instrumentos Internacionales relativos a la materia.

algunas referencias históricas puntualizó las experiencias de diversas especializaciones en el tema de menores infractores, las cuales fueron los antecedentes para la implementación de esta nueva especialidad ante las circunstancias, tiempos y necesidades actuales. El contenido del libro, comentó la autora, se plantea desde el punto de vista del transitar del menor de edad en los ámbitos del Derecho Civil, Familiar, Laboral, Internacional y Penal. En donde la condición jurídica de minoría de edad debe visualizarse, porque nadie puede negar la desigualdad entre un mayor y un menor de edad y un principio fundamental radica en no tratar igual a los desiguales, por lo que los tres principios sustantivos fundamentales deben de ser el eje rector para alcanzar el pleno desarrollo de sus facultades personales, así como, una sana inte g rac ió n f a milia r y s o c ia l.

Estuvieron presentes en el acto, entre otros, la Dra. Martha Laura Almaraz Domínguez, Subprocuradora de Procesos de la Procuraduría del Distrito Federal, Jorge Mauricio Fermán y Jesús Ventura Sánchez de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes; el Dr. Jesús Zamora Pierce, ex Presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados; la Dra. Angélica Ortiz Dorantes; y los Doctores Víctor Hugo Pérez y Hernán Longo, así como representantes de instituciones de procuración e impartición de justicia de las siguentes entidades federativas: Hidalgo, Estado de México, Querétaro y Morelos. También estuvieron presentes alumnos de la Especialidad de Menores de la UNAM, de la Especialidad en Sistemas Penitenciarios y Menores Infractores del Centro Jurídico Universitario y del propio Instituto de Formación Profesional K

Al intervenir la Dra Ruth Villanueva, advirtió que fue a partir del año 2008, en el Posgrado de la Facultad de Derecho de la UNAM, cuando por primera vez se abrió en México una especialidad en Derecho de Menores, gracias al apoyo y a la sensibilidad del Dr. Ruperto Patiño Manffer, Director de la Facultad de Derecho. Al hacer Dra. Ruth Villanueva y Dra. Laura Almaráz, Subprocuradora de Procesos

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RADIOGRAFÍA de la PIRATERÍA EN MÉXICO K Jorge Luis Salas Cruz El Acuerdo Nacional Contra la Piratería, firmado en 2006, pretende lo siguiente:

La piratería es uno de los grandes problemas a los que siempre se enfrentan los productores en el ámbito mundial.

• Reactivar la planta industrial. • Fortalecer el desempeño, la participación y el crecimiento de empresas formales en el mercado. • Crear empleos y procurar un mayor crecimiento económico nacional. • Incrementar el universo de contribuyentes que generen recursos al erario federal y que permitan fortalecer el gasto social. • Fortalecer la cultura de legalidad que debe imperar en nuestras relaciones sociales. • Asegurar una eficiente procuración y administración de justicia que disminuya los índices de impunidad. El Acuerdo Nacional Contra la Piratería define a la piratería como toda reproducción, producción, importación, comercialización, venta, almacenamiento, transportación, arrendamiento, distribución y puesta a disposición de bienes o productos en contravención a lo establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor y en la Ley de la Propiedad Intelectual. A 5 años de su firma, el acuerdo no ha conseguido los resultados esperados. Según datos de la última Encuesta de Hábitos de Consumo de Productos Piratas y Falsificados en México, realizada por la Cámara Americana de Comercio (AmCham), 9 de cada 10 mexicanos compran productos piratas.

Fotografía Pierre-Yves Marzin

El valor económico de la piratería es tres veces mayor que los ingresos provenientes del petróleo, cuatro veces más que las remesas, y siete veces más grande que las divisas por turismo: CONCANACO.

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Cifras del Foro Económico Mundial indican que el 10% del comercio en el mundo es ilegal.


FORO DE PROPIEDAD INTELECTUAL DR. ARTURO ANCONA GARCÍA-LÓPEZ

En 2009, la piratería obtuvo ganancias de 964 mil 688 millones de pesos, lo cual representó el 7.8% del producto interno bruto (PIB). El 59% se enfocó en CD y DVD, y la ropa ocupó el segundo lugar con una ganancia de 570 mil 600 millones de pesos. A pesar de que en 2010 el Congreso de la Unión aprobó que la piratería se persiga por oficio por la Procuraduría General de la República (PGR), los resultados de esta lucha han sido infructuosos; el año pasado sólo se obtuvieron 26 sentencias definitivas de violación a la propiedad intelectual (PI). Debido a esto, la Alianza Internacional de la Propiedad Intelectual ha puesto a nuestro país desde 2010 en el Reporte Especial 301 el cual integra una lista de los países que no brindan la protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual (DPI); aquellos que la conforman pueden ser objeto de sanciones en su comercio bilateral con Estados Unidos de continuar con la nula protección a los DPI.

La piratería se incrementó 500% en los últimos cinco años en México. Grupo Multisistemas de Seguridad Industrial.

De acuerdo con cifras de Alianza contra la Piratería, en 2010 la piratería de medicamentos tuvo un crecimiento de 32%.

A pesar de que México figuraba en esta lista desde 1999, ahora se encuentra en un apartado especial en donde se ubican los países a los que se les exige la ejecución de medidas para combatir la piratería. Una de éstas fue la implementación del Acuerdo Comercial Anti-falsificación (ACTA) que pretende castigar a quienes descarguen de internet contenido protegido por derechos de autor o PI. El Senado de México, en septiembre de este año, rechazó la firma porque considera que viola las garantías individuales, el derecho a la información y el conocimiento, y los derechos humanos. Claudio Ruiz, presidente de la ONG chilena Derechos Digitales que intenta reforzar una cultura sustentada en un derecho de autor equilibrado que permita un mayor acceso al conocimiento para todos los ciudadanos en el entorno digital, opina que los intentos legislativos del acuerdo ACTA son ejemplos paradigmáticos respecto a los desequilibrios normativos que se están presentando, “Debemos saber que los derechos fundamentales también aplican en el entorno en línea”, afirma. Las cifras no mienten, México necesita con urgencia dar vuelta a la estrategia planteada, que no ha funcionado, para detener la creciente industria ilegal. Nuestro país debe seguir buscando nuevas formas para combatir la piratería y proteger con esto el derecho de propiedad intelectual.

Foro de Propiedad Intelectual es una sección producto de la colaboración entre Foro Jurídico y Scientika, asociación civil dedicada a la difusión y promoción de actividades científicas y tecnológicas en la Ciudad de México y el mundo. Recibimos tus comentarios y sugerencias a: contacto@scientika.mx

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K Robespierre

CADALSO Gran expectación provocó el proyecto del Ministro Fernando Franco González Salas sobre la controversia presentada en la Corte contra las Constituciones de Baja California y San Luis Potosí que prohíben el aborto. Sostiene Franco Salas que atentan contra el texto de la Carta Magna, porque vulneran los derechos humanos de la mujer. No se trata de un asunto menor, ya que con los cambios constitucionales recientes en materia de Derechos Humanos, se encuentran en juego dos de ellos: el derecho a la vida y el de la libertad y dignidad de las mujeres; éste último quizá más relevante socialmente, sin embargo, la decisión tomada finalmente en el pleno de ministros no hará posible que esta situación sea aplicada en todo el país, o en las 15 entidades federativas que tienen textos constitucionales similares que prohíben el aborto desde el momento mismo de la concepción. En virtud de que el voto de los ministros fue de 7 con el proyecto y 4 en contra, y que se requería cuando menos 8, los artículos constitucionales cuestionados quedaron intocados. En su proyecto Franco González estimó que la normas en estudio atentan contra la dignidad de las mujeres, ya que las reducen a un instrumento reproductivo, lo que sirve a un estereotipo negativo de género, vulnerando sus derechos humanos. No obstante que en agosto de 2008 la SCJN se pronunció mayoritariamente sobre autorizar la despenalización del aborto en el DF, cuando es realizado durante las primeras 12 semanas de gestación, cuatro ministros votaron en contra del proyecto, entre ellos el recién ingresado Jorge Mario Pardo Rebolledo. El fallo seguramente levantará muchas discusiones y especulaciones, particularmente porque somos un Estado laico que se rige, no por cuestiones religiosas o filosóficas, sino por criterios científicos que consideran que hasta antes de las 12 semanas, en el feto aún no hay vida. La primera especulación no se hizo esperar, presumiendo que el voto del Ministro Pardo Rebolledo fue presionado desde Los Pinos, pues éste fue compañero de la Escuela Libre de Derecho del Presidente Calderón, quien lo incluyó en la terna de la que finalmente resultó electo para la Corte. Hay un dato interesante que vale la pena mencionar: existen análisis en donde se asegura que los índices de criminalidad en EU han disminuido sensiblemente a partir de que se permite el aborto, porque hay menos niños no deseados.

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El nuevo gobernador del Estado de México, Eruviel Ávila Villegas, ha generado elevadas expectativas entre los mexiquenses en temas sensibles como seguridad, justicia y transparencia, por contar con una mayor solidez jurídica respecto de su antecesor, ya que posee el grado de Doctor en Derecho y demostró durante su campaña que le entiende más a estos temas, además de haber sido en dos ocasiones alcalde de Ecatepec, el municipio más poblado de América Latina. Por lo pronto, inició su gobierno presentando personalmente una iniciativa de ley para castigar con prisión vitalicia a secuestradores, pederastas y feminicidas, siendo éstos algunos de los principales problemas que aquejan a la entidad. Su plan de gobierno plantea la creación de la Secretaría de Seguridad Ciudadana para contribuir a la civilidad, a la armonía social con legalidad, la prevención y pleno respeto a los derechos humanos. Otro eje que ofreció el Dr. Eruviel Avila es incorporar la figura de la extinción de domino, con el fin de combatir las estructuras financieras de la criminalidad organizada en la entidad. Especial énfasis ha hecho también en combatir la inseguridad desde sus orígenes, con más educación, más empleos y más espacios públicos dignos, que permitan recomponer el tejido social. Inició fuerte el nuevo gobernador mexiquense.


Finalmente el Consejo de la Judicatura Federal decidió iniciar el proceso para limpiar la casa, al realizar en serio investigaciones contra funcionarios judiciales corruptos. La suspensión de sus funciones del Juez Primero de Distrito del Centro Auxiliar en Saltillo, Coah., Luis Armando Jerez Treviño y del Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en la Laguna, Gerardo Tiscareño Mercado, así lo corroboran. Ambos se encuentran relacionados con acciones que habrían beneficiado la operación de casinos, que son investigadas por la PGR. No hace mucho que el CJF denunció a Esiquio Martínez Hernández, Secretario del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien fue consignado como presunto responsable del delito de enriquecimiento ilícito, por haberle detectado en sus cuentas cantidades millonarias. Parece que los llamados del Presidente de la República para meter en cintura a funcionarios judiciales corruptos que aparentemente están colaborando con delincuentes, comienza a dar resultados. Veremos cuántos juzgadores más caen por la denuncia del Presidente Felipe Calderón expresada en una coloquial frase referida a la PGR y a los jueces federales: “Mientras nosotros los metemos, los metemos y los metemos, ellos los sacan, los sacan y los sacan”. Mientras tanto, a raíz de la cloaca que destapó el incendio del Casino Royal, todavía se siguen aventando la pelota todo tipo de autoridades, a pesar de que todos sabemos que en este negocio “ilícito” están coludidos altos funcionarios de los tres niveles de gobierno: del la Secretaría de Gobernación, que discrecionalmente autoriza la apertura de casinos a sus “cuates” o socios; de los gobiernos estatales y municipales, que les dan las autorizaciones o los toleran para operar; y eventualmente, de algunos jueces federales que les otorgan suspensiones en juicios de amparos para abrir sus puertas, sin fijarse si son legales o si cuentan con las medidas de seguridad indispensables.

Veracruz vuelve a ser el centro de atención de la opinión pública, no sólo por el tema de delincuencia organizada, sino también por los actos contra Twitteros, que atentan contra la libertad de expresión consagrada en el artículo 6º Constitucional. La detención de dos twitteros jarochos, acusados de terrorismo, dejó mal parado al Gobernador Javier Duarte y dio la impresión que le preocupa más detener personas que manifiestan o informan sobre actos en la entidad, que capturar y procesar a peligrosos delincuentes que tienen en estado de shock a toda la población de la entidad. Los 35 cuerpos sin vida de presuntos “zetas”, lanzados en pleno centro de Boca del Rio, así lo demuestran. El origen de las inconformidades de los usuario de las redes sociales en la entidad fue la reforma al Código Penal estatal que crea el delito de Perturbación del Orden Público, que establece prisión de uno a cuatro años a quien por “cualquier medio” afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos, ataques con armas de fuego o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud. Esperemos que en breve esta reforma sea analizada por la Corte. Mientras tanto, el gobierno estatal dio marcha atrás en este asunto, luego de la reacción de cientos de twitteros molestos, que obligaron al Procurador de Justicia a desistirse de la acción penal.

Presentó el PAN en el Senado una iniciativa de ley para crear la Fiscalía Nacional contra la Corrupción, acción que, de concretarse, coadyuvará sin duda al combate contra la criminalidad organizada, ya que dos de los fenómenos que mayormente la alimentan son la corrupción política y como consecuencia de ella, la corrupción policiaca. El proyecto que propone modificar el artículo 102 de la Constitución fue turnado a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos de la Cámara Alta para su análisis y dictamen. En ella se plantea crear un eficaz Registro Nacional de la Situación Patrimonial de Servidores Públicos, que estaría a disposición de la Fiscalía para comparar y detectar los cambios patrimoniales de los funcionarios que no sean legalmente justificables. Es hora de que en México tengamos un órgano autónomo especializado en investigación financiera, que cuente con las atribuciones necesarias para perseguir el uso de recursos de procedencia ilícita, ya que la corrupción y el lavado de dinero son una amenaza directa a la economía nacional al fomentar políticas y reglamentaciones inapropiadas que reducen los niveles de inversión, disminuyen los ingresos e incrementan los gastos públicos. Esperemos que no suceda lo mismo que con la Reforma Política y la Ley de Seguridad Nacional que llevan tres años en discusión y sin aprobación. Muchos diputados de la actual legislatura las vieron llegar y seguramente terminaran su período sin haberlas aprobado K

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LIBR OS EN

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Jimena Moreno González, Guadalupe Barrena Nájera, Francisco López González, Oxford University Press/ CIDE, 2011 basada en la resolución de casos y el análisis de problemas jurídicos, en donde se busca aplicar la información relevante a situaciones concretas. Ésa es la metodología que se utiliza en esta obra. Derecho Internacional Público, analiza en sus 10 capítulos, casos y sentencias de la Corte Internacional de Justicia y de otros tribunales e instancias internacionales, asimismo, brinda al estudiante ejercicios que buscan fortalecer los conocimientos adquiridos sobre el tema. Incluye múltiples ejercicios para que el lector use lo aprendido en temas como el nacimiento del Estado mexicano por la vía del reconocimiento convencional; las fuentes del derecho internacional público; los tratados; la doctrina del arreglo pacífico de las controversias; la responsabilidad y la subjetividad internacionales; los alcances de la jurisdicción estatal y algunos conflictos con las jurisdicciones internacionales; la protección de personas y de grupos; el derecho económico; la relación del derecho internacional público con el derecho doméstico, y un método de comprobación de lo expuesto a lo largo del volumen.

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l derecho internacional público es una de las áreas del conocimiento jurídico que han evolucionado con más dinamismo durante el último siglo. De 1945 a la fecha, se ha convertido en un complejo entramado de discursos, convenciones, costumbres, resoluciones y relaciones que puede confundir al observador no especializado. Para adentrarse con éxito en su estudio, hay que combinar capacidades de retención y asimilación de ideas con una adecuada metodología de análisis, interrelación de conceptos y aplicación práctica de nociones abstractas. A la adquisición de tales habilidades se dirige la enseñanza del derecho 54 FORO JURÍDICO

En el disco compacto que acompaña a la obra se incluyen sentencias, opiniones consultivas, convenciones y un capítulo adicional, con casos para aplicar lo leído. Jimena Moreno, Guadalupe Barrena y Francisco López entienden que el estudio del Derecho internacional público demanda entre otros atributos capacidades de retención, asimilación de ideas. A esto se suman una metodología de análisis, interrelación de conceptos y aplicación práctica de nociones abstractas. Bajo este criterio la enseñanza del Derecho pretende en el individuo la adquisición de las habilidades antes referidas que serán aplicadas en la resolución de casos y en el análisis de problemas jurídicos y situaciones concretas. Por lo que la obra se convierte en una herramienta útil para los estudiosos del derecho internacional.


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a reforma constitucional en materia de Derechos Humanos recién aprobada por el Congreso de la Unión y promulgada por el Ejecutivo Federal, constituye una conquista de la sociedad civil, la cual fue obtenida luego de una intensa y prodigiosa movilización social frente a un Estado tradicionalmente monolítico y esencialmente autoritario. Bajo este panorama Arturo Zamora Jiménez, diputado federal integrante de las comisiones de Justicia, Gobernación, Jurisdiccional y Defensa Nacional, se da a la tarea de reflexionar sobre el significado del trascendente hecho histórico y social que movió las estructuras institucionales de México. El libro Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos y el nuevo Orden Jurídico en México, ofrece al lector una perspectiva desde el punto de vista del Poder legislativo en voz de su autor. Arturo Zamora reconoce en su escrito que la legislación en la cual participa no inventó nuevos derechos, sin embargo el haberlos recogido dentro de la normativa máxima es un acto de declaración que hace el legislador mexicano de que en México se tiene como sostén y visión fundamental al ser humano en plenitud. Por eso, a lo largo del texto se ofrece un análisis de los artículos que fueron reformados.

REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Arturo Zamora Jiménez, Libro editado por la Cámara de Diputados, 2011

La LXI Legislatura Federal logró ir más allá al dilucidar los Derechos Humanos en conformidad a la constitución y los Tratados Internacionales, con lo cual, nació en la vida jurídica de nuestro país un hermano gemelo de la Carta Magna en materia de garantías y Derechos Humanos. Para llevarlos a un plano más extenso, Arturo Zamora advierte en su obra que será necesario que las universidades en sus licenciaturas y posgrados, modifiquen la curricula académica con el objeto de incorporar en los planes de estudio un análisis actualizado de éstas a fin de que los nuevos profesionistas se formen bajo una concepción más amplia de los alcances y consecuencias en la protección y forma de garantizar el ejercicio de semejantes garantías hoy ya constitucionales El autor señala que a pesar de tanto y buenos augurios, la reforma recién promulgada es, apenas, el punto de partida de una larga marcha que pondrá a prueba la capacidad de adaptación al nuevo orden constitucional. Por eso será inexcusable transitar por un largo proceso de transformación de instituciones vetustas y prácticas invertebradas, y al mismo tiempo ir construyendo una nueva y autentica cultura de respeto a la legalidad, para que el trabajo que hasta hoy se ha realizado, y el que vendrá no queden sólo en una aspiración a la dignidad K FORO JURÍDICO 55


Sobre la Constitución, ni los Derechos Humanos K Dr. José R. Padilla*

Una vez reconocidos expresamente los Derechos Humanos (DH), lo mismo en su aspecto sustantivo como procesal, nuestra Constitución Política sigue siendo suprema aunque tenga igualdad jerárquica con respecto a las convenciones internacionales en donde el Estado Mexicano sea parte. La preponderancia del derecho interno ha quedo intocada y con ello la Carta Magna. Esa igualdad opera únicamente cuando se invoque alguna violación a determinada convención internacional por considerar que se afectan los DH que contenga. Sólo en tal hipótesis se puede hablar de igualdad jerárquica de ambos órdenes jurídicos; es decir, la convención internacional y la Constitución Mexicana. En esa forma opera el resguardo de los DH de quienes se consideren afectados. Aun es válida aquella frase grandiosa que Don José María Iglesias pronunciara en 1876, la cual señala: “Sobre la Constitución, nada; debajo de la Constitución, todo”. Frase que hoy puede ser acotada, haciendo la precisión siguiente: “Sin embargo, tratándose de la defensa de los derechos humanos, opera la igualdad entre las convenciones internacionales y la Constitución; siempre que el Estado Mexicano sea parte en tales acuerdos”.

*Maestro de Derecho Constitucional, Garantías y Amparo en la Facultad de Derecho de la UNAM.

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Es oportuno precisar lo anterior, ya que existe una enorme confusión sobre el asunto desde tiempo atrás. Este hecho tiene origen por la indebida interpretación del artículo 133 constitucional en su primera parte. El tema comprende a la jerarquía de las normas en México, o sea, la “Constitución, las leyes federales, locales y los tratados o convenciones internacionales”. En donde la propia Carta Magna se encuentra por encima de todos los demás ordenamientos dada la normatividad que se marca a continuación: Se mantiene la supremacía de la Constitución, incluso sobre los tratados o convenciones internacionales en virtud del propio artículo 133 de la Norma Suprema, mismo que en su primera parte establece la jerarquía de las normas, en la forma siguiente: “Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanan

de ella y todos los tratados, que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de la Unión”. No en balde la Suprema Corte Mexicana desde 1999 ha sostenido, con acierto, que la “única suprema es la Constitución”. Y luego, adelantándose al poder revisor de la Constitución, a últimas fechas ha emitido varios criterios en donde sostiene la igualdad entre las convenciones que reconocen DH y la Carga Magna. Tratándose del reconocimiento expreso de los DH y su defensa desde el artículo primero de la Constitución, ésta es suprema, lo mismo hacia el interior y con mayor razón hacia el exterior, sin importar que tenga igualdad con las convenciones internacionales y las garantías establecidas para su defensa. Situación que, lejos de empequeñecer a nuestro sistema jurídico, lo engrandece. Lo cual significa que con motivo de las modificaciones constitucionales recientes, no existe merma de la soberanía nacional a favor de alguna otra nación y sí, un engrandecimiento por la solidaridad internacional que se despliega a favor de las personas, nacionales y extranjeras, en cuanto se refiere a la defensa de sus DH K


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OCTUBRE 2011

NO. 97

8º RIO RS A IVE AN

LA SEGURIDAD NO ES BOTÍN POLÍTICO DE NADIE César Duarte

OCTUBRE 2011

LA VÍCTIMA EN LA LEY DE AMPARO: Humberto Román Franco

Número 97

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$40.00

DEBEMOS CAPACITARNOS EN DERECHOS HUMANOS Patricia Olamendi

NO EXISTE UNA VERDADERA REFORMA LABORAL: José Mier y Concha

TRANSPARENCIA Y RESPETO A DERECHOS HUMANOS, PRIORIDADES EN LA PROCURADURÍA DE JUSTICIA:

MIGUEL ÁNGEL MANCERA


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