GRUPO EDUCACIONAL GONZÁLEZ HEINRICH INSTITUTO POLITÉCNICO PROFESOR GUILLERMO GONZÁLEZ HEINRICH AVDA. JOSÉ PEDRO ALESSANDRI Nº 295 – 356 SEDE NUÑOA
GUIA UNIDAD III “SISTEMA NACIONAL DE AREAS SILVESTRES PROTEGIDAS DEL ESTADO” Profesor
: Francisco Quintana Canessa
Subsector / Módulo
: Ecoturismo
Curso (s) : 3º Medio (Servicios de Turismo) Nombre del Alumno(a): Curso:
El Sistema Nacional de Áreas Silvestres del Estado (SNASPE), creado mediante la Ley 18.362 de 1984, corresponde a aquellos ambientes naturales, terrestres o acuáticos que el Estado protege y maneja para lograr su conservación. El Sistema está formado por las siguientes categorías de manejo: Parques Nacionales, Reservas Nacionales y Monumentos Naturales. Actualmente Chile cuenta con 95 unidades, distribuidas en 32 Parques Nacionales, 48 Reservas Nacionales y 15 Monumentos Naturales, las que en total cubren una superficie aproximada de 14 millones de hectáreas, equivalentes al 19% del territorio nacional. Los Parques Nacionales se distinguen porque todos los recursos naturales que existen en ellos, flora, fauna, recursos hídricos, etc. no pueden ser utilizados con fines económicos, más bien deben ser protegidos. En cambio, los recursos existentes en las Reservas Nacionales pueden ser utilizados en forma sustentable. 1. Parques Nacionales.
que las especies de flora y fauna o las formaciones geológicas, son de especial interés educativo, científico o recreativo. Los objetivos que se pretende son la preservación de muestras de ambientes naturales, de rasgos culturales y escénicos asociados a ellos; la continuidad de los procesos evolutivos, y en la medida compatible con lo anterior, la realización de actividades de educación, investigación y recreación. 2. Reservas Nacional. Se llama Reserva Nacional al área cuyos recursos naturales es necesario conservar y utilizar con especial cuidado, por la susceptibilidad de éstos a sufrir degradación o por su importancia en el resguardo del bienestar de la comunidad. Tiene como objetivo la conservación y protección del recurso suelo y de aquellas especies amenazadas de flora y fauna silvestre, a la mantención de o mejoramiento de la producción hídrica y la aplicación de tecnologías de aprovechamiento racional de éstas. 3. Monumentos Naturales.
Se define como Parque Nacional un área generalmente extensa, donde existen diversos ambientes únicos o representativos de la diversidad biológica natural del país, no alterada significativamente por la acción humana, capaces de autoperpetuarse y en
Monumento Natural es un área generalmente reducida, caracterizada por la presencia de especies nativas de flora y fauna o por la existencia de sitios geológicos relevantes desde el punto de vista escénico, cultural o científicos.
Especialidad SERVICIOS DE TURISMO “Una Experiencia de Vida”
2 Su objetivo es preservar el ambiente natural, cultural y escénico, y en la medida que sea compatible con ello, desarrollar actividades educativas, recreacionales o de investigación.
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c) Por su seguridad •
4. Reglamentación SNASPE •
Código de Conducta para Visitantes de SNASPE a) Por indicaciones expresas Silvestre Protegida
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del
Área
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Las distintas Áreas Silvestres Protegidas del Estado tienen sus propias regulaciones para temas específicos. Infórmese y acate dichas disposiciones; son para su seguridad, para la seguridad de los demás visitantes o para mantener la Unidad en buenas condiciones (www.conaf.cl). • • •
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Cancele la entrada al ingresar a cada Área Silvestre Protegida. Respete los horarios de visita. Evite transitar con vehículos fuera del horario de visita y/o en rutas no autorizadas, así como estacionarlos en sitios no demarcados para tales fines. Dentro de las Áreas Silvestres Protegidas, no ingrese a playas no autorizadas y en especial a aquellas no aptas para el baño. Circule en vehículos apropiados para los caminos y senderos autorizados, cuidando su integridad física y los recursos naturales. Estacione siempre en lugares autorizados. Respete la señalización e instalaciones del Área Silvestre Protegida.
b) Por el respeto a otros/as visitantes • •
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Evite dejar rastro de su visita en el Área Silvestre Protegida. Retírese con la basura que generó. Cuando recorra un sendero, procure hacerlo en silencio para evitar molestias de ruido tanto a otros/as visitantes como a la fauna del entorno. De optar por utilizar música en su estadía, hágalo de una forma prudente, a volúmenes que no incomoden al resto de las personas.
Consulte y siga las recomendaciones de los/as Guadaparques.
Porte su cédula de identidad, pasaporte u otra credencial que permita su identificación. Planifique bien sobre la zona a visitar antes de iniciar la excursión. En los senderos, es aconsejable evitar que los integrantes de su grupo se dispersen. En caso de extravío o accidente, suyo o de alguien más, le recomendamos seguir los siguientes pasos: − No pierda la calma, eso podría agravar la situación. − Aplique los primeros auxilios para los que esté capacitado/a y que se consideren imprescindibles. − Si es posible, no deje sola a la persona herida. En caso contrario, deje señalizado el lugar exacto, para indicarlo a los grupos de rescate. Además, deje protegida a la persona accidentada. − A menos que no exista otra solución, evite evacuar Ud. mismo/a a los heridos. Siempre es preferible buscar ayuda. − Solicite auxilio a Guardaparques, acercándose a la guardería más próxima o llame al 133 de Carabineros si tiene cobertura telefónica.
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Evite extraer e injerir frutas silvestres que no conozca, ya que esto puede causarle problemas de salud y con la autoridad. Evite los incendios forestales. Evite poner en peligro a los suyos, a otros visitantes, a residentes aledaños y al ecosistema. Para ello, se le recomienda lo siguiente: − No lance colillas de cigarrillo ni fósforos al suelo. − Al retirarse de su área de acampar, verifique que su fogata esté totalmente apagada. − Prefiera el uso de cocinillas a gas, o bien, emplee carbón que produzca llamas pequeñas. − No haga fogatas, sino en los lugares autorizados. Avise al personal de
Especialidad SERVICIOS DE TURISMO SEDE ÑUÑOA
3 Guardaparques cuando observe a otros/as usuarios/as haciendo fogatas en lugares no autorizados. •
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Para actividades de turismo aventura que vayan a ser realizadas en forma particular, como Montañismo, Rafting, Buceo u otras, solicite la autorización y registro previo a CONAF. No realice prácticas inseguras. Siempre evalúe la actividad que usted o sus acompañantes van a realizar. Reúna información sobre condiciones climáticas del área y escoja el equipo adecuado a las condiciones que enfrentará. Algunas especies animales pueden ser peligrosas. Procure evitar mamíferos grandes (especialmente en período de celo), arañas, escorpiones, escolopendras (ciempiés), entre otras. Algunas plantas pueden ser peligrosas, por ejemplo: el litre y el culén, causan afecciones alérgicas; otras plantas tienen espinas, como las cactáceas, los espinos, la zarzamora, los calafates, etc.; otras especies son venenosas, como muchos hongos, el palqui y el deu, entre otros. Prevenga algunas enfermedades, como por ejemplo: hanta, evitando el contacto con ratones o sus secreciones; mal de chagas, evitando ser picado por vinchucas; rabia, evitando murciélagos que vuelen de día. Infórmese de los peligros que encierra el lugar que va a visitar y tome las providencias del caso.
d) Por la protección de las especies de flora y fauna y de los ecosistemas •
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No cause daño a la flora: no extraiga plantas, patillas, flores ni frutos. Además, no escriba ni marque sobre los troncos de los árboles. La extracción de madera o de cualquier material orgánico está prohibida. No incurra en un delito e infórmese adecuadamente de los límites de esta área antes de realizar cualquier tipo de corta de madera. CONAF tiene un plan de manejo que regula este tipo de actividad dentro de las Reservas Nacionales, el que está a su disposición para consultar. No moleste a las especies animales, respete sus lugares de reproducción, de
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crianza y de alimentación. No extraiga nidos ni huevos de aves. Obsérvelos desde una distancia prudente. No alimente a especies animales, ya que actuando de esta forma le enseña a ser dependiente, lo que a la larga es perjudicial para el animal, en particular, y para la población de dicha especie. No ejecute acciones que dificulten o interfieran con los ciclos biológicos de plantas y animales. No introduzca ejemplares de flora y fauna, especialmente aquellos ajenos al Área Silvestre Protegida que está visitando. Se incluyen en estas situaciones las mascotas. Se exceptúa el caso de mascotas que son indispensables para el visitante (perros lazarillos que guían a personas ciegas u otros), los cuales deberán estar bajo vigilancia. En las Áreas Silvestres Protegidas la caza está prohibida y la pesca sólo se puede realizar en lugares habilitados y disponiendo del permiso obtenido ante la autoridad respectiva. No contamine los cursos naturales de agua: evite verter las aguas servidas, emplee jabones o detergentes biodegradables. En general, arrojar cualquier tipo de desechos en el agua (ríos, lagos, lagunas y otros). Evite provocar contaminación acústica o visual, es decir, viaje y disfrute en forma silenciosa para minimizar impactos sobre la fauna del lugar y sobre otros/as visitantes. Para evitar generar nuevos impactos en la flora y en el entorno natural que disfruta, no abandone caminos o senderos ni tome atajos. Al crear sendas alternativas, se provocan, además, problemas de erosión. No extraiga ni remueva suelo, humus, turba, arena, ripio, rocas o minerales, debido a que los ecosistemas presentes en las Áreas Silvestres Protegidas son muy complejos y de lenta recuperación. Utilice baños o letrinas. De no existir, practique la técnica del “hoyo de gato” (entierre los desechos en un hoyo no inferior a 20 centímetros de profundidad, lejos de las fuentes de agua, del campamento y senderos, a 60 metros de
Especialidad SERVICIOS DE TURISMO SEDE ÑUÑOA
4 distancia como mínimo). Llévese consigo el papel higiénico, nunca lo queme. e) Por la conservación de los recursos históricoculturales •
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La extracción y tráfico de piezas, objetos o utensilios de origen arqueológico, histórico o paleontológico están normados por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. Su recolección y substracción sin autorización esta penadas. Deje lo que encuentre. Si en su recorrido halla artefactos o piezas arqueológicas o históricas, o le llama la atención algún elemento de la naturaleza (rocas, fósiles, etc.), informe de la ubicación de ellos a los/as Guardaparques. No compre objetos de valor histórico o cultural, forman parte del patrimonio cultural nacional. Le recordamos que su compra y venta está penada por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. No pise, remarque o raye los sitios de arte rupestre (petroglifos, geoglifos o pinturas parietales). No intente obtener copias o recuerdos con su extracción. Remítase a admirarlos o registrar estas obras mediante fotografías, y en donde esté permitido. En caso de duda, consulte a el/la Guardaparque. No altere los rasgos arquitectónicos en sitios de carácter monumental (protegidos por la Ley 17.288). Por su seguridad, no intente subir a muros, pircas o a cualquier estructura arqueológica o histórica. De este modo colabora con su conservación. En su recorrido por sitios de interés cultural, respete los senderos y caminos habilitados. Evite salirse de ellos e ingresar con vehículos motorizados a áreas no habilitadas para el uso público. Realice sus visitas a los sitios arqueológicos o históricos, acompañado/a(s) de un/a Guardaparque o de un/a guía de turismo, respetando sus indicaciones. Respete toda manifestación cultural de las comunidades indígenas presentes en Áreas Silvestres Protegidas. Las especiales características del patrimonio arqueológico y natural de Isla de Pascua, gran parte protegido por el
Parque Nacional Rapa Nui, demandan una especial conducta por parte de los visitantes. El respeto y acatamiento de las siguientes indicaciones, le permitirá disfrutar de mejor manera su visita, y contribuir a la conservación de un patrimonio cultural de valor universal: − No suba y ni transite sobre las plataformas ceremoniales (Ahu), estatuas u otras estructuras arqueológicas. Tienen un carácter sagrado para los/as rapanui. − En su visita a la Aldea Ceremonial de Orongo, por su seguridad no suba ni intente ingresar a las casas o estructuras arqueológicas. − Colabore con la conservación de las estatuas. Evite pisar, tocar o apoyarse en los moai. − No pise, raye o remarque el arte rupestre isleño (petroglifos y pinturas). − No deje inscripciones o graffiti. − No recolecte o extraiga objetos, piedras o piezas arqueológicas u otros bienes similares. − Cualquiera de las acciones señaladas están penadas por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales. No se exponga a multas y sanciones penales. − Asegúrese de contar con un buen servicio de interpretación turística, exija un tour con guías turísticos certificados. Recurra a los/las Guardaparques en caso de requerir información u orientación durante su visita. − Respete los senderos habilitados y la señalización en los sitios arqueológicos. − Haga su estadía en la isla agradable y placentera, respetando a la comunidad rapanui.
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Código de Conducta para
5 Servicios de Turismo al interior de SNASPE
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a) Sobre condiciones generales •
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Previo a su visita al Área Silvestre Protegida, contacte a la oficina de informaciones de CONAF (consulta.oirs@conaf.cl) Respete y cumpla las normas vigentes en las Áreas Silvestres Protegidas del Estado, así como las indicaciones que efectúe personal de CONAF en temas como, por ejemplo, la localización de campamentos temporales, lugares de zarpe o desembarque autorizados para embarcaciones, el manejo de residuos, etc. Desarrolle sus actividades de terreno con total precaución y declare expresamente que exime de toda responsabilidad a CONAF por toda contingencia, cualquiera fuere su causa y efectos, que comprometan a Ud. y su equipo de trabajo. Conozca las leyes que rigen en el SNASPE y la normativa y reglamentos a los que estará sujeto durante la actividad. En este sentido, CONAF ha desarrollado el documento “Buenas prácticas para el ecoturismo”, además de los distintos reglamentos para actividades deportivas en el SNASPE, a los que deben atenerse todos/as los/as usuarios/as que deseen realizar estas actividades. Entregue la ficha descriptiva de la actividad a personal de Guardaparques para la actividad específica que vaya a realizar con clientes. Se incluye la ficha en Anexo I de este código de conducta, el cual debe ser completado y enviado a CONAF. Colabore con el Cuerpo de Guardaparques, específicamente en su función de control de la actividad, que consistirá en verificar la ficha de la actividad, la autorización del guía, la disponibilidad de equipamiento técnico, la nómina de participantes, la autorización de guías, etc. Asimismo, colabore con el personal de Guardaparques cuando éste deba controlar en terreno cualquier etapa de las actividades que estén en ejecución con sus clientes.
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Compruebe que cada cliente haya cancelado su ingreso al Área Silvestre Protegida. La entrada (ticket) debe ser portada en todo momento, pues los Guardaparques podrán controlar en cualquier minuto y en cualquier sitio. Instruya a sus clientes para que conserven el ticket hasta la salida del Área Silvestre Protegida. Proporcione a sus clientes una adecuada información sobre el lugar donde se realiza la actividad, enfatizando la importancia de contribuir a la conservación del patrimonio natural y cultural del Área Silvestre Protegida. Esto incluye que usted fomente, motive y acompañe a los clientes a asistir al Centro de Información Ambiental de CONAF, cuando éste exista, para que reciban una charla introductoria a cargo de un/una Guardaparque. Tenga a disposición de sus clientes Libros de Reclamos y Sugerencias. Cuando las opiniones vertidas en estos libros estén directamente relacionadas con el Área Silvestre Protegida, hágalo saber a la máxima autoridad del área. CONAF tiene la responsabilidad y la disposición de solucionar inquietudes, siempre y cuando se relacionen con la administración del Área Silvestre Protegida. Asimismo, usted o sus clientes podrán emitir reclamos y sugerencias directamente en los libros destinados para tal fin que se encuentran en el Área Silvestre Protegida. También puede hacerlas llegar directamente al correo: consulta@conaf.cl Por su seguridad y la de sus clientes, bajo ciertas circunstancias, CONAF podrá suspender la ejecución de sus servicios y/o actividades de turismo de aventura en el Área Silvestre Protegida debido a las siguientes causas: − Ingreso de un número excesivo de grupos en un mismo día. − Condiciones climáticas adversas. − Pronóstico de mal tiempo. − Incumplimiento de normas exigidas por CONAF a su empresa, sus guías y/o sus clientes. − Actividad volcánica. − Otras.
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6 b) Sobre las características servicios/actividades de aventura que usted presta •
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de los turismo
Cuente con guías especializados para cada actividad/servicio que ofrezca, con calidad profesional debidamente acreditada ante CONAF y que hayan sido expresamente autorizados por ésta. Lleve una planificación adecuada de las actividades que tenga previsto realizar, que pueda ser monitoreada y evaluada permanentemente. Cuente con el equipamiento y elementos técnicos apropiados para la realización de cada actividad/servicio que ofrezca, además de mantenerlos en buen estado operativo, asegurándose que toda la logística para su desarrollo se encuentre disponible en el momento y lugar adecuado. Preocúpese especialmente del correcto y oportuno mantenimiento y funcionamiento integral de equipos, elementos técnicos complementarios, medios de transporte y/o animales utilizados en la actividad, con el fin de otorgar la máxima seguridad a sus clientes. Incorpore equipos de radiocomunicación e instrumental técnico para orientación (brújulas, fotos aéreas, cartas IGM, GPS, otros), según las características de las actividades que vaya a desarrollar (duración, lejanía, accesibilidad, etc.).
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c) Sobre emergencias y accidentes •
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La empresa/persona adquiere plena responsabilidad en caso de extravío o accidente de visitantes a su cargo en las actividades de turismo de aventura, liberando a CONAF de toda responsabilidad en esta materia. Independientemente de lo anterior, se recomienda que la empresa presente a CONAF un Plan de Emergencias, que describa los procedimientos a seguir y considere las características físicas particulares del lugar dentro del Área Silvestre Protegida visitada. En los casos de emergencia, ponga a disposición de CONAF o de la autoridad que corresponda, a los guías que prestan servicio en el Área Silvestre Protegida. Lo
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anterior, con el fin de prestar colaboración en las referidas actividades de emergencia, por lo que se suspenden así los compromisos de actividades de turismo de aventura que tenga previstos en el área. Ponga a disposición de CONAF archivo actualizado sobre incidentes y/o accidentes para su consulta y/o análisis posterior y para revisar la calidad del plan de manejo de riesgo que utiliza e identificar las acciones de mejoramiento. Contrate seguros de vida para sus guías y clientes de las actividades específicas de turismo de aventura, con seguros del tipo innominado. Informe explícitamente las restricciones que impone el seguro sobre la cobertura (por ejemplo, límite de edad, enfermedades preexistentes u otros). CONAF hará una investigación institucional en caso de accidentes que afecten a las empresas/personas autorizadas para operar en Áreas Silvestres Protegidas del Estado. CONAF podrá suspender la autorización otorgada a guías que laboren para usted, cuando éstos incurran en actos de indisciplina o engaños, que atenten contra la seguridad de los/as visitantes a su cargo, informándole a usted tal situación para el cumplimiento de la disposición. La investigación técnica de los accidentes corresponderá, cuando proceda, a las autoridades o instituciones pertinentes, tales como Carabineros de Chile, Dirección General del Territorio Marítimo, Cuerpo de Socorro Andino, Federación de Andinismo de Chile, etc. Mientras dure la investigación, el/la guía involucrado/a en el accidente no podrá ejercer la actividad que efectuaba anteriormente. Como empresa responsable del accidente, ponga a disposición de las autoridades pertinentes su cuerpo de guías, para colaborar con la búsqueda y rescate de las personas accidentadas.
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7 d) Planes de emergencias para prestadores de servicios de turismo en el SNASPE Los contenidos mínimos exigidos por CONAF son: • • • • •
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Identificación de las personas responsables de la aplicación del plan de emergencia (jefe de guías, guías u otro). Roles del personal implicado en el plan de respuesta a las emergencias. Sistemas de comunicación a emplear. Primeros auxilios con los que se cuenta. Evacuaciones de emergencia, incluyendo los medios para trasladar a una persona enferma o accidentada a un centro de atención médica, teniendo presente la posición geográfica, distancia, dirección a partir del punto del siniestro, vías de accesos al lugar de evacuación y medios de transporte para hacerlo (vehículo, helicóptero, avión, embarcación u otros). Identificación y ubicación de los organismos y personas a contactar en caso de emergencia (Bomberos, Carabineros, Ambulancia, Ejército, Cuerpo de Socorro Andino, Servicio Aéreo de Rescate, Centros de Salud y otros). Procedimientos de búsqueda. Procedimientos de rescate. Gestión y manejo básico de crisis. Medidas de seguridad y procedimientos en caso de incendio. Medidas de seguridad y procedimientos en caso de catástrofes naturales. Manual Operativo para Actividades de Uso Recreativo en las Áreas Silvestres Protegidas del Estado
Introducción El nuevo marco legal ambiental, apunta a reforzar el cumplimiento de los objetivos de protección y conservación de los recursos naturales, especialmente los relativos a la diversidad biológica y a los componentes físicos del entorno dentro de lo cual cabe incorporar el adecuado uso recreativo de las unidades que conforman el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE).
En este contexto y al considerar que en la gestión y objetivos del SNASPE se contempla dar oportunidades de recreación y educación ambiental a la comunidad toda, es menester la adopción de medidas de buena administración que tiendan a asegurar y garantizar la calidad de la permanencia de los visitantes, tanto en sus experiencias recreativas y culturales, como en su seguridad y protección personal. Por lo expuesto, adquiere relevancia la necesaria orientación y definición de condiciones para los y las usuarios del mencionado Sistema, con la finalidad de lograr efectivamente la protección y conservación de los recursos existentes en las áreas administradas por la Corporación Nacional Forestal (CONAF). Normativa: 1. Las normas de seguridad y prevención de riesgos para los visitantes de un Área Silvestre Protegida, tanto las escritas como las que impartan verbalmente en todos los casos y en especial en situaciones de emergencia, los guardaparques o funcionarios del área, serán de acatamiento obligatorio, por la propia seguridad de las personas. 2. Sin perjuicio de las normas específicas contempladas en el plan de manejo de cada Área Silvestre Protegida, los visitantes deberán mantener limpia el área visitada, estando obligados a depositar la basura en los lugares establecidos para este fin, o retornar los desechos a sus domicilios particulares para destinarlos al servicio de recolección domiciliario municipal autorizado. 3. Los visitantes estarán obligados a respetar las siguientes disposiciones: a) Ingresar por los lugares establecidos como ingresos oficiales de la Unidad, pagando la respectiva tarifa. Autorizaciones especiales para el ingreso con algún tipo de franquicia (liberación o rebaja del pago), podrán ser solicitadas por escrito a la Dirección Regional de CONAF.
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8 b) Respetar los avisos y señales existentes en el área. c) Respetar y obedecer los horarios de visita en cada Unidad. 4. Los visitantes de un área silvestre protegida deben abstenerse de conductas perjudiciales como: a) Causar cualquier tipo de deterioro en los bienes inmuebles, instalaciones, equipo u otros b) Pernoctar, merendar, encender fuego o transitar en los lugares o sitios que no se encuentren expresamente habilitados o autorizados para ello. c) Destrucción o daño de bienes culturales, así como su transporte, tenencia y comercialización. d) Remover o extraer suelo, hojarasca, humus, turba, arena, minerales, restos paleontológicos y arqueológicos, tierra, ripio, rocas u otros áridos. e) Intimidar, molestar, capturar, desplazar, sacar, herir o dar muerte a ejemplares de la fauna, o ejercer cualquier acción en contra de ellos, como así mismo destruir nidos, lugares de reproducción o crianza o ejecutar acciones que interfieran o impidan el cumplimiento del ciclo de reproducción de las especies. f) Cortar, quemar, descepar, sacar, extraer o mutilar ejemplares de flora. Respecto al uso del fuego, ver anexo 1 g) Recolectar huevos, crías, larvas, semillas o frutos. h) Introducir ejemplares de flora y fauna ajenos al área, incluyendo mascotas. Se exceptúa el caso de mascotas que son indispensables para el visitante (perros lazarillos que guían a personas ciegas, u otros), los cuales deberán estar bajo vigilancia. i) Destruir o alterar el hábitat de especies de flora y fauna silvestre. j) Portar armas o instrumentos que puedan usarse en la cacería o pesca. En el caso de esta última, se exceptúan las áreas protegidas que según el Plan de Manejo esté autorizada y si la licencia para tal actividad lo permite; esta será regida
k)
l)
m)
n)
por las disposiciones contenidas en el anexo 2. Practicar cualquier tipo de deportes que impliquen una alteración del área o la contaminen visual, material o acústicamente, como alas delta, parapente, rally automovilístico, motocross y otros. Realizar actividades especiales que a pesar de estar autorizadas por CONAF, no se utilice el equipamiento adecuado para ello. Ejemplo: andinismo, navegación, montañismo y otros. Hacer funcionar con alto volumen: radios, televisores u otros aparatos que puedan importunar a otras personas. En general, ejecutar cualquiera acción contraria a los objetivos establecidos en el área silvestre protegida.
5. En las Áreas Silvestres Protegidas queda prohibida la realización de las siguientes conductas por parte de los visitantes: a) Las manifestaciones individuales y/o grupales que interfieran con el normal funcionamiento del área protegida, o presenten un peligro inminente para los visitantes involucrados en la actividad en cuestión o comprometan el disfrute de otros visitantes o alteren de alguna forma los recursos y valores de la unidad o afecten negativamente la imagen de la Corporación. b) Abandonar objetos, animales o equipos de cualquier clase. c) Instalar o pegar propaganda no autorizada. d) Provocar escándalos, embriagarse o faltar a la moral. e) Transitar con vehículos fuera del horario y/o rutas establecidas y estacionarlos en sitios no demarcados para tales fines. f) Efectuar filmaciones con fines comerciales, sin autorización de CONAF g) Suministrar alimentos a los animales silvestres.
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9 6. El incumplimiento de las regulaciones establecidas en este Manual Operativo, faculta a los funcionarios del Área Silvestre Protegida para expulsar al infractor y presentar la denuncia que corresponda a la autoridad judicial y no autorizar su ingreso en el futuro. 7. El visitante asume los riesgos, personales o sobre sus bienes, que puedan presentarse durante su permanencia en un Área Silvestre Protegida. Asimismo, la Corporación ni el Fisco serán responsables por cualquier lesión, daño o perjuicio que sufra el visitante como consecuencia de la violación de las normas y orientaciones de este Manual. 8. El Cuerpo de Guardaparques de la Corporación Nacional Forestal y sus funcionarios dependientes, están expresamente facultados para supervigilar el cumplimiento del presente reglamento en la Áreas Silvestres Protegidas del Estado de Chile. 9. La administración del Área Silvestre Protegida, podrá restringir el acceso de visitantes al área, cuando su número supere los limites de capacidad permisible de visitación establecidos para cada uno de ellos. 10.Los visitantes podrán dejar estampadas las observaciones que estimen pertinentes en el Libro de Reclamos y Sugerencias existentes en las casetas de control de cada unidad. ANEXO 1: Sobre uso del Fuego
fogatas deben completamente.
ser
apagadas
c) La administración del área silvestres protegida, por razones especiales y fundadas (sequía, concentración de público u otras) podrá prohibir la posibilidad de encender fogatas dentro de los límites del área. Asimismo, durante todo el tiempo que estime necesario, podrá prohibir que se fume en cualquier zona del área, incluso en senderos y caminos. d) Queda prohibido tirar o botar cigarrillos, fósforos u otros materiales encendidos. ANEXO 2: Sobre Pesca Autorizada en Algunas Unidades del SNASPE La pesca se practicará de acuerdo con las leyes y reglamentos que rigen en el país, así como lo señalado en los respectivos Planes de Manejo de las Áreas Silvestres Protegidas donde esta actividad esté autorizada, y de acuerdo a las siguientes normas: a) Se prohíbe la pesca por medio de drogas, venenos, explosivos o electricidad. b) Se prohíbe escarbar la tierra en busca de carnada. c) Se prohíbe el traslado o la introducción de peces vivos, o huevos de peces, en las aguas dulces de cualquier Área Silvestre Protegida, a menos que la Corporación así lo autorice en forma específica.
En los sitios debidamente habilitados para ello. En otros lugares, sólo con autorización expresa de la Administración del área.
d) Cualquier pez que mida menos de la medida mínima autorizada o más de la medida máxima autorizada, o que pertenezca a una especie cuya pesca esté prohibida, y cualquier pez que el pescador no desee guardar, deberán ser cuidadosa e inmediatamente devuelto al agua de la que haya sido extraído.
b) Las fogatas deben encenderse de tal manera que ningún árbol, arbusto, pasto u otra materia inflamable o combustible pueda prender fuego o quedar en peligro de incendiarse. Una vez utilizadas, las
e) Los permisos de pesca pertinentes deben mostrarse a solicitud de cualquier persona autorizada encargada de velar por el cumplimiento de lo estipulado en este Reglamento.
a) Se permitirá el uso de fuego solamente: • •
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10 f) Se prohíbe la pesca destinada a fines comerciales, así como su práctica deportiva en aguas dulces con ayuda de redes, trampas, arpones, espineles o por
cualquier método que no sea el uso de caña y anzuelo manuales.
LISTADO DE PARQUES, RESERVAS Y MONUMENTOS NACIONALES DE CHILE REGIÓN
TIPO
NOMBRE
REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
MONUMENTOS
MONUMENTO NATURAL SALAR DE SURIRE
REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
PARQUES
PARQUE NACIONAL LAUCA
REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LAS VICUÑAS
REGIÓN DE TARAPACÁ
PARQUES
PARQUE NACIONAL VOLCÁN ISLUGA
REGIÓN DE TARAPACÁ
RESERVAS
RESERVA NACIONAL PAMPA DEL TAMARUGAL
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
MONUMENTOS
MONUMENTO NATURAL LA PORTADA
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
PARQUES
PARQUE NACIONAL LLULLAILLACO
REGIÓN DE ANTOFAGASTA
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LOS FLAMENCOS
REGIÓN DE ATACAMA
PARQUES
PARQUE NACIONAL LLANOS DE CHALLE
REGIÓN DE ATACAMA
PARQUES
PARQUE NACIONAL NEVADO DE TRES CRUCES
REGIÓN DE ATACAMA
PARQUES
PARQUE NACIONAL PAN DE AZUCAR
REGIÓN DE COQUIMBO
MONUMENTOS
MONUMENTO NATURAL PICHASCA
REGIÓN DE COQUIMBO
PARQUES
PARQUE NACIONAL BOSQUES DE FRAY JORGE
REGIÓN DE COQUIMBO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LAS CHINCHILLAS
REGIÓN DE COQUIMBO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL PINGÜINO DE HUMBOLDT
REGIÓN DE VALPARAÍSO
MONUMENTOS
MONUMENTO NATURAL ISLA CACHAGUA
REGIÓN DE VALPARAÍSO
PARQUES
PARQUE NACIONAL ARCHIPIELAGO DE JUAN FERNANDEZ
REGIÓN DE VALPARAÍSO
PARQUES
PARQUE NACIONAL LA CAMPANA
REGIÓN DE VALPARAÍSO
PARQUES
PARQUE NACIONAL RAPA NUI
REGIÓN DE VALPARAÍSO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL EL YALI
REGIÓN DE VALPARAÍSO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LAGO PEÑUELAS
REGIÓN METROPOLITANA
MONUMENTOS
MONUMENTO NATURAL EL MORADO
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11 REGIÓN METROPOLITANA
RESERVAS
RESERVA NACIONAL RÍO CLARILLO
REGIÓN METROPOLITANA
RESERVAS
RESERVA NACIONAL ROBLERÍA DEL COBRE DE LONCHA
REGIÓN DEL LIBERTADOR BDO. O'HIGGINS
RESERVAS
RESERVA NACIONAL RÍO LOS CIPRESES
REGIÓN DEL MAULE
PARQUES
PARQUE NACIONAL RADAL SIETE TAZAS
REGIÓN DEL MAULE
RESERVAS
RESERVA NACIONAL ALTOS DE LIRCAY
REGIÓN DEL MAULE
RESERVAS
RESERVA NACIONAL FEDERICO ALBERT
REGIÓN DEL MAULE
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LAGUNA TORCA
REGIÓN DEL MAULE
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LOS BELLOTOS DEL MELADO
REGIÓN DEL MAULE
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LOS QUEULES
REGIÓN DEL MAULE
RESERVAS
RESERVA NACIONAL LOS RUILES
REGIÓN DEL MAULE
RESERVAS
RESERVA NACIONAL RADAL 7 TAZAS
REGIÓN DEL BÍO BÍO
PARQUES
PARQUE NACIONAL LAGUNA DEL LAJA
REGIÓN DEL BÍO BÍO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL HUEMULES DEL NIBLINTO
REGIÓN DEL BÍO BÍO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL ISLA MOCHA
REGIÓN DEL BÍO BÍO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL ÑUBLE
REGIÓN DEL BÍO BÍO
RESERVAS
RESERVA NACIONAL RALCO
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
MONUMENTOS
MONUMENTO NATURAL CERRO ÑIELOL
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
MONUMENTOS
MONUMENTO NATURAL CONTULMO
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
PARQUES
PARQUE NACIONAL CONGUILLIO
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
PARQUES
PARQUE NACIONAL HUERQUEHUE
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
PARQUES
PARQUE NACIONAL NAHUELBUTA
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
PARQUES
PARQUE NACIONAL TOLHUACA
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
PARQUES
PARQUE NACIONAL VILLARRICA
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
RESERVAS
RESERVA NACIONAL ALTO BIO-BIO
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
RESERVAS
RESERVA NACIONAL CHINA MUERTA
REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
RESERVAS
RESERVA NACIONAL MALALCAHUELLO
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12 REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
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REGIÓN DE MAGALLANES
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MONUMENTO NATURAL CUEVA DEL MILODÓN
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MONUMENTO NATURAL LAGUNA DE LOS CISNES
REGIÓN DE MAGALLANES
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MONUMENTO NATURAL LOS PINGÜINOS
REGIÓN DE MAGALLANES
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PARQUE NACIONAL ALBERTO DE AGOSTINI
Especialidad SERVICIOS DE TURISMO SEDE ÑUÑOA
13 REGIÓN DE MAGALLANES
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RESERVA NACIONAL ALACALUFES
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RESERVA NACIONAL LAGUNA PARRILLAR
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RESERVA NACIONAL MAGALLANES
Especialidad SERVICIOS DE TURISMO SEDE ÑUÑOA