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Derechos Humanos fundamentales de las personas usuarias de drogas inyectables

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Recibe esta cartilla que tiene como propósito: 1. Que conozcas tus derechos como ciudadano/a, independientemente de tu consumo de drogas. 2. Promover que policías, personal médico o cualquier otra persona respeten tus derechos. 3. Que sepas dónde y cómo poner una queja cuando se requiera.

Pregunta a promotores/as de salud de tu ciudad para recibir más información.

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Derecho a gozar de todos los derechos humanos reconocidos en la Constituci贸n y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.

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Derecho de acceso a los servicios que otorga el Estado como la educación, la salud, la impartición de justicia, el desarrollo social y todos aquellos que garanticen el desarrollo integral de la persona, sin que medie algún condicionamiento relativo al abandono del uso de drogas, sometimiento forzoso a tratamientos de rehabilitación, así como al acceso efectivo a la atención integral de la salud, incluyendo terapias de sustitución.

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Derecho a la no discriminaci贸n e igualdad de trato, digno y respetuoso. El consumo de drogas no es motivo de violencia o privaci贸n de la libertad sino un asunto de salud p煤blica.

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Derecho a políticas públicas que aborden el consumo de drogas desde una perspectiva de salud pública.

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Derecho al acceso, sin discriminaci贸n, a programas de reducci贸n de da帽os: intercambio de jeringas, acceso voluntario a tratamiento por consumo de drogas, y/o prueba de VIH, entrega de condones, servicios de salud sexual y reproductiva, tratamiento y atenci贸n de VIH, hepatitis y otros programas que reduzcan las afectaciones a la salud y servicios integrales de salud.1*

*Consultar hoja de referencias

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Derecho a portar instrumentos de inyección, sin que esto constituya una razón para maltrato físico, sexual, psicológico, privación de la libertad, extorsión y confiscación de instrumentos de inyección.

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Derecho incondicionado a mantener contacto con sus redes sociales de apoyo.

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Derecho a sistemas efectivos de vigilancia epidemiolĂłgica de forma confidencial con el fin de mejorar las polĂ­ticas pĂşblicas y servicios.

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Derecho a recibir informaci贸n, servicios educativos, de seguridad y de salud por parte de personal capacitado y sensible a sus necesidades y problem谩ticas.

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Derecho a servicios y programas de reducci贸n de da帽os y de salud sexual y reproductiva que sean amigables para j贸venes usuarios de drogas inyectables.

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Derecho a contar con programas de reducci贸n de da帽os en contextos de reclusi贸n y privaci贸n de libertad.

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Derecho a la integridad personal.

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Derecho a la privacidad.

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Derecho de asociaci贸n.

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Derecho a la informaci贸n y a la libre expresi贸n.

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Derecho a portar dosis personal 2*

*Consultar hoja de referencias

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Hoja de referencias *1 Según la Norma Oficial Mexicana para la prevención, tratamiento y control de la adicciones, Reducción del daño, es el conjunto de acciones dirigidas a evitar o reducir situaciones de riesgo y limitar los daños asociados al consumo de sustancias psicoactivas, por lo que se articula necesariamente con la prevención y el tratamiento. No pretende necesariamente la abstinencia. Para el caso de VIH/SIDA, es la estrategia con la que se considera que a través de información a los usuarios sobre el VIH/SIDA, instrucción sobre limpieza adecuada de jeringas, del uso de agujas y jeringas estériles, dotación de condones, cloro,

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gasa y otros, además de asesoría médica, realización de prueba de detección del VIH, trabajo comunitario de acercamiento a las y los usuarios de drogas inyectadas, formación de grupos interdisciplinarios y consejería sobre uso de drogas, es la manera más segura y efectiva de limitar la transmisión de VIH por los consumidores de drogas inyectadas.

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Hoja de referencias *2 Ley general de salud art. 479. Debido a que ciertas sustancias psicoactivas son nocivas para la salud, están prohibidas las actividades que fomenten su consumo o lucren con el mismo, a fin de proteger a la población en general de sus efectos dañinos, en especial a las personas que presentan adicción a estas sustancias y que son las víctimas directas de esas actividades ilícitas. Así, la producción, distribución, posesión y comercio de drogas están penados en nuestro país, pero no su consumo. Sin embargo, la falta de penalización no significa que la política criminal en relación con las drogas fomente su uso; por el

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contrario, busca inhibir esa conducta castigando a quienes la fomentan, al tiempo que diversas disposiciones facilitan la rehabilitaci贸n del adicto sin ahuyentarlo de los servicios de salud.

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Tabla de orientación de dosis máxima, consumo personal e inmediato

Opio Diacetilmorfina o Heroína Cannabis Sativa, Indica o Mariguana

2 gr 50 gr 5 gr

Cocaína

500 mg

Lisergida (LSD)

.015 mg

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Polvo granulado o cristal

Tabletas o cรกpsulas

40 mg

Una unidad con peso no mayor a 200 mg

MDMA, DL-34-Metilendioxi-N40 mg Dimetilfeniletilamina

Una unidad con peso no mayor a 200 mg

Metanfetamina

Una unidad con peso no mayor a 200 mg

MDA, Metilendioxianfetamina

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Documentos que respaldan estos derechos

1. Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos. 2. Ley General de Salud. 3. Norma Oficial Mexicana NOM-028-SSA2-2009 - Para la prevención, tratamiento y control de las adicciones. 4. Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-2010, Para la prevención y el control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana. 5. Declaratoria de Principios sobre Reducción de Daños, RED Mexicana de Reducción de Daños, Villahermosa Tabasco, julio 2011.

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6. Convención americana sobre Derechos Humanos. 7. Documento de posición sobre UDIS y el acceso al tratamiento de VIHGNP+ y ICW, 2005. 8. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación sobre la mujer. 9. Belém Do pará 10. Understanding drug related stigma. 11. Principio de igualdad y no discriminación.

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Centro SER, A.C. Ave. González Ortega # 8 8 1 , Z o n a C e n t ro , Tijuana,MÉXICO. www.centroser.org TEL. 664 381 0469

Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED) Dante No. 14, Col. Anzures. Delegación Miguel Hidalgo. C.P. 11590, México, D.F. www.conapred.org.mx Tel. Lada sin costo 01 800 543 0033

Centro Nacional para la Prevención y el Control de VIH/Sida (CENSIDA) www.censida.salud.gob.mx · facebook.com/censida · www.twitter.com/censida

TelSida, en el DF y zona metropolitana al 5207 4077, y sin costo del interior del país al 01800 712 0886 y 01800 712 0889 Fundación Mexicana para la Salud, A.C. www.funsalud.org.mx Este material es gratuito, su impresión y distribución es en el marco Proyecto Fortalecimiento de las estrategias nacionales de prevención y reducción de daños dirigidas a HSH y personas UDI financiado por el Fondo Mundial de lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria - Ronda 9.

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