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Revista digital

Nº1 , año I 2019

DERECHOS HUMANOS DE LOS NIÑOS NIÑAS Y ADOLECENTES

Editor: Egduin Veliz


Revista digital

EDITORIAL La presente edición va dirigida a los derechos humanos de los niños, niñas y adolecentes, a las diferentes normativas y órganos tanto nacionales como internacionales. Los derechos del niño son un conjunto de normas jurídicas que protegen a las personas hasta cierta edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia.

Nº1 , año I 2019


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Nº1 , año I 2019

Índice Editorial

Pág. 2

Infografía: Cronología de la evolución y desarrollo de los derechos de los niños, niñas y adolecentes a nivel internacional

Pág. 4

Infografía: Cronología de la evolución y desarrollo de los derechos de los niños, niñas y adolecentes en Venezuela

Pág.5

Normas internacionales que tutelan los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Audios

Pág.6

Reflexión acerca del cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela

Pág.7

Análisis de los organismos internacionales y nacionales de protección y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes

Pág.10

Normativa nacional que tutela los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela

Pág.19

Videos sobre la normativa nacional que tutela los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela

Pág.20


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Nº1 , año I 2019

INFOGRAFÍA Cronología de la evolución y desarrollo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a nivel internacional


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Nº1 , año I 2019

INFOGRAFÍA Cronología de la evolución y desarrollo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela


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Nº1 , año I 2019

Normas internacionales que tutelan los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas Nº 1386 Declaración de los Derechos del Niño 20 de noviembre de 1959

Establece de manera general los derechos de los niños y niñas en su relación con el Estado

LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, DE 20 DE NOVIEMBRE DE 1989

La Convención recoge y completa los diez principios básicos de la Declaración de los Derechos del Niño de 1959

CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y A LA COOPERACIÓN EN MATERIA DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL: LA HAYA, 1993

Los Estados signatarios de este Convenio parten del reconocimiento del niño como un ser que, para el desarrollo armónico de su personalidad, necesita crecer en un medio familiar y en un clima adecuado de felicidad, amor y comprensión

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES adoptado por las Naciones Unidas, el 16 de diciembre de 1966, y fue ratificado por España el 27 de abril de 1977.

Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, especialmente para su constitución y mientras sea responsable del cuidado y la educación de los hijos a su cargo

Convenio de La Haya, de 25 de octubre 1980, sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores. Fue firmado por España el día 7 de febrero de 1986, siendo ratificado el 16 de junio de 1987

Se reconoce por todos los Estados signatarios, de forma expresa, la importancia de proteger al menor de 16 años en el plano internacional los efectos perjudiciales que podría ocasionarle un traslado o una retención ilícita…

RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO A30172/92, SOBRE UNA CARTA EUROPEA DE LOS DERECHOS DEL NIÑO, DE 8 DE JULIO DE 1992

Esta Resolución considera que la infancia de todo individuo y las particulares circunstancias de su entorno familiar y social determinan en gran medida su vida posterior de adulto; que la familia desempeña un papel fundamental para el desarrollo armónico de la personalidad del niño; que los niños tienen unas necesidades específicas que hay que satisfacer y proteger; y que estas necesidades generan una serie de derechos para los niños y unos deberes para los padres, Estado y sociedad

https://soundcloud.com/user-766751338/r20190607-135431 https://soundcloud.com/libia-sanchez-635682627/ddhh-ninzos https://soundcloud.com/user-765733046/disertacion-aspectos-resaltantes-normas-internac/s-frCJ2


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Reflexión acerca del cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela. Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de la Constitución , la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República” .

De allí, se desprende los instrumentos jurídicos que garantizan la protección, defensa de niños y adolecente como sujeto social de derechos y se reconocen sus derechos y deberes en cada etapa de su desarrollo. La LOPNA tiene por objeto es regular los derechos y garantías, así como los deberes y responsabilidades relacionadas con la atención y protección de los niños, niñas y adolescente, además esta ley refuerza el concepto de familia como cédula fundamental de la sociedad, por lo que le da gran importancia a las obligaciones que tiene como responsable principal, inmediata e irrenunciable en el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.

En este sentido, es obligación del estado de proteger y apoyar a la familia como grupo social esencial, en sus distintos niveles de actuación (municipal, regional y nacional, judicial, legislativo y ejecutivo). y por ser personas de interés social la república se acoge a los Principios en los cuales se fundamenta la Doctrina de Protección Integral desarrollada en la Convención sobre los Derechos del Niño, la cual fue ratificada por Venezuela y que además está consagrada constitucionalmente y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNNA) Este principio de Interés Superior debe ser considerado ante todas las medidas a tomar por las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, autoridades administrativas u órganos legislativos concernientes a los niños, niñas y adolescentes.


Reflexión acerca del cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela. Así como también, el estado se rige por la Convención Internacional sobre los Derechos del niño, de fecha 20 de noviembre de 1989, cuyo objeto principal fue transformar necesidades en derechos; por ejemplo: anteriormente se consideraba que la infancia tenía necesidad de educación y salud; con la aprobación de la Convención se transformaron en derechos en vez de necesidades. y para el 29 de agosto de 1990, promulgo en Venezuela la Ley Aprobatoria de la Convención sobre los Derechos del Niño para brindarles protección social y jurídica a los niños, niñas y adolescente. Otro aspecto a resaltar, se centra en el Interés Superior de los Niños, Niñas y Adolescentes, el cual es de obligatorio cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los niños, niñas y adolescentes. Este principio está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías.

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En este orden de ideas, es obligatorio que el Sistema de Protección del Niño y del adolescente, el cual se encuentra estructurado de la siguiente forma: Órganos administrativos, Son las instancias públicas creadas por el estado con la participación activa de la sociedad, a las cuales se puede acudir en busca de orientación y solución de problemas relativos a los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Para la defensa y protección de los derechos colectivos y difusos se crean los consejos de derechos; para la defensa de los derechos individuales se crean los Consejos de Protección en cada Municipio. Consejo de Derechos: Nacional, Estadal y Municipal. Consejo de Protección: Municipal, Órganos Jurisdiccionales, Dependen del Poder Judicial, son los que dictan la normativa jurídica para la resolución de problemas cuando una situación llega a su pleno conocimiento. Estos organismos jurisdiccionales se dividen en: Tribunales de Protección del Niño y Adolescente; Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la cual se conocerá el Recurso de Casación. El Ministerio Público: Mejor conocido como la Fiscalía, es el encargado de velar por el cumplimiento de las normativas legales. Las Entidades de Atención: Son aquellas instrucciones de interés público, que ejecutan programas, medidas y sanciones; deben asegurar el respeto a los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes, ajustando su funcionamiento al Principio del Interés Superior del Niño.


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Reflexión acerca del cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela. Las Defensorías: Son servicios de interés público organizados y desarrollados por los Municipios o la sociedad, con el fin de promover y defender los derechos de los niños, niños y adolescentes. Fortalecer los lazos familiares, brindar asistencia jurídica, difundir los derechos de los niños, niñas y adolescentes, educarlos para su autodefensa. Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (LOPPNA), es un instrumento que otorga a los niños y adolescentes la importancia legal como sujetos de derecho, lo cuales se hacen partícipes de las decisiones que los involucran. Esta ley se origina con el objetivo de regular los derechos y garantías, así como los deberes y responsabilidades relacionadas con la atención y protección de los niños, niñas y adolescentes, en aras de propiciar una cultura de respeto a las garantías de estos ciudadanos.

Finalmente, es oportuno resaltar el Artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), reconoce el rango supra constitucional a los tratados y normas favorables a la protección de los derechos humanos y el Artículo 78 reconoce la condición de niños, niñas y adolescentes como sujetos plenos de derechos, quienes “estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán y desarrollarán los contenidos de ésta Constitución y de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989) y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. Dentro de este marco, se encuentra la Convención sobre los Derechos del Niño que es un tratado internacional que reconoce los derechos humanos de los niños y las niñas, definidos como personas menores de 18 años y establece en forma de ley internacional que los Estados Partes


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Nº1 , año I 2019

Análisis de los organismos internacionales y nacionales de protección y promoción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.


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UNICEF es la agencia de Naciones Unidas que tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia

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Normativa nacional que tutela los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela

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Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República.

Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolecente

Tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción.

Ley Orgánica de Educación

Artículo 17. Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la orientación y formación en principios, valores, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, para cultivar respeto, amor, honestidad, tolerancia, reflexión, participación, independencia y aceptación.

Código Civil

Todos los niños y niñas desde su nacimiento tienen derecho a la identidad

Código de Procedimiento Civil

Establece Nombramiento de Tutor, Protutor y Miembros del Consejo de Tutela

Ley de Lactancia Materna

Tiene por objeto promover, proteger y apoyar la lactancia materna, como el medio ideal para la adecuada alimentación de los niños y niñas, a los fines de garantizar su vida, salud y desarrollo integral.

Ley para la Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad

Establecer los mecanismos de desarrollo de políticas para la protección integral de la familia, la maternidad y la paternidad, así como para promover prácticas responsables ante las mismas y determinar medidas para prevenir los conflictos y violencia intrafamiliar, educando para la igualdad, la tolerancia y el respecto mutuo en el seno familiar, asegurándole a todos sus integrantes una vida digna y su pleno desarrollo en el marco de una sociedad democrática, participativa, solidaria e igualitaria.

Ley de Registro Civil

Esto significa que todo niño y adolescente tiene el derecho de estar inscrito en el Registro del Estado Civil. Los padres, representantes o responsables deben inscribir a quienes se encuentren bajo su patria potestad en el Registro del Estado Civil.

La Convención de los derechos del niño

Es un tratado internacional de las Naciones Unidas, firmado en 1989, a través del cual se enfatiza que los niños tienen los mismos derechos que los adultos, y se subrayan aquellos derechos que se desprenden de su especial condición de seres humanos

Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras

La Ley orgánica del trabajo, trabajadores y trabajadoras protege la familia venezolana en ocho artículos, garantizando la estabilidad laboral de madres y padres ya sea por embarazo, nacimiento, adopción y en especial si el trabajador o trabajadora tiene hijos o hijas con alguna discapacidad o enfermedad.

Código Orgánico Procesal Penal

Sistematización de políticas, órganos y procedimientos dirigidos al unísono a garantizar los derechos y el cumplimiento de los deberes de las personas menores de edad.


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Nº1 , año I 2019

Videos sobre la normativa nacional que tutela los derechos de los niños, niñas y adolescentes en Venezuela https://www.youtube.com/watch?v=Y9DwmXXZdHg&featur e=youtu.be https://www.youtube.com/watch?v=1E959mU6uo&feature=youtu.be


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