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En paz, sin dogmas y con diálogo Un reglamento para la Constitución

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EN PAZ, SIN DOGMAS Y CON DIÁLOGO

UN REGLAMENTO PARA LA CONSTITUCIÓN

POR JAVIER IGNACIO TOBAR

Abogado – Académico

Orwell, con su habitual genio y sarcasmo, observó cómo las revoluciones terminan por transformar en élites a los antiguos marginados. Marx, en la misma línea, lo anticipó de manera menos clara en sus letras, pero prístina en su sentido, al exponer que esta explotación (del capital) será tan intolerable que los trabajadores se rebelarán y derrocarán esa forma de enfrentar la economía. Ambas son revoluciones, una en la granja y otra en la sociedad. El cineasta y el filósofo coindicen en que todo cambia para seguir igual, lo que puede entenderse aplicable tanto a las revueltas como a los cambios bajo reglas civiles en un pueblo ordenado.

Las revoluciones implican sangre, muertos, vidas mutiladas, familias divididas por opciones políticas adoptadas como convicciones morales y un cambio a la fuerza por medio de las armas (así pasó en 1973). Los

cambios en orden, por su parte, implican un tránsito ordenado hacia un nuevo régimen, como es el caso de la Convención Constitucional que, dentro de un proceso inédito que incluye varias etapas, tiene como única y principal función crear una nueva Constitución, responsabilidad que recae no solo en los 155 convencionales, sino que también en un reducido pero esforzado grupo de profesionales que intentan ordenar el debate donde no hay (todavía) regla alguna. Así, se optó por aplicar el Reglamento de la Cámara de Diputados para efectos de votaciones y otros asuntos. Pero ese cuerpo normativo, el de la Cámara de Diputados, no es el “Reglamento de la Convención”.

Entonces, ¿cómo construir un reglamento para comenzar a votar los temas constitucionales de fondo? Para manejar un auto, primero hay que construirlo, y, luego, saber manejarlo. Sin construcción, nada de lo que sigue es posible.

La Convención, que comenzó el 4 de julio del año 2021 con 155 chilenas y chilenos que no se conocían, tuvo que comenzar a colocarse de acuerdo en una serie de temas, desde, por ejemplo, cómo y dónde sentarse, uso de la palabra y, lo más importante, las formas de votación para llegar a un documento final. Más allá de las polémicas circunstanciales (no por eso menos graves), el trabajo ha sido extremadamente intenso, pero, sobre todo, serio. Se dividió la Convención en 8 comisiones y otras tantas subcomisiones, siendo la de reglamento la más relevante en cuanto a su rol unificador de todas las propuestas. ¿Por qué unificador? Porque cada una de las instancias tenían que presentar sus propuestas a reglamento, para que esa comisión unifique, en un solo documento, el texto que se presentará al pleno para su aprobación como cuerpo consolidado. Luego de establecido ese procedimiento, recién se puede empezar a discutir el fondo.

Sumado a lo anterior, está el debatido tema de los dos tercios establecidos en la Constitución para la votación de ciertos temas.

En buena parte, se trata de construir definiciones, y, a la zaga de ellas, emprender el desarrollo práctico. Es confluir una serie de aspectos morales diversos a una norma común que debe ser obedecida y respetada con el objeto de que la nueva Constitución goce de la legitimidad que merece. La tendencia a aprehender algo común (asumir un “concepto de”) que se comprenda y asuma por todos, la creencia en que la posesión de un término lleva aparejada la posesión de su imagen, y, por último, el influjo de la ciencia para su intento apaciguador de que por medio de fórmulas mágicas se llegara a un resultado perfecto, no aplica al derecho, y menos a la política.

¿CÓMO SE HIZO?

Todo comenzó la primera semana de agosto; primero con dos comisiones y luego con seis que se agregaron por los requerimientos temáticos (y todas las comisiones, insisto, con sub-comisiones). Cinco abogados funcionaban hasta entonces para toda la Convención, luego, la semana del 9 de agosto, se integraron cinco más, los mismos diez que trabajan – y trabajarán – hasta el final del proceso. Todos en responsabilidades nuevas, con normas mínimas de funcionamiento y con escaso apoyo técnico. Se trabajó contra reloj durante el mes de agosto y en lo que va de septiembre. La función de cada una de las comisiones era tener una propuesta de reglamento para que luego fuera votada por el pleno. El plazo de entrega era el 28. Hubo comisiones que trabajaron hasta la madrugada del sábado 28 para entregar el texto. Errores habría, seguro. Afortunadamente nada grave ha pasado y las propuestas han ido

corriendo el curso del río con las modificaciones que hay que hacer.

El solo hecho de tener ocho propuestas e intentar reducirlas a una sola implica, desde ya, una dificultad técnica y política. Primero hay que “armar el rompecabezas” y luego votarlo.

Ya con las piezas del puzzle en la mesa, había que resolver qué normas de aquellos reglamentos debían ser votadas con el famoso quórum de los dos tercios, cuya determinación fue encargada por la presidencia a los secretarios abogados de la convención. Fijadas las mismas, se llevaron a votación y sucedió lo que en estas circunstancias era esperable; un número importante de convencionales no estuvo de acuerdo con la propuesta y sostuvo que todos los reglamentos debían ser aprobados por mayoría simple y no por artículos separados de cada propuesta. Fue el día de la suspensión del pleno. “La mesa ampliada” (como se denomina a la presidente y sus siete vicepresidencias) propuso entonces que todos los reglamentos fueran votados por mayorías simples. ¿Se vulneró la norma que establece que las normas referidas a la votación deben ser aprobadas por los dos tercios? Como siempre, en el derecho todo es opinable. Más aún cuando se están creando normas. Como estamos, insisto, en una fase previa a la discusión de fondo de los temas constitucionales, es posible defender la tesis de que las normas reglamentarias sí pueden ser aprobadas por un rango menor a esa cifra, sin vulnerar la disposición de que para la votación de las normas constitucionales sí se exijan los dos tercios. ¿Por qué? Porque cuando se vote la norma referida a esa cifra, seguramente será aprobada por la mayoría absoluta de los convencionales. No hay que olvidar que solo estamos en la determinación del reglamento de funcionamiento y votaciones.

No es nada fácil lo que se está haciendo, asumiendo la responsabilidad y magnitud de los efectos que cada paso que se da, en que cada uno de ellos puede tener repercusiones inadvertidas, como por ejemplo afirmar que se votó la supresión de la palabra “república”, que se suprimió la libertad de los padres para educar a sus hijos o que existirán plebiscitos dirimentes en caso de no alcanzar acuerdos. Nada de lo que ha sucedido tiene sentido darlo por sentado, sino que solo han sido propuestas de las subcomisiones para el “reglamento”. Otra cosa muy diferente ocurrirá en el momento en que se voten las normas constitucionales propiamente tales.

Es necesario entender que en todo proceso político de cambios fundamentales existan visiones apasionadas, pero por eso existen los reglamentos: para colocar orden en el caos.

Las revoluciones, tanto la de Orwell como la de Marx, fueron sin reglas. Esperemos que una discusión sana, libre, y por sobre todo informada, nos permitan dar el giro y el cambio por el cual el ochenta por ciento del país de pronunció favorablemente. Por ahora solo queda seguir trabajando y creer en los procesos democráticos, sin imposiciones y sin dogmas.

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