2013 reglamento interno

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“AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESRROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

REGLAMENTO INTERNO 2013

INSTITUCIÓN EDUCATIVA

“MARIANO MELGAR VALDIVIEZO”

URRUNAGA

JOSÉ LEONARDO ORTIZ CHICLAYO


REGLAMENTO INTERNO 1. GENERALIDADES Contiene definición, identidad y características de la Institución Educativa. 2. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO Comprende la estructura, órganos, comisiones, coordinaciones, entre otros. 3. GESTIÓN PEDAGÓGICA − Atiende los ciclos:  VI (1º, 2º)  VII (3º, 4º y 5º)

− Tutoría. − Establecida por Normas de Convivencia

y disciplina

escolar de la Educación Básica Regular. 4. GESTIÓN INSTITUCIONAL Incluye el personal directivo, docente y administrativo, economía, servicios, información, monitoreo y evaluación. 5. RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES Implica la comunidad, órganos intermedios, Instituciones y organismos no gubernamentales.


6. REGLAMENTO INTERNO DE DISCIPLINA Regula el comportamiento de los(as) estudiantes dentro y fuera de la instituci贸n educativa, concord谩ndolas con los objetivos y fines de la educaci贸n. 7. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS


CAPITULO I GENERALIDADES ART. 1.-

Definición

El Reglamento Interno es un documento de gestión institucional que precisa funciones, estímulos, faltas y sanciones de los educandos y del personal que labora en la Institución. Como instrumento técnico refleja la organización y funcionamiento de los aspectos técnicos-pedagógicos y administrativos de la Institución Educativa y sus relaciones con los actores educativos. La institución educativa es una comunidad de aprendizaje y enseñanza, orientada a garantizar la calidad de la educación, vinculándolo con su entorno, necesidades e intereses de los educandos. ART. 2.-

Identidad

INSTITUCIÓN EDUCATIVA : “MARIANO MELGAR VALDIVIEZO”

UBICACIÓN

: IV sector de Urrunaga, Distrito de José

Leonardo Ortiz, entre las calles Charles Conrad (cuadra 5), Carolina, Santa Martha y Alan Bear. ART. 3.-

Características de la Institución Educativa ♦

La Institución Educativa Mariano Melgar brinda el servicio de Educación Básica Regular, atendiendo al VI y VII Ciclo de Educación Secundaria de menores en la modalidad escolarizada.

Es de formación científica-humanista.


Cuenta con una población de 775 estudiantes aproximadamente, distribuidos en secciones en turno alterno (mañana y tarde).

CAPITULO II

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO


ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL DIRECCIÓN

SUBDIRECCIÓ ÁREA DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIO

N

CONEI

ESTUDIANTES

APAFA

PERSONAL DOCENTE

DESNA


Personal y estructura PERSONAL JERARQUICO

PERSONAL PERSONAL ADMINISTRATIVO PERSONAL DE SERVICIO

DIRECTORA (e )

YRMA ESCOBAR QUIROZ

SUBDIRECTOR

OSCAR DIAZ ACUÑA

DOCENTES NOMBRADOS

29

AUXILIARES

02

SECRETARIA II

01

AUXILIAR DE BIBLIOTECA

01

SERVICIO II (01) 03 SERVICIO III (02)

Órgano de Dirección

: Directora.

Subdirección

: Subdirector

Órgano de Ejecución : Plana Docente.

Órgano de Apoyo y Coordinación: 

Personal Administrativo

CONEI

DESNA

APAFA

UNIVERSIDAD DE SIPAN – AREA PSICOLOGIA – ESCUELA DE PADRES

UNIVERSIDAD SAN MARTIN – AREA DE PSICOLOGÍA – TALLERES A ESTUDIANTES

 ART. 4.-

P.N.P. Órganos y cargos:


Dirección: Lidera, dirige, coordina, monitorea y evalúa las actividades administrativas y pedagógicas de la Institución Educativa.

Subdirección: Depende de la directora, conforma el comité directivo, responsable de organizar, conducir y evaluar los procesos de gestión pedagógica.

CONEI: Es el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática que promueve el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidad.

Personal Docente: Planifica, coordina, ejecuta y evalúa las actividades técnico-pedagógico de la Institución Educativa.

Personal Administrativo 

Secretaria: Es la responsable de conducir el proceso documentario de la Institución.

Auxiliar de Biblioteca: Planifica, organiza, administra y atiende la biblioteca escolar.

Personal

de Servicio: Es el encargado del cuidado, limpieza y

mantenimiento de la Institución. ♦

Estudiantes: Son los ejes del proceso educativo.

DESNA: Promueve, defiende y vigila los derechos de los niños, niñas y adolescentes; colabora en la solución de conflictos de carácter familiar o escolar.


APAFA: La participación de los padres de familia tiene por finalidad contribuir con los demás actores educativos al mejoramiento de la calidad de los aprendizajes y servicios que ofrece la Institución Educativa.

ART. 5.-

FUNCIONES DEL CONEI Esta integrado por la Directora, quien lo preside, el Subdirector, representante de los docentes, del personal administrativo, de los estudiantes, y de los padres de familia. Son funciones del Consejo Educativo Institucional: a) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso, permanencia y contrato del personal docente y administrativo. c) Controlar la matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa d) Garantizar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad en los servicios de la Institución Educativa. e) Supervisar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo. f) Colaborar con la Directora para garantizar el cumplimiento de las horas efectivas del aprendizaje, el número de semanas lectivas y


la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el tiempo de enseñanza - aprendizaje establecido para los diferentes ciclos y grados. g) Cooperar con el Consejo Participativo Local de Educación de la Región de Lambayeque. h) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en la Institución Educativa, priorizando soluciones concertadas frente a quejas o denuncias que no impliquen delito. i) Opinar en la autoevaluación de la Institución Educativa y los indicadores de desempeño laboral. j) Convocar ordinariamente por lo menos cuatro veces al año; extraordinariamente, las veces que sea convocado por la Directora, en función de las necesidades de la I.E. o, a pedido de la mitad más uno de sus miembros. El quórum para iniciar la sesión es de la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos que se tomen constan en Acta firmada por todos los asistentes, la que debe ser de público conocimiento en la I. E. ART. 6.-

COMISIONES:

1. CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: CONEI ♦

Directora ( e ) Yrma Escobar Quiroz

Subdirector: Oscar Díaz Acuña

Profesor : Humberto Tantacuré Vargas

Representante de APAFA: Aída Flores

Estudiantes: Caroli Becerra Hernández

Representante de administrativos: Sra. Vilma Sandoval Sánchez


2. EQUIPO DE INVESTIGACIÓN ♦

Directora ( e ) Yrma Escobar Quiroz

Profesora: Alicia Alarcón Díaz

Profesora: Gerda Montalvo Cortez

3. COMITÉ DE TOE ♦

Directora ( e ) Yrma Escobar Quiroz

Coordinación: Yrma Escobar Quiroz

Convivencia y disciplina escolar: James Felipe Collazos Vera

Presidente de APAFA: Antonio Cabanillas Tejada

Estudiantes: Reynoso Sánchez Hebert Daniel Sánchez Castañeda Katty Lucero

Auxiliares de Educación: .Henrry Miranda Monteza .Luis Gonzales Ordoñez

4. COMISION DE CACHIMBO ♦

Directora ( e ) Yrma Escobar Quiroz

-Tutores Primero “A”, “B”, “C”, “D”

5. GESTIÓN AMBIENTAL ♦

Directora ( e ) Yrma Escobar Quiroz

Profesora: Soledad Calderón Orreaga

Profesora: Argelia Tello Domínguez

Representante de Administrativos: Rosa Esquerre Cabezas

Regidor de Salud y Medio ambiente: Renzo Airto Flores

Presidente de APAFA: Antonio Cabanillas Tejada


6. MUNICIPIO ESCOLAR ♦

Profesora: Elena Julca Cabrera

Profesora: Dalila Centurión Uriarte

Profesor: Humberto Tantacuré Vargas

7. COMISIÓN PERMANENTE DE DEFENSA CIVIL ♦

Directora ( e ) Yrma Escobar Quiroz

Vicepresidente: Antonio Cabanillas Tejada

Secretario: Prof. Wilson Aldana Cóndor (mañana)

Delegados Docentes: Prof. James Collazos Vera (mañana)

Jefe de Protección y Seguridad: Prof. Héctor Ovidio Bravo Rojas

Sub Jefe de Protección y Seguridad: Prof. Balbina Goicochea Reyes

Delegados Administrativos: Turno Mañana: Vilma Sandoval Sánchez Turno Tarde: Hernán Carhuatanta Gálvez

Delegados Estudiantes: Turno Mañana : Tenorio De la cruz Mónica Villanueva Guerrero Carmela Turno Tarde: Reynoso Sánchez Hebert Sánchez Castañeda Katty

Brigadas Especiales: Oscar Díaz, James Collazos, Wilson Aldana, Rosa Esquerre, Pedro Silva, Hernán Carhuatanta, Henrry Miranda, Luis Gonzales

8. COMITÉ DE RIESGO

Magister: Juan Pérez Pérez


Profesor: David Leyva Rivero

9. ESCUELA DE PADRES

Profesora: Rosa Guevara Pérez

Profesor: Wilson Aldana Cóndor

10. COMISIÓN

CENTRAL

ANIVERSARIO

DE

EDUCATIVA -

Subdirector: Oscar Díaz Acuña

-

Profesor: Oscar Sánchez Contreras

-

Profesor: Gerda Montalvo Cortez

-

Profesor: Moisés Rivera Albites

-

Profesora: Soledad Calderón Orreaga

11. COMISIÓN DE LA COMUNIDAD MAGISTERIAL -

Presidente: Humberto Tantacuré Vargas

-

Secretario: Oscar Díaz Acuña

-

Tesorero: Lilia Bocanegra Paredes Vocales:

-

Lilian Toro Mestanza

12. COMITÉ DE EMERGENCIA EDUCATIVA ♦

Profesor: James Collazos Vera

Profesora: Gerda Montalvo Cortez

Profesor: Balbina Goicochea Reyes

13. COMISIÓN PLAN LECTOR

Coordinadora: Profesora Alicia Alarcón Díaz.

LA

INSTITUCIÓN


14. COMITÉ DE EVALUACIÓN DE CONTRATOS CONEI

15. COMITÉ DE CAPACITACIÓN

Subdirector: Oscar Díaz Acuña

Profesor: Oscar Sánchez Contreras.

Profesora: Alicia Alarcón Diaz.

17. COMITE DE SALUD

Profesora: Yrma Escobar Quiroz

Profesora: Argelia Tello Domínguez

Profesora: Gerda Montalvo Cortez

Profesora: Soledad Calderón Orreaga

18. COMISIÓN DE RECURSOS PROPIOS

Directora ( e ) Yrma Escobar Quiroz

SubDirector: Oscar Díaz Acuña

Representante de los Profesores: Moisés Rivera Albites

Representante de los Administrativos: Sra. Vilma Sandoval Sánchez..

Tesorera: Elena Beatriz Julca Cabrera


19. COORDINADOR DE LA DESNA • ART. 7.-

Profesor César Ramiro Gil Torres COORDINACIÓN ENTRE COMISIONES Las comisiones coordinarán con la Dirección y Subdirección todas las actividades a realizar para el logro de los objetivos.

CAPITULO III GESTIÓN PEDAGÓGICA ART. 8.-

Niveles: Secundaria de Menores.

ART. 9.-

Ciclos: VI (1º, 2º) y VII (3º, 4º y 5º).

ART. 10.-

Tutoría: La tutoría está a cargo de la Coordinación de TOE, presidido por la Profesora Yrma Esther Escobar Quiroz, quienes desempeñan un rol de orientación, coordinación permanente con la Dirección, Subdirección, tutores, Departamento de Psicología y Padres de Familia.

ART. 11.-

Convivencia y Disciplina Escolar: Los derechos y deberes de los estudiantes además de los indicados en el capitulo VI de éste reglamento, les alcanzan los establecidos en el reglamento interno de disciplina.

CAPÍTULO IV GESTIÓN INSTITUCIONAL


ART. 12.-

Del Subdirector Funciones: a) Representa a la I.E en ausencia de la Directora. b) Participación en la elaboración de los documentos de gestión. c) Apoyo en la formulación de los Planes de Trabajo de los Comités de Aula. d) Supervisión de la correcta aplicación del proceso de evaluación a los estudiantes. e) Convoca y dirige las reuniones del trabajo técnico pedagógicas. f) Entrega oportuna de la relación de estudiantes y registros a los docentes. g) Recepción y revisión de las programaciones anuales y bimestrales en la fecha oportuna conteniendo los temas transversales-TOE y AIP, con informe a la Dirección. h) Recepción y revisión de los registros de evaluación en forma oportuna. i) Entrega de las boletas de información de notas bimestrales a los padres de familia. j) Programa las evaluaciones de aplazados y subsanaciones.


k) Atención a los estudiantes y padres de familia sobre el rendimiento académico y reuniones de trabajo previa coordinación con la Dirección para evitar cruces. l) Monitoreo a los estudiantes y docentes dentro de las aulas. m) Promover y organizar eventos de capacitación y actualización docente. n) Promover y propiciar la cooperación, la unión y las buenas relaciones entre el personal de la I.E. o) Realizar la formación de los estudiantes de los días lunes y actuaciones cívicas en ambos turnos. p) Distribución de los textos y material educativo donado por el MED y la UGEL en coordinación con los auxiliares de educación y el auxiliar de biblioteca. q) Control de estudiantes repitentes y aplazados. r) Debe fomentar el sentido de responsabilidad de los trabajadores teniendo como base la puntualidad, participación e identificación con la I.E teniendo en cuenta la práctica de principios éticos y morales dentro de la carrera profesional. s) Monitorear el trabajo educativo dentro de las aulas aplicando las fichas de observación de clase durante los tres bimestres y en el cuarto bimestre la observación de clase es inopinada.


t) Coordinación del Programa de Recuperación Académica. ART. 13.-

Del personal Docente Funciones: a) Planifica, desarrolla y evalúa las actividades que aseguren el logro del aprendizaje de los estudiantes, así como en el marco del respeto de las normas de convivencia en la Institución Educativa que integra. b) Participa en los programas de capacitación y actualización profesional, las cuales constituyen requisitos en los procesos de evaluación docente. c) Participa en la Institución Educativa y en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del PEI, así como del Proyecto Educativo local, regional y nacional. d) Evalúa los procesos de aprendizaje teniendo en cuenta los nuevos enfoques pedagógicos considerando competencias, propósitos, organizadores y capacidades de área. e) Integra comisiones de trabajo y colabora con la Dirección y Subdirección en las acciones que permitan el logro de los objetivos y metas de la Institución Educativa. f) Coopera con las acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la Institución Educativa. g) Coordina y mantiene comunicación permanente con los Padres de Familia

sobre

asuntos

relacionados

con

los

aprendizajes

significativos y comportamiento de los estudiantes, durante una hora


pedagógica a la semana aprovechando las horas libres dentro de su horario de trabajo. h) Otorgar las facilidades a los estudiantes integrantes de la banda de música, selecciones de deportes, escolta, estado mayor y batallón que representen a la Institución en diferentes eventos en coordinación con el profesor encargado. i) Distribuir Boletas de Información al final de cada bimestre dentro de una hora establecida (tutores). j) Cumple con su jornada laboral de 7: 45 a.m. a 12: 45 p.m. turno mañana y de 1: 10 p.m. a 6: 10 p.m. turno tarde. k) El profesor ingresará al aula en su horario establecido, pasado la hora se considera falta. l) Respeta y considera al estudiante, en consecuencia queda prohibida toda actitud que atente contra su integridad física, psicológica y moral de los estudiantes. m) Participar en forma obligatoria en los desfiles cívico-escolar: Fiestas Patrias, Aniversario de la Institución educativa y Aniversario del Distrito, portando el uniforme de gala. -

Prohibiciones:

a) El profesor(a) está prohibido de sacar al estudiante del aula durante la hora de clase, salvo caso extremo (previo informe). b) El profesor(a) está prohibido de efectuar acciones contra la ética profesional: coimas, maltrato físico y psicológico, acoso, seducción, comentarios mal intencionados a otros colegas.


c) El profesor está prohibido concurrir a la I.E. en estado de ebriedad o bajos los efectos de alguna droga.

ART. 14.-

De los Auxiliares de Educación

Dependen de la Dirección y Subdirección. -

Funciones: a) Orientar

a

los

estudiantes

para

el

mejoramiento

de

su

comportamiento en armonía con las normas establecidas. b) Llevar el registro de asistencia y de comportamiento de los educandos, informando sobre aquellos que insistan con frecuencia en sus acciones de comportamiento inadecuado en forma mensual a la Sub – Dirección. c) Informar por escrito sobre las causas de inasistencias y tardanzas del estudiantado bajo cargo de responsabilidad. d) Revisar maletines, mochilas e indumentaria del estudiante para detectar y retener objetos que no forman parte de sus útiles escolares para ser entregados con cargo a la Subdirección o Dirección y devueltos al padre de familia al finalizar el año escolar con el cargo respectivo. e) Apoyar en el llenado de Boletas de información al finalizar el año escolar, así como citar y atender a los PP. FF. del estudiante con problemas de disciplina y asistencia. f) Atender a los estudiantes en casos de accidentes o emergencias.


g) Controlar el cumplimiento de las normas que regulan el comportamiento de los estudiantes, estipulado en el Reglamento Interno de Disciplina de la Institución. h) Designar

el

cuerpo

de

brigadieres,

policías

escolares

conjuntamente con la Subdirección, Dirección, Coordinación TOE y la sugerencia de todos los docentes i) Realizar la formación del estudiante en el patio los días lunes y en las actuaciones cívicas patrióticas dentro y fuera del plantel, en coordinación con la comisión encargada, teniendo en cuenta las normas del caso. j) Revisión permanente de la presentación personal del alumnado: higiene, recorte de cabello y uso adecuado de la vestimenta. k) Permanecer en forma constante en los diferentes pabellones vigilando la disciplina del alumnado, durante el turno que le corresponda. l) Tocar oportunamente el timbre en el cambio de hora, en el horario establecido. m) Otros indicados en los documentos de Gestión Institucional. - Prohibiciones: a) Aceptar dádivas de los estudiantes o padres de familia. b) Realizar excursiones con estudiantes a título personal. c) Dar solución a problemas de los estudiantes a título personal. d) Realizar revisión de la vestimenta interna de los estudiantes, excepto medias o en otras circunstancias especiales. e) La estrecha y permanente relación amical con el estudiantado.


ÓRGANOS DE APOYO ART. 15.-

APAFA Son funciones de la asociación de padres de familia: a. Participar en el proceso educativo de sus hijos, buscando la inclusión o incorporación de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades. b. Colaborar en las actividades que ejecuta la Institución Educativa, fomentando las buenas relaciones humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional favorable para el aprendizaje. c. Vigilar la distribución oportuna y el uso adecuado del material educativo que utilizan los estudiantes y denunciar ante las autoridades educativas la venta o sustracción de los libros o textos escolares oficiales de distribución gratuita. d. Velar

por

la

mejora

de

los

servicios,

infraestructura,

equipamiento, mobiliario escolar y material didáctico. e. Cooperar con la Institución Educativa para salvaguardar la seguridad e integridad física de los estudiantes. f. Proponer y coordinar con el Director y sub director de la Institución Educativa, mecanismos y estrategias que contribuyan a evitar la deserción y la inasistencia de los estudiantes. g. Gestionar y/o colaborar con la implementación de programas de salud física y mental, de deportes, recreación, orientación vocacional, visitas guiadas de estudio y otros servicios que contribuyan al bienestar de los estudiantes. h. Denunciar ante los órganos competentes las irregularidades que se produzcan en la institución educativa. i. Participar, a través de veedores elegidos por la Asamblea General, en los procesos de adquisición de bienes y servicios que se realice en la Institución Educativa.


j. Proponer estímulos para los estudiantes, personal docente y administrativo que logren un desempeño destacado en la Institución Educativa. k. Brindar información y rendir cuenta documentada a los asociados. l. Participar, a través de sus representantes, en el Consejo Educativo Institucional. ART. 16.-

SANCIONES A PADRES DE FAMILIA Los padres de familia que incumplan con asistir a las reuniones convocadas por la Dirección, Subdirección, tutores, docentes y personal auxiliar, serán sancionados, de la manera siguiente: -Llamada de Atención, la que puede ser justificada por única vez.

ART. 17.-

De la organización del personal Administrativo y de Servicio A. Secretaria II. - Funciones: a) Redacta y remite la correspondencia autorizada por la Directora de la Institución Educativa. b) Propone el diseño de nuevos formatos para dinamizar la administración de la Institución. a) Coordina, orienta y controla la documentación remitida de la GREL, UGEL y otras Instituciones. b) Recepciona, verifica y registra los documentos referentes a Decretos, Resoluciones Directorales con su mención respectiva. c) Lleva los libros de actas.


d) Verifica y llena los certificados que expide la Institución Educativa. e) Administra la documentación relacionada con la matricula y expedición de certificados de estudio y traslados. f) Redacta y elabora la documentación propia de la Institución. g) Vela por el mantenimiento y seguridad de los bienes a su cargo, así como los servicios de su uso, dando cuenta oportunamente a la autoridad competente de alguna pérdida o deterioro. h) Participa en la formulación y ejecución del Proyecto Educativo Institucional. i) Coopera para la creación de un ambiente favorable para el aprendizaje. j) Recepciona, clasifica y registra la documentación que ingresa a su oficina. k) Organiza el archivo de secretaría. l) Realiza las acciones relacionadas con el abastecimiento de material de servicio. m) Elabora, clasifica, conserva y custodia las actas promocionales y de aplazados. n) Lleva el Registro y Control de Certificados de estudios y de conducta que se otorga a los estudiantes. o) Brinda orientación al usuario sobre el procedimiento de obtener certificados de estudios. p) Presta apoyo al personal docente en la elaboración de documentos de gestión.


q) Elabora documentación relacionada a los ingresos propios, controla los mismos e informa directamente a la dirección. r) Realiza las demás acciones que le designa la dirección de acuerdo a su cargo - Prohibiciones: a) Adulterar notas de evaluación. b) Permitir el ingreso de personas ajenas al área a su cargo. c) Dar información sobre las calificaciones a los estudiantes. d) Dar información personal de los trabajadores

a personas

ajenas a la Institución. e) Desarrollar actividades económicas ajenas a su función. A. Auxiliar de biblioteca II - Funciones: a) Planifica, organiza, administra y atiende la biblioteca escolar. b) Procesa y clasifica técnicamente el material educativo para su mejor uso y aprovechamiento. c) Difunde y propone la mejor utilización de los recursos a través de un programa dinámico de servicio. d) Proporciona orientación al estudiante sobre el uso del material bibliográfico. e) Propicia la participación activa de los miembros de la comunidad en el mejoramiento e incremento de la Biblioteca Escolar con textos actualizados.


f) Evalúa los materiales, los servicios y los demás aspectos relacionados

con

la

administración,

organización,

funcionamiento y promoción de la Biblioteca Escolar. g) Organiza y asesora al comité de la Biblioteca Escolar, integrado por el director, un docente, un padre de familia (presidente de la APAFA) y estudiantes voluntarios de los diferentes grados. h) Elabora la estadística de la utilización de los libros para la adquisición

de

los

ejemplares

que

necesite,

previa

coordinación con los profesores. i) Mantiene informado al Personal Docente y Estudiantes sobre el stock de libros y otros materiales educativos. j) Distribuye convenientemente el horario de trabajo, para satisfacer ambos turnos. k) Promueve actividades artísticas-culturales para relevar el homenaje al día de la Biblioteca Escolar el 10 de noviembre. Además elabora y expone periódicos murales relacionados a las fechas establecidas en el calendario cívico-escolar. l) Levanta el inventario de los bienes de la Biblioteca y el inventario físico del plantel, autorizado debidamente. m) Cumple con el horario de trabajo establecido dentro de la Institución Educativa. n) Evita la salida del material bibliográfico fuera de la I. E. por los estudiantes, salvo autorización de la Dirección o sub dirección


o) Además tareas que la Directora o sub director le encomiende relacionadas con su función. - Prohibiciones: a) Desarrollar trabajos y/o tareas de los estudiantes b) Efectuar venta de material educativo. c) Permitir

el

ingreso

de

los

estudiantes

con

inadecuada

presentación. d) Permitir el ingreso de los estudiantes a la biblioteca en horas de clase. e) Desempeñar funciones ajenas a su labor dentro de su horario de trabajo. B. Del trabajador de servicio II y III - Funciones: a) Realizar tareas de portería y de servicio después de recreo. b) Controla que los muebles y enseres de la Institución no sean sacados al exterior, salvo que haya autorización de la Dirección o sub dirección bajo su responsabilidad. c) Controla el ingreso y salida del alumnado de la Institución Educativa. d) Realiza la limpieza y el mantenimiento de las oficinas, aulas, patios y baños diariamente. e) Hace llegar por escrito a la Dirección para su requerimiento a la APAFA para el cumplimiento de su labor.


f) Durante su horario no debe abandonar la portería, para facilitar el ingreso de los profesores y estudiantes de la Institución Educativa. Prohibiciones a) Maltratar verbal y físicamente a los profesores, Padres de Familia y estudiantes. b) Realizar actividades que no están autorizadas por la dirección o subdirección. ART. 18.-

DE

LOS

DOCENTES

RESPONSABLES

DEL

AULA

DE

INNOVACIONES PEDAGÓGICAS - Funciones: a)

Asesorar a los docentes en el uso y aplicación de las TICs en el trabajo educativo y en la solución de problemas que se presenten.

b)

Identificar y atender las necesidades de capacitación docente en el aprovechamiento educativo de las TICs.

c)

Supervisar la instalación y velar por el mantenimiento de los equipos informáticos y de comunicación.

d)

Reportar el estado de los recursos TICs a la Dirección de la I. E.

e)

Llevar el inventario, organizando el catálogo de los recursos TICs del aula de innovaciones pedagógicas a su cargo.

f)

Proyectar en coordinación con la Dirección, sub dirección y los docentes, el horario de uso del aula innovaciones pedagógicas, garantizando la oportunidad de acceso a todos los estudiantes.


Incentivar en los docentes de la I. E. la formulación de

g)

propuestas

y

el

desarrollo

de

actividades

para

el

aprovechamiento educativo de las TICs. Propiciar la integración de los recursos TICs, en la práctica

h)

docente. Permitir

i)

la

comunicación

permanente

de

docentes

y

estudiantes a través de los recursos TICs. Convocar a reuniones para analizar el desarrollo del proceso

j)

de integración de las TICs en la I. E. y adoptar las medidas pertinentes. Mantener el aula de innovaciones como un ambiente favorable

k)

y agradable para el aprendizaje, facilitando el trabajo individual y en grupo de los estudiantes. Promover la participación de la comunidad educativa en el

l)

aprovechamiento educativo de las TICs. m)

Realizar exposiciones semestrales a fin de difundir el uso de las TICs en los aprendizajes.

-

Prohibiciones a) Realizar actividades ajenas a la I.E b) Abandonar la AIP en su horario de trabajo c) Negar la asesoría y orientación en TICs, al personal que lo requiera en horario de trabajo.

HORARIO DE TRABAJO DEL PERSONAL a. Dirección:


-

7 : 00 a.m. a 1 : 30 p.m.

-

1 : 30 p.m. a 2 : 00 p.m. (refrigerio)

-

2 : 00 p.m. a 6 : 10 p.m.

b. Subdirección: -

7:30 a.m. a 1:30 p.m.

c. Docentes: -

7 : 45 a.m. a 12 : 45 p.m. (mañana)

-

1 : 10 p.m. a 6 : 10 p.m. (tarde)

d. Auxiliares de Educación: -

7 : 30 a.m. a 1: 30 p.m. ( mañana ).

-

12 : 15 p.m. a 6 : 15 p.m. (turno tarde)

e. Auxiliar de Biblioteca: -

8 : 00 a.m. a 1: 00 p.m.

-

1 : 00 p.m. a 1 : 30 p.m. (refrigerio)

-

1:30 p.m. a 4:30 p.m.

f. Secretaria II: Sra Sonia López Malhaber -

8 : 00 a.m. a 1: 00 p.m.

-

1 : 00 p.m. a 1 : 30 p.m. (refrigerio)

-

1 : 30 p.m. a 4 : 30 p.m.

g. Servicio II: Sr. Hernán Pepe Carhuatanta Gálvez -

1 : 00 p.m. a 9 : 00 p.m.

-

1 : 15 p.m. a 1 : 45 p.m. (portería)

-

4 : 00 p.m. a 6 : 15 p.m. (portería)

h. Servicio III: Sra Vilma Sandoval Sánchez:


-

7 : 30 a.m. a 1: 15 p.m. (portería)

-

1 : 15 p.m. a 1 : 45 p.m. (refrigerio)

-

1 . 45 p.m. a 4 : 00 p.m. (portería)

-

Recojo de basura del patio después de recreo

Pedro Silva Carmen: 6:00 p.m. a 7:30 a.m. (guardianía)

-

I. Docente de AIP -

Mañana

: 7:45 am – 12: 45 pm

-

Tarde

: 1:10 pm – 6:10 pm

RECURSOS ECONÓMICOS DE LA I.E. ART. 19.-

Son recursos propios:

a.

Por exámenes de aplazados.

b.

Certificados de estudios (duplicado)

c.

Certificados de grado.

d.

Pensión de enseñanza por repitencia.

e.

Producto de actividades realizadas en la Institución Educativa.

f.

Colaboración voluntaria.

g. Certificados de Conducta. h.

Constancia de Estudios y de Notas

i.

Evaluación de Aplazados

j.

Rectificación de nombres y apellidos

k. Alquiler de bienes. SERVICIOS ART. 20.-

La Institución Educativa ofrece los siguientes servicios:


a)

Cursos de capacitación.

b)

Escuela de Padres.

c)

Consejería y orientación psicológica para padres de familia y estudiantes.

d)

Servicio de Biblioteca.

e) Servicio de carpintería metálica. f)

Servicio de industria del vestido

g) Servicio de Banda de músicos. INFORMACIÓN ART. 21.-

El personal de la Institución Educativa brindará información de

las diferentes actividades a) Informes económicos después de cada actividad realizada por las comisiones responsables. b) Informe académico al finalizar el año escolar. c) Informe de disciplina. d) Informe de tutoría. e) Informe de AIP f) Informe de los Responsables de los Talleres: Educación Física, Industria del Vestido, Banda, Mecánica de Producción g) La Dirección eleva los informes al superior jerárquico. MONITOREO Y EVALUACION ART. 22.-

La Dirección, sub dirección y los equipos de trabajo monitorean el

trabajo del personal.


CAPITULO V RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES COMUNIDAD ART. 23.-

La Institución Educativa “Mariano Melgar Valdiviezo” promueve

buenas relaciones dentro del marco del respeto mutuo, tolerancia e inclusión de las instituciones de la comunidad lambayecana, con la finalidad de integrar esfuerzos para el desarrollo de actividades programadas por nuestra institución en aras de consolidar los fines del sistema educativo nacional: Jornadas pedagógicas y académicas, Escuela de Padres, eventos culturales y deportivos. ÓRGANO INTERMEDIO ART. 24.-

Realiza una permanente coordinación con la Gerencia Regional de

Educación para lograr un mejor desarrollo de las actividades educativas. INSTITUCIONES ART. 25.-

Se establecerá relación mutua entre la Institución Educativa y las

Instituciones locales: Municipalidad, Gobierno Regional, Ministerio de Justicia, Defensa Civil, Policía Nacional, Universidades Sipán y San Martín, clubes culturales, deportivos, la Parroquia, ONGs y otros centros de salud e instituciones.

CAPÍTULO VI REGLAMENTO INTERNO DE DISCIPLINA (ANEXO Nº 1)


CAPÍTULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 1 .-

El presente Reglamento ha sido modificado en ciertos aspectos

fundamentales de acuerdo: Ley Nº 28044, Ley de la Carrera de la Reforma Magisterial N º 29944, Ley Nº 20497: Código de Ética del Empleado Público; Ley Nº 28628: participación de las asociaciones de padres de familia en las I.E.; D.S. 013-2004 ED. Reglamento de Educación Básica Regular; D.S. 0092005 ED: Reglamento de la Gestión del Sistema Educativo; D.S. Nº 0292003-ED: Lineamiento del Programa Nacional de Emergencia Educativa 2004; R.M. Nº 014-2012-MINEDU/VMGP. Directiva “Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2013”; RD Nº 0431-2012-ED-. 2 .-

El presente Reglamento ha sido leído, discutido y aprobado y remitido

al órgano inmediato superior para su conocimiento y aplicación. 3 .-

Cualquier norma no contemplada en el presente Reglamento será

resuelta por el Consejo Educativo Institucional.


(ANEXO Nº 1) REGLAMENTO INTERNO DE DISCIPLINA TITULO I DEL EDUCANDO

CAPÍTULO 1 DE LOS DERECHOS Y DEBERES Art 1. El educando de la institución tiene los siguientes derechos: - Recibir formación integral en cada grado de estudios dentro de un ambiente que le brinda seguridad moral y física. - Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno (a). - Recibir estímulos en merito al cumplimiento de sus deberes.


- Otros derechos que le confieren los dispositivos legales vigentes. Art 2. El educando de la institución tienen los siguientes deberes. - Respetar a todo el personal que labora en la I.E., condiscípulos, no utilizar el nombre de la Institución en actividades que perjudiquen la imagen del Plantel, dentro y fuera de éste. - Participar en forma responsable en las actividades educativas de la Institución. - Abstenerse de participar en actividades político – partidaristas dentro del plantel y en actos reñidos con la moral y buenas costumbres o que atenten con la salud física o mental. - Cuidar los ambientes, equipos, mobiliarios y otros enseres del plantel. - Cumplir con el presente Reglamento, las normas de conducta y otras disposiciones de la Institución. - Otros deberes establecidos en dispositivos legales vigentes.

CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO DE LOS EDUCANDOS Art 3. La asistencia del educando a la Institución es obligatoria desde el primer día útil de clases, hasta la finalización del año escolar, de lunes a viernes de cada semana, mientras no haya otras disposiciones que cambien la obligatoriedad. El uso del uniforme escolar es único (según modelo institucional) y/o ropa deportiva es obligatoria para el ingreso a la Institución. Y debe ser de acuerdo al modelo y normas.


Art 4. La hora de entrada al plantel está fijada de la siguiente manera: Turno mañana:

Turno Tarde:

Lunes

7:15 a 7:30 a.m.

Martes a Viernes

7:30 a 7:40 a.m.

Lunes

12:30 a 12:45 p.m.

Martes a Viernes

12:50 a 1:05 p.m.

Pasada esta hora se cerrará la puerta de ingreso. El alumno que llegue tarde sin justificación permanecerá en el patio hasta que culmine la 1ra hora de clase, ejecutando actividades varias como limpieza, lectura con la conducción del Auxiliar de Educación. Los estudiantes que por circunstancias excepcionales y justificables lleguen después de la hora indicada, podrán ingresar a sus aulas previa presentación de documento probatorio por sus padres o apoderados. Art 5. La formación del alumnado se llevará a cabo el día lunes y es responsabilidad del Sub – Director y Auxiliares de Educación. Art 6. En toda formación, acto cívico y en las ceremonias especiales, los estudiantes saludarán a la bandera y entonarán el Himno Nacional con verdadero fervor patriótico, asimismo el Himno de la Institución Educativa, el no hacerlo constituye falta grave. Art 7. Las salidas de la Institución solo procede en casos muy urgentes por razones de salud y representación de la Institución en la comunidad, previo permiso de la Dirección y/o Sub – Dirección, debiendo ser anotado en la agenda y firmada por el Padre de Familia. Art 8. El alumno debe traer sus útiles escolares y libros. De igual manera sus implementos deportivos según su horario de clase.


Art 9. En los cambios de hora de clase, el alumno debe esperar la salida y el ingreso del docente dentro del aula. Art 10. La conducta en el aula es manejada por el profesor. Durante la hora de clases el alumno no podrá alterar el orden en su aula con situaciones que distraigan a sus compañeros (comer, ponerse de pie, gritar, pelear, otros) caso contrario deberá el docente asignar una papeleta de demérito. Casos extremos el alumno será derivado a la Sub - Dirección con informe del profesor responsable. Art 11. Cuando el profesor o cualquier persona ingrese al aula, los estudiantes se pondrán de pie, permanecerán en silencio dando muestra de respeto. Art 12. Todo estudiante deberá cumplir con tareas y asignaciones dadas por el profesor. Art 13. En las clases de educación física, educación para el trabajo, AIP, otros; los estudiantes se dirigirán bajo el control del profesor de área,

está

terminantemente prohibido quedarse en el aula, patio, o pasadizos de ser así se considerará como evasión de clase, en caso de reincidencia el profesor deberá citar al Padre de Familia. Art 14. Los alumnos exonerados serán ubicados en ambientes adecuados realizando diferentes actividades y los que tienen en las últimas horas se dispondrá que se retiren a su domicilio previo conocimiento del padre de familia. Art 15. Culminada la última hora de clase, el alumno dejará el aula tal conforme la recibió en las primeras horas y deberá salir ordenadamente y no se quedará en el aula, pasadizos o escaleras bajo responsabilidad del auxiliar y brigadieres.


CAPÍTULO III DE LA JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS Y TARDANZAS Art 16. Si el alumno no asiste por cualquier motivo, al siguiente día que se reintegra a sus labores deberá hacerlo con su padre o apoderado quien solicitará la justificación de la falta directamente con el auxiliar. Art 17. La justificación de inasistencias, sólo podrá hacerla la persona que firmó el padrón de matrícula de padres o apoderados (identificándose con su DNI). Art 18. Para las inasistencias por enfermedad o motivos personales que excedan de 2 (dos) días, su justificación procede previa presentación de una solicitud dirigida a la Directora del plantel y del documento de justificación. Art 19.Cuando el plazo de justificación ha vencido (03) días la falta quedará injustificada. No insistir después de esa fecha, las que se tomarán en cuenta para la acumulación del 30% de inasistencias que ocasionan el retiro del alumno de nuestra institución educativa.

CAPÍTULO IV DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO Art 20. Cada alumno tendrá una ficha individual de registro anecdótico en el cual se registrarán sus acciones positivas y negativas. Esta ficha será manejada por los auxiliares de Educación para su evaluación. En este promedio incluye la asistencia de Padres de Familia o Apoderados a las reuniones convocadas por la Institución incluido Escuela de padres.


CAPÍTULO V DE LAS FALTAS Y SANCIONES Art 21. Los alumnos serán sancionados de acuerdo a la gravedad de su falta: -

Amonestación verbal

-

Amonestación por escrito.

-

Separación temporal de la Institución.

-

Separación definitiva de la Institución.

En la aplicación de sanciones a los educandos se evitara la humillación y se les brindara las orientaciones correspondientes para su recuperación. Art 22. Las sanciones de la separación de la Institución se determinará por resolución de la Dirección y se aplica en caso de falta grave que comprometan la integridad física y moral de los educandos o personal de la Institución o dañe seriamente a esta. Art 23. La sanción del cambio de Institución se determinará observando el mismo procedimiento del artículo anterior en caso de falta grave o para educandos que tuviera como antecedente dos(02) suspensiones y/o conducta condicional. Art 24. Los profesores, tutores u otra autoridad de la I.E. anotará los actos de indisciplina en los cuadernos anecdotarios, los mismos que serán recepcionados por los Auxiliares de Educación. Art 25. Las faltas y sanciones se evaluarán de acuerdo a los criterios o indicadores en los promedios bimestrales (0-20) y anuales con AD-A-B-C. Art 26. Constituyen faltas de los alumnos: -

La violencia, el hostigamiento y la intimidación entre escolares en cualquiera de sus manifestaciones.


-

Cometer actos inmorales, escribir o hacer dibujos obscenos en las carpetas, paredes, pizarra y servicios higiénicos que atenten contra el pudor y buenas costumbres.

-

Traer personas ajenas y hacerlas pasar como padres o apoderados para justificar sus faltas. Falsificar documentos o bienes de la Institución Educativa.

-

Las inasistencias y tardanzas injustificadas.

-

Evadirse del plantel o del aula de clase o llegar tarde después del recreo.

-

La acumulación de tres tardanzas hará una inasistencia.

-

Fomentar desorden en ceremonias culturales dentro o fuera de la I.E., o faltar el respeto a los símbolos patrios.

-

Faltar el respeto al Policía Escolar.

-

El incumplimiento de las actividades escolares.

-

Faltar el respeto a los profesores y personal de la I.E.

-

Ocasionar daño o deterioro del mobiliario, enseres y materiales de la I.E.

-

El empleo de vocabulario soez y realizar actos reñidos con la honestidad y buenas costumbres.

-

Portar o leer revistas pornográficas.

-

Alterar el uniforme escolar.

-

Apropiarse ilícitamente de objetos y dinero.

-

Cometer fraude en las pruebas de evaluaciones, tareas y documentos oficiales.


-

Consumir drogas, bebidas alcohólicas y otros productos que alteren la normalidad sicosomática del educando.

-

Consumir alimentos en el aula y pasadizos después del recreo.

-

Asistir a la I.E. con maquillaje y esmalte de uñas.

-

No participar en actividades programadas por la I.E.

-

Portar armas punzo cortantes y/o de fuego..

-

El alumno no debe portar joyas, objetos de valor ni celulares, radio, Ipod, MP3 y otros, serán retenidos sin responsabilidad de la I.E.

-

Encontrarse con uniforme deambulando en la calle o en salas de juego, cabinas de Internet, discotecas en horas de clases.

CAPÍTULO VI DE LOS ESTÍMULOS Art 27. Los estímulos a que se hagan acreedores los educandos que realizan acciones extraordinarias, dentro y fuera de la Institución se hará a través de: -

Felicitación escrita

-

Diploma de mérito

Art 28. Al finalizar el año lectivo, se establecerá el Cuadro de Méritos de los 2 primeros puestos por sección. Para conceder Premio de Excelencia al PRIMER Y SEGUNDO PUESTO DE LA PROMOCIÓN, se computarán los cinco años de estudios. Art 29. También serán considerados como méritos los aspectos siguientes y se otorgarán reconocimientos de los mismos.


-

Por participar en alguna actividad benéfica para la Institución en otra Institución.

-

Por ser miembro de la escolta masculina o femenina, con amplio sentido de responsabilidad y buen comportamiento previo informe del profesor responsable.

-

Para los que integran las representaciones deportivas y culturales de la Institución participando con dignidad y altura, previo informe del profesor responsable.

-

Para los estudiantes que participan en concursos internos y externos de conocimientos, previo informe del profesor responsable y obtenga títulos o puestos meritorios.

-

Por colaborar con la disciplina y cumplir con la formalidad, eficiencia y honor las comisiones que se le asignen.

-

Por colaborar en el cuidado y buen uso del mobiliario del aula, carpeta, infraestructura de la Institución.

-

Por entregar objetos extraviados a sus tutores o auxiliares.

Art 30. Los méritos enunciados en el artículo anterior serán calificados por el Auxiliar de Educación de acuerdo a informes escritos alcanzados por la Dirección y/o Docentes.

CAPÍTULO VII CASOS ESPECIALES DE LOS ESTUDIANTES


Art 31. Las citaciones dirigidas al Padre o Apoderado, serán devueltas al día siguiente previamente firmadas, como garantía de su presencia a la hora que se indica. Art 32. La reincidencia de demérito será determinante para la Matrícula Condicional. Art 33. Los estudiantes que cometan faltas que atenten contra la seguridad física o moral de sus compañeros u otras personas dentro y fuera de la I.E. además de la sanción disciplinaria, serán responsables de los gastos que ocasionen o de la demanda policial. Art 34. Los estudiantes con sanciones de suspensión o traslado de la Institución, necesariamente tendrán la nota de comportamiento desaprobatoria en el período lectivo correspondiente. Art 35. El tratamiento de la conducta del alumno se hará de la siguiente forma: El alumno que obtenga una B o una C será objeto de entrevista con el alumno y el PP.FF. o apoderado, apreciación del tutor con su respectiva recomendación y firma. Si el alumno reincide con el mismo resultado, se condicionará su matricula.

TABLA DE EVALUACION DEL COMPORTAMIENTO Y APTITUD DE PERSONAL DEL EDUCANDO I.

CRITERIOS DE EVALUACION Puntualidad y Asistencia

EQUIVALENCIA VIGESIMAL

- 03 tardanzas o 01 falta injustificada

01

- Evasión del aula

02

- Evasión de la I.E.

03

- Ingreso indebido a la I.E.

01

- Deambular por la ciudad en horas de clase y


II.

uniformado. Adaptación Social

05

- Agresión verbal al compañero

02

- Agresión física (según la gravedad del caso)

02 – 05

- Robo (según la gravedad del caso)

02 – 05

- Irresponsabilidad e indiferencia a las actividades artísticas, culturales, deportivas, religiosas y cívico

02 – 04

patrióticas. - Irrespetuosidad a las actuaciones cívico patriótica en III.

02 – 05

especial a los símbolos patrio. Cuidado Personal - Cabello antirreglamentario

02

- Aseo IV. Uso del Uniforme

01

- Camisa, chompa, pantalón, medias, calzado e

01

insignia.

CAPÍTULO VIII DE LAS AUTORIDADES ESTUDIANTILES Art 36. Las Autoridades Estudiantiles serán nombrados teniendo en cuenta: a.

Ascendencia y don de mando con sus compañeros de aula.

b.

Tener buen aprovechamiento y conducta.

Art 37. Las Autoridades Estudiantiles, estarán bajo el asesoramiento y control del Profesor encargado, los Auxiliares de Educación y de la Dirección. Tendrán su reglamento específico. Art 38.Estas Autoridades Estudiantiles, llevarán un distintivo que los identifique.


Art 39. La permanencia en el cargo de estas Autoridades Estudiantiles estará sujeta a la responsabilidad en el cumplimiento de sus funciones y a su rendimiento escolar teniendo una duración máxima de un año escolar. Art 40. Las Autoridades Estudiantiles tendrán estímulos en su conducta y otros promedios, por el fiel cumplimiento de sus funciones. Así mismo en caso de incumplimiento y /o falta grave, serán sancionados y retiro de sus funciones según el caso.

CAPÍTULO IX DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Art 41. Cualquier norma no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por la Dirección de la Institución Educativa.


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